pliego t cnico gesti n integral del paisaje urbano

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AREA DE MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLOSOSTENIBLE SECCIÓN DE EQUIPAMIENTO Y CONSERVACIÓN AMBIENTAL – U.A. 4.1.4 Ayuntamiento El Puerto de Santa María Plaza del Polvorista, 2 11500 – El Puerto de Santa María (Cádiz) Tel. 956 48 31 06 - Fax: 956 48 31 35 EMAIL: [email protected] WEB: www.elpuertodesantamaria.es 1 PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN INTEGRAL DEL PAISAJE URBANO, PARQUES, JARDINES, ARBOLADO VIARIO Y ESPACIOS PÚBLICOS EN EL PUERTO DE SANTA MARÍA. ÍNDICE 1.- OBJETO Y ÁMBITO DEL CONTRATO 1.1 OBJETO DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO 1.2 ÁMBITO TERRITORIAL 1.3 ÁMBITO FUNCIONAL 1.3.1 CONSERVACIÓN DE ESPACIOS VERDES 1.3.2 MANTENIMIENTO ARBOLADO URBANO 1.3.3 RECOGIDA DOMICILIARIA DE MUEBLES Y ENSERES 1.3.4 CONTROL DE ANIMALES DE COMPAÑÍA 1.3.5 TRATAMIENTOS DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESINFECCIÓN 1.3.6 TRATAMIENTO DE MOSQUITOS 1.3.7 OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE EL INCREMENTO DEL PATRIMONIO URBANO NATURAL 2.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO 2.1 GENERAL 2.2 CONSERVACIÓN DE LOS ESPACIOS VERDES Y EL ARBOLADO URBANO 2.2.1 TIPOS 2.2.2 CALIDADES 2.2.3.CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS TRABAJOS 2.2.4. PROGRAMA DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS 2.2.4.1 Recogida de residuos días laborables, fines de semana y festivos 2.2.4.2 Limpieza y recogida de restos vegetales derivados de las labores de mantenimiento 2.2.4.3 Programa de mantenimiento de areneros

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PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGIRÁ EL PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN INTEGRAL DEL PAISAJE URBANO, PARQUES, JARDINES, ARBOLADO VIARIO Y ESPACIOS PÚBLICOS EN EL PUERTO DE SANTA MARÍA.

ÍNDICE 1.- OBJETO Y ÁMBITO DEL CONTRATO 1.1 OBJETO DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO 1.2 ÁMBITO TERRITORIAL 1.3 ÁMBITO FUNCIONAL 1.3.1 CONSERVACIÓN DE ESPACIOS VERDES 1.3.2 MANTENIMIENTO ARBOLADO URBANO 1.3.3 RECOGIDA DOMICILIARIA DE MUEBLES Y ENSERES 1.3.4 CONTROL DE ANIMALES DE COMPAÑÍA

1.3.5 TRATAMIENTOS DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESINFECCIÓN 1.3.6 TRATAMIENTO DE MOSQUITOS 1.3.7 OBLIGACIONES DERIVADAS DE LA ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE EL INCREMENTO DEL PATRIMONIO URBANO NATURAL

2.- PRESTACIÓN DEL SERVICIO 2.1 GENERAL 2.2 CONSERVACIÓN DE LOS ESPACIOS VERDES Y EL ARBOLADO URBANO 2.2.1 TIPOS 2.2.2 CALIDADES 2.2.3.CONDICIONES TÉCNICAS DE LOS TRABAJOS 2.2.4. PROGRAMA DE LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS 2.2.4.1 Recogida de residuos días laborables, fines de semana y festivos

2.2.4.2 Limpieza y recogida de restos vegetales derivados de las labores de mantenimiento 2.2.4.3 Programa de mantenimiento de areneros

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2.2.5. LABORES DE CONSERVACIÓN DE ELEMENTOS VEGETALES 2.2.5.1 Programa de riegos

2.2.5.2 Programa preventivo de redes de riego 2.2.5.3 Programa de control de malas hierbas 2.2.5.4 Programa de abonados 2.2.5.5 Programa de mantenimiento de praderas 2.2.5.5.1 Siega de céspedes 2.2.5.5.2 Perfilados de céspedes y praderas 2.2.5.5.3 Aireados 2.2.5.5.4 Escarificados

2.2.5.5.5 Renovación y resiembra de céspedes 2.2.5.5.6 Desbroce de praderas 2.2.5.6 Mantenimiento de arbolado y arbustos 2.2.5.6.1 Programa de poda y recorte de arbustos 2.2.5.6.2 Programa de poda de arbolado 2.2.5.6.3 Arbolado de alineación 2.2.5.6.4 Árboles singulares o de gran porte 2.2.5.6.5 Trasplante de arbolado

2.2.5.7 Programa de reposiciones y plantaciones 2.2.5.8 Programa de mantenimiento de estructuras florales 2.2.5.9 Programa de tratamientos fitosanitarios 2.2.5.10 Feria de Primavera

2.2.6 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE JUEGOS INFANTILES Y RECORRIDOS SALUDABLES

2.3. RECOGIDA DOMICILIARIA DE MUEBLES Y ENSERES 2.4 CONTROL DE ANIMALES DE COMPAÑÍA 2.5.TRATAMIENTOS DE DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESINFECCIÓN 2.6 TRATAMIENTO DE MOSQUITOS 2.7 TRABAJOS DE MEJORA DEL PATRIMONIO URBANO NATURAL MEDIANTE EL SUMINISTRO Y PLANTACIÓN DE ARBOLADO

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3.-MEDIOS ASIGNADOS AL SERVICIO 3.1 MEDIOS HUMANOS

3.1.1.ORGANIZACIÓN 3.1.2.PLANTILLA 3.1.3. FORMACIÓN

3.2 MEDIOS MATERIALES Y MECÁNICOS 3.2.1. VEHÍCULOS Y MAQUINARIA 3.3 INSTALACIONES FIJAS 3.3.1. CENTRO MUNICIPAL DE PARQUES Y JARDINES 3.3.2. CONTROL DE ANIMALES DE COMPAÑÍA 4.-ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO 4.1. RESPONSABILIDAD TÉCNICA Y CONTROL DEL SERVICIO 4.2. PROGRAMAS Y PARTES DE TRABAJO 5.-CAMPAÑAS DE CONCIENCIACIÓN CIUDADANA 6.-ANEXOS Anexo I : Inventario de los espacios verdes y categorías de mantenimiento. Anexo II : Planos de ubicación Anexo III: Inventario arbolado urbano Anexo IV: Inventario de árboles singulares Anexo V: Programas de trabajo Espacios Verdes Anexo VI: Inventario Parques infantiles y Recorridos Saludables Anexo VII : Mejora del Patrimonio Urbano Natural: relación de equivalencias de especies arbóreas Anexo VIII: Vehículos y maquinaria de nueva adquisición Anexo IX : Vehículos y maquinaria usados Anexo X: Proyecto básico y de ejecución “Centro Municipal de Parques y Jardines” Anexo XI: Precios Públicos control de animales de compañía

