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) IES Bergidum Flavium Cacabelos (León) PROPUESTA CURRICULAR EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y BACHILLERATO Curso 2019-2020 Informada por el Consejo Escolar el día 28 de octubre de 2019 Aprobada por el Claustro de Profesores el día 24 de octubre de 2019

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)

IES Bergidum Flavium

Cacabelos (León)

PROPUESTA CURRICULAR

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Y BACHILLERATO

Curso 2019-2020

Informada por el Consejo Escolar el día 28 de octubre de 2019 Aprobada por el Claustro de Profesores el día 24 de octubre de 2019

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ÍNDICE

1 Introducción .......................................................................................................................... 3

2 Marco normativo ................................................................................................................... 4

3 Adecuación y concreción de los objetivos de la educación secundaria obligatoria de acuerdo con lo establecido en el proyecto educativo. .................................. 6

4 Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cada materia y curso, desarrollando y complementando los establecidos en las Órdenes EDU/362/2015 y EDU/363/2015 ........................................ 9

5 Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos ......................... 10

6 Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios de curso .............................................................................................................. 12

7 Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular ............................................. 13

8 Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en cuenta las adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas especiales ..................................................................................... 14

9 Criterios de promoción del alumnado en el marco de lo establecido en la normativa vigente ............................................................................................................... 18

10 Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de los alumnos con materias pendientes de otros cursos ............................ 24

11 Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre ........................................... 26

12 Programaciones didácticas de materia y curso ................................................................... 27

13 Oferta educativa .................................................................................................................. 28

14 Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular.............................................................................................................................. 39

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1 INTRODUCCIÓN La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, dedica el capítulo III del título I a la regulación de la Educación Secundaria Obligatoria y el capítulo IV del mismo título a la regulación del Bachillerato. Posteriormente, el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato como desarrollo de las citadas leyes. Por su parte, la comunidad autónoma de Castilla y León a través de la ordenes EDU/362/2015, y EDU/363/2015, ambas de 4 de mayo, establece el currículo y regula la implantación, evaluación y desarrollo tanto de la educación secundaria obligatoria como del bachillerato, respectivamente, en la Comunidad de Castilla y León. El artículo 17.1 de la Orden EDU/362/2015 y el artículo 20.1 de la Orden EDU/363/2015 regulan el alcance y el contenido de las propuestas curriculares de ambas etapas educativas. En este sentido, ambos artículos establecen, de manera prácticamente similar, tanto para la educación secundaria obligatoria como para el bachillerato, que: El equipo directivo del centro, de acuerdo con las directrices propuestas por la Comisión de Coordinación Pedagógica, establecerá las actuaciones precisas para que el claustro de profesores, a partir del currículo establecido en esta orden, concrete la propuesta curricular del centro. Ésta formará parte del proyecto educativo e incluirá, al menos, los siguientes elementos: a) Adecuación y concreción de los objetivos de la educación secundaria obligatoria y del

bachillerato de acuerdo con lo establecido en el proyecto educativo. b) Contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables

correspondientes a cada materia y curso, desarrollando y complementando los establecidos en los Anexos I.B, I.C y, en su caso, I.D de esta orden.

c) Decisiones de carácter general sobre métodos pedagógicos y didácticos. d) Criterios para el agrupamiento del alumnado, así como para la organización y horarios de

curso. e) Criterios de selección de materiales de desarrollo curricular. f) Criterios generales de evaluación de los aprendizajes del alumnado, teniendo en cuenta las

adaptaciones realizadas para el alumnado con necesidades educativas especiales en la educación secundaria obligatoria.

g) Criterios de promoción del alumnado en el marco de lo establecido en el artículo 36 de la Orden EDU/362/2015, de 4 de mayo y en el artículo33 de la Orden EDU/363/2015, de 4 de mayo.

h) Criterios generales para la atención de las actividades de evaluación y recuperación de los alumnos con materias pendientes de otros cursos.

i) Orientaciones para incorporar los elementos transversales establecidos en el artículo 6 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.

j) Programaciones didácticas de materia y curso. k) Criterios y procedimientos para la evaluación anual de la propuesta curricular.

Además establece que la propuesta curricular debe ser informada por el Consejo Escolar del centro y aprobada por el Claustro de Profesores.

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2 MARCO NORMATIVO LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (B.O.E. de 4 de mayo de 2006). DECRETO 51/2007, de 17 de mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo, y se establecen las normas de convivencia y disciplina en los Centros Educativos de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 23 de mayo de 2007) ORDEN EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 2 de julio de 2012) LEY ORGÁNICA 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (B.O.E. de 10 de diciembre de 2013). DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León (B.O.C. y L. de 13 de junio de 2014) REAL DECRETO 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato (B.O.E. de 3 de enero de 2015). ORDEN ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y el bachillerato (B.O.E. de 29 de enero de 2015). ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León (B.O.C. y L. de 8 de mayo de 2015). ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León (B.O.C. y L. de 8 de mayo de 2015). INSTRUCCION de 22 de junio de 2015, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se unifican determinados aspectos relacionados con la puesta en funcionamiento de los programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento de la educación secundaria o en el curso 2015-2016 en la Comunidad de Castilla y León. ORDEN EDU/286/2016, de 12 de abril, por la que se concreta el período de vigencia de los libros de texto en las enseñanzas de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 15 de abril de 2016) ORDEN EDU/590/2016, de 23 de junio, por la que se concretan los Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento que se desarrollan en los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León y se regula su puesta en

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funcionamiento y el procedimiento para la incorporación del alumnado. (B.O.C. y L. de 28 de junio de 2016) ORDEN EDU/590/2016, de 23 de junio, por la que se concretan los Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento que se desarrollan en los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León y se regula su puesta en funcionamiento y el procedimiento para la incorporación del alumnado. (B.O.C. y L. de 28 de junio de 2016). REAL DECRETO 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato (B.O.E. de 30 de julio de 2016). REAL DECRETO 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. (B.O.E. de 3 de junio de 2017) RESOLUCION de 29 de junio de 2017, de la Dirección General de Política Educativa Escolar, por la que se dispone la publicación de la Instrucción de 28 de junio de 2017 de esta Dirección General, por la que se unifican las actuaciones de los centros docentes que imparten enseñanzas no universitarias en Castilla y León correspondientes al inicio del curso escolar 2017/2018. (B.O.C. y L. de 7 de julio de 2017) Orden EDU/692/2017, de 18 de agosto, por la que se modifica la ORDEN EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León. (B.O.C. y L. de 29 de agosto de 2017)

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3 ADECUACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA Y DEL BACHILLERATO DE ACUERDO CON LO ESTABLECIDO EN EL PROYECTO EDUCATIVO

El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato define objetivos como:

“los referentes relativos a los logros que el estudiante debe alcanzar al finalizar cada etapa, como resultado de las experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas a

tal fin”. En este sentido, el artículo 11 del citado Real Decreto 1105/2014, determina los objetivos de la educación secundaria obligatoria. OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA La Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan: a) Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los

demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.

b) Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal.

c) Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer.

d) Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.

e) Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.

f) Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia.

g) Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.

h) Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana y, si la hubiere, en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.

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i) Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.

j) Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así como el patrimonio artístico y cultural.

k) Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora.

l) Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.

Y el artículo 25 del mismo Real Decreto 1105/2014 determina los objetivos del bachillerato. OBJETIVOS DEL BACHILLERATO El Bachillerato contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan: a) Ejercer la ciudadanía democrática, desde una perspectiva global, y adquirir una

conciencia cívica responsable, inspirada por los valores de la Constitución española así como por los derechos humanos, que fomente la corresponsabilidad en la construcción de una sociedad justa y equitativa.

b) Consolidar una madurez personal y social que les permita actuar de forma responsable y autónoma y desarrollar su espíritu crítico. Prever y resolver pacíficamente los conflictos personales, familiares y sociales.

c) Fomentar la igualdad efectiva de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres, analizar y valorar críticamente las desigualdades y discriminaciones existentes, y en particular la violencia contra la mujer e impulsar la igualdad real y la no discriminación de las personas por cualquier condición o circunstancia personal o social, con atención especial a las personas con discapacidad.

d) Afianzar los hábitos de lectura, estudio y disciplina, como condiciones necesarias para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje, y como medio de desarrollo personal.

e) Dominar, tanto en su expresión oral como escrita, la lengua castellana y, en su caso, la lengua cooficial de su Comunidad Autónoma.

f) Expresarse con fluidez y corrección en una o más lenguas extranjeras.

g) Utilizar con solvencia y responsabilidad las tecnologías de la información y la comunicación.

h) Conocer y valorar críticamente las realidades del mundo contemporáneo, sus antecedentes históricos y los principales factores de su evolución. Participar de forma solidaria en el desarrollo y mejora de su entorno social.

i) Acceder a los conocimientos científicos y tecnológicos fundamentales y dominar las habilidades básicas propias de la modalidad elegida.

j) Comprender los elementos y procedimientos fundamentales de la investigación y de los métodos científicos. Conocer y valorar de forma crítica la contribución de la ciencia y la tecnología en el cambio de las condiciones de vida, así como afianzar la sensibilidad y el respeto hacia el medio ambiente.

