superintendencia de-; servicios sanitarios:} 1556

9
SUPERINTENDENCIA DE-; SERVICIOS SANITARIOS:} ORD.: 1556 Gobierna de Chile-*; ANT.: Su Oficio 28.835 de 19 de abril de 2016, (Ridex 3.922) MAT.; Informa actuaciones en relación con suspensión suministro de agua potable en región Metropolitana. INCL.: Minuta y Resolución SISS 1399/16 SANT.AGO, 2 6 ABR 2016 DE: SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS A : SRA. SUBJEFE DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓN CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Me refiero a su Oficio de! Antecedente, que solicita información, en el ámbito de competencia de este Organismo, acerca de las actuaciones y fiscalizaciones recaídas con ocasión de la suspensión del suministro de agua potable que afectó a parte de la Región Metropolitana los días 16, 17 y 18 de abril en curso. Se pide además, incluir lo actuado en relación con las obras comprometidas y ejecutadas por Aguas Andinas S.A. en su programa de inversión, tendientes a aumentar la autonomía de operación para el abastecimiento del agua potable en la región. Al respecto y dentro del plazo solicitado, se incluye Resolución y Minuta explicativa de las actuaciones y fiscalizaciones desarrolladas por esta Superintendencia en el caso que se consulta, como también considera lo relativo a las obras comprometidas y ejecutadas por la concesionaria sanitaria en el aspecto que interesa a ese Organismo Contralor. Saluda atentamente a Ud. r » P 'A/¿RG/JLS/R.¿C DISTRIBUCIÓN: ^ (H/Of¡fcios/293/2016) i - Destinatario - División de Fiscalización - División de concesiones - Oficina regional Metropolitana SISS - Oficina de Partes. SiS Superintendencia de Servicios Sanitarios Moneda 673, Piso 9 Código Postal. 6500721 Teléfono: 56 - 2 - 2382 4000 Fax: 56 - 2 - 2382 4002 / 2382 4003 Santiago tía Chile hitp.J/www siss.gob el

Upload: others

Post on 13-Mar-2022

5 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

SUPERINTENDENCIA DE-;SERVICIOS SANITARIOS:}

ORD.: N° 1556

Gobierna de Chile-*;

ANT.: Su Oficio 28.835 de 19 de abrilde 2016, (Ridex 3.922)

MAT.; Informa actuaciones en relacióncon suspensión suministro deagua potable en regiónMetropolitana.

INCL.: Minuta y Resolución SISS N°1399/16

SANT.AGO, 2 6 ABR 2016

DE: SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS SANITARIOS

A : SRA. SUBJEFE DIVISIÓN DE INFRAESTRUCTURA Y REGULACIÓNCONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Me refiero a su Oficio de! Antecedente, que solicita información, en el ámbito decompetencia de este Organismo, acerca de las actuaciones y fiscalizacionesrecaídas con ocasión de la suspensión del suministro de agua potable que afectó aparte de la Región Metropolitana los días 16, 17 y 18 de abril en curso. Se pideademás, incluir lo actuado en relación con las obras comprometidas y ejecutadaspor Aguas Andinas S.A. en su programa de inversión, tendientes a aumentar laautonomía de operación para el abastecimiento del agua potable en la región.

Al respecto y dentro del plazo solicitado, se incluye Resolución y Minuta explicativade las actuaciones y fiscalizaciones desarrolladas por esta Superintendencia en elcaso que se consulta, como también considera lo relativo a las obrascomprometidas y ejecutadas por la concesionaria sanitaria en el aspecto queinteresa a ese Organismo Contralor.

Saluda atentamente a Ud.

r » P'A/¿RG/JLS/R.¿C

DISTRIBUCIÓN: ^(H/Of¡fcios/293/2016)

i- Destinatario- División de Fiscalización- División de concesiones- Oficina regional Metropolitana SISS- Oficina de Partes.

SiSSuperintendencia de Servicios Sanitarios

Moneda 673, Piso 9Código Postal. 6500721

Teléfono: 56 - 2 - 2382 4000Fax: 56 - 2 - 2382 4002 / 2382 4003

Santiago tía Chilehitp.J/www siss.gob el

SUPERINTENDENCIA OESERVICIOS SANITARIOS

Gobierno de Chite

MINUTA EVENTOS DE CORTES EN EL GRAN SANTIAGO

LOS DÍAS 16 17 y 18 DE ABRIL DEL 2016

I.- Consideraciones generales

La empresa Aguas Andinas S.A. es operador de servicios públicos de agua potable yalcantarillado en la reglón metropolitana en razón de contar con una concesión sanitariaotorgada por la autoridad. Dicha concesión la obtuvo en virtud de un Decreto Supremoque le reconoce tal condición por reunir los requisitos que la ley establece para poderotorgar los servicios que se trata.

