puesta de habilitacion urbana

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PUESTA DE HABILITACION URBANA – PUNO. (PROCESOS DE SUBDIVISIÓN DE TIERRAS CON CAMBIO DE USO) INTRODUCCION Cuando en los tiempos antiguos los seres humanos dejamos de ser cazadores y aprendimos a trabajar la tierra para alimentarnos, también muy pronto surgieron los primeros centros urbanos. Lugares que sirvieron para comercializar los productos rurales y donde poco a poco se desarrollaron una variedad de actividades típicamente urbanas que solo eran posibles por la especialización del trabajo y la concentración de personas en un espacio limitado. También hoy en día, las ciudades son centros de desarrollo económico y cultural, debido a las ventajas relativas que ofrecen la concentración y los beneficios de escala. También con la enorme presión poblacional que enfrenta el mundo de hoy día, no nos queda otra alternativa que albergar a la mayoría de la población en núcleos urbanos de alta densidad. La urbanización es un proceso necesario e inevitable. Sin embargo, este mismo proceso y sobre todo la forma como se ha presentado durante el último medio siglo, también ha generado enormes problemas. Problemas de pobreza y salud en las mismas ciudades, pero también el agotamiento acelerado de los recursos naturales de la tierra, la contaminación y depredación del ecosistema mundial. Las potenciales ventajas que tienen las ciudades, cuando no son manejadas adecuadamente también pueden contribuir a la acelerada destrucción del planeta del cual todos dependemos. Las formas como son manejadas nuestras ciudades tienen que cambiar drásticamente, de tal forma que podamos aprovechar sus potencialidades pero sin afectar su propia base de existencia. Las ciudades tienen que asegurar una alta calidad de vida, tanto para sus propios habitantes, como para la población rural y las futuras generaciones. Este es el reto del DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE. GENERALIDADES EL ECOSISTEMA URBANO En el pasado se han usado diferentes conceptos, a fin de lograr un mayor entendimiento del complejo funcionamiento de las ciudades. Por ejemplo el concepto cósmico, el concepto de la ciudad como máquina y el concepto de la ciudad como organismo. El ultimo a primera vista parece un concepto ecológico. Surgió en los siglos 18 y 19, con el avance de la biología, y considera a la ciudad en analogía con los organismos vivos, con calles como venas, parques como pulmones,

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PUESTA DE HABILITACION URBANA – PUNO. (PROCESOS DE SUBDIVISIÓN DE TIERRAS CON CAMBIO DE USO) INTRODUCCION Cuando en los tiempos antiguos los seres humanos dejamos de ser cazadores y aprendimos a trabajar la tierra para alimentarnos, también muy pronto surgieron los primeros centros urbanos. Lugares que sirvieron para comercializar los productos rurales y donde poco a poco se desarrollaron una variedad de actividades típicamente urbanas que solo eran posibles por la especialización del trabajo y la concentración de personas en un espacio limitado. También hoy en día, las ciudades son centros de desarrollo económico y cultural, debido a las ventajas relativas que ofrecen la concentración y los beneficios de escala. También con la enorme presión poblacional que enfrenta el mundo de hoy día, no nos queda otra alternativa que albergar a la mayoría de la población en núcleos urbanos de alta densidad. La urbanización es un proceso necesario e inevitable. Sin embargo, este mismo proceso y sobre todo la forma como se ha presentado durante el último medio siglo, también ha generado enormes problemas. Problemas de pobreza y salud en las mismas ciudades, pero también el agotamiento acelerado de los recursos naturales de la tierra, la contaminación y depredación del ecosistema mundial. Las potenciales ventajas que tienen las ciudades, cuando no son manejadas adecuadamente también pueden contribuir a la acelerada destrucción del planeta del cual todos dependemos. Las formas como son manejadas nuestras ciudades tienen que cambiar drásticamente, de tal forma que podamos aprovechar sus potencialidades pero sin afectar su propia base de existencia. Las ciudades tienen que asegurar una alta calidad de vida, tanto para sus propios habitantes, como para la población rural y las futuras generaciones. Este es el reto del DESARROLLO URBANO SOSTENIBLE. GENERALIDADES EL ECOSISTEMA URBANO En el pasado se han usado diferentes conceptos, a fin de lograr un mayor entendimiento del complejo funcionamiento de las ciudades. Por ejemplo el concepto cósmico, el concepto de la ciudad como máquina y el concepto de la ciudad como organismo. El ultimo a primera vista parece un concepto ecológico. Surgió en los siglos 18 y 19, con el avance de la biología, y considera a la ciudad en analogía con los organismos vivos, con calles como venas, parques como pulmones, desagües como intestinos, el centro como corazón y las oficinas como cerebro. En el urbanismo esta idea fue aplicada con el estilo paisajístico inglés en el diseño de parques y cinturones verdes, y en el movimiento de las ciudades jardín. Estos conceptos pueden ser útiles en términos filosóficos o para fines de diseño, pero no reflejan la realidad y por lo tanto no son muy adecuados para lograr un mejor entendimiento de la realidad. Un