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PCM: TALLERES REGIONALES DE INDUCCION A AUTORIDADES ELECTAS DE
MUNICIPALIDADES
Decreto Legislativo N° 1438DECRETO LEGISLATIVO DEL SISTEMA NACIONAL DE
CONTABILIDAD
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Sistema Nacional de Contabilidad. Cuenta General de la República. Recomendaciones
Temario:
4
Tiene por finalidad regular la elaboración de los estados
financieros de las entidades públicas, sin excepción, así como su
integración y consolidación en la Cuenta General de la
República, por niveles de gobierno, empresas públicas y la
seguridad social. Artículo 4.2 del D.Leg 1438
Sistema Nacional de Contabilidad
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Principios del Sistema Nacional de Contabilidad
1- Uniformidad
2- Integridad
3- Oportunidad4- Responsabilidad
5- Transparencia
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Suministrar información acerca de la situación financiera, resultados, y
flujos de efectivo de una entidad, que sea útil para un amplio espectro de
usuarios a efectos de que puedan tomar y evaluar decisiones respecto a la
asignación de recursos. p.15 de la NICSP 01
Finalidad de los Estados Financieros
Para cumplir estos objetivos, los estados financieros
suministran información acerca de los siguientes elementos de
la entidad: (a) activos; (b) pasivos; (c) activos netos/patrimonio;
(d) ingresos; (e) gastos; (f) otros cambios en los activos
netos/patrimonio y; (g) flujos de efectivo. p.15 de la NICSP 01
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Funciones de las Oficinas de Contabilidad
Los funcionarios y los
servidores de la entidad
deben proveer a lasOficinas de Contabilidad.
La información de hechos de naturaleza
económica, que incida o pueda incidir a futuro
en la situación financiera y en los resultadosde las operaciones de la entidad.
El incumplimiento genera responsabilidad
administrativa funcional o la que corresponda.
Artículo 7 del D.Leg 1438
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Contabilidad de costos
La contabilidad de costos es un sistema de información que
estructura los flujos financieros y no financieros, que generan
costos que se reconocen, miden y registran en cada una de las
actividades (…), orientado a la obtención de un resultado, para
apoyar el análisis, la evaluación y la toma de decisiones.
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Sistema informático de contabilidad
El registro de los hechos económicos de
las entidades del Sector Público es
obligatorio a nivel nacional, regional y
local, y se efectúa a través del SIAF-RP.
Comentario:
El sistema informático busca migrar a una contabilidad en línea; además,
el proceso de firmas electrónicas, reportar estados financieros y
presupuestarios coherentes con la ejecución presupuestaria, enlazados al
PAC y al proceso de planificación (PESEM/PDC-PEI-POI)
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Acciones Preliminares a Desarrollar por los Responsables para el Proceso de Cierre Contable
Efectuar las conciliaciones y pruebas de comprobación de saldos de las
cuentas del Estado de Situación Financiera
Inventario físico de vehículos, maquinarias y otros
Inventario físico de edificios y estructuras
Inventario físico de bienes no depreciables
Numeral 12 del texto ordenado de la Directiva N° 004-2015-EF/51.01
Cada entidad debe practicar al menos con periodicidad anual inventarios físicos de
los elementos de PPE, de haberlos, con el objeto de verificar su existencia física,
estado de conservación, costo, depreciación y saldo.
Literal f) del numeral 11 de la Directiva N° 005-2016-EF/51.01
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Faltas
Algunas faltas graves
La omisión a la presentación de la rendición de cuentas.
La presentación de la rendición de cuentas inconsistente o incompleta.
No entregar u ocultar, a las Oficinas de Contabilidad o las que hagan sus veces, la
información de hechos de naturaleza económica que incida o pueda incidir a futuro en
la situación financiera y en los resultados de las operaciones de la entidad.
Faltas muy graves
Disponer que se realice el registro contable de hechos económicos,
sin contar con el sustento documentario pertinente
Presentar para el registro contable documentos falsos o adulterados,
tratando de probar un derecho, obligación o hecho.
Deteriorar o destruir intencionalmente documentos físicos o
electrónicos, que sustenten hechos económicos
Artículo 9 del D.Leg 1438
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Rendición de cuentas
Consiste en presentar por parte del Titular de la entidad del Sector Público o
de quien haga sus veces, la información y el análisis de los resultados
presupuestarios, financieros, económicos, patrimoniales y el cumplimiento de
metas e indicadores de gestión financiera de un ejercicio fiscal, ante laDirección General de Contabilidad Pública. Artículo 18 del D.Leg 1438
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Titular del Pliego de la Entidad
Gubernamental.
Dirección General de Contabilidad Pública
del MEF.
Remite Información Contable (Trimestral,
Semestral y Anual)
Carpeta física
Dentro del Plazo TrimestralDentro de los 30 días hábiles de finalizado el periodo. Presentación de carpetas
SemestralDentro de los 30 días hábiles de finalizado el periodo. Presentación de carpetas
AnualCronograma y sin exceder el 31 de Marzo del año siguiente. Presentación de carpetas
Rendición de cuentas
Mensual-(Cierre y Trasmisión vía web)Dentro de los 30 días calendarios de finalizado el periodo.
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Los importes registrados contablemente y que no representan bienes,
derechos u obligaciones reales para la entidad.
Recomendaciones
La entidad debe implementar el Comunicado N° 002-2015-
EF/51.01 Acciones de Depuración, Regularización, Corrección
de Error y Sinceramiento Contable.
De manera que los Estados Financieros expresen en forma
fidedigna, la realidad económica, financiera y patrimonial .