superior tribunal de justicia provincia de corrientes

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Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional” A C U E R D O N U M E R O D I E C I O C H O. En Corrientes, a los treinta días del mes de junio del año dos mil dieciséis, siendo las ocho horas, estando reunidos y constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, el señor Presidente Subrogante Dr. EDUARDO GILBERTO PANSERI, los señores Ministros, Dres. FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ y el señor Fiscal General Dr. CESAR PEDRO SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y, A C O R D A R O N PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones: I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del Decreto Ley N° 26/00 LOAJ: N° 182 Corrientes, 22 de junio de 2016. VISTO: La solicitud formulada por el Sr. Fiscal General en Expte. N° 63.104/16; RESUELVO: 1) Declarar Feriado Judicial (Art. 104 del Decreto Ley N° 26/00) para la Asesoría de Menores e Incapaces de Mercedes, los días 23 y 24 de junio del cte. año, a fin de posibilitar el traslado de dicha dependencia al nuevo edificio ubicado en la calle Avda. República Oriental de Uruguay N° 1552 de esa localidad. 2) Establecer que esos días se suspenderá la atención al público y el curso de los términos judiciales, pero con la obligación de asistir a las audiencias fijadas con anterioridad en todos los fueros y la del personal de concurrir en el horario habitual de trabajo y/o el que le fije el superior jerárquico. 3) Comunicar y dar cuenta en el próximo Acuerdo”. “N° 185 Corrientes, 28 de junio de 2016. VISTO: El Expte. E-2335-2016, caratulado: “CUERPO DE PSICOLOGÍA FORENSE S/ SOLICITA AUTORIZACIÓN P/ REALIZACIÓN DE UN TALLER DE PSICOHIGIENE DESTINADO A PSICÓLOGOS DE LA DELEGACIÓN DE CAPITAL - E/ PROYECTO DE LA CONSULTORA LABORAL "CA.PRO.SER"”, y; CONSIDERANDO:

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Page 1: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

A C U E R D O N U M E R O D I E C I O C H O. En Corrientes, a los treinta días del

mes de junio del año dos mil dieciséis, siendo las ocho horas, estando reunidos y

constituidos en Tribunal, en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia de la

Provincia, el señor Presidente Subrogante Dr. EDUARDO GILBERTO PANSERI, los

señores Ministros, Dres. FERNANDO AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN,

LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ y el señor Fiscal General Dr. CESAR PEDRO

SOTELO, asistidos del Secretario Administrativo, Dr. GUILLERMO ALEJANDRO

CASARO LODOLI, tomaron en consideración los siguientes asuntos y,

A C O R D A R O N

PRIMERO: Visto: El Sr. Presidente da cuenta de las siguientes Resoluciones:

I. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 24°, inc. e) del Decreto

Ley N° 26/00 LOAJ:

“N° 182 Corrientes, 22 de junio de 2016.

VISTO: La solicitud formulada por el Sr. Fiscal General en Expte. N° 63.104/16;

RESUELVO:

1) Declarar Feriado Judicial (Art. 104 del Decreto Ley N° 26/00) para la Asesoría

de Menores e Incapaces de Mercedes, los días 23 y 24 de junio del cte. año, a fin de

posibilitar el traslado de dicha dependencia al nuevo edificio ubicado en la calle Avda.

República Oriental de Uruguay N° 1552 de esa localidad.

2) Establecer que esos días se suspenderá la atención al público y el curso de los

términos judiciales, pero con la obligación de asistir a las audiencias fijadas con

anterioridad en todos los fueros y la del personal de concurrir en el horario habitual de

trabajo y/o el que le fije el superior jerárquico.

3) Comunicar y dar cuenta en el próximo Acuerdo”.

“N° 185 Corrientes, 28 de junio de 2016.

VISTO: El Expte. E-2335-2016, caratulado: “CUERPO DE PSICOLOGÍA

FORENSE S/ SOLICITA AUTORIZACIÓN P/ REALIZACIÓN DE UN TALLER DE

PSICOHIGIENE DESTINADO A PSICÓLOGOS DE LA DELEGACIÓN DE CAPITAL - E/

PROYECTO DE LA CONSULTORA LABORAL "CA.PRO.SER"”, y;

CONSIDERANDO:

Page 2: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

QUE el Cuerpo de Psicología Forense remite las actuaciones solicitando la

realización de un Taller de Psicohigiene destinado a los Psicólogos de la delegación de

Capital.

QUE el mismo se realizará en 4 (cuatro) encuentros de aproximadamente 1,15 hs.

(Una hora Quince Minutos) cada uno, con motivo del fallecimiento de la Licenciada Isabel

Castillo Odena quien cumpliera funciones en esa dependencia.

QUE, a fs. 01, obra proyecto y presupuesto elaborado por la Licenciada Rosa

Beatriz Moretti.

QUE, a fs. 04, obra Comprobante de Gasto Nº 2130 correspondiente a la reserva

del crédito para la presente erogación.

QUE existe Crédito Presupuestario en la partida específica para tal fin en Fuente

14 – Recursos del Tesoro Provincial con Afectación Específica – Fondo Poder Judicial.

Por ello, lo normado en la Ley de Administración Financiera Nro. 5571 – art. 109 –

inc. 3 – ap. b, Ley Nro. 4484 – Fondo Poder Judicial, Acuerdo Extraordinario Nro. 16/02 –

RAF y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

1) APROBAR la realización del Taller de Psicohigiene destinado a los Psicólogos

de la delegación de Capital por un total de $7.200,00 (Pesos Siete Mil Doscientos).

2) AUTORIZAR a la Dirección General de Administración a realizar el gasto en el

presente Ejercicio Fiscal por $7.200,00 en la Partida 01-00-00-04-3.4.9., con afectación

definitiva de los créditos presupuestarios disponibles en Fuente 14 –Recursos del Tesoro

Provincial con Afectación Específica.

3) PROCEDER a su liquidación y oportuno pago por la Tesorería Jurisdiccional a

favor de la Licenciada Rosa Beatriz Moretti, afectando los saldos del Fondo del Poder

Judicial – Pagos.

4) Remitir a la Dirección General de Administración para su instrumentación.

5) Insertar, notificar y oportunamente archivar”.

Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Aprobarlas.

II. Dictadas en uso de las facultades conferidas por el Art. 3°, ap. a), Régimen

aprobado por Acdo. N° 27/13, pto. 19°:

Page 3: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

Resolución N° 180/2016 (Expte. E-2389-2016): Aprueba la Contratación Directa,

por la instalación de un puesto de red CAT 6 para el Juzgado de Menores N° 1, sito en el

Edificio Tribunales de esta ciudad y adjudica a la firma “SIE INGENIERÍA S.R.L.”, por la

suma de $ 12.000 (pesos doce mil).

Resolución N° 181/2016 (Expte. E-1928-2016): Aprueba la Contratación Directa,

por el servicio de adquisición de veintitrés (23) ejemplares del libro “La Aplicación del

Código Civil y Comercial de la Nación” – 2° parte – Año 2016 de la autora Kemelmajer de

Carlucci, que serán destinados a la Biblioteca Central y Bibliotecas del interior y adjudica

a la firma “RUBINZAL CULZONI S.A.”, por la suma de $ 20.286 (pesos veinte mil

doscientos ochenta y seis).