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k) Afianzar el espíritu emprendedor con actitudes de creatividad, flexibilidad, iniciativa, trabajo en equipo, confianza en uno mismo y sentido crítico.

l) Desarrollar la sensibilidad artística y literaria, así como el criterio estético, como fuentes de formación y enriquecimiento cultural.

m) Utilizar la educación física y el deporte para favorecer el desarrollo personal y social.

n) Afianzar actitudes de respeto y prevención en el ámbito de la seguridad vial.

Teniendo en cuenta las señas de identidad del IES Bergidum Flavium, recogidas en la introducción del Proyecto Educativo y teniendo presentes los objetivos establecidos para la Educación Secundaria Obligatoria y para el Bachillerato por el Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, podemos establecer los siguientes OBJETIVOS EDUCATIVOS DEL IES BERGIDUM FLAVIUM: ● Impartir una educación de calidad para todo el alumnado, independientemente de sus

condiciones y circunstancias.

● Garantizar la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actuar como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.

● Transmitir y poner en práctica valores que favorezcan la libertad personal, la responsabilidad, la ciudadanía democrática, la solidaridad, la tolerancia, la igualdad, el respeto y la justicia y que ayuden a superar cualquier tipo de discriminación.

● Adecuar la educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.

● Orientar educativa y profesionalmente a nuestros estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores.

● Integrar a toda la comunidad educativa en la organización, gobierno y funcionamiento del Centro.

● Educar para la prevención de conflictos y para la resolución pacífica de los mismos y la no violencia en todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.

● Desarrollar la igualdad de derechos y oportunidades y el fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.

● Fomentar la competencia digital a través del uso responsable de las TIC participando en proyectos colaborativos (propios o ajenos) en los que se haga efectivo su uso.

● Promover la participación en proyectos educativos que impliquen el desarrollo de los contenidos transversales y de las competencias básicas de una forma preferentemente interdisciplinar y cooperativa.

● Formar a nuestros estudiantes en el compromiso de la responsabilidad medioambiental de cara a que sean ciudadanos concienciados y responsables frente a los severos problemas ambientales de nuestra época.

● Facilitar el conocimiento del entorno cercano a través de actividades como el senderismo y las excursiones, de manera que ello promueva el disfrute y el respeto por el medio natural.

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CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EVALUABLES CORRESPONDIENTES A CADA MATERIA Y CURSO, DESARROLLANDO Y COMPLEMENTANDO LOS ESTABLECIDOS EN LAS ÓRDENES EDU/362/2015 y EDU/363/ 2015

Los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a cada materia y curso, que desarrollan y complementan los establecidos en las ordenes EDU/362/2015 y EDU/363/ 2015, se encuentran formando parte de las Programaciones Didácticas de cada uno de los Departamentos de Coordinación Didáctica, programaciones que se incluyen como ANEXO I a esta Propuesta Curricular.

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5 DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE MÉTODOS PEDAGÓGICOS Y DIDÁCTICOS

Entendemos por METODOLOGÍA DIDÁCTICA el conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, de manera consciente y reflexiva, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos. En la actualidad consideramos que existe un consenso general acerca de la necesidad del uso de una METODOLOGÍA ACTIVA, es decir, en apoyarse en estructuras de aprendizaje cooperativo, de forma que, a través de la resolución conjunta de las tareas, los miembros del grupo conozcan las estrategias utilizadas por sus compañeros y puedan aplicarlas a situaciones similares facilitando los procesos de generalización y de transferencia de los aprendizajes. También hay acuerdo en aceptar que el alumno construye los aprendizajes con la ayuda del profesor como mediador y que se tienen que respetar los diferentes ritmos del alumno. Por otro lado, la motivación y curiosidad de los alumnos por aprender es una variable determinante en el éxito escolar. En cambio, la pasividad y el aburrimiento contribuyen a producir el efecto contrario. Por eso la actividad y la participación de los alumnos en el proceso contribuyen a dinamizar el mismo y a mejorar la calidad de los aprendizajes. Por otro lado, la complejidad del mundo en que vivimos exige a los ciudadanos la autonomía intelectual necesaria para progresar sin estímulos externos. Esta situación demanda una metodología que permita desarrollar técnicas pedagógicas motivadoras. La finalidad principal de las actividades educativas será que los alumnos adquieran mecanismos de aprendizaje que les faculten para enfrentarse a situaciones nuevas, más allá del ámbito académico. Han de ser conscientes de que todos los contenidos de aprendizaje son necesarios, aunque no les vean su utilidad inmediata. Para evitar esto, el profesor debe proponer actividades que tengan como referente situaciones cotidianas próximas al alumno. Teniendo en cuenta esto, se destacan a continuación los principios metodológicos considerados actualmente deseables en la tarea docente de los profesores:

1 FOMENTAR EL INTERÉS DE LOS ALUMNOS POR EL APRENDIZAJE

• Actividades atractivas y que les produzcan curiosidad por saber y una actitud crítica e investigadora, que será la base de su formación y de la adquisición de nuevos aprendizajes.

• Los contenidos deben ser contextualizados, en la medida de lo posible, para hacerlos cercanos a los intereses de los estudiantes y para que ellos descubran la utilidad del aprendizaje.

• La utilización de recursos didácticos variados, dando un papel protagonista a las herramientas TIC.

• La demanda de colaboración de los alumnos en el diseño y evaluación de su aprendizaje.

2 LA ACTUACIÓN DEL PROFESORADO

• Los profesores se preocuparán por conocer las causas de las dificultades de aprendizaje y tratarán buscarán soluciones.

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• El material utilizado será de dificultad variable para adecuar el ritmo a la capacidad de formación de cada alumno, de forma que se tenga en cuenta la heterogeneidad del grupo, especialmente en la ESO.

• Se potenciará el que grupos de profesores, de las mismas o distintas materias experimenten formas flexibles de organización de aula, de los espacios, de la actividad, del uso de los recursos y del tiempo lectivo. Estas experiencias serán conocidas y, en todo caso, autorizadas por el Consejo Escolar y la CCP.

• Se concederá especial relieve a la planificación y ejecución de tareas en grupo, la toma de decisiones en conjunto, etc. Esto servirá para favorecer la cooperación, el intercambio, la confrontación de opiniones, el debate intelectual y la actitud no discriminatoria, de forma que revierta en el entorno y en la convivencia de todos los miembros de la comunidad educativa.

• También se realizarán actividades que faciliten el trabajo autónomo de los alumnos y potencien el desarrollo de destrezas intelectuales que les ayuden a aprender por sí mismos.

• El profesor facilitará a los alumnos la construcción de su propio aprendizaje proponiendo actividades que permitan establecer relaciones entre los conocimientos y experiencias previas y los nuevos contenidos y atender así a la diversidad de intereses y capacidades de los alumnos.

• Las relaciones profesor-alumno estarán basadas en la confianza mutua, el respeto, el trabajo y la colaboración, que afirman la autoconfianza del alumno y su capacidad de aprender.

• El instituto propiciará la difusión de los resultados de las actividades de innovación pedagógica de la comunidad educativa.

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6 CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO, ASÍ COMO PARA LA ORGANIZACIÓN Y HORARIOS DE CURSO

Criterios para el agrupamiento del alumnado A la hora de agrupar a los alumnos de un mismo nivel en los diferentes grupos-aula, se procurará la homogeneidad entre los distintos grupos-aula y no la homogeneidad interna de los alumnos de cada uno de ellos. Dicho de otro modo, se buscará un reparto lo más equitativo posible de todas las tipologías de alumnado entre todos los grupos de cada nivel educativo. Criterios para la organización del curso y la elaboración de horarios Los criterios para la elaboración de horarios se ajustan a lo dispuesto en las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria (Orden ECD/3388/2003, de 27 de noviembre, por la que se modifica y amplía la Orden de 29 de junio de 1994, por la que se aprueban las Instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de los Institutos de Educación Secundaria, modificada por la Orden de 29 de febrero de 1996 («B.O.E.» de 5 de diciembre de 2003), así como lo dispuesto en la ORDEN EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León y en la Orden EDU/692/2017, de 18 de agosto, por la que se modifica la ORDEN EDU/491/2012, de 27 de junio, por la que se concretan las medidas urgentes de racionalización del gasto público en el ámbito de los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad de Castilla y León. No obstante, además de esos criterios generales, a la hora de configurar los horarios del centro se tendrán en cuenta, en primer lugar, los siguientes criterios pedagógicos relacionados con el horario de los estudiantes: ● Los horarios de las asignaturas deben ser variados respecto a la franja horaria en la que

se imparten. No debe ocurrir que una asignatura se imparta todos los días a primera hora de la mañana o todos los días a última hora.

