servicio nacional integrado de administración aduanera y tributaria

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Servicio Nacional Integrado de Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Administración Aduanera y Tributaria Tributaria Gerencia Regional de Tributos Gerencia Regional de Tributos Internos Región Central Internos Región Central División de Asistencia al División de Asistencia al Contribuyente Contribuyente

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Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. Gerencia Regional de Tributos Internos Región Central División de Asistencia al Contribuyente. Agenda. Facultades de la Administración. Determinación sobre base Cierta. Determinación sobre base Presuntiva. - PowerPoint PPT Presentation

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Page 1: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

Servicio Nacional Integrado deServicio Nacional Integrado deAdministración Aduanera y TributariaAdministración Aduanera y Tributaria

Gerencia Regional de Tributos Internos Gerencia Regional de Tributos Internos Región CentralRegión CentralDivisión de Asistencia al ContribuyenteDivisión de Asistencia al Contribuyente

Page 2: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
Page 3: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN

• Practicar fiscalizaciones en la sede de la Empresa

• Practicar fiscalizaciones en la sede del Seniat

• Exigir la exhibición de la contabilidad de la empresa

• Exigir otros documentos relacionados con las actividades ejercidas

• Exigir que proporcionen los datos e informaciones a cerca de dichas actividades

Base Legal Art. 127 COT

Page 4: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN

• Requerir la comparecencia de los representantes y funcionarios de las empresas ante el Seniat

• Practicar avalúos o verificación de toda clase de bienes (incluso su transporte)

• Recabar de los funcionarios o empleados públicos los informes y datos que posean sobre sus funciones oficiales

Base Legal Art. 127 COT

Page 5: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN

• Retener y asegurar los documentos revisados durante la fiscalización

• Requerir copias de los soportes magnéticos

• Requerir información sobre los equipos y aplicaciones

• Utilizar programas de computación y utilidades de aplicación en auditoría fiscal

Base Legal Art. 127 COT

Page 6: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN

• Adoptar medidas para impedir la destrucción y otros de la documentación

• Requerir informaciones de terceros, relacionados con los hechos fiscalizados

• Practicar inspecciones y fiscalizaciones en locales y medios de transporte

• Requerir el auxilio del Resguardo Nacional Tributario u otra fuerza pública

Base Legal Art. 127 COT

Page 7: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN

• Tomar posición de los bienes involucrados en los ilícitos

• Solicitar medidas cautelares conforme al COT

• Otras facultades no expresamente mencionados anteriormente

Base Legal Art. 127 COT

Page 8: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

DETERMINACIÓN SOBRE BASE CIERTA

Es cuando la administración hace uso de todos los elementos que permitan conocer en forma directa los hechos imponibles

DETERMINACIÓN SOBRE BASE PRESUNTIVA

Es cuando la administración hace uso en mérito de los elementos, hechos y circunstancias que por su vinculación o conexión con el hecho imponible permitan determinar la existencia y cuantía de la obligación tributaria

Base Legal Art. 131 COT

Page 9: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• Registros Contables

• Libros

• Declaraciones

• Estados Financieros

• Otros

Aplicación de Fiscalización sobre base CiertaExisten:

Page 10: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• Se opongan u obstaculicen el acceso a los locales, oficinas o lugares

• Lleven dos o más sistemas de contabilidad de diverso contenido

• No presenten libros o registros de contabilidad

Aplicación de Fiscalización sobre base PresuntivaSe aplica cuando:

Base Legal Art. 132 COT

Page 11: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• Sea inexistente la documentación probatoria

• No proporcionen las informaciones relacionadas con las operaciones registradas

Aplicación de Fiscalización sobre base PresuntivaSe aplica cuando:

Base Legal Art. 132 COT

Page 12: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• Se produzcan algunas de las siguientes irregularidades:

.. Operaciones no registradas

.. Alteración de ingresos, Costos y Deducciones

.. Registro de Compras, Gastos o Servicios sin Soportes

.. Registros de existencias Omitidos o Alterados

Aplicación de Fiscalización sobre base PresuntivaSe aplica cuando:

