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  • 8/11/2019 Real Decreto 548/2014, de 27 de junio, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la famili

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56934

    I. DISPOSICIONES GENERALES

    MINISTERIO DE EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

    7654 Real Decreto 548/2014, de 27 de junio, por el que se establecen cincocertificados de profesionalidad de la familia profesional Seguridad y medio

    ambiente que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de

    profesionalidad, y se actualizan dos certificados de profesionalidad de la

    familia profesional Informtica y comunicaciones establecidos en el Real

    Decreto 1531/2011, de 31 de octubre y en el Real Decreto 686/2011, de 13 de

    mayo, modificados por el Real Decreto 628/2013, de 2 de agosto.

    La Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, establece, en su artculo 3, que

    corresponde al Gobierno, a propuesta del actual Ministerio de Empleo y Seguridad Social,y previo informe de este Ministerio a la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos

    Laborales, la elaboracin y aprobacin de las disposiciones reglamentarias en relacin

    con, entre otras, la formacin profesional ocupacional y continua en el mbito estatal, as

    como el desarrollo de dicha ordenacin.

    El artculo 26.1 de la citada Ley 56/2003, de 16 de diciembre, tras la modificacin

    llevada a cabo por el Real Decreto-ley 3/2011, de 18 de febrero, de medidas urgentes

    para la mejora de la empleabilidad y la reforma de las polticas activas de empleo, se

    ocupa del subsistema de formacin profesional para el empleo, en el que, desde la

    entrada en vigor del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, que lo regula, han quedado

    integradas las modalidades de formacin profesional en el mbito laboral la formacin

    ocupacional y la continua. Dicho subsistema, segn el reseado precepto legal y de

    acuerdo con lo previsto en la Ley Orgnica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificacionesy la Formacin Profesional, se desarrollar en el marco del Sistema Nacional de

    Cualificaciones y Formacin Profesional y del Sistema Nacional de Empleo.

    Por su parte, la Ley Orgnica 5/2002, de 19 de junio, tiene como finalidad la creacin

    de un Sistema Nacional de Cualificaciones y Formacin Profesional entendido como el

    conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integracin

    de las ofertas de formacin profesional y la evaluacin y acreditacin de las competencias

    profesionales. Instrumentos principales de ese Sistema son el Catlogo Nacional de las

    Cualificaciones Profesionales y el procedimiento de reconocimiento, evaluacin,

    acreditacin y registro de las mismas. En su artculo 8, la Ley Orgnica 5/2002, de 19 de

    junio, establece que los certificados de profesionalidad acreditan las cualificaciones

    profesionales de quienes los han obtenido y que sern expedidos por la Administracin

    competente, con carcter oficial y validez en todo el territorio nacional. Adems, en su

    artculo 10.1, indica que la Administracin General del Estado, de conformidad con lo quese establece en el artculo 149.1.1., 7. y 30. de la Constitucin y previa consulta al

    Consejo General de la Formacin Profesional, determinar los ttulos y los certificados de

    profesionalidad, que constituirn las ofertas de formacin profesional referidas al Catlogo

    Nacional de Cualificaciones Profesionales.

    El Catlogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales, segn el artculo 3.3

    del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el Catlogo

    Nacional de las Cualificaciones Profesionales, en la redaccin dada al mismo por el Real

    Decreto 1416/2005, de 25 de noviembre, constituye la base para elaborar la oferta

    formativa conducente a la obtencin de los ttulos de formacin profesional y de los

    certificados de profesionalidad y la oferta formativa modular y acumulable asociada a una

    unidad de competencia, as como de otras ofertas formativas adaptadas a colectivos con

    necesidades especficas. De acuerdo con lo establecido en el artculo 8.5 del mismo realdecreto, la oferta formativa de los certificados de profesionalidad se ajustar a los

    indicadores y requisitos mnimos de calidad que garanticen los aspectos fundamentalescve:BOE-A-2014-7654

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    de un sistema integrado de formacin, que se establezcan de mutuo acuerdo entre las

    Administraciones educativa y laboral, previa consulta al Consejo General de Formacin

    Profesional.

    El Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, por el que se regulan los certificados de

    profesionalidad, define la estructura y contenido de los certificados de profesionalidad, a

    partir del Catlogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales y de las directrices

    fijadas por la Unin Europea, y se establece que el Servicio Pblico de Empleo Estatal,

    con la colaboracin de los Centros de Referencia Nacional, elaborar y actualizar los

    certificados de profesionalidad, que sern aprobados por real decreto.

    La Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado

    laboral, cuyo antecedente es el Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, introduce

    medidas para la mejora de la oferta formativa, y de la calidad y eficiencia del sistema de

    formacin profesional. En concreto modifica la regulacin del contrato para la formacin y

    el aprendizaje contenida en el artculo 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de

    los Trabajadores, estableciendo que la cualificacin o competencia profesional adquirida

    a travs de esta modalidad contractual podr ser objeto de acreditacin segn lo previstoen la Ley Orgnica 5/2002, de 19 de junio, y su normativa de desarrollo, mediante la

    expedicin, entre otros medios, del correspondiente certificado de profesionalidad o, en

    su caso, acreditacin parcial acumulable. Dicho contrato se ha desarrollado por el Real

    Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato para la

    formacin y el aprendizaje y se establecen las bases de la formacin profesional dual.

    Asimismo, con el fin de introducir las modificaciones de la regulacin de los certificados

    de profesionalidad en relacin con el nuevo contrato para la formacin y el aprendizaje, la

    formacin profesional dual, as como en relacin con su oferta e implantacin y aquellos

    aspectos que dan garanta de calidad al sistema se ha aprobado el Real Decreto 189/2013,

    de 15 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, que

    regula los certificados de profesionalidad y los reales decretos por los que se establecen

    certificados de profesionalidad dictados en su aplicacin.Finalmente hay que tener en cuenta que, segn el nuevo apartado 10 del artculo 26

    de la Ley de Empleo, introducido por la citada Ley 3/2012, de 6 de julio, la formacin

    recibida por el trabajador a lo largo de su carrera profesional, de acuerdo con el Catlogo

    de las Cualificaciones Profesionales, se inscribir en una cuenta de formacin, asociada

    al nmero de afiliacin de la Seguridad Social.

    En este marco regulador procede que el Gobierno establezca cinco certificados de

    profesionalidad de la familia profesional Seguridad y medio ambiente del rea profesional

    de Seguridad y prevencin, y que se incorporarn al Repertorio Nacional de certificados

    de profesionalidad por niveles de cualificacin profesional atendiendo a la competencia

    profesional requerida por las actividades productivas, tal y como se recoge en el

    artculo 4.4 y en el anexo II del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, anteriormente

    citado.

    Asimismo, procede que se realice la actualizacin de dos certificados deprofesionalidad de la familia profesional Informtica y comunicaciones establecidos en el

    Real Decreto 1531/2011, de 31 de octubre y en el Real Decreto 686/2011, de 13 de mayo,

    modificados por el Real Decreto 628/2013, de 2 de agosto y que se deroguen 19

    certificados de profesionalidad establecidos en 19 Reales Decretos publicados entre los

    aos 1995 y 1999 por no encontrar correspondencia con las cualificaciones profesionales

    incluidas en el Catlogo Nacional de las Cualificaciones Profesionales.

    En el proceso de elaboracin de este real decreto ha emitido informe el Consejo

    General de la Formacin Profesional, el Consejo General del Sistema Nacional de Empleo

    y ha sido informada la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    En su virtud, a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social y previa

    deliberacin del Consejo de Ministros en su reunin del da 27 de junio de 2014,

    DISPONGO:

    Artculo 1. Objeto y mbito de aplicacin.

    Este real decreto tiene por objeto establecer cinco certificados de profesionalidad de

    la familia profesional Seguridad y medio ambiente que se incluyen en el Repertorio

    Nacional de certificados de profesionalidad, regulado por el Real Decreto 34/2008, de 18

    de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad. Asimismo, mediante

    este real decreto se actualizan los certificados de profesionalidad de la familia profesional

    Informtica y comunicaciones establecidos como anexo XI en el Real Decreto 1531/2011,

    de 31 de octubre y como anexo IV en el Real Decreto 686/2011, de 13 de mayo,

    modificados por el Real Decreto 628/2013, de 2 de agosto.

    Dichos certificados de profesionalidad tienen carcter oficial y validez en todo elterritorio nacional y no constituyen una regulacin del ejercicio profesional.

    Artculo 2. Certificados de profesionalidad que se establecen.

    Los certificados de profesionalidad que se establecen corresponden a la familia

    profesional Seguridad y medio ambiente y son los que a continuacin se relacionan,

    cuyas especificaciones se describen en los anexos que se indican:

    Familia profesional: Seguridad y Medio Ambiente.

    Anexo I. Vigilancia, seguridad privada y proteccin de personas-Nivel 2.

    Anexo II. Vigilancia, seguridad privada y proteccin de explosivos-Nivel 2.

    Anexo III. Adiestramiento de base y educacin canina-Nivel 2.

    Anexo IV. Instruccin canina en operaciones de seguridad y proteccin civil-Nivel 3.

    Anexo V. Teleoperaciones de atencin, gestin y coordinacin en emergencias-

    Nivel 3.

    Artculo 3. Estructura y contenido.

    El contenido de cada certificado de profesionalidad responde a la estructura

    establecida en los apartados siguientes:

    a) En el apartado I: Identificacin del certificado de profesionalidad.

    b) En el apartado II: Perfil profesional del certificado de profesionalidad.

    c) En el apartado III: Formacin del certificado de profesionalidad.

    d) En el apartado IV: Prescripciones de los formadores.

    e) En el apartado V: Requisitos mnimos de espacios, instalaciones y equipamientos.

    Artculo 4. Requisitos de acceso a la formacin de los certificados de profesionalidad.

    Los requisitos de acceso a la formacin de los certificados de profesionalidad sern

    los establecidos en los artculos 5.5.c) y 20 del Real Decreto 34/2008, de 18 de enero.

    Artculo 5. Formadores.

    1. Las prescripciones sobre formacin y experiencia profesional para la imparticin

    de los certificados de profesionalidad son las recogidas en el apartado IV de cada

    certificado de profesionalidad y se deben cumplir tanto en la modalidad presencial como

    en la de teleformacin.

