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UNIDAD 9 243 UNIDAD 9 Prospectiva en materia laboral Objetivos: Al finalizar la unidad el alumno: Describirá las características generales en materia laboral del Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá. Identificará la posición del derecho laboral mexicano, en relación con el derecho laboral de los países firmantes del tratado. • Explicará los retos del derecho laboral mexicano frente a la actual situación económica mundial.

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UNIDAD 9

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UNIDAD 9

Prospectiva en materia laboral

Objetivos:

Al finalizar la unidad el alumno:

• Describirá las características generales en materia laboral del Tratadode Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá.

• Identificará la posición del derecho laboral mexicano, en relación conel derecho laboral de los países firmantes del tratado.

• Explicará los retos del derecho laboral mexicano frente a la actualsituación económica mundial.

DERECHO LABORAL

244

UNIDAD 9

245

Conceptos centrales

Definición

Características

Participantes

Objetivos

Basesjurídicas

Obligaciones

Negociación

Acuerdosparticulares

Tratado de

Libre Comercio

Acuerdo

paralelo laboraldel TLC

Control de laFederación

Capacidadde los estados

Salariosmínimos

Formaciónde sindicatos

Derechode huelga

Diferencias enlegislación

laboral

Reformas

Objetivos

Modificacioneslegales

Convenio

Futuro del

derecho laboral

Nuevacultura laboral

UNIDAD 9

247

Introducción

En la actualidad, los constantes cambios económicos y la dinámicade globalización en el mundo obligan a los países a actualizar sunormatividad y a modificar muchos preceptos legales a fin de mantenerse

en el concierto de la competencia internacional.

En Europa actualmente se gestan diversasformas de comercialización internacional, con el finde ayudar a las economías de sus países a obtenermayor riqueza, logrando con ello una estabilidadfinanciera que dependa menos de los vaivenes delresto del mundo y forme bloques económicos másfuertes y desarrollados.

Estas condiciones conjuntan dos necesidades para los países que, comoMéxico, requieren relacionarse con otros a fin de proseguir su desarrollo social,económico y cultural: modificar su marco legal a fin de permitir un mayor espaciopara las alianzas y concertar esfuerzos con otros países para acrecentar susposibilidades de crecimiento. Una manera de estrechar las relaciones con otrospaíses es a través de la celebración de tratados internacionales.

9.1. Tratado de Libre Comercio entre México,

Estados Unidos de América y Canadá

Un tratado internacional es un acuerdo o convenio entre dos o más países,con objetivos específicos, aprobados por los órganos del Estado facultados paraello y representados por sus respectivos mandatarios.

En el caso del Tratado de Libre Comercio(TLC) entre México, Estados Unidos y Canadáes obvio que el tratado es trilateral, sin embargoexisten tratados multilaterales y bilateralescelebrados por México y otros países, como esel caso del Tratado para Evitar la Doble Imposición Tributaria entre México yColombia, por sólo mencionar alguno.

¿Qué es un tratadointernacional?

La norma jurídica debe responder

a las condiciones cambiantes

de la sociedad

DERECHO LABORAL

248

El Tratado de Libre Comercio entre México,Canadá y Estados Unidos,vigente desde 1994, tiene por objeto reducir paulatinamente las barrerasarancelarias y las no arancelarias, con la finalidad de que en pocos años seconsolide en un solo bloque, desde el norte de Canadá hasta la península deYucatán, un mercado de más de 370 millones de personas, el más grande delmundo, pues ni los asiáticos, comandados por Japón, cubren tal cantidad deindividuos.

Las barreras arancelarias son todos aquellos aranceles o impuestosque se imponen a determinados productos por introducirlos en un país. Porejemplo, una barrera arancelaria sería cobrar 50% por la introducción deautomóviles de Estados Unidos de América a México.

Las barreras no arancelarias son aquellas que no implican el pago deun impuesto, pero que limitan la entrada de algunos productos al país. Porejemplo, una barrera no arancelaria sería establecer que para poder ingresarfrutas mexicanas en el mercado estadunidense, éstas deben permanecer en laaduana 10 días para verificar que no estén contaminadas.

En el texto del tratado se establece la forma como se llevará a caboesta desgravación (liberalización) de aranceles, que en algunos casos se hacede manera inmediata y en otros mediante un calendario de desgravación.

Por ejemplo, en el caso de la industria automotriz se establecía un aranceldel 20%, que el 1º de enero de 1994 disminuyó al 10% y se reducirá gradualmentede la siguiente manera:

Tabla 9.1.

199519961997199819992000200120022003

8.09%7.08%6.07%5.06%4.05%3.04%2.03%1.02%

0%

se reduce a:

UNIDAD 9

249

Con lo expuesto podemos entender que en América se pretenden nuevasy más eficaces formas de comercialización entre países que se asocian con elobjeto de cooperar para beneficio mutuo. Claro está que no puede lograse dela noche a la mañana, por lo tanto, es menester que la apertura sea gradual.