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1.- OBJETO Y ÁMBITO DEL CONTRATO

1.1.-OBJETO DEL PROCEDIMIENTO ABIERTO El objeto de este Pliego es fijar las condiciones que deben de regir en la contratación del Servicio de Gestión Integral del Paisaje Urbano de El Puerto de Santa María, llevando a cabo todas aquellas técnicas de jardinería encaminadas a que la traza y disposición de cada uno de los elementos del jardín perduren y se consoliden en el tiempo tal cual fueron concebidos, además de contribuir al embellecimiento y mejora del valor botánico y ornamental de los elementos que lo integran, considerando el uso público previsto. Forma parte del objeto de este contrato el mantenimiento y conservación de parques infantiles y recorridos saludables, la recogida domiciliaria de muebles y enseres, el control de animales de compañía, tratamientos de mosquitos y los trabajos de desratización, desinsectación y desinfección en el término municipal.

1.2.-ÁMBITO TERRITORIAL Los espacios verdes objeto de conservación y mantenimiento son los que aparecen en el Plan general de Ordenación Urbana como Sistemas de Espacios libres, Parques Urbanos y Parques y Jardines , además del Arbolado Público. La relación de los distintos espacios queda reflejada en el Anexo I Inventario de los espacios verdes. La ubicación de estos parques y jardines se muestra en el Anexo II, Planos de ubicación El arbolado urbano comprende todo el arbolado viario del suelo urbano. Se incluye en el Anexo III Inventario Arbolado urbano, su ubicación y número de unidades y en el Anexo IV Inventario de árboles singulares. Los parques infantiles y recorridos salud objeto de mantenimiento en este contrato relacionan en el Anexo VI Inventario Parques Infantiles y Recorridos Saludables. Los servicios de recogida de muebles y enseres, el control de animales de compañía, los tratamientos de mosquitos, los trabajos de desratización, desinsectación y desinfección y otros servicios complementarios se prestarán dentro del término municipal de El Puerto de Santa María.

1.3.-ÁMBITO FUNCIONAL

El Servicio comprendido en este contrato abarca:

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- Mantenimiento y conservación de los Espacios Verdes, incluyendo los juegos infantiles.

- Mantenimiento del Arbolado Urbano - Recogida domiciliaria de muebles y enseres - Control de animales de compañía - Tratamiento de mosquitos - Tratamientos de desratización, desinsectación y desinfección - Obligaciones derivadas de la Ordenanza Municipal sobre el Incremento del

Patrimonio Urbano Natural

1.3.1.- Mantenimiento y Conservación de los Espacios Verdes

Comprenderá todos los parques y jardines de la Ciudad de El Puerto de Santa María que se relacionan en el Anexo I, así como las estructuras florales ubicadas en La Ribera del Marisco. Los elementos a conservar de los parques y jardines son aquellos que pueden considerarse como principales (césped, árboles, arbustos, terrizos...) además de todos los que formando parte del jardín, interaccionan de alguna forma con los primeros, e influyen directa o indirectamente en su estado. Obedece por tanto a un mantenimiento integral de los espacios verdes. En consecuencia, los elementos que se incluyen en el contrato serán: praderas de césped, praderas naturales, árboles, palmeras, arbustos, terrizos, setos, macizos de flor, zonas pavimentadas, redes de drenaje, juegos infantiles y recorridos saludables, redes de riego y mecanismos electrónicos de las redes de riego tanto potable como de agua freática, jardineras y estructuras ornamentales de flor. En el plazo de seis meses desde el inicio del contrato, la Empresa adjudicataria realizará la cartografía e inventario de todos los espacios verdes incluidos en el ámbito, así como los elementos que los integran. La documentación cartográfica será revisada y validada por la Inspección Municipal del Servicio

1.3.2.- Mantenimiento del Arbolado Urbano

Comprende todo el arbolado viario en suelo urbano y las funciones relacionadas con su mantenimiento y conservación, podas, talas, trasplantes, plantaciones y tratamientos fitosanitarios.

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1.3.3.- Recogida domiciliaria de muebles y enseres

Recogida de muebles y enseres inservibles en casa puertas, patios de comunidades con fácil acceso, puertas de chalets y unifamiliares y la correcta eliminación de los mismos.

1.3.4.- Control de animales de compañía

Servicios de recogida, albergue, adopción o eliminación de animales de compañía abandonados o perdidos, así como la retirada, custodia y manutención temporal de aquellos especímenes de animales abandonados o perdidos que estén en situación de provocar algún problema de seguridad o salud pública, en el Término Municipal de El Puerto de Santa María.

1.3.5.- Tratamiento de mosquitos Trabajos de control y tratamiento necesarios para la detección y eliminación de larvas de mosquito en las distintas zonas húmedas cuyas poblaciones afectan a El Puerto de Santa María

1.3.6.- Tratamientos de desratización, desinsectación y desinfección

Tratamientos de desratización y desinsectación de viales públicos y edificios municipales, y la desinfección de edificios, dependencias municipales y colegios públicos, todo ello por motivo de salubridad pública.

1.3.7.- Trabajos de Mejora del Patrimonio Urbano Natural mediante el suministro y plantación de arbolado El Plan General de Ordenación Urbana exige la presencia suficiente de arbolado como condición necesaria para considerar una parcela como solar. De esta manera, con el objeto de conservar y mejorar el medio ambiente, todo promotor que solicite licencia de edificación o ampliación, deberá costear las especies arbóreas que establezca la Ordenanza vigente correspondiente. Estos trabajos de suministro y plantación de arbolado serán ejecutados por la empresa adjudicataria de este servicio.

2.-PRESTACIÓN DEL SERVICIO

2.1.- GENERAL

2.2.- MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE LOS ESPACIOS VERDES

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2.2.1 Tipos

La tipología de los espacios verdes vienen definida principalmente por las necesidades de recursos humanos, el diseño y ocupación de cada uno de los elementos, las infraestructuras, la accesibilidad y la superficie.