Resolución N° 183/2016 (Expte. E-2423-2016): Aprueba la Compra Directa, previo

concurso de precios, para la provisión de pedestales, astas y banderas de ceremonias de

Argentina y Corrientes, para la Asesoría de Menores de la localidad de Esquina y

adjudica a la firma “Librerías Red” de Ricardo Milano, por un total de $ 8.126,59 (pesos

ocho mil ciento veintiséis con cincuenta y nueve centavos).

Resolución N° 184/2016 (Expte. E-2155-2016): Aprueba la Compra Directa, previo

concurso de precios, para la contratación de la obra: Construcción de cerco perimetral en

terreno donado al Poder Judicial por el Municipio de San Luis del Palmar, sito en calle J.

J. Arce entre calles Bartolomé Mitre y Aviador Argüello de dicha localidad y adjudica a la

firma “ARQ. SILVA DE VILA, BEATRIZ NANCY”, por la suma de $ 36.817,91 (pesos

treinta y seis mil ochocientos diecisiete con noventa y un centavos).

Resolución N° 186/2016 (Expte. E-2297-2016): Aprueba la Contratación Directa,

para la provisión de siete (7) obras literarias: Guzmán “El análisis pericial caligráfico”;

Posada “Falsedad documental”; Flores, Carlos “Patología Forense”; Zajaczkowski, Raúl

“Investigación Homicidios”; Trezza “La data de la muerte” y Lastra, Gustavo “Derecho de

armas”, para la Biblioteca Central y adjudica a la firma: “Mario A. Viera de Viera S.H.”, por

un total de $ 4.360 (pesos cuatro mil trescientos sesenta).

Por ello y oído el Sr. Fiscal General: SE RESUELVE: Tener presente.

SEGUNDO: Visto: Los Expedientes referidos a los siguientes agentes: E-2588-2016

(Carlos Alberto HERVIER, M.I. N° 32.552.050, Fiscalía de Instrucción N° 2, Escribiente);

E-2589-2016 (MARINCIONI, Marina Victoria, M.I. N° 33.357.873, Asesoría de Menores e

Page 4: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

Incapaces N° 1, Escribiente); quienes han cumplido el período de prueba en el ejercicio

de sus cargos, sin observación de sus superiores (Art. 19º del RIAJ); oído el Sr. Fiscal

General; SE RESUELVE: Confirmarlos en el cargo y funciones para el que han sido

designados.

TERCERO: Visto: El Expte. E-2324-2016; en el que la Srta. Marcela Alejandra Ramírez,

quien figura en el orden de mérito Nº 346 de la lista de aspirantes para ingresar a la

Administración de Justicia en la Primera Circunscripción Judicial, solicita su inclusión en

la lista de la Tercera Circunscripción Judicial, alegando que concursó para la primera

circunscripción judicial, porque al momento del desarrollo del proceso de selección, se

encontraba estudiando para “Técnico Dental en el Instituto Superior Técnico de

Laboratorio Dental”, pero por cuestiones económicas y de integración familiar debió

regresar a Curuzú Cuatiá, su ciudad de origen; y CONSIDERANDO: Que los exámenes

previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el

escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de

las mismas etapas, como así también de sus contenidos y teniendo presente las razones

de integración familiar y laboral alegada por la peticionaria, circunstancias que este

Superior Tribunal ha priorizado en casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General;

SE RESUELVE: 1) Incluir a la Srta. Marcela Alejandra Ramírez en la lista de aspirantes a

ingresar a la Administración de Justicia en el escalafón administrativo de la Tercera

Circunscripción Judicial, al final del orden de mérito aprobado en el punto 9° del Acdo. Nº

29/14. 2) Excluirla de la lista de la Primera Circunscripción Judicial.

CUARTO: Visto: El Expte. E-2127-2016; en el que la Srta. Sonia Delicia Cima, quien

figura en el orden de mérito Nº 34 de la lista de aspirantes para ingresar a la

Administración de Justicia en la Segunda Circunscripción Judicial, solicita su inclusión en

la lista de la Tercera Circunscripción Judicial, alegando estar radicada actualmente con

su grupo familiar en la ciudad de Mercedes; CONSIDERANDO: Que los exámenes

previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el

escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de

las mismas etapas como así también de sus contenidos y teniendo presente las razones

de integración familiar alegada por la peticionaria, circunstancias que este Superior

Tribunal ha priorizado en casos análogos. Por ello y oído el Sr. Fiscal General; SE

Page 5: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

RESUELVE: 1) Incluir a la Srta. Sonia Delicia Cima, en la lista de aspirantes a ingresar a

la Administración de Justicia en el escalafón administrativo de la Tercera Circunscripción

Judicial, al final del orden de mérito aprobado en el punto 5° del Acdo. Nº 1/15. 2)

Excluirla de la lista de la Segunda Circunscripción Judicial.

QUINTO: Visto: El Expte. E-2506-2016; en el que el Sr. Gustavo Alberto Álvarez, quien

figura en el orden de mérito Nº 437 de la lista de aspirantes para ingresar a la

Administración de Justicia en la Primera Circunscripción Judicial, solicita su inclusión en

la lista de la Quinta Circunscripción Judicial; CONSIDERANDO: Que los exámenes

previstos por la Reglamentación vigente para el ingreso al Poder Judicial Provincial en el

escalafón administrativo, en las distintas Circunscripciones Judiciales se componen de

las mismas etapas como así también de sus contenidos y oído el Sr. Fiscal General; SE

RESUELVE: 1) Incluir al Sr. Gustavo Alberto Álvarez, en la lista de aspirantes a ingresar

a la Administración de Justicia en el escalafón administrativo de la Quinta Circunscripción

Judicial, al final del orden de mérito aprobado en el punto 11° del Acdo. Nº 29/14. 2)

Excluirlo de la lista de la Primera Circunscripción Judicial.

SEXTO: Visto: El Expte. E-2223-2016; en el que la Inspectoría de Justicia de Paz, eleva

el Acta labrada en ocasión de la inspección realizada al Juzgado de Paz de San Luis del

Palmar el día 24 de mayo del corriente año y habiendo tomado conocimiento los Señores

Ministros, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener presente y aprobar los

informes respectivos.