● Una asignatura que cuente con dos horas de docencia a la semana, no deberá ser impartida en dos días consecutivos.

● Se establecerán conexiones horarias entre las horas de atención específica a los alumnos con necesidades educativas especiales y a los alumnos de compensatoria con las horas de Matemáticas y Lengua.

● Las asignaturas que posean aulas específicas (Música, Plástica, asignaturas de Informática, Educación Física, Tecnología, idiomas extranjeros, etc.) harán uso de esas dependencias en la mayor medida de lo posible.

● Se procurará que Educación Física no se imparta a primera hora de la mañana. Respecto al profesorado, se tendrán en cuenta los siguientes criterios, a la hora de configurar su horario docente: ● En cada uno de los 30 periodos lectivos de la semana habrá dos profesores de Guardia

(G) y uno de Refuerzo de Guardia (RG) . Sus funciones serán cuidar del orden en los pasillos durante el cambio de hora, atender a los alumnos que no tengan profesor/a y

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estar atentos a cualquier incidencia que en ese periodo pudiera producirse. El profesor/a que esté de refuerzo de guardia asumirá las funciones de los profesores de guardia siempre que éstos estén ya ocupados.

● El profesorado con jornada completa tendrá, además de su carga lectiva correspondiente, un máximo de tres Guardias (G) y un Refuerzo de Guardia (RG) semanales.

● En el horario de cada profesor/a, una de dichas guardias podrá ser de cuidado del recreo (Guardia de Recreo) o de atención a la biblioteca en el recreo (Guardia de Biblioteca).

● El profesorado que ejerza la tutoría de los grupos de 1º y de 2º de ESO, dada la complejidad de esta tarea, tendrá reducción de al menos una hora de guardia.

● El profesorado que colabore en el programa RELEO tendrá consignada una hora lectiva semanal para tal fin.

● En el horario individual de cada profesor/a figurará una hora semanal de atención a padres (ATP).

● Se procurará que el horario del profesorado con jornada parcial no se extienda a lo largo de los cinco días lectivos de la semana.

● Los miembros de cada Departamento de coordinación didáctica tendrán una hora de reunión semanal.

7 CRITERIOS DE SELECCIÓN DE MATERIALES DE DESARROLLO CURRICULAR

De acuerdo con lo establecido en el artículo 55.3.e) de la ORDEN EDU/362/2015 de 4 de mayo, y en el art ículo 51.3.e) de la ORDEN EDU/363/2015 , corresponde a la C omisión de C oordinación P edagógica del centro, establecer los criterios pedagógicos para determinar los materiales y recursos de desarrollo curricular, que hayan de utilizarse en el desarrollo de las diversas enseñanzas. En este sentido la Comisión de Coordinación Pedagógica ha acordado que las decisiones sobre la selección de materiales y recursos de desarrollo curricular corresponden a los Departamentos de Coordinación Didáctica correspondientes. En todo caso deberán atenerse al currículo establecido para cada una de las materias y deberán adaptarse al rigor científico adecuado a las edades del alumnado, deberán reflejar y fomentar el respeto a los principios, valores, libertades, derechos y deberes constitucionales, así como a los principios y valores recogidos en la Ley Orgánica 2/2006 de 3 de mayo, de Educación y en la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, a los que ha de ajustarse toda la actividad educativa. Para llevar a cabo dicha selección, además de su calidad objetiva, se tendrán en cuenta todos los elementos curriculares que inciden en ella. El profesorado, además de lo anterior, elaborará sus propios recursos de desarrollo curricular. En lo que respecta a la renovación de los materiales curriculares los Departamentos de Coordinación Didáctica estarán a lo dispuesto en la ORDEN EDU/286/2016, de 12 de abril, por la que se concreta el período de vigencia de los libros de texto en las enseñanzas de educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, en centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Castilla y León.

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CRITERIOS GENERALES DE EVALUACIÓN DE LOS APRENDIZAJES DEL ALUMNADO, TENIENDO EN CUENTA LAS ADAPTACIONES REALIZADAS PARA EL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

La evaluación es un instrumento al servicio del proceso de enseñanza y aprendizaje, que se integra en las actividades cotidianas del aula y del centro educativo. Debe constituir un referente para el seguimiento de los aprendizajes de los alumnos y para la adopción de las medidas de apoyo y atención educativa necesarias. La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado será continua y diferenciada según las distintas materias del currículo. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las áreas de los bloques de asignaturas troncales, específicas y de libre configuración, serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables de cada materia. A principios de curso, los profesores de las distintas materias harán públicos los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables, los conocimientos y aprendizajes básicos necesarios para tener una evaluación positiva, así como los procedimientos de evaluación y los criterios de calificación, con el fin de garantizar el derecho del alumnado a que su rendimiento escolar sea valorado conforme a criterios de plena objetividad Criterios generales de evaluación en la Educación Secundaria Obligatoria En lo relativo a la evaluación de los aprendizajes, se estará a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 30 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre y a lo establecido en el artículo 32 de la ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León. Las calificaciones de las distintas materias serán decididas por el profesor correspondiente que deberá tener en cuenta la evaluación inicial, las medidas de apoyo y refuerzo educativo o de adaptación curricular significativa adoptadas. El resto de las decisiones se adoptarán por consenso del equipo docente o al menos por mayoría de dos tercios de los profesores que dan clase al alumno. A lo largo de cada curso escolar se realizarán tres sesiones de evaluación de los aprendizajes del alumnado, además de la evaluación inicial. Los profesores de cada grupo, coordinados por el tutor, y asesorados, en su caso, por el orientador del centro, intercambiarán información y adoptarán decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado. El tutor levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptadas. La participación del alumnado en el proceso de evaluación se realizará a través de las sesiones preparatorias de cada evaluación, planificadas dentro del Plan de Acción Tutorial.

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El resultado de las evaluaciones se indicará a través de calificaciones numéricas sin emplear decimales. Se expresarán en los siguientes niveles: Insuficiente (IN) para las calificaciones negativas (1, 2, 3 y 4), Suficiente (SU-5), Bien (BI-6), Notable (NT-7 u 8), o Sobresaliente (SB – 9 o 10). De los resultados del proceso de evaluación se informará por escrito a las familias, a través de los boletines de calificaciones. En el boletín de calificaciones de la evaluación final, aparecerán también los resultados obtenidos en las materias pendientes, para conocimiento del alumno y de su familia. Junto al el boletín de calificaciones de cada evaluación, se remitirá a las familias el correspondiente informe relativo a las adaptaciones curriculares significativas del alumnado con necesidades educativas especiales. En el proceso de evaluación continua, cuando el progreso de un alumno no sea el adecuado, se establecerán las medidas de refuerzo educativo o de adaptación curricular que se consideren oportunas. En los primeros días de septiembre, se realizará una prueba extraordinaria de las materias no superadas en la evaluación final ordinaria de junio, así como su evaluación, entrega de calificaciones y revisión. La evaluación de los alumnos con materias pendientes se realizará antes de la evaluación ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba extraordinaria de septiembre, coordinada por el jefe/a de estudios. A final de cada curso se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno un consejo orientador. Cuando un alumno promocione con materias pendientes, el tutor especificará en un informe individualizado las medidas educativas propuestas por el equipo docente con el fin de que el alumno alcance los estándares de aprendizaje evaluables de dichas materias. El jefe de estudios entregará dicho informe al tutor del curso siguiente. Criterios generales de evaluación en el Bachillerato En lo relativo a la evaluación de los aprendizajes, se estará a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 30 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre y a lo establecido en el artículo 30 de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. Los referentes para la comprobación del grado de adquisición de las competencias y el logro de los objetivos de la etapa en las evaluaciones continua y final de las materias de los bloques de asignaturas troncales y específicas y, en su caso de libre configuración autonómica, serán los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje evaluables que figuran en los Anexos I.B, I.C y, I.D, respectivamente, de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León.