Base Legal Art. 132 COT

Page 13: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• Se produzcan algunas de las siguientes irregularidades:

.. Existencias registradas a Precios Distintos a su Costo

.. Incumplimiento de obligaciones sobre valoración de Inventarios

.. Otras irregularidades que no permitan el conocimiento Cierto de las operaciones

Aplicación de Fiscalización sobre base PresuntivaSe aplica cuando:

Base Legal Art. 132 COT

Page 14: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• Datos de la Contabilidad del Contribuyente

• Datos de las declaraciones de cualquier tributo

• Otros elementos que permitan determinar sobre Base Cierta

Información para la Determinación de la Base Presuntiva:

Base Legal Art. 133 COT

Page 15: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• Estimaciones del monto de las ventas al comparar los resultados obtenidos de la realización de los inventarios físicos con los montos registrados en la contabilidad

• Incrementos patrimoniales no justificados

• Capital invertido en las explotaciones económicas de la empresa

Información para la Determinación de la Base Presuntiva:

Base Legal Art. 133 COT

Page 16: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• Volumen de Transacciones y utilidades de otros períodos fiscales de la empresa

• Rendimiento normal del negocio o explotación de empresas similares

• Flujo de efectivo no justificado

• Cualquier otro método o procedimiento

Información para la Determinación de la Base Presuntiva:

Base Legal Art. 133 COT

Page 17: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

Información para la Determinación de la Base Presuntiva:

Base Legal Art. 133 COT

Agotados los medios anteriores se puede:

.. Aplicar Stándares Patrones a disposición de la Administración Tributaria

.. Información obtenida de estudios económicos y estadísticos de actividades similares o conexas a la de la empresa

Page 18: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

Practicada la Determinación sobre Base Presuntiva

• Subsiste la responsabilidad sobre las Diferencias derivadas de una posterior determinación sobre Base Cierta

• Esta determinación no podrá ser impugnada fundándose en hechos que el contribuyente hubiera ocultado a la Administración

Base Presuntiva

Base Legal Parágrafo Único Art. 132 COT

Page 19: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria
Page 20: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

Procedimientos de Revisión FiscalProcedimientos de Revisión Fiscal

• Verificación (Art. 172 COT)

Declaraciones Ajustes Resolución• Diferencias

de impuesto• Intereses

Moratorios

• Multa 10%

Cumplimiento de Deberes Formales

MultaResolución de Imposición de

Sanción

Oficina o Domicilio Fiscal del Contribuyente

Page 21: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

Procedimientos de Revisión FiscalProcedimientos de Revisión Fiscal

• Fiscalización y Determinación (Art. 177 COT)

ProvidenciaExpediente

Documentos que avalan actuación

fiscal

Acta de Conformidad

Acta de Reparo y

Resolución• Intereses Moratorios

• Multa 10%

Oficina o Domicilio Fiscal del Contribuyente

Resultado

Sin Objeción

Con Objeción

Page 22: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

Incumplimiento de Deberes Formales:

• Inscribirse con retardo en los registros Art. 100 C.O.T. 25 U.T.

• Omisión y retardo en la presentación de la declaración Art. 103 C.O.T. 10 U.T.

• Cualquier otro incumplimiento sin sanción específica Art. 107 C.O.T. 10 a 50 U.T.

SANCIONES

Page 23: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

Incumplimiento de Deberes Formales:

• No llevar los libros y registros contables… Art. 102 C.O.T. 50 U.T.

• Llevar los libros y registros contables y especiales, sin cumplir con las formalidades Art. 102 C.O.T. 25 U.T.

SANCIONES

Page 24: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

• De Anulación (Art. 239)

• Recurso Jerárquico (Art.242)

• Recurso de Revisión (Art. 256)

• Recurso Contencioso Tributario (Art. 259)

Page 25: Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

División de Asistencia al Contribuyente

Tlfs. (0241) 8211717-8225451

8211989-8211849

Ext. 220,106, 255 y 132