SEPTIMO: Visto: El Reglamento de Ingreso a la Función Judicial del Discapacitado,

aprobado por el Superior Tribunal de Justicia en el punto 17 del Acuerdo N° 13/10. Y

Considerando: Que, este Tribunal desde la aprobación del citado Reglamento se mostró

preocupado por la inserción laboral de las personas con discapacidad en la

Administración de Justicia Provincial, habiendo suscripto oportunamente un convenio de

colaboración con la Subsecretaría de Trabajo dependiente del Ministerio de Industria,

Trabajo y Comercio de la Provincia de Corrientes, con la finalidad de cumplir con lo

dispuesto en el art. 17 de la ley 4478 -Régimen de Protección Integral para personas

discapacitadas-, que expresamente establece: “El Estado Provincial, sus organismos

descentralizados o autárquicos, las empresas del Estado y las Municipalidades, quedan

obligados a ocupar personas discapacitadas que reúnan condiciones de idoneidad para

Page 6: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

el cargo, en una proporción no inferior al cuatro por ciento 4% de la totalidad de su

personal”, mientras que el Decreto Provincial N° 2495, reglamentario de la ley 4478,

establece con claridad que, cuando la ley dice Estado Provincial, debe entenderse como

los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Que, asimismo, no se puede dejar de señalar que nuestra Carta Magna Provincial

en su art. 44 dispone que, el Estado tiene a su cargo la protección integral de las

personas con discapacidad y deben proveer a su desarrollo e integración económica,

social y cultural, debiendo asegurarle y garantizarle a las personas con discapacidad, por

medio de acciones positivas, el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por la

Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y leyes vigentes, sancionando todo

acto discriminatorio en perjuicio de los mismos.

Que, con el objeto de promover la inserción laboral del discapacitado en el ámbito

de la Justicia Provincial y dictar medidas positivas necesarias para el ejercicio de sus

derechos, se cree conveniente y oportuno, en el marco de las actuaciones en examen,

dictar una nueva reglamentación sobre el ingreso al Poder Judicial Provincial de las

personas con discapacidad, conciliando lo dispuesto en el art. 44 de la Constitución

Provincial, con lo normado en el art. 187 inc. 3) del mismo cuerpo normativo, en cuanto

establece que en el Poder Judicial, las designaciones en todos los casos deben hacerse

sobre la base de concurso para el ingreso a la función, consecuentemente, el régimen de

acceso al empleo judicial de las personas con discapacidad, debe contener pautas que

compensen las desventajas del aspirante y el análisis de los perfiles y puestos de trabajo

donde puedan desempeñarse sin obstáculo las personas con capacidades restringidas.

Por todo ello y oído el Señor Fiscal General, SE RESUELVE: 1°) Aprobar el

“Reglamento de Ingreso al Poder Judicial de la Provincia de Corrientes de Personas con

Discapacidad”, que como Anexo forma parte del presente. 2°) Aprobar los perfiles,

exigencias básicas y competencias para los Escalafones Administrativos (de

Superintendencia y Jurisdiccional) y para el Escalafón de Maestranza y Servicio,

confeccionado por la Dirección de Personal y Licencias, que como Anexo II forma parte

del presente, haciendo saber que para los demás Escalafones, atento a las

especialidades y particularidades de cada puesto, se elaborarán al momento de la

convocatoria. 3°) Dejar sin efecto el Reglamento aprobado en el punto 17° del Acuerdo

N° 13/10. 4°) Conformar una Comisión de Ejecución y Seguimiento del Reglamento,

Page 7: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

conformado por: La Secretaría Administrativa, la Dirección de Personal y Licencias, la

Dirección de Arquitectura y los demás representantes que los Sres. Ministros y el Señor

Fiscal General designe.

OCTAVO: Visto: Los distintos planteos efectuados por los Señores Jueces, frente a las

cuestiones administrativas que se suscitan en el marco de una causa jurisdiccional. Y

Considerando: Que, los procesos jurisdiccionales no pueden quedar paralizados ante

planteos de naturaleza administrativa y teniendo presente que el sistema de gestión

IURIX, no prevé la posibilidad de tramitar un planteo administrativo con todas sus etapas,

oído el Señor Fiscal General; SE RESUELVE: 1°) Hacer saber a los Tribunales que,

frente a un planteo de naturaleza administrativa en una causa jurisdiccional, deberá

formarse un expediente administrativo interno, con la copias y documentación pertinente

que se registrará en un libro que se habilitará a tal efecto, debiendo aplicarse la ley de

Procedimiento Administrativo Provincial, las normativas legales y reglamentarias de la

función administrativa del Poder Judicial, como así también los principios que informan el

Derecho Administrativo. 2°) Dar intervención a la Dirección General de Informática, para

que adopte las medidas necesarias, a fin de incorporar dentro del sistema de gestión, los

trámites administrativos que se plantean ante los distintos Tribunales, debiendo

oportunamente elevar la propuesta a este Superior Tribunal de Justicia, para su

aprobación, con el correspondiente instructivo de aplicación para la unificación del

trámite.

NOVENO: Visto: Las propuestas de los Señores Jueces de Instrucción y Correccional,

realizadas en el marco del Encuentro llevado a cabo en la ciudad de Mercedes, en el

corriente año, como así también, por los Tribunales Orales Penales de esta ciudad. Y

Considerando: La oportunidad y conveniencia de analizar la posibilidad de diferenciar

dentro de las actuaciones de un proceso penal, las actividades jurisdiccionales de

relevancia probatoria y decisoria dentro del expediente, de aquellas actuaciones

meramente administrativas de comunicación, notificación y otras. Por ello y oído el Señor

Fiscal General; SE RESUELVE: Autorizar al Juzgado de Instrucción N° 1 de esta ciudad

capital, con carácter de prueba piloto, a diferenciar en el marco de las causas en trámite

ante ese tribunal, el legajo jurisdiccional del legajo administrativo, compaginados en

Page 8: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

forma separada, bajo el principio de celeridad, economía y sencillez de los trámites,

debiendo en el término de 120 días, elevar sus resultados al Superior Tribunal de

Justicia, a efectos de evaluar su aplicación a los demás tribunales del fuero penal.

DECIMO: Visto: Los Exptes. CA-293-2016 y CA-294-2016, a través del cual la Dra.

Marisa Esther Spagnolo de Godoy, en su calidad de Coordinadora del Programa “Justicia

y Sociedad Civil” comunica la reprogramación de las actividades que fueran aprobadas

por Acdos. N° 9/16 pto. 19° (a realizarse en la localidad de Esquina) y N° 13/16 pto. 15°

(a desarrollarse en la ciudad de Mocoretá), las que se desarrollarán los días 5 de agosto

y 29 de julio de 2016, respectivamente; oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Tener

presente, dar a publicidad por Secretaría y difusión en la página web del Poder Judicial,

con conocimiento del Área de Capacitación Judicial.

UNDECIMO: Visto: El Expte. E-1884-2016; referente a la solicitud de un Convenio de

Cooperación y Colaboración entre el Poder Judicial y la Asociación Interdisciplinaria de

Protección Familiar COETI, en el marco del Programa “Justicia y Sociedad Civil y oído el

Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Autorizar al Sr. Presidente a suscribir un Convenio

Marco de Cooperación Institucional y un Convenio de Colaboración vinculado con el

Programa “Justicia y Sociedad Civil” con la Asociación Interdisciplinaria de Protección

Familiar COETI, con las observaciones señaladas por el Sr. Ministro Dr. Fernando A. Niz.

DUODECIMO: Visto: El Expte. E-2624-2016; a través del cual el Colegio de Escribanos

de la Provincia de Corrientes, solicita se declare de interés el 85° Aniversario del Colegio

de Escribanos de la Provincia de Corrientes, a celebrarse el día 4 de julio del corriente

año, en la sede de su institución, sito en calle 9 de julio N° 1065/67 de la ciudad de

Corrientes; oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Declarar de Interés el 85°

Aniversario del Colegio de Escribanos de la Provincia de Corrientes, conforme lo

peticionado.

