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CURSO DE PREPARACIÓN AYUDANTES TÉCNICOS DE MEDIO AMBIENTE 2020 TEMA 16 ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

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CURSO DE PREPARACIÓN AYUDANTES TÉCNICOS DE MEDIO AMBIENTE 2020

TEMA 16

ESPACIOS NATURALES PROTEGIDOS

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LEGISLACIÓN AUTONÓMICA / ESTATALFIGURAS DECLARATIVAS – RÉGIMEN DE PROTECCIÓN

INFRACCIONES Y SANCIONESPORN / PRUG / PDS

TEMA 16 EE NN PP

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· Ley 42 / 2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

· Ley 2 / 1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de los EENNPP de Andalucía y se establecen medidas provisionales para su protección.

· Ley 8 / 1999, de 27 de octubre, del Espacio Natural de Doñana.

· Decreto 24 / 2007, de 30 de Enero, por el que se declara el Espacio Natural de Sierra Nevada y se regulan los Órganos de gestión y Participación de los Espacios Naturales de Doñana y Sierra Nevada.

· Ley 5 / 2007 ,de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales.

· Ley 30 / 2014, de 3 de diciembre, de Parques Nacionales

· Decreto 11 / 1990 por el que se declaran las Juntas Rectoras JJRR de los Parques Nacionales. (disposición transitoria)

· Decreto 213 / 1999 por el que crea el Comité de reservas de la Biosfera de Andalucía.

· Decreto 225 / 1999 de regulación y desarrollo de la figura del Monumento Natural.

LEGISLACIÓN ESTATAL Y AUTONÓMICA

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· Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad:El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, con la colaboración de las comunidades autónomas y de las instituciones y organizaciones de carácter científico, económico y social, elaborará y mantendrá actualizado. Formará parte del mismo, al menos, la información relativa a:

1.º El Catálogo Español de Hábitats en Peligro de Desaparición.2.º El Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial incluyendo el Catálogo Español de Especies Silvestres Amenazadas.3.º El Catálogo Español de Especies Exóticas Invasoras.4.º El Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales.5.º El Inventario de la Estadística Forestal Española.6.º El Inventario Español de Bancos de Material Genético referido a especies silvestres

7.º El Inventario Español de Caza y Pesca.8.º El Inventario Español de Parques Zoológicos.9.º El Inventario Español de los Conocimientos Tradicionales relativos al patrimonio natural y la biodiversidad.10.º Un Inventario de Lugares de Interés Geológico representativo, de al menos, las unidades y contextos geológicos recogidos en el Anexo VIII.11.º Un Inventario Español de Hábitats y Especies Marinos.12.º Un Inventario Español de Especies Terrestres.

Ley 42 / 2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Formará igualmente parte, el Inventario Español de Zonas Húmedas

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Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad (PEEPNB)

El MAPAMA, en colaboración con el resto de los Ministerios y, en especial, con el Mº de Fomento en lo que respecta a la marina mercante y al tránsito y transporte aéreo, y con dicho departamento y el Mº de Defensa en relación con la gestión del espacio aéreo. Participarán asimismo las CCAAs a través de la Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, que lo elevará para su aprobación a la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente.

El primer PEEPNB tendrá un horizonte temporal 2011-2017.Aprobado por Real Decreto (RD 1274/2011, de 16 de septiembre) y revisiones sexenales

Planes de Ordenación de los Recursos Naturales

Los PORN son el instrumento específico para la delimitación, tipificación, integración en red y determinación de su relación con el resto del territorio, de los sistemas que integran patrimonio y los recursos naturales de un determinado ámbito espacial, con independencia de otros instrumentos que pueda establecer la legislación autonómica. Su vigencia y plazos de revisión serán definidos por la normativa de las CCAAs o, en el ámbito de sus competencias, por la Administración General del Estado.

2. El MAPAMA, con la participación de las CCAAs, elaborará, en el marco del PEEPNB, unas directrices para la ordenación de los recursos naturales a las que, en todo caso, deberán ajustarse los PORN que aprueben las CCAAs.

Ley 42 / 2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

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Planes de Ordenación de los Recursos Naturales

· Los efectos tendrán el alcance q establezcan sus propias normas d aprobación.

· Cuando los instrumentos de ordenación territorial, urbanística, de recursos naturales y, en general, física, existentes resulten contradictorios con PORN deberán adaptarse a éstos, prevaleciendo sobre dichos instrumentos.· Corresponde a las CCAAs la elaboración y la aprobación de los PORN· El procedimiento de elaboración de los Planes incluirá necesariamente: Trámites Audiencia a los Interesados/ Inf Pbca / Consulta intereses Sociales e institucionales afectados y organ. sin fines lucrativos con objetivos d esta Ley.

