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Reglamento Interno de Evaluación Colegio Alonso de Ercilla 1 REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN ENSEÑANZA BÁSICA Y MEDIA 2017 I. INTRODUCCIÓN En consideración a las disposiciones del Decreto Exento N° 511 de 1997 y su modificación a través del Decreto Exento 107 de 2003, el Decreto Exento 112 de 1999 y el Decreto Exento 83 del 2001 del Ministerio de Educación, el Colegio Alonso de Ercilla de la Ciudad de Melipilla, establece el presente Reglamento Interno de Evaluación, el que se aplicará en todos los cursos de la Enseñanza Básica y Media. Este reglamento se fundamenta en: 1. El Proyecto Educativo Institucional, el cual expresa que la Misión del Colegio es: Formar alumnos y alumnas integrales: en lo intelectual, en lo espiritual y en lo social, inmersos en un ambiente de calidad, de exigencia académica y disciplinaria; con valores cristianos, capacidades, destrezas y habilidades, que les conduzcan a elaborar y comprometerse con un proyecto de vida personal y trascendente, que les permita ser socialmente competentes y con las competencias que les lleve a incorporarse en forma armónica y exitosa en el mundo que les corresponde vivir. 2. Los principios rectores de la Educación Chilena: Estos principios se desprenden de la Ley 20. 370/2009 (LGE) Art. N°2 que señala que: La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena, para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y para trabajar y contribuir al desarrollo del país. 3. Los siguientes decretos de educación que reglamentan el currículum nacional: - Educación Básica: N° 439/2012; 433/2012; 614/2013; 369/2015 que establecen las Bases Curriculares y los correspondientes a los programas de estudio: 2960/2012; 628/2016. - Educación Media: 614/2013 Bases Curriculares de I° de Educación Media; 254/2009 y 220/1998 del Marco Curricular de II° a IV° de Educación Media y los correspondientes a los respectivos programas de estudio: 1147/2015; 27/2001; 102/2002 ( Formación General) y 5 decretos para la formación Diferenciada que reglamentan las asignaturas electivas de III y IV años .

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Reglamento Interno de Evaluación Colegio Alonso de Ercilla

1

REGLAMENTO INTERNO DE EVALUACIÓN

ENSEÑANZA BÁSICA Y MEDIA

2017

I. INTRODUCCIÓN

En consideración a las disposiciones del Decreto Exento N° 511 de 1997 y su modificación a través del

Decreto Exento 107 de 2003, el Decreto Exento 112 de 1999 y el Decreto Exento 83 del 2001 del Ministerio de

Educación, el Colegio Alonso de Ercilla de la Ciudad de Melipilla, establece el presente Reglamento Interno de

Evaluación, el que se aplicará en todos los cursos de la Enseñanza Básica y Media.

Este reglamento se fundamenta en:

1. El Proyecto Educativo Institucional, el cual expresa que la Misión del Colegio es:

Formar alumnos y alumnas integrales: en lo intelectual, en lo espiritual y en lo social, inmersos en un

ambiente de calidad, de exigencia académica y disciplinaria; con valores cristianos, capacidades, destrezas y

habilidades, que les conduzcan a elaborar y comprometerse con un proyecto de vida personal y trascendente,

que les permita ser socialmente competentes y con las competencias que les lleve a incorporarse en forma

armónica y exitosa en el mundo que les corresponde vivir.

2. Los principios rectores de la Educación Chilena:

Estos principios se desprenden de la Ley 20. 370/2009 (LGE) Art. N°2 que señala que:

La educación es el proceso de aprendizaje permanente que abarca las distintas etapas de la vida de

las personas y que tiene como finalidad alcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual,

artístico y físico, mediante la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas. Se enmarca en el

respeto y valoración de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, de la diversidad multicultural

y de la paz, y de nuestra identidad nacional, capacitando a las personas para conducir su vida en forma plena,

para convivir y participar en forma responsable, tolerante, solidaria, democrática y activa en la comunidad, y

para trabajar y contribuir al desarrollo del país.

3. Los siguientes decretos de educación que reglamentan el currículum nacional:

- Educación Básica:

N° 439/2012; 433/2012; 614/2013; 369/2015 que establecen las Bases Curriculares y los correspondientes a

los programas de estudio: 2960/2012; 628/2016.

- Educación Media:

N° 614/2013 Bases Curriculares de I° de Educación Media; 254/2009 y 220/1998 del Marco Curricular de II°

a IV° de Educación Media y los correspondientes a los respectivos programas de estudio:

N° 1147/2015; 27/2001; 102/2002 ( Formación General) y 5 decretos para la formación Diferenciada que

reglamentan las asignaturas electivas de III y IV años .

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- Los decretos exentos de evaluación:

511/ 97 para la Enseñanza General Básica, y 112/99 para 1° y 2° Medio y 83/2001 para 3° y 4° de Enseñanza

Media Científico Humanístico, los cuales son normativos y contienen disposiciones generales relativas a

evaluación, calificación y promoción que deben cumplir todos los establecimientos educacionales del país.