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A lo largo de cada curso escolar se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación de los aprendizajes del alumnado, una por trimestre. La última sesión se entenderá como la de evaluación final ordinaria del curso. El equipo docente coordinado por el tutor, y asesorado, en su caso, por el orientador del centro y por la Jefatura de Estudios, intercambiarán información y adoptarán decisiones sobre el proceso de aprendizaje del alumnado. El tutor levantará acta del desarrollo de las sesiones, en la que se harán constar los acuerdos y decisiones adoptadas La participación del alumnado en el proceso de evaluación se realizará a través de las sesiones preparatorias de cada evaluación, planificadas dentro del Plan de Acción Tutorial. El resultado de las evaluaciones se indicará a través de calificaciones numéricas sin emplear decimales. Se expresarán en los siguientes niveles: Insuficiente (IN) para las calificaciones negativas (0, 1, 2, 3 y 4), Suficiente (SU-5), Bien (BI-6), Notable (NT-7 u 8), o Sobresaliente (SB – 9 o 10). De los resultados del proceso de evaluación se informará por escrito a las familias, a través de los boletines de calificaciones. En el boletín de calificaciones de la evaluación final, aparecerán también los resultados obtenidos en las materias pendientes, para conocimiento del alumno y de su familia. La superación de las materias de segundo curso que sean de carácter progresivo estará condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes de primero, según las correspondencias indicadas en el Anexo IV de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. Esta circunstancia se consignará en los documentos de evaluación, en las materias de segundo que correspondan, como Pendiente de primero «P1».

No obstante, el alumnado podrá matricularse de la materia de segundo curso sin haber cursado la correspondiente materia de primer curso siempre que el profesorado que la imparta considere que el alumno o alumna reúne las condiciones necesarias para poder seguir

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con aprovechamiento la materia de segundo. En caso contrario, deberá cursar la materia de primer curso, que tendrá la consideración de materia pendiente, si bien no será computable a efectos de modificar las condiciones en las que ha promocionado a segundo. La recuperación de las materias con evaluación negativa en la convocatoria ordinaria de junio, se realizará a través de una prueba extraordinaria, que tendrá lugar en septiembre para 1º de Bachillerato y en las fechas por determinar en base al calendario de las pruebas de Evaluación del Bachillerato para el Acceso a la Universidad (EBAU) que determine la Consejería de Educación. Asimismo, el tutor podrá especificar en un programa individualizado las recomendaciones propuestas por los profesores de las materias no superadas en dicha convocatoria para contribuir a que el alumno alcance los estándares de aprendizaje evaluables de las mismas. Antes de la evaluación final ordinaria de junio y de la evaluación de la prueba extraordinaria de cada curso, se celebrará una sesión de evaluación de los alumnos con materias pendientes, que será coordinada por el Jefe/a de Estudios. Del resultado de esta evaluación se levantará acta y sus resultados se trasladarán a todos los documentos de evaluación. También se dará cuenta al alumno y a sus padres, madres o tutores legales. En el contexto de la evaluación continua, cuando los alumnos promocionen con evaluación negativa en alguna de las materias, la superación de los estándares de aprendizaje evaluables correspondientes a éstas será determinada por el profesor/a de la materia respectiva del segundo curso. En el caso de materias que el alumno haya dejado de cursar, el Departamento de Coordinación Didáctica correspondiente determinará su superación. La superación de las materias de segundo curso que sean de carácter progresivo estará condicionada a la evaluación positiva de las correspondientes de primero, según las correspondencias indicadas en el Anexo IV de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León. Esta circunstancia se consignará en los documentos de evaluación, en las materias de segundo que correspondan, como Pendiente de primero «P1». Los alumnos que accedan a segundo curso mediante la correspondiente convalidación o acreditación de los conocimientos necesarios, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, no estarán sujetos a la condición indicada en el párrafo anterior.

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9 CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL ALUMNADO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVA VIGENTE

Promoción en la Educación Secundaria Obligatoria La ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 36.1 que: “En lo referente a la promoción en la educación secundaria obligatoria, se aplicará lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 22 del Real Decreto

1105/2014, de 26 de diciembre.” En este sentido, lo establecido es dichas normas se puede resumir como sigue:

1. Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno o alumna respectivo, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.

La repetición se considerará una medida de carácter excepcional y se tomará tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo para solventar las dificultades de aprendizaje del alumno o alumna.

2. Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea.

De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en tres materias cuando se den conjuntamente las siguientes condiciones:

a. que dos de las materias con evaluación negativa no sean simultáneamente Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas,

b. que el equipo docente considere que la naturaleza de las materias con evaluación negativa no impide al alumno o alumna seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica,

c. y que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador

Podrá también autorizarse de forma excepcional la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea cuando el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador

3. Quienes promocionen sin haber superado todas las materias deberán matricularse de las materias no superadas, seguirán los programas de recuperación de materias pendientes establecidos por cada uno de los Departamentos de Coordinación Didáctica y deberán superar las evaluaciones correspondientes a dichos programas.

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4. El alumno o alumna que no promocione deberá permanecer un año más en el mismo curso. Esta medida podrá aplicársele en el mismo curso una sola vez y dos veces como máximo dentro de la etapa. Cuando esta segunda repetición deba producirse en tercero o cuarto curso, tendrá derecho a permanecer en régimen ordinario cursando Educación Secundaria Obligatoria hasta los diecinueve años de edad, cumplidos en el año en que finalice el curso. Excepcionalmente, podrá repetir una segunda vez en cuarto curso si no ha repetido en los cursos anteriores de la etapa.

5. En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas.

6. Esta medida irá acompañada de un plan específico personalizado, orientado a la superación de las dificultades detectadas en el curso anterior. Este plan se organizará entre la Jefatura de Estudios, el Departamento de Orientación y los Departamentos de Coordinación Didáctica implicados.

7. Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, la Jefatura de Estudios en coordinación con el Departamento de Orientación organizará las medidas de refuerzo educativo, con especial atención a las necesidades específicas de apoyo educativo en función de la disponibilidad de recursos humanos en el centro. La aplicación personalizada de las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico.

Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá una propuesta a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más adecuado a seguir, así como la identificación, mediante informe motivado, del grado del logro de los objetivos de la etapa y de adquisición de las competencias correspondientes que justifica la propuesta. Si se considerase necesario, el consejo orientador podrá incluir una recomendación a los padres, madres o tutores legales y en su caso al alumnado sobre la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y del rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica.

El consejo orientador se incluirá en el expediente del alumno o de la alumna.

Titulación en la Educación Secundaria Obligatoria La ORDEN EDU/362/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo de la educación secundaria obligatoria en la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 37.1 que:

“Para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se aplicará lo regulado en el artículo 31 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y el artículo 23 del Real

Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.” El artículo 28.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, establece que “Las decisiones sobre la obtención del título al final de la misma serán adoptadas de forma colegiada por el conjunto de profesores del alumno respectivo, atendiendo a la consecución de las competencias básicas y los objetivos de la etapa”.

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Respecto al artículo 23 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, quedó modificado a través de la “Disposición transitoria única” del Real Decreto 310/2016, de 29 de julio, por el que se regulan las evaluaciones finales de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato. Con posterioridad a todas estas normas, dado que finalmente las evaluaciones finales tanto de la Educación Secundaria Obligatoria como del Bachillerato han quedado sin efecto, se publicó el Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. Este Real Decreto debe ser el que regule la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación. El artículo 2 de este Real Decreto hace referencia al Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. A continuación se reproducen los apartados del artículo 2 que hacen referencia a las situaciones que pueden darse en nuestro centro:

1. Los alumnos y alumnas que hayan obtenido una evaluación, bien positiva en todas las materias, o bien negativa en un máximo de dos, siempre que estas no sean de forma simultánea Lengua Castellana y Literatura, y Matemáticas, obtendrán el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. A estos efectos:

c. Las materias con la misma denominación en diferentes cursos de Educación Secundaria Obligatoria se considerarán como materias distintas.

d. Sin perjuicio de lo anterior, para obtener el título será preciso que el equipo docente considere que el alumno o alumna ha alcanzado los objetivos de la etapa y ha adquirido las competencias correspondientes.

2. En el título deberá constar la calificación final de Educación Secundaria Obligatoria. La calificación final de la etapa será la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en Educación Secundaria Obligatoria, expresada en una escala de 1 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima.

4. En el caso del alumnado que finalice la etapa después de haber cursado un programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento, el cálculo de la calificación final se hará sin tener en cuenta las calificaciones obtenidas en materias que no hubiera superado antes de la fecha de su incorporación al programa, cuando dichas materias estuviesen incluidas en alguno de los ámbitos previstos en el artículo 19.3 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato, y el alumno o alumna hubiese superado dicho ámbito.