La suspensión del suministro de agua potable es un hecho anormal, que repercute en laobligación fundamental que pesa sobre el concesionario, de asegurar la continuidad delos servicios y que la ley sólo admite ser afectado, excepcionalmente, en casosprogramados e imprescindibles y por causas de fuerza mayor. Pues bien, los episodios decorte del servicio de agua potable acontecido los días 16,17 y 18 de abril del presente año,importan tener que considerar si la actuación del prestador cumple con esa obligaciónesencia! y, en su caso, evaluar las medidas que adoptó, de acuerdo a lo que establece laLey General de Servicios Sanitarios (DFL MOP N* 382/88); su Reglamento, el DecretoSupremo MOP N" 1199/04; y las instrucciones emitidas por esta Superintendencia.

Al efecto, interesa tener presente, que una falla o afectación en ta calidad o en lacontinuidad de la prestación de un servicio bajo concesión sanitaria, debe considerar losiguiente:

• Artículo N' 35 del DFL MOP 382/88. Establece la obligación de losconcesionarios de garantizar la continuidad y la calidad de los servicios, lasque sólo podrán ser afectadas por causa de fuerza mayor.

• Artículo N" 122 del DS MOP 1199/04. De la atención de emergencias.Indica: "Las concesionarias deberán contar con un procedimiento especialque permita con prontitud y en forma permanente atender lasemergencias, de acuerdo a los estándares definidos en los respectivosprocesos tarifarios. Dichos estándares deben ser de conocimiento públicoy estar a disposición de los usuarios en los paneles de información de lasOficinas de atención de pÚbliCO del prestador". Superintendencia d* San/icio» Sanitarios

Monada 673, Piso 9Código Postal: 6500 721

Teléfono: 56 - 2 - 2382 4000Fax: 56 - 2 - 2382 4002 / 2382 4003

Santiago de ChilahltpVAvww, siss.gnb .el

• Artículo Na 123 del DS MOP 1199/04. Condiciones de prestación de iosservicios en situaciones de emergencia. Se indica: "Si se viere afectada lacalidad y/o continuidad de uno o cualquiera de los servicios públicossanitarios, el prestador estará obligado a informar a cada usuario afectado,en forma directa o a través de medios de comunicación masiva, las medidasespeciales a adoptar."

• Para el presenta caso la concesionaria cuenta además con el "PlanOperativo para Eventos de Turbiedad", cuya última actualización fuerequerida mediante ORD SISS N" 4099/2013 y que recoge tanto las mejorasen el sistema de alerta temprana como el trabajo de coordinaciónestablecido con el Sistema Nacional de Protección, en este casorepresentado por ONEMI RM.

II.- Descripción del evento, medidas adoptadas por la SISS y actuación de la empresasanitaria

El evento de corte o falta de suministro de agua potable de los días 16,17 y 18 de abril,afectó a aproximadamente 1.060.000 clientes de la ciudad de Santiago, distribuidos en 32comunas, oportunidad en la que debido a situaciones climáticas extremas, se generaronaltas turbiedades en el río Maipo, derivadas de lluvias intensas y una isoterma sobre los3.000 metros de altura. En este contexto la empresa sanitaria decidió paralizar de la plantade producción de agua potable La Florida y disminuir la producción en las plantas delcomplejo Las Vizcachas.

Cabe señalar que el Gran Santiago, atendido por Aguas Andinas, se abastecemavoritariamente de fuentes superficiales, en este caso, las dos plantas señaladasanteriormente, es decir La Florida y Las Vizcachas obtienen sus recursos del río Maipo.Aguas Andinas obtiene el 88% de su producción para agua potable de recursossuperficiales y el 12% puede ser obtenido de fuentes subterráneas.

Acciones Previas. Medidas Adoptadas

En atención a que el fenómeno ha ocurrido con anterioridad, esta Superintendencia (SISS)ha instruido las obras necesarias que consideren la reducción a la exposición del riesgofrente a esta variable. Mientras estas obras se proyectan y construyen, esta SISS requirió aAguas Andinas desarrollar un plan de contingencia, que considerase un sistema deseguimiento de manera que permitiese alertar de manera temprana la potencialidad de unevento de turbiedad extrema. Para este efecto, el prestador aplica modelos que permitenel seguimiento de variables del clima en varios puntos de la cuenca y, en particular, en elsector del embalse El Yeso.

