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ESTANDARES DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO Y GESTIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTA Código PSO_13 Versión: 07 Fecha: 2016-01-30 Aguas de Cartagena S.A., E.S.P. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PSO_13: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD SALUD EN EL TRABAJO Y GESTIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS. Carátula de los Documentos DOCUMENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN TIPO DE DOCUMENTO PROCEDIMIENTO SUB TIPO SST TITULO CÓDIGO PSO_13 ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y GESTIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS N° de versión 7 Fecha entrada en vigor 30/ 01 /2016 Preparado por Nombre Cargo Carlos Colon Jefe de Seguridad y Salud en el Trabajo Comprobado por Magdalena Echeverry Subgerente de Gestión Humana Gabriel Lajud Coordinador de Salud Ocupacional Álvaro Vélez Bustillo Gerente de Relaciones Humanas e Institucionales Aprobado por John Montoya Caña Gerente General

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ESTANDARES DE SEGURIDAD – SALUD

EN EL TRABAJO Y GESTIÓN AMBIENTAL

PARA CONTRATISTA

Código PSO_13

Versión: 07

Fecha: 2016-01-30

Aguas de Cartagena S.A., E.S.P. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS

PSO_13: ESTÁNDARES DE SEGURIDAD – SALUD EN EL TRABAJO Y

GESTIÓN AMBIENTAL PARA CONTRATISTAS.

Carátula de los Documentos

DOCUMENTO DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN

TIPO DE DOCUMENTO

PROCEDIMIENTO

SUB TIPO SST

TITULO CÓDIGO PSO_13

ESTÁNDARES DE SEGURIDAD Y

GESTIÓN AMBIENTAL PARA

CONTRATISTAS

N° de versión 7

Fecha entrada en vigor

30/ 01 /2016

Preparado por Nombre Cargo

Carlos Colon Jefe de Seguridad y Salud en el Trabajo

Comprobado

por

Magdalena Echeverry Subgerente de Gestión Humana

Gabriel Lajud Coordinador de Salud Ocupacional

Álvaro Vélez Bustillo Gerente de Relaciones Humanas e Institucionales

Aprobado por John Montoya Caña Gerente General

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INDICE 1. PROPÓSITO. ........................................................................................................................ 2 2. ALCANCE. ............................................................................................................................ 3 3. PROCESO. ........................................................................................................................... 3

3.1. RESPONSABILIDADES ....................................................................................... 3 3.2. COMPETENCIA DEL PERSONAL ....................................................................... 4 3.3. INDUCCIÓN DE CONTRATISTAS ...................................................................... 4 3.4. AUTORIZACIÓN PARA INICIO DE ACTIVIDADES CONTRATADAS ................ 4 3.5. REQUISITOS GENERALES DE OPERACIÓN PARA CONTRATISTAS ............ 7 3.6. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL .................................................. 10 3.7. MANEJO DE EMERGENCIAS ........................................................................... 10 3.8. REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES Y

ACCIDENTES DE TRABAJO ............................................................................. 11 3.9. INSPECCIONES DE SEGURIDAD .................................................................... 12 3.10. ANÁLISIS Y REPORTE DE RIESGOS .............................................................. 13 3.11. AUDITORIAS A EMPRESAS CONTRATISTAS ................................................ 13 3.12. REUNIONES DE SEGUIMIENTO A EMPRESAS CONTRATISTAS ................. 14 3.13. DOCUMENTOS REQUERIDOS DE CARACTER OBLIGATORIO .................... 15 3.14. CONSERVACION DE DOCUMENTOS. ............................................................ 15

4. REFERENCIAS. ............................................................................................................ 15 5. DEFINICIONES............................................................................................................. 16 6. ANEXOS. ...................................................................................................................... 16 7. REGISTROS. ................................................................................................................ 17 8. REGISTRO DE CAMBIOS. ........................................................................................... 18

1. PROPÓSITO.

Establecer un documento que sirva como guía a las empresas y trabajadores contratistas al servicio de AGUAS DE CARTAGENA S.A E.S.P., en el cumplimiento de las disposiciones generales de Seguridad y Salud en el Trabajo, durante su permanencia y operación en las instalaciones u obras de la compañía, como estrategia en la prevención y control de riesgos de incidentes, accidentes de trabajo o enfermedades laborales que puedan generar lesiones en las personas, y/o daños en las instalaciones o el medio ambiente. En general, este procedimiento pretende definir normas, pautas y lineamientos que deben ser acatados por todas las empresas contratistas como un mínimo a cumplir, entendiendo que AGUAS DE CARTAGENA S.A E.S.P promueve una cultura de mejoramiento continuo, cimentada en la mejora continua del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, y espera que sus empresas contratistas se identifiquen y alineen con esta cultura de mejoramiento continuo en temas de seguridad. El presente documento hace referencia a procedimientos e instructivos internos establecidos en AGUAS DE CARTAGENA S.A E.S.P., en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo pero no exime a los contratistas y a sus trabajadores el cumplimiento de lo normativa colombiana legal vigente aplicable a sus actividades en aspectos de Seguridad y Salud en el trabajo.

