seguridad social cuc marzo 2012 (1)

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DIPLOMADO EN DIPLOMADO EN SEGURIDAD SOCIAL SEGURIDAD SOCIAL C.U.C C.U.C SANDRO SÀNCHEZ SALAZAR SANDRO SÀNCHEZ SALAZAR 2012 2012

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Page 1: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

DIPLOMADO ENDIPLOMADO EN SEGURIDAD SOCIALSEGURIDAD SOCIAL

C.U.CC.U.C

SANDRO SÀNCHEZ SALAZARSANDRO SÀNCHEZ SALAZAR

20122012

Page 2: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

NATURALEZA JURÍDICA DE LA NATURALEZA JURÍDICA DE LA SEGURIDAD SOCIALSEGURIDAD SOCIAL

Page 3: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

MECANISMOS O INSTRUMENTOS MECANISMOS O INSTRUMENTOS DE PROTECCIÓNDE PROTECCIÓN

1- 1- ASISTENCIA:ASISTENCIA: Es el medio de que se Es el medio de que se vale la sociedad para remediar y proteger vale la sociedad para remediar y proteger a los individuos contra la indigencia, es a los individuos contra la indigencia, es decir, ese decir, ese estado de privación en que estado de privación en que incurre la persona a quien faltan total o incurre la persona a quien faltan total o parcialmente los medios indispensables parcialmente los medios indispensables para satisfacer las necesidades más para satisfacer las necesidades más esenciales de subsistencia. esenciales de subsistencia.

1- Montoya Melgar Alfredo. Curso de Seguridad Social. 1- Montoya Melgar Alfredo. Curso de Seguridad Social. Ediciones Laxes, S L 1998Ediciones Laxes, S L 1998

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CARACTERÍSTICAS:CARACTERÍSTICAS: Reactiva- Paliativa. No previene.Reactiva- Paliativa. No previene.

Limitada: Capacidad económica de quien Limitada: Capacidad económica de quien la presta.la presta.

Temporal: Se desentiende del indigente.Temporal: Se desentiende del indigente.

Graciable: dádiva. Voluntaria, Graciable: dádiva. Voluntaria, facultativa.facultativa.

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Tipos de asistencia:Tipos de asistencia:A- Familiar.A- Familiar.

Ventajas y desventajasVentajas y desventajasB- Privada: B- Privada: Se materializa Se materializa en instituciones que en instituciones que crean y reglamentan personas o entidades crean y reglamentan personas o entidades particulares, dotándolas con fondos privados. Su particulares, dotándolas con fondos privados. Su fundamento radica en la caridad, entendida como fundamento radica en la caridad, entendida como deber moral evangélico, y, si se quiere, en la deber moral evangélico, y, si se quiere, en la solidaridad cristiana de grupos sociales intermedios. solidaridad cristiana de grupos sociales intermedios. 22

2. Almansa Pastor, José M. Derecho de la Seguridad Social 7ª ed. Edit Tecnos, 2. Almansa Pastor, José M. Derecho de la Seguridad Social 7ª ed. Edit Tecnos, Madrid 1991, pág 34.Madrid 1991, pág 34.

Page 6: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

C- Pública o de beneficencia:C- Pública o de beneficencia: C.P de C.P de 1886 reforma de 1936 dispuso: 1886 reforma de 1936 dispuso: “La “La asistencia pública es función del asistencia pública es función del Estado, Se prestará a quienes, Estado, Se prestará a quienes, careciendo de medios de careciendo de medios de subsistencia o de derecho para subsistencia o de derecho para exigirlas de otras personas”.exigirlas de otras personas”.

2- LA PREVISIÓN2- LA PREVISIÓN –individual y –individual y colectiva- coexistencolectiva- coexisten

A- Ahorro.A- Ahorro.

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B- El Mutualismo: Primera B- El Mutualismo: Primera manifestación de la precisión colectiva, manifestación de la precisión colectiva, que consiste en la asociación de que consiste en la asociación de individuos fundada en el principio de individuos fundada en el principio de solidaridad entre sus miembros, a base solidaridad entre sus miembros, a base de reciprocidad de servicios o de de reciprocidad de servicios o de reparto equitativo de los riesgos, reparto equitativo de los riesgos, mediante cotizaciones que cubren los mediante cotizaciones que cubren los gastos que entrañen los daños. gastos que entrañen los daños.

Ventajas y desventajas.Ventajas y desventajas.

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D- El seguro privado:D- El seguro privado: Critica: Critica: “1. Las compañías mercantiles, perseguían un fin “1. Las compañías mercantiles, perseguían un fin lucrativo y no, u fin social, razón por la cual, las primas, lucrativo y no, u fin social, razón por la cual, las primas, necesariamente tenían que ser elevadas.necesariamente tenían que ser elevadas.

2. El seguro mercantil, es un contrato y por lo tanto, no es 2. El seguro mercantil, es un contrato y por lo tanto, no es obligatorio; no existiendo obligatoriedad legal, tanto los patronos obligatorio; no existiendo obligatoriedad legal, tanto los patronos como los trabajadores, miraban con indiferencia su organización.como los trabajadores, miraban con indiferencia su organización.

  

3. En el seguro privado se seleccionan los riesgos, según 3. En el seguro privado se seleccionan los riesgos, según convenga al fin lucrativo del asegurador; con esta limitación, se convenga al fin lucrativo del asegurador; con esta limitación, se quedan por fuera los riesgos más costosos, como el de quedan por fuera los riesgos más costosos, como el de enfermedad; yenfermedad; y

4. En los seguros mercantiles, sólo puede afiliarse trabajadores 4. En los seguros mercantiles, sólo puede afiliarse trabajadores de altos salarios, quedando sin amparo los económicamente de altos salarios, quedando sin amparo los económicamente débiles, a quienes la sociedad tiene más interés en proteger.” débiles, a quienes la sociedad tiene más interés en proteger.”

  

Page 9: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

SEGURO SOCIALES: Origen. SEGURO SOCIALES: Origen.

José m. Almansa PastorJosé m. Almansa Pastor: “ El seguro social, en : “ El seguro social, en principio, constituye instrumento de previsión social, principio, constituye instrumento de previsión social, que se realiza mediante el aseguramiento por los que se realiza mediante el aseguramiento por los empresarios a favor de sus trabajadores (seguro en empresarios a favor de sus trabajadores (seguro en favor de tercero), en virtud de la responsabilización favor de tercero), en virtud de la responsabilización impuesta legalmente a aquéllos respecto a las impuesta legalmente a aquéllos respecto a las posibles y previstas necesidades sociales que éstos posibles y previstas necesidades sociales que éstos puedan sufrir.puedan sufrir.

  

Los seguros sociales son seguros obligatorios, de Los seguros sociales son seguros obligatorios, de origen legal, gestionados por entes públicos y origen legal, gestionados por entes públicos y dirigidos específicamente a proteger necesidades dirigidos específicamente a proteger necesidades sociales derivadas de riesgos que afectan a individuos sociales derivadas de riesgos que afectan a individuos determinados legalmente”.determinados legalmente”.

Page 10: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Gonzáles Posada:Gonzáles Posada: “El conjunto de “El conjunto de disposiciones legales de carácter disposiciones legales de carácter asistencial que inspirándose más o asistencial que inspirándose más o menos en la institución del seguro menos en la institución del seguro privado han sido dictadas para procurar privado han sido dictadas para procurar a los trabajadores económicamente a los trabajadores económicamente débiles y a sus familiares una débiles y a sus familiares una protección, una seguridad contra los protección, una seguridad contra los trastornos que supone la perdida o la trastornos que supone la perdida o la disminución de la capacidad laboral o el disminución de la capacidad laboral o el aumento de sus necesidades debido a aumento de sus necesidades debido a vicisitudes de la vida humana”.vicisitudes de la vida humana”.

Page 11: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Es un instrumento de protección para Es un instrumento de protección para los trabajadores en los casos de los trabajadores en los casos de pérdida o disminución de su capacidad pérdida o disminución de su capacidad de ganancia por contingencias de de ganancia por contingencias de enfermedad, maternidad invalidez, enfermedad, maternidad invalidez, vejez y muerte. Por consiguiente será vejez y muerte. Por consiguiente será el medio más idóneo para la protección el medio más idóneo para la protección de los trabajadores y sus beneficiarios de los trabajadores y sus beneficiarios frente a las contingencias antes frente a las contingencias antes señaladas, sean éstas derivadas o no señaladas, sean éstas derivadas o no del ejercicio de una actividad laboral.del ejercicio de una actividad laboral.

