snmpe. fin de la actividad minera (nov 2015) (885359)

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www.rubio.pe 

Peru Law Firm of the Year

2012 & 2013

Fin de la Actividad Minera

Xennia Forno

Noviembre 2015

1

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 ■ Reglamento Ambiental para Actividades de Exploración Minera

(D.S.020-2008-EM)

■ Términos de Referencia (R.M. 167-2008-MEM/DM)

Ley que Regula el Cierre de Minas - Ley Nº 28090.■ Reglamento para el Cierre de Minas (D.S. N° 033-2005-EM).

■ Supervisión de Término de Actividades  – Resolución No. 026-2013-OEFA-CD

■ Ley que regula los pasivos ambientales de la actividad minera - Nº

28271.■ Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera (D.S. Nº

059-2005-EM).

Base Legal

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Cierre en Actividades de Exploración Minera

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Obligación de cierre

■ Las medidas de cierre progresivo, final y postcierre, además decontrol y mitigación para periodos de suspensión o paralización, seincluyen en el propio estudio ambiental (DIA o EIAsd) .

■ Excepción: PCM para labores de exploración que impliquen laremoción de más de diez mil (10,000) toneladas de material o másde mil (1,000) toneladas de material con una relación de potencialde neutralización (PN) sobre potencial de acidez (PA) menor a tres(PN/PA < 3), en muestras representativas del material removido.

■ El PCM se presenta y evalúa junto con el EIAsd.

■ La garantía se constituye en la fecha y bajo las condiciones quedetermine la autoridad, mediante la resolución que pone término alprocedimiento de evaluación del EIAsd.

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Obligación de cierre 

■ Cierre progresivo: rehabilitación al concluir utilización, salvoexclusión a pedido del titular e interesados (Comunidades, Gob.Nac., Reg., Local, ¿personas naturales?).

■ Paralización por más de 1 año obliga a medidas de control ymitigación.

■ Puede diferirse cierre final y postcierre hasta aprobación EIA o PCM(tránsito a la explotación), plazo: 3 años. (Obligación de garantía).

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Contenido PCM

■ Medidas de cierre por cada componente

■ Estabilidad física y química a largo plazo

■ Uso apropiado del suelo

■ Recuperación del paisaje

■  Actividades de seguimiento y monitoreo post cierre, hasta que se

demuestre que se ha logrado actividad física y química del área.

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Cierre en Actividades de Explotación

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A modo de Introducción

El marco normativo ambiental busca garantizar un adecuadocuidado del ecosistema al momento de realizar cualquier actividadminera. Dentro de los componentes de esta legislación seencuentra los planes de cierre de minas.

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Ciclo de Vida de una Mina

Cierre Progresivo: Una mina puede albergar varias zonasproductivas y diversas actividades dentro de su área. Cuando unade éstas deja de operar, se procede a su cierre.

■ Cierre Definitivo: El aprovechamiento de los recursos minerales

pasa por distintas etapas: exploración, desarrollo (preparación,construcción) y explotación (operación). Al término de las cualescorresponde el cierre definitivo de la mina.

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Esquema del Ciclo de Vida de una Mina y

las Etapas del Plan de Cierre de Minas

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¿Qué es un Plan de cierre de Minas

(PCM)?

■ Instrumento de gestión ambiental

■ Establece pautas técnicas y legales a implementarse, a fin derehabilitar el área utilizada o perturbada por actividad minera.

■ Es obligatorio para operaciones:

 – Inicien (1 año desde EIA) – Reinicien – Exploración (las medidas de cierre se incluyen en la DIA y el

EIAsd. Un PCM como instrumento independiente se presenta endeterminados casos)

■ Rehabilitación, es la implementación del PCM, conforme acaracterísticas de cada mina. Antes, durante y después de cierre deoperaciones.

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Objetivos del PCM

■ Promover cierre planificado de las áreas, labores e instalacionesutilizadas durante el desarrollo de un proyecto minero.

■ Minimizar, en lo posible, todo vestigio de actividad minera en la zona.

■ Evitar la generación de nuevos pasivos.

■ Lograr estabilidad física y química a largo plazo.

■ Recuperación del área afectada.

■ Uso alternativo de áreas o instalaciones.

■ Condiciones para posible uso futuro.

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Contenido del PCM

■ El PCM debe incluir:

- Cierre progresivo de áreas, labores o instalaciones.

