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En el Municipio de Flores, del Departamento de Petén, siendo las diez horas en punto del día veinte de febrero del año dos mil quince. Yo; ERICK MIGUEL REINOSO FRANCO, Notario constituida en mi oficina profesional, ubicada en la catorce calle Cero guión catorce de la Zona Uno, Flores, Petén, a requerimiento del señor MIGUEL EDUARDO RAMIREZ LOPEZ , de treinta y seis años de edad, soltero, perito contador, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con su Documento Personal de Identificación (DPI) con el código único de identificación (CUI) dos mil doscientos cincuenta y cuatro (2254), cuarenta y cinco mil ciento treinta y uno (45131), un mil setecientos once (1711), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Manifiesta que el objeto de su rogación es para iniciar las diligencias de SUBASTA VOLUNTARIA EN LA VIA NOTARIAL, procediéndose de la siguiente manera: PRIMERO: Expresa el requirente que es propietario de la Finca Urbana inscrita en el Registro Nacional de la Propiedad de la Zona Central al numero quinientos setenta y cinco (575), folio doscientos tres (203) del Libro seiscientos guion B (600-B) del departamento de Guatemala, el cual consiste en casa de habitación, de un nivel que se encuentra ubicada en la cuarta avenida, tres guion veintiocho de la zona dos de esta ciudad, con el área, medidas y colindancias que le

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Page 1: Sub Asta

En el Municipio de Flores, del Departamento de Petén, siendo las diez horas en

punto del día veinte de febrero del año dos mil quince. Yo; ERICK MIGUEL

REINOSO FRANCO, Notario constituida en mi oficina profesional, ubicada en la

catorce calle Cero guión catorce de la Zona Uno, Flores, Petén, a requerimiento del

señor MIGUEL EDUARDO RAMIREZ LOPEZ , de treinta y seis años de edad,

soltero, perito contador, guatemalteco, de este domicilio, quien se identifica con

su Documento Personal de Identificación (DPI) con el código único de

identificación (CUI) dos mil doscientos cincuenta y cuatro (2254), cuarenta y

cinco mil ciento treinta y uno (45131), un mil setecientos once (1711), extendida

por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala. Manifiesta

que el objeto de su rogación es para iniciar las diligencias de SUBASTA

VOLUNTARIA EN LA VIA NOTARIAL, procediéndose de la siguiente manera:

PRIMERO: Expresa el requirente que es propietario de la Finca Urbana inscrita

en el Registro Nacional de la Propiedad de la Zona Central al numero quinientos

setenta y cinco (575), folio doscientos tres (203) del Libro seiscientos guion B

(600-B) del departamento de Guatemala, el cual consiste en casa de habitación, de

un nivel que se encuentra ubicada en la cuarta avenida, tres guion veintiocho de

la zona dos de esta ciudad, con el área, medidas y colindancias que le aparecen en

su inscripción registral, haciendo constar expresamente que no existe

gravámenes, limitaciones o anotaciones que pudieran afectar el derecho de otras

personas. SEGUNDO: Declara el requirente que es su deseo poner en subasta

voluntaria el bien inmueble urbano indicado en el punto anterior por lo cual

establece las siguientes condiciones para aceptar las propuestas de los postores:

a) PRECIO: Establece un precio base para la subasta del bien inmueble de

QUINIENTOS MIL QUETZALES (Q.500, 000.00); b) FORMA DE PAGO: El pago

Page 2: Sub Asta

podrá realizarse al contado o a plazos. Si la modalidad fuera la de realizar el pago

a plazos, este deberá hacerse bajo las siguientes condiciones: anticipo equivalente

al cincuenta por ciento del precio base establecido, y el saldo será dividido

proporcionalmente en doce meses, con un recargo en intereses equivalente al

veintidós por ciento anual sobre el saldo insoluto; c) DE LA CONSTITUCION DE

HIPOTECA: Si la compraventa se realizare a plazos, el Comprador-deudor deberá

constituir expresamente hipoteca a favor del Vendedor-acreedor a efecto de

garantizar el cumplimiento de la obligación; d) DERECHO DE PARTICIPACION

EN LA SUBASTA: Los interesados en la subasta para tener derecho a participar

en la misma deberán, como requisito previo e indispensable. Depositar con ocho

días de antelación al evento la suma de DIEZ MIL QUETZALES (Q.10, 000.00), en

efectivo o mediante cheque de cuenta personal de depósitos monetarios, cantidad

que será entregada a la infrascrita Notaria, quien extenderá recibo en el que se

acredite haber cumplido con este requisito. Una vez concluido el evento de

subasta, el depósito será devuelto a quienes no hubieren sido favorecidos con la

adjudicación en la misma forma como hicieron el depósito, es decir, mediante la

devolución del efectivo o del cheque con el que garantizaron su participación. En