· Iniciado el procedimiento de aprobación de un PORN y hasta que ésta se produzca no podrán realizar actos de transformación de la realidad física, geológica y biológica, sin informe favorable de la Administración actuante: Informe sustanciado x órgano ambiental en plazo máximo 90 días.

Ley 42 / 2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

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El Catálogo Español de Hábitats en Peligro de Desaparición.1. Bajo la dependencia del MAPAMA, con carácter administrativo y ámbito estatal, se crea el Catálogo Español de Hábitats en Peligro de Desaparición (CEHPD), en el que se incluirán los Hábitats en Peligro de Desaparición, cuya conservación o, en su caso, restauración exija medidas específicas de protección y conservación.

La inclusión de un hábitat en el CEHPD, surtirá los siguientes efectos:· Una superficie adecuada será incluida en algún Instrumento de Gestión o figura de protección de EENNPP, nueva o ya existente.

Tendrán la consideración de EENNPP los espacios del territorio nacional, incluidas las aguas continentales, y el medio marino, junto con la zona económica exclusiva y la plataforma continental, que cumplan al menos uno de los requisitos siguientes y sean declarados como tales:

a) Contener sistemas o elementos naturales representativos, singulares, frágiles, amenazados o de especial interés ecológico, científico, paisajístico, geológico o educativo.

b) Estar dedicados especialmente a la protección y el mantenimiento de la diversidad biológica, de la geodiversidad y de los recursos naturales y culturales asociados.

Los EENNPP podrán abarcar en su perímetro ámbitos terrestres exclusivamente, simultáneamente terrestres y marinos, o exclusivamente marinos

Espacios Naturales Protegidos

Ley 42 / 2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

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En función de los bienes y valores a proteger, y de los objetivos de gestión a cumplir, los espacios naturales protegidos, ya sean terrestres o marinos, se clasificarán, al menos, en alguna de las siguientes categorías:

a) Parques. -- PRUG aprobados por CCAAs/prohibidos usos incompatiblesb) Reservas Naturales. -- Estará limitada la explotación de recursosc) Áreas Marinas Protegidas.d) Monumentos Naturales. -- Estará limitada la explotación de recursose) Paisajes Protegidos -- se procurará el mantenimiento de las prácticas

de carácter tradicional

Clasificación de los espacios naturales protegidos

· Espacios Red Natura COM (aquellos que suman mas de 1 figura: ZEC/PPNN…) (En cuyo ámbito territorial concurre protección autonómica y/o estatal)

- Decretos que declaran ZEC y tb Decretos aprueban el PORN (adaptados a índice Directrices e incluyen Uso y Gestión: PRUG)

· Espacios Red Natura SIM (En cuyo ámbito territorial NO concurre otra figura protección)

- Decretos que Declaran ZEC (“nada de aprobar a la vez PORN/PRUG”)- Órdenes que aprueban los Planes de Gestión

NOTA

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Declaración y Gestión de EENNPP· Corresponde a las CCAAs la declaración y la determinación de la fórmula de gestión de los Espacios Naturales Protegidos en su ámbito territorial.· Corresponde a la Administración General del Estado la declaración y la gestión de los EENNPP en el medio marino, excepto en los casos en que exista continuidad ecológica del ecosistema marino con el espacio natural terrestre objeto de protección (sería gestión CCAA: por ejemplo el PPNN Estrecho).

Zonas Periféricas de Protección· En las declaraciones de los EENNPP podrán establecerse Zonas Periféricas de Protección destinadas a evitar impactos ecológicos o paisajísticos procedentes del exterior

· Para contribuir al mantenimiento de los EENNPP y favorecer el desarrollo socioeconómico de las poblaciones locales de forma compatible con los objetivos de conservación del espacio, en sus disposiciones reguladoras podrán establecerse Áreas de Influencia Socioeconómica, con una especificación del régimen económico y las compensaciones adecuadas al tipo de limitaciones .

Aéreas de Influencia Socioeconómica

· Son “Términos Municipales completos”.

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· Ley 42 / 2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad

Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad Inventario Español de Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y

Áreas protegidas por instrumentos internacionales. · Se Comisión Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad Crean (órgano consultivo y de cooperación entre el Estado y las Comunidades autónomas)

Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad (órgano de participación pública en el ámbito de la conservación y el uso sostenible del

patrimonio natural y la biodiversidad)· Establece normas de Gestión : Conservación de hábitat / Limitación de Usos /

Mantenimiento de los espacios / Educación ambiental (colegios, investigación...)· Obligatoriedad de elaborar los P.O.R.N y ejecutividad: con prioridad sobre otro Instrumento de gestión (planeamiento urbanístico incluido).