- Eventuales suspensiones temporales de operaciones.

- Cierre final.

- Post cierre.

■ Contenido: Anexo I del Reglamento para el Cierre de Minas,aprobado por D.S. Nº 033-2005-EM.

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Contenido del PCM 

■ Medidas y montos de rehabilitación.

■ Medidas que aseguren estabilidad física y química de los residuos ycomponentes mineros susceptibles de generar impactos negativos.

■ Condiciones adecuadas para que el desarrollo y término delproyecto minero sea acorde a la normativa vigente.

■ Oportunidad y los métodos de control y verificación para duranteOperación, Cierre Final y Post Cierre.

■ Monto y plan de constitución de garantías financieras ambientalesexigibles.

■ Cronograma anualizado de ejecución.

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Autoridad Competente

■ Ministerio de Energía y Minas (MINEM):

 – Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros (DGAAM),aprueba PCM y modificatorias.

 – Dirección General de Minería (DGM), evalúa aspectoseconómicos y financieros del PCM.

■ OEFA fiscaliza cumplimiento y sanciona su incumplimiento.

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Procedimiento para aprobación del PCM

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Participación Ciudadana

■ Medios:

 – Publicación de anuncios

 –  Avisos radiales

 – Entrega a autoridades regionales – Entrega de constancias a la autoridad

 –  Acceso al expediente

■ Observaciones, recomendaciones y documentación relacionadaobtenida proceso de participación ciudadana debe ser remitida por

escrito a la DGAAM o la DREM.

■ Las observaciones formuladas serán merituadas y consideradas porla DGAAM durante el proceso de evaluación del PCM.

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Modificación del PCM

■  Actualización Legal:

 – Primera: 3 años de aprobación – Posteriores: cada cinco 5 años

 Actualización Discrecional:

 – Por la DGM: (i) Desfase significativo entre el presupuestoaprobado y los montos que efectivamente se estén registrandoen la ejecución o se prevea ejecutar; (ii) mejoras tecnológicas ocualquier otro cambio que varíe significativamente lascircunstancias en virtud de las cuales se aprobó el PCM o su

última modificación o actualización. – Titular minero: cuando varíen las condiciones legales,

tecnológicas u operacionales que afecten las actividades decierre de un área, labor o instalación minera, o su presupuesto.

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Ejecución del PCM

■ Medidas de cierre establecidas en el PCM aprobado.

■ Mantener y monitorear la eficacia de medidas implementadas,(durante ejecución y post cierre).

■ Cumplir de manera eficaz y oportuna, con las medidas de cierreprogresivo establecidas en el PCM aprobado, durante la vida útil desu operación minera.

■ Medidas de cierre se ejecutan en forma inmediata cuando cesen las

operaciones mineras, en las áreas o instalaciones que corresponda,conforme al cronograma aprobado.

■ Sólo son objeto de cierre final, las labores, áreas e instalaciones,que por razones operativas, no hayan podido cerrarse durante laetapa productiva o comercial.

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Obligaciones Adicionales

■ Presentar a la DGM, informe semestral dando cuenta del avance delas labores de rehabilitación señaladas en el PCM, con informacióndetallada respecto de la ejecución de las medidas comprometidaspara el semestre inmediato siguiente.

■ Primer reporte se presenta adjunto a la Declaración AnualConsolidada y el segundo en diciembre.

■ Informes semestrales continúan luego del cese de operacioneshasta la obtención del Certificado de Cierre Final.

■  Adicionalmente, el titular deberá presentar al OEFA un informetrimestral en el que se dé cuenta del avance de las accionesseñaladas en el Instrumento de Gestión Ambiental que regula laterminación de actividades

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Aviso sobre el cese de operaciones

■ El cese de operaciones se informa 2 años antes a la DREM, alGobierno Regional, a las Municipalidades Provinciales y Distritales,a la presidencia de la comunidad en cuyo ámbito se realizarán lasobras o actividades consideradas en el PCM.

■ Titular minero debe presentar a la DGM para su aprobación, elcronograma detallado de ejecución de las medidas contenidas en elPCM para las actividades de cierre final y post cierre.

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Post-cierre

■ Concluido el cierre de las áreas, labores e instalaciones, sedesarrollan medidas de tratamiento de efluentes y emisiones;monitoreo; mantenimiento o vigilancia que corresponda.