el caso de la persona que fuere favorecido con la subasta para adquirir el bien, el

depósito de la suma será acreditada como parte del pago que sobre el inmueble

debe realizar. TERCERO: El requirente manifiesta que sobre las ofertas que se

reciban en la puja, se reserva el derecho de poder rechazar varias o todas las que

se hagan, atendiendo a consideraciones de tipo personal que sobre el uso que

pudiera dársele al inmueble le resulten inaceptables, ya que el inmueble posee un

valor arquitectónico importante y significativo, por lo que es de su interés que no

sea demolido ni alterado en su disposición y condiciones originales. CUARTO: El

Page 3: Sub Asta

requirente expone que, a efecto, de hacer del conocimiento la subasta, pide que se

les notifique en su domicilio sobre la realización del evento a los señores José

Francisco Batres Gálvez y Marco Aurelio Buonafina Delgado, en la cuarta calle dos

guion sesenta de la zona diez y en la segunda avenida trece guion cuarenta de la

zona nueve, respectivamente, ambas ubicadas en esta ciudad, en vista de que

dichas personas han manifestado reiteradamente interés en comprar el

mencionado inmueble. Por aparte, expresa que es su deseo que, a efecto de dar a

conocer la noticia del evento de subasta, solicita que se publique en un único

edicto en el Diario Oficial y en otro periódico de mayor circulación, que contenga

las bases anteriormente establecidas y se convoque a los posibles interesados a

participar en la fecha del treinta y uno de marzo en la dirección del inmueble,

lugar en el que se llevara a cabo la subasta voluntaria, a las diez horas. QUINTO:

El requirente solicita que se le dé trámite a las diligencias de subasta voluntaria,

para lo cual presenta la siguiente documentación: a) Certificación extendida por

el Registrador General del Registro General de la Propiedad de la Zona Central,

extendida el trece de febrero del presente año; b) Recibo del pago anual del

Impuesto Único Sobre Bienes Inmuebles correspondiente al año dos mil quince,

extendida por el Departamento de Catastro y Administración del Impuesto Único

sobre Inmuebles de la municipalidad de San Benito, Peten; c) Se señale día y hora

para llevar a cabo la subasta voluntaria; d) Se proceda a la escrituración, pago al

impuesto al valor agregado, registro y avisos de traspaso, en caso que se finque la

subasta en alguno de los postores; e) En su oportunidad, se remita el expediente

al Director del Archivo General de Protocolos. Termino la presente, en el mismo

lugar y fecha, cuarenta minutos después de su inicio, la cual consta en dos hojas

de papel bond, las que numero sello y firmo, y que conforme a la Ley son

Page 4: Sub Asta

habilitadas con un timbre fiscal de cincuenta centavos por hoja y un timbre

notarial de diez quetzales. Leo lo escrito al requirente quien bien enterado de su

contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo acepta, ratifica y firma. DOY

FE. -----------------------------------------------------------------------------------------------

f) _________________________________________

Requirente

ANTE MÍ: f)_____________________________________

Page 5: Sub Asta

OFICINA PROFESIONAL DEL NOTARIO VICTOR MOISES SALAZAR GALVEZ

UBICADA EN LA CATORCE CALLE CERO GUIÓN CATORCE DE LA ZONA UNO,

FLORES, PETÉN. VEINTE DE FEBRERO DE DOS MIL QUINCE------------------------

I. Con base en el Acta Notarial de Requerimiento que antecede, se tienen por

promovidas LAS DILIGENCIAS DE SUBASTA VOLUNTARIA iniciadas por

MIGUEL EDUARDO RAMIREZ LOPEZ del inmueble de su propiedad inscrita en el

Registro Nacional de la Propiedad de la Zona Central al número quinientos

setenta y cinco (575), folio doscientos tres (203) del Libro seiscientos guion B

(600-B) del departamento de Guatemala. II. Fórmese expediente respectivo con

los documentos antes indicados. III. Notifíquese a los señores José Francisco

Batres Gálvez y Marco Aurelio Buonafina Delgado en las direcciones indicadas. IV.