En este contexto, con fecha martes 12 de abril de 2016 a las 17:19 horas la concesionariaAguas Andinas cambió su estado de emergencia de NORMALIDAD a ALERTA, con motivo delfrente meteorológico previsto para afectar desde el día miércoles 13 de abril, hasta el día

En este contexto, con fecha martes 12 de abril de 2016 a las 17:19 horas la concesionariaAguas Andinas cambió su estado de emergencia de NORMALIDAD a ALERTA, con motivo delfrente meteorológico previsto para afectar desde el día miércoles 13 de abril, hasta el díadomingo 17 de abril. La alerta citada se emite tanto a esta Superintendencia como a laOficina Nacional de Emergencia RM y a la SEREMI de Salud, lo que permite iniciar lapreparación, ante catástrofes.

Posteriormente, con fecha viernes 15 de abril a las 12:02 horas, Aguas Andinas cambia suestado de emergencia de ALERTA a PRE EMERGENCIA, con motivo del aumento deturbiedad en el rio Maipo. Oportunidad en la que se comienza el seguimiento de laturbiedad y se efectúan las coordinaciones ante una eventual emergencia.

En esta situación, la Superintendencia el viernes 15 de abril realizó una reunión interna decoordinación para definir los pasos a seguir ante la posibilidad de un corte masivo de aguapotable. Lo anterior, con el preciso objeto de analizar la mejor forma en que se abordaríanlas fiscalizaciones necesarias en caso que ello ocurriera y trajera consigo problemas deabastecimiento, considerando todos los aspectos logísticos, ya que las lluvias se produciríandurante el fin de semana, en jornadas de días inhábiles.

También se debe destacar, que en el curso de la semana previa al evento, la SISS participóen reuniones tanto en la Oficina Nacional de Emergencias, en calle Beaucheff, como en laONEMI RM.

Por su parte, la empresa Aguas Andinas, conforme a los protocolos establecidos con estaSISS, mantuvo un canal de información periódico respecto de la situación de turbiedad enel río Maipo, siendo instruida, por este organismo fiscalizador, a que tan pronto visualizaraalguna probabilidad de ejecutar un corte, se informara a la SISS. Finalmente, con fechasábado 16 de abril de 2016 a las 8:25 horas, la concesionaria cambia su estado de PREEMERGENCIA a CRISIS, lo que en definitiva puso en activación la sala de crisis en ONEMI RMy se adoptan otras medidas en el sistema de protección civil. En la noche previa (día viernes15), el Superintendente de Servicios Sanitarios y un equipo de fiscalizadores se reunieronen la SISS para programar las actividades de fiscalización a desarrollar durante el fin desemana y/o hasta que la situación se normalizase y para programar la entrega oportuna alas autoridades de la información del desarrollo del evento de corte.

Actividades de terreno ejecutadas los días 16,17 y 18 de abril por la SISS

1. Fiscalizaciones en terreno.

Se conformaron equipos de terreno que realizaron fiscalizaciones a todos los puntos deabastecimiento alternativos (estanques), en 21 de las 32 comunas afectadas, por el cortede suministro, a fin de verificar el cumplimiento de la entrega de suministro alternativo deagua potable a la población, a través de puntos de abastecimiento, según los

requerimientos previamente establecidos por esta Superintendencia, en el protocoloacordado entre la empresa y la ONEMI Regional, en que se definieron para este tipo deeventos los puntos de distribución de agua tanto de la empresa sanitaria, como los deresponsabilidad municipal. En total, se definieron 85 puntos de la empresa Aguas Andinasy 126 puntos de responsabilidad de los diferentes municipios, los que además fueronpublicados en la página web de esta SISS, adicional al reporte que daba Aguas Andinas yla ONEMI RM.

Esta fiscalización se desarrolló durante todo el día sábado 16 y domingo 17, concluyendoel día lunes 18 de abril con una revisión final a fin de verificar, directamente con lapoblación, ta hora de reposición y el retiro de los medios alternativos.

2. Reuniones en Comités Operativos de Emergencia (COE)

Esta SISS, a través de sus autoridades y encargado de emergencias, participó en formadirecta en todos los Comités Operativos de Emergencia (COE), tanto Nacionales comoRegionales, actualizando y entregando al instante, la información acerca del desarrollo delos acontecimientos.

