sentencia definitiva de primera instancia....

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1 SENTENCIA DEFINITIVA DE PRIMERA INSTANCIA. EXPEDIENTE 167/2012 JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL OCTAVO PARTIDO JUDICIAL EN EL ESTADO DE JALISCO. SENTENCIA DEFINITIVA. SAYULA, JALISCO, A 23 VEINTITRÉS DE JUNIO DE 2015 DOS MIL QUINCE. V I S T A para resolver en SENTENCIA DEFINITIVA, la causa penal número 167/2012, instruida en contra de **********por su responsabilidad penal en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO previsto por los artículos 6 fracción I, 233 en relación con el artículo 236 fracciones IX, XI y XII del Código Penal Vigente para el Estado de Jalisco, cometido en detrimento patrimonial de *********por lo que el acusado *********que 06 seis personas que dependen de él, siendo estos su esposa y sus cinco hijos; que no tiene bienes raíces de su propiedad; que sabe leer y escribir, en virtud de haber cursado la educación primaria; es católico; no acostumbra cambiarse de nombre, es la segunda ocasión que se encuentra a disposición de una autoridad judicial en el ejercicio de sus funciones, ************; que sabe leer y escribir, en virtud de haber cursado la educación primaria terminada; es católico; NO acostumbra cambiarse de nombre, es la segunda ocasión que se encuentra a disposición de una Autoridad Judicial en el ejercicio de sus funciones, porque la primera ocasión estuve en Puente Grande, por delitos contra la salud; que NO acostumbra los cigarrillos de tabaco, que SI ingiere bebidas embriagantes, que NO acostumbra las drogas o enervantes; *********e; y R E S U L T A N D O S: 1º. DE LA ETAPA DE AVERIGUACIÓN PREVIA. Dio origen a la causa la averiguación previa número 327/2012, que elaboró el Agente del Ministerio Público Adscrito a la Agencia número 01 Uno Especializada en Investigación de Robo a vehículos de Carga Pesada24 veinticuatro de septiembre de 2012 dos mil doce. 2º. DE LA AVERIGUACIÓN JUDICIAL. Con auto de fecha 24 veinticuatro de septiembre de 2012 dos mil doce, este Juzgado se avocó al conocimiento de los hechos consignados por el representante social, ordenándose registrar la causa en el libro de gobierno, numerarse, darse los avisos de ley al superior para su conocimiento, practicarse las diligencias necesarias y tendientes a la comprobación del cuerpo del delito y la probable responsabilidad de los indiciados en su comisión, con esta misma fecha se calificó de legal la detención practicada en las personas de los hoy acusados. 3. DEL PERIODO INMEDIATO ANTERIOR AL PROCESO. Con eta misma fecha por lo que se asentó el computo constitucional y se les escuchó en declaración preparatoria, así mismo se solicitó y concedió la ampliación del término Constitucional,

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SENTENCIA DEFINITIVA DE PRIMERA INSTANCIA.

EXPEDIENTE 167/2012

JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL OCTAVO

PARTIDO JUDICIAL EN EL ESTADO DE JALISCO.

SENTENCIA DEFINITIVA. SAYULA, JALISCO, A 23 VEINTITRÉS DE JUNIO

DE 2015 DOS MIL QUINCE.

V I S T A para resolver en SENTENCIA DEFINITIVA, la causa penal número

167/2012, instruida en contra de **********por su responsabilidad penal en la comisión

del delito de ROBO CALIFICADO previsto por los artículos 6 fracción I, 233 en relación

con el artículo 236 fracciones IX, XI y XII del Código Penal Vigente para el Estado de

Jalisco, cometido en detrimento patrimonial de *********por lo que el acusado

*********que 06 seis personas que dependen de él, siendo estos su esposa y sus cinco

hijos; que no tiene bienes raíces de su propiedad; que sabe leer y escribir, en virtud de

haber cursado la educación primaria; es católico; no acostumbra cambiarse de nombre,

es la segunda ocasión que se encuentra a disposición de una autoridad judicial en el

ejercicio de sus funciones, ************; que sabe leer y escribir, en virtud de haber

cursado la educación primaria terminada; es católico; NO acostumbra cambiarse de

nombre, es la segunda ocasión que se encuentra a disposición de una Autoridad

Judicial en el ejercicio de sus funciones, porque la primera ocasión estuve en Puente

Grande, por delitos contra la salud; que NO acostumbra los cigarrillos de tabaco, que

SI ingiere bebidas embriagantes, que NO acostumbra las drogas o enervantes;

*********e; y

R E S U L T A N D O S:

1º. DE LA ETAPA DE AVERIGUACIÓN PREVIA. Dio origen a la causa la

averiguación previa número 327/2012, que elaboró el Agente del Ministerio Público

Adscrito a la Agencia número 01 Uno Especializada en Investigación de Robo a

vehículos de Carga Pesada24 veinticuatro de septiembre de 2012 dos mil doce.

2º. DE LA AVERIGUACIÓN JUDICIAL. Con auto de fecha 24 veinticuatro de

septiembre de 2012 dos mil doce, este Juzgado se avocó al conocimiento de los

hechos consignados por el representante social, ordenándose registrar la causa en el

libro de gobierno, numerarse, darse los avisos de ley al superior para su conocimiento,

practicarse las diligencias necesarias y tendientes a la comprobación del cuerpo del

delito y la probable responsabilidad de los indiciados en su comisión, con esta misma

fecha se calificó de legal la detención practicada en las personas de los hoy acusados.

3. DEL PERIODO INMEDIATO ANTERIOR AL PROCESO. Con eta misma

fecha por lo que se asentó el computo constitucional y se les escuchó en declaración

preparatoria, así mismo se solicitó y concedió la ampliación del término Constitucional,

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por lo que dentro del plazo constitucional ampliado, el día30 treinta de septiembre de

2012 dos mil doce, se les decretó auto de formal prisión por su probable

responsabilidad en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO en los términos del

artículo 233 en relación con la fracciones IX, XI y XII del ordinal 236 en contexto con el

artículo 6 fracción I, del Código Penal para el Estado de Jalisco, en detrimento

patrimonial de en detrimento patrimonial de *********, interlocutoria la cual no fue

recurrida por las partes, por lo que con fecha 03 tres de diciembre 2012 dos mil doce

fue declara firme.

4. DEL PERIODO DE INSTRUCCIÓN. Durante esta etapa se admitieron y

desahogaron todas las pruebas ofrecidas por las partes, se tuvo a los procesados por

desistido del desahogo de algunas de ellas, se identificó a los procesados, se

recabaron los informes de prisiones anteriores, dictámenes de personalidad,

psiquiátrico y educativo, se cerró el periodo de instrucción, se celebró la audiencia de

vista y con fecha 17 diecisiete de febrero se ordenó reponer el procedimiento a efecto

de desahogar diversos medios de prueba, de los que posteriormente se desistió el

Fiscal Adscrito, por lo que finalmente con fecha 05 cinco de marzo de 2015 dos mil

quince, se ordenó de nueva cuenta cerrar el periodo de instrucción y abrir del el juicio.

5. DE LA ETAPA DE JUICIO. Mediante oficio 11/2015, de fecha 17 diecisiete

de marzo de 2015 dos mil quince, se recibieron conclusiones acusatorias, por lo que se

corrió traslado a los acusados y a su defensor sin que dieran contestación a las

mismas, teniéndoseles por formuladas las de inculpabilidad, por lo que hecho lo

anterior, con fecha 02 dos de junio de 2015 dos mil quince, se desahogó la Audiencia

de Vista que señala el numeral 292 del Enjuiciamiento Penal del Estado y el día de hoy

dentro del plazo que marca el numeral 73 del Enjuiciamiento Penal del Estado, se

resuelve la presente resolución en base a los siguientes:

C O N S I D E R A N D O S:

I. DE LA COMPETENCIA. Le compete a éste Tribunal la capacidad objetiva de

conocer los hechos que motivaron la presente causa criminal que resultan ser típicos

del orden común y por ello fueron consignados, por razón de la materia, y por el lugar

donde se ejecutó el ilícito, amén de que dentro del sumario se desprende que los

hechos se suscitaron sobre la autopista Ciudad Guzmán-****, a 5 cinco kilómetros

adelante del crucero a la población de Sayula, Jalisco, esto con dirección a la

población de Acatlán de Juárez, Jalisco, donde ejerce su jurisdicción este Octavo

Partido Judicial; al tenor de los numerales 1,2,3,4,5, de la Ley Represiva Estatal, y

1,2,3,4,5,6, del Código Instrumental Penal, en relación con el diverso 101 de la ley

Orgánica del Poder Judicial.

II. DE LA LEGALIDAD PARA EL DICTADO DE LA PRESENTE

RESOLUCIÓN. El artículo 14 Constitucional establece que: su Segundo Párrafo

literalmente establece que:

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“…Nadie podrá ser privado de la Libertad o de sus propiedades,

posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los

Tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las

formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes

expedidas con anterioridad al hecho...”(sic).

III. DEL ANÁLISIS DE LOS ELEMENTOS DEL TIPO PENAL DEL DELITO

DE ROBO CALIFICADO. El delito de robo previsto por el artículo 233 del Código

Penal para el Estado de Jalisco, por el que se emite acusación, prevé lo siguiente:

“…COMETE EL DELITO DE ROBO EL QUE SE APODERE DE

UNA COSA AJENA MUEBLE, SIN DERECHO Y SIN

CONSENTIMIENTO DE LA PERSONA QUE PUEDA DISPONER DE

ELLA CON ARREGLO A LA LEY, SE TENDRÁ POR CONSUMADO

EL ROBO DESDE EL MOMENTO EN QUE EL ACTIVO TENGA EN

SU PODER LO ROBADO, AUN CUANDO LO ABANDONE O LO

DESAPODEREN DE EL…”(sic).

El artículo 6 del Código Penal, señala: Los delitos pueden ser:

I.- DOLOSOS. Es dolo, cuando el agente quiere que se produzca total o

parcialmente el resultado o cuando actúa o deja de hacerlo, pese al

conocimiento de la posibilidad de que ocurra otro resultado cualquiera de

orden antijurídico.

De la interpretación gramatical de los artículos citados, se infiere que

los elementos que conforman el tipo penal del delito son:

ELEMENTOS OBJETIVOS Y NORMATIVOS

1.- EL APODERAMIENTO

2.- DE UNA COSA AJENA MUEBLE

3.- SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO DE LA PERSONA

QUE PUEDA DISPONER DE ELLA CON ARREGLO A LA LEY

ELEMENTO SUBJETIVO

1.- EL DOLO.

Por otra parte, con el objeto de resolver lo que en derecho proceda en el caso

a estudio, resulta oportuno hacer una relación de los medios de prueba que corren

agregados a la presente indagatoria que nos ocupa y que a continuación se señalan:

a). La denuncian que por comparecencia presento *****, quien ante la

presencia del fiscal consignador señalo que:

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“…Que me presento en esta Agencia del Ministerio Publico, con el

carácter que tengo de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas del

señor ****, tal como lo acredito exhibiendo las copias debidamente

certificadas de la Escritura Pública Número ****, del volumen número

****, mismas que fueron pasadas ante la fe del Licenciado ****, Notario

Público numero 37 treinta y siete de ****, Zacatecas, y con dicho

carácter vengo a efecto de acreditar la propiedad de los vehículos que

fueran denunciándos como robados y que los mismos fueran

recuperados por personal de esta Agencia del Ministerio Publico, siendo

el primero un vehículo de la marca ****, tipo **** ****, color blanco con

negro, modelo 2006 dos mil seis, con numero de serie ****, con el

numero de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, dicho vehículo se encuentra asegurado por la compañía de

seguros denominada “SEGUROS ATLAS” SOCIEDAD ANÓNIMA, y se

encuentra enganchado a una plataforma de la marca ****, en color azul,

modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el

contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo

oxido y con la leyenda “****”, vehículo el cual, mediante un remolque

auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número de

serie ****, se encuentra enganchado a una plataforma de la marca ****,

color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, con el número

de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

misma plataforma que cargaba el contenedor número ****, con el número

de sello o candado ****, color blanco y con la leyenda “****”, mismas

unidades que al momento del robo se encontraban cargadas con

mercancía consistente en 31 treinta y un toneladas de chile seco

aproximadamente, de igual manera un vehículo marca ****, tipo **** ****,

color azul, modelo 2003 dos mil tres, con numero de serie ****, con el

numero de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, dicho vehículo se encuentra asegurado por la compañía de

seguros denominada “****” SOCIEDAD ANÓNIMA y el cual se encuentra

enganchado a una plataforma de la marca ****, en color azul, modelo

1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma

cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado

****, color rojo y con la leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un

remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el

número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho, se encuentra

enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****, color blanco,

modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie

****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

vehículos que al momento del robo se encontraban cargados con

mercancía consistente en 27 veintisiete toneladas de chile seco

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aproximadamente, siendo el peso total de la mercancía robada de 58

cincuenta y ocho toneladas aproximadamente, de igual manera un

vehículo que era conducido por *******, quien también es empleado de mi

poderdante y tiene la función de custodio en dicha unidad, la cual es de

la marca ****, tipo sedan, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con

numero de serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Jalisco, mismo que se encuentra

asegurado por la compañía de seguros del banco “****” y con la finalidad

de acreditar la propiedad de los vehículos antes descritos, mismos que

son propiedad de el señor ********, a excepción del vehículo de la marca

**** el cual es propiedad de la empresa *******, Sociedad Anónima de

Capital Variable y para ello en este momentos exhibo copia de la Tarjeta

de Circulación numero ****, expedida por la Secretaria de Vialidad y

Transporte del estado de Jalisco, con fecha del día 09 nueve de mayo

del año 2012 dos mil doce, a favor de mi poderdante, documento que

ampara las placas de circulación ****, con la exhibición de la carta factura

de fecha 06 de abril del año 2012 dos mil diez, expedida por la empresa

de nombre “**** SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”

dirigida a la Secretaría de comunicaciones y transportes, así también con

la exhibición de la carta factura de fecha 06 seis de abril del año 2012

dos mil diez, expedida por la empresa de nombre “**** SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” dirigida a la Secretaría de finanzas,

de igual forma exhibo el original del contrato de arrendamiento financiero

número 144032, celebrado entre la empresa de nombre “**** SOCIEDAD

ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” y el señor ******, con fecha del 11

once de abril del año 2010 dos mi diez, de igual manera exhibo copia

simple de la factura número 0078, con fecha del día 05 cinco de abril del

2010 dos mil diez, expedida por “****” SOCIEDAD DE

RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE a favor de “****

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, el vehículo **** que

amparan dichos documentos tiene un valor aproximado de $700,000.00

setecientos mil pesos Moneda Nacional, es mi deseo manifestar que el

original de dicha tarjeta de circulación al igual que las de lo otros

vehículos, se encontraban en el **** al momento del robo, pero es de mi

conocimiento que fueron aseguradas por los elementos aprehensores y

por tal motivo es mi deseo solicitar su devolución para que

posteriormente sean tomadas en consideración por esta representación

social, así también exhibo el original del recibo oficial de pago de

impuestos número ****, expedido por la Secretaría de Finanzas del

Estado de Zacatecas, a favor de mi poderdante con fecha del 20 veinte

del mes de enero del año 2012 dos mil doce, mismo documento que

ampara las placas de circulación ****, y con la exhibición de la factura

original número 14848, expedida por la empresa de nombre “****”

SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con fecha del día 29

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veintinueve de abril del año 2010 dos mil diez, a favor de ***********, así

también exhibo copia simple de la factura que antecede la número 2792,

con fecha del día 17 diecisiete de diciembre del año 2008 dos mil ocho,

expedida por ****, dicho vehículo que tiene un valor aproximado de

$140,000.00 ciento cuarenta mil pesos Moneda Nacional, de igual

manera exhibo la factura original numero ****, expedida por “***********”,

Sociedad Anónima de Capital Variable, con fecha del día 20 veinte de

diciembre del año 2010 dos mil diez, a favor de mi representado,

documento que ampara el remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca

**** referido en renglones anteriores, con un valor aproximado de

$25,000.00 veinticinco mil pesos Moneda Nacional, de igual forma

exhibo en original el recibo oficial de pago de impuestos número ****,

expedido por la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas, a favor

de mi poderdante con fecha del 24 veinticuatro del mes de febrero del

año 2012 dos mil doce, mismo documento que ampara las placas de

circulación ****, de igual manera quiero manifestar que de la unidad que

describe dicho recibo, en este momento no cuento con los documentos

idóneos para su acreditación pero me comprometo a traerlas

posteriormente para que figuren dentro de las actuaciones, mismo

vehículo que tiene un valor aproximado de $70,000.00 setenta mil pesos

Moneda Nacional, así también exhibo el original del recibo oficial de

pago de impuestos número ****, expedido por la Secretaría de Finanzas

del Estado de Zacatecas, a favor de mi poderdante con fecha del 24

veinticuatro del mes de febrero del año 2012 dos mil doce,, mismo

documento que ampara las placas de circulación ****, vehículo que tiene

un valor aproximado de $400,000.00 cuatrocientos mil pesos Moneda

Nacional, de la misma manera exhibo con la carta factura de fecha 19

diecinueve de abril del año 2012 dos mil diez, expedida por la empresa

de nombre “**** SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”

dirigida a la Secretaría de finanzas, así también con la exhibición de la

carta factura de fecha 19 diecinueve de abril del año 2012 dos mil diez,

expedida por la empresa de nombre “**** SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE” dirigida a la Secretaría de comunicaciones y

transportes, de igual forma exhibo el original del contrato de

arrendamiento financiero número ****, celebrado entre la empresa de

nombre “**** SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” y el señor

******, con fecha del 21 veintiuno de abril del año 2010 dos mi diez, de

igual manera exhibo copia simple de la factura número ****, con fecha

del día 16 dieciséis de abril del 2010 dos mil diez, expedida por

“CAMIONES DE ZAPOPAN” a favor de “**** SOCIEDAD ANONIMA DE

CAPITAL VARIABLE”, de la misma forma exhibo el original del recibo

oficial de pago de impuestos número ****, expedido por la Secretaría de

Finanzas del Estado de Zacatecas, a favor de mi poderdante con fecha

del 20 veinte del mes de enero del año 2012 dos mil doce, mismo

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documento que ampara las placas de circulación ****, así también exhibo

el original de la carta porte número ****, con fecha del día 06 seis de

mayo del 2010 dos mil diez, expedida por ****, a favor de mi poderdante,

el vehículo que ampara

tiene un valor aproximado de $80,000.00 ochenta mil pesos

Moneda Nacional, así también exhibo la factura original número ****,

expedida por remolques ****, a favor de mi poderdante, con fecha del día

24 veinticuatro de marzo del 201 dos mil diez, misma que ampara el

remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca **** anteriormente referido,

con un valor aproximado de $25,000.00 veinticinco mil pesos Moneda

Nacional, así también exhibo el original del recibo oficial de pago de

impuestos número ****, expedido por la Secretaría de Finanzas del

Estado de Zacatecas, a favor de mi poderdante con fecha del 20 veinte

del mes de enero del año 2012 dos mil doce, mismo documento que

ampara las placas de circulación ****, de igual manera exhibo en original

el impreso de pólizas del día 01 de mayo del 2006 al 31 de mayo del

2006 y la copia de la factura número ****, con fecha del día 30 treinta del

mes de mayo del 2006 dos mil seis, expedida por Ofelia de la Luz Frías

Cervantes a favor de mi poderdante, vehículo que tiene un valor

aproximado de $70,000.00 setenta mil pesos Moneda Nacional, de igual

forma exhibo la factura original número UFU00****27, expedida por la

empresa denominada “****” SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, a favor de mi poderdante con fecha del día 18 dieciocho del

mes de junio del año 2011 dos mil once, mismo documento que ampara

al vehículo de la marca **** antes referido, mismo que cuenta con el

número de serie ****, y tiene un valor aproximado de $90,000.00

noventa mil pesos Moneda Nacional; así mismo en este momento y para

los efectos de acreditar la posesión derivada del producto denunciado

como robado, siendo este el mismo que estaba siendo transportado por

los vehículos de carga mencionados, es por lo que primeramente con el

fin de documentar mi personalidad de apoderado legal de empresa

denominada “***********”, Sociedad Anónima de Capital Variable en este

momento exhibo copias certificas del instrumento público numero 4061

cuatro mil setenta y uno, del volumen 92 noventa y dos, pasadas ante la

Fe del Notario Público número 45 cuarenta y cinco, de ****, Zacatecas, el

licenciado ****; por lo que una vez acreditada mi personalidad es mi

deseo manifestar que el monto total aproximado de la carga que

transportaba los vehículos denunciados en la presente causa asciende

aproximadamente a la cantidad de $ 67,898 sesenta y siete mil

ochocientos noventa y ocho Dólares Americanos, misma mercancía que

partió del puerto de manzanillo, misma que se encuentra asegurada por

la compañía de seguros denominada ”****” SOCIEDAD ANÓNIMA, a

bordo de los vehículos de carga antes mencionados el día 22 veintidós

de septiembre del presente año con destino a ****, Zacatecas, lo anterior

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lo expreso en base a los pedimentos de importación, mismos que

amparan la mercancía y que exhibo en impresión original en el siguiente

orden: el pedimento número ****, con fecha del día 21 veintiuno de

septiembre del presente año, el pedimento número 12 16 3879 2010992,

con fecha del día 21 veintiuno de septiembre del presente año, el

pedimento número ****, con fecha del día 21 veintiuno de septiembre del

presente año y el pedimento número 12 16 3879 2011955, con fecha del

día 21 veintiuno de septiembre del presente año, de igual manera exhibo

las facturas originales de la mercancía en la que se detalla entre otros

datos la cantidad, peso, valor, procedencia y destino de la misma, siendo

la primera la factura número ****, con fecha del día 15 quince del mes de

julio del presente año, misma que ampara la cantidad de 14084 catorce

mil cuatrocientos ochenta y cuatro kilogramos de “chile seco s4”, con un

precio anunciado de **** Dólares Americanos, procedente de la India y la

factura número ****, con fecha del día 18 dieciocho del mes de julio del

presente año, misma que ampara la cantidad de 13078 trece mil

trescientos setenta y ocho kilogramos de “chile seco teja”, con un precio

anunciado de **** Dólares Americanos, procedente de la India; de igual

manera es mi deseo mencionar que los 03 tres contenedores

mencionados no son propiedad de mi poderdante simplemente se

encuentran arrendados y que la mercancía que se encuentra en el

remolque tipo caja seca, se encontraba en un contenedor pero fue

necesario traspalearlo al remolque debido a que no contábamos con otra

plataforma para transportar el contenedor; De los documentos que exhibí

dejo copias simples para que previo cotejo y certificación que se haga de

éstas me sean devueltos, de igual manera en estos momentos solicito la

devolución de los vehículos y la mercancía antes mencionada, ya que la

mercancía fue recuperada en su totalidad y se encuentra en condiciones

optimas y los vehículos también fueron recuperados, a excepción del

vehículo de la marca **** antes referido, no sin antes se hayan

desahogado todas y cada una de las diligencias relacionadas con dichos

vehículos y con la mercancía que se encuentra a bordo de este, misma

mercancía que aun cuenta con sus sellos de seguridad; de igual manera

quiero mencionar que formulo formal querella en contra de quien o

quienes resulten responsable por el robo sufrió mi poderdante;

agregando que de la forma en como se suscito el robo lo desconozco ya

que solo fui informado por mi poderdante del robo que sufrió en su

agravio y de igual forma me informó, que los vehículos de carga en

comento así como la mercancía, cuentan con sistema de rastreo satelital

y que gracias a esto se dieron cuenta del cambio de ruta de los

vehículos y así pudieron dar aviso a las autoridades, enterado de lo

anterior mi poderdante también me informo que los operadores de

nombres ********* al igual que el empleado que realizaba funciones de

custodia ya había aparecido y que se encontrarían en la casa del primo

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del empleado de nombre ************, en la calle **** en la colonia ****, en

el Municipio de Zapopan, Jalisco, donde nos encontramos, para después

trasladarnos al lugar que marcaban las coordenadas satelitales, logrando

localizar la ubicación de los vehículos y de la mercancía, en la Avenida

Prolongación **** y/o Carretera ****, en su cruce con la calle **** y la

calle ****, colonia ****, Guadalajara, Jalisco; es por esto que acudí hasta

ese lugar a efecto de identificar a los vehículos robados así como para

que los choferes identificaran a los 02 dos sujetos que manejaban dichos

vehículos, al tenerlos a la vista les manifestaron a los policías que en

efecto son la personas involucradas en este robo, de igual manera

solicito copia certificadas de la denuncia que presento el ciudadano

********, quien es empleado de mi poderdante y tiene la función de

custodio en la unidad que no ha sido recuperada, la cual es de la marca

****, tipo sedan, color gris, modelo 2012 dos mil doce, propiedad de

empresa denominada **********”, Sociedad Anónima de Capital Variable,

con numero de serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Jalisco, mismas copias que solicito a efecto

de realizar los trámites correspondientes ante la compañía de seguros

del banco “****”, de igual manera es mi deseo manifestar que en el

interior de esta agencia en estos momentos se me pone ala vista un

equipo de radiocomunicación de la compañía denominada “****”, mismo

que reconozco como propiedad de mi poderdante, pero que no cuento

en estos momentos con documentos idóneos para acreditar la legal

propiedad de dicho aparato, por lo que me comprometo que a la

brevedad posible exhibiré el documento necesario para acreditar su

propiedad y devolución del mismo…”(sic).

Narrativa la cual corresponde al apoderado legal de ************* SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, quien acude ante la presencia del fiscal

investigador, a denunciar la comisión de actos criminales, los cuales vinieron a casusa

un detrimento en el patrimonio de sus representados, esto al haber sido hurtados un

vehículo de la marca ****, tipo tracto camión ****, color blanco con negro, modelo 2006

dos mil seis, con número de serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, y al cual se encontraba enganchado a una

plataforma de la marca ****, en color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de

serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, así mismo se

encontraba ensamblado un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color

negro, con el número de serie ****, se encuentra enganchado a una plataforma de la

marca ****, color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, con el número de

serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, de un vehículo

marca ****, tipo tracto camión ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número de

serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, y al cual se encontraba enganchado a una plataforma de la marca ****, en

color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie ****,

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con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, mismo que tenia acoplado

un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número de serie

****, modelo 2008 dos mil ocho, el cual tenía enganchado a un remolque tipo caja seca,

de la marca ****, color blanco, modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el

número de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

vehículos propiedad de ****, así mismo se efectuó el desapoderamiento de las 58

cincuenta y ocho tonelada de mercancía que trasportaban estos vehículos, consistente

en chiles secos y los cuales son propiedad de la persona moral denominada

“********SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, así mismo se efecto el hurto

de un vehículo marca ****, tipo sedan, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con

número de serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de circulación **** del

Estado de Jalisco, también propiedad de la empresa ante referida. Por ello que este

atesto adquiera valor probatorio indiciario de conformidad con lo enunciado por el

ordinal 266 del Enjuiciamiento Penal del Estado.

b). La copia debidamente certificada del testimonio notarial número ****, pasado

ante la fe el Notario Público número 37 treinta y siete del Estado de Zacatecas,

Licenciado Luis Fernando Castañeda ****, relativo al Poder General para Pleitos y

Cobranzas, otorgado por *********, a favor de *****.

c). La copia certificada de la escritura pública número 4,061 cuatro mil sesenta

y uno, pasada ante la fe del Notario Público número 45 cuarenta y cinco del Estado de

Zacatecas, Licenciado Saúl Castañeda Sánchez, relativo al Poder General para

Pleitos y Cobranzas, otorgado por ****, en su calidad de administrador único de la

sociedad mercantil “*****SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, a favor de

********

Documentales pública las anteriores las cuales dada su naturaleza y al haber

sido expedidas por un funcionario Público en pleno uso de las facultades que le

confiere la ley, son merecedoras de valor probatorio pleno de conformidad con lo

enunciado por los ordinales 271 y 272 del Código Procesal Penal del Estado, y con las

cuales se acredita la personalidad con la que comparece el denunciante ****, a

denunciar los hechos materia de esta causa y cometidos en detrimento patrimonial de

sus representados.

d). La copia debidamente certificada de la carta factura expedida por la

negociación comercial denominada **** SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, relativa al vehículo marca ****, tipo tracto camión ****, color blanco con

negro, modelo 2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el número de motor

****.-

e). La copia certificada de la factura número 14848, catorce mil cuatrocientos

cuarenta y ocho, expedida por la empresa **** SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL

VARIABLE, relativa a la plataforma de la marca ****, modelo 2008 dos mil ocho, con el

número de serie ****.

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f). La copia de la número **** mil novecientos dos, expedida por la negociación

comercial denominada ********** SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,

relativa al remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número

de serie ****.

g). La copia certificada de la carta factura expedida por **** SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, relativa al vehículo marca ****, tipo tracto camión

****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el numero de

motor ****.

h). La copia debidamente certificada de la factura número **** mil setecientos

ochenta y cuatro, expedida por SERVICIO DE AUTOTRASPORTE DE CARGA,

relativa a plataforma de la marca ****, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho,

con el número de serie ****.

i). La copia certificada de la factura número **** doscientos treinta dos letra A,

expedida por REMOLQUES ****, relativa al remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca

****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho.

j). La copia certificada de la factura número 0010 diez, expedida por SERVICIO

DE AUTOTRANSPORTE DE CARGA, relativa al remolque tipo caja seca, de la marca

****, color blanco, modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de

serie ****.

Probanzas todas las anteriores las cuales dada su naturaleza de documentos

privados, son merecedoras de valor probatorio indiciario de conformidad con lo

enunciado por el ordinal 274 del Código Procesal Penal del Estado, mismas que sirve

para acreditar la propiedad de los vehículos que detenta ********** respecto a los

mismos.

k). La copia debidamente certificada de la factura número UFU00****27 mil

veintisiete, expedida por la negociación comercial denominada **** SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, relativa al vehículo marca ****, tipo sedán, color

gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****, con el número de motor ****.

l). Las copias debidamente certificadas de las impresiones simplificada de

pedimentos de importación, visibles a foja 113 ciento trece, 114 ciento catorce, 115

ciento quince y 116 ciento dieciséis de autos originales.

Probanzas todas las anteriores las cuales dada su naturaleza de documentas

privados, son merecedoras de valor probatorio indiciario de conformidad con lo

enunciado por el ordinal 274 del Código Procesal Penal del Estado, mismas que sirve

para acreditar la propiedad de lo vehículo que detenta la persona moral denominada

********* SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, respecto del mismo, así

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como de las 58 cincuenta y ocho toneladas de chiles secos que eran trasportados por

los vehículos de carga afectos a la causa.

m). La narrativa que vierte ante la presencia del fiscal consignador **********,

quien adujo:

“…Que estoy en el interior de esta Agencia del Ministerio Público,

con la finalidad de denunciar el robo de las unidades de carga que tengo

a mi cargo siendo el **** de la marca ****, en color azul, con placas de

circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, y el cual se

encuentra enganchado a tres remolques, los cuales son una del tipo

plataforma, en color azul, de la marca ****, con las placas de circulación

**** correspondientes al Estado de Zacatecas, misma que carga un

contenedor de cuarenta pies, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****, y cual se encuentra cargado con 14,000 catorce

mil kilogramos (14 catorce Toneladas) de costales con chile seco; la

unidad auxiliar del tipo dolly, de la marca ****, color negro, y el remolque

tipo caja seca, de la marca ****, en color blanco, que porta las placas de

circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, mismo que se

encuentra cargado con 13,000 trece mil kilogramos (13 trece toneladas),

vehículos que son propiedad de la persona de nombre ******, y los cuales

se encuentran asegurados para en caso de robo al igual que la

mercancía, además de que el mencionado **** cuenta con sistema de

rastreo satelital, respecto del producto ó mercancía de la cual

desconozco su valor, pero es propiedad de la empresa denominada

“*********, Sociedad Anónima de Capital Variable”, que se localiza en

carretera Panamericana kilómetro 1 uno, sin numero, salida a Durango,

en la ciudad de ****, Zacatecas, lugar en donde laboro desde hace

aproximadamente como 30 treinta años, sin tener horario de trabajo, ya

que realizo salidas a diferentes ciudades y poblaciones de la republica

mexicana; siendo en este caso que me permito mencionar que el día

ayer 22 veintidós de Septiembre del año 2012 dos mil doce,

aproximadamente como las 11:00 onces horas, salí del puerto de

Manzanillo, Colima, conduciendo las unidades de carga antes

mencionadas, los cuales como ya lo indique se encontraban cargadas

con costales de chiles secos, al igual que mi compañero de nombre ****,

quien también es chofer de la misma empresa en la que laboro, y quien

traía a su cargo el **** de la marca ****, en color blanco con negro, con

placas de circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, que

traía enganchados los remolque tipo plataforma, color azul, con placas

de circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, abordo del

que se encuentra un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****, que se encontraba cargado con 15,500 quince

mil quinientos kilogramos aproximadamente, de costales con chiles

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secos; un remolque auxiliar del tipo Dolly, de la marca ****, color negro, y

el remolque tipo plataforma, en con blanco, con placas de circulación ****

correspondientes al Estado de Zacatecas, abordo de esta se encuentra

un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico

****, que se encontraba cargado con 15,500 quince mil quinientos

kilogramos aproximadamente, de costales con chiles secos, al igual que

el compañero ***, quien también es empleado de la misma empresa en

la que laboro, quien iba a bordo del vehículo tipo ****, de la marca ****,

en color gris, ya que él nos iba a custodiar todo nuestro recorrido; por lo

cual inicie mi recorrido abordo de las unidades al igual que mis

compañeros, yéndonos en convoy mi compañero **** y yo, y a distancia

iba ******** quien conducía el ****, iniciando mi recorrido a con dirección a

esta ciudad de Guadalajara ya que teníamos como destino las bodegas

de la empresa ******* Sociedad Anónima de Capital Variable”, que se

localiza en carretera Panamericana kilómetro 1 uno, sin numero, salida a

Durango, en la ciudad de ****, Zacatecas, lugar en donde haría entrega

de la mercancía que yo transportaba, siendo para este caso que al

encontrarme circulando sobre la autopista ****, todo mi recorrido resulto

sin ningún inconveniente, teniendo siempre a la vista a los vehículos que

mis compañeros conducían, hasta que al ser aproximadamente como las

15:00 quince horas del día de ayer 22 veintidós de Septiembre del

presente año, momento en el que me encontraba aproximadamente 200

doscientos metros después de donde se esta construyendo una nueva

caseta de cobro de la mencionada autopista Ciudad Guzman-

Guadalajara, misma que se encuentra a la altura del poblado de Sayula,

Jalisco, y a unos 25 veinticinco kilómetros antes de la caseta de cobro de

****, con dirección a esta ciudad de Guadalajara, cuando observe que se

me emparejo un vehículo tipo **** de modelo reciente, en color negro, la

cual observe que iba a la misma velocidad, por lo que se me hizo extraño

y volteé, siendo ese el momento cuando observe que en el asiento del

copiloto iba una persona del sexo masculino quien traía en sus manos

una arma larga, quien vestía ropa de color negro, al igual que en el

asiento trasero del lado copiloto iba otra persona del sexo masculino

quien también vestía ropa en color negro y traía una arma larga, los

cuales me hicieron señas para que detuviera mi circulación, pero

enseguida de forma inesperada la camioneta **** se me atravesó a mi

circulación poniéndose por delante del trailer que yo conducía,

obligándome a que detuviera la marcha de mi unidad, y ya estando

detenido el vehículo, observe que de la camioneta ****, se bajo la

personas que iba en el asiento trasero de dicha camioneta, quien se

aproximo rápidamente al lado izquierdo del trailer que yo conducía,

pidiéndome después que me bajara del camión a mi cargo y como no

tuve mas opción y temí por lo que me fuera a pasar, me baje del camión,

siendo entonces en ese momento cuando vi que de la camioneta ****,

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bajaron otras 02 dos personas del sexo masculino, siendo uno de ellos

de una estatura baja y delgado y el otro sujeto era de tez clara, personas

quienes se subieron al vehículo de carga que yo traía mi cargo, después

el sujeto que traía el arma larga, me dijo que caminara hacia la

camioneta **** de color negro, a la cual me dijo esta persona que me

subiera y me acostara en los asientos de la parte trasera, momento en

que observe que en el piso de ese vehículo, entre las bancas del chofer

y copiloto y la segunda banca, se encontraba acostado mi compañero de

nombre **************, lo cual me sorprendió bastante, y ya estando en la

camioneta, pude ver que se encontraban ahi dos sujetos del sexo

masculino, siendo uno de ellos quien estaba al volante de la **** y el otro

estaba sentado en el asiento del copiloto, sujetos que me dijeron que no

me moviera para nada por que me daban un balazo, y posteriormente

me dijeron que les entregara el teléfono celular, el radio **** y mi cartera

que traía, pero les dije que solamente traía un radio ****, y que este se

había quedado a bordo del trailer al igual que mi cartera, después

comenzamos a circular a bordo de la camioneta ****, escuchando que se

comunicaban con alguna persona por un radio **** y decían que iban por

el otro vehículo, y al paso de unos 10 diez minutos dicha camioneta se

detuvo un momento, fue entonces cuando pude ver que subieron

también a la misma camioneta a mi compañero el también chofer de la

empresa de nombre *****, a quien le dijeron que se acostara en la banca

de los asientos traseros y también se subió otro sujeto mas el cual nos

iba cuidando, enseguida comenzamos a circular a bordo de la **** por un

lapso de 05 cinco minutos aproximadamente, y trascurrido ese tiempo, la

camioneta se detuvo, siendo en ese momento en que nos dijeron a mis

compañeros y a mi que en ese lugar nos iban a bajar, que no

intentáramos hacer alguna pendejada por que nos daban un balazo, por

lo que mis compañeros y yo obedecimos y nos bajamos de la ****,

comenzando a caminar entre matorrales y hierbas, siendo vigilados por

03 tres de esas personas del sexo masculino, los cuales al llegar a un

claro del monte con vegetación nos ordenaron que nos recostáramos en

al piso, en donde nos ataron de pies y manos, como también en donde

nos mantuvieron vigilados por algunos minutos, al paso de ese tiempo

esos sujetos nos dijeron que ellos ya se iban a retirar de ahí, pero que a

distancia del lugar nos estarían vigilando unas personas, que no nos

moviéramos de ahí hasta que transcurrieran 02 dos horas

aproximadamente, viendo que se retiraban esos sujetos, pero

permaneciendo nosotros atados y tirados en el piso de ese lugar, al paso

de algunos minutos comenzamos a levantar la cabeza para ver si alguno

de los sujetos se encontraba por ese sitio, pero como no se veía nadie

decidiendo comenzar a desatarnos las manos, por lo que desate a mi

sobrino ****, y una vez que se pudo desamarrar comenzó a ayudarme a

desatarme a mi y posteriormente a ****, y una vez que nos liberamos,

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decidiendo que pararan algunos minutos, alcanzando a escuchar que

estaban cortando madera cerca de ahí, dándonos cuenta que se trataba

de una persona quien se encontraba cortando leña, siendo a él a quien

le preguntamos como podíamos llegar a un lugar de donde pudiéramos

hacer una llamada telefónica, pero esa persona nos indico que

camináramos siguiendo un camino empedrado que se encontraba en

ese lugar, por lo que comenzamos a caminar como se nos había dicho,

lugar por donde paso una camioneta pick up, en color blanco, a quien le

pedimos un aventón y el conductor de la pick up, nos traslado hasta el

poblado de Zacoalco de Torres, Jalisco, en donde de un teléfono publico,

me comunique a la casa de mi cuñado de nombre **** quien es el

encargado de almacén de la empresa “********** Sociedad Anónima de

Capital Variable”, pero mi hermana **********me dijo que mi cuñado, es

decir su esposo, ya venia trasladándose a esta ciudad de Guadalajara,

ya que al parecer tenían conocimiento de lo que nos había ocurrido,

enseguida tomamos un transporte para trasladarnos hasta esta ciudad

de Guadalajara, y dirigirnos a la casa de uno de mis sobrinos el cual vive

por el rumbo de la colonia ****, por la calle ****, sin recordar el número, y

en donde al llegar, a dicho domicilio ya se encontraba el apoderado legal

de la empresa de nombre *********, quien nos informo que las unidades

de carga que nos habían sido robadas ya estaban localizadas y que

necesitábamos trasladarnos al lugar en donde se localizaban, lo cual así

hicimos, por lo que nos trasladamos cerca del lugar en donde nos

encontrábamos siendo la Avenida **** o carretera ****, casi en su cruce

con ****, en donde al llegar pude observar que efectivamente las

unidades de carga se encontraban detenidas en los carriles centrales de

la Carretera **** ó avenida ****, en donde se encontraba una patrulla de

la policía uniformada del Estado de Jalisco, los cuales habían detenido a

02 dos de los sujetos que abordaban en la unidad del tipo tracto camión,

de la marca ****, en color azul, por lo que al llegar con los uniformados el

apoderado legal de nombre *********, les indico a los policías que el

reconocía las unidades como propiedad del señor *****, y que no

reconocía a los sujetos que ellos tenían detenidos como empleados de la

empresa de transportes, ya que los chóferes y el custodio de esas

unidades le acompañábamos, es decir mis compañeros y yo, en ese

momento nos preguntaron los policías a mis compañeros ********** y a

mi, que si reconocíamos a los sujetos que se encontraban asegurados y

que ellos habían detenido, por lo que al ver detenidamente a dichos

sujetos, les indique a los uniformados que identificaba a esas personas

como a los sujetos que se subieron al tracto que traía mi cargo,

momentos después de que fui obligado a bajar por uno de los sujetos

que iba en la camioneta tipo **** en color negro, además de reconocer

mis compañeros y yo las unidades de carga que los elementos

policíacos habían logrado asegurar, siendo una de ellas la que yo traía a

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mi cargo y que me había sido robada al igual que la que traía mi cargo

mi compañero **********, al paso de algunos minutos en ese lugar se

hicieron presentes personas del sexo masculino, los cuales nos dijeron

se persona de esta Procuraduría General de Justicia para el Estado de

Jalisco, quienes nos cuestionaron respecto de los hechos antes

referidos, así como a los cuales nuevamente les indicábamos el

reconocer las unidades que nos habían sido robadas, y que reconocía a

los sujetos detenidos como a los que había visto subir a la unidad y que

tengo a mi cargo, siendo invitados por esas personas para comparecer

en el interior de estas oficinas. Por ultimo momentos ante de rendir mi

declaración en el interior de esta Agencia del Ministerio Público, se me

pusieron a la vista 02 dos personas del sexo masculino de los cuales se

me indico responden a los nombres de ******* sujetos a los cuales

reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como a las personas

las cuales fueron detenidos por los elementos de la Policía del Estado de

Jalisco, así como los sujetos a los cuales identifico como quienes vi que

abordaron la unidad a mi cargo después de que fui obligado a bajar de

él; por ultimo también momentos antes de rendir mi declaración tuve a la

vista sobre la calle 16 dieciséis de esta zona industrial, de esta ciudad,

las unidades: 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda,

modelo 2006 dos mil seis, color blanco, con negro, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, con numero de serie ****, con el

numero de motor ****; 2.- Semiremolque tipo plataforma de la marca ****,

modelo 2008 dos mil ocho, color azul, con placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas, con número de serie ****, abordo de esta un

contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico

****; 3.- Remolque auxiliador del tipo dolly, de la marca ****, color negro,

con número de serie ****; 4.- Semiremolque tipo plataforma, de la marca

****, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, color blanco, con

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el número de

serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda

****, con número económico ****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión,

5° quinta rueda, modelo 2003 dos mil tres, color azul, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie ****, con el

número de motor ****; 6.- Semiremolque tipo plataforma, de la marca

****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, color azul,

con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el número de

serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda

****, con número económico ****; 7.- remolque auxiliar del tipo dolly, de la

marca ****, color negro, con número de serie ****; 8- Semiremolque tipo

caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil novecientos noventa y

cuatro, color blanco, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, con el número de serie ****, mismas que identifico

plenamente y sin temor a equivocarme como las mismas unidades que

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nos fueron robadas a mi compañero **** y a mi sobre la autopista Ciudad

Guzmán ****, Jalisco; como también mencionar que dentro de este robo,

los sujetos que nos robaron me quitaron mis pertenencias personales,

siendo mi cartera en color negro, de piel, en la cual traía la cantidad de

$2,800.00 dos mil ochocientos pesos 00/100 moneda nacional, dinero en

efectivo el cual había juntado de varios pagos semanales que he ganado

por mi trabajo, mismo que no me es posible acreditar en este momento,

y el radio **** de la marca **** modelo i876, propiedad de la empresa en

la que laboro, mismo que se me informa que fue recuperado al momento

de la detención de las personas antes mencionadas ya que lo traían

entre sus pertenencias; por lo anterior formulo querella en contra de

quien o quienes resulten responsables del robo que sufrí…”(sic).

Narrativa la cual corresponde a una persona que tomo conocimiento de los

hechos por medio de sus sentidos y por lo cual cumple con lo establecido por el

ordinal 195 de Código Procesal Penal del Estado, y de la que se desprende que tiene

a su cargo el tracto camión de la marca ****, color azul, con placas de circulación ****

correspondientes al Estado de Zacatecas, y el cual se encuentra enganchado a tres

remolques, los cuales son una del tipo plataforma, en color azul, de la marca ****, con

las placas de circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, el cual

transportaba un contenedor de cuarenta pies, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****, y cual se encuentra cargado con 14,000 catorce mil

kilogramos de costales con chile seco; la unidad auxiliar del tipo dolly, de la marca

****, color negro, y el remolque tipo caja seca, de la marca ****, en color blanco, que

porta las placas de circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, mismo

que se encuentra cargado con 13,000 trece mil kilogramos, vehículos que son

propiedad de *************, y que el mencionado tracto camión cuenta con sistema de

rastreo satelital, que el producto ó mercancía es propiedad de la empresa

denominada “*******, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, empresa para

la cual labora desde hace aproximadamente 30 treinta años; siendo el caso que el

día 22 veintidós de Septiembre de 2012 dos mil doce, aproximadamente a las 11:00

onces horas, salió del puerto de Manzanillo, Colima, conduciendo las unidades de

carga antes mencionadas, al igual que su compañero de nombre ****, quien también

es chofer de la misma empresa en la que labora el deponente, y quien traía a su

cargo el tracto camión de la marca ****, en color blanco con negro, con placas de

circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, que traía enganchados los

remolque tipo plataforma, color azul, con sus respectivos acoplados y con carga

similar a la que trasportaba el sedicente, al igual que **********, quien también es

empleado de la misma empresa, quien se trasportaba a bordo del vehículo tipo ****,

de la marca ****, en color gris, realizando labores de custodia; circulando en convoy

*********y el declarante y a distancia circulaba ********* quien conducía el ****, iniciando

el recorrido con dirección a la ciudad de Guadalajara, ya que tenía como destino las

bodegas de la empresa ********, Sociedad Anónima de Capital Variable”, que se

localiza en carretera Panamericana kilómetro 1 uno, sin número, salida a Durango, en

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la ciudad de ****, Zacatecas, lugar en donde haría entrega de la mercancía que

transportaba, y que al encontrarse circulando sobre la autopista ****, siempre tuvo a la

vista a los vehículos que sus compañeros conducían, hasta que aproximadamente a

las 15:00 quince horas del 22 veintidós de septiembre del año en curso, momento en

el que se encontraba aproximadamente 200 doscientos metros después de donde se

está construyendo una nueva caseta de cobro de la mencionada autopista Ciudad

Guzmán-Guadalajara, misma que se encuentra a la altura del poblado de Sayula,

Jalisco, y a unos 25 veinticinco kilómetros antes de la caseta de cobro de Acatlán de

Juárez, con dirección a la ciudad de Guadalajara, cuando observo que se me

emparejo un vehículo tipo **** de modelo reciente, en color negro, el que circulaba a

la par del vehículo conducido por el declarante, circunstancia la cual se le hizo

extraña, percatándose en ese momento que en el asiento del copiloto iba una

persona del sexo masculino quien traía en sus manos una arma larga, quien vestía

ropa de color negro, al igual que en el asiento trasero del lado copiloto iba otra

persona del sexo masculino quien también vestía ropa en color negro y traía una

arma larga, los cuales le hicieron señas para que detuviera su circulación, pero

enseguida de forma inesperada la camioneta **** se atravesó en la circulación del

vehículo que guiaba, poniéndose por delante del tráiler que conducía, obligándole a

que detuviera la marcha de la unidad, y ya estando detenido el vehículo, advirtió que

de la camioneta ****, descendía la personas que iba en el asiento trasero de dicha

camioneta, quien se aproximó rápidamente al lado izquierdo del tráiler, pidiéndole al

deponente que bajara del camión y como no tuvo más opción y temiendo por lo que le

fuera a pasar, descendió del camión, siendo entonces en ese momento cuando

observo que de la camioneta ****, bajaron otras dos personas del sexo masculino,

siendo uno de ellos de una estatura baja y delgado y el otro sujeto era de tez clara,

personas quienes se subieron al vehículo de carga que conducía el declarante,

después el sujeto que traía el arma larga, le dijo que caminara hacia la camioneta ****

de color negro, la cual abordo, en donde lo acostaron en los asientos de la parte

trasera, momento en que advirtió que en el piso de ese vehículo, entre las bancas del

chofer y copiloto y la segunda banca, se encontraba acostado ******, viendo que se

encontraban a bordo del automotor dos sujetos del sexo masculino, siendo uno de

ellos quien estaba al volante de la **** y el otro estaba sentado en el asiento del

copiloto, sujetos los que loa amedrentaban para que no se moviera, por lo que este

vehículo comenzó a circular, escuchando que se comunicaban con alguna persona

por un radio **** y decían que iban por el otro vehículo, y aproximadamente 10 diez

minutos después dicha camioneta se detuvo, advirtiendo que subieron también a esta

camioneta a *******, a quien le dijeron que se acostara en la banca de los asientos

traseros y también se subió otro sujeto más el cual los iba cuidando, continuando su

trayecto por otros 05 cinco minutos aproximadamente, y trascurrido ese tiempo, la

camioneta se detuvo, siendo en ese momento en que hicieron descender del

automotor al deponente y a sus compañeros, internándolos en la maleza del lugar, en

donde los amarraron de pies y manos, diciéndoles que no se movieran de ese lugar

durante la próximas dos horas, retirándose del lugar su captores, y momento después

el deponente y sus compañeros pudieron desatarse trasladándose a la población de

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Zacoalco, Jalisco, en donde dieron aviso de lo ocurrido a personal de la empresa en

la que laboran para después trasladarse a la ciudad de Guadalajara, Jalisco al

domicilio de un familiar, lugar en donde los esperaba el apoderado de la empresa

agraviada y quien les informo que los vehículos afecto al hurto habían sido

recuperados, haciéndose presentes en el lugar en que fueron recuperados los mismo,

en donde reconoció sin temor a equivocarse a las personas que se encontraban

retenidas, como quienes, abordaron el vehículo que manejaba, después de haber sido

desapoderado del mismo. De ahí que esta narrativa adquiera valor probatorio

indiciario de conformidad con lo enunciado por el ordinal 265 del Enjuiciamiento Penal

del Estado.

n). La narrativa que vierte *******, quien señalo:

“…Que me encuentro en el interior de esta Agencia del Ministerio

Público, con la finalidad de declarar en relación del robo de las unidades:

1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, modelo 2003

dos mil tres, color azul, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, con número de serie ****, con el número de motor ****,

enganchados a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, de la

marca ****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho,

color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el

número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la

leyenda ****, con número económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del

tipo dolly, de la marca ****, color negro, con número de serie ****; 4-

Semiremolque tipo caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil

novecientos noventa y cuatro, color blanco, con placas de circulación ****

del Estado de Zacatecas, con el número de serie ****, mismas unidades

las cuales se encontraban cargadas con producto del tipo chile seco, con

un peso aproximado de 27,000 veintisiete mil kilogramos, todas estas a

cargo de mi compañero de trabajo de nombre ********; como también del

robo de la unidad: 5.- De la marca ****, tipo sedan, color gris, modelo

2012 dos mil doce, con placas de circulación **** del Estado de Jalisco,

con número de serie ****, con número de motor ****, misma que se

encontraba a cargo de la persona de nombre ******* con la cual realizaba

la custodia de todas nuestras unidades de carga; mientras que las

unidades: 6.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda,

modelo 2006 dos mil seis, color blanco, con negro, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, con numero de serie ****, con el

numero de motor ****, enganchados a esta las unidades: 7.-

Semiremolque tipo plana, de la marca ****, modelo 2008 dos mil ocho,

color azul, con blanco, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, con número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en

color rojo, con la leyenda ****, con número económico ****; así como la

unidad: 8.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****, color negro, con

número de serie ****.- Semiremolque tipo plana, de la marca ****, modelo

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1993 mil novecientos noventa y tres, color azul, con blanco, con placas

de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el número de serie ****,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****, mismas unidades las cuales se encontraban

cargadas con producto del tipo chile seco, con un peso aproximado de

31,000 treinta y un mil kilogramos, todas estas las cuales se encontraban

a mi cargo, y de las cuales las todas y cada una de las unidades de

carga mencionadas, resultan ser propiedad del señor *******, mientras

que el automotor de la marca ****, tipo sedan, color gris, modelo 2012

dos mil doce, con placas de circulación **** del Estado de Jalisco, con

número de serie ****, con número de motor ****, así como el producto

que se transportaba resultan ser propiedad de la empresa llamada

“*********”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; por lo que

además, quiero decir que yo trabajo para el señor ***********, así como

para la empresa llamada **********”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL

VARIABLE, esto desde hace aproximadamente 01 un año, en donde

tengo el cargo de operador de unidades de carga, siendo para este caso,

que el día 22 veintidós del mes de septiembre del año 2012 dos mil

doce, me encontraba en la ciudad del Puerto de Manzanillo, Colima,

estando conmigo en esa ciudad mi compañero *********, ya que cada uno

de nosotros realizaría el flete de producto del tipo chile seco, en las

unidades antes referidas y que teníamos a nuestro cargo, lugar en donde

esperábamos la llegada de nuestro compañero de trabajo de nombre

******, quien nos custodiaría en la unidad del tipo sedan, ****, color gris,

antes mencionada, hasta la ciudad de ****, Zacatecas, por lo que al

llegar nuestro compañero a dicha ciudad, pero al ser aproximadamente

las 11:00 once horas, procedimos en iniciar nuestro viaje a la ciudad de

****, Zacatecas, en donde al salir de la ciudad de Manzanillo, Colima,

comenzamos a circular por la autopista ****, circulando yo en la parte

delantera de nuestro convoy, mientras que **********, abordo de su

unidad tomaba diferentes posiciones para no darse a notar como

custodia, esto es que tomaba la punta del convoy, como la parte de la

cola, pero dicho recorrido lo realizamos sin ninguna novedad hasta que

al ser aproximadamente como las 15:00 quince horas, sobre la autopista

Ciudad Guzmán – ****, casi 200 doscientos metros después de pasar la

caseta de peaje que se esta construyendo, a la altura de Sayula, Jalisco,

tuve a la vista 02 dos unidades vehiculares, color negro, una de ellas del

tipo ****, mientras la otra era del tipo ****, en color negro, pero parados a

un lado de esas unidades sobre la carretera también logre ver a 03 tres

personas del sexo masculino, vestidos con ropas en color negro, por lo

que al pasar junto a ellos esas personas me siguieron con su mirada,

pero yo no les tome importancia continuando con nuestra circulación,

pero en esos momentos mi compañero ********, me **** a mi radio de

comunicaciones del tipo ****, preguntando si había visto a los sujetos

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vestidos de color negro, junto a las camionetas también de color negro,

contestándole que si los había mirado, además, de preguntarme que si

todo estaba bien, a lo cual yo respondí que si, continuando con mi

recorrido, pero viendo que ***********, me rebasaba y circulaba delante

de mi, tomando una buena distancia, pero en ese momento comencé a

espejear por mis retrovisores para ver las unidades de mi compañero

******* sin lograr percatarme que pasaba con mi compañero *********, ya

que al encontrarme circulando me percate que la unidad del tipo **** ****,

color gris, en que viajaba mi compañero se encontraba detenida metros

delante y sobre el acotamiento, por lo que al pasar con mi unidad y no

verlo pensé que había bajado de su carro para hacer alguna necesidad,

continuando con mi circulación, comenzando a marcarle a su radio para

ver que había pasado, pero nunca me contesto, esperando que nos

diera alcance, por lo que continué viendo con mis retrovisores las

unidades de mi compañero *********, viendo que delante de él se detenía

una unidad de color negro, al parecer la camioneta del tipo ****, que

minutos antes habidos visto estacionada con los 03 tres sujetos, viendo

como al frenar su unidad levantaba una nube de humo con sus llantas,

pero como yo estaba circulando vi que a mi lado izquierdo tenia

circulando otra camioneta en color negro del tipo ****, viendo que el

sujeto que viajaba como copiloto me apuntaba con una arma larga,

además, de hacerme señas para que detuviera mi circulación, lo cual así

hice por temor a que me pudiera dar un balazo, siendo en ese momento

en el cual al detenerme, vi que 02 dos sujetos del sexo masculino

descendieron de la ****, con sus armas y me apuntaron amenazándome

para que bajara de mi unidad, lo cual así hice, pero al bajar me

ordenaron que subiera a su camioneta en donde me recostaron en el

asiento central de la camioneta, viendo a un sujeto que manejaba esta

unidad como los 02 dos sujetos que me habían amagado, pero sin

percatarme que había pasado con mi unidad, como con mis

compañeros, comenzado a circular en esa camioneta solo algunos

metros a poca velocidad, en donde nuevamente esa camioneta se

detuvo, y al detenerse los sujetos de las armas me ordenan que me baje

de la camioneta ****, y que caminara hacia adelante en donde logre ver

la otra camioneta de color negro, de la marca ****, en donde abrieron sus

putas traseras y me hicieron subir a sui interior, en donde me hicieron

que me recostara en el piso de la parte trasera, comenzando a circular la

camioneta y en donde uno de los sujetos de esa camioneta me

amenazaba para que no intentara nada, dándome cuenta que mis

compañeros se encontraban abordo de esa camioneta, al paso solo de

algunos minutos la **** se detuvo, y esos sujetos nos ordenaron que

bajáramos de la camioneta, lo cual yo hice por temor a que me pasara

algo, pero al bajar de la unidad me di cuenta que efectivamente como lo

había pensado mis compañeros también iban en esa camioneta, ya que

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los vi bajar de su interior, siendo juntados los 03 tres, ordenándonos que

comenzáramos a caminar con dirección a lo despoblado o hacia el

monte, obedeciéndolo, por lo que comenzamos a caminar hacia el

momento, siendo vigilados por 03 tres de esas personas del sexo

masculino, con sus armas, los cuales al llegar a una parte de monte con

vegetación nos ordenaron que nos recostáramos en el piso, en donde

nos ataron de pies y manos, como también en donde nos mantuvieron

vigilados por unos minutos, para que al paso de ese tiempo esos sujetos

nos dijeron que ellos ya se retiraban, pero que abría gente de ellos

vigilándonos, que permaneciéramos en ese lugar por un tiempo

aproximado de 02 dos horas, viendo que esos sujetos se iban, pero

permaneciendo nosotros atados y tirados al piso, al paso solo de algunos

minutos comenzamos a levantar la cabeza para ver si aun se

encontraban por el lugar esos sujetos, pero como no se veían decidimos

comenzar a desatarnos, siendo para este caso que mi compañero

*********, con sus dientes comenzó en desatar las manos y pies de mi

compañero, el cual al encontrarse libre nos desato a nosotros, al

terminar de liberarnos comenzamos a escuchar que estaban alguien

cortaba leña por ese sitio, decidiendo ver si podíamos pedirle ayuda,

dándonos cuenta que se trataba de una persona del sexo masculino el

cual estaba cortando leña, a quien al preguntarle como podíamos llegar

a un pueblo en donde halláramos un teléfono para poder comunicarnos,

esa persona nos indico que camináramos un poco más adelante y nos

encontraríamos con un camino de empedrado, el cual deberíamos seguir

hacia el ****, enterados de esto comenzamos a t**** ese camino, pero al

encontrarnos caminando paso una camioneta pick up, en color blanco,

siendo su chofer quien nos dio un aventó hasta el poblado de Zacoalco

de Torres, Jalisco, en donde mi compañero ********** se comunico a la

casa ******* con su padre de este de nombre **** ****, pero le infamaron

que ya venia a esta ciudad de Guadalajara, al terminar esa llamada solo

tomamos un transporte para trasladarnos hasta esta ciudad de

Guadalajara, y dirigirnos a la casa de uno de sus sobrinos el cual vive

por el rumbo de la colonia ****, por la calle ****, sin recordar el número,

lugar en donde al llegar ya se encontraba en ese sitio el apoderado legal

de la empresa de nombre ********* quien nos informo que las unidades

de carga que nos habían sido robadas ya estaban localizadas y que se

necesitába que nosotros nos trasladáramos al lugar en donde se

localizaban, lo cual así hicimos, siendo en la Avenida **** o carretera

****, casi en su cruce con ****, lugar en donde al encontrarnos me di

cuenta que efectivamente las unidades de carga que nos habian sido

robadas se encontraban detenidas en los carriles centrales de la

Carretera ****, en donde se encontraba una patrulla de la policía

uniformada del Estado de Jalisco, los cuales habían detenido a los

ocupantes de la unidad de mi compañero *******, por lo que al llegar con

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los uniformados el apoderado legal de nombre *******, les indico a los

policías que el reconocía las unidades como propiedad de nuestro patrón

**********, y que el no reconocía a los sujetos que ellos tenían detenidos

como empleados de la empresa de transportes, ya que los chóferes y el

custodio de esas unidades le acompañábamos, en ese momento les

preguntaron a mis compañeros *******, que si ellos reconocían a los

sujetos que ellos habían detenido, escuchando que mi compañero ******,

les decían a los uniformados que si que el reconocía a esas personas

como a los sujetos que él había visto subir a su unidad en el momento

del robo, además, que todos nosotros reconocimos las unidades que los

elementos policíacos habían logrado asegurar las cuales eran las que

nos habían sido robadas, al paso de algunos minutos en ese lugar se

hicieron presentes unas personas del sexo masculino, las cuales nos

dijeron ser personal de la Procuraduría General de Justicia para el

Estado de Jalisco, los cuales nos cuestionaron respecto de los hechos

antes referidos, así como a los cuales nuevamente les indicábamos el

reconocer las unidades que nos habían sido robadas, y que mis

compañeros reconocían a los sujetos detenidos como a los que ellos

habían visto subir a la unidad de color azul, de la marca ****, siendo

invitados por esas personas para comparecer en el interior de estas

oficinas. Una vez realizado lo anterior pero momentos antes de rendir mi

declaración en el interior de esta Agencia del Ministerio Público, su

personal me puso a la vista a 02 dos personas del sexo masculino,

siendo informado que dichos sujetos responden a los nombres de

***********, sujetos a los cuales en este no reconozco como a alguno de

los sujetos que me robaron mis unidades de carga, pero sujetos a los

cuales si reconozco e identifico plenamente sin temor a equivocarme

como a los mismos que tuve a la vista sobre la Avenida ****, casi en su

cruce con ****, colonia ****, municipio de Zapopan, Jalisco, personas las

anteriores las cuales fueron desteñidos por elementos de la policía del

Estado de Jalisco, abordo de las unidades que le habían sido robadas a

mi compañero de nombre *********, mismo que al tenerlos a la vista dijo

reconocerles como a las personas que el miro abordaban su unidad en el

momento del robo, identificándolos plenamente; como también

momentos antes de rendir mi declaración tuve a la vista sobre la calle 16

dieciséis de esta zona industrial, las unidades: 1.- De la marca ****, tipo

tracto camión, 5° quinta rueda, modelo 2006 dos mil seis, color blanco,

con negro, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con

numero de serie ****, con el numero de motor ****; 2.- Semiremolque tipo

plana, de la marca ****, modelo 2008 dos mil ocho, color azul, con

blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con

número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la

leyenda ****, con número económico ****; 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de

la marca ****, color negro, con número de serie ****; 4.- Semiremolque

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tipo plana, de la marca ****, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres,

color azul, con blanco, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, con el número de serie ****, abordo de esta un contenedor,

en color rojo, con la leyenda ****, con número económico ****; las cuales

reconocí plenamente y sin temor a equivocarme como las unidades que

me fueron robadas; mientras que las unidades: 5.- De la marca ****, tipo

tracto camión, 5° quinta rueda, modelo 2003 dos mil tres, color azul, con

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie

****, con el número de motor ****; 6.- Semiremolque tipo plana, de la

marca ****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho,

color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el

número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la

leyenda ****, con número económico ****; 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de

la marca ****, color negro, con número de serie ****; 8- Semiremolque

tipo caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil novecientos noventa y

cuatro, color blanco, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, con el número de serie ****, las identifique plenamente y sin

temor a equivocarme como las mismas que le fueron robadas a mi

compañero ************, sobre la autopista Ciudad Guzmán ****, Jalisco;

además, de mencionar en el momento del robo, los sujetos que nos

vigilaron me robaron mi cartera, color guinda, dentro de la cual traía la

cantidad de $3,800.00 tres mil ochocientos pesos 00/100 moneda

nacional, de los cuales la cantidad de $1,500.00 mil quinientos pesos

00/100 moneda nacional, eran parte de los viáticos para el viaje, dinero

en efectivo el cual no cuento con documento idóneo con el cual

acreditarlo, como también mi credencial de elector y mi licencia de

manejo estatal del Estado de Jalisco…”(sic).

Narrativa la cual corresponde a una persona que tomo conocimiento de los

hechos por medio de sus sentidos y por lo cual cumple con lo establecido por el

ordinal 195 de Código Procesal Penal del Estado, y de la que se desprende que el día

22 veintidós de septiembre de 2012 dos mil doce, se encontraba en la ciudad del

Puerto de Manzanillo, Colima, acompañado de *********, ya que cada uno de ellos

realizaría el flete de producto del tipo chile seco, en las unidades propiedad del

ofendido, lugar en donde esperaban la llegada de **********, quien realizaría labores

de custodiaría en una unidad del tipo sedán, ****, color gris, hasta la ciudad de ****,

Zacatecas, por lo que al llegar **** a dicha ciudad, aproximadamente a las 11:00 once

horas, procedieron en iniciar el viaje a la ciudad de ****, Zacatecas, por lo que

comenzaron a circular por la autopista ****, circulando el deponente en la parte

delantera del convoy, mientras que ***** abordo de su unidad tomaba diferentes

posiciones para no darse a notar como custodia, esto es que tomaba la punta del

convoy, como la parte de la cola, dicho recorrido se realizó sin ninguna novedad hasta

que al ser aproximadamente las 15:00 quince horas, sobre la autopista **** de Juárez,

casi 200 doscientos metros después de pasar la caseta de peaje que se está

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construyendo, a la altura de Sayula, Jalisco, tuvo a la vista 02 dos unidades

vehiculares, color negro, una de ellas del tipo ****, mientras la otra era del tipo ****, en

color negro, pero parados a un lado de esas unidades sobre la carretera también

logro ver a 03 tres personas del sexo masculino, vestidos con ropas en color negro,

por lo que al pasar junto a ellos esas personas lo siguieron con su mirada, a lo que el

deponente no tomo importancia continuando con su circulación, pero en esos

momentos su compañero ******* ****, le llamo vía radio, preguntando si había visto a

los sujetos vestidos de color negro, junto a las camionetas también de color negro,

contestándole que si los había observado, además, de preguntarle que si todo estaba

bien, a lo cual le respondí que sí, continuando con su recorrido, pero viendo que

******, lo rebasaba y circulaba delante del de la voz, tomando una buena distancia,

pero en ese momento comenzó a ver por sus espejos retrovisores para ver las

unidades de su compañero **********, sin lograr percatarme que pasaba con su

compañero ********* ya que al encontrase circulando se percató que la unidad del tipo

**** ****, color gris, en que viajaba su compañero se encontraba detenida metros

delante y sobre el acotamiento, por lo que al pasar con la unidad que tripulaba y no

verlo pensó que había bajado de su carro para hacer alguna necesidad, continuando

con su circulación, comenzando a marcarle a su radio para ver qué había pasado sin

obtener respuesta, esperando que les diera alcance, por lo que continuo viendo con

sus retrovisores las unidades de su compañero **********, viendo que delante de él se

detenía una unidad de color negro, al parecer la camioneta del tipo ****, que minutos

antes habidos visto estacionada con los 03 tres sujetos, viendo como al frenar su

unidad levantaba una nube de humo con sus llantas, advirtiendo el deponente que su

lado izquierdo tenia circulando otra camioneta en color negro del tipo ****, viendo que

el sujeto que viajaba como copiloto le apuntaba con una arma larga, además, de

hacerle señas para que detuviera su circulación, lo cual así hizo por temor a que le

disparan, siendo en ese momento en el cual al detenerse, vio que 02 dos sujetos del

sexo masculino descendieron de la camioneta ****, con sus armas y le apuntaron

amenazándolo para que bajara de su unidad, lo realizo, pero al bajar le ordenaron que

subiera a su camioneta en donde lo recostaron en el asiento central de la camioneta,

viendo a un sujeto que manejaba esta unidad como los 02 dos sujetos que lo habían

amagado, pero sin percatarse que había pasado con la unidad que manejaba, como

con sus compañeros, comenzado a circular en esa camioneta solo algunos metros a

poca velocidad, en donde nuevamente esa camioneta se detuvo, y al detenerse los

sujetos de las armas le ordenan que bajara de la camioneta ****, y que caminara

hacia adelante en donde logro ver la otra camioneta de color negro, de la marca ****,

en donde abrieron sus puertas traseras y lo obligaron a subir, en donde lo recostaron

en el piso de la parte trasera, comenzando a circular la camioneta y en donde uno de

los sujetos de esa camioneta lo amenazaba para que no intentara nada, dándose

cuenta que sus compañeros se encontraban a bordo de esa camioneta, al paso solo

de algunos minutos la **** se detuvo, y esos sujetos les ordenaron que bajaran de la

camioneta, lo cual hizo por temor a que me pasara algo, pero al bajar de la unidad me

dio cuenta que efectivamente como lo había pensado sus compañeros también iban

en esa camioneta, ya que los vio bajar de su interior, siendo reunidos los 03 tres,

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ordenándoles que comenzaran a caminar con dirección a lo despoblado o hacia el

monte, en donde los amarraron de pies y manos, diciéndoles que no se movieran de

ese lugar durante la próximas dos horas, retirándose del lugar su captores, y

momento después el deponente y sus compañeros pudieron desatarse trasladándose

a la población de Zacoalco, Jalisco, en donde dieron aviso de lo ocurrido a personal

de la empresa en la que laboran para después trasladarse a la ciudad de

Guadalajara, Jalisco al domicilio de un familiar de sus compañeros, lugar en donde los

esperaba el apoderado de la empresa agraviada y quien les informo que los vehículos

afecto al hurto habían sido recuperados, haciéndose presentes en el lugar en que

fueron recuperados los mismo, en donde ************, reconoció sin temor a

equivocarse a las personas que se encontraban retenidas, como quienes, abordaron

el vehículo que manejaba este, después de haber sido desapoderado del mismo. De

ahí que esta narrativa adquiera valor probatorio indiciario de conformidad con lo

enunciado por el ordinal 265 del Enjuiciamiento Penal del Estado.

o). Lo depuesto por **********, quien señalo que.

“…Que me encuentro en el interior de esta Agencia del Ministerio

Público, con la finalidad de denunciar el robo de las unidades: 1.- De la

marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, modelo 2006 dos mil seis,

color blanco, con negro, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, con numero de serie ****, con el numero de motor ****,

enganchados a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, de la

marca ****, modelo 2008 dos mil ocho, color azul, con blanco, con placas

de circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie ****,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; así como la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly,

de la marca ****, color negro, con número de serie ****; 4.- Semiremolque

tipo plana, de la marca ****, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres,

color azul, con blanco, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, con el número de serie ****, abordo de esta un contenedor,

en color rojo, con la leyenda ****, con número económico ****, mismas

unidades las cuales se encontraban cargadas con producto del tipo chile

seco, con un peso aproximado de 31,000 treinta y un mil kilogramos,

todas estas a cargo del operador de nombre ************; así como las

unidades: 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda,

modelo 2003 dos mil tres, color azul, con placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas, con número de serie ****, con el número de motor

****, enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana, de

la marca ****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho,

color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el

número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la

leyenda ****, con número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del

tipo dolly, de la marca ****, color negro, con número de serie ****; 8-

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Semiremolque tipo caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil

novecientos noventa y cuatro, color blanco, con placas de circulación ****

del Estado de Zacatecas, con el número de serie ****, mismas unidades

las cuales se encontraban cargadas con producto del tipo chile seco, con

un peso aproximado de 27,000 veintisiete mil kilogramos, todas estas a

cargo del operador de nombre ********, unidades las anteriores las cuales

resultan ser propiedad de mi patrón ***********; y por ultimo la unidad que

yo tenia a mi cargo, siendo el automotor de la marca ****, tipo sedan,

color gris, modelo 2012 dos mil doce, con placas de circulación **** del

Estado de Jalisco, con número de serie ****, con número de motor ****,

con la cual yo realizaba la custodia de las unidades anteriormente

referidas, misma que resulta ser propiedad de la empresa llamada

“**********”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, al igual que

el producto que transportábamos; mencionado además, que trabajo para

el señor ***********, así como para la empresa llamada **********”,

SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, esto desde hace

aproximadamente 04 cuatro años, en donde realizo labores de compra

venta de producto, pero que en esta ocasión me indicaron que haría

labores de custodia y vigilancia de las unidades de carga, por lo que me

permito mencionar a esta autoridad que el día viernes 21 veintiuno del

mes de septiembre del año 2012 dos mil doce, mi patrón de nombre

*********, me ordeno que me trasladara al Puerto de Manzanillo, abordo

de la unidad antes referida, esto con el propósito que escoltara y

estuviera al pendiente de las unidades de carga que tenían a cargo mis

compañeros *********misma que ya mencione con anterioridad, por lo que

al ser las 23:00 veintitrés horas del día 21 veintiuno del mes de

septiembre del año 2012 dos mil doce, salí de la ciudad de ****,

Zacatecas, para trasladarme al Puerto de Manzanillo, al cual llegue

aproximadamente como a las 08:00 ocho horas, siendo en dicho lugar en

donde al llegar me puse en contacto con mis compañeros ********* los

cuales se encontraban en la pensión de la naviera conocidos como ****,

en donde al encontrarnos nos pusimos de acuerdo en la hora en que

iniciaríamos nuestro viaje a la ciudad de ****, Zacatecas, por lo que al ser

aproximadamente las 11:00 once horas, salimos del interior de la

pensión antes referida, iniciando nuestro recorrido, por lo que al salir de

la ciudad de Manzanillo, Colima, tomamos la autopista ****, por lo que yo

circulaba a una distancia prudente en que tuviera a la vista las unidades

de mis compañeros, esto es a unos 200 doscientos a 500 quinientos

metros, esto lo hacia adelante de las unidades o detrás de ellas,

dependiendo la velocidad con que circulábamos, lo cual realizaba para

que se no notara que yo era parte del convoy de mis compañeros,

circulando sin ninguna novedad, hasta que al ser aproximadamente

como las 15:00 quince horas, sobre la autopista en el Tramo Ciudad

Guzmán – ****, esto casi 200 doscientos metros después de pasar la

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caseta de peaje que se esta construyendo a la altura de Sayula, Jalisco,

fue que tuve a la vista 02 dos unidades en color negro, una de ellas del

tipo ****, con 04 cuatro puertas, mientras que la otra era del tipo ****, de

04 cuatro puertas, en donde a un costado de estas unidades, pero sobre

la carretera se encontraban 03 tres personas del sexo masculino,

vestidos con ropas en color negro, momento en el cual acababa de

rebasar las unidades de mis compañeros, pero pasando frente a dichos

sujetos, mismos que al pasar frente a ellos abordo de mi unidad de

cargo, ellos voltearon su mirada para verme, al pasar a dichos sujetos

tome mi radio de comunicaciones del tipo ****, y me comunique por

medio de esa frecuencia con *******, a quien le pregunte si el había visto

a los sujetos de las camionetas negras, contestándome que si, además,

de preguntarle que si todo estaba bien, contestándome que si, al termino

de esa llamada me comunique con mi compañero ***********, a quien le

pregunte si todo estaba bien, contestándome que si, por lo que

continuamos todos con nuestra circulación, pero al paso de haber

circulado 05 cinco kilómetros, después de la caseta en construcción

antes referida en Sayula, Jalisco, y unos 30 treinta kilómetros antes de la

población de ****, Jalisco, fue que mire que una de las camionetas que

había visto minutos antes, siendo la camioneta del tipo ****, en color

negro, se me emparejaron a mi costado izquierdo, siendo el copiloto que

viajaba del lado derecho, en el asiento delantero, el cual traía su vidrio

abajo, que saco su mano y me apunto con una pistola, gritándome

“PARATE HIJO DE LA CHINGADA”, momento en el cual esa camioneta

se atravesó a mi circulación y me obligo a que detuviera mi marcha, por

lo que yo hice alto total, siendo en ese momento que vi que de esa

camioneta descendían 03 tres de sus ocupantes, estos del sexo

masculino, los cuales vestían de negro, siendo el sujeto que viajaba en la

parte delantera del lado del copiloto, así como 02 dos sujetos del sexo

masculino, los cuales viajaban en el asiento trasero de esa camioneta,

mismos que al bajar de su unidad traían en sus manos armas largas, sin

saber de que tipo, ya que desconozco de ellas, con las cuales al bajar de

sus unidades me apuntaron y me ordenaron que no me moviera, que no

opusiera resistencia, por lo que les obedecí, al llegar a mi puerta solo me

ordenaron que bajara de mi unidad y que me subiera a su camioneta

obedeciéndoles comenzando a caminar hacia esa camioneta,

abriéndome la puerta trasera del lado del copiloto, en donde me hicieron

que me recostara en el piso entre los asientos delanteros y el segundo

de los asientos traseros, ya abordo de esa unidad no supe que había

pasado con mi carro de cargo, ni con mis compañeros, comenzando a

sentir que la camioneta en la que me habían subido comenzaba a

circular, pero al haber circulado solo algunos 02 dos kilómetros, la

camioneta se detuvo escuchando que abrían las puertas traseras del

lado del copiloto, viendo que esos sujetos subían a la camioneta en que

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viajaba yo, a mi compañero de nombre ************, al cual acostaron

sobre el segundo asiento de esa camioneta, comenzando a circular

nuevamente por aproximadamente 500 quinientos metros, en donde al

detenerse nuevamente escuche que subían a mi compañero de nombre

*********, al cual escuche subieron en la parte trasera de esa camioneta,

esto lo se porque escuche cuando lo recostaban y le ordenaban que no

se moviera y que no hiciera nada por que lo ****rían, además, de

escuchar cuando cerraban las puertas traseras de esa camioneta,

comenzando a circular, pero al paso de aproximadamente como 10 diez

minutos, esa camioneta nuevamente se detuvo siendo en ese lugar en

donde los sujetos que nos vigilaban nos ordenaron que bajáramos de la

camioneta y que comenzáramos a caminar con dirección a lo

despoblado, por lo que mis compañeros y yo obedecimos y bajamos de

la unidad, comenzando a caminar a lo despoblado de la autopista,

siendo vigilados por 03 tres de esas personas del sexo masculino, los

cuales al llegar a una parte de monte con vegetación nos ordenaron que

nos recostáramos en al piso, en donde nos ataron de pies y manos,

como también en donde nos mantuvieron vigilados por unos minutos,

para que al paso de ese tiempo esos sujetos nos dijeron que ellos ya se

retiraban, pero que abría gente de ellos vigilándonos, que no nos

moviéramos por un tiempo de 02 dos horas, viendo que se retiraban

esos sujetos, pero permaneciendo nosotros atados y tirados al piso en

ese lugar, por unos minutos comenzamos a levantar la cabeza para ver

si aun se encontraban dichos sujetos por ese sitio, pero como no se

veían decidimos comenzar a desatarnos, siendo para este caso que mi

compañero ***********, con sus dientes comenzó a ayudarme a desatar

mis ataduras, lo cual logramos después de varios minutos, en donde una

vez que logre encontrarme liberado de mis manos y pies, procedí en

liberar a mis 02 dos compañeros, al paso de algunos minutos

comenzamos a escuchar que estaban cortando madera, por lo que

decidimos ver de que se trataba, dándonos cuenta que se trataba de una

persona del sexo masculino el cual estaba cortando madera, persona a

la cual le preguntamos como podíamos llegar a un pueblo en donde

poder llamar por teléfono, pero esa persona nos indico que camináramos

un poco más adelante y nos encontraríamos con un camino de

empedrado, por el cual deberíamos caminar hacia el ****, enterados de

esto solo nos dirigimos a dicho camino, por el cual comenzamos a

caminar como se nos había indicado, en donde al llegar a ese camino y

comenzar a caminar como se nos había dicho, paso una camioneta pick

up, en color blanco, siendo su chofer el cual al pedirle un aventón para

que nos llevara al poblado más próximo, llegando al poblado de

Zacoalco de Torres, Jalisco, en donde mi compañero ********, se

comunico a mi casa para hablar con mi padre, pero en esa llamada le

informaron que mi padre **** ****, ya venia a esta ciudad de Guadalajara,

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al terminar esa llamada solo tomamos un transporte para trasladarnos

hasta esta ciudad de Guadalajara, y dirigirnos a la casa de uno de mis

primos el cual vive por el rumbo de la colonia ****, por la calle ****, sin

recordar el número, lugar al cual llegamos y en donde al llegar ya se

encontraba en ese lugar el apoderado legal de la empresa de nombre

***********, quien nos informo que las unidades de carga que nos habían

sido robadas ya estaban localizadas y que necesitábamos trasladarnos

al lugar en donde se localizaban, lo cual así hicimos, por lo que nos

trasladamos cerca del lugar en donde nos encontrábamos siendo la

Avenida **** o carretera ****, casi en su cruce con ****, lugar en donde al

encontrarnos me di cuenta que efectivamente las unidades de carga se

encontraban detenidas en los carriles centrales de la Carretera ****, en

donde se encontraba una patrulla de la policía uniformada del Estado de

Jalisco, los cuales habían detenido a 02 dos de los sujetos que

abordaban en la unidad del tipo tracto camión, de la marca ****, en color

azul, por lo que al llegar con los uniformados el apoderado legal de

nombre **********, les indico a los policías que el reconocía las unidades

como propiedad de nuestro *************, y que el no reconocía a los

sujetos que ellos tenían detenidos como empleados de la empresa de

transportes, ya que los chóferes y el custodio de esas unidades le

acompañábamos, en ese momento les preguntaron a mis compañeros

**************, que si ellos reconocían a los sujetos que ellos habían

detenido, escuchando que mis compañeros antes referidos les decían a

los uniformados que si que ellos reconocían a esas personas como a los

sujetos que había manejado la unidad de color azul, de la marca ****,

además, de reconocer todos nosotros las unidades que los elementos

policíacos habían logrado asegurar eran las que nos habían sido

robadas, al paso de algunos minutos en ese lugar se hicieron presentes

personas del sexo masculino, los cuales nos dijeron se persona de esta

Procuraduría General de Justicia para el Estado de Jalisco, los cuales

nos cuestionaron respecto de los hechos antes referidos, así como a los

cuales nuevamente les indicábamos el reconocer las unidades que nos

habían sido robadas, y que mis compañeros reconocían a los sujetos

detenidos como a los que ellos habían visto subir a la unidad de color

azul, de la marca ****, siendo invitados por esas personas para

comparecer en el interior de estas oficinas. Por ultimo momentos ante de

rendir mi declaración en el interior de esta Agencia del Ministerio Público,

se me pusieron a la vista 02 dos personas del sexo masculino de los

cuales se me indico responden a los nombres de ******** sujetos a los

cuales reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como a las

personas las cuales fueron detenido por a los elementos de la Policía del

Estado de Jalisco, así como los sujetos a los cuales mis compañeros

reconocieron como a los sujetos que vieron abordar la unidad de la

marca ****, en color azul; por ultimo también momentos antes de rendir

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mi declaración tuve a la vista sobre la calle 16 dieciséis de esta zona

industrial, las unidades: 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta

rueda, modelo 2006 dos mil seis, color blanco, con negro, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, con numero de serie ****, con el

numero de motor ****; 2.- Semiremolque tipo plana, de la marca ****,

modelo 2008 dos mil ocho, color azul, con blanco, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie ****,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****,

color negro, con número de serie ****; 4.- Semiremolque tipo plana, de la

marca ****, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, color azul, con

blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el

número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la

leyenda ****, con número económico ****; 5.- De la marca ****, tipo tracto

camión, 5° quinta rueda, modelo 2003 dos mil tres, color azul, con placas

de circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie ****,

con el número de motor ****; 6.- Semiremolque tipo plana, de la marca

****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, color azul,

con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el número de

serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda

****, con número económico ****; 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la

marca ****, color negro, con número de serie ****; 8- Semiremolque tipo

caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil novecientos noventa y

cuatro, color blanco, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, con el número de serie ****, mismas que identifico

plenamente y sin temor a equivocarme como las mismas unidades que

nos fueron robadas sobre la autopista Ciudad Guzmán ****, Jalisco;

como también mencionar que dentro de este robo, los sujetos que nos

robaron me quitaron mis pertenencias personales, siendo: mi cartera en

color negro, de piel, en la cual traía mi licencia de manejo Estatal de

Zacatecas, así como la cantidad de $1,300.00 mil trescientos pesos

00/100 moneda nacional, dinero en efectivo el cual había juntado de

varios pagos semanales que he ganado por mi trabajo, mismo que no

me es posible acreditar en este momento…”(sic).

Narrativa la cual corresponde a una persona que tomo conocimiento de los

hechos por medio de sus sentidos y por lo cual cumple con lo establecido por el

ordinal 195 de Código Procesal Penal del Estado, y de la que se desprende que

aproximadamente a las 23:00 veintitrés horas de 21 veintiuno de septiembre de 2012

dos mil doce, salió de la ciudad de ****, Zacatecas, para trasladarse al Puerto de

Manzanillo, al cual arribo aproximadamente a las 08:00 ocho horas, siendo en dicho

lugar en donde al llegar se puso en contacto con sus compañeros ********** los cuales

se encontraban en la pensión de la naviera conocidos como ****, en donde al

encontrarse se pusieron de acuerdo en la hora en que iniciarían el viaje a la ciudad de

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****, Zacatecas, por lo que al ser aproximadamente las 11:00 once horas, salieron del

interior de la pensión antes referida, iniciando el recorrido, por lo que al salir de la

ciudad de Manzanillo, Colima, t****on la autopista ****, por lo que el deponente

circulaba a una distancia prudente en que tuviera a la vista las unidades de sus

compañeros, esto es a unos 200 doscientos a 500 quinientos metros, esto lo hacia

adelante de las unidades o detrás de ellas, dependiendo la velocidad con que

circulábamos, lo cual realizaba para que se no notara que era parte del convoy de sus

compañeros, circulando sin ninguna novedad, hasta que al ser aproximadamente

como las 15:00 quince horas, sobre la autopista en el tramo **** de Juárez, esto casi

200 doscientos metros después de pasar la caseta de peaje, que se está

construyendo a la altura de Sayula, Jalisco, fue que tuvo a la vista 02 dos unidades en

color negro, una de ellas del tipo ****, con 04 cuatro puertas, mientras que la otra era

del tipo ****, de 04 cuatro puertas, en donde a un costado de estas unidades, pero

sobre la carretera se encontraban 03 tres personas del sexo masculino, vestidos con

ropas en color negro, momento en el cual acababa de rebasar las unidades de sus

compañeros, pero pasando frente a dichos sujetos, mismos que al pasar frente a ellos

abordo de su unidad de cargo, ellos voltearon su mirada para verlo, al pasar a dichos

sujetos tome su radio de comunicaciones y se comunicó por medio de esa frecuencia

con **********, a quien le pregunto si él había visto a los sujetos de las camionetas

negras, contestándole que si, además, de preguntarle que si todo estaba bien,

contestándole que si, al término de esa llamada se comunique con ********, a quien le

pregunto si todo estaba bien, contestándole que si, por lo que continuo con su

circulación, pero al paso de haber circulado 05 cinco kilómetros, después de la caseta

en construcción antes referida en Sayula, Jalisco, y unos 30 treinta kilómetros antes

de la población de Acatlán de Juárez, Jalisco, advirtió que una de las camionetas que

había visto minutos antes, siendo la camioneta del tipo ****, en color negro, se

emparejo a su costado izquierdo, siendo el copiloto que viajaba del lado derecho, en

el asiento delantero, el cual traía su vidrio abajo, que saco su mano y le apunto con

una pistola, gritándole “PÁRATE HIJO DE LA CHINGADA”, momento en el cual esa

camioneta se atravesó a su circulación y lo obligo a que detuviera la marcha del

automotor que tripulaba, por lo que yo hice alto total, siendo en ese momento que vi

que de esa camioneta descendían 03 tres de sus ocupantes, estos del sexo

masculino, los cuales vestían de negro, siendo el sujeto que viajaba en la parte

delantera del lado del copiloto, así como 02 dos sujetos del sexo masculino, los

cuales viajaban en el asiento trasero de esa camioneta, mismos que al bajar de su

unidad traían en sus manos armas largas, sin saber de qué tipo, con las cuales al

bajar de sus unidades le apuntaron y le ordenaron que no me moviera, que no

opusiera resistencia, haciéndolo descender de su unidad y obligándolo a abordar el

automotor tipo ****, en donde lo hicieron recostarse en el piso entre los asientos

delanteros y el segundo de los asientos traseros, ignorando el destino del vehículo a

su cargo y de sus compañeros, comenzando a circular este vehículo, pero al haber

circulado algunos 02 dos kilómetros, la camioneta se detuvo escuchando que abrían

las puertas traseras del lado del copiloto, viendo que esos sujetos subían a la

camioneta a *********, al cual acostaron sobre el segundo asiento de esa camioneta,

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comenzando a circular nuevamente por aproximadamente 500 quinientos metros, en

donde al detenerse nuevamente escucho que subían a ***********, al cual subieron en

la parte trasera de esa camioneta, esto lo sé porque escucho cuando lo recostaban y

le ordenaban que no se moviera y que no hiciera nada porque lo ****rían, además, de

escuchar cuando cerraban las puertas traseras de esa camioneta, comenzando a

circular, pero al paso de aproximadamente como 10 diez minutos, esa camioneta

nuevamente se detuvo siendo en ese lugar en donde los sujetos que los vigilaban les

ordenaron que bajaran de la camioneta y que comenzaran a caminar con dirección a

lo despoblado, en donde los amarraron de pies y manos, diciéndoles que no se

movieran de ese lugar durante la próximas dos horas, retirándose del lugar su

captores, y momento después el deponente y sus compañeros pudieron desatarse

trasladándose a la población de Zacoalco, Jalisco, en donde dieron aviso de lo

ocurrido a personal de la empresa en la que laboran para después trasladarse a la

ciudad de Guadalajara, Jalisco al domicilio de un familiar, lugar en donde los

esperaba el apoderado de la empresa agraviada y quien les informo que los vehículos

afecto al hurto habían sido recuperados, haciéndose presentes en el lugar en que

fueron recuperados los mismo, en donde ************, reconoció sin temor a

equivocarse a las personas que se encontraban retenidas, como quienes, abordaron

el vehículo que manejaba este, después de haber sido desapoderado del mismo. De

ahí que esta narrativa adquiera valor probatorio indiciario de conformidad con lo

enunciado por el ordinal 265 del Enjuiciamiento Penal del Estado.

p). La narrativa que vierte el elemento captor ****, mismo que refirió:

“…Que me encuentro en el interior de esta Agencia del Ministerio

Público, con la finalidad de declarar en relación a los hechos en los

cuales fueron asegurados los sujetos de nombres ***********; una vez

dicho lo anterior, además, me permito manifestar a esta autoridad, que

tengo el grado de Policía 3 tercero, de la Comisaría General de

Seguridad Pública del Estado de Jalisco, en donde para los hechos que

nos ocupan quiero referir lo siguiente, que el día de hoy sábado 22

veintidós del mes de septiembre del año 2012 dos mil doce, me

encontraba en compañía de mis subordinados de nombres **** y ****,

esto abordo de la unidad con número económico **** cuento veintitrés, la

cual era conducida en ese momento por mi compañero ****,

correspondiéndonos nuestro recorrido de vigilancia sobre la carretera

Guadalajara – Morelia y viceversa, en donde para este caso que nos

ocupa y siendo aproximadamente las 15:10 quince horas con diez

minutos, al encontrarnos a la altura de Avenida **** y ****, en nuestra

frecuencia de radio recibimos el reporte enviado por el Centro Integral de

Comunicaciones, también conocido como “BASE PAL****”, dentro del

cual se nos reportaba el código rojo, mismo que correspondía en que

todo el personal de nuestra corporación nos encontráramos alertas con

la presencia de 02 dos unidades de carga del tipo ****, cada uno de ellos

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acoplado a 02 dos semiremolques, transportando contenedores en color

rojo, así como una caja seca, siendo las placas que reportaron las de un

camión de la marca ****, en color blanco, con negro, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, mientras el segundo era una

unidad de la marca ****, en color azul, con las placas de circulación ****

del Estado de Zacatecas, reporte dentro cual además, se nos indicaba

que los operadores de las unidades no contestaban el llamado de la

empresa transportista, así como que el personal de la empresa de

seguridad que custodia los camiones tampoco respondía el llamado de

sus encargados, unidades de carga las cuales en su sistema de

rastreador satelital marcaba la presencia de las unidades de carga a la

altura de la colonia ****, en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco,

por lo que al escuchar dicho reporte le indique a mi subordinado ****, que

continuáramos con nuestro recorrido ya que en el sentido en el que

circulábamos los toparíamos, por lo que al encontrarnos circulando a la

altura de el Fraccionamiento ****, en sentido contrario a nosotros, esto es

por los carriles contrarios que circulan de **** a Norte, de la citada

carretera ****, me percate que las unidades que se nos habían reportado

momentos antes, circulaban con dirección a esta ciudad de Guadalajara,

razón por lo que le indique a mi compañero y subordinado ****,

aceleráramos nuestra marcha para poder retornar en el puente de ****,

esto en donde se localiza el puente que esta a la altura de Mega –

Comercial Mexicana, en donde al lograr abordar nuevamente la carretera

****, pero con dirección a esta ciudad de Guadalajara, procedimos en

darles alcance a las citadas unidades de carga, lo cual logramos casi a la

altura de ****, en donde al darles alcance encendimos nuestros códigos

sonoros y luces, para márchales el alto, así como indicarles por medio

del altavoz, detuvieran su marcha, pero esas unidades de carga hacían

caso omiso a nuestras ordenes, siendo mi compañero ****, quien acelero

la velocidad de nuestra unidad para obligarlos a que detuvieran la

marcha, logrando que las unidades de carga se detuvieran a la altura de

Avenida ****, casi en su cruce con la calle ****, en la colonia ****,

municipio de Zapopan, Jalisco, por lo que al observar que se detuvieron

esos automotores, nos detuvimos a un costado de la unidad de la marca

****, en color azul, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, abordo del cual logre observar a 02 dos personas del sexo

masculino, uno de ellos en el asiento del operador y otro en el asiento

del copiloto, por lo que mi subordinado de nombre ****, se dirigió al lado

del copiloto para asegurarlo, mientras que yo me encargaba de dirigirme

con el operador de la unidad, en donde al descender yo de nuestra

patrulla me dirigí con el operador, logrando ver que el copiloto de la

unidad bajaba rápidamente del interior de la cabina, pero viendo que mi

compañero se dirigía por el, pero en el momento en el cual yo me

acerque con el chofer de la unidad me identifique con el, como elemento

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de la policía, indicándole que descendiera del automotor, mientras que

mi compañero y subordinado ****, se dirigía a la unidad del tipo **** de la

marca ****, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con

la finalidad de asegurar al otro operador de la misma; momento en el

cual al tener yo asegurado al operador de la unidad, llego mi compañero

****, con el sujeto que viajaba como copiloto, indicándome que dicho

sujeto se había lesionado en su cabeza al momento de bajar de la

unidad, viendo en ese momento que efectivamente dicho sujeto tenia un

golpe en su cabeza; en ese momento llego mi subordinado ****, quien

me indico que en la cabina de la unidad de color blanco, de la marca ****,

que se encontraba delante de nosotros no había encontrado a persona

alguna, por lo que el conducto de esa unidad había logrado darse a la

fuga, optando por regresar con nosotros para prestar seguridad y apoyo,

continuando con el aseguramiento de los ocupantes de la unidad de

color azul, en donde dichos sujetos nos dijeron responder a los nombres

*********** de edad (conductor), mientras que el segundo de ellos dijo

responder al nombre de ****** de edad (copiloto), mismos que al ser

cuestionados respecto de su actuar, así como del motivo por el cual

tripulaban dicha unidad de carga, como también al cuestionarles el

porque el otro chofer de la unidad se había retirado del lugar, estos

sujetos terminaron por aceptar que dichas unidades eran robadas, que

las mismas las habían robado sobre la autopista ****, esto antes de llegar

a la caseta de ****, y que ellos pertenecían a una banda de roba trailers y

que un sujeto de nombre ****, del cual no sabían sus apellidos, les había

dicho que los vehículos los tenían que llevar a una pensión ****, en

donde serian dejadas en su interior y para que con posterioridad y una

vez que se enfriara este robo, fueran recogidas por otros de sus

cómplices; como también el sujeto de nombre ***********, dijo que su

acompañante lo había invitado en participar en este robo, pero que su

función seria el vigilar el inhibidor o perturbador de señales, para que

funcionara en todo momento dentro de este robo, al escuchar lo anterior

procedí en subir al interior a la unidad de carga, en color azul, esto con el

propósito de verificar en su interior si se localizaba alguno de los

operadores de la unidad robada, pero en su interior no localice a ninguna

otra persona, pero si logre encontrar en su interior y en el piso de esta

unidad, un aparato de los conocidos como inhibidores o perturbador de

señales, en color metálico, con sus respectivas antenas, mismo que se

encontraba conectado al enchufe del encenderdor; al ser enterados de

esto procedimos en notificar a nuestros superiores los cuales nos

ordenaron que dicho servicio fuera puesto a disposición del Agente del

Ministerio Público correspondiente, por lo que por medio del Centro

Integral de Comunicaciones solicitamos la presencia de esta autoridad,

al paso de algunos minutos en el lugar se hicieron presentes varias

personas del sexo masculino los cuales dijeron responder a los nombres

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de *********** siendo el primero de los mencionados quien nos dijo ser el

apoderado legal del propietario de las unidades de carga, de nombre

*********, y que el mismo no reconocía a los sujetos asegurados como

sus empleados, además, de reconocer las unidades aseguradas como

las unidades propiedad de su poderdante; mientras que las personas de

nombres **********, dijeron ser los operadores de las unidades de carga,

mismos que al ver las unidades que nosotros teníamos aseguradas,

terminaron por referirnos que ellos reconocían las unidades de carga

como las mismas que les habían sido robadas, sobre la autopista ****, a

la altura de la caseta de ****, Jalisco, y que estas personas identificaban

a los sujetos que teníamos momentáneamente asegurados como los

sujetos que se habían llevado los camiones en el momento del robo, lo

cual fue confirmado por la persona de nombre *********, quien dijo ser el

empleado de la misma transportista, con funciones de custodio,

enterados de lo anterior y transcurridos algunos minutos, en ese mismo

lugar se hicieron presentes personal de esta Agencia del Ministerio

Público, quien al presentarse se les informo de lo ocurrido, mismos que

también cuestionaron a los sujetos asegurados antes referidos, los

cuales terminaron por manifestarles la forma en que ellos habían

participado en este robo, escuchado lo anterior el agente del ministerio

publico, les indico a esos sujetos que quedarían en calidad de detenidos,

así como siendo informados que el servicio seria trasladado a estas

oficinas para ser puestos a disposición. Hecho lo anterior pero momentos

antes de rendir mi respectiva declaración ministerial, en el interior de

esta oficina se me pusieron a la vista 02 dos personas del sexo

masculino de los cuales se me indico responden a los nombres de

************sujetos a los cuales reconozco plenamente y sin temor a

equivocarme como a las personas a las cuales aseguramos abordo de la

unidad de la marca ****, en color azul, con placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas; siendo el sujeto de nombre *******, el cual fue

asegurado en el asiento del operador, mientras que el sujeto de nombre

******, era la persona que viajaba abordo de dicha unidad como copiloto,

así como el sujeto que nos dijo encargarse de vigilar el aparato del tipo

inhibidor de señal satelital, para que estuviera funcionando y no ser

localizados; de igual forma en el interior de esta oficina pero momentos

antes de rendir mi declaración ministerial también se me puso a la vista

un aparato, el cual cuenta con 04 cuatro antenas, en color negro, con

una estructura metálica en color blanco, con su correspondiente cable

para la energía eléctrica, mismo que reconozco plenamente y sin temor a

equivocarme como el mismo aparato al cual me he referido como el

inhibidor o perturbador de señales, mismo que se encontraba en el

interior de la cabina de la unidad de color azul; por ultimo también

momentos antes de rendir mi declaración tuve a la vista sobre la calle 16

dieciséis de esta zona industrial, las unidades: 1.- De la marca ****, tipo

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tracto camión, 5° quinta rueda, en color azul, con negro, con placas de

circulación **** del Servicio Público Federal, enganchados a esta las

unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, color azul, con blanco, con

placas de circulación **** del Servicio Público Federal, abordo de esta un

contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico

****; la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****, color negro:

4.- Semiremolque tipo plana, color azul, con blanco, con placas de

circulación **** del Servicio Público Federal, abordo de esta un

contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico

****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color

blanco, con negro, con placas de circulación **** del Servicio Público

Federal, enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana,

color blanco, con placas de circulación **** del Servicio Público Federal,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la

marca ****, color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco,

con placas de circulación **** del Servicio Público Federal, mismas que

identifico plenamente y sin temor a equivocarme como las mismas

unidades que nos fueron reportadas, y las cuales aseguramos mis

subordinados y yo sobre Avenida ****, en la colonia ****, municipio de

Zapopan, Jalisco; y por ultimo me permito hacer entrega de esta

autoridad de 04 cuatro tarjetas de circulación expedidas por el Gobierno

del Estado de Zacatecas, con números ****, ****, **** y ****, como

también haciendo entrega de los partes médicos correspondientes a los

detenidos de nombres ***********, con números 2467 y 2468, asi como

con las correspondientes placas de las radiografías que les fueron

tomadas a dichos sujetos; como también haciendo entrega de las llaves

correspondientes a dichas unidades de carga…”(sic).

q). El atesto que vuelva ****, quien manifestó que:

“…Que estoy en el interior de esta Agencia del Ministerio Público,

con el propósito de declarar en relación a los hechos en los cuales

fueron asegurados los sujetos de nombres *********, de 40 cuarenta años

de edad, con domicilio en la calle ****, número ****, colonia ****,

municipio de Tlaquepaque, Jalisco; *****o; por lo que en este momento

quiero referir a esta autoridad que el día de hoy sábado 22 veintidós del

mes de septiembre del año 2012 dos mil doce, me encontraba en

compañía de mis compañeros de normes ****, quien es mi encargado de

unidad, ****, quien es el chofer de la unidad, encontrándonos abordo de

la unidad con número económico **** cuento veintitrés,

correspondiéndonos nuestro recorrido de vigilancia sobre la carretera

Guadalajara – Morelia y viceversa, siendo para este caso que al ser

aproximadamente como las 15:10 quince horas con diez minutos, al

encontrarnos a la altura de Avenida **** y ****, dentro de nuestro radio de

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comunicaciones se recibió el reporte por parte del Centro Integral de

Comunicaciones ó “BASE PAL****”, en donde se reportaba el código

rojo, lo cual quiere decir que todo el personal de nuestra corporación

debemos estar alertas, siendo para este caso que teníamos que estar

alertas en la búsqueda de 02 dos unidades de carga del tipo ****, las

cuales tenían acopladas cada una de ellas 02 dos semiremolques,

transportando contenedores en color rojo, así como una caja seca,

siendo las unidades de la marca ****, en color blanco, con negro, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, mientras que la

segunda de estas unidades era de la marca ****, en color azul, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, reporte dentro cual

además, se nos indicaba que los operadores de las unidades no

contestaban el llamado de la empresa transportista, así como que el

personal de seguridad tampoco respondía al llamado, mismas unidades

de carga las cuales en su sistema de rastreador satelital marcaba su

presencia a la altura de la colonia ****, en el municipio de Tlajomulco de

Zúñiga, Jalisco, siendo nuestro encargado de unidad quien nos indico

que continuáramos con nuestro recorrido ya que en el sentido en el que

circulábamos toparíamos dichas unidades, lo cual así ocurrió a la altura

del Fraccionamiento ****, ya que al pasar por ese sitio pero por sentido

contrario logramos observar las 02 dos unidades que nos habían

reportado, mismas que circulaban en sentido contrario a nosotros, esto

es por los carriles contrarios que circulan de **** a Norte, de la citada

carretera ****, con dirección a esta ciudad de Guadalajara, razón por lo

que mi compañero ****, acelero la marcha de nuestra unidad y poder

retornar en el puente de ****, mismo que se localiza a la altura del Mega

– Comercial Mexicana, por lo que al abordar nuevamente la carretera

****, pero con dirección a esta ciudad de Guadalajara, procedimos en

darles alcance a las citadas unidades de carga, esto casi a la altura de

****, encendiendo nuestros códigos sonoros y luces, para márchales el

alto, así como indicarles por medio del altavoz, detuvieran su marcha,

pero los operadores de las unidades de carga hacían caso omiso a

nuestras ordenes, procediendo mi compañero ****, en acelerar la

velocidad de nuestra unidad para obligarlos a que detuvieran la marcha,

logrando que las unidades de carga se detuvieran a la altura de Avenida

****, casi en su cruce con la calle ****, en la colonia ****, municipio de

Zapopan, Jalisco, lugar en donde al detenerse esas unidades, nosotros

también detuvimos la marcha a un costado de la unidad de la marca ****,

en color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, en

donde logre observar a 02 dos personas del sexo masculino, los cuales

viajaban en la cabina de ese automotor, uno de ellos en el asiento del

operador y otro en el asiento del copiloto, siendo mi superior **** y yo,

que bajamos de nuestra unidad siendo mi superior quien se dirigió al

lado del conductor, mientras que yo me dirigía al lado del copiloto, por lo

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que al llegar a la parte delantera de dicha unidad observe que el sujeto

que viajaba de copiloto abría su puerta y caía al piso, momento el cual

aproveche para asegurarlo y someterlo, indicándole que se trataba de la

policía, que no se moviera y que no opusiera resistencia, viendo en ese

momento que esta persona se había golpeado la parte superior de la

cabeza, tomándolo de su brazo derecho y ayudándolo a ponerse de pie,

comenzando a dirigirnos al frente de la unidad en donde me encontré

con mi superior ****, quien había logrado el aseguramiento de la persona

que manejaba la citada unidad, en ese momento mi compañero ****,

llego al lugar en donde nos encontrábamos, mismo que había realizado

la revisión del automotor que se localizaba delante de nosotros, pero sin

lograr asegurar a ninguna persona, ya que nos indico que la unidad

estaba vacía, y que su conductor se había dado a la fuga, ya reunidos en

la parte delantera de esta unidad esos sujetos nos dijeron responder a

los nombres de ****** años de edad (conductor), mientras que el

segundo de ellos dijo responder al nombre de ******, de 40 cuarenta años

de edad (copiloto), mismos que al ser cuestionados respecto de su

actuar, así como del motivo por el cual tripulaban dicha unidad de carga,

como también al cuestionarles el porque el otro chofer de la unidad se

había retirado del lugar, esos sujetos terminaron por aceptar que dichas

unidades eran de procedencia robadas, que las mismas las habían

robado sobre la autopista ****, esto como 5 cinco kilómetros antes de

llegar a la caseta de ****, además, que ellos pertenecían a una banda de

roba trailers, pero que para este trabajo un sujeto de nombre ****, del

cual desconocen sus apellidos, les había dicho que los vehículos los

tenían que llevar a una pensión de nombre ****, en donde deberían dejar

estacionadas las unidades en su interior para que con posterioridad y

una vez que se enfriara este robo, fueran recogidas por otros de sus

cómplices; como también el sujeto de nombre **********, dijo que su

acompañante lo había invitado en participar en este robo, pero que su

función seria el vigilar el inhibidor o perturbador de señales, para que no

dejara de funcionar mientras hacían el robo de la unidad, al escuchar lo

anterior mi superior subir al interior a la unidad de carga, en color azul,

con el propósito de checar si en el interior se encontraba alguna otra

persona, pero en su interior no encontró a nadie más; pero que su

superior les indico que en el interior de la unidad había encontrado uno

de esos aparatos que sirven para bloquear las señales satelitales, de los

conocidos como inhibidores o perturbador de señales, en color metálico,

con sus respectivas antenas, al ser enterados de esto procedimos en

notificar a nuestros superiores los cuales nos ordenaron que dicho

servicio fuera puesto a disposición del Agente del Ministerio Público

correspondiente, por lo que por medio del Centro Integral de

Comunicaciones solicitamos la presencia de esta autoridad, al paso de

algunos minutos en el lugar se hicieron presentes varias personas del

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sexo masculino los cuales dijeron responder a los nombres de ************

siendo el primero de los mencionados quien nos dijo ser el apoderado

legal del propietario de las unidades de carga, de nombre **********, y

que el mismo no reconocía a los sujetos asegurados como sus

empleados, además, de reconocer las unidades aseguradas como las

unidades propiedad de su poderdante; mientras que las personas de

nombres **********, dijeron ser los operadores de las unidades de carga,

mismos que al ver las unidades que nosotros teníamos aseguradas,

terminaron por referirnos que ellos reconocían las unidades de carga

como las mismas que les habían sido robadas, sobre la autopista ****, a

la altura de la caseta de ****, Jalisco, y que estas personas identificaban

a los sujetos que teníamos momentáneamente asegurados como los

sujetos que se habían llevado los camiones en el momento del robo, lo

cual fue confirmado por la persona de nombre *****, quien dijo ser el

empleado de la misma transportista, con funciones de custodio,

enterados de lo anterior y transcurridos algunos minutos, en ese mismo

lugar se hicieron presentes personal de esta Agencia del Ministerio

Público, quien al presentarse se les informo de lo ocurrido, mismos que

también cuestionaron a los sujetos asegurados antes referidos, los

cuales terminaron por manifestarles la forma en que ellos habían

participado en este robo, escuchado lo anterior el agente del ministerio

publico, les indico a esos sujetos que quedarían en calidad de detenidos,

así como siendo informados que el servicio seria trasladado a estas

oficinas para ser puestos a disposición. Hecho lo anterior pero momentos

antes de rendir mi respectiva declaración ministerial, en el interior de

esta oficina se me pusieron a la vista 02 dos personas del sexo

masculino de los cuales se me indico responden a los nombres de

***********A, sujetos a los cuales reconozco plenamente y sin temor a

equivocarme como a las personas a las cuales aseguramos abordo de la

unidad de la marca ****, en color azul, con placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas; siendo el sujeto de nombre ********, el cual fue

asegurado en el asiento del operador, mientras que el sujeto de nombre

*********, era la persona que viajaba abordo de dicha unidad como

copiloto, así como el sujeto que nos dijo encargarse de vigilar el aparato

del tipo inhibidor de señal satelital, para que estuviera funcionando y no

ser localizados; de igual forma en el interior de esta oficina pero

momentos antes de rendir mi declaración ministerial también se me puso

a la vista un aparato, el cual cuenta con 04 cuatro antenas, en color

negro, con una estructura metálica en color blanco, con su

correspondiente cable para la energía eléctrica, mismo que reconozco

plenamente y sin temor a equivocarme como el mismo aparato al cual

me he referido como el inhibidor o perturbador de señales, mismo que se

encontraba en el interior de la cabina de la unidad de color azul; por

ultimo también momentos antes de rendir mi declaración tuve a la vista

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sobre la calle 16 dieciséis de esta zona industrial, las unidades: 1.- De la

marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color azul, con negro,

con placas de circulación **** del Servicio Público Federal, enganchados

a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, color azul, con blanco,

con placas de circulación **** del Servicio Público Federal, abordo de

esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número

económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****,

color negro: 4.- Semiremolque tipo plana, color azul, con blanco, con

placas de circulación **** del Servicio Público Federal, abordo de esta un

contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico

****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color

blanco, con negro, con placas de circulación **** del Servicio Público

Federal, enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana,

color blanco, con placas de circulación **** del Servicio Público Federal,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la

marca ****, color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco,

con placas de circulación **** del Servicio Público Federal, mismas que

identifico plenamente y sin temor a equivocarme como las mismas

unidades que nos fueron reportadas, y las cuales aseguramos mis

subordinados y yo sobre Avenida ****, en la colonia ****, municipio de

Zapopan, Jalisco; y por ultimo me permito hacer entrega de esta

autoridad de 04 cuatro tarjetas de circulación expedidas por el Gobierno

del Estado de Zacatecas, con números ****, ****, **** y ****, como

también haciendo entrega de los partes médicos correspondientes a los

detenidos de nombres *********con números 2467 y 2468, asi como con

las correspondientes placas de las radiografías que les fueron tomadas a

dichos sujetos; como también haciendo entrega de las llaves

correspondientes a dichas unidades de carga…”(sic).

r). El atesto que esgrime el elemento policiaco ****, el cual señalo que:

“…Que estoy en el interior de esta Agencia del Ministerio Público,

con el propósito de rendir mi declaración respecto de los hechos en los

cuales fueron asegurados los sujetos de nombres *********** en los

hechos que se suscitaron el día de hoy 22 veintidós de Septiembre del

presente año, siendo aproximadamente las 15:30 quince horas con

treinta minutos; por lo que primeramente quiero mencionar que

actualmente soy elemento operativo de la Comisaría General de

Seguridad Publica, con el cargo de Policía, y en relación a los hechos

manifiesto lo siguiente: que el día de hoy, me encontraba en compañía

de mis compañeros el también Policía tercero, de nombre ****, quien

tiene a cargo la unidad con numero económico ****, y de ****, con

quienes me encontraba realizando el recorrido de vigilancia y seguridad

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a bordo de la unidad antes mencionada, esto por el rumbo de la avenida

**** y ****, en la colonia ****, en el municipio de Zapopan, Jalisco, y

siendo aproximadamente como las 15:10 quince horas con diez minutos

del día de hoy, al encontrábamos circulando a bordo de dicha unidad

esto sobre la avenida **** con dirección hacia al ****, fue el momento en

el que escuche el reporte proveniente del radio de comunicación

conocido como de base el cual se encuentra insertado a la unidad, y a

través de dicho reporte se nos indico por parte del personal de

comunicación del Centro Integral de Comunicaciones-Base Pal****,

“código rojo” lo cual significa estar pendientes al paso ó al avistamiento

de dos trailers que viajaban en convoy de los cuales uno de ellos era de

color blanco y el otro en color azul, y que cada uno de ellos remolcaban

dos remolques que cargaban contenedores, ya que dichos vehículos de

carga habían sido reportado como robados, debido a que los operadores

de ambos vehículos de carga no contestaban sus teléfonos celulares,

además de informarnos que contaban con sistemas de localizan satelital,

vehículos que venían circulando por carretera **** con rumbo a esta

ciudad, por lo que al ir circulando a bordo de dicha unidad la cual iba

conduciendo yo, esto por la avenida **** a la altura del fraccionamiento

****, cuando por los carriles centrales de dicha avenida **** que circulan

en el sentido de **** a norte es decir en el sentido contrario a como iba

conduciendo la unidad, avistamos los vehículos de carga que momentos

antes nos habían reportado via radio comunicación, es decir con las

características que nos trasmitieron, para darles alcance a los vehículos

de carga pesada que habíamos avistado, mismo que les dimos alcance

hasta llegar a los cruces de la avenida **** y la calle ****, en la colonia

****, en el municipio de Zapopan, Jalisco, por lo que al ver dicha

situación acelere la unidad que conducía, continué hasta t**** el retorno

conocido como ****, en donde tome los carriles que circulan de **** a

norte y me avoque a darles alcance a los vehículos de carga pesada, el

cual al darle alcance al **** de color azul el cual iba por detrás del otro

trailer, observe que dicho vehículo era conducido por un sujeto del sexo

masculino que iba en compañía de otra persona, quien al ver la unidad

comenzó acelerar su velocidad, fue entonces que le marque el alto

haciendo sonar los códigos sonoros de la unidad, por lo que dicho

conductor detuvo el vehículo, y una vez que detuve la unidad a un costo

de dicho trailer en color azul, lugar donde descendieron mis compañeros

los policías **** y ****, posteriormente yo me avoque a asegurar al

conductor de la otra unidad de carga, es decir al **** en color blanco,

pero al darle alcance a esa unidad, observe que una persona del sexo

masculino bajaba de manera rápida del camión y corría sin rumbo fijo,

además que la puerta del conductor del tracto estaba abierta, por lo que

descendí de la unidad y me aproxime al vehículo el cual era de la marca

****, en color blanco con negro, con las placas de circulación ****

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correspondiente al Estado de Zacatecas, con doble remolque, y tomando

las medidas de seguridad conforme a nuestra instrucción me acerque

hacia la puerta del conductor de dicho ****, momento en el que observe

que no se encontraba ninguna otra persona en el asiento del conductor

ni del copiloto, por lo que me introduje al interior de la cabina del **** y

observe que no se encontraba ninguna persona en su interior, fue

entonces que opte por dirigirme hacia el lugar en donde se encontraban

mis compañeros los policías **** y ****, ya que se encontraban en el otro

vehículo de carga pesada, observando al llegar que mis compañeros

tenían aseguradas a dos personas del sexo masculino, a quienes

después comenzamos entre mi compañero y yo a cuestionar al

conductor del mencionado vehículo y al acompañante en relación y del

porque intento huir después de pedirle que se detuviera momentos

antes, concordando en decirnos ambas personas que no había puesto

atención a la indicación de alto que le había hecho momentos antes,

enseguida me introduje al interior de la cabina del **** azul y en el cual

iban se encontraba a bordo los dos sujetos asegurados, siento en ese

momento cuando observe que del encendedor para cigarros se

encontraba conectado un aparato electrónico el cual tenia 04 cuatro

antenas, por lo que les preguntamos acerca de su funcionamiento, a lo

que nos contestaron que se trataba de un inhibidor de señales,

enseguida le pedimos a dichos sujetos que se identificaran con nosotros,

diciéndonos que respondían al nombre de ************ siendo este ultimo

quien conducía el **** en color azul, y continuando con la entrevista por

separado de cada uno, nos terminaron de manifestar que pertenecen a

una banda de roba trailers y que su participación en los robo era manejar

los camiones de carga, ya que una persona de nombre **** de quien no

recuerdo sus apellidos, los había dicho que recogiéramos los vehículos

de carga después de que habían sido robados para posteriormente

transportarlos hasta esta ciudad y dejarlos en el interior de una pensión,

por lo que en este caso dichos vehículos los recogieron sobre la

autopista Guadalajara-Colima, antes de la caseta de cobro de ****,

Jalisco, al igual que la persona que conducía el trailer que iba por

delante del vehículo en el que ellos viajan; y después de transcurridos

varios minutos de haber realizado estos cuestionamientos a dichos

sujetos, procedimos en comunicarnos con nuestros superiores a quienes

se les informo de dicho aseguramiento, y nos ordenaron que este

servicio fuera puesto a disposición de esta autoridad, una vez hecho esto

procedimos en solicitar la presencia del Agente del Ministerio de guardia

correspondiente a esta área, quien al llegar se le hizo entrega del

servicio completo; y estando en ese lugar se hicieron presente varias

personas del sexo masculino los cuales dijeron responder a los nombres

de ********** siendo el primero de los mencionados quien nos dijo ser el

apoderado legal del propietario de las unidades de carga, de nombre

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*********** y quien después de observar a los sujetos que aseguramos,

manifestó que dichas personas no eran sus empleados, ni los

operadores que tienen a cargo los vehículos de carga propiedad de su

poderdante, además, identifico las unidades aseguradas como las

unidades propiedad de su representada; mientras que las personas de

nombres ******** dijeron ser los operadores de las unidades de carga,

mismos que al ver las unidades que teníamos aseguradas en ese

momento refirieron que ellos reconocían las unidades de carga como las

mismas que les habían sido robadas momentos antes, sobre la autopista

****, a la altura de la caseta de cobro de ****, además que dicho

apoderado legal identificaba a los asegurados como las mimas personas

que se habían llevado las unidades, lo cual fue confirmado por la

persona de nombre ****quien dijo ser el empleado de la misma

transportista, con funciones de custodio, enterados de lo anterior y

transcurridos algunos minutos, en ese mismo lugar se hicieron presentes

personal de esta Agencia del Ministerio Público, quien al presentarse se

les informo de lo ocurrido, indicándole los pormenores del aseguramiento

que habíamos realizado, logrando escuchar que también el personal de

la Procuraduría realizaban el cuestionamiento a dichos sujetos

manifestándoles al personal de esta Agencia lo que se nos había dicho a

nosotros con relación al robo, además de escuchar que les decían a los

sujetos asegurados que quedarían en calidad de detenidos, después fui

invitado por el personal de esta Agencia del ministerio Público, para

comparecer en el interior de estas oficinas para rendir mi declaración

respecto de estos hechos, siendo la razón por la cual me encuentro en el

interior de esta Agencia del Ministerio Público, por lo que dejo a su

disposición a las 02 dos personas antes referidas de nombres

*********años, así como los vehículos de carga 1.- De la marca ****, tipo

tracto camión, 5° quinta rueda, en color blanco con negro, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, enganchados a esta las

unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, color azul, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de esta un contenedor,

en color rojo, con la leyenda ****, con número económico ****; la unidad:

3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****, color negro: 4.-

Semiremolque tipo plana, color blanco, con placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la

leyenda ****, con número económico ****; 5.- De la marca ****, tipo tracto

camión, 5° quinta rueda, en color azul, con placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 6.-

Semiremolque tipo plana, color azul, con placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la

leyenda ****, con número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del

tipo dolly, de la marca ****, color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca,

color blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, al

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igual que el aparato electrónico tipo inhibidor de señal, que fue localizado

a bordo del **** de color azul, de la marca ****, tipo tracto camión, 5°

quinta rueda, en color azul, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, enganchados a esta las unidades Semiremolque tipo plana,

color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; la unidad Auxiliadora del tipo dolly, de la marca

****, color negro Semiremolque tipo caja seca, color blanco, con placas

de circulación **** del Estado de Zacateca, aparato que se encontraba

conectado al encendedor de cigarros del dicho vehículo. De igual forma

quiero decir que minutos antes de rendir mi declaración, me fueron

puestos a la vista a 02 dos personas del sexo masculino, quienes se me

hace saber dichas personas responden a los nombres de *********** años

de edad, ******** y tres años, siendo estas dos personas quienes

viajaban a bordo del **** en color azul de la marca ****, tipo tracto

camión, 5° quinta rueda, en color blanco con negro, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, al cual se encontraban

enganchados las unidades, semiremolque tipo plataforma, color azul,

con blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; la unidad auxiliadora del tipo dolly, de la marca

****, color negro y el semiremolque tipo plataforma, color azul, con

blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo

de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número

económico ****; y quienes fueron asegurados en el cruce de la avenida

**** y la calle ****, frente a la finca marcada con el numero ****, en la

colonia ****, en el municipio de Zapopan, Jalisco; asimismo en el interior

de esta oficina se me puso a la vista un aparato con estructura de metal,

en color gris metálico, con 04 cuatro antenas, así como con un conector

para encendedor, aparato el cual reconozco plenamente y sin temor a

equivocarme como el mismo que se encontró abordo del vehículo del

tipo ****, de la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color

azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, al cual se

encontraban enganchados las unidades, semiremolque tipo plataforma,

color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; la unidad auxiliadora del tipo dolly, de la marca

****, color negro y el semiremolque tipo plataforma, color blanco, con

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de esta un

contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico

****, aparato el cual se nos indico por los sujetos de nombres *********,

era un inhibidor de señales satelitales o de señales de teléfonos y de

radio comunicación; y sobre la calle 16 entre las calles 3 y 5 de la zona

industrial, de esta ciudad, lugar que se localiza a espaldas de esta

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dependencia, se me pusieron a las vista las unidades de carga

consistentes 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en

color blanco con negro, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo

plana, color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la

marca ****, color negro: 4.- Semiremolque tipo plana, color blanco, con

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de esta un

contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico

****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color

azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana, color

azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de

esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número

económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****,

color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, mismo que identifico como los

mismo vehículos que aseguramos en el cruce de la avenida **** y la calle

****, frente a la finca marcada con el numero ****, en la colonia ****, en el

municipio de Zapopan, Jalisco. Y en este momento además dejo los

partes médicos de lesiones correspondientes a las personas aseguradas

y puestas a disposición de esta Representación Social…”(sic).

Declaraciones que corresponden a tres sujetos que declaran coincidentemente,

cada uno de ellos desde su perspectiva, que el 22 veintidós de septiembre del año en

curso, cuando se encontraban realizando el recorrido de vigilancia y seguridad, esto

por el rumbo de la Avenida **** **** y ****, en la colonia ****, en el municipio de

Zapopan, Jalisco, y siendo aproximadamente como las 15:10 quince horas con diez

minutos del día de hoy, cando circulaban con dirección hacia al ****, fue el momento

en el que escucharon el reporte proveniente del radio de comunicación conocido como

de base el cual se encuentra insertado a la unidad, y a través de dicho reporte se les

indico por parte del personal de comunicación del Centro Integral de Comunicaciones-

Base Pal****, “código rojo” lo cual significa estar pendientes al paso ó al avistamiento

de dos tráiler que viajaban en convoy de los cuales uno de ellos era de color blanco y

el otro en color azul, y que cada uno de ellos remolcaban dos remolques que cargaban

contenedores, ya que dichos vehículos de carga habían sido reportado como robados,

debido a que los operadores de ambos vehículos de carga no contestaban sus

teléfonos celulares, además de informarnos que contaban con sistemas de localizan

satelital, vehículos que venían circulando por carretera **** con rumbo a esta ciudad,

por lo que al ir circulando por la avenida **** a la altura del fraccionamiento ****, cuando

por los carriles centrales de dicha avenida **** que circulan en el sentido de **** a norte

es decir en el sentido contrario a cómo iba la unidad, avistaron los vehículos de carga

que momentos antes se habían reportado vía radio comunicación, es decir con las

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características que les trasmitieron, para darles alcance a los vehículos de carga

pesada que habíamos avistado, mismo a los que les dieron alcance hasta llegar a los

cruces de las Avenidas **** y la calle ****, en la colonia ****, en el municipio de

Zapopan, Jalisco, por lo que al ver dicha situación t****on el retorno conocido como

****, en donde circularon por los carriles que circulan de **** a norte y se avoque a

darles alcance a los vehículos de carga pesada, el cual al darle alcance al tracto

camión de color azul el cual iba por detrás del otro tráiler, observaron que dicho

vehículo era conducido por un sujeto del sexo masculino que iba en compañía de otra

persona, quien al ver la unidad comenzó acelerar su velocidad, fue entonces que les

marcaron el alto haciendo sonar los códigos sonoros de la unidad, por lo que dicho

conductor detuvo el vehículo, y una vez que se detuvo la unidad a un costado de dicho

tráiler en color azul, lugar donde descendieron los policías **** y ****, posteriormente

****, se avoco a asegurar al conductor de la otra unidad de carga, es decir al tracto

camión en color blanco, pero al darle alcance a esa unidad, observo que una persona

del sexo masculino bajaba de manera rápida del camión y corría sin rumbo fijo,

además que la puerta del conductor del tracto estaba abierta, por lo que descendió de

la unidad y se aproximo al vehículo el cual era de la marca ****, en color blanco con

negro, con las placas de circulación **** correspondiente al Estado de Zacatecas, con

doble remolque, observando que no se encontraba ninguna otra persona en el asiento

del conductor ni del copiloto, mientras que los policías **** y ****, ya que se

encontraban en el otro vehículo de carga pesada, asegurando a dos personas del sexo

masculino, y al cuestionar al conductor del mencionado vehículo y al acompañante en

relación y del porque intento huir después de pedirle que se detuviera momentos antes,

concordando en decirles ambas personas que no había puesto atención a la indicación

de alto que le había hecho momentos antes, y que al abordar al mencionado automotor

advirtieron que del encendedor para cigarros se encontraba conectado un aparato

electrónico el cual tenía 04 cuatro antenas, por lo que los cuestionaron acerca de su

funcionamiento, a lo que les contestaron que se trataba de un inhibidor de señales,

identificándose esta persona con los nombres de ************, siendo este último quien

conducía el tracto camión en color azul, y continuando con la entrevista por separado

de cada uno, les terminaron de manifestar que pertenecen a una banda de roba

tráilers; deposiciones a las que en lo singular se concede valor probatorio, según la

disposición legal contenida en el artículo 265 de la ley adjetiva penal, pero en conjunto

adquieren pleno valor al tenor de lo dispuesto por el artículo 264 de la ley en cita,

habida cuenta que, acudieron en dichos deponentes circunstancias, tales como que

contaban con edad, capacidad e instrucción suficientes para juzgar el acto relatado,

aunado a que estuvieron dotados de idoneidad, dada la probidad e independencia de

posición de los testigos (imparcialidad), amén de que el hecho es susceptible de

percibirse por medio de los sentidos y de manera directa, de que sus declaraciones

fueron claras y precisas, tanto en la sustancia del hecho como en aspectos

secundarios, que los declarantes no fueron obligados a efectuar sus narraciones, pero

además de todo porque sus versiones se encontraron corroboradas con lo narrado por

el testigo ********* y la respectiva fe ministerial de los objetos materia del hurto.

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s). La diligencia de fe ministerial practicada por el personero de la sociedad

respecto del lugar de los hechos, actuación de la cual se advierte que quedo de

manifiesto que:

“…nos encontramos sobre la autopista **** de Juárez, esto es 05

aproximadamente cinco kilómetros de de distancia de crucero a la

población de Sayula, Jalisco, y lugar mencionado dentro de la presente

Averiguación Previa, como el sitio en donde fue abordado el ciudadano

********, por los sujetos activos del delito y en donde se menciona que fue

privado de su libertad siendo en este lugar en donde doy fe de tener a la

vista 02 dos canales de circulación, los cuales tiene una circulación de

**** a norte y viceversa, en conde cada uno de los canales cuenta con

02 dos carriles de circulación, con un acotamiento a sus extremos

observándose debidamente balizados, mismos que se observan con

una superficie de color negro, al parecer asfalto, al centro de estos

Canals de circulación vehicular, logro observar un camellón el cual

divide esta autopista la cual se observa con vegetación tradicional de la

zona rural en que nos encontramos, continuando con nuestra diligencia,

se logra observar que sobre esta carretera sobre la cual nos

encontramos se encuentra delimitada por unos postes y alambre de

púas, observando y dando fe que el resto de la superficie que la rodea

la podemos clasificar como monte con vegetación tradicional de la zona

rural, sin logra observar edificaciones de algún de materia a los

alrededores del lugar en donde nos encontramos, en este momento

procedemos a avanzar por esta misma autopista 02 dos kilómetros más

con dirección a la población de Acatlán de Juárez, Jalisco, lugar en el

cual se detalla dentro de las actuaciones como el sitio donde fueron

abordados, por los activos del delito, los operadores de las unidades de

carga de nombre ******** sitio en donde al hacernos presentes y

continuar con nuestra diligencia de inspección ocular en vía de fe

ministerial doy fe, que en este tramo de autopista en donde nos

encontramos, se observa de forma similar las mismas características del

primero tramo inspeccionado…”(sic).

t). La diligencia de fe ministerial asentada por el fiscal investigador con fecha 24

veinticuatro de septiembre de año en curso respecto de la mercancía trasportada por

los vehículo de carga.

Diligencias que adquieren valor probatorio pleno al tenor de la disposición legal

contenida en el artículo 269 de la Ley Procesal de la Materia, máxime que las mismas

fueron formalizadas con los requisitos a que se refieren los artículos 9 y 238 de la Ley

en comento, el cual para este estudio es demostrativo en primer lugar de la existencia

física y material del lugar en donde fueron interceptados los automotores materia de la

presente causa y donde se efectuó el desapoderamiento de los mismos, y finamente la

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acreditar la existencia y características de la mercancía que era transportada en los

referidos automotores.

u). El contenido del oficio número 106/2012, suscrito por los Elementos de la

Policía Investigadora del Estado, mediante el cual rinde informe de investigaciones,

con relación a los hechos que dieron origen la presente causa.

Instrumental de actuaciones a la cual se otorga valor indiciario, de conformidad

con lo que dispone el artículo 260 del Código de Procedimientos Penales del Estado,

ya que la información policíaca no constituye un documento público, por no reunir las

características de publicidad, ni contener los requisitos extrínsecos de dichos medios

de prueba y tampoco debe valorarse como documento privado, dado el ejercicio y

carácter de quienes los suscriben; por lo que, considerando su calidad sui generis, por

tratarse de una pieza informativa, que forzosamente se integra a las constancias del

procedimiento, debe estimarse como instrumental de actuaciones y se valora como

indicio, pues se corrobora y tiene concordancia con otras probanzas que también se

integraron a la presente causa penal, con la cual se acreditan la circunstancias de

modo tiempo y lugar en que se diera el desapoderamiento de los objetos muebles

materia del hurto; instrumental de actuaciones cuyo contenido fue corroborado, primero

con el dicho del testigo de los eventos *******.

v). La declaración ministerial rendida por *********, quien a lo que aquí interesa

adujo:

“…Que una vez que he sido informado del motivo por el cual me

encuentro declarando en el interior de esta Agencia del Ministerio

Público, siendo esto por el robo de varios vehículos de carga pesada, los

cuales se encontraban cargados con mercancía consistente en Chile

Seco, y para tal efecto menciono lo siguiente, que desde que salí de la

penal no había tenido un trabajo establece, ya que duraba poco tiempo

en las empresas en donde había estado trabajando, ya que me pagaban

muy poco, entonces como la mayor parte de mi vida me he venido

dedicando a manejar trailers, fue que entre varios amigos, me

comentaron que en la pensión que se localiza en la Avenida de **** y

casi con la calle ****, en la colonia ****, municipio Tlaquepaque, Jalisco,

en ese lugar se juntaban varios sujetos que se estaban dedicando al

robo de vehículos de carga pesada, por lo que recuerdo que desde hace

poco tiempo, unos meses a la fecha, sin recordar el día exacto, me hice

presente a dicha pensión, cuando llegue en la caseta de vigilancia me

entreviste con el Encargado, al cual no recuerdo de momento su nombre,

y le dije que estaba buscando trabajando, fue en ese momento que en el

lugar un sujeto del sexo masculino que estaba ahí escucho lo que

comente, me dijo que el estaba buscando chóferes para trabajar, por lo

que me retiro un poco de la caseta de vigilancia, me comento que el

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ocupaba chóferes para mover trailers robados, que ocupaban gente de

confianza, le comente que de mi parte no iba a tener problemas, ya que

yo ya había estado en la penal por el delito de robo a trailers, estando en

los años del 2006 dios mil seis al 2010 dos mil diez, ya que me había

robado un trailer en esas fechas cargado con azúcar y como me habían

detenido en compañía de otros amigos, fue que estuve en la penal,

entonces, eso me valió para que esta persona la cual se identifico como

**** del cual no recuerdo sus apellidos, me dijo que me daría trabajo, y

que por cada robo me iba a pagar la cantidad de 10,000 diez mil pesos,

fue entonces que desde hace dos meses a la fecha aproximadamente he

realizado un promedio de cinco robo a vehículos de carga pesada, de los

cuales, esta autoridad me indica que posteriormente declarare en

relación a esos robos, que en este momento es necesario declare por lo

que respecta a este robo por el cual me encuentro en calidad de

detenido, y la manera en como estamos llevando a cabo los robos, la

persona que menciono como **** del cual no recuerdo sus apellidos, este

sujeto me habla por teléfono a mi celular ****, para decirme que me

ponga listo ya que en el transcurso del día van a salir a trabajar, (robar

un vehículo de carga pesada), por lo que me indica que me dirija sobre la

Avenida **** a la altura de las Pintas de abajo, municipio de

Tlaquepaque, Jalisco, y como ese lugar esta cerca de mi domicilio,

entonces me voy caminando, una vez que me da la hora en la que debo

de estar, cuando llega, este en ocasiones viene acompañado de otros

sujetos del sexo masculino, los cuales de momento no recuerdo sus

nombres, a los cuales conozco a uno con el apodo de **** de nombre

****, a otro de apodo **** o ****, así como a otro de apodo ****, unos

sujetos de los que no recuerdo sus apodos y llegan abordo de un carro

Tipo ****, color azul claro, cuatro puertas, de modelo reciente, placas de

circulación de las que de momento no recuerdo sus placas, pero son del

Estado de Jalisco, así como también en ocasiones usan una camioneta

**** en color negra, así como una **** de color negra, ambos vehículos

de modelo reciente, entonces, como a **** o AL **** le hablan por

teléfono otros sujetos para darle los datos de los vehículos que nos

vamos a robar y que vienen procedente de la aduana de Manzanillo,

entonces, nos vamos por lo regular por el rumbo de las Poblaciones de

Acatlan de Juarez o Tlajomulco de Zúñiga para avistar los vehículos de

los cuales ya se cuentan con los datos, entonces una vez que tienen a la

vista los vehículos, inmediatamente se le cierra el paso y se bajan mis

compañeros, en especifico **** o **** con las armas de fuego que

utilizamos para asaltar a los chóferes, mismas armas de fuego que me

consta es propiedad de **** o de ****, ya que ellos le entregan las

pistolas y le dan la orden al **** o **** para que con ella amague a los

choferes, una vez amagado el chofer, a este lo suben en unos de los

vehículos, una vez que lo tienen, inmediatamente **** o **** dan la orden

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para que entre **** y yo nos subamos a los camiones y los manejemos,

dependiendo de cuantos camiones nos vallamos a robar, una vez que

estamos abordo de los camiones, tenemos la orden de llevarlos a la

Pensión localiza en la Avenida de **** y casi con la calle ****, en la

colonia ****, municipio Tlaquepaque, Jalisco, dejándolos en ese lugar

para ocultarlos de la policía y no puedan recuperarlos fácilmente, para

esto señalo que lo primero que se le pregunta al chofer que asaltamos,

es saber si la unidad robada cuenta con sistema de localización satelital,

si el chofer no sabe, no nos arriesgamos, ya que le conectamos un

aparto conocido como inhibidor de señal satelital, el cual tengo entendido

no permite que el sistema satelital pueda localizar los camiones, además

bloquea los celulares, así como Radios de Comunicación de la

Corporaciones Policíacas, mismo aparato propiedad de ****, entonces

como dije llevamos los camiones a la pensión antes mencionada en

donde dejamos los remolques, los desenganchamos, para

posteriormente llevar los tractocamiones a otros lugares de la ciudad

para dejarlos, posteriormente, ya que terminamos el trabajo nos vamos a

nuestros domicilios y al día siguiente me habla **** o **** para pagarme

por mi participación en el robo que lleve a cabo una vez que se vende la

mercancía robada, en ocasiones también se venden los camiones o se

desmantelan, de lo que tengo entendido es que en la pensión, ahí es el

lugar en donde se descargan los contenedores con la mercancía robada

y se pasan a otros vehículos los cuales son propiedad de ****, siendo

una caja seca en color blanco, asi como un **** de la marca ****, de los

que no recuerdo mayores datos, sin embargo tengo entendido los guarda

en la pensión del ****, en ocasiones mis compañeros cuando ven que los

vehículos se encuentran en buen estado de uso, los venden o

desmantelan para sacar mas dinero; de los robos que hemos cometido, y

me he enterado que mercancía cargan, uno de ellos fue de Chile seco, y

este robo lo llevamos a cabo a finales del mes de Agosto del año en

curso, por el rumbo de **** y ****, siendo dicho robo en el transcurso de

la madrugada, señalando que los robos los realizamos en esas horas,

porque sabemos que casi no hay vigilancia de la Policía Municipal,

además que casi no hay gente que nos pueda delatar, así las cosas,

como mencione en ese robo me toco como pago la cantidad de $10,000

diez mil pesos; por lo que sin mas; en relación a este robo por el cual me

encuentro en calidad de detenido señalo que siendo el día 21 veintiuno

de Septiembre del año en curso, siendo como las cuatro de la tarde me

hablo a mi teléfono mi amigo **** para decirme que al día siguiente, 22

veintidos de Septiembre íbamos a salir a robar unos camiones de carga,

de los cuales ya se sabían que venían procedente del Puerto de

Manzanillo y estos traían unos contenedores cargados con mercancía

consistente en Chile Seco, entonces, mi amigo **** me dijo que ese día

me vería en el **** y ****, en el transcurso de la mañana, para esto me

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informo que yo tenia que manejar un camión grande, de los que

remolcan doble remolque, ya que se sabia venían dos Fulles procedente

de Manzanillo, fue entonces, que me indico que era necesario que

manejara uno de estos y los llevara a la pensión que se ubica en la calle

de **** y ****, colonia ****, municipio de Tlaquepaque, jalisco, y en ese

lugar desenganchara los remolques y los acomodara de uno por uno, y

que el **** robado lo dejara en algún punto de la ciudad que mi patrón

**** o **** de nombres **** me darían la orden, entonces, como por mi

estatura y tamaño, no puedo desenganchar solo los dollys de los Fulles

(doble remolque), me acorde que tengo un amigo de nombre

*******************”, el cual vive cerca de mi domicilio, entonces como a

esta persona al igual que yo estuvo en la penal, fue que le tuve mas

confianza parta invitarlo a trabajar (robar), diciéndole que si me podía

ayudar a desenganchar el Dolly de los fulles que nos íbamos a robar,

además que ocupaba que el se encargara de cuidar el equipo que inhibe

el sistema satelital de los vehículos y que estuviera bien conectado,

además de que me avisara cuando la Policía Municipal anduviera

circulando por el lugar, le comente que por ese jale le pagarían unos

cinco mil pesos aproximadamente, pero que antes de eso le hablaría a

mi amigo **** o **** para comentarles que necesitaba de un ayudante en

este Robo, le dije a **** que le hablaría en unos momentos para

confirmarle cuando me hubieran dado la autorización, a los pocos

momentos, me comunique con mi patrón **** y le dije lo que antes

señale, el cual estuvo de acuerdo, entonces, me comunique con **** y le

dije que por su participación le pagarían unos cinco mil pesos

aproximadamente, entonces esta persona estuvo de acuerdo en

participar en el robo, por lo que sin mas, le comente que mis patrones ya

me habían dicho que al día siguiente 22 veintidós de Septiembre del año

en curso, me trasladara al cruce de **** y ****, que en ese lugar me iban

a recoger, por lo que le dije al ****, que lo vería en ese lugar para que

estuviera listo, en el transcurso de la mañana, sin recordar la hora

exacta, llegaron al lugar dos camionetas, una de ellas del tipo **** ****,

en color negra y la otra una ****, tipo ****, de color negro, en la cual

venían mis amigos de nombres ****, **** de nombre ****, así como uno

de apodo ****, el cual tengo entendido es quien maneja los otros

camiones de carga que nos robamos cuando son varios, así también,

venia un sujeto al cual le apodan **** o ****, siendo esta persona la cual

me consta es el que amaga a los chóferes con las Armas de fuego que

mi amigo **** o ****, le entregan las armas, así como otros dos sujetos

del sexo masculino de los que no recuerdo sus nombres, y estas

personas son las que ayudan a amagar los chóferes, por lo que una vez

que llegaron en los vehículos nos subimos mi amigo **** y yo,

observando que circulábamos con rumbo a la población de Sayula,

Jalisco, entonces, cuando se avistaron los vehículos que nos íbamos a

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robar, tanto **** y **** nos dijeron que nos pusiéramos atentos, que los

dos fulles que venían circulando de la autopista de Ciudad Guzmán a

Guadalajara, eran los camiones que nos íbamos a robar, por lo que mis

compañeros amagaron tanto al conducto de un vehículo de la marca ****,

tipo ****, el cual viajaba solo, y del que nos imaginamos era el custodio

de la empresa ya que viajaba a corta distancia de los camiones,

inmediatamente después, se detuvo a uno de los camiones de carga,

siendo un **** en color azul el cual jalaba dos remolques, y

posteriormente se detuvo al segundo camión, el cual era un **** en color

blanco, amagando al chofer de cada unidad, a los cuales los subieron a

la **** que traían mis amigos, todo lo anterior lo realizamos sobre la

autopista de ****, estos a la altura de la caseta que se esta construyendo

en la población de Sayula, jalisco, posteriormente, me dio la orden mi

amigo **** a mi y al ****, asi como a **** y que nos subiéramos

inmediatamente cada uno a los tractocamiones para manejar las

unidades, no sin antes darme la cantidad de 400 cuatrocientos pesos

para pagar las casetas, por lo que yo me baje de la camioneta y me subí

inmediatamente al **** de color azul, recuerdo que en esa camioneta

también venían mis amigos **** y ****, entonces mi amigo **** se bajo

conmigo, no sin antes bajar el inhibidor satelital que momentos antes nos

había entregado **** para que lo conectáramos al camión y así tener la

certeza de que si tuvieran localizador satelital los camiones, poder

desinhibirlos con el equipo, entonces cuando bajaron al chofer de la

unidad **** de color azul, nos subimos inmediatamente mi amigo **** y

yo, y como ya teníamos la orden de llevar los vehículos a la pensión que

se localiza en la Avenida de **** y la calle ****, y que en dicha pensión

tenia que dejar los portacontenedores, asi mismo me di cuenta que ****

se subió al **** de color blanco, entonces, nos fuimos, un vehículo detrás

de otros yéndose primero el **** blanco, mientras que atrás íbamos

nosotros, y con el equipo tratar de desinhibir los dos sistemas satelitales

de los fulles, para esto serian como las 15:00 quince horas

aproximadamente, entonces, nos fuimos con rumbo a la pensión,

entonces, cuando circulábamos de manera lenta ya que traíamos los

camiones cargados, pensando en que todo iba a salir bien, cuando

circulábamos por la carretera ****, cerca del ****, en la colonia ****, en un

momento dado se comenzaron a escuchar sirenas y patrullas, los cuales

se aproximaban a toda velocidad a los vehículos que circulábamos, por

lo que sin mas, ya no pude detener la marcha del vehículo de una

manera muy rápida por lo pesado de lo camiones, entonces cuando mi

compañero **** logro detener **** que el conducía, observe que el brinco

del camión y se echo a correr sin rumbo fijo, mientras que yo le dije a ****

que ya había valido madre todo, y que tratara de darse a la huida ya que

venían Patrullas de la policía, entonces **** brinco por el lado del copiloto

tratando de darse a la huida, mientras que yo por mi estatura y peso no

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pude correr, fue entonces que los policías me detuvieron arriba del

camión que iba conduciendo, cuando me bajaron de la unidad y lograron

asegurar a mi compañero ****, los policías nos preguntaban por

separado respecto a los camiones, en su momento yo les decía que todo

estaba bien, que yo era el verdadero chofer de la unidad, tratando de

evadir mi responsabilidad, entonces después de caer en varias

contradicciones termine por confesarles a los policías del Estado, que los

camiones momentos antes nos los habíamos robados tal como lo

menciono en mi declaración, así mismo en el interior del **** que yo

conducía encontraron conectado el inhibidor del satelite al cual hago

referencia, y cuando me preguntaron por el aparato les conteste que este

era propiedad d****, y que en todos los robos que llevamos a cabo lo

utilizamos para mayor seguridad de los robos y no pueda detenernos la

policía, de igual manera cuando nos encontrábamos el lugar en donde

fuimos detenidos por la Policía Municipal, al lugar llegaron varios sujetos

del sexo masculino, los cuales se decían ser los verdaderos chóferes y

estos nos reconocían como los que nos habíamos llevado sus camiones,

además que también había llegado al lugar el dueño de los mismos y

este manifestaba que reconocía sus vehículos como de su propiedad y

nosotros no éramos sus chóferes, en el mismo sentido momentos antes

se me pone a la vista a una persona del sexo masculino de **********, en

el mismo sentido se me pone a la vista un Tiket de pago de caseta, el

cual corresponde a la caseta de cobro de ****, de fecha 22 veintidós de

Septiembre del año 2012 dos mil doce, a la hora de las 15:05 quince

horas con cinco minutos, y este documento lo reconozco como el mismo

que yo pague cuando pase la caseta el camión robado que yo conducía

y este Ticket me fue encontrado en la bolsa de mi pantalón por los

Elementos de la Polcia Investigadora, de igual manera se me pusieron a

la vista momentos antes de dar mi declaración en la calle de 16 entre la

3 y la 5 de esta Zona Industrial varios vehículos de carga pesada,

consistentes en 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda,

en color blanco con negro, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo

plana, color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la

marca ****, color negro: 4.- Semiremolque tipo plana, color blanco, con

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de esta un

contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico

****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color

azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana, color

azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de

esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número

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económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****,

color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco, con placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, mismos que identifico como los

mismo vehículos que nos robamos tal como lo mencione al inicio de mi

declaración. Así mismo en el interior de esta oficina se me puso a la vista

un aparato con estructura de metal, en color gris metálico, con 04 cuatro

antenas, así como con un conector para encendedor, aparato el cual

reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como el mismo que se

encontró abordo del vehículo del tipo ****, de la marca ****, tipo tracto

camión, de color azul, placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, el cual manejaba yo, y mi compañero ************** lo iba

cuidando de que funcionara correctamente. Por ultimo la descripción

física de **** es la siguiente, estatura de un metro con ochenta

centímetros, complexión robusto, color de piel blanco, pelo de color

negro y un poco ondulado, cara redonda, ojos de tamaño chico y de

color negros, nariz de tamaño grande y un poco ancha, boca grande,

labios gruesos, persona que no cuenta con tatuajes, ni cicatrices, y esta

puede ser localizada en la pensión ubicada en la Pensión de ****,

ademas de saber que esta persona cuenta con dos vehículos, uno de

ellos siendo un ****, tipo ****, en color azul, de cuatro puertas, de modelo

reciente, placas del Estado de Jalisco. En el mismo sentido por lo que

respecta a la persona de nombre **** de apodo ****, esta persona de

igual manera puede ser localizada en la pensión localizada en la Avenida

de **** y casi con la calle ****, en la colonia ****, municipio Tlaquepaque,

Jalisco, así mismo, el es el propietario de los vehículos a que hago

referencia en mi declaración y con los cuales se llevaron a cabo el robo

a que hago referencia, siendo una Camioneta de la marca ****, tipo ****,

de color negro, cuatro puertas, de modelo reciente, así mismo, una

camioneta de la marca ****, tipo ****, de cuatro puertas, de color negro,

con placas de circulación del Estado de Jalisco. La persona que

menciono como **** o **** es de una edad aproximada de unos 38 treinta

y ochos años de edad, complexión ****, de un metro con setenta

centímetro, complexión delgada, de un peso aproximado de 65 a 70

kilos, color de pi****, cara afilada, ojos negros de tamaño chicos, nariz

afilada y de tamaño mediana, boca chica y labios delgados, usa

únicamente bigote, no porta tatuajes, cicatrices no le he visto, esta

persona puede ser localizado en la pensión antes mencionada…”(sic).

Al rendir su inquisitiva de ley ante esta autoridad señalo:

“…No estoy de acuerdo con ella, de que si participe en el robo si estoy

de acuerdo, pero en la mayoría de lo que dice de las personas y de cómo

estuvieron los hecho no, porque fui golpeado, torturado con toques para aceptar

lo que está ahí, pues, eso sí lo declaro que no esté de acuerdo, y quiero que

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esté presente mi papa o el licenciado que él me asigne, me abstengo de

declarar más hasta que no venga mi licenciado, que es mi deseo abstenerme de

declarar, siendo todo lo que tiene que manifestar…”(sic).

Declaración que fue emitida bajo los lineamientos establecidos por los artículos

193 y 194 de la Ley Adjetiva Penal en el Estado, esto es, por persona mayor de edad,

que declara sobre hechos propios ante la Autoridad Ministerial, con asistencia de su

defensor de oficio que le fue asignado, sin que se advierta que lo hiciera mediante

coacción, cuyo contenido es apto de valorar como una confesión calificada divisible en

términos de lo dispuesto por el ordinal 263 de la invocada Legislación Procesal, en la

medida que reconoce hechos que en la especie le perjudican como lo es que 22

veintidós de Septiembre del año en curso, en compañía de otros sujetos se dirigió a

robar camiones de carga, de los cuales tenía conocimiento que venían procedente del

Puerto de Manzanillo y estos traían unos contenedores cargados con mercancía

consistente en chile seco, por lo que un sujeto de nombre “****”, le dijo que ese día lo

vería en el **** y ****, en el transcurso de la mañana, para esto ml informo que yo tenía

que manejar un camión grande, de los que remolcan doble remolque, ya que se sabía

venían dos fulles procedente de Manzanillo, fue entonces, que le indico que era

necesario que manejara uno de estos y los llevara a la pensión que se ubica en la calle

de **** y ****, colonia ****, municipio de Tlaquepaque, Jalisco, y en ese lugar

desenganchara los remolques y los acomodara de uno por uno y que el tracto camión

robado lo dejara en algún punto de la ciudad que jefe conocido como “****” o “****” de

nombres **** le darían la orden, entonces, como por su estatura y tamaño, no podría

desenganchar solo los dollys de los fulles (doble remolque), recordó a un amigo

llamado ******”, el que vive cerca del domicilio del deponente, y como esta persona ya

había estado detenido con anterioridad, fue que confianza para invitarlo a trabajar

(robar), diciéndole que le podía ayudar a desenganchar el dolly de los fulles que iban a

robar, además de encargarse de cuidar el equipo que inhibe el sistema satelital de los

vehículos y que estuviera bien conectado, además de que avistara a la Policía

Municipal, cuando circulara por el lugar, haciende saber que por ese “jale” le pagarían

unos $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 moneda nacional), aproximadamente, pero que

antes lo consultaría con “****” o “****” para comentarles que necesitaba de un ayudante

en este Robo, y que después llamaría a “****” para confirmarle cuando lo hubieran

autorizado, a los pocos momentos, me comunique con mi patrón **** y le dije lo que

antes señale, el cual estuvo de acuerdo, entonces, me comunique con “****” y le dije

que por su participación le pagarían $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 moneda

nacional), aproximadamente, entonces esta persona estuvo de acuerdo en participar en

el robo, por lo que sin más le comento que sus patrones ya me habían dicho que al día

siguiente 22 veintidós de Septiembre del año en curso, se trasladara al cruce de **** y

****, que en ese lugar lo recogerían, por lo que le dijo al “****”, que lo vería en ese lugar

para que estuviera listo, en el transcurso de la mañana, sin recordar la hora exacta,

llegaron al lugar dos camionetas, una de ellas del tipo **** ****, en color negra y la otra

una ****, tipo ****, de color negro, en la cual venían “****”, “****” de nombre ****, así

como otro sujeto apodado “****”, quien maneja los otros camiones de carga que se

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roban, cuando son varios, así también, venia un sujeto al cual le apodan “****” o “****”,

siendo esta persona quien amaga a los chóferes con las armas de fuego que “****” o

“****”, le entrega, así como otros dos sujetos del sexo masculino de los que no recuerda

sus nombres, y estas personas son las que ayudan a amagar los chóferes, por lo que

una vez que llegaron en los vehículos los abordaron el declarante y “****”, observando

que circulábamos con rumbo a la población de Sayula, Jalisco, entonces, cuando

avistaron los vehículos que robarían, tanto “****” y “****”, les dijeron que estuvieran

atentos, que los dos fulles que venían circulando de la autopista de Ciudad Guzmán a

Guadalajara, eran los camiones que iban a robar, por lo que sus compañeros

amagaron tanto al conductor de un vehículo de la marca ****, tipo ****, el cual viajaba

solo, y el que suponían era el custodio de la empresa ya que viajaba a corta distancia

de los camiones, inmediatamente después, se detuvo a uno de los camiones de carga,

siendo un tracto camión en color azul el cual jalaba dos remolques, y posteriormente se

detuvo al segundo camión, el cual era un tracto camión en color blanco, amagando al

chofer de cada unidad, a los cuales los subieron a la **** que traían mis amigos, todo lo

anterior lo realizamos sobre la autopista de Ciudad ****, estos a la altura de la caseta

que se está construyendo en la población de Sayula, Jalisco, posteriormente, le dio la

orden “ ****” al declarante y al “****”, así como a “****” y que se subieran

inmediatamente cada uno a los tracto camiones para manejar las unidades, no sin

antes darle la cantidad de $ 400.00 (cuatrocientos pesos 00/100 moneda nacional),

para pagar las casetas, por lo que el declarante bajo de la camioneta y abordo

inmediatamente al tracto camión de color azul, entonces “****” se bajo también,

portando el inhibidor satelital que momentos antes les había entregado “****” para que

lo conectaran al camión y así tener la certeza de que si tuvieran localizador satelital los

camiones, poder desinhibirlos con el equipo, entonces cuando bajaron al chofer de la

unidad tracto camión de color azul, lo abordaron inmediatamente “****” y el deponente,

y como ya tenían la orden de llevar los vehículos a la pensión que se localiza en la

Avenida de **** y la calle ****, y que en dicha pensión tenían que dejar los

portacontenedores, así mismo se dio cuenta que “****” se subió al tracto camión de

color blanco, entonces, se fueron, un vehículo detrás de otro, yéndose primero el tracto

camión blanco, mientras que atrás íiban el vehículo conducido por el atestante, y con el

equipo tratar de desinhibir los dos sistemas satelitales de los fulles, siendo

aproximadamente las 15:00 quince horas, dirigiéndose a la pensión circulábamos de

manera lenta ya que traíamos los camiones cargados, y cuando circulábamos por la

carretera ****, cerca del ****, en la colonia ****, en un momento dado se comenzaron a

escuchar sirenas y patrullas, los cuales se aproximaban a toda velocidad a los

vehículos en que circulaban, por lo que sin más, ya no pudo detener la marcha del

vehículo de una manera muy rápida por lo pesado de los camiones, entonces cuando

su compañero “****” logro detener **** que el conducía, observando que este brinco del

camión y se echo a correr sin rumbo fijo, refiriéndole al “****” que “ya había valido

madre todo”, y que tratara de darse a la huida ya que venían patrullas de la policía,

entonces “****” brinco por el lado del copiloto tratando de darse a la huida, mientras que

del deponente por su estatura y peso no pudo correr, fue entonces que los policías lo

detuvieron arriba del camión que conducía, cuando lo bajaron de la unidad y lograron

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asegurar al “****”, los policías les preguntaban por separado respecto a los camiones,

refiriendo el deponente que todo estaba bien, que él era el verdadero chofer de la

unidad, tratando de evadir su responsabilidad, entonces después de caer en varias

contradicciones, terminando por confesarles a los policías del Estado, que estos

camiones, momentos antes los habían robados.

w). La narrativa que ante la presencia del Agente del Ministerio Público, rindió

*********”, quien señalo que:

“…Que una vez que he sido informado del motivo por el cual me

encuentro declarando en el interior de esta Agencia del Ministerio

Público, siendo esto por el robo de varios vehículos de carga pesada, los

cuales se encontraban cargados con mercancía consistente en Chile

Seco, y para tal efecto menciono lo siguiente, tal como lo mencione en

mis generales, el día 05 cinco de Mayo del año en curso, salí de la penal

de puente Grande, en donde estuve internado durante un año, lugar en

donde conocí a varios sujetos que se dedican al robo de vehículos de

carga pesada, siendo en lo particular a mi amigo **********, y con esta

persona también me junto actualmente por el rumbo de **** y la Avenida

****, municipio de Tlaquepaque, Jalisco, así las cosas recuerdo que me

dijo ********que si estaba interesado en participar en robar vehículos de

carga pesada, ya que a él, le estaba yendo muy bien económicamente,

toda vez que por manejar lo camiones robado le estaban pagando la

cantidad de 10,000 diez mil a 15,000 quince mil pesos, entonces, que

estaban robando de uno a dos trailers por semana, por lo que me

comento que sus patrones de nombres **** y **** de nombre ****

conocían a unos sujetos con los cuales trataban directamente y le

pasaban los datos de los vehículos robados que venían procedentes de

la Aduana de Manzanillo, que los vehículos los tenia que llevar a una

pensión y dejarlos en ese lugar, para tal efecto señalo; En relación a este

robo por el cual me encuentro en calidad de detenido señalo que siendo

el día 21 veintiuno de Septiembre del año en curso, siendo como las

cuatro o cinco de la tarde aproximadamente me hablo mi amigo

************para decirme que tenia un jale para mi, que me invitaba a un

robo de vehículos de carga pesada, que sus patrones tenían buenos

datos de unos vehículos que venían procedente de la aduana de

manzanillo, por lo que recuerdo que ese día me hablo por teléfono

celular para decirme que si le podía ayudar a desenganchar el Dolly de

los fulles que se iban a robar, además que ocupaba que le ayudara a

cuidar el equipo que inhibe el sistema satelital de los vehículos y que

estuviera bien conectado, y que le avisara cuando la Policía Municipal

anduviera circulando por el lugar para que no nos detuviera, me comento

que por ese robo me pagaría la cantidad de cinco mil pesos

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aproximadamente, me dijo que le iba a pedir autorización a sus patrones,

de los cuales me decía que les apodan **** y a otra persona le decían

**** para comentarles que necesitaba de un ayudante en este Robo, me

dijo EL **** que me hablaría en unos momentos para confirmarme

cuando le hubieran dado la autorización sus patrones, a los pocos

momentos, se comunico de nueva cuenta mi amigo, el cual me dijo que

no había problema en que lo acompañara en el robo, que sus patrones

ya le habían dicho que al día siguiente 22 veintidós de Septiembre del

año en curso, nos trasladáramos al cruce de **** y ****, que en ese lugar

nos iban a recoger, en el transcurso de la mañana, casi para ser a medio

día, sin recordar la hora exacta, me fue al lugar en donde nos iban a

recoger, al poco rato llegaron dos camionetas, una de ellas del tipo ****

****, en color negra y la otra una ****, tipo ****, de color negro, en la cual

venían varios sujetos del sexo masculino, fue entonces que mi amigo ****

me los presento, siendo al primero de ellos de nombre **** del cual no

me dijo su nombre completo, a otro sujeto mayor de edad al cual me dijo

que le apodaban “****” diciéndome su nombre ****, así como otro de

apodo “****”, el cual, ese día me entere que era uno de los otros chóferes

que manejaban los vehículos robados, así también, me presentaron a

otro sujetos al cual le apodaban **** o ****, siendo esta persona la que

me comento mi amigo EL **** que el era quien amagaba a los chóferes

con las Armas de fuego, de igual manera también me di cuenta que al

lugar habían llegado otros dos sujetos del sexo masculino de los que no

recuerdo sus nombres, y de los cuales me dijeron también participaban

en amagar los chóferes, por lo que una vez que llegaron en los vehículos

nos subimos mi amigo EL **** y yo, para esto me di cuenta que

circulábamos con rumbo a la población de Sayula, Jalisco, entonces,

cuando se avistaron los vehículos que nos íbamos a robar, tanto **** y

**** nos dijeron que nos pusiéramos atentos, que los dos camiones que

venían circulando por la autopista eran los camiones que nos íbamos a

robar, en eso me percate que las personas con las cuales veníamos se

le emparejaron al conducto de un vehículo de la marca ****, tipo ****, el

cual viajaba solo, y del que nos imaginamos era el custodio de la

empresa, al obligaron a detener la marcha su vehículo, para

posteriormente con armas de fuego amagarlo y subirlo a la camioneta,

inmediatamente después, se le dio alcance a uno de los camiones de

carga, siendo un **** en color azul el cual jalaba dos remolques, y

posteriormente se detuvo en el mismo sentido al segundo camión, el

cual era un **** en color blanco, el cual también jalaba dos remolques

con contenedores, amagando al chofer de cada unidad con armas de

fuego, a los cuales los subieron a la **** que traían mis amigos para

privarlos de su libertad, todo lo anterior se llevo a cabo sobre la autopista

de Ciudad Guzmán – ****, esto a la altura de la caseta que se esta

construyendo en la población de Sayula, Jalisco, aproximadamente

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como a las 15;00 horas, posteriormente, la persona de nombre **** le

dijo a mi amigo **** y a mi, así como a **** que nos subiéramos cada

uno a los tractocamiones para manejar las unidades, dándome cuenta

que esta persona le entrego una cantidad de dinero a mi amigo ******** y

le decía que con ese dinero pagara la caseta de cobro de ****, por lo

que me baje de la camioneta y me subí al **** de color azul, con mi

amigo ******** de nombres **** y **** me entregaban un equipo conocido

como inhibidor satelital para que lo conectáramos al camión y así no

tener problemas con los camiones, tal como se me había explicado su

funcionamiento, entonces, cuando bajaron al chofer de la unidad del ****

de color azul, nos subimos inmediatamente mi amigo ******* yo al ****, y

como ya teníamos la orden de llevar los vehículos a la pensión que se

localiza en la Avenida de **** y la calle ****, dándome cuenta que la

persona de apodo **** se subió al **** de color blanco, entonces, nos

fuimos, un vehículo detrás de otro, yéndose primero el **** blanco,

mientras que atrás íbamos nosotros en el **** azul, y con el equipo tratar

de desinhibir los dos sistemas satelitales de los fulles, entonces, nos

fuimos con rumbo a la pensión, entonces, cuando circulábamos por la

carretera ****, cerca del ****, en la colonia ****, en un momento dado se

comenzaron a escuchar sirenas y patrullas, los cuales se aproximaban a

toda velocidad a los vehículos que circulábamos, por lo que sin mas, mi

amigo **** ya no pudo detener la marcha del vehículo, entonces ****

logro detener **** que el conducía, observe que él brinco del camión y se

echo a correr sin rumbo fijo, mientras que mi amigo ********** me decía

que ya había valido madre todo, y que tratara de darme a la huida ya que

venían Patrullas de la policía, entonces brinque por el lado del copiloto,

pero antes de salirme por la prisa me pegue en la cabeza con la puerta

del ****, ocasionándome un golpe en mi cabeza que yo solo me di,

entonces cuando bajaba del camión un Elemento de la Policía Estatal,

de los conocidos como los Negro, me detuvo, mientras que a mi

compañero ******** lo habían detenido abordo del **** que circulábamos,

recuerdo que los policías nos preguntaban por separado respecto a los

camiones, en su momento yo les decía que todo estaba bien, que yo

únicamente venia acompañando al chofer y que no sabia que los

camiones tuvieran algún problema, tratando de evadir mi

responsabilidad, entonces después de caer en varias contradicciones

termine por confesarles a los policías del Estado, que los camiones

momentos antes nos los habíamos robados tal como lo menciono en mi

declaración, así mismo en el interior del **** en el cual venia encontraron

conectado el inhibidor del satélite al cual hago referencia, y cuando me

preguntaron por el aparato les conteste que este era propiedad d****, de

igual manera cuando nos encontrábamos el lugar en donde fuimos

detenidos por la Policía Municipal, ya pasado un tiempo al lugar llegaron

varios sujetos del sexo masculino, los cuales se decían ser los

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verdaderos chóferes y estos nos reconocían como los que nos habíamos

llevado sus camiones, además que también había llegado al lugar el

dueño de los mismos y este manifestaba que reconocía sus vehículos

como de su propiedad y nosotros no éramos sus chóferes, en el mismo

sentido momentos antes de dar mi declaración se me pone a la vista a

una persona del sexo masculino de nombre *********, de igual manera se

me pusieron a la vista momentos antes de dar mi declaración en la calle

de 16 entre la 3 y la 5 de esta Zona Industrial varios vehículos de carga

pesada, consistentes en 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5°

quinta rueda, en color blanco con negro, con placas de circulación ****

del Estado de Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 2.-

Semiremolque tipo plana, color azul, con placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la

leyenda ****, con número económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del

tipo dolly, de la marca ****, color negro: 4.- Semiremolque tipo plana,

color blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta

rueda, en color azul, con placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo

plana, color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con

número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la

marca ****, color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco,

con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, mismos que

identifico como los mismos vehículos que nos robamos tal como lo

mencione al inicio de mi declaración. Así mismo momentos antes de dar

mi declaración en el interior de esta oficina se me puso a la vista un

aparato con estructura de metal, en color gris metálico, con 04 cuatro

antenas, así como con un conector para encendedor, aparato el cual

reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como el mismo que se

encontró abordo del vehículo del tipo ****, de la marca ****, tipo tracto

camión, de color azul, placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, el cual manejaba mi amigo ******* y yo, lo iba cuidando de

que funcionara correctamente y este aparato nos lo entrego **** para que

lo conectaramos he inhibiera la señal satelital de los tractocamiones. Por

ultimo la descripción física de **** es la siguiente, estatura de un metro

con ochenta centímetros, complexión robusto, color de piel blanco, pelo

de color negro y un poco ondulado, cara redonda, ojos de tamaño chico

y de color negros, nariz de tamaño grande y un poco ancha, boca

grande, labios gruesos, persona que no cuenta con tatuajes, ni

cicatrices, En el mismo sentido por lo que respecta a la persona de

nombre **** de apodo ****, es de una edad aproximad de unos sesenta y

cinco años de edad aproximadamente, complexión robusta, pelo canoso,

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por lo que momentos antes de dar mi declaración se me puso a la vista

una fotografía en blanco y negro en la cual aparece una persona

retratada con el nombre de ****, persona a la cual identifico como a quien

en mi declaración menciono con el apodo de ****; La persona que

menciono como **** o **** es de una edad aproximada de unos 38 treinta

y ochos años de edad, complexión ****, de un metro con setenta

centímetro, complexión delgada, de un peso aproximado de 65 a 70

kilos, color de pi****, cara afilada, ojos negros de tamaño chicos, nariz

afilada y de tamaño mediana, boca chica y labios delgados, usa

únicamente bigote, no porta tatuajes, cicatrices no le he visto…”(sic).

Al rendir su declaración preparatoria ante este órgano jurisdiccional se

abstuvo de declarar.

Dentro de esta diligencia fue interrogado por el personero de la sociedad,

quedando de manifiesto:

“…PRIMERA. Diga Usted, si reconoce como suyas las firmas que

obran al calce y al margen de la declaración Ministerial que le acaba de

ser leída, para lo cual solicito le sea mostrada el acta correspondiente a

su declaración y de esta manera se encuentre en condiciones de

responder a la pregunta, en caso de que sea aprobada por parte de este

Tribunal. Aprobada. Contesto. Si, si las conozco. A LA SEGUNDA. Diga

Usted, si reconoce como suyas las huellas que obran al calce y al

margen de la declaración Ministerial que le acaba de ser leída, para lo

cual solicito le sea mostrada el acta correspondiente a su declaración y

de esta manera se encuentre en condiciones de responder a la pregunta,

en caso de que sea aprobada por parte de este Tribunal. Aprobada.

Contesto. Si. A LA TERCERA. Diga usted, si reconoce a *********** en las

fotografías que obran a fojas 70 setenta y 71 setenta y uno del

expediente original de la presente causa, para lo cual solicito le sea

mostrada el acta correspondiente a su declaración y de esta manera se

encuentre en condiciones de responder a la pregunta, en caso de que

sea aprobada por parte de este Tribunal. Aprobada. Contesto. Si. A LA

CUARTA. Diga usted, la razón del porque afirma usted reconocer al

anteriormente mencionado ************. Aprobada. Contesto. Pues somos

compañeros y amigos…”(sic).

Declaraciones que fueron emitidas bajo los lineamientos establecidos por los

artículos 193 y 194 de la Ley Adjetiva Penal en el Estado, esto es, por persona mayor

de edad, que declara sobre hechos propios ante la Autoridad Ministerial, con asistencia

de su defensor de oficio que le fue asignado, sin que se advierta que lo hiciera

mediante coacción, cuyo contenido es apto de valorar como una confesión calificada

divisible en términos de lo dispuesto por el ordinal 263 de la invocada Legislación

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Procesal, en la medida que reconoce hechos que en la especie le perjudican como lo

es que el día 05 cinco de Mayo del año en curso, salió de la penal de Puente Grande,

en donde estuvo internado durante un año, lugar en donde conoció a varios sujetos que

se dedican al robo de vehículos de carga pesada, siendo en lo particular a ******”, y con

esta persona se reúne actualmente por el rumbo de **** y la Avenida ****, municipio de

Tlaquepaque, Jalisco, por lo ********, le comento que si estaba interesado en participar

en robar vehículos de carga pesada, ya que a él, le estaba yendo muy bien

económicamente, toda vez que por manejar los camiones robados, le estaban pagando

la cantidad de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 moneda nacional), a $ 15,000.00

(quince mil pesos 00/100 moneda nacional), entonces, que estaban robando de uno a

dos trailers por semana, por lo que le comento que sus patrones de nombres “****” y

“****” de nombre ****, conocían a unos sujetos con los cuales trataban directamente y le

pasaban los datos de los vehículos robados que venían procedentes de la Aduana de

Manzanillo, que los vehículos los tenía que llevar a una pensión y dejarlos en ese lugar,

para tal efecto señalo; En relación a este robo por el cual me encuentro en calidad de

detenido señalo que siendo el día 21 veintiuno de Septiembre del año en curso, siendo

como las cuatro o cinco de la tarde aproximadamente , le llamo **********”, para decirle

que tenía un jale para el declarante, que lo invitaba a un robo de vehículos de carga

pesada, que sus patrones tenían buenos datos de unos vehículos que venían

procedente de la aduana de manzanillo, y que ese día le hablo por teléfono celular para

decirle que si le podía ayudar a desenganchar el dolly de los fulles que se iban a robar,

además que ocupaba que le ayudara a cuidar el equipo que inhibe el sistema satelital

de los vehículos y que estuviera bien conectado, y que le avisara cuando la Policía

Municipal anduviera circulando por el lugar para que no los detuviera, comentándole

que por ese robo le pagaría la cantidad de $ 5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 moneda

nacional), aproximadamente, refiriéndole que le iba a pedir autorización a sus patrones,

de los cuales me decía que les apodan “****” y a otra persona le decían “****” para

comentarles que necesitaba de un ayudante en este robo, señalandole “EL ****” que le

hablaría en unos momentos para confirmarme cuando le hubieran dado la autorización

sus patrones, a los pocos momentos, se comunico de nueva cuenta con el deponente,

el cual me dijo que no había problema en que lo acompañara en el robo, que sus

patrones ya le habían dicho que al día siguiente 22 veintidós de Septiembre del año en

curso, se trasladaran al cruce de **** y ****, que en ese lugar los iban a recoger, en el

transcurso de la mañana, casi para ser a medio día, sin recordar la hora exacta, se

dirigió a este al lugar en donde los iban a recoger, poco tiempo después llegaron dos

camionetas, una de ellas del tipo **** ****, en color negra y la otra una ****, tipo ****, de

color negro, en la cual venían varios sujetos del sexo masculino, fue entonces que

******, se los presento, siendo al primero de ellos de nombre “****” del cual no le dijo su

nombre completo, a otro sujeto mayor de edad al cual me dijo que le apodaban “****”

diciéndole su nombre ****, así como otro de apodo “****”, el cual, ese día se entere que

era uno de los otros chóferes que manejaban los vehículos robados, así también, le

presentaron a otro sujetos al cual le apodaban “****” o “****”, refiriéndoles “EL ****” que

esta persona era quien amagaba a los chóferes con las armas de fuego, de igual

manera también se dio cuenta que al lugar habían llegado otros dos sujetos del sexo

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masculino de los que no recuerda sus nombres, y de los cuales le dijeron también

participaban en amagar los chóferes, por lo que una vez que llegaron en los vehículos

tanto el deponente como “*******”, percatándose que circulaban con rumbo a la

población de Sayula, Jalisco, entonces, cuando avistaron los vehículos que se iban a

robar, tanto “****” y “****”, les dijeron que estuvieran atentos, que los dos camiones que

venían circulando por la autopista eran los camiones que se iban a robar, en eso se

percato se emparejaron al conductor de un vehículo de la marca ****, tipo ****, el cual

viajaba solo, y del que se imaginaron era el custodio de la empresa, al que obligaron a

detener la marcha su vehículo, para posteriormente con armas de fuego amagarlo y

subirlo a la camioneta, inmediatamente después, se le dio alcance a uno de los

camiones de carga, siendo un tracto camión en color azul el cual jalaba dos remolques,

y posteriormente se detuvo en el mismo sentido al segundo camión, el cual era un

tracto camión en color blanco, el cual también jalaba dos remolques con contenedores,

amagando al chofer de cada unidad con armas de fuego, a los cuales los subieron a la

**** que traían sus compañeros para privarlos de su libertad, todo lo anterior se llevo a

cabo sobre la autopista de Ciudad Guzmán – ****, esto a la altura de la caseta que se

está construyendo en la población de Sayula, Jalisco, aproximadamente como a las

15;00 horas, posteriormente, la persona de nombre “****” le dijo a *********” y a al

declarante, así como a “****” que se subieran cada uno a los tractocamiones para

manejar las unidades, dándose cuenta que esta persona le entrego una cantidad de

dinero a “*********” y le decía que con ese dinero pagara la caseta de cobro de ****, por

lo que el atestante bajo de la camioneta y abordo al tracto camión de color azul, en

compañía de ******, para esto “****” y “****” le entregaron un equipo conocido como

inhibidor satelital para que lo conectara al camión y así no tener problemas con los

camiones, tal como se le había explicado su funcionamiento, entonces, cuando bajaron

al chofer de la unidad del tracto camión de color azul, inmediatamente ********* y el

declarante abordaron dicho tracto camión, y como ya tenían la orden de llevar los

vehículos a la pensión que se localiza en la Avenida de **** y la calle ****, dándose

cuenta que la persona de apodo “****” se subió al tracto camión de color blanco,

entonces, se fueron, un vehículo detrás de otro, yéndose primero el tracto camión

blanco, mientras que atrás iba circulando el vehículo en cual viajaba el declarante y con

el equipo tratar de desinhibir los dos sistemas satelitales de los fulles, entonces, se

fueron con rumbo a la pensión, entonces, cuando circulaban por la carretera ****, cerca

del ****, en la colonia ****, en un momento dado se comenzaron a escuchar sirenas y

patrullas, los cuales se aproximaban a toda velocidad a los vehículos que circulábamos,

por lo que sin más, ******* ya no pudo detener la marcha del vehículo, entonces “****”

logro detener **** que el conducía, obser**********, le dijo que “ya había valido madre

todo”, y que tratara de darse a la huida ya que venían patrullas de la policía, entonces

brinco por el lado del copiloto, pero antes de salir por la prisa se golpeo en la cabeza

con la puerta del tracto camión, siendo detenido por un Elemento de la Policía Estatal,

de los conocidos como los Negro, mientras que a **********, era detenido a bordo del

tracto camión en que circulaba, y que al ser cuestionado por los elementos policiacos,

les decía que todo estaba bien, que únicamente venia acompañando al chofer y que no

sabía que los camiones tuvieran algún problema, y después de caer en varias

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contradicciones termino por confesarles a los policías del Estado, que estos camiones

momentos antes los habían robado.

Dentro del periodo de instrucción se ofertaron los siguientes medios de prueba:

DE LA DEFENSA:

La ampliación de declaración realizada por **********, el 02 dos de enero de

2013 dos mil trece, en la cual señalo:

“…Simplemente lo que viene ahí todo lo acomodaron en la catorce, y ya

na más nos hicieron firmar a la fuerza, porque si no firmábamos nos

llevaban otra vez a los cuartitos donde nos tenían para golpearnos, por eso

les tuve que firmar, cuando en realidad a mí me contrataron porque trabajo

en eso, de los paraderos de tráiler, cuando no conocen l ciudad, los leva uno

y sirve como guía, y a mí me contrataron únicamente para que fuera a

desenganchar las cajas, y me pagarían la cantidad de cinco mil pesos, y

desconozco yo a toda gente que viene ahí, asentada de la catorce, porque

en realidad fueron tres días en los que nos tenían golpeando y ya me

ahogaba porque me tenían golpeado y me amenazaron y por eso firme, por

eso también quiero careos con lo judiciales, las camionetas que viene ahí,

la gente que me señal yo desconozco todo eso, al que conozco de vista es

al compañero que viene conmigo, de nombre **********, y él fue el que me

dijo que viniéramos para acá, que por un camión, nos venimos de raite, de

Guadalajara, y que esto sería cuestión de medio día, llegamos a atrás de

una caseta y ya estaba el tráiler ahí estacionado, y me dijo mi compañero

que ese era, y de ahí ya nos iríamos, ya que me pagaran, en ningún

momento mite gente, ni choferes ni gente armada, nada de lo que viene ahí,

tenía apenas cuatro meses y medio que acaba de salir de Puente Grande,

pero no por delitos tan fuertes como este, estuve por mínimos delitos y yo

me tengo que hacer cargo de mis hijos, y es lo que me pesa más, sigo

solicitando los careos con los judiciales, porque fueron puros golpes y

torturas y yo nunca declare nada, solo me hicieron firmar a la fuerza…”(sic).

En segunda ampliación de declaración de fecha 20 veinte de marzo de 2014

dos mil catorce, señalo:

“…Que a mí me contrataron como machetero o guía, y en vida había

visto al mentado ****, no lo conozco ni se quien sea…”(sic).

Retractaciones a las cuales no se les puede conceder valor probatorio

alguno, ello en razón de que la dinámica de los hechos que vuelca el

acusado, no se ven justificada ni acreditada con algún otro medio probatorio

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que la compruebe o corrobore, de ahí que sea evidente que la misma es

emitida con el claro animo de mejorar la situación jurídica del inculpado. Lo

anterior con fundamento en lo dispuesto por el ordinal 192 de la Ley

Procesal Penal.

Por su parte *********, en ampliación de declaración de fecha 02 dos de enero

de 2014 dos mil catorce señalo:

“…Sobre las personas que dije la primera declaración en donde dice

que mi patrón es un tal ****, yo lo señale porque no me quedaba otra,

porque me tenían vendado, y me torturaron con agua y toques y por eso

dije que era ese señor, pero nos e como se llame ese vale, esa persona no

tiene nada que ver con el robo que cometí y **** tampoco, porque no tenía

otra opción, porque me estaban golpeado en la catorce, y de los otros robos,

pido careos con lo judiciales para que me traigan a la parte afectada que

dice que robe, porque me avenaron cinco robos, pero de los otros cuatro yo

no lo hice, en este si acepto pero delos otros cuatro no fui yo…”(sic).

En diversa ampliación de fecha 20 veinte de marzo de 2014 dos mil catorce, el

acusado *************** adujo:

“…Que no acepto a la persona que le dicen en ****, ni que desmantelo,

camiones…”(sic).

Atestos los cuales adquieren la calidad de confesión parcial divisible, y

se valoran de conformidad con lo dispuesto por el ordinal 263 del

Enjuiciamiento Penal del Estado, al ser el dicho de quien acepta la comisión

de hechos que lo perjudican, aunado que la misma es emitida en claro

acatamiento a lo previsto por los diverso numerales 193 y 194 de la ley

procesal en cita, sin que sea de valorarse lo referido por el deponente en el

sentido, de que declaro en la forma en que lo hizo, obligado, golpeado y

torturado, dado que el mismo no aporto medio probatorio que acreditara su

dicho.

Se desahogaron prueba de careo entre lo dicho el procesado ********* con lo

dicho por los elementos de la Policía Investigadora del Estado, ****, **** Y ****,

diligencias en la que quedo de manifestó:

“…se procede al desahogo del careo resultante, entre el dicho del

procesado *************** y el dicho del policía investigador de nombre ****, y

estando presentes en el local del Juzgado la C. Agente del Ministerio

Público de la adscripción, LICENCIADA **** **** ****, el procesado

************, previa excarcelación, su defensor de oficio, LICENCIADO **** y

el policía investigador de nombre ****, manifestando que reproducen sus

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demás generales que como suyas obran en autos, en estos momentos se

exhorta al procesado y se protesta al policía investigador en mención , para

que conduzcan con verdad en lo que van a declarar, puestos que son en

formal careo resultó: por su parte el procesado manifiesta que NO conozco a

mi careado por lo que ve a mi declaración ministerial no estoy de acuerdo,

con respecto a la ampliación de mi declaración la ratifico en todas y cada

una de sus partes, por lo que ve la declaración de mi careado estoy de

acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar. Por su parte el policía

investigador de nombre ****, manifiesta que conozco a mi careado de vista

porque estuvo detenido en el área de carga pesada y me tocó realizar la

investigación, por lo que ve a mi informe que rendí mediante oficio número

106/2012, lo ratifico en todas y cada una de sus partes, respecto

declaración de mi careado estoy de acuerdo únicamente en la declaración

que rindió ante el Ministerio Público, en la ampliación de declaración que

rindió ante este Juzgado, no estoy de acuerdo, es todo lo que tengo que

manifestar, se hace constar que la conducta de los careados se mostró

tranquila…”(sic).

“…se procede al desahogo del careo resultante, entre el dicho del

procesado ********** y el dicho del policía investigador de nombre ****: por

su parte el procesado manifiesta que NO conozco a mi careado por lo que

ve a mi declaración ministerial no estoy de acuerdo, únicamente estoy de

acuerdo la ampliación de declaración que rendí ante este Juzgado, por lo

que ve la declaración de mi careado, no estoy de acuerdo, es todo lo que

tengo que manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****,

manifiesta, manifiesta que si conozco a mi careado de vista porque estuvo

detenido en el área de carga pesada y me tocó realizar la investigación, por

lo que ve a mi informe que rendí mediante oficio número 106/2012, lo

ratifico en todas y cada una de sus partes, respecto declaración de mi

careado estoy de acuerdo con la que rindió ante el Ministerio Público, con la

que rindió en este Juzgado en ampliación de declaración no estoy de

acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar, se hace constar que la

conducta de los careados se mostró tranquila…”(sic).

“…se procede al desahogo del careo resultante entre el dicho del

procesados ********* y el dicho del policía investigador de nombres ****, :

por su parte el procesado manifiesta que NO conozco a mi careado por lo

que ve a mi declaración ministerial no estoy de acuerdo y ratifico la

ampliación de declaración que rendí ante este Juzgado, por lo que ve la

declaración de mi careado no estoy de acuerdo, porque él no nos detuvo,

quienes nos detuvieron fueron otras personas distintas es todo lo que tengo

que manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****,

manifiesta, que conozco a mi careado de vista porque estuvo detenido en el

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área de carga pesada y me tocó realizar la investigación, por lo que ve a mi

informe que rendí mediante oficio número 106/2012, lo ratifico en todas y

cada una de sus partes, respecto declaración de mi careado estoy de

acuerdo únicamente con la que rindió ante el Ministerio Público, con la

ampliación de su declaración que rindió en éste Juzgado no estoy de

acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar, se hace constar que la

conducta de los careados se mostró tranquila….”(sic).

Al desarrollar las diligencias de careo entre lo dicho por **********, con lo referido

por los elementos de la Policía Investigadora del Estado, ****, **** Y ****, diligencias en

la que quedo de manifestó

“…se procede al desahogo del careo resultante, entre el dicho del

procesado ************** y el dicho del policía investigador de nombre ****, y

estando presentes en el local del Juzgado la C. Agente del Ministerio Público

de la adscripción, LICENCIADA **** **** ****, el procesado ********* ****y el

policía investigador de nombre ****, manifestando el procesado de mérito

que reproduce sus demás generales que como suyas obran en autos, y el

referido investigador manifiesta ser mexicano, soltero, de 42 cuarenta y dos

años de edad, originario y vecino de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, con

domicilio en la calle 14 catorce número 2567, Zona Industrial, mismo que se

identifica con credencial número de empleado 13798, expedida a su favor por

la Fiscalía General del Estado, que lo acredita como policía Investigador “B”,

en estos momentos se exhorta al procesado y se protesta al policía

investigador en mención , para que conduzcan con verdad en lo que van a

declarar, puestos que son en formal careo resultó: por su parte el procesado

manifiesta que NO conozco a mi careado por lo que ve a mi declaración

ministerial no estoy de acuerdo en parte en lo que no estoy de acuerdo en es

cuando digo que **** también cometió el robo, con respecto a la ampliación

de mi declaración la ratifico en todas y cada una de sus partes, por lo que ve

la declaración de mi careado estoy de acuerdo, es todo lo que tengo que

manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****, manifiesta,

manifiesta que si conozco a mi careado de vista porque estuvo detenido en el

área de carga pesada y me tocó realizar la investigación, por lo que ve a mi

informe que rendí mediante oficio número 106/2012, lo ratifico en todas y

cada una de sus partes, respecto declaración de mi careado estoy de

acuerdo únicamente en la declaración que rindió ante el Ministerio Público, en

la ampliación de declaración que rindió ante este Juzgado, no estoy de

acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar, se hace constar que la

conducta de los careados se mostró tranquila…”(sic).

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“…se procede al desahogo del careo resultante, entre el dicho del

procesado ******** y el dicho del policía investigador de nombre ****: por su

parte el procesado manifiesta que NO conozco a mi careado por lo que ve a

mi declaración ministerial no estoy de acuerdo en parte en lo que no estoy de

acuerdo en es cuando digo que **** también cometió el robo, con respecto a

la ampliación de mi declaración la ratifico en todas y cada una de sus partes,

por lo que ve la declaración de mi careado estoy de acuerdo, es todo lo que

tengo que manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****,

manifiesta, manifiesta que si conozco a mi careado de vista porque estuvo

detenido en el área de carga pesada y me tocó realizar la investigación, por lo

que ve a mi informe que rendí mediante oficio número 106/2012, lo ratifico en

todas y cada una de sus partes, respecto declaración de mi careado estoy de

acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar, se hace constar que la

conducta de los careados se mostró tranquila…”(sic).

“…que tenga verificativo el desahogo de la audiencia de careos, entre el

dicho de los procesados ************** ****: por su parte el procesado

manifiesta que NO conozco a mi careado por lo que ve a mi declaración

ministerial no estoy de acuerdo en parte en lo que no estoy de acuerdo en es

cuando digo que **** también cometió el robo, con respecto a la ampliación

de mi declaración la ratifico en todas y cada una de sus partes, por lo que ve

la declaración de mi careado estoy de acuerdo, es todo lo que tengo que

manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****, manifiesta,

que conozco a mi careado de vista porque estuvo detenido en el área de

carga pesada y me tocó realizar la investigación , por lo que ve a mi informe

que rendí mediante oficio número 106/2012, lo ratifico en todas y cada una de

sus partes, respecto declaración de mi careado estoy de acuerdo, es todo lo

que tengo que manifestar, se hace constar que la conducta de los careados

se mostró tranquila…”(sic).

Probanzas las cuales no aportan dato de prueba útil que venga a

debatir o desvirtuar las confesiones emitidas inicialmente vertidas por los

acusados **********, de ahí la imposibilidad de conceder valor probatorio

alguno a estos medios de defensa. LO anterior con fundamento en lo

dispuesto por el ordinal 192 de la Ley Procesal Penal.

Probanzas ofertada por el Agente del Ministerio Público Adscrito:

La ampliación de declaración del elemento captor ****, quien adujo:

“…Que ratifico en todas y cada una de sus partes mi declaración

ministerial y aclaro que la detención de las personas se llevó a cabo sobre

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la Avenida ****, a la altura de la Colonia d****, en los cruces antes

mencionados, y que las personas afectadas nos manifestaron que los

habían robado antes de la caseta de Acatlán de Juárez, sin mencionar

distancia exacta, es todo lo que tengo que manifestar…”(sic).

La ampliación de declaración del elemento captor ****, quien señalo:

“…Que ratifico en todas y cada una de sus partes mi declaración

ministerial y aclaro que la detención de las personas se llevó a cabo a la

altura de la Colonia d****, sobre la Avenida **** en los cruces antes

mencionados, y las personas afectadas nos manifestaron que los habían

robado antes de la caseta de Acatlán de Juárez, sin mencionar distancia

exacta, es todo lo que tengo que manifestar…”(sic).

Deposiciones a las que en lo singular se concede valor probatorio, según la

disposición legal contenida en el artículo 265 de la ley adjetiva penal, pero en conjunto

adquieren pleno valor al tenor de lo dispuesto por el artículo 264 de la ley en cita,

habida cuenta que, acudieron en dichos deponentes circunstancias, tales como que

contaban con edad, capacidad e instrucción suficientes para juzgar el acto relatado,

aunado a que estuvieron dotados de idoneidad, dada la probidad e independencia de

posición de los testigos (imparcialidad), amén de que el hecho es susceptible de

percibirse por medio de los sentidos y de manera directa, de que sus declaraciones

fueron claras y precisas, tanto en la sustancia del hecho como en aspectos

secundarios, que los declarantes no fueron obligados a efectuar sus narraciones, pero

además de todo porque sus versiones se encontraron corroboradas con lo narrado por

el testigo ********** la respectiva fe ministerial de los objetos materia del hurto.

El acta circunstanciada que elaborara el Agente del Ministerio Publico

Investigado el día 22 veintidós de septiembre de 2012 dos mil doce.

Diligencias que adquieren valor probatorio pleno al tenor de la disposición legal

contenida en el artículo 269 de la Ley Procesal de la Materia, máxime que las mismas

fueron formalizadas con los requisitos a que se refieren los artículos 9 y 238 de la Ley

en comento, el cual para este estudio es demostrativo en primer lugar de la existencia

física y material del lugar en donde fueron interceptados los automotores materia de la

presente causa y donde se efectuó a detención de los acusados.

El comprobante de pago de uso de vías de comunicación federales, expedido

por BANOBRAS y con folio 009194491, de fecha 22 veintidós de septiembre de 2012

dos mil doce, con hora de expedición 15:05:41, quince horas, cinco minutos y cuarenta

y un segundos.

Prueba a la cual, se le concede valor probatorio indiciario de acuerdo al artículo

274 del Enjuiciamiento Penal del Estado, para demostrar su existencia y contenido.

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Con el contenido de los dictámenes periciales emitidos bajo los oficios

IJCF/00265/2012/12CE/IF/06, IJCF/11165/2012/12CE/IV/02 y

IJCF/08982/2012/12CE/VA/01.

Dictámenes los anteriores, que por reunir los requisitos de los artículos 220,

221, 223 y 225 del Coligo de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, se les

concede valor probatorio pleno de conformidad a lo dispuesto por el numeral 268 del

código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, toda vez que fueron

practicados y emitidos por especialista en la materia sobre las cuales dictaminaron.

Probanzas las anteriores, que concatenadas entre sí en un orden lógico,

armónico y natural y valoradas jurídicamente de conformidad a lo establecido por los

artículos 260, 263, 264, 265, 266, 269, 272 y demás relativos y aplicables del

enjuiciamiento penal del Estado de Jalisco, se considera que los mismos son aptos y

suficientes para tener por acreditada la materialidad del delito de ROBO, previsto por

el numeral 233 del Código Penal del Estado, cometido en detrimento patrimonial de

**** y de la persona moral denominada “***********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

CAPITAL VARIABLE.

En tal tesitura, y al entrar al estudio de la conducta típica y los elementos, estos

encuadran perfectamente tal como se advierte en el siguiente estudio pormenorizado:

I.- APODERAMIENTO. Este primer elemento se conforma por dos premisas la

primera denominada ANIMUS que se refiere precisamente a la intención que tiene el

victimario de ejercer un poder de hecho sobre una cosa, y que se traduce al mundo

fáctico con la segunda premisa denominada CORPUS, que se refiere a la aprehensión

real o material de la cosa. Sirve de sustento para el anterior argumento el siguiente

criterio Jurisprudencia emitido por la Primera Sala del Máximo Tribunal del país, visible

en la Quinta Época, en el Semanario Judicial de la Federación, como: CIX, en página:

868 que reza:

“…ROBO, DELITO DE (LEGISLACIÓN DE JALISCO).

Conforme al artículo 330 del Código Penal del Estado, comete el delito

de robo, el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin

consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de ella.

De lo que se infiere que para la configuración del delito de que se

trata, es indispensable que concurran dos elementos: el ánimus y el

corpus y, además, que la cosa que se dice robada no se haya

encontrado en poder del agente, porque si tal aconteciere, el delito

que pueda cometer será otro diverso del de robo…”(sic).

Esta aprehensión puede efectuarse por cualquier procedimiento ya sea personal

e inmediato (aprehensión manual) o mediato (por exigir a un tercero que la verifica

materialmente); por medio de la astucia o de la fuerza bruta. El apoderamiento se

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consuma cuando, además de la simple remoción de la cosa en el lugar en que se

encontraba el agente la tiene en su posesión material

II.- COSA AJENA, MUEBLE: Al estudiar éste segundo elemento, se pone de

manifiesto que por cosa se entiende un objeto corporal susceptible de obtener un

valor, el cual no debe de ser necesariamente económico, pudiendo ser documental o

meramente moral o afectivo y es ajena aquella que no pertenece a la persona que la

posee y si pertenece a alguien distinto, es el aspecto negativo del concepto de

ajenidad de la cosa. Los bienes son muebles por su naturaleza o por disposición de la

Ley, y consiste básicamente en que por su naturaleza propia pueden ser trasladados

ya sea por fuerza externa o por si solos de un lugar a otro sin que pierdan o alteren

sus cualidades intrínsecas, tal como lo estipula el dígito 801 del código civil para el

Estado de Jalisco. Sirve de sustento el siguiente criterio: Visible en la Octava Época,

emitida por el SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER

CIRCUITO, localizable en el Semanario Judicial de la Federación, Tomo: XII,

Diciembre de 1993, Página: 954 que reza:

“…ROBO. NATURALEZA MUEBLE DEL OBJETO EN QUE

RECAE EL DELITO DE. (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE

GUERRERO). Para considerar si la cosa substraída en el delito de

robo, tiene la calidad de mueble o inmueble, es indebido apoyarse en

el criterio ficticio de distinción que entre ambas hace el derecho civil

alegando que la legislación penal no hace tal distingo; pues cabe

destacar, que si se t****a en todos los casos el Código Civil como

criterio de la legislación penal, sobrevendrían lagunas de ley en

detrimento del patrimonio de los sujetos pasivos del delito; luego, en

cuanto al tema, debe estarse a la naturaleza intrínseca del objeto en

que recae el injusto, de tal suerte, que si la materia en que recayó el

delito acusado, - cocos-, podían ser transportados de un lugar a otro

sin alterar su substancia, es indiscutible, que deben considerarse

muebles, dado que no tenían fijeza y eran susceptibles de ser

cambiados de ámbito territorial por aplicación de una fuerza externa

sin alterarlos en esencia y finalidad…”(sic).

III. SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO: Este es el elemento

normativo del injusto. Comprende el derecho mismo y la capacidad para ejercitarlo.

No es ilegitimo el apoderamiento que se efectúa en el ejercicio de un derecho o en

cumplimiento de un deber legal. No es el ilegitimo el apoderamiento si se hace

mediando el consentimiento del propietario o de quien legítimamente puede

otorgarlo. El consentimiento puede concederse expresa, tácitamente o

presuntamente y solo excluye el delito si es anterior a la perpetración de éste. Sirve

de sustento el siguiente criterio de la Quinta Época, emitida por el Pleno de la

Suprema Corte de Justicia, y visible en el Semanario Judicial de la Federación

Tomo: XII. En su página: 369 que prevé:

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“…ROBO. Comete ese delito, el que se apodera de una cosa

ajena, mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que

puede disponer de ella, con arreglo a la ley…”(sic).

Elementos de prueba los anteriores que con fundamento en lo previsto por los

artículos 116 y 132 del Enjuiciamiento Penal para el Estado de Jalisco, resultan

bastantes para tener por demostrados los elementos del tipo penal del delito que aquí

nos ocupa, pues del estudio lógico y jurídico que se realiza de dichas pruebas, toda

vez que la fuerza demostrativa del caudal probatorio con que fue integrada la presente

causa penal, contiene eficacia jurídica para justificar las circunstancias de tiempo,

modo, lugar y ocasión en que tuvo verificativo el apoderamiento de los diversos objeto

muebles descritos, a saber, un vehículo de la marca ****, tipo **** ****, color blanco con

negro, modelo 2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el numero de motor

****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la

marca ****, en color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el

contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo oxido y con

la leyenda “****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la

marca ****, color negro, con el número de serie ****, se encuentra enganchado a una

plataforma de la marca ****, color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres,

con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

misma plataforma que cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o

candado ****, color blanco y con la leyenda “****”, un vehículo marca ****, tipo **** ****,

color azul, modelo 2003 dos mil tres, con numero de serie ****, con el numero de motor

****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la

marca ****, en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número

de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha

plataforma cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado ****,

color rojo y con la leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo

“DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos

mil ocho, se encuentra enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****,

color blanco, modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie

****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, vehículos que al

momento del robo se encontraban cargados con mercancía consistente en 58

cincuenta y ocho toneladas aproximadamente de chiles secos y el vehículo marca ****,

tipo sedán, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****, con el

número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de Jalisco, lo que

aconteció aproximadamente a las 15:00 quince horas del 22 veintidós del mes de

septiembre del año 2012 dos mil doce, sobre la autopista Ciudad Guzmán-Acatlán de

Juárez, a 5 cinco kilómetros adelante del crucero a la población de Sayula, Jalisco,

esto con dirección a la población de Acatlán de Juárez, Jalisco, varios sujetos que se

desplazaban en dos vehículos de color negro, a saber uno tipo **** Explores y otro más

tipo **** ****, empleando arma de fuego, con la cuales amenazaron al conductor del

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automotor marca ****, tipo sedán, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de

serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de

Jalisco, *********, a quien obligaron a detenerse, haciéndolo descender de este

vehículo, despojándolo del mismo y obligándolo a subir a la camioneta tipo ****, para

después detener el vehículo marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo

2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en

color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados, despojando de este

vehículo al conductor ****, a quien haciéndolo subir al vehículo tipo ****, por lo que

continuaron su marcha hasta detener al vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul,

modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****,

en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie

****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados,

haciendo descender al conductor de este automotor ********, para de igual forma

hacerlo subir al vehículo tipo ****, por los que los activos abordaron el vehículo tipo

marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con numero de serie ****,

con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul, modelo 1998 mil novecientos

noventa y ocho, con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas y a sus acoplados, mientras que un tercero sujeto abordo el

automotor marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis,

con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación

**** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul, modelo

2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas y a sus acoplados, los cuales condujeron con dirección a

Guadalajara, Jalisco, mientras que los conductores fueron posteriormente dejados

amarrados de pies y manos, en las cercanías de la mencionada carretera, en donde

después de liberarse de sus ataduras dieron aviso a los representantes de la empresa,

en las que laboran, quienes dieron aviso a las autoridades correspondientes, por lo que

al implementarse un operativo de búsqueda, las mencionadas unidades de carga

pesada con sus respectivos acoplados, fueron localizadas en la carretera ****, y al ser

interceptados por los elementos captores, se logró la detención de uno los incoados a

bordo del automotor marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con

número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación ****

del Estado de Zacatecas, por su parte el segundo de los imputados fue detenido

cuando descendía de esta unidad, mientras que el conductor de la diversa unidad

marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis, con número

de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado

de Zacatecas, logro darse a la fuga, siendo estos sujetos detenidos plenamente

identificados por *********, como las personas que en compañía de otros sujetos lo

desapoderaron del automotor en que se trasportaba de su acoplados y de la mercancía

transportada el mismo; conducta la anterior, que desde luego fue ejecutada sin que

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mediara el consentimiento de la persona que legalmente podía disponer de dichos

objetos con arreglo a la ley.

Consecuentemente, se acreditó el primero de los elementos del cuerpo del

delito, es decir, el apoderamiento (que a su vez se integra con el elemento material o

externo, que consiste en la aprehensión de la cosa, y el moral o interno, consistente en

el propósito del activo de apoderarse de lo ajeno), con el dicho de los denunciantes

******, lo depuesto por el testigo ******* y preponderantemente con lo narrado por los

propios activos, pues de la adminiculación de dichas diligencias, las cuales

trascendieron con eficacia demostrativa al tenor de lo dispuesto por los artículos 263,

265 y 266 de la ley procesal de la materia, resulta evidente que la acción de

apoderamiento en cita, se materializó luego de que los sujetos activos, t****on

posesión material deun vehículo de la marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro,

modelo 2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el numero de motor ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****,

en color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el contenedor

número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo oxido y con la leyenda

“****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****,

color negro, con el número de serie ****, se encuentra enganchado a una plataforma de

la marca ****, color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, con el número

de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, misma

plataforma que cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado

****, color blanco y con la leyenda “****”, un vehículo marca ****, tipo **** ****, color

azul, modelo 2003 dos mil tres, con numero de serie ****, con el numero de motor ****,

con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca

****, en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de

serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma

cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo y

con la leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de

la marca ****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho, se

encuentra enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****, color blanco,

modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie ****, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, vehículos que al momento del robo

se encontraban cargados con mercancía consistente en 58 cincuenta y ocho toneladas

aproximadamente de chiles secos y el vehículo marca ****, tipo sedán, color gris,

modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****, con el número de motor ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Jalisco; probanzas las anteriores mismas

de las cuales se desprende que algunos sujetos, con toda intención (conocimiento y

voluntad), se apoderaron de los objetos descritos y los pusieron bajo su control

personal, sacándolos del radio de acción y disponibilidad del dueño.

Ahora bien, en lo concerniente al segundo de los elementos constitutivos del

cuerpo del delito que establece que el apoderamiento recaiga sobre un bien mueble,

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debe acudirse a la naturaleza intrínseca del objeto, es decir, que pueda ser trasladado

de un lado a otro, sin alterar su substancia, de ahí que deban considerarse muebles,

los que no tienen fijeza y puedan ser cambiados de ámbito territorial por la aplicación

de una fuerza externa, elemento este que se encuentra acreditado, con las

declaraciones ministeriales de los denunciantes, del testigo de cargo y lo narrado por

los activos, los que señalaron que se desplazaron los objetos muebles consistentes en

un vehículo de la marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil

seis, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul,

modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de circulación

**** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el contenedor número ****, con

el número de sello o candado ****, color rojo oxido y con la leyenda “****”, vehículo el

cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el

número de serie ****, se encuentra enganchado a una plataforma de la marca ****,

color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, con el número de serie ****,

con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, misma plataforma que

cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color blanco

y con la leyenda “****”, un vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003

dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul,

modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie ****, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el

contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo y con la

leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la

marca ****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho, se

encuentra enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****, color blanco,

modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie ****, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, vehículos que al momento del robo

se encontraban cargados con mercancía consistente en 58 cincuenta y ocho toneladas

aproximadamente y el vehículo marca ****, tipo sedan, color gris, modelo 2012 dos mil

doce, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Jalisco, con lo que se acredita que por la naturaleza

intrínseca de dichos objetos, son susceptibles de moverlos de un lugar a otro, sin

alterar su substancia, probanzas que trascendieron con eficacia demostrativa al tenor

de lo dispuesto por los artículos 263, 265 y 266 de la ley procesal de la materia.-

Respecto al tercero de los elementos, consistente en que los bienes materia

del apoderamiento sean ajenos al patrimonio del activo, se considera acreditado con

las propias confesiones de los indiciados quienes reconoce la ajeneidad de los bienes

afectos a la causa, concretándose al propio tiempo el último de los elementos del

cuerpo del delito, consistente en que el apoderamiento se ejecute sin que mediara

el consentimiento de la persona que legalmente podía disponer de los objetos

con arreglo a la ley, pues en todo caso, correspondería al propio activo y a su

defensa, acreditar en términos de lo dispuesto por los artículos 122 y 177, de la ley

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procesal de la materia, que el propietario de los objetos, autorizó a los activos a

aprehender la cosas y ejecutar sobre las misma actos de dominio, como si fuera

dueño.

De ahí que con lo anterior, se acrediten legalmente los elementos que

configuran la materialidad del delito de ROBO, a que se refiere el artículo 233, del

Código Penal para el Estado de Jalisco, cometido en agravio de ***************y de la

persona moral denominada ****”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en

los términos de los artículos 116, 122, 122 ter y 132, del Enjuiciamiento Penal para el

Estado de Jalisco.

DE LAS CALIFICATIVAS DEL DELITO. Esta autoridad procede ahora

abordar el estudio de las calificativas con que se agravara el delito de ROBO por el

cual se acusó a los sentenciables, encontrando al efecto que el Agente del Ministerio

Público Integrador, sostienen que en el caso particular se acreditan las calificativas

establecidas en las fracciones IX, XI y XII del artículo 236 del Código Penal Estatal, ya

que citan al efecto que se encuentra justificado que la conducta antisocial desplegada

por los activos recayó sobre vehículos automotores, se haya ejercido violencia en las

personas con armas de fuego, y que fue cometido por tres o más con lo que dicen se

surten las hipótesis agravantes descritas en las fracciones IX, XI y XII del ordinal 236

de la Ley Sustantiva Criminal.

Agravantes las cuales en criterio de quien esto resuelve y hasta el momento

procesal en que se actúa, se ven materializadas, ya que como se puede advertir de la

dinámica de los hecho plasmada a lo largo de la presente resolución los activos del

delito se valieron del empleo de un arma de fuego con al cual amagaron y

amedrentaron a los testigos ********* que el latrocinio recayó sobre un vehículo de la

marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis, con

número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación ****

del Estado de Zacatecas, un vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003

dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas y el vehículo marca ****, tipo sedán, color gris,

modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****, con el número de motor ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Jalisco y que los participantes en este

evento criminal fueron más de tres personas, por ello que se vean materializadas la

agravantes invocadas por el fiscal consignador. Acreditándose estas agravantes de

manera esencial con lo dicho por los propios inculpados y lo referido por los testigos

*********, probanzas Las cuales fueron oportunamente valorada de conformidad con lo

dispuesto por el ordinal 236 y 264 de la ley procesal en cita.

De ahí pues que el delito de ROBO sea considerado como CALIFICADO, de

conformidad con lo que dispone el diverso 233 en relación al 236 fracciones IX, XI y

XII, de la Ley Penal de la Entidad.

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IV). PLENA RESPONSABILIDAD PENAL. La plena responsabilidad penal de

*******, por su responsabilidad penal en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO

previsto por los artículos 6 fracción I, 233 en relación con el artículo 236 fracciones IX,

XI y XII del Código Penal Vigente para el Estado de Jalisco, cometido en detrimento

patrimonial de *********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SI se

encuentra en actuaciones demostrada con los mismos elementos de prueba y medios

de convicción que se mencionaron en los párrafos que antecedes y que en obvio de

repeticiones se dan por reproducidos literalmente en el presente apartado como si a la

letra se trascribieran, tiene aplicación al respecto, el criterio jurisprudencial que bajo el

rubro y texto siguiente se enuncia:

“…RESOLUCIONES EN MATERIA PENAL. LA

TRANSCRIPCIÓN INNECESARIA DE CONSTANCIAS ES

PRÁCTICA DE LA QUE EL JUZGADOR GENERALMENTE DEBE

ABSTENERSE EN ESTRICTO ACATO AL PRINCIPIO DE

LEGALIDAD. La evolución legislativa del artículo 95, fracción IV, del

Código Federal de Procedimientos Penales permite advertir que el

legislador ha querido suprimir de la práctica judicial la arraigada

costumbre de transcribir innecesariamente constancias procesales.

En efecto, la redacción original de tal dispositivo consignaba que toda

sentencia debía contener: "Un extracto breve de los hechos

conducentes a la resolución."; sin embargo, esa estipulación luego

fue adicionada, por reforma de ocho de enero de mil novecientos

noventa y uno, para que a partir de entonces la síntesis sólo se

refiriese al material probatorio, pues el precepto en cita quedó

redactado en los siguientes términos: "Un extracto breve de los

hechos conducentes a la resolución, mencionando únicamente las

pruebas del sumario."; y finalmente, el texto en vigor revela una

posición más contundente del autor de la norma, cuando en la

modificación de diez de enero de mil novecientos noventa y cuatro

estableció que el texto quedara de la siguiente manera: "Un extracto

breve de los hechos exclusivamente conducentes a los puntos

resolutivos del auto o de la sentencia en su caso, evitando la

reproducción innecesaria de constancias.". Por tanto, si como puede

verse, ha sido preocupación constante del legislador procurar que las

sentencias sean más breves, lo que de suyo tiene como finalidad que

sean más comprensibles y menos onerosas en recursos humanos y

materiales, sin género de dudas que esto sólo se logra cuando el

cuerpo de la resolución, en términos de espacio, lo conforman los

razonamientos y no las transcripciones, puesto que el término

"extracto breve", por sí mismo forma idea de una tarea sintetizadora

propia del juzgador, que excluye generalmente al uso de la

transcripción, sólo permitida cuando, dentro de la línea

argumentativa, sea indispensable ilustrar el razonamiento con alguna

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cita textual que verdaderamente sea de utilidad para la resolución del

asunto; principio que es aplicable no sólo a las sentencias, sino

también a los autos, pues no hay que perder de vista que la redacción

actual del precepto en cita equipara ambas clases de resoluciones.

En conclusión, siendo la transcripción innecesaria de constancias una

práctica que el legislador ha querido proscribir, entonces, los

tribunales están obligados a abstenerse de ella, en estricto acato al

principio de legalidad. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL

VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO. Novena Época. Registro: 180262.

Jurisprudencia. Materia(s): Penal.

Así como el criterio jurisprudencial que bajo el rubro y texto siguiente se

enuncia:

“…CUERPO DEL DELITO Y PRESUNTA RESPONSABILIDAD.

PRUEBA POR LOS MISMOS ELEMENTOS. Si bien es cierto que el

cuerpo del delito y la presunta responsabilidad resultan ser conceptos

diferentes, en virtud de que el primero se refiere a cuestiones

impersonales relativas a la verificación de un hecho tipificado por la

ley como delito, independientemente de la autoría de la conducta, y la

segunda radica en la atribución de la causación del resultado a una

persona; también lo es que, puede suceder que un medio de

convicción sirva para acreditar ambos extremos, ya que en ese caso,

por un lado puede revelar la existencia de un hecho determinado

como delito y por el otro atribuir la comisión del suceso a un sujeto

específico; por tanto, tener por justificadas ambas premisas con los

mismos datos probatorios no trae como consecuencia una violación

de garantías. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO

CIRCUITO. Octava Época. Registro: 224,782 Jurisprudencia.

Materia(s): Penal.

Con los elementos de prueba antes señalados, a su enlace lógico y natural y

valorados jurídicamente, nos arriba a la conclusión de que queda acreditada la plena

responsabilidad penal de los inculpados ***** por su responsabilidad penal en la

comisión del delito de ROBO CALIFICADO previsto por los artículos 6 fracción I, 233

en relación con el artículo 236 fracciones IX, XI y XII del Código Penal Vigente para el

Estado de Jalisco, cometido en detrimento patrimonial de ********* SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en los términos de los artículos 116, 127 y 132

del Enjuiciamiento Penal del Estado de Jalisco, ya que al ser analizados dichos

elementos de prueba en sus circunstancias, queda plenamente demostrado que

**********A, son las personas que se apoderaron de los diversos objeto muebles

descritos, a saber, que una tercera persona se apodero de un vehículo de la marca

****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis, con número de

serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de

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Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul, modelo 2008 dos mil ocho,

con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,

dicha plataforma cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado

****, color rojo oxido y con la leyenda “****”, vehículo el cual, mediante un remolque

auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número de serie ****, se

encuentra enganchado a una plataforma de la marca ****, color blanco, modelo 1993

mil novecientos noventa y tres, con el número de serie ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, misma plataforma que cargaba el contenedor

número ****, con el número de sello o candado ****, color blanco y con la leyenda “****”,

que | se apoderaron de un vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003

dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul,

modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie ****, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el

contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo y con la

leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la

marca ****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho, se

encuentra enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****, color blanco,

modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie ****, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, vehículos que al momento del robo

se encontraban cargados con mercancía consistente en 58 cincuenta y ocho toneladas

aproximadamente de chiles seco, mientras que otro sujeto se apodero del vehículo

marca ****, tipo sedán, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****,

con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de Jalisco, lo

que aconteció aproximadamente a las 15:00 quince horas del 22 veintidós del mes de

septiembre del año 2012 dos mil doce, sobre la autopista Ciudad Guzmán-Acatlán de

Juárez, a 5 cinco kilómetros adelante del crucero a la población de Sayula, Jalisco,

esto con dirección a la población de Acatlán de Juárez, Jalisco, varios sujetos que se

desplazaban en dos vehículos de color negro, a saber uno tipo **** Explores y otro más

tipo **** ****, empleando arma de fuego, con la cuales amenazaron al conductor del

automotor marca ****, tipo sedán, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de

serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de

Jalisco, **** ******, a quien obligaron a detenerse, haciéndolo descender de este

vehículo, despojándolo del mismo y obligándolo a subir a la camioneta tipo ****, para

después detener el vehículo marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo

2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las

placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en

color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de

circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados, despojando de este

vehículo al conductor ****, a quien haciéndolo subir al vehículo tipo ****, por lo que

continuaron su marcha hasta detener al vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul,

modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****,

en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie

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****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados,

haciendo descender al conductor de este automotor *********, para de igual forma

hacerlo subir al vehículo tipo ****, por lo que **********” abordo el vehículo tipo marca

****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el

numero de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la

plataforma de la marca ****, en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y

ocho, con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de

Zacatecas y a sus acoplados, tripulando el mismo, mientras que *****”, abordo también

este automotor a efecto de manipular el inhibidor satelital con el cual trataron de

interrumpir la señal del localizador satelital que portaba esta unidad motriz, mientras

que un tercero sujeto abordo el automotor marca ****, tipo **** ****, color blanco con

negro, modelo 2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el número de motor

****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la

marca ****, en color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados, los cuales

condujeron con dirección a Guadalajara, Jalisco, mientras que los conductores fueron

posteriormente dejados amarrados de pies y manos, en las cercanías de la

mencionada carretera, en donde después de liberarse de sus ataduras dieron aviso a

los representantes de la empresa, en las que laboran, quienes dieron aviso a las

autoridades correspondientes, por lo que al implementarse un operativo de búsqueda,

las mencionadas unidades de carga pesada con sus respectivos acoplados, fueron

localizadas en la carretera ****, y al ser interceptados por los elementos captores, se

logró la detención de *******a bordo del automotor marca ****, tipo **** ****, color azul,

modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con

las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, por su parte **********” fue

detenido cuando descendía de esta unidad, mientras que el conductor de la diversa

unidad marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis, con

número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del

Estado de Zacatecas, logro darse a la fuga, siendo estos sujetos detenidos plenamente

identificados por ***********, como las personas que en compañía de otros sujetos lo

desapoderaron del automotor en que se trasportaba de su acoplados y de la mercancía

transportada el mismo; conducta la anterior, que desde luego fue ejecutada sin que

mediara el consentimiento de la persona que legalmente podía disponer de dichos

objetos con arreglo a la ley, de manera que a criterio de quien ahora resuelve, queda

acreditada de manera plena la responsabilidad criminal de ********), en la comisión del

delito de ROBO CALIFICADO, previsto por el artículo 233 en relación con el ordinal

236 fracciones IX, XI y XII, del Código Penal para el Estado, cometido en detrimento

patrimonial de *********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. Plena

responsabilidad del delito que se acredita con todas y cada una de las pruebas antes

señaladas, pero especialmente con el dicho de los propios acusados *************

donde acepta su participación en los hechos que se le reprochan, así como lo dicho

por los testigos ********, *******

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No es óbice para quien esto resuelve que la defensa aporto como probanzas de

descargo en favor de su presentado, la ampliación de declaración de *********** los

careos entre el dicho de los imputados con lo referido por los elementos de la Policía

Investigadora ****, **** Y ****, probanzas las cuales se dan por reproducidas, y de la

que analizado su contenido no se advierte manifestación alguna que desacredite

alguno de los elementos conformadores del tipo penal de ROBO CALIFICADO, menos

aún se evidencia circunstancia alguna que releve de responsabilidad a los reos de

marras, por lo que las probanzas antes referidas no son medios convictivos idóneos a

efecto de eximir a los hoy sentenciados de su responsabilidad criminal.

Sin que plenamente se justifique alguna causal que excluya la responsabilidad

penal en los términos del artículo 13 del Código Penal del Estado, al hoy sentenciado,

dado que no existe probanza alguna que acredite al momento de cometer el delito los

reos de marras fueran inimputables, actuaran bajo causas de inculpabilidad o efectuara

una legítima defensa.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 en con concordancia con el

diverso 56 bis de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco, el presente delito

no es sujeto de la implementación de métodos alternos de solución de conflictos.

De lo anterior, se colige que los justiciable ***************ntervinieron en los

hechos que se les imputan con plena conciencia de que su actuar era ilegal, en

términos del artículo 11 del código penal para el estado de Jalisco, que reza:

“…Artículo 11.- Son autores o partícipes del delito:

I.- Los que acuerden o preparen su realización.

II.- Los que los realicen por sí;

III.- Los que lo realicen conjuntamente;

IV.- Los que lo lleven a cabo sirviéndose de otro;

V.- Los que induzcan dolosamente a otro a cometerlo;

VI.- Los que dolosamente con conocimiento del delito presten o

auxilien a otro para su comisión;

VII.- Los que con posterioridad a su ejecución auxilien al

delincuente, en cumplimiento de una promesa anterior al delito y

VIII.- los que sin acuerdo previo, intervengan con otros en su

comisión, cuando no se pueda precisar el resultado que cada quien

produjo.

Los autores o partícipes a que se refiere el presente artículo

responderán cada uno en la medida de su propia culpabilidad…”(sic).

En esa tesitura, en primer lugar la conducta ******* se ubica en el supuesto del

artículo 11 fracción II, es decir QUE LO REALICEN POR SI; en los términos ya

precisados en párrafos anteriores, dado a que el caudal de prueba se pondera que el

justiciable de propia voluntad participa en el hecho, apoderándose de cosa mueble sin

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el derecho de la persona que legalmente podía disponer del mismo. Ello al conducir el

automotor marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número

de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado

de Zacatecas,

Por su parte la conducta de ***********” se ubica en el supuesto del artículo 11

fracción II, es decir QUE LO REALICEN POR SI; en los términos ya precisados en

párrafos anteriores, dado a que el caudal de prueba se pondera que el justiciable de

propia voluntad participa en el hecho, al abordar el automotor marca ****, tipo **** ****,

color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor

****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas y operar el inhibidor

satelital con el cual trato de impedir el rastreo de este automotor, por vial del

localizador satelital que portaba el mismo.

De igual manera la presente causa no se encuentra dentro de los supuestos de

prescripción de la acción penal de conformidad con lo enunciado por los ordinales 81,

82, 83, 85 y demás relativos y aplicables de la ley procesal de la materia.

V. DE LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LA SANCIÓN. En consideración a que

******, fueron encontrados penalmente responsables en la comisión del delito de ROBO

CALIFICADO, previsto por el artículo 233 en contexto con el diverso 236 fracciones IX,

XI y XII, en relación con la fracción I con el diverso 6 del Código Penal Vigente para el

Estado de Jalisco, se procede a individualizar la sanción correspondiente, al tenor de

las disposiciones legales contenidas en los arábigos 40 y 41 y demás relativos del

mismo ordenamiento legal, haciendo las siguientes consideración que:

***

2. El perito que examino a *********, determino que NO PRESENTA

ALTERACIONES DE SUS FACULTADES MENTALES, tiene una edad de 33 treinta y

tres años de edad, estudio la educación primaria, es chofer, su conducta actual es de

Robo Calificado, su condición económica es baja, la víctima es **********”, SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con el cual no tiene relación alguna. De los

antecedentes penales se advierte que el mismo es primo delincuente.

3. Las circunstancias de ejecución de los hechos delictivos que nos ocupan y

que fueron imputados a **********, se han dejado trascritas a lo largo de la presente

resolución, de las que destacan que el procesado actuó de manera consciente y que el

delito que perpetro son de los considerados como dolosos y que fue cometido en

contra de ********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de

quien ejecuto la conducta que se le imputa.

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Por ello y tomando en consideración que la fiscalía solicito que se aplicara para

el delito de ROBO CALIFICADO en los términos del artículo 236 bis inciso D, en

contexto con el artículo 6 fracción I, del Código Penal para el Estado de Jalisco, que

prevé una sanción de 09 nueve a 20 veinte años de prisión y hasta 1000 mil días de

multa, cuando intervenga la calificativa que se consigna en la fracción IX o cuando

concurran dos o más de las calificativas enunciadas en el artículo 236,

independientemente del monto de lo robado; cuando concurra entre las calificativas la

IX antes referida, se incrementarán las penas hasta una tercera parte más de la que

resulte aplicable; si bien es cierto que el sentenciado *********, cuenta con

antecedentes penales, según el oficio recibido del informe de anteriores prisiones;

también resulta ser cierto que la conducta desplegada por el activo, así como al

dinámica en que se desarrollaron los evento criminales materia de esta causa son

efectivos para considera que su peligrosidad como media, y que es posible que

reincida en su actuar delictivo, por lo cual resulta pertinente imponer a juicio del que

resuelve, la sanción media que corresponde al delito de ROBO CALIFICADO en los

términos del artículo 236 bis inciso D) del Código Penal del Estado que es de 14

catorce años 06 seis meses de prisión y multa por el importe de 500 quinientos días de

multa a razón de $ 58.13 (cincuenta y ocho pesos 13/100 moneda nacional), la cual se

ve traducida en $29,065.00 (veintinueve mil sesenta y cinco pesos 00/100 moneda

nacional), ahora bien en acatamiento a lo preceptuado por la fracción D del ordinal en

cita, cuando concurra entre las calificativas la IX antes referida, se incrementarán las

penas hasta una tercera parte más de la que resulte aplicable, porque lo que se deba

de sumar a la pena impuesta 04 cuatro años 08 ocho meses de prisión, por lo que se

condena a *********** compurgar una pena de 19 DIECINUEVE AÑOS 02 DOS

MESES de prisión, la cual comenzara a computarse a partir del día 22 veintidós de

septiembre de 2012 dos mil doce, fecha en que fuera detenido por estos hechos

Ahora bien, habrá de entenderse la pena corporal impuesta únicamente con

derecho al beneficio de la LIBERTAD CONDICIONAL DE LA PENA, en los términos

del artículo 67 del código Penal del Estado, al efecto, la sanción impuesta deberá

compurgarse en el Reclusorio de la Zona ****, con sede en Ciudad Guzmán Jalisco, o

el lugar que para ello designe el ejecutivo de la entidad, a disposición de quien deberá

quedar el hoy enjuiciado al causar ejecutoria esta resolución, por otra parte, durante su

internamiento, deberá el enjuiciado ser sometido a un régimen de trabajo y superación

intelectual acorde con sus aptitudes e instrucción, ello para su mejor y más pronta

regeneración y readaptación a la sociedad.

**********; cargador, quien actualmente percibe un suelo de $1,200.00 (mil

doscientos pesos 00/100 moneda nacional) semanales; que 04 personas que

dependen de él, siendo estos sus cuatro hijos; que NO tiene bienes raíces de su

propiedad; que sabe leer y escribir, en virtud de haber cursado la educación primaria

terminada; es católico; NO acostumbra cambiarse de nombre, es la segunda ocasión

que se encuentra a disposición de una Autoridad Judicial en el ejercicio de sus

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funciones, porque la primera ocasión estuve en Puente Grande, por delitos contra la

salud; que NO acostumbra los cigarrillos de tabaco, que SI ingiere bebidas

embriagantes, que NO acostumbra las drogas o enervantes; que SI tiene apodo

conocido, siendo este “******** no pertenece a ninguna etnia o grupo indígena, entiende

el idioma castellano; que sus padres son: ****

2. El perito que examino a *******, determino que NO PRESENTA

ALTERACIONES DE SUS FACULTADES MENTALES, tiene una edad de 40 cuarenta

años de edad, estudio la educación primaria, es cargador, su conducta actual es de

Robo Calificado, su condición económica es baja, la víctima es ************ SOCIEDAD

ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con el cual no tiene relación alguna. De los

antecedentes penales se advierte que el mismo es primo delincuente.

3. Las circunstancias de ejecución de los hechos delictivos que nos ocupan y

que fueron imputados a ********, se han dejado trascritas a lo largo de la presente

resolución, de las que destacan que el procesado actuó de manera consciente y que el

delito que perpetro son de los considerados como dolosos y que fue cometido en

contra de ********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de

quien ejecuto la conducta que se le imputa.

Por ello y tomando en consideración que la fiscalía solicito que se aplicara para

el delito de ROBO CALIFICADO en los términos del artículo 236 bis inciso D, en

contexto con el artículo 6 fracción I, del Código Penal para el Estado de Jalisco, que

prevé una sanción de 09 nueve a 20 veinte años de prisión y hasta 1000 mil días de

multa, cuando intervenga la calificativa que se consigna en la fracción IX o cuando

concurran dos o más de las calificativas enunciadas en el artículo 236,

independientemente del monto de lo robado; cuando concurra entre las calificativas la

IX antes referida, se incrementarán las penas hasta una tercera parte más de la que

resulte aplicable; si bien es cierto que el sentenciado ********* cuenta con

antecedentes penales, según el oficio recibido del informe de anteriores prisiones;

también resulta ser cierto que la conducta desplegada por el activo, así como al

dinámica en que se desarrollaron los evento criminales materia de esta causa son

efectivos para considera que su peligrosidad como media, y que es posible que

reincida en su actuar delictivo, por lo cual resulta pertinente imponer a juicio del que

resuelve, la sanción media que corresponde al delito de ROBO CALIFICADO en los

términos del artículo 236 bis inciso D) del Código Penal del Estado que es de 14

catorce años 06 seis meses de prisión y multa por el importe de 500 quinientos días de

multa a razón de $ 58.13 (cincuenta y ocho pesos 13/100 moneda nacional), la cual se

ve traducida en $29,065.00 (veintinueve mil sesenta y cinco pesos 00/100 moneda

nacional), ahora bien en acatamiento a lo preceptuado por la fracción D del ordinal en

cita, cuando concurra entre las calificativas la IX antes referida, se incrementarán las

penas hasta una tercera parte más de la que resulte aplicable, porque lo que se deba

de sumar a la pena impuesta 04 cuatro años 08 *********** compurgar una pena de 19

DIECINUEVE AÑOS 02 DOS MESES de prisión, la cual comenzara a computarse a

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partir del día 22 veintidós de septiembre de 2012 dos mil doce, fecha en que fuera

detenido por estos hechos

Ahora bien, habrá de entenderse la pena corporal impuesta únicamente con

derecho al beneficio de la LIBERTAD CONDICIONAL DE LA PENA, en los términos

del artículo 67 del código Penal del Estado, al efecto, la sanción impuesta deberá

compurgarse en el Reclusorio de la Zona ****, con sede en Ciudad Guzmán Jalisco, o

el lugar que para ello designe el ejecutivo de la entidad, a disposición de quien deberá

quedar el hoy enjuiciado al causar ejecutoria esta resolución, por otra parte, durante su

internamiento, deberá el enjuiciado ser sometido a un régimen de trabajo y superación

intelectual acorde con sus aptitudes e instrucción, ello para su mejor y más pronta

regeneración y readaptación a la sociedad.

VI. DEL ESTUDIO DE LA PROCEDENCIA DEL PAGO DE LA REPARACIÓN

DEL DAÑO.

El órgano acusador, solicito en sus conclusiones lo concerniente a

la reparación del daño material, que establece el artículo 25, 94, 95, 96 Fracción III y

103 del Código Penal para el Estado de Jalisco, en contra de los justiciables ************

a favor del ofendido *******”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.

Sin embargo esta autoridad advierte que el fiscal de la adscripción al formular

su pliego acusatorio, solicito que el monto o cuantía de la reparación del daño, se

determinara en la vía incidental de ejecución de sentencia, aunado a que lo señala el

apartado b), fracción IV del Artículo 20 constitucional, que el Juez no podrá absolver

del pago de Reparación del daño si:

a).- dicto sentencia condenatoria y

b).- no se cuenta en autos con el perdón legal del ofendido. Por lo que se

deduce que para efectos de absolver de tal sanción pecuniaria se requiere el perdón

del ofendido y que se decrete la absolución del o los procesados, lo cual no acontece

en el caso a estudio, ya que no obra en autos el perdón de la ofendida y no se decretó

la absolución del procesado, sino por el contrario se le encontró plenamente

responsable en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO y se le sancionó y no es

necesario que en la instrucción el pasivo acredite la relación entre el gasto que hizo y

los daños, sino que esto forma parte de la ejecución tal y como lo dispone el citado

dispositivo legal, el cual entre otras cosas indica: Articulo 20 En todo proceso de orden

penal la victima ó el ofendido, tendrán las siguientes garantías B) de la victima o el

ofendido: IV.- Que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el

Ministerio Publico esta obligado a solicitar la Reparación del Daño, y el Juzgador no

podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia

condenatoria. La ley fijara procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en

materia de Reparación del daño;” Por lo que se condena a *********, a pagar la

Reparación del Daño, a favor de la ofendida y se ordena dejar el Quantum para la

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ejecución de sentencia como lo determina la ley ya mencionada, resultando aplicable la

contradicción de tesis siguiente:

Primera Sala, Novena Época, visible en el Semanario Judicial de la Federación

y su Gaceta, tomo: XXIII, Marzo de 2006, tesis: 1a./J. 145/2005, página: 170, bajo el

rubro:

“…REPARACIÓN DEL DAÑO. ES LEGAL LA SENTENCIA

CONDENATORIA QUE LA IMPONE AUNQUE EL MONTO

CORRESPONDIENTE PUEDA FIJARSE EN EJECUCIÓN DE ÉSTA.

El artículo 20, apartado B, fracción IV, de la Constitución Política de

los Estados Unidos Mexicanos establece como garantía individual de

las víctimas u ofendidos de un delito, la reparación del daño para

asegurar de manera puntual y suficiente la protección a sus derechos

fundamentales y responder al reclamo social frente a la impunidad y a

los efectos del delito sobre aquéllos, garantizando que en todo

proceso penal tengan derecho a una reparación pecuniaria por los

daños y perjuicios ocasionados por la comisión del delito, para lograr

así una clara y plena reivindicación de dichos efectos en el proceso

penal; destacando la circunstancia de que el Constituyente reguló los

fines preventivos con los indemnizatorios del procedimiento penal, al

exigir para la libertad del inculpado una caución suficiente que

garantice la reparación de los daños y perjuicios, lo cual confirma que

en todo procedimiento penal debe tutelarse como derecho del sujeto

pasivo del delito, la indemnización de los perjuicios ocasionados por

su comisión, a fin de reconocerle la misma importancia a la protección

de los derechos de la víctima que a los del inculpado, conciliando una

manera ágil para reparar el daño causado por el delito. De lo anterior

se concluye que la reparación del daño tiene el carácter de pena

pública y, por ende, al ser parte de la condena impuesta en el

procedimiento penal, deberá acreditarse en éste y no en otro; sin

embargo, su quántum no es parte de la sentencia condenatoria, sino

que es una consecuencia lógica y jurídica de ésta, porque lo que se

acredita en el procedimiento penal es el derecho del ofendido o la

víctima para obtener la reparación del daño con motivo del ilícito

perpetrado en su contra; de ahí que cuando el Juez no cuente con los

elementos necesarios para fijar en el fallo el monto correspondiente,

podrá hacerlo en ejecución de sentencia, por así permitirlo el citado

precepto constitucional…”(sic).

De lo anterior se concluye que la Reparación del daño, tiene el carácter de pena

pública y por ende al ser parte de pena pública y al ser parte de la condena impuesta

en el procedimiento penal, deberá acreditarse en este y no en otro; sin embargo su

quantum no es parte de la sentencia condenatoria sino que es una consecuencia lógica

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y jurídica de esta, porque lo que se acredita en el proceso penal es el derecho del

ofendido ó la víctima para obtener la Reparación del daño, con motivo del ilícito

perpetrado en su contra, por lo que se dejan a salvo el derecho del pasivo para que en

vía incidental y en etapa de cumplimiento de la presente sentencia, promueva lo

conducente para cuantificar dichos daños.

VII. AMONESTACIÓN. Amonéstese a los sentenciados *******en audiencia

explicándoles las consecuencias del delito que cometió, exhortándolos a la enmienda y

previniéndole de las sanciones agravadas que podrán imponérsele en caso de que

reincida, en los términos señalados por los artículos 30, del Código Penal para el

Estado y el diverso 295 de la Ley Adjetiva Vigente.

El defensor de Oficio, en la audiencia de vista alega lo siguiente: “…Esta

defensa apela a buena fe de su señoría al momento de dictar sentencia definitiva en el

asunto que nos ocupa, la cual debe de ser apegada a los parámetros estipulados por

los artículos 40 y 41 del Código Penal del Estado de Jalisco…”(sic). Para lo cual

dígasele al defensor de Oficio que su manifestación ya ha sido provista al momento de

individualizar la pena del sentenciado, de conformidad con el articulo 40 y 41 del

Código Punitivo Estatal.

Por lo anteriormente expuesto, motivado y fundado y de conformidad con lo

señalado por los artículos 70, 71, 73, 74, 77, 78 y demás relativos del Código de

Procedimientos Penales del Estado de Jalisco, este a quo resuelve al tenor de las

siguientes:

P R O P O S I C I O N E S:

PRIMERA. Por los motivos y fundamentos expuestos en el apartado

considerativo de la presente sentencia definitiva, se declara penalmente responsable a

********, por su responsabilidad penal en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO

previsto por los artículos 6 fracción I, 233 en relación con el artículo 236 fracciones IX,

XI y XII del Código Penal Vigente para el Estado de Jalisco, cometido en detrimento

patrimonial de *-*********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.

SEGUNDA. Por tal responsabilidad es de imponerse y se impone, a **********,

una pena de 19 diecinueve años 02 dos meses de prisión y multa por el importe de

$29,065.00 (veintinueve mil sesenta y cinco pesos 00/100 moneda nacional), cantidad

equivalente a 500 quinientos días de multa a razón de $ 58.13 (cincuenta y ocho pesos

13/100 moneda nacional). Habrá de entenderse que la pena corporal impuesta

únicamente con derecho al beneficio de la LIBERTAD CONDICIONAL DE LA PENA,

en los términos del artículo 67 del código Penal del Estado.

TERCERA. Ha lugar a condenar y se condena a los Sentenciado ******** al

pago de la Reparación del Daño a favor de *********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE

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CAPITAL VARIABLE, por lo que se ordena dejar el Quantum para la etapa de

ejecución de sentencia.

CUARTA. AMONÉSTESE a los sentenciados ******** en audiencia explicándole

las consecuencias del delito que cometieron, exhortándolos a la enmienda y

previniéndole de las sanciones agravadas que podrán imponérsele en caso de que

reincida, en los términos señalados por los artículos 30, del Código Penal para el

Estado y el diverso 295 de la Ley Adjetiva Vigente.

QUINTA. Hágase del conocimiento de las partes y en especial del sentenciado

el contenido del presente fallo, así como el derecho y termino de 5 cinco días que la

legislación procesal les concede para recurrirlo en apelación en caso de inconformidad

con el mismo.

SEXTA. Remítase copias autorizadas de la presente resolución al Alcaide de la

Cárcel Pública de esta Municipalidad, para su conocimiento y efectos legales a que

haya lugar, e infórmese al Vocal de que se actualicé el Padrón de Suspensión de

derechos Electorales.

NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.

Así lo resolvió y firma el Licenciado MARIO MURGO MAGAÑA, Juez Mixto de

Primera Instancia del Octavo Partido Judicial en Unión de su Secretario Licenciado

MARIO ALÁN NIETO SILVA, quien autoriza y da fe.

Enterado el Agente del Ministerio Público de la Adscripción, ABOGADO __________________________________ en el Local de este H. Juzgado Mixto de Primera Instancia y de conformidad a lo previsto por los artículos 59, 60, 64, 65 y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco a las ________________ horas, del día___________ del mes de ____________________del año 2015 dos mil quince, una vez enterado del contenido de la presente resolución manifestó que______________________, sabedor del término de 05 cinco días que la ley le confiere para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad y que ______firma para debida constancia en unión de la Notificadora.- Conste.

Enterado el sentenciado ************A, en el Local de este H. Juzgado Mixto de

Primera Instancia y de conformidad a lo previsto por los artículos 59, 60, 64, 65 y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco a las ________________ horas, del día___________ del mes de

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____________________del año 2015 dos mil quince, una vez enterado del contenido de la presente resolución manifestó que______________________, sabedor del término de 05 cinco días que la ley le confiere para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad y que ______firma para debida constancia en unión de la Notificadora.- Conste.

Enterado el sentenciado *********, en el Local de este H. Juzgado Mixto de

Primera Instancia y de conformidad a lo previsto por los artículos 59, 60, 64, 65 y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco a las ________________ horas, del día___________ del mes de ____________________del año 2015 dos mil quince, una vez enterado del contenido de la presente resolución manifestó que______________________, sabedor del término de 05 cinco días que la ley le confiere para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad y que ______firma para debida constancia en unión de la Notificadora.- Conste.

Enterado el defensor oficial Licenciado MANUEL ALEJANDRO ZÚÑIGA

LARIOS en el Local de este H. Juzgado Mixto de Primera Instancia y de conformidad a lo previsto por los artículos 59, 60, 64, 65 y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco a las ________________ horas, del día___________ del mes de ____________________del año 2015 dos mil quince, una vez enterado del contenido de la presente resolución manifestó que______________________, sabedor del término de 05 cinco días que la ley le confiere para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad y que ______firma para debida constancia en unión de la Notificadora.- Conste.