El Tratado de Libre Comercio no sólo tiene el objeto de comercializarbienes o servicios, conjuntamente con su celebración se pretende "convenir"sobre la cooperación en otras materias, como la ecología o la laboral.

Es cierto que las condiciones laborales yeconómicas no son iguales entre estos países.Por ejemplo, un trabajador en México obtienecomo sueldo mínimo en promedio 3.5 dólares pordía, aproximadamente, en tanto que en EstadosUnidos gana de 4 a 5 dólares por hora. Como te puedes dar cuenta, los salariosson bastante distintos. Por esta razón es necesario un gran esfuerzo para lograrun convenio paralelo al tratado, especializado sólo en materia laboral.

El artículo 133 de la Constitución Políticade los Estados Unidos Mexicanos dispone que"la Constitución, las leyes del Congreso de laUnión que emanen de ella y todos los tratados

que estén de acuerdo con la misma, celebradosy que se celebren por el Presidente de laRepública, con aprobación del Senado, será laley suprema de toda la Unión".

Lo que significa que el Presidente de laRepública está facultado por la Constitución paracelebrar tratados, los cuales deben ser aprobadospor el Senado de la República, es decir, por laCámara de Senadores, y su contenido debe serconforme con lo establecido en ese rubro porla Constitución.

Una vez cumplidos estos requisitos, los tratados que se celebren serán"ley suprema", en la misma jerarquía que las leyes federales emitidas por elCongreso de la Unión.

El cambio en el derecho laboral debe

regirse por el valor de la equidad

¿Quién puedecelebrar un tratado

internacional?

Los tratados internacionales están

regulados legalmente

DERECHO LABORAL

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Esto quiere decir que los tratados internacionales, una vez que se hayancelebrado cumpliendo todos los requisitos previstos por la ley, tendrán el mismogrado de jerarquía que las leyes federales; en consecuencia, un tratadointernacional en materia laboral no puede estar por encima de la Constitución,aunque sí al mismo nivel de la Ley Federal del Trabajo.

Ejercicio 1

1. Está facultado para celebrar tratados internacionales:

a) El Congreso de la Unión.b) El Senado de la República.c) El Presidente de la República.d) El Poder Legislativo de los estados.

2. El Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos yCanadá tiene por objeto, entre otros:

a) Captar mayores impuestos.b) Reducir el costo de la canasta básica.c) Eliminar paulatinamente las barreras arancelarias y no arancelarias.d) Competir con la comunidad europea.

9.2. Negociación del Tratado de Libre Comercio

Como hemos mencionado, existe la necesidad de crearnuevas formas de consolidación económica entre lospaíses de América, sin excluir la materia laboral, todavez que es una de las ramas más importantes para elsistema productivo de cualquier país.

En materia laboral, originalmente se advirtió la enormediferencia entre los ingresos de un trabajador de sueldo

¿Por qué sepretendió evitarla firma delTLC?

UNIDAD 9

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mínimo en México en comparación con los salarios de Estados Unidos y Canadá.Por tanto, una parte de los congresistas estadunidenses pretendió evitar lafirma del tratado con México, argumentando que la economía mexicana nopuede equipararse con la de Estados Unidos; además, con la firma del tratadose pondría en riesgo la estabilidad del empleo de los estadunidenses, porquepuede encontrarse mano de obra mucho más barata en México.

Sin embargo, con todas estas reservas,Estados Unidos y Canadá iniciaron lasnegociaciones para la firma del tratado comercial,en el mes de junio de 1991, conscientes de que lasdiferencias entre los tres países son evidentes y, enconsecuencia, el cambio debería ser paulatino.

El acuerdo en principio firmado por el entonces Presidente de laRepública y el secretario de Relaciones Exteriores, que constaba de 1 200cuartillas, 19 capítulos y cinco anexos, fue frenado por el Congreso de EstadosUnidos, principalmente por el Partido Demócrata, que lo rechazó por estimarque la mano de obra mexicana es demasiado barata y perjudicaría a lostrabajadores estadunidenses al encontrar una competencia que ellosconsideraron "desleal".

La negociación preliminar del Tratado deLibre Comercio entre México, Estados Unidos yCanadá concluyó el 11 de agosto de 1992, luegode haber celebrado más de 200 reunionesgenerales y siete ministeriales. Los resultadospara México se concretaron en la necesidad de ajustar la Ley Federal delTrabajo a las condiciones impuestas por el tratado; además de incrementarel salario de los trabajadores mexicanos, como consecuencia de la expansióndel mercado y la libre competencia de la mano de obra de los trabajadoresmexicanos.

Sin embargo, en ese mismo año fue electo mandatario de EstadosUnidos el actual presidente, William Clinton, quien, si bien es cierto que aceptóen términos generales el tratado celebrado por su antecesor, George Bushpadre, también lo es que pretendió la celebración de algunos tratados paralelosen materias laboral y ecológica.

