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EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACIFICO S. A. ESP – DISPAC S.A. ESP SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS DISPAC S.A. E.S.P. DG-009- 2017 SUMINISTRO PARCIAL DE ENERGÍA Y POTENCIA MERCADO REGULADO DE ENERO 01 DE 2018 A DICIEMBRE 31 DE 2019 ADENDA No. 1 NOVIEMBRE DE 2017

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EMPRESA DISTRIBUIDORA DEL PACIFICO S. A. ESP – DISPAC S.A. ESP

SOLICITUD PÚBLICA DE OFERTAS DISPAC S.A. E.S.P. DG-009- 2017

SUMINISTRO PARCIAL DE ENERGÍA Y POTENCIA MERCADO REGULADO DE ENERO 01 DE 2018 A

DICIEMBRE 31 DE 2019

ADENDA No. 1

NOVIEMBRE DE 2017

TABLA DE CONTENIDO

1AJUSTES A LA minuta DE CONTRATO .......................................................................................... 2

1.1 IMPUESTOS ............................................................................................................................. 2

1.2 GARANTIAS DE CUMPLIMIENTO .......................................................................................... 2

2 AJUSTES A LOS TERMINOS DE REFERENCIA ........................................................................... 3

2.1. CONTENIDO DE LA OFERTA .................................................................................................. 3

3 AJUSTES A La curva de energía 2018 y 2019 ................................................................................ 4

3.1. CURVAS DE ENERGÍA 2018 Y 2019 ............................................................................................. 4

1AJUSTES A LA MINUTA DE CONTRATO Se presentan las modificaciones a la minuta de contrato

1.1 IMPUESTOS

Se modifica la cláusula vigésima de la minuta de contrato. - así: VIGÉSIMA.- IMPUESTOS.- Corresponde al PROVEEDOR y a DISPAC el pago de los impuestos a que haya lugar según las disposiciones vigentes a la fecha. Si posteriormente llegasen a expedirse nacional o regionalmente normativas de impuestos adicionales a los existentes, éstos impuestos estarán a cargo de quién corresponda de acuerdo con lo que indiquen las disposiciones legales y normativa expedida. En ningún caso se revisarán los precios de la energía de durante el desarrollo del presente contrato.

1.2 GARANTIAS DE CUMPLIMIENTO

Se modifica la cláusula novena de la minuta de contrato. - así: NOVENA.- GARANTÍAS DE CUMPLIMIENTO Y DE PAGO.- (i) LA EMPRESA, con el fin de garantizar el pago de la energía suministrada, otorgará la siguiente garantía: Pagaré en blanco con carta de instrucciones; la garantía definida se suscribirá y se entregará por parte de LA EMPRESA al proponente favorecido (ii)

PROVEEDOR: Pagare en blanco con carta de instrucciones; la garantía definida se suscribirá y se entregará por parte del PROVEEDOR a LA EMPRESA. Las garantías de cumplimiento (pagaré en blanco o garantía bancaria) deben ser constituidas dentro del mes siguiente a la firma del contrato y antes del registro del contrato ante el ASIC.

2 AJUSTES A LOS TERMINOS DE REFERENCIA Se presentan las modificaciones a los términos de referencia

2.1. CONTENIDO DE LA OFERTA

Se modifica el numeral 2.3. de los términos de referencia 2.3. CONTENIDO DE LA OFERTA La oferta debe estar compuesta por: • Carta de presentación (Según Formato del Anexo 3 de estos términos). • Descripción del proponente (Según Formato del Anexo 4 de estos términos). • Certificado de inscripción y paz y salvo ante el SIC como agente activo del

Mercado de Energía Mayorista (Generador y/o Comercializador) con fecha de expedición no mayor a un mes.

• Garantía de seriedad de la oferta debidamente firmada, adjuntando el recibo de

pago de la prima respectiva (según numeral 2.4 de estos términos). • Copia digital de los anexos (según numeral 2.5 de estos términos). • Certificado de existencia y representación legal. Son válidos los Certificados

Electrónicos de Existencia y Representación Legal que expide la Cámara de Comercio.

• Certificación correspondiente de la UPME de los proyectos de generación

registrados (si se requiere de acuerdo con el numeral 1.8 de estos términos)

• Certificación debidamente firmada por Revisor Fiscal y Representante Legal indicando que en los últimos tres (3) años anteriores a la fecha de cierre, ni el proponente ni alguna empresa vinculada económicamente ha tenido avisos de limitación de suministro publicados por XM de acuerdo con las resoluciones CREG 001 de 2003, CREG 116 de 1998 y/o CREG 039 de 2010 con duración mayor a dos (2) días calendario.

3 AJUSTES A LA CURVA DE ENERGÍA 2018 Y 2019

3.1. Curvas de Energía 2018 y 2019

Se ajustan las curvas de energía:

Enero 2018 a junio de 2018

Julio 2018 a diciembre de 2018

Total 2018 = 28.917.533,5

Enero 2019 a junio de 2019

Julio 2019 a diciembre de 2019

Total 2019 = 31.219.060,9

Atentamente; Germán Javier Palomino Hernández Gerente de General