DECIMO TERCERO: Visto: El Expte. E-2621-2016; a través del cual el Área de

Capacitación Judicial, comunica la realización de la actividad TALLER “ASPECTOS

GENERALES DEL PROCESO” que presentara el Dr. Alejandro O. Aquino Britos, Juez

Page 9: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

Civil y Comercial N° 1 Subrogante de la ciudad de Goya. Por ello y oído el Sr. Fiscal

General; SE RESUELVE: Tener presente y dar a publicidad por Secretaría.

DECIMO CUARTO: Visto: El Expte. E-2620-2016; referente al pedido del Área de

Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “CAPACITACIÓN

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 3 Y CORRECCIONAL DE GOYA –PROCESO

CORRECCIONAL-” que presentara el Juzgado de Instrucción y Correccional N° 3 de la

ciudad de Goya y oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad

por Secretaría.

DECIMO QUINTO: Visto: El Expte. E-2604-2016; referente al pedido del Área de

Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “ANALISIS,

IDENTIFICACION Y TRATO A LAS PERSONAS EN SITUACION DE CRISIS,

ESPECIALMENTE A LAS MUJERES VICTIMAS DE VIOLENCIA DE GENERO” que

presentara el Dr. José Osvaldo Ledesma, Juez de Paz de Berón de Astrada, oído el Sr.

Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.

DECIMO SEXTO: Visto: El Expte. E-2605-2016; referente al pedido del Área de

Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “ENCUENTRO DE

PSIQUIATRAS, PSICOLOGOS Y TRABAJADORES SOCIALES FORENSES CON

JUECES CIVILES Y COMERCIALES CON COMPETENCIA EN PROCESOS DE

RESTRICCIÓN DE CAPACIDAD, ASESORES DE MENORES, DEFENSORES DE

POBRES Y AUSENTES” que presentara el Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses,

oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por Secretaría.

DECIMO SEPTIMO: Visto: El Expte. E-2603-2016; referente al pedido del Área de

Capacitación Judicial, de aprobación y publicación de la actividad: “TALLER DE

CAPACITACION EN LENGUA GUARANI” que presentara el Centro Judicial de

Mediación, oído el Sr. Fiscal General; SE RESUELVE: Aprobarla y dar a publicidad por

Secretaría.

DECIMO OCTAVO: Visto: Las solicitudes de licencias:

Page 10: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

1) Dra. Liliana María REINA, 4 días desde el 04/07/16 y 5 días desde el 25/07/16:

SE RESUELVE: Concederla (Art. 42º del R.I.).

2) Dra. Margarita Cristina RODRIGUEZ DE LEON, 3 días desde el 25/07/16: SE

RESUELVE: Concederla (Art. 42º del R.I.).

3) Dra. Mirta Susana TOLEDO, 5 días desde el 08/08 al 12/08/2016; SE

RESUELVE: Conceder 2 (dos) días por artículo 58 del RIAJ y 3 (tres) días por artículo 63

“in fine” del RIAJ –sin goce de haberes-.

4) Sra. Alicia Teresita ALTAMIRANO, 53 días desde el 07/04/16: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

5) Sra. Gladis Graciela OLGUIN, 21 días desde el 26/05/16: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 44º del R.I.).

6) Sr. Jorge ZIBELMAN, 30 días desde el 09/06/16: SE RESUELVE: Concederla

(Art. 44º del R.I.).

7) Dra. Ana Inés ALVIRA, 60 días desde el 23/05/16: SE RESUELVE: Concederla

(Art. 46º del R.I.).

8) Sra. María Alicia HERRERO, 10 días desde el 25/06/16: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 46º del R.I.).

9) Sra. Irma Rosa MATOSO, 7 días desde el 25/06/16: SE RESUELVE: Concederla

(Art. 46º del R.I.).

10) Sr. Carlos Alfredo GOMEZ, 26 días desde el 2/05/16: SE RESUELVE:

Concederla (Art. 45° del R.I.).

11) Visto: Las actuaciones sobre la licencia solicitada por el agente Carlos Alfredo

GOMEZ, a partir del 28/05/16 al 29/06/16. Y considerando: Los dictámenes del Instituto

Médico Forense y lo informado por la Dirección de Personal y Licencias, oído el Sr. Fiscal

General; SE RESUELVE: 1) No hacer lugar a la licencia peticionada. 2) Disponer que por

Secretaría se proceda a notificar los dictámenes médicos, como así también a intimar al

agente a que se reintegre a sus funciones, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art.

69 del RIAJ, que en su parte pertinente y de aplicación al presente dice: “Si la causal

invocada por el personal judicial, como motivo para no concurrir al desempeño de sus funciones

fuese falsa…, se le impondrá un descuento sobre sus haberes igual al doble del tiempo que dure

su inasistencia, sin perjuicio de denegársele la licencia que pudiere solicitar y de aplicarse también

en este caso, lo dispuesto en el art. 70 de este Reglamento”, en función del Art. 50 del mismo

cuerpo normativo.

Page 11: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

Superior Tribunal de Justicia

Provincia de Corrientes “Año del Bicentenario de la Declaración de la Independencia Nacional”

DECIMO NOVENO: Comunicar lo resuelto por Secretaría y darlo a publicidad. No

habiendo otros asuntos a consideración, se dio por terminado el presente Acuerdo,

firmándose, previa lectura y ratificación, ante mí, Secretario Autorizante, que doy fe. Fdo.

Dr. EDUARDO GILBERTO PANSERI (Presidente Subrogante), los Dres. FERNANDO

AUGUSTO NIZ, ALEJANDRO ALBERTO CHAIN, LUIS EDUARDO REY VAZQUEZ

(Ministros) y el Dr. CESAR PEDRO SOTELO (Fiscal General). Ante mí, Dr. GUILLERMO

ALEJANDRO CASARO LODOLI, Secretario Administrativo.

ES COPIA

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ANEXO I (Acdo. N° 18/16, pto. 7°)

REGLAMENTO DE INGRESO AL PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE

CORRIENTES DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Art. 1: Crear el Registro de Aspirantes con discapacidad para el ingreso al Poder Judicial

Provincial que, se encontrará a cargo de la Dirección de Personal y Licencias

dependiente del Superior Tribunal de Justicia, en el que podrán inscribirse las personas

con discapacidad que deseen concursar para acceder a un cargo dentro de la

Administración de Justicia Provincial y reúnan los requisitos de idoneidad requerido para

su ejercicio.

Art. 2: Los interesados que pretendan inscribirse en el Registro de Aspirantes con

discapacidad para el ingreso al Poder Judicial de la Provincia, deberán cumplimentar los

siguientes requisitos:

Ser ciudadano argentino en ejercicio.

Tener dieciocho años de edad.

Domicilio en la Provincia (no menor a un año si no hubiere nacido en ella –art. 4 inc. f)

R.I.)

Título Secundario completo.

Ser discapacitado, que deberá acreditarse con el correspondiente certificado

emitido por la autoridad Provincial competente.

Estar inscripto en el Padrón de Aspirantes con discapacidad para el Ingreso a la

Función Judicial de la Provincia de Corrientes, que estará a cargo del Área de

Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo Provincial o el organismo que en el

futuro lo reemplace.

Art. 3: CONSTANCIA DE INSCRIPCIÓN EN EL PADRON DE ASPIRANTES CON

DISCAPACIDAD PARA EL INGRESO AL PODER JUDICIAL: El postulante que pretenda

inscribirse en el Registro de Aspirantes con discapacidad para el ingreso a la

Administración de Justicia Provincial, deberá acreditar a través de la correspondiente

constancia, emitida por el Área de Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo

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Provincial o el órgano que en el futuro la reemplace que, la persona forma parte del

padrón de aspirante con discapacidad para el ingreso al Poder Judicial Provincial y

cuenta con capacidad para cubrir las competencias y habilidades en relación a los

perfiles de los puestos laborales dentro del servicio de justicia.

Art. 4: La inscripción en el Registro tendrá una vigencia de 4 años, pasados los cuales

para renovarla deberá manifestar su voluntad de permanecer inscripto en el Registro,

presentando nuevamente certificado único de discapacidad y una nueva constancia del

Área de Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo Provincial.

Art. 5: DEL PROCESO DE SELECCCIÓN:

a) Convocatoria:

El Superior Tribunal de Justicia, cuando lo considere oportuno llamará a concurso a los

inscriptos en el Registro, determinando quienes podrán participar de acuerdo a las

pruebas selectivas que se aplicarán en función de las distintas discapacidades y

exigencias de los puestos de trabajo y modalidad establecida.

b) Para el ingreso al Poder judicial deberá cumplirse con todos los requisitos de

registración, como así también, aprobar las pruebas selectivas correspondientes que se

establezcan para cada caso, aplicándose en todo lo que no fuere incompatible el

Régimen General de Concursos para el Ingreso a la Administración de Justicia Provincial.

c) Las pruebas selectivas que integrarán cada concurso, el criterio de puntuación, será

determinado por el Superior Tribunal de Justicia, de acuerdo a las características y

cualidades de las personas inscriptas y su adaptabilidad al perfil laboral requerido, con el

apoyo de las distintas áreas Técnicas y Profesionales del Poder Judicial Provincial y la

infraestructura necesaria para el desarrollo normal del concurso.

Art. 6: Designación: El Superior Tribunal de Justicia será el único órgano con

competencia para la designación de las personas con discapacidad en cualquier

dependencia o Tribunal que conforma la Administración de Justicia Provincial.

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Art. 7: Inducción. Una vez designado el personal con discapacidad se pondrá en marcha

un proceso de inducción especial para su integración en el grupo de trabajo y adaptación

a las labores propias del puesto, con acompañamiento profesional especial en el caso de

ser necesario.

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ANEXO II

(Acdo. N° 18/16 pto. 7°)

El Área de Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Corrientes, o la oficina que haga sus veces, para emitir la constancia de Inscripción en el Padrón de Aspirantes al Ingreso al Poder Judicial –conforme Art. 3 del Reglamento de Ingreso al Poder Judicial de la Provincia de Personas con Discapacidad-, deberá expedirse sobre las tareas y sobre las exigencias básicas del puesto, los demás ítems de este documento se los consigna a título informativo de las características del perfil. Función Realiza toda actividad administrativa destinada a asistir al cumplimiento de la función judicial de un Juzgado o dependencia afín. Participa en la tramitación de los procesos, contribuyendo al despacho diario de los expedientes, dando trámite a las causas y manteniendo a la orden del día todos los requerimientos y actuaciones.

Tareas Las siguientes son las tareas comprendidas en las funciones de un Escribiente (Personal

Administrativo).

- Redactar escritos. - Atender al Público, evacuando consultas y dudas y brindando orientación a quien lo

solicita. - Controlar y cotejar datos. - Programar actividades propias y de la Dependencia. Coordinar diligencias - Clasificar según criterios de importancia - Confeccionar expedientes (caratular, agregar escritos, armar, foliar) - Cumplir plazos - Manejar herramientas informáticas. Tipear y carga de datos en PC. - Archivar y manejar documentación.

EXIGENCIAS BÁSICAS GENERALES

Respecto de las siguientes exigencias propias del puesto de trabajo deberá expedirse en el

detalle de la certificación.

PERFIL BÁSICO PARA UN ESCRIBIENTE (PERSONAL ADMINISTRATIVO) dentro del Reglamento de Ingreso de Personas con discapacidad

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EXIGENCIAS BASICAS GENERALES OBSERVACIONES

Aprendizaje: Capacidad para incorporar conocimientos, aprender procesos o procedimientos con eficacia.

------------------------------------------------------

Memoria a corto y mediano plazo: capacidad para codificar, almacenar y recuperar información reciente y no tan reciente.

-------------------------------------------------------

Comprensión Verbal: capacidad para interpretar expresiones orales

Puede prescindirse para el caso de personas sordas o con disminución auditiva si puede comunicarse por escrito.

Comprensión escrita: capacidad para interpretar expresiones escritas

Puede suplirse mediante la utilización de herramientas especiales para el caso de no videntes.

Expresión Oral: capacidad para expresar ideas, situaciones, deseos, pensamientos etc. de manera entendible para todos de manera verbal

Puede suplirse por expresión escrita en algunas tareas.

Expresión escrita: capacidad de expresar ideas, pensamientos, situaciones mediante la escritura

Pueden utilizarse medios de expresión como braile y sistemas específicos para no videntes.

Capacidad para discernir prioridades establecer un orden en base a criterios.

------------------------------------------------------

Concentración: capacidad para sostener la atención

-------------------------------------------------------

Autonomía y Seguridad: capacidad para actuar con independencia, sin acompañamiento en las tareas que se le encomienden, con responsabilidad, resolviendo situaciones y tomando decisiones.

Especificar si requiere algún tipo de acompañamiento y de qué tipo

Trabajo a presión: Capacidad para soportar situaciones apremiantes que puedan ser generadoras de estrés, tensión y/o fatiga mental.

-----------------------------------------------------

Relaciones Interpersonales: Capacidad para iniciar y mantener relaciones con otras personas en un marco de cortesía y respeto

------------------------------------------------------

Confidencialidad: capacidad para comprender la importancia de tener la reserva necesaria para todo asunto del que tome conocimiento en ocasión de trabajo.

--------------------------------------------------

Destreza manual: capacidad para realizar escritura manual, manejo del teclado, confección de expedientes, foliado etc.

Especificar control de mandos y nivel fuerza

Ritmo de Trabajo: capacidad para mantener un ritmo -----------------------------------------------------

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de trabajo constante sin perder eficiencia.

Desplazamiento: Capacidad Para caminar, y o desplazarse utilizando o no algún tipo de equipamiento

No requiere desplazamiento constante sino ocasional. Especificar si necesita algún equipamiento específico

Posición: capacidad para adoptar y mantener una postura determinada: SENTADO (para trabajar en escritorio) PARADO (para el mostrador en mesa de entrada para atención al público

Especificar si necesita algún equipamiento específico

COMPETENCIAS Las siguientes son las competencias propias del perfil de Escribiente (Personal Administrativo) que se exponen solo a título informativo del Perfil.