¿Cuándo seiniciaron las

negociaciones parala firma del TLC?

¿Cuándo concluyóla negociación

preliminar del TLC?

DERECHO LABORAL

252

En lo principal, este tratado ha sido discutido por todos los sectores quetienen injerencia, de tal manera que han sido consultados los productores demayor importancia en cada país y se ha firmado el respectivo acuerdo.

Por ejemplo, respecto de la industria zapatera, el tratado se convino en laciudad de León, Guanajuato; el de la industria automotriz fue negociado enDetroit; el relativo al sector pesquero en Vancouver, y el acerero en Pittsburgh.

Es de suma importancia mencionar que uno de losrubros que no fueron objeto de negociación en el TLCfue el relativo al petróleo.

Para algunos estudiosos de la materia, uno de losaspectos que no se consideraron en la firma del tratado

fueron las condiciones en que funcionan las pequeñas y micro empresasmexicanas, las cuales generalmente no tienen los medios económicos paramodernizarse y competir con los grandes consorcios transnacionales de EstadosUnidos y Canadá, por tanto parecen condenadas a la quiebra o la desaparición.

En Estados Unidos la celebración de los acuerdosparalelos y la firma del Tratado de Libre Comercioparecía complicarse, pues un sector del Congreso sepronunció por la negativa a la firma del tratado.

Incluso, el congresista millonario Ross Perot, en 1993exigió la renegociación o anulación del TLC y amenazócon financiar con sus propios recursos una campañaen contra de dicho tratado. Sin embargo, en un debate

público fue derrotado por el vicepresidente Al Gore, lo que dio nuevas esperanzaspara su aprobación por el Congreso.

El 17 de noviembre de 1993 se sometió a votación del Congreso deEstados Unidos el TLC, obteniendo la aprobación de la Cámara de Diputados,con 234 votos a favor y 200 en contra; por su parte, el Senado lo aprobó con 61votos a favor y 38 en contra.

El Senado mexicano votó también por la aprobación, con 56 votos afavor y sólo dos en contra.

¿Se incluyó elpetróleo enel TLC?

¿Cuál fue elresultado de lavotación en elCongreso deEstados Unidos?

UNIDAD 9

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Es importante señalar que México no verá los frutos pretendidos conla firma del tratado en su totalidad hasta transcurridos 15 años, que es eltiempo límite promedio para que el desarrollo de México se equipare al deotros dos países.

Con la firma del Tratado de LibreComercio se logró que aproximadamente el 70%de los productos mexicanos queden libres decuotas arancelarias, a diferencia de los de EstadosUnidos y Canadá, cuyo promedio de productosliberados fue del 40% para cada uno.

Además, es de considerar que con lafirma del TLC, que entró en vigor el 1° de enerode 1994, México no queda impedido para celebrartratados comerciales con otros países de laComunidad Europea, de manera individual eindependiente, los cuales sólo pueden negociarcon otros países que no sean de su comunidad,previa autorización de los demás miembros.

Se estableció que cualquiera de los países firmantes del TLC puedendarlo por terminado, manifestando su voluntad a las otras dos naciones, conseis meses de anticipación, por lo menos.

Ejercicio 2

1. ¿Cuándo entró en vigor el TLC?

a) El 2 de septiembre de 1991.b) El 18 de marzo de 1989.c) El 6 de septiembre de 1992.d) El 1° de enero de 1994.

¿Qué porcentajede productos entró

al TLC?

El TLC es un medio para generar

oportunidades de desarrollo para

el país y no para limitarlo

DERECHO LABORAL

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2. Uno de los productos que no se pactaron en el TLC fue:

a) El petróleo.b) El acero.c) El pesquero.d) El de vehículos.

9.3. Principales diferencias entre la legislación laboralde México, Estados Unidos de América y Canadá

Como hemos visto, la facultad para legislar en materia laboral en Méxicocorresponde a la Federación y no a las entidades federativas que la componen;es decir, ningún Congreso local o estatal puede emitir leyes en materia detrabajo, por lo tanto, esta facultad queda reservada de forma exclusiva a laFederación.

De igual manera, tanto Estados Unidos deNorteamérica como Canadá están formados porestados autónomos con facultades para legislaren asuntos de índole local, y por una federaciónque legisla en materia federal.

En Canadá, la ley en materia de trabajo es de responsabilidad"provincial", lo que significa que generalmente corresponde a cada provincia laregulación de la materia de trabajo. No obstante, la Federación tiene ciertasfacultades para la administración de asuntos "interprovinciales", es decir, aquellos

en los que se relacionan dos o más provincias, porejemplo, ferrocarriles, operación de autobuses,transporte camionero, sistemas de telefonía,sistemas de cable, transbordadores, transportaciónaérea, transmisión por radio y por televisión,sistema bancario, explotación de algunosminerales, etcétera.

