senati
DESCRIPTION
firma de los órganos de la junta, ni la intervención de las personas que en determinadas juntas son designadas al efecto.TRANSCRIPT
SENATI
Historia
Orígenes de la InstituciónMotivados por el hecho que la formación profesional y la educación técnica
tradicionales no otorgaban las calificaciones requeridas por la actividad productiva
moderna, los empresarios de la Sociedad Nacional de Industrias decidieron en 1960,
promover la creación de una institución destinada específicamente a desarrollar las
aptitudes humanas para el desempeño competente de las ocupaciones profesionales
de la actividad industrial manufacturera y de las labores de instalación, reparación y
mantenimiento; para cuyo financiamiento se impusieron un autogravamen o
contribución económica mensual. En atención a esta iniciativa de los empresarios, el
SENATI fue creado el 19 de Diciembre de 1961 mediante la Ley Nº 13771.
Naturaleza Jurídica:El Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial SENATI, conforme a la
Ley Nº 26272, modificada por la Ley Nº 29672, es una persona jurídica de derecho
público, con autonomía técnica, pedagógica, administrativa y económica, con
patrimonio propio, de gestión privada, no comprendida en el ámbito de aplicación de
las normas del sistema administrativo del sector público, que tiene por finalidad
proporcionar formación profesional y capacitación a los trabajadores de las
actividades productivas consideradas en la categoría D de la Clasificación Industrial
Internacional Uniforme (CIIU) de todas las actividades económicas de las Naciones
Unidas (Revisión 3) y de todas las demás actividades industriales de instalación,
reparación y mantenimiento contenidas en cualquier otra de las categorías de la
misma clasificación .
EL SENATI se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 26272, su
modificatoria la Ley Nº 29672, su Estatuto aprobado por el Consejo Nacional, y la Ley
Nº 17045, que le dan la naturaleza de ser una organización de gestión privada porque
no forma parte del Presupuesto del Sector Público y goza de autonomía en su
gestión y el consejo nacional tiene la responsabilidad exclusiva en la administración
y aplicación de las rentas del SENATI, así como a dictar todas las normas de control
que aseguren la recta aplicación de la rentas, de acuerdo con los fines del SENATI.
Financiamiento de las Actividades y Recursos:El SENATI financia sus actividades con los siguientes recursos:
La contribución económica que aportan mensualmente las empresas de más de 20
trabajadores, respecto al personal dedicado a la actividad industrial manufacturera y a
las labores de instalación, reparación y mantenimiento. El monto de la contribución es
equivalente al 0.75% del total de las remuneraciones que paguen las empresas a sus
trabajadores. Las empresas aportantes tienen derecho a formar gratuitamente a
futuros trabajadores operativos, así como capacitar a sus trabajadores en servicio.
Los recursos generados por la prestación de servicios de capacitación y
asistencia técnica.
Los provenientes de la Cooperación Técnica Internacional y nacional.
Dispositivos legales y normas que rigen la contribución al SENATI.
Reglamento de Organización y funciones. (ESTATUTO DEL SENATI
APROBADO POR SU CONSEJO NACIONAL).
Reglamento de la Contribución.
Código Tributario.
Ley de Organización y funciones del SENATI Nº 26272.
Ley Nº 29672, Ley que autoriza al SENATI otorgar títulos a nombre de la Nación.
MISION
Formar y capacitar a las personas para empleos dignos y de alta productividad, en apoyo a la industria nacional en el contexto global, para contribuir a la mejora de la calidad de vida de la sociedad.
VISION
Liderar en el Perú y América Latina, la educación técnica para el desarrollo de la empleabilidad y de la competitividad de las unidades productivas.
FuncionesEl SENATI: Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial es una
institución que tiene por finalidad proporcionar formación profesional y capacitación
para la actividad industrial manufacturera y para las labores de instalación, reparación
y mantenimiento realizadas en las demás actividades económicas.
NivelesEn función de los diferentes requerimientos que se presentan en la estructura
ocupacional de la actividad productiva, el SENATI ha establecido programas de
formación y capacitación profesional para los siguientes niveles ocupacionales:
Nivel Técnico Operativo.
Nivel Técnico Medio.
Nivel Técnico Superior.
Metodología La metodología de enseñanza, más caracterizada del SENATI es el "aprender
haciendo " y en condiciones reales de producción. La formación en ocupaciones
técnicas operativas se realiza mayormente con el "Sistema Dual SENATI-Empresa",
que se caracteriza por alternar actividades en los Centros de Formación Profesional
con aprendizaje práctico dentro de las empresas.
Son cerca de 8 600 las empresas que, a nivel nacional, participan en el Aprendizaje
Dual conducido por el SENATI.
Funciones del SENATILa función principal del SENATI es impartir formación y capacitación profesional para
la actividad industrial manufacturera y para las labores de instalación, reparación y
mantenimiento. Asimismo, desarrolla servicios técnicos.
Para el cumplimiento de sus funciones, el SENATI ha establecido un Sistema de
Formación y Capacitación Profesional que responde a las reales demandas de la
actividad productiva. Este sistema tiene las siguientes características:
Participación de los empresarios en los órganos de dirección y en los procesos
de planificación y desarrollo de la formación profesional: aproximadamente 250
empresarios, a nivel nacional.
Programas, perfiles profesionales, contenidos curriculares, metodologías y
formas organizativas que siguen el enfoque de formación profesional por
competencias laborales concretas.
Personal técnico-docente y de gestión con experiencia industrial, capacitado y
perfeccionado en países altamente desarrollados de América, Europa y Asia.
Centros de Formación y Capacitación profesional con equipamiento moderno y
permanentemente actualizado.
Tecnología educativa innovadora en materia de formación profesional técnica,
con reconocimiento a nivel nacional e internacional.
Experiencia en la gestión económico-financiera acorde con las técnicas
modernas de calidad, productividad y rentabilidad.
CONFORMACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DEL SENATIPERIODO 2012 - 2013
Presidente
Dr. Aurelio Alberto Rebaza Franco
Designado por la Sociedad Nacional de Industrias
Vicepresidente
Sr. Rafael Arosemena Cillóniz
Elegido por los Presidentes de los Consejos Zonales
Consejeros Titulares
Sr. Luis Cáceres Graziani
Designado por la Sociedad Nacional de Industrias
Sra. Marina Mejía Quiñones
Designada por la Sociedad Nacional de Industrias
Sr. Juan Miguel Figuerola Chmyzwoski
Designado por la Sociedad Nacional de Industrias
Sr. Felipe James Callao
Designado por la Sociedad Nacional de Industrias
Sr. Víctor Alvarez Cabrera
Designado por APEMIPE
Sr. Francisco Martinotti Sormani
Designado por el Ministerio de la Producción
Sr. Fernando Bolaños Galdós
Designado por el Ministerio de Educación
Sr. Edgar Auberto Quispe Remón
Designado por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
Sr. Jorge Rojas Mori
Designado por los Presidentes de los Consejos Zonales
Ing Gustavo Barberis Romero
Designado por los Presidentes de los Consejos Zonales
Sr. Rómulo Javier Bonilla Pomachari
Designado por los Egresados de los Programas del SENATI
Consejeros Suplentes
Sr. Adolfo Macha Olivera
Designado por la Sociedad Nacional de Industrias
Dr. Juan Carlos Huyhua Mamani
Designado por los Presidentes de los Consejos Zonales
Ing. Elie Scialom Gabel
Designado por la Sociedad Nacional de Industrias
Sr. Raúl Saldías Haettenschweiler
Designado por la Sociedad Nacional del Industrias
Sr. Roberto Muttini Bertolero
Designado por la Sociedad Nacional de Industrias
Ing .Rolando Piskulich Johnson
Designado por la Sociedad Nacional de Industrias
Sr. Juan Luis Bracesco Chumpitazi
Designado por APEMIPE
Sra. Carmen Rosa Mora Donayre
Designada por el Ministerio de la Producción
Srta. Cinthia Vidal De la Torre
Designada por el Ministerio de Educación
Sra. Lupe Graciela Fernández Castillo
Designada por los Presidentes de los Consejos Zonales
Dr. Raúl Alfredo Herrera Dávila
Designado por los Presidentes de los Consejos Zonales
Sr. Miguel Angel Hospinal Moori
Designado por los Egresados de los Programas del SENATI
Direcciones ZonalesDirector NacionalSr. Jorge Antonio Rivera
Zonal Ancash
Director Zonal: César Agusto Cruz Monzón
Zonal Arequipa - Puno
Director Zonal: Pedro César Bravo García
Zonal Cajamarca sur - Amazonas
Director Zonal: Enrique Alarcón Caballero
Zonal Cusco - Apurimac - Madre de Dios
Director Zonal: Jorge Luis Alcázar del Castillo
Zonal Ica - Ayacucho
Director Zonal: Jaime Armando Guardia Gutierrez
Zonal Junín - Pasco - Huancavelica
Director Zonal: Jorge Luis Delgado Cárdenas
Zonal La Libertad
Director Zonal: Jorge Abelino Pizarro Medina
Zonal Lambayeque - Cajamarca norte
Director Zonal: José Antonio Teran Sánchez
Zonal Lima - Callao
Director Zonal: Raúl Ernesto Camogliano Pazos
Zonal Loreto
Director Zonal: Wilson Guerra Sangama
Zonal Moquegua - Tacna
Director Zonal: Carlos Hernan Condori Vargas
Zonal Piura - Tumbes
Director Zonal: Julio Cesar Mendez La Torre
Zonal San Martin
Director Zonal: Jorge Milton Isidro Salcedo Chambergo
Zonal Ucayali - Huánuco
Director Zonal: José Antonio Trujillo Alcántara
Conasev
Finalidad y Funciones
La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos. Tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa, económica, técnica y presupuestal.
Son funciones de la SMV las siguientes:
a.Dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de productos y sistema de fondos colectivos.
b. Supervisar el cumplimiento de la legislación del mercado de valores, mercado de productos y sistemas de fondos colectivos
por parte de las personas naturales y jurídicas que participan en dichos mercados.Las personas naturales o jurídicas sujetas a la supervisión de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) lo están también a la SMV en los aspectos que signifiquen una participación en el mercado de valores bajo la supervisión de esta última.
c. Promover y estudiar el mercado de valores, el mercado de productos y el sistema de fondos colectivos.
Asimismo, corresponde a la SMV supervisar el cumplimiento de las normas internacionales de auditoría por parte de las sociedades auditoras habilitadas por un colegio de contadores públicos del Perú y contratadas por las personas naturales o jurídicas sometidas a la supervisión de la SMV en cumplimiento de las normas bajo su competencia, para lo cual puede impartir disposiciones de carácter general concordantes con las referidas normas internacionales de auditoría y requerirles cualquier información o documentación para verificar tal cumplimiento.
Reseña HistóricaLa Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) fue creada formalmente mediante la Ley Nº 17020 publicada el 28 de mayo de 1968, bajo la denominación de Comisión Nacional de Valores, habiendo iniciado sus funciones el 02 de junio de 1970, a partir de la promulgación del Decreto Ley N° 18302. Dicha norma dispuso que la Comisión Nacional de Valores sería un organismo público desconcentrado del sector economía y finanzas, responsable del estudio, reglamentación y supervisión del mercado de valores, de las bolsas de valores, de los agentes de bolsa y demás partícipes de dicho mercado.
Las competencias originales de la Comisión Nacional de Valores fueron ampliadas posteriormente, destacando entre estas las siguientes:
i. El Decreto Ley Nº 19648, publicado el 07 de diciembre de 1972, que otorgó a la Comisión la supervisión de las personas jurídicas organizadas de acuerdo a la entonces Ley de Sociedades Mercantiles y sustituyendo la denominación de Comisión Nacional de Valores por la de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV). Posteriormente, mediante Ley N° 27323 publicada el 23 de julio de 2000, dicha función fue trasladada al Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI);
ii. El Decreto Ley N° 21907, publicado el 01 de septiembre de 1977, que encargó a la CONASEV la supervisión de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos; y,
iii. La Ley Nº 26361, publicada el 30 de septiembre de 1994, que otorgó a la CONASEV la facultad de supervisar el mercado de productos y a los agentes que participan en dicho mercado.
Mediante la Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, aprobada por Ley N° 29782, que entró en vigencia el 28 de julio de 2011, se sustituyó la denominación de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores por la de Superintendencia del Mercado de Valores, otorgándole a su vez mayores facultades para el cumplimiento de sus funciones.
La SMV es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas que tiene por finalidad velar por la protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción. Tiene personería jurídica de derecho público interno y goza de autonomía funcional, administrativa, económica, técnica y presupuestal.
Organigrama(Hasta el segundo nivel Organizacional)(*) Ver Organigrama completo
Mediante Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, se sustituyó la denominación de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV por la de Superintendencia del Mercado de Valores – SMV, modificando su estructura orgánica.
Órganos de Línea según ROF
Superintendente y DirectorioLa máxima autoridad ejecutiva y titular del pliego presupuestario de la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV es el Superintendente del Mercado de Valores, quien preside el Directorio de la institución y ejerce la representación oficial de la Superintendencia.