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2. ALCANCE.

El presente documento es de aplicación obligatoria para toda empresa y trabajador contratista que ejecute obras o proyecto dentro y fuera de las instalaciones de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP.

3. PROCESO.

3.1. RESPONSABILIDADES

Es responsabilidad de los jefes, coordinadores, supervisores e interventores de la empresa, que figuren como Representantes de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP en proyectos contratados, velar por el cumplimiento del presente procedimiento de trabajo, asegurándo que toda empresa y personal contratista bajo su control, supervisión o interventoría, conoce perfectamente y está debidamente instruido para realizar las tareas encomendadas en él, acata sus lineamientos, notificando al responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de la compañía en caso de detectar desviaciones o incumplimientos, para la toma de correctivos o la aplicación de sanciones.

Es responsabilidad del Representante de Seguridad y Salud en el Trabajo de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP o a quien designe la empresa , definir un plan de trabajo que permita verificar el cumplimiento de las normas en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo a los contratistas, además orientar al contratista y su personal sobre dudas o inquietudes en aspectos de Seguridad y Salud en el Trabajo, para ello podrá realizar inspecciones periódicas a las obras, auditorías internas para verificar estado de implementación del sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, entre otras actividades, Es responsabilidad de la empresa contratista, suministrar para la realización del trabajo o servicio contratado, personal adiestrado en la labor a ejecutar, que se encuentre en perfecto estado de salud física y mental, y garantizar a través de su representante, la observancia y cumplimiento de las normas establecidas en el presente instructivo, por parte del personal bajo su cargo. La empresa contratista, es responsable de asignar un Líder Responsable de Seguridad y Salud en su representación, quien se encargará de garantizar la implementación de los planes y sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo de la empresa contratista a nivel del proyecto en ejecución, y de asegurar el cumplimiento de los estándares que en la misma materia define AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, en el caso de tareas de alto riesgo el contratistas deberá contar con especialista en Seguridad y Salud en el Trabajo con licencia. El trabajador que labore para el contratista deberá acatar las normas y procedimientos establecidos por AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP que le sean aplicables, y participar de las capacitaciones a las que sea convocado, lo anterior no lo exime de cumplir con toda la normativa colombiana legal vigente en temas de Seguridad y Salud en el Trabajo, respecto de la actividad que ejecuta.

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3.2. COMPETENCIA DEL PERSONAL

Toda persona que participe, ya sea en rol de supervisión, o de ejecución, de un trabajo o servicio contratado, tanto en representación de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP como del proveedor contratista, debe conocer y entender los riesgos de las actividades a desarrollar, las medidas de control requeridas para su segura ejecución, y las acciones a seguir en caso de emergencia.

3.3. INDUCCIÓN DE CONTRATISTAS

Todo trabajador contratista al servicio de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP deberá haber recibido inducción de seguridad para contratistas dentro de los doce meses previos a la fecha de realización de la labor en ejecución, por parte del Departamento de SST de ACUACAR. Dicha inducción deberá ser certificada, mediante carné vigente, firmado por el Coordinador Gestión de Seguridad Para Contratistas de AGUAS DE CARTAGENA S.A E.S.P., el cual tiene una vigencia de un año, o quien designe la empresa. Las charlas de inducción se realizarán los días lunes y jueves de cada semana, en caso festivo se realiza el día siguiente (martes o viernes), el lugar para su ejecución será el determinado el Departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo, en caso necesario del servicio se puede ejecutar inducciones extra previa solicitud al Coordinador Gestión de Seguridad Para Contratistas. El carné que demuestra constancia de asistencia a la misma, solo se entregará a aquellos que hayan presenciado la charla por completo, por lo cual no se permitirá el ingreso personal que llegue retrasado. En caso de pérdida del carné, deberá tomar nuevamente la inducción en las fechas y horarios establecidos. El registro de participantes de dichas charlas se reportará en el formato de formación, el cual una vez diligenciado reposará en la oficina de Seguridad y Salud en el trabajo de la empresa.

3.4. AUTORIZACIÓN PARA INICIO DE ACTIVIDADES CONTRATADAS

Antes de iniciar la ejecución de actividades objeto del servicio a prestar, la empresa contratista deberá solicitar autorización de ingreso del personal que vinculará para el desarrollo de las actividades, ante el Coordinador De Gestión De Seguridad Para Contratista. Para esto deberá presentar los siguientes documentos:

Carta en original y dos copias dirigida al coordinador de gestión de seguridad para contratista donde se relacione listado del personal cuya admisión se solicita, con nombres y apellidos completos, documento de identificación, y período de realización de los trabajos. La carta no debe presentar tachones, enmendaduras, correcciones o adiciones manuales.