Desde el punto de vista de la gestión y dotación de recursos, los aspectos más decisivos son el grado de ocupación de la zona verde y de cada uno de los elementos que la componen. Atendiendo a estos criterios los espacios se clasifican de la siguiente manera:

Parques urbanos: Son espacios verdes compuestos por una única unidad territorial y por tanto con unos límites definidos por una única perimetral. Están dotados de elementos verdes y no verdes, donde el mobiliario urbano y/o las zonas infantiles tienen mayor relevancia sobre los demás, al tratarse de zonas de estancia.

Zonas ajardinadas:

Son los espacios verdes que se encuentran en áreas interbloques, plazas, jardineras superficiales de obra, etc., compuestas normalmente por una o más unidades territoriales y por tanto con unos límites definidos por una o más perimetrales. Pueden encontrarse desde uno o varios elementos verdes y no verdes, y se caracterizan por ser zonas de paso, aunque puedan contener elementos de mobiliario urbano.

Arbolado viario:

Son los espacios verdes definidos normalmente por unidades territoriales lineales asociadas a infraestructuras viarias, sobre las que se asientan únicamente árboles sobre alcorque.

Espacios verdes viarios:

Son los espacios verdes definidos tanto por unidades territoriales lineales como superficiales y cuyos límites pueden estar definidos por una o varias perimetrales. Presentan como característica común su interacción con infraestructuras viarias tal y como ocurre con medianas, rotondas, bulevares, taludes de autovías y vías de circunvalación, etc. Cuentan con elementos verdes y no verdes, pero por su falta de accesibilidad no están destinadas normalmente al uso `público y por tanto carecen de mobiliario y equipamientos.

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Estructuras florales:

Son estructuras fijas o móviles, aisladas o en grupo, destinadas a soportar macizos florales.

Zonas terrizas:

No disponen de elementos de jardineras, sólo de arboleda y arbustos.

2.2.2 Categorías.

Las distintas zonas verdes a mantener, sobre todo por su orografía y uso, se dividen en tres categorías que implican distintos niveles de mantenimiento en función de las labores a realizar y de las frecuencias de las mismas.

Categoría A :mantenimiento intensivo.

Recoge aquellas zonas que por su ubicación estratégica, interés cultural o turístico, requiere del mejor ornato y estado óptimo en cuanto al estado de sus jardines y zonas verdes. Dentro de esta categoría están todos los parques, paseos, plazas y zonas ajardinadas que se encuentran en el centro histórico de la ciudad, los accesos a la ciudad donde existan glorietas y medianas ajardinadas y los paseos marítimos. Se incluye de igual modo el arbolado viario entre sus calles.

Categoría B: mantenimiento medio.

Recoge aquellas zonas que estando a las afueras del casco histórico, tienen un uso diario y considerado por los ciudadanos, ya sea por encontrase en zonas residenciales o cercanas a estas, así como lugares de paso o de uso comercial que deben presentar una buena imagen. Dentro de esta categoría se recogen los parques urbanos, zonas verdes y ajardinadas de zonas residenciales, bulevares y jardines y el arbolado viario existente entre sus calles.

Categoría C: mantenimiento básico.

Recoge aquellas zonas verdes que no sostienen un uso diario o frecuente, ya sea por su ubicación, falta de equipamiento o por estacionalidad del uso que hace de él el ciudadano. Se incluyen las zonas periféricas de la ciudad, márgenes de carretera, recinto ferial, polígonos industriales , praderas naturales y arbolado viario existente entre sus calles.

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2.2.3. Condiciones técnicas de los trabajos. El nivel de prestación del servicio será tal que los elementos incluidos en los espacios verdes mantengan durante todo el periodo de vigencia un nivel de calidad óptimo de acuerdo con el nivel de mantenimiento aplicado. Los trabajos se realizarán de acuerdo con unos criterios y frecuencias establecidos de antemano para cada nivel. Estos criterios no sólo hacen referencia a la calidad de los espacios verdes, sino también a la aplicación y puesta en práctica de técnicas de jardinería sostenible. Los siguientes apartados abordan las labores y técnicas jardineras que llevarán a cada uno de los elementos a su óptimo de calidad. Los Programas de Trabajo detallarán para cada labor los datos de ubicación, época, medios humanos y materiales empleados, formas de aplicación y dosificaciones, rendimientos, número de árboles o arbustos, m2 de trabajo, etc., según proceda. Ante cualquier duda, discrepancia, imprecisión u omisión en las especificaciones de los programas de trabajo, se aplicarán los criterios técnicos dispuestos en las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo . En el Anexo V: Programas de trabajo Espacios Verdes, se adjuntan las tablas de frecuencias mínimas para la ejecución de las distintas labores. Partiendo de éstas frecuencias mínimas, de obligado cumplimiento, el licitador presentará en la documentación técnica, el Plan de Trabajo con los distintos programas reflejando las frecuencias que considere más idóneas.

2.2.4.-Programa de limpieza y recogida de residuos.

Limpieza y recogida de restos vegetales u otros residuos que por cualquier medio alcancen las zonas verdes objeto del contrato.

2.2.4.1 Recogida de residuos días laborables, fines de semana y festivos.

La limpieza diaria de los espacios verdes y la recogida de residuos se realizará para que los espacios verdes se encuentren libres de cualquier tipo de residuo y en correcto estado de limpieza. Las operaciones a realizar incluyen unas series actuaciones tales como:

· Limpieza de espacios verdes y zonas estanciales. · Retirada de enseres generados por causa de la indigencia. · Recogida de restos vegetales no procedentes de otras labores de conservación (hojas, ramas, frutos,..). · Recogida de excrementos caninos. · Limpieza de residuos sólidos urbanos tras actos o concentraciones ciudadanas especialmente en días festivos.

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En aquellas zonas objeto de un uso más intensivo , la limpieza se realizará con una frecuencia específica para cada una de ellas, incluyendo fines de semana y festivos. Una vez recogidos los residuos deberán ser trasladados al centro o planta adecuado para su gestión.

2.2.4.2 Limpieza y recogida de restos vegetales derivados de las labores de mantenimiento.

Las labores de mantenimiento de los elementos vegetales generan numerosos restos en forma de ramas, troncos, hojas, restos de siegas…, que deben ser recogidos a lo largo de la misma jornada laboral con el fin de evitar diferentes problemas (olores por descomposición de restos de siega, dificultades para la movilidad de los usuarios por la zona verde, atracción de fenómenos de vandalismo, aumento del riesgo de incendios, etc.). Los restos vegetales deberán trasladarse a plantas de tratamiento autorizadas, respetando las normas estipuladas para la entrega de dichos residuos (estado, tamaño, transporte y horario).

El licitador presentará un programa de limpieza y recogida de residuos.