¿Quiénes legislanen materia laboralen Canadá?

Las diferencias en materia laboral

son esenciales para formular

las reformas legales más adecuadas

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En Estados Unidos corresponde al

Congreso Federal legislar en materia laboral,

siempre que se trate de relaciones que impliquen

actividades "interestatales"; corresponde a los

estados la facultad para legislar en materia laboral

en tanto no se refieran a actividades interestatales,

sino de índole eminentemente local o estatal.

En México corresponde únicamente a la

Federación la expedición de leyes en materia

laboral; en consecuencia, las relaciones entre los

estados o el Distrito Federal también deben ser

reguladas por la misma ley, emitida por el

Congreso general.

Tabla 9.2.

Es importante considerar

las diferencias que existen entre

los países en materia de

legislación laboral

¿Quién legisla enmateria arancelariaen Estados Unidos?

Canadá

Poderfederal

Poder localo estatal

Poderfederal

Poder localo estatal

Poderfederal

Poder local

Materia laboralinterprovincial

Materia laboralen las provincias

Materia laboral (relativoa comercio interestatal)

Materia laborallocal

Facultad para legislaren materia laboral

Estados Unidosde América

México

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Tratándose de materia de sindicatos, es menesterreferir que en Canadá se han creado las denominadasunidades de contratación, que son el equivalente alos sindicatos, formados por el Consejo de RelacionesLaborales que corresponde a cada jurisdicción. Éstosfungen como representantes en negociaciones de

grupos específicos, es decir, la autorización de crear un sindicato obliga al patróny lo somete a negociar con él, colectivamente y de buena fe.

La autorización para la formación de sindicatos será otorgada por elconsejo cuando:

• Se advierta que la mayoría de los empleados de una unidad de trabajo son miembros del sindicato.

• Cuando se demuestre que la mayoría aprueba el sindicato, por medio de la votación directa.

En el caso de Estados Unidos, cuando se adviertela necesidad de la formación de un sindicato, quienespretenden formarlo pueden realizar una campañapor medio de la cual hagan del conocimiento de losdemás trabajadores las ventajas de su formación.De la misma forma, el patrón puede realizar sucampaña con el objeto de dar a conocer las

desventajas. De tal manera que si por lo menos el 30% de los trabajadoresaprueba la formación del sindicato, éste se formará, lo cual se decide através de la votación directa, obligatoria y secreta.

En México el derecho para la formación de lossindicatos está consagrada en el artículo 123constitucional. Sin embargo, para que puedafuncionar, es necesario que se inscriba en la Juntade Conciliación y Arbitraje correspondiente.Incluso, pueden formarse sindicatos no sólo detrabajadores, sino también de patrones; la ley

dispone únicamente como requisitos un mínimo de 20 trabajadores o detres patrones, según sea el caso, además de que su formación sea con elobjeto de estudiar, mejorar y proteger los intereses de sus miembros. Además,el patrón queda obligado a la celebración del contrato colectivo con elsindicato, una vez que tiene conocimiento de su formación.

¿Cómose regulanlos sindicatosde Canadá?

¿Cómo seforman los sindi-catos en EstadosUnidos?

La formación de los sindicatos

en México tienen requisitos

diferentes a otros países

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Respecto al derecho de huelga, lasdiferencias son aún más notorias; por ejemplo, enCanadá esta figura está prohibida en tanto seencuentre vigente el contrato colectivo de trabajo,además es obligación someterse al arbitraje enmateria de litigios relacionados con estos contratos.Puede, sin embargo, recurrirse a la huelga cuandodichos contratos no estén vigentes, pero cadajurisdicción impone distintos requisitos a los trabajadores para estallar la huelgay éstos van desde la conciliación hasta la notificación al patrón de la fecha yhora del paro de labores.

En Estados Unidos sí está permitida la huelga, pues la ley que resultaaplicable, es decir, la Ley Nacional de Relaciones Laborales, no prevé prohibiciónal respecto durante el periodo del contrato colectivo de trabajo. No obstante,las empresas pueden incluir una cláusula en el contrato para pactar la no huelga.Ahora bien, en caso de declararse en huelga, es requisito que los trabajadoresden aviso al patrón con 60 días de anticipación, por lo menos, tratándose dehuelgas que tengan por objeto la revisión o celebración de contrato colectivode trabajo. Sin embargo, existen otros tipos de huelga, como es el caso de lasque se declaran para apoyar otras huelgas, o bien tienen por objeto protestarpor condiciones injustas o peligrosas de trabajo, respecto de las cuales no existeobligación de los trabajadores de avisar al patrón.