■ Ejecución de obras de ingeniería y de construcción deinfraestructura para la rehabilitación ambiental no estáncomprendidas en la etapa de post-cierre.

■ La etapa de post-cierre está a cargo y bajo responsabilidad deltitular minero hasta por un plazo no menor de 5 años luego deconcluida la ejecución del PCM, siempre que se demuestre que selogrará la estabilización física y química de los residuos ocomponentes, susceptibles de generar impactos ambientalesnegativos.

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Garantías Ambientales

 A partir del año siguiente a la fecha de aprobación o modificación delPCM, se debe constituir garantías ambientales de importe suficiente yrealización oportuna para su cumplimiento.

1) Cartas fianza u mecanismos financieros equivalentes, emitidos por banconacional o del exterior.

2) Pólizas de caución y otros seguros, sin beneficio de excusión, emitidospor entidades nacionales o del exterior.

3) Fideicomiso en garantía sobre lo siguiente:

a. Efectivo.

b. Administración de flujo.

c. Bienes muebles e inmuebles distintos a las concesiones para

actividades mineras y a las instalaciones objeto del Plan de Cierrede Minas.

d. Valores negociables excluyendo aquellos emitidos por el titular deactividad minera.

4) Fianza solidaria de tercero.

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Garantías Ambientales (2/2)

■ Monto (“MG”): Valor total PCM  –  (cierre progresivo + ejecutado +garantías constituidas y actualizadas)

■ Monto Anual: MG /Vida útil mina

■ Se libera a la conclusión de rehabilitación.

■ Las garantías se ejecutan ante incumplimiento total o parcial,.

■ Medidas de cierre progresivo no están sujetas a garantía, salvoincumplimiento comprobado.

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Pasivos Ambientales

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¿Qué es un Pasivo Ambiental?

■ Situación ambiental que representa un riesgo al ambiente y lacalidad de vida de las personas, generada por las actividadeshumanas en el pasado y con deterioro progresivo en el tiempo.

■ En el Perú, los pasivos ambientales mineros se generaron duranteperiodo que no habían normas ambientales.

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¿Qué es un Pasivo Ambiental?

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Ley que regula los pasivos ambientales

de la actividad minera N° 28271

"aquellas instalaciones, efluentes, emisiones, restos o

depósitos de residuos producidos por operaciones

mineras, en la actualidad abandonadas o inactivas y que

constituyen un riesgo permanente y potencial para la

salud de la población, el ecosistema circundante y la

 propiedad".

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■ El MEM (DGM) identifica responsables de depósitos de residuos,labores o instalaciones mineras abandonadas y titulares deconcesiones inactivas que arrastran pasivos ambientales.

■ Estado asume progresivamente los pasivos ambientales enabandono de los titulares no identificados.

Identificación

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Inventario

■ DGM prepara y actualiza

■ Contenido: Nombre, coordenadas UTM, concesión, estudios osolicitudes, identificación generador del pasivo

■ Remediación acorde a niveles de riesgo

■ Deber de informar:

 – Titulares mineros

 – DREM – autoridades públicas

 – sociedad civil

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Plan de Cierre de Pasivos Ambientales

Mineros

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Reaprovechamiento

■ Pueden ser reutilizados bajo medidas de mitigación, remediación ycierre.

■ Inventariados pueden ser solicitados por el titular de la concesión

que ocupa el área o por terceros si es área libre.

■ El beneficiado con reaprovechamiento es responsable deremediación.

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Responsabilidad Remediación Pasivos

Ambientales

■ Titular de concesión

■  Adquirente o cesionario

■ MINEM conserva acción directa contra todos

■ Remediación voluntaria

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FONAM

■ El Fondo Nacional del Ambiente-FONAM, es quien se encargará decaptar la cooperación financiera internacional, donaciones, canje dedeuda y otros recursos a fin de solventar la remediación de lospasivos ambientales que el Estado asuma.

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Reglamento de Pasivos Ambientales de

la Actividad Minera

■ Regula la gestión de los Pasivos Ambientales Mineros (PAM) a finde establecer los mecanismos que aseguren su identificación asícomo la responsabilidad y el financiamiento para la remediación

ambiental de las áreas afectadas por dichos pasivos.

RUBIO │LEGUIA │NORMAND 36