ANÁLISIS Y REDACCIÓN

JUDICIAL

Capacidad para redactar de manera clara y precisa escritos judiciales (cédulas, oficios, resoluciones, proveídos, etc.) aplicando correctamente la estructura propia de estos escritos.

COMUNICACIÓN EFICAZ

Capacidad para transmitir información, ideas y opiniones de forma clara y precisa y capacidad de escuchar, siendo receptivo a las ideas y opiniones de las personas en general, a fin de mantener canales abiertos y redes de contacto.

PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN

Capacidad para establecer eficazmente un orden apropiado de actuación personal o para terceros orientado al logro de objetivos.

CONOCIMIENTOS

TÉCNICOS NORMATIVOS

Capacidad para poseer, mantener actualizados y aplicar todos los conocimientos y experiencias específicas relacionadas con la normativa aplicable, que se requieran para el cumplimiento del trabajo.

INICIATIVA

Capacidad para buscar nuevas soluciones a problemas actuales o futuros anticipándose en base a un impulso personal y propio

CORTESÍA Y MODALES

Capacidad para desenvolverse en toda circunstancia de manera educada, con buenos modales y respeto tanto en la comunicación escrita como en la verbal y gestual

ÉTICA

Capacidad para mantenerse fiel a los cánones éticos y de resguardar la confidencialidad de todos los asuntos respecto de los cuales tome conocimiento y tengan vinculación con este Poder Judicial, absteniéndose de realizar actos incompatibles con la rectitud que exige el puesto.

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CONDICIONES DE TRABAJO

- El trabajo tiene lugar en el ámbito de oficina, con iluminación, ventilación y mobiliario adecuado a necesidades ergonómicas. - Implica una carga mental moderada por el nivel de concentración demandado y el volumen de información y precaución con que se maneja y por la exigencia de cumplimiento de plazos. - Implica una carga física estática que exige mantener la posición sentado y con atención visual gran parte de la jornada. - Carga horaria seis horas diarias y 30 semanales con disponibilidad full time. - Exige trabajo individual y trabajo en equipo

REQUISITOS

Formación Académica Estudios Secundarios completos

Experiencia No requiere

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El Área de Discapacidad de la Subsecretaría de Trabajo de la Provincia de Corrientes, o la oficina que haga sus veces, para emitir la constancia de Inscripción en el Padrón de Aspirantes al Ingreso al Poder Judicial -conforme Art. 3 del Reglamento de Ingreso al Poder Judicial de la Provincia de Personas con Discapacidad-, deberá expedirse sobre las tareas y sobre las exigencias básicas del puesto, los demás ítems de este documento se los consigna a título informativo de las características del perfil. Función Realiza toda actividad atinente a la limpieza, mantenimiento y orden de la Dependencia y

lugares comunes. Traslada, conserva y custodia documentación e insumos. Así como asiste a la

función administrativa en fotocopiado, preparación de documentos, diligenciamientos varios

internos y externos.

TAREAS

Las siguientes son las tareas comprendidas en las funciones de un Ayudante (Personal de

Maestranza).

- Realizar y mantener la limpieza y el orden de la Dependencia y lugares comunes así

como también de los utensilios y colectar y eliminar residuos.

- Realizar diligencias a las distintas dependencias del Poder Judicial así como también a

organismos externos.

- Realizar servicio de cafetería para las autoridades de la Dependencia

- Desplazar, mover, trasladar muebles

- Preparar y registrar los envíos de correo

- Sacar fotocopias

- Tareas simples de mantenimiento

- Oficios

PERFIL BÁSICO DE AYUDANTE (PERSONAL DE MAESTRANZA) dentro del Reglamento de Ingreso de Personas con discapacidad

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EXIGENCIAS BÁSICAS GENERALES

Respecto de las siguientes exigencias propias del puesto de trabajo deberá expedirse en el

detalle de la certificación

EXIGENCIAS BÁSICAS GENERALES OBSERVACIONES

Memoria de Corto y mediano plazo: capacidad para codificar, recuperar y almacenar información

---------------------------------

Comprensión Verbal: capacidad para interpretar expresiones orales Ya sea por audición o por lectura de labios

Comprensión Escrita: capacidad para interpretar expresiones escritas

---------------------------------

Expresión Oral: capacidad para expresar ideas, situaciones, deseos, pensamientos de manera entendible para todos de manera verbal

Puede ser suplida por la expresión escrita o por otro medio

Expresión escrita: capacidad para expresar ideas, situaciones, deseos, pensamientos de manera entendible para todos de manera escrita

---------------------------------

Organización: capacidad para organizar y priorizar la propia tarea en coordinación con los compañeros de trabajo.

Relaciones Interpersonales capacidad para interactuar y mantener relaciones con otras personas en un marco de cortesía y respeto

---------------------------------

Autonomía y seguridad: capacidad para actuar con independencia y responsabilidad en las tareas que se le encomienden.

Especificar si requiere algún tipo de acompañamiento

Confidencialidad: capacidad para comprender la importancia de tener la reserva necesaria para todo asunto del que tome conocimiento en ocasión de trabajo.

--------------------------------

Visión: Capacidad para reconocer y/o distinguir colores y objetos con la vista

Especificar agudeza cercana, lejana, campo visual y demás especificaciones

Audición: capacidad para oír, reconocer o discriminar sonidos Especificar agudeza y demás características. Puede suplirse con lectura de labios o expresión escrita

Trabajo a Presión: capacidad de soportar situaciones apremiantes de exigencia que puedan generar tensión.

---------------------------------

Destreza física/ esfuerzo físico: capacidad para levantar, llevar, empujar, halar, manipular elementos.

Especificar control de mandos y nivel fuerza

Desplazamiento: Capacidad para caminar y/o desplazarse utilizando algún tipo de equipamiento

Especificar si necesita algún equipamiento específico

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COMPETENCIAS Las siguientes son las competencias propias del perfil de Ayudante (Personal Administrativo) que se exponen solo a título informativo del Perfil.

COLABORACION Y ESPÍRITU

DE SERVICIO

Capacidad para brindar apoyo a compañeros, superiores, y toda otra persona con la que tome contacto en situación de trabajo. Estando atento y disponible a las necesidades que se puedan plantear y respondiendo con buena disposición y prontitud.

ORGANIZACIÓN

Capacidad para establecer eficazmente un orden apropiado de actuación personal o para terceros orientado al logro de objetivos, orientado al propio trabajo y al que exige coordinación con sus pares.

COMPROMISO

Capacidad para sentir como propios los objetivos de la Dependencia y cumplir con las obligaciones con dedicación

ADAPTABILIDAD A LOS

CAMBIOS DEL ENTORNO

Capacidad para comprender y evaluar posturas distintas de las propias y adaptarse a los nuevos modos de hacer de manera eficiente.

COMPROMISO CON LA CALIDAD DEL TRABAJO

Capacidad para asegurarse de que el trabajo realizado satisfaga la finalidad para la que fue dispuesto apuntando a la mejora continua.

