presentación certificado de depósito a plazo

22
Autores: Tania Catalina Perera Valdivia

Upload: tperera

Post on 21-Jun-2015

3.592 views

Category:

Documents


2 download

TRANSCRIPT

Page 1: Presentación certificado de depósito a plazo

Autores:Tania Catalina Perera Valdivia

Page 2: Presentación certificado de depósito a plazo

• Rodíguez Azuero establece, en estricto rigor, que “un depósito es a término cuando el depositante no puede exigir la devolución de la suma sin haber transcurrido el plazo previsto en el Contrato”.

• Por otra parte, Rodrigo Uría establece que “el depósito a plazo fijo sólo obliga al Banco a restituir la suma depositada al vencimiento de plazo pactado. El plazo aproxima considerablemente el depósito del mutuo, y se establece, por lo general, en los típicos depósitos de ahorro. La indisponibilidad de los fondos durante el plazo convenido, permite al Banco abonar en estos depósitos un interés más elevado que en los otros”.

• Un certificado de depósito, es pues un instrumento financiero en el que un cliente deposita dinero en una institución financiera por un período fijo de tiempo a un tipo de interés fijo, es decir, Son depósitos que se formalizan entre el cliente y el banco por medio de un documento o certificado; se pactan por un monto y plazo determinado y de los mismos no pueden hacerse retiros ni incrementarse antes del vencimiento del plazo pactado.

Page 3: Presentación certificado de depósito a plazo

• Los depósitos a plazo se encuentran están permitidos por la ley ya que se encuentran regulados específicamente en el Artículo 43 de la Ley 561 “Ley General de Bancos, Instituciones Financieras No Bancarias y Grupos Financieros” al establecer que: “Los depósitos podrán constituirse en calidad de a la vista, de ahorro o a plazo, a nombre de una persona natural o jurídica, conforme a los reglamentos que cada banco dicte. De igual forma el artículo 44 de esa mima ley establece los depósitos tanto de ahorro como los a plazo devengarán intereses o cualquier otro rendimiento o beneficio, conforme los reglamentos internos que dicte cada banco para tal efecto.

• Para el depósito a plazo no se requiere de contrato solemne, en algunos países y en especial en España suele documentarse por medio de una llamada libreta de imposición de plazo que contiene las adecuadas casillas para anotar las múltiples entregas y reintegros, así como los saldos acreedores con sus intereses, libreta que tiene el carácter de nominativa e intransferible, contrario a lo que ocurre en Nicaragua, en la que el mismo se documenta en un Certificado de Depósito a Plazo que emite el Banco y que el mismo es a la orden del depositante y al igual que los demás títulos valores son transferibles vía endoso.

Page 4: Presentación certificado de depósito a plazo

• Los Certificados de Depósito son conocidos también como Certificados de inversión, ello porque son ofrecidos por las Instituciones Bancarias dándoles la oportunidad a sus clientes de obtener más por sus ahorros. Esta alternativa general genera un interés garantizado, de acuerdo al plazo y al monto de la inversión, los mismos pueden abrirse en córdobas, dólares o en euros desde treinta días hasta muchos años, nuestra legislación no establece ni un mínimo ni un máximo en cuanto al plazo y en algunos bancos hasta de mayor plazo, todo depende de la Institución Bancaria seleccionada por el depositante. En estos Certificados de Inversión los intereses pueden ser capitalizables o bien depositados mensualmente, trimestralmente o al vencimiento, según como lo indique el depositante o cliente ya sea en una cuenta corriente de ahorro a nombre del depositante.

La fórmula que suele utilizarse para el cálculo de los Intereses es:

Interés = Capital x tasa% x plazo en días

100 365

Page 5: Presentación certificado de depósito a plazo
Page 6: Presentación certificado de depósito a plazo
Page 7: Presentación certificado de depósito a plazo
Page 8: Presentación certificado de depósito a plazo

• En este caso existe un término antes de cuyo transcurso no puede exigirse la devolución del dinero, por regla general.

Page 9: Presentación certificado de depósito a plazo

• En el caso de los depósitos con preaviso no existe un plazo fijo y determinado, es decir, una fecha en la cual el banco sepa que el depósito puede ser retirado. Hay un plazo mínimo para avisarle al banco que el dinero será retirado. Existe una incertidumbre que será despejada cuando el cliente avise al banco que va a retirar su depósito.

Page 10: Presentación certificado de depósito a plazo

Aún cuando pueda parecer un contrasentido, lo cierto es que algunas legislaciones regulan una hipótesis según la cual si se deposita una suma a término o con preaviso, sin especificarse con precisión uno u otro, ellos se suplicarán por lo establecido en la legislación aplicable.

Page 11: Presentación certificado de depósito a plazo
Page 12: Presentación certificado de depósito a plazo

1. EL Juez Competente es el del lugar donde deban cumplirse las prestaciones, o bien la reposición en su caso. Si en el título a la orden hubieren varios obligados, será Juez competente el del lugar donde el principal obligado deba cumplir las prestaciones.

1. La demanda debe indicar el nombre del título, si lo tuviere; los requisitos esenciales del mismo, el nombre y dirección de todos los obligados en virtud del título.

1. Presentada la demanda de cancelación el Juez mandará oír por tres días al obligado que en este caso en específico al banco emisor. De no expresarse se abrirá la causa a prueba por diez días, en los que deberá comprobar la veracidad de los hechos alegados y la posesión del título antes de su extravío, sustracción o destrucción.

Page 13: Presentación certificado de depósito a plazo

4.- Realizadas las oportunas comprobaciones sobre la verdad de los hechos alegados y sobre el derecho del poseedor y si de las pruebas aportadas resultare cuando menos una presunción grave en favor de la solicitud, habida consideración de la calidad del reclamante, el Juez, sin más trámite:

a. Decretará la cancelación del título;b. Mandará que se publique el decreto por tres veces en el Diario Oficial

con intervalos de siete días por lo menos entre cada publicación por cuenta del reclamante;

c. Autorizará el pago del título por quien corresponda una vez transcurridos sesenta días desde la fecha de la última publicación del Decreto en el Diario Oficial, siempre que entre tanto no se haga oposición por terceros. Si en la fecha de la publicación el título no está vencido todavía, el término de sesenta días para el pago corre desde la fecha del vencimiento;

d. Ordenará que el Decreto se notifique a los obligados en virtud del título.

Posteriormente ordena el pago del Título en caso de estar vencido el plazo y en casoque no ordena la Reposición del mismo a la Entidad Bancaria.

Page 14: Presentación certificado de depósito a plazo

En este caso en particular la referida ley establece un procedimiento especial a saber:

La oposición del detentador debe presentarse ante el Juez que ha pronunciado la cancelación y debe substanciarse con citación del reclamante y de los obligados en virtud del título.

Oído dentro de tres días el reclamante, la oposición será abierta a prueba por treinta días, vencidos los cuales se concederá un término de diez días comunes a las partes para que aleguen de conclusión, debiendo dictarse la sentencia que resuelva el caso dentro de un lapso de diez días.

Si la oposición es admitida, quedará de pleno derecho revocado el decreto de cancelación. Si la oposición es rechazada el título será entregado al reclamante que ha obtenido el decreto de cancelación. Si el deudor ha efectuado el depósito del título ante el juez le será entregado a él con el recibo puesto en el documento y la suma depositada se entregará al que resulte con derecho a ella en el procedimiento de cancelación.

Page 15: Presentación certificado de depósito a plazo

Dentro de las causales de extinción del depósito a plazo que establece la doctrina y que es aplicable a los depósitos a plazo que regula nuestra legislación son:

Retirada total de los fondos por parte del depositante, cosa que éste solo puede hacer al vencimiento del plazo.

Compensación: Algunos doctrinarios establecen como otra causa de extinción la compensación, es un modo de extinguir las obligaciones que tiene lugar cuando dos personas son deudoras la una de la otra, con el efecto, por ministerio de la ley, de extinguir las dos deudas hasta el importe menor, ello justamente da la posibilidad que el Banco se compense sus propios créditos con deudas nacidas del llamado depósito de dinero.

La prescripción

Page 16: Presentación certificado de depósito a plazo

PAIS CARACTERÍSTICAS

COLOMBIA 1.- El Depósito puede ser a término o a preaviso. Si se omite el plazo de vencimiento o del preaviso en entenderá que seña exigible a los 30 días.2.- El depósito a término no puede ser menor a 30 días.3.-Los Certificados de Depósito a término puede ser negociables4.- En caso de liquidación de banco se excluyen de la masa de liquidación

ECUADOR 1.- No pueden ser menor es a treinta días2.-Se les aplica las normas de depósito a la vista3.-El banco entrega a los depositantes recibos, resguardos o títulos valores que amparen las sumas depositadas

HONDURAS 1.- Se rigen por las disposiciones a la vista2.-El Título Valor representativo del depósito se le conoce con el nombre de Bono de Caja3.- Pueden ser a preaviso, pero éste no puede ser menor a un mes.4.- Las entregas y reembolsos se comprueban con constancias escritas nominativas y no negociables.

MEXICO 1.- Se representan por Certificados o títulos de Crédito nominativos o al portador

VENEZUELA 1.- Son exigibles a un término mayor de 30 días2.- Se representan por Certificados negociables o no (en títulos de remuneración sucesiva

COSTA RICA 1.- Son inembargables, salvo en el caso de pensión alimenticia2.-Establece el monto mínimo para los mismos, en el caso de colones 100,000 y en el caso de dólar U$500.3.- Son negociables tanto el Principal como los cupones de los intereses los que tienen la periodicidad que el cliente elija.

Page 17: Presentación certificado de depósito a plazo

Finalmente podemos concluir que en la era de los fondos de inversión y las cuentas de ahorro invertidas en bolsa, se diría que los certificados de depósito (CD) han pasado de moda. Sin embargo, este producto bancario puede ser la solución para muchas personas, especialmente si optas por los nuevos que ofrecen las casas de corretaje y dan mejores condiciones de interés y liquidez.

El Certificado de Depósito a plazo es sobresaliente, rentable y con las mejores ventajas financieras ya que son inversiones a plazo fijo que otorgan un rendimiento definido, de acuerdo con la tasa de interés y el plazo acordado entre el cliente y el Banco. En fin, son títulos valores que tienen como ventajas: Minimizar riesgos, no hay comisiones, ofrece tasas de interés más altas que las de las cuentas de ahorro, ahorra tiempo, fácil de usar, ágil y seguro, no tiene costo, la emisión disponible puede ser a nombre de personas naturales o jurídicas, en dólares, córdobas o euros, pueden emitirse a favor de uno o varios depositantes, son negociables en la Bolsa, son transferibles por medio del endoso, pueden ser utilizados como garantía de productos crediticios, son capitalizables; es decir, los intereses se suman al capital mensualmente, lo que genera también intereses y pueden ser reemplazados en caso de pérdida o robo.

Es necesario que en nuestro País, exista regulación específica sobre este Título Valor así como lo hay para el cheque, letra de cambio, pagaré, etc., ello por la importancia de la que se encuentra revestido el mismo, en cuanto a inversión se refiere, siendo un medio ágil, seguro y de resultados

Page 18: Presentación certificado de depósito a plazo

1.- Que se establezca algún tipo de normativa particular que regule a los mismos, a fin que se conviertan en un medio ágil y seguro de inversión, ya que a la fecha los mismos no tienen una regulación específica, aplicándoseles lo relativo a lo establecido en la ley para los diversos títulos valores que circulan en el Mercado.

2.- Que haya una mayor promoción de los mismos de parte de los Bancos, a como ocurre a nivel internacional, ello porque no solo es ventajoso para el depositante por mucho de los beneficios señalados en el presente trabajo, sino también para los bancos ya que es un medio de captación seguro, estable y ágil, que le permitirá tener capital para la realización de sus operaciones.

Page 19: Presentación certificado de depósito a plazo
Page 20: Presentación certificado de depósito a plazo
Page 21: Presentación certificado de depósito a plazo
Page 22: Presentación certificado de depósito a plazo