Se accede a el anuncio de la subasta en la forma y condiciones propuestas. V.

Publíquese por considerarse necesario un solo edicto en el Diario Oficial y en otro

de mayor circulación para dar a conocer el evento de la subasta. VI. Se señala el

día treinta y uno de marzo de dos mil quince, a las diez horas, para llevar a cabo la

subasta voluntaria en la dirección del inmueble. VII. Téngase presente lo demás

solicitado para su escrituración. (Escrituración, pago impuesto IVA, registro y

avisos de traspaso). ARTICULOS: 66, 71, 77, 128, 402, 447, 448, 449 Código

Procesal Civil y Mercantil, Decreto Ley 107: 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Ley Reguladora

de la Tramitación Notarial de Asuntos de Jurisdicción Voluntaria, Decreto 54-77

del Congreso de la República. NOTIFIQUESE.---------------------------------------------

Page 6: Sub Asta
Page 7: Sub Asta

En el municipio de Flores, Peten, el veinte de febrero de dos mil quince, siendo las

once horas, VICTOR MOISES SALAZAR GALVEZ, Notario, constituida en mi

oficina profesional, ubicada en la catorce calle Cero guión catorce de la Zona Uno,

Flores, Petén, hago constar que en esta fecha notifique a JOSE ESTUARDO

CARDONA PASTOR, la resolución de fecha de hoy, con su respectiva copia,

dentro de las diligencias del procedimiento de SUBASTA VOLUNTARIA que

fueron iniciadas ante mis oficios, quien enterado si firmo. DOY FE.--------------------

Ante mí: f) ________________________________

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Page 9: Sub Asta

En el Municipio de Flores, del Departamento de Petén, siendo las diez horas en

punto del día veintiocho de febrero del año dos mil quince. Yo; ERICK MIGUEL

REINOSO FRANCO, Notario constituido en mi oficina profesional, ubicada en la

catorce calle Cero guión catorce de la Zona Uno, Flores, Petén, a requerimiento del

señor MIGUEL EDUARDO RAMIREZ LOPEZ de datos conocidos dentro del

proceso de SUBASTA VOLUNTARIA tramitado ante mis oficios y quien actúa en

su calidad de propietario vendedor del inmueble anteriormente identificado.

También se encuentran presentes las siguientes personas: el señor MARIO

ROLANDO ESTEVEZ GARCIA de cuarenta años de edad, Abogado y Notario,

casado, guatemalteco, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal

de Identificación (DPI) con el Código Único de Identificación número un mil

ochocientos cincuenta y siete (1857), cuarenta y cinco mil cuatrocientos siete

(45407), un mil setecientos tres (1703), extendido por el Registro Nacional de las

Personas de la República de Guatemala, quien actúa en representación de la

entidad INMOBILIARIA TIERRA FIRME, SOCIEDAD ANONIMA, calidad que

acredita con el mandato general con representación y con clausulas especiales

otorgado por el Consejo de Administración de dicha entidad, según consta en el

testimonio de la escritura numero doscientos trece (213) otorgada por el Notario

Miguel Yerena Pérez, de fecha quince de marzo del presente año, el cual se

encuentra debidamente inscrito en el Registro de Mandatos del Archivo General

de Protocolos, adscrito a la Corte Suprema de Justicia, al número un mil (1000),

de fecha quince de marzo del año en curso e inscrito en el Registro Mercantil

General de la República al número cien folio doscientos, del libro trescientos de

mandatos. Como Notaria hago constar que tengo a la vista dicho documento

fehaciente y que la representación que se ejercita es suficiente conforme a la ley y

Page 10: Sub Asta

a mi juicio para el presente acto. Asimismo se encuentran presentes los señores:

José Francisco Batres Gálvez, de cuarenta y ocho años de edad, guatemalteco,

Ingeniero Agrónomo, casado, de este domicilio quien se identifica con el

Documento Personal de Identificación (DPI) con el Código Único de Identificación

número un mil doscientos trece (1213), veinticinco mil cuatrocientos siete

(25407), dos mil cien (2100), extendido por el Registro Nacional de las Personas

de la República de Guatemala, y el señor Marco Aurelio Buonafina Delgado, de

cuarenta y nueve años de edad, guatemalteco, Abogado y Notario, casado, de este

domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación (DPI)

con el Código Único de Identificación número un mil quinientos cincuenta y siete

(1557), treinta y dos mil ciento diez (32110), un mil cuatrocientos ocho (1408),

extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala.