2.2.4.3 Programa de mantenimiento de areneros

Las áreas infantiles constituyen espacios de elevada sensibilidad dentro de los parques y jardines, por lo que las condiciones sanitarias deben mantenerse en todo momento. En cualquier caso, los residuos depositados deberán ser eliminados con inmediatez.

Las concentraciones de microorganismos y parásitos no deberán exceder las establecidas en la NTJ 13 R Higiene de los areneros en áreas de juegos infantiles.

Los areneros se mantendrán, en todo momento, libres de residuos, poniendo especial atención en la eliminación de excrementos caninos, colillas y otros restos orgánicos cuya descomposición afecta negativamente a sus condiciones higiénico sanitarias.

A petición de la Inspección Municipal se podrán solicitar muestras de los areneros, así como su análisis, para la verificación de la calidad higiénico-sanitaria de los mismos. Los gastos derivados de dichos análisis correrán a cargo a la empresa adjudicataria.

El licitador presentará un programa de mantenimiento de areneros en el que incluirá los itinerarios debidamente justificados sobre la base de criterios de eficiencia y optimización de los recursos asignados.

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2.2.4.4.- Vaciado de papeleras

Será objeto de este contrato el vaciado y limpieza de las papeleras ubicadas en las zonas verdes que a continuación se enumeran:

Parque de La Paz Parque De La Victoria Parque de Antonio Álvarez Parque de Enrique Calvario Parque del Padre J.L. Guerrero Parque de La Arboleda Perdida Parque de Mª Ángeles Fernández Cortabarría Parque de Poniente Parque de Manuel Rebollo Parque Océano Índico nº 3 Parque de los Mares del Sur Parque de Molino de Viento Parque de Bahía Blanca Parque del Pago de La Alhaja (Calle Topacio)

La frecuencia minima se establece en el Anexo V: Programas de Trabajo Espacios Verdes.. 2.2.5.- Labores de conservación de elementos vegetales

2.2.5.1 Programa de riegos

Los riegos deberán adecuarse a los tipos de plantas y formaciones vegetales presentes en los espacios verdes, con las dosis y frecuencias adecuadas para que éstas se mantengan en crecimiento y desarrollo normales. Los trabajos de riego deberán respetar unos mínimos que aseguren la optimización del recurso y la calidad de las operaciones: Las dosis y frecuencias propuestas tendrán en consideración las especies y variedades objeto del riego, las características del suelo (textura, estructura y pendiente) y las características climáticas (precipitación, insolación, vientos, etc.).

El aporte de agua será el necesario para satisfacer las necesidades hídricas de los elementos verdes situados sobre cada una de las zonas conservadas.

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El aporte de agua será uniforme en cuanto a la superficie a regar, regando a todos los elementos verdes tanto puntuales como superficiales de forma que se consiga un recubrimiento total.

Los aspersores o difusores estarán calibrados en todo momento de manera que su alcance y radio de giro sea el correcto, llegando a todos los puntos del elemento sin salirse de los límites del mismo.

La dotación de agua y frecuencia de riegos serán acordes a las condiciones orográficas en las que se encuentra la formación vegetal, evitando pérdidas de agua por escorrentía.

Los paseos adyacentes y viales deberán encontrarse, en todo momento, libres de daños por escorrentías o encharcamientos provocados por la mala administración del agua de riego.

Las redes automáticas y semiautomáticas se mantendrán en perfecto estado de limpieza y funcionamiento de forma que se minimicen las roturas o averías.

Se deberán proveer los riegos precisos en aquellas zonas que no dispongan de un sistema de riego automatizado o semiautomatizado (mangueras, cisternas, etc.). Se optimizarán los turnos y dosis de riego en función de la época del año y las distintas categorías establecidas, haciendo un uso preferente de los programadores que comandan en la red.

Se evitará el riego por aspersión con velocidades de viento superiores a 10 m/s, especialmente cuando se haga uso de aguas regeneradas. Junto a estos criterios mínimos la empresa adjudicataria podrá complementar otras actuaciones, debidamente justificadas para cada ubicación, que contribuyan no sólo a la utilización eficiente del agua sino a minimizar las pérdidas de ésta y a emplear fuentes alternativas al agua potable, como serían:

- Minimizar las pérdidas por evaporación mediante el entrecavado para evitar el

ascenso del agua del suelo por capilaridad o la aportación de mulching y acolchados para evitar la evaporación superficial.

- Reducir las pérdidas por escorrentías mediante la realización de alcorques y aterrazamientos.

- Mitigar los problemas derivados de la permeabilidad o infiltración del agua en el suelo, mediante la toma en consideración de la textura y estructura del suelo, la aplicación de enmiendas o la realización de redes de drenaje. Los daños ocasionados por el mal desarrollo de los trabajos de riego, deberán ser restablecidos por la empresa adjudicataria a su cargo y si por el incorrecto cumplimiento de

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este supuesto se produjesen escorrentías de agua no controlada la empresa adjudicataria abonará en su caso el importe de volumen derramado.

Los materiales auxiliares a utilizar, tales como boquillas, aspersores, mangueras, etc., deberán de ajustarse a las zonas que van a ser regadas, para evitar que, con el aporte inadecuado en su forma, se produzcan daños en las especies vegetales plantadas o se pierda agua por las superficies pavimentadas.

En el caso de que en las zonas verdes existiesen grupos de flor, bulbos, arbustos o arbolado, se regarán evitando descalces de las plantas, deslizamientos de las zonas labradas, encharcamientos, daños en la flor, etc.

Las estructuras florales deberán regarse con igual periodicidad y cadencia que las demás zonas verdes, quedando a elección del adjudicatario los medios a utilizar para cumplir su trabajo y resaltándose que, dada la limitación de tierra en éstas jardineras, la dedicación en cuanto a riego debe ser tenida en cuenta por la importancia que éstas poseen en cuanto a ornato e imagen pública de la ciudad, siendo consideradas como zonas verdes prioritarias.

2.2.5.2 Programa preventivo de las redes de riego

Las especificaciones establecidas en este apartado tienen por objeto el mantenimiento, la gestión (incluyendo el control de su uso), la conservación y la reparación de las redes de riego a partir del punto de abastecimiento del Servicio Municipal de Aguas. Para llevar a cabo estas labores, se requerirá que la empresa adjudicataria emplee personal técnico y operativo propio o indirecto cualificado y que además proceda con diligencia en la detección de averías o fallos, así como en la reparación de elementos. Todos los trabajos de gestión, mantenimiento y control de los sistemas están incluidos en el precio del contrato.

Programa.