El Directorio es el órgano de la SMV encargado de aprobar las políticas y objetivos institucionales así como la normativa aplicable a los mercados bajo competencia de la SMV. Está compuesto por el Superintendente del Mercado de Valores, quien lo preside y cuatro directores nombrados por el Poder Ejecutivo mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas (MEF), uno a propuesta del Ministerio de Economía y Finanzas, uno a propuesta del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) y uno a propuesta de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS). Además integra el Directorio de la SMV un director independiente, quien no debe tener conflictos de interés ni encontrarse vinculado en el ejercicio de su profesión con las materias bajo la competencia de la SMV.
Superintendente del Mercado de Valores
Lilian Rocca Carbajal
Otros miembros del Directorio de la SMV
Oscar Graham YamahuichiCarlos Augusto Ballon AvalosMila Luz Guillén Rispa
Visión y Misión InstitucionalesLas declaraciones de visión, misión, valores institucionales, enfoques transversales de intervención y el lema institucional; se presentan a continuación.
“EL MERCADO DE VALORES, LAS OFERTAS PUBLICAS DE ACCIONES, PROCEDIMIENTO Y CONTROL DE LA CONASEV”
INTRODUCCION …………………Pg.3
CONASEV …………………Pg.4
HISTORIA …………………Pg.4
SMV …………………Pg.5
VISION Y MISION …………………Pg.7
CODIGO DE ETICA Y VALORES …………………Pg8.
ESTRUCTURA …………………Pg.9
REGIMEN LABORAL, ECONOMICO Y FINANCIERO ………………… Pg.16
FUNCIONES ……………… Pg.17
CONASEV Y MERCADO DE VALORES ……………… Pg.20
CONASEV Y LA INFORMACION FINANCIERA ……………… Pg.22
En el presente trabajo encontraremos la recopilación de temas importantes para el
desarrollo del curso así como también la historia de CONASEV y en qué gobierno se
dio, también mediante que decreto de ley fue establecido; las funciones que cumple
dentro del sistema financiero de nuestro país.
La supervisión de los agentes de intermediación tiene especial relevancia en el
mercado de valores por cuanto dicha actividad coadyuva a que se brinde una
adecuada protección a los inversionistas, fortalezca la confianza de éstos en el
mercado de valores y contribuya a su desarrollo.
CONASEV para supervisar a las sociedades agentes de bolsa y a las sociedades
intermediarias de valores cuenta con un Sistema Modular de Supervisión de Agentes
de Intermediación.
Ello permite la sistematización de los procedimientos de supervisión y control.
Ya que para nosotros estudiantes de contabilidad es muy importante conocer la labor
que realiza Promover la eficiencia del mercado de valores y productos, así como del
sistema de fondos colectivos, a través de la regulación, supervisión y difusión de
información, fortaleciendo la confianza y la transparencia entre sus participantes;
apoyados en una organización tecnológicamente competitiva que privilegia el
conocimiento, el desempeño y la ética profesional.Ya que CONASEV puede
establecer sanciones a las empresas al no cumplir con las obligaciones establecidas
con el fin de regular las actividades.
HISTORIA:
CONASEV fue creada formalmente el 28 de mayo de 1968 mediante Ley N° 17020,
durante el primer gobierno del presidente Fernando Belaúnde Terry, e inició sus
funciones el 2 de junio de 1970. El golpe de estado del General Juan Velasco Alvarado
interrumpió su implementación, la misma que continuó con la promulgación del
Decreto Ley Nº 18302.
El 30 de diciembre de 1992, durante el gobierno de Alberto Fujimori, se expidió el
Decreto Ley Nº 26126 que es la norma que regula esta entidad actualmente y la
establece como institución pública del Sector Economía y Finanzas.
Las competencias originales de la Comisión fueron ampliadas mediante (I) Decreto
Ley Nº 19648, publicado el 07 de diciembre de 1972, que otorgó a la Comisión la
super vigilancia de las personas jurídicas organizadas de acuerdo a la entonces Ley
de Sociedades Mercantiles y sustituyó la denominación de Comisión Nacional de
Valores por la de Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV);
(II) Decreto Ley N° 21907, publicado el 01 de septiembre de 1977, que encargó a la
Comisión la super vigilancia de las Empresas Administradoras de Fondos Colectivos,
(III) Ley Nº 26361, publicada el 30 de septiembre de 1994, que otorgó a la entonces
CONASEV la facultad de supervisar el mercado de productos y los agentes que
participen de dicho mercado , entre otras normas posteriores.
Finalmente, mediante Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del
Mercado de Valores, se sustituyó la denominación de Comisión Nacional Supervisora
de Empresas y Valor es - CONASEV por la de Superintendencia del Mercado de
Valores – SMV. De acuerdo con dicha ley, la SMV tiene como finalidad velar por la
protección de los inversionistas, la eficiencia y transparencia de los mercados bajo su
supervisión, la correcta formación de precios y la difusión de toda la información
necesaria para tales propósitos, a través de la regulación, supervisión y promoción.
PRINCIPAL OBJETIVO:
Asegurar que los mercados de valores y productos sean justos, eficientes y
transparentes y proteger al inversor.
A través de:
* Regulación
* Supervisión (monitoreo, inspecciones, sanciones de conductas impropias).
* Difusión de los riesgos y bondades de los mercados.
La CONASEV se moderniza y cambia de nombre
Ahora será la Superintendencia del Mercado de Valores y queda autorizada para
imponer sanciones automáticas.
Una discusión que ya tenía más de un año terminó ayer por la noche. La Comisión
Permanente del Congreso aprobó la disposición que convierte a la Comisión Nacional
Supervisora de Empresas y Valores (CONASEV) en la Superintendencia del Mercado
de Valores (SMV), un objetivo perseguido por el todavía jefe de esa institución, Michel
Canta, y que era esperado y reclamado por varios especialistas, como el jefe de país
de Morgan Stanley, Mirko Stiglich, o el gerente general de GPI Valores, Luis Felipe
Arizmendi.
¿Es positivo? “El que la CONASEV hubiera sido absorbida por la Superintendencia de
Banca y Seguros (SBS) no era una opción saludable para el desarrollo del mercado de
capitales –sostuvo en una oportunidad Stiglich– porque se hubieran debilitado sus
funciones, toda vez que el mencionado mercado compite con la banca”.
En efecto, el que la CONASEV enfrentaba serias limitaciones orgánicas para realizar
cabalmente las funciones para las que fue creada no era un secreto y por eso la
discusión ya tenía bastante tiempo y se ensayaron varias fórmulas. Aparentemente, se
escogió la mejor.
“Efectivamente, es algo muy bueno. No va a ser una superintendencia al estilo de la
SBS, pero quizá sí al estilo SUNAT, que ya es bastante”, afirmó Arizmendi, quien
también fue superintendente de banca de la SBS.
¿Qué significa?
El nuevo nombre le da mayor autonomía, lo que pasa también por tener más
presupuesto para retener a sus funcionarios y contratar personal con más experiencia
y conocimiento del mercado.