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Dicha carta será sellada y firmada por el coordinador de gestión de seguridad para contratista, cuando se autorice el ingreso del personal. Las copias serán distribuidas, una para el contratista, otra para el Supervisor o Interventor de la labor, y la última reposará en el archivo del área de SST. Si el contratista es nuevo, la carta remisoria deberá acompañarse con la copia de la cédula del representante legal, o de aquel quien la firma.

Original y dos copias de autoliquidaciones de pago de aportes a EPS, ARL y pensiones del período inmediatamente anterior, correspondiente al personal relacionado en carta remisoria, cuyos nombres deberán aparecer resaltados. Para el caso de personal recién ingresado a la empresa contratista, también se deberá presentar comprobantes de afiliación a EPS, ARL y pensiones en original, y copia. Teniendo en cuenta que la vigencia de los cubrimientos anteriores comienza un día calendario después de la afiliación, el personal nuevo sólo podrá iniciar labores, después de transcurrido este tiempo.

Certificado de aptitud médica laboral del personal Contratista, especificando los riesgos laborales a exponerse por el trabajador que fueron valorados. Para el personal que vaya a ejecutar trabajos en altura o en espacios confinados, debe quedar explicito que dichos riesgos fueron considerados por el médico, para el caso de los trabajadores de servicio generales que dentro de sus actividades estén la ejecución de actividades de cafetería deben ser considerados los exámenes de frotis de garganta y KOH de uñas. El médico que realice los exámenes debe tener licencia en Seguridad y Salud en el Trabajo vigente.

Certificado de entrenamiento, expedido por el SENA (o personas naturales o jurídicas autorizadas por este), para personal que participe en la supervisión o ejecución de trabajos en altura.

Certificado de capacitación correspondiente para personal contratista destinado para la realización de trabajos en espacios confinados.

Copia del carné de certificación de inducción a contratistas, con vigencia no superior a doce meses, de cada uno de los trabajadores cuyo ingreso se solicite.

Para trabajos de más de treinta días, el contratista deberá presentar cronograma de actividades de seguridad y salud en el trabajo, encaminadas a promover la cultura y conciencia hacia la seguridad, conforme la normativa legal vigente. Igualmente el contratista deberá entregar una matriz en cual se identifiquen los riesgos presentes en la obra a ejecutar, su valoración y los planes y medidas de control para eliminar o minimizar estos riesgos s.

Para labores de duración superior a seis meses, la empresa contratista deberá presentar programa conforme los lineamientos de la resolución 1443 de 2014, expedida por ministerio del trabajo.

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Todas las copias presentadas deberán ser completamente legibles en sus diferentes apartes. Los trámites para ingreso de trabajadores deberán ser realizados personalmente por un representante de la empresa contratista; no podrán enviarse faxes, ni correos electrónicos, así como tampoco utilizar funcionarios de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP como intermediarios para la entrega de documentos. En caso de que la labor a ejecutar sea subcontratada, la empresa que posea el contrato directo con AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, será quien deberá tramitar el ingreso del personal designado e informar por escrito a Aguas De Cartagena, este personal también de recibir la inducción en materia de seguridad y salud en el trabajo impartida por ACUACAR La revisión por parte del Departamento de SST de las solicitudes será inmediata, realizando la aprobación o rechazo de acuerdo con el grado de cumplimiento de los requisitos anteriormente listados. No se permitirá el ingreso de menores de edad a las obras o instalaciones de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, en calidad de trabajador, salvo en aquellos casos en que se cuente con un permiso escrito del Ministerio de la Protección Social. La autorización de ingreso tendrá validez por el período comprendido entre la fecha de solicitud, y la menor fecha límite de cobertura de los pagos de aportes de seguridad social del grupo de personas cuya admisión se haya solicitado. Para revalidar su vigencia, la empresa o persona contratista deberá presentar al representante de Seguridad y Salud en el Trabajo de ACUACAR, dentro de los diez días previos al vencimiento, planillas de pago de seguridad social vigentes. La empresa contratista está obligada a enviar y mantener las planillas de pago de afiliación al sistema general de seguridad social vigente en las instalaciones de la empresa y una copia en los sitios de ejecución de las obras, durante el tiempo que dure la labor para la cual fue contratada.

El responsable del area de contratacion de ACUACAR o la persona asignada informaran al area de SST de la empresa por escrito y una vez concluya el proceso de selección y adjudicacion de un contrato de obra civil o prestacion de servicio, indicando el contratista, objeto del contrato e interventor de ACUACAR, para que el coordinador de seguridad y salud en el trabajo para contratistas pueda verificar lo exigido en este procedimiento antes del incio de la obra Los jefes, coordinadores, supervisores o interventores de la empresa, que figuren como Representantes de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP en proyectos contratados, informaran al área de SST de ACUACAR del inicio de las obras con el fin de asegurar el cumplimiento que el personal contratista que desarrolle actividades bajo su control y seguimiento, mantenga autorización vigente para la realización del trabajo en ejecución por parte del Dpto. de SST.