La empresa presentará un programa de control e inspección diaria de las redes de riego y del mantenimiento, conservación e inspecciones así como los partes y sistemas de control que se deban realizar.

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Inspección, revisión, control y mantenimiento en uso de los sistemas hidráulicos, eléctricos y sistemas de programación de riegos.

La empresa adjudicataria procederá a la inspección, revisión, control, mantenimiento en uso y cambio de piezas, de los sistemas hidráulicos y eléctricos así como la detección de averías e incidencias. El sistema hidráulico estará compuesto por tuberías, elementos de control (llaves de corte, válvulas, electroválvulas), grupos específicos de riego, bombas, ventosas, filtros, emisores (bocas de riego, aspersores, difusores, goteos), arquetas, hidrantes y todos aquellos componentes hidráulicos que constituyan parte de la red de riego. El sistema eléctrico, en cambio, comprenderá las líneas de control de la señal codificada, los satélites, los descodificadores, los centros de control de la programación y el resto de los dispositivos eléctricos que lo integren, cuadros eléctricos, etc. Será obligación de la empresa adjudicataria, cumplir con las prescripciones mínimas que a continuación se especifican: El mantenimiento de los circuitos deberá garantizar una perfecta estanqueidad y funcionalidad permanente, reparando o sustituyendo aquellos accesorios o tramos de tubería que no funcionen correctamente.

Los ramales de riego localizado estarán sometidos a las mismas prescripciones que las enunciadas para los circuitos, no admitiéndose cambio alguno sobre los sistemas de acople, materiales etc. diferentes a los ya instalados, salvo autorización expresa de la Inspección Municipal. Se llevará a cabo el control de los sectores de riego, impidiendo pérdidas de agua, fundamentalmente en paseos o zonas libres de plantación. Todos los puntos de emisión de agua por goteo -goteros insertados o integrados en la tubería- estarán siempre limpios y regulados de tal forma que se produzca un "goteo" real, tanto en el principio como en el fin de ramal. Se procederá al ajuste horario y los tiempos de programación de cada fase de riego, variables en cada época y con cada sistema de riego, verificándose periódicamente el estado de las baterías de los dispositivos de programación. Se comprobarán todas y cada una de las conexiones de las diferentes electroválvulas, los fusibles de protección y demás mecanismos eléctricos mecánicos que incidan en el funcionamiento de todo el sistema de riego.

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Se efectuarán cuantas operaciones sean necesarias para asegurar el correcto funcionamiento del sistema, mediante la realización de labores de mantenimiento tanto preventivo como correctivo.

Limpieza de todos los elementos accesibles.

La empresa adjudicataria limpiará con la periodicidad suficiente, las arquetas de las válvulas, las arquetas de los hidrantes así como los cuerpos de los emisores de riego.

Sustitución de elementos.

Será de obligado cumplimiento, en la sustitución de los diferentes elementos de riego y sistemas de control, piezas o elementos defectuosos, así como en la ejecución de las diferentes unidades de obra, las Normas UNE además de las particulares que se establecen en el presente Pliego de Condiciones Técnicas. Las sustituciones de mecanismos pertenecientes a un elemento, se efectuarán por otros de idénticas características. Si esta sustitución afecta al elemento completo, las características del nuevo también se adaptarán al anterior.

Reparación de elementos.

La empresa adjudicataria efectuará las obras de reparación en las redes de riego objeto de este pliego, en el momento de su detección, empleándose elementos de iguales características a los existentes.

La empresa adjudicataria dispondrá de sistemas de comunicación y control eficientes y sencillos puestos a disposición del servicio.

Por ello, la empresa adjudicataria incorporará un protocolo de comunicación con el visto bueno de el Área de Medio Ambiente, que deberá estar operativo el primer mes de contrato, con objeto de facilitar el intercambio de información entre dicha entidad y la Inspección Municipal, en lo concerniente a las averías del sistema de riego, fuentes e hidrantes.

Las reparaciones se regirán por los mismos preceptos establecidos para las sustituciones, manteniendo la calidad existente o superándola, cuando las necesidades de la instalación así lo demanden.

El consumo de agua para riego, así como los gastos derivados del consumo de energía eléctrica necesaria para la prestación del servicio serán a cargo del Ayuntamiento de El Puerto de Santa María.

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Debe entenderse que cualquier avería producida por su uso debe ser subsanada por la empresa adjudicataria a su cargo, entendiendo que dichas instalaciones van directamente en beneficio de la empresa.

2.2.5.3 Programa de control de malas hierbas

La limpieza de malas hierbas se hará cuando estas resulten apreciables y su presencia suponga un deterioro en el nivel del mantenimiento.

2.2.5.3.1 La escarda.

Se realizará con una labor manual y/o química, en todas las superficies que así lo requieran, de manera que desaparezcan las malas hierbas y se mantenga la buena estructura del suelo:

Se pondrá especial cuidado en torno y bajo el mobiliario urbano. En estos casos las escardas químicas serán necesarias, de manera que con una programación adecuada podamos hacer desaparecer las malas hierbas de estos elementos del jardín.

En los macizos de flor se efectuará la escarda de forma manual, eliminando no solo la parte aérea sino también su sistema radicular, en cuanto sean perceptibles. En los periodos libres de plantación, se realizarán tratamientos herbicidas con el visto bueno de la Inspección Municipal.

En céspedes de más de un año de implantación se seguirán las instrucciones que, dependiendo de las condiciones de cada superficie, dé la Inspección Municipal. En los céspedes implantados de menos de un año la escarda se realizará manualmente eliminando todo el sistema radicular de la mala hierba.

En árboles, arbustos, herbáceas y tapizantes en que la densidad de la plantación no recomiende entrecavados frecuentes, se eliminarán las malas hierbas de la misma forma que en los macizos de flor. Si es posible y con las precauciones debidas se podrán realizar escardas químicas.

Se utilizarán acolchados, en los casos, y con las características y procedencia que indique la Inspección Municipal.

Las escardas químicas deben hacerse siguiendo las instrucciones dadas específicamente por la Inspección Municipal, utilizando en todos los casos productos no residuales.

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2.2.5.3.2 El entrecavado.

Consistirá en una labor de la tierra de cultivo con la profundidad que indique la Inspección Municipal y con la frecuencia y periodicidad que se establezca para cada nivel de mantenimiento, intensivo, medio o básico. Después de efectuar los entrecavados y escardas se pasará un rastrillo para alisar el terreno y eliminar elementos extraños (piedras, hierbas etc.).