· Permite crear Zonas Periféricas de Protección en las figuras de la Ley 42/2007

· Expropiación o dcho de Tanteo y Retracto permitida al ser todos EENNPP implícita/ declarados Utilidad Pbca (Interés Gral x Cons. Gob)

· Catalogación de especies amenazadas (Disp Transit 1ª):

· Pel. Ex: Supervivencia poco probable si factores causantes no son modificados· Sensibles a la alteración del Hábitat: Aquellas sp con un hábitat muy amenazado, fracc... · Vulnerables: Corren el riesgo de pasar categoría superior si factores adversos no corregidos· Interés Especial: Sin incluirla en ninguna de las anteriores merezcan especial atención en

función a su valor científico, ecológico, cultural o por singularidad.

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· Peligro de Extinción: Plan de Recuperación (en 3 años)

· Vulnerables: Plan de Conserv. y en su caso Prot. del Hábitat (5)

elaboración y aprobación por las CCAAs (x Acuerdo del Consejo de Gob.)

Salvo sp marinas:( x Orden Ministerial MAPAMA)infracciones

Leves 100 – 3.000

Graves 3.001 – 200.000

muy graves 200.001 - 2 M

60 – 600

600 – 60.000

60.000 – 300.000

leves

graves

muy graves

Ley 42 / 07 Estatal Ley 2 / 89 EENNPP

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leves

graves

muy graves

Ley 2 / 89 INVENTARIO EENNPP

60 – 600

600 – 60.000

60.000 – 300.000

Infracciones Potestad Sancionadora

Del Territorial

CAGPDS

CONS. GOB.

Hasta 60.000

60.000 – 150.000

> 150.000

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· Ley 2 / 1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de los EENNPP de Andalucía y se establecen medidas provisionales para su protección.

2.- PORN / PRUG.- (Ambos surgen a partir Ley 4 / 89 de Conservación ya derogada)

Plan Ordenación Recursos Naturalesx Ley 2 / 89 --- Son elaborados por la CCAAs y aprobados por Decreto.Marco normativo que nos muestre situación preliminar:

Límites territoriales, Estado de conservación, Régimen de protección ()Actuaciones y actividades compatibles e incompatibles, usos ...

Plan Rector de Uso y Gestión

· Posee un contenido mínimo [regulado en Decreto 11/1990 para PPNN] que recoge:Descripción física, climática y ecológica del Parque (Nac / Natural)

Zonificación general de usos y actividades (A / B / C) Normas básicas de Protección del Parque – atendiendo a la zonaciónIdentificación de actividades incompatibles (ya carácter normativo).Establecidos plazos para los Planes Territoriales dentro del Parque.

·Instrumento de planificación por excelencia

· Elaborados por los Órganos Gestores de esos EENNPP y aprobados por Decreto.

x Ley 42/07 --- Son obligatorios y ejecutivos para los “Parques”

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Aprobación de EENNPP conlleva la declaración de Utilidad Pbca

Son Suelos de Utilidad Pbca: Dcho de tanteo y retracto x la CAGPDS !!

Procedimiento de Aprobación Administrativa de los PORN y PRUG de un “PPNN”.

PORN PRUG CONSEJO GOB. Autoriza los órganos gestores elaborar los

Oídas JJRR

Previo PORN Previo PRUG

D.G. MNByEP

Aprobación inicial JJRR

Información Pbca.

Alegaciones ...

Informe Admon. Urbanística.

PORN definitivoPRUG definitivo

Aprobación x Decreto

Consejo de Gob.

D.G. MNByEP

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PRUG.- · Prevalece sobre ordenamiento urbanístico: Son obligatorios y ejecutivos

· Pueden aparecer órganos colegiados para mejor gestión de los EENNPP los Patronatos y las Juntas Rectoras (JJRR).

· Son periódicamente renovados (en PP Nacionales cada 6 años)

· Aquellos PRUG de PP Nacionales elaborados y aprobados x: + 1 CCAA -- x D del Consejo Min.

1 CCAA --- x D del Consejo Gob.

PDS.- Hacer referencia a los Planes de Desarrollo Integral (Ley 2/1989) que pasan a llamarse Planes Desarrollo Sostenible.