Hago constar que los comparecientes son los únicos interesados que se

encuentran presentes a efecto de participar en la SUBASTA VOLUNTARIA del

bien inmueble antes indicado, por lo cual se procede de la siguiente manera:

PRIMERO: La infrascrita Notaria hace saber a los presentes que se pone en

Subasta Voluntaria el inmueble urbano inscrito en el Registro Nacional de la

Propiedad de la Zona Central al número quinientos setenta y cinco (575), folio

doscientos tres (203) del Libro seiscientos guion B (600-B) del departamento de

Guatemala, el cual consiste en casa de habitación, de un nivel que se encuentra

ubicada en la cuarta avenida, tres guion veintiocho de la zona dos de esta ciudad,

para lo cual se ha establecido las siguientes bases: a) PRECIO: Se establece un

precio base para la subasta del bien inmueble de QUINIENTOS MIL QUETZALES

(Q.500,000.00); b) FORMA DE PAGO: El pago podrá realizarse al contado o a

plazos. Si la modalidad fuera la de realizar el pago a plazos, este deberá hacerse

Page 11: Sub Asta

bajo las siguientes condiciones: anticipo equivalente al cincuenta por ciento del

precio base establecido, y el saldo será dividido proporcionalmente en doce

meses, con un recargo en intereses equivalente al veintidós por ciento anual

sobre el saldo insoluto; c) DE LA CONSTITUCION DE HIPOTECA: Si la

compraventa se realizare a plazos, se procederá inmediatamente a la constitución

expresa de la garantía hipotecaria a favor del VENDEDOR sobre el saldo insoluto

mas los correspondientes intereses; d) DERECHO DE PARTICIPACION EN LA

SUBASTA: Los interesados cumplieron con las condiciones establecidas en las

bases para participar en esta subasta. Una vez concluido este evento, el depósito

será devuelto a quienes no salieron favorecidos con la adjudicación, en la misma

forma como hicieron el depósito, es decir, mediante la devolución del efectivo o

del cheque con el que garantizaron su participación. En el caso de la persona que

fuere favorecido con la subasta para adquirir el bien, el depósito de la suma será

acreditada como parte del pago que sobre el inmueble debe realizar. SEGUNDO:

La Notaria solicita a los participantes que presenten sus respectivas ofertas, por

lo que se procede a hacerlo conforme al orden en que cada uno realizo el depósito

para tener derecho a participar en este acto, correspondiendo al señor José

Francisco Batres Gálvez, presentar su puja, la cual consiste en la cantidad de

quinientos cincuenta mil quetzales (Q.550,000.00), los que ofrece pagar al

contado dentro del plazo de una semana con posterioridad al otorgamiento de la

escritura traslativa de dominio; el señor Marco Aurelio Buonafina Delgado, por

su parte ofrece la cantidad de quinientos setenta mil quetzales (Q570,000.00). los

cuales pagara dentro del plazo de tres días posteriores al otorgamiento de la

escritura traslativa de dominio; y el señor Mario Rolando Estévez García, en la

cantidad con que actúa, ofrece la suma de quinientos cuarenta mil quetzales

Page 12: Sub Asta

(Q.540,000.00), los que ofrece pagar al contado dentro del plazo de una semana.