3. Medidas previas adoptada por la SISS para evitar o minimizar cortes de suministropor eventos de turbiedad extrema

Con motivo de los eventos de turbiedades extremas que se dan por lluvias con alta isotermaen la cordillera, se había instruido a la empresa Aguas Andinas la ejecución de obras quepermitieran minimizar o eliminar la paralización de las Plantas de Tratamiento de AguaPotable, o el suministro de agua a la población, por altas turbiedades en el río Maipo.

En efecto, dados los eventos acontecidos en el invierno del año 2008 y en los meses deenero y febrero del 2013, esta Superintendencia hizo exigencias adicionales a lasestablecidas por las normas técnicas (NCh. 691 Agua Potable, Conducción, Regulación yDistribución), que requieren que los servicios de agua potable dispongan de un volumende seguridad de 2 horas.

Teniendo presente lo anterior, se estableció un plan a ejecutar por parte de la empresaAguas Andinas, que consta de dos fases:

Fase 1: que es la planificación y construcción de estanques con un Volumen de Seguridad(Estanques Vizcachas), con una capacidad de 225.000 m3, y la construcción de unaconducción que permitiera conectar el embalse El Yeso con el acueducto Laguna Negra,que llega directamente al complejo Vizcachas (CAYA), que permite asegurar un caudal de3,8 m3/s con aguas con bajas turbiedades independizando dicho suministro de agua crudadel río Maipo, siendo este último un curso fluvial que recibe numerosos afluentes conimportantes niveles de turbiedad en estos eventos.

Adicionalmente, en esta Fase 1 se requirió la construcción de sondajes que permitieranpor una parte llenar los estanques de seguridad y disponer de un caudal adicional de 300

1/5-

Estas obras se encuentran ejecutadas, en operación y fiscalizadas por esta SISS.

Todas estas obras de segundad de la Fase 1 ya ejecutadas, y fiscalizadas habrían permitidodar autonomía de 9 horas, antes de suspender o disminuir ta producción. El costo de lasobras de la Fase 1 se estima en 74 millones de US$.

Adicionalmente, mediante las aguas del embalse El Yeso conducidas a través delacueducto Laguna Negra (CAYA) se logró un funcionamiento permanente aunque conmenor caudal, de la planta de tratamiento de agua potable Las Vizcachas, mezclando aguade baja turbiedad (del embalse El Yeso) con agua captada directamente del río Maipo.

Fase 2, Esta segunda fase considera la construcción de un embalse de agua cruda de1.500.000 m3, que aumentará la autonomía del abastecimiento hasta 32 horas para losdías de máximo consumo. Esta obra está comprometida en el Plan de Desarrollo de AguasAndinas con inicio de los estudios en el año 2015 y término de las obras en marzo del año2019. A la fecha los terrenos necesarios están en trámite de expropiaciones (aprox. 40hectáreas) y el anteproyecto está ejecutado. La autoridad ambiental ha requerido unestudio de Impacto Ambiental, versus una declaración ambiental simple, que era lopropuesto para adelantar esta importante obra. El costo de esta obra se estima en 90millones de U$$.

III.- Resolución de Investigación. Designación de fiscal Izado res especiales

• No obstante las fiscalizaciones realizadas por esta SISS en el periodo en que ocurrióel corte, ahora se debe establecer cuál fue la actuación de la empresa Aguas Andinasen los diferentes aspectos que se señalan:

• Si las obras de seguridad ya construidas, que permitían la autonomía de 9 horas,estaban preparadas en un 100% para enfrentar el evento de corte.

• Si la extensión del corte y su duración fueron las estrictamente necesarias dadas lascondiciones de turbiedad en el río y la infraestructura de respaldo existente.

• Si los sondajes de emergencia, aunque son de poco caudal (300 l/s), frente a lademanda total del Gran Santiago (aproximadamente 22.000 l/s), estaban operativosy funcionaron adecuadamente.

• Si se cumplió con el protocolo del abastecimiento alternativo de emergencia y sedispuso de los recursos necesarios para ello.

En razón de lo expuesto, a través de la Resolución N" 1399, de fecha 19 de abril de 2016,se designó como Fiscalizadores Especiales a don Carlos Rodrigo Peña, Jefe de la Oficina SISSRegión Metropolitana y a doña Nancy Cepeda Rodríguez, Jefe de Unidad de Normas, paraque lleven a cabo una investigación sumaria con el objeto de determinar y evaluar, en todossus aspectos, e) comportamiento de la empresa Aguas Andinas S.A. con ocasión de laemergencia ocurrida los días 16, 17 y 18 de abril en curso, que significó cortes de aguapotable en 32 comunas del Gran Santiago.