    2. De acuerdo con lo establecido en el artculo 13.3 del Real Decreto 34/2008, de 18

    de enero, podrn ser contratados como expertos para impartir determinados mdulos

    formativos que se especifican en el apartado IV de cada uno de los anexos de loscve:BOE-A-2014-7654

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    certificados de profesionalidad, los profesionales cualificados con experiencia profesional

    en el mbito de la unidad de competencia a la que est asociado el mdulo.

    3. Para acreditar la competencia docente requerida, el formador o persona experta

    deber estar en posesin del certificado de profesionalidad de Formador ocupacional o

    del certificado de profesionalidad de docencia de la formacin profesional para el empleo.

    La formacin en metodologa didctica de formacin profesional para adultos ser

    equivalente al certificado de profesionalidad de formador ocupacional o del certificado de

    profesionalidad de docencia de la formacin profesional para el empleo, siempre que

    dicha formacin se haya obtenido hasta el 31 de diciembre de 2013.

    Del requisito establecido en el prrafo anterior estarn exentos:

    a) Quienes estn en posesin de las titulaciones universitarias oficiales de licenciado

    en Pedagoga, Psicopedagoga o de Maestro en cualquiera de sus especialidades, de un

    ttulo universitario de graduado en el mbito de la Psicologa o de la Pedagoga, o de un

    ttulo universitario oficial de posgrado en los citados mbitos.

    b) Quienes posean una titulacin universitaria oficial distinta de las indicadas en elapartado anterior y adems se encuentren en posesin del Certificado de Aptitud

    Pedaggica o de los ttulos profesionales de Especializacin Didctica y el Certificado de

    Cualificacin Pedaggica. Asimismo estarn exentos quienes acrediten la posesin del

    Mster Universitario habilitante para el ejercicio de las Profesiones reguladas de Profesor

    de Educacin Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formacin Profesional y Escuelas

    Oficiales de Idiomas y quienes acrediten la superacin de un curso de formacin

    equivalente a la formacin pedaggica y didctica exigida para aquellas personas que,

    estando en posesin de una titulacin declarada equivalente a efectos de docencia, no

    pueden realizar los estudios de mster, establecida en la disposicin adicional primera del

    Real Decreto 1834/2008, de 8 de noviembre, por el que se definen las condiciones de

    formacin para el ejercicio de la docencia en la educacin secundaria obligatoria, el

    bachillerato, la formacin profesional y las enseanzas de rgimen especial y se

    establecen las especialidades de los cuerpos docentes de enseanza secundaria.

    c) Quienes acrediten una experiencia docente contrastada de al menos 600 horas

    en los ltimos diez aos en formacin profesional para el empleo o del sistema educativo.

    4. Los tutores-formadores que impartan formacin mediante teleformacin, adems

    de cumplir las prescripciones especficas que se establecen para cada certificado de

    profesionalidad, debern cumplir las establecidas en el artculo 13.4 del Real

    Decreto 34/2008, de 18 de enero.

    Artculo 6. Contratos para la formacin y el aprendizaje.

    La formacin inherente a los contratos para la formacin y el aprendizaje se realizar,

    en rgimen de alternancia con la actividad laboral retribuida, en los trminos previstos en

    la normativa de aplicacin.

    Artculo 7. Formacin mediante teleformacin.

    Los mdulos formativos que constituyen la formacin de los certificados de

    profesionalidad podrn ofertarse mediante teleformacin en su totalidad o en parte,

    combinada con formacin presencial, en los trminos establecidos en el Real

    Decreto 34/2008, de 18 de enero.

    Artculo 8. Centros autorizados para su imparticin.

    Los centros y entidades de formacin que impartan la formacin conducente a la

    obtencin de un certificado de profesionalidad debern cumplir lo establecido en el Real

    Decreto 34/2008, de 18 de enero.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    Articulo 9. Correspondencia con los ttulos de formacin profesional.

    La acreditacin de unidades de competencia obtenidas a travs de la superacin de

    los mdulos profesionales de los ttulos de formacin profesional surtirn los efectos deexencin del mdulo o mdulos formativos de los certificados de profesionalidad

    asociados a dichas unidades de competencia establecidos en el presente real decreto.

    Disposicin derogatoria nica. Derogacin normativa.

    Quedan derogadas las siguientes disposiciones:

    Real Decreto 1996/1995, de 7 de diciembre, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de ocupacin de cajero.

    Real Decreto 2066/1995, de 22 de diciembre por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de preparador-programador de mquinas herramientas

    con CNC.

    Real Decreto 2008/1996, de 6 de septiembre, por el que se establece el certificado deprofesionalidad de la ocupacin de fontanero.

    Real Decreto 2014/1996, de 6 de septiembre, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de operador de maquinaria de excavacin.

    Real Decreto 2564/1996 de 13 de diciembre por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de tapicero/a de muebles.

    Real Decreto 2566/1996, de 13 de diciembre, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de ebanista.

    Real Decreto 2577/1996, de 13 de diciembre, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de piscicultor en aguas continentales.

    Real Decreto 2578/1996, de 13 de diciembre, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de pescador de litoral.

    Real Decreto 2580/1996, de 13 de diciembre por el que se establece el certificado deprofesionalidad de la ocupacin de mariscador.

    Real Decreto 83/1997, de 24 de enero, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de calderero industrial.

    Real Decreto 85/1997, de 24 de enero, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de carpintero metlico y de PVC.

    Real Decreto 86/1997, de 24 de enero, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de montador de estructuras metlicas.

    Real Decreto 334/1997, de 7 de marzo, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de electromecnico de mantenimiento

    Real Decreto 337/1997, de 7 de marzo por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de mantenedor de estructuras metlicas

    Real Decreto 946/1997, de 20 de junio, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de tcnico de sonido.Real Decreto 342/1998, de 6 de marzo, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de tejedor de telar manual.

    Real Decreto 344/1998, de 6 de marzo, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de elaborador de objetos de fibras vegetales.

    Real Decreto 348/1998, de 6 de marzo, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de grafista maquetista.

    Real Decreto 329/1999, de 26 de febrero, por el que se establece el certificado de

    profesionalidad de la ocupacin de operador/a de cabina de proyecciones

    cinematogrficas.

    Disposicin final primera. Ttulo competencial.

    El presente real decreto se dicta en virtud de las competencias que se atribuyen

    al Estado en el artculo 149.1.1., 7. y 30. de la Constitucin Espaola, que atribuye al

    Estado la competencia exclusiva para la regulacin de las condiciones bsicas que cve:BOE-A-2014-7654

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    garanticen la igualdad de todos los espaoles en el ejercicio de los derechos y en el

    cumplimiento de los deberes constitucionales; la legislacin laboral; y la regulacin de las

    condiciones de obtencin, expedicin y homologacin de ttulos acadmicos y

    profesionales y normas bsicas para el desarrollo del artculo 27 de la Constitucin, a fin

    de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes pblicos en esta materia.

    Disposicin final segunda. Actualizacin del anexo XI del Real Decreto 1531/2011,

    de 31 de octubre, por el que se establecen doce certificados de profesionalidad de la

    familia profesional Informtica y comunicaciones que se incluyen en el Repertorio

    Nacional de certificados de profesionalidad, modificado por Real Decreto 628/2013,

    de 2 de agosto.

    De conformidad con lo establecido en el artculo 7 del Real Decreto 34/2008, de 18 de

    enero, se procede a la actualizacin del certificado de profesionalidad cuyas

    especificaciones estn establecidas en el anexo XI del Real Decreto 1531/2011, de 31 de

    octubre, por el que se establecen doce certificados de profesionalidad de la familiaprofesional Informtica y comunicaciones que se incluyen en el Repertorio Nacional de

    certificados de profesionalidad, en los siguientes trminos:

    Se modifica el certificado de profesionalidad establecido como anexo XI. Gestin de

    Sistemas Informticos sustituyendo las tablas que figuran en el apartado V. Requisitos

    mnimos de espacio, instalaciones y equipamiento, por las que a continuacin se

    especifican:

    Espacio FormativoSuperficie m2

    15 alumnos

    Superficie m2

    25 alumnos

    Aula taller de informtica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65 110

    Espacio Formativo M1 M2 M3

    Aula taller de informtica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X X X

    Espacio Formativo Equipamiento

    Aula taller de informtica

    Equipos audiovisuales.

    PCs instalados en red, can con proyeccin e internet.

    Software especfico de la especialidad.

    2 Pizarras para escribir con rotulador.

    Rotafolios.

    Material de aula.

    Mesa y silla para formador.

    Mesas y sillas para alumnos.

    Racks.

    Acondicionamiento de fro.

    SAIs.

    Servidores instalados en red.

    Equipos de almacenamiento externo.

    Dispositivos de copia de seguridad.

    Software de copia de seguridad.

    Software de monitorizacin.

    Conexin a Internet.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56940

    Disposicin final tercera. Actualizacin del anexo IV del Real Decreto 686/2011, de 13

    de mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia

    profesional Informtica y comunicaciones que se incluyen en el Repertorio Nacional

    de certificados de profesionalidad, modificado por el Real Decreto 628/2013, de 2 de

    agosto.

    De conformidad con lo establecido en el artculo 7 del Real Decreto 34/2008, de 18 de

    enero, se procede a la actualizacin del certificado de profesionalidad cuyas

    especificaciones estn establecidas en el anexo IV del Real Decreto 686/2011, de 13 de

    mayo, por el que se establecen seis certificados de profesionalidad de la familia

    profesional Informtica y comunicaciones que se incluyen en el Repertorio Nacional de

    certificados de profesionalidad, en los siguientes trminos:

    Se modifica el certificado de profesionalidad establecido como anexo IV. Implantacin

    y gestin de elementos informticos en sistemas domticos/inmticos, de control de

    accesos y presencia, y de videovigilancia sustituyendo las tablas que figuran en el

    apartado V. Requisitos mnimos de espacio, instalaciones y equipamiento, por las que acontinuacin se especifican:

    Espacio FormativoSuperficie m2

    15 alumnos

    Superficie m2

    25 alumnos

    Aula de informtica. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 45 75

    Taller de comunicaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 65 110

    Espacio Formativo M1 M2 M3

    Aula de informtica. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X X X

    Taller de comunicaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . X X

    Espacio Formativo Equipamiento

    Aula deinformtica

    Equipos audiovisuales.