ECOSISTEMA, es el conjunto de relaciones entre animales, plantas, y microorganismos y su ambiente abiótico en una determinada zona. TODO ESTO VALE TAMBIEN PARA LAS CIUDADES: existen muchas especies de animales y plantas, que han podido adaptarse a las condiciones urbanas. A diferencia con muchos ecosistemas, en las ciudades existen mucho más elementos abióticos. Además existe una especie muy dominante: EL SER HUMANO. ........” La ciudad es sobre todo, una entidad total y comprensiva. Constituye la base habitual de la experiencia humana; del paso del tiempo, de la percepción del espacio, del ocupar el medio que habitamos y del construir y habilitar las cosas u objetos con los cuales se arma nuestra vida”........... Toda realidad puede ser estudiada por su estructura. La CIUDAD ES UNA REALIDAD COMPLEJA: UN HECHO, UNA EXPERIENCIA Y UNA IDEA. Es historia y proyecto,

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forma, lugar, lenguaje y cultura. Todos estos aspectos también pueden revelar su estructura. .........”La ciudad, un habitad colectivo y permanente, ha reemplazado con un medio artificial la precariedad del orden natural, permitiendo asociaciones humanas de interdependencia con el medio, de un potencial cada vez mayor y más determinante de las conductas sociales........De manera especial, en la ciudad se da la vida social y política; los actos compartidos de una sociedad establecida, que enmarcan el riquísimo tejido de relaciones, funciones y ritos significativos de sus instituciones. En síntesis, el escenario de una cultura consolidada y, como tal, se hace memoria y profecía colectiva; la conjunción de un testimonio histórico, de la realidad de un presente y la posible utopía de un futuro. EL ROL DE LAS CIUDADES PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE La distinción entre ciudad y campo en realidad es algo artificial. En la práctica existe una escala continua desde caseríos rurales, vía pequeños pueblos i ciudades intermedias hasta las megaciudades de mas de 10 millones de habitantes. Entre estos asentamientos existe una fuerte interdependencia y forman parte de un ecosistema común. ¿Porqué entonces hacemos esta distinción aquí? La razón es que – a pesar de lo mencionado – también existen importantes diferencias entre ciudades de mayor tamaño y el campo o una serie de pequeños asentamientos dispersos. Es justamente la concentración de personas, empresas y organizaciones en las ciudades que ofrecen una serie de posibilidades y ventajas debido a los efectos sinergeticos que pueden producirse. TENDENCIAS ACTUALES DE LA URBANIZACIÓN Tendencias mundiales Las ciudades están creciendo a un ritmo desenfrenado. Cada día atraen, como un potente imán, a miles de desempleados y a quienes buscan mejorar su modo de vida. En 1810 sólo existía una ciudad en el mundo, Londres, que superaba el millón de habitantes. En la actualidad hay 20 ciudades con mas de DIEZ MILLONES de habitantes y 35 con mas de CINCO MILLONES, la mayoría en el Sur. En los próximos quince años habrá ciudades con una población superior a VEINTE MILLONES de habitantes. EL PROCESO DE EVOLUCION DE LA SUPERFICIE URBANA En las primeras etapas de la ciudad, era fácil hablar del escenario en el cual se asentaba la población : “ un lugar privilegiado”, dotado de belleza natural, agua, bosques, tierras fértiles, formaciones y características geomorfológicas muy peculiares en cada caso. Ante tal despliegue de belleza y contenido de este paisaje natural, siempre se pensó, en inventariar especies de la localidad y atributos funcionales y estéticos de cada zona, determinar las cualidades visuales del terreno, determinar para el terreno los requerimientos funcionales y climáticos (análisis de clima), etc. También se ha manejado mucho sobre los importantes principios de que alterar la vegetación trae serias consecuencias ecológicas, por afectar los ciclos de vida de la biodiversidad de los ecosistemas. Al suprimir la vegetación el microclima de un lugar se deteriora al hacerse vulnerable a los cambios macroclimáticos, por haber perdido sus elementos estabilizadores. Sin vegetación, el suelo es susceptible de erosionarse y al propiciar el escurrimiento del agua se dificulta la filtración de la misma en el suelo y se recarga la de los mantos acuíferos. Por otro lado, la desarticulada presencia de la vegetación en medios urbanos, frente a la dominancia de elementos artificiales, trae consigo problemas de deshumanización de los espacios culturales por la frialdad de los materiales constructivos y su poco atractivo visual. La actuales experiencias en planeamiento urbano y paisaje, contemplan principios de diseño como: • Recomendar conservar y reforzar los