En México, como hemos mencionado más detalladamente en lasunidades anteriores, la ley prevé el derecho de huelga y confiere su titularidada la coalición de trabajadores, debiendo notificar al patrón, con anticipación alestallamiento de la huelga, a través de la autoridad competente, que en estecaso es la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Ahora bien, tanto en Estados Unidos comoen Canadá no está prohibida la utilización de"sustitutos" en caso de que los trabajadoresdeclaren la huelga, excepto en Quebec, peroindefectiblemente tienen derecho a pedir que seles reinstale en el puesto que venían desempeñandoantes de la declaración de huelga, cuyos trámites yrequisitos varían en cada jurisdicción.

¿En qué casos sepuede sustituir alos huelguistas?

¿Qué diferenciasexisten con respec-

to al derecho dehuelga?

DERECHO LABORAL

258

En México está prohibida la "sustitución" de los huelguistas portrabajadores eventuales, excepto cuando deben prestarse servicios de urgenciadurante la huelga; o bien, tratándose de empresas concesionarias de serviciospúblicos exclusivos del Estado puede efectuarse la sustitución de los huelguistasa través de la figura denominada "requisa", por virtud de la cual el Estado debeofrecer los servicios públicos de necesidad urgente. Tal es el caso del transportepúblico o el servicio de telefonía, en donde en caso de huelga se utiliza larequisa para garantizar que la colectividad no carezca de este servicio.

Existe otro punto en el cual se diferenciannotablemente las legislaciones de México, EstadosUnidos y Canadá; la relativa seguridad y salud.

En Estados Unidos y Canadá los gobiernos de losestados o provincias tienen la facultad de legislaren materia de seguridad y salud, en tanto que enMéxico esta atribución se encuentra reservada ala Federación y está prevista en los artículos del

504 al 512 de la Ley Federal del Trabajo vigente. Sin embargo, en EstadosUnidos los gobiernos estatales deben coordinarse con la Federación para lareglamentación detallada de la materia y su ejecución, creándose así las llamadasLey de Seguridad y Salud Ocupacional y la Norma de Comunicación y RiesgoQuímico, entre otras. En Canadá, en cambio, las disposiciones son muchas ymuy variadas; de hecho cada provincia ejerce su jurisdicción en esta materia.

Por último, en materia de salarios mínimos tambiénexisten marcadas diferencias entre las legislacionesde los tres países; en Canadá, por ejemplo, lossalarios mínimos son fijados por cada provincia,considerando la "sugerencia" del Consejo deSalarios Mínimos, quien debe tomar en cuentadiversos efectos sociales y económicos para fijar

el monto del salario, así como las necesidades vitales de un trabajador, comotransporte, salud, alimentos, vestido, alojamiento, etcétera.

En Estados Unidos, el salario mínimo es fijado por la Ley de NormasLaborales Justas, de 1938, en donde se considera que el salario mínimo por ellafijado, es suficiente para el mantenimiento y satisfacción de las necesidadesbásicas de un trabajador.

¿Existendiferencias legalesen materia deseguridad y saludentre México,EU y Canadá?

¿Quién determinalos salariosmínimosen Canadáy Estados Unidos?

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En México es fijado por la Comisión Nacional de Salarios Mínimosque, como ya mencionamos, está formada de manera tripartita, es decir, conrepresentantes de los trabajadores, de los patrones y del gobierno.

La aplicación es obligatoria en toda la República, dividida en tres zonasA, B y C, a las que corresponden salarios mínimos ligeramente distintos; yaunque la Constitución de nuestro país establece que el salario mínimo de lostrabajadores en México debe ser suficiente para satisfacer las necesidadesbásicas materiales, sociales y culturales de un trabajador y de sus familias,además de proporcionar la educación obligatoria a los hijos, en la realidad distamucho de cumplirse este precepto.

Ejercicio 3

1. En México corresponde legislar en materia de trabajo:

a) A la Federación.b) A los estados.c) A los municipios.d) A los gobernadores.

2. En Canadá, la materia de trabajo se considera:

a) De facultad federal exclusiva.b) De responsabilidad provincial.c) De responsabilidad intersecretarial.d) De facultad municipal.

3. En Canadá, los sindicatos son formados por el:

a) Primer ministro.b) Consejo Nacional de Salarios Mínimos.c) Consejo de Sindicatos.d) Consejo de Relaciones Laborales.

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260

9.4. Acuerdo paralelo laboral al Tratado

de Libre Comercio

Como recordarás, mencionamos que existieron ciertos obstáculos parala celebración del Tratado de Libre Comercio; de hecho, el presidente W. Clintonse pronunció por la celebración de "acuerdos paralelos" en materias laboral yecológica, aduciendo que no podían quedar contenidas en el tratado, pero sí de

manera accesoria en los "acuerdos", debido a laimportancia y efectos que produciría en lostrabajadores estadunidenses.

El acuerdo laboral está dividido en siete partes yun preámbulo; en dicho acuerdo los tres paísescoincidieron en los siguientes cuatro puntosbásicos:

• La creación de un mercado más amplio y seguro para los bienes y servicios producidos en sus territorios.

