sumapaz. al principio… todo era espacio público… todo era de todos
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518 AÑOS CABEZA ABAJO
“¡HASTA EL MAPA MIENTE! APRENDEMOS LA GEOGRAFÍA DEL MUNDO, EN UN MAPA QUE NO MUESTRA EL PLANETA TAL CUAL ES, SINO TAL COMO
SUS DUEÑOS MANDAN QUE SEA. EN EL PLANISFERIO TRADICIONAL, EL QUE SE USA EN LAS ESCUELAS Y EN TODAS PARTES, EL ECUADOR NO ESTÁ EN EL CENTRO, EL NORTE OCUPA DOS TERCIOS Y EL SUR UNO. AMÉRICA LATINA ABARCA MENOS ESPACIO EN EL MAPAMUNDI QUE EUROPA Y MUCHO MENOS QUE LA SUMA DE ESTADOS UNIDOS Y CANADÁ.
CUANDO EN REALIDAD, AMÉRICA LATINA ES DOS VECES MÁS GRANDE QUE EUROPA Y BASTANTE MAYOR QUE ESTADOS UNIDOS Y CANADÁ. EL MAPA QUE NOS ACHICA, SIMBOLIZA TODO LO DEMÁS: GEOGRAFÍA ROBADA, ECONOMÍA
SAQUEADA; HISTORIA FALSIFICADA, USURPACIÓN COTIDIANA DE LA REALIDAD. EL LLAMADO TERCER MUNDO, HABITADO POR GENTE DE TERCERA, ABARCA MENOS, COME MENOS; RECUERDA MENOS, VIVE MENOS, DICE MENOS” PERO VALE
MÁS. EDUARDO GALEANO
La población mundial y las reservas de agua potable
26
6
815 13 8
60
36
13 11
1 5
América del Norte y Central
Sudamérica
Europa
Africa
Asia
Australia y Oceania
% de la población mundial % de reservas de agua
El “oro azul” de América Latina
Proyecto Visión Colombia 2019
Proyecto: 032 –03 SLey Agua 242-04 C
Plan Mesoamérica (PPP)
Construcción de 45 Presas. (20% Agua dulce del mundo
Privatización del aguaCapítulo 11 del NAFTA Y
ALCA TLCA
Pinochet = 80% ríos vendidos.
Al 2020 la demanda de agua será del 50% más.
Manto Guaraní Reserva mundial subterránea 80
Km3 al año RendSin acceso adecuado 1.300 millones de
personas
CONCENTRACION DE AGUA EN SUR AMERICA
CENTROS HIDROGRÁFICOSLos centros hidrográficos o estrellas fluviales son aquellos lugares de las cordilleras, casi siempre ubicados en
macizos montañosos, es decir en altura, donde se produce por deshielo
el nacimiento de varios ríos .
LA HIDROLOGÍA DE COLOMBIA
La estrella fluvial del Sumapaz
Por volumen de agua por unidad de superficie Colombia ocupaba el cuarto lugar en el mundo después de la Unión Soviética, Canadá y Brasil hasta 1990. Esto representaba 60 litros por kilómetro cuadrado, lo que era seis veces mayor que el rendimiento promedio mundial y tres veces el de Suramérica. Sin embargo, siete años después la riqueza hídrica de Colombia cayó significativamente pues en 1996 Colombia pasó a ocupar el puesto 17 a nivel mundial en volumen de agua por unidad de superficie. Una de las razones que han causado este problema ambiental es la tala indiscriminada de árboles. Se calcula que cada seis meses desaparece un río en Colombia debido a la deforestación.
Cada 20 segundos se muere un niño en el mundo, por culpa de aguas contaminadasCada hora desaparecen 3 especies vivas en el mundo, por el calentamiento global
Arquitecto. JAIME ALONSO HERRÓN PÉREZ
Celular : 3204089284 / [email protected] .
NUESTRA ALDEA GLOBAL TIENE 6.500 MILLONES DE HABITANTES862 MILLONES DE ELLOS, ESTÁN EN ESTOS MOMENTOS HAMBRIENTOS
La mayor parte de las áreas que conforman la
Región Central pertenecen a las Cuencas Hídricas de
los Ríos Magdalena y Meta hacia el Orinoco.
Sumapaz y el abastecimiento futuro Los artículos 192 y 193 del POT tratan sobre el futuro
abastecimiento, tratamiento e infraestructura del agua para la capital, se explica que los proyectos que garantizarán la cantidad de agua requerida son los de “la Regadera”, “ampliación de sistema Chingaza - Planta de tratamiento Wiesner” y “el Proyecto Sumapaz”:
(a) desviación de algunas corrientes del río Blanco a la cuenca del río Tunjuelo y construcción del embalse Chisacá II, ó
(b) desviación de los caudales del río Blanco y río Ariari a la cuenca del Muña y construcción del Embalse Alto Muña” (POT 2001 - 2010).
Régimen Jurídico
Artículo 8 Constitución Política
Obligación del Estado de proteger las riquezas naturales y culturales de la Nación.
Régimen Jurídico
Artículo 63 Constitución Política
Parques Nacionales Naturales como bienes inalienables, inembargables e imprescriptibles.
Sentencia C- 649 de 1997. “La protección que el art. 63 de la Constitución establece al determinar que los bienes allí mencionados son inalienables, inembargables e imprescriptibles, debe interpretarse, con respecto a los parques naturales, en el sentido de que dichas limitaciones las estableció el Constituyente con el propósito de que las áreas alindadas o delimitadas como parques, dada su especial importancia ecológica (art. 79), se mantengan incólumes e intangibles, y por lo tanto, no puedan ser alteradas por el legislador, y menos aún por la administración, habilitada por éste”.