7. Los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria expedidos conforme a lo dispuesto en el presente artículo permitirán acceder indistintamente a cualquiera de las enseñanzas postobligatorias recogidas en el artículo 3.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

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Promoción en el Bachillerato La ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 33 que:

“En lo referente a la promoción en bachillerato, se aplicará lo dispuesto en el artículo 36.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 32 del Real Decreto

1105/2014, de 26 de diciembre.”

En este sentido, lo establecido es dichas normas se puede resumir como sigue: 1. Los alumnos promocionarán de primero a segundo de bachillerato cuando hayan

superado las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias, como máximo. En este caso, deberán matricularse en segundo curso de las materias pendientes de primero. Los centros educativos deberán organizar las consiguientes actividades de recuperación y la evaluación de las materias pendientes.

A los efectos de este apartado, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques.

2. Los alumnos y alumnas podrán permanecer cursando Bachillerato en régimen ordinario durante cuatro años.

3. Sin superar el plazo máximo para cursar el Bachillerato del apartado anterior, los alumnos y alumnas podrán repetir cada uno de los cursos de Bachillerato una sola vez como máximo, si bien excepcionalmente podrán repetir uno de los cursos una segunda vez, previo informe favorable del equipo docente.

4. Un alumno o alumna que haya cursado el primer curso de bachillerato en una determinada modalidad puede pasar al segundo en una modalidad distinta. Para ello deberá atenerse a lo establecido en el artículo 16 de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo que dice:

Los alumnos que tras cursar el primer curso de bachillerato deseen cursar segundo curso en otra modalidad o itinerario, podrán hacerlo de acuerdo con las siguientes condiciones:

o Deberán cursar las materias generales del bloque de asignaturas troncales de segundo curso y, en su caso, las de primero que no hubieran superado.

o Deberán cursar la materia general del bloque de asignaturas troncales propia de primer curso de la nueva modalidad.

o Deberán cursar las materias del bloque de asignaturas troncales de opción de la nueva modalidad, tanto las de primero como las de segundo curso.

o Podrán computarse como materias específicas en la nueva modalidad o itinerario las materias específicas superadas de primer curso de la modalidad que decide abandonar. En su caso, deberá superar las materias específicas de primero de la nueva modalidad.

o En todo caso, deberá superar aquellas materias de primer curso que estén condicionadas a materias de segundo curso, según la correspondencia establecida en el Anexo IV que se adjunta a continuación.

De los cambios de modalidad se extenderá diligencia en el expediente académico y en el historial del alumno, firmada por el secretario y visada por el director del centro.

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5. Los alumnos y las alumnas que al término del segundo curso tuvieran evaluación negativa en algunas materias podrán matricularse de ellas sin necesidad de cursar de nuevo las materias superadas u optar por repetir el curso completo.

Titulación en el Bachillerato

La ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, establece en su artículo 34 que:

“Para obtener el título de bachiller se aplicará lo regulado en el artículo 37 de Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, y en el artículo 34 del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre.”

No obstante, como ya se mencionó en el apartado de la Titulación en la Educación Secundaria Obligatoria, las evaluaciones finales tanto de la Educación Secundaria Obligatoria como del Bachillerato han quedado sin efecto y para suplir ese vacío normativo se publicó el Real Decreto 562/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las condiciones para la obtención de los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y de Bachiller, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa. El artículo 3 de este Real Decreto está dedicado al “Título de Bachiller” y dice lo siguiente:

1. Para obtener el título de Bachiller será necesaria la evaluación positiva en todas las materias de los dos cursos de Bachillerato. La calificación final de la etapa será la media aritmética de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en el Bachillerato, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima.

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2. El alumnado que se encuentre en posesión de un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional, o de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, podrá obtener el título de Bachiller cursando y superando las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad de Bachillerato que el alumno o alumna elija.

3. En los supuestos a los que se refiere el párrafo anterior, la calificación final de la etapa se obtendrá del siguiente modo:

a. Para el alumnado que obtenga el título de Bachiller por encontrarse en posesión de un título de Técnico o de Técnico Superior de Formación Profesional, la calificación final será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad correspondiente, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima.

b. Para el alumnado que obtenga el título de Bachiller por encontrarse en posesión de un título de Técnico de las Enseñanzas Profesionales de Música o de Danza, la calificación final será la media aritmética de las calificaciones obtenidas en las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad cursada y de las asignaturas de los cursos 5.º y 6.º de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza en la correspondiente especialidad, expresada en una escala de 0 a 10 con dos decimales, redondeada a la centésima. En el caso del alumnado que haya accedido directamente a 6.º curso de las enseñanzas profesionales de Música o de Danza, para el cálculo de la nota media serán consideradas las calificaciones de las asignaturas de dicho curso y de las materias generales del bloque de asignaturas troncales de la modalidad cursada.

4. En el título deberá constar la modalidad por la que el alumno o alumna hubiera cursado el Bachillerato, así como la calificación final de la etapa.

5. Los títulos de Bachiller expedidos conforme a lo dispuesto en este artículo permitirán acceder a las distintas enseñanzas que constituyen la educación superior establecidas en el artículo 3.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Matrícula de Honor en Bachillerato

El artículo 42.2 de la ORDEN EDU/363/2015, de 4 de mayo, por la que se establece el currículo y se regula la implantación, evaluación y desarrollo del bachillerato en la Comunidad de Castilla y León, establece: “A aquellos alumnos que al finalizar segundo curso de bachillerato hayan demostrado un rendimiento académico excelente en la etapa, obteniendo una nota media igual o superior a nueve se les podrá otorgar una «Matrícula de Honor», consignándola en los documentos oficiales de evaluación, con la expresión «MH». Dicha mención se concederá a uno de cada 20 alumnos matriculados en segundo curso de bachillerato, o fracción superior a 15. Si el número de alumnos es inferior a 20 sólo se podrá conceder a un alumno.”

En caso de que haya mayor número de aspirantes al otorgamiento de la Matrícula de Honor que el número de posibles concesiones y cuando las calificaciones de esos estudiantes en 2º de Bachillerato sean idénticas, se buscará el desempate en las calificaciones de 1º de Bachillerato. En caso de proseguir el empate, este se deshará cotejando las calificaciones de la ESO empezando por el 4º curso y continuando en orden descendente, si fuera necesario.

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10 CRITERIOS GENERALES PARA LA ATENCIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN Y RECUPERACIÓN DE LOS ALUMNOS CON MATERIAS PENDIENTES DE OTROS CURSOS

Una vez finalizadas las evaluaciones de la convocatoria extraordinaria y una vez formalizadas las matrículas del nuevo curso, en la Jefatura de Estudios se preparan los listados del alumnado que tiene materias pendientes de cursos anteriores. Esos listados se entregan, en una de las primeras sesiones de la Comisión de Coordinación Pedagógica (normalmente a finales de septiembre o, todo lo más, a primeros de octubre), a las jefaturas de los diferentes Departamentos de Coordinación Didáctica, para que sean ellos quienes:

Informen, uno a uno, a todos los estudiantes acerca de los mecanismos establecidos (trabajos, exámenes, etc.) en cada materia para superar las materias pendientes.

Informen a los estudiantes de quién va a ser el profesor encargado del seguimiento de su trabajo.

Concreten fechas para la entrega o para la realización de pruebas.

En general, en aquellas asignaturas que tienen continuidad a lo largo de los cursos, el profesor que imparte dicha materia en el curso actual será el encargado del seguimiento de los estudiantes que la tienen pendiente de cursos anteriores. En el caso de aquellas asignaturas que no tienen continuidad en el siguiente curso, el seguimiento de estos estudiantes será labor de quien ostente la Jefatura del Departamento de Coordinación Didáctica, responsable de la asignatura en cuestión. En el caso de los estudiantes del Programa de Mejora del Aprendizaje y del Rendimiento (PMAR) que tienen materias pendientes de cursos previos a su entrada en el programa, el artículo 15.9 de la ORDEN EDU/590/2016, de 23 de junio, por la que se concretan los Programas de mejora del aprendizaje y del rendimiento que se desarrollan en los centros que imparten Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad de Castilla y León y se regula su puesta en funcionamiento y el procedimiento para la incorporación del alumnado, establece que:

“La superación de un ámbito del Programa tendrá como efecto la superación del ámbito pendiente con la misma denominación y, en su caso, de la materia o materias pendientes que en él se integran, cursadas con anterioridad a la incorporación del alumno al Programa.”