TERCERA: No habiendo concurrido a este evento ninguna otra persona a

manifestar interés en la subasta, EL VENDEDOR, señor MIGUEL EDUARDO

RAMIREZ LOPEZ, manifiesta su consentimiento con la oferta presentada por el

señor Marco Aurelio Buonafina Delgado, por lo que expresamente la acepta, y

solicita a la infrascrita Notaria que así conste en la presente acta a efecto de que

oportunamente se otorgue la correspondiente escritura traslativa de dominio, en

la cual deberá transcribirse el contenido de la presente acta. CUARTA: El señor

Marco Aurelio Buonafina Delgado, por su parte, manifiesta que acepta la venta

que se le hará, en los términos relacionados. Y los demás comparecientes

manifiestan su aceptación con respecto al procedimiento y forma en que se

realizo el evento de la subasta voluntaria. QUINTA: EL VENDEDOR manifiesta su

agradecimiento a todos los presentes por haber concurrido a la invitación a

participar en esta subasta voluntaria notarial. Termino la presente acta en el

mismo lugar y fecha, siendo las once horas en punto, la cual consta en dos hojas

de papel bond, misma que numero, sello y firmo. Leo lo escrito a los requirentes,

quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, la

aceptan, ratifican y firman. DOY FE. ----------------------------------------------------------

F____________________ f)___________________ f)___________________ f)___________________

Ante mí: f)________________________________________

Page 13: Sub Asta

NUMERO NOVENTA Y CINCO (95) En el municipio de Flores, departamento de

Petén, el cuatro de marzo del año dos mil quince, ANTE MI: ERICK MIGUEL

REINOSO FRANCO, Notario, comparecen el señor MIGUEL EDUARDO RAMIREZ

LOPEZ de treinta y seis años de edad, soltero, perito contador, guatemalteco, de

este domicilio, quien se identifica con su Documento Personal de Identificación

(DPI) con el código único de identificación (CUI) dos mil doscientos cincuenta y

cuatro (2254), cuarenta y cinco mil ciento treinta y uno (45131), un mil

setecientos once (1711), extendida por el Registro Nacional de las Personas de la

República de Guatemala; y el señor MARCO AURELIO BUONAFINA DELGADO,

de cuarenta y nueve años de edad, guatemalteco, Abogado y Notario, casado, de

este domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación

(DPI) con el Código Único de Identificación número un mil quinientos cincuenta y

siete (1557), treinta y dos mil ciento diez (32110), un mil cuatrocientos ocho

(1408), extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de

Guatemala. Los comparecientes aseguran hallarse en el libre ejercicio de sus

derechos civiles, otorgando por el presente instrumento CONTRATO DE

COMPRAVENTA DE BIEN INMUEBLE URBANO AL CONTADO POR

ADJUDICACION EN SUBASTA VOLUNTARIA NOTARIAL, conforme a las

siguientes clausulas escriturarias: PRIMERA: Manifiesta el señor JOSE

ESTUARDO CARDONA PASTOR, a quien en el presente instrumento se le podrá

denominar indistintamente como EL VENDEDOR, quien es propietario de la finca

urbana inscrita en el Registro Nacional de la Propiedad de la Zona Central al

número quinientos setenta y cinco (575), folio doscientos tres (203) del Libro

seiscientos guion B (600-B) del departamento de Guatemala, el cual consiste en

casa de habitación, de un nivel que se encuentra ubicada en la cuarta avenida, tres

Page 14: Sub Asta

guion veintiocho de la zona dos de esta ciudad, conforme área, medidas y

colindancias que constan en su respectiva inscripción registral. SEGUNDA: EL

VENDEDOR hace constar, de manera expresa, que sobre el bien inmueble urbano

que motiva el presente contrato no existen gravámenes o limitaciones en cuanto

estos puedan afectar los derechos de EL COMPRADOR; la Notaria advierte de las

responsabilidades en que incurrirá si lo declarado no fuere cierto. TERCERA:

Declara EL VENDEDOR, que dicho bien fue sometido a SUBASTA VOLUNTARIA

NOTARIAL la cual se llevo a cabo el treinta y uno de marzo de dos mil quince ante

los oficios de la infrascrita Notaria, y que como resultado de la misma se adjudico