Page 12: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Decreto Ley 148 de 1976 en su artículo 1 Decreto Ley 148 de 1976 en su artículo 1 decía: decía:

““El seguro social. Tiene por objeto El seguro social. Tiene por objeto contribuir a la realización de la contribuir a la realización de la seguridad social en la ciudad y en el seguridad social en la ciudad y en el campo, para lo cual dará protección campo, para lo cual dará protección contra los riesgos en los biológicos y lo contra los riesgos en los biológicos y lo económico, derivados de la actividad económico, derivados de la actividad laboral”. laboral”.

Diferencias y semejanzas con el seguro Diferencias y semejanzas con el seguro privado.privado.

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SEGURIDAD SOCIAL: SEGURIDAD SOCIAL:

Origen: Simón Bolívar Congreso de Angostura Origen: Simón Bolívar Congreso de Angostura 1819 utiliza término: “El sistema de gobierno 1819 utiliza término: “El sistema de gobierno más perfecto es el que comporta mayor más perfecto es el que comporta mayor cantidad de bienestar, de cantidad de bienestar, de seguridad socialseguridad social y de estabilidad política.” y de estabilidad política.”

- E.E.U.U, 1935 la Ley Social Security Act. –- E.E.U.U, 1935 la Ley Social Security Act. –Paro Vy M-.Paro Vy M-.

- Nueva Zelanda 1938.- Nueva Zelanda 1938.

-Inglaterra -Inglaterra EL INFORME BEVERIDGE de 1942.EL INFORME BEVERIDGE de 1942.

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CONCEPTULIZACIÓN DOCTRINARIA:CONCEPTULIZACIÓN DOCTRINARIA:

William Beveridge:William Beveridge: “Conjunto de “Conjunto de medidas adoptadas por el Estado para medidas adoptadas por el Estado para proteger a los ciudadanos contra proteger a los ciudadanos contra aquellos riesgos de concreción aquellos riesgos de concreción individual que jamás dejarán de individual que jamás dejarán de presentarse por óptima que sea la presentarse por óptima que sea la situación de conjunto de la sociedad en situación de conjunto de la sociedad en que vivan” que vivan” 33

3- Full Employment in a Free Society, Londres 1944, pág 3- Full Employment in a Free Society, Londres 1944, pág 1111

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Alonso Olea:Alonso Olea: “Conjunto integrado de “Conjunto integrado de medidas públicas de ordenación para la medidas públicas de ordenación para la prevención y remedio de riesgos prevención y remedio de riesgos personales mediante prestaciones personales mediante prestaciones individualizadas y económicamente individualizadas y económicamente evaluables, agregando la idea de que evaluables, agregando la idea de que tendencialmente tales medidas se tendencialmente tales medidas se encaminan hacia la protección general encaminan hacia la protección general de todos los residentes contra las de todos los residentes contra las situaciones de necesidad, garantizando situaciones de necesidad, garantizando un nivel mínimo de rentas” un nivel mínimo de rentas” 44

4- Manuel Alonso Olea, “Instituciones de Seguridad 4- Manuel Alonso Olea, “Instituciones de Seguridad Social”, 13 ed, Edit Civitas, pág 34Social”, 13 ed, Edit Civitas, pág 34

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José m. Almansa PastorJosé m. Almansa Pastor: : “instrumento estatal específico “instrumento estatal específico protector de necesidades sociales, protector de necesidades sociales, individuales y colectivas, a cuya individuales y colectivas, a cuya protección preventiva, reparadora y protección preventiva, reparadora y recuperadora, tienen derecho los recuperadora, tienen derecho los individuos, en la extensión, límites y individuos, en la extensión, límites y condiciones que las normas condiciones que las normas dispongan, según permite su dispongan, según permite su organización financiera” organización financiera” 55

5- Almansa Pastor, José M. Derecho de la Seguridad 5- Almansa Pastor, José M. Derecho de la Seguridad Social 7ª ed. Edit Tecnos, Madrid 1991, pág 63 y 64.Social 7ª ed. Edit Tecnos, Madrid 1991, pág 63 y 64.

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Oswaldo Cetina VargasOswaldo Cetina Vargas: “La parte de la : “La parte de la política social, que pretende organizar la política social, que pretende organizar la economía con medidas y normas, economía con medidas y normas, determinadas a prevención, reparación y determinadas a prevención, reparación y rehabilitación de las fuentes subsidiarias de rehabilitación de las fuentes subsidiarias de rentas a favor de las personas cuyos ingresos rentas a favor de las personas cuyos ingresos normales han desaparecido temporal o normales han desaparecido temporal o permanentemente, valiéndose de los permanentemente, valiéndose de los instrumentos técnicos indispensables que instrumentos técnicos indispensables que garanticen una equitativa distribución de la garanticen una equitativa distribución de la riqueza”. riqueza”. 66

6- Cetina Vargas Oswaldo, “Derecho Integral de la 6- Cetina Vargas Oswaldo, “Derecho Integral de la Seguridad Social”, La Seguridad Social en Colombia”, 1ª Seguridad Social”, La Seguridad Social en Colombia”, 1ª Ed, 1986, pág 82.Ed, 1986, pág 82.

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Organización Internacional del Organización Internacional del TrabajoTrabajo: “la protección que la sociedad : “la protección que la sociedad proporciona a sus miembros, mediante proporciona a sus miembros, mediante una serie de medidas públicas, contra las una serie de medidas públicas, contra las privaciones económicas y sociales que de privaciones económicas y sociales que de no ser así ocasionarían la desaparición o no ser así ocasionarían la desaparición o una fuerte reducción de los ingresos por una fuerte reducción de los ingresos por causa de enfermedad, maternidad, causa de enfermedad, maternidad, accidentes de trabajo o enfermedad accidentes de trabajo o enfermedad laboral, desempleo, invalidez, vejez y laboral, desempleo, invalidez, vejez y muerte; y también la protección en forma muerte; y también la protección en forma de asistencia y de ayuda a las familias con de asistencia y de ayuda a las familias con hijos”.hijos”.

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La Seguridad Social en relación La Seguridad Social en relación con el ser humano es un con el ser humano es un derecho; para con el Estado será derecho; para con el Estado será un fin, una política esencial de un fin, una política esencial de desarrollo; en relación con la desarrollo; en relación con la administración pública, un administración pública, un servicio público en gran medida servicio público en gran medida esencia; En cuanto al Derecho es esencia; En cuanto al Derecho es una disciplina; y Para la sociedad una disciplina; y Para la sociedad es un factor de solidaridad y de es un factor de solidaridad y de redistribución de riqueza.redistribución de riqueza.

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LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA SEGURIDAD SOCIAL EN RELACIÓN CON EL SER HUMANO RELACIÓN CON EL SER HUMANO ES UN DERECHO.ES UN DERECHO.

DERECHOS HUMANOS:DERECHOS HUMANOS:

Son aquellos que dimanan de la propia Son aquellos que dimanan de la propia naturaleza humana y por tanto son naturaleza humana y por tanto son sustanciales a ella. Su ejercicio es sustanciales a ella. Su ejercicio es necesario para poder satisfacer las necesario para poder satisfacer las necesidades esenciales individuales y necesidades esenciales individuales y sociales del ser humano, tanto en lo sociales del ser humano, tanto en lo físico como en lo espiritualfísico como en lo espiritual

Page 21: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Hugo Rodríguez Bringadello: Hugo Rodríguez Bringadello: “Partiendo de la Declaración “Partiendo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos Universal de los Derechos Humanos podría afirmarse que en términos podría afirmarse que en términos genéricos los derechos humanos son genéricos los derechos humanos son aquellos que permiten o deben hacer aquellos que permiten o deben hacer posible una vida racional entre las posible una vida racional entre las personas. Esta forma de vida (…) personas. Esta forma de vida (…) supone la satisfacción de las supone la satisfacción de las necesidades humanas básicas”.necesidades humanas básicas”.

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“ “Los Derechos humanos son Los Derechos humanos son valores de convivencia valores de convivencia fundamentados en la dignidad fundamentados en la dignidad humana, la razón y la justicia. humana, la razón y la justicia. Conforman la conciencia del Conforman la conciencia del individuo y de la comunidad e individuo y de la comunidad e implican el reconocimiento de implican el reconocimiento de unas condiciones mínimas de unas condiciones mínimas de orden material y espiritual que orden material y espiritual que deben ser garantizadas a todas las deben ser garantizadas a todas las personas.”personas.”

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GENERACIONES O GRUPOS DE GENERACIONES O GRUPOS DE DERECHOS HUMANOSDERECHOS HUMANOS

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DERECHOS DE LA PRIMERA DERECHOS DE LA PRIMERA GENERACIÓNGENERACIÓN: :

También denominados derechos de También denominados derechos de libertad o derechos fundamentales. libertad o derechos fundamentales.

““Son derechos subjetivos de Son derechos subjetivos de aplicación inmediata, de tal aplicación inmediata, de tal magnitud que su vigencia no puede magnitud que su vigencia no puede depender de decisiones políticas depender de decisiones políticas tomadas a nombre de las mayorías”. tomadas a nombre de las mayorías”.

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Características:Características:

InalienablesInalienables, , o sea aquello “que no o sea aquello “que no puede enajenar, ceder ni transferir".puede enajenar, ceder ni transferir".

InherentesInherentes: : "que constituye un "que constituye un modo de ser intrínseco a este sujeto".modo de ser intrínseco a este sujeto".

Esenciales:Esenciales: "aquello por lo que un "aquello por lo que un ser es lo que es, lo permanente e ser es lo que es, lo permanente e invariable de un ser” el ser humano.invariable de un ser” el ser humano.

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Universales:Universales: Se extienden a todo el Se extienden a todo el género humano, en todo tiempo y género humano, en todo tiempo y lugar.lugar.

Absolutos:Absolutos: Su respeto se puede Su respeto se puede reclamar indistintamente por reclamar indistintamente por cualquier persona o autoridad.cualquier persona o autoridad.

Inviolables:Inviolables: Porque ninguna Porque ninguna persona o autoridad puede actuar persona o autoridad puede actuar legítimamente en contra de ellos, legítimamente en contra de ellos, salvo las justas limitaciones que salvo las justas limitaciones que pueden imponerse.pueden imponerse.

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Justiciables: Justiciables: Su infracción o falta de Su infracción o falta de reconocimiento, puede invocarse reconocimiento, puede invocarse ante los tribunales nacionales e ante los tribunales nacionales e internacionales para lograr su internacionales para lograr su restablecimiento.restablecimiento.

Imprescriptibles:Imprescriptibles: No se pierden por No se pierden por el transcurso del tiempo.el transcurso del tiempo.

Indisolubles:Indisolubles: Forman un conjunto Forman un conjunto inseparable de derechos.inseparable de derechos.

Indivisibles:Indivisibles: No tienen ninguna No tienen ninguna jerarquía entre sí.jerarquía entre sí.

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DERECHOS DE LA SEGUNDA DERECHOS DE LA SEGUNDA GENERACIÓN O DERECHOS GENERACIÓN O DERECHOS SOCIALES, ECONÓMICOS Y SOCIALES, ECONÓMICOS Y CULTURALES O TAMBIÉN CULTURALES O TAMBIÉN

LLAMADOS LLAMADOS PRESTACIONALESPRESTACIONALES. .

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Estos derechos son un Estos derechos son un enunciado programático que enunciado programático que requieren desarrollo y requieren desarrollo y reglamentación legal para su reglamentación legal para su aplicación. aplicación.

Pretenden promover las Pretenden promover las condiciones de bienestar social, condiciones de bienestar social, económico y calidad de vida de económico y calidad de vida de los individuos y colectividad.los individuos y colectividad.

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DERECHOS DE LA TERCERA DERECHOS DE LA TERCERA GENERACIÓN O GENERACIÓN O COLECTIVOS.COLECTIVOS.

Son aquellos que nacen a favor Son aquellos que nacen a favor de una colectividad de personas de una colectividad de personas y que por su naturaleza no y que por su naturaleza no pueden ser satisfechos pueden ser satisfechos individualmente.individualmente.

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COLOMBIACOLOMBIA Clasificación tripartita: Clasificación tripartita:

DERECHOS DE LA PRIMERA DERECHOS DE LA PRIMERA GENERACIÓNGENERACIÓN

Tesis Exegética o restrictiva de Tesis Exegética o restrictiva de los derechos Fundamentales: los derechos Fundamentales:

Consideraron que eran aquellos que Consideraron que eran aquellos que la Constitución califico como tales, es la Constitución califico como tales, es decir, los que estaban incluidos o decir, los que estaban incluidos o inmersos en el Capítulo 1 del título II inmersos en el Capítulo 1 del título II de la Carta, pues en dicha sección se de la Carta, pues en dicha sección se habla de “derechos fundamentales”.habla de “derechos fundamentales”.

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Posición Corte ConstitucionalPosición Corte Constitucional::

Desmontada Tesis Exegética con los Desmontada Tesis Exegética con los siguientes argumentos:siguientes argumentos:

En la C.P existen o aparecen otros derechos En la C.P existen o aparecen otros derechos fundamentales no ubicados en el Capítulo 1 fundamentales no ubicados en el Capítulo 1 del título II de la Carta, tal es el caso de los del título II de la Carta, tal es el caso de los derechos fundamentales de los niños (La vida, derechos fundamentales de los niños (La vida, la integridad física, la salud, la seguridad la integridad física, la salud, la seguridad social, la educación, cultura, recreación entre social, la educación, cultura, recreación entre otros) ubicados en el artículo 44, capítulo 2.otros) ubicados en el artículo 44, capítulo 2.

““El constituyente no determinó en forma El constituyente no determinó en forma taxativa cuáles eran los derechos taxativa cuáles eran los derechos constitucionales fundamentales” (T 027/92). constitucionales fundamentales” (T 027/92).

Page 33: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Sentencias de tutela 002 de 1992, Sentencias de tutela 002 de 1992, (Sobre el derecho a la educación (Sobre el derecho a la educación en general), 008 de 1992 (Sobre el en general), 008 de 1992 (Sobre el derecho a la paz y al Trabajo) y la derecho a la paz y al Trabajo) y la 406 de 1992 (Sobre el derecho a la 406 de 1992 (Sobre el derecho a la salud y a la salubridad pública) dan salud y a la salubridad pública) dan las pautas o criterios para afirmar las pautas o criterios para afirmar que un derecho es fundamental que un derecho es fundamental cuando se ajusta por lo menos a cuando se ajusta por lo menos a una de las siguientes condicionesuna de las siguientes condiciones::

Page 34: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

A- Ser reconocido expresamente como tal A- Ser reconocido expresamente como tal por la propia Constitución.por la propia Constitución.

B-Estar enunciado en los instrumentos B-Estar enunciado en los instrumentos internacionales que desarrollan las internacionales que desarrollan las proclamaciones de la Declaración proclamaciones de la Declaración Universal de 1948.Universal de 1948.

C- Hallarse protegido por el constituyente C- Hallarse protegido por el constituyente a través de una garantía cimera y especial, a través de una garantía cimera y especial, en cuya virtud las reformas en cuya virtud las reformas constitucionales que lo afecten puedan constitucionales que lo afecten puedan someterse eventualmente, por iniciativa someterse eventualmente, por iniciativa popular, al referendo previsto en el artículo popular, al referendo previsto en el artículo 377 de la Constitución.377 de la Constitución.

Page 35: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

D- Encontrarse amparado por la D- Encontrarse amparado por la prohibición constitucional de prohibición constitucional de suspenderlo mediante decretos suspenderlo mediante decretos legislativos dictados bajo los estados de legislativos dictados bajo los estados de excepción consagrados en el artículo 212 excepción consagrados en el artículo 212 y 213 de la Carta Política.y 213 de la Carta Política.

EE- - Caracterizarse por ser iCaracterizarse por ser inalienables, o nalienables, o sea aquello sea aquello “que no puede enajenar, “que no puede enajenar, ceder ni transferir"; inherentes: "que ceder ni transferir"; inherentes: "que constituye un modo de ser intrínseco a constituye un modo de ser intrínseco a este sujeto" y esenciales: "aquello por lo este sujeto" y esenciales: "aquello por lo que un ser es lo que es, lo permanente e que un ser es lo que es, lo permanente e invariable de un ser” el ser humano.invariable de un ser” el ser humano.

Page 36: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

DE LOS DERECHOS DE LOS DERECHOS PRESTACIONALES O DE PRESTACIONALES O DE SEGUNDA GENERACIÓNSEGUNDA GENERACIÓN..

Discusión si son o no Discusión si son o no fundamentales. fundamentales.

Tesis de no fundamentalesTesis de no fundamentales Tesis que los considera Tesis que los considera

fundamentales:fundamentales:

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Tesis que los considera Tesis que los considera fundamentales:fundamentales:

Instrumentos Internacionales:Instrumentos Internacionales: Proclamación de Teherán del 13 de mayo de Proclamación de Teherán del 13 de mayo de

1968:1968: Declaración de Viena de 25 de junio de 1993Declaración de Viena de 25 de junio de 1993 Declaración Universal de los Derechos del Declaración Universal de los Derechos del

Hombre, aprobada el 10 de diciembre de 1948, Hombre, aprobada el 10 de diciembre de 1948, artículos 22 y 25artículos 22 y 25..

Declaración Americana de los derechos y Declaración Americana de los derechos y deberes de hombre (Aprobada en la IX deberes de hombre (Aprobada en la IX Conferencia Internacional Americana, Bogotá Conferencia Internacional Americana, Bogotá Colombia 1948). Art 16..Colombia 1948). Art 16..

PIDESC. – PROTOCOLO SAN SALVADOR.PIDESC. – PROTOCOLO SAN SALVADOR.

Page 38: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

POSICIÓN CORTE CONSTITUCIONALPOSICIÓN CORTE CONSTITUCIONALSentencia C-408/94Sentencia C-408/94

Argumentos Demandantes:Argumentos Demandantes:

Violación de los artículos 152, 153 y Violación de los artículos 152, 153 y 56 de la Constitución Política.56 de la Constitución Política.

Posición Corte ConstitucionalPosición Corte Constitucional: :

“...esta normatividad sobre la “...esta normatividad sobre la seguridad social, no debe ser seguridad social, no debe ser objeto de reglamentación objeto de reglamentación mediante la vía legal exceptiva mediante la vía legal exceptiva de las leyes estatutarias por no de las leyes estatutarias por no corresponder a los elementos de corresponder a los elementos de derechos fundamentales”.derechos fundamentales”.

Page 39: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Decisión: Decisión:

“ “ Declarar exequible la Ley 100 de Declarar exequible la Ley 100 de 1993, en cuanto no era necesario 1993, en cuanto no era necesario que el Congreso le diera el que el Congreso le diera el trámite de ley estatutaria”.trámite de ley estatutaria”.

Page 40: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

LOS DERECHOS LOS DERECHOS PRESTACIONALES SON PRESTACIONALES SON FUNDAMENTALES POR FUNDAMENTALES POR CONEXIDAD CON LOS CONEXIDAD CON LOS

DERECHOS DE LA PRIMERA DERECHOS DE LA PRIMERA GENERACIÓN.GENERACIÓN.

Page 41: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

CONEXIDAD JURÍDICACONEXIDAD JURÍDICA Derecho prestacional no es Derecho prestacional no es

fundamental pero fundamental pero dada su estrecha, dada su estrecha, intima e inescindible relación con un intima e inescindible relación con un derecho fundamental en un caso derecho fundamental en un caso determinado, si no se protegen en determinado, si no se protegen en forma inmediata se ocasionaría la forma inmediata se ocasionaría la vulneración o amenaza de los vulneración o amenaza de los derechos fundamentales.derechos fundamentales.

Page 42: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

CONSTITUCIONALIZACIÓN.CONSTITUCIONALIZACIÓN. ARTS 43ARTS 43

Protección a la mujer especialmente durante el Protección a la mujer especialmente durante el embarazo y el partoembarazo y el parto

ART 44ART 44Derecho fundamental de los niñosDerecho fundamental de los niños

ART 45ART 45Derecho del adolescenteDerecho del adolescente

ART 46ART 46 Protección a la 3ra edadProtección a la 3ra edad

ART 47ART 47Derecho de los minusválidosDerecho de los minusválidos

ART 48ART 48 Derecho a la seguridad socialDerecho a la seguridad social

ART 49ART 49Derecho a la saludDerecho a la salud

Page 43: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL LA SEGURIDAD SOCIAL PARA EL ESTADO SERÁ UN FIN UNA ESTADO SERÁ UN FIN UNA POLÍTICA ESENCIAL DE POLÍTICA ESENCIAL DE DESARROLLO.DESARROLLO.

Artículos 1, 2, 48, 49 y el 366 de la Artículos 1, 2, 48, 49 y el 366 de la C.P determinan que la seguridad C.P determinan que la seguridad social es una esencia misma del social es una esencia misma del Estado Social de Derecho.Estado Social de Derecho.

Page 44: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA SEGURIDAD SOCIAL EN RELACIÓN CON LA RELACIÓN CON LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ES UN ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, ES UN SERVICIO PÚBLICO EN GRAN SERVICIO PÚBLICO EN GRAN MEDIDA ESENCIAL.MEDIDA ESENCIAL.

El artículo 48 de la C.P y 365 de la C.P. El artículo 48 de la C.P y 365 de la C.P.

¿Qué entiende nuestra legislación por ¿Qué entiende nuestra legislación por servicio público?, ¿Cuándo será servicio público?, ¿Cuándo será esencial y cuales son sus esencial y cuales son sus implicaciones?.implicaciones?.

Page 45: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Según la ley es servicio público: toda Según la ley es servicio público: toda actividad organizada que tienda a satisfacer actividad organizada que tienda a satisfacer necesidades de interés general en forma necesidades de interés general en forma regular y continua, de acuerdo con un regular y continua, de acuerdo con un régimen jurídico especial bien que se realice régimen jurídico especial bien que se realice por el Estado, directa o indirectamente, o por el Estado, directa o indirectamente, o por personas privadas.por personas privadas.

Esencial: aquellas actividades cuya Esencial: aquellas actividades cuya interrupción puede tener consecuencias para interrupción puede tener consecuencias para la vida, la seguridad o la salud de la persona, la vida, la seguridad o la salud de la persona, en los cuales podría estar justificado en los cuales podría estar justificado imponer restricciones e incluso prohibicionesimponer restricciones e incluso prohibiciones

Page 46: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

DE QUE DEPENDE LO ESENCIALDE QUE DEPENDE LO ESENCIAL “La esencialidad del “La esencialidad del servicio no debe considerarse exclusivamente por el servicio servicio no debe considerarse exclusivamente por el servicio mismo, esto es, por su naturaleza intrínseca, ni por la importancia mismo, esto es, por su naturaleza intrínseca, ni por la importancia de la actividad industrial, comercial o prestacional en la economía de la actividad industrial, comercial o prestacional en la economía global del país y consecuentemente en relación con la magnitud global del país y consecuentemente en relación con la magnitud del perjuicio que para ésta representa su interrupción por la del perjuicio que para ésta representa su interrupción por la huelga. Tampoco, aquélla puede radicar en la invocación abstracta huelga. Tampoco, aquélla puede radicar en la invocación abstracta de la utilidad pública o de la satisfacción de los intereses de la utilidad pública o de la satisfacción de los intereses generales, la cual es consustancial a todo servicio público.generales, la cual es consustancial a todo servicio público.

   El carácter esencial de un servicio público se predica, cuando las El carácter esencial de un servicio público se predica, cuando las

actividades que lo conforman contribuyen de modo directo y actividades que lo conforman contribuyen de modo directo y concreto a la protección de bienes o a la satisfacción de intereses concreto a la protección de bienes o a la satisfacción de intereses o a la realización de valores, ligados con el respeto, vigencia, o a la realización de valores, ligados con el respeto, vigencia, ejercicio y efectividad de los derechos y libertades fundamentales. ejercicio y efectividad de los derechos y libertades fundamentales. Ello es así, en razón de la preeminencia que se reconoce a los Ello es así, en razón de la preeminencia que se reconoce a los derechos fundamentales de la persona y de las garantías derechos fundamentales de la persona y de las garantías dispuestas para su amparo, con el fin de asegurar su respeto y dispuestas para su amparo, con el fin de asegurar su respeto y efectividad.” C- 450 DE 1995.efectividad.” C- 450 DE 1995.

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SERVICIO ESENCIAL Y LA HUELGA.SERVICIO ESENCIAL Y LA HUELGA. PROHIBICIÓN.PROHIBICIÓN. SALVO HUELGA IMPUTABLE AL SALVO HUELGA IMPUTABLE AL

EMPLEADOR – Consejo de Estado EMPLEADOR – Consejo de Estado Exp.3768 de 2004- y C-201 de 2002.Exp.3768 de 2004- y C-201 de 2002.

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Exp.3768 de 2004: Exp.3768 de 2004: En conclusión entiende la Sala, que es En conclusión entiende la Sala, que es absolutamente constitucional y desde luego acorde a preceptos absolutamente constitucional y desde luego acorde a preceptos legales que la administración a través del Ministerio de La legales que la administración a través del Ministerio de La Protección Social, declare la ilegalidad de los ceses de Protección Social, declare la ilegalidad de los ceses de actividades ejecutados por los trabajadores en los servicios actividades ejecutados por los trabajadores en los servicios públicos esenciales siempre y cuando, la causa de tales públicos esenciales siempre y cuando, la causa de tales interrupciones en dichos servicios no comprometa de manera interrupciones en dichos servicios no comprometa de manera directa conductas administrativas, omisivas o positivas, como directa conductas administrativas, omisivas o positivas, como supuesto causal y eficiente de la perturbación laboral, pues supuesto causal y eficiente de la perturbación laboral, pues estas circunstancias sustraen a la competencia jurídica de la estas circunstancias sustraen a la competencia jurídica de la administración la posibilidad de que su ejercicio responda a los administración la posibilidad de que su ejercicio responda a los postulados constitucionales que fundamentan su expresión postulados constitucionales que fundamentan su expresión dentro del marco del Estado Social de Derecho vigente.dentro del marco del Estado Social de Derecho vigente.

Page 49: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Por lo anterior, la Sala estima que la posibilidad que consagra Por lo anterior, la Sala estima que la posibilidad que consagra el artículo 379 literal e) del Código Sustantivo del Trabajo para el artículo 379 literal e) del Código Sustantivo del Trabajo para declarar el cese de actividades en caso de incumplimiento de declarar el cese de actividades en caso de incumplimiento de las obligaciones del empleador, tiene plena aplicación en casos las obligaciones del empleador, tiene plena aplicación en casos como el que se examina, pese al carácter esencial del servicio. como el que se examina, pese al carácter esencial del servicio. Una conclusión diferente significaría colocar a los servidores en Una conclusión diferente significaría colocar a los servidores en situación de realizar conductas imposibles y lesivas de los más situación de realizar conductas imposibles y lesivas de los más elementales principios que atañen a la dignidad humana y a su elementales principios que atañen a la dignidad humana y a su propia supervivencia, y lo que resulta de mayor trascendencia propia supervivencia, y lo que resulta de mayor trascendencia aun, cohonestar con el ejercicio de una potestad jurídica del aun, cohonestar con el ejercicio de una potestad jurídica del Estado que riñe con los principios de legalidad y moralidad de Estado que riñe con los principios de legalidad y moralidad de la función pública que desde luego integran el escenario dentro la función pública que desde luego integran el escenario dentro del que debe ejercerse la actividad administrativa.”.del que debe ejercerse la actividad administrativa.”.

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Exp. 3920-04: Exp. 3920-04: De acuerdo con lo anterior, el SENA tiene a su cargo De acuerdo con lo anterior, el SENA tiene a su cargo la prestación de un servicio público como es la educación, en una de la prestación de un servicio público como es la educación, en una de sus tantas variables, en este caso la de desarrollar la formación sus tantas variables, en este caso la de desarrollar la formación profesional integral. profesional integral.

Quiere decir lo anterior que no podían los servidores del SENA Quiere decir lo anterior que no podían los servidores del SENA ejercer el derecho de huelga. Tampoco aparece dentro del proceso ni ejercer el derecho de huelga. Tampoco aparece dentro del proceso ni lo alega la parte demandante, que la suspensión colectiva de lo alega la parte demandante, que la suspensión colectiva de actividades actividades haya tenido lugar como consecuencia del haya tenido lugar como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones patronales, caso en el cual incumplimiento de las obligaciones patronales, caso en el cual podría eventualmente encontrarse justificado el cesepodría eventualmente encontrarse justificado el cese, al tenor de , al tenor de lo dispuesto por el literal e) del artículo 379 del Código Sustantivo del lo dispuesto por el literal e) del artículo 379 del Código Sustantivo del Trabajo, que prohíbe a los sindicatos promover las cesaciones o Trabajo, que prohíbe a los sindicatos promover las cesaciones o paros, con la salvedad indicada.paros, con la salvedad indicada.

  

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LA SEGURIDAD SOCIAL EN LA SEGURIDAD SOCIAL EN RELACIÓN CON EL DERECHO ES RELACIÓN CON EL DERECHO ES UNA DISCIPLINA AUTONOMA.UNA DISCIPLINA AUTONOMA.

NormatividadNormatividad PrincipiosPrincipios Jurisdicción.Jurisdicción. Su relación con otras disciplinas Su relación con otras disciplinas

(Economía, informática y (Economía, informática y telemática, medicina). telemática, medicina).

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PRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIALPRINCIPIOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL..

Líneas o directrices que informan Líneas o directrices que informan algunas normas e inspiran directa o algunas normas e inspiran directa o indirectamente una serie de indirectamente una serie de soluciones que puedan servir para soluciones que puedan servir para promover o encausar la aprobación promover o encausar la aprobación de nuevas normas y resolver los de nuevas normas y resolver los casos no previstos para aquellos en la casos no previstos para aquellos en la actual vigencia; en otros términos, actual vigencia; en otros términos, son ideas rectoras, centrales, son ideas rectoras, centrales, fundamentales e informadoras y que fundamentales e informadoras y que orientan la interpretaciónorientan la interpretación de las de las existentes.existentes.

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PRINCIPIOS CONSTITUCIONALESPRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Solidaridad.Solidaridad. UniversalidadUniversalidad Eficiencia.Eficiencia. Gradualidad.Gradualidad. Pago oportunoPago oportuno Reajuste periódicoReajuste periódico

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PRINCIPIOS LEGALES (Art. 2 Ley 100 de PRINCIPIOS LEGALES (Art. 2 Ley 100 de 1993).1993).

SOLIDARIDADSOLIDARIDAD

EFICIENCIA EFICIENCIA

UNIVERSALIDADUNIVERSALIDAD

PARTICIPACIONPARTICIPACION

INTEGRALIDADINTEGRALIDAD

UNIDAD UNIDAD

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PRINCIPIOS HERMENEUTICOSPRINCIPIOS HERMENEUTICOS

PRINCIPIO PROTECTOR.PRINCIPIO PROTECTOR.

1- IN DUBIO PRO AFILIADO U1- IN DUBIO PRO AFILIADO U OPERARIO. OPERARIO.

.. 2- NORMA MÁS FAVORABLE. 2- NORMA MÁS FAVORABLE.

CONDICIÓN JURÍDICA MÁS CONDICIÓN JURÍDICA MÁS BENEFICIOSA.BENEFICIOSA.

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PRINCIPIO DE UNIVERSALIDADPRINCIPIO DE UNIVERSALIDAD

1- Ppio de Universalidad del campo de 1- Ppio de Universalidad del campo de aplicación de personas protegidas.aplicación de personas protegidas.

2- Ppio de Universalidad del campo de 2- Ppio de Universalidad del campo de aplicación de riesgos cubiertos.aplicación de riesgos cubiertos.

Ley 100 de 1993, art. 2 Lit. b Ley 100 de 1993, art. 2 Lit. b “Protección para todas las personas, “Protección para todas las personas, sin ninguna discriminación en todas sin ninguna discriminación en todas las etapas de la vidalas etapas de la vida””

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La seguridad social como vehículo La seguridad social como vehículo que promueve y que promueve y preserva la dignidad preserva la dignidad humanahumana, es un derecho que asiste a , es un derecho que asiste a toda las personas – y no únicamente toda las personas – y no únicamente a los trabajadores dependientes -, a los trabajadores dependientes -, por lo que debe orientar sus lazos de por lo que debe orientar sus lazos de protección en protección en sentido horizontal sentido horizontal hacia todo el conglomerado humano, hacia todo el conglomerado humano, protegiéndolo de los riesgos de la protegiéndolo de los riesgos de la vida profesional y de los demás que vida profesional y de los demás que alteren el equilibrio entre rentas y alteren el equilibrio entre rentas y necesidades. ( Cetina Vargas.) necesidades. ( Cetina Vargas.)

Page 58: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

CORTE CONSTITUCIONAL SC - 623 DE CORTE CONSTITUCIONAL SC - 623 DE 2004. M.P Dr 2004. M.P Dr RODRIGO ESCOBAR GIL.RODRIGO ESCOBAR GIL.

““Según el Según el principio de universalidadprincipio de universalidad, la , la cobertura en la protección de los cobertura en la protección de los riesgos inherentes a la seguridad social riesgos inherentes a la seguridad social debe amparar a debe amparar a todas las personas todas las personas residentes en Colombiaresidentes en Colombia, en , en cualquiera de las etapas de su vida, cualquiera de las etapas de su vida, sin sin discriminacióndiscriminación alguna por razones de alguna por razones de sexo, edad, raza, origen nacional o sexo, edad, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica, etc.política o filosófica, etc.

Page 59: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PRINCIPIO DE SOLIDARIDADPRINCIPIO DE SOLIDARIDAD

SOLIDARIDAD ECONÓMICA.SOLIDARIDAD ECONÓMICA.

SOLIDARIDAD SOCIAL.SOLIDARIDAD SOCIAL.

““ayuda mutua entre las personas, las ayuda mutua entre las personas, las generaciones, los sectores económicos, generaciones, los sectores económicos, las regiones y las comunidades bajo el las regiones y las comunidades bajo el principio del más fuerte hacia el más principio del más fuerte hacia el más débildébil” Ley 100 de 1993 art. 2 Lit C.” Ley 100 de 1993 art. 2 Lit C.

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CORTE CONSTITUCIONAL SC - 623 DECORTE CONSTITUCIONAL SC - 623 DE2004. M.P Dr 2004. M.P Dr RODRIGO ESCOBAR GILRODRIGO ESCOBAR GIL..

““El El principio de solidaridadprincipio de solidaridad exige la ayuda mutua entre las exige la ayuda mutua entre las personas afiliadas, vinculadas y personas afiliadas, vinculadas y beneficiarias, independientemente beneficiarias, independientemente del sector económico al cual del sector económico al cual pertenezcan, y sin importar el pertenezcan, y sin importar el estricto orden generacional en el estricto orden generacional en el cual se encuentren. Este principio se cual se encuentren. Este principio se manifiesta en dos subreglas, a manifiesta en dos subreglas, a saber:saber:

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En primer lugar, el deber de los En primer lugar, el deber de los sectores con mayores recursos sectores con mayores recursos económicos de contribuir al económicos de contribuir al financiamiento de la seguridad social financiamiento de la seguridad social de las personas de escasos ingresos, de las personas de escasos ingresos, por ejemplo, mediante aportes por ejemplo, mediante aportes adicionales destinados a subsidiar adicionales destinados a subsidiar las subcuentas de solidaridad y las subcuentas de solidaridad y subsistencia del sistema integral de subsistencia del sistema integral de seguridad social en pensiones, seguridad social en pensiones, cuando los altos ingresos del cuando los altos ingresos del cotizante así lo permiten. cotizante así lo permiten.

Page 62: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

En segundo término, la obligación de la En segundo término, la obligación de la sociedad entera o de alguna parte de ella, sociedad entera o de alguna parte de ella, de colaborar en la protección de la de colaborar en la protección de la seguridad social de las personas que por seguridad social de las personas que por diversas circunstancias están diversas circunstancias están imposibilitadas para procurarse su propio imposibilitadas para procurarse su propio sustento y el de su familia. En estos casos, sustento y el de su familia. En estos casos, no se pretende exigir un aporte adicional no se pretende exigir un aporte adicional representado en una cotización en dinero, representado en una cotización en dinero, sino que, por el contrario, se acuden a sino que, por el contrario, se acuden a otras herramientas del sistema de otras herramientas del sistema de seguridad social en aras de contribuir por seguridad social en aras de contribuir por el bienestar general y el interés común, el bienestar general y el interés común, tales comotales como

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(i)(i) el aumento razonable de las tasas de el aumento razonable de las tasas de cotización, siempre y cuando no vulneren cotización, siempre y cuando no vulneren los derechos fundamentales al mínimo los derechos fundamentales al mínimo vital y a la vida digna; vital y a la vida digna; (ii)(ii) la exigencia la exigencia proporcional de períodos mínimos de proporcional de períodos mínimos de fidelidad o de carencia, bajo la condición fidelidad o de carencia, bajo la condición de no hacer nugatorio el acceso a los de no hacer nugatorio el acceso a los derechos de la seguridad social y, derechos de la seguridad social y, eventualmente; eventualmente; (iii)(iii) el aumento de las el aumento de las edades o semanas de cotización, con edades o semanas de cotización, con sujeción a los parámetros naturales de sujeción a los parámetros naturales de desgaste físico y psicológico, como lo desgaste físico y psicológico, como lo reconocen los tratados internacionales del reconocen los tratados internacionales del derecho al trabajo.”derecho al trabajo.”

Page 64: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PRINCIPIO DE EFICIENCIAPRINCIPIO DE EFICIENCIA

““Mejor utilización social y Mejor utilización social y económica de los recursos económica de los recursos administrativos, técnicos y administrativos, técnicos y financieros … para que los financieros … para que los beneficios sean `”prestados en beneficios sean `”prestados en forma adecuada, oportuna y forma adecuada, oportuna y suficiente” (L. 100, art. 2, Lit A).suficiente” (L. 100, art. 2, Lit A).

Page 65: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Continuidad en el servicio . En la sentenciaContinuidad en el servicio . En la sentencia

T.235 de 2002 se dijo lo siguiente: T.235 de 2002 se dijo lo siguiente:

“ “ En un sistema de seguridad social hay tres En un sistema de seguridad social hay tres aspectos jurídicos: i. La protección aspectos jurídicos: i. La protección normativa que se da por la consagración normativa que se da por la consagración del derecho y su forma de garantizarlo . ii. del derecho y su forma de garantizarlo . ii. La financiación que va a depender de las La financiación que va a depender de las particularidades del sistema, iii. La particularidades del sistema, iii. La gestión a cargo de los órganos gestores gestión a cargo de los órganos gestores

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La jurisprudencia constitucional ha venidoLa jurisprudencia constitucional ha venidoafirmando que afirmando que el principio de eficacia no solamenteel principio de eficacia no solamentetiene que ver con la eficacia y la adecuada atencióntiene que ver con la eficacia y la adecuada atención, sino con la continuidad en la prestación del, sino con la continuidad en la prestación delservicio servicio ( S.U- 562- 99) . Esto es particularmente( S.U- 562- 99) . Esto es particularmenteimportante tratándose de salud . se debe destacarimportante tratándose de salud . se debe destacarque que la eficiencia debe ser una característica de la eficiencia debe ser una característica de

la gestióla gestiónn. La gestión implica una relación entre el. La gestión implica una relación entre elsistema de seguridad social y sus beneficiarios . Lasistema de seguridad social y sus beneficiarios . Lagestión exige una atención personalizada en torno agestión exige una atención personalizada en torno alos derechos y necesidades de los usuarios y unalos derechos y necesidades de los usuarios y unasensibilidad social frente al entramado normativosensibilidad social frente al entramado normativopara que el beneficiario no quede aprisionado en unpara que el beneficiario no quede aprisionado en unlaberinto burocrático.laberinto burocrático.

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““LEY NÚMERO 700 DE 2001LEY NÚMERO 700 DE 2001 (10- 07). (10- 07).

““Por medio de la cual se dictan medidas Por medio de la cual se dictan medidas tendientes a mejorar las condiciones de tendientes a mejorar las condiciones de vida de los pensionados y se dictan otras vida de los pensionados y se dictan otras disposiciones”.disposiciones”.

LEY NÚMERO 717 DE 2001LEY NÚMERO 717 DE 2001(12- 24).(12- 24).

““Por la cual se establecen términos para el Por la cual se establecen términos para el reconocimiento de las pensiones de reconocimiento de las pensiones de sobrevivientes y se dictan otras sobrevivientes y se dictan otras disposiciones”.disposiciones”.

Page 68: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PRINCIPIO DE LA INTEGRALIDADPRINCIPIO DE LA INTEGRALIDAD

Es la cobertura de todas las Es la cobertura de todas las contingencias que afectan la salud, la contingencias que afectan la salud, la capacidad económica y en general las capacidad económica y en general las condiciones de vida de toda la población. condiciones de vida de toda la población. Para este efecto cada quien contribuirá Para este efecto cada quien contribuirá según su capacidad y recibirá lo según su capacidad y recibirá lo necesario para atender sus contingencias necesario para atender sus contingencias amparadas por esta ley.amparadas por esta ley.

Los beneficios que concede deben ser Los beneficios que concede deben ser oportunos (tiempo); Suficientes oportunos (tiempo); Suficientes (Cantidad); Completos (Calidad).(Cantidad); Completos (Calidad).

Page 69: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PRINCIPIO DE LA UNIDADPRINCIPIO DE LA UNIDAD Los principios anteriores exigen cierta Los principios anteriores exigen cierta unidad o armonía en la organización unidad o armonía en la organización legislativa, administrativa y financiera del legislativa, administrativa y financiera del sistema , evitando contradicciones sistema , evitando contradicciones desigualdades, injusticias y complejidades . desigualdades, injusticias y complejidades . En nuestro medio es muy propio el En nuestro medio es muy propio el funcionamiento de organismo de toda funcionamiento de organismo de toda denominación que prestan beneficios denominación que prestan beneficios característicos de la seguridad social a característicos de la seguridad social a diversos sectores de la población, En forma diversos sectores de la población, En forma dispersa y descoordinada . lo anterior dispersa y descoordinada . lo anterior conlleva a la duplicidad de prestaciones y conlleva a la duplicidad de prestaciones y disposiciones reglamentarias, disposiciones reglamentarias, gastosmúltiples, injusticias y gastosmúltiples, injusticias y discriminaciones . discriminaciones .

Page 70: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

El literal e) del artículo 2º de la ley El literal e) del artículo 2º de la ley 100 de 1993, lo define así: 100 de 1993, lo define así:

“ “ e) Unidad. Es la articulación de e) Unidad. Es la articulación de políticas, instituciones, regímenes, políticas, instituciones, regímenes, procedimientos y prestaciones para procedimientos y prestaciones para alcanzar los fines de la seguridad alcanzar los fines de la seguridad social”.social”.

Page 71: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PRINCIPIO DE LA PARTICIPACIÓNPRINCIPIO DE LA PARTICIPACIÓN

“ “ La intervención de la comunidad a La intervención de la comunidad a través de los beneficiarios de la través de los beneficiarios de la seguridad social en la organización, seguridad social en la organización, control, gestión, y fiscalización de las control, gestión, y fiscalización de las instituciones y del sistema en instituciones y del sistema en conjunto”. conjunto”.

Page 72: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PRINCIPIO DE PROGRESIVIDADPRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD

El Estado con la participación de losEl Estado con la participación de los

particulares, ampliará particulares, ampliará

progresivamente la cobertura de laprogresivamente la cobertura de la

seguridad social… (art. 48 C.N ,seguridad social… (art. 48 C.N ,

concordancia, art. 365 ).concordancia, art. 365 ).

Page 73: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PACTO DE DERECHOS ECONOMICOS, PACTO DE DERECHOS ECONOMICOS, SOCIALES Y CULTURALESSOCIALES Y CULTURALES

Ley 74 de 1.968 , obligación de los Ley 74 de 1.968 , obligación de los Estados:Estados:Adoptar medidas tanto por separado Adoptar medidas tanto por separado como mediante la asistencia, la como mediante la asistencia, la cooperación internacionales, cooperación internacionales, especialmente económicas y técnicas, especialmente económicas y técnicas, hasta el máximo de recursos de que hasta el máximo de recursos de que disponga, para lograr progresivamente , disponga, para lograr progresivamente , por todos los medios apropiados, por todos los medios apropiados, inclusive en particular la adopción de inclusive en particular la adopción de medidas legislativasmedidas legislativas

Page 74: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PRINCIPIO DE LA INTERNACIONALIDADPRINCIPIO DE LA INTERNACIONALIDAD EL alcance de la seguridad social no EL alcance de la seguridad social no termina en los linderos nacionales, termina en los linderos nacionales, pretende que los beneficios concedidos pretende que los beneficios concedidos tengan una cobertura más amplia y tengan una cobertura más amplia y cobijen al individuo , más allá de las cobijen al individuo , más allá de las fronteras y acojan a su vez a los fronteras y acojan a su vez a los extranjeros que se encuentran dentro extranjeros que se encuentran dentro del territorio nacional, en atención al del territorio nacional, en atención al principio de universalidad y solidaridad y principio de universalidad y solidaridad y a la consideración del concepto de “ a la consideración del concepto de “ comunidad”comunidad”

Page 75: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

OTROS PRINCIPIOSOTROS PRINCIPIOS

EQUIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL.EQUIDAD Y SOLIDARIDAD SOCIAL.

RESPONSABILIDA FISCALRESPONSABILIDA FISCAL

JUSTICIA REDISTRIBUTIVAJUSTICIA REDISTRIBUTIVA SOSTENIBILIDAD FINANCIERA.SOSTENIBILIDAD FINANCIERA.

Page 76: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

IN DUBIO PRO AFILIADO U OPERARIOIN DUBIO PRO AFILIADO U OPERARIO

Se presenta cuando una determinadaSe presenta cuando una determinada

norma permite varias interpretacionesnorma permite varias interpretaciones

posibles, el operador jurídico debeposibles, el operador jurídico debe

escoger la más favorable al afiliado alescoger la más favorable al afiliado al

sistema de seguridad social.sistema de seguridad social.

Page 77: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

NORMA MÁS FAVORABLENORMA MÁS FAVORABLE

Se presenta cuando se enfrentan diferentes Se presenta cuando se enfrentan diferentes disposiciones que regulan la misma situación, se disposiciones que regulan la misma situación, se escoge la más favorable.escoge la más favorable.

1.1. Que exista conflicto entre normas vigentes.1.1. Que exista conflicto entre normas vigentes. 1.2 Ámbito o jerarquía de las normas en conflicto1.2 Ámbito o jerarquía de las normas en conflicto 1.3- Las normas deben referirse a la misma 1.3- Las normas deben referirse a la misma

situación de hecho, aunque desde luego, su situación de hecho, aunque desde luego, su contenido debe ser diverso.contenido debe ser diverso.

1.4- Normas validas.1.4- Normas validas. 1.5- Inescindibilidad. 1.5- Inescindibilidad. Sentencia 28827Sentencia 28827

Page 78: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

CONDICIÓN JURÍDICA MÁS CONDICIÓN JURÍDICA MÁS

BENEFICIOSABENEFICIOSA

Se presenta cuando hay una Se presenta cuando hay una sucesión normativa, es decir, una sucesión normativa, es decir, una nueva norma que deroga una nueva norma que deroga una anterior y la nueva norma es más anterior y la nueva norma es más desfavorable que la anterior. En este desfavorable que la anterior. En este caso la nueva norma se inaplica, caso la nueva norma se inaplica, dándole efectos ultractivos a una dándole efectos ultractivos a una vieja norma que desde el punto de vieja norma que desde el punto de vista jurídico objetivo se encuentra vista jurídico objetivo se encuentra derogada.derogada.

Page 79: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Estructura: Estructura: Deber serDeber ser: En caso de duda seria y objetiva, : En caso de duda seria y objetiva, ningún aplicador del dcho deberá desconocer el principio ningún aplicador del dcho deberá desconocer el principio constitucional de favorabilidad.constitucional de favorabilidad.

Regla: Regla: En caso de duda seria y objetiva, el aplicador del En caso de duda seria y objetiva, el aplicador del derecho que desconozca la interpretación que resulte más derecho que desconozca la interpretación que resulte más favorable al trabajador, deberá resarcir el daño ocasionado.favorable al trabajador, deberá resarcir el daño ocasionado.

Derecho:Derecho:Todo trabajador tiene dcho a que en caso de Todo trabajador tiene dcho a que en caso de duda seria y objetiva, el aplicador del derecho escoja la duda seria y objetiva, el aplicador del derecho escoja la interpretación que le resulte más favorable.interpretación que le resulte más favorable.

Obligación:Obligación: Ningún aplicador del derecho, en caso de Ningún aplicador del derecho, en caso de duda seria objetiva, podrá someter a un trabajador a la duda seria objetiva, podrá someter a un trabajador a la interpretación que le sea desfavorable.interpretación que le sea desfavorable.

Garantía: Garantía: El Edo garantizará a todos los trabajadores la El Edo garantizará a todos los trabajadores la aplicación del principio.aplicación del principio.

Page 80: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PRINCIPIO DE LA IRRENUNCIABILIDADPRINCIPIO DE LA IRRENUNCIABILIDAD

Imposibilidad jurídica de privarseImposibilidad jurídica de privarse

voluntariamente de una o másvoluntariamente de una o más

ventajas concedida por el derecho enventajas concedida por el derecho en

beneficio propio.beneficio propio.

PRINCIPIODE IMPRESCRIPTIBILIDADPRINCIPIODE IMPRESCRIPTIBILIDAD

Page 81: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Protección al más débil, puede ser Protección al más débil, puede ser victima fácilmente de renunciar a un victima fácilmente de renunciar a un derecho.derecho.

Limite a la autonomía de la voluntad.Limite a la autonomía de la voluntad. Conciliación y transacción derechos Conciliación y transacción derechos

inciertos y discutibles.inciertos y discutibles. Dcho cierto es el que esta Dcho cierto es el que esta

plenamente probado e indiscutible plenamente probado e indiscutible no esta sujeto a controversia. no esta sujeto a controversia.

Page 82: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Estructura: Estructura: Deber serDeber ser: Ninguna persona será forzada, ni : Ninguna persona será forzada, ni directa ni veladamente, a renunciar a los mínimos directa ni veladamente, a renunciar a los mínimos establecidos en las normas-principios y normas reglas establecidos en las normas-principios y normas reglas laborales.laborales.

ReglaRegla: El que obligue a renunciar a una persona a : El que obligue a renunciar a una persona a renunciar a los mínimos establecidos en las normas-renunciar a los mínimos establecidos en las normas-principios y normas-reglas, deberá resarcir el daño principios y normas-reglas, deberá resarcir el daño ocasionado indebidamente.ocasionado indebidamente.

Derecho: Derecho: Toda persona tiene derecho a no renunciar a los Toda persona tiene derecho a no renunciar a los mínimos establecidos en las normas-principios y normas-mínimos establecidos en las normas-principios y normas-reglas laborales.reglas laborales.

ObligaciónObligación: Nadie podrá renunciar, por ningún concepto, a : Nadie podrá renunciar, por ningún concepto, a los mínimos establecidos en las normas-principios y normas los mínimos establecidos en las normas-principios y normas reglas laborales.reglas laborales.

Garantía: Garantía: El Edo garantizará el carácter irrenunciable a El Edo garantizará el carácter irrenunciable a los mínimos establecidos en las normas-principios y los mínimos establecidos en las normas-principios y

normas-reglas laboralesnormas-reglas laborales..

Page 83: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LA LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LA SOCIEDAD ES UN FACTOR DE SOCIEDAD ES UN FACTOR DE SOLIDARIDAD Y DE SOLIDARIDAD Y DE REDISTRIBUCIÓN DE RIQUEZA.REDISTRIBUCIÓN DE RIQUEZA.

Fondo de solidaridad pensional.Fondo de solidaridad pensional. Sistema de participación.Sistema de participación.

DEFINICIÓN LEGAL SEGURIDAD SOCIAL, DEFINICIÓN LEGAL SEGURIDAD SOCIAL, LEY 100 DE 1993, PREAMBULO Y ART. 1.LEY 100 DE 1993, PREAMBULO Y ART. 1.

Page 84: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

MODELOS DE SEGURIDAD MODELOS DE SEGURIDAD SOCIALSOCIAL..

SISTEMA CONTRIBUTIVO, CONTINENTAL SISTEMA CONTRIBUTIVO, CONTINENTAL O DE BISMARKO DE BISMARK

Por su obligatoriedad, es obligatorio para Por su obligatoriedad, es obligatorio para todos los individuos sometidos a la ley. todos los individuos sometidos a la ley.

El ámbito subjetivo originario es muy El ámbito subjetivo originario es muy limitado, sólo afecta a los trabajadores limitado, sólo afecta a los trabajadores industriales, y sobre todo, a los obreros. industriales, y sobre todo, a los obreros. Es , por tanto, un sistema de carácter Es , por tanto, un sistema de carácter laboral o profesional. laboral o profesional.

Page 85: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

La carga financiera se reparte entre La carga financiera se reparte entre los empleadores y los asegurados, los empleadores y los asegurados, añadiéndose en ocasiones una añadiéndose en ocasiones una subvención del Estado a esas subvención del Estado a esas cotizaciones. cotizaciones.

Es un sistema causal, es decir, Es un sistema causal, es decir, atiende a los riesgos y causas del atiende a los riesgos y causas del infortunio; y de tipo reparador, trata infortunio; y de tipo reparador, trata de suplir ante todo la pérdida de suplir ante todo la pérdida salarial. salarial.

Cada uno de los seguros cuenta con Cada uno de los seguros cuenta con su propia estructura administrativa.su propia estructura administrativa.

Page 86: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

Seguros Sociales – Otto Von Seguros Sociales – Otto Von Bismark.Bismark.

1883, Ley del seguro de Enfermedad 1883, Ley del seguro de Enfermedad (Krankenversicherung), para todos (Krankenversicherung), para todos los obreros industriales.los obreros industriales.

1884, Ley del Seguro de Accidentes 1884, Ley del Seguro de Accidentes de Trabajo (Unfallversicherungde Trabajo (Unfallversicherung. .

1889, Leyes de los Seguros de 1889, Leyes de los Seguros de Invalidez y Vejez (Invaliditäts-und Invalidez y Vejez (Invaliditäts-und Alterversicherung)Alterversicherung)

Page 87: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

SISTEMA UNIVERSAL, SISTEMA UNIVERSAL, ATLANTICO O DE BEVERIGDEATLANTICO O DE BEVERIGDE

Descansa ampliamente sobre Descansa ampliamente sobre recursos indiferenciados procedentes recursos indiferenciados procedentes de los Presupuestos Generales.de los Presupuestos Generales.

Prestaciones económicas uniformes.Prestaciones económicas uniformes. Tiende a la universalización de la Tiende a la universalización de la

cobertura y de los riesgos.cobertura y de los riesgos. Administración y gestión unificada y Administración y gestión unificada y

pública del sistema.pública del sistema.

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ParámetrosParámetros Seguro SocialSeguro Social Seguridad socialSeguridad social

origenorigen R.civil-seguro R.civil-seguro PvdoPvdo

Ppio solidariPpio solidari

BeneficiariosBeneficiarios Wjadores Wjadores dependi.dependi.

IndividuosIndividuos

ContingenciasContingencias I.V.M E.M.I.V.M E.M. Necesidades Necesidades socialessociales

PrestacionesPrestaciones Según riesgosSegún riesgos NecesidadesNecesidades

RecursosRecursos Cotizaciones, Cotizaciones, carácter carácter conmutativoconmutativo

Ingreso, Ingreso, carácter carácter distributivodistributivo

AdministraAdministra MultiplicidadMultiplicidad Estado UnidadEstado Unidad

MetasMetas Población wjadoraPoblación wjadora Toda la Toda la poblaciónpoblación

Page 89: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

CONCEPTO LEGAL: CONCEPTO LEGAL: PROTECCION PROTECCION SOCIALSOCIAL (l. 789/02, art. 1ro) “… (l. 789/02, art. 1ro) “… conjunto de políticas públicas conjunto de políticas públicas orientadas a disminuir la orientadas a disminuir la vulnerabilidad y a mejorar la calidad vulnerabilidad y a mejorar la calidad de vida de los colombianos, de vida de los colombianos, especialmente de los más especialmente de los más desprotegidos. Para obtener como desprotegidos. Para obtener como mínimo el derecho a la salud, la mínimo el derecho a la salud, la pensión y al trabajo.” pensión y al trabajo.”

Page 90: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

PensionesPensiones: Viabilidad del sistema : Viabilidad del sistema e ingresos aceptables a presentes e ingresos aceptables a presentes y futuros pensionadosy futuros pensionados

Salud:Salud: servicios básicos servicios básicos TrabajoTrabajo: adaptabilidad a las : adaptabilidad a las

nuevas formas de trabajonuevas formas de trabajo

Page 91: Seguridad social cuc marzo 2012 (1)

COMPARACION DE CONCEPTOS COMPARACION DE CONCEPTOS LEGALESLEGALES

SEGURIDAD SOCIALSEGURIDAD SOCIAL

Instituciones, normas, procedimientos Instituciones, normas, procedimientos dirigida a los habitantes del país.dirigida a los habitantes del país.

Abarca, pensiones, salud, riesgos Abarca, pensiones, salud, riesgos profesionalesprofesionales

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PROTECCION SOCIALPROTECCION SOCIAL

Políticas públicasPolíticas públicas Dirigida a los ColombianosDirigida a los Colombianos Incluye el desempleo.Incluye el desempleo.

SENTENCIA C-834 DE 2007 SENTENCIA C-834 DE 2007 CONCEPTOS DIFERENTES.CONCEPTOS DIFERENTES.

Que piensan entidades Monetarias Que piensan entidades Monetarias Internacionales?-Internacionales?-