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3.5. REQUISITOS GENERALES DE OPERACIÓN PARA CONTRATISTAS

Todo trabajo ejecutado por una empresa contratista, deberá ser supervisado por un representante de dicha compañía, y un representante de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, que permanezcan en el área de ejecución. Estos, deberán asegurarse, que el personal contratista involucrado, cumple con las siguientes medidas durante el tiempo que permanezca en las obras o instalaciones de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP:

Portar carné de la empresa para la cual labora, en caso que la ARL y EPS entreguen carne a las que se encuentra afiliado.

Inspeccionar el área de trabajo antes de iniciar el trabajo, asegurando la implementación de las medidas preventivas correspondientes, y la provisión de los implementos de seguridad y protección personal requeridos en el sitio de trabajo para realizar la tarea.

Delimitar el área de influencia de la obra a realizar, para evitar molestias y accidentes a terceros, realizando un cerramiento provisional cuando se trate de obras de construcción o reformas.

Señalizar el área de trabajo, indicando prohibición de ingreso para personal ajeno a la misma.

Mantener ordenada y aseada la zona de labores, conservándola libre de desperdicios u elementos innecesarios.

Mantener bien iluminadas y despejadas las áreas de trabajo.

Evitar la acumulación de trapos, estopas, papeles, etc., en las zonas de trabajo, especialmente si la ventilación es escasa o si están engrasados o impregnados de otros compuestos capaces de auto incendiarse.

Mantener en lugares seguros los combustibles que se utilicen en el trabajo.

Apagar los equipos eléctricos, al retirarse del sitio de trabajo.

Controlar de manera inmediata cualquier escape de líquidos o gases inflamables.

Evitar recargar los circuitos eléctricos con instalaciones que constituyan peligro.

Evitar la utilización de cables eléctricos, e instalaciones en mal estado.

Localizar los extintores de incendio y otros equipos de emergencia en el área de trabajo, antes de comenzar labores. Del mismo modo, deberán controlar que los empleados involucrados en el servicio contratado, acaten durante su servicio la prohibición de:

Usar audífonos, salvo prescripción médica.

Utilizar cadenas, anillos, relojes, o pulseras, durante la ejecución de los trabajos.

Consumir alimentos, en zonas y horarios diferentes a las autorizadas para ello.

Fumar en las áreas de trabajo.

Laborar en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas o sustancias alucinógenas.

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Operar equipos, herramientas, materiales y elementos de protección personal de propiedad de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, sin autorización del representante de esta.

Bloquear con elementos de trabajo, los equipos contra- incendio de la Empresa, tales como gabinetes, hidrantes, etc.

Promover o ejecutar actos de violencia contra cualquiera de las personas, instalaciones o bienes de la empresa.

Dormir en las instalaciones de la Empresa o de sus proyectos de influencia.

Usar o portar en las obras o instalaciones de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, armas (con excepción de los casos en que en razón al servicio prestado, así se autorice dentro del contrato -Vigilancia-), bebidas embriagantes, drogas ilegales, narcóticos, o explosivos.

Realizar actividades que estén fuera del alcance del contrato.

Transitar por áreas de la Empresa distintas a aquellas en las cuales esté laborando, sin previa autorización escrita de la persona de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, responsable de dicha área o del funcionario que este designe. Antes del inicio de las operaciones, la empresa contratista deberá diligenciar el formato FS_053 IPER – Obras, donde se realiza un análisis de los riesgos que se prevén estarán presentes durante el desarrollo del proyecto, y se establecen unas medidas de control Para la realización de trabajos de alto riesgo, tales como trabajos con energías peligrosas, en caliente, en espacios confinados, y/o en alturas, el representante de la empresa contratista deberá diligenciar permiso de trabajo seguro, y solicitar aprobación de acuerdo con lo estipulado en el procedimiento PS_07 Permiso de Trabajo Seguro.

Para Trabajo en Alturas, el contratista deberá cumplir con lo señalado en el Reglamento Técnico de Trabajo Seguro en Alturas establecido en la resolución número 1409 del 2012 y resolución 3368 del 2014, así como con lo indicado en el procedimiento interno PSO_04 Trabajos en Alturas. Anexo a este procedimiento y que forma parte integral del mismo Para trabajos que involucren energías peligrosas, la empresa contratista deberá asegurar que el personal bajo su cargo conoce y aplica los estándares descritos en el procedimiento PSO_06 Control de Energías Peligrosas. Anexo a este procedimiento y que forma parte integral del mismo En labores realizadas en espacios confinados, serán de obligatorio cumplimiento para el personal contratista que las ejecute, las normas y estándares contenidos en el procedimiento PSO_03 Trabajos en Espacios Confinados. Anexo a este procedimiento y que forma parte integral del mismo En actividades que impliquen el contacto o exposición del personal contratista a fuentes de chispa o calor, los trabajadores involucrados deberán acatar lo