    Can con proyeccin.

    Pantalla para proyeccin.

    Rotafolios o pizarra con rotuladores.

    Ordenador en funciones de servidor para casos prcticos.

    Ordenadores en funciones de puesto en red para los casos prcticos.

    Material de aula.

    Mesa y silla para formador.

    Mesas y sillas para alumnos.

    Taller de

    comunicaciones

    Instrumentos de medida: polmetro, tster de cableado coaxial, certificador de

    cableado, monitor de vdeo porttil, luxmetro.

    Instrumentos de Taller de Electricidad, Electrnica e Informtica.

    Paneles de trabajo adaptados segn el sistema o sistemas domticos

    seleccionados para la formacin.

    Equipos para control de accesos y presencia: cabezales lectores de tarjetas

    (banda magntica, proximidad, chip), lectores biomtricos, centrales de

    control, actuadores (electro cerraduras, barreras), detectores de presencia.

    Equipos para sistemas de videovigilancia: cmaras analgicas, cmaras IP,

    pticas para las cmaras, cabinas para las cmaras, posicionadores, teclados

    de control, multiplexores, secuenciadores, grabadores de imagen analgicos y

    digitales, monitores analgicos y TFT, soportes de grabacin (cintas, CD,DVD).

    Ordenador configurado especficamente para la imparticin de este certificado(del mismo modo que los ordenadores del aula de informtica).

    Acceso a Internet, telefnico y conectividad GSM/GPRS/UMTS (tarjetas SIM).cve:BOE-A-2014-7654

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    Disposicin final cuarta. Desarrollo normativo.

    Se autoriza a la Ministra de Empleo y Seguridad Social para dictar cuantas

    disposiciones sean precisas para el desarrollo de este real decreto.

    Disposicin final quinta. Entrada en vigor.

    El presente real decreto entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en el

    Boletn Oficial del Estado.

    Dado en Madrid, el 27 de junio de 2014.

    FELIPE R.

    La Ministra de Empleo y Seguridad Social,

    FTIMA BEZ GARCA

    cve:BOE-A-2014-7654

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    ANEXO I

    I. IDENTIFICACIN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

    Denominacin: Vigilancia, Seguridad privada y Proteccin de personas.

    Cdigo: SEAD0112

    Familia profesional: Seguridad y Medio Ambiente.

    rea profesional: Seguridad y Prevencin.

    Nivel de cualificacin profesional: 2

    Cualificacin profesional de referencia:

    SEA029_2 Vigilancia y Seguridad Privada (RD 295/2004 del 20 de febrero).

    Relacin de unidades de competencia que configuran el certificado deprofesionalidad:

    UC0080_2: Vigilar y proteger bienes y personas evitando la comisin de delitos einfracciones.UC0081_2: Acompaar a las personas para la defensa de su integridad fsica.

    Competencia general:

    Vigilar, y proteger a las personas y sus bienes, evitando la comisin de delitos e

    infracciones, en un entorno definido.Entorno Profesional:

    mbito profesional:

    Desarrolla su actividad en el rea de las empresas de Seguridad (grandes, medianas ypequeas), que ofrecen sus servicios en edificios, polgonos industriales, urbanizacionese instalaciones tanto pblicas como privadas.

    Sectores productivos:

    Industrias de produccin, distribucin, fabricacin y almacenamiento de productos y

    sustancias peligrosas. Superficies comerciales. Centros de ocio. Espectculosdeportivos, artsticos, culturales, convenciones y demostraciones. Instalacionesaeroportuarias, ferroviarias y de transporte urbano. Edificios de la Administracin(Ministerios, Delegaciones, Cuarteles, Centros de menores). Bancos y entidades decrdito. Centros hospitalarios y de asistencia sanitaria. Centros de produccin de energay comunicaciones. Proteccin de personas que no tengan el carcter de autoridadespblicas.

    Ocupaciones y puestos de trabajo relacionados:

    5941.1028 Vigilantes de seguridad.5941.1019 Escolta privado.Centrales de produccin de energa (nucleares, trmicas, etc.).

    Control de equipajes de pasajeros en aeropuertos y estaciones de trenes, autobuses,estaciones martimas, etc.Transporte de fondos (dinero, valores y objetos valiosos y peligrosos).

    cve:BOE-A-2014-7654

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    Requisitos necesarios para el ejercicio profesional:

    Para ejercer la profesin de Vigilante de Seguridad y de Escolta Privado se precisa estaren posesin de la Tarjeta de Identidad Profesional (T.I.P) expedida por el DirectorGeneral de la Polica segn la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada y el RealDecreto 2364/1994.

    Duracin de la formacin asociada: 330 horas.

    Relacin de mdulos formativos y de unidades formativas:

    MF0080_2: (Transversal) Vigilancia y proteccin en Seguridad Privada. (250 horas) UF2672: Aspectos jurdicos en el desarrollo de las funciones del personal de

    seguridad. (90 horas)

    UF2673: Psicologa aplicada a la proteccin de personas y bienes. (30 horas) UF2674: Tcnicas y procedimientos profesionales en la proteccin de personas,instalaciones y bienes. (90 horas)

    UF2675: Medios de proteccin y armamento. (40 horas)MF0081_2: Proteccin de personas. (110 horas) UF2673: (Transversal) Psicologa aplicada a la proteccin de personas y bienes. (30

    horas) UF2675: (Transversal) Medios de proteccin y armamento. (40 horas) UF2676: Tcnicas de proteccin de personas. (40 horas)

    MP0557: Mdulo de prcticas profesionales no laborales de vigilancia, seguridad privaday proteccin de personas.(40 horas)

    Vinculacin con capacitaciones profesionales:

    La superacin con evaluacin positiva de la formacin establecida en el presentecertificado de profesionalidad garantiza la formacin requerida para la obtencin de lahabilitacin de Vigilante de Seguridad y Escolta Privado de acuerdo a lo establecido enel artculo 29.1.a) de la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.

    II. PERFIL PROFESIONAL DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

    Unidad de competencia 1

    Denominacin: VIGILAR Y PROTEGER BIENES Y PERSONAS EVITANDO LACOMISIN DE DELITOS E INFRACCIONES.

    Nivel: 2

    Cdigo: UC0080_2

    Realizaciones profesionales y criterios de realizacin

    RP1: Controlar el acceso y el interior de las instalaciones con objeto de asegurar lapermanencia en las mismas de personas autorizadas.

    CR1.1 La identidad de las personas se comprueba segn los casos.CR1.2 Cualquier incidencia en el interior del recinto motiva la identificacin delcausante.CR1.3 Se impide el acceso o la permanencia de las personas no autorizadas.

    CR1.4 Las personas que se encuentran en el interior del recinto, van provistas deidentificacin.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    RP2: Vigilar los bienes encomendados en orden a garantizar la integridad de losmismos, evitando su prdida o deterioro.

    CR2.1 Mediante rondas peridicas se comprueba el estado de los bienes y seadoptan las medidas correctoras oportunas.CR2.2 Se acude e interviene ante la comisin de actos contra los bienes objeto de suproteccin.CR2.3 Se detiene e identifica, si procede, al autor de los actos contra los bienesponiendo a disposicin de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.CR2.4 La denuncia de los actos delictivos, se formula ante las autoridadescompetentes.CR2.5 Las alarmas, objeto de control, son atendidas y comprobado sufuncionamiento.

    RP3: Acudir al requerimiento de las personas que soliciten su presencia, en el recinto,para garantizar su seguridad.

    CR3.1 Ante las agresiones o intentos de agresin, se acude e interviene reduciendoa la obediencia a las personas implicadas.CR3.2 Al autor o autores de las agresiones o intentos de agresin, se detienen eidentifican, si procede, ponindolos a disposicin de las Fuerzas y Cuerpos deSeguridad del Estado.CR3.3 La denuncia de los actos delictivos se formula ante las autoridadescompetentes.

    RP4: Vigilar las entradas y salidas de los edificios con objeto de asegurar la integridadde los mismos.

    CR4.1 La identidad de las personas se comprueba segn los casos.CR4.2 Cualquier incidencia en el interior del recinto motiva la identificacin delcausante.

    CR4.3 Se impide el acceso o la permanencia de las personas no autorizadas.CR4.4 Dentro del recinto, todas las personas van provistas de su correspondienteidentificacin.

    RP5: Efectuar rondas peridicas para comprobar el estado de normalidad de los mediosde proteccin.

    CR5.1 Mediante rondas peridicas se comprueba el estado de los bienes y se tomanlas medidas correctoras.CR5.2 Se acude e interviene ante la comisin in fraganti de actos contra los bienesencomendados.

    RP6: Practicar, como actividad complementaria de seguridad, el control necesario paraasegurar el funcionamiento de los medios tcnicos y de mantenimiento.

    CR6.1 Se ejecutan los protocolos establecidos para la realizacin de los itinerariosde rondas que aseguran el estado de las cosas.CR6.2 Las deficiencias observadas, que estn al alcance de los conocimientos ymedios, se corrigen y se informa de aquellas que necesitan reparacin.CR6.3 Las medidas aplicadas, son comunicadas y se asegura la vuelta a lanormalidad.

    Contexto profesional

    Medios de produccinUniforme reglamentario. Grilletes. Equipo de transmisiones y comunicaciones. Espejo deobservacin de fondos y bajos. Linternas. Equipos de Rayos X. Detectores de metales.Detectores de explosivos. Perros. Barreras de paso, tornos y molinillos. Arma

    reglamentaria.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56945

    Productos y resultadosControles de acceso realizados segn procedimientos. Control de objetos peligrosos.Control de Intrusin. Proteccin de los bienes y personas en nivel de eficacia.Disminucin de los riesgos a niveles satisfactorios.

    Informacin utilizada o generada

    Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.Plan de Seguridad y Proteccin delrecinto. Procedimientos de Actuacin. rdenes de Puesto. Partes diarios de Seguridad.Partes de incidencia. Denuncias.