Son aprobados x Decreto del Consejo de Gob

Objetivo de los PDS.- dinamizar las estructuras socioeconómicas salvaguardando la estabilidad ecológica de los municipios. Actuación concreta con objetivos muy definidos en Infraestructuras y Equipamiento.

Se desarrollan en los PPNN y en su zona de Influencia Socioeconómica, conforme con lo dispuesto en el PRUG.

P Operativos (antiguos Programas de Fomento).- Instrumento más financiero y fiscal, de apoyo a empresarios y al propio EENNPP; Trianuales; x Acuerdo C Gob

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3.- Figuras declarativas y Regímenes de Protección

Ley 42/07 Estatal Ley 2 / 89 EENNPP

Parques (Nacional)

Reserva Natural

Área Marina Protegida

Paisaje Protegido

Monumento Natural

“” Natural

Paraje Natural

Reserva Natural Concertada

Parque Periurbano

Parques: Áreas naturales poco transformadas q por razón a su belleza ... merezcan su conservación una atención preferente. Figura menos restrictiva (se prohíben aquellas incompatibles). La Ley 2 / 89 añade calificativo “Natural”. ( x D / Consejo Gob / JJRR )

Parques Nacionales: Alto valor ecológico y cultural que pudiendo ser Parques, se declare su conservación de Interés General para la nación. Declaración Ley Cortes Grales inclusión Red Parques Nacionales de España

Patronatos*: Org. Participación de la sociedad: todas Admons e instituciones relacionadas En Andalucía: Consejos de Participación

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Parques Nacionales (en normativa estatal Ley 5/2007 Red de PP. Nacionales)

Consejo de la Red

Plan Dtor. Red PP Nacionales

Órganos Gestores CCAAs (Andalucía: Equipo Gestión)

P.R.U.G.

Agencia Estatal Red de Parques Nacionales: sustituye al Org. Autónomo PP Nacionales

Patronatos

P.R.U.G: Instrumento Básico de Planificación de todos los EENNPP (en PP Nacionales la trasformación del suelo: solo usos recogidos en

PRUG y siempre serán S.N.U. de especial protección)

Consejo de la Red: Órgano colegiado carácter consultivo adscrito MMA

Plan Director de la Red:aprobado x RD del Gob. con una vigencia máxima de 10 años)

elaborado x MAPAMA previo informe Consejo de la Red

Instr. Básico de Coordinación para llegar a los objetivos de la Red de PP Nacionales

Previo Informe

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Parques Nacionales (en Andalucía)

· Espacio Natural Doñana Ley 8 / 99 Parlamento And. · Espacio Natural Sª Nevada D 24 / 2007 Consejo Gob.

Espacio Natural: Territorio del Parque Nacional + PP. Natural

Se crea por normativa autonómica en los PP Nacionales Andaluces:

Equipo de gestión

Gestión:

Conservación: Conservador (investigación, científicos + conservación )

Al frente el Gerente

Funciones de dirección, PORN, PRUG, actuaciones de PDS

Consejo de Participación: Órgano colaboración y coparticipación entre Admons en cada Espacio, sirviendo de canal participación ciudadanos implicados, sustituye a los Patronatos.

Son Órganos consultivos y deliberantes. Deben ser paritario (50 % hombres - mujeres).Su presidente nombrado por Consejo de Gob.

sustituye al PATRONATO (solo en Andalucía)

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Ámbito territorial:

Espacio Natural Doñana [ D 24 / 2007 declarativo EENNDoñana.]

PP Nacional: Zonas de reserva + ZPP + Z Influencia

PP Natural

Límites modificables por D -- Consejo Gob. (a propuesta de C.M.A.O.T.)

Equipo de gestión

Colabora redacción proyecto PORN / PRUG / PDS

Elabora Planes Sectoriales (desarrollen PRUGs) – Aprobados x Consejo Participación

Su gerente: Dtor. del EENN

leves

graves

muy graves

1/5 – 10 SMI

10 – 150 SMI

150 – 1000* SMI

Sanciones Potestad Sancionadora

Dtor. Equipo Gestión

Dtor. Gral. Participación y Serv. Ambientales**

Consejero M. A.

* Incrementable la sanción por el importe total del beneficio ilícito SMI.- Sueldo Mínimo Interprofesional (707,60 €)

2 m 1 a

4 a 3 a

Prescipción

Infr SancInfracciones

2 a 2 a

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leves

graves

muy graves

100 - 3000

3001 - 200 000

200 001 – 2 M

Sanciones Potestad Sancionadora

Dtor. Equipo Gestión

Dtor. Gral. Participación y Serv. Ambientales**

Consejero M. A.