“Llegan muy jóvenes, aprenden y luego, cuando ya son expertos, se los llevan los
estudios de abogados y no podemos retenerlos”, nos confesó una vez un funcionario
de CONASEV en una conversación privada. Al INDECOPI le pasa exactamente igual.
Todavía.
Eso sí, para empezar, deberá crear las instancias especializadas que le permitan
realizar sus funciones y ejercer sus nuevas facultades de manera adecuada.
“Hay que reestructurarse, crear áreas de ‘reinforcement’ (imposición de las reglas),
áreas de manejo de riesgo y a la cabeza un área de supervisión consolidada de riesgo
y redistribuir las funciones, implementar sistemas para que la transformación sea lo
más rápida y eficiente que se pueda”, nos comentó un funcionario que prefirió
mantener su nombre en reserva.
Desde que se publique la ley, CONASEV podrá cerrar negocios informales, pedir a las
empresas que supervisa capital o garantías adicionales en función del riesgo que
estas estén tomando, podrá intercambiar secreto bancario con la SBS y podrá imponer
sanciones automáticas en caso de incumplimiento flagrante de las normas o las
regulaciones. También cambiará la forma de elegir al directorio: el Ejecutivo nombrará
a tres de cinco directores incluido el presidente y solo dos del sector privado, pero con
tantas restricciones para evitar el conflicto de intereses (una de las mayores críticas
que le han hecho) que un ex director exclamó: “Nadie va a poder ser director”.
* VISION
* "Ser una institución eficaz e innovadora, y líder en desarrollar y alcanzar mercados
eficientes de valores, de productos, así como un eficiente sistema de fondos
colectivos."
*
* MISION
* "Promover la eficiencia del mercado de valores y productos, así como del sistema de
fondos colectivos, a través de la regulación, supervisión y difusión de información,
fortaleciendo la confianza y la transparencia entre sus participantes; apoyados en una
organización tecnológicamente competitiva que privilegia el conocimiento, el
desempeño y la ética profesional."
CÓDIGO DE ÉTICA Y VALORES
Se rige por los siguientes principios:
I. El respeto de las leyes
El trabajador de CONASEV tiene un profundo respeto por la Constitución Política, las
leyes, las normas y la ética profesional.
II. La vocación de servicio público
El trabajador de CONASEV está al servicio del público por encima de cualquier interés
particular y no acepta ningún tipo de obsequio o retribución por los servicios que
brinde como parte de sus funciones, del mismo modo no recibe asignaciones por
cargos no desempeñados. El trabajador de CONASEV guía su comportamiento en la
honradez y actúa imparcialmente sin ofrecer trato preferencial a ninguna persona
natural o jurídica.
III. La lealtad y responsabilidad
El trabajador de CONASEV se preocupa porque en su actividad diaria prime la lealtad
hacia su Institución y es consciente de la responsabilidad que recae sobre sus actos,
en tal sentido cumple con las políticas dictadas por CONASEV orientadas a evitar la
ocurrencia de comportamientos irregulares.
IV. La calidad del servicio
El trabajador de CONASEV usa eficientemente su tiempo, encontrándose en una
constante búsqueda de simplicidad, celeridad y eficiencia, para de esta manera dar un
sentido de excelencia a los servicios que brinda al mercado, en términos de
oportunidad y calidad. En tal sentido, se preocupa de incorporar permanentemente las
innovaciones que sean necesarias para desarrollar sus actividades de regulación,
supervisión y difusión.
V. La confidencialidad de la información
El trabajador de CONASEV no revela la información a la que tiene acceso por el
ejercicio de sus funciones, ni la utiliza para beneficio propio o de terceros.
VI. El espíritu de equipo
La interrelación de los trabajadores de CONASEV es estimulado por un ambiente de
camaradería, respeto mutuo y colaboración, lo cual permite un trabajo interdisciplinario
coordinado y eficiente. CONASEV aspira a buscar un equilibrio entre las iniciativas
individuales y el trabajo en equipo, a través del cual se comparten ideas y
experiencias.
VII. El desarrollo profesional
CONASEV ofrece a sus trabajadores un ambiente adecuado para su desarrollo
profesional y les inculca, en su trabajo diario, la investigación, la búsqueda de nuevos
conocimientos y la supervisión permanente. Ofrecemos a cada uno de nuestros
trabajadores capacitación y entrenamiento continuos, reconocimiento por la labor
realizada y una remuneración que premie sus aportes en relación al cumplimiento de
nuestros Planes (Estratégico y Operativo).
ORGANISMOS
En el año 2002 según el Artículo 3º de la Resolución CONASEV Nº
104-2002-EF/94.10 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de
CONASEV y su estructura orgánica era la siguiente:
* ORGANOS DE DIRECCION
* Directorio
* Tribunal Administrativo
* Comité de Protección al Accionista Minoritario
* Gerencia General
* ORGANO DE ASESORAMIENTO
* Gerencia de Asesoría Jurídica
* ORGANOS DE LINEA
* Gerencia de Mercados y Emisores
* Gerencia de Intermediarios y Fondos
* Gerencia de Investigación y Desarrollo
* ORGANOS DE APOYO
* Gerencia de Administración y Finanzas
* Gerencia de Sistemas
* ORGANO DE CONTROL
* Oficina de Auditoría Interna
ORGANOS DE DIRECCION
* DIRECTORIO
El Decreto Ley Nº 26126 establece que el Directorio es el máximo órgano de gobierno
de CONASEV. Está compuesto por nueve miembros designados por Resolución
Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, uno de los cuales es
nombrado Presidente.
El Directorio se renueva anualmente por tercios y sus directores son nombrados por
períodos de tres años, pudiendo ser removidos por falta grave, mediante resolución
suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas, éste se reúne para
debatir y decidir sobre las políticas operativas y programas de la institución. En la
actualidad, las sesiones se efectúan dos veces al mes los días lunes, sin perjuicio que
se realicen sesiones extraordinarias para deliberar casos muy especiales; las sesiones
son convocadas por el Presidente del mismo.
En estas se aprueban las normas que regulan las operaciones en el mercado de
valores, así como aquellas a las que deben sujetarse las personas naturales y
jurídicas sometidas al control y supervisión de CONASEV. Asimismo, el directorio
resuelve las controversias que puedan producirse en torno a interpretaciones de las
normas vigentes del mercado de valores, entre otras funciones.
Mediante Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de
Valores, se sustituyó la denominación de Comisión Nacional Supervisora de Empresas
y Valores - CONASEV por la de Superintendencia del Mercado de Valores – SMV,
modificando su estructura orgánica.
* TRIBUNAL ADMINISTRATIVO
El Tribunal Administrativo es un órgano dependiente del Directorio. Está encargado de
apoyar las actividades de competencia de CONASEV, de acuerdo con los
lineamientos de política aprobados por el Directorio. En el desempeño de sus
funciones, el Tribunal actúa con independencia de criterio y no está sometido a
mandato imperativo alguno.
Sus funciones son:
* Imponer sanciones a quienes contravengan la Ley del Mercado de Valores, las
demás normas cuyo control de cumplimiento corresponda a la CONASEV así como las
regulaciones que emanen de ésta, con excepción de las delegadas a la Gerencia
General.
* Resolver las denuncias o reclamaciones sobre materias de su competencia que
formulen los inversionistas, accionistas, o cualquier otro particular del mercado de
valores que deban ser resueltas por el Tribunal y siempre que éstos no sean de
competencia de las gerencias de línea de la CONASEV, estando comprendidos los
procedimientos trilaterales a que hace referencia la Ley del Procedimiento
Administrativo, Ley Nº 27444, cuando corresponda.
* Imponer a las sociedades anónimas abiertas las sanciones que corresponda por
infracciones a regulaciones y reglamentos que sobre la materia haya dictado
CONASEV o que de acuerdo a la Ley General de Sociedades le corresponde
supervisar y controlar.
* Proponer al Directorio de la CONASEV la expedición de normas y medidas que
estimen pertinentes; proponer directivas para la determinación de las competencias
entre los distintos órganos funcionales de la institución; adoptar todos los actos que
fueren necesarios para el mejor cumplimiento de sus funciones, y; otras que les
delegue o encargue el Directorio.
Está conformado por tres (03) miembros titulares y dos (02) miembros suplentes,
designados por el Directorio de CONASEV; cuenta además con una Secretaría
Técnica, designada por el Tribunal. Los miembros del Tribunal elegirán entre ellos a su
Presidente y Vicepresidente, quien actuará en ausencia del Presidente.
* COMITÉ DE PROTECCIÓN AL ACCIONISTA MINORITARIO
El Comité de Protección al Accionista Minoritario es un órgano dependiente del
Directorio.
Está encargado de conocer y resolver, en instancia administrativa única, los reclamos
que presenten los solicitantes a los cuales se les hubiera denegado la entrega de sus
títulos representativos de acciones y dividendos de modo expreso o ficto, por parte de
las sociedades anónimas abiertas. En el desempeño de sus funciones, el Comité
actúa con independencia de criterio y no está sometido a mandato imperativo alguno.
Le corresponde además: Resolver en segunda instancia administrativa, las
apelaciones que pudieran presentar las Sociedades Anónimas Abiertas respecto a las
sanciones que les hubiera impuesto la Secretaría Técnica del Comité.
Está conformado por cuatro (04) miembros titulares y un (01) miembro suplente,
designados por el Directorio de CONASEV. Los miembros del Comité elegirán entre
ellos a su Presidente y Vicepresidente, quien actuará en ausencia del Presidente.
* GERENCIA GENERAL
La Gerencia General es un órgano de Dirección dependiente del Directorio.
Está encargada de conducir las actividades de competencia de CONASEV y de su
administración en general, de acuerdo con los lineamientos de política aprobados por
el Directorio.
La conducción de este órgano está a cargo del Gerente General, siendo el principal
funcionario técnico y administrativo de CONASEV, de cuyo manejo responde ante el
Directorio. En su ausencia, el Directorio designará al funcionario que lo reemplace.
El Gerente General dirige, coordina, supervisa y controla las acciones de los diferentes
órganos de la institución, en concordancia con la política y objetivos aprobados por el
Directorio; sus funciones se establecen en la Ley Orgánica de CONASEV y las demás
que se deriven de la naturaleza del puesto y de las que expresamente le asigne el
Directorio.
El Gerente General, por delegación del Directorio, es responsable de autorizar la
realización de los actos y la celebración de los contratos necesarios para el
cumplimiento de los fines institucionales, sin perjuicio de las delegaciones que éste
apruebe y de las normas internas para la adquisición de bienes y servicios que rija la
contratación administrativa de CONASEV.
Adscrito a la Gerencia General se encuentra el Centro de Documentación e
Información (CENDOC), cuyas principales funciones son:
* Facilitar el acceso a la información pública que administra CONASEV.
* Brindar orientación en temas relacionados a normas legales, procedimientos
administrativos.
* Absolución de consultas específicas relativas al Mercado de Valores a través del
Servicio de Orientación y Educación;
* Prestar los servicios de Biblioteca, Hemeroteca, Videoteca; Efectuar la recepción,
registro, ordenamiento y control de los documentos que ingresan o salen del Archivo
Central de CONASEV.
ORGANO DE ASESORAMIENTO
* GERENCIA DE ASESORIA JURIDICA
La Gerencia de Asesoría Jurídica es un órgano de asesoramiento dependiente de la
Gerencia General.
* Está encargada de velar porque CONASEV ejerza, conforme a derecho, las
atribuciones asignadas, correspondiéndole el asesoramiento jurídico general a todos
los demás órganos, especialmente en lo que concierne a la resolución de recursos
impugnativos de segunda instancia y la representación procesal de todas las acciones
en que CONASEV sea parte, así como la defensa de los trabajadores de CONASEV
que pudieran ser demandados por actos propios de su función. Igualmente es el
órgano responsable de conducir la normatividad institucional así como de realizar las
interpretaciones normativas que sean competencia del Directorio.
* La Gerencia de Asesoría Jurídica desempeña asimismo las funciones de Secretaría
del Directorio y de Secretaría Técnica del Comité de Protección al Accionista
Minoritario, mediante el apoyo en la gestión administrativa respectiva.
*
ORGANOS DE LINEA
* GERENCIA DE MERCADOS Y EMISORES
La Gerencia de Mercados y Emisores es un órgano de línea dependiente de la
Gerencia General.
* Está encargada de ejecutar las competencias que la Ley del Mercado de Valores,
Ley sobre Bolsa de Productos, los respectivos Reglamentos o cualquier otra norma,
asignen a CONASEV en materias relacionadas a los Mecanismos Centralizados de
Negociación y las respectivas entidades responsables de su conducción, Instituciones
de Compensación y Liquidación de Valores, Participantes, Bancos Liquidadores,
Emisores, Empresas Clasificadoras de Riesgo, Sociedades Titulizadoras, Sociedades
de Propósito Especial, Patrimonios de Propósito Exclusivo, Empresas Agrarias
Azucareras, Bolsas de Productos y Cámaras de Compensación, en materia de
autorización, supervisión y control.
* Las acciones relacionadas al seguimiento de la actuación de éstos en los
mercados, la detección de prácticas y conductas que atenten contra la
integridad o la transparencia de los mercados, sometiendo a consideración del
Directorio o los órganos pertinentes, aquellos asuntos cuyo pronunciamiento
les estuviere reservado.
* Asimismo, la Gerencia de Mercados y Emisores le compete ejercer las
facultades de CONASEV que las mencionadas normas le asignan respecto de
las Ofertas Públicas, inscripciones y exclusiones de valores, productos,
programas, así como supervisar el cumplimiento de presentación de
información de las personas jurídicas que tengan valores inscritos en el
Registro Público del Mercado de Valores o que se encontraran inscritas en
dicho Registro.
* GERENCIA DE INTERMEDIARIOS Y FONDOS
La Gerencia de Intermediarios y Fondos es un órgano de línea dependiente de
la Gerencia General.
* Está encargada de ejecutar las competencias que la Ley del Mercado de
Valores, Ley sobre Bolsa de Productos, los respectivos Reglamentos o
cualquier otra norma asignen a CONASEV en materia de propuestas de
inscripción y exclusión, autorización, supervisión, control y revocación de
Sociedades Agentes de Bolsa, Sociedades Intermediarias de Valores,
Sociedades Corredoras de Productos, Operadores Especiales, Fondos Mutuos
de Inversión en Valores, Fondos de Inversión, Fondos Colectivos y sus
respectivas Sociedades Administradoras y Custodios.
* Así como las acciones relacionadas al seguimiento de la actuación de éstos
en los mercados, la detección de prácticas y conductas que atenten contra la
integridad o la transparencia de los mercados, sometiendo a consideración del
Directorio o los órganos pertinentes aquellos asuntos cuyo pronunciamiento les
estuviere reservado.
* GERENCIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
La Gerencia de Investigación y Desarrollo es un órgano de línea dependiente de la
Gerencia General.
* Está encargada de realizar investigaciones y estudios orientados al desarrollo y
promoción del mercado de valores y productos,
* Evaluar el sustento económico de las propuestas normativas,
* Intercambiar información con los partícipes de los mercados nacionales e
internacionales,
* Formular la estadística nacional de valores, entre otros.
* Le corresponde además, formular y evaluar los planes y Convenios de Gestión, y
efectuar el seguimiento de los mismos
* Realizar estudios que conlleven a la mejora de estructuras, cargos, procesos internos
y propuestas en materia de planeamiento y simplificación administrativa. Del mismo
modo, efectuar la gestión y apoyo técnico de las líneas de financiamiento externo y
apoyar en la identificación de consultores externos para la consecución de los
proyectos del Plan Estratégico.
ORGANOS DE APOYO
* GERENCIA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS
La Gerencia de Administración y Finanzas es un órgano de apoyo dependiente de la
Gerencia General.
* Está encargada de administrar los recursos humanos, materiales y financieros de
CONASEV, observando las normas dispuestas por el Supremo Gobierno y entidades
afines a CONASEV.
* Administra los bienes y servicios que se requieren para el funcionamiento de todas
las unidades orgánicas de CONASEV y los recursos del fondo de contingencia.
* La Gerencia de Administración y Finanzas se encarga de las funciones de Recursos
Humanos; Logística y Servicios Auxiliares; Finanzas (Presupuesto, Contabilidad y
Tesorería) y Ejecutoria Coactiva.
* GERENCIA DE SISTEMAS
La Gerencia de Sistemas es un órgano de apoyo dependiente de la Gerencia General.
* Está encargada de administrar los recursos informáticos
* planificar y racionalizar su uso de acuerdo a los objetivos y estrategias
institucionales.
* Promueve el adecuado uso de tecnologías de la información, para asegurar la
continuidad de los procesos y la calidad de los sistemas de información de CONASEV,
* procurar la eficiencia y eficacia de los procesos de la institución, brindando el soporte
tecnológico informático necesario.
* Asimismo, gestiona los sistemas de recepción, clasificación, registro y distribución de
la documentación que ingresa o egresa de la institución y efectúa el seguimiento y
control del trámite de los documentos en proceso.
ORGANO DE CONTROL
* OFICINA DE AUDITORIA INTERNA
La Oficina de Auditoría Interna es un órgano de control dependiente del Directorio, con
nivel de gerencia.
* Está encargada de ejercer el control interno posterior a todas las áreas, proyectos y
actividades de CONASEV.
* orientado a evaluar la medida en que las normas, lineamientos y procedimientos
establecidos vienen siendo ejecutados, a fin de formular recomendaciones dirigidas a
mejorar los niveles de efectividad, eficiencia y economía de la gestión institucional; de
conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Control y demás disposiciones
pertinentes que dicte la Contraloría General de la República.
REGIMEN LABORAL, ECONÓMICO Y FINANCIERO
REGIMEN LABORAL
Los trabajadores de la Comisión están comprendidos en el régimen laboral de la
actividad privada.
REGIMEN ECONÓMICO Y FINANCIERO
* Los gastos de funcionamiento de CONASEV se cubren con las contribuciones que
cobra por los servicios de supervisión que presta.
* También constituyen ingresos de CONASEV las multas impuestas, así como los
recursos intereses y mora generados por éstas, las ganancias e ingresos financieros,
los recursos que perciba como resultado de contratos o convenios de cooperación
para la promoción y difusión del mercado de valores, los recursos que perciba por la
venta de las publicaciones que elabore, las donaciones que reciba y las transferencias
que pudiera efectuarle el Tesoro Público.
* Los recursos que se generen por los servicios que presta la Comisión constituyen
ingresos propios, los que serán utilizados para financiar su Presupuesto.
* Las donaciones que se efectúen en favor de la Comisión no podrán emanar de las
entidades y personas sujetas a su control o supervisión.
FUNCIONES:
De acuerdo con el Art. 1° de su Ley Orgánica, son funciones de la Superintendencia
del Mercado de Valores (SMV), las siguientes:
* Dictar las normas legales que regulen materias del mercado de valores, mercado de
productos y sistema de fondos colectivos.
* Supervisar el cumplimiento de la legislación del mercado de valores, mercado de
productos y sistemas de fondos colectivos por parte de las personas naturales y
jurídicas que participan en dichos mercados.
* Promover y estudiar el mercado de valores, el mercado de productos y el sistema de
fondos colectivos.
* Asimismo, le corresponde supervisar el cumplimiento de las normas internacionales
de auditoría por parte de las sociedades auditoras habilitadas por un colegio de
contadores públicos del Perú, entre otras.
* Velar por la transparencia de los mercados de valores, la correcta formación de
precios en ellos y la información necesaria para tales propósitos.
* Promover el adecuado manejo de las empresas y normar la contabilidad de las
mismas.
* Encargada de la supervisión y control del cumplimiento de la Ley del Mercado de
Valores (Dec. Leg. 861).
* Participar en organismos internacionales vinculados en materia de su competencia y
celebrar convenios con ellos y con entidades reguladoras de los mercados de valores
y de productos de otros países.
* Absolver consultas e investigar las denuncias o reclamaciones que formulen los
interesados en materias de su competencia, señalando los requisitos que debe
satisfacerse para ello.
CONASEV Y EL MERCADO DE VALORES
1º dentro de lo que es el mercado financiero queremos dar una pequeña explicación:
MERCADO FINANCIERO
Para tener una idea integral del mercado financiero (desde el punto de vista de la
intermediación), es decir saber qué mercados lo conforman, a continuación se muestra
de manera resumida la estructura de este gran mercado.
ESTRUCTURA DEL MERCADO FINANCIERO
MERCADO FINANCIERO
Desde el punto de vista de la intermediación
MERCADO DE INTERMEDIACIÓN “INDIRECTA”
MERCADO DE INTERMEDIACIÓN “DIRECTA”
“MERCADO DE VALORES”
Institución de
Supervisión y Control
“S.B.S”
Institución de
Supervisión y Control
“CONASEV”
MERCADO
PRIMARIO
(Financiamiento)
MERCADO
SECUNDARIO
(Liquidez)
MERCADO
BANCARIO
MERCADO
NO BANCARIO Emisiones Directas
Bancos Estatales
Cajas Municipales
Caja Rural de A y C.
Edpyme
Arrendamiento Financiero
Financieras
Emisiones a través de procesos de titulización de activos
Emisiones societarias
Emisiones del Gobierno
Extra
Bursátil
Bursátil
Banca Múltiple
Rueda
MIENM
MERCADO DE INTERMEDIACIÓN DIRECTA O MERCADO DE VALORES
El mercado de valores es uno de los canalizadores de recursos financieros más
importante de la economía puesto que facilita el proceso de Financiamiento-Inversión,
sirviendo como vía directa de acceso entre las personas jurídicas denominadas
“EMISORES” (empresas e instituciones privadas y públicas, nacionales y extranjeras),
las cuales emiten valores mobiliarios (instrumentos de corto plazo, bonos, acciones,
etc.) para captar recursos y cubrir sus necesidades de financiamiento, y los
“INVERSIONISTAS” (personas naturales, personas jurídicas y dentro de estas últimas,
los inversionistas institucionales como: bancos, AFPs, financieras, fondos mutuos,
etc.), con deseos de obtener una rentabilidad atractiva por su inversión.
El mercado de intermediación directa o mercado de valores, constituye la otra parte
del mercado financiero.
El mercado de valores también se encuentra dividido en dos grandes mercados:
mercado primario y mercado secundario. Ambos mercados se encuentran bajo la
supervisión y control de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores –
CONASEV.
La CONASEV, tiene asignadas tres (3) competencias específicas en el mercado de
valores: regulación; supervisión y control; y difusión y promoción del mercado.
* Regulación, CONASEV teniendo en cuenta las disposiciones establecidas en la Ley
del Mercado de Valores (suscrita por el Presidente de la República), emite una serie
de normas: Reglamentos, Directivas, Manuales, etc. producto de las cuales se
desarrolla el mercado de valores en nuestro país.
* Supervisión y control, lleva a cabo esta labor a través de sus órganos de línea. Esta
labor consiste en controlar y supervisar que todos los participantes: Emisores y no
Emisores, así como las personas naturales vinculados a estos últimos, cumplan con lo
establecido en la normativa.
* Difusión y promoción del mercado, Conscientes de la importancia que tiene el
mercado de valores dentro de la economía de nuestro país, la CONASEV, realiza una
serie de actividades, relacionadas a la difusión y promoción del mercado de valores,
dirigidas a potenciales Emisores e inversionistas, así como colegios profesionales,
docentes y estudiantes universitarios y de instrucción secundaria, sin dejar de lado a
otros segmentos como, jueces, fiscales y Policía Nacional, dado que estos últimos
tienen que ver con la solución de conflictos financieros.
Asimismo, CONASEV tiene como ROL fundamental velar por la transparencia del
mercado de valores, la correcta formación de los precios en él y la protección de los
inversionistas, procurando la difusión de toda la información necesaria para tales
propósitos.
TRANSPARENCIA DE MERCADO:
La transparencia del mercado es una condición fundamental para el adecuado
funcionamiento del mercado de valores; que conlleva, que los participantes en éste
accedan en forma oportuna, completa, fidedigna y clara a la información relativa a los
aspectos relevantes de las sociedades emisoras y de los valores emitidos por
ellas, de manera que puedan tomar adecuadamente sus decisiones de
inversión.
En este sentido, la actual Ley del Mercado de Valores considera un título
referido a la Transparencia del Mercado, en el que se señala, entre otros
aspectos, la obligación de informar al mercado por parte de los emisores, sobre
el uso de la información reservada y de la información privilegiada, así como
del deber de reserva; aspectos que han sido detallados en normas adicionales,
como la de Hechos de Importancia, en donde se establecen los hechos que
deben ser informados.
LA OBLIGACIÓN DE INFORMAR:
El Registro de un determinado valor implica para su emisor la obligación de
informar a la CONASEV y, en su caso, a la bolsa respectiva, de los Hechos de
importancia, incluyendo las negociaciones en curso, sobre sí mismo, el valor y
la oferta que de éste se haga, así como la de divulgar tales hechos en forma
veraz, suficiente y oportuna.
La omisión en el cumplimiento de la obligación de informar, constituye
infracción sancionable. Las sanciones varían de acuerdo a la gravedad de la
infracción y van desde una amonestación o una multa hasta la suspensión de
la negociación en la bolsa del valor e incluso, la exclusión del mismo del
Registro Público del Mercado de Valores.
LA INFORMACIÓN FINANCIERA:
Las sociedades emisoras de valores están obligadas a presentar a la
CONASEV y a las bolsas en las que se encuentren inscritos sus valores, lo
siguiente:
• Memoria Anual y, de ser el caso, el Documento de Información Anual que
deberán presentarse a más tardar al día hábil siguiente de haber sido
aprobados por el órgano
correspondiente, siendo el plazo límite para su presentación el 15 de abril de cada
año.
• Información Financiera Individual Auditada, que deberá presentarse a más tardar al
día hábil siguiente de haber sido aprobada por el órgano correspondiente, siendo el
plazo límite para su presentación el 15 de abril de cada año;
• Información Financiera Intermedia Individual al 31 de Marzo, 30 de junio, 30 de
setiembre y 31 de diciembre de cada año, que deberá presentarse a más tardar al día
siguiente de haber sido aprobada por el órgano correspondiente, siendo el plazo límite
para la presentación de la información financiera intermedia individual al 31 de marzo,
30 de junio y 30 de setiembre de 30 días calendario siguientes a las fechas de cierre,
mientras que en el caso de la información financiera intermedia individual al 31 de
diciembre es de 45 días calendario siguientes a la fecha de cierre.
Dicha información comprende:
• Balance General
• Estado de Ganancias y Pérdidas
• Estado de Cambios en el Patrimonio Neto
• Estado de Flujos de Efectivo
• Notas a los Estados Financieros
• Informe de Gerencia (Declaración de Responsabilidad y Análisis y Discusión de la
Gerencia).
Adicionalmente, las empresas matrices están obligadas a preparar y presentar
Estados Financieros Consolidados (Intermedios y Auditados) cuando ésta o sus
subsidiarias se encuentren inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores.
La información antes señalada deberá ser presentada en la forma que establezcan los
reglamentos sobre información financiera.
HECHOS DE IMPORTANCIA:
De acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Hechos de Importancia, Información
Reservada y Otras Comunicaciones (Resolución CONASEV N°107-2002-EF/94.10),
se consideran Hechos de Importancia:
1. Los actos, hechos, decisiones y acuerdos que puedan afectar a un emisor y sus
negocios, así como a las empresas que conforman su grupo económico.
2. La información que afecte en forma directa o pueda afectar significativamente en la
determinación del precio, la oferta o la negociación de los valores inscritos en el
Registro Público del Mercado de Valores.
3. En general, la información necesaria para que los inversionistas puedan formarse
una opinión acerca del riesgo implícito de la empresa, su situación financiera y sus
resultados de operación, así como los valores emitidos.
En el Reglamento antes mencionado se incluye una lista enunciativa, mas no
limitativa, de actos, de hechos acuerdos o decisiones que deben ser informados por
los emisores en calidad de Hecho de Importancia a la CONASEV y, de ser el caso, a
la bolsa en la que se encuentren inscritos sus valores, que incluye, entre otro:
* Circunstancias relativas a la eficiencia económica del emisor y/o su grupo
económico.
* Circunstancias relativas a la política de inversión y financiación que conlleve
importantes movimientos inmediatos o futuros de flujos de caja.
* Modificaciones de los estatutos del emisor.
* Decisiones sobre aumentos o reducciones de capital.
* Fusiones, escisiones y otras formas de reorganización empresarial.
* Cambios y nombramientos de funcionarios.
* Información sobre el grupo económico del emisor.
* Aplicación o distribución de utilidades.
* Convocatorias y acuerdos de juntas generales de accionistas y asambleas de
obligacionistas.
* Aprobación de información financiera.
* Política de dividendos.
Los hechos de Importancia deben ser informados en el más breve plazo, a través de
los medios establecidos por la CONASEV y antes que a cualquier otra persona o
medio de difusión, a más tardar al día hábil siguiente de tomado el acuerdo o decisión
o de ocurrido el hecho o acto.
DESCRIPCION
| La Superintendencia del Mercado de Valores - SMV difunde y promueve el mercado
de valores, como fuente de financiamiento y alternativa de inversión. Su objetivo es
propiciar el crecimiento y desarrollo de este mercado a través de la participación de
más empresas e inversionistas. |
CONASEV ha asumido un rol estratégico en el desarrollo del mercado de valores,
creando las condiciones que faciliten la incorporación de nuevos emisores e inversores
a través del fortalecimiento de mecanismos de supervisión que garanticen la
transparencia de la información y de las operaciones, así como difundiendo entre los
diversos agentes las ventajas y riesgos que conllevan el participar en este mercado.
Para el período 2011 esta Comisión Nacional ha establecido como objetivos
institucionales los siguientes:
* Simplificación de procesos y requisitos de acceso al mercado.
* Fortalecer la protección a los inversionistas.
* Fortalecimiento del Supervisor.
ROL DE CONASEV
La participación del Estado en el mercado de capitales, está representado por
Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, quién de acuerdo
al Texto Único Concordado de la Ley Orgánica – Decreto Ley Nº 26126 tiene como
encargo crear el marco regulatorio que promueva el mercado de capitales, velar por la
transparencia de los mercados de capitales, la correcta formación de los precios en
ellos, la protección de los inversionistas y reglamentar la presentación de los estados
financieros, entre otros.
En esta parte vale la pena destacar el papel preponderante en el Perú que ha tenido
CONASEV en la normalización del registro de las transacciones económicas de las
empresas a través de la aplicación del Plan Contable General (vigente desde 1985) de
aplicación obligatoria para todas las empresas del sector privado independiente de su
actividad económica, y la presentación de información financiera de acuerdo al
Reglamento de Preparación de Información Financiera (vigente desde 1982 hasta
1999), para las empresas que ofertaban públicamente sus valores, así como de
aquellas que superaban cierto nivel de activos totales e ingresos por ventas.
En ese sentido CONASEV como ente regulador del mercado de capitales en el Perú,
ha sido consciente de la importancia del rol de la información financiera en la correcta
formación de los precios de los valores y en concordancia al marco legal existente,
publicó el 26 de noviembre de 1999 la Resolución CONASEV Nº103-99-EF/94.10 que
aprueba el Reglamento de Información Financiera y el Manual para la Preparación de
la Información Financiera, entrando en vigencia a partir del 1 de enero del 2000.
El Reglamento fue formulado en concordancia con los requerimientos legales vigentes
referentes a la formulación de estados financieros, es decir recoge el marco
conceptual y las Normas Internacionales de Contabilidad – NIC y su aplicación es
obligatoria para todas los entes que se encuentran bajo el control y supervisión de
CONASEV, vale decir: emisores de valores (sociedades que cotizan en Bolsa),
sociedades agentes de bolsa (agencias de valores), administradoras de fondos
mutuos y de inversión, fondos colectivos, clasificadoras de riesgo, bolsa de valores y
producto.
CONASEV Y EL MANUAL DE PREPARACIÓN DE INFORMACIÓN FINANCIERA :
La Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores (Conasev) introdujo una
serie de modificaciones al Manual de Preparación de Información Financiera, para
mantenerlo actualizado de acuerdo con las Normas Internacionales de Información
Financiera (NIIF).
Explicó que la finalidad es mejorar la información contenida en los estados financieros
que publican las empresas que participan en el mercado de valores.
“La preparación de la información financiera, de acuerdo con los estándares
internacionales de contabilidad, es esencial para el crecimiento económico de un país
y favorece la integración de las empresas nacionales a la economía mundial, porque
nuestras normas y prácticas se alinean a las de los principales socios comerciales e
inversión de Perú”, dijo la presidenta de la Conasev, Nahil Hirsh.
Además, genera confianza y la seguridad necesaria para abaratar el costo de
financiamiento, sea en el mercado de valores o en el sistema financiero, destacó en la
última reunión del Grupo de Trabajo para el Desarrollo del Mercado de Valores.
Recordó que dicho manual se constituye en una herramienta de ayuda para la
preparación y presentación de la información financiera, de tal manera que refleje
fielmente la situación, los cambios en la posición financiera y el desempeño de las
empresas, y además satisfaga las exigencias de los inversionistas locales y
extranjeros.