2.2.5.3.3.-La empresa licitadora presentará en su oferta un programa de control de malas hierbas, donde se definan calendarios, medios, materiales y/o productos, formas de aplicación y dosis y teniendo en cuenta todas las técnicas y sistemas posibles (escardas manuales, químicas, utilización de acolchados, etc.) Estas labores, los materiales y todos los medios que sean necesarios para su ejecución (maquinaria, transportes , etc.), estarán, en todos los casos, dentro del precio del contrato.

2.2.5.4 Programa de abonados y enmiendas.

Se refiere este punto a los abonados minerales y orgánicos a realizar de forma periódica, ya sean de fondo o de superficie, que restituyan al suelo la fertilidad perdida y/o aporten a la planta, árbol o pradera aquellos elementos necesarios para su correcta nutrición o corrección de cualquier carencia.

Las labores de abonado se realizarán en: - Praderas y cubiertas vegetales. - Macizos de flor y herbáceas. - Arbustos y setos. - Árboles.

El licitador presentará un programa de abonados que establecerá las frecuencias y calendarios, tipos, características, dosis y la forma de incorporación de cada material. Tanto el programa como todos los abonos que se utilicen deberán tener el visto bueno de la Inspección Municipal, para lo que será necesario indicar su composición.

2.2.5.5 Programa de mantenimiento de praderas

2.2.5.5.1 Siega.

La operación de siega ha de realizarse, preferentemente, de forma recicladora y mixta, es decir, las segadoras a utilizar tipo cortacéspedes han de ser ligeras y con la posibilidad de

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reciclar y/o recoger, o simplemente recoger, este tipo de segadoras son las utilizables en pequeños y medianos jardines. En grandes superficies serán empleados tractores cortacéspedes o cortacéspedes de anchura de corte adaptada a estas zonas. Para remates, zonas estrechas y de difícil acceso se podrán usar las desbrozadoras, pero no deberán acercarse a árboles y arbustos marcando su tronco ya que en ese caso se exigirá su sustitución al contratista. Las frecuencias de siega y de desbroce no se pueden establecer con precisión, sino que dependerá de las condiciones de cultivo (temperatura y humedad), fertilización y tipo de césped (especie y cultivar). Aún así, se pueden determinar unos criterios mínimos para la ejecución de estas labores en los distintos niveles de mantenimiento, que junto con el riego y la fertilización, condicionarán en gran medida su valor ornamental y el nivel de calidad del césped y las praderas. Siempre teniendo en cuenta la categoría de mantenimiento prevista para cada zona. La variedad de mezclas cespitosas presentes en los espacios verdes hacen necesario un mantenimiento diferenciado, ya que las labores asociadas presentarán variaciones en función del tipo de césped. El licitador deberá elaborar el programa de siegas específico de los céspedes y las praderas objeto de conservación de este pliego. Propondrá frecuencias y alturas máximas según la composición específica y categoría de los céspedes. La siega se realizará sobre superficie uniforme, seca y donde hayan sido eliminados los residuos vegetales, y aquellos residuos sólidos superiores a 25 mm, con el fin de evitar daños en la maquinaria y que sean proyectados. La maquinaria a emplear y la frecuencia de siega serán adecuadas al tipo de césped y espacio de trabajo. Se limpiará la maquinaría con agua a presión con un fungicida en disolución para no transmitir las posibles enfermedades. La altura del césped vendrá condicionada por la categoría y el nivel de mantenimiento del mismo. Se alternará el sentido y dirección de la siega.

Como regla general se cortará como máximo 1/3 de la altura total del césped y siempre que el tipo de césped lo permita la altura de corte será preferentemente alta para evitar pérdidas de agua por evapotranspiración.

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El corte será limpio, sin desgarros y cuidando de no dañar con la maquinaria los árboles y arbustos.

Cuando el césped linde con otros elementos vegetales, pavimentos, desagües, mobiliario, etc., se recortarán con los medios adecuados a la misma altura de siega.

Con el fin de evitar los graves daños causados por la maquinaria de siega en árboles sobre césped, se creará un círculo perimetral de arena de río de 0,5 veces el radio del tronco del árbol. La reposición de carburante de la maquinaria se llevará a cabo fuera del césped para evitar cualquier vertido sobre él.

Para una buena calidad del corte se deberán mantener en todo momento las cuchillas afiladas.

2.2.5.5.2 Perfilados de céspedes y praderas

Al igual que en la siega, la frecuencia de los perfilados no se puede establecer con precisión, sino que dependerá de las condiciones climatológicas (temperatura y humedad) y la composición específica de la pradera. Aún así, se determinarán unos criterios mínimos para la ejecución de estos trabajos.

Para evitar daños en los troncos del arbolado y/o especies arbustivas derivados de tropezones de la maquinaria de siega o efecto del nylon de los cabezales de desbrozadora, se definirá un círculo libre de vegetación circundante al tronco.

Se eliminarán los residuos sólidos con tamaño superior a 75 mm antes de la ejecución del desbroce.

El perfilado se ejecutará recortando y eliminando los bordes de las áreas de pradera, tanto exteriores como interiores, manteniendo el trazado de los perfiles de dichas áreas procurando eliminar los sistemas radiculares.

Tras el desbroce y/o perfilado se eliminarán en el transcurso de la misma jornada los residuos vegetales generados.

2.2.5.5.3 Aireados y escarificados.

Las praderas de césped en general, y en particular las que tengan un uso intenso o presenten problemas de infiltración insuficiente, recuperarán su permeabilidad y aireación por medio de

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un programa regular de aireados y escarificados. De esta manera se mejorará la penetración del aire, agua y nutrientes.

Los aireados y escarificados seguirán obligatoriamente las prescripciones que se detallan:

- Se realizarán al inicio del periodo principal de crecimiento, cuando las condiciones atmosféricas sean favorables y nunca sujeto a condiciones atmosféricas de estrés. - La ejecución se realizará con la pradera segada, así como con el tempero de suelo en un estado óptimo. - El aireado se realizará de manera homogénea por toda la superficie, con la maquinaria o herramientas adecuadas y en una profundidad de entre 8 y 10 cm. El escarificado se realizará a una profundidad entre 2 y 5 cm. - Se evitará en todo momento causar daños en tuberías del sistema de riego o drenaje, así como en los sistemas radiculares de árboles y arbustos. Dichos sistemas serán revisados una vez procedido a la ejecución. - Tras el aireado y escarificado, se realizará un aporte superficial o recebo con arenas o aportes orgánicos compostados, resiembra y riego posterior, reduciendo la posibilidad de desecación del área tratada. - Se retirarán los restos producidos por estas labores de forma inmediata.