DISCRECIÓN Y PRUDENCIA

Capacidad para mantenerse fiel a los cánones éticos y de resguardar la confidencialidad de todos los asuntos respecto de los cuales tome conocimiento y tengan vinculación con este Poder Judicial, absteniéndose de realizar actos incompatibles con la rectitud que exige el puesto.

TOLERANCIA A LA PRESION

EN EL TRABAJO

Capacidad para identificar y administrar situaciones de presión, contingencia y conflicto.

RESPONSABILIDAD

Capacidad para comprometerse e involucrarse con el resultado de las tareas asignadas, respondiendo por los errores y asumiendo las consecuencias

BUEN MANEJO DE LAS

RELACIONES INTERPERSONALES

Capacidad para plantear y propiciar adecuadas relaciones interpersonales con toda persona con la que tome contacto en ocasión de trabajo

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CORTESIA Y MODALES

Capacidad para desenvolverse de manera educada, con buenos modales y respeto tanto en la comunicación escrita como en la verbal y gestual.

CONDICIONES DE TRABAJO

- Una parte del trabajo tiene lugar en el ámbito de oficina con iluminación, ventilación y mobiliario adecuado a

necesidades ergonómicas y otra parte tiene lugar en la vía pública al momento de realizar las diligencias

expuesto a inclemencias climáticas inconvenientes del tránsito, apremio horario.

- Implica una carga mental baja por puesto que no implica manejo de gran volumen de información ni

concentración.

- Implica una carga física dinámica moderada que exige movilidad de miembros para la realización de las tareas

de limpieza y para realizar las diligencias en la vía pública.

- Carga horaria siete horas diarias y 35 semanales con disponibilidad full time.

- Exige trabajo individual y trabajo en equipo

REQUISITOS

Formación Académica Estudios Secundarios completos

Experiencia No requiere

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COMUNICADOS DE SECRETARIA

1. PROGRAMA “JUSTICIA Y SOCIEDAD CIVIL”: COMUNICA: La reprogramación de

las siguientes actividades:

Capacitación “RESPONSABILIDAD. CONCEPTO. PRESUPUESTOS. MIRADA

DEL NUEVO CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACION. ALCANCE DE LA

RESPONSABILIDAD A LOS DOCENTES Y TITULARES DE

ESTABLECIMIENTOS PRIVADOS. RESPONSABILIDAD DEL ESTADO” -2da.

Edición- (aprobada por Acdo. N° 13/16 pto. 15°), se realizará en la ciudad de

Mocoretá, el día 29 de julio de 2016.

Jornada - Taller sobre la problemática de “VIOLENCIA DE GENERO”

(aprobada por Acdo. N° 9/16 pto. 18°), se realizará en la ciudad de Esquina, el día 5

de agosto de 2016.

_______________________________________________________________________

2. AREA DE CAPACITACION JUDICIAL: COMUNICA: La realización de las siguientes

actividades:

a-“ANÁLISIS, IDENTIFICACIÓN Y TRATO A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN DE CRISIS, ESPECIALMENTE A LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA DE GÉNERO”

COORDINADORES: DR. NÉSTOR OSCAR ANOCÍBAR, LIC. MARÍA ALEJANDRA MONTIEL, LIC. MARIO DANIEL DÍAZ, DR. JOSÉ OSVALDO LEDESMA.- INSTRUCTORES: DR. NÉSTOR OSCAR ANOCÍBAR, LIC. MARÍA ALEJANDRA MONTIEL, LIC. MARIO DANIEL DÍAZ.- DESTINATARIOS: Exclusivamente personal policial de las comisarías de los departamentos de Berón de Astrada y General Paz, Facilitadores Judiciales y Personal de los Juzgados de Paz de Berón de Astrada, Ita Ibaté y Caa Cati.- FECHA: Lunes 3, 17, 24 y 31 de Octubre y 7 de Noviembre.- HORARIO: A confirmar.- LUGAR: A confirmar, en la localidad de Berón de Astrada.- INSCRIPCIÓN: En el Juzgado de Paz de Berón de Astrada.-

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b- CAPACITACION DEL JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 1 - GOYA

“ASPECTOS GENERALES DEL PROCESO”

COORDINADOR: DR. ALEJANDRO O. AQUINO BRITOS

INSTRUCTORES: DRES. ALICIA MELANA – ANALIA DIAZ COLODRERO – JORGE

ERNESTO ESCÓFANO – SILVINA COLONESE

PROGRAMA

MODULO 1: Demanda – Notificación 1. Presupuestos de admisibilidad de la demanda según el tipo de proceso:

Prescripción adquisitiva-interdictos-reivindicación-daños y perjuicios- informaciones sumarias- incapacidades- sucesorios- contencioso administrativo.

1.1 PRACTICO: ingresos de expedientes - redacción de primeras providencias – códigos de actuación según sistema IURIX.

2. Notificaciones en general: Notificación por nota o ministerio de la ley; notificación tácita; notificación por cédula, notificación por carta documento: Presupuestos. Aplicación de los arts. 40 y 41 del CPCC.

2.1. Control previo de recaudos formales de medios de notificación: cédula ley, carta documento, oficios, mandamientos, edictos. 2.2. Control previo de recaudos formales de documentos especiales: minutas e hijuelas. 2.3. PRÁCTICO: revisar expedientes, detectar tipos de notificación y controlar proyectos.

MODULO 2: Procedimiento Probatorio.

1. Introducción a la etapa probatoria: Audiencia preliminar. Apertura a prueba. 2. Audiencia preliminar: oportunidad, alcance y conveniencia. Art. 360 del CPCC.

Acuerdo: redacción del acuerdo. Homologación: Alcances y efectos. 3. Clausura de la etapa probatoria: informe de certificación de pruebas producidas.

Auto de clausura: pruebas pendientes de producción o declaración de caducidad de oficio.

4. Medidas para mejor proveer: Activismo o Garantismo.

2.1. PRÁCTICO: Formación de cuadernos de prueba y redacción del proveído de admisión, certificación de prueba y clausura del período probatorio. Códigos de actuación.

INICIO: Jueves 28 de Julio de 2016 a las 18:00 horas. DICTADO: 12 clases en total de una hora y media. LUGAR: Sede del Tribunal – Colón N° 671 –Goya- DESTINATARIOS: Personal del mismo juzgado. REGULARIDAD: 90% de asistencia.

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EVALUACION: Escrita. Elaboración de un trabajo práctico en base a los temas desarrollados INSCRIPCION: en sede del Tribunal.

c- CAPACITACION DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN N° 3 Y CORRECCIONAL -

GOYA

“PROCESO CORRECCIONAL”

COORDINADORA E INSTRUCTORA: DRA. TERESITA E. DUALIBE

PROGRAMA

1° MODULO: LA GESTION JUDICIAL:

Importancia en el Derecho Penal. Control previo a la apertura de instancia. Ingreso. Recepción. Requisitos de Procedencia. Verificación de cumplimiento del Art. 357 del CPP. Principio de Congruencia. Nulidades. Competencia. Registro: Detenidos-Elementos Secuestrados. Manejo del Sistema IURIX. Planilla/Informes Genéricos.