* Incrementable la sanción por el importe total del beneficio ilícito SMI.- Sueldo Mínimo Interprofesional (707,60 €)

1 a 1 a

5 a 5 a

Prescipción

Infr SancInfracciones

3 a 3 a

Ley 42/2007 patrimonio natural y biodiversidad

Ley 2/1989 inventario EENNPP Andalucia

60 – 600

600 – 6.000

60.000 – 300.000

graves

muy graves

leves

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· Reservas Naturales (RRNN): Persigue la protección de los ecosistemas de un valor especial. Muy restrictiva.

Prohibida la caza y pesca. Si presenta ZPP (Zonas Periféricas de Protección). ( x Ley / Parl. Autonómico / Patronato (si tiene convenio internacional))

· Paraje Natural: Espacios de ámbito reducido pero excepcionales valores naturales asociados a la actividad humana (ej. Trocadero). Se permiten usos tradicionales. Dtor Conserv.

( x Ley / Parl. Autonómico / Patronato (si tiene convenio internacional))

· Paisaje Protegido: Lugares concretos del medio natural que por sus valores estéticos y culturales sean merecedores de protección especial. Pueden tener ZPP.

(x D / Consejo Gob / no PORN – PRUG / no Órgano Consultivo)

· Monumento Natural: Espacios o elementos de la naturaleza de notoria belleza o singularidad. De carácter geológico, biótico, geográfico, ecocultural o mixto. Con ZPP.

( x D / Consejo Gob / no Órgano Consultivo)

· Parques Periurbanos: Terrenos q los municipios tienen para usos recreativos. Declaración y Gestión son competencias municipales; no obstante, se requiere previamente informe de la Consejería competente en materia de M. Ambiente de la Junta de Andalucía

[Art. 9.12.h) de la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía]

· RRNN Concertada.- Aquellos terrenos privados que sin reunir los condicionados anteriores merezcan protección. Firmado convenio entre particular y la Admon. Gestión privada. Establecimiento por las Entidades Locales.

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RENPA Red de Espacios Protegidos de Andalucía

· 251 espacios 15 * (categorías recogidas en legislación CCAA, Estatal, EU...)

· RENPA - Depende de la Dic. Gral. de Gestión del Medio Natural y E.P.

· 32,5 % sup. andaluza: 2,9 Millones Has (supone el 32 % sup. protegida en toda España)

· Pertenecen también a la RENPA otras figuras internacionales de protección: 1.- los incluidos en la Red Natura 2000 = ZIC (Zona Importancia Comunitaria = LIC)

· Sumando los LIC: 32,25 % sup. andaluza protegida (2’9 Millones Has)

· LIC ZEPA (Zona Especial Conservación para las Aves)ZEC (Zonas Especiales de Conservación)

Todos aquellos Espacios protegidos que se encuentran integrados en la Red Natura 2000.

ZEPA (Zona Especial Conservación para las Aves) Directiva Hab. 79/409/CEE ZEC (Zonas Especiales de Conservación) Directiva Aves 92/43/CEE

· Tanto los ZEPA + ZEC declarados por D del Consej Gob.

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2.- HUMEDALES RAMSAR ( 25 )

· Convención relativa a Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitats de sp Acuáticas (protección de los humedales y sus recursos)·

Deben cumplir al menos un criterio

> 20.000 aves de forma regular (de distintas especies)> 1 % población mundial de una sp.x ser representativo , regional, endemismo, conservación .....

Por albergar flora y fauna protegidaPeces: ser zonas de desove o contar con sp protegidas

3.- RESERVAS de la BIOSFERA ( 9 )

· Figura de carácter internacional que complementa a la legislación nacional y autonómica de la RENPA. Parte del programa MaB (Hombre y Biosfera) de la UNESCO. Para su selección deben cumplir tres funciones: Conservación / Logística / Desarrollo.

CoordinadosEuropa EuroMaB España Comité Español Programa Hombre y Biosfera Andalucía Comité Reservas de la Biosfera de Andalucía

Andalucía cuenta con 9 Reservas Biosfera: La última R. B. Intercontinental del Mediterráneo (907.000 Has – 450.000 en suelo andaluz)

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4.- ZEPIM: ZONAS ESPECIALMENTE PROTEGIDAS de IMP. MEDIT ( 4 )

· Creadas a partir del Convenio de Barcelona

· Se enmarcan en áreas marinas y costeras que garantizan la supervivencia de los valores y recursos biológicos del Mediterráneo.