• Estimular la competencia entre las empresas en un mercado globalizado.• Mejorar las condiciones de trabajo y crear nuevas oportunidades de empleo.

• La protección y ampliación de los derechos de los trabajadores.

En cuanto a las siete partes, se refieren medularmente a lo siguiente:

I. Objetivos del acuerdo:

1. Mejorar las condiciones de trabajo y niveles de vida de los trabajadores.2. Promover los siguientes principios:

• Libertad de asociación y protección del derecho a organizarse.• Derecho a la negociación colectiva.• Derecho de huelga.• Prohibición del trabajo forzado.• Restricciones sobre el trabajo de menores.• Condiciones mínimas de trabajo.

Además del TLC se han

realizado otros acuerdos

paralelos para incluir

otros aspectos importantes

para ambos países

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261

g) Eliminación de la discriminación en el empleo.h) Salario igual para hombres y mujeres.i) Prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales.j) Indemnización en los casos de lesiones de trabajo y enfermedades

ocupacionales.k) Protección de los derechos migratorios.

3. Estimular la cooperación para promover la innovación, así comoniveles de productividad y calidad crecientes.

4. Alentar la publicación y el intercambio de información, desarrollo ycoordinación de estadísticas y de estudios.

5. Realizar actividades de cooperación en materia de trabajo para elbeneficio mutuo.

6. Promover la aplicación y observación de la ley laboral para cadauna de las partes.

7. Promover la transparencia en la administración de la legislación enmateria de trabajo.

II. Obligaciones de las partes:

1. Medidas gubernamentales para la aplicación de la legislación laboral:

a) Nombrar y capacitar inspectores.b) Investigación de violaciones y cumplimiento de las leyes, mediante

visitas de inspección.c) Promesas de cumplimiento voluntario de la legislación.d) Requerir registros e informes.e) Establecer comisiones obrero-patronales para tratar sobre

reglamentación laboral en la empresa.f ) Uso de servicios de mediación, conciliación y arbitraje.g) Procedimientos para sancionar violaciones a la ley.

2. Acceso a los tribunales administrativos, cuasi judiciales y judicialesdel trabajo.

3. Garantías procesales:a) Que el procedimiento cumpla con todo lo previsto en ley.

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b) Audiencias públicas, excepto cuando el juzgador disponga locontrario.

c) Las partes tendrán derecho a la aportación de sus pruebas,posiciones y alegatos.

d) Que los procedimientos no sean innecesariamente complicados,que impliquen costos o plazos excesivos, o demoras injustificadas.

4. Las partes promoverán la publicación e información pública de sulegislación laboral.

III. Creación de la Comisión para la Cooperación Laboral, la cual debeestar integrada por un consejo ministerial y un secretariado, con la colaboraciónde la Oficina Administrativa Nacional de cada una de las partes.

IV. Consultas y Evaluaciones para la Cooperación; tiene por objetolograr el consenso sobre la interpretación y aplicación del acuerdo.

V. Solución de controversias; debe formarse un panel que se ajustará a unprocedimiento especial con facultades para consultar y emitir un informe final.

VI. Disposiciones generales; se determina que ninguna de las partespodrá interpretar las disposiciones del acuerdo, en el sentido de otorgarderecho a las autoridades de una de las partes para que aplique la legislaciónlaboral en territorio de otra ni podrán emitirse disposiciones internas quecontravengan el acuerdo.

VII. Disposiciones finales, el acuerdo entrará en vigor inmediatamentedespués de la entrada en vigor del TLC, es decir, el 1° de enero de 1994.Además se prevé que podrá incorporarse al acuerdo cualquier otro país, siempreque se sujete a los términos y condiciones convenidos.

Como se advierte, el acuerdo paralelo en materia laboral no varió ennada la legislación mexicana laboral y tampoco la de los otros dos países,aparentemente sólo se concretó a determinar que tratándose de materia laboralse ratifican parte de los derechos vigentes en cada país. Al decir del maestroBaltasar Cavazos: "El acuerdo paralelo laboral no modificó en nada ninguna delas legislaciones laborales de México, Estados Unidos y Canadá, y realmentepuede considerarse como superfluo e irrelevante, ya que en última instancia

UNIDAD 9

263

podría afirmarse que fue la consecuencia del deseo de última hora de los trespaíses de que entrara en vigor el Tratado de Libre Comercio".1

Ejercicio 4

1. Es uno de los puntos del preámbulo del acuerdo:

a) Derecho de huelga.b) Proteger los derechos básicos de los trabajadores.c) Indemnización por lesiones.d) Condiciones mínimas de trabajo.

2. Es una garantía procesal del acuerdo:

a) Que los procedimientos no sean complicados.b) Que se emita un informe del arbitraje.c) Que se otorgue fianza.d) Que se indemnice por despido.

3. Es un órgano de la Comisión para la Cooperación Laboral:

a) Junta de Conciliación.b) Junta de Conciliación y Arbitraje.c) Consejo Ministerial.d) Consejo de controversias.

9.5. Futuro del derecho del trabajo

Es claro que el derecho laboral mexicano no se ajusta a lasnecesidades actuales de las relaciones laborales; además, los regímenesvigentes en Estados Unidos y Canadá tienen marcadas diferencias con lalegislación laboral mexicana.

1 Baltasar Cavazos Flores, Hacia un nuevo derecho laboral, p. 421.

DERECHO LABORAL

264

Sin embargo, es posible que se pueda aplicar la legislación actual a losconflictos que surgieran entre trabajadores mexicanos y patrones estadunidenses,pues quedó demostrado que por virtud del acuerdo laboral debe existir unsometimiento a la ley del país donde se celebró el contrato.

No obstante, es menester referir que la ley laboralmexicana necesita cambios para adaptarse y hacer máseficaces, tanto el acuerdo en materia laboral como elpropio Tratado de Libre Comercio.

Todos los sectores pugnan por un cambio paulatino enel sistema jurídico laboral mexicano; sin embargo, pocas veces son escuchadospor quienes están a cargo de reformar la ley.

El empresario o patrón pretende que sea la oferta y las demanda lasque determinen las condiciones laborales, de tal manera que no sea una comisióno cualquier otro ente público el que fije los salarios mínimos, que a fin de cuentasno son suficientes para satisfacer las necesidades de los trabajadores,argumentando que la globalización así lo exige. Por su parte, los trabajadoresdefenderán a ultranza sus derechos.

Ante la apertura de las fronteras con Norteamérica esobvio que deben desaparecer figuras que en nadabenefician a los patrones ni a los trabajadores, y tampocoal Estado, tal es el caso de los denominados "contratosley", que finalmente no son contratos ni ley yposiblemente afecten de forma negativa la creación de

nuevas empresas de Estados Unidos o Canadá, con la consecuente afectacióna la fuerza laboral mexicana.

En consecuencia, si se pretende que el derecho laboral mexicano seaplique con buenos resultados a los conflictos que surjan por la interpretaciónde contratos, protección de los derechos de las partes, etcétera, resultaindispensable su reforma paulatina, escuchando en todo momento las opinionesde los sectores afectados y no pretendiendo teóricamente la solución unilateraldel conflicto.

¿Por qué debemodificarsela ley laboralmexicana?

¿En quéaspectos debereformarse laley laboral?

UNIDAD 9

265

9.6. Principios de la nueva cultura laboral

Como conclusión del presente capítulo, podemos afirmar que actualmenteel derecho laboral mexicano ya no se ajusta al modelo evolucionado y prácticode la sociedad para satisfacer sus necesidades.

El derecho laboral debe ser modificado paulatinamente, a fin de que seactualice y cumpla con las demandas de una dinámica distinta a la queoriginalmente obedeció su creación.

El acuerdo paralelo en materia laboral firmado con Canadá y EstadosUnidos no obliga a México a una reforma legislativa integral, pero es evidenteque las condiciones no son las mismas. Ahora nos enfrentamos a empresastransnacionales, consorcios comerciales e industriales en los quetradicionalmente se ha contratado trabajadores en condiciones muy distintas alas usuales en nuestro país.

Como un intento serio y comprometido de lostrabajadores y patrones del país, así como laautoridad gubernamental del trabajo, se firmó en laCiudad de México un acuerdo denominadoPrincipios de la Nueva Cultura Laboral, el 13 deagosto de 1996, redactado por la Comisión Centraldel Diálogo hacia una Nueva Cultura Laboral,integrada por ambos sectores.

En dicho acuerdo se contienen distintas disposiciones divididas encinco grupos:

1. Objetivos centrales.2. Principios básicos de equidad. Trata del apego estricto a la ley en

materia de resolución de controversias, además de generar yfomentar una nueva cultura de productividad y calidad, con el objetode hacer más competitivos los bienes o servicios de la empresa ycon ello mejorar el nivel de vida de trabajadores y mayor utilidadpara el patrón.

¿En qué consiste elconvenio de nueva

cultura laboral?

DERECHO LABORAL

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3. Principios de ética en las relaciones laborales. Capítulo en el que seconsidera que las relaciones laborales deben estar basadas en losprincipios de buena fe y constituyen un verdadero código de conducta,en un intento por mejorar las condiciones en que se celebran ydesarrollan las relaciones laborales.

4. Principios en materia de derechos laborales y procuración eimpartición de justicia laboral; el cual contiene principios comoformular propuestas orientadas a fomentar el respeto del ejerciciolibre del derecho laboral, fortalecer y mejorar la impartición de justicia,haciéndola más pronta y expedita, además de mejorar los serviciosde asesoría gratuita a los trabajadores.