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establecido en el procedimiento PSO_05 Trabajos en Caliente. Anexo a este procedimiento y que forma parte integral del mismo

En tareas donde trabajadores de empresas contratistas manipulen sustancias químicas, serán de aplicación obligatoria por parte de estos, los procedimientos definidos en el procedimiento PSO_14 Manejo de Sustancias Peligrosas. Anexo a este procedimiento y que forma parte integral del mismo Si el contratista, para realizar la labor contratada, tiene que utilizar explosivos, deberá en todo caso cumplir lo establecido en la resolución 2400 de mayo de 1979, titulo VII, numeral 2.7 de los explosivos, capítulo I, II, III y IV. En tareas de excavación ejecutadas por empresas contratistas, sus representantes deberán asegurar que los trabajadores a su cargo, conocen y dan cumplimiento las normas establecidas por la empresa, y sí las excavaciones superar el 1.5 metro de altura debe aplicar el procedimiento de espacio confinados y trabajo en altura. El representante de Seguridad y Salud en el trabajo de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP o la persona designada, y el Líder Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo designado por la empresa contratista, se encargarán de verificar que se mantengan las condiciones de seguridad en las áreas de trabajo donde se ejecuten servicios contratados, monitoreado el cumplimiento de los anteriores requisitos, y notificando a los responsables del trabajo sobre las desviaciones que detecten para su corrección. Cuando se detecte el incumplimiento reiterativo de alguna norma o exigencia establecida en el presente procedimiento, o actos inseguros que generen daños potenciales o reales a los empleados o instalaciones de la AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, se aplicarán multas y sanciones a los Contratistas conforme lo descrito en las clausula contractual referente a multas y sanciones del respectivo contrato, que serán determinadas en consenso entre el área de Seguridad y Salud en el Trabajo y los jefes/supervisores de la compañía involucrados.

También se consideran motivos de sanción:

Adulterar el carné de identificación asignado.

Sacar o intentar sacar de las instalaciones herramientas o insumos sin autorización de los funcionarios facultados por la empresa.

Crear confusión o falsa alarma en su sitio de trabajo o cualquier otra área de la empresa.

Faltar a la autoridad de los funcionarios de la empresa o irrespetarlos con cualquier manifestación.

Cualquier otra acción que se considere perjudicial para sus compañeros, funcionarios o instalaciones de la empresa. La Empresa en cualquier caso, se reserva el derecho de prescindir el contrato que se está desarrollando por el incumplimiento de las exigencias de seguridad en este

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documento descritas. Cuando se trate de sanciones económicas, la empresa estimará el monto del perjuicio causado y determinará la forma de su cancelación.

3.6. ELEMENTOS DE PROTECCIÓN PERSONAL

El personal contratista deberá usar los elementos de protección personal requeridos según las labores que realice, en todo momento mientras permanezca en las instalaciones u obras de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, de acuerdo con lo establecido en la Matriz de Elementos de protección personal definida por el departamento de SST. Dichos elementos deberán ser suministrados por la empresa contratista para la cual labore, los cuales deben cumplir las especificaciones técnicas exigidas por la legislación colombiana y normas internacionales, y ser utilizados de acuerdo con lo establecido en el procedimiento PSO_01 Entrega y Uso de Elementos de Protección Personal. La empresa contratista también deberá suministrar el equipo de protección necesario para el personal visitante de las obras bajo su ejecución. La empresa contratista deberá también, mantener inventario de los elementos de protección personal requeridos por el personal bajo su cargo, para asegurar la disponibilidad de los mismos, cuando se requieran reposiciones, las cuales deben realizarse de forma inmediata cuando se detecten elementos en mal estado, o dañados. Todo el personal contratista, y subcontratista, deberá usar en todo momento durante su jornada de trabajo, uniforme de dotación de la empresa, de acuerdo con lo establecido en el Manual de imagen corporativa AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP.

3.7. MANEJO DE EMERGENCIAS

Antes del inicio de las operaciones, contratos o proyectos, la empresa contratista deberá diligenciar el formato FS_052 IPAE (Información de Prevención y Atención de Emergencias), en el cual se detalla los riesgos, amenazas y vulnerabilidad que se prevén estarán presentes durante el desarrollo del proyecto, y se establecen unas medidas de control. Igualmente deberá diligencia el formato FS_051 Listado de Empleados para Verificación en Caso de Emergencia, donde se detallan los nombres de todos los empleados presentes en el proyecto, de tal manera que en caso de una emergencia tener esta información, así como sus datos de contacto. Las empresas contratistas deberán contar con un extintor de emergencia del tipo adecuado, el cual deberán localizar en el lugar donde se ejecute la labor contratada, ubicándolo en un sitio de fácil acceso. Cuando para realización de la actividad en desarrollo se utilicen equipos de corte o soldadura, se deberá adicionalmente,