el bien al señor MARCO AURELIO BUONAFINA DELGADO, lo cual consta en acta

notarial que a continuación transcribo: “En el Municipio de Flores, del

Departamento de Petén, siendo las diez horas en punto del día treinta y uno de

marzo del año dos mil quince. Yo; ERICK MIGUEL REINOSO FRANCO, Notario

constituida en mi oficina profesional, ubicada en la catorce calle Cero guión

catorce de la Zona Uno, Flores, Petén, a requerimiento del señor MIGUEL

EDUARDO RAMIREZ LOPEZ de datos conocidos dentro del proceso de SUBASTA

VOLUNTARIA tramitado ante mis oficios y quien actúa en su calidad de

propietario vendedor del inmueble anteriormente identificado. También se

encuentran presentes las siguientes personas: el señor MARIO ROLANDO

ESTEVEZ GARCIA de cuarenta años de edad, Abogado y Notario, casado,

guatemalteco, de este domicilio, se identifica con el Documento Personal de

Identificación (DPI) con el Código Único de Identificación número un mil

ochocientos cincuenta y siete (1857), cuarenta y cinco mil cuatrocientos siete

(45407), un mil setecientos tres (1703), extendido por el Registro Nacional de las

Personas de la República de Guatemala, quien actúa en representación de la

Page 15: Sub Asta

entidad INMOBILIARIA TIERRA FIRME, SOCIEDAD ANONIMA, calidad que

acredita con el mandato general con representación y con clausulas especiales

otorgado por el Consejo de Administración de dicha entidad, según consta en el

testimonio de la escritura numero doscientos trece (213) otorgada por el Notario

Miguel Yerena Pérez, de fecha quince de marzo del presente año, el cual se

encuentra debidamente inscrito en el Registro de Mandatos del Archivo General

de Protocolos, adscrito a la Corte Suprema de Justicia, al número un mil (1000),

de fecha quince de marzo del año en curso e inscrito en el Registro Mercantil

General de la República al número cien folio doscientos, del libro trescientos de

mandatos. Como Notaria hago constar que tengo a la vista dicho documento

fehaciente y que la representación que se ejercita es suficiente conforme a la ley y

a mi juicio para el presente acto. Asimismo se encuentran presentes los señores:

José Francisco Batres Gálvez, de cuarenta y ocho años de edad, guatemalteco,

Ingeniero Agrónomo, casado, de este domicilio quien se identifica con el

Documento Personal de Identificación (DPI) con el Código Único de Identificación

número un mil doscientos trece (1213), veinticinco mil cuatrocientos siete

(25407), dos mil cien (2100), extendido por el Registro Nacional de las Personas

de la República de Guatemala, y el señor Marco Aurelio Buonafina Delgado, de

cuarenta y nueve años de edad, guatemalteco, Abogado y Notario, casado, de este

domicilio, quien se identifica con el Documento Personal de Identificación (DPI)

con el Código Único de Identificación número un mil quinientos cincuenta y siete

(1557), treinta y dos mil ciento diez (32110), un mil cuatrocientos ocho (1408),

extendido por el Registro Nacional de las Personas de la República de Guatemala.

Hago constar que los comparecientes son los únicos interesados que se

encuentran presentes a efecto de participar en la SUBASTA VOLUNTARIA del

Page 16: Sub Asta

bien inmueble antes indicado, por lo cual se procede de la siguiente manera:

PRIMERO: El infrascrito Notario hace saber a los presentes que se pone en

Subasta Voluntaria el inmueble urbano inscrito en el Registro Nacional de la

Propiedad de la Zona Central al número quinientos setenta y cinco (575), folio

doscientos tres (203) del Libro seiscientos guion B (600-B) del departamento de

Guatemala, el cual consiste en casa de habitación, de un nivel que se encuentra

ubicada en la cuarta avenida, tres guion veintiocho de la zona dos de esta ciudad,

para lo cual se ha establecido las siguientes bases: a) PRECIO: Se establece un

precio base para la subasta del bien inmueble de QUINIENTOS MIL QUETZALES

(Q.500,000.00); b) FORMA DE PAGO: El pago podrá realizarse al contado o a

plazos. Si la modalidad fuera la de realizar el pago a plazos, este deberá hacerse

bajo las siguientes condiciones: anticipo equivalente al cincuenta por ciento del

precio base establecido, y el saldo será dividido proporcionalmente en doce

meses, con un recargo en intereses equivalente al veintidós por ciento anual

sobre el saldo insoluto; c) DE LA CONSTITUCION DE HIPOTECA: Si la

compraventa se realizare a plazos, se procederá inmediatamente a la constitución

expresa de la garantía hipotecaria a favor del VENDEDOR sobre el saldo insoluto

mas los correspondientes intereses; d) DERECHO DE PARTICIPACION EN LA

SUBASTA: Los interesados cumplieron con las condiciones establecidas en las

bases para participar en esta subasta. Una vez concluido este evento, el depósito