2.2.5.5.4 Renovación y resiembra de céspedes.

El uso normal de una zona verde en parques públicos origina en los céspedes calvas que hay que resembrar para conseguir su máximo valor ornamental. Las formas de resiembra serán: 1) Siembra de zonas verdes ya encespedadas, pero deterioradas por el envejecimiento u otras causas, y 2) por tepes. En el primer caso, para regenerar un césped deteriorado, habrá de realizarse, en primer lugar una siega de 15-40 mm y se efectuarán dos pases cruzados de un escarificador, recogiendo y retirando el fieltro que sale, se abonará con un abono mineral complejo de liberación lenta y se hará un recebado mezcla de arena silícea y materia orgánica, preferiblemente compost o mantillo orgánico, a continuación se pasará un rulo ligero que marcará el perfil del terreno y obligará a quitar o recebar en determinados lugares para que el perfil del terreno sea uniforme, dando un segundo pase de rulo, por último se sembrará la semilla de césped con dos pases cruzados, en dosis aproximadamente de 50 gramos por metro cuadrado de semilla, se cubrirá

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ligeramente con mantillo y se realizará un riego a poca presión hasta que el césped quede bien establecido. En el caso de la resiembra por tepes se procederá, como trabajo previo, al laboreo del terreno natural con desfonde, aporte de compost o estiércol, laboreo y reperfilado, para disponer sobre el terreno preparado las losetas de césped, previamente preparadas y debidamente conservadas, las cuales, una vez colocadas, serán objeto de un rulado con pisón y del riego necesario que, evitando el encharcamiento, permita un importante estado de humedad para un correcto desarrollo del sistema radical del tepe de césped. La empresa adjudicataria deberá garantizar en todo momento el recubrimiento, homogeneidad y regularidad de la pradera, independientemente de que su mal estado sea consecuencia del desgaste por el uso, decrepitud, deficiencias en la siembra o escaso mantenimiento. Para ello deberá contemplar un Programa de renovación y resiembra que tenga en consideración los siguientes criterios:

- La superficie de césped estará totalmente cubierta, homogénea en su mezcla de

especies y con el terreno nivelado.

- Se han de seleccionar especies adaptadas a las condiciones climáticas de la zona, de mayor rusticidad, resistentes a la sequía y a las temperaturas extremas y con menores demandas de riego, siegas y aplicación de fertilizantes.

- La preparación del terreno o el laboreo se realizará con las herramientas o maquinaria adecuadas y a la profundidad idónea.

- Para una correcta recuperación, se deberá aportar mantillo vegetal libre de malas hierbas de forma que se evite el tratamiento con herbicidas. La dosis de siembra será adecuada al tipo de césped a renovar o resembrar.

- Se aportará algún tipo de abono o cubresiembras y en las dosis adecuadas a las especies introducidas.

- La superficie sembrada se rulará para la nivelación de la misma. Se realizará un riego inmediatamente a la siembra. Después de terminar las labores se procederá a acotar y señalizar las zonas sembradas con todos los medios necesarios para su protección. Después de la realización de la labor se eliminarán los restos generados por ésta.

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2.2.5.6 Mantenimiento de arbolado y arbustos En el mantenimiento del arbolado y arbustos ubicados en las zonas verdes objeto de este pliego, se deberá tener en cuenta las siguientes labores:

Riego: Además de lo referido en el capítulo general de riego será necesario el riego a

pie de los árboles situados en terrizos, al menos, 4 veces al mes en los meses de máximas necesidades para aquellos árboles de nueva implantación. La formación de alcorques en los árboles situados en terrizos se realizará tantas veces como sea necesario, para el buen funcionamiento de los riegos a pie. Se controlarán de forma especial los derrames de agua para que no se produzcan escorrentías o gastos innecesarios.

Entrecavados y escardas: Como se ha referido en el capítulo correspondiente, apartado 2.2.5.3., este tipo de labores se realizarán con la frecuencia y características reseñadas, aunque deberán indicarse también en el programa específico. En estos trabajos nunca se debe afectar a los sistemas radiculares.

Abonados : Para este tipo de labor se seguirá el programa de abonados solicitado en el capítulo correspondiente. Como mínimo se deberán realizar, con las dosis que sean necesarias según la analítica realizada y la formulación más adecuada, las siguientes:

- Abonado químico específico para la reposición del material en cada uno de los árboles

o palmeras en profundidad con las herramientas y/o maquinaria de posicionamiento que sea necesaria, en toda el área de proyección de la copa.

Si es necesario y si así lo indica la Inspección Municipal y en casos de necesidad se realizarán trabajos de descompactación de suelo acompañados de inyecciones de material inerte en zonas terrizas donde esta compactación esté provocando la muerte de los árboles.

2.2.5.6.1 Programa de poda y recorte arbustos

Con respecto a la poda y basándose en el estado de los arbustos y de las formaciones vegetales, el licitador deberá presentar un programa de podas.

Para la realización de este programa se tendrá en cuenta que un buen número de arbustos se desarrollan de forma natural, sin ninguna dificultad y no hay que podarlos regularmente. En cambio otras especies deben ser podadas a intervalos más o menos regulares. Se efectuarán las podas de la forma y en la época adecuada para la mejor formación y vegetación de las plantas. Con carácter general se cumplirán las normas siguientes:

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- Se eliminaran los tallos secos, mal dirigidos o conformados, los que sean portadores de plagas y/o enfermedades graves, los que presenten precario estado y los que nazcan por debajo del injerto.

- Se aclararán los arbustos, ante una vegetación enmarañada que impida la penetración del aire y de la luz en su interior.

Con la realización de la poda se deberá conseguir el máximo nivel estético posible y en el caso de arbustos de crecimiento libre mantener la estructura habitual de la especie.

Se mantendrá la forma, porte, volumen y uso elegido. Se harán cortes limpios, usando herramientas bien afiladas. Dentro de los arbustos caducos interesantes por su flor, la poda irá encaminada a favorecer la floración. Se tendrá en cuenta el comportamiento de las yemas y la época de su apertura para evitar cortar las ramas floríferas al realizar la poda. Para cada tipo de arbusto la poda se realizará de manera diferente y en distintas épocas. En las podas se equilibrará la parte aérea y radicular en la época de reposo vegetativo.

Las herramientas de corte deberán ser desinfectadas en todos los casos.

En las podas de formaciones vegetales, masas, setos y formaciones especiales, el adjudicatario mantendrá el actual diseño. Cualquier modificación que se plantee deberá tener el visto bueno de la Inspección Municipal. La poda de estos elementos seguirá las normas generales para la poda de los arbustos. Las podas de las pérgolas tendrán especial atención, tendentes a que el techo de la pérgola adquiera la configuración de jardín para la que fue construido. En el caso de arbustos aislados y formaciones vegetales de arbustos de crecimiento dirigido se llevarán a cabo podas de recorte que se basan en la realización sistemática y periódica de despuntes y/o pinzados durante el periodo de actividad vegetativa, aplicándolos en:

- Ejemplares aislados en los que se pueden obtener formas geométricas artificiales o formas escultóricas (topiaria). - Composiciones como setos, cerramientos o borduras. - Masas de arbustos.

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Los despuntes y/o pinzados se realizarán las veces y de la forma que se establezca dependiendo de la especie y sus características de desarrollo. La frecuencia y época en que se realicen estos despuntes y/o pinzados tendrá en cuenta:

- La adaptación de la especie a estos trabajos de poda y su respuesta así como el desarrollo que la planta tenga cada año y sus características fenológicas - La época de floración, si ésta es su característica. - La estética del elemento, evitando los crecimientos que desvirtúen su forma. - Las condiciones climatológicas. - El mantenimiento de sus medidas geométricas.

Las labores de poda se realizarán con los medios mecánicos o manuales (tijeras, cuerdas, etc.) más adecuados a cada situación con el visto bueno de la Inspección Municipal.

2.2.5.6.2 Programa de poda de árboles y palmeras

Los trabajos de poda serán el capítulo más importante en el programa de gestión de arbolado y palmeras ubicados tanto en las zonas verdes cómo en alineaciones de viales. Basándose en el inventario y en el estado de los árboles y palmeras, el licitador deberá presentar un programa de podas. Este programa irá encaminado a cubrir los siguientes objetivos:

- Conseguir un desarrollo adecuado de los elementos a podar, manteniendo y mejorando su salud y estructura. - Adecuar cada especie vegetal a las necesidades de uso del espacio donde se desarrolla. - Realizar todos los trabajos de poda que sean necesarios para controlar la seguridad de los usuarios. - Formar correctamente los árboles y palmeras, reformar aquellos que estén mal formados y/o reequilibrar las copas descompensadas. - Eliminación de ramas y hojas secas. - Eliminación de ramas y follaje afectado por plagas y enfermedades, según normativa vigente, en el caso de palmeras, de manera obligatoria.

Deberá asimismo eliminarse el peligro de caída mediante las actuaciones preventivas correspondientes, basadas en la eliminación de elementos muertos, podas, tratamientos fitosanitarios y/o cualquier otro sistema de sujeción o apoyo (cableados, pies derechos, tutores, anclajes, etc.).

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Las podas que se realicen irán encaminadas al respeto de la forma natural de los árboles y palmeras, y a corregir los problemas de podas mal realizadas, los problemas de seguridad o fitosanitarios excepto en los ejemplares que por su situación o sus características específicas necesiten otro tipo de poda que establecerá la Inspección Municipal.

El número de árboles y palmeras, ubicados tanto en zonas verdes como en alineaciones de viales, a podar durante este contrato será el recogido en la tabla de frecuencias del Anexo V. La Inspección Municipal dará el visto bueno sobre los ejemplares a podar cada año.

Los materiales y todas las labores y medios mecánicos necesarios para estos trabajos serán por cuenta del adjudicatario. Las herramientas empleadas estarán limpias y desinfectarán regularmente en cada cambio de ejemplar. La empresa adjudicataria cumplirá los protocolos de poda y trepa, quedando obligada a minimizar los riesgos asociados a los trabajos mediante el uso obligatorio de EPIS por parte de los operarios. La empresa adjudicataria deberá garantizar en la operación de poda la seguridad de bienes y personas mediante una correcta señalización y balizamiento. Los restos de poda serán adecuadamente recogidos dejando limpia la zona, inmediatamente después a la ejecución de los trabajos o en el transcurso de la misma jornada.

2.2.5.6.3 Apeo de arbolado

El apeo de arbolado puede estar ocasionado por circunstancias diferentes:

- Árboles y palmeras secos: La empresa adjudicataria deberá detectar el arbolado seco de las zonas verdes y alineaciones, procediendo a su apeo inmediato, con el visto bueno de la Inspección Municipal, tras realizar fotografía e incluyendo la baja producida en el inventario del arbolado.

- Árboles y palmeras peligrosos: Se prestará especial atención al estado estructural que

presenten los árboles y palmeras de las distintas zonas verdes y viales, remitiendo a la Inspección Municipal informe de su situación, en caso de peligro y procediendo al apeo con carácter urgente cuando se reciba la autorización o bien de forma inmediata si el caso lo requiere, con el visto bueno de la Inspección Municipal. Así mismo, la empresa tendrá la obligación de fotografiar cada uno de los árboles que se apeen, dándoles de baja en el inventario.

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- Palmeras muertas por ataques de picudo rojo: Se deberá prestar especial atención a esta circunstancia y en el caso de que el ataque de este agente nocivo sea irreversible para la salud de la palmera afectada, ésta deberá eliminarse de manera inmediata y obligatoria. Se remitirá a la Inspección Municipal informe de su situación y se procederá al apeo con carácter urgente cuando se reciba la autorización o bien de forma inmediata si el caso lo requiere, con el visto bueno de la Inspección Municipal. Así mismo, la empresa tendrá la obligación de fotografiar cada uno de los ejemplares que se apeen, dándoles de baja en el inventario. Los trabajos de eliminación se realizarán siguiendo el protocolo establecido por la normativa vigente.(Decreto 77/2010 de 23 de marzo por el que se califica de utilidad pública la lucha contra el curculiónido ferruginoso e las palmeras (rhynchophorus ferrugineus olivier), y se establecen las medidas fitosanitarias obligatorias para su prevención y lucha)

Los apeos de árboles y palmeras, estarán incluidos en el coste del servicio, tanto la mano de obra como los medios auxiliares y maquinaria. En todos los casos se tomarán las medidas oportunas para que al actuar no se afecte al resto de los árboles, arbustos, palmeras o elementos del entorno. Los árboles y palmeras que por cualquier razón se caigan, deberán tratarse a todos los efectos como árboles apeados.

La empresa adjudicataria deberá avisar de manera inmediata a la Inspección Municipal cuando se produzcan estas incidencias y emitirá un informe en el que incluirá una foto del ejemplar, las circunstancias del apeo y los daños que puedan haber producido en otros elementos. En el caso de que el árbol o palmera forme parte de una alineación, además, deberá incluir la baja del pié en el inventario. Los trabajos de apeo comprenderán:

- Tