sentencia definitiva de primera instancia....
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SENTENCIA DEFINITIVA DE PRIMERA INSTANCIA.
EXPEDIENTE 167/2012
JUZGADO MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL OCTAVO
PARTIDO JUDICIAL EN EL ESTADO DE JALISCO.
SENTENCIA DEFINITIVA. SAYULA, JALISCO, A 23 VEINTITRÉS DE JUNIO
DE 2015 DOS MIL QUINCE.
V I S T A para resolver en SENTENCIA DEFINITIVA, la causa penal número
167/2012, instruida en contra de **********por su responsabilidad penal en la comisión
del delito de ROBO CALIFICADO previsto por los artículos 6 fracción I, 233 en relación
con el artículo 236 fracciones IX, XI y XII del Código Penal Vigente para el Estado de
Jalisco, cometido en detrimento patrimonial de *********por lo que el acusado
*********que 06 seis personas que dependen de él, siendo estos su esposa y sus cinco
hijos; que no tiene bienes raíces de su propiedad; que sabe leer y escribir, en virtud de
haber cursado la educación primaria; es católico; no acostumbra cambiarse de nombre,
es la segunda ocasión que se encuentra a disposición de una autoridad judicial en el
ejercicio de sus funciones, ************; que sabe leer y escribir, en virtud de haber
cursado la educación primaria terminada; es católico; NO acostumbra cambiarse de
nombre, es la segunda ocasión que se encuentra a disposición de una Autoridad
Judicial en el ejercicio de sus funciones, porque la primera ocasión estuve en Puente
Grande, por delitos contra la salud; que NO acostumbra los cigarrillos de tabaco, que
SI ingiere bebidas embriagantes, que NO acostumbra las drogas o enervantes;
*********e; y
R E S U L T A N D O S:
1º. DE LA ETAPA DE AVERIGUACIÓN PREVIA. Dio origen a la causa la
averiguación previa número 327/2012, que elaboró el Agente del Ministerio Público
Adscrito a la Agencia número 01 Uno Especializada en Investigación de Robo a
vehículos de Carga Pesada24 veinticuatro de septiembre de 2012 dos mil doce.
2º. DE LA AVERIGUACIÓN JUDICIAL. Con auto de fecha 24 veinticuatro de
septiembre de 2012 dos mil doce, este Juzgado se avocó al conocimiento de los
hechos consignados por el representante social, ordenándose registrar la causa en el
libro de gobierno, numerarse, darse los avisos de ley al superior para su conocimiento,
practicarse las diligencias necesarias y tendientes a la comprobación del cuerpo del
delito y la probable responsabilidad de los indiciados en su comisión, con esta misma
fecha se calificó de legal la detención practicada en las personas de los hoy acusados.
3. DEL PERIODO INMEDIATO ANTERIOR AL PROCESO. Con eta misma
fecha por lo que se asentó el computo constitucional y se les escuchó en declaración
preparatoria, así mismo se solicitó y concedió la ampliación del término Constitucional,
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por lo que dentro del plazo constitucional ampliado, el día30 treinta de septiembre de
2012 dos mil doce, se les decretó auto de formal prisión por su probable
responsabilidad en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO en los términos del
artículo 233 en relación con la fracciones IX, XI y XII del ordinal 236 en contexto con el
artículo 6 fracción I, del Código Penal para el Estado de Jalisco, en detrimento
patrimonial de en detrimento patrimonial de *********, interlocutoria la cual no fue
recurrida por las partes, por lo que con fecha 03 tres de diciembre 2012 dos mil doce
fue declara firme.
4. DEL PERIODO DE INSTRUCCIÓN. Durante esta etapa se admitieron y
desahogaron todas las pruebas ofrecidas por las partes, se tuvo a los procesados por
desistido del desahogo de algunas de ellas, se identificó a los procesados, se
recabaron los informes de prisiones anteriores, dictámenes de personalidad,
psiquiátrico y educativo, se cerró el periodo de instrucción, se celebró la audiencia de
vista y con fecha 17 diecisiete de febrero se ordenó reponer el procedimiento a efecto
de desahogar diversos medios de prueba, de los que posteriormente se desistió el
Fiscal Adscrito, por lo que finalmente con fecha 05 cinco de marzo de 2015 dos mil
quince, se ordenó de nueva cuenta cerrar el periodo de instrucción y abrir del el juicio.
5. DE LA ETAPA DE JUICIO. Mediante oficio 11/2015, de fecha 17 diecisiete
de marzo de 2015 dos mil quince, se recibieron conclusiones acusatorias, por lo que se
corrió traslado a los acusados y a su defensor sin que dieran contestación a las
mismas, teniéndoseles por formuladas las de inculpabilidad, por lo que hecho lo
anterior, con fecha 02 dos de junio de 2015 dos mil quince, se desahogó la Audiencia
de Vista que señala el numeral 292 del Enjuiciamiento Penal del Estado y el día de hoy
dentro del plazo que marca el numeral 73 del Enjuiciamiento Penal del Estado, se
resuelve la presente resolución en base a los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S:
I. DE LA COMPETENCIA. Le compete a éste Tribunal la capacidad objetiva de
conocer los hechos que motivaron la presente causa criminal que resultan ser típicos
del orden común y por ello fueron consignados, por razón de la materia, y por el lugar
donde se ejecutó el ilícito, amén de que dentro del sumario se desprende que los
hechos se suscitaron sobre la autopista Ciudad Guzmán-****, a 5 cinco kilómetros
adelante del crucero a la población de Sayula, Jalisco, esto con dirección a la
población de Acatlán de Juárez, Jalisco, donde ejerce su jurisdicción este Octavo
Partido Judicial; al tenor de los numerales 1,2,3,4,5, de la Ley Represiva Estatal, y
1,2,3,4,5,6, del Código Instrumental Penal, en relación con el diverso 101 de la ley
Orgánica del Poder Judicial.
II. DE LA LEGALIDAD PARA EL DICTADO DE LA PRESENTE
RESOLUCIÓN. El artículo 14 Constitucional establece que: su Segundo Párrafo
literalmente establece que:
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“…Nadie podrá ser privado de la Libertad o de sus propiedades,
posesiones o derechos, sino mediante juicio seguido ante los
Tribunales previamente establecidos, en el que se cumplan las
formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes
expedidas con anterioridad al hecho...”(sic).
III. DEL ANÁLISIS DE LOS ELEMENTOS DEL TIPO PENAL DEL DELITO
DE ROBO CALIFICADO. El delito de robo previsto por el artículo 233 del Código
Penal para el Estado de Jalisco, por el que se emite acusación, prevé lo siguiente:
“…COMETE EL DELITO DE ROBO EL QUE SE APODERE DE
UNA COSA AJENA MUEBLE, SIN DERECHO Y SIN
CONSENTIMIENTO DE LA PERSONA QUE PUEDA DISPONER DE
ELLA CON ARREGLO A LA LEY, SE TENDRÁ POR CONSUMADO
EL ROBO DESDE EL MOMENTO EN QUE EL ACTIVO TENGA EN
SU PODER LO ROBADO, AUN CUANDO LO ABANDONE O LO
DESAPODEREN DE EL…”(sic).
El artículo 6 del Código Penal, señala: Los delitos pueden ser:
I.- DOLOSOS. Es dolo, cuando el agente quiere que se produzca total o
parcialmente el resultado o cuando actúa o deja de hacerlo, pese al
conocimiento de la posibilidad de que ocurra otro resultado cualquiera de
orden antijurídico.
De la interpretación gramatical de los artículos citados, se infiere que
los elementos que conforman el tipo penal del delito son:
ELEMENTOS OBJETIVOS Y NORMATIVOS
1.- EL APODERAMIENTO
2.- DE UNA COSA AJENA MUEBLE
3.- SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO DE LA PERSONA
QUE PUEDA DISPONER DE ELLA CON ARREGLO A LA LEY
ELEMENTO SUBJETIVO
1.- EL DOLO.
Por otra parte, con el objeto de resolver lo que en derecho proceda en el caso
a estudio, resulta oportuno hacer una relación de los medios de prueba que corren
agregados a la presente indagatoria que nos ocupa y que a continuación se señalan:
a). La denuncian que por comparecencia presento *****, quien ante la
presencia del fiscal consignador señalo que:
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“…Que me presento en esta Agencia del Ministerio Publico, con el
carácter que tengo de Apoderado General para Pleitos y Cobranzas del
señor ****, tal como lo acredito exhibiendo las copias debidamente
certificadas de la Escritura Pública Número ****, del volumen número
****, mismas que fueron pasadas ante la fe del Licenciado ****, Notario
Público numero 37 treinta y siete de ****, Zacatecas, y con dicho
carácter vengo a efecto de acreditar la propiedad de los vehículos que
fueran denunciándos como robados y que los mismos fueran
recuperados por personal de esta Agencia del Ministerio Publico, siendo
el primero un vehículo de la marca ****, tipo **** ****, color blanco con
negro, modelo 2006 dos mil seis, con numero de serie ****, con el
numero de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, dicho vehículo se encuentra asegurado por la compañía de
seguros denominada “SEGUROS ATLAS” SOCIEDAD ANÓNIMA, y se
encuentra enganchado a una plataforma de la marca ****, en color azul,
modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el
contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo
oxido y con la leyenda “****”, vehículo el cual, mediante un remolque
auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número de
serie ****, se encuentra enganchado a una plataforma de la marca ****,
color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, con el número
de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
misma plataforma que cargaba el contenedor número ****, con el número
de sello o candado ****, color blanco y con la leyenda “****”, mismas
unidades que al momento del robo se encontraban cargadas con
mercancía consistente en 31 treinta y un toneladas de chile seco
aproximadamente, de igual manera un vehículo marca ****, tipo **** ****,
color azul, modelo 2003 dos mil tres, con numero de serie ****, con el
numero de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, dicho vehículo se encuentra asegurado por la compañía de
seguros denominada “****” SOCIEDAD ANÓNIMA y el cual se encuentra
enganchado a una plataforma de la marca ****, en color azul, modelo
1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma
cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado
****, color rojo y con la leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un
remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el
número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho, se encuentra
enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****, color blanco,
modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie
****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
vehículos que al momento del robo se encontraban cargados con
mercancía consistente en 27 veintisiete toneladas de chile seco
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aproximadamente, siendo el peso total de la mercancía robada de 58
cincuenta y ocho toneladas aproximadamente, de igual manera un
vehículo que era conducido por *******, quien también es empleado de mi
poderdante y tiene la función de custodio en dicha unidad, la cual es de
la marca ****, tipo sedan, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con
numero de serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Jalisco, mismo que se encuentra
asegurado por la compañía de seguros del banco “****” y con la finalidad
de acreditar la propiedad de los vehículos antes descritos, mismos que
son propiedad de el señor ********, a excepción del vehículo de la marca
**** el cual es propiedad de la empresa *******, Sociedad Anónima de
Capital Variable y para ello en este momentos exhibo copia de la Tarjeta
de Circulación numero ****, expedida por la Secretaria de Vialidad y
Transporte del estado de Jalisco, con fecha del día 09 nueve de mayo
del año 2012 dos mil doce, a favor de mi poderdante, documento que
ampara las placas de circulación ****, con la exhibición de la carta factura
de fecha 06 de abril del año 2012 dos mil diez, expedida por la empresa
de nombre “**** SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”
dirigida a la Secretaría de comunicaciones y transportes, así también con
la exhibición de la carta factura de fecha 06 seis de abril del año 2012
dos mil diez, expedida por la empresa de nombre “**** SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” dirigida a la Secretaría de finanzas,
de igual forma exhibo el original del contrato de arrendamiento financiero
número 144032, celebrado entre la empresa de nombre “**** SOCIEDAD
ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” y el señor ******, con fecha del 11
once de abril del año 2010 dos mi diez, de igual manera exhibo copia
simple de la factura número 0078, con fecha del día 05 cinco de abril del
2010 dos mil diez, expedida por “****” SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE a favor de “****
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”, el vehículo **** que
amparan dichos documentos tiene un valor aproximado de $700,000.00
setecientos mil pesos Moneda Nacional, es mi deseo manifestar que el
original de dicha tarjeta de circulación al igual que las de lo otros
vehículos, se encontraban en el **** al momento del robo, pero es de mi
conocimiento que fueron aseguradas por los elementos aprehensores y
por tal motivo es mi deseo solicitar su devolución para que
posteriormente sean tomadas en consideración por esta representación
social, así también exhibo el original del recibo oficial de pago de
impuestos número ****, expedido por la Secretaría de Finanzas del
Estado de Zacatecas, a favor de mi poderdante con fecha del 20 veinte
del mes de enero del año 2012 dos mil doce, mismo documento que
ampara las placas de circulación ****, y con la exhibición de la factura
original número 14848, expedida por la empresa de nombre “****”
SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con fecha del día 29
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veintinueve de abril del año 2010 dos mil diez, a favor de ***********, así
también exhibo copia simple de la factura que antecede la número 2792,
con fecha del día 17 diecisiete de diciembre del año 2008 dos mil ocho,
expedida por ****, dicho vehículo que tiene un valor aproximado de
$140,000.00 ciento cuarenta mil pesos Moneda Nacional, de igual
manera exhibo la factura original numero ****, expedida por “***********”,
Sociedad Anónima de Capital Variable, con fecha del día 20 veinte de
diciembre del año 2010 dos mil diez, a favor de mi representado,
documento que ampara el remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca
**** referido en renglones anteriores, con un valor aproximado de
$25,000.00 veinticinco mil pesos Moneda Nacional, de igual forma
exhibo en original el recibo oficial de pago de impuestos número ****,
expedido por la Secretaría de Finanzas del Estado de Zacatecas, a favor
de mi poderdante con fecha del 24 veinticuatro del mes de febrero del
año 2012 dos mil doce, mismo documento que ampara las placas de
circulación ****, de igual manera quiero manifestar que de la unidad que
describe dicho recibo, en este momento no cuento con los documentos
idóneos para su acreditación pero me comprometo a traerlas
posteriormente para que figuren dentro de las actuaciones, mismo
vehículo que tiene un valor aproximado de $70,000.00 setenta mil pesos
Moneda Nacional, así también exhibo el original del recibo oficial de
pago de impuestos número ****, expedido por la Secretaría de Finanzas
del Estado de Zacatecas, a favor de mi poderdante con fecha del 24
veinticuatro del mes de febrero del año 2012 dos mil doce,, mismo
documento que ampara las placas de circulación ****, vehículo que tiene
un valor aproximado de $400,000.00 cuatrocientos mil pesos Moneda
Nacional, de la misma manera exhibo con la carta factura de fecha 19
diecinueve de abril del año 2012 dos mil diez, expedida por la empresa
de nombre “**** SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE”
dirigida a la Secretaría de finanzas, así también con la exhibición de la
carta factura de fecha 19 diecinueve de abril del año 2012 dos mil diez,
expedida por la empresa de nombre “**** SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE” dirigida a la Secretaría de comunicaciones y
transportes, de igual forma exhibo el original del contrato de
arrendamiento financiero número ****, celebrado entre la empresa de
nombre “**** SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE” y el señor
******, con fecha del 21 veintiuno de abril del año 2010 dos mi diez, de
igual manera exhibo copia simple de la factura número ****, con fecha
del día 16 dieciséis de abril del 2010 dos mil diez, expedida por
“CAMIONES DE ZAPOPAN” a favor de “**** SOCIEDAD ANONIMA DE
CAPITAL VARIABLE”, de la misma forma exhibo el original del recibo
oficial de pago de impuestos número ****, expedido por la Secretaría de
Finanzas del Estado de Zacatecas, a favor de mi poderdante con fecha
del 20 veinte del mes de enero del año 2012 dos mil doce, mismo
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documento que ampara las placas de circulación ****, así también exhibo
el original de la carta porte número ****, con fecha del día 06 seis de
mayo del 2010 dos mil diez, expedida por ****, a favor de mi poderdante,
el vehículo que ampara
tiene un valor aproximado de $80,000.00 ochenta mil pesos
Moneda Nacional, así también exhibo la factura original número ****,
expedida por remolques ****, a favor de mi poderdante, con fecha del día
24 veinticuatro de marzo del 201 dos mil diez, misma que ampara el
remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca **** anteriormente referido,
con un valor aproximado de $25,000.00 veinticinco mil pesos Moneda
Nacional, así también exhibo el original del recibo oficial de pago de
impuestos número ****, expedido por la Secretaría de Finanzas del
Estado de Zacatecas, a favor de mi poderdante con fecha del 20 veinte
del mes de enero del año 2012 dos mil doce, mismo documento que
ampara las placas de circulación ****, de igual manera exhibo en original
el impreso de pólizas del día 01 de mayo del 2006 al 31 de mayo del
2006 y la copia de la factura número ****, con fecha del día 30 treinta del
mes de mayo del 2006 dos mil seis, expedida por Ofelia de la Luz Frías
Cervantes a favor de mi poderdante, vehículo que tiene un valor
aproximado de $70,000.00 setenta mil pesos Moneda Nacional, de igual
forma exhibo la factura original número UFU00****27, expedida por la
empresa denominada “****” SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, a favor de mi poderdante con fecha del día 18 dieciocho del
mes de junio del año 2011 dos mil once, mismo documento que ampara
al vehículo de la marca **** antes referido, mismo que cuenta con el
número de serie ****, y tiene un valor aproximado de $90,000.00
noventa mil pesos Moneda Nacional; así mismo en este momento y para
los efectos de acreditar la posesión derivada del producto denunciado
como robado, siendo este el mismo que estaba siendo transportado por
los vehículos de carga mencionados, es por lo que primeramente con el
fin de documentar mi personalidad de apoderado legal de empresa
denominada “***********”, Sociedad Anónima de Capital Variable en este
momento exhibo copias certificas del instrumento público numero 4061
cuatro mil setenta y uno, del volumen 92 noventa y dos, pasadas ante la
Fe del Notario Público número 45 cuarenta y cinco, de ****, Zacatecas, el
licenciado ****; por lo que una vez acreditada mi personalidad es mi
deseo manifestar que el monto total aproximado de la carga que
transportaba los vehículos denunciados en la presente causa asciende
aproximadamente a la cantidad de $ 67,898 sesenta y siete mil
ochocientos noventa y ocho Dólares Americanos, misma mercancía que
partió del puerto de manzanillo, misma que se encuentra asegurada por
la compañía de seguros denominada ”****” SOCIEDAD ANÓNIMA, a
bordo de los vehículos de carga antes mencionados el día 22 veintidós
de septiembre del presente año con destino a ****, Zacatecas, lo anterior
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lo expreso en base a los pedimentos de importación, mismos que
amparan la mercancía y que exhibo en impresión original en el siguiente
orden: el pedimento número ****, con fecha del día 21 veintiuno de
septiembre del presente año, el pedimento número 12 16 3879 2010992,
con fecha del día 21 veintiuno de septiembre del presente año, el
pedimento número ****, con fecha del día 21 veintiuno de septiembre del
presente año y el pedimento número 12 16 3879 2011955, con fecha del
día 21 veintiuno de septiembre del presente año, de igual manera exhibo
las facturas originales de la mercancía en la que se detalla entre otros
datos la cantidad, peso, valor, procedencia y destino de la misma, siendo
la primera la factura número ****, con fecha del día 15 quince del mes de
julio del presente año, misma que ampara la cantidad de 14084 catorce
mil cuatrocientos ochenta y cuatro kilogramos de “chile seco s4”, con un
precio anunciado de **** Dólares Americanos, procedente de la India y la
factura número ****, con fecha del día 18 dieciocho del mes de julio del
presente año, misma que ampara la cantidad de 13078 trece mil
trescientos setenta y ocho kilogramos de “chile seco teja”, con un precio
anunciado de **** Dólares Americanos, procedente de la India; de igual
manera es mi deseo mencionar que los 03 tres contenedores
mencionados no son propiedad de mi poderdante simplemente se
encuentran arrendados y que la mercancía que se encuentra en el
remolque tipo caja seca, se encontraba en un contenedor pero fue
necesario traspalearlo al remolque debido a que no contábamos con otra
plataforma para transportar el contenedor; De los documentos que exhibí
dejo copias simples para que previo cotejo y certificación que se haga de
éstas me sean devueltos, de igual manera en estos momentos solicito la
devolución de los vehículos y la mercancía antes mencionada, ya que la
mercancía fue recuperada en su totalidad y se encuentra en condiciones
optimas y los vehículos también fueron recuperados, a excepción del
vehículo de la marca **** antes referido, no sin antes se hayan
desahogado todas y cada una de las diligencias relacionadas con dichos
vehículos y con la mercancía que se encuentra a bordo de este, misma
mercancía que aun cuenta con sus sellos de seguridad; de igual manera
quiero mencionar que formulo formal querella en contra de quien o
quienes resulten responsable por el robo sufrió mi poderdante;
agregando que de la forma en como se suscito el robo lo desconozco ya
que solo fui informado por mi poderdante del robo que sufrió en su
agravio y de igual forma me informó, que los vehículos de carga en
comento así como la mercancía, cuentan con sistema de rastreo satelital
y que gracias a esto se dieron cuenta del cambio de ruta de los
vehículos y así pudieron dar aviso a las autoridades, enterado de lo
anterior mi poderdante también me informo que los operadores de
nombres ********* al igual que el empleado que realizaba funciones de
custodia ya había aparecido y que se encontrarían en la casa del primo
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del empleado de nombre ************, en la calle **** en la colonia ****, en
el Municipio de Zapopan, Jalisco, donde nos encontramos, para después
trasladarnos al lugar que marcaban las coordenadas satelitales, logrando
localizar la ubicación de los vehículos y de la mercancía, en la Avenida
Prolongación **** y/o Carretera ****, en su cruce con la calle **** y la
calle ****, colonia ****, Guadalajara, Jalisco; es por esto que acudí hasta
ese lugar a efecto de identificar a los vehículos robados así como para
que los choferes identificaran a los 02 dos sujetos que manejaban dichos
vehículos, al tenerlos a la vista les manifestaron a los policías que en
efecto son la personas involucradas en este robo, de igual manera
solicito copia certificadas de la denuncia que presento el ciudadano
********, quien es empleado de mi poderdante y tiene la función de
custodio en la unidad que no ha sido recuperada, la cual es de la marca
****, tipo sedan, color gris, modelo 2012 dos mil doce, propiedad de
empresa denominada **********”, Sociedad Anónima de Capital Variable,
con numero de serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Jalisco, mismas copias que solicito a efecto
de realizar los trámites correspondientes ante la compañía de seguros
del banco “****”, de igual manera es mi deseo manifestar que en el
interior de esta agencia en estos momentos se me pone ala vista un
equipo de radiocomunicación de la compañía denominada “****”, mismo
que reconozco como propiedad de mi poderdante, pero que no cuento
en estos momentos con documentos idóneos para acreditar la legal
propiedad de dicho aparato, por lo que me comprometo que a la
brevedad posible exhibiré el documento necesario para acreditar su
propiedad y devolución del mismo…”(sic).
Narrativa la cual corresponde al apoderado legal de ************* SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, quien acude ante la presencia del fiscal
investigador, a denunciar la comisión de actos criminales, los cuales vinieron a casusa
un detrimento en el patrimonio de sus representados, esto al haber sido hurtados un
vehículo de la marca ****, tipo tracto camión ****, color blanco con negro, modelo 2006
dos mil seis, con número de serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, y al cual se encontraba enganchado a una
plataforma de la marca ****, en color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de
serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, así mismo se
encontraba ensamblado un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color
negro, con el número de serie ****, se encuentra enganchado a una plataforma de la
marca ****, color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, con el número de
serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, de un vehículo
marca ****, tipo tracto camión ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número de
serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, y al cual se encontraba enganchado a una plataforma de la marca ****, en
color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie ****,
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con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, mismo que tenia acoplado
un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número de serie
****, modelo 2008 dos mil ocho, el cual tenía enganchado a un remolque tipo caja seca,
de la marca ****, color blanco, modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el
número de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
vehículos propiedad de ****, así mismo se efectuó el desapoderamiento de las 58
cincuenta y ocho tonelada de mercancía que trasportaban estos vehículos, consistente
en chiles secos y los cuales son propiedad de la persona moral denominada
“********SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, así mismo se efecto el hurto
de un vehículo marca ****, tipo sedan, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con
número de serie ****, con el numero de motor ****, con las placas de circulación **** del
Estado de Jalisco, también propiedad de la empresa ante referida. Por ello que este
atesto adquiera valor probatorio indiciario de conformidad con lo enunciado por el
ordinal 266 del Enjuiciamiento Penal del Estado.
b). La copia debidamente certificada del testimonio notarial número ****, pasado
ante la fe el Notario Público número 37 treinta y siete del Estado de Zacatecas,
Licenciado Luis Fernando Castañeda ****, relativo al Poder General para Pleitos y
Cobranzas, otorgado por *********, a favor de *****.
c). La copia certificada de la escritura pública número 4,061 cuatro mil sesenta
y uno, pasada ante la fe del Notario Público número 45 cuarenta y cinco del Estado de
Zacatecas, Licenciado Saúl Castañeda Sánchez, relativo al Poder General para
Pleitos y Cobranzas, otorgado por ****, en su calidad de administrador único de la
sociedad mercantil “*****SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, a favor de
********
Documentales pública las anteriores las cuales dada su naturaleza y al haber
sido expedidas por un funcionario Público en pleno uso de las facultades que le
confiere la ley, son merecedoras de valor probatorio pleno de conformidad con lo
enunciado por los ordinales 271 y 272 del Código Procesal Penal del Estado, y con las
cuales se acredita la personalidad con la que comparece el denunciante ****, a
denunciar los hechos materia de esta causa y cometidos en detrimento patrimonial de
sus representados.
d). La copia debidamente certificada de la carta factura expedida por la
negociación comercial denominada **** SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, relativa al vehículo marca ****, tipo tracto camión ****, color blanco con
negro, modelo 2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el número de motor
****.-
e). La copia certificada de la factura número 14848, catorce mil cuatrocientos
cuarenta y ocho, expedida por la empresa **** SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, relativa a la plataforma de la marca ****, modelo 2008 dos mil ocho, con el
número de serie ****.
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f). La copia de la número **** mil novecientos dos, expedida por la negociación
comercial denominada ********** SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE,
relativa al remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número
de serie ****.
g). La copia certificada de la carta factura expedida por **** SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, relativa al vehículo marca ****, tipo tracto camión
****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el numero de
motor ****.
h). La copia debidamente certificada de la factura número **** mil setecientos
ochenta y cuatro, expedida por SERVICIO DE AUTOTRASPORTE DE CARGA,
relativa a plataforma de la marca ****, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho,
con el número de serie ****.
i). La copia certificada de la factura número **** doscientos treinta dos letra A,
expedida por REMOLQUES ****, relativa al remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca
****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho.
j). La copia certificada de la factura número 0010 diez, expedida por SERVICIO
DE AUTOTRANSPORTE DE CARGA, relativa al remolque tipo caja seca, de la marca
****, color blanco, modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de
serie ****.
Probanzas todas las anteriores las cuales dada su naturaleza de documentos
privados, son merecedoras de valor probatorio indiciario de conformidad con lo
enunciado por el ordinal 274 del Código Procesal Penal del Estado, mismas que sirve
para acreditar la propiedad de los vehículos que detenta ********** respecto a los
mismos.
k). La copia debidamente certificada de la factura número UFU00****27 mil
veintisiete, expedida por la negociación comercial denominada **** SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, relativa al vehículo marca ****, tipo sedán, color
gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****, con el número de motor ****.
l). Las copias debidamente certificadas de las impresiones simplificada de
pedimentos de importación, visibles a foja 113 ciento trece, 114 ciento catorce, 115
ciento quince y 116 ciento dieciséis de autos originales.
Probanzas todas las anteriores las cuales dada su naturaleza de documentas
privados, son merecedoras de valor probatorio indiciario de conformidad con lo
enunciado por el ordinal 274 del Código Procesal Penal del Estado, mismas que sirve
para acreditar la propiedad de lo vehículo que detenta la persona moral denominada
********* SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, respecto del mismo, así
12
como de las 58 cincuenta y ocho toneladas de chiles secos que eran trasportados por
los vehículos de carga afectos a la causa.
m). La narrativa que vierte ante la presencia del fiscal consignador **********,
quien adujo:
“…Que estoy en el interior de esta Agencia del Ministerio Público,
con la finalidad de denunciar el robo de las unidades de carga que tengo
a mi cargo siendo el **** de la marca ****, en color azul, con placas de
circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, y el cual se
encuentra enganchado a tres remolques, los cuales son una del tipo
plataforma, en color azul, de la marca ****, con las placas de circulación
**** correspondientes al Estado de Zacatecas, misma que carga un
contenedor de cuarenta pies, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****, y cual se encuentra cargado con 14,000 catorce
mil kilogramos (14 catorce Toneladas) de costales con chile seco; la
unidad auxiliar del tipo dolly, de la marca ****, color negro, y el remolque
tipo caja seca, de la marca ****, en color blanco, que porta las placas de
circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, mismo que se
encuentra cargado con 13,000 trece mil kilogramos (13 trece toneladas),
vehículos que son propiedad de la persona de nombre ******, y los cuales
se encuentran asegurados para en caso de robo al igual que la
mercancía, además de que el mencionado **** cuenta con sistema de
rastreo satelital, respecto del producto ó mercancía de la cual
desconozco su valor, pero es propiedad de la empresa denominada
“*********, Sociedad Anónima de Capital Variable”, que se localiza en
carretera Panamericana kilómetro 1 uno, sin numero, salida a Durango,
en la ciudad de ****, Zacatecas, lugar en donde laboro desde hace
aproximadamente como 30 treinta años, sin tener horario de trabajo, ya
que realizo salidas a diferentes ciudades y poblaciones de la republica
mexicana; siendo en este caso que me permito mencionar que el día
ayer 22 veintidós de Septiembre del año 2012 dos mil doce,
aproximadamente como las 11:00 onces horas, salí del puerto de
Manzanillo, Colima, conduciendo las unidades de carga antes
mencionadas, los cuales como ya lo indique se encontraban cargadas
con costales de chiles secos, al igual que mi compañero de nombre ****,
quien también es chofer de la misma empresa en la que laboro, y quien
traía a su cargo el **** de la marca ****, en color blanco con negro, con
placas de circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, que
traía enganchados los remolque tipo plataforma, color azul, con placas
de circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, abordo del
que se encuentra un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****, que se encontraba cargado con 15,500 quince
mil quinientos kilogramos aproximadamente, de costales con chiles
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secos; un remolque auxiliar del tipo Dolly, de la marca ****, color negro, y
el remolque tipo plataforma, en con blanco, con placas de circulación ****
correspondientes al Estado de Zacatecas, abordo de esta se encuentra
un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico
****, que se encontraba cargado con 15,500 quince mil quinientos
kilogramos aproximadamente, de costales con chiles secos, al igual que
el compañero ***, quien también es empleado de la misma empresa en
la que laboro, quien iba a bordo del vehículo tipo ****, de la marca ****,
en color gris, ya que él nos iba a custodiar todo nuestro recorrido; por lo
cual inicie mi recorrido abordo de las unidades al igual que mis
compañeros, yéndonos en convoy mi compañero **** y yo, y a distancia
iba ******** quien conducía el ****, iniciando mi recorrido a con dirección a
esta ciudad de Guadalajara ya que teníamos como destino las bodegas
de la empresa ******* Sociedad Anónima de Capital Variable”, que se
localiza en carretera Panamericana kilómetro 1 uno, sin numero, salida a
Durango, en la ciudad de ****, Zacatecas, lugar en donde haría entrega
de la mercancía que yo transportaba, siendo para este caso que al
encontrarme circulando sobre la autopista ****, todo mi recorrido resulto
sin ningún inconveniente, teniendo siempre a la vista a los vehículos que
mis compañeros conducían, hasta que al ser aproximadamente como las
15:00 quince horas del día de ayer 22 veintidós de Septiembre del
presente año, momento en el que me encontraba aproximadamente 200
doscientos metros después de donde se esta construyendo una nueva
caseta de cobro de la mencionada autopista Ciudad Guzman-
Guadalajara, misma que se encuentra a la altura del poblado de Sayula,
Jalisco, y a unos 25 veinticinco kilómetros antes de la caseta de cobro de
****, con dirección a esta ciudad de Guadalajara, cuando observe que se
me emparejo un vehículo tipo **** de modelo reciente, en color negro, la
cual observe que iba a la misma velocidad, por lo que se me hizo extraño
y volteé, siendo ese el momento cuando observe que en el asiento del
copiloto iba una persona del sexo masculino quien traía en sus manos
una arma larga, quien vestía ropa de color negro, al igual que en el
asiento trasero del lado copiloto iba otra persona del sexo masculino
quien también vestía ropa en color negro y traía una arma larga, los
cuales me hicieron señas para que detuviera mi circulación, pero
enseguida de forma inesperada la camioneta **** se me atravesó a mi
circulación poniéndose por delante del trailer que yo conducía,
obligándome a que detuviera la marcha de mi unidad, y ya estando
detenido el vehículo, observe que de la camioneta ****, se bajo la
personas que iba en el asiento trasero de dicha camioneta, quien se
aproximo rápidamente al lado izquierdo del trailer que yo conducía,
pidiéndome después que me bajara del camión a mi cargo y como no
tuve mas opción y temí por lo que me fuera a pasar, me baje del camión,
siendo entonces en ese momento cuando vi que de la camioneta ****,
14
bajaron otras 02 dos personas del sexo masculino, siendo uno de ellos
de una estatura baja y delgado y el otro sujeto era de tez clara, personas
quienes se subieron al vehículo de carga que yo traía mi cargo, después
el sujeto que traía el arma larga, me dijo que caminara hacia la
camioneta **** de color negro, a la cual me dijo esta persona que me
subiera y me acostara en los asientos de la parte trasera, momento en
que observe que en el piso de ese vehículo, entre las bancas del chofer
y copiloto y la segunda banca, se encontraba acostado mi compañero de
nombre **************, lo cual me sorprendió bastante, y ya estando en la
camioneta, pude ver que se encontraban ahi dos sujetos del sexo
masculino, siendo uno de ellos quien estaba al volante de la **** y el otro
estaba sentado en el asiento del copiloto, sujetos que me dijeron que no
me moviera para nada por que me daban un balazo, y posteriormente
me dijeron que les entregara el teléfono celular, el radio **** y mi cartera
que traía, pero les dije que solamente traía un radio ****, y que este se
había quedado a bordo del trailer al igual que mi cartera, después
comenzamos a circular a bordo de la camioneta ****, escuchando que se
comunicaban con alguna persona por un radio **** y decían que iban por
el otro vehículo, y al paso de unos 10 diez minutos dicha camioneta se
detuvo un momento, fue entonces cuando pude ver que subieron
también a la misma camioneta a mi compañero el también chofer de la
empresa de nombre *****, a quien le dijeron que se acostara en la banca
de los asientos traseros y también se subió otro sujeto mas el cual nos
iba cuidando, enseguida comenzamos a circular a bordo de la **** por un
lapso de 05 cinco minutos aproximadamente, y trascurrido ese tiempo, la
camioneta se detuvo, siendo en ese momento en que nos dijeron a mis
compañeros y a mi que en ese lugar nos iban a bajar, que no
intentáramos hacer alguna pendejada por que nos daban un balazo, por
lo que mis compañeros y yo obedecimos y nos bajamos de la ****,
comenzando a caminar entre matorrales y hierbas, siendo vigilados por
03 tres de esas personas del sexo masculino, los cuales al llegar a un
claro del monte con vegetación nos ordenaron que nos recostáramos en
al piso, en donde nos ataron de pies y manos, como también en donde
nos mantuvieron vigilados por algunos minutos, al paso de ese tiempo
esos sujetos nos dijeron que ellos ya se iban a retirar de ahí, pero que a
distancia del lugar nos estarían vigilando unas personas, que no nos
moviéramos de ahí hasta que transcurrieran 02 dos horas
aproximadamente, viendo que se retiraban esos sujetos, pero
permaneciendo nosotros atados y tirados en el piso de ese lugar, al paso
de algunos minutos comenzamos a levantar la cabeza para ver si alguno
de los sujetos se encontraba por ese sitio, pero como no se veía nadie
decidiendo comenzar a desatarnos las manos, por lo que desate a mi
sobrino ****, y una vez que se pudo desamarrar comenzó a ayudarme a
desatarme a mi y posteriormente a ****, y una vez que nos liberamos,
15
decidiendo que pararan algunos minutos, alcanzando a escuchar que
estaban cortando madera cerca de ahí, dándonos cuenta que se trataba
de una persona quien se encontraba cortando leña, siendo a él a quien
le preguntamos como podíamos llegar a un lugar de donde pudiéramos
hacer una llamada telefónica, pero esa persona nos indico que
camináramos siguiendo un camino empedrado que se encontraba en
ese lugar, por lo que comenzamos a caminar como se nos había dicho,
lugar por donde paso una camioneta pick up, en color blanco, a quien le
pedimos un aventón y el conductor de la pick up, nos traslado hasta el
poblado de Zacoalco de Torres, Jalisco, en donde de un teléfono publico,
me comunique a la casa de mi cuñado de nombre **** quien es el
encargado de almacén de la empresa “********** Sociedad Anónima de
Capital Variable”, pero mi hermana **********me dijo que mi cuñado, es
decir su esposo, ya venia trasladándose a esta ciudad de Guadalajara,
ya que al parecer tenían conocimiento de lo que nos había ocurrido,
enseguida tomamos un transporte para trasladarnos hasta esta ciudad
de Guadalajara, y dirigirnos a la casa de uno de mis sobrinos el cual vive
por el rumbo de la colonia ****, por la calle ****, sin recordar el número, y
en donde al llegar, a dicho domicilio ya se encontraba el apoderado legal
de la empresa de nombre *********, quien nos informo que las unidades
de carga que nos habían sido robadas ya estaban localizadas y que
necesitábamos trasladarnos al lugar en donde se localizaban, lo cual así
hicimos, por lo que nos trasladamos cerca del lugar en donde nos
encontrábamos siendo la Avenida **** o carretera ****, casi en su cruce
con ****, en donde al llegar pude observar que efectivamente las
unidades de carga se encontraban detenidas en los carriles centrales de
la Carretera **** ó avenida ****, en donde se encontraba una patrulla de
la policía uniformada del Estado de Jalisco, los cuales habían detenido a
02 dos de los sujetos que abordaban en la unidad del tipo tracto camión,
de la marca ****, en color azul, por lo que al llegar con los uniformados el
apoderado legal de nombre *********, les indico a los policías que el
reconocía las unidades como propiedad del señor *****, y que no
reconocía a los sujetos que ellos tenían detenidos como empleados de la
empresa de transportes, ya que los chóferes y el custodio de esas
unidades le acompañábamos, es decir mis compañeros y yo, en ese
momento nos preguntaron los policías a mis compañeros ********** y a
mi, que si reconocíamos a los sujetos que se encontraban asegurados y
que ellos habían detenido, por lo que al ver detenidamente a dichos
sujetos, les indique a los uniformados que identificaba a esas personas
como a los sujetos que se subieron al tracto que traía mi cargo,
momentos después de que fui obligado a bajar por uno de los sujetos
que iba en la camioneta tipo **** en color negro, además de reconocer
mis compañeros y yo las unidades de carga que los elementos
policíacos habían logrado asegurar, siendo una de ellas la que yo traía a
16
mi cargo y que me había sido robada al igual que la que traía mi cargo
mi compañero **********, al paso de algunos minutos en ese lugar se
hicieron presentes personas del sexo masculino, los cuales nos dijeron
se persona de esta Procuraduría General de Justicia para el Estado de
Jalisco, quienes nos cuestionaron respecto de los hechos antes
referidos, así como a los cuales nuevamente les indicábamos el
reconocer las unidades que nos habían sido robadas, y que reconocía a
los sujetos detenidos como a los que había visto subir a la unidad y que
tengo a mi cargo, siendo invitados por esas personas para comparecer
en el interior de estas oficinas. Por ultimo momentos ante de rendir mi
declaración en el interior de esta Agencia del Ministerio Público, se me
pusieron a la vista 02 dos personas del sexo masculino de los cuales se
me indico responden a los nombres de ******* sujetos a los cuales
reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como a las personas
las cuales fueron detenidos por los elementos de la Policía del Estado de
Jalisco, así como los sujetos a los cuales identifico como quienes vi que
abordaron la unidad a mi cargo después de que fui obligado a bajar de
él; por ultimo también momentos antes de rendir mi declaración tuve a la
vista sobre la calle 16 dieciséis de esta zona industrial, de esta ciudad,
las unidades: 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda,
modelo 2006 dos mil seis, color blanco, con negro, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, con numero de serie ****, con el
numero de motor ****; 2.- Semiremolque tipo plataforma de la marca ****,
modelo 2008 dos mil ocho, color azul, con placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas, con número de serie ****, abordo de esta un
contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico
****; 3.- Remolque auxiliador del tipo dolly, de la marca ****, color negro,
con número de serie ****; 4.- Semiremolque tipo plataforma, de la marca
****, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, color blanco, con
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el número de
serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda
****, con número económico ****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión,
5° quinta rueda, modelo 2003 dos mil tres, color azul, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie ****, con el
número de motor ****; 6.- Semiremolque tipo plataforma, de la marca
****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, color azul,
con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el número de
serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda
****, con número económico ****; 7.- remolque auxiliar del tipo dolly, de la
marca ****, color negro, con número de serie ****; 8- Semiremolque tipo
caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil novecientos noventa y
cuatro, color blanco, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, con el número de serie ****, mismas que identifico
plenamente y sin temor a equivocarme como las mismas unidades que
17
nos fueron robadas a mi compañero **** y a mi sobre la autopista Ciudad
Guzmán ****, Jalisco; como también mencionar que dentro de este robo,
los sujetos que nos robaron me quitaron mis pertenencias personales,
siendo mi cartera en color negro, de piel, en la cual traía la cantidad de
$2,800.00 dos mil ochocientos pesos 00/100 moneda nacional, dinero en
efectivo el cual había juntado de varios pagos semanales que he ganado
por mi trabajo, mismo que no me es posible acreditar en este momento,
y el radio **** de la marca **** modelo i876, propiedad de la empresa en
la que laboro, mismo que se me informa que fue recuperado al momento
de la detención de las personas antes mencionadas ya que lo traían
entre sus pertenencias; por lo anterior formulo querella en contra de
quien o quienes resulten responsables del robo que sufrí…”(sic).
Narrativa la cual corresponde a una persona que tomo conocimiento de los
hechos por medio de sus sentidos y por lo cual cumple con lo establecido por el
ordinal 195 de Código Procesal Penal del Estado, y de la que se desprende que tiene
a su cargo el tracto camión de la marca ****, color azul, con placas de circulación ****
correspondientes al Estado de Zacatecas, y el cual se encuentra enganchado a tres
remolques, los cuales son una del tipo plataforma, en color azul, de la marca ****, con
las placas de circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, el cual
transportaba un contenedor de cuarenta pies, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****, y cual se encuentra cargado con 14,000 catorce mil
kilogramos de costales con chile seco; la unidad auxiliar del tipo dolly, de la marca
****, color negro, y el remolque tipo caja seca, de la marca ****, en color blanco, que
porta las placas de circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, mismo
que se encuentra cargado con 13,000 trece mil kilogramos, vehículos que son
propiedad de *************, y que el mencionado tracto camión cuenta con sistema de
rastreo satelital, que el producto ó mercancía es propiedad de la empresa
denominada “*******, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE”, empresa para
la cual labora desde hace aproximadamente 30 treinta años; siendo el caso que el
día 22 veintidós de Septiembre de 2012 dos mil doce, aproximadamente a las 11:00
onces horas, salió del puerto de Manzanillo, Colima, conduciendo las unidades de
carga antes mencionadas, al igual que su compañero de nombre ****, quien también
es chofer de la misma empresa en la que labora el deponente, y quien traía a su
cargo el tracto camión de la marca ****, en color blanco con negro, con placas de
circulación **** correspondientes al Estado de Zacatecas, que traía enganchados los
remolque tipo plataforma, color azul, con sus respectivos acoplados y con carga
similar a la que trasportaba el sedicente, al igual que **********, quien también es
empleado de la misma empresa, quien se trasportaba a bordo del vehículo tipo ****,
de la marca ****, en color gris, realizando labores de custodia; circulando en convoy
*********y el declarante y a distancia circulaba ********* quien conducía el ****, iniciando
el recorrido con dirección a la ciudad de Guadalajara, ya que tenía como destino las
bodegas de la empresa ********, Sociedad Anónima de Capital Variable”, que se
localiza en carretera Panamericana kilómetro 1 uno, sin número, salida a Durango, en
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la ciudad de ****, Zacatecas, lugar en donde haría entrega de la mercancía que
transportaba, y que al encontrarse circulando sobre la autopista ****, siempre tuvo a la
vista a los vehículos que sus compañeros conducían, hasta que aproximadamente a
las 15:00 quince horas del 22 veintidós de septiembre del año en curso, momento en
el que se encontraba aproximadamente 200 doscientos metros después de donde se
está construyendo una nueva caseta de cobro de la mencionada autopista Ciudad
Guzmán-Guadalajara, misma que se encuentra a la altura del poblado de Sayula,
Jalisco, y a unos 25 veinticinco kilómetros antes de la caseta de cobro de Acatlán de
Juárez, con dirección a la ciudad de Guadalajara, cuando observo que se me
emparejo un vehículo tipo **** de modelo reciente, en color negro, el que circulaba a
la par del vehículo conducido por el declarante, circunstancia la cual se le hizo
extraña, percatándose en ese momento que en el asiento del copiloto iba una
persona del sexo masculino quien traía en sus manos una arma larga, quien vestía
ropa de color negro, al igual que en el asiento trasero del lado copiloto iba otra
persona del sexo masculino quien también vestía ropa en color negro y traía una
arma larga, los cuales le hicieron señas para que detuviera su circulación, pero
enseguida de forma inesperada la camioneta **** se atravesó en la circulación del
vehículo que guiaba, poniéndose por delante del tráiler que conducía, obligándole a
que detuviera la marcha de la unidad, y ya estando detenido el vehículo, advirtió que
de la camioneta ****, descendía la personas que iba en el asiento trasero de dicha
camioneta, quien se aproximó rápidamente al lado izquierdo del tráiler, pidiéndole al
deponente que bajara del camión y como no tuvo más opción y temiendo por lo que le
fuera a pasar, descendió del camión, siendo entonces en ese momento cuando
observo que de la camioneta ****, bajaron otras dos personas del sexo masculino,
siendo uno de ellos de una estatura baja y delgado y el otro sujeto era de tez clara,
personas quienes se subieron al vehículo de carga que conducía el declarante,
después el sujeto que traía el arma larga, le dijo que caminara hacia la camioneta ****
de color negro, la cual abordo, en donde lo acostaron en los asientos de la parte
trasera, momento en que advirtió que en el piso de ese vehículo, entre las bancas del
chofer y copiloto y la segunda banca, se encontraba acostado ******, viendo que se
encontraban a bordo del automotor dos sujetos del sexo masculino, siendo uno de
ellos quien estaba al volante de la **** y el otro estaba sentado en el asiento del
copiloto, sujetos los que loa amedrentaban para que no se moviera, por lo que este
vehículo comenzó a circular, escuchando que se comunicaban con alguna persona
por un radio **** y decían que iban por el otro vehículo, y aproximadamente 10 diez
minutos después dicha camioneta se detuvo, advirtiendo que subieron también a esta
camioneta a *******, a quien le dijeron que se acostara en la banca de los asientos
traseros y también se subió otro sujeto más el cual los iba cuidando, continuando su
trayecto por otros 05 cinco minutos aproximadamente, y trascurrido ese tiempo, la
camioneta se detuvo, siendo en ese momento en que hicieron descender del
automotor al deponente y a sus compañeros, internándolos en la maleza del lugar, en
donde los amarraron de pies y manos, diciéndoles que no se movieran de ese lugar
durante la próximas dos horas, retirándose del lugar su captores, y momento después
el deponente y sus compañeros pudieron desatarse trasladándose a la población de
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Zacoalco, Jalisco, en donde dieron aviso de lo ocurrido a personal de la empresa en
la que laboran para después trasladarse a la ciudad de Guadalajara, Jalisco al
domicilio de un familiar, lugar en donde los esperaba el apoderado de la empresa
agraviada y quien les informo que los vehículos afecto al hurto habían sido
recuperados, haciéndose presentes en el lugar en que fueron recuperados los mismo,
en donde reconoció sin temor a equivocarse a las personas que se encontraban
retenidas, como quienes, abordaron el vehículo que manejaba, después de haber sido
desapoderado del mismo. De ahí que esta narrativa adquiera valor probatorio
indiciario de conformidad con lo enunciado por el ordinal 265 del Enjuiciamiento Penal
del Estado.
n). La narrativa que vierte *******, quien señalo:
“…Que me encuentro en el interior de esta Agencia del Ministerio
Público, con la finalidad de declarar en relación del robo de las unidades:
1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, modelo 2003
dos mil tres, color azul, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, con número de serie ****, con el número de motor ****,
enganchados a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, de la
marca ****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho,
color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el
número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la
leyenda ****, con número económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del
tipo dolly, de la marca ****, color negro, con número de serie ****; 4-
Semiremolque tipo caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil
novecientos noventa y cuatro, color blanco, con placas de circulación ****
del Estado de Zacatecas, con el número de serie ****, mismas unidades
las cuales se encontraban cargadas con producto del tipo chile seco, con
un peso aproximado de 27,000 veintisiete mil kilogramos, todas estas a
cargo de mi compañero de trabajo de nombre ********; como también del
robo de la unidad: 5.- De la marca ****, tipo sedan, color gris, modelo
2012 dos mil doce, con placas de circulación **** del Estado de Jalisco,
con número de serie ****, con número de motor ****, misma que se
encontraba a cargo de la persona de nombre ******* con la cual realizaba
la custodia de todas nuestras unidades de carga; mientras que las
unidades: 6.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda,
modelo 2006 dos mil seis, color blanco, con negro, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, con numero de serie ****, con el
numero de motor ****, enganchados a esta las unidades: 7.-
Semiremolque tipo plana, de la marca ****, modelo 2008 dos mil ocho,
color azul, con blanco, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, con número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en
color rojo, con la leyenda ****, con número económico ****; así como la
unidad: 8.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****, color negro, con
número de serie ****.- Semiremolque tipo plana, de la marca ****, modelo
20
1993 mil novecientos noventa y tres, color azul, con blanco, con placas
de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el número de serie ****,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****, mismas unidades las cuales se encontraban
cargadas con producto del tipo chile seco, con un peso aproximado de
31,000 treinta y un mil kilogramos, todas estas las cuales se encontraban
a mi cargo, y de las cuales las todas y cada una de las unidades de
carga mencionadas, resultan ser propiedad del señor *******, mientras
que el automotor de la marca ****, tipo sedan, color gris, modelo 2012
dos mil doce, con placas de circulación **** del Estado de Jalisco, con
número de serie ****, con número de motor ****, así como el producto
que se transportaba resultan ser propiedad de la empresa llamada
“*********”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE; por lo que
además, quiero decir que yo trabajo para el señor ***********, así como
para la empresa llamada **********”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL
VARIABLE, esto desde hace aproximadamente 01 un año, en donde
tengo el cargo de operador de unidades de carga, siendo para este caso,
que el día 22 veintidós del mes de septiembre del año 2012 dos mil
doce, me encontraba en la ciudad del Puerto de Manzanillo, Colima,
estando conmigo en esa ciudad mi compañero *********, ya que cada uno
de nosotros realizaría el flete de producto del tipo chile seco, en las
unidades antes referidas y que teníamos a nuestro cargo, lugar en donde
esperábamos la llegada de nuestro compañero de trabajo de nombre
******, quien nos custodiaría en la unidad del tipo sedan, ****, color gris,
antes mencionada, hasta la ciudad de ****, Zacatecas, por lo que al
llegar nuestro compañero a dicha ciudad, pero al ser aproximadamente
las 11:00 once horas, procedimos en iniciar nuestro viaje a la ciudad de
****, Zacatecas, en donde al salir de la ciudad de Manzanillo, Colima,
comenzamos a circular por la autopista ****, circulando yo en la parte
delantera de nuestro convoy, mientras que **********, abordo de su
unidad tomaba diferentes posiciones para no darse a notar como
custodia, esto es que tomaba la punta del convoy, como la parte de la
cola, pero dicho recorrido lo realizamos sin ninguna novedad hasta que
al ser aproximadamente como las 15:00 quince horas, sobre la autopista
Ciudad Guzmán – ****, casi 200 doscientos metros después de pasar la
caseta de peaje que se esta construyendo, a la altura de Sayula, Jalisco,
tuve a la vista 02 dos unidades vehiculares, color negro, una de ellas del
tipo ****, mientras la otra era del tipo ****, en color negro, pero parados a
un lado de esas unidades sobre la carretera también logre ver a 03 tres
personas del sexo masculino, vestidos con ropas en color negro, por lo
que al pasar junto a ellos esas personas me siguieron con su mirada,
pero yo no les tome importancia continuando con nuestra circulación,
pero en esos momentos mi compañero ********, me **** a mi radio de
comunicaciones del tipo ****, preguntando si había visto a los sujetos
21
vestidos de color negro, junto a las camionetas también de color negro,
contestándole que si los había mirado, además, de preguntarme que si
todo estaba bien, a lo cual yo respondí que si, continuando con mi
recorrido, pero viendo que ***********, me rebasaba y circulaba delante
de mi, tomando una buena distancia, pero en ese momento comencé a
espejear por mis retrovisores para ver las unidades de mi compañero
******* sin lograr percatarme que pasaba con mi compañero *********, ya
que al encontrarme circulando me percate que la unidad del tipo **** ****,
color gris, en que viajaba mi compañero se encontraba detenida metros
delante y sobre el acotamiento, por lo que al pasar con mi unidad y no
verlo pensé que había bajado de su carro para hacer alguna necesidad,
continuando con mi circulación, comenzando a marcarle a su radio para
ver que había pasado, pero nunca me contesto, esperando que nos
diera alcance, por lo que continué viendo con mis retrovisores las
unidades de mi compañero *********, viendo que delante de él se detenía
una unidad de color negro, al parecer la camioneta del tipo ****, que
minutos antes habidos visto estacionada con los 03 tres sujetos, viendo
como al frenar su unidad levantaba una nube de humo con sus llantas,
pero como yo estaba circulando vi que a mi lado izquierdo tenia
circulando otra camioneta en color negro del tipo ****, viendo que el
sujeto que viajaba como copiloto me apuntaba con una arma larga,
además, de hacerme señas para que detuviera mi circulación, lo cual así
hice por temor a que me pudiera dar un balazo, siendo en ese momento
en el cual al detenerme, vi que 02 dos sujetos del sexo masculino
descendieron de la ****, con sus armas y me apuntaron amenazándome
para que bajara de mi unidad, lo cual así hice, pero al bajar me
ordenaron que subiera a su camioneta en donde me recostaron en el
asiento central de la camioneta, viendo a un sujeto que manejaba esta
unidad como los 02 dos sujetos que me habían amagado, pero sin
percatarme que había pasado con mi unidad, como con mis
compañeros, comenzado a circular en esa camioneta solo algunos
metros a poca velocidad, en donde nuevamente esa camioneta se
detuvo, y al detenerse los sujetos de las armas me ordenan que me baje
de la camioneta ****, y que caminara hacia adelante en donde logre ver
la otra camioneta de color negro, de la marca ****, en donde abrieron sus
putas traseras y me hicieron subir a sui interior, en donde me hicieron
que me recostara en el piso de la parte trasera, comenzando a circular la
camioneta y en donde uno de los sujetos de esa camioneta me
amenazaba para que no intentara nada, dándome cuenta que mis
compañeros se encontraban abordo de esa camioneta, al paso solo de
algunos minutos la **** se detuvo, y esos sujetos nos ordenaron que
bajáramos de la camioneta, lo cual yo hice por temor a que me pasara
algo, pero al bajar de la unidad me di cuenta que efectivamente como lo
había pensado mis compañeros también iban en esa camioneta, ya que
22
los vi bajar de su interior, siendo juntados los 03 tres, ordenándonos que
comenzáramos a caminar con dirección a lo despoblado o hacia el
monte, obedeciéndolo, por lo que comenzamos a caminar hacia el
momento, siendo vigilados por 03 tres de esas personas del sexo
masculino, con sus armas, los cuales al llegar a una parte de monte con
vegetación nos ordenaron que nos recostáramos en el piso, en donde
nos ataron de pies y manos, como también en donde nos mantuvieron
vigilados por unos minutos, para que al paso de ese tiempo esos sujetos
nos dijeron que ellos ya se retiraban, pero que abría gente de ellos
vigilándonos, que permaneciéramos en ese lugar por un tiempo
aproximado de 02 dos horas, viendo que esos sujetos se iban, pero
permaneciendo nosotros atados y tirados al piso, al paso solo de algunos
minutos comenzamos a levantar la cabeza para ver si aun se
encontraban por el lugar esos sujetos, pero como no se veían decidimos
comenzar a desatarnos, siendo para este caso que mi compañero
*********, con sus dientes comenzó en desatar las manos y pies de mi
compañero, el cual al encontrarse libre nos desato a nosotros, al
terminar de liberarnos comenzamos a escuchar que estaban alguien
cortaba leña por ese sitio, decidiendo ver si podíamos pedirle ayuda,
dándonos cuenta que se trataba de una persona del sexo masculino el
cual estaba cortando leña, a quien al preguntarle como podíamos llegar
a un pueblo en donde halláramos un teléfono para poder comunicarnos,
esa persona nos indico que camináramos un poco más adelante y nos
encontraríamos con un camino de empedrado, el cual deberíamos seguir
hacia el ****, enterados de esto comenzamos a t**** ese camino, pero al
encontrarnos caminando paso una camioneta pick up, en color blanco,
siendo su chofer quien nos dio un aventó hasta el poblado de Zacoalco
de Torres, Jalisco, en donde mi compañero ********** se comunico a la
casa ******* con su padre de este de nombre **** ****, pero le infamaron
que ya venia a esta ciudad de Guadalajara, al terminar esa llamada solo
tomamos un transporte para trasladarnos hasta esta ciudad de
Guadalajara, y dirigirnos a la casa de uno de sus sobrinos el cual vive
por el rumbo de la colonia ****, por la calle ****, sin recordar el número,
lugar en donde al llegar ya se encontraba en ese sitio el apoderado legal
de la empresa de nombre ********* quien nos informo que las unidades
de carga que nos habían sido robadas ya estaban localizadas y que se
necesitába que nosotros nos trasladáramos al lugar en donde se
localizaban, lo cual así hicimos, siendo en la Avenida **** o carretera
****, casi en su cruce con ****, lugar en donde al encontrarnos me di
cuenta que efectivamente las unidades de carga que nos habian sido
robadas se encontraban detenidas en los carriles centrales de la
Carretera ****, en donde se encontraba una patrulla de la policía
uniformada del Estado de Jalisco, los cuales habían detenido a los
ocupantes de la unidad de mi compañero *******, por lo que al llegar con
23
los uniformados el apoderado legal de nombre *******, les indico a los
policías que el reconocía las unidades como propiedad de nuestro patrón
**********, y que el no reconocía a los sujetos que ellos tenían detenidos
como empleados de la empresa de transportes, ya que los chóferes y el
custodio de esas unidades le acompañábamos, en ese momento les
preguntaron a mis compañeros *******, que si ellos reconocían a los
sujetos que ellos habían detenido, escuchando que mi compañero ******,
les decían a los uniformados que si que el reconocía a esas personas
como a los sujetos que él había visto subir a su unidad en el momento
del robo, además, que todos nosotros reconocimos las unidades que los
elementos policíacos habían logrado asegurar las cuales eran las que
nos habían sido robadas, al paso de algunos minutos en ese lugar se
hicieron presentes unas personas del sexo masculino, las cuales nos
dijeron ser personal de la Procuraduría General de Justicia para el
Estado de Jalisco, los cuales nos cuestionaron respecto de los hechos
antes referidos, así como a los cuales nuevamente les indicábamos el
reconocer las unidades que nos habían sido robadas, y que mis
compañeros reconocían a los sujetos detenidos como a los que ellos
habían visto subir a la unidad de color azul, de la marca ****, siendo
invitados por esas personas para comparecer en el interior de estas
oficinas. Una vez realizado lo anterior pero momentos antes de rendir mi
declaración en el interior de esta Agencia del Ministerio Público, su
personal me puso a la vista a 02 dos personas del sexo masculino,
siendo informado que dichos sujetos responden a los nombres de
***********, sujetos a los cuales en este no reconozco como a alguno de
los sujetos que me robaron mis unidades de carga, pero sujetos a los
cuales si reconozco e identifico plenamente sin temor a equivocarme
como a los mismos que tuve a la vista sobre la Avenida ****, casi en su
cruce con ****, colonia ****, municipio de Zapopan, Jalisco, personas las
anteriores las cuales fueron desteñidos por elementos de la policía del
Estado de Jalisco, abordo de las unidades que le habían sido robadas a
mi compañero de nombre *********, mismo que al tenerlos a la vista dijo
reconocerles como a las personas que el miro abordaban su unidad en el
momento del robo, identificándolos plenamente; como también
momentos antes de rendir mi declaración tuve a la vista sobre la calle 16
dieciséis de esta zona industrial, las unidades: 1.- De la marca ****, tipo
tracto camión, 5° quinta rueda, modelo 2006 dos mil seis, color blanco,
con negro, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con
numero de serie ****, con el numero de motor ****; 2.- Semiremolque tipo
plana, de la marca ****, modelo 2008 dos mil ocho, color azul, con
blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con
número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la
leyenda ****, con número económico ****; 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de
la marca ****, color negro, con número de serie ****; 4.- Semiremolque
24
tipo plana, de la marca ****, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres,
color azul, con blanco, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, con el número de serie ****, abordo de esta un contenedor,
en color rojo, con la leyenda ****, con número económico ****; las cuales
reconocí plenamente y sin temor a equivocarme como las unidades que
me fueron robadas; mientras que las unidades: 5.- De la marca ****, tipo
tracto camión, 5° quinta rueda, modelo 2003 dos mil tres, color azul, con
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie
****, con el número de motor ****; 6.- Semiremolque tipo plana, de la
marca ****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho,
color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el
número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la
leyenda ****, con número económico ****; 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de
la marca ****, color negro, con número de serie ****; 8- Semiremolque
tipo caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil novecientos noventa y
cuatro, color blanco, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, con el número de serie ****, las identifique plenamente y sin
temor a equivocarme como las mismas que le fueron robadas a mi
compañero ************, sobre la autopista Ciudad Guzmán ****, Jalisco;
además, de mencionar en el momento del robo, los sujetos que nos
vigilaron me robaron mi cartera, color guinda, dentro de la cual traía la
cantidad de $3,800.00 tres mil ochocientos pesos 00/100 moneda
nacional, de los cuales la cantidad de $1,500.00 mil quinientos pesos
00/100 moneda nacional, eran parte de los viáticos para el viaje, dinero
en efectivo el cual no cuento con documento idóneo con el cual
acreditarlo, como también mi credencial de elector y mi licencia de
manejo estatal del Estado de Jalisco…”(sic).
Narrativa la cual corresponde a una persona que tomo conocimiento de los
hechos por medio de sus sentidos y por lo cual cumple con lo establecido por el
ordinal 195 de Código Procesal Penal del Estado, y de la que se desprende que el día
22 veintidós de septiembre de 2012 dos mil doce, se encontraba en la ciudad del
Puerto de Manzanillo, Colima, acompañado de *********, ya que cada uno de ellos
realizaría el flete de producto del tipo chile seco, en las unidades propiedad del
ofendido, lugar en donde esperaban la llegada de **********, quien realizaría labores
de custodiaría en una unidad del tipo sedán, ****, color gris, hasta la ciudad de ****,
Zacatecas, por lo que al llegar **** a dicha ciudad, aproximadamente a las 11:00 once
horas, procedieron en iniciar el viaje a la ciudad de ****, Zacatecas, por lo que
comenzaron a circular por la autopista ****, circulando el deponente en la parte
delantera del convoy, mientras que ***** abordo de su unidad tomaba diferentes
posiciones para no darse a notar como custodia, esto es que tomaba la punta del
convoy, como la parte de la cola, dicho recorrido se realizó sin ninguna novedad hasta
que al ser aproximadamente las 15:00 quince horas, sobre la autopista **** de Juárez,
casi 200 doscientos metros después de pasar la caseta de peaje que se está
25
construyendo, a la altura de Sayula, Jalisco, tuvo a la vista 02 dos unidades
vehiculares, color negro, una de ellas del tipo ****, mientras la otra era del tipo ****, en
color negro, pero parados a un lado de esas unidades sobre la carretera también
logro ver a 03 tres personas del sexo masculino, vestidos con ropas en color negro,
por lo que al pasar junto a ellos esas personas lo siguieron con su mirada, a lo que el
deponente no tomo importancia continuando con su circulación, pero en esos
momentos su compañero ******* ****, le llamo vía radio, preguntando si había visto a
los sujetos vestidos de color negro, junto a las camionetas también de color negro,
contestándole que si los había observado, además, de preguntarle que si todo estaba
bien, a lo cual le respondí que sí, continuando con su recorrido, pero viendo que
******, lo rebasaba y circulaba delante del de la voz, tomando una buena distancia,
pero en ese momento comenzó a ver por sus espejos retrovisores para ver las
unidades de su compañero **********, sin lograr percatarme que pasaba con su
compañero ********* ya que al encontrase circulando se percató que la unidad del tipo
**** ****, color gris, en que viajaba su compañero se encontraba detenida metros
delante y sobre el acotamiento, por lo que al pasar con la unidad que tripulaba y no
verlo pensó que había bajado de su carro para hacer alguna necesidad, continuando
con su circulación, comenzando a marcarle a su radio para ver qué había pasado sin
obtener respuesta, esperando que les diera alcance, por lo que continuo viendo con
sus retrovisores las unidades de su compañero **********, viendo que delante de él se
detenía una unidad de color negro, al parecer la camioneta del tipo ****, que minutos
antes habidos visto estacionada con los 03 tres sujetos, viendo como al frenar su
unidad levantaba una nube de humo con sus llantas, advirtiendo el deponente que su
lado izquierdo tenia circulando otra camioneta en color negro del tipo ****, viendo que
el sujeto que viajaba como copiloto le apuntaba con una arma larga, además, de
hacerle señas para que detuviera su circulación, lo cual así hizo por temor a que le
disparan, siendo en ese momento en el cual al detenerse, vio que 02 dos sujetos del
sexo masculino descendieron de la camioneta ****, con sus armas y le apuntaron
amenazándolo para que bajara de su unidad, lo realizo, pero al bajar le ordenaron que
subiera a su camioneta en donde lo recostaron en el asiento central de la camioneta,
viendo a un sujeto que manejaba esta unidad como los 02 dos sujetos que lo habían
amagado, pero sin percatarse que había pasado con la unidad que manejaba, como
con sus compañeros, comenzado a circular en esa camioneta solo algunos metros a
poca velocidad, en donde nuevamente esa camioneta se detuvo, y al detenerse los
sujetos de las armas le ordenan que bajara de la camioneta ****, y que caminara
hacia adelante en donde logro ver la otra camioneta de color negro, de la marca ****,
en donde abrieron sus puertas traseras y lo obligaron a subir, en donde lo recostaron
en el piso de la parte trasera, comenzando a circular la camioneta y en donde uno de
los sujetos de esa camioneta lo amenazaba para que no intentara nada, dándose
cuenta que sus compañeros se encontraban a bordo de esa camioneta, al paso solo
de algunos minutos la **** se detuvo, y esos sujetos les ordenaron que bajaran de la
camioneta, lo cual hizo por temor a que me pasara algo, pero al bajar de la unidad me
dio cuenta que efectivamente como lo había pensado sus compañeros también iban
en esa camioneta, ya que los vio bajar de su interior, siendo reunidos los 03 tres,
26
ordenándoles que comenzaran a caminar con dirección a lo despoblado o hacia el
monte, en donde los amarraron de pies y manos, diciéndoles que no se movieran de
ese lugar durante la próximas dos horas, retirándose del lugar su captores, y
momento después el deponente y sus compañeros pudieron desatarse trasladándose
a la población de Zacoalco, Jalisco, en donde dieron aviso de lo ocurrido a personal
de la empresa en la que laboran para después trasladarse a la ciudad de
Guadalajara, Jalisco al domicilio de un familiar de sus compañeros, lugar en donde los
esperaba el apoderado de la empresa agraviada y quien les informo que los vehículos
afecto al hurto habían sido recuperados, haciéndose presentes en el lugar en que
fueron recuperados los mismo, en donde ************, reconoció sin temor a
equivocarse a las personas que se encontraban retenidas, como quienes, abordaron
el vehículo que manejaba este, después de haber sido desapoderado del mismo. De
ahí que esta narrativa adquiera valor probatorio indiciario de conformidad con lo
enunciado por el ordinal 265 del Enjuiciamiento Penal del Estado.
o). Lo depuesto por **********, quien señalo que.
“…Que me encuentro en el interior de esta Agencia del Ministerio
Público, con la finalidad de denunciar el robo de las unidades: 1.- De la
marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, modelo 2006 dos mil seis,
color blanco, con negro, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, con numero de serie ****, con el numero de motor ****,
enganchados a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, de la
marca ****, modelo 2008 dos mil ocho, color azul, con blanco, con placas
de circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie ****,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; así como la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly,
de la marca ****, color negro, con número de serie ****; 4.- Semiremolque
tipo plana, de la marca ****, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres,
color azul, con blanco, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, con el número de serie ****, abordo de esta un contenedor,
en color rojo, con la leyenda ****, con número económico ****, mismas
unidades las cuales se encontraban cargadas con producto del tipo chile
seco, con un peso aproximado de 31,000 treinta y un mil kilogramos,
todas estas a cargo del operador de nombre ************; así como las
unidades: 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda,
modelo 2003 dos mil tres, color azul, con placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas, con número de serie ****, con el número de motor
****, enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana, de
la marca ****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho,
color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el
número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la
leyenda ****, con número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del
tipo dolly, de la marca ****, color negro, con número de serie ****; 8-
27
Semiremolque tipo caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil
novecientos noventa y cuatro, color blanco, con placas de circulación ****
del Estado de Zacatecas, con el número de serie ****, mismas unidades
las cuales se encontraban cargadas con producto del tipo chile seco, con
un peso aproximado de 27,000 veintisiete mil kilogramos, todas estas a
cargo del operador de nombre ********, unidades las anteriores las cuales
resultan ser propiedad de mi patrón ***********; y por ultimo la unidad que
yo tenia a mi cargo, siendo el automotor de la marca ****, tipo sedan,
color gris, modelo 2012 dos mil doce, con placas de circulación **** del
Estado de Jalisco, con número de serie ****, con número de motor ****,
con la cual yo realizaba la custodia de las unidades anteriormente
referidas, misma que resulta ser propiedad de la empresa llamada
“**********”, SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, al igual que
el producto que transportábamos; mencionado además, que trabajo para
el señor ***********, así como para la empresa llamada **********”,
SOCIEDAD ANONIMA DE CAPITAL VARIABLE, esto desde hace
aproximadamente 04 cuatro años, en donde realizo labores de compra
venta de producto, pero que en esta ocasión me indicaron que haría
labores de custodia y vigilancia de las unidades de carga, por lo que me
permito mencionar a esta autoridad que el día viernes 21 veintiuno del
mes de septiembre del año 2012 dos mil doce, mi patrón de nombre
*********, me ordeno que me trasladara al Puerto de Manzanillo, abordo
de la unidad antes referida, esto con el propósito que escoltara y
estuviera al pendiente de las unidades de carga que tenían a cargo mis
compañeros *********misma que ya mencione con anterioridad, por lo que
al ser las 23:00 veintitrés horas del día 21 veintiuno del mes de
septiembre del año 2012 dos mil doce, salí de la ciudad de ****,
Zacatecas, para trasladarme al Puerto de Manzanillo, al cual llegue
aproximadamente como a las 08:00 ocho horas, siendo en dicho lugar en
donde al llegar me puse en contacto con mis compañeros ********* los
cuales se encontraban en la pensión de la naviera conocidos como ****,
en donde al encontrarnos nos pusimos de acuerdo en la hora en que
iniciaríamos nuestro viaje a la ciudad de ****, Zacatecas, por lo que al ser
aproximadamente las 11:00 once horas, salimos del interior de la
pensión antes referida, iniciando nuestro recorrido, por lo que al salir de
la ciudad de Manzanillo, Colima, tomamos la autopista ****, por lo que yo
circulaba a una distancia prudente en que tuviera a la vista las unidades
de mis compañeros, esto es a unos 200 doscientos a 500 quinientos
metros, esto lo hacia adelante de las unidades o detrás de ellas,
dependiendo la velocidad con que circulábamos, lo cual realizaba para
que se no notara que yo era parte del convoy de mis compañeros,
circulando sin ninguna novedad, hasta que al ser aproximadamente
como las 15:00 quince horas, sobre la autopista en el Tramo Ciudad
Guzmán – ****, esto casi 200 doscientos metros después de pasar la
28
caseta de peaje que se esta construyendo a la altura de Sayula, Jalisco,
fue que tuve a la vista 02 dos unidades en color negro, una de ellas del
tipo ****, con 04 cuatro puertas, mientras que la otra era del tipo ****, de
04 cuatro puertas, en donde a un costado de estas unidades, pero sobre
la carretera se encontraban 03 tres personas del sexo masculino,
vestidos con ropas en color negro, momento en el cual acababa de
rebasar las unidades de mis compañeros, pero pasando frente a dichos
sujetos, mismos que al pasar frente a ellos abordo de mi unidad de
cargo, ellos voltearon su mirada para verme, al pasar a dichos sujetos
tome mi radio de comunicaciones del tipo ****, y me comunique por
medio de esa frecuencia con *******, a quien le pregunte si el había visto
a los sujetos de las camionetas negras, contestándome que si, además,
de preguntarle que si todo estaba bien, contestándome que si, al termino
de esa llamada me comunique con mi compañero ***********, a quien le
pregunte si todo estaba bien, contestándome que si, por lo que
continuamos todos con nuestra circulación, pero al paso de haber
circulado 05 cinco kilómetros, después de la caseta en construcción
antes referida en Sayula, Jalisco, y unos 30 treinta kilómetros antes de la
población de ****, Jalisco, fue que mire que una de las camionetas que
había visto minutos antes, siendo la camioneta del tipo ****, en color
negro, se me emparejaron a mi costado izquierdo, siendo el copiloto que
viajaba del lado derecho, en el asiento delantero, el cual traía su vidrio
abajo, que saco su mano y me apunto con una pistola, gritándome
“PARATE HIJO DE LA CHINGADA”, momento en el cual esa camioneta
se atravesó a mi circulación y me obligo a que detuviera mi marcha, por
lo que yo hice alto total, siendo en ese momento que vi que de esa
camioneta descendían 03 tres de sus ocupantes, estos del sexo
masculino, los cuales vestían de negro, siendo el sujeto que viajaba en la
parte delantera del lado del copiloto, así como 02 dos sujetos del sexo
masculino, los cuales viajaban en el asiento trasero de esa camioneta,
mismos que al bajar de su unidad traían en sus manos armas largas, sin
saber de que tipo, ya que desconozco de ellas, con las cuales al bajar de
sus unidades me apuntaron y me ordenaron que no me moviera, que no
opusiera resistencia, por lo que les obedecí, al llegar a mi puerta solo me
ordenaron que bajara de mi unidad y que me subiera a su camioneta
obedeciéndoles comenzando a caminar hacia esa camioneta,
abriéndome la puerta trasera del lado del copiloto, en donde me hicieron
que me recostara en el piso entre los asientos delanteros y el segundo
de los asientos traseros, ya abordo de esa unidad no supe que había
pasado con mi carro de cargo, ni con mis compañeros, comenzando a
sentir que la camioneta en la que me habían subido comenzaba a
circular, pero al haber circulado solo algunos 02 dos kilómetros, la
camioneta se detuvo escuchando que abrían las puertas traseras del
lado del copiloto, viendo que esos sujetos subían a la camioneta en que
29
viajaba yo, a mi compañero de nombre ************, al cual acostaron
sobre el segundo asiento de esa camioneta, comenzando a circular
nuevamente por aproximadamente 500 quinientos metros, en donde al
detenerse nuevamente escuche que subían a mi compañero de nombre
*********, al cual escuche subieron en la parte trasera de esa camioneta,
esto lo se porque escuche cuando lo recostaban y le ordenaban que no
se moviera y que no hiciera nada por que lo ****rían, además, de
escuchar cuando cerraban las puertas traseras de esa camioneta,
comenzando a circular, pero al paso de aproximadamente como 10 diez
minutos, esa camioneta nuevamente se detuvo siendo en ese lugar en
donde los sujetos que nos vigilaban nos ordenaron que bajáramos de la
camioneta y que comenzáramos a caminar con dirección a lo
despoblado, por lo que mis compañeros y yo obedecimos y bajamos de
la unidad, comenzando a caminar a lo despoblado de la autopista,
siendo vigilados por 03 tres de esas personas del sexo masculino, los
cuales al llegar a una parte de monte con vegetación nos ordenaron que
nos recostáramos en al piso, en donde nos ataron de pies y manos,
como también en donde nos mantuvieron vigilados por unos minutos,
para que al paso de ese tiempo esos sujetos nos dijeron que ellos ya se
retiraban, pero que abría gente de ellos vigilándonos, que no nos
moviéramos por un tiempo de 02 dos horas, viendo que se retiraban
esos sujetos, pero permaneciendo nosotros atados y tirados al piso en
ese lugar, por unos minutos comenzamos a levantar la cabeza para ver
si aun se encontraban dichos sujetos por ese sitio, pero como no se
veían decidimos comenzar a desatarnos, siendo para este caso que mi
compañero ***********, con sus dientes comenzó a ayudarme a desatar
mis ataduras, lo cual logramos después de varios minutos, en donde una
vez que logre encontrarme liberado de mis manos y pies, procedí en
liberar a mis 02 dos compañeros, al paso de algunos minutos
comenzamos a escuchar que estaban cortando madera, por lo que
decidimos ver de que se trataba, dándonos cuenta que se trataba de una
persona del sexo masculino el cual estaba cortando madera, persona a
la cual le preguntamos como podíamos llegar a un pueblo en donde
poder llamar por teléfono, pero esa persona nos indico que camináramos
un poco más adelante y nos encontraríamos con un camino de
empedrado, por el cual deberíamos caminar hacia el ****, enterados de
esto solo nos dirigimos a dicho camino, por el cual comenzamos a
caminar como se nos había indicado, en donde al llegar a ese camino y
comenzar a caminar como se nos había dicho, paso una camioneta pick
up, en color blanco, siendo su chofer el cual al pedirle un aventón para
que nos llevara al poblado más próximo, llegando al poblado de
Zacoalco de Torres, Jalisco, en donde mi compañero ********, se
comunico a mi casa para hablar con mi padre, pero en esa llamada le
informaron que mi padre **** ****, ya venia a esta ciudad de Guadalajara,
30
al terminar esa llamada solo tomamos un transporte para trasladarnos
hasta esta ciudad de Guadalajara, y dirigirnos a la casa de uno de mis
primos el cual vive por el rumbo de la colonia ****, por la calle ****, sin
recordar el número, lugar al cual llegamos y en donde al llegar ya se
encontraba en ese lugar el apoderado legal de la empresa de nombre
***********, quien nos informo que las unidades de carga que nos habían
sido robadas ya estaban localizadas y que necesitábamos trasladarnos
al lugar en donde se localizaban, lo cual así hicimos, por lo que nos
trasladamos cerca del lugar en donde nos encontrábamos siendo la
Avenida **** o carretera ****, casi en su cruce con ****, lugar en donde al
encontrarnos me di cuenta que efectivamente las unidades de carga se
encontraban detenidas en los carriles centrales de la Carretera ****, en
donde se encontraba una patrulla de la policía uniformada del Estado de
Jalisco, los cuales habían detenido a 02 dos de los sujetos que
abordaban en la unidad del tipo tracto camión, de la marca ****, en color
azul, por lo que al llegar con los uniformados el apoderado legal de
nombre **********, les indico a los policías que el reconocía las unidades
como propiedad de nuestro *************, y que el no reconocía a los
sujetos que ellos tenían detenidos como empleados de la empresa de
transportes, ya que los chóferes y el custodio de esas unidades le
acompañábamos, en ese momento les preguntaron a mis compañeros
**************, que si ellos reconocían a los sujetos que ellos habían
detenido, escuchando que mis compañeros antes referidos les decían a
los uniformados que si que ellos reconocían a esas personas como a los
sujetos que había manejado la unidad de color azul, de la marca ****,
además, de reconocer todos nosotros las unidades que los elementos
policíacos habían logrado asegurar eran las que nos habían sido
robadas, al paso de algunos minutos en ese lugar se hicieron presentes
personas del sexo masculino, los cuales nos dijeron se persona de esta
Procuraduría General de Justicia para el Estado de Jalisco, los cuales
nos cuestionaron respecto de los hechos antes referidos, así como a los
cuales nuevamente les indicábamos el reconocer las unidades que nos
habían sido robadas, y que mis compañeros reconocían a los sujetos
detenidos como a los que ellos habían visto subir a la unidad de color
azul, de la marca ****, siendo invitados por esas personas para
comparecer en el interior de estas oficinas. Por ultimo momentos ante de
rendir mi declaración en el interior de esta Agencia del Ministerio Público,
se me pusieron a la vista 02 dos personas del sexo masculino de los
cuales se me indico responden a los nombres de ******** sujetos a los
cuales reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como a las
personas las cuales fueron detenido por a los elementos de la Policía del
Estado de Jalisco, así como los sujetos a los cuales mis compañeros
reconocieron como a los sujetos que vieron abordar la unidad de la
marca ****, en color azul; por ultimo también momentos antes de rendir
31
mi declaración tuve a la vista sobre la calle 16 dieciséis de esta zona
industrial, las unidades: 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta
rueda, modelo 2006 dos mil seis, color blanco, con negro, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, con numero de serie ****, con el
numero de motor ****; 2.- Semiremolque tipo plana, de la marca ****,
modelo 2008 dos mil ocho, color azul, con blanco, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie ****,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****,
color negro, con número de serie ****; 4.- Semiremolque tipo plana, de la
marca ****, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, color azul, con
blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el
número de serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la
leyenda ****, con número económico ****; 5.- De la marca ****, tipo tracto
camión, 5° quinta rueda, modelo 2003 dos mil tres, color azul, con placas
de circulación **** del Estado de Zacatecas, con número de serie ****,
con el número de motor ****; 6.- Semiremolque tipo plana, de la marca
****, color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, color azul,
con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con el número de
serie ****, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda
****, con número económico ****; 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la
marca ****, color negro, con número de serie ****; 8- Semiremolque tipo
caja seca, de la marca ****, modelo 1994 mil novecientos noventa y
cuatro, color blanco, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, con el número de serie ****, mismas que identifico
plenamente y sin temor a equivocarme como las mismas unidades que
nos fueron robadas sobre la autopista Ciudad Guzmán ****, Jalisco;
como también mencionar que dentro de este robo, los sujetos que nos
robaron me quitaron mis pertenencias personales, siendo: mi cartera en
color negro, de piel, en la cual traía mi licencia de manejo Estatal de
Zacatecas, así como la cantidad de $1,300.00 mil trescientos pesos
00/100 moneda nacional, dinero en efectivo el cual había juntado de
varios pagos semanales que he ganado por mi trabajo, mismo que no
me es posible acreditar en este momento…”(sic).
Narrativa la cual corresponde a una persona que tomo conocimiento de los
hechos por medio de sus sentidos y por lo cual cumple con lo establecido por el
ordinal 195 de Código Procesal Penal del Estado, y de la que se desprende que
aproximadamente a las 23:00 veintitrés horas de 21 veintiuno de septiembre de 2012
dos mil doce, salió de la ciudad de ****, Zacatecas, para trasladarse al Puerto de
Manzanillo, al cual arribo aproximadamente a las 08:00 ocho horas, siendo en dicho
lugar en donde al llegar se puso en contacto con sus compañeros ********** los cuales
se encontraban en la pensión de la naviera conocidos como ****, en donde al
encontrarse se pusieron de acuerdo en la hora en que iniciarían el viaje a la ciudad de
32
****, Zacatecas, por lo que al ser aproximadamente las 11:00 once horas, salieron del
interior de la pensión antes referida, iniciando el recorrido, por lo que al salir de la
ciudad de Manzanillo, Colima, t****on la autopista ****, por lo que el deponente
circulaba a una distancia prudente en que tuviera a la vista las unidades de sus
compañeros, esto es a unos 200 doscientos a 500 quinientos metros, esto lo hacia
adelante de las unidades o detrás de ellas, dependiendo la velocidad con que
circulábamos, lo cual realizaba para que se no notara que era parte del convoy de sus
compañeros, circulando sin ninguna novedad, hasta que al ser aproximadamente
como las 15:00 quince horas, sobre la autopista en el tramo **** de Juárez, esto casi
200 doscientos metros después de pasar la caseta de peaje, que se está
construyendo a la altura de Sayula, Jalisco, fue que tuvo a la vista 02 dos unidades en
color negro, una de ellas del tipo ****, con 04 cuatro puertas, mientras que la otra era
del tipo ****, de 04 cuatro puertas, en donde a un costado de estas unidades, pero
sobre la carretera se encontraban 03 tres personas del sexo masculino, vestidos con
ropas en color negro, momento en el cual acababa de rebasar las unidades de sus
compañeros, pero pasando frente a dichos sujetos, mismos que al pasar frente a ellos
abordo de su unidad de cargo, ellos voltearon su mirada para verlo, al pasar a dichos
sujetos tome su radio de comunicaciones y se comunicó por medio de esa frecuencia
con **********, a quien le pregunto si él había visto a los sujetos de las camionetas
negras, contestándole que si, además, de preguntarle que si todo estaba bien,
contestándole que si, al término de esa llamada se comunique con ********, a quien le
pregunto si todo estaba bien, contestándole que si, por lo que continuo con su
circulación, pero al paso de haber circulado 05 cinco kilómetros, después de la caseta
en construcción antes referida en Sayula, Jalisco, y unos 30 treinta kilómetros antes
de la población de Acatlán de Juárez, Jalisco, advirtió que una de las camionetas que
había visto minutos antes, siendo la camioneta del tipo ****, en color negro, se
emparejo a su costado izquierdo, siendo el copiloto que viajaba del lado derecho, en
el asiento delantero, el cual traía su vidrio abajo, que saco su mano y le apunto con
una pistola, gritándole “PÁRATE HIJO DE LA CHINGADA”, momento en el cual esa
camioneta se atravesó a su circulación y lo obligo a que detuviera la marcha del
automotor que tripulaba, por lo que yo hice alto total, siendo en ese momento que vi
que de esa camioneta descendían 03 tres de sus ocupantes, estos del sexo
masculino, los cuales vestían de negro, siendo el sujeto que viajaba en la parte
delantera del lado del copiloto, así como 02 dos sujetos del sexo masculino, los
cuales viajaban en el asiento trasero de esa camioneta, mismos que al bajar de su
unidad traían en sus manos armas largas, sin saber de qué tipo, con las cuales al
bajar de sus unidades le apuntaron y le ordenaron que no me moviera, que no
opusiera resistencia, haciéndolo descender de su unidad y obligándolo a abordar el
automotor tipo ****, en donde lo hicieron recostarse en el piso entre los asientos
delanteros y el segundo de los asientos traseros, ignorando el destino del vehículo a
su cargo y de sus compañeros, comenzando a circular este vehículo, pero al haber
circulado algunos 02 dos kilómetros, la camioneta se detuvo escuchando que abrían
las puertas traseras del lado del copiloto, viendo que esos sujetos subían a la
camioneta a *********, al cual acostaron sobre el segundo asiento de esa camioneta,
33
comenzando a circular nuevamente por aproximadamente 500 quinientos metros, en
donde al detenerse nuevamente escucho que subían a ***********, al cual subieron en
la parte trasera de esa camioneta, esto lo sé porque escucho cuando lo recostaban y
le ordenaban que no se moviera y que no hiciera nada porque lo ****rían, además, de
escuchar cuando cerraban las puertas traseras de esa camioneta, comenzando a
circular, pero al paso de aproximadamente como 10 diez minutos, esa camioneta
nuevamente se detuvo siendo en ese lugar en donde los sujetos que los vigilaban les
ordenaron que bajaran de la camioneta y que comenzaran a caminar con dirección a
lo despoblado, en donde los amarraron de pies y manos, diciéndoles que no se
movieran de ese lugar durante la próximas dos horas, retirándose del lugar su
captores, y momento después el deponente y sus compañeros pudieron desatarse
trasladándose a la población de Zacoalco, Jalisco, en donde dieron aviso de lo
ocurrido a personal de la empresa en la que laboran para después trasladarse a la
ciudad de Guadalajara, Jalisco al domicilio de un familiar, lugar en donde los
esperaba el apoderado de la empresa agraviada y quien les informo que los vehículos
afecto al hurto habían sido recuperados, haciéndose presentes en el lugar en que
fueron recuperados los mismo, en donde ************, reconoció sin temor a
equivocarse a las personas que se encontraban retenidas, como quienes, abordaron
el vehículo que manejaba este, después de haber sido desapoderado del mismo. De
ahí que esta narrativa adquiera valor probatorio indiciario de conformidad con lo
enunciado por el ordinal 265 del Enjuiciamiento Penal del Estado.
p). La narrativa que vierte el elemento captor ****, mismo que refirió:
“…Que me encuentro en el interior de esta Agencia del Ministerio
Público, con la finalidad de declarar en relación a los hechos en los
cuales fueron asegurados los sujetos de nombres ***********; una vez
dicho lo anterior, además, me permito manifestar a esta autoridad, que
tengo el grado de Policía 3 tercero, de la Comisaría General de
Seguridad Pública del Estado de Jalisco, en donde para los hechos que
nos ocupan quiero referir lo siguiente, que el día de hoy sábado 22
veintidós del mes de septiembre del año 2012 dos mil doce, me
encontraba en compañía de mis subordinados de nombres **** y ****,
esto abordo de la unidad con número económico **** cuento veintitrés, la
cual era conducida en ese momento por mi compañero ****,
correspondiéndonos nuestro recorrido de vigilancia sobre la carretera
Guadalajara – Morelia y viceversa, en donde para este caso que nos
ocupa y siendo aproximadamente las 15:10 quince horas con diez
minutos, al encontrarnos a la altura de Avenida **** y ****, en nuestra
frecuencia de radio recibimos el reporte enviado por el Centro Integral de
Comunicaciones, también conocido como “BASE PAL****”, dentro del
cual se nos reportaba el código rojo, mismo que correspondía en que
todo el personal de nuestra corporación nos encontráramos alertas con
la presencia de 02 dos unidades de carga del tipo ****, cada uno de ellos
34
acoplado a 02 dos semiremolques, transportando contenedores en color
rojo, así como una caja seca, siendo las placas que reportaron las de un
camión de la marca ****, en color blanco, con negro, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, mientras el segundo era una
unidad de la marca ****, en color azul, con las placas de circulación ****
del Estado de Zacatecas, reporte dentro cual además, se nos indicaba
que los operadores de las unidades no contestaban el llamado de la
empresa transportista, así como que el personal de la empresa de
seguridad que custodia los camiones tampoco respondía el llamado de
sus encargados, unidades de carga las cuales en su sistema de
rastreador satelital marcaba la presencia de las unidades de carga a la
altura de la colonia ****, en el municipio de Tlajomulco de Zúñiga, Jalisco,
por lo que al escuchar dicho reporte le indique a mi subordinado ****, que
continuáramos con nuestro recorrido ya que en el sentido en el que
circulábamos los toparíamos, por lo que al encontrarnos circulando a la
altura de el Fraccionamiento ****, en sentido contrario a nosotros, esto es
por los carriles contrarios que circulan de **** a Norte, de la citada
carretera ****, me percate que las unidades que se nos habían reportado
momentos antes, circulaban con dirección a esta ciudad de Guadalajara,
razón por lo que le indique a mi compañero y subordinado ****,
aceleráramos nuestra marcha para poder retornar en el puente de ****,
esto en donde se localiza el puente que esta a la altura de Mega –
Comercial Mexicana, en donde al lograr abordar nuevamente la carretera
****, pero con dirección a esta ciudad de Guadalajara, procedimos en
darles alcance a las citadas unidades de carga, lo cual logramos casi a la
altura de ****, en donde al darles alcance encendimos nuestros códigos
sonoros y luces, para márchales el alto, así como indicarles por medio
del altavoz, detuvieran su marcha, pero esas unidades de carga hacían
caso omiso a nuestras ordenes, siendo mi compañero ****, quien acelero
la velocidad de nuestra unidad para obligarlos a que detuvieran la
marcha, logrando que las unidades de carga se detuvieran a la altura de
Avenida ****, casi en su cruce con la calle ****, en la colonia ****,
municipio de Zapopan, Jalisco, por lo que al observar que se detuvieron
esos automotores, nos detuvimos a un costado de la unidad de la marca
****, en color azul, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, abordo del cual logre observar a 02 dos personas del sexo
masculino, uno de ellos en el asiento del operador y otro en el asiento
del copiloto, por lo que mi subordinado de nombre ****, se dirigió al lado
del copiloto para asegurarlo, mientras que yo me encargaba de dirigirme
con el operador de la unidad, en donde al descender yo de nuestra
patrulla me dirigí con el operador, logrando ver que el copiloto de la
unidad bajaba rápidamente del interior de la cabina, pero viendo que mi
compañero se dirigía por el, pero en el momento en el cual yo me
acerque con el chofer de la unidad me identifique con el, como elemento
35
de la policía, indicándole que descendiera del automotor, mientras que
mi compañero y subordinado ****, se dirigía a la unidad del tipo **** de la
marca ****, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, con
la finalidad de asegurar al otro operador de la misma; momento en el
cual al tener yo asegurado al operador de la unidad, llego mi compañero
****, con el sujeto que viajaba como copiloto, indicándome que dicho
sujeto se había lesionado en su cabeza al momento de bajar de la
unidad, viendo en ese momento que efectivamente dicho sujeto tenia un
golpe en su cabeza; en ese momento llego mi subordinado ****, quien
me indico que en la cabina de la unidad de color blanco, de la marca ****,
que se encontraba delante de nosotros no había encontrado a persona
alguna, por lo que el conducto de esa unidad había logrado darse a la
fuga, optando por regresar con nosotros para prestar seguridad y apoyo,
continuando con el aseguramiento de los ocupantes de la unidad de
color azul, en donde dichos sujetos nos dijeron responder a los nombres
*********** de edad (conductor), mientras que el segundo de ellos dijo
responder al nombre de ****** de edad (copiloto), mismos que al ser
cuestionados respecto de su actuar, así como del motivo por el cual
tripulaban dicha unidad de carga, como también al cuestionarles el
porque el otro chofer de la unidad se había retirado del lugar, estos
sujetos terminaron por aceptar que dichas unidades eran robadas, que
las mismas las habían robado sobre la autopista ****, esto antes de llegar
a la caseta de ****, y que ellos pertenecían a una banda de roba trailers y
que un sujeto de nombre ****, del cual no sabían sus apellidos, les había
dicho que los vehículos los tenían que llevar a una pensión ****, en
donde serian dejadas en su interior y para que con posterioridad y una
vez que se enfriara este robo, fueran recogidas por otros de sus
cómplices; como también el sujeto de nombre ***********, dijo que su
acompañante lo había invitado en participar en este robo, pero que su
función seria el vigilar el inhibidor o perturbador de señales, para que
funcionara en todo momento dentro de este robo, al escuchar lo anterior
procedí en subir al interior a la unidad de carga, en color azul, esto con el
propósito de verificar en su interior si se localizaba alguno de los
operadores de la unidad robada, pero en su interior no localice a ninguna
otra persona, pero si logre encontrar en su interior y en el piso de esta
unidad, un aparato de los conocidos como inhibidores o perturbador de
señales, en color metálico, con sus respectivas antenas, mismo que se
encontraba conectado al enchufe del encenderdor; al ser enterados de
esto procedimos en notificar a nuestros superiores los cuales nos
ordenaron que dicho servicio fuera puesto a disposición del Agente del
Ministerio Público correspondiente, por lo que por medio del Centro
Integral de Comunicaciones solicitamos la presencia de esta autoridad,
al paso de algunos minutos en el lugar se hicieron presentes varias
personas del sexo masculino los cuales dijeron responder a los nombres
36
de *********** siendo el primero de los mencionados quien nos dijo ser el
apoderado legal del propietario de las unidades de carga, de nombre
*********, y que el mismo no reconocía a los sujetos asegurados como
sus empleados, además, de reconocer las unidades aseguradas como
las unidades propiedad de su poderdante; mientras que las personas de
nombres **********, dijeron ser los operadores de las unidades de carga,
mismos que al ver las unidades que nosotros teníamos aseguradas,
terminaron por referirnos que ellos reconocían las unidades de carga
como las mismas que les habían sido robadas, sobre la autopista ****, a
la altura de la caseta de ****, Jalisco, y que estas personas identificaban
a los sujetos que teníamos momentáneamente asegurados como los
sujetos que se habían llevado los camiones en el momento del robo, lo
cual fue confirmado por la persona de nombre *********, quien dijo ser el
empleado de la misma transportista, con funciones de custodio,
enterados de lo anterior y transcurridos algunos minutos, en ese mismo
lugar se hicieron presentes personal de esta Agencia del Ministerio
Público, quien al presentarse se les informo de lo ocurrido, mismos que
también cuestionaron a los sujetos asegurados antes referidos, los
cuales terminaron por manifestarles la forma en que ellos habían
participado en este robo, escuchado lo anterior el agente del ministerio
publico, les indico a esos sujetos que quedarían en calidad de detenidos,
así como siendo informados que el servicio seria trasladado a estas
oficinas para ser puestos a disposición. Hecho lo anterior pero momentos
antes de rendir mi respectiva declaración ministerial, en el interior de
esta oficina se me pusieron a la vista 02 dos personas del sexo
masculino de los cuales se me indico responden a los nombres de
************sujetos a los cuales reconozco plenamente y sin temor a
equivocarme como a las personas a las cuales aseguramos abordo de la
unidad de la marca ****, en color azul, con placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas; siendo el sujeto de nombre *******, el cual fue
asegurado en el asiento del operador, mientras que el sujeto de nombre
******, era la persona que viajaba abordo de dicha unidad como copiloto,
así como el sujeto que nos dijo encargarse de vigilar el aparato del tipo
inhibidor de señal satelital, para que estuviera funcionando y no ser
localizados; de igual forma en el interior de esta oficina pero momentos
antes de rendir mi declaración ministerial también se me puso a la vista
un aparato, el cual cuenta con 04 cuatro antenas, en color negro, con
una estructura metálica en color blanco, con su correspondiente cable
para la energía eléctrica, mismo que reconozco plenamente y sin temor a
equivocarme como el mismo aparato al cual me he referido como el
inhibidor o perturbador de señales, mismo que se encontraba en el
interior de la cabina de la unidad de color azul; por ultimo también
momentos antes de rendir mi declaración tuve a la vista sobre la calle 16
dieciséis de esta zona industrial, las unidades: 1.- De la marca ****, tipo
37
tracto camión, 5° quinta rueda, en color azul, con negro, con placas de
circulación **** del Servicio Público Federal, enganchados a esta las
unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, color azul, con blanco, con
placas de circulación **** del Servicio Público Federal, abordo de esta un
contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico
****; la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****, color negro:
4.- Semiremolque tipo plana, color azul, con blanco, con placas de
circulación **** del Servicio Público Federal, abordo de esta un
contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico
****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color
blanco, con negro, con placas de circulación **** del Servicio Público
Federal, enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana,
color blanco, con placas de circulación **** del Servicio Público Federal,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la
marca ****, color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco,
con placas de circulación **** del Servicio Público Federal, mismas que
identifico plenamente y sin temor a equivocarme como las mismas
unidades que nos fueron reportadas, y las cuales aseguramos mis
subordinados y yo sobre Avenida ****, en la colonia ****, municipio de
Zapopan, Jalisco; y por ultimo me permito hacer entrega de esta
autoridad de 04 cuatro tarjetas de circulación expedidas por el Gobierno
del Estado de Zacatecas, con números ****, ****, **** y ****, como
también haciendo entrega de los partes médicos correspondientes a los
detenidos de nombres ***********, con números 2467 y 2468, asi como
con las correspondientes placas de las radiografías que les fueron
tomadas a dichos sujetos; como también haciendo entrega de las llaves
correspondientes a dichas unidades de carga…”(sic).
q). El atesto que vuelva ****, quien manifestó que:
“…Que estoy en el interior de esta Agencia del Ministerio Público,
con el propósito de declarar en relación a los hechos en los cuales
fueron asegurados los sujetos de nombres *********, de 40 cuarenta años
de edad, con domicilio en la calle ****, número ****, colonia ****,
municipio de Tlaquepaque, Jalisco; *****o; por lo que en este momento
quiero referir a esta autoridad que el día de hoy sábado 22 veintidós del
mes de septiembre del año 2012 dos mil doce, me encontraba en
compañía de mis compañeros de normes ****, quien es mi encargado de
unidad, ****, quien es el chofer de la unidad, encontrándonos abordo de
la unidad con número económico **** cuento veintitrés,
correspondiéndonos nuestro recorrido de vigilancia sobre la carretera
Guadalajara – Morelia y viceversa, siendo para este caso que al ser
aproximadamente como las 15:10 quince horas con diez minutos, al
encontrarnos a la altura de Avenida **** y ****, dentro de nuestro radio de
38
comunicaciones se recibió el reporte por parte del Centro Integral de
Comunicaciones ó “BASE PAL****”, en donde se reportaba el código
rojo, lo cual quiere decir que todo el personal de nuestra corporación
debemos estar alertas, siendo para este caso que teníamos que estar
alertas en la búsqueda de 02 dos unidades de carga del tipo ****, las
cuales tenían acopladas cada una de ellas 02 dos semiremolques,
transportando contenedores en color rojo, así como una caja seca,
siendo las unidades de la marca ****, en color blanco, con negro, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, mientras que la
segunda de estas unidades era de la marca ****, en color azul, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, reporte dentro cual
además, se nos indicaba que los operadores de las unidades no
contestaban el llamado de la empresa transportista, así como que el
personal de seguridad tampoco respondía al llamado, mismas unidades
de carga las cuales en su sistema de rastreador satelital marcaba su
presencia a la altura de la colonia ****, en el municipio de Tlajomulco de
Zúñiga, Jalisco, siendo nuestro encargado de unidad quien nos indico
que continuáramos con nuestro recorrido ya que en el sentido en el que
circulábamos toparíamos dichas unidades, lo cual así ocurrió a la altura
del Fraccionamiento ****, ya que al pasar por ese sitio pero por sentido
contrario logramos observar las 02 dos unidades que nos habían
reportado, mismas que circulaban en sentido contrario a nosotros, esto
es por los carriles contrarios que circulan de **** a Norte, de la citada
carretera ****, con dirección a esta ciudad de Guadalajara, razón por lo
que mi compañero ****, acelero la marcha de nuestra unidad y poder
retornar en el puente de ****, mismo que se localiza a la altura del Mega
– Comercial Mexicana, por lo que al abordar nuevamente la carretera
****, pero con dirección a esta ciudad de Guadalajara, procedimos en
darles alcance a las citadas unidades de carga, esto casi a la altura de
****, encendiendo nuestros códigos sonoros y luces, para márchales el
alto, así como indicarles por medio del altavoz, detuvieran su marcha,
pero los operadores de las unidades de carga hacían caso omiso a
nuestras ordenes, procediendo mi compañero ****, en acelerar la
velocidad de nuestra unidad para obligarlos a que detuvieran la marcha,
logrando que las unidades de carga se detuvieran a la altura de Avenida
****, casi en su cruce con la calle ****, en la colonia ****, municipio de
Zapopan, Jalisco, lugar en donde al detenerse esas unidades, nosotros
también detuvimos la marcha a un costado de la unidad de la marca ****,
en color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, en
donde logre observar a 02 dos personas del sexo masculino, los cuales
viajaban en la cabina de ese automotor, uno de ellos en el asiento del
operador y otro en el asiento del copiloto, siendo mi superior **** y yo,
que bajamos de nuestra unidad siendo mi superior quien se dirigió al
lado del conductor, mientras que yo me dirigía al lado del copiloto, por lo
39
que al llegar a la parte delantera de dicha unidad observe que el sujeto
que viajaba de copiloto abría su puerta y caía al piso, momento el cual
aproveche para asegurarlo y someterlo, indicándole que se trataba de la
policía, que no se moviera y que no opusiera resistencia, viendo en ese
momento que esta persona se había golpeado la parte superior de la
cabeza, tomándolo de su brazo derecho y ayudándolo a ponerse de pie,
comenzando a dirigirnos al frente de la unidad en donde me encontré
con mi superior ****, quien había logrado el aseguramiento de la persona
que manejaba la citada unidad, en ese momento mi compañero ****,
llego al lugar en donde nos encontrábamos, mismo que había realizado
la revisión del automotor que se localizaba delante de nosotros, pero sin
lograr asegurar a ninguna persona, ya que nos indico que la unidad
estaba vacía, y que su conductor se había dado a la fuga, ya reunidos en
la parte delantera de esta unidad esos sujetos nos dijeron responder a
los nombres de ****** años de edad (conductor), mientras que el
segundo de ellos dijo responder al nombre de ******, de 40 cuarenta años
de edad (copiloto), mismos que al ser cuestionados respecto de su
actuar, así como del motivo por el cual tripulaban dicha unidad de carga,
como también al cuestionarles el porque el otro chofer de la unidad se
había retirado del lugar, esos sujetos terminaron por aceptar que dichas
unidades eran de procedencia robadas, que las mismas las habían
robado sobre la autopista ****, esto como 5 cinco kilómetros antes de
llegar a la caseta de ****, además, que ellos pertenecían a una banda de
roba trailers, pero que para este trabajo un sujeto de nombre ****, del
cual desconocen sus apellidos, les había dicho que los vehículos los
tenían que llevar a una pensión de nombre ****, en donde deberían dejar
estacionadas las unidades en su interior para que con posterioridad y
una vez que se enfriara este robo, fueran recogidas por otros de sus
cómplices; como también el sujeto de nombre **********, dijo que su
acompañante lo había invitado en participar en este robo, pero que su
función seria el vigilar el inhibidor o perturbador de señales, para que no
dejara de funcionar mientras hacían el robo de la unidad, al escuchar lo
anterior mi superior subir al interior a la unidad de carga, en color azul,
con el propósito de checar si en el interior se encontraba alguna otra
persona, pero en su interior no encontró a nadie más; pero que su
superior les indico que en el interior de la unidad había encontrado uno
de esos aparatos que sirven para bloquear las señales satelitales, de los
conocidos como inhibidores o perturbador de señales, en color metálico,
con sus respectivas antenas, al ser enterados de esto procedimos en
notificar a nuestros superiores los cuales nos ordenaron que dicho
servicio fuera puesto a disposición del Agente del Ministerio Público
correspondiente, por lo que por medio del Centro Integral de
Comunicaciones solicitamos la presencia de esta autoridad, al paso de
algunos minutos en el lugar se hicieron presentes varias personas del
40
sexo masculino los cuales dijeron responder a los nombres de ************
siendo el primero de los mencionados quien nos dijo ser el apoderado
legal del propietario de las unidades de carga, de nombre **********, y
que el mismo no reconocía a los sujetos asegurados como sus
empleados, además, de reconocer las unidades aseguradas como las
unidades propiedad de su poderdante; mientras que las personas de
nombres **********, dijeron ser los operadores de las unidades de carga,
mismos que al ver las unidades que nosotros teníamos aseguradas,
terminaron por referirnos que ellos reconocían las unidades de carga
como las mismas que les habían sido robadas, sobre la autopista ****, a
la altura de la caseta de ****, Jalisco, y que estas personas identificaban
a los sujetos que teníamos momentáneamente asegurados como los
sujetos que se habían llevado los camiones en el momento del robo, lo
cual fue confirmado por la persona de nombre *****, quien dijo ser el
empleado de la misma transportista, con funciones de custodio,
enterados de lo anterior y transcurridos algunos minutos, en ese mismo
lugar se hicieron presentes personal de esta Agencia del Ministerio
Público, quien al presentarse se les informo de lo ocurrido, mismos que
también cuestionaron a los sujetos asegurados antes referidos, los
cuales terminaron por manifestarles la forma en que ellos habían
participado en este robo, escuchado lo anterior el agente del ministerio
publico, les indico a esos sujetos que quedarían en calidad de detenidos,
así como siendo informados que el servicio seria trasladado a estas
oficinas para ser puestos a disposición. Hecho lo anterior pero momentos
antes de rendir mi respectiva declaración ministerial, en el interior de
esta oficina se me pusieron a la vista 02 dos personas del sexo
masculino de los cuales se me indico responden a los nombres de
***********A, sujetos a los cuales reconozco plenamente y sin temor a
equivocarme como a las personas a las cuales aseguramos abordo de la
unidad de la marca ****, en color azul, con placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas; siendo el sujeto de nombre ********, el cual fue
asegurado en el asiento del operador, mientras que el sujeto de nombre
*********, era la persona que viajaba abordo de dicha unidad como
copiloto, así como el sujeto que nos dijo encargarse de vigilar el aparato
del tipo inhibidor de señal satelital, para que estuviera funcionando y no
ser localizados; de igual forma en el interior de esta oficina pero
momentos antes de rendir mi declaración ministerial también se me puso
a la vista un aparato, el cual cuenta con 04 cuatro antenas, en color
negro, con una estructura metálica en color blanco, con su
correspondiente cable para la energía eléctrica, mismo que reconozco
plenamente y sin temor a equivocarme como el mismo aparato al cual
me he referido como el inhibidor o perturbador de señales, mismo que se
encontraba en el interior de la cabina de la unidad de color azul; por
ultimo también momentos antes de rendir mi declaración tuve a la vista
41
sobre la calle 16 dieciséis de esta zona industrial, las unidades: 1.- De la
marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color azul, con negro,
con placas de circulación **** del Servicio Público Federal, enganchados
a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, color azul, con blanco,
con placas de circulación **** del Servicio Público Federal, abordo de
esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número
económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****,
color negro: 4.- Semiremolque tipo plana, color azul, con blanco, con
placas de circulación **** del Servicio Público Federal, abordo de esta un
contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico
****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color
blanco, con negro, con placas de circulación **** del Servicio Público
Federal, enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana,
color blanco, con placas de circulación **** del Servicio Público Federal,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la
marca ****, color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco,
con placas de circulación **** del Servicio Público Federal, mismas que
identifico plenamente y sin temor a equivocarme como las mismas
unidades que nos fueron reportadas, y las cuales aseguramos mis
subordinados y yo sobre Avenida ****, en la colonia ****, municipio de
Zapopan, Jalisco; y por ultimo me permito hacer entrega de esta
autoridad de 04 cuatro tarjetas de circulación expedidas por el Gobierno
del Estado de Zacatecas, con números ****, ****, **** y ****, como
también haciendo entrega de los partes médicos correspondientes a los
detenidos de nombres *********con números 2467 y 2468, asi como con
las correspondientes placas de las radiografías que les fueron tomadas a
dichos sujetos; como también haciendo entrega de las llaves
correspondientes a dichas unidades de carga…”(sic).
r). El atesto que esgrime el elemento policiaco ****, el cual señalo que:
“…Que estoy en el interior de esta Agencia del Ministerio Público,
con el propósito de rendir mi declaración respecto de los hechos en los
cuales fueron asegurados los sujetos de nombres *********** en los
hechos que se suscitaron el día de hoy 22 veintidós de Septiembre del
presente año, siendo aproximadamente las 15:30 quince horas con
treinta minutos; por lo que primeramente quiero mencionar que
actualmente soy elemento operativo de la Comisaría General de
Seguridad Publica, con el cargo de Policía, y en relación a los hechos
manifiesto lo siguiente: que el día de hoy, me encontraba en compañía
de mis compañeros el también Policía tercero, de nombre ****, quien
tiene a cargo la unidad con numero económico ****, y de ****, con
quienes me encontraba realizando el recorrido de vigilancia y seguridad
42
a bordo de la unidad antes mencionada, esto por el rumbo de la avenida
**** y ****, en la colonia ****, en el municipio de Zapopan, Jalisco, y
siendo aproximadamente como las 15:10 quince horas con diez minutos
del día de hoy, al encontrábamos circulando a bordo de dicha unidad
esto sobre la avenida **** con dirección hacia al ****, fue el momento en
el que escuche el reporte proveniente del radio de comunicación
conocido como de base el cual se encuentra insertado a la unidad, y a
través de dicho reporte se nos indico por parte del personal de
comunicación del Centro Integral de Comunicaciones-Base Pal****,
“código rojo” lo cual significa estar pendientes al paso ó al avistamiento
de dos trailers que viajaban en convoy de los cuales uno de ellos era de
color blanco y el otro en color azul, y que cada uno de ellos remolcaban
dos remolques que cargaban contenedores, ya que dichos vehículos de
carga habían sido reportado como robados, debido a que los operadores
de ambos vehículos de carga no contestaban sus teléfonos celulares,
además de informarnos que contaban con sistemas de localizan satelital,
vehículos que venían circulando por carretera **** con rumbo a esta
ciudad, por lo que al ir circulando a bordo de dicha unidad la cual iba
conduciendo yo, esto por la avenida **** a la altura del fraccionamiento
****, cuando por los carriles centrales de dicha avenida **** que circulan
en el sentido de **** a norte es decir en el sentido contrario a como iba
conduciendo la unidad, avistamos los vehículos de carga que momentos
antes nos habían reportado via radio comunicación, es decir con las
características que nos trasmitieron, para darles alcance a los vehículos
de carga pesada que habíamos avistado, mismo que les dimos alcance
hasta llegar a los cruces de la avenida **** y la calle ****, en la colonia
****, en el municipio de Zapopan, Jalisco, por lo que al ver dicha
situación acelere la unidad que conducía, continué hasta t**** el retorno
conocido como ****, en donde tome los carriles que circulan de **** a
norte y me avoque a darles alcance a los vehículos de carga pesada, el
cual al darle alcance al **** de color azul el cual iba por detrás del otro
trailer, observe que dicho vehículo era conducido por un sujeto del sexo
masculino que iba en compañía de otra persona, quien al ver la unidad
comenzó acelerar su velocidad, fue entonces que le marque el alto
haciendo sonar los códigos sonoros de la unidad, por lo que dicho
conductor detuvo el vehículo, y una vez que detuve la unidad a un costo
de dicho trailer en color azul, lugar donde descendieron mis compañeros
los policías **** y ****, posteriormente yo me avoque a asegurar al
conductor de la otra unidad de carga, es decir al **** en color blanco,
pero al darle alcance a esa unidad, observe que una persona del sexo
masculino bajaba de manera rápida del camión y corría sin rumbo fijo,
además que la puerta del conductor del tracto estaba abierta, por lo que
descendí de la unidad y me aproxime al vehículo el cual era de la marca
****, en color blanco con negro, con las placas de circulación ****
43
correspondiente al Estado de Zacatecas, con doble remolque, y tomando
las medidas de seguridad conforme a nuestra instrucción me acerque
hacia la puerta del conductor de dicho ****, momento en el que observe
que no se encontraba ninguna otra persona en el asiento del conductor
ni del copiloto, por lo que me introduje al interior de la cabina del **** y
observe que no se encontraba ninguna persona en su interior, fue
entonces que opte por dirigirme hacia el lugar en donde se encontraban
mis compañeros los policías **** y ****, ya que se encontraban en el otro
vehículo de carga pesada, observando al llegar que mis compañeros
tenían aseguradas a dos personas del sexo masculino, a quienes
después comenzamos entre mi compañero y yo a cuestionar al
conductor del mencionado vehículo y al acompañante en relación y del
porque intento huir después de pedirle que se detuviera momentos
antes, concordando en decirnos ambas personas que no había puesto
atención a la indicación de alto que le había hecho momentos antes,
enseguida me introduje al interior de la cabina del **** azul y en el cual
iban se encontraba a bordo los dos sujetos asegurados, siento en ese
momento cuando observe que del encendedor para cigarros se
encontraba conectado un aparato electrónico el cual tenia 04 cuatro
antenas, por lo que les preguntamos acerca de su funcionamiento, a lo
que nos contestaron que se trataba de un inhibidor de señales,
enseguida le pedimos a dichos sujetos que se identificaran con nosotros,
diciéndonos que respondían al nombre de ************ siendo este ultimo
quien conducía el **** en color azul, y continuando con la entrevista por
separado de cada uno, nos terminaron de manifestar que pertenecen a
una banda de roba trailers y que su participación en los robo era manejar
los camiones de carga, ya que una persona de nombre **** de quien no
recuerdo sus apellidos, los había dicho que recogiéramos los vehículos
de carga después de que habían sido robados para posteriormente
transportarlos hasta esta ciudad y dejarlos en el interior de una pensión,
por lo que en este caso dichos vehículos los recogieron sobre la
autopista Guadalajara-Colima, antes de la caseta de cobro de ****,
Jalisco, al igual que la persona que conducía el trailer que iba por
delante del vehículo en el que ellos viajan; y después de transcurridos
varios minutos de haber realizado estos cuestionamientos a dichos
sujetos, procedimos en comunicarnos con nuestros superiores a quienes
se les informo de dicho aseguramiento, y nos ordenaron que este
servicio fuera puesto a disposición de esta autoridad, una vez hecho esto
procedimos en solicitar la presencia del Agente del Ministerio de guardia
correspondiente a esta área, quien al llegar se le hizo entrega del
servicio completo; y estando en ese lugar se hicieron presente varias
personas del sexo masculino los cuales dijeron responder a los nombres
de ********** siendo el primero de los mencionados quien nos dijo ser el
apoderado legal del propietario de las unidades de carga, de nombre
44
*********** y quien después de observar a los sujetos que aseguramos,
manifestó que dichas personas no eran sus empleados, ni los
operadores que tienen a cargo los vehículos de carga propiedad de su
poderdante, además, identifico las unidades aseguradas como las
unidades propiedad de su representada; mientras que las personas de
nombres ******** dijeron ser los operadores de las unidades de carga,
mismos que al ver las unidades que teníamos aseguradas en ese
momento refirieron que ellos reconocían las unidades de carga como las
mismas que les habían sido robadas momentos antes, sobre la autopista
****, a la altura de la caseta de cobro de ****, además que dicho
apoderado legal identificaba a los asegurados como las mimas personas
que se habían llevado las unidades, lo cual fue confirmado por la
persona de nombre ****quien dijo ser el empleado de la misma
transportista, con funciones de custodio, enterados de lo anterior y
transcurridos algunos minutos, en ese mismo lugar se hicieron presentes
personal de esta Agencia del Ministerio Público, quien al presentarse se
les informo de lo ocurrido, indicándole los pormenores del aseguramiento
que habíamos realizado, logrando escuchar que también el personal de
la Procuraduría realizaban el cuestionamiento a dichos sujetos
manifestándoles al personal de esta Agencia lo que se nos había dicho a
nosotros con relación al robo, además de escuchar que les decían a los
sujetos asegurados que quedarían en calidad de detenidos, después fui
invitado por el personal de esta Agencia del ministerio Público, para
comparecer en el interior de estas oficinas para rendir mi declaración
respecto de estos hechos, siendo la razón por la cual me encuentro en el
interior de esta Agencia del Ministerio Público, por lo que dejo a su
disposición a las 02 dos personas antes referidas de nombres
*********años, así como los vehículos de carga 1.- De la marca ****, tipo
tracto camión, 5° quinta rueda, en color blanco con negro, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, enganchados a esta las
unidades: 2.- Semiremolque tipo plana, color azul, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de esta un contenedor,
en color rojo, con la leyenda ****, con número económico ****; la unidad:
3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****, color negro: 4.-
Semiremolque tipo plana, color blanco, con placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la
leyenda ****, con número económico ****; 5.- De la marca ****, tipo tracto
camión, 5° quinta rueda, en color azul, con placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 6.-
Semiremolque tipo plana, color azul, con placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la
leyenda ****, con número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del
tipo dolly, de la marca ****, color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca,
color blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, al
45
igual que el aparato electrónico tipo inhibidor de señal, que fue localizado
a bordo del **** de color azul, de la marca ****, tipo tracto camión, 5°
quinta rueda, en color azul, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, enganchados a esta las unidades Semiremolque tipo plana,
color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; la unidad Auxiliadora del tipo dolly, de la marca
****, color negro Semiremolque tipo caja seca, color blanco, con placas
de circulación **** del Estado de Zacateca, aparato que se encontraba
conectado al encendedor de cigarros del dicho vehículo. De igual forma
quiero decir que minutos antes de rendir mi declaración, me fueron
puestos a la vista a 02 dos personas del sexo masculino, quienes se me
hace saber dichas personas responden a los nombres de *********** años
de edad, ******** y tres años, siendo estas dos personas quienes
viajaban a bordo del **** en color azul de la marca ****, tipo tracto
camión, 5° quinta rueda, en color blanco con negro, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, al cual se encontraban
enganchados las unidades, semiremolque tipo plataforma, color azul,
con blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; la unidad auxiliadora del tipo dolly, de la marca
****, color negro y el semiremolque tipo plataforma, color azul, con
blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo
de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número
económico ****; y quienes fueron asegurados en el cruce de la avenida
**** y la calle ****, frente a la finca marcada con el numero ****, en la
colonia ****, en el municipio de Zapopan, Jalisco; asimismo en el interior
de esta oficina se me puso a la vista un aparato con estructura de metal,
en color gris metálico, con 04 cuatro antenas, así como con un conector
para encendedor, aparato el cual reconozco plenamente y sin temor a
equivocarme como el mismo que se encontró abordo del vehículo del
tipo ****, de la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color
azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, al cual se
encontraban enganchados las unidades, semiremolque tipo plataforma,
color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; la unidad auxiliadora del tipo dolly, de la marca
****, color negro y el semiremolque tipo plataforma, color blanco, con
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de esta un
contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico
****, aparato el cual se nos indico por los sujetos de nombres *********,
era un inhibidor de señales satelitales o de señales de teléfonos y de
radio comunicación; y sobre la calle 16 entre las calles 3 y 5 de la zona
industrial, de esta ciudad, lugar que se localiza a espaldas de esta
46
dependencia, se me pusieron a las vista las unidades de carga
consistentes 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en
color blanco con negro, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo
plana, color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la
marca ****, color negro: 4.- Semiremolque tipo plana, color blanco, con
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de esta un
contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico
****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color
azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana, color
azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de
esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número
económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****,
color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, mismo que identifico como los
mismo vehículos que aseguramos en el cruce de la avenida **** y la calle
****, frente a la finca marcada con el numero ****, en la colonia ****, en el
municipio de Zapopan, Jalisco. Y en este momento además dejo los
partes médicos de lesiones correspondientes a las personas aseguradas
y puestas a disposición de esta Representación Social…”(sic).
Declaraciones que corresponden a tres sujetos que declaran coincidentemente,
cada uno de ellos desde su perspectiva, que el 22 veintidós de septiembre del año en
curso, cuando se encontraban realizando el recorrido de vigilancia y seguridad, esto
por el rumbo de la Avenida **** **** y ****, en la colonia ****, en el municipio de
Zapopan, Jalisco, y siendo aproximadamente como las 15:10 quince horas con diez
minutos del día de hoy, cando circulaban con dirección hacia al ****, fue el momento
en el que escucharon el reporte proveniente del radio de comunicación conocido como
de base el cual se encuentra insertado a la unidad, y a través de dicho reporte se les
indico por parte del personal de comunicación del Centro Integral de Comunicaciones-
Base Pal****, “código rojo” lo cual significa estar pendientes al paso ó al avistamiento
de dos tráiler que viajaban en convoy de los cuales uno de ellos era de color blanco y
el otro en color azul, y que cada uno de ellos remolcaban dos remolques que cargaban
contenedores, ya que dichos vehículos de carga habían sido reportado como robados,
debido a que los operadores de ambos vehículos de carga no contestaban sus
teléfonos celulares, además de informarnos que contaban con sistemas de localizan
satelital, vehículos que venían circulando por carretera **** con rumbo a esta ciudad,
por lo que al ir circulando por la avenida **** a la altura del fraccionamiento ****, cuando
por los carriles centrales de dicha avenida **** que circulan en el sentido de **** a norte
es decir en el sentido contrario a cómo iba la unidad, avistaron los vehículos de carga
que momentos antes se habían reportado vía radio comunicación, es decir con las
47
características que les trasmitieron, para darles alcance a los vehículos de carga
pesada que habíamos avistado, mismo a los que les dieron alcance hasta llegar a los
cruces de las Avenidas **** y la calle ****, en la colonia ****, en el municipio de
Zapopan, Jalisco, por lo que al ver dicha situación t****on el retorno conocido como
****, en donde circularon por los carriles que circulan de **** a norte y se avoque a
darles alcance a los vehículos de carga pesada, el cual al darle alcance al tracto
camión de color azul el cual iba por detrás del otro tráiler, observaron que dicho
vehículo era conducido por un sujeto del sexo masculino que iba en compañía de otra
persona, quien al ver la unidad comenzó acelerar su velocidad, fue entonces que les
marcaron el alto haciendo sonar los códigos sonoros de la unidad, por lo que dicho
conductor detuvo el vehículo, y una vez que se detuvo la unidad a un costado de dicho
tráiler en color azul, lugar donde descendieron los policías **** y ****, posteriormente
****, se avoco a asegurar al conductor de la otra unidad de carga, es decir al tracto
camión en color blanco, pero al darle alcance a esa unidad, observo que una persona
del sexo masculino bajaba de manera rápida del camión y corría sin rumbo fijo,
además que la puerta del conductor del tracto estaba abierta, por lo que descendió de
la unidad y se aproximo al vehículo el cual era de la marca ****, en color blanco con
negro, con las placas de circulación **** correspondiente al Estado de Zacatecas, con
doble remolque, observando que no se encontraba ninguna otra persona en el asiento
del conductor ni del copiloto, mientras que los policías **** y ****, ya que se
encontraban en el otro vehículo de carga pesada, asegurando a dos personas del sexo
masculino, y al cuestionar al conductor del mencionado vehículo y al acompañante en
relación y del porque intento huir después de pedirle que se detuviera momentos antes,
concordando en decirles ambas personas que no había puesto atención a la indicación
de alto que le había hecho momentos antes, y que al abordar al mencionado automotor
advirtieron que del encendedor para cigarros se encontraba conectado un aparato
electrónico el cual tenía 04 cuatro antenas, por lo que los cuestionaron acerca de su
funcionamiento, a lo que les contestaron que se trataba de un inhibidor de señales,
identificándose esta persona con los nombres de ************, siendo este último quien
conducía el tracto camión en color azul, y continuando con la entrevista por separado
de cada uno, les terminaron de manifestar que pertenecen a una banda de roba
tráilers; deposiciones a las que en lo singular se concede valor probatorio, según la
disposición legal contenida en el artículo 265 de la ley adjetiva penal, pero en conjunto
adquieren pleno valor al tenor de lo dispuesto por el artículo 264 de la ley en cita,
habida cuenta que, acudieron en dichos deponentes circunstancias, tales como que
contaban con edad, capacidad e instrucción suficientes para juzgar el acto relatado,
aunado a que estuvieron dotados de idoneidad, dada la probidad e independencia de
posición de los testigos (imparcialidad), amén de que el hecho es susceptible de
percibirse por medio de los sentidos y de manera directa, de que sus declaraciones
fueron claras y precisas, tanto en la sustancia del hecho como en aspectos
secundarios, que los declarantes no fueron obligados a efectuar sus narraciones, pero
además de todo porque sus versiones se encontraron corroboradas con lo narrado por
el testigo ********* y la respectiva fe ministerial de los objetos materia del hurto.
48
s). La diligencia de fe ministerial practicada por el personero de la sociedad
respecto del lugar de los hechos, actuación de la cual se advierte que quedo de
manifiesto que:
“…nos encontramos sobre la autopista **** de Juárez, esto es 05
aproximadamente cinco kilómetros de de distancia de crucero a la
población de Sayula, Jalisco, y lugar mencionado dentro de la presente
Averiguación Previa, como el sitio en donde fue abordado el ciudadano
********, por los sujetos activos del delito y en donde se menciona que fue
privado de su libertad siendo en este lugar en donde doy fe de tener a la
vista 02 dos canales de circulación, los cuales tiene una circulación de
**** a norte y viceversa, en conde cada uno de los canales cuenta con
02 dos carriles de circulación, con un acotamiento a sus extremos
observándose debidamente balizados, mismos que se observan con
una superficie de color negro, al parecer asfalto, al centro de estos
Canals de circulación vehicular, logro observar un camellón el cual
divide esta autopista la cual se observa con vegetación tradicional de la
zona rural en que nos encontramos, continuando con nuestra diligencia,
se logra observar que sobre esta carretera sobre la cual nos
encontramos se encuentra delimitada por unos postes y alambre de
púas, observando y dando fe que el resto de la superficie que la rodea
la podemos clasificar como monte con vegetación tradicional de la zona
rural, sin logra observar edificaciones de algún de materia a los
alrededores del lugar en donde nos encontramos, en este momento
procedemos a avanzar por esta misma autopista 02 dos kilómetros más
con dirección a la población de Acatlán de Juárez, Jalisco, lugar en el
cual se detalla dentro de las actuaciones como el sitio donde fueron
abordados, por los activos del delito, los operadores de las unidades de
carga de nombre ******** sitio en donde al hacernos presentes y
continuar con nuestra diligencia de inspección ocular en vía de fe
ministerial doy fe, que en este tramo de autopista en donde nos
encontramos, se observa de forma similar las mismas características del
primero tramo inspeccionado…”(sic).
t). La diligencia de fe ministerial asentada por el fiscal investigador con fecha 24
veinticuatro de septiembre de año en curso respecto de la mercancía trasportada por
los vehículo de carga.
Diligencias que adquieren valor probatorio pleno al tenor de la disposición legal
contenida en el artículo 269 de la Ley Procesal de la Materia, máxime que las mismas
fueron formalizadas con los requisitos a que se refieren los artículos 9 y 238 de la Ley
en comento, el cual para este estudio es demostrativo en primer lugar de la existencia
física y material del lugar en donde fueron interceptados los automotores materia de la
presente causa y donde se efectuó el desapoderamiento de los mismos, y finamente la
49
acreditar la existencia y características de la mercancía que era transportada en los
referidos automotores.
u). El contenido del oficio número 106/2012, suscrito por los Elementos de la
Policía Investigadora del Estado, mediante el cual rinde informe de investigaciones,
con relación a los hechos que dieron origen la presente causa.
Instrumental de actuaciones a la cual se otorga valor indiciario, de conformidad
con lo que dispone el artículo 260 del Código de Procedimientos Penales del Estado,
ya que la información policíaca no constituye un documento público, por no reunir las
características de publicidad, ni contener los requisitos extrínsecos de dichos medios
de prueba y tampoco debe valorarse como documento privado, dado el ejercicio y
carácter de quienes los suscriben; por lo que, considerando su calidad sui generis, por
tratarse de una pieza informativa, que forzosamente se integra a las constancias del
procedimiento, debe estimarse como instrumental de actuaciones y se valora como
indicio, pues se corrobora y tiene concordancia con otras probanzas que también se
integraron a la presente causa penal, con la cual se acreditan la circunstancias de
modo tiempo y lugar en que se diera el desapoderamiento de los objetos muebles
materia del hurto; instrumental de actuaciones cuyo contenido fue corroborado, primero
con el dicho del testigo de los eventos *******.
v). La declaración ministerial rendida por *********, quien a lo que aquí interesa
adujo:
“…Que una vez que he sido informado del motivo por el cual me
encuentro declarando en el interior de esta Agencia del Ministerio
Público, siendo esto por el robo de varios vehículos de carga pesada, los
cuales se encontraban cargados con mercancía consistente en Chile
Seco, y para tal efecto menciono lo siguiente, que desde que salí de la
penal no había tenido un trabajo establece, ya que duraba poco tiempo
en las empresas en donde había estado trabajando, ya que me pagaban
muy poco, entonces como la mayor parte de mi vida me he venido
dedicando a manejar trailers, fue que entre varios amigos, me
comentaron que en la pensión que se localiza en la Avenida de **** y
casi con la calle ****, en la colonia ****, municipio Tlaquepaque, Jalisco,
en ese lugar se juntaban varios sujetos que se estaban dedicando al
robo de vehículos de carga pesada, por lo que recuerdo que desde hace
poco tiempo, unos meses a la fecha, sin recordar el día exacto, me hice
presente a dicha pensión, cuando llegue en la caseta de vigilancia me
entreviste con el Encargado, al cual no recuerdo de momento su nombre,
y le dije que estaba buscando trabajando, fue en ese momento que en el
lugar un sujeto del sexo masculino que estaba ahí escucho lo que
comente, me dijo que el estaba buscando chóferes para trabajar, por lo
que me retiro un poco de la caseta de vigilancia, me comento que el
50
ocupaba chóferes para mover trailers robados, que ocupaban gente de
confianza, le comente que de mi parte no iba a tener problemas, ya que
yo ya había estado en la penal por el delito de robo a trailers, estando en
los años del 2006 dios mil seis al 2010 dos mil diez, ya que me había
robado un trailer en esas fechas cargado con azúcar y como me habían
detenido en compañía de otros amigos, fue que estuve en la penal,
entonces, eso me valió para que esta persona la cual se identifico como
**** del cual no recuerdo sus apellidos, me dijo que me daría trabajo, y
que por cada robo me iba a pagar la cantidad de 10,000 diez mil pesos,
fue entonces que desde hace dos meses a la fecha aproximadamente he
realizado un promedio de cinco robo a vehículos de carga pesada, de los
cuales, esta autoridad me indica que posteriormente declarare en
relación a esos robos, que en este momento es necesario declare por lo
que respecta a este robo por el cual me encuentro en calidad de
detenido, y la manera en como estamos llevando a cabo los robos, la
persona que menciono como **** del cual no recuerdo sus apellidos, este
sujeto me habla por teléfono a mi celular ****, para decirme que me
ponga listo ya que en el transcurso del día van a salir a trabajar, (robar
un vehículo de carga pesada), por lo que me indica que me dirija sobre la
Avenida **** a la altura de las Pintas de abajo, municipio de
Tlaquepaque, Jalisco, y como ese lugar esta cerca de mi domicilio,
entonces me voy caminando, una vez que me da la hora en la que debo
de estar, cuando llega, este en ocasiones viene acompañado de otros
sujetos del sexo masculino, los cuales de momento no recuerdo sus
nombres, a los cuales conozco a uno con el apodo de **** de nombre
****, a otro de apodo **** o ****, así como a otro de apodo ****, unos
sujetos de los que no recuerdo sus apodos y llegan abordo de un carro
Tipo ****, color azul claro, cuatro puertas, de modelo reciente, placas de
circulación de las que de momento no recuerdo sus placas, pero son del
Estado de Jalisco, así como también en ocasiones usan una camioneta
**** en color negra, así como una **** de color negra, ambos vehículos
de modelo reciente, entonces, como a **** o AL **** le hablan por
teléfono otros sujetos para darle los datos de los vehículos que nos
vamos a robar y que vienen procedente de la aduana de Manzanillo,
entonces, nos vamos por lo regular por el rumbo de las Poblaciones de
Acatlan de Juarez o Tlajomulco de Zúñiga para avistar los vehículos de
los cuales ya se cuentan con los datos, entonces una vez que tienen a la
vista los vehículos, inmediatamente se le cierra el paso y se bajan mis
compañeros, en especifico **** o **** con las armas de fuego que
utilizamos para asaltar a los chóferes, mismas armas de fuego que me
consta es propiedad de **** o de ****, ya que ellos le entregan las
pistolas y le dan la orden al **** o **** para que con ella amague a los
choferes, una vez amagado el chofer, a este lo suben en unos de los
vehículos, una vez que lo tienen, inmediatamente **** o **** dan la orden
51
para que entre **** y yo nos subamos a los camiones y los manejemos,
dependiendo de cuantos camiones nos vallamos a robar, una vez que
estamos abordo de los camiones, tenemos la orden de llevarlos a la
Pensión localiza en la Avenida de **** y casi con la calle ****, en la
colonia ****, municipio Tlaquepaque, Jalisco, dejándolos en ese lugar
para ocultarlos de la policía y no puedan recuperarlos fácilmente, para
esto señalo que lo primero que se le pregunta al chofer que asaltamos,
es saber si la unidad robada cuenta con sistema de localización satelital,
si el chofer no sabe, no nos arriesgamos, ya que le conectamos un
aparto conocido como inhibidor de señal satelital, el cual tengo entendido
no permite que el sistema satelital pueda localizar los camiones, además
bloquea los celulares, así como Radios de Comunicación de la
Corporaciones Policíacas, mismo aparato propiedad de ****, entonces
como dije llevamos los camiones a la pensión antes mencionada en
donde dejamos los remolques, los desenganchamos, para
posteriormente llevar los tractocamiones a otros lugares de la ciudad
para dejarlos, posteriormente, ya que terminamos el trabajo nos vamos a
nuestros domicilios y al día siguiente me habla **** o **** para pagarme
por mi participación en el robo que lleve a cabo una vez que se vende la
mercancía robada, en ocasiones también se venden los camiones o se
desmantelan, de lo que tengo entendido es que en la pensión, ahí es el
lugar en donde se descargan los contenedores con la mercancía robada
y se pasan a otros vehículos los cuales son propiedad de ****, siendo
una caja seca en color blanco, asi como un **** de la marca ****, de los
que no recuerdo mayores datos, sin embargo tengo entendido los guarda
en la pensión del ****, en ocasiones mis compañeros cuando ven que los
vehículos se encuentran en buen estado de uso, los venden o
desmantelan para sacar mas dinero; de los robos que hemos cometido, y
me he enterado que mercancía cargan, uno de ellos fue de Chile seco, y
este robo lo llevamos a cabo a finales del mes de Agosto del año en
curso, por el rumbo de **** y ****, siendo dicho robo en el transcurso de
la madrugada, señalando que los robos los realizamos en esas horas,
porque sabemos que casi no hay vigilancia de la Policía Municipal,
además que casi no hay gente que nos pueda delatar, así las cosas,
como mencione en ese robo me toco como pago la cantidad de $10,000
diez mil pesos; por lo que sin mas; en relación a este robo por el cual me
encuentro en calidad de detenido señalo que siendo el día 21 veintiuno
de Septiembre del año en curso, siendo como las cuatro de la tarde me
hablo a mi teléfono mi amigo **** para decirme que al día siguiente, 22
veintidos de Septiembre íbamos a salir a robar unos camiones de carga,
de los cuales ya se sabían que venían procedente del Puerto de
Manzanillo y estos traían unos contenedores cargados con mercancía
consistente en Chile Seco, entonces, mi amigo **** me dijo que ese día
me vería en el **** y ****, en el transcurso de la mañana, para esto me
52
informo que yo tenia que manejar un camión grande, de los que
remolcan doble remolque, ya que se sabia venían dos Fulles procedente
de Manzanillo, fue entonces, que me indico que era necesario que
manejara uno de estos y los llevara a la pensión que se ubica en la calle
de **** y ****, colonia ****, municipio de Tlaquepaque, jalisco, y en ese
lugar desenganchara los remolques y los acomodara de uno por uno, y
que el **** robado lo dejara en algún punto de la ciudad que mi patrón
**** o **** de nombres **** me darían la orden, entonces, como por mi
estatura y tamaño, no puedo desenganchar solo los dollys de los Fulles
(doble remolque), me acorde que tengo un amigo de nombre
*******************”, el cual vive cerca de mi domicilio, entonces como a
esta persona al igual que yo estuvo en la penal, fue que le tuve mas
confianza parta invitarlo a trabajar (robar), diciéndole que si me podía
ayudar a desenganchar el Dolly de los fulles que nos íbamos a robar,
además que ocupaba que el se encargara de cuidar el equipo que inhibe
el sistema satelital de los vehículos y que estuviera bien conectado,
además de que me avisara cuando la Policía Municipal anduviera
circulando por el lugar, le comente que por ese jale le pagarían unos
cinco mil pesos aproximadamente, pero que antes de eso le hablaría a
mi amigo **** o **** para comentarles que necesitaba de un ayudante en
este Robo, le dije a **** que le hablaría en unos momentos para
confirmarle cuando me hubieran dado la autorización, a los pocos
momentos, me comunique con mi patrón **** y le dije lo que antes
señale, el cual estuvo de acuerdo, entonces, me comunique con **** y le
dije que por su participación le pagarían unos cinco mil pesos
aproximadamente, entonces esta persona estuvo de acuerdo en
participar en el robo, por lo que sin mas, le comente que mis patrones ya
me habían dicho que al día siguiente 22 veintidós de Septiembre del año
en curso, me trasladara al cruce de **** y ****, que en ese lugar me iban
a recoger, por lo que le dije al ****, que lo vería en ese lugar para que
estuviera listo, en el transcurso de la mañana, sin recordar la hora
exacta, llegaron al lugar dos camionetas, una de ellas del tipo **** ****,
en color negra y la otra una ****, tipo ****, de color negro, en la cual
venían mis amigos de nombres ****, **** de nombre ****, así como uno
de apodo ****, el cual tengo entendido es quien maneja los otros
camiones de carga que nos robamos cuando son varios, así también,
venia un sujeto al cual le apodan **** o ****, siendo esta persona la cual
me consta es el que amaga a los chóferes con las Armas de fuego que
mi amigo **** o ****, le entregan las armas, así como otros dos sujetos
del sexo masculino de los que no recuerdo sus nombres, y estas
personas son las que ayudan a amagar los chóferes, por lo que una vez
que llegaron en los vehículos nos subimos mi amigo **** y yo,
observando que circulábamos con rumbo a la población de Sayula,
Jalisco, entonces, cuando se avistaron los vehículos que nos íbamos a
53
robar, tanto **** y **** nos dijeron que nos pusiéramos atentos, que los
dos fulles que venían circulando de la autopista de Ciudad Guzmán a
Guadalajara, eran los camiones que nos íbamos a robar, por lo que mis
compañeros amagaron tanto al conducto de un vehículo de la marca ****,
tipo ****, el cual viajaba solo, y del que nos imaginamos era el custodio
de la empresa ya que viajaba a corta distancia de los camiones,
inmediatamente después, se detuvo a uno de los camiones de carga,
siendo un **** en color azul el cual jalaba dos remolques, y
posteriormente se detuvo al segundo camión, el cual era un **** en color
blanco, amagando al chofer de cada unidad, a los cuales los subieron a
la **** que traían mis amigos, todo lo anterior lo realizamos sobre la
autopista de ****, estos a la altura de la caseta que se esta construyendo
en la población de Sayula, jalisco, posteriormente, me dio la orden mi
amigo **** a mi y al ****, asi como a **** y que nos subiéramos
inmediatamente cada uno a los tractocamiones para manejar las
unidades, no sin antes darme la cantidad de 400 cuatrocientos pesos
para pagar las casetas, por lo que yo me baje de la camioneta y me subí
inmediatamente al **** de color azul, recuerdo que en esa camioneta
también venían mis amigos **** y ****, entonces mi amigo **** se bajo
conmigo, no sin antes bajar el inhibidor satelital que momentos antes nos
había entregado **** para que lo conectáramos al camión y así tener la
certeza de que si tuvieran localizador satelital los camiones, poder
desinhibirlos con el equipo, entonces cuando bajaron al chofer de la
unidad **** de color azul, nos subimos inmediatamente mi amigo **** y
yo, y como ya teníamos la orden de llevar los vehículos a la pensión que
se localiza en la Avenida de **** y la calle ****, y que en dicha pensión
tenia que dejar los portacontenedores, asi mismo me di cuenta que ****
se subió al **** de color blanco, entonces, nos fuimos, un vehículo detrás
de otros yéndose primero el **** blanco, mientras que atrás íbamos
nosotros, y con el equipo tratar de desinhibir los dos sistemas satelitales
de los fulles, para esto serian como las 15:00 quince horas
aproximadamente, entonces, nos fuimos con rumbo a la pensión,
entonces, cuando circulábamos de manera lenta ya que traíamos los
camiones cargados, pensando en que todo iba a salir bien, cuando
circulábamos por la carretera ****, cerca del ****, en la colonia ****, en un
momento dado se comenzaron a escuchar sirenas y patrullas, los cuales
se aproximaban a toda velocidad a los vehículos que circulábamos, por
lo que sin mas, ya no pude detener la marcha del vehículo de una
manera muy rápida por lo pesado de lo camiones, entonces cuando mi
compañero **** logro detener **** que el conducía, observe que el brinco
del camión y se echo a correr sin rumbo fijo, mientras que yo le dije a ****
que ya había valido madre todo, y que tratara de darse a la huida ya que
venían Patrullas de la policía, entonces **** brinco por el lado del copiloto
tratando de darse a la huida, mientras que yo por mi estatura y peso no
54
pude correr, fue entonces que los policías me detuvieron arriba del
camión que iba conduciendo, cuando me bajaron de la unidad y lograron
asegurar a mi compañero ****, los policías nos preguntaban por
separado respecto a los camiones, en su momento yo les decía que todo
estaba bien, que yo era el verdadero chofer de la unidad, tratando de
evadir mi responsabilidad, entonces después de caer en varias
contradicciones termine por confesarles a los policías del Estado, que los
camiones momentos antes nos los habíamos robados tal como lo
menciono en mi declaración, así mismo en el interior del **** que yo
conducía encontraron conectado el inhibidor del satelite al cual hago
referencia, y cuando me preguntaron por el aparato les conteste que este
era propiedad d****, y que en todos los robos que llevamos a cabo lo
utilizamos para mayor seguridad de los robos y no pueda detenernos la
policía, de igual manera cuando nos encontrábamos el lugar en donde
fuimos detenidos por la Policía Municipal, al lugar llegaron varios sujetos
del sexo masculino, los cuales se decían ser los verdaderos chóferes y
estos nos reconocían como los que nos habíamos llevado sus camiones,
además que también había llegado al lugar el dueño de los mismos y
este manifestaba que reconocía sus vehículos como de su propiedad y
nosotros no éramos sus chóferes, en el mismo sentido momentos antes
se me pone a la vista a una persona del sexo masculino de **********, en
el mismo sentido se me pone a la vista un Tiket de pago de caseta, el
cual corresponde a la caseta de cobro de ****, de fecha 22 veintidós de
Septiembre del año 2012 dos mil doce, a la hora de las 15:05 quince
horas con cinco minutos, y este documento lo reconozco como el mismo
que yo pague cuando pase la caseta el camión robado que yo conducía
y este Ticket me fue encontrado en la bolsa de mi pantalón por los
Elementos de la Polcia Investigadora, de igual manera se me pusieron a
la vista momentos antes de dar mi declaración en la calle de 16 entre la
3 y la 5 de esta Zona Industrial varios vehículos de carga pesada,
consistentes en 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda,
en color blanco con negro, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 2.- Semiremolque tipo
plana, color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del tipo dolly, de la
marca ****, color negro: 4.- Semiremolque tipo plana, color blanco, con
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de esta un
contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número económico
****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta rueda, en color
azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo plana, color
azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, abordo de
esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con número
55
económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la marca ****,
color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco, con placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, mismos que identifico como los
mismo vehículos que nos robamos tal como lo mencione al inicio de mi
declaración. Así mismo en el interior de esta oficina se me puso a la vista
un aparato con estructura de metal, en color gris metálico, con 04 cuatro
antenas, así como con un conector para encendedor, aparato el cual
reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como el mismo que se
encontró abordo del vehículo del tipo ****, de la marca ****, tipo tracto
camión, de color azul, placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, el cual manejaba yo, y mi compañero ************** lo iba
cuidando de que funcionara correctamente. Por ultimo la descripción
física de **** es la siguiente, estatura de un metro con ochenta
centímetros, complexión robusto, color de piel blanco, pelo de color
negro y un poco ondulado, cara redonda, ojos de tamaño chico y de
color negros, nariz de tamaño grande y un poco ancha, boca grande,
labios gruesos, persona que no cuenta con tatuajes, ni cicatrices, y esta
puede ser localizada en la pensión ubicada en la Pensión de ****,
ademas de saber que esta persona cuenta con dos vehículos, uno de
ellos siendo un ****, tipo ****, en color azul, de cuatro puertas, de modelo
reciente, placas del Estado de Jalisco. En el mismo sentido por lo que
respecta a la persona de nombre **** de apodo ****, esta persona de
igual manera puede ser localizada en la pensión localizada en la Avenida
de **** y casi con la calle ****, en la colonia ****, municipio Tlaquepaque,
Jalisco, así mismo, el es el propietario de los vehículos a que hago
referencia en mi declaración y con los cuales se llevaron a cabo el robo
a que hago referencia, siendo una Camioneta de la marca ****, tipo ****,
de color negro, cuatro puertas, de modelo reciente, así mismo, una
camioneta de la marca ****, tipo ****, de cuatro puertas, de color negro,
con placas de circulación del Estado de Jalisco. La persona que
menciono como **** o **** es de una edad aproximada de unos 38 treinta
y ochos años de edad, complexión ****, de un metro con setenta
centímetro, complexión delgada, de un peso aproximado de 65 a 70
kilos, color de pi****, cara afilada, ojos negros de tamaño chicos, nariz
afilada y de tamaño mediana, boca chica y labios delgados, usa
únicamente bigote, no porta tatuajes, cicatrices no le he visto, esta
persona puede ser localizado en la pensión antes mencionada…”(sic).
Al rendir su inquisitiva de ley ante esta autoridad señalo:
“…No estoy de acuerdo con ella, de que si participe en el robo si estoy
de acuerdo, pero en la mayoría de lo que dice de las personas y de cómo
estuvieron los hecho no, porque fui golpeado, torturado con toques para aceptar
lo que está ahí, pues, eso sí lo declaro que no esté de acuerdo, y quiero que
56
esté presente mi papa o el licenciado que él me asigne, me abstengo de
declarar más hasta que no venga mi licenciado, que es mi deseo abstenerme de
declarar, siendo todo lo que tiene que manifestar…”(sic).
Declaración que fue emitida bajo los lineamientos establecidos por los artículos
193 y 194 de la Ley Adjetiva Penal en el Estado, esto es, por persona mayor de edad,
que declara sobre hechos propios ante la Autoridad Ministerial, con asistencia de su
defensor de oficio que le fue asignado, sin que se advierta que lo hiciera mediante
coacción, cuyo contenido es apto de valorar como una confesión calificada divisible en
términos de lo dispuesto por el ordinal 263 de la invocada Legislación Procesal, en la
medida que reconoce hechos que en la especie le perjudican como lo es que 22
veintidós de Septiembre del año en curso, en compañía de otros sujetos se dirigió a
robar camiones de carga, de los cuales tenía conocimiento que venían procedente del
Puerto de Manzanillo y estos traían unos contenedores cargados con mercancía
consistente en chile seco, por lo que un sujeto de nombre “****”, le dijo que ese día lo
vería en el **** y ****, en el transcurso de la mañana, para esto ml informo que yo tenía
que manejar un camión grande, de los que remolcan doble remolque, ya que se sabía
venían dos fulles procedente de Manzanillo, fue entonces, que le indico que era
necesario que manejara uno de estos y los llevara a la pensión que se ubica en la calle
de **** y ****, colonia ****, municipio de Tlaquepaque, Jalisco, y en ese lugar
desenganchara los remolques y los acomodara de uno por uno y que el tracto camión
robado lo dejara en algún punto de la ciudad que jefe conocido como “****” o “****” de
nombres **** le darían la orden, entonces, como por su estatura y tamaño, no podría
desenganchar solo los dollys de los fulles (doble remolque), recordó a un amigo
llamado ******”, el que vive cerca del domicilio del deponente, y como esta persona ya
había estado detenido con anterioridad, fue que confianza para invitarlo a trabajar
(robar), diciéndole que le podía ayudar a desenganchar el dolly de los fulles que iban a
robar, además de encargarse de cuidar el equipo que inhibe el sistema satelital de los
vehículos y que estuviera bien conectado, además de que avistara a la Policía
Municipal, cuando circulara por el lugar, haciende saber que por ese “jale” le pagarían
unos $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 moneda nacional), aproximadamente, pero que
antes lo consultaría con “****” o “****” para comentarles que necesitaba de un ayudante
en este Robo, y que después llamaría a “****” para confirmarle cuando lo hubieran
autorizado, a los pocos momentos, me comunique con mi patrón **** y le dije lo que
antes señale, el cual estuvo de acuerdo, entonces, me comunique con “****” y le dije
que por su participación le pagarían $5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 moneda
nacional), aproximadamente, entonces esta persona estuvo de acuerdo en participar en
el robo, por lo que sin más le comento que sus patrones ya me habían dicho que al día
siguiente 22 veintidós de Septiembre del año en curso, se trasladara al cruce de **** y
****, que en ese lugar lo recogerían, por lo que le dijo al “****”, que lo vería en ese lugar
para que estuviera listo, en el transcurso de la mañana, sin recordar la hora exacta,
llegaron al lugar dos camionetas, una de ellas del tipo **** ****, en color negra y la otra
una ****, tipo ****, de color negro, en la cual venían “****”, “****” de nombre ****, así
como otro sujeto apodado “****”, quien maneja los otros camiones de carga que se
57
roban, cuando son varios, así también, venia un sujeto al cual le apodan “****” o “****”,
siendo esta persona quien amaga a los chóferes con las armas de fuego que “****” o
“****”, le entrega, así como otros dos sujetos del sexo masculino de los que no recuerda
sus nombres, y estas personas son las que ayudan a amagar los chóferes, por lo que
una vez que llegaron en los vehículos los abordaron el declarante y “****”, observando
que circulábamos con rumbo a la población de Sayula, Jalisco, entonces, cuando
avistaron los vehículos que robarían, tanto “****” y “****”, les dijeron que estuvieran
atentos, que los dos fulles que venían circulando de la autopista de Ciudad Guzmán a
Guadalajara, eran los camiones que iban a robar, por lo que sus compañeros
amagaron tanto al conductor de un vehículo de la marca ****, tipo ****, el cual viajaba
solo, y el que suponían era el custodio de la empresa ya que viajaba a corta distancia
de los camiones, inmediatamente después, se detuvo a uno de los camiones de carga,
siendo un tracto camión en color azul el cual jalaba dos remolques, y posteriormente se
detuvo al segundo camión, el cual era un tracto camión en color blanco, amagando al
chofer de cada unidad, a los cuales los subieron a la **** que traían mis amigos, todo lo
anterior lo realizamos sobre la autopista de Ciudad ****, estos a la altura de la caseta
que se está construyendo en la población de Sayula, Jalisco, posteriormente, le dio la
orden “ ****” al declarante y al “****”, así como a “****” y que se subieran
inmediatamente cada uno a los tracto camiones para manejar las unidades, no sin
antes darle la cantidad de $ 400.00 (cuatrocientos pesos 00/100 moneda nacional),
para pagar las casetas, por lo que el declarante bajo de la camioneta y abordo
inmediatamente al tracto camión de color azul, entonces “****” se bajo también,
portando el inhibidor satelital que momentos antes les había entregado “****” para que
lo conectaran al camión y así tener la certeza de que si tuvieran localizador satelital los
camiones, poder desinhibirlos con el equipo, entonces cuando bajaron al chofer de la
unidad tracto camión de color azul, lo abordaron inmediatamente “****” y el deponente,
y como ya tenían la orden de llevar los vehículos a la pensión que se localiza en la
Avenida de **** y la calle ****, y que en dicha pensión tenían que dejar los
portacontenedores, así mismo se dio cuenta que “****” se subió al tracto camión de
color blanco, entonces, se fueron, un vehículo detrás de otro, yéndose primero el tracto
camión blanco, mientras que atrás íiban el vehículo conducido por el atestante, y con el
equipo tratar de desinhibir los dos sistemas satelitales de los fulles, siendo
aproximadamente las 15:00 quince horas, dirigiéndose a la pensión circulábamos de
manera lenta ya que traíamos los camiones cargados, y cuando circulábamos por la
carretera ****, cerca del ****, en la colonia ****, en un momento dado se comenzaron a
escuchar sirenas y patrullas, los cuales se aproximaban a toda velocidad a los
vehículos en que circulaban, por lo que sin más, ya no pudo detener la marcha del
vehículo de una manera muy rápida por lo pesado de los camiones, entonces cuando
su compañero “****” logro detener **** que el conducía, observando que este brinco del
camión y se echo a correr sin rumbo fijo, refiriéndole al “****” que “ya había valido
madre todo”, y que tratara de darse a la huida ya que venían patrullas de la policía,
entonces “****” brinco por el lado del copiloto tratando de darse a la huida, mientras que
del deponente por su estatura y peso no pudo correr, fue entonces que los policías lo
detuvieron arriba del camión que conducía, cuando lo bajaron de la unidad y lograron
58
asegurar al “****”, los policías les preguntaban por separado respecto a los camiones,
refiriendo el deponente que todo estaba bien, que él era el verdadero chofer de la
unidad, tratando de evadir su responsabilidad, entonces después de caer en varias
contradicciones, terminando por confesarles a los policías del Estado, que estos
camiones, momentos antes los habían robados.
w). La narrativa que ante la presencia del Agente del Ministerio Público, rindió
*********”, quien señalo que:
“…Que una vez que he sido informado del motivo por el cual me
encuentro declarando en el interior de esta Agencia del Ministerio
Público, siendo esto por el robo de varios vehículos de carga pesada, los
cuales se encontraban cargados con mercancía consistente en Chile
Seco, y para tal efecto menciono lo siguiente, tal como lo mencione en
mis generales, el día 05 cinco de Mayo del año en curso, salí de la penal
de puente Grande, en donde estuve internado durante un año, lugar en
donde conocí a varios sujetos que se dedican al robo de vehículos de
carga pesada, siendo en lo particular a mi amigo **********, y con esta
persona también me junto actualmente por el rumbo de **** y la Avenida
****, municipio de Tlaquepaque, Jalisco, así las cosas recuerdo que me
dijo ********que si estaba interesado en participar en robar vehículos de
carga pesada, ya que a él, le estaba yendo muy bien económicamente,
toda vez que por manejar lo camiones robado le estaban pagando la
cantidad de 10,000 diez mil a 15,000 quince mil pesos, entonces, que
estaban robando de uno a dos trailers por semana, por lo que me
comento que sus patrones de nombres **** y **** de nombre ****
conocían a unos sujetos con los cuales trataban directamente y le
pasaban los datos de los vehículos robados que venían procedentes de
la Aduana de Manzanillo, que los vehículos los tenia que llevar a una
pensión y dejarlos en ese lugar, para tal efecto señalo; En relación a este
robo por el cual me encuentro en calidad de detenido señalo que siendo
el día 21 veintiuno de Septiembre del año en curso, siendo como las
cuatro o cinco de la tarde aproximadamente me hablo mi amigo
************para decirme que tenia un jale para mi, que me invitaba a un
robo de vehículos de carga pesada, que sus patrones tenían buenos
datos de unos vehículos que venían procedente de la aduana de
manzanillo, por lo que recuerdo que ese día me hablo por teléfono
celular para decirme que si le podía ayudar a desenganchar el Dolly de
los fulles que se iban a robar, además que ocupaba que le ayudara a
cuidar el equipo que inhibe el sistema satelital de los vehículos y que
estuviera bien conectado, y que le avisara cuando la Policía Municipal
anduviera circulando por el lugar para que no nos detuviera, me comento
que por ese robo me pagaría la cantidad de cinco mil pesos
59
aproximadamente, me dijo que le iba a pedir autorización a sus patrones,
de los cuales me decía que les apodan **** y a otra persona le decían
**** para comentarles que necesitaba de un ayudante en este Robo, me
dijo EL **** que me hablaría en unos momentos para confirmarme
cuando le hubieran dado la autorización sus patrones, a los pocos
momentos, se comunico de nueva cuenta mi amigo, el cual me dijo que
no había problema en que lo acompañara en el robo, que sus patrones
ya le habían dicho que al día siguiente 22 veintidós de Septiembre del
año en curso, nos trasladáramos al cruce de **** y ****, que en ese lugar
nos iban a recoger, en el transcurso de la mañana, casi para ser a medio
día, sin recordar la hora exacta, me fue al lugar en donde nos iban a
recoger, al poco rato llegaron dos camionetas, una de ellas del tipo ****
****, en color negra y la otra una ****, tipo ****, de color negro, en la cual
venían varios sujetos del sexo masculino, fue entonces que mi amigo ****
me los presento, siendo al primero de ellos de nombre **** del cual no
me dijo su nombre completo, a otro sujeto mayor de edad al cual me dijo
que le apodaban “****” diciéndome su nombre ****, así como otro de
apodo “****”, el cual, ese día me entere que era uno de los otros chóferes
que manejaban los vehículos robados, así también, me presentaron a
otro sujetos al cual le apodaban **** o ****, siendo esta persona la que
me comento mi amigo EL **** que el era quien amagaba a los chóferes
con las Armas de fuego, de igual manera también me di cuenta que al
lugar habían llegado otros dos sujetos del sexo masculino de los que no
recuerdo sus nombres, y de los cuales me dijeron también participaban
en amagar los chóferes, por lo que una vez que llegaron en los vehículos
nos subimos mi amigo EL **** y yo, para esto me di cuenta que
circulábamos con rumbo a la población de Sayula, Jalisco, entonces,
cuando se avistaron los vehículos que nos íbamos a robar, tanto **** y
**** nos dijeron que nos pusiéramos atentos, que los dos camiones que
venían circulando por la autopista eran los camiones que nos íbamos a
robar, en eso me percate que las personas con las cuales veníamos se
le emparejaron al conducto de un vehículo de la marca ****, tipo ****, el
cual viajaba solo, y del que nos imaginamos era el custodio de la
empresa, al obligaron a detener la marcha su vehículo, para
posteriormente con armas de fuego amagarlo y subirlo a la camioneta,
inmediatamente después, se le dio alcance a uno de los camiones de
carga, siendo un **** en color azul el cual jalaba dos remolques, y
posteriormente se detuvo en el mismo sentido al segundo camión, el
cual era un **** en color blanco, el cual también jalaba dos remolques
con contenedores, amagando al chofer de cada unidad con armas de
fuego, a los cuales los subieron a la **** que traían mis amigos para
privarlos de su libertad, todo lo anterior se llevo a cabo sobre la autopista
de Ciudad Guzmán – ****, esto a la altura de la caseta que se esta
construyendo en la población de Sayula, Jalisco, aproximadamente
60
como a las 15;00 horas, posteriormente, la persona de nombre **** le
dijo a mi amigo **** y a mi, así como a **** que nos subiéramos cada
uno a los tractocamiones para manejar las unidades, dándome cuenta
que esta persona le entrego una cantidad de dinero a mi amigo ******** y
le decía que con ese dinero pagara la caseta de cobro de ****, por lo
que me baje de la camioneta y me subí al **** de color azul, con mi
amigo ******** de nombres **** y **** me entregaban un equipo conocido
como inhibidor satelital para que lo conectáramos al camión y así no
tener problemas con los camiones, tal como se me había explicado su
funcionamiento, entonces, cuando bajaron al chofer de la unidad del ****
de color azul, nos subimos inmediatamente mi amigo ******* yo al ****, y
como ya teníamos la orden de llevar los vehículos a la pensión que se
localiza en la Avenida de **** y la calle ****, dándome cuenta que la
persona de apodo **** se subió al **** de color blanco, entonces, nos
fuimos, un vehículo detrás de otro, yéndose primero el **** blanco,
mientras que atrás íbamos nosotros en el **** azul, y con el equipo tratar
de desinhibir los dos sistemas satelitales de los fulles, entonces, nos
fuimos con rumbo a la pensión, entonces, cuando circulábamos por la
carretera ****, cerca del ****, en la colonia ****, en un momento dado se
comenzaron a escuchar sirenas y patrullas, los cuales se aproximaban a
toda velocidad a los vehículos que circulábamos, por lo que sin mas, mi
amigo **** ya no pudo detener la marcha del vehículo, entonces ****
logro detener **** que el conducía, observe que él brinco del camión y se
echo a correr sin rumbo fijo, mientras que mi amigo ********** me decía
que ya había valido madre todo, y que tratara de darme a la huida ya que
venían Patrullas de la policía, entonces brinque por el lado del copiloto,
pero antes de salirme por la prisa me pegue en la cabeza con la puerta
del ****, ocasionándome un golpe en mi cabeza que yo solo me di,
entonces cuando bajaba del camión un Elemento de la Policía Estatal,
de los conocidos como los Negro, me detuvo, mientras que a mi
compañero ******** lo habían detenido abordo del **** que circulábamos,
recuerdo que los policías nos preguntaban por separado respecto a los
camiones, en su momento yo les decía que todo estaba bien, que yo
únicamente venia acompañando al chofer y que no sabia que los
camiones tuvieran algún problema, tratando de evadir mi
responsabilidad, entonces después de caer en varias contradicciones
termine por confesarles a los policías del Estado, que los camiones
momentos antes nos los habíamos robados tal como lo menciono en mi
declaración, así mismo en el interior del **** en el cual venia encontraron
conectado el inhibidor del satélite al cual hago referencia, y cuando me
preguntaron por el aparato les conteste que este era propiedad d****, de
igual manera cuando nos encontrábamos el lugar en donde fuimos
detenidos por la Policía Municipal, ya pasado un tiempo al lugar llegaron
varios sujetos del sexo masculino, los cuales se decían ser los
61
verdaderos chóferes y estos nos reconocían como los que nos habíamos
llevado sus camiones, además que también había llegado al lugar el
dueño de los mismos y este manifestaba que reconocía sus vehículos
como de su propiedad y nosotros no éramos sus chóferes, en el mismo
sentido momentos antes de dar mi declaración se me pone a la vista a
una persona del sexo masculino de nombre *********, de igual manera se
me pusieron a la vista momentos antes de dar mi declaración en la calle
de 16 entre la 3 y la 5 de esta Zona Industrial varios vehículos de carga
pesada, consistentes en 1.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5°
quinta rueda, en color blanco con negro, con placas de circulación ****
del Estado de Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 2.-
Semiremolque tipo plana, color azul, con placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas, abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la
leyenda ****, con número económico ****; la unidad: 3.- Auxiliadora del
tipo dolly, de la marca ****, color negro: 4.- Semiremolque tipo plana,
color blanco, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; 5.- De la marca ****, tipo tracto camión, 5° quinta
rueda, en color azul, con placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, enganchados a esta las unidades: 6.- Semiremolque tipo
plana, color azul, con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
abordo de esta un contenedor, en color rojo, con la leyenda ****, con
número económico ****; la unidad: 7.- Auxiliadora del tipo dolly, de la
marca ****, color negro: 8- Semiremolque tipo caja seca, color blanco,
con placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, mismos que
identifico como los mismos vehículos que nos robamos tal como lo
mencione al inicio de mi declaración. Así mismo momentos antes de dar
mi declaración en el interior de esta oficina se me puso a la vista un
aparato con estructura de metal, en color gris metálico, con 04 cuatro
antenas, así como con un conector para encendedor, aparato el cual
reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como el mismo que se
encontró abordo del vehículo del tipo ****, de la marca ****, tipo tracto
camión, de color azul, placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, el cual manejaba mi amigo ******* y yo, lo iba cuidando de
que funcionara correctamente y este aparato nos lo entrego **** para que
lo conectaramos he inhibiera la señal satelital de los tractocamiones. Por
ultimo la descripción física de **** es la siguiente, estatura de un metro
con ochenta centímetros, complexión robusto, color de piel blanco, pelo
de color negro y un poco ondulado, cara redonda, ojos de tamaño chico
y de color negros, nariz de tamaño grande y un poco ancha, boca
grande, labios gruesos, persona que no cuenta con tatuajes, ni
cicatrices, En el mismo sentido por lo que respecta a la persona de
nombre **** de apodo ****, es de una edad aproximad de unos sesenta y
cinco años de edad aproximadamente, complexión robusta, pelo canoso,
62
por lo que momentos antes de dar mi declaración se me puso a la vista
una fotografía en blanco y negro en la cual aparece una persona
retratada con el nombre de ****, persona a la cual identifico como a quien
en mi declaración menciono con el apodo de ****; La persona que
menciono como **** o **** es de una edad aproximada de unos 38 treinta
y ochos años de edad, complexión ****, de un metro con setenta
centímetro, complexión delgada, de un peso aproximado de 65 a 70
kilos, color de pi****, cara afilada, ojos negros de tamaño chicos, nariz
afilada y de tamaño mediana, boca chica y labios delgados, usa
únicamente bigote, no porta tatuajes, cicatrices no le he visto…”(sic).
Al rendir su declaración preparatoria ante este órgano jurisdiccional se
abstuvo de declarar.
Dentro de esta diligencia fue interrogado por el personero de la sociedad,
quedando de manifiesto:
“…PRIMERA. Diga Usted, si reconoce como suyas las firmas que
obran al calce y al margen de la declaración Ministerial que le acaba de
ser leída, para lo cual solicito le sea mostrada el acta correspondiente a
su declaración y de esta manera se encuentre en condiciones de
responder a la pregunta, en caso de que sea aprobada por parte de este
Tribunal. Aprobada. Contesto. Si, si las conozco. A LA SEGUNDA. Diga
Usted, si reconoce como suyas las huellas que obran al calce y al
margen de la declaración Ministerial que le acaba de ser leída, para lo
cual solicito le sea mostrada el acta correspondiente a su declaración y
de esta manera se encuentre en condiciones de responder a la pregunta,
en caso de que sea aprobada por parte de este Tribunal. Aprobada.
Contesto. Si. A LA TERCERA. Diga usted, si reconoce a *********** en las
fotografías que obran a fojas 70 setenta y 71 setenta y uno del
expediente original de la presente causa, para lo cual solicito le sea
mostrada el acta correspondiente a su declaración y de esta manera se
encuentre en condiciones de responder a la pregunta, en caso de que
sea aprobada por parte de este Tribunal. Aprobada. Contesto. Si. A LA
CUARTA. Diga usted, la razón del porque afirma usted reconocer al
anteriormente mencionado ************. Aprobada. Contesto. Pues somos
compañeros y amigos…”(sic).
Declaraciones que fueron emitidas bajo los lineamientos establecidos por los
artículos 193 y 194 de la Ley Adjetiva Penal en el Estado, esto es, por persona mayor
de edad, que declara sobre hechos propios ante la Autoridad Ministerial, con asistencia
de su defensor de oficio que le fue asignado, sin que se advierta que lo hiciera
mediante coacción, cuyo contenido es apto de valorar como una confesión calificada
divisible en términos de lo dispuesto por el ordinal 263 de la invocada Legislación
63
Procesal, en la medida que reconoce hechos que en la especie le perjudican como lo
es que el día 05 cinco de Mayo del año en curso, salió de la penal de Puente Grande,
en donde estuvo internado durante un año, lugar en donde conoció a varios sujetos que
se dedican al robo de vehículos de carga pesada, siendo en lo particular a ******”, y con
esta persona se reúne actualmente por el rumbo de **** y la Avenida ****, municipio de
Tlaquepaque, Jalisco, por lo ********, le comento que si estaba interesado en participar
en robar vehículos de carga pesada, ya que a él, le estaba yendo muy bien
económicamente, toda vez que por manejar los camiones robados, le estaban pagando
la cantidad de $10,000.00 (diez mil pesos 00/100 moneda nacional), a $ 15,000.00
(quince mil pesos 00/100 moneda nacional), entonces, que estaban robando de uno a
dos trailers por semana, por lo que le comento que sus patrones de nombres “****” y
“****” de nombre ****, conocían a unos sujetos con los cuales trataban directamente y le
pasaban los datos de los vehículos robados que venían procedentes de la Aduana de
Manzanillo, que los vehículos los tenía que llevar a una pensión y dejarlos en ese lugar,
para tal efecto señalo; En relación a este robo por el cual me encuentro en calidad de
detenido señalo que siendo el día 21 veintiuno de Septiembre del año en curso, siendo
como las cuatro o cinco de la tarde aproximadamente , le llamo **********”, para decirle
que tenía un jale para el declarante, que lo invitaba a un robo de vehículos de carga
pesada, que sus patrones tenían buenos datos de unos vehículos que venían
procedente de la aduana de manzanillo, y que ese día le hablo por teléfono celular para
decirle que si le podía ayudar a desenganchar el dolly de los fulles que se iban a robar,
además que ocupaba que le ayudara a cuidar el equipo que inhibe el sistema satelital
de los vehículos y que estuviera bien conectado, y que le avisara cuando la Policía
Municipal anduviera circulando por el lugar para que no los detuviera, comentándole
que por ese robo le pagaría la cantidad de $ 5,000.00 (cinco mil pesos 00/100 moneda
nacional), aproximadamente, refiriéndole que le iba a pedir autorización a sus patrones,
de los cuales me decía que les apodan “****” y a otra persona le decían “****” para
comentarles que necesitaba de un ayudante en este robo, señalandole “EL ****” que le
hablaría en unos momentos para confirmarme cuando le hubieran dado la autorización
sus patrones, a los pocos momentos, se comunico de nueva cuenta con el deponente,
el cual me dijo que no había problema en que lo acompañara en el robo, que sus
patrones ya le habían dicho que al día siguiente 22 veintidós de Septiembre del año en
curso, se trasladaran al cruce de **** y ****, que en ese lugar los iban a recoger, en el
transcurso de la mañana, casi para ser a medio día, sin recordar la hora exacta, se
dirigió a este al lugar en donde los iban a recoger, poco tiempo después llegaron dos
camionetas, una de ellas del tipo **** ****, en color negra y la otra una ****, tipo ****, de
color negro, en la cual venían varios sujetos del sexo masculino, fue entonces que
******, se los presento, siendo al primero de ellos de nombre “****” del cual no le dijo su
nombre completo, a otro sujeto mayor de edad al cual me dijo que le apodaban “****”
diciéndole su nombre ****, así como otro de apodo “****”, el cual, ese día se entere que
era uno de los otros chóferes que manejaban los vehículos robados, así también, le
presentaron a otro sujetos al cual le apodaban “****” o “****”, refiriéndoles “EL ****” que
esta persona era quien amagaba a los chóferes con las armas de fuego, de igual
manera también se dio cuenta que al lugar habían llegado otros dos sujetos del sexo
64
masculino de los que no recuerda sus nombres, y de los cuales le dijeron también
participaban en amagar los chóferes, por lo que una vez que llegaron en los vehículos
tanto el deponente como “*******”, percatándose que circulaban con rumbo a la
población de Sayula, Jalisco, entonces, cuando avistaron los vehículos que se iban a
robar, tanto “****” y “****”, les dijeron que estuvieran atentos, que los dos camiones que
venían circulando por la autopista eran los camiones que se iban a robar, en eso se
percato se emparejaron al conductor de un vehículo de la marca ****, tipo ****, el cual
viajaba solo, y del que se imaginaron era el custodio de la empresa, al que obligaron a
detener la marcha su vehículo, para posteriormente con armas de fuego amagarlo y
subirlo a la camioneta, inmediatamente después, se le dio alcance a uno de los
camiones de carga, siendo un tracto camión en color azul el cual jalaba dos remolques,
y posteriormente se detuvo en el mismo sentido al segundo camión, el cual era un
tracto camión en color blanco, el cual también jalaba dos remolques con contenedores,
amagando al chofer de cada unidad con armas de fuego, a los cuales los subieron a la
**** que traían sus compañeros para privarlos de su libertad, todo lo anterior se llevo a
cabo sobre la autopista de Ciudad Guzmán – ****, esto a la altura de la caseta que se
está construyendo en la población de Sayula, Jalisco, aproximadamente como a las
15;00 horas, posteriormente, la persona de nombre “****” le dijo a *********” y a al
declarante, así como a “****” que se subieran cada uno a los tractocamiones para
manejar las unidades, dándose cuenta que esta persona le entrego una cantidad de
dinero a “*********” y le decía que con ese dinero pagara la caseta de cobro de ****, por
lo que el atestante bajo de la camioneta y abordo al tracto camión de color azul, en
compañía de ******, para esto “****” y “****” le entregaron un equipo conocido como
inhibidor satelital para que lo conectara al camión y así no tener problemas con los
camiones, tal como se le había explicado su funcionamiento, entonces, cuando bajaron
al chofer de la unidad del tracto camión de color azul, inmediatamente ********* y el
declarante abordaron dicho tracto camión, y como ya tenían la orden de llevar los
vehículos a la pensión que se localiza en la Avenida de **** y la calle ****, dándose
cuenta que la persona de apodo “****” se subió al tracto camión de color blanco,
entonces, se fueron, un vehículo detrás de otro, yéndose primero el tracto camión
blanco, mientras que atrás iba circulando el vehículo en cual viajaba el declarante y con
el equipo tratar de desinhibir los dos sistemas satelitales de los fulles, entonces, se
fueron con rumbo a la pensión, entonces, cuando circulaban por la carretera ****, cerca
del ****, en la colonia ****, en un momento dado se comenzaron a escuchar sirenas y
patrullas, los cuales se aproximaban a toda velocidad a los vehículos que circulábamos,
por lo que sin más, ******* ya no pudo detener la marcha del vehículo, entonces “****”
logro detener **** que el conducía, obser**********, le dijo que “ya había valido madre
todo”, y que tratara de darse a la huida ya que venían patrullas de la policía, entonces
brinco por el lado del copiloto, pero antes de salir por la prisa se golpeo en la cabeza
con la puerta del tracto camión, siendo detenido por un Elemento de la Policía Estatal,
de los conocidos como los Negro, mientras que a **********, era detenido a bordo del
tracto camión en que circulaba, y que al ser cuestionado por los elementos policiacos,
les decía que todo estaba bien, que únicamente venia acompañando al chofer y que no
sabía que los camiones tuvieran algún problema, y después de caer en varias
65
contradicciones termino por confesarles a los policías del Estado, que estos camiones
momentos antes los habían robado.
Dentro del periodo de instrucción se ofertaron los siguientes medios de prueba:
DE LA DEFENSA:
La ampliación de declaración realizada por **********, el 02 dos de enero de
2013 dos mil trece, en la cual señalo:
“…Simplemente lo que viene ahí todo lo acomodaron en la catorce, y ya
na más nos hicieron firmar a la fuerza, porque si no firmábamos nos
llevaban otra vez a los cuartitos donde nos tenían para golpearnos, por eso
les tuve que firmar, cuando en realidad a mí me contrataron porque trabajo
en eso, de los paraderos de tráiler, cuando no conocen l ciudad, los leva uno
y sirve como guía, y a mí me contrataron únicamente para que fuera a
desenganchar las cajas, y me pagarían la cantidad de cinco mil pesos, y
desconozco yo a toda gente que viene ahí, asentada de la catorce, porque
en realidad fueron tres días en los que nos tenían golpeando y ya me
ahogaba porque me tenían golpeado y me amenazaron y por eso firme, por
eso también quiero careos con lo judiciales, las camionetas que viene ahí,
la gente que me señal yo desconozco todo eso, al que conozco de vista es
al compañero que viene conmigo, de nombre **********, y él fue el que me
dijo que viniéramos para acá, que por un camión, nos venimos de raite, de
Guadalajara, y que esto sería cuestión de medio día, llegamos a atrás de
una caseta y ya estaba el tráiler ahí estacionado, y me dijo mi compañero
que ese era, y de ahí ya nos iríamos, ya que me pagaran, en ningún
momento mite gente, ni choferes ni gente armada, nada de lo que viene ahí,
tenía apenas cuatro meses y medio que acaba de salir de Puente Grande,
pero no por delitos tan fuertes como este, estuve por mínimos delitos y yo
me tengo que hacer cargo de mis hijos, y es lo que me pesa más, sigo
solicitando los careos con los judiciales, porque fueron puros golpes y
torturas y yo nunca declare nada, solo me hicieron firmar a la fuerza…”(sic).
En segunda ampliación de declaración de fecha 20 veinte de marzo de 2014
dos mil catorce, señalo:
“…Que a mí me contrataron como machetero o guía, y en vida había
visto al mentado ****, no lo conozco ni se quien sea…”(sic).
Retractaciones a las cuales no se les puede conceder valor probatorio
alguno, ello en razón de que la dinámica de los hechos que vuelca el
acusado, no se ven justificada ni acreditada con algún otro medio probatorio
66
que la compruebe o corrobore, de ahí que sea evidente que la misma es
emitida con el claro animo de mejorar la situación jurídica del inculpado. Lo
anterior con fundamento en lo dispuesto por el ordinal 192 de la Ley
Procesal Penal.
Por su parte *********, en ampliación de declaración de fecha 02 dos de enero
de 2014 dos mil catorce señalo:
“…Sobre las personas que dije la primera declaración en donde dice
que mi patrón es un tal ****, yo lo señale porque no me quedaba otra,
porque me tenían vendado, y me torturaron con agua y toques y por eso
dije que era ese señor, pero nos e como se llame ese vale, esa persona no
tiene nada que ver con el robo que cometí y **** tampoco, porque no tenía
otra opción, porque me estaban golpeado en la catorce, y de los otros robos,
pido careos con lo judiciales para que me traigan a la parte afectada que
dice que robe, porque me avenaron cinco robos, pero de los otros cuatro yo
no lo hice, en este si acepto pero delos otros cuatro no fui yo…”(sic).
En diversa ampliación de fecha 20 veinte de marzo de 2014 dos mil catorce, el
acusado *************** adujo:
“…Que no acepto a la persona que le dicen en ****, ni que desmantelo,
camiones…”(sic).
Atestos los cuales adquieren la calidad de confesión parcial divisible, y
se valoran de conformidad con lo dispuesto por el ordinal 263 del
Enjuiciamiento Penal del Estado, al ser el dicho de quien acepta la comisión
de hechos que lo perjudican, aunado que la misma es emitida en claro
acatamiento a lo previsto por los diverso numerales 193 y 194 de la ley
procesal en cita, sin que sea de valorarse lo referido por el deponente en el
sentido, de que declaro en la forma en que lo hizo, obligado, golpeado y
torturado, dado que el mismo no aporto medio probatorio que acreditara su
dicho.
Se desahogaron prueba de careo entre lo dicho el procesado ********* con lo
dicho por los elementos de la Policía Investigadora del Estado, ****, **** Y ****,
diligencias en la que quedo de manifestó:
“…se procede al desahogo del careo resultante, entre el dicho del
procesado *************** y el dicho del policía investigador de nombre ****, y
estando presentes en el local del Juzgado la C. Agente del Ministerio
Público de la adscripción, LICENCIADA **** **** ****, el procesado
************, previa excarcelación, su defensor de oficio, LICENCIADO **** y
el policía investigador de nombre ****, manifestando que reproducen sus
67
demás generales que como suyas obran en autos, en estos momentos se
exhorta al procesado y se protesta al policía investigador en mención , para
que conduzcan con verdad en lo que van a declarar, puestos que son en
formal careo resultó: por su parte el procesado manifiesta que NO conozco a
mi careado por lo que ve a mi declaración ministerial no estoy de acuerdo,
con respecto a la ampliación de mi declaración la ratifico en todas y cada
una de sus partes, por lo que ve la declaración de mi careado estoy de
acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar. Por su parte el policía
investigador de nombre ****, manifiesta que conozco a mi careado de vista
porque estuvo detenido en el área de carga pesada y me tocó realizar la
investigación, por lo que ve a mi informe que rendí mediante oficio número
106/2012, lo ratifico en todas y cada una de sus partes, respecto
declaración de mi careado estoy de acuerdo únicamente en la declaración
que rindió ante el Ministerio Público, en la ampliación de declaración que
rindió ante este Juzgado, no estoy de acuerdo, es todo lo que tengo que
manifestar, se hace constar que la conducta de los careados se mostró
tranquila…”(sic).
“…se procede al desahogo del careo resultante, entre el dicho del
procesado ********** y el dicho del policía investigador de nombre ****: por
su parte el procesado manifiesta que NO conozco a mi careado por lo que
ve a mi declaración ministerial no estoy de acuerdo, únicamente estoy de
acuerdo la ampliación de declaración que rendí ante este Juzgado, por lo
que ve la declaración de mi careado, no estoy de acuerdo, es todo lo que
tengo que manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****,
manifiesta, manifiesta que si conozco a mi careado de vista porque estuvo
detenido en el área de carga pesada y me tocó realizar la investigación, por
lo que ve a mi informe que rendí mediante oficio número 106/2012, lo
ratifico en todas y cada una de sus partes, respecto declaración de mi
careado estoy de acuerdo con la que rindió ante el Ministerio Público, con la
que rindió en este Juzgado en ampliación de declaración no estoy de
acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar, se hace constar que la
conducta de los careados se mostró tranquila…”(sic).
“…se procede al desahogo del careo resultante entre el dicho del
procesados ********* y el dicho del policía investigador de nombres ****, :
por su parte el procesado manifiesta que NO conozco a mi careado por lo
que ve a mi declaración ministerial no estoy de acuerdo y ratifico la
ampliación de declaración que rendí ante este Juzgado, por lo que ve la
declaración de mi careado no estoy de acuerdo, porque él no nos detuvo,
quienes nos detuvieron fueron otras personas distintas es todo lo que tengo
que manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****,
manifiesta, que conozco a mi careado de vista porque estuvo detenido en el
68
área de carga pesada y me tocó realizar la investigación, por lo que ve a mi
informe que rendí mediante oficio número 106/2012, lo ratifico en todas y
cada una de sus partes, respecto declaración de mi careado estoy de
acuerdo únicamente con la que rindió ante el Ministerio Público, con la
ampliación de su declaración que rindió en éste Juzgado no estoy de
acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar, se hace constar que la
conducta de los careados se mostró tranquila….”(sic).
Al desarrollar las diligencias de careo entre lo dicho por **********, con lo referido
por los elementos de la Policía Investigadora del Estado, ****, **** Y ****, diligencias en
la que quedo de manifestó
“…se procede al desahogo del careo resultante, entre el dicho del
procesado ************** y el dicho del policía investigador de nombre ****, y
estando presentes en el local del Juzgado la C. Agente del Ministerio Público
de la adscripción, LICENCIADA **** **** ****, el procesado ********* ****y el
policía investigador de nombre ****, manifestando el procesado de mérito
que reproduce sus demás generales que como suyas obran en autos, y el
referido investigador manifiesta ser mexicano, soltero, de 42 cuarenta y dos
años de edad, originario y vecino de la ciudad de Guadalajara, Jalisco, con
domicilio en la calle 14 catorce número 2567, Zona Industrial, mismo que se
identifica con credencial número de empleado 13798, expedida a su favor por
la Fiscalía General del Estado, que lo acredita como policía Investigador “B”,
en estos momentos se exhorta al procesado y se protesta al policía
investigador en mención , para que conduzcan con verdad en lo que van a
declarar, puestos que son en formal careo resultó: por su parte el procesado
manifiesta que NO conozco a mi careado por lo que ve a mi declaración
ministerial no estoy de acuerdo en parte en lo que no estoy de acuerdo en es
cuando digo que **** también cometió el robo, con respecto a la ampliación
de mi declaración la ratifico en todas y cada una de sus partes, por lo que ve
la declaración de mi careado estoy de acuerdo, es todo lo que tengo que
manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****, manifiesta,
manifiesta que si conozco a mi careado de vista porque estuvo detenido en el
área de carga pesada y me tocó realizar la investigación, por lo que ve a mi
informe que rendí mediante oficio número 106/2012, lo ratifico en todas y
cada una de sus partes, respecto declaración de mi careado estoy de
acuerdo únicamente en la declaración que rindió ante el Ministerio Público, en
la ampliación de declaración que rindió ante este Juzgado, no estoy de
acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar, se hace constar que la
conducta de los careados se mostró tranquila…”(sic).
69
“…se procede al desahogo del careo resultante, entre el dicho del
procesado ******** y el dicho del policía investigador de nombre ****: por su
parte el procesado manifiesta que NO conozco a mi careado por lo que ve a
mi declaración ministerial no estoy de acuerdo en parte en lo que no estoy de
acuerdo en es cuando digo que **** también cometió el robo, con respecto a
la ampliación de mi declaración la ratifico en todas y cada una de sus partes,
por lo que ve la declaración de mi careado estoy de acuerdo, es todo lo que
tengo que manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****,
manifiesta, manifiesta que si conozco a mi careado de vista porque estuvo
detenido en el área de carga pesada y me tocó realizar la investigación, por lo
que ve a mi informe que rendí mediante oficio número 106/2012, lo ratifico en
todas y cada una de sus partes, respecto declaración de mi careado estoy de
acuerdo, es todo lo que tengo que manifestar, se hace constar que la
conducta de los careados se mostró tranquila…”(sic).
“…que tenga verificativo el desahogo de la audiencia de careos, entre el
dicho de los procesados ************** ****: por su parte el procesado
manifiesta que NO conozco a mi careado por lo que ve a mi declaración
ministerial no estoy de acuerdo en parte en lo que no estoy de acuerdo en es
cuando digo que **** también cometió el robo, con respecto a la ampliación
de mi declaración la ratifico en todas y cada una de sus partes, por lo que ve
la declaración de mi careado estoy de acuerdo, es todo lo que tengo que
manifestar. Por su parte el policía investigador de nombre ****, manifiesta,
que conozco a mi careado de vista porque estuvo detenido en el área de
carga pesada y me tocó realizar la investigación , por lo que ve a mi informe
que rendí mediante oficio número 106/2012, lo ratifico en todas y cada una de
sus partes, respecto declaración de mi careado estoy de acuerdo, es todo lo
que tengo que manifestar, se hace constar que la conducta de los careados
se mostró tranquila…”(sic).
Probanzas las cuales no aportan dato de prueba útil que venga a
debatir o desvirtuar las confesiones emitidas inicialmente vertidas por los
acusados **********, de ahí la imposibilidad de conceder valor probatorio
alguno a estos medios de defensa. LO anterior con fundamento en lo
dispuesto por el ordinal 192 de la Ley Procesal Penal.
Probanzas ofertada por el Agente del Ministerio Público Adscrito:
La ampliación de declaración del elemento captor ****, quien adujo:
“…Que ratifico en todas y cada una de sus partes mi declaración
ministerial y aclaro que la detención de las personas se llevó a cabo sobre
70
la Avenida ****, a la altura de la Colonia d****, en los cruces antes
mencionados, y que las personas afectadas nos manifestaron que los
habían robado antes de la caseta de Acatlán de Juárez, sin mencionar
distancia exacta, es todo lo que tengo que manifestar…”(sic).
La ampliación de declaración del elemento captor ****, quien señalo:
“…Que ratifico en todas y cada una de sus partes mi declaración
ministerial y aclaro que la detención de las personas se llevó a cabo a la
altura de la Colonia d****, sobre la Avenida **** en los cruces antes
mencionados, y las personas afectadas nos manifestaron que los habían
robado antes de la caseta de Acatlán de Juárez, sin mencionar distancia
exacta, es todo lo que tengo que manifestar…”(sic).
Deposiciones a las que en lo singular se concede valor probatorio, según la
disposición legal contenida en el artículo 265 de la ley adjetiva penal, pero en conjunto
adquieren pleno valor al tenor de lo dispuesto por el artículo 264 de la ley en cita,
habida cuenta que, acudieron en dichos deponentes circunstancias, tales como que
contaban con edad, capacidad e instrucción suficientes para juzgar el acto relatado,
aunado a que estuvieron dotados de idoneidad, dada la probidad e independencia de
posición de los testigos (imparcialidad), amén de que el hecho es susceptible de
percibirse por medio de los sentidos y de manera directa, de que sus declaraciones
fueron claras y precisas, tanto en la sustancia del hecho como en aspectos
secundarios, que los declarantes no fueron obligados a efectuar sus narraciones, pero
además de todo porque sus versiones se encontraron corroboradas con lo narrado por
el testigo ********** la respectiva fe ministerial de los objetos materia del hurto.
El acta circunstanciada que elaborara el Agente del Ministerio Publico
Investigado el día 22 veintidós de septiembre de 2012 dos mil doce.
Diligencias que adquieren valor probatorio pleno al tenor de la disposición legal
contenida en el artículo 269 de la Ley Procesal de la Materia, máxime que las mismas
fueron formalizadas con los requisitos a que se refieren los artículos 9 y 238 de la Ley
en comento, el cual para este estudio es demostrativo en primer lugar de la existencia
física y material del lugar en donde fueron interceptados los automotores materia de la
presente causa y donde se efectuó a detención de los acusados.
El comprobante de pago de uso de vías de comunicación federales, expedido
por BANOBRAS y con folio 009194491, de fecha 22 veintidós de septiembre de 2012
dos mil doce, con hora de expedición 15:05:41, quince horas, cinco minutos y cuarenta
y un segundos.
Prueba a la cual, se le concede valor probatorio indiciario de acuerdo al artículo
274 del Enjuiciamiento Penal del Estado, para demostrar su existencia y contenido.
71
Con el contenido de los dictámenes periciales emitidos bajo los oficios
IJCF/00265/2012/12CE/IF/06, IJCF/11165/2012/12CE/IV/02 y
IJCF/08982/2012/12CE/VA/01.
Dictámenes los anteriores, que por reunir los requisitos de los artículos 220,
221, 223 y 225 del Coligo de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, se les
concede valor probatorio pleno de conformidad a lo dispuesto por el numeral 268 del
código de Procedimientos Penales para el Estado de Jalisco, toda vez que fueron
practicados y emitidos por especialista en la materia sobre las cuales dictaminaron.
Probanzas las anteriores, que concatenadas entre sí en un orden lógico,
armónico y natural y valoradas jurídicamente de conformidad a lo establecido por los
artículos 260, 263, 264, 265, 266, 269, 272 y demás relativos y aplicables del
enjuiciamiento penal del Estado de Jalisco, se considera que los mismos son aptos y
suficientes para tener por acreditada la materialidad del delito de ROBO, previsto por
el numeral 233 del Código Penal del Estado, cometido en detrimento patrimonial de
**** y de la persona moral denominada “***********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
CAPITAL VARIABLE.
En tal tesitura, y al entrar al estudio de la conducta típica y los elementos, estos
encuadran perfectamente tal como se advierte en el siguiente estudio pormenorizado:
I.- APODERAMIENTO. Este primer elemento se conforma por dos premisas la
primera denominada ANIMUS que se refiere precisamente a la intención que tiene el
victimario de ejercer un poder de hecho sobre una cosa, y que se traduce al mundo
fáctico con la segunda premisa denominada CORPUS, que se refiere a la aprehensión
real o material de la cosa. Sirve de sustento para el anterior argumento el siguiente
criterio Jurisprudencia emitido por la Primera Sala del Máximo Tribunal del país, visible
en la Quinta Época, en el Semanario Judicial de la Federación, como: CIX, en página:
868 que reza:
“…ROBO, DELITO DE (LEGISLACIÓN DE JALISCO).
Conforme al artículo 330 del Código Penal del Estado, comete el delito
de robo, el que se apodera de una cosa ajena mueble, sin
consentimiento de la persona que legalmente pueda disponer de ella.
De lo que se infiere que para la configuración del delito de que se
trata, es indispensable que concurran dos elementos: el ánimus y el
corpus y, además, que la cosa que se dice robada no se haya
encontrado en poder del agente, porque si tal aconteciere, el delito
que pueda cometer será otro diverso del de robo…”(sic).
Esta aprehensión puede efectuarse por cualquier procedimiento ya sea personal
e inmediato (aprehensión manual) o mediato (por exigir a un tercero que la verifica
materialmente); por medio de la astucia o de la fuerza bruta. El apoderamiento se
72
consuma cuando, además de la simple remoción de la cosa en el lugar en que se
encontraba el agente la tiene en su posesión material
II.- COSA AJENA, MUEBLE: Al estudiar éste segundo elemento, se pone de
manifiesto que por cosa se entiende un objeto corporal susceptible de obtener un
valor, el cual no debe de ser necesariamente económico, pudiendo ser documental o
meramente moral o afectivo y es ajena aquella que no pertenece a la persona que la
posee y si pertenece a alguien distinto, es el aspecto negativo del concepto de
ajenidad de la cosa. Los bienes son muebles por su naturaleza o por disposición de la
Ley, y consiste básicamente en que por su naturaleza propia pueden ser trasladados
ya sea por fuerza externa o por si solos de un lugar a otro sin que pierdan o alteren
sus cualidades intrínsecas, tal como lo estipula el dígito 801 del código civil para el
Estado de Jalisco. Sirve de sustento el siguiente criterio: Visible en la Octava Época,
emitida por el SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO PRIMER
CIRCUITO, localizable en el Semanario Judicial de la Federación, Tomo: XII,
Diciembre de 1993, Página: 954 que reza:
“…ROBO. NATURALEZA MUEBLE DEL OBJETO EN QUE
RECAE EL DELITO DE. (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE
GUERRERO). Para considerar si la cosa substraída en el delito de
robo, tiene la calidad de mueble o inmueble, es indebido apoyarse en
el criterio ficticio de distinción que entre ambas hace el derecho civil
alegando que la legislación penal no hace tal distingo; pues cabe
destacar, que si se t****a en todos los casos el Código Civil como
criterio de la legislación penal, sobrevendrían lagunas de ley en
detrimento del patrimonio de los sujetos pasivos del delito; luego, en
cuanto al tema, debe estarse a la naturaleza intrínseca del objeto en
que recae el injusto, de tal suerte, que si la materia en que recayó el
delito acusado, - cocos-, podían ser transportados de un lugar a otro
sin alterar su substancia, es indiscutible, que deben considerarse
muebles, dado que no tenían fijeza y eran susceptibles de ser
cambiados de ámbito territorial por aplicación de una fuerza externa
sin alterarlos en esencia y finalidad…”(sic).
III. SIN DERECHO Y SIN CONSENTIMIENTO: Este es el elemento
normativo del injusto. Comprende el derecho mismo y la capacidad para ejercitarlo.
No es ilegitimo el apoderamiento que se efectúa en el ejercicio de un derecho o en
cumplimiento de un deber legal. No es el ilegitimo el apoderamiento si se hace
mediando el consentimiento del propietario o de quien legítimamente puede
otorgarlo. El consentimiento puede concederse expresa, tácitamente o
presuntamente y solo excluye el delito si es anterior a la perpetración de éste. Sirve
de sustento el siguiente criterio de la Quinta Época, emitida por el Pleno de la
Suprema Corte de Justicia, y visible en el Semanario Judicial de la Federación
Tomo: XII. En su página: 369 que prevé:
73
“…ROBO. Comete ese delito, el que se apodera de una cosa
ajena, mueble, sin derecho y sin consentimiento de la persona que
puede disponer de ella, con arreglo a la ley…”(sic).
Elementos de prueba los anteriores que con fundamento en lo previsto por los
artículos 116 y 132 del Enjuiciamiento Penal para el Estado de Jalisco, resultan
bastantes para tener por demostrados los elementos del tipo penal del delito que aquí
nos ocupa, pues del estudio lógico y jurídico que se realiza de dichas pruebas, toda
vez que la fuerza demostrativa del caudal probatorio con que fue integrada la presente
causa penal, contiene eficacia jurídica para justificar las circunstancias de tiempo,
modo, lugar y ocasión en que tuvo verificativo el apoderamiento de los diversos objeto
muebles descritos, a saber, un vehículo de la marca ****, tipo **** ****, color blanco con
negro, modelo 2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el numero de motor
****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la
marca ****, en color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el
contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo oxido y con
la leyenda “****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la
marca ****, color negro, con el número de serie ****, se encuentra enganchado a una
plataforma de la marca ****, color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres,
con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
misma plataforma que cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o
candado ****, color blanco y con la leyenda “****”, un vehículo marca ****, tipo **** ****,
color azul, modelo 2003 dos mil tres, con numero de serie ****, con el numero de motor
****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la
marca ****, en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número
de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha
plataforma cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado ****,
color rojo y con la leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo
“DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos
mil ocho, se encuentra enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****,
color blanco, modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie
****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, vehículos que al
momento del robo se encontraban cargados con mercancía consistente en 58
cincuenta y ocho toneladas aproximadamente de chiles secos y el vehículo marca ****,
tipo sedán, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****, con el
número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de Jalisco, lo que
aconteció aproximadamente a las 15:00 quince horas del 22 veintidós del mes de
septiembre del año 2012 dos mil doce, sobre la autopista Ciudad Guzmán-Acatlán de
Juárez, a 5 cinco kilómetros adelante del crucero a la población de Sayula, Jalisco,
esto con dirección a la población de Acatlán de Juárez, Jalisco, varios sujetos que se
desplazaban en dos vehículos de color negro, a saber uno tipo **** Explores y otro más
tipo **** ****, empleando arma de fuego, con la cuales amenazaron al conductor del
74
automotor marca ****, tipo sedán, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de
serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de
Jalisco, *********, a quien obligaron a detenerse, haciéndolo descender de este
vehículo, despojándolo del mismo y obligándolo a subir a la camioneta tipo ****, para
después detener el vehículo marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo
2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en
color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados, despojando de este
vehículo al conductor ****, a quien haciéndolo subir al vehículo tipo ****, por lo que
continuaron su marcha hasta detener al vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul,
modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****,
en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie
****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados,
haciendo descender al conductor de este automotor ********, para de igual forma
hacerlo subir al vehículo tipo ****, por los que los activos abordaron el vehículo tipo
marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con numero de serie ****,
con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul, modelo 1998 mil novecientos
noventa y ocho, con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas y a sus acoplados, mientras que un tercero sujeto abordo el
automotor marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis,
con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación
**** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul, modelo
2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas y a sus acoplados, los cuales condujeron con dirección a
Guadalajara, Jalisco, mientras que los conductores fueron posteriormente dejados
amarrados de pies y manos, en las cercanías de la mencionada carretera, en donde
después de liberarse de sus ataduras dieron aviso a los representantes de la empresa,
en las que laboran, quienes dieron aviso a las autoridades correspondientes, por lo que
al implementarse un operativo de búsqueda, las mencionadas unidades de carga
pesada con sus respectivos acoplados, fueron localizadas en la carretera ****, y al ser
interceptados por los elementos captores, se logró la detención de uno los incoados a
bordo del automotor marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con
número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación ****
del Estado de Zacatecas, por su parte el segundo de los imputados fue detenido
cuando descendía de esta unidad, mientras que el conductor de la diversa unidad
marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis, con número
de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado
de Zacatecas, logro darse a la fuga, siendo estos sujetos detenidos plenamente
identificados por *********, como las personas que en compañía de otros sujetos lo
desapoderaron del automotor en que se trasportaba de su acoplados y de la mercancía
transportada el mismo; conducta la anterior, que desde luego fue ejecutada sin que
75
mediara el consentimiento de la persona que legalmente podía disponer de dichos
objetos con arreglo a la ley.
Consecuentemente, se acreditó el primero de los elementos del cuerpo del
delito, es decir, el apoderamiento (que a su vez se integra con el elemento material o
externo, que consiste en la aprehensión de la cosa, y el moral o interno, consistente en
el propósito del activo de apoderarse de lo ajeno), con el dicho de los denunciantes
******, lo depuesto por el testigo ******* y preponderantemente con lo narrado por los
propios activos, pues de la adminiculación de dichas diligencias, las cuales
trascendieron con eficacia demostrativa al tenor de lo dispuesto por los artículos 263,
265 y 266 de la ley procesal de la materia, resulta evidente que la acción de
apoderamiento en cita, se materializó luego de que los sujetos activos, t****on
posesión material deun vehículo de la marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro,
modelo 2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el numero de motor ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****,
en color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el contenedor
número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo oxido y con la leyenda
“****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****,
color negro, con el número de serie ****, se encuentra enganchado a una plataforma de
la marca ****, color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, con el número
de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, misma
plataforma que cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado
****, color blanco y con la leyenda “****”, un vehículo marca ****, tipo **** ****, color
azul, modelo 2003 dos mil tres, con numero de serie ****, con el numero de motor ****,
con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca
****, en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de
serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma
cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo y
con la leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de
la marca ****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho, se
encuentra enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****, color blanco,
modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie ****, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, vehículos que al momento del robo
se encontraban cargados con mercancía consistente en 58 cincuenta y ocho toneladas
aproximadamente de chiles secos y el vehículo marca ****, tipo sedán, color gris,
modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****, con el número de motor ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Jalisco; probanzas las anteriores mismas
de las cuales se desprende que algunos sujetos, con toda intención (conocimiento y
voluntad), se apoderaron de los objetos descritos y los pusieron bajo su control
personal, sacándolos del radio de acción y disponibilidad del dueño.
Ahora bien, en lo concerniente al segundo de los elementos constitutivos del
cuerpo del delito que establece que el apoderamiento recaiga sobre un bien mueble,
76
debe acudirse a la naturaleza intrínseca del objeto, es decir, que pueda ser trasladado
de un lado a otro, sin alterar su substancia, de ahí que deban considerarse muebles,
los que no tienen fijeza y puedan ser cambiados de ámbito territorial por la aplicación
de una fuerza externa, elemento este que se encuentra acreditado, con las
declaraciones ministeriales de los denunciantes, del testigo de cargo y lo narrado por
los activos, los que señalaron que se desplazaron los objetos muebles consistentes en
un vehículo de la marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil
seis, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul,
modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de circulación
**** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el contenedor número ****, con
el número de sello o candado ****, color rojo oxido y con la leyenda “****”, vehículo el
cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el
número de serie ****, se encuentra enganchado a una plataforma de la marca ****,
color blanco, modelo 1993 mil novecientos noventa y tres, con el número de serie ****,
con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, misma plataforma que
cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color blanco
y con la leyenda “****”, un vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003
dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul,
modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie ****, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el
contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo y con la
leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la
marca ****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho, se
encuentra enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****, color blanco,
modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie ****, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, vehículos que al momento del robo
se encontraban cargados con mercancía consistente en 58 cincuenta y ocho toneladas
aproximadamente y el vehículo marca ****, tipo sedan, color gris, modelo 2012 dos mil
doce, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Jalisco, con lo que se acredita que por la naturaleza
intrínseca de dichos objetos, son susceptibles de moverlos de un lugar a otro, sin
alterar su substancia, probanzas que trascendieron con eficacia demostrativa al tenor
de lo dispuesto por los artículos 263, 265 y 266 de la ley procesal de la materia.-
Respecto al tercero de los elementos, consistente en que los bienes materia
del apoderamiento sean ajenos al patrimonio del activo, se considera acreditado con
las propias confesiones de los indiciados quienes reconoce la ajeneidad de los bienes
afectos a la causa, concretándose al propio tiempo el último de los elementos del
cuerpo del delito, consistente en que el apoderamiento se ejecute sin que mediara
el consentimiento de la persona que legalmente podía disponer de los objetos
con arreglo a la ley, pues en todo caso, correspondería al propio activo y a su
defensa, acreditar en términos de lo dispuesto por los artículos 122 y 177, de la ley
77
procesal de la materia, que el propietario de los objetos, autorizó a los activos a
aprehender la cosas y ejecutar sobre las misma actos de dominio, como si fuera
dueño.
De ahí que con lo anterior, se acrediten legalmente los elementos que
configuran la materialidad del delito de ROBO, a que se refiere el artículo 233, del
Código Penal para el Estado de Jalisco, cometido en agravio de ***************y de la
persona moral denominada ****”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en
los términos de los artículos 116, 122, 122 ter y 132, del Enjuiciamiento Penal para el
Estado de Jalisco.
DE LAS CALIFICATIVAS DEL DELITO. Esta autoridad procede ahora
abordar el estudio de las calificativas con que se agravara el delito de ROBO por el
cual se acusó a los sentenciables, encontrando al efecto que el Agente del Ministerio
Público Integrador, sostienen que en el caso particular se acreditan las calificativas
establecidas en las fracciones IX, XI y XII del artículo 236 del Código Penal Estatal, ya
que citan al efecto que se encuentra justificado que la conducta antisocial desplegada
por los activos recayó sobre vehículos automotores, se haya ejercido violencia en las
personas con armas de fuego, y que fue cometido por tres o más con lo que dicen se
surten las hipótesis agravantes descritas en las fracciones IX, XI y XII del ordinal 236
de la Ley Sustantiva Criminal.
Agravantes las cuales en criterio de quien esto resuelve y hasta el momento
procesal en que se actúa, se ven materializadas, ya que como se puede advertir de la
dinámica de los hecho plasmada a lo largo de la presente resolución los activos del
delito se valieron del empleo de un arma de fuego con al cual amagaron y
amedrentaron a los testigos ********* que el latrocinio recayó sobre un vehículo de la
marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis, con
número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación ****
del Estado de Zacatecas, un vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003
dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas y el vehículo marca ****, tipo sedán, color gris,
modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****, con el número de motor ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Jalisco y que los participantes en este
evento criminal fueron más de tres personas, por ello que se vean materializadas la
agravantes invocadas por el fiscal consignador. Acreditándose estas agravantes de
manera esencial con lo dicho por los propios inculpados y lo referido por los testigos
*********, probanzas Las cuales fueron oportunamente valorada de conformidad con lo
dispuesto por el ordinal 236 y 264 de la ley procesal en cita.
De ahí pues que el delito de ROBO sea considerado como CALIFICADO, de
conformidad con lo que dispone el diverso 233 en relación al 236 fracciones IX, XI y
XII, de la Ley Penal de la Entidad.
78
IV). PLENA RESPONSABILIDAD PENAL. La plena responsabilidad penal de
*******, por su responsabilidad penal en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO
previsto por los artículos 6 fracción I, 233 en relación con el artículo 236 fracciones IX,
XI y XII del Código Penal Vigente para el Estado de Jalisco, cometido en detrimento
patrimonial de *********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, SI se
encuentra en actuaciones demostrada con los mismos elementos de prueba y medios
de convicción que se mencionaron en los párrafos que antecedes y que en obvio de
repeticiones se dan por reproducidos literalmente en el presente apartado como si a la
letra se trascribieran, tiene aplicación al respecto, el criterio jurisprudencial que bajo el
rubro y texto siguiente se enuncia:
“…RESOLUCIONES EN MATERIA PENAL. LA
TRANSCRIPCIÓN INNECESARIA DE CONSTANCIAS ES
PRÁCTICA DE LA QUE EL JUZGADOR GENERALMENTE DEBE
ABSTENERSE EN ESTRICTO ACATO AL PRINCIPIO DE
LEGALIDAD. La evolución legislativa del artículo 95, fracción IV, del
Código Federal de Procedimientos Penales permite advertir que el
legislador ha querido suprimir de la práctica judicial la arraigada
costumbre de transcribir innecesariamente constancias procesales.
En efecto, la redacción original de tal dispositivo consignaba que toda
sentencia debía contener: "Un extracto breve de los hechos
conducentes a la resolución."; sin embargo, esa estipulación luego
fue adicionada, por reforma de ocho de enero de mil novecientos
noventa y uno, para que a partir de entonces la síntesis sólo se
refiriese al material probatorio, pues el precepto en cita quedó
redactado en los siguientes términos: "Un extracto breve de los
hechos conducentes a la resolución, mencionando únicamente las
pruebas del sumario."; y finalmente, el texto en vigor revela una
posición más contundente del autor de la norma, cuando en la
modificación de diez de enero de mil novecientos noventa y cuatro
estableció que el texto quedara de la siguiente manera: "Un extracto
breve de los hechos exclusivamente conducentes a los puntos
resolutivos del auto o de la sentencia en su caso, evitando la
reproducción innecesaria de constancias.". Por tanto, si como puede
verse, ha sido preocupación constante del legislador procurar que las
sentencias sean más breves, lo que de suyo tiene como finalidad que
sean más comprensibles y menos onerosas en recursos humanos y
materiales, sin género de dudas que esto sólo se logra cuando el
cuerpo de la resolución, en términos de espacio, lo conforman los
razonamientos y no las transcripciones, puesto que el término
"extracto breve", por sí mismo forma idea de una tarea sintetizadora
propia del juzgador, que excluye generalmente al uso de la
transcripción, sólo permitida cuando, dentro de la línea
argumentativa, sea indispensable ilustrar el razonamiento con alguna
79
cita textual que verdaderamente sea de utilidad para la resolución del
asunto; principio que es aplicable no sólo a las sentencias, sino
también a los autos, pues no hay que perder de vista que la redacción
actual del precepto en cita equipara ambas clases de resoluciones.
En conclusión, siendo la transcripción innecesaria de constancias una
práctica que el legislador ha querido proscribir, entonces, los
tribunales están obligados a abstenerse de ella, en estricto acato al
principio de legalidad. TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL
VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO. Novena Época. Registro: 180262.
Jurisprudencia. Materia(s): Penal.
Así como el criterio jurisprudencial que bajo el rubro y texto siguiente se
enuncia:
“…CUERPO DEL DELITO Y PRESUNTA RESPONSABILIDAD.
PRUEBA POR LOS MISMOS ELEMENTOS. Si bien es cierto que el
cuerpo del delito y la presunta responsabilidad resultan ser conceptos
diferentes, en virtud de que el primero se refiere a cuestiones
impersonales relativas a la verificación de un hecho tipificado por la
ley como delito, independientemente de la autoría de la conducta, y la
segunda radica en la atribución de la causación del resultado a una
persona; también lo es que, puede suceder que un medio de
convicción sirva para acreditar ambos extremos, ya que en ese caso,
por un lado puede revelar la existencia de un hecho determinado
como delito y por el otro atribuir la comisión del suceso a un sujeto
específico; por tanto, tener por justificadas ambas premisas con los
mismos datos probatorios no trae como consecuencia una violación
de garantías. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO
CIRCUITO. Octava Época. Registro: 224,782 Jurisprudencia.
Materia(s): Penal.
Con los elementos de prueba antes señalados, a su enlace lógico y natural y
valorados jurídicamente, nos arriba a la conclusión de que queda acreditada la plena
responsabilidad penal de los inculpados ***** por su responsabilidad penal en la
comisión del delito de ROBO CALIFICADO previsto por los artículos 6 fracción I, 233
en relación con el artículo 236 fracciones IX, XI y XII del Código Penal Vigente para el
Estado de Jalisco, cometido en detrimento patrimonial de ********* SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en los términos de los artículos 116, 127 y 132
del Enjuiciamiento Penal del Estado de Jalisco, ya que al ser analizados dichos
elementos de prueba en sus circunstancias, queda plenamente demostrado que
**********A, son las personas que se apoderaron de los diversos objeto muebles
descritos, a saber, que una tercera persona se apodero de un vehículo de la marca
****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis, con número de
serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de
80
Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul, modelo 2008 dos mil ocho,
con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas,
dicha plataforma cargaba el contenedor número ****, con el número de sello o candado
****, color rojo oxido y con la leyenda “****”, vehículo el cual, mediante un remolque
auxiliar tipo “DOLLY” de la marca ****, color negro, con el número de serie ****, se
encuentra enganchado a una plataforma de la marca ****, color blanco, modelo 1993
mil novecientos noventa y tres, con el número de serie ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, misma plataforma que cargaba el contenedor
número ****, con el número de sello o candado ****, color blanco y con la leyenda “****”,
que | se apoderaron de un vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003
dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en color azul,
modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie ****, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, dicha plataforma cargaba el
contenedor número ****, con el número de sello o candado ****, color rojo y con la
leyenda “T ****”, vehículo el cual, mediante un remolque auxiliar tipo “DOLLY” de la
marca ****, color negro, con el número de serie ****, modelo 2008 dos mil ocho, se
encuentra enganchado a un remolque tipo caja seca, de la marca ****, color blanco,
modelo 1994 mil novecientos noventa y cuatro, con el número de serie ****, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, vehículos que al momento del robo
se encontraban cargados con mercancía consistente en 58 cincuenta y ocho toneladas
aproximadamente de chiles seco, mientras que otro sujeto se apodero del vehículo
marca ****, tipo sedán, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de serie ****,
con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de Jalisco, lo
que aconteció aproximadamente a las 15:00 quince horas del 22 veintidós del mes de
septiembre del año 2012 dos mil doce, sobre la autopista Ciudad Guzmán-Acatlán de
Juárez, a 5 cinco kilómetros adelante del crucero a la población de Sayula, Jalisco,
esto con dirección a la población de Acatlán de Juárez, Jalisco, varios sujetos que se
desplazaban en dos vehículos de color negro, a saber uno tipo **** Explores y otro más
tipo **** ****, empleando arma de fuego, con la cuales amenazaron al conductor del
automotor marca ****, tipo sedán, color gris, modelo 2012 dos mil doce, con número de
serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de
Jalisco, **** ******, a quien obligaron a detenerse, haciéndolo descender de este
vehículo, despojándolo del mismo y obligándolo a subir a la camioneta tipo ****, para
después detener el vehículo marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo
2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el número de motor ****, con las
placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****, en
color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con las placas de
circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados, despojando de este
vehículo al conductor ****, a quien haciéndolo subir al vehículo tipo ****, por lo que
continuaron su marcha hasta detener al vehículo marca ****, tipo **** ****, color azul,
modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la marca ****,
en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y ocho, con el número de serie
81
****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados,
haciendo descender al conductor de este automotor *********, para de igual forma
hacerlo subir al vehículo tipo ****, por lo que **********” abordo el vehículo tipo marca
****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el
numero de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la
plataforma de la marca ****, en color azul, modelo 1998 mil novecientos noventa y
ocho, con el número de serie ****, con las placas de circulación **** del Estado de
Zacatecas y a sus acoplados, tripulando el mismo, mientras que *****”, abordo también
este automotor a efecto de manipular el inhibidor satelital con el cual trataron de
interrumpir la señal del localizador satelital que portaba esta unidad motriz, mientras
que un tercero sujeto abordo el automotor marca ****, tipo **** ****, color blanco con
negro, modelo 2006 dos mil seis, con número de serie ****, con el número de motor
****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, la plataforma de la
marca ****, en color azul, modelo 2008 dos mil ocho, con el número de serie ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas y a sus acoplados, los cuales
condujeron con dirección a Guadalajara, Jalisco, mientras que los conductores fueron
posteriormente dejados amarrados de pies y manos, en las cercanías de la
mencionada carretera, en donde después de liberarse de sus ataduras dieron aviso a
los representantes de la empresa, en las que laboran, quienes dieron aviso a las
autoridades correspondientes, por lo que al implementarse un operativo de búsqueda,
las mencionadas unidades de carga pesada con sus respectivos acoplados, fueron
localizadas en la carretera ****, y al ser interceptados por los elementos captores, se
logró la detención de *******a bordo del automotor marca ****, tipo **** ****, color azul,
modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor ****, con
las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas, por su parte **********” fue
detenido cuando descendía de esta unidad, mientras que el conductor de la diversa
unidad marca ****, tipo **** ****, color blanco con negro, modelo 2006 dos mil seis, con
número de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del
Estado de Zacatecas, logro darse a la fuga, siendo estos sujetos detenidos plenamente
identificados por ***********, como las personas que en compañía de otros sujetos lo
desapoderaron del automotor en que se trasportaba de su acoplados y de la mercancía
transportada el mismo; conducta la anterior, que desde luego fue ejecutada sin que
mediara el consentimiento de la persona que legalmente podía disponer de dichos
objetos con arreglo a la ley, de manera que a criterio de quien ahora resuelve, queda
acreditada de manera plena la responsabilidad criminal de ********), en la comisión del
delito de ROBO CALIFICADO, previsto por el artículo 233 en relación con el ordinal
236 fracciones IX, XI y XII, del Código Penal para el Estado, cometido en detrimento
patrimonial de *********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE. Plena
responsabilidad del delito que se acredita con todas y cada una de las pruebas antes
señaladas, pero especialmente con el dicho de los propios acusados *************
donde acepta su participación en los hechos que se le reprochan, así como lo dicho
por los testigos ********, *******
82
No es óbice para quien esto resuelve que la defensa aporto como probanzas de
descargo en favor de su presentado, la ampliación de declaración de *********** los
careos entre el dicho de los imputados con lo referido por los elementos de la Policía
Investigadora ****, **** Y ****, probanzas las cuales se dan por reproducidas, y de la
que analizado su contenido no se advierte manifestación alguna que desacredite
alguno de los elementos conformadores del tipo penal de ROBO CALIFICADO, menos
aún se evidencia circunstancia alguna que releve de responsabilidad a los reos de
marras, por lo que las probanzas antes referidas no son medios convictivos idóneos a
efecto de eximir a los hoy sentenciados de su responsabilidad criminal.
Sin que plenamente se justifique alguna causal que excluya la responsabilidad
penal en los términos del artículo 13 del Código Penal del Estado, al hoy sentenciado,
dado que no existe probanza alguna que acredite al momento de cometer el delito los
reos de marras fueran inimputables, actuaran bajo causas de inculpabilidad o efectuara
una legítima defensa.
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 en con concordancia con el
diverso 56 bis de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Jalisco, el presente delito
no es sujeto de la implementación de métodos alternos de solución de conflictos.
De lo anterior, se colige que los justiciable ***************ntervinieron en los
hechos que se les imputan con plena conciencia de que su actuar era ilegal, en
términos del artículo 11 del código penal para el estado de Jalisco, que reza:
“…Artículo 11.- Son autores o partícipes del delito:
I.- Los que acuerden o preparen su realización.
II.- Los que los realicen por sí;
III.- Los que lo realicen conjuntamente;
IV.- Los que lo lleven a cabo sirviéndose de otro;
V.- Los que induzcan dolosamente a otro a cometerlo;
VI.- Los que dolosamente con conocimiento del delito presten o
auxilien a otro para su comisión;
VII.- Los que con posterioridad a su ejecución auxilien al
delincuente, en cumplimiento de una promesa anterior al delito y
VIII.- los que sin acuerdo previo, intervengan con otros en su
comisión, cuando no se pueda precisar el resultado que cada quien
produjo.
Los autores o partícipes a que se refiere el presente artículo
responderán cada uno en la medida de su propia culpabilidad…”(sic).
En esa tesitura, en primer lugar la conducta ******* se ubica en el supuesto del
artículo 11 fracción II, es decir QUE LO REALICEN POR SI; en los términos ya
precisados en párrafos anteriores, dado a que el caudal de prueba se pondera que el
justiciable de propia voluntad participa en el hecho, apoderándose de cosa mueble sin
83
el derecho de la persona que legalmente podía disponer del mismo. Ello al conducir el
automotor marca ****, tipo **** ****, color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número
de serie ****, con el número de motor ****, con las placas de circulación **** del Estado
de Zacatecas,
Por su parte la conducta de ***********” se ubica en el supuesto del artículo 11
fracción II, es decir QUE LO REALICEN POR SI; en los términos ya precisados en
párrafos anteriores, dado a que el caudal de prueba se pondera que el justiciable de
propia voluntad participa en el hecho, al abordar el automotor marca ****, tipo **** ****,
color azul, modelo 2003 dos mil tres, con número de serie ****, con el número de motor
****, con las placas de circulación **** del Estado de Zacatecas y operar el inhibidor
satelital con el cual trato de impedir el rastreo de este automotor, por vial del
localizador satelital que portaba el mismo.
De igual manera la presente causa no se encuentra dentro de los supuestos de
prescripción de la acción penal de conformidad con lo enunciado por los ordinales 81,
82, 83, 85 y demás relativos y aplicables de la ley procesal de la materia.
V. DE LA INDIVIDUALIZACIÓN DE LA SANCIÓN. En consideración a que
******, fueron encontrados penalmente responsables en la comisión del delito de ROBO
CALIFICADO, previsto por el artículo 233 en contexto con el diverso 236 fracciones IX,
XI y XII, en relación con la fracción I con el diverso 6 del Código Penal Vigente para el
Estado de Jalisco, se procede a individualizar la sanción correspondiente, al tenor de
las disposiciones legales contenidas en los arábigos 40 y 41 y demás relativos del
mismo ordenamiento legal, haciendo las siguientes consideración que:
***
2. El perito que examino a *********, determino que NO PRESENTA
ALTERACIONES DE SUS FACULTADES MENTALES, tiene una edad de 33 treinta y
tres años de edad, estudio la educación primaria, es chofer, su conducta actual es de
Robo Calificado, su condición económica es baja, la víctima es **********”, SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con el cual no tiene relación alguna. De los
antecedentes penales se advierte que el mismo es primo delincuente.
3. Las circunstancias de ejecución de los hechos delictivos que nos ocupan y
que fueron imputados a **********, se han dejado trascritas a lo largo de la presente
resolución, de las que destacan que el procesado actuó de manera consciente y que el
delito que perpetro son de los considerados como dolosos y que fue cometido en
contra de ********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de
quien ejecuto la conducta que se le imputa.
84
Por ello y tomando en consideración que la fiscalía solicito que se aplicara para
el delito de ROBO CALIFICADO en los términos del artículo 236 bis inciso D, en
contexto con el artículo 6 fracción I, del Código Penal para el Estado de Jalisco, que
prevé una sanción de 09 nueve a 20 veinte años de prisión y hasta 1000 mil días de
multa, cuando intervenga la calificativa que se consigna en la fracción IX o cuando
concurran dos o más de las calificativas enunciadas en el artículo 236,
independientemente del monto de lo robado; cuando concurra entre las calificativas la
IX antes referida, se incrementarán las penas hasta una tercera parte más de la que
resulte aplicable; si bien es cierto que el sentenciado *********, cuenta con
antecedentes penales, según el oficio recibido del informe de anteriores prisiones;
también resulta ser cierto que la conducta desplegada por el activo, así como al
dinámica en que se desarrollaron los evento criminales materia de esta causa son
efectivos para considera que su peligrosidad como media, y que es posible que
reincida en su actuar delictivo, por lo cual resulta pertinente imponer a juicio del que
resuelve, la sanción media que corresponde al delito de ROBO CALIFICADO en los
términos del artículo 236 bis inciso D) del Código Penal del Estado que es de 14
catorce años 06 seis meses de prisión y multa por el importe de 500 quinientos días de
multa a razón de $ 58.13 (cincuenta y ocho pesos 13/100 moneda nacional), la cual se
ve traducida en $29,065.00 (veintinueve mil sesenta y cinco pesos 00/100 moneda
nacional), ahora bien en acatamiento a lo preceptuado por la fracción D del ordinal en
cita, cuando concurra entre las calificativas la IX antes referida, se incrementarán las
penas hasta una tercera parte más de la que resulte aplicable, porque lo que se deba
de sumar a la pena impuesta 04 cuatro años 08 ocho meses de prisión, por lo que se
condena a *********** compurgar una pena de 19 DIECINUEVE AÑOS 02 DOS
MESES de prisión, la cual comenzara a computarse a partir del día 22 veintidós de
septiembre de 2012 dos mil doce, fecha en que fuera detenido por estos hechos
Ahora bien, habrá de entenderse la pena corporal impuesta únicamente con
derecho al beneficio de la LIBERTAD CONDICIONAL DE LA PENA, en los términos
del artículo 67 del código Penal del Estado, al efecto, la sanción impuesta deberá
compurgarse en el Reclusorio de la Zona ****, con sede en Ciudad Guzmán Jalisco, o
el lugar que para ello designe el ejecutivo de la entidad, a disposición de quien deberá
quedar el hoy enjuiciado al causar ejecutoria esta resolución, por otra parte, durante su
internamiento, deberá el enjuiciado ser sometido a un régimen de trabajo y superación
intelectual acorde con sus aptitudes e instrucción, ello para su mejor y más pronta
regeneración y readaptación a la sociedad.
**********; cargador, quien actualmente percibe un suelo de $1,200.00 (mil
doscientos pesos 00/100 moneda nacional) semanales; que 04 personas que
dependen de él, siendo estos sus cuatro hijos; que NO tiene bienes raíces de su
propiedad; que sabe leer y escribir, en virtud de haber cursado la educación primaria
terminada; es católico; NO acostumbra cambiarse de nombre, es la segunda ocasión
que se encuentra a disposición de una Autoridad Judicial en el ejercicio de sus
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funciones, porque la primera ocasión estuve en Puente Grande, por delitos contra la
salud; que NO acostumbra los cigarrillos de tabaco, que SI ingiere bebidas
embriagantes, que NO acostumbra las drogas o enervantes; que SI tiene apodo
conocido, siendo este “******** no pertenece a ninguna etnia o grupo indígena, entiende
el idioma castellano; que sus padres son: ****
2. El perito que examino a *******, determino que NO PRESENTA
ALTERACIONES DE SUS FACULTADES MENTALES, tiene una edad de 40 cuarenta
años de edad, estudio la educación primaria, es cargador, su conducta actual es de
Robo Calificado, su condición económica es baja, la víctima es ************ SOCIEDAD
ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, con el cual no tiene relación alguna. De los
antecedentes penales se advierte que el mismo es primo delincuente.
3. Las circunstancias de ejecución de los hechos delictivos que nos ocupan y
que fueron imputados a ********, se han dejado trascritas a lo largo de la presente
resolución, de las que destacan que el procesado actuó de manera consciente y que el
delito que perpetro son de los considerados como dolosos y que fue cometido en
contra de ********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de
quien ejecuto la conducta que se le imputa.
Por ello y tomando en consideración que la fiscalía solicito que se aplicara para
el delito de ROBO CALIFICADO en los términos del artículo 236 bis inciso D, en
contexto con el artículo 6 fracción I, del Código Penal para el Estado de Jalisco, que
prevé una sanción de 09 nueve a 20 veinte años de prisión y hasta 1000 mil días de
multa, cuando intervenga la calificativa que se consigna en la fracción IX o cuando
concurran dos o más de las calificativas enunciadas en el artículo 236,
independientemente del monto de lo robado; cuando concurra entre las calificativas la
IX antes referida, se incrementarán las penas hasta una tercera parte más de la que
resulte aplicable; si bien es cierto que el sentenciado ********* cuenta con
antecedentes penales, según el oficio recibido del informe de anteriores prisiones;
también resulta ser cierto que la conducta desplegada por el activo, así como al
dinámica en que se desarrollaron los evento criminales materia de esta causa son
efectivos para considera que su peligrosidad como media, y que es posible que
reincida en su actuar delictivo, por lo cual resulta pertinente imponer a juicio del que
resuelve, la sanción media que corresponde al delito de ROBO CALIFICADO en los
términos del artículo 236 bis inciso D) del Código Penal del Estado que es de 14
catorce años 06 seis meses de prisión y multa por el importe de 500 quinientos días de
multa a razón de $ 58.13 (cincuenta y ocho pesos 13/100 moneda nacional), la cual se
ve traducida en $29,065.00 (veintinueve mil sesenta y cinco pesos 00/100 moneda
nacional), ahora bien en acatamiento a lo preceptuado por la fracción D del ordinal en
cita, cuando concurra entre las calificativas la IX antes referida, se incrementarán las
penas hasta una tercera parte más de la que resulte aplicable, porque lo que se deba
de sumar a la pena impuesta 04 cuatro años 08 *********** compurgar una pena de 19
DIECINUEVE AÑOS 02 DOS MESES de prisión, la cual comenzara a computarse a
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partir del día 22 veintidós de septiembre de 2012 dos mil doce, fecha en que fuera
detenido por estos hechos
Ahora bien, habrá de entenderse la pena corporal impuesta únicamente con
derecho al beneficio de la LIBERTAD CONDICIONAL DE LA PENA, en los términos
del artículo 67 del código Penal del Estado, al efecto, la sanción impuesta deberá
compurgarse en el Reclusorio de la Zona ****, con sede en Ciudad Guzmán Jalisco, o
el lugar que para ello designe el ejecutivo de la entidad, a disposición de quien deberá
quedar el hoy enjuiciado al causar ejecutoria esta resolución, por otra parte, durante su
internamiento, deberá el enjuiciado ser sometido a un régimen de trabajo y superación
intelectual acorde con sus aptitudes e instrucción, ello para su mejor y más pronta
regeneración y readaptación a la sociedad.
VI. DEL ESTUDIO DE LA PROCEDENCIA DEL PAGO DE LA REPARACIÓN
DEL DAÑO.
El órgano acusador, solicito en sus conclusiones lo concerniente a
la reparación del daño material, que establece el artículo 25, 94, 95, 96 Fracción III y
103 del Código Penal para el Estado de Jalisco, en contra de los justiciables ************
a favor del ofendido *******”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
Sin embargo esta autoridad advierte que el fiscal de la adscripción al formular
su pliego acusatorio, solicito que el monto o cuantía de la reparación del daño, se
determinara en la vía incidental de ejecución de sentencia, aunado a que lo señala el
apartado b), fracción IV del Artículo 20 constitucional, que el Juez no podrá absolver
del pago de Reparación del daño si:
a).- dicto sentencia condenatoria y
b).- no se cuenta en autos con el perdón legal del ofendido. Por lo que se
deduce que para efectos de absolver de tal sanción pecuniaria se requiere el perdón
del ofendido y que se decrete la absolución del o los procesados, lo cual no acontece
en el caso a estudio, ya que no obra en autos el perdón de la ofendida y no se decretó
la absolución del procesado, sino por el contrario se le encontró plenamente
responsable en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO y se le sancionó y no es
necesario que en la instrucción el pasivo acredite la relación entre el gasto que hizo y
los daños, sino que esto forma parte de la ejecución tal y como lo dispone el citado
dispositivo legal, el cual entre otras cosas indica: Articulo 20 En todo proceso de orden
penal la victima ó el ofendido, tendrán las siguientes garantías B) de la victima o el
ofendido: IV.- Que se le repare el daño. En los casos en que sea procedente, el
Ministerio Publico esta obligado a solicitar la Reparación del Daño, y el Juzgador no
podrá absolver al sentenciado de dicha reparación si ha emitido una sentencia
condenatoria. La ley fijara procedimientos ágiles para ejecutar las sentencias en
materia de Reparación del daño;” Por lo que se condena a *********, a pagar la
Reparación del Daño, a favor de la ofendida y se ordena dejar el Quantum para la
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ejecución de sentencia como lo determina la ley ya mencionada, resultando aplicable la
contradicción de tesis siguiente:
Primera Sala, Novena Época, visible en el Semanario Judicial de la Federación
y su Gaceta, tomo: XXIII, Marzo de 2006, tesis: 1a./J. 145/2005, página: 170, bajo el
rubro:
“…REPARACIÓN DEL DAÑO. ES LEGAL LA SENTENCIA
CONDENATORIA QUE LA IMPONE AUNQUE EL MONTO
CORRESPONDIENTE PUEDA FIJARSE EN EJECUCIÓN DE ÉSTA.
El artículo 20, apartado B, fracción IV, de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos establece como garantía individual de
las víctimas u ofendidos de un delito, la reparación del daño para
asegurar de manera puntual y suficiente la protección a sus derechos
fundamentales y responder al reclamo social frente a la impunidad y a
los efectos del delito sobre aquéllos, garantizando que en todo
proceso penal tengan derecho a una reparación pecuniaria por los
daños y perjuicios ocasionados por la comisión del delito, para lograr
así una clara y plena reivindicación de dichos efectos en el proceso
penal; destacando la circunstancia de que el Constituyente reguló los
fines preventivos con los indemnizatorios del procedimiento penal, al
exigir para la libertad del inculpado una caución suficiente que
garantice la reparación de los daños y perjuicios, lo cual confirma que
en todo procedimiento penal debe tutelarse como derecho del sujeto
pasivo del delito, la indemnización de los perjuicios ocasionados por
su comisión, a fin de reconocerle la misma importancia a la protección
de los derechos de la víctima que a los del inculpado, conciliando una
manera ágil para reparar el daño causado por el delito. De lo anterior
se concluye que la reparación del daño tiene el carácter de pena
pública y, por ende, al ser parte de la condena impuesta en el
procedimiento penal, deberá acreditarse en éste y no en otro; sin
embargo, su quántum no es parte de la sentencia condenatoria, sino
que es una consecuencia lógica y jurídica de ésta, porque lo que se
acredita en el procedimiento penal es el derecho del ofendido o la
víctima para obtener la reparación del daño con motivo del ilícito
perpetrado en su contra; de ahí que cuando el Juez no cuente con los
elementos necesarios para fijar en el fallo el monto correspondiente,
podrá hacerlo en ejecución de sentencia, por así permitirlo el citado
precepto constitucional…”(sic).
De lo anterior se concluye que la Reparación del daño, tiene el carácter de pena
pública y por ende al ser parte de pena pública y al ser parte de la condena impuesta
en el procedimiento penal, deberá acreditarse en este y no en otro; sin embargo su
quantum no es parte de la sentencia condenatoria sino que es una consecuencia lógica
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y jurídica de esta, porque lo que se acredita en el proceso penal es el derecho del
ofendido ó la víctima para obtener la Reparación del daño, con motivo del ilícito
perpetrado en su contra, por lo que se dejan a salvo el derecho del pasivo para que en
vía incidental y en etapa de cumplimiento de la presente sentencia, promueva lo
conducente para cuantificar dichos daños.
VII. AMONESTACIÓN. Amonéstese a los sentenciados *******en audiencia
explicándoles las consecuencias del delito que cometió, exhortándolos a la enmienda y
previniéndole de las sanciones agravadas que podrán imponérsele en caso de que
reincida, en los términos señalados por los artículos 30, del Código Penal para el
Estado y el diverso 295 de la Ley Adjetiva Vigente.
El defensor de Oficio, en la audiencia de vista alega lo siguiente: “…Esta
defensa apela a buena fe de su señoría al momento de dictar sentencia definitiva en el
asunto que nos ocupa, la cual debe de ser apegada a los parámetros estipulados por
los artículos 40 y 41 del Código Penal del Estado de Jalisco…”(sic). Para lo cual
dígasele al defensor de Oficio que su manifestación ya ha sido provista al momento de
individualizar la pena del sentenciado, de conformidad con el articulo 40 y 41 del
Código Punitivo Estatal.
Por lo anteriormente expuesto, motivado y fundado y de conformidad con lo
señalado por los artículos 70, 71, 73, 74, 77, 78 y demás relativos del Código de
Procedimientos Penales del Estado de Jalisco, este a quo resuelve al tenor de las
siguientes:
P R O P O S I C I O N E S:
PRIMERA. Por los motivos y fundamentos expuestos en el apartado
considerativo de la presente sentencia definitiva, se declara penalmente responsable a
********, por su responsabilidad penal en la comisión del delito de ROBO CALIFICADO
previsto por los artículos 6 fracción I, 233 en relación con el artículo 236 fracciones IX,
XI y XII del Código Penal Vigente para el Estado de Jalisco, cometido en detrimento
patrimonial de *-*********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE.
SEGUNDA. Por tal responsabilidad es de imponerse y se impone, a **********,
una pena de 19 diecinueve años 02 dos meses de prisión y multa por el importe de
$29,065.00 (veintinueve mil sesenta y cinco pesos 00/100 moneda nacional), cantidad
equivalente a 500 quinientos días de multa a razón de $ 58.13 (cincuenta y ocho pesos
13/100 moneda nacional). Habrá de entenderse que la pena corporal impuesta
únicamente con derecho al beneficio de la LIBERTAD CONDICIONAL DE LA PENA,
en los términos del artículo 67 del código Penal del Estado.
TERCERA. Ha lugar a condenar y se condena a los Sentenciado ******** al
pago de la Reparación del Daño a favor de *********”, SOCIEDAD ANÓNIMA DE
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CAPITAL VARIABLE, por lo que se ordena dejar el Quantum para la etapa de
ejecución de sentencia.
CUARTA. AMONÉSTESE a los sentenciados ******** en audiencia explicándole
las consecuencias del delito que cometieron, exhortándolos a la enmienda y
previniéndole de las sanciones agravadas que podrán imponérsele en caso de que
reincida, en los términos señalados por los artículos 30, del Código Penal para el
Estado y el diverso 295 de la Ley Adjetiva Vigente.
QUINTA. Hágase del conocimiento de las partes y en especial del sentenciado
el contenido del presente fallo, así como el derecho y termino de 5 cinco días que la
legislación procesal les concede para recurrirlo en apelación en caso de inconformidad
con el mismo.
SEXTA. Remítase copias autorizadas de la presente resolución al Alcaide de la
Cárcel Pública de esta Municipalidad, para su conocimiento y efectos legales a que
haya lugar, e infórmese al Vocal de que se actualicé el Padrón de Suspensión de
derechos Electorales.
NOTIFÍQUESE PERSONALMENTE.
Así lo resolvió y firma el Licenciado MARIO MURGO MAGAÑA, Juez Mixto de
Primera Instancia del Octavo Partido Judicial en Unión de su Secretario Licenciado
MARIO ALÁN NIETO SILVA, quien autoriza y da fe.
Enterado el Agente del Ministerio Público de la Adscripción, ABOGADO __________________________________ en el Local de este H. Juzgado Mixto de Primera Instancia y de conformidad a lo previsto por los artículos 59, 60, 64, 65 y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco a las ________________ horas, del día___________ del mes de ____________________del año 2015 dos mil quince, una vez enterado del contenido de la presente resolución manifestó que______________________, sabedor del término de 05 cinco días que la ley le confiere para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad y que ______firma para debida constancia en unión de la Notificadora.- Conste.
Enterado el sentenciado ************A, en el Local de este H. Juzgado Mixto de
Primera Instancia y de conformidad a lo previsto por los artículos 59, 60, 64, 65 y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco a las ________________ horas, del día___________ del mes de
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____________________del año 2015 dos mil quince, una vez enterado del contenido de la presente resolución manifestó que______________________, sabedor del término de 05 cinco días que la ley le confiere para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad y que ______firma para debida constancia en unión de la Notificadora.- Conste.
Enterado el sentenciado *********, en el Local de este H. Juzgado Mixto de
Primera Instancia y de conformidad a lo previsto por los artículos 59, 60, 64, 65 y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco a las ________________ horas, del día___________ del mes de ____________________del año 2015 dos mil quince, una vez enterado del contenido de la presente resolución manifestó que______________________, sabedor del término de 05 cinco días que la ley le confiere para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad y que ______firma para debida constancia en unión de la Notificadora.- Conste.
Enterado el defensor oficial Licenciado MANUEL ALEJANDRO ZÚÑIGA
LARIOS en el Local de este H. Juzgado Mixto de Primera Instancia y de conformidad a lo previsto por los artículos 59, 60, 64, 65 y demás aplicables del Código de Procedimientos Penales del Estado de Jalisco a las ________________ horas, del día___________ del mes de ____________________del año 2015 dos mil quince, una vez enterado del contenido de la presente resolución manifestó que______________________, sabedor del término de 05 cinco días que la ley le confiere para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad y que ______firma para debida constancia en unión de la Notificadora.- Conste.