5. Principios en materia económica, el cual contiene dos capítulos:a) consideraciones generales y b) consideraciones en materia deeducación, capacitación y productividad. En este capítulo las partesconsideran de manera particular la necesidad de fomentar la creaciónde empleos y pretenden incentivar la capacitación y adiestramiento delos trabajadores, pues es uno de los puntos importantes paragarantizar el empleo permanente.

En manos de estos sectores está la ejecución, aplicación y evolucióndel convenio mencionado, además constituye la obligada llamada de atenciónal Estado para que inicie unilateralmente, o se integre a las propuestas yprogramas de desarrollo para hacer más competitiva la empresa mexicanaante el TLC.

En cualquier supuesto, lo cierto es que la firma del TLC y del acuerdoparalelo laboral traerán como consecuencia mayor desarrollo industrial y,lógicamente, mayores oportunidades de empleo para el trabajador mexicanocon la esperanza de mejorar su nivel de vida.

Ejercicio 5

1. El acuerdo Principios de la Nueva Cultura Laboral se firmó el:

a) 20 de septiembre de 1995.b) 14 de mayo de 1997.

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c) 13 de agosto de 1996.d) 20 de febrero de 1996.

2. Es uno de los principios en materia económica contenidos en elconvenio:

a) Consideraciones en materia de capacitación y productividad.b) Consideraciones en materia de seguridad social.c) Consideraciones en materia de indemnizaciones por accidentes.d) Consideraciones en materia de despido.

Actividades recomendadas

1. A fin de obtener una apreciación más analítica sobre el acuerdo paraleloen materia laboral, acude al Banco del Comercio Exterior (Bancomext) e indaga sobrelas consecuencias que ha tenido el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidosen materia laboral. Con el análisis efectuado, comprueba si realmente ha generadobeneficios a los trabajadores mexicanos y a nuestro país en su conjunto.

Autoevaluación

1. Los tratados internacionales celebrados por México tienen la mismajerarquía que:

a) La Constitución.b) Las leyes federales.c) Las leyes locales.d) Las leyes municipales.

2. Uno de los objetos del Tratado de Libre Comercio es:

a) Fomentar el empleo.b) Evitar la quiebra de las empresas.

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c) Crear empresas más grandes.d) Reducir barreras arancelarias.

3. La reducción de las barreras arancelarias mediante el Tratado deLibre Comercio se pactó de manera:

a) Inmediata.b) Paulatina.c) Eventual.d) Diferida.

4. El Tratado de Libre Comercio entró en vigencia en:

a) 1980.b) 1985.c) 1994.d) Aún no entra en vigor.

5. Son materias en los acuerdos paralelos al Tratado de Libre Comercio:

a) Laboral y marítima.b) Laboral y ecológica.c) Marítima y ecológica.d) Marítima y mineral.

6. En materia de petróleo:

a) Se negoció en el Tratado de Libre Comercio conforme a la ley.b) Se convino que el comercio sería paulatino.c) Se excluyó del Tratado de Libre Comercio.d) Se obligó a la comercialización inmediata.

7. En Canadá la federación legisla en materia laboral para asuntos:

a) Federales.b) Federales y estatales.c) Interprovinciales.d) Municipales.

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8. En Canadá son equivalentes a los sindicatos mexicanos:

a) Sectores de Administración.b) Instituciones de Concentración.c) Unidades de Contratación.d) Consejos Laborales.

9. En Estados Unidos se puede pactar la no huelga:

a) No.b) Sólo cuando es necesaria.c) Con autorización del Estado.d) Sí, en el contrato.

10. En Estados Unidos el salario mínimo es fijado por:

a) La Ley de Normas Laborales Justas.b) La Constitución.c) La Ley del Trabajo y Salario.d) La costumbre.

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Respuestas a los ejercicios

1. c)2. c)

1. d)2. a)

1. a)2. b)3. d)

1. b)2. a)3. c)

1. c)2. a)

Ej. 1

Ej. 2

Ej. 3

Ej. 4

Ej. 5

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Respuestas a la autoevaluación:

1. b)2. d)3. b)4. c)5. b)6. c)7. c)8. c)9. d)10. a)

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Bibliografía

CANTON Moller, MiguelDerecho del trabajo burocrático, 2a. ed.México, Pac, 1991.

CAVAZOS Flores, BaltasarHacia un nuevo derecho laboralMéxico, Trillas, 1998.

CAVAZOS Flores, BaltasarNueva Ley Federal del Trabajo. Tematizada y sistematizada, 8a. ed.México, Trillas, 1980.

Constitución Política de los Estados Unidos MexicanosMéxico, Porrúa, 1999.

Ley Federal del TrabajoMéxico, ISEF, 1998

INITEDerecho laboralMéxico, INITE, 1998