Los fiscalizadores designados contarán con un plazo de 15 días hábiles para presentar uninforme escrito, que dé cuenta de las circunstancias materia de la investigación.

Santiago, abril de 2016

tEPÚBÜCA DE CHILE

ÍUPERIMTENDENCIA DE SERVICIOS SANITARIOSIAMMÉJPA

VISTOS:

DESIGNA FISCALIZADOR ESPECIAL PARA INVESTIGACIÓNQUE INDICA.

SANTIAGO, 1 9 ABR 2016

to dispuesto sn la Ley N' 18.902; el DFL MOP N' 3S27BS, elDecreto MOP 1199/04 y el Decreto MOP N* 297/15.

CONSIDERANDO: 1* Que, corresponde a festa Supenntenderida (SISS) velar por elcumoiiniento de la normativa de los servicios públicos de aguapotable por parte de los entes fiscalizadas

2' Que, lot concesionarios de los servicios de agua potable, bajosupervigilancia de la SISS, deben asegurar la calidad ycontinuidad de los servicios y adoptar a su respecto todas tasmedidas destinadas a esos propósitos.

3* Que, ante avenios de emergencia, las concesionarias debencontar con planes preestablecidos y de pronta ejecución, ios queincluyen acciones concrMas para su solucifin y la dilusión ocomunicación a es autoridades y público en general.

4* Que. a SISS debe adoptar todas las medidas destinadas aresguardar los derechos da los usuarios y sancionar en su caso,eventuales Infracciones o ¡ncumpHmiantos a las obligaciones queimpona la condición de concesionario.

5* Ove, tos eventos de cortes del suministro da agua potable a lapoblación de Santiago, en 29 comunas de la RegiónMetropolitana, los días 16,17 y 18 de abnf en curso, constituyennecaos que han producido evidente alteración en el curnoiimientode las obligaciones de calidad y continuidad de los servicios quedebe asegurar la concesionaria Aguas Andinas S.A., afectandosignificativamente a los usuarios, lo que Impone a la autoridadtañer que evaluar la correcta ejecución por pane da esaconcesionaria de loa planee de emergencia y las demás accionesasociadas a la respuesta dada por el prestador a la emergenciaproducida.

6* Que, a fin de tenar un informe acabado de la actuación de laprestadora en la emergencia producida y adoptar accionesfundadas a partir de ello, se designan dos fiscallzadaresespeciales para dedicarse por un tiempo dado a determinar tales

aspectos teniendo presente la amplitud de situaciones que se han

producido con ocasión del mismo.

RESUELVO: (EXENTO)

1399SUPERINTENDENCIA N* ;

1 DESIGNANSE como Fricillzadores Espacíales m don Carlos Rodrigo Parta. Jefe de (•Oficina SISS Reglón Metropolitana y don» Nsncy C*p«d* Rodríguez, J«f« da Unldid de

Norma*, ambos de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, para que lleven a cabo unainvestigación sumaria con el objeto ae determinar y evaluar, en todos sus aspectos, el

comportamiento de la empresa Aguas Andinas S.A. y Aguas CordUiera S.A. con ocasión de laemergencia ocurrida tos días 16. 17 y 16 de abril en curso, que significó cortes de agua potable

en 29 comuna* del Gran Santiago.

2. Los TisciUzadores designados contarán con un plazo de 15 días hábiles para presentar uninforme escrito, que dé cuenta de las circunstancias materia de la investigación.

3. Los fiscalizado™» especíalas, designados por el presente instrumento, contaran con las más

amplias facuRadadee para el desaroilo de su cometido y deberán mantener permanentementeinformado a su Jefatura directa, de cualquier contingencia o acción que corresponda ejecutar ala SISS, en el ámbito de su competencia, con al fin de mantener a salvo ios derechos de tos

usuarios.

ANÓTESE, COMUNIQÚESE, Y NOTIFlQUESE

i SEGUEl) 4 l«m>°* Ewuna (V

Distribución:Fiscal esoeclalDivisión de FiscalizaciónCarente General de Aguas Andinas S.A.Gerenta General Aguas Cordillera S.A.(VI. SISS Región MetropolitanaFiscalía SISSOfidna de Partea SISSFMfettl-H