No obstante, se dan algunas circunstancias peculiares como materias que se cursan en 1º de ESO y que no tienen continuidad en el PMAR y materias pendientes de PMAR, en estudiantes que promocionan a 4º de ESO. De cara a clarificar cómo se recuperan y quién es el profesorado responsable del seguimiento y evaluación de los estudiantes del PMAR con materias pendientes, se elabora la siguiente tabla:

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ALUMNO/A CURSANDO

MATERIA PENDIENTE PROFESORADO RESPONSABLE DE SU SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN

PRIMER CURSO PMAR

(2º ESO)

Materias pendientes de 1º de ESO que no tienen continuidad en los Ámbitos de PMAR

Profesorado que, ese curso, imparte dichas materias en 1º de ESO. Subsidiariamente quien ejerza la Jefatura del Departamento responsable de su impartición.

Materias pendientes de 1º de ESO que tienen continuidad en los Ámbitos/Materias de 1er curso de PMAR

Profesorado que, ese curso, imparte los ámbitos de PMAR correspondientes a las materias de 1º de ESO pendientes.

SEGUNDO CURSO PMAR

(3º ESO)

Materias pendientes de 1º o 2º de ESO que no tienen continuidad en los Ámbitos/Materias de PMAR

Profesorado que, ese curso, imparte dichas materias en 1º o 2º de ESO. Subsidiariamente quien ejerza la Jefatura del Departamento responsable de su impartición.

Materias pendientes de 1º o 2º de ESO que tienen continuidad en los Ámbitos/Materias de 2º curso de PMAR

Profesorado que, ese curso, imparte los ámbitos de PMAR correspondientes a las materias de 1º o 2º de ESO pendientes.

Ámbitos/Materias de 1er curso de PMAR

Profesorado que, ese curso, imparte dichas Materias/Ámbitos en el 2º curso de PMAR.

4º ESO

Ámbitos/Materias pendientes de PMAR

Profesorado que, ese curso, imparte dichas Materias/Ámbitos en el PMAR.

Materias pendientes de 1º o 2º de ESO que no tienen continuidad en los Ámbitos/Materias de PMAR

Profesorado que, ese curso, imparte dichas materias en 1º o 2º de ESO. Subsidiariamente quien ejerza la Jefatura del Departamento responsable de su impartición.

Con anterioridad a las sesiones de evaluación ordinaria y extraordinaria, se celebrará una sesión para la evaluación de estos estudiantes con materias pendientes de cursos anteriores. Dicha sesión estará presidida por la Jefatura de Estudios y a ella asistirán todos los jefes/as de Departamento de Coordinación Didáctica que tengan estudiantes en estas circunstancias. En el boletín trimestral de calificaciones, además de las asignaturas del curso actual, aparecerán las materias pendientes de cursos anteriores. En las evaluaciones primera y segunda figurará la indicación “PENDIENTE” al lado del nombre de la asignatura.

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En las convocatorias de evaluación ordinaria y extraordinaria aparecerá la calificación tanto de las materias pendientes de cursos anteriores como las de las asignaturas del curso actual. En aquellas materias que mantienen continuidad a lo largo de los cursos, la asignatura del curso actual no podrá aparecer aprobada hasta que haya sido superada la del curso anterior.

Con independencia de estos criterios generales, cada Departamento de Coordinación Didáctica tendrá recogido en su Programación Didáctica los mecanismos establecidos para la recuperación de las materias de las que imparte docencia

11 ORIENTACIONES PARA INCORPORAR LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 6 DEL REAL DECRETO 1105/2014, DE 26 DE DICIEMBRE

En la programación de cada Departamento de Coordinación Didáctica deberá haber una referencia explícita al modo en que son abordados los elementos transversales del currículo en cada una de las asignaturas impartidas.

No obstante, muchos de ellos, son tratados de manera casi diaria en el quehacer habitual del aula. Es el caso de la comprensión lectora, de la expresión oral y escrita, de la comunicación audiovisual y del uso de las tecnologías de la información y la comunicación y del emprendimiento. Otros son especialmente abordados dentro del Plan de Acción Tutorial, bien a través de actividades realizadas en las horas de tutoría, bien a través de charlas y talleres organizados desde el Departamento de Orientación.

Entre estos últimos podemos mencionar:

Igualdad efectiva entre hombres y mujeres

Prevención de la violencia de género

Prevención de la violencia contra personas con discapacidad

Prevención de la violencia terrorista

Prevención de cualquier forma de violencia, racismo o xenofobia, incluido el estudio del Holocausto judío como hecho histórico

Educación cívica y constitucional

Educación vial Todos ellos también son abordados de manera específica a través de la asignatura Valores Éticos. Otro tercer bloque de elementos transversales es especialmente trabajado a través de las Actividades Extraescolares, de manera específica a través del Senderismo, las Aulas Ecológicas y las excursiones organizadas por el Departamento de Ciencias Naturales.

Estas actividades permiten abordar temas como el desarrollo sostenible y la preservación del medio ambiente.

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12 PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS DE MATERIA Y CURSO Debido a la extensión de las Programaciones Didácticas de todos los Departamentos de Coordinación Didáctica, estos documentos se presentan reunidos como ANEXO I a esta Propuesta Curricular.

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13 OFERTA EDUCATIVA El IES Bergidum Flavium ofrece a sus estudiantes la posibilidad de cursar la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato en las modalidades de Ciencias y de Humanidades y Ciencias Sociales Dentro de la Educación Secundaria Obligatoria el centro también ofrece la posibilidad de cursar el Programa de Mejora del Aprendizaje y el Rendimiento a aquellos estudiantes que el equipo educativo, coordinado por la Jefatura de Estudios y el Departamento de Orientación, considere que les conviene. También en la ESO se imparte un Programa Bilingüe en Inglés que se concreta en las asignaturas de Biología y Geología y Educación Física en 1º y en 3º de ESO, y en Física y Química y en Educación Física en 2º de ESO. Queda por determinar qué materias se impartirán en inglés en 4º de ESO, ya que hasta el curso próximo no se implantará el programa en la totalidad de la ESO. Teniendo en cuenta todos los apartados previos de esta propuesta curricular, a continuación se concreta cuál es la oferta educativa del IES Bergidum Flavium.

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

1º ESO

M A T E R I A S T R O N C A L E S

Biología y Geología (Castellano/ Bilingüe: Inglés) 3h Geografía e Historia (Castellano/ Gallego) 3h Lengua Castellana y Literatura 4h Matemáticas 4h Inglés 4h

M A T E R I A S E S P E C Í F I C A S

Educación Física (Castellano/ Bilingüe: Inglés) 2h Educación Plástica, Visual y Audiovisual 3h Tecnología 3h Valores Éticos/ Religión Católica/ Religión Evangélica 1h

MATERIAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

Francés/ Conoc. del Lenguaje/ Conoc. de las Matemáticas * 2h

Tutoría 1h

TOTAL (horas/semana) 30h

(*) Según las necesidades educativas del alumno/a

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

2º ESO

M A T E R I A S T R O N C A L E S

Física y Química (Castellano/ Bilingüe: Inglés) 3h Geografía e Historia (Castellano/ Gallego) 3h Lengua Castellana y Literatura 4h Matemáticas 4h Inglés 3h

M A T E R I A S E S P E C Í F I C A S

Educación Física (Castellano/ Bilingüe: Inglés) 2h Música 3h Cultura Clásica 3h Valores Éticos/ Religión Católica/ Religión Evangélica 2h

MATERIAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

Francés/ Conoc. del Lenguaje/ Conoc. de las Matemáticas * 2h

Tutoría 1h

TOTAL (horas/semana) 30h

(*) Según las necesidades educativas del alumno/a

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

1er CURSO PMAR

PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO

Á M B I T O S

Ámbito lingüístico y social Geografía e Historia 3h

Lengua Castellana y Literatura 4h

Ámbito científico y matemático Física y Química 3h

Matemáticas 4h

Ámbito de lenguas extranjeras Inglés 3h

M A T E R I A S E S P E C Í F I C A S

Educación Física 2h Música 3h Cultura Clásica 3h Valores Éticos/ Religión Católica/ Religión Evangélica 2h

MATERIAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

Conoc. del Lenguaje/ Conoc. de las Matemáticas * 2h

Tutoría 1h

TOTAL (horas/semana) 30h

(*) Según las necesidades educativas del alumno/a

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

3º ESO

M A T E R I A S T R O N C A L E S

Biología y Geología (Castellano/ Bilingüe: Inglés) 2h

Física y Química 2h

Geografía e Historia (Castellano/ Gallego) 3h

Lengua Castellana y Literatura 4h Matemáticas (Enseñanzas Académicas/ Enseñanzas Aplicadas) 4h Inglés 3h

M A T E R I A S E S P E C Í F I C A S

Educación Física (Castellano/ Bilingüe: Inglés) 2h

Tecnología Educación Plástica, Visual y Audiovisual Música

Eligen 2 de estas 3

3h 3h

Valores Éticos/ Religión Católica/ Religión Evangélica 1h

MATERIAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

Deben elegir 1 asignatura

Control y Robótica Francés Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial Taller de Artes Plásticas Taller de Artes Escénicas Resolución de Problemas

2h

Tutoría 1h

TOTAL (horas/semana) 30h

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

2º CURSO PMAR

PROGRAMA DE MEJORA DEL APRENDIZAJE Y DEL RENDIMIENTO

Á M B I T O S

Ámbito lingüístico y social Geografía e Historia 3h

Lengua Castellana y Literatura 4h

Ámbito científico y matemático

Biología y Geología 2h Física y Química 2h Matemáticas 3h

Ámbito de lenguas extranjeras Inglés 3h

M A T E R I A S E S P E C Í F I C A S

Educación Física 2h

Tecnología Educación Plástica, Visual y Audiovisual Música

Eligen 2 de estas 3

3h

3h

Valores Éticos/ Religión Católica/ Religión Evangélica 1h

MATERIAS DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial Taller de Artes Plásticas

2h

Tutoría 2h

TOTAL (horas/semana) 30h

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

4º ESO

M A T E R I A S T R O N C A L E S G E N E R A L E S

Geografía e Historia 3h Lengua Castellana y Literatura 4h

Matemáticas Orientadas a las Enseñanzas Académicas (opciones A y B) Orientadas a las Enseñanzas Aplicadas (opción C)

4h

Inglés 3h

M A T E R I A S T R O N C A L E S D E O P C I Ó N

Enseñanzas Académicas hacia Bachillerato

Enseñanzas Aplicadas hacia Formación Profesional

OPCION A OPCION B OPCIÓN C

(eligen 2 de las 3)

Física y Química Latín Ciencias Aplic. Activ. Profesional 4h Iniciac. Activ. Emprend. y Empresarial

Biología y Geología Economía Tecnología 4h

M A T E R I A S E S P E C Í F I C A S C O M U N E S

Educación Física (Castellano/ Bilingüe: Inglés) 2h Valores Éticos/ Religión Católica/ Religión Evangélica 1h

M A T E R I A S E S P E C Í F I C A S O P T A T I V A S Deben elegir 1 asignatura Específicas y 1 asignatura de Libre Configuración Autonómica

E S P E C Í F I C A S LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA

Cultura Científica (Castellano/ Bilingüe: Inglés)

Cultura Clásica

Música (Castellano/ Bilingüe: Inglés)

Ed. Plástica, Visual y Audiov. (Castellano/ Bilingüe: Inglés)

Tec. Inform. y Comunicación

Francés

Lengua y Cultura Gallega

Programación Informática

Educación Financiera

Taller de Artes Escénicas

CLEN/CMAT (alumnos procedentes PMAR)

2h

2h

Tutoría 1h

TOTAL (horas/semana) 30h

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

1º BACHILLERATO

Modalidad de CIENCIAS

M A T E R I A S T R O N C A L E S

T R O N C A L E S G E N E R A L E S

Lengua Castellana y Literatura I 4h Primera Lengua Extranjera I: Inglés I 3h Filosofía 3h

T R O N C A L G E N E R A L D E M O D A L I D A D

Matemáticas I 4h

T R O N C A L D E O P C I Ó N

Opción A Opción B Física y Química

Biología y Geología Física y Química Dibujo Técnico I

4h 4h

M A T E R I A E S P E C Í F I C A (4h) Eligen una asignatura

Opción A Opción B Anatomía Aplicada

Tecnología Industrial I Economía

Tecnología Industrial I Economía 4h

M A T E R I A E S P E C Í F I C A (2h) Eligen una asignatura

Cultura Científica Segunda Lengua Extranjera I: Francés I Tecnologías de la Información y la Comunicación I Religión católica/Religión evangélica

2h

Educación Física 2h

TOTAL (horas/semana) 30h

MATERIA DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA Lengua y Cultura Gallega 3h

TOTAL (horas/semana) 33h

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

1º BACHILLERATO

Modalidad de HUMANIDADES y CIENCIAS SOCIALES

M A T E R I A S T R O N C A L E S

T R O N C A L E S G E N E R A L E S

Lengua Castellana y Literatura I 4h Primera Lengua Extranjera I: Inglés I 3h Filosofía 3h

T R O N C A L G E N E R A L D E M O D A L I D A D

Itinerario HUMANIDADES Itinerario CIENCIAS SOCIALES

Latín I Matemáticas aplicadas a las

Ciencias Sociales I 4h

T R O N C A L D E O P C I Ó N

Itinerario HUMANIDADES Itinerario CIENCIAS SOCIALES

Historia del Mundo Contemporáneo 4h

Griego I Economía 4h

M A T E R I A E S P E C Í F I C A (4h)

Literatura Universal 4h

M A T E R I A E S P E C Í F I C A (2h) Eligen una asignatura

Cultura Científica Segunda Lengua Extranjera I: Francés I Tecnologías de la Información y la Comunicación I Religión católica/Religión evangélica

2h

Educación Física 2h

TOTAL (horas/semana) 30h

MATERIA DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA Lengua y Cultura Gallega 3h

TOTAL (horas/semana) 33h

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

2º BACHILLERATO

Modalidad de CIENCIAS

M A T E R I A S T R O N C A L E S

T R O N C A L E S G E N E R A L E S

Lengua Castellana y Literatura II 4h

Primera Lengua Extranjera II: Inglés II 3h

Historia de España 4h

T R O N C A L G E N E R A L D E M O D A L I D A D

Matemáticas II 4h

T R O N C A L D E O P C I Ó N Rama BIO-SANITARIA Rama CIENTÍFICO-TÉCNICA

Biología Dibujo técnico II 4h 4h Química Física Geología Física

M A T E R I A E S P E C Í F I C A (4h) Eligen una asignatura

Geología CTMA Francés II

Química Tecnología Industrial II 4h

O cualquier materia Troncal no cursada que será considerada como Específica

M A T E R I A E S P E C Í F I C A (3h) Eligen una asignatura

Historia de la Música y de la Danza Psicología Tecnologías de la Información y la Comunicación II

3h

TOTAL (horas/semana) 30h

MATERIA DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA Lengua y Cultura Gallega 4h

TOTAL (horas/semana) 34h

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IES BERGIDUM FLAVIUM

OFERTA EDUCATIVA LOMCE

2º BACHILLERATO

Modalidad de HUMANIDADES y CIENCIAS SOCIALES

M A T E R I A S T R O N C A L E S T R O N C A L E S G E N E R A L E S

Lengua Castellana y Literatura II 4h Primera Lengua Extranjera II: Inglés II 3h Historia de España 4h

T R O N C A L G E N E R A L D E M O D A L I D A D Itinerario HUMANIDADES Itinerario CIENCIAS SOCIALES

Latín II Matemáticas aplicadas a las

Ciencias Sociales II 4h

T R O N C A L D E O P C I Ó N Cursan dos asignaturas

Itinerario HUMANIDADES Itinerario CIENCIAS SOCIALES

Griego II Geografía Economía Empresa

Historia del Arte 4h

4h Historia del Arte Geografía

M A T E R I A E S P E C Í F I C A (4h) Eligen una asignatura

Fundamentos de Administración y Gestión Historia de la Filosofía Segunda Lengua Extranjera II: Francés II

O cualquier materia Troncal no cursada que será considerada como Específica

4h

M A T E R I A E S P E C Í F I C A (3h) Eligen una asignatura

Historia de la Música y de la Danza Psicología Tecnologías de la Información y la Comunicación II

3h

TOTAL (horas/semana) 30h

MATERIA DE LIBRE CONFIGURACIÓN AUTONÓMICA Lengua y Cultura Gallega 4h

TOTAL (horas/semana) 34h

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14 CRITERIOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA EVALUACIÓN ANUAL DE LA PROPUESTA CURRICULAR

La evaluación y seguimiento de la Propuesta Curricular debe ser permanente y continua, y

debe permitir la introducción de correcciones o modificaciones para llegar a conseguir los

objetivos propuestos. Circunstancias especiales pueden motivar la introducción de nuevos

objetivos, necesarios para hacer frente a las demandas que pudieran surgir en el centro.

Dicho seguimiento y evaluación es responsabilidad tanto de los Departamentos de

Coordinación Didáctica (art. 49 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación

Secundaria) como de la Comisión de Coordinación Pedagógica (art. 54 del Reglamento

Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria).

En base a esas competencias, la evaluación de la Propuesta Curricular se realizará a lo largo del

curso a tres niveles y estará temporalizada de la siguiente forma:

QUIÉN CUÁNDO

DEPARTAMENTOS DE COORDINACIÓN DIDÁCTICA PRIMER TRIMESTRE

Los Departamentos de Coordinación Didáctica harán una evaluación de la Propuesta Curricular que incluya el grado de cumplimiento de los objetivos de la misma, así como la evaluación de todas las Programaciones Didácticas. Para ello se utilizará el formulario que se adjunta. Esa evaluación indicará los aspectos a mejorar e incluirá propuestas de mejora.

COMISIÓN DE COORDINACIÓN PEDAGÓGICA SEGUNDO TRIMESTRE

La evaluación realizada por cada uno de los Departamentos de Coordinación Didáctica será llevada a la Comisión de Coordinación Pedagógica que extraerá unas conclusiones y aportará sugerencias de mejora.

CONSEJO ESCOLAR A FINAL DE CURSO

El Consejo Escolar, en su última sesión del curso, analizará las conclusiones elaboradas por la Comisión de Coordinación Pedagógica y hará sus propias propuestas para el curso siguiente.

Las modificaciones a la Propuesta Curricular del centro aprobadas por el Consejo Escolar se recogerán en la memoria final del curso y se incorporarán en la Propuesta Curricular del siguiente curso.

El ANEXO II (adjunto) es un instrumento que puede servir para la evaluación de la presente propuesta curricular.

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ANEXO II

INSTRUMENTO PARA LA EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA CURRICULAR

A ADECUACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

Grado de consecución

1 2 3 4 5

A 1 Se adecuan a lo establecido en el proyecto educativo del centro.

A 2 Son concretos y claros.

A 3 Son acordes a las características del centro y su entorno.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

B ADECUACIÓN Y CONCRECIÓN DE LOS OBJETIVOS DEL BACHILLERATO

Grado de consecución

1 2 3 4 5

B 1 Se adecuan a lo establecido en el proyecto educativo del centro.

B 2 Son concretos y claros.

B 3 Son acordes a las características del centro y su entorno.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

C

CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACION Y ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE EVALUABLES CORRESPONDIENTES A CADA MATERIA Y CURSO

Grado de consecución

1 2 3 4 5

C 1

Los contenidos, criterios de evaluación y estándares de aprendizaje recogidos en las Programaciones Didácticas son los establecidos en la ORDEN EDU/362/2015 y ORDEN EDU/363/2015.

C 2 Está detallada la secuenciación y temporalización de los contenidos, en las programaciones didácticas.

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C 3 Los criterios de evaluación describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr.

C 4 Se han establecido los estándares de aprendizaje básicos.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

D DECISIONES DE CARÁCTER GENERAL SOBRE MÉTODOS PEDAGÓGICOS Y DIDÁCTICOS

Grado de consecución

1 2 3 4 5

D 1 Se han incorporado en las programaciones los principios metodológicos generales.

D 2 Se ha potenciado la autonomía de los alumnos.

D 3 Se ha promocionado el trabajo en equipo del profesorado para dar un enfoque multidisciplinar a la enseñanza.

D 4 Se ha prestado atención al desarrollo de la capacidad del alumno de expresarse correctamente en público.

D 5 Se ha hecho uso de las TIC.

D 6 Se ha fomentado en las distintas materias los hábitos de lectura y estudio.

D 7 Se ha tenido en cuenta que el docente tiene que presentar situaciones de aprendizaje que resulten motivadoras para los alumnos.

D 8 Se ha tenido en cuenta la atención a la diversidad.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

E CRITERIOS PARA EL AGRUPAMIENTO DEL ALUMNADO, ASÍ COMO PARA LA ORGANIZACION Y HORARIOS DE CURSO

Grado de consecución

1 2 3 4 5

E 1 Se han seguido los criterios establecidos para el agrupamiento de los alumnos

E 2 Los horarios se han elaborado teniendo en cuenta los criterios pedagógicos

E 3 La organización se ha ajustado a los criterios establecidos en la Propuesta Curricular.

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Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

F CRITERIOS DE SELECCION DE MATERIALES DE DESARROLLO CURRICULAR

Grado de consecución

1 2 3 4 5

F 1 La Comisión de Coordinación Pedagógica ha establecido criterios pedagógicos para determinar los materiales y recursos de desarrollo curricular.

F 2 Se han incorporado a materiales tradicionales otros de carácter innovador.

F 3 Los departamentos de coordinación didáctica han decidido la elección de los materiales y recursos de desarrollo curricular, de acuerdo a los criterios establecidos.

F 4 En la selección se han tenido en cuenta la mayoría de los puntos recogido en la propuesta curricular.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

G CRITERIOS GENERALES DE EVALUACION DE LOS APRENDIZAJES DEL ALUMNADO

Grado de consecución

1 2 3 4 5

G 1 Los referentes de evaluación son los criterios de evaluación y estándares de aprendizaje establecidos en las programaciones didácticas.

G 2

Se ha tenido en cuenta que los estándares básicos deben ser considerados especialmente en la toma de decisiones sobre la promoción y para la incorporación al grupo ordinario de cuarto de los alumnos que han cursado un PMAR.

G 3 Se ha tenido en cuenta la inclusión de pruebas orales.

G 4

Cuando el progreso de un alumno no es el apropiado se toman medidas de refuerzo educativo y, en su caso, de adaptación curricular para ayudarle a superar las dificultades.

G 5 Se han aplicado las preceptivas adaptaciones curriculares a los estudiantes que las requieren.

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G 6 Se revisan periódicamente las medidas de refuerzo educativo, y de atención a las necesidades específicas de apoyo educativo.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

H CRITERIOS DE PROMOCIÓN DEL ALUMNADO Grado de consecución 1 2 3 4 5

H 1

Los criterios de promoción se ajustan a lo dispuesto en la normativa vigente (ORDEN EDU/362/2015, ORDEN EDU/363/2015, LEY ORGÁNICA 2/2006 y REAL DECRETO 1105/2014).

H 2 Se establecen programas de refuerzo por parte del equipo docente para los alumnos que promocionen sin haber superado todas las materias.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

I

CRITERIOS GENERALES PARA LA ATENCION DE LAS ACTIVIDADES DE EVALUACION Y RECUPERACION DE LOS ALUMNOS CON MATERIAS PENDIENTES DE OTROS CURSOS

Grado de consecución

1 2 3 4 5

I 1 Los tutores han recordado a los estudiantes cuáles son las materias que tienen pendientes.

I 2 Los tutores han informado a los padres/madres/tutores legales de los alumnos cuáles son las materias pendientes de sus hijos/as.

I 3 Los departamentos de coordinación didáctica han informado a los estudiantes de cómo recuperar las materias pendientes.

I 4 Los departamentos de coordinación didáctica han informado a los padres/madres/tutores legales de cómo, sus hijos/as, deben recuperar las materias pendientes.

I 5

El alumnado que ha promocionado con materias pendientes, ha sido evaluado por el profesor de la materia respectiva del curso al que promociona y en caso de no seguir cursando ésta se encargaría el jefe de departamento.

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Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

J INCORPORACIÓN DE LOS ELEMENTOS TRANSVERSALES DEL CURRÍCULO

Grado de consecución

1 2 3 4 5

J 1

Los departamentos de coordinación didáctica han determinado los elementos transversales que se tratan de manera prioritaria en cada materia y cuál debe ser el modo de trabajarlos.

J 2 La comprensión lectora y la expresión oral y escrita, son los elementos transversales prioritarios.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora:

K PROGRAMACIONES DIDÁCTICAS Grado de consecución 1 2 3 4 5

K 1 Las programaciones contienen los estándares de aprendizaje evaluables, especialmente los básicos.

K 2 Las programaciones contienen decisiones metodológicas y didácticas conforme a esta propuesta curricular.

K 3 Las programaciones contienen la concreción de los elementos transversales.

K 4 Las programaciones contienen medidas que promuevan el hábito de la lectura.

K 5 Las programaciones contienen criterios claros y concisos de corrección y calificación.

K 6 Las programaciones contienen actividades de recuperación.

K 7 Las programaciones contienen medidas de atención a la diversidad y de refuerzo educativo.

K 8 Las programaciones contienen el programa de actividades complementarias y extraescolares.

K 9 Las programaciones contienen la secuenciación y temporalización de los contenidos.

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K 10 Las programaciones contienen los materiales y recursos de desarrollo curricular.

K 11 Las programaciones contienen el perfil competencial.

K 12 Las programaciones contienen instrumentos para la evaluación de la práctica docente.

K 13 Las programaciones contienen instrumentos para la coordinación interna del departamento.

Aspectos a mejorar:

Propuestas de mejora: