resumen de homo sacer erika

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Escuela de Posgrado Maestría en Literatura Hispanoamericana Doctora Francesca Denegri Estudiante: Erika Aquino Ordinola Seminario de Tesis 1: Resumen del libro Homo sacer. El poder soberano y la nuda vida de Giorgio Agamben (Primer resumen) Agamben, en el presente estudio, se propone desmembrar antiguas concepciones sobre cuerpo, biopolítica, sacralización, campos de concentración, etc. Para ello divide su análisis en tres apartados. El primero denominado “Lógica de la soberanía”, el segundo “Homo sacer” y el último “El campo de concentración como paradigma biopolítico de lo moderno”. En el primer apartado el autor, basándose en los estudios de Schmitt, enuncia lo que denomina la paradoja de la soberanía: “el soberano está, al mismo tiempo, fuera y dentro del ordenamiento jurídico” (27) y explica cómo es que este posee la capacidad de proclamar un estado de excepción y, de este modo, suspender el orden jurídico del mismo y, además, cómo es que este estado pasa a convertirse en norma, quedando sometida a una regulación normativa. Por tanto, el soberano, naturaliza la vigencia del estado de excepción. Sin embargo, deja en claro que lo que caracteriza a este estado es que lo excluido funda la norma, no se aleja de ella, sino que más bien la sostiene. Va más allá de lo que Blanchot ha denominado como el intento de la sociedad de “encerrar el afuera” e interiorizar aquello que le excede mediante una interdicción; por tanto, no es la excepción la que se sustrae a la regla, sino que es la regla, la que suspendiéndose, da lugar a la excepción (31). Ahora bien, puesto que ninguna norma se funda en el caos, es necesario que este sea incluido en el orden jurídico mediante la 1

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Page 1: Resumen de Homo Sacer Erika

Escuela de PosgradoMaestría en Literatura HispanoamericanaDoctora Francesca DenegriEstudiante: Erika Aquino Ordinola

Seminario de Tesis 1: Resumen del libro Homo sacer. El poder soberano y la nuda

vida de Giorgio Agamben (Primer resumen)

Agamben, en el presente estudio, se propone desmembrar antiguas concepciones sobre cuerpo, biopolítica, sacralización, campos de concentración, etc. Para ello divide su análisis en tres apartados. El primero denominado “Lógica de la soberanía”, el segundo “Homo sacer” y el último “El campo de concentración como paradigma biopolítico de lo moderno”.

En el primer apartado el autor, basándose en los estudios de Schmitt, enuncia lo que denomina la paradoja de la soberanía: “el soberano está, al mismo tiempo, fuera y dentro del ordenamiento jurídico” (27) y explica cómo es que este posee la capacidad de proclamar un estado de excepción y, de este modo, suspender el orden jurídico del mismo y, además, cómo es que este estado pasa a convertirse en norma, quedando sometida a una regulación normativa. Por tanto, el soberano, naturaliza la vigencia del estado de excepción. Sin embargo, deja en claro que lo que caracteriza a este estado es que lo excluido funda la norma, no se aleja de ella, sino que más bien la sostiene. Va más allá de lo que Blanchot ha denominado como el intento de la sociedad de “encerrar el afuera” e interiorizar aquello que le excede mediante una interdicción; por tanto, no es la excepción la que se sustrae a la regla, sino que es la regla, la que suspendiéndose, da lugar a la excepción (31). Ahora bien, puesto que ninguna norma se funda en el caos, es necesario que este sea incluido en el orden jurídico mediante la creación de una zona de indiferencia que es el estado de excepción. La tesis de este apartado es que el estado de excepción es una política fundamental que tiende a convertirse en regla y cuyo paradigma, “localización ilocalizable”, es el campo de concentración. Aquí el autor hace una analogía con el lenguaje, así como el discurso solo adquiere poder en un fragmento de la realidad (langue y parole) con la denotación y la no-denotación, de la misma manera, la norma solo se refiere al caso particular, porque en la excepción soberana, está vigente solamente como potencia suspendida de toda referencia real (33). El lenguaje, así sería el soberano que no tiene un afuera de la lengua. Por tanto, la “la excepción soberana (como zona de indiferencia entre naturaleza y derecho) es la presuposición de la referencia jurídica en la forma de sus suspensión” (34). La inclusión de la violencia como hecho jurídico primordial, la excepción es la forma originaria del derecho. La relación de excepción es una relación de bando, que no quiere decir que ha sido no solo puesto fuera de la ley sino abandonado por ella, en este sentido, el bando es la zona límite de la excepción.

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Luego, a partir de Píndaro, se desenhebra el enigma donde se mezclan “ley y violencia”, el poeta define la soberanía del nomos (ley) por medio de la justificación de la violencia (Bía y Dike). Esto no significa que ambos términos sean ambiguos, sino, más bien, que esté el paradigma oculto de la soberanía, el umbral en que la violencia se hace derecho y el derecho se hace violencia. De allí, que adentrándose en la filosofía occidental (Píndaro, Giorgias, Platón, Aristóteles), comience a diferenciar los términos griegos zoe y bios. Además, señala que la paradoja de la soberanía se muestra claramente en el problema del poder constituyente (que existen solo en el Estado, dentro de un marco legal) y su relación con el poder constituido que se sitúa fuera del Estado; de allí la imposibilidad de construir una relación entre ambos sobre todo cuando se trata de entender la naturaleza jurídica de la dictadura y del estado de excepción (57).

En la segunda parte del libro se analizan las relaciones entre el poder soberano y la imagen de la nuda vida. En un primer momento, nos habla de una figura del derecho romano en que el carácter de la sacralidad se vincula a una vida humana (apela a Festo, la teoría de la ambivalencia en Tótem y Tabú de Freud, Fowler, Fugier, Ernout-Meillet, entre otros). Se pregunta en qué consiste la sacralidad del hombre sagrado. Esta figura representa rasgos contradictorios entre lo sagrado y lo humano, se encuentra el momento de inteligibilidad donde ambos términos se fusionaron y se cargaron de un sentido contradictorio. El homo sacer es aquel que se pone fuera de lo humano sin que por ello pase a la jurisdicción divina, por lo tanto configura una doble excepción, “la vida insacrificable y a la que, sin embargo, puede darse muerte, la vida sagrada” (108). Es esta esfera indiferenciada donde la vida es soberana, es decir se le puede matar a un hombre sin cometer homicidio y sin celebrar un sacrificio; y sagrada, por tanto, expuesta a que se le dé muerte, pero a la vez es insacrificable (109) esta vida humana apresada en el bando soberano es el homo sacer o la nuda vida. Por tanto, soberano y homo sacer ofrecen dos figuras simétricas que tienen la misma estructura y están correlacionadas, en el sentido que el primero se refiere a que todos los hombres son potencialmente hominis sacri; y, el segundo, que todos actúan como soberanos (110). Este sacer designaría, en realidad, la relación política originaria; es aquí, en esta estructura originaria, donde se funda el poder soberano. Posteriormente, a partir de vitae necisque potestas por el pater familias, es decir, el poder del padre de dar muerte a sus hijos (traída a colación por Foucault en La voluntad del saber) se analiza desde la perspectiva en que la palabra “vida” se transforma en un término político, de allí también el hecho de que el estado-padre pueda disponer de la vida de sus hijos-ciudadanos. Para cerrar este capítulo se hace una analogía entre el homo sacer y el hombre lobo, lobo sagrado, licántropo a partir de un cuento del siglo XII de Maria de France "Bisclavret", en el que se concluye que la transformación del hombre en licántropo corresponde al estado de excepción donde el hombre se distingue de la fiera, la naturaleza y la cultura. En la modernidad la figura del homo sacer se ha emancipado de la ideología sacrificial y es una vida expuesta a una violencia sin

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precedentes; de allí, anuncia, que los alemanes no fueran exterminados en un holocausto sino literalmente como Hitler había anunciado “como piojos”.

En el último apartado, se hace un exhaustivo análisis de la politización de la vida. A partir de una análisis del Habeas corpus desenmascara cómo es que este ha reformulado el concepto de vida donde, en 1679, se necesita la presencia física de una persona ante un tribunal de justicia (osea la bios, vida cualificada del ciudadano) y, posteriormente, ya no se pide la presencia del hombre libre sino del corpus; es decir, “has de tener un cuerpo que mostrar” (ya no bios, sino zoe, en otra palabras la nuda vida en su anonimato). Lo que emerge nuevamente a la luz es el homo sacer. Esta centralidad del cuerpo en el ámbito político-jurídico nos lleva a la metáfora del corpus como superación social, en otra palabras, se puede dar muerte al cuerpo social, a cualquier cuerpo que sea parte de este “son los cuerpos, absolutamente expuestos a recibir muerte, de os súbditos” (159). Posteriormente, se estudia la declaración de 1789 y argumenta que esta puede ser considerada como el lugar donde se realiza el tránsito de la soberanía real y divina a la soberanía nacional. El nacimiento o la nuda vida se convierte en el portador inmediato de la soberanía, hay una ficción de que el nacimiento se haga nación, por lo que, cuando esta vida se integre a la polis, las fronteras que separaran la vida de la muerte se desplazan y así reconoceremos en los ciudadanos nuevos muertos vivientes. Luego de hacer un análisis de la historia de la eutanasia, muerte cerebral, “vida que no merece vivirse”, “sin valor”, “indigna de ser vivida”, se saca a flote la estrecha relación entre medicina, estado y política a partir de la figura de los “cobayas humanos”. Por último se estudia a figura del “lager” en el campo de concentración, cómo es que las políticas nazistas se trataron en verdad de, más que de limpieza étnica, de situaciones fundadas en la norma. La nuda vida en que estos hombres fueron transformados no es una situación extra política sin el umbral en que el derecho se transmuta en hecho y el hecho en derecho, haciéndose indiscernibles (218). Además se estudia cómo es que en la Alemania de Hitler se fundó un estado de excepción que permaneció vigente hasta el final del tercer Reich, pero que con el tiempo se dejó de referir a una situación exterior y provisional y se convirtió en la propia norma. Concluye que el “musulmán” es la vida reducida al zoe.

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