2° MODULO: SUSPENSION DEL JUICIO A PRUEBA:

Requisitos de Admisibilidad. Análisis pormenorizado de cada caso en particular. Oportunidad para su planteo. Violencia de Género. Nuevas Disposiciones del STJC: Recurso/concesión. Audiencia Oral y Única a tenor del Art 76 bis del CP. Resolución (Denegatoria/de Concesión). Revocación (Debate-Sentencia). Extinción de la Acción Pena y sobreseimiento por cumplimiento

3° MODULO: VENCIMIENTO DEL TERMINO DE PRUEBA:

Análisis de Partes. Testigos de Cargo. Testigos Nuevos: Admisión y Rechazo. Revocación de Probation y Fijación de Nueva Fecha de debate. Decreto de fijación de Fecha de Audiencia de Debate. Citaciones y Notificaciones. Actos del Debate: apertura, cuestiones preliminares. Testimoniales. Recepción de Pruebas. Alegatos.

4° MODULO: PRESCRIPCION:

Extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo. Requisitos de admisibilidad. Análisis de cada caso en particular: delitos de Violencia de Género e Incumplimiento de Deberes de asistencia Familiar. Jurisprudencia Aplicable al caso. Computo de términos. INICIO: Martes 28 de Junio de 2016 de 17:00 a 19:00 horas. DICTADO: 8 clases en total. LUGAR: Sede de la Secretaría Correccional. DESTINATARIOS: Personal de la Secretaría Correccional. REGULARIDAD: 90% de asistencia.

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EVALUACION: Teórico-Práctico. INSCRIPCION: en la misma Secretaría Correccional.

d. ENCUENTRO

- TALLER DE PRACTICAS -

PSIQUIATRAS DEL INSTITUTO MEDICO FORENSE CUERPO DE PSICOLOGIA FORENSE

CUERPO DE TRABAJADORES SOCIALES FORENSES

con

JUECES CIVILES Y COMERCIALES con competencia en procesos de restricción de capacidad

ASESORES DE MENORES DEFENSORES DE POBRES Y AUSENTES

CAPITAL

VIERNES 1 DE JULIO INDICADORES DE ABORDAJE A PERSONAS AFECTADAS EN SU CAPACIDAD

- Audiencia del art. 35 de la Ley Nacional de Salud Mental N° 26.657- EXPOSITORES: Dr. ROBERTO ANTONIO GALIANA. –Vice- Decano del Instituto Médico Forense . Lic. ALEJANDRO GOLDFARB Jefe Coordinador del Cuerpo de Psicología Forensesl Lic. MIGUEL ALEJANDRO MARSALL Trabajador Social del Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses COORDINADORA: Dra. MARÍA JOSEFINA FERRECCIO. Secretaria del Cuerpo de Trabajadores Sociales Forenses. Poder Judicial. Provincia de Corrientes. HORA: Viernes 1 de Julio de 16:30 hs. a 20:00 hs. LUGAR: Capital- Aula 1 del Área de Capacitación – 9 de julio 1099 – 9° Piso.

e-CAPACITACION DEL CENTRO JUDICIAL DE MEDIACION - CAPITAL

“TALLER DE CAPACITACIÓN EN LENGUA GUARANÍ” COORDINADOR: DR. MIGUEL ANTONIO BENITEZ INSTRUCTOR: CAPACITADOR EN GUARANI: ROBERTO BENJAMIN CANDIA – Suboficial Mayor (R.O.) – Policia de Corrientes (INVITADO)

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PROGRAMA

Nociones de Fonología y Morfología:

El alfabeto.

Vocales nasales y orales.

Consonantes orales, nasales y digramas.

Silabación. Estructura gráfica.

Áreas temáticas: Presentaciones y saludos.

Fórmulas de cortesía.

Los números

Los días de la semana -los meses - los años.

Las plantas.

Los animales.

El clima.

Valores y pautas de convivencia: conducta, normas, respeto y solidaridad.

Situaciones comunicativas: Presentarse. Agradecer, disculparse, pedir permiso, Averiguar. Ofrecer. Aceptar. Rechazar. Preguntar e informar. Pedir algo o alguna cosa en particular, preguntar por determinados lugares y /o direcciones específicas. INICIO: Miércoles 03 de agosto de 2016 de 18:00 a 20:00 horas. DICTADO: 10 clases en total. LUGAR: Salón Auditorio del Área de Capacitación del Poder Judicial. 9 de Julio N° 1099 – 9no piso. DESTINATARIOS: Personal del Centro Judicial de Mediación, de todas las áreas del Poder Judicial que estén vinculadas a la atención al público y Mediadores matriculados. REGULARIDAD: 90% de asistencia. EVALUACION: La evaluación comprenderá:

Instancias de auto-evaluación, típicamente de proceso, sobre parámetros compartidos, que implicará el cumplimiento de lecturas y la resolución de las consignas de trabajo.

Trabajos prácticos, individuales y grupales, que apuntarán a la aplicación práctica de lo desarrollado.

Una evaluación final presencial, individual y por escrito.

Page 28: Superior Tribunal de Justicia Provincia de Corrientes

Teórico – Práctica.

Cuestionarios

Resolución de ejercicios y problemas

Intercambio orales: diálogos, puestas en común.

Examen final integrador

Participación e Interés del asistente.

INSCRIPCION: En Área de Capacitación, el 1° de Agosto desde las 7:00 horas, hasta cubrir cupo de 60 personas.

3. EL COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, HACE

SABER:

Que, por Resolución de la Comisión Directiva del Colegio de Escribanos de

Corrientes N° 21 de fecha 27 de marzo de 2015, se le aplicó a la Escribana FIDELIA

AYALA ORTIZ, Titular del Registro Notarial N° 504, con asiento en la ciudad de Monte

Caseros, la sanción de tres meses de suspensión en el ejercicio de su profesión, la que

se hará efectiva desde el día 21 de junio de 2016 hasta las 24 horas del día 21 de

septiembre de 2016. (Expte. E-2619-2016).

4. CANCELACION DE MATRICULA DE PERITOS JUDICIALES:

Por Resolución del S.T.J. N° 333 de fecha 19 de abril de 2016, se procedió a la

CANCELACION de la matrícula de perito Médico de este Superior Tribunal de Justicia, a

la Dra. Lucía RUFFA, registrada bajo el N° 29, obrante al Folio 31, del Libro I. (Expte. N°

20.466/01).

5. BIBLIOTECA CENTRAL DEL PODER JUDICIAL: Comunica:

Ante la proximidad de la Feria Judicial, se recuerda la vigencia del art. 171 2da

parte del Reglamento Interno de Administración de Justicia, que se transcribe a

continuación: “Los Magistrados y Funcionarios que no hayan sido designados para

ejercer funciones durante la feria judicial, o que se ausenten de la ciudad, deberán

devolver las obras en su poder, aun cuando no haya vencido el plazo de préstamo. Se

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exceptúan de esta disposición los libros cedidos en préstamo permanente. Las obras

deberán ser devueltas a las Bibliotecas Judiciales, antes del 5 de julio próximo.”