- La teoría evaluativa:

Señala que sólo se producen cambios en las prácticas de evaluación, cuando estos se dan en las

concepciones sobre el aprendizaje, lo cual está ocurriendo con los procesos pedagógicos que propone la

reforma actual, razón por la cual los profesores del colegio usarán variadas estrategias de Enseñanza y

Aprendizaje, como así mismo evaluarán distintos momentos, empleando procedimientos e instrumentos

diversos. Por lo tanto, se entiende que la evaluación es el proceso de delinear, obtener, procesar y proveer

información útil para juzgar alternativas y tomar decisiones sobre los diversos componentes involucrados

promoviendo la mejora de los aprendizajes.

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II. PROCESO EVALUATIVO

1. Criterios evaluativos:

De acuerdo a la definición de evaluación se precisan los siguientes criterios evaluativos:

A. Se evaluará con los siguientes propósitos:

- Promover el aprendizaje a través de la evaluación.

- Determinar el punto de partida más conveniente para iniciar el proceso de aprendizaje.

- Dar a conocer a los estudiantes sus fortalezas y/o debilidades en el logro de los objetivos.

- Dirimir estrategias remediales.

- Retroalimentar y planificar actividades de reforzamiento.

- Disponer de información válida y confiable para la toma de decisiones.

- Determinar el grado de logro de Objetivos de Aprendizaje y Aprendizajes Esperados.

- Calificar usando las notas.

- Perfeccionar la evaluación como proceso.

- Mejorar los instrumentos, el currículum, las estrategias, los recursos y el sistema.

- La internalización de las Competencias Genéricas del Establecimiento.

B. En el Colegio se evaluarán:

Los Objetivos de Aprendizaje; los Objetivos de Aprendizaje Transversales de las Bases Curriculares; los

Aprendizajes Esperados del Marco Curricular vigente y las Competencias Genéricas contempladas en el

Proyecto Curricular del Colegio, planificadas por los docentes en las diferentes asignaturas según los cursos

y ciclos correspondientes a los Decretos citados en el punto 3.

C. En el Colegio se evaluará permanentemente:

La evaluación en el Colegio será una práctica habitual y sistemática del trabajo docente, así los

profesores conocerán el impacto de la enseñanza que imparten y los alumnos tendrán información oportuna

que les permitan encauzar sus esfuerzos de aprendizaje y habituarse al hecho evaluativo.

D. Se consideran los siguientes momentos y funciones de la evaluación:

- Evaluación inicial:

La evaluación cumple una función diagnóstica de los conocimientos y aprendizajes previos que

permiten orientar la enseñanza, adaptarla a las necesidades educativas y centrarse en las características de los

estudiantes evaluados.

- Evaluación formativa:

La evaluación cumple una función formativa que permite regular la acción pedagógica de modo de

facilitar los aprendizajes de los estudiantes. Estará centrada en los procesos pedagógicos y las actividades de

producción de cada estudiante y se asocia a las evaluaciones y calificaciones parciales durante cada trimestre.

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- Evaluación sumativa:

La evaluación permite una visión global de los aprendizajes alcanzados y del desarrollo personal. Esta

función integrativa de la evaluación permite conocer como los estudiantes aúnan y otorgan significado a los

conocimientos, centrándose en las capacidades de interrelación e integración de conocimientos,

contribuyendo al proceso de calificación trimestral y anual.

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III. PROCEDIMIENTOS DE EVALUACIÓN

En el Colegio se evaluarán los objetivos de aprendizaje a través de variados procedimientos:

1. Procedimientos evaluativos de observación:

Se utilizará para observar comportamientos, reacciones, realizaciones de tareas, trabajo individual y

trabajo en equipo. También, como los estudiantes manipulan y organizan elementos, como representan y

dramatizan, crean y recrean, exponen ideas, diseñan, construyen, como participan y se apoyan entre sí

llegando a establecer acuerdos.

Estos procedimientos se aplicarán a través del registro en:

- Listas de comprobación o de cotejo.

- Escala de apreciación o calificación, numéricas, gráficas o descriptivas.

- Registros anecdóticos.

- Rúbricas.

2. Procedimientos evaluativos de informe:

Utilizado para formular preguntas y dialogar con los estudiantes, sobre sí mismos u otras personas,

situaciones o hechos específicos de cada asignatura. Se consideran los siguientes instrumentos de evaluación

asociados a procedimientos de informe:

- Bitácoras.

- Cuestionarios.

- Guía de entrevista estructurada o no estructurada.

- Portafolios.

- Informes de investigaciones.

3. Procedimientos de pruebas escritas:

Cada profesor diseñará pruebas de desarrollo o respuesta abierta, donde los estudiantes podrán

expresar sus ideas y puntos de vista. También, pruebas de respuesta estructurada o fijas, con itemes de

selección múltiple, términos pareados, de completación o de respuesta de verdadero o falso. Sin embargo, se

deberá evitar el uso único de pruebas de respuesta estructurada.

4. Otras situaciones evaluativas:

Las personas tienen diferentes estilos, ritmos de aprendizaje y formas de apropiarse y comunicar los

conocimientos adquiridos; generando variados tipos de respuesta frente a un mismo contenido o tema

educativo. Desde esta perspectiva, se generan distintas situaciones evaluativas para atender la diversidad de

los estudiantes, tales como: dramatizaciones, disertaciones, recitaciones, elaboración y producción de planos,

maquetas, gráficos, esquemas, monografías, proyectos, análisis de casos y también en la creación y recreación

en lenguaje visual, auditivo, uso de TICS y también en lenguaje corporal (actividades deportivas y musicales).

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5. Procedimiento de autoevaluación y coevaluación:

Estos deberán constituirse en una práctica habitual en las asignaturas, de modo que los estudiantes

participen en el proceso de evaluación y puedan autoevaluarse y evaluar a sus compañeros. Para ello, cada

profesor expondrá en forma clara y precisa los objetivos de aprendizaje o los aprendizajes esperados y la pauta

de evaluación que usará. La pauta se expresará en términos de porcentajes, asignándole una ponderación de

un 10% de la nota cuando se aplique uno de los dos procedimientos y un 20% de la nota cuando son tomados

conjuntamente.

Esta estrategia facilitará el proceso de aprendizaje y evaluación, pues así los estudiantes sabrán qué se

espera de ellos y además podrán participar en la definición de los parámetros con los cuales serán medidos.

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IV. DISPOSICIONES DE EVALUACIÓN DIFERENCIADA

A los estudiantes que tengan impedimentos para cursar en forma regular una asignatura o actividad de

aprendizaje se deberá aplicar procedimientos de evaluación diferenciada (art. 5° D.E. 511/97 y art. 4° D.E.

112/99). De acuerdo al diagnóstico y pronóstico hecho por el especialista se elaborará una estrategia de

evaluación diferenciada, que puede considerar mayor tiempo de atención, talleres de reforzamiento,

adaptaciones metodológicas, priorización de contenidos, actividades pedagógicas alternativas y un menor

porcentaje de asistencia cuando se requiera.

1. Estudiantes que optan a evaluación diferenciada:

Pueden acogerse a evaluación diferenciada todos los estudiantes que presenten algún tipo de NEE

(Necesidades Educativas Especiales), ya sea, transitoria o permanente y que hayan sido diagnosticados

previamente, cumpliendo con el siguiente procedimiento:

A. Estudiantes derivados a Psicopedagogía que presenten diagnóstico de Trastorno Específico de

Aprendizaje en Lectura, Escritura o Cálculo, Trastorno Específico de Lenguaje, Retraso Madurativo,

Aprendizaje Lento , Problema Global de Aprendizaje o diagnóstico similar .

B. Estudiantes que se hayan derivado a evaluación por Neurólogo, Neuropsiquiatra o Psiquiatra Infantil

y que presenten diagnóstico de Déficit Atencional, Trastornos del Espectro Autista (Síndrome de

Asperger), Trastornos Emocionales, Depresión o diagnósticos similares.

C. Estudiantes derivados a Evaluación Psicométrica y que indique un bajo nivel cognitivo.

D. Estudiantes que presenten trastornos visuales, auditivos o motores diagnosticados por los

especialistas correspondientes.

2. Requisitos para permanecer con apoyo Psicopedagógico y/o evaluación diferenciada:

A. Asistir a las entrevistas con la Psicopedagoga del Colegio cuando sean citados (estudiantes desde

Pre- Kinder a Cuarto de Enseñanza Básica).

B. Presentar los certificados de los especialistas pertinentes (Neurólogo, Neuropsiquiatra o Psiquiatra)

pudiendo ser complementado el diagnóstico de éstos con un informe emitido por el Psicólogo.

C. Los certificados deben ser presentados cuando sean solicitados y en los plazos que se les señalen,

indicando diagnóstico y tratamiento, los cuales serán recepcionados por la Unidad Técnica

Pedagógica, entregando una copia a la psicopedagoga, psicóloga y profesor jefe.

D. Presentar durante el año la documentación que acredite que el estudiante está asistiendo a los

controles respectivos y cumpliendo con el tratamiento indicado por el especialista.

E. Los informes deben ser actualizados anualmente para poder optar a evaluación diferenciada, ya que

ésta tiene vigencia por un año, pero podrá ser renovada si los estudiantes aún no superan sus

dificultades.

F. En caso de Pre-Kinder a Cuarto de Enseñanza Básica, la psicopedagoga consignará en el informe

psicopedagógico de cada estudiante si debe continuar o no con evaluación diferenciada o si se da

de alta.

G. El hogar no podrá estar ajeno a la realidad que vive el estudiante, siendo informado

permanentemente por los profesores y debiendo aportar compromiso, ayuda y comprensión.

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V. DISPOSICIONES SOBRE LAS CALIFICACIONES

1. De la eximición de asignaturas de aprendizaje:

A. Enseñanza Básica: A los alumnos que tengan impedimentos para cursar en forma regular un subsector,

asignatura o actividad de aprendizaje deberá aplicárseles procedimientos de evaluación diferenciada.

No obstante, el Director del establecimiento educacional, previa consulta al Profesor Jefe de Curso y al

Profesor del Subsector de Aprendizaje correspondiente, podrá autorizar la eximición de los alumnos de

un Subsector o Asignatura, en casos debidamente fundamentados (art. 5° D.E. 511/1997 – D.E.E.

158/1999).

B. Enseñanza Media: El Director del respectivo establecimiento educacional de Enseñanza Media, podrá

autorizar la eximición de hasta un subsector de aprendizaje o asignatura a los alumnos (as) que

presenten dificultades de aprendizaje o problemas de salud (art. 6 D.E. 83/2001).

C. Procedimiento frente a la imposibilidad de practicar actividad física de un estudiante: Presentación

de certificado médico que exprese puntualmente el impedimento para realizar estas actividades, en

forma parcial o total. El documento debe ser presentado en la Unidad Técnica Pedagógica del Colegio

en un plazo no superior a quince días del ingreso a clases o de la causa que genere dicha dificultad. En

sustitución de la actividad física los estudiantes estarán abocados a trabajos de carácter teórico,

formativo o informativos, los que serán evaluados bajo el mismo número de calificaciones que se aplica

en la asignatura.

D. Procedimiento de la eximición de la calificación en otra asignatura: se decidirá según la siguiente

modalidad:

D1 - Presentación de antecedentes y certificado de parte del apoderado que ameriten un estudio de la

situación.

D2 - Cumplimiento de esta eximición bajo certificación escrita del especialista.

D3 - El plazo de acreditación de esta situación especial quedará sujeta a la complejidad del diagnóstico.

2. Formas de calificar y comunicar los resultados a los estudiantes, padres y apoderados:

A. Los estudiantes serán evaluados en periodos trimestrales.

B. Al inicio de cada trimestre, el profesor según su planificación de aula, entregará un calendario de

evaluaciones de todo el periodo, las cuales deberán ser consignadas en el libro de clases, evitando la

postergación de ellas.

C. El máximo de evaluaciones diarias para cursos desde 3° de Enseñanza Básica a IV° de Enseñanza

Media serán las siguientes:

- Dos Pruebas coeficiente 1 y entrega de un trabajo.

- Una Prueba coeficiente 1, una disertación y entrega de un trabajo.

- Una Prueba coeficiente 2 y entrega de un trabajo.

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D. Los resultados de las evaluaciones expresadas como calificaciones trimestrales y anuales, en cada uno

de las asignaturas, se anotarán en una escala numérica de 1 a 7, hasta con un decimal (aproximado

por redondeo y truncado a la centésima).

E. La calificación mínima de aprobación es 4,0.

F. El estándar mínimo de desempeño para la calificación aprobatoria 4,0 será de un 60% de logro.

G. Con respecto a los estudiantes, se considera indispensable que tengan un conocimiento de los

resultados de sus evaluaciones en forma próxima, directa, oportuna e informada, sean estas pruebas

escritas u orales, trabajos teóricos o prácticos.

H. Las pruebas escritas deberán ser entregadas al estudiante con calificación en un plazo no superior a 10

días hábiles desde la aplicación de ella.

I. Todas las calificaciones obtenidas en las evaluaciones parciales o de doble coeficiente, aplicadas en

cada una de las asignaturas serán registradas directamente en el libro de clases, salvo cuando estas

excedan el 50% de estudiantes reprobados, debiendo aplicarse el siguiente procedimiento:

I1 - Informar a la Unidad Técnica Pedagógica, quien en conjunto con el profesor de asignatura

analizarán los resultados y determinarán las variables que incidieron en el bajo rendimiento.

I2 - Se procederá a una retroalimentación de la evaluación aplicada en conjunto con los estudiantes,

reforzando los contenidos y habilidades tratadas.

I3 - Se procederá a una nueva evaluación, con similar exigencia y modalidad, la cual será registrada

directamente en el libro de clases, independientemente de los resultados obtenidos en esta

segunda y última oportunidad.

I4 - La calificación obtenida en la primera evaluación quedará anulada para todos aquellos estudiantes

que obtuvieron una nota inferior a 4,0.

I5 - Aquellos estudiantes que obtuviero una calificación igual o superior al 4,0, que voluntaria y

responsablemente deseen rendir la nueva evaluación, se procederá también a la eliminación de la

primera calificación obtenida.

J. Todos los trabajos teóricos o prácticos deben ser calificados con un instrumento de evaluación

previamente conocido por los estudiantes, sean estos rúbricas, lista de cotejo, escala de apreciación

numérica.

K. Las interrogaciones orales o disertaciones que sean evaluadas con puntaje y nota, deberá ser

comunicada al estudiante a más tardar en la clase siguiente.

L. Los trabajos de investigación sean individual o en grupo, teóricos o prácticos deberán ser devueltos

con su calificación correspondiente en un plazo no superior a 10 días hábiles después de ser entregado

por el estudiante.

M. El docente deberá registrar en el sistema educativo Syscolnet las calificaciones obtenidas por los

estudiantes en un plazo de 2 días luego de haber entregado el resultado de pruebas, trabajos,

disertaciones, portafolios y cuadernos.

N. Deberán realizarse 2 proyectos de investigación por asignatura en el área Científico- Humanista

durante el año, sean individual o colectivos. Éstos no podrán exceder de 1 por trimestre.

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O. En Enseñanza Básica y Media los trabajos grupales deben realizarse en un 80% durante las horas de

clase, con el objeto que el profesor monitoree los estados de avance del logro de los aprendizajes.

P. A los padres y apoderados se les entregará un informe escrito de calificaciones en donde se les

comunicarán las notas parciales obtenidas por sus pupilos, transcurrido el 50 % del trimestre.

Q. Sobre los proyectos de integración interdisciplinaria: cuando 2 o más asignaturas realicen un proyecto

en común deberán presentar una planificación sobre la actividad que considere al menos el objetivo,

las acciones y la evaluación. La calificación se considerará en cada una de las asignaturas implicadas en

el proyecto de forma diferenciada, de acuerdo al aspecto a evaluar por cada una de ellas.

R. La asignatura de Religión se calificará con escala numérica. La nota trimestral y anual será expresada

en escala conceptual equivalente y no incidirá en la promoción.

S. Las calificaciones correspondientes a los talleres JEC, aportarán una nota parcial en el II° y III° trimestre

desde 3° de Enseñanza Básica a IV° de Enseñanza Media a las siguientes asignaturas:

- Juegos recreativos y teatrales, yoga, acondicionamiento físico, danza: a Educación Física.

- Lectura: a Lengua y Literatura o Lenguaje y Comunicación según corresponde.

- Computación: a Tecnología.

3. Tipos de calificaciones:

Los estudiantes obtendrán las siguientes calificaciones durante el año:

A. Notas Parciales:

Correspondientes a las calificaciones de pruebas coeficiente 1 y coeficiente 2, trabajos, disertaciones,

interrogaciones u otros que se aplicarán en cada trimestre, de acuerdo a la cantidad de horas del plan de

estudio de la asignatura respectiva que se detallan a continuación:

Horas semanales Cantidad mínima de calificaciones

Asignaturas con 2 horas 3 notas mínimo*

Asignaturas con 3 y 4 horas 4 notas mínimo

Asignaturas con 5 y 6 horas 5 notas mínimo

Asignaturas con 7 y 8 horas 6 notas mínimo

*Las asignaturas con 2 horas semanales deberán ser calificadas con 3 notas

mínimo (a excepción cuando en asignaturas del área científico- humanista se

aplique una prueba coeficiente 2, para lo cual deberá considerarse un mínimo de 4

notas).

B. Las pruebas coeficiente 2:

Las pruebas coeficientes 2 deberán basarse en contenidos y habilidades relevantes de las unidades de

aprendizaje desarrolladas durante cada trimestre. Se aplicarán desde 5° de Enseñanza Básica a IV° de

Enseñanza Media en las siguientes asignaturas:

- Lengua y Literatura – Lenguaje y Comunicación según corresponda.

- Matemática.

- Historia, Geografía y Ciencias Sociales.

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- Ciencias Naturales – Biología – Química – Física según corresponda al nivel.

- Inglés.

- Filosofía.

- Planes diferenciados (Asignaturas Electivas de III° y IV° de Enseñanza Media).

C. Notas Trimestrales:

Corresponderán en cada asignatura al promedio aritmético de las calificaciones que se apliquen

durante el trimestre, expresado con un decimal, aproximado por redondeo y truncado a la centésima.

D. Nota final de la asignatura:

De 1° a 8° de Enseñanza Básica y de I° a IV° de Enseñanza Media las notas finales de las asignaturas

de aprendizaje corresponderán al promedio aritmético de los tres trimestres, con aproximación por redondeo,

trucado a la centésima y expresado con un decimal.

E. Procedimiento frente a un promedio final de asignatura 3,9 que incida en repitencia de curso:

Para aquellos estudiantes que hayan obtenido promedio anual 3,9 en una o más asignaturas que incida

en la repitencia de curso se aplicará una prueba con carácter de examen bajo los siguientes términos:

E1 - Se entregará un temario impreso por parte del profesor de la asignatura, quien seleccionará los

objetivos de aprendizaje fundamentales tratados durante el año.

E2 - La rendición de este examen tendrá un plazo de 3 días a partir de la entrega del temario.

E3 - Este examen tendrá un carácter de aprobatorio o reprobatorio de la asignatura.

E4 - Este procedimiento se aplicará en todas las asignaturas que presenten promedio final 3,9 y que

incidan en repitencia.

F. El promedio general de promoción del año escolar:

De 1° a 8° de Enseñanza Básica y de I° a IV° de Enseñanza Media el promedio general de promoción

del año escolar corresponderá al promedio aritmético de los promedios finales de cada asignatura, con

aproximación por redondeo, trucado a la centésima y expresado con un decimal.

G. El Logro los Objetivos de Aprendizaje Transversales:

El Colegio selecciona los Objetivos de Aprendizaje Transversales que serán evaluados en el segundo y

tercer trimestre por cada profesor Jefe, entregando un informe al apoderado.

La escala de evaluación de estos objetivos será la siguiente:

- G: Generalmente = Continuidad en la actitud.

- A: Algunas veces = Discontinuidad en la actitud.

- R: Rara vez = Esporádicamente se manifiesta la actitud.

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VI. PROCEDIMIENTOS EN SITUACIONES ESPECIALES

1. Procedimiento frente a una situación de copia en prueba:

A. Todos los estudiantes deberán depositar sus celulares en la caja destinada para ello en cada curso. Los

celulares serán devueltos al finalizar la evaluación de todo el curso.

B. Además de lo anterior, queda restringido durante la prueba el uso cualquier otro aparato tecnológico,

elemento gráfico como cuadernos, textos, fotocopias o papeles de uso personal (torpedo). Asimismo,

queda prohibido el obtener información de otro compañero y/o su prueba. A excepción que la

evaluación lo requiera.

C. El profesor podrá aplicar estrategias como: numeración de la ubicación de los alumnos, cambios de

puesto, ordenación de filas diferidas (A y B) u otras que cautelen el buen ejercicio del proceso

evaluativo.

D. Frente a una situación de copia en prueba se procederá a:

D1 - El profesor retirará la prueba, debiendo ser firmada por el estudiante. Si el estudiante se niega a

firmar se dejará constancia en su hoja de vida en el libro de clases.

D2 - Al finalizar la evaluación, el profesor dejará constancia de la situación de copia en la hoja de vida

del estudiante en el libro de clases, previo diálogo con el alumno.

D3 - La calificación que corresponde a la situación descrita es nota 1,0, sin nuevas posibilidades en la

respectiva evaluación.

D4 - El profesor informará la situación de copia a la Unidad Técnica Pedagógica con la finalidad de

tomar conocimiento de este hecho, adquiriendo la decisión del docente un carácter inapelable.

2. Procedimiento frente a estudiantes que entregan información a sus pares en una prueba:

A. Frente a aquellos estudiantes que entregan información a otro compañero durante la prueba se

procederá a:

A1 - Hacer un primer llamado de atención (verbal o cambio de puesto), advirtiendo sobre la sanción de

retiro de prueba.

A2 - Si el estudiante insiste en la conducta se retirará la prueba y se aplica nota mínima 1,0.

A3 - El profesor dejará constancia de esta situación en la hoja de vida del estudiante en el libro de

clases.

3. Procedimiento frente a estudiantes que no responden pruebas o no las entregan al docente:

A. Estudiantes que se nieguen a rendir una evaluación o entregan su prueba sin contestar (en blanco) se

aplicará nota mínima 1,0. El estudiante deberá firmar su prueba y el profesor registrará en su hoja de

vida las razones aludidas por el alumno, citando al apoderado para informar de esta situación.

B. Estudiantes que no entreguen sus pruebas, una vez finalizado este proceso en sala de clases, se

aplicará nota mínima 1,0. El profesor registrará esta situación en el libro de clases, en la hoja de vida

del estudiante e informará a su apoderado.

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4. Procedimiento sobre inasistencia a una prueba o exposición establecida en el calendario de

evaluaciones trimestrales:

A. En caso que un estudiante no se presente a una prueba o exposición previamente establecida en el

calendario de evaluaciones trimestrales será calificado con nota mínima 1,0, a excepción de que

concurra el apoderado el día siguiente a dar cuenta de su inasistencia a través de certificado médico u

otras razones debidamente justificadas.

B. No se aceptarán justificaciones de inasistencias a pruebas a través de la libreta de comunicaciones.

C. Cada docente deberá entregar a la Unidad Técnica Pedagógica la nómina de estudiantes ausentes a la

evaluación.

D. Como toda inasistencia a clases, las justificaciones deberán realizarse en Inspectoría General, quien

entregará esta información a la Unidad Técnica durante el mismo día.

E. Una vez que la Unidad Técnica Pedagógica recibe la información sobre los estudiantes que han

justificado su inasistencia a una prueba, procede a informar a los docentes quienes deberán aplicar la

evaluación a los estudiantes.

F. Las pruebas se aplicarán fuera del horario de clases, entre las 16:00 y 19:00 hrs., que corresponde al

horario de funcionamiento del Colegio, en el día establecido por el profesor de la asignatura y

excepcionalmente por la Unidad Técnica Pedagógica.

G. En el caso de inasistencias prolongadas por licencia médica u otras razones debidamente justificadas,

las evaluaciones serán recalendarizadas por la Unidad Técnica Pedagógica en común acuerdo con el

profesor de la asignatura.

H. El procedimiento descrito en los puntos anteriores deberá aplicarse también a aquellos estudiantes

que son retirados del Establecimiento por su apoderado en horario previo a la aplicación de la prueba.

5. Procedimiento frente a una situación de plagio en trabajos:

Se entenderá como plagio la copia textual, total o parcial, de información procedente de textos

oficiales y no oficiales (impresos y digitales) como también de otro compañero, presentándola como si

fuera propia.

A. Se consideran como trabajos afectos a plagio: informes, investigaciones, ensayos, entrevistas u otros

de carácter literario, artístico o científico.

B. Cuando el profesor identifique plagio en un trabajo, deberá evidenciar la fuente de origen utilizada por

el estudiante.

C. El estudiante tendrá la opción de presentar el trabajo nuevamente en un plazo máximo de 5 días

hábiles, a partir de que fue informado de esta situación, recibiendo del docente el apoyo y

orientaciones para su correcta ejecución. La calificación considerada será en una escala de notas de 1,0

a 7,0, pero con una exigencia del 70% para la nota 4,0.

D. Si el estudiante reincide en plagiar será calificado con nota mínima 1.0.

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6. Procedimiento sobre presentación de trabajos fuera del plazo establecido:

A. Cuando los estudiantes no presenten un trabajo individual o colectivo en la fecha estipulada

previamente en la pauta de evaluación entregada por el docente, se aplicarán los siguientes criterios y

procedimientos:

A1 - Un día consecutivo de atraso: nota máxima 6,0.

A2 - Dos días consecutivos de atraso: nota máxima 5,0.

A3 - Tres días consecutivos de atraso: nota máxima 4,0.

A4 - Cuatro o más días consecutivos de atraso: nota mínima 1,0.

B. En aquellos casos en que el profesor de asignatura no asista al Colegio en los días siguientes a la

presentación del trabajo, los estudiantes deberán entregarlo en la Unidad Técnica Pedagógica.

C. Los trabajos colectivos deberán presentarse en la fecha estipulada, independientemente de la ausencia

de 1 o más integrantes del equipo.

D. Cuando el docente se ausente a su jornada laboral en una fecha en que se haya fijado la entrega de un

trabajo, éstos deberán ser retirados por la Unidad Técnica Pedagógica.

7. Procedimiento para la revisión de cuaderno:

A. El propósito de la revisión de cuadernos es:

- Instalar hábitos de orden en el registro y manejo del cuaderno.

- Mantener actualizado el cuaderno como principal instrumento de estudio.

- Valorar con una calificación el desempeño del estudiante en relación a los contenidos y actividades

del cuaderno.

B. Para evaluar y calificar el cuaderno se considerará el registro de:

- Contenidos: materia tratada en clases.

- Actividades de aprendizaje: desarrollo de guías, cuestionarios, actividades del texto escolar y

cualquier tipo de ejercitación que realiza el estudiante.

- Aspectos formales: orden y limpieza.

C. Los cuadernos serán evaluados a partir de una lista de cotejo, escala de apreciación numérica y/o

rúbrica, previamente informada a los estudiantes.

D. La revisión de cuadernos se considerará obligatoria desde 1° de Enseñanza Básica a II° de Enseñanza

Media, en las asignaturas científico- humanistas (Lenguaje, Matemática, Historia, Ciencias Naturales e

Inglés) aportando una nota parcial al trimestre.

E. Para las asignaturas artístico- deportivas no se considerará la revisión de cuadernos, puesto que por las

características de las asignaturas se centran en la ejecución de procesos, productos y el desarrollo de

habilidades manuales y destrezas físicas.

F. Para III° y IV° de Enseñanza Media la revisión de cuadernos será opcional aplicando las mismas

consideraciones descritas anteriormente, sin embargo solo aportará una nota anual en el tercer

trimestre, considerando que los estudiantes de este nivel tienen instalados los propósitos que justifican

la revisión de cuadernos en los niveles menores, atendiendo que los conocimientos exigibles son de un

mayor grado cognitivo.

Reglamento Interno de Evaluación Colegio Alonso de Ercilla

15

8. Procedimientos frente a los problemas que se suscitan en la revisión de cuadernos:

Se procederá de la siguiente forma:

A. No presentación de cuaderno: se calificará con nota mínima 1,0.

B. Pérdida de cuaderno: el estudiante deberá informar al profesor de asignatura en el mismo momento

que ocurra el hecho, rehaciendo el cuaderno en un plazo acotado no mayor a 5 días hábiles. Para

efectos de la calificación, el profesor deberá considerar el nivel de responsabilidad y desempeño del

estudiante durante sus clases. No se aceptarán justificaciones de pérdida de cuaderno el día mismo de

su revisión.

C. Hurto de firmas o timbres: no se considerarán timbres o firmas que presenten adulteraciones, hojas

sueltas o que no correspondan al formato del cuaderno. De comprobarse una situación de hurto de

firmas o timbres el docente dejará constancia en la hoja de vida del estudiante y citará a su apoderado

para informar de esta situación. Por lo tanto, solo se considerarán aquellos timbres o firmas que

pertenezcan y estén consignados correctamente al interior del cuaderno.

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VII. PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS PARA DETERMINAR LA SITUACIÓN FINAL DE LOS ALUMNOS

1. Respecto a la asistencia:

A. Serán promovidos todos los alumnos de 1° a 2° y de 3° a 4° año de Enseñanza Básica que hayan

asistido a lo menos al 85 % de las clases. No obstante lo anterior, el Director podrá decidir

excepcionalmente, previo informe fundado en variadas evidencias del Profesor ( a ) Jefe del curso de

los estudiantes afectados, no promover de 1° a 2° año básico o de 3° a 4° año básico a aquellos ( as )

que presenten un retraso significativo en lectura, escritura y/o matemática, en relación a los

aprendizajes esperados en los programas de estudio que aplica el Establecimiento y que pueda afectar

seriamente la continuidad de sus aprendizajes en el curso superior (Decreto Exento 107/2003).

B. Para la promoción de los alumnos de 2° a 3° Básico y de 4° Básico hasta IV° de Enseñanza Media, se

considerará conjuntamente el logro de los objetivos de las asignaturas del Plan de estudio y la

asistencia a clases, la cual no debe ser inferior al 85 % de las clases contempladas en el calendario

escolar.

C. Por razones de salud u otras debidamente justificadas, el Director del establecimiento con consulta al

profesor jefe podrán autorizar la promoción de los estudiantes de 2° a 3° y de 4° a 5° de Enseñanza

Básica con un porcentaje menor de asistencia. En el caso de los estudiantes de 5° hasta 8° Básico, esta

autorización deberá ser refrendada por el Consejo de Profesores y de I° hasta IV° de Enseñanza Media,

consultado el Consejo de Profesores podrá el Director autorizar la promoción con porcentajes menores

de asistencia.

D. En los casos en que los alumnos de 1° a 8° de Enseñanza Básica y de I° a IV° de Enseñanza Media,

requieran, por motivos justificados de salud u otra índole, ingresar tardíamente a clases, ausentarse

por un periodo determinado, finalizar el año escolar anticipadamente, serán resueltos por el Director

con el profesor jefe y refrendada por el Consejo de Profesores, debiendo tener evaluación en dos

trimestres.

2. Respecto al logro de los objetivos:

A. Serán promovidos los estudiantes que hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos

planes de estudio.

B. Serán promovidos los estudiantes de los curso de 2° a 3° Básico y de 4° Básico hasta IV° de Enseñanza

Media que no hubieren aprobado una asignatura, siempre que su nivel general de logro corresponda a

un promedio 4,5 o superior, incluido el no aprobado.

C. Igualmente, serán promovidos los alumnos de los cursos de 2° a 3° y de 4° Básico hasta IV° de

Enseñanza Media que no hubieren aprobado dos asignaturas, siempre que su nivel general de logro

corresponda a un promedio 5,0 o superior, incluidos los no aprobados.

D. No obstante, para ser promovidos los estudiantes de III° y IV° Medio que hubieren reprobado 2

asignaturas de aprendizaje y entre ellos se encuentran Lenguaje y Comunicación y / o Matemática,

deberán tener un nivel de logro que corresponda a un promedio 5,5, incluidos los no aprobados.

Reglamento Interno de Evaluación Colegio Alonso de Ercilla

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VIII. CONSIDERACIONES FINALES

1. Este Reglamento Interno de Evaluación del Colegio Alonso de Ercilla es una herramienta que

permitirá:

A. Unificar criterios con el objeto de definir, elaborar y aplicar estrategias y metodologías de evaluación.

B. Estimular a profesores en el diseño y aplicación de estrategias de evaluación que puedan mejorar los

logros de aprendizajes.

C. Entregar un documento con sentido de utilidad para profesores, padres y estudiantes, satisfaciendo

criterios de confiabilidad, objetividad y validez.

D. Enriquecer la búsqueda permanente de formas de evaluar, readecuar acciones, alternativas de

progreso y mejoramiento que posibiliten un mayor éxito en los logros de los estudiantes.

E. A la Unidad Técnica Pedagógica la aplicación del sistema establecido en este reglamento, además de

aplicar muestreos de avances en el cumplimiento de los propósitos de aprendizaje.

Este reglamento es perfectible en el sentido en que será revisado y modificado según las necesidades y

requerimientos del proceso.

Regeva08

Modificado 25/08/2008

Modificado 14/05/2010

Modificado 30/03/2017