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ecosistemas naturales, preservar técnicamente las zonas ecológicas frágiles y vulnerables a la urbanización y proteger las zonas susceptibles de erosión eólica o pluvial. • Describir y valorar los elementos naturales más importantes del paisaje, territorio o escenario del asentamiento humano, para manejarlos de una manera racional y hacerlos compatibles con los elementos artificiales (edificaciones), buscando una relación visual armónica de esta unión. Se deberá respetar, adaptar, integrar los elementos mayores del paisaje: montañas, ríos, llanuras, lagos, costas, etc. Para localizar el desarrollo urbano, sin afectar negativamente al paisaje natural. Se podrán modificar muy técnicamente, elementos del paisaje natural: colinas , bosques, arroyos, pantanos, etc. Para incorporar un estudiado paisaje cultural en armonía y dentro de la fisonomía del paisaje natural. • El considerar los elementos del paisaje natural en el planeamiento y desarrollo de los asentamientos humanos, ayudará a construir o reforzar su carácter e idoneidad, apoyándose en las características de su escenario natural; estableciendo así una armonía feliz entre lo natural y lo cultural, haciendo muy grata la experiencia visual de vivir en la ciudad. Como contraparte, de lo señalado poco se pensado, muy a pesar de que existen avanzados estudios e investigaciones: sobre los riesgos e inconvenientes que en algunos casos presenta el escenario natural en el que se desarrollan los asentamientos humanos: Si bien es cierto que la Geomorfología nos da una exacta visión de las características dominantes de escenario natural en el que se asentará la ciudad, al mismo tiempo nos lleva a pensar que también tenemos la posibilidad de revisar y analizar sobre las características geológicas del suelo que comprende el espacio que se desea ocupar, y como consecuencia de ello tener documentos que nos permitan definir sobre zonificaciones por sus características técnicas y capacidades portantes de las zonas, relacionándolas a sus futuros usos propuestos, características de las zonas, para tomar acciones sobre prevención de terremotos y diseños antisísmicos; información sobre la estructura misma de la corteza terrestre de la zona, teniendo mucho cuidado ante la presencia de fallas geológicas (activas e inactivas), para prevenir sobre la ocupación de zonas de riesgo y promover ordenadamente el crecimiento de los asentamientos humanos, identificando las tendencias de expansión de manera técnica y segura, evitando usos urbanos en zonas de riesgo y alta vulnerabilidad física ante desastres naturales y relacionados. Esto representaría en suma que al tomar la decisión de planificar una ciudad lo menos que puede hacerse es contar con documentos como cartas y mapas geológicos de la zona que se va ha utilizar, asimismo tener el conocimiento y alcances de interpretación eficientes, para interpretar tales documentos y realizar al mismo tiempo propuestas coherentes que contribuyan a lograr resultados que contribuyan a tener ciudades sostenibles.. EL PLAN URBANO El Plan Urbano, es el conjunto de lineamientos normativos dirigidos a orientar el desarrollo físico de la ciudad de modo coherente, con las acciones económicas, sociales y políticas, etc. Con que la población procura alcanzar sus fines de bienestar y desarrollo. En este sentido el Plan Urbano, es la herramienta para la administración urbana; sus modos de aplicación corresponden a los niveles técnico-políticos de la Municipalidad, con el soporte de la participación de los sectores público, privado, comunal y otras formas de organización de su población. El Plan urbano tiene como sustento el reconocimiento por la experiencia, que la problemática de las ciudades se origina en la problemática de la región a la que pertenecen y que también la región

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sufre los impactos provenientes de los problemas urbanos. Nuestras ciudades están creciendo en forma explosiva, y es urgente legislar, normar criterios, e integrar el Sistema de Desarrollo Urbano a nivel nacional, por lo que todo crecimiento urbano tendrá que dejar de ser anarquico, sin fines ni objetivos. Una ciudad planificada y con un crecimiento ordenado y controlado, permitirá resolver problemas básicos y elementales del ser humano, lo que creará el ambiente sicológico y social compatible con la aspiración de todos los ciudadanos. Una ciudad desorganizada e inorgánica crea estados difíciles en la conducta de los vecinos, por lo que se convierte en un problema de naturaleza política, cuando en realidad es un problema de naturaleza y solución netamente técnica. Ningún gobierno puede ni debe descuidar las políticas de Desarrollo Urbano, las tácticas y estrategias de como conducir el desarrollo integral y sostenido de nuestras ciudades en relación directa con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo Urbano. Las Municipalidades, como organismos de desarrollo local, son los mas indicados para llevar adelante estos procesos técnicos, como una manera de buscar formas descentralizadoras de desarrollo local. LA HABILITACION URBANA Estrechamente relacionada al Plan Urbano, significa Incorporar terrenos eriazos para usos urbanos; entonces se entendería que: • Debe haber tenido un detallado estudio del paisaje natural de la zona. • Debe haber tenido una estudio de zonificación en relación a las características geológicas del terreno ha usarse y su capacidad portante (diferente de la zonificación de usos del suelo del plan urbano, que nos sirve para utilizar normas de habilitación y normas de edificación) • Debe tener relación e incorporación al sistema vial de la ciudad. • Análisis de topografía y aspectos climatológicos. • Cumplimiento de los requerimientos de aportes de habilitación urbana. • Factibilidad de dotación de servicios eléctricos. • Factibilidad de dotación de servicios de agua y alcantarillado. RESPECTO A: los trabajos de señalización y mobiliario urbano se realizaran estudios complementarios. TIPOS DE ZONIFICACION ZONIFICACION RESIDENCIAL R5 R6 R8 (Residencial de alta densidad) E3 R4 (Residencial de media densidad) R2 R1 E1S (Residencial de baja densidad) ZONIFICACION COMERCIAL C9 (Comercio metropolitano) C7 (Comercio interdistrital) C5 (Comercio distrital) C3 (Comercio sectorial) C2 (Comercio vecinal) C1 (Comercio local) CE (Comercio especializado) CIn (Comercio interdistrital) ZONIFICACION INDUSTRIAL I4 (Industria pesada básica) I3 (Gran industria) I2 (Industria liviana) I1 (Industria elemental y básica) ZONIFICACION EDUCATIVA E (Centros de Educación inicial) E1 (Centro de Educación básica) E2 (Escuelas superiores de enseñanza profesional) E3 (Universidades e institutos superiores de Educación Profesional) ZONIFICACION DE SALUD H1 H2 H3 H4 (Equipamiento de salud) OTROS ZRE (Zonas de Reglamentación especial) ZRP (Zona de recreación pública) ZHR (Zona de Habilitación recreacional) OU (Otros usos especiales) ZM (Zona monumental) PU (Zona pre-urbana) ZR (Zona recreacional) SP (Servicios públicos complementarios) ZF (Zona de forestación) TIPOS DE HABILITACION URBANA a)POR SU NATURALEZA HABILITACIONES URBANAS REGULARES: Normadas por los dispositivos oficiales y municipales vigentes, de acuerdo a una base legal establecida y vigente y que establece etapas de desarrollo, requisitos y regulaciones. HABILITACIONES URBANAS EN VIA DE REGULARIZACION: Asentamientos humanos o agrupaciones del tejido urbano, cuya única alternativa es la regularización de su asentamiento físico, adecuándose en lo mínimo posible a las normas

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técnico legales y administrativas que establecen las normas legales vigentes al respecto. HABILITACIONES URBANAS PROGRESIVAS: Originadas en el denuncio de terrenos eriazos y el deseo de ejecutar la correspondiente habilitación. En este tipo existe superposiciones de carácter físico y legal, antes de lograr su objetivo. b) POR SU UBICACIÓN UBICADAS EN AREA URBANA: Ubicadas en las áreas urbanas que ya cuentan con estudios de zonificación y de usos del suelo, es decir que existe un Plan de usos del suelo definido. UBICADAS EN AREA DE EXPANSION URBANA: Ubicadas en áreas definidas dentro de los planes de expansión urbana, y una de cuyas características principales es el requerimiento de la asignación de zonificación. UBICADAS FUERA DEL AREA DE EXPANSION URBANA: Ubicadas en áreas con clara vocación urbana pero que todavía permanecen bajo las regulaciones del sector agrario. Aquí podríamos mencionar las habilitaciones pre-urbanas. UBICADAS EN AREAS RIBEREÑAS AL MAR: Normadas bajo regulaciones especiales y uno de cuyos requisitos principales tiene relación con el suministro de los servicios de agua, disposición de aguas servidas y el interés del sector defensa para fines de defensa nacional. A LOS RIOS: También normadas bajo regulaciones especiales, y salvo que no dispongan de zonificación definida, tiene que ver con la administración del agua para fines de regadío o de consumo humanos. Intervienen los sectores agricultura y de servicios como Sedapal. c) POR SU ZONIFICACIÓN 1) HABILITACIONES PRE URBANAS Sobre zonificación PU HABILITACIONES PECUARIAS HABILITACIONES PARA HUERTAS 2) HABILITACIONES URBANAS PARA USO DE VIVIENDA - Vivienda residencial semi-rústica (R1S) - Vivienda en urbanizaciones (R1,R2,R3) - Vivienda taller (R3, R4) - Vivienda con uso recreacional tipo club en zona de playa (ZHR) - Vivienda con uso recreacional tipo club sobre ribera de río (ZHR) - Vivienda temporal o vacacional (ZHR) - Vivienda sobre terreno mancomunado. De vivienda unifamiliar R3, R4 : Res. Media densidad De vivienda multifamiliar R4,R5,R6 y R8 (Alta densidad) - Vivienda con construcción simultanea de viviendas. PARA USOS COMERCIALES PARA USOS INDUSTRIALES PARA USOS ESPECIALES . APORTES ¿QUE SON LOS APORTES? Los aportes son los porcentajes del área bruta (Area bruta total del terreno matriz), que deben ser entregado en forma gratuita por el habilitador al Estado o a la Municipalidad distrital donde se ubica la habilitación, y para ser destinado a distintos usos de carácter urbano. ¿CUANTOS TIPOS DE APORTES HAY? Hay fundamentalmente tres tipos de aportes: a) Para recreación pública (Parques en la habilitación). b) Para servicios públicos complementarios - Para el sector educación (Locales educativos) - Para otros fines (Municipalidad distrtital) c) Para Parques zonales (SERPAR), a propuesta de la Comisión Técnica de Habilitación Urbana. ¿QUIÉNES ESTAN OBLIGADOS A EFECTUAR LOS APORTES? Están obligados a efectuar los aportes reglamentarios, las habilitaciones urbanos destinadas a uso de vivienda (R1S R1 R2 R3 R5 R6 R8), Vivienda taller (I1-R3, I1-R4 y I1-R5), las habilitaciones para usos industriales (lotizaciones industriales y las de lote único), las ubicadas en áreas zonificadas como zonas de forestación (ZF), las habilitaciones para uso recreacional con vivienda (Tipo Club, y las habilitaciones para uso de vivienda temporal. ¿QUE SUCEDE CUANDO NO HAY AREA PARA SER ENTRAGADA COMO APORTE? El habilitador queda obligado a redimir en dinero y a precios de tasación oficial por el Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA, el déficit de aporte existente). ADJUDICACION DE

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TERRENOS FISCALES PARA FINES URBANOS El estado peruano mantiene regulado el procedimiento para la adjudicación de terrenos fiscales para fines urbanos en aplicación de la LEY ORGANICA DE MUNICIPALIDADES, Ley Nº 23853, y el Decreto Supremo Nº 004-85-VC. De acuerdo a estos dispositivos básicos, se regula el proceso de adjudicación de terrenos, de propiedad del Estado Peruano y que se encuentran ubicados en zonas urbanas o de expansión urbana que efectúa la Superintendencia de Bienes Nacionales a favor de los Gobiernos Municipales Provinciales, para su posterior adjudicación a favor de personas naturales, Personas jurídicas, Asociaciones, Cooperativas de Vivienda u otras formas de asociación. Los fines para los cuales se podrá solicitar la adjudicación podrán ser los siguientes: Para casos de emergencia, siempre que sean declarados conforme a Ley por el poder ejecutivo; Para fines de inversión siempre que generen puestos de trabajo permanente y debidamente sustentado con Proyecto de Inversión; también para fines sociales siempre y cuando satisfagan necesidades de orden cultural, científico, religioso, de investigación o recreación; y para la ejecución de Programas Municipales de Vivienda sobre proyectos debidamente estructurados y sustentados. BASE LEGAL Es importante tener en consideración la siguiente normatividad legal para el manejo de este proceso: LEY Nº 23853 Ley General de municipalidades DECRETO SUPREMO Nº 004-85-VC (1º Febrero 1985) Reglamento de Adjudicación de terrenos fiscales para fines urbanos en aplicación de la Ley Orgánica de Municipalidades. DECRETO SUPREMO Nº 009-86-AG. DECRETO SUPREMO Nº 004-86-VC (06 Febrero 1986). DECRETO SUPREMO Nº 002-91-VC (1º Febrero 1991) Modifican los incisos c) y e) del artículo 1º del Decreto Supremo Nº 004-86-VC. DECRETO SUPREMO Nº 003-91-VC. DECRETO SUPREMO Nº 007-92-VC (15 Abril 1992) La adjudicación de terrenos fiscales que efectúan los Gobiernos Municipales y Regionales se harán previa opinión favorable de la Dirección General de Bienes Nacionales. LEY 26856 (5 Setiembre 1992) Declaran que las playas del litoral son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles. ORDENANZA Nº 049-92-MML (5 Diciembre 1992) Declaran de interés social y de necesidad pública el racional aprovechamiento de las laderas y cumbre de los cerros de la Provincia de Lima. ACUERDO Nº 268 (22 Octubre 1990) Encargan a la Empresa Municipal Inmobiliaria de Lima (EMILIMA), la administración del patrimonio inmobiliario de la Municipalidad Metropolitana de Lima. DECRETO DE ALCALDIA Nº 126 (22 Agosto 1991) Aprueban Plan para la regularización de la tenencia de terrenos eriazos y ribereños en los balnearios del sur de Lima Metropolitana. ORDENANZA Nº 097 (2 Octubre 1996) Régimen del Patrimonio inmobiliario de la Municipalidad Metropolitana de Lima y las Municipalidades distritales que la integran. ORDENANZA Nº 150 Modifican artículo de la ordenanza referida a la venta de inmuebles de propiedad municipal. DECRETO LEY Nº 25556 MODIFICADO POR EL DECRETO LEY 25738 DECRETO LEY Nº 25554. LEY Nº 26366. DECRETO SUPREMO Nº 032-99-MTC (10 Setiembre 1999) Reglamento de procedimientos administrativos de declaración de la propiedad mediante prescripción adquisitiva de dominio y regularización del tracto sucesivo asi como la declaración de reversión sobre predios matrices o lotes adjudicados por entidades del Estado. DECRETO DE ALCALDIA Nº 126 (22 Agosto 1991) Aprueban Plan para la regularización de la tenencia de terrenos eriazos y ribereños en los balnearios del sur de Lima Metropolitana. LEY Nº 26681 (08 Noviembre 1996) A partir de la promulgación de esta Ley, el estado

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procederá a la venta o concesión de las tierras eriazas de su dominio bajo el sistema de subasta pública. LEY Nº 27015 (19.Diciembre 1998) Ley que regula las concesiones mineras en áreas urbanas y de expansión urbana. |Modifican Artículos del Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial | |DECRETO SUPREMO Nº 030-2002-MTC | EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, se aprobó el Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial; Que, es necesario conciliar las normas contenidas en el mencionado reglamento con la normatividad vigente, facilitando que los proyectos que se ejecuten dentro de sus alcances, se adecuen a los planes urbanos; Que, asimismo es conveniente ordenar su contenido a fin de facilitar la aplicación de sus normas técnicas y hacerlas extensivas al Programa de Proyectos Piloto de Vivienda creado por Decreto Supremo Nº 019-2002-MTC; Que, para tal efecto la Comisión Normativa propuso al Viceministerio de Vivienda y Construcción la actualización del Reglamento, la cual ha merecido la opinión favorable de la Comisión de Consulta del referido Viceministerio constituida por los Rectores de la Universidad Nacional de Ingeniería y de la Universidad Privada Ricardo Palma; los Decanos Nacionales de los Colegios de Arquitectos e Ingenieros del Perú, el presidente de la Cámara Peruana de la Construcción, el Secretario General de la Federación Nacional de Trabajadores de Construcción Civil. De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del Artículo 118 de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1.- Modificase los Artículos 2, 3, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 13 del Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM, en los términos siguientes: "Artículo 2.- Los proyectos podrán ejecutarse en terrenos habilitados o en proceso de habilitación, en áreas de expansión urbana, en zonas periféricas, en zonas donde se sustituyan áreas urbanas deterioradas, en islas rústicas, o en áreas donde se realicen proyectos de renovación urbana. Dichos proyectos se desarrollarán en áreas zonificadas para Uso Residencial R3, R4, R5, R6 y R8. Asimismo pueden desarrollarse en Zonas Comerciales, de Vivienda Taller u otras, en base a los parámetros que correspondan, según el presente Reglamento, para el nivel residencial compatible. En caso de áreas calificadas como Zona de Reglamentación Especial (ZRE) para el desarrollo de programas de vivienda y en los que se estipule la aplicación del presente Reglamento, se considerará como referencia la zonificación de mayor densidad próxima a ella." "Artículo 3.- Quedan comprendidos dentro de los alcances del presente Reglamento, los proyectos que se promuevan, desarrollen o ejecuten bajo las siguientes modalidades: - Habilitaciones Urbanas. - Edificaciones Unifamiliares o Multifamiliares. - Conjuntos Residenciales. - Renovación Urbana. - Densificación Urbana. - Remodelación de Edificaciones para fines Residenciales." "Artículo 5º.- Las Habilitaciones Urbanas, de conformidad con su Área Bruta Habilitable, deberán efectuar los siguientes Aportes: - Recreación Pública, ocho por ciento (8%); - Ministerio de Educación, dos por ciento (2%)." "Artículo 6.- Los proyectos de Habilitación Urbana que se ejecuten en aplicación del presente Reglamento se calificarán como Habilitaciones Urbanas con Construcción Simultánea de Viviendas. Los proyectos de Habilitación Urbana considerarán soluciones de continuidad de las vías existentes, no existiendo limitación en el número, dimensiones o área mínima de los lotes resultantes. Se podrá realizar la recepción de obras de habilitación urbana, quedando pendientes las

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obras de edificación a ser ejecutadas por el mismo habilitador o por un tercero. Los contratos de compraventa de los lotes resultantes del proceso de habilitación urbana estipularán expresamente que el tipo de viviendas a edificarse en ellos necesariamente deberán ceñirse al presente reglamento. No podrá efectuarse transferencias de lotes de vivienda para fines de autoconstrucción." "Artículo 7º.- Las Vías Locales Secundarias podrán tener una sección mínima de 9.60 MI., deberán contar con dos módulos de calzada y no podrán cumplir función colectora. Las características de la sección vial serán determinadas por el proyectista en base a los siguientes módulos: - Vereda : 0.60 MI. - Estacionamiento : 1.80 MI. - Calzada : 2.70 MI. Las vías de acceso exclusivo a las viviendas, con tránsito vehicular y peatonal, tendrán como mínimo 7.20 MI. de sección de circulación, debiendo contar con elementos que condicionen la velocidad de acceso de vehículos. Estas vías podrán tener un sólo acceso, cuando longitud no sea mayor de 50 MI., a partir de lo cual deberán contar con acceso en sus dos extremos, no pudiendo tener más de 100 MI. de longitud. Los pasajes peatonales de la Habilitación Urbana tendrán una sección igual a 1/20 (un veinteavo) de su longitud; deberán contar, como mínimo, con 2 módulos de vereda y una sección de 3.00 MI." "Artículo 8.- Las viviendas serán construidas con materiales y sistemas constructivos normalizados por el Servicio Nacional de Normalización, Capacitación e Investigación para la Industria de la Construcción - SENCICO, pudiendo las instalaciones eléctricas y sanitarias ser sobrepuestas o empotradas. Las edificaciones tendrán como mínimo un estacionamiento por cada tres unidades de vivienda. En las habilitaciones urbanas para vivienda unifamiliar que se precisan en el Artículo 6 del presente reglamento, no será exigible estacionamiento al interior de los lotes." "Artículo 9.- Los parámetros normativos aplicables a las edificaciones serán los correspondientes a la Zonificación Residencial del predio, o en su defecto a la Zonificación Residencial compatible. La Densidad Neta Máxima se regirá por el siguiente cuadro: - Zonas Residenciales de Densidad Media R3 y R4: 1,300 Hab/Ha. - Zonas Residenciales de Alta Densidad R5, R6 y R8: 2,250 Hab/Ha El área libre mínima dentro del lote será de 30%. En los lotes ubicados en esquina o con dos frentes el área libre mínima será de 25%. En las nuevas habilitaciones urbanas que se precisan en el artículo 6 del presente reglamento, no será exigible área libre mínima al interior del lote, siempre que los ambientes resuelvan su iluminación y ventilación en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones. 9.1 Dimensiones y áreas mínimas. Toda unidad de vivienda deberá contar con ambientes de estar, comedor, dormitorio, cocina, baño y lavandería, sin limitación de área mínima total, ni de dimensiones ni área mínima para cocina, baño y lavandería. Las dimensiones y áreas mínimas de los ambientes de estar, comedor y dormitorio serán las establecidas en el Reglamento Nacional de Edificaciones, con una tolerancia de 10%. 9.2 Densidades. Para el caso de viviendas unifamiliares, la densidad es de cinco habitantes por vivienda. Para los demás casos, el cálculo de densidades se realizará de la forma siguiente: Unidades de Vivienda Numero de Habitantes De un dormitorio 2 De dos dormitorios 3 De tres dormitorios o más 5 9.3 Condiciones del Diseño - Se permitirá la integración de los ambientes de sala-comedor-cocina, siempre y cuando la superficie total sea equivalente a la sumatoria de las áreas mínimas establecidas para estar, comedor, así como el área destinada a la función de cocina. - Los baños podrán prestar servicio desde cualquier ambiente de la vivienda. -

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Las escaleras al interior de las viviendas, que tengan uno de sus lados libres, - No podrán tener un ancho menor a 0.80 MI por tramo. Se considerarán dentro de esta clasificación las escaleras que se desarrollan en dos tramos, sin muro intermedio. - Las escaleras que se desarrollen entre muros no podrán tener un ancho menor a 0.90 Ml. - Las escaleras comunes en edificios no podrán tener un ancho menor a 1.20 MI. - En el caso de proyectos de densificación establecidos en el numeral 9.4 del presente artículo, donde la escalera común constituya acceso a no más de 4 viviendas, el ancho mínimo será de 1.00 MI. - Podrá construirse edificaciones de seis niveles sin ascensores, siempre y cuando el quinto nivel corresponda a un departamento tipo «dúplex», y el edificio no cuente con semisótano. - En caso la zonificación permita la edificación de seis niveles o más, se exigirá el uso de ascensores. Para este efecto los sótanos no se consideran niveles. - En las azoteas de las edificaciones multifamiliares sólo se permitirá la construcción de tanques de agua elevados y casetas de ascensor, con acceso único mediante escalera de gato. 9.4.- Densificación Urbana En el caso de proyectos de Densificación urbana que transformen viviendas unifamiliares en bifamiliares o Multifamiliares y que se desarrollen dentro de las Áreas de Estructuración Urbana I o II en Lima Metropolitana y en áreas similares de otras Ciudades: - Se podrá hacer uso de los retiros o áreas libres existentes para establecer las circulaciones que vinculen las nuevas unidades de vivienda a la vía pública. - La altura máxima será de cuatro pisos. - No será exigible área libre mínima al interior del lote, siempre que los ambientes resuelvan su iluminación y ventilación en concordancia con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edificaciones. - No será exigible la provisión de estacionamientos. 9.5 Conjuntos Residenciales. Los proyectos que se desarrollen en lotes iguales o mayores a 450 M2 podrán acogerse a los parámetros de altura y Coeficiente de Edificación establecidos para Conjuntos Residenciales, de acuerdo a la Zonificación correspondiente; manteniendo como condicionantes de Densidad y Área Libre las señaladas en el presente Artículo. En el caso que el proyecto contemple la ejecución de la Habilitación Urbana de manera simultánea a la edificación de un Conjunto Residencial, donde las áreas libres del conjunto sean de libre tránsito, se considerarán éstas como aporte de recreación pública. No se tomará en cuenta para este caso, las áreas libres destinadas a pasajes peatonales y/o vehiculares. 9.6 Construcción de conjuntos residenciales por etapas. En los Conjuntos Residenciales, cuando se trate de construcciones en vivienda unifamiliar, se permitirá el crecimiento hasta un máximo de tres niveles, pudiendo sólo en estos casos, autorizarse su construcción por etapas. Para tal efecto, el promotor consignará esta posibilidad en la documentación de compraventa de las viviendas, debiendo proporcionar a los propietarios los planos de las ampliaciones correspondientes, el sistema de construcción empleado y el Reglamento Interno, los mismos que cada propietario se compromete a respetar." "Artículo 10.- Los reservorios de agua potable que se construyan al interior década Conjunto Residencial, serán administrados por la entidad prestadora de servicios de saneamiento de cada localidad, constituyendo un usufructo a favor de cada Conjunto Residencial. La entidad prestadora de servicios de saneamiento instalará un medidor de agua para cada una de las viviendas integrantes del Conjunto Residencial. El consumo que corresponda a las áreas comunes deberá facturarse en el recibo individual de cada vivienda, en función a su porcentaje de participación en el Conjunto Residencial. Dicha información será consignada en la

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documentación de compraventa de cada vivienda por el promotor o constructor del Conjunto Residencial." "Artículo 11.- Las empresas distribuidoras de electricidad instalarán uno o más medidores que correspondan a la iluminación de las áreas comunes de circulación, estacionamiento, parques, jardines, equipamiento, entre otros, del Conjunto Residencial, debiendo facturar el consumo en el recibo individual de cada vivienda, en función a su porcentaje de participación en el Conjunto Residencial. Dicha información será consignada en la documentación de compraventa de cada vivienda por el promotor o constructor del Conjunto Residencial, y comunicada a las empresas distribuidoras de electricidad." "Artículo 13.