será devuelto a quienes no salieron favorecidos con la adjudicación, en la misma

forma como hicieron el depósito, es decir, mediante la devolución del efectivo o

del cheque con el que garantizaron su participación. En el caso de la persona que

fuere favorecido con la subasta para adquirir el bien, el depósito de la suma será

acreditada como parte del pago que sobre el inmueble debe realizar. SEGUNDO:

Page 17: Sub Asta

El Notario solicita a los participantes que presenten sus respectivas ofertas, por lo

que se procede a hacerlo conforme al orden en que cada uno realizo el depósito

para tener derecho a participar en este acto, correspondiendo al señor José

Francisco Batres Gálvez, presentar su puja, la cual consiste en la cantidad de

quinientos cincuenta mil quetzales (Q.550,000.00), los que ofrece pagar al

contado dentro del plazo de una semana con posterioridad al otorgamiento de la

escritura traslativa de dominio; el señor Marco Aurelio Buonafina Delgado, por

su parte ofrece la cantidad de quinientos setenta mil quetzales (Q570,000.00). los

cuales pagara dentro del plazo de tres días posteriores al otorgamiento de la

escritura traslativa de dominio; y el señor Mario Rolando Estévez García, en la

cantidad con que actúa, ofrece la suma de quinientos cuarenta mil quetzales

(Q.540,000.00), los que ofrece pagar al contado dentro del plazo de una semana.

TERCERA: No habiendo concurrido a este evento ninguna otra persona a

manifestar interés en la subasta, EL VENDEDOR, señor MIGUEL EDUARDO

RAMIREZ LOPEZ, manifiesta su consentimiento con la oferta presentada por el

señor Marco Aurelio Buonafina Delgado, por lo que expresamente la acepta, y

solicita a la infrascrita Notaria que así conste en la presente acta a efecto de que

oportunamente se otorgue la correspondiente escritura traslativa de dominio, en

la cual deberá transcribirse el contenido de la presente acta. CUARTA: El señor

Marco Aurelio Buonafina Delgado, por su parte, manifiesta que acepta la venta

que se le hará, en los términos relacionados. Y los demás comparecientes

manifiestan su aceptación con respecto al procedimiento y forma en que se

realizo el evento de la subasta voluntaria. QUINTA: EL VENDEDOR manifiesta su

agradecimiento a todos los presentes por haber concurrido a la invitación a

participar en esta subasta voluntaria notarial. Termino la presente acta en el

Page 18: Sub Asta

mismo lugar y fecha, siendo las once horas en punto, la cual consta en dos hojas

de papel bond, misma que numero, sello y firmo. Leo lo escrito a los requirentes,

quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, la

aceptan, ratifican y firman. DOY FE. Aparecen cinco firmas ilegibles, Ante mí:

firma y sello del Notario. CUARTA: Declara EL VENDEDOR que por el precio de

QUINIENTOS SETENTA MIL QUETZALES (Q.570,000.00), que tiene por

recibidos hoy a su entera satisfacción del comprador, vende el inmueble urbano

relacionado con todo lo que de hecho y por derecho le corresponde al mismo.

QUINTA: EL COMPRADOR acepta, en los términos relacionados, la venta que se

le hace a su favor. DOY FE: a) Que todo lo escrito me fue expuesto, y de su

contenido; b) Que tuve a la vista los Documentos de identificación personal

relacionados, y la certificación registral mediante la cual EL VENDEDOR acredito

su derecho de propiedad, así como el expediente y el acta notarial de subasta

voluntaria que se transcribió en este instrumento; c) Que advertí la obligación de

satisfacer el Impuesto al Valor Agregado y registro del testimonio de esta

escritura matriz y avisos de traspaso. Leo lo escrito a los interesados, enterados

de su contenido, objeto, validez y demás efectos legales, lo aceptan, ratifican y

firman con el Notario que autoriza.------------------------------------------------------------

f)____________________________________ f)__________________________________

Ante mí: f)_________________________________________