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contar con un extintor por cada equipo, el cual deberá permanecer junto con este en todo momento. Además, deberán garantizar que el personal bajo su cargo, está capacitado para su uso en el control de emergencias. También deberán contar con botiquín de primeros auxilios para atención primaria de lesiones por accidentes, el cual deberá ser administrado por uno de sus representantes capacitado para ello. Las herramientas o equipos de propiedad de la empresa contratista no deberán en ningún caso obstruir equipos y señalización de seguridad, tales como extintores, hidrantes y gabinetes contra incendio. Los representantes y empleados de las empresas contratista deben conocer el Plan de Atención de Emergencias de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP. En caso de presentarse alguna anomalía en o cerca de su lugar de trabajo, deberá informar de la misma al funcionario de la empresa responsable del área, supervisor o interventor de la obra, quien solicitará apoyo siguiendo los lineamientos internos de la empresa. Cuando la emergencia, se presente en otra sección, no deberá acudir a ésta si no es solicitado su concurso. En caso de que durante la situación de emergencia requiera evacuación, deberán suspender sus trabajos asegurándose de apagar los equipos que se encuentran operando, siempre que sea posible, y acatar las instrucciones dadas por los miembros integrantes del programa de prevención de emergencias institucional (Comité de emergencias, brigadistas, coordinadores de evacuación), y seguir la señalización de emergencias de Aguas de Cartagena. El Líder Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo del contratista, deberá en caso de emergencia realizar el proceso de conteo del personal bajo su cargo, para asegurarse la evacuación de la totalidad de los mismos, y coordinar la asistencia de aquellos que puedan verse afectados. En caso de requerir apoyo de entidades externas utilice la línea segura 123.

3.8. REPORTE E INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES E INCIDENTES DE

TRABAJO Y ENFERMEDADES LABORALES.

Siempre que ocurra un accidente o incidente que involucre trabajadores vinculados a empresas contratistas, se deberá dar notificación a las partes interesadas, según se indica en el numeral 3.2 del procedimiento PSO_02 Reporte e Investigación de Incidentes, Accidentes de trabajo y enfermedad Laboral. El Líder Responsable de Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa contratista, una vez notificado de los hechos por parte del supervisor representante de la misma, será responsable de presentar reporte ante la ARL respectiva dentro de las

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cuarenta y ocho horas hábiles siguientes a la ocurrencia del evento, y de remitir copia radicada del mismo al área de Seguridad y Salud en el Trabajo de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP. En caso que el accidente de trabajo sea grave o se produzca la muerte del trabajador, o se diagnostique una enfermedad laboral, el contratista deberá comunicar dentro de los días siguientes al evento a la división del ministerio de trabajo y enviar copia del radicado al departamento de Seguridad y Salud en el Trabajo de ACUACAR. El contratista será responsable de la investigación, de todo accidente, incidente de trabajo y enfermedad laboral de los empleados a su cargo, la cual deberá realizar en un plazo máximo de quince días hábiles posteriores a los hechos, y cuyo reporte deberá ser entregado al Coordinador de gestión de seguridad para contratista de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP. El informe de investigación debe incluir la definición de las causas inmediatas y básicas del accidente e incidente, y las medidas correctivas y preventivas a implementar para eliminar su recurrencia, junto con los responsables de su ejecución. La empresa contratista será responsable además, del registro estadístico de los accidentes de trabajo, incidentes de trabajo y enfermedad laboral ocurridos al personal bajo su cargo durante las labores dentro de las instalaciones y proyectos de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, el cual deberá presentar mensualmente al Coordinador de gestión de seguridad para contratista de ACUACAR, acompañado de propuestas de acciones de mejoramiento.

3.9. INSPECCIONES DE SEGURIDAD Y GESTIÓN AMBIENTAL

Previo a la iniciación de los trabajos contratados, el Representante del Contratista, junto con el representante de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP, y los representantes de Seguridad y Salud en el Trabajo de ambas empresas, definirán por escrito la periodicidad en la cual la empresa contratista deberá realizar las inspecciones generales de seguridad, o especificas a equipos, herramientas y elementos de protección personal de su utilización. El contratista deberá suministrar los resultados de las inspecciones al área de Seguridad y Salud en el Trabajo de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP para su archivo y control estadístico. El coordinador de gestión de seguridad para contratista, y el supervisor/interventor representante de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP podrán aplicar listas de chequeo y realizar inspecciones en cualquier momento que lo consideren necesario, y por lo menos una vez cada mes, donde verifiquen la utilización de los elementos de protección personal con el formato de observación preventiva del comportamiento, el cumplimiento de los estándares de seguridad e implementación de las medidas de seguridad para el control del riesgo por parte de la empresa contratista y sus empleados. En caso incumplimiento, se podrán suspender inmediatamente los trabajos a discreción del personal de SST. Para lo anterior

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deberán seguir los lineamientos del procedimiento PSO_10 Inspecciones Planeadas. Para el caso de obras, se aplicará el formato FS_001 “Lista de Verificación SST y Ambiental para Obras en Desarrollo”, y se espera que todas las obras y empresas contratistas superen los puntajes mínimos establecidos, los cuales podrán irse aumentando, en aras del mejoramiento continuo y de las condiciones de seguridad y gestión ambiental.

3.10. ANÁLISIS Y REPORTE DE RIESGOS

Todo personal contratista debe estar atento para detectar condiciones inseguras o actos que puedan causar accidentes, las cuales deberán en todo caso ser notificadas al representante AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP. Toda condición insegura debe corregirse de inmediato. De no ser esto posible la condición se debe marcar y se deben poner barreras, cintas u otros controles para impedir que el peligro se materialice. Los controles deben permanecer hasta que el peligro se elimine.

Las empresas contratistas y sus empleados deben eliminar por si mismos las condiciones inseguras siempre que sea posible. Los supervisores deben dar prioridad a la corrección de condiciones riesgosas, sobre otros trabajos a realizar. Previo a todas las actividades, el personal contratista deberá realizar un análisis de riesgos, y según el nivel de riesgo deberá diligenciar un ART, siguiendo los lineamientos del procedimiento PSO_19 Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y determinación de controles. Así mismo, cada empresa contratista deberá contar con una Matriz de Identificación de Peligros, evaluación de riesgos y determinación de controles, específica de cada proyecto, y un plan de acción de prevención que se ajuste a los peligros y riesgos detectados.

3.11. AUDITORIAS A EMPRESAS CONTRATISTAS

El Departamento de SST de Aguas de Cartagena S.A. ESP realizará al menos una vez al año, una auditoria a cada empresa contratista, la cual constará de una parte administrativa y otra de campo. Los resultados serán remitidos al área interventora de los trabajos y al área de contratación. El formato utilizado para todas las auditorias será el FS_049 Formato de Revisión de requisitos básicos a contratistas. Todas las empresas contratistas deberán cumplir con el 100% de los requerimientos establecidos en este formato. Estas auditorias son independientes a auditorias que las empresas contratistas tengan por cumplimiento de requisitos de sus sistemas de gestión o ley.

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3.12. SISTEMA DE GESTION SST

Todas las empresas contratistas deben cumplir con lo señalado en el decreto 1072 del 2015 del ministerio del trabajo de tal manera que evidencien la implementación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y la adopción de la cultura del mejoramiento continuo. Esta verificación se realizara a través de la aplicación del formato FSO_049 El sistema de gestión Seguridad y Salud en el Trabajo como mínimo contemplará los siguientes aspectos:

Identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de los controles

Procedimientos para la identificación y acceso a requisitos legales y de SST que sean aplicables a ella

Definir, implementar y mantener documentados objetivos de SST

Definir un responsable por la SST y el sistema de SST.

Establecer estrategia de comunicación oral y escrita con su personal, asociados y demás partes interesadas

Programas de formación y capacitación a su personal en temas de SST

Implementar los procedimientos y demás documentos SST aplicables a su actividad

Implementar procedimientos y estrategias que garanticen el cumplimiento del control operativo en cada una de las obras

Definir ,documentar y divulgar planes de Emergencia

Procedimiento de Investigación de incidentes y accidentes de trabajo

Programa de revisiones periódicas del sistema de Gestión SST

3.13. REUNIONES DE SEGUIMIENTO A EMPRESAS CONTRATISTAS

El Departamento de SST realiza reuniones mensuales con todas las empresas contratistas para hacer seguimiento a los temas referentes a Seguridad y Salud en el Trabajo en las obras en ejecución, condiciones inseguras, indicadores, etc. Es obligatoria la asistencia a esta reunión de mínimo un representante de cada una de las empresas contratistas con trabajos vigentes, dicho representante puede ser el Jefe operativo de los trabajos y/o el líder Responsable de la Seguridad y Salud en el Trabajo de la empresa contratista. Adicionalmente se podrán realizar reuniones extraordinarias con representantes de cualquier empresa contratista siempre que el área de Seguridad y Salud en el Trabajo de Aguas de Cartagena S.A. ESP lo considere necesario, bien sea para hacer seguimiento rutinario o corregir situaciones anómalas.

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3.14. DOCUMENTOS REQUERIDOS DE CARACTER OBLIGATORIO

Las empresas contratistas deberán tener los siguientes documentos de manera actualizada y disponible:

- Sistema de gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo - Cronograma Anual de Actividades de Seguridad y Salud en el

Trabajo - Acta de Conformación y registro de Vigía o Comité Paritario de

Seguridad y Salud en el Trabajo, según aplique. - Actas de Vigía o COPASST - Matriz Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y

determinación de controles - Reglamento de Higiene

3.15. CONSERVACION DE DOCUMENTOS.

Todo registro que surja a raíz de la labor contratada, debe ser conservado por la empresa contratista durante tres años, a partir de la fecha de terminación del contrato. La razón de este tiempo radica en que los derechos en materia laboral prescriben a los tres años, según lo establece código sustantivo del trabajo, en su artículo 488. La duración de la conservación de los documentos será mayor si se llegaré a presentar una demanda que interrumpa la prescripción del período de tres años. A continuación se presenta el listado de los registros que deben ser conservados:

Registro de inspecciones

Reporte e Investigación de Incidentes / accidentes de trabajo

Análisis de riesgo por tarea

Permisos para tareas de alto riesgo

Planes de Acción de mejoramiento derivados de las investigaciones de incidentes / accidentes de trabajo y enfermedad laboral.

Planillas de afiliación al sistema general de seguridad social

Listas de chequeo

Certificados de entrenamiento

Documentos que soporten el cumplimiento del Plan Básico Legal

Registros de Entrega de Elementos de Protección Personal 4. REFERENCIAS.

Norma NTC_OHSAS 18001:2007, numerales 4.3.1 “Identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de los controles” 4.4.3. “Comunicación, participación y consulta” 4.4.6. “Control operacional”

Código sustantivo del trabajo, Articulo 488

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Decreto 1295/94 – Art. 4º Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

PSO_02 Reporte e Investigación de Incidentes y Accidentes de trabajo

PSO_03 Trabajos en Espacios Confinados

PSO_04 Trabajos en Alturas

PSO_05 Trabajos en Caliente

PSO_06 Control de Energías Peligrosas

PSO_14 Manejo seguro de sustancias peligrosas

PSO_19 Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y determinación de controles

Plan de Atención de Emergencias

Resolución 1016 de 1989, Art. 10.

5. DEFINICIONES.

Empresa o persona Contratista: Es toda persona jurídica, legalmente constituida con quien AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP contrata una labor o servicio.

Personal Contratista: Es toda persona contratada directa o indirectamente (subcontratistas) por la empresa o persona contratista para trabajar dentro de las instalaciones de AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP o en las obras objeto de los contratos.

Representante AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP: Es el encargado por parte de Aguas de Cartagena de velar que las empresas o personas contratistas cumplan con todos los estándares técnicos, administrativos y las normas de seguridad y salud ocupacional emitidas por AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP.

Representante de la empresa contratista: Es el representante de cada empresa contratista. Garantiza que se cumplan los estándares técnicos, administrativos y de seguridad y salud ocupacional emitidos por AGUAS DE CARTAGENA S.A. ESP.

Representante de Salud Ocupacional en AGUAS DE CARTAGENA S.A. E.S.P: Es la persona encargada por parte de AGUAS DE CARTAGENA S.A-E.S.P de desarrollar, implementar y mejorar los Sistemas de Higiene Industrial , Seguridad y Salud Ocupacional para los contratistas.

Líder Responsable de Salud Ocupacional Contratista: Es la persona designada por cada empresa contratista para garantizar que se cumplan con las normas de higiene, seguridad y salud ocupacional durante la ejecución de sus trabajos. 6. ANEXOS.

No Aplica.

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7. REGISTROS.

FS_001 Lista de verificación SISO y Ambiental para obras en desarrollo

FS_002 Informe Inspección o Evaluación SISO

FS_007 Formato ART

FS_049 Formato de Revisión de requisitos básicos a contratistas

FS_052 IPAE (Información de Prevención y Atención de Emergencias)

FS-051

FS_053 IPER – Obras

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8. REGISTRO DE CAMBIOS.

N. DE VERSIÓN FECHA RESUMEN DE CAMBIOS / COMENTARIOS

1 2009/09/01

Creación.

2 2011/04/25

Modificación. Se incorporan criterios de mejoramiento continuo basados en OHSAS 18001, y requerimientos para contratistas en tal sentido.

3 2011/09/01

Se actualiza el FS_001 Inspección de Obras, cambiando el nombre por “Lista de verificación SISO y Ambiental para obras en desarrollo” y agregando las variable ambientales a controlar en obras. En el numeral 3.9. Inspecciones de Seguridad se agrega la Gestión Ambiental, así: Para el caso de obras, se aplicará el formato FS_001 “Lista de Verificación SISO y Ambiental para Obras en Desarrollo”, y se espera que todas las obras y empresas contratistas superen los puntajes mínimos establecidos, los cuales podrán irse aumentando, en aras del mejoramiento continuo y de las condiciones de seguridad y gestión ambiental.

4 2012/01/15 Se actualiza la caratula, de acuerdo con novedades organizacionales

5 2012/06/12 Se actualiza la caratula de acuerdo con novedades organizacionales del 29/05/2012

6 2012/07/30 Se actualizan algunos concepto teniendo en cuenta las definiciones de ley 1562 del 2012.

7 2016/01/30

Se actualiza el encabezado del procedimiento de acuerdo al procedimiento de control de documento, se adecuada la caratula de acuerdo a los cambios organizacionales. Se cambian términos de acuerdo al decreto 1072 del 2015.