    Unidad de competencia 2

    Denominacin: ACOMPAAR A LAS PERSONAS PARA LA DEFENSA DE SUINTEGRIDAD FSICA.

    Nivel: 2.

    Cdigo: UC0081_2.

    Realizaciones profesionales y criterios de realizacin

    RP1: Organizar la proteccin personal confeccionando itinerarios fijos y alternativos.CR1.1 El dispositivo de seguridad, la ruta y las acciones preventivas, se establecendiariamente.CR1.2 Ante cualquier eventualidad que se presente, se decide un cambio deitinerario.CR1.3 Las caractersticas del vehculo que se utiliza son conocidas y se mantiene enun nivel ptimo de operatividad.

    RP2: Comprobar el entorno del domicilio y lugar de trabajo del protegido y programar losdesplazamientos.

    CR2.1 El entorno del domicilio del protegido, se inspecciona diariamente y seacompaa y protege hasta el interior del vehculo, tanto a la ida como a la vuelta.CR2.2 El entorno del lugar de trabajo es reconocido antes de que el protegidoabandone el vehculo, indicando el momento de acceso al lugar acompandole a laentrada del recinto.CR2.3 El dispositivo de seguridad e itinerario, se prepara anterior y posteriormente acualquier desplazamiento del protegido, permaneciendo en actitud preventivadurante el tiempo que permanezca en el recinto.

    RP3: Responder a las posibles agresiones, priorizando la proteccin de la persona.

    CR3.1 La forma fsica se mantiene de forma permanente, mediante los ejerciciospertinentes, que garantizan una adecuada respuesta a situaciones de peligro oagresin.CR3.2 Las prcticas de tiro se realizan de forma peridica para asegurar unaadecuada respuesta a posibles ataques.CR3.3 Las prcticas de perfeccionamiento en conduccin de seguridad, se realizanperidicamente.

    RP4: Contactar de forma permanente con la Fuerzas y Cuerpos de Seguridad parainformar y recibir instrucciones en relacin a la seguridad del protegido.

    CR4.1 A las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad se comunican los resultados de lasobservaciones realizadas en relacin con la proteccin personal que sean de inters.CR4.2 Las instrucciones e informaciones recibidas de las Fuerzas y Cuerpos deSeguridad referentes a la seguridad de su protegido, se ejecutan de forma inmediata.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56946

    Contexto profesional

    Medios de produccinGrilletes. Equipo de transmisiones y comunicaciones. Espejo de observacin de fondos yBajos. Linternas. Arma reglamentaria. Vehculo de proteccin.

    Productos y resultadosControles de acceso realizados segn procedimientos. Control de objetos peligrosos.Control de Intrusin. Proteccin de la persona en nivel de eficacia.

    Informacin utilizada o generadaLey 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privaday sus Normas de Referencia. Plan deSeguridad y Proteccin del recinto. Procedimientos de Actuacin. rdenes de Puesto.Partes diarios de Seguridad. Partes de incidencia. Denuncias.

    III. FORMACIN DEL CERTIFICADO DE PROFESIONALIDAD

    MDULO FORMATIVO 1

    Denominacin: VIGILANCIA Y PROTECCIN EN SEGURIDAD PRIVADA.

    Cdigo: MF0080_2.

    Nivel de cualificacin profesional: 2

    Asociado a la Unidad de Competencia:

    UC0080_2: Vigilar y proteger bienes y personas evitando la comisin de delitos einfracciones.

    Duracin:250 horas.

    UNIDAD FORMATIVA 1

    Denominacin:ASPECTOS JURDICOS EN EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONESDEL PERSONAL DE SEGURIDAD.

    Cdigo: UF2672.

    Duracin: 90 horas.

    Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP1, RP2,RP3 y RP4 de la UC0080_2.

    Capacidades y criterios de evaluacin

    C1: Distinguir las autoridades, organismos y empresas que actan en el mbito de laseguridad.

    CE1.1 Identificar a las autoridades que tienen competencia en materia de seguridad,sus funciones y atribuciones.CE1.2 Reconocer el papel de la seguridad privada como medio de prevencin deldelito y contribucin al mantenimiento de la seguridad ciudadana.CE1.3 Describir las actividades autorizadas y prohibidas del personal de seguridad.

    CE1.4 Identificar las diferentes categoras establecidas dentro del personal deseguridad, explicando los requisitos de acceso, las diferentes funciones y lascondiciones exigibles para el ejercicio de las mismas.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    C2: Analizar el contenido de los derechos y obligaciones que tienen su fundamento en laproteccin jurdica de los derechos de las personas.

    CE2.1 Interpretar el rgimen sancionador del personal de seguridad privada.CE2.2 Describir y enumerar los derechos y deberes principales que le pueden afectaren el ejercicio de la profesin, partiendo del reconocimiento de derechosconstitucionales, tales como:

    - Derechos relacionados con la vida, la integridad, la libertad y la seguridad delas personas.

    - Derecho a la intimidad y la inviolabilidad de domicilio.- Libertades pblicas.- Derecho a la propiedad privada.

    CE2.3 A partir de unos datos bsicos, identificar la normativa aplicable a la actividadprofesional en los cdigos, leyes y reglamentos vigentes.

    C3: Aplicar la legislacin vigente a la actividad profesional relacionada con la seguridad y

    proteccin.CE3.1 En supuestos prcticos debidamente caracterizados: Interpretar la normativasobre seguridad, razonando por qu se aplican unas normas determinadas y otrasno.CE3.2 Enumerar y valorar los principios establecidos en los Cdigos deontolgicos,que rigen su actividad profesional.CE3.3 Reconocer los lmites legales a los que debe ceir su actuacin.CE3.4 Identificar las distintas infracciones penales, las formas de culpabilidad y lascircunstancias que modifican la responsabilidad criminal.CE3.5 Aplicar la normativa a los siguientes supuestos:

    - Materializacin de la denuncia con respecto a delitos de carcter pblico o decarcter no pblico.

    - Cacheos y registros.

    - Facultades, al respecto de la detencin, atribuidas al vigilante de seguridad.- Derechos del detenido y su tramitacin por parte del sujeto activo de la

    detencin.- Colaboracin con Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.- Uso de instrumentos de defensa, con especial atencin al de las armas de

    fuego.

    C4: Utilizar los procedimientos de detencin e identificacin de personas.CE4.1 Manejar las tcnicas de identificacin de personas y detencin.CE4.2 Aplicar las tcnicas de cacheos y esposamiento.CE4.3 Emplear las diferentes tcnicas de conduccin de personas detenidas.CE4.4 Utilizar el uso de la defensa.CE4.5 Emplear las tcnicas de defensa personal ante situaciones crticas.

    Contenidos

    1. Derecho Poltico y Administrativo.- Derecho constitucional: La Constitucin Espaola, Estructura y caractersticas de

    la Constitucin Espaola. Derechos fundamentales y deberes fundamentalesrecogidos en la Constitucin. Especial referencia a los derechos relacionados conla vida, la integridad, la libertad y la seguridad de las personas.

    - Derecho Europeo: La Unin Europea. El derecho derivado. PrincipalesInstituciones de la Unin Europea.

    - Derecho Administrativo especial:- Autoridades competentes en materia de seguridad. Fuerzas y Cuerpos de

    Seguridad del Estado, de las Comunidades Autnomas, y de las

    Corporaciones Locales. Descripcin elemental de su estructura ycompetencias. Normativa reguladora de la polica estatal y de las policasautonmicas.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56948

    - Ley de Seguridad Privada. Notas caractersticas. Servicios y actividadesautorizados a las empresas de seguridad. Ley Orgnica 1/1992: aspectospenales y administrativos de la tenencia y consumo ilcito de drogas.

    - Personal de seguridad privada: Clasificacin, requisitos y procedimiento dehabilitacin. Funciones de los vigilantes de seguridad y escoltas privados.Uniformidad, distintivos y armamento. Rgimen sancionador.

    2. Derecho Penal.

    - Delitos cometidos con ocasin del ejercicio de los derechos fundamentales y delas libertades pblicas garantizadas por la Constitucin.

    - Delitos contra la intimidad, el derecho a la imagen y la inviolabilidad del domicilio:Domicilio de personas jurdicas y establecimientos abiertos al pblico. Omisindel deber de socorro.

    - La infraccin penal: Definicin y breve descripcin de sus notas constitutivas.Dolo o imprudencia. Delitos y faltas. Circunstancias modificativas de la

    responsabilidad criminal. El uso de instrumentos de defensa (incluidas armas defuego) dentro de la legtima defensa, estado de necesidad, miedo insuperable,cumplimiento de un deber o ejercicio de un derecho, oficio o cargo.

    - Las personas criminalmente responsables de los delitos y las faltas.- Homicidio y sus formas. Lesiones.- Delitos contra las libertades: Detenciones ilegales, secuestros, amenazas y

    coacciones. Violencia de gnero.- Delitos contra el patrimonio y el orden socioeconmico: Robo, hurto, daos,

    receptacin y otras conductas afines.- Delitos de falsedades documentales. La falsificacin de documentos y monedas.

    La falsificacin de documentos: Documento nacional de identidad, pasaporte,carnet de conducir. La falsificacin de monedas: Billetes de banco y monedas.

    3. Derecho Procesal Penal.- Nocin de derecho procesal penal. La jurisdiccin: concepto y competencia Ladenuncia: Concepto y obligacin de denunciar.

    - La detencin: concepto, duracin. Tcnicas y facultades atribuidas al vigilante deseguridad por el ordenamiento jurdico. Cacheos, registros y arma reglamentaria:Leyes y jurisprudencia aplicables.

    - El personal de seguridad privada como auxiliar de las Fuerzas y Cuerpos deSeguridad en el campo de la persecucin de las infracciones penales: Pautas deactuacin. Preservacin de instrumentos de prueba.

    - Los derechos del detenido segn el ordenamiento jurdico y su tramitacin porparte del vigilante de seguridad.

    - La proteccin de pruebas e indicios. Procedimiento de proteccin de pruebas. Larecogida de pruebas e indicios con carcter excepcional.

    4. Pautas de actuacin en la detencin.

    - La defensa personal (I). Fundamentos. Posiciones fundamentales de defensa,ataque y desplazamientos. Tcnicas de bloqueo y percusin. Tcnicas deluxacin: Mueca, codo y hombro.

    - La defensa personal (II). Defensa contra los ataques a rganos de frente, espalday brazos. Las estrangulaciones. Defensa contra ataques de puo y pierna.

    - La defensa personal (III). Defensa contra arma blanca y arma de fuego.Reducciones. Cacheos y esposamientos.

    - Tcnicas de empleo de la defensa. Caracterstica de la defensa. Casustica de suutilizacin.

    UNIDAD FORMATIVA 2

    Denominacin: PSICOLOGA APLICADA A LA PROTECCIN DE PERSONAS YBIENES.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56949

    Cdigo: UF2673.

    Duracin: 30 horas.

    Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP3 de laUC0080_2.

    Capacidades y criterios de evaluacin

    C1: Definir con carcter general los factores de la personalidad y, las tcnicas para ladescripcin de personas.

    CE1.1 Identificar los posibles tipos de comportamiento humano conforme a losparmetros sociales preestablecidos.CE1.2 Utilizar las habilidades sociales suficientes para el trato con todo tipo depersonas en cualquier situacin simulada.

    CE1.3 Distinguir cuales son los rasgos antropomrficos bsicos para poder realizar laidentificacin de personas.CE1.4 Emplear mtodos y tcnicas de dominio de actitudes y comportamientosante el ciudadano para poder transmitir una imagen de confianza en cualquiersituacin simulada.

    C2: Identificar con carcter general los diversos factores que influyen en la delincuencia.CE2.1 Diferenciar las diferentes formas de criminalidad y los factores que influyen enella.CE2.2 Relacionar los efectos que el alcohol y las drogas tienen sobre la delincuencia.CE2.3 Identificar el tipo de delincuencia ms habitual en Espaa.CE2.4 Expresar los factores diferenciadores entre la delincuencia masculina y lafemenina.

    CE2.5 Reconocer las tcticas, procedimientos y medios empleados por los diferentestipos de delincuentes.

    C3: Integrar las tcnicas de informacin y observacin en los planes de proteccin y evitarlas actuaciones agresoras.

    CE3.1 En un supuesto prctico, estudiar las tcnicas de informacin y observacin yutilizarlas como mecanismos disuasorios.CE3.2. En un supuesto prctico, analizar las actuaciones agresivas contrapersonalidades y protegidos y sacar consecuencias en orden a mejorar el plan deproteccin propio.CE3.3 Realizar supuestos prcticos de situaciones de actos como: secuestros,extorsiones y atentados.

    C4: Establecer los principios ticos y de conducta que deben regir en el entorno detrabajo.

    CE4.1 Describir las normas de comportamiento con los ciudadanos y Autoridades.CE4.2 En un supuesto prctico, discernir, con el objeto de limitar la informacin a losmedios de comunicacin social, en temas relacionados con la actividad de suprofesin.CE4.3 Diferenciar sus propias competencias de las de los Cuerpos y Fuerzas deSeguridad del Estado as como los cauces de relacin y protocolos de comunicacincon los mismos.

    Contenidos

    1. La identificacin de personas.

    - Identificacin. Tcnicas de descripcin de personas y cosas: atencin, percepciny memoria.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56950

    - El autocontrol. El pnico y sus efectos. El miedo. El estrs. Tcnicas deautocontrol.

    - La seguridad. Nociones generales. Seguridad individual y seguridad colectiva. Lainseguridad. Inadaptacin, marginalidad y delincuencia: clases de delincuencia.

    - Las relaciones humanas y la seguridad. El sentimiento de inseguridad. La actitude imagen del vigilante de seguridad privada ante la seguridad e inseguridad.Tcnicas de comunicacin dirigidas a la resolucin de conflictos.

    2. Aspectos criminolgicos y delincuenciales.- La criminalidad como mximo exponente de inseguridad ciudadana. Factores de

    la criminalidad. Factores coyunturales: alcohol, sustancias estupefacientes, edady sexo del delincuente.

    - Panorama de la delincuencia en la actualidad. Volumen de la criminalidad. Clasesde delincuencia y modus operandi.

    3. Psicologa aplicada a la proteccin.- Tcnicas de informacin y observacin. La informacin como elementoimprescindible en la proteccin. La observacin como fuente de informacin ytcnica disuasoria.

    - Los procedimientos del agresor. Mtodos de actuacin. El atentado. El secuestro.La amenaza. La extorsin.

    4. La deontologa profesional.- La deontologa profesional. tica y conducta del personal de seguridad privada.

    Las relaciones profesionales con: Personal protegido, medios de comunicacin,Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y pblico en general.

    - Proteccin de datos de carcter personal. Normativa bsica reguladora. Especialreferencia al tratamiento y custodia de las imgenes.

    - Las relaciones profesionales en la empresa. Relaciones jerrquicas.Comunicacin interpersonal: Tipos y factores modificantes.

    UNIDAD FORMATIVA 3

    Denominacin: TCNICAS Y PROCEDIMIENTOS PROFESIONALES EN LAPROTECCIN DE PERSONAS, INSTALACIONES Y BIENES.

    Cdigo: UF2674.

    Duracin: 90 horas.

    Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP1, RP2,

    RP3, RP4, RP5 y RP6 de la UC0080_2.

    Capacidades y criterios de evaluacin

    C1: Cumplir el Plan de Seguridad y participar en la planificacin del mismo en losaspectos inherentes a su competencia.

    CE1.1 Diferenciar el concepto entre seguridad pblica y seguridad privada.CE1.2 Interpretar las medidas organizativas incluidas en un sistema de seguridadintegral.CE1.3 En un supuesto prctico, aplicar el Plan de Seguridad en cada situacin deriesgo.CE1.4 Enumerar las situaciones de emergencias en las que se debe de colaborarcon el personal de Proteccin Civil, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, etc.

    CE1.5 Proponer mejoras y alternativas que puedan incrementar los niveles deseguridad, perfeccionar el sistema de seguridad o facilitar la prestacin del servicio.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    CE1.6 Identificar la normativa de Prevencin de Riesgos laborales, distinguiendo losderechos y obligaciones.

    C2: Describir y aplicar los procedimientos de seguridad en el transporte de fondos.CE2.1 Identificar las distintas funciones de los vigilantes de seguridad de transportesde fondos antes, durante y al finalizar el servicio.CE2.2 En un supuesto prctico, comprobar el estado del vehculo blindado yasegurar su funcionamiento.CE2.3 En un supuesto prctico, ejecutar los itinerarios en coordinacin con eldepartamento de seguridad.CE2.4 Aplicar las tcnicas de conduccin y normas de trfico.CE2.5 Reconocer los distintos tipos de delincuencia, modus operandi yvulnerabilidades del transporte de fondos.

    C3: Desarrollar tcnicas de intervencin relativas a la de proteccin de personas,

    instalaciones y bienes.CE3.1 Identificar y aplicar los conceptos relativos a la seguridad.CE3.2 Analizar y evaluar los factores de riesgo en la proteccin de instalaciones ybienes.CE3.3 Identificar las peculiaridades en la proteccin de polgonos industriales yurbanizaciones.CE3.4 En un supuesto prctico, aplicar las tcnicas de control de acceso y rondas deseguridad, en especial referencia a las rondas de vigilancia a pie y en vehculo en lospolgonos industriales y urbanizaciones.CE3.5 En un supuesto prctico, emplear las tcnicas de registro a personas yvehculos en situaciones concretas.

    C4: Realizar las rondas interiores en consonancia con el Plan de Seguridad establecido.

    CE4.1 Definir el mtodo de rondas y aplicarlas en los momentos establecidos.CE4.2 En un supuesto prctico, impedir la comisin de actos ilcitos contra los bienesy personas mediante la deteccin y la formulacin de denuncias.CE4.3 En un supuesto prctico, intervenir en la identificacin de personas noautorizadas y aplicar las acciones oportunas.

    C5: Seleccionar las acciones correctoras necesarias para restablecer la tranquilidad y lapacfica convivencia ciudadana.

    CE5.1 En un supuesto prctico, detectar las anomalas que encuentra y actuar paracorregirlas.CE5.2 En un supuesto prctico distinguir la complejidad de las operacionescorrectoras y actuar conforme al protocolo establecido.CE5.3 Reconocer la tcnica de redaccin de informes y aplicarlas en toda

    circunstancia.CE5.4 En un supuesto prctico, identificar y evaluar el riesgo y definir su rol en elPlan de Seguridad.

    C6: Aplicar las medidas de primeros auxilios en caso de accidente.CE6.1 Reconocer los sntomas y signos de lesiones.CE6.2 Diferenciar los instrumentos necesarios para actuar en caso de accidente.CE6.3 Reconocer el tipo de actuacin precisa en la aplicacin de primeros auxilios.CE6.4 Ante un supuesto prctico de accidente en una zona recreativa:

    - Identificar el tipo de lesin producida (corte, quemadura, entre otros).- Sealar los materiales necesarios para la asistencia.- Identificar las medidas, recursos y vas para una evacuacin.- Aplicar los primeros auxilios necesarios, asegurando la asistencia y seguridad

    del supuesto asistido.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    Contenidos

    1. Fundamentos de seguridad.- Planes de emergencia y evacuacin. Concepto. Clases. El control de personal y

    objetos: Paquetera y correspondencia. Control y requisa de vehculos.- La proteccin ante artefactos explosivos. Actuacin ante amenaza de colocacin

    de un artefacto explosivo. Colaboracin con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.- El sistema integral de seguridad. Teora esfrica de la seguridad. Zonas y reas

    de seguridad.- La autoproteccin. Tcnicas y procedimiento de autoproteccin personal: En el

    trabajo, en el domicilio, en los desplazamientos, en otros lugares.- Prevencin de riesgos laborales. Normativa bsica. Participacin de los

    empresarios y trabajadores. Derechos y obligaciones. Formacin. Consulta yparticipacin de los trabajadores: rganos de representacin.

    2. Proteccin de fondos y objetos valiosos.- Normativa especfica. Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. R.D.2.364/94, Reglamento de Seguridad Privada. Orden INT314/2011 de 1 defebrero. Convenio nacional de empresas de seguridad. Vigilantes de seguridadpara el transporte de fondos.

    - La proteccin de fondos, valores y objetos valiosos. Proteccin delalmacenamiento. Recuento y clasificacin. Medios tcnicos empleados encmaras acorazadas.

    - Funciones de los vigilantes de seguridad de transportes de fondos, antes, durantey al finalizar el servicio. Reglas generales del servicio. Funciones especficas enlas diferentes fases.

    - Medios materiales y tcnicos para el desarrollo del servicio. Vehculos blindados:caractersticas. Tcnicas de conduccin. Normas de trfico. Medidas de

    prevencin: tcnicas defensivas, tcnicas ofensivas. Armamento: clases dearmas autorizadas, caractersticas y manejo.- Operativa de servicio. Medidas de seguridad generales. Actuacin de la

    delincuencia sobre estos transportes: Delincuencia organizada, gruposterroristas. El robo en centros de depsito y el asalto a vehculos de transportes.La conducta humana ante situaciones de emergencia.

    3. La proteccin de polgonos industriales y urbanizaciones.- Caractersticas de estas zonas. Rondas de vigilancia a pie y en vehculo.

    Recorridos y frecuencias.- Procedimientos de actuacin: Identificacin de personas.

    4. Procedimientos documentales.

    - Confeccin de documentos y escritos. Redaccin de informes y partes diarios:Contenido. Redaccin de informes de incidencias: Contenido y puntos esencialesde los mismos. Escritos de denuncia.

    - Los sistemas de comunicacin. Las telecomunicaciones. Los radiotelfonos. Eltelfono. El telefax. Introduccin a las redes informticas, tipos. El navegador deInternet: conocimiento bsico. El correo electrnico.

    - Partes y funciones bsicas de un ordenador. Sistema operativo: Definicin yconocimiento bsico. Aplicaciones informticas: tratamiento de texto, hoja declculo, bases de datos.

    5. Aplicacin de tcnicas de primeros auxilios.- Tcnicas de primeros auxilios (I). Concepto. Contenido de las tcnicas.

    Limitaciones. Concepto de urgencia. Orden de prioridad para la asistencia. El

    control de hemorragia. Tcnica de respiracin artificial y reanimacincardiovascular. El desfibrilador externo semiautomtico. Maniobra de Heimlich.Epilepsia.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    - Tcnicas de primeros auxilios (II). El traslado de heridos: A pie, en camilla, envehculos. Primeras actuaciones en caso de accidente con traumatismos:Craneoenceflico, torcicos, abdominales, de columna vertebral, fracturas yluxaciones.

    UNIDAD FORMATIVA 4

    Denominacin: MEDIOS DE PROTECCIN Y ARMAMENTO.

    Cdigo: UF2675.

    Duracin: 40 horas.

    Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP1, RP2,RP3, RP4, RP5 y RP6 de la UC0080_2.

    Capacidades y criterios de evaluacin

    C1: Utilizar y emplear los medios tcnicos de proteccin tanto activos como pasivos, ascomo el funcionamiento y organizacin de la central de control de alarmas y enlace conlas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

    CE1.1 Describir los elementos pasivos de proteccin y reconocer las capacidades yvulnerabilidades de cada uno de ellos.CE1.2 Describir los elementos activos de proteccin y reconocer las capacidades yvulnerabilidades de cada uno de ellos.CE1.3 Identificar los diferentes sistemas de control y alarmas y los procedimientos detrabajo de la central de control y alarmas.CE1.4 Nombrar los mtodos y vas de enlace con las Fuerzas y Cuerpos de

    Seguridad.CE1.5 Distinguir y aplicar los procedimientos de verificacin de alarmas y actuacinante una alarma real.

    C2: Reconocer las amenazas de explosivos, incendios y otras contingencias.CE2.1 Manejar los medios de deteccin y responder a la alarma.CE2.2 Distinguir las alarmas de incendio con respecto a otro tipo de alarmas yvalorar la actuacin adecuada a la situacin dada en ese supuesto.CE2.3 Aplicar las tcnicas de deteccin de explosivos y los procedimientos parareducir sus efectos.CE2.4 Identificar y distinguir los riesgos en instalaciones estratgicas: naturales,atentados terroristas y ataques antisociales.CE2.5 En un supuesto prctico, manejar los extintores ante un conato de incendio.

    CE2.6 Reconocer las normas y planes de seguridad de instalaciones nucleares einfraestructuras crticas. Y aplicar los protocolos de actuacin.

    C3: Comprobar, mediante la aplicacin de los procedimientos establecidos, si laspersonas estn autorizadas o no para el acceso a instalaciones protegidas.

    CE3.1 en un supuesto prctico, aplicar las normas para la identificacin de personasautorizadas.CE3.2 En un supuesto prctico, distinguir los diferentes grupos de personas ypermitir el acceso a los autorizados.CE3.3 En un supuesto prctico, interpretar el protocolo de visitas y aplicar las normasoportunas.CE3.4 En un supuesto prctico, intervenir activamente en el rechazo de los noautorizados.

    CE3.5 Demostrar el manejo correcto de las mquinas de rayos x, del arco detectorde metales, del detector manual de metales y del escner.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    CE3.6 Identificar las peculiaridades de los controles de acceso de viajeros enaeropuertos y puertos martimos.

    C4: Adquirir un alto nivel de respuesta en el manejo de las armas reglamentarias.CE4.1 Identificar el armamento reglamentario y la cartuchera y elegir el msadecuado para su funcin.CE4.2 Conservar en perfecto estado operativo el arma reglamentaria.CE4.3 Aplicar las normas de seguridad en el manejo y conservacin de las armas.CE4.4 Emplear el arma demostrando los reflejos, posicin de disparo y tcnica.CE4.5 En un supuesto prctico de tiro, realizado mediante prctica de fuego real y/ode fogueo o en un simulador homologado con armas reglamentarias, demostrar elnivel satisfactorio, exigido en la normativa legal.

    C5: Analizar y participar en programas de entrenamiento que se ajusten a un objetivodado de mantenimiento fsico y tcnico de las habilidades motrices de progresin

    requeridas para el ejercicio de las funciones de vigilancia haciendo un uso combinado deinstalaciones deportivas y parques urbanos.CE5.1 Identificar las capacidades fsicas y tcnicas que se requieren para progresarcon eficacia en el entrenamiento y reconocer los principios de la mejora delrendimiento deportivo.CE5.2 Aplicar tcnicas de autodeterminacin del nivel de condicin fsica y del nivelde dominio tcnico y establecer las posibles relaciones existentes entre laslimitaciones tcnicas detectadas y los factores de condicin fsica que condicionan laexcelencia de ejecucin de los gestos tcnicos que menos se dominan.CE5.3 En distintos supuestos prcticos de participacin en actividades de mejora dela condicin fsica, registrar los datos derivados de los resultados del entrenamientoconforme a la periodicidad, procedimiento y soporte fsico establecidos en lasdirectrices de los programas de referencia.

    CE5.4 En distintos supuestos prcticos de programas de entrenamientocaracterizados por una evaluacin previa del nivel de condicin fsica y del nivel dedominio tcnico del propio participante y por los recursos materiales y de espaciosdonde se desarrollarn:

    - Identificar los objetivos a corto, medio y largo plazo.- Identificar la secuencia temporal y relacionarla con la evolucin de las cargas

    de entrenamiento.- Analizar los resultados de la propia evaluacin del nivel de condicin fsica y

    del nivel de dominio tcnico y aplicar criterios de adaptacin de la estructuradel programa y de las cargas de entrenamiento a las propias caractersticas ynecesidades.

    Contenidos

    1. La central de alarmas.

    - La central de control de alarmas. Organizacin y funciones. Los sistemas decontrol y alarmas. Concepto de alarma falsa y alarma real. Sistemas deverificacin de las alarmas. Servicio de acuda y de custodia de llaves.Procedimiento de reaccin ante alarmas: El enlace con las Fuerzas y Cuerpos deSeguridad.

    - Normativa de aplicacin: especial referencia a la Orden INT/316/2011 de 1 defebrero. Definicin, caractersticas y particularidades: servicio de acuda y decustodia de llaves.

    - Procedimientos de verificacin de las alarmas: secuencial, mediante video,mediante audio, y verificacin personal.

    - Alarma confirmada por medios tcnicos: actuacin del servicio de custodia de

    llaves. Actuaciones del servicio de acuda para la verificacin personal de lasalarmas. Alarma confirmada, alarma no confirmada: diversos tipos de seales agestionar.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56955

    - Procedimiento de actuacin ante una alarma real. Acercamiento y entrada allugar. Supuestos en que procede la detencin, cacheo y esposamiento y sucorrecta realizacin.

    2. Medios de proteccin.- Los medios tcnicos de proteccin (I). Elementos pasivos: La seguridad fsica.

    Sistemas de cierre perimetral. Muros, vallas, puertas, cristales blindados,esclusas y otros elementos. Fiabilidad y vulnerabilidad al sabotaje.

    - Los medios tcnicos de proteccin (II). Elementos activos: Seguridad electrnica.Detectores de interiores y exteriores. El circuito cerrado de televisin. Fiabilidad yvulnerabilidad al sabotaje.

    - La proteccin de edificios: En domicilios, establecimientos, grandes superficies ycentros de concentracin de masas por espectculos pblicos.

    - El control de accesos. Finalidad. Organizacin: Medios humanos y materiales.Procedimiento de actuacin: Identificacin, autorizacin, tarjeta acreditativa y

    registro documental de acceso.- La proteccin contra incendios. Sistemas de deteccin: Detectores y avisadores.Mecanismo de extincin de incendios. Agentes extintores. Mangueras. Extintores.Manejo de mangueras y extintores.

    3. Tcnicas y medios de control de accesos.- Medios de deteccin. La utilizacin de detectores de metales, explosivos y

    elementos radiactivos. Manejo y precauciones.- Normativa reguladora. Instalaciones radiactivas. Principios de actuacin.

    Inspecciones de personas y paquetera.- El manejo de mquinas de rayos x: normas de seguridad, precauciones

    Secuencia de funcionamiento: Encendido, procedimiento de arranque,funcionamiento, el zoom, optimizacin de la imagen.

    - Arco detector de metales: principios de funcionamiento. Parmetroscaractersticos de los detectores de metales. Instrucciones bsicas de manejo.Responsabilidades del operador.

    - Detector manual de metales. Detectores de metales utilizados para la revisin deseguridad: Procedimiento de inspeccin de personas. Procedimiento del rea derevisin.

    - Prevencin de riesgos laborales. Exposicin accidental a radiaciones ionizantes:Escner. Planes de emergencia y evacuacin.

    4. Manejo de armas y medidas de seguridad.- Armamento. Estudios de las armas reglamentarias. Cartuchera y municin.

    Conservacin y limpieza.- Teora del Tiro. Balstica interna. Balstica externa. Balstica de efectos.

    - Normas de seguridad en el manejo de las armas: generales y especficas.- Tiro de instruccin. Fuego real con armas reglamentarias.

    5. La preparacin fsica.- Desarrollo de la condicin fsica genrica y especfica para el desarrollo de sus

    actividades profesionales.- Fuentes de energa muscular: sistema anaerbico alctico, sistema

    anaerbico lctico y. sistema aerbico.- Desarrollo y mtodos bsicos de entrenamiento de la resistencia aerbica y

    anaerbica.- Desarrollo y mtodos bsicos de entrenamiento de la fuerza.- Desarrollo y mtodos bsicos de entrenamiento de la flexibilidad.- Programas y modelos de entrenamiento tipo para la mejora combinada de la

    condicin fsica en instalaciones deportivas: la sala de entrenamientopolivalente.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56956

    - Medidas de prevencin y tratamiento bsico de lesiones articulares y musculareshabituales en el entrenamiento y prctica de actividades deportivas.

    Orientaciones metodolgicas

    Las unidades formativas correspondientes a este mdulo se pueden programar demanera independiente.

    Criterios de acceso para los alumnos

    Sern los establecidos en el artculo 4 del Real Decreto que regula el certificado deprofesionalidad de la familia profesional al que acompaa este anexo.

    MDULO FORMATIVO 2

    Denominacin: PROTECCIN DE PERSONAS.Cdigo: MF0081_2.

    Nivel de cualificacin profesional: 2.

    Asociado a la Unidad de Competencia:

    UC0081_2: Acompaar a las personas para la defensa de su integridad fsica.

    Duracin:110 horas.

    UNIDAD FORMATIVA 1

    Denominacin: PSICOLOGA APLICADA A LA PROTECCIN DE PERSONAS YBIENES

    Cdigo: UF2673.

    Duracin: 30 horas.

    Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP3 de laUC0081_2.

    Capacidades y criterios de evaluacin

    C1: Definir con carcter general los factores de la personalidad y, las tcnicas para ladescripcin de personas.CE1.1 Identificar los posibles tipos de comportamiento humano conforme a losparmetros sociales preestablecidos.CE1.2 Utilizar las habilidades sociales suficientes para el trato con todo tipo depersonas en cualquier situacin simulada.CE1.3 Distinguir cuales son los rasgos antropomrficos bsicos para poder realizar laidentificacin de personas.CE1.4 Emplear mtodos y tcnicas de dominio de actitudes y comportamientosante el ciudadano para poder transmitir una imagen de confianza en cualquiersituacin simulada.

    C2: Identificar con carcter general los diversos factores que influyen en la delincuencia.

    CE2.1 Diferenciar las diferentes formas de criminalidad y los factores que influyen enella.CE2.2 Relacionar los efectos que el alcohol y las drogas tienen sobre la delincuencia.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56957

    CE2.3 Identificar el tipo de delincuencia ms habitual en Espaa.CE2.4 Expresar los factores diferenciadores entre la delincuencia masculina y lafemenina.CE2.5 Reconocer las tcticas, procedimientos y medios empleados por los diferentestipos de delincuentes.

    C3: Integrar las tcnicas de informacin y observacin en los planes de proteccin y evitarlas actuaciones agresoras.

    CE3.1 En un supuesto prctico, estudiar las tcnicas de informacin y observacin yutilizarlas como mecanismos disuasorios.CE3.2. En un supuesto prctico, analizar las actuaciones agresivas contrapersonalidades y protegidos y sacar consecuencias en orden a mejorar el plan deproteccin propio.CE3.3 Realizar supuestos prcticos de situaciones de actos como: secuestros,extorsiones y atentados.

    C4: Establecer los principios ticos y de conducta que deben regir en el entorno detrabajo.

    CE4.1 Describir las normas de comportamiento con los ciudadanos y Autoridades.CE4.2 En un supuesto prctico, discernir, con el objeto de limitar la informacin a losmedios de comunicacin social, en temas relacionados con la actividad de suprofesin.CE4.3 Diferenciar sus propias competencias de las de los Cuerpos y Fuerzas deSeguridad del Estado as como los cauces de relacin y protocolos de comunicacincon los mismos.

    Contenidos

    1. La identificacin de personas.- Identificacin. Tcnicas de descripcin de personas y cosas: atencin, percepciny memoria.

    - El autocontrol. El pnico y sus efectos. El miedo. El estrs. Tcnicas deautocontrol.

    - La seguridad. Nociones generales. Seguridad individual y seguridad colectiva. Lainseguridad. Inadaptacin, marginalidad y delincuencia: clases de delincuencia.

    - Las relaciones humanas y la seguridad. El sentimiento de inseguridad. La actitude imagen del vigilante de seguridad privada ante la seguridad e inseguridad.Tcnicas de comunicacin dirigidas a la resolucin de conflictos.

    2. Aspectos criminolgicos y delincuenciales.- La criminalidad como mximo exponente de inseguridad ciudadana. Factores de

    la criminalidad. Factores coyunturales: alcohol, sustancias estupefacientes, edady sexo del delincuente.- Panorama de la delincuencia en la actualidad. Volumen de la criminalidad. Clases

    de delincuencia y modus operandi.

    3. Psicologa aplicada a la proteccin.- Tcnicas de informacin y observacin. La informacin como elemento

    imprescindible en la proteccin. La observacin como fuente de informacin ytcnica disuasoria.

    - Los procedimientos del agresor. Mtodos de actuacin. El atentado. Elsecuestro. La amenaza. La extorsin.

    4. La deontologa profesional.

    - La deontologa profesional. tica y conducta del personal de seguridad privada.Las relaciones profesionales con: Personal protegido, medios de comunicacin,Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y pblico en general.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56958

    - Proteccin de datos de carcter personal. Normativa bsica reguladora. Especialreferencia al tratamiento y custodia de las imgenes.

    - Las relaciones profesionales en la empresa. Relaciones jerrquicas.Comunicacin interpersonal: Tipos y factores modificantes.

    UNIDAD FORMATIVA 2

    Denominacin: MEDIOS DE PROTECCIN Y ARMAMENTO.

    Cdigo: UF2675.

    Duracin: 40 horas.

    Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP3 de laUC0081_2.

    Capacidades y criterios de evaluacin

    C1: Utilizar y emplear los medios tcnicos de proteccin tanto activos como pasivos, ascomo el funcionamiento y organizacin de la central de control de alarmas y enlace conlas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

    CE1.1 Describir los elementos pasivos de proteccin y reconocer las capacidades yvulnerabilidades de cada uno de ellos.CE1.2 Describir los elementos activos de proteccin y reconocer las capacidades yvulnerabilidades de cada uno de ellos.CE1.3 Identificar los diferentes sistemas de control y alarmas y los procedimientos detrabajo de la central de control y alarmas.CE1.4 Nombrar los mtodos y vas de enlace con las Fuerzas y Cuerpos de

    Seguridad.CE1.5 Distinguir y aplicar los procedimientos de verificacin de alarmas y actuacinante una alarma real.

    C2: Reconocer las amenazas de explosivos, incendios y otras contingencias.CE2.1 Manejar los medios de deteccin y responder a la alarma.CE2.2 Distinguir las alarmas de incendio con respecto a otro tipo de alarmas yvalorar la actuacin adecuada a la situacin dada en ese supuesto.CE2.3 Aplicar las tcnicas de deteccin de explosivos y los procedimientos parareducir sus efectos.CE2.4 Identificar y distinguir los riesgos en instalaciones estratgicas: naturales,atentados terroristas y ataques antisociales.CE2.5 En un supuesto prctico, manejar los extintores ante un conato de incendio.

    CE2.6 Reconocer las normas y planes de seguridad de instalaciones nucleares einfraestructuras crticas. Y aplicar los protocolos de actuacin.

    C3: Comprobar, mediante la aplicacin de los procedimientos establecidos, si laspersonas estn autorizadas o no para el acceso a instalaciones protegidas.

    CE3.1 en un supuesto prctico, aplicar las normas para la identificacin de personasautorizadas.CE3.2 En un supuesto prctico, distinguir los diferentes grupos de personas ypermitir el acceso a los autorizados.CE3.3 En un supuesto prctico, interpretar el protocolo de visitas y aplicar las normasoportunas.CE3.4 En un supuesto prctico, intervenir activamente en el rechazo de los noautorizados.

    CE3.5 Demostrar el manejo correcto de las mquinas de rayos x, del arco detectorde metales, del detector manual de metales y del escner.

    cve:BOE-A-2014-7654

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56959

    CE3.6 Identificar las peculiaridades de los controles de acceso de viajeros enaeropuertos y puertos martimos.

    C4: Adquirir un alto nivel de respuesta en el manejo de las armas reglamentarias.CE4.1 Identificar el armamento reglamentario y la cartuchera y elegir el msadecuado para su funcin.CE4.2 Conservar en perfecto estado operativo el arma reglamentaria.CE4.3 Aplicar las normas de seguridad en el manejo y conservacin de las armas.CE4.4 Emplear el arma demostrando los reflejos, posicin de disparo y tcnica.CE4.5 En un supuesto prctico de tiro, realizado mediante prctica de fuego real y/ode fogueo o en un simulador homologado con armas reglamentarias, demostrar elnivel satisfactorio, exigido en la normativa legal

    C5: Analizar y participar en programas de entrenamiento que se ajusten a un objetivodado de mantenimiento fsico y tcnico de las habilidades motrices de progresin

    requeridas para el ejercicio de las funciones de vigilancia haciendo un uso combinado deinstalaciones deportivas y parques urbanos.CE5.1 Identificar las capacidades fsicas y tcnicas que se requieren para progresarcon eficacia en el entrenamiento y reconocer los principios de la mejora delrendimiento deportivo.CE5.2 Aplicar tcnicas de autodeterminacin del nivel de condicin fsica y del nivelde dominio tcnico y establecer las posibles relaciones existentes entre laslimitaciones tcnicas detectadas y los factores de condicin fsica que condicionan laexcelencia de ejecucin de los gestos tcnicos que menos se dominan.CE5.3 En distintos supuestos prcticos de participacin en actividades de mejora dela condicin fsica, registrar los datos derivados de los resultados del entrenamientoconforme a la periodicidad, procedimiento y soporte fsico establecidos en lasdirectrices de los programas de referencia.

    CE5.4 En distintos supuestos prcticos de programas de entrenamientocaracterizados por una evaluacin previa del nivel de condicin fsica y del nivel dedominio tcnico del propio participante y por los recursos materiales y de espaciosdonde se desarrollarn:

    - Identificar los objetivos a corto, medio y largo plazo.- Identificar la secuencia temporal y relacionarla con la evolucin de las cargas

    de entrenamiento.- Analizar los resultados de la propia evaluacin del nivel de condicin fsica y

    del nivel de dominio tcnico y aplicar criterios de adaptacin de la estructuradel programa y de las cargas de entrenamiento a las propias caractersticas ynecesidades.

    Contenidos

    1. La central de alarmas.

    - La central de control de alarmas. Organizacin y funciones. Los sistemas decontrol y alarmas. Concepto de alarma falsa y alarma real. Sistemas deverificacin de las alarmas. Servicio de acuda y de custodia de llaves.Procedimiento de reaccin ante alarmas: El enlace con las Fuerzas y Cuerpos deSeguridad.

    - Normativa de aplicacin: especial referencia a la Orden INT/316/2011 de 1 defebrero. Definicin, caractersticas y particularidades: servicio de acuda y decustodia de llaves.

    - Procedimientos de verificacin de las alarmas: secuencial, mediante video,mediante audio, y verificacin personal.

    - Alarma confirmada por medios tcnicos: actuacin del servicio de custodia de

    llaves. Actuaciones del servicio de acuda para la verificacin personal de lasalarmas. Alarma confirmada, alarma no confirmada: diversos tipos de seales agestionar.

    cve:BOE-A-2014-7654

  • 8/11/2019 Real Decreto 548/2014, de 27 de junio, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la famili

    27/206

    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56960

    - Procedimiento de actuacin ante una alarma real. Acercamiento y entrada allugar. Supuestos en que procede la detencin, cacheo y esposamiento y sucorrecta realizacin.

    2. Medios de proteccin.- Los medios tcnicos de proteccin (I). Elementos pasivos: La seguridad fsica.

    Sistemas de cierre perimetral. Muros, vallas, puertas, cristales blindados,esclusas y otros elementos. Fiabilidad y vulnerabilidad al sabotaje.

    - Los medios tcnicos de proteccin (II). Elementos activos: Seguridad electrnica.Detectores de interiores y exteriores. El circuito cerrado de televisin. Fiabilidad yvulnerabilidad al sabotaje.

    - La proteccin de edificios: En domicilios, establecimientos, grandes superficies ycentros de concentracin de masas por espectculos pblicos.

    - El control de accesos. Finalidad. Organizacin: Medios humanos y materiales.Procedimiento de actuacin: Identificacin, autorizacin, tarjeta acreditativa y

    registro documental de acceso.- La proteccin contra incendios. Sistemas de deteccin: Detectores y avisadores.Mecanismo de extincin de incendios. Agentes extintores. Mangueras. Extintores.Prcticas de manejo de mangueras y extintores.

    3. Tcnicas y medios de control de accesos.- Medios de deteccin. La utilizacin de detectores de metales, explosivos y

    elementos radiactivos. Manejo y precauciones.- Normativa reguladora. Instalaciones radiactivas. Principios de actuacin.

    Inspecciones de personas y paquetera.- El manejo de mquinas de rayos x: normas de seguridad, precauciones

    Secuencia de funcionamiento: Encendido, procedimiento de arranque,funcionamiento, el zoom, optimizacin de la imagen.

    - Arco detector de metales: principios de funcionamiento. Parmetroscaractersticos de los detectores de metales. Instrucciones bsicas de manejo.Responsabilidades del operador.

    - Detector manual de metales. Detectores de metales utilizados para la revisin deseguridad: Procedimiento de inspeccin de personas. Procedimiento del rea derevisin.

    - Prevencin de riesgos laborales. Exposicin accidental a radiaciones ionizantes:Escner. Planes de emergencia y evacuacin.

    4. Manejo de armas y medidas de seguridad.- Armamento. Estudios de las armas reglamentarias. Cartuchera y municin.

    Conservacin y limpieza.- Teora del Tiro. Balstica interna. Balstica externa. Balstica de efectos.

    - Normas de seguridad en el manejo de las armas: generales y especficas.- Tiro de instruccin. Fuego real con armas reglamentarias.

    5. La preparacin fsica.- Desarrollo de la condicin fsica genrica y especfica para el desarrollo de sus

    actividades profesionales.- Fuentes de energa muscular: sistema anaerbico alctico, sistema

    anaerbico lctico y. sistema aerbico.- Desarrollo y mtodos bsicos de entrenamiento de la resistencia aerbica y

    anaerbica.- Desarrollo y mtodos bsicos de entrenamiento de la fuerza.- Desarrollo y mtodos bsicos de entrenamiento de la flexibilidad.- Programas y modelos de entrenamiento tipo para la mejora combinada de la

    condicin fsica en instalaciones deportivas: la sala de entrenamientopolivalente.

    cve:BOE-A-2014-7654

  • 8/11/2019 Real Decreto 548/2014, de 27 de junio, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la famili

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56961

    - Medidas de prevencin y tratamiento bsico de lesiones articulares y musculareshabituales en el entrenamiento y prctica de actividades deportivas.

    UNIDAD FORMATIVA 3

    Denominacin: TCNICAS DE PROTECCIN DE PERSONAS.

    Cdigo: UF2676.

    Duracin: 40 horas.

    Referente de competencia: Esta unidad formativa se corresponde con la RP1, RP2 yRP3 de la UC0081_2.

    Capacidades y criterios de evaluacin

    C1: Identificar los dispositivos de proteccin personal y aplicar las tcnicas estticas ydinmicas coordinando medios humanos y materiales.

    CE1.1 Aplicar la teora de la proteccin personal en el caso concreto de su protegido.CE1.2 Reconocer el espacio en el que se desenvuelve el protegido y evaluar losdispositivos de que dispone.CE1.3 Coordinar con el departamento de seguridad todos los movimientos y prepararlos medios necesarios.CE1.4 Ejecutar las instrucciones que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad lesimpartan en relacin con la persona objeto de proteccin.

    C2: Decidir las rutas e itinerarios y aplicar las tcnicas de conduccin.CE2.1 Establecer, en coordinacin con el departamento de seguridad, los itinerarios

    principales y alternativos de cada desplazamiento, eligiendo el ms adecuado encada circunstancia. Y estimar la necesidad, en su caso, de contactar con las Fuerzasy Cuerpos de Seguridad.CE2.2 Describir la clasificacin de las caravanas y ejecutar sus distintos tipos.CE2.3 Comprobar el estado del vehculo y asegurar su funcionamiento.CE2.4 En un supuesto prctico de tcnicas de conduccin, emplear las tcnicas deconduccin ms adecuadas para asegurar la integridad del protegido:- Sortear obstculos.- Trompos.- Conduccin evasiva.

    Contenidos

    1. La proteccin integral.- Fundamentos de la Proteccin y Conocimiento de Tcnicas: Tcnicas de

    Proteccin.- Fuentes y Fundamentos de peligro. La proteccin integral.- Proteccin dinmica. Teora esfrica de la proteccin. Teora de los crculos

    concntricos. Escalones y niveles de seguridad. Evaluacin de dispositivos.Coordinacin con el Departamento de seguridad. rganos de coordinacin de lasFuerzas y Cuerpos de Seguridad en materia de proteccin personal.

    - Tcnicas de Proteccin en movimiento. Interior de edificios, escaleras yascensores. Lneas de recibimiento y control. Evacuaciones.

    - Proteccin esttica: en el domicilio, en el lugar de trabajo. Coordinacin deservicios.

    cve:BOE-A-2014-7654

  • 8/11/2019 Real Decreto 548/2014, de 27 de junio, por el que se establecen cinco certificados de profesionalidad de la famili

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    BOLETN OFICIAL DEL ESTADONm. 175 Sbado 19 de julio de 2014 Sec. I. Pg. 56962

    2. Actuacin en vehculos.- Tcnicas de Seguridad en vehculos: caractersticas del vehculo y de los

    conductores. Cpsulas de seguridad sobre vehculos. Conduccin evasiva:defensiva y ofensiva.

    - Caravanas e Itinerarios. Clasificacin de las caravanas. Itinerarios: principal,alternativo, de evacuacin, de fuga. Funciones y competencias atribuidas a losescoltas en los apartados anteriores.

    Orientaciones metodolgicas

    Para acceder a la unidad formativa UF 2676 deben haberse superado las UF2673 yUF2675.

    Criterios de acceso para los alumnos

    Sern los establecidos en el artculo 4 del Real Decreto que regula el certificado deprofesionalidad de la familia profesional al que acompaa este anexo.

    MDULO DE PRCTICAS PROFESIONALES NO LABORALES DE VIGILANCIA,SEGURIDAD PRIVADA Y PROTECCION DE PERSONAS

    Cdigo: MP0557.

    Duracin: 40 horas.

    Capacidades y criterios de evaluacin

    C1: Adaptar los conocimientos a un entorno profesional real.CE1.1 Identificar en la organizacin la visin, misin y valores.CE1.2 Entender la est