- Es responsabilidad de las Municipalidades hacer respetar los aspectos técnicos y de diseño del proyecto aprobado, no debiendo permitir de ninguna forma ampliaciones y/o remodelaciones que atenten contra la unidad y características del Conjunto Residencial." Artículo 2.- Derógase los Artículos 4, 12 y 14 del Reglamento de Habilitación y Construcción Urbana Especial aprobado por Decreto Supremo Nº 053-98-PCM. Artículo 3.- El presente Reglamento es de aplicación al Programa de Proyectos Piloto de Vivienda, creado por Decreto Supremo Nº 019-2002-MTC., otros programas bajo financiamiento del Banco de Materiales u otro sistema de fomento al acceso de a propiedad privada de la vivienda. Artículo 4.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por los Ministros de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiocho días del mes de junio del año dos mil dos. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ROBERTO DAÑINO ZAPATA Presidente del Consejo de Ministros LUIS CHANG REYES Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción y Encargado de la Cartera de Economía y Finanzas. REFLEXION: UN GRAN PROBLEMA: El rápido crecimiento de la población y de las áreas urbanas, y la globalización de la economía CREAN CIUDADES : INEFICIENTES, HOSTILES Y CRECIENTEMENTE RIESGOSAS. LA SOLUCION: Se propone un modelo deseable de ciudad, en la que no agradaría vivir y legar a las generaciones venideras: UNA CIUDAD SOSTENIBLE: segura, ordenada, saludable, atractiva, eficiente en su funcionamiento sin agredir al medio ambiente; por ende GOBERNABLE Y COMPETITIVA. PLANIFICACIÓN URBANA: La planificación urbana comprende un sistema complejo de Leyes , reglamentos, territorios, individuos, políticas, recursos , datos y modelos. Los mismos que unidos bajo la lógica de un SIG, pueden adquirir una estructura y funcionalidad excepcionales. Sin importar la escala de aplicación: nacional, regional o local; el SIG es la herramienta del momento en materia de apoyo a la planificación urbana. La tecnología en sí misma no hace mejor al mundo, ni resuelve los una cultura consolidada y, como tal, se hace memoria y profecía colectiva; la conjunción de un testimonio histórico, de la realidad de un presente y la posible utopía de un futuro. EL ROL DE LAS CIUDADES PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE La distinción entre ciudad y campo en realidad es algo artificial. En la práctica existe una escala continua desde caseríos rurales, vía pequeños pueblos i ciudades intermedias hasta las megaciudades de mas de 10 millones de habitantes. Entre estos asentamientos existe una fuerte interdependencia y forman parte de un ecosistema común. ¿Porqué entonces hacemos esta distinción aquí? La razón es que – a pesar de lo mencionado – también existen importantes diferencias entre ciudades de mayor tamaño y el campo o una serie

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de pequeños asentamientos dispersos. Es justamente la concentración de personas, empresas y organizaciones en las ciudades que ofrecen una serie de posibilidades y ventajas debido a los efectos sinergeticos que pueden producirse. TENDENCIAS ACTUALES DE LA URBANIZACIÓN Tendencias mundiales Las ciudades están creciendo a un ritmo desenfrenado. Cada día atraen, como un potente imán, a miles de desempleados y a quienes buscan mejorar su modo de vida. En 1810 sólo existía una ciudad en el mundo, Londres, que superaba el millón de habitantes. En la actualidad hay 20 ciudades con mas de DIEZ MILLONES de habitantes y 35 con mas de CINCO MILLONES, la mayoría en el Sur. En los próximos quince años habrá ciudades con una población superior a VEINTE MILLONES de habitantes. EL PROCESO DE EVOLUCION DE LA SUPERFICIE URBANA En las primeras etapas de la ciudad, era fácil hablar del escenario en el cual se asentaba la población : “ un lugar privilegiado”, dotado de belleza natural, agua, bosques, tierras fértiles, formaciones y características geomorfológicas muy peculiares en cada caso. Ante tal despliegue de belleza y contenido de este paisaje natural, siempre se pensó, en inventariar especies de la localidad y atributos funcionales y estéticos de cada zona, determinar las cualidades visuales del terreno, determinar para el terreno los requerimientos funcionales y climáticos (análisis de clima), etc. También se ha manejado mucho sobre los importantes principios de que alterar la vegetación trae serias consecuencias ecológicas, por afectar los ciclos de vida de la biodiversidad de los ecosistemas. Al suprimir la vegetación el microclima de un lugar se deteriora al hacerse vulnerable a los cambios macroclimáticos, por haber perdido sus elementos estabilizadores. Sin vegetación, el suelo es susceptible de erosionarse y al propiciar el escurrimiento del agua se dificulta la filtración de la misma en el suelo y se recarga la de los mantos acuíferos. Por otro lado, la desarticulada presencia de la vegetación en medios urbanos, frente a la dominancia de elementos artificiales, trae consigo problemas de deshumanización de los espacios culturales por la frialdad de los materiales consproblemas ambientales, ni mejora la calidad de vida. La tecnología aumenta la eficiencia, pero no necesariamente la efectividad de los esfuerzos y tareas que se realizan. La efectividad depende de que se tenga un modelo correcto de la realidad y sus variantes. Los SIG ayudan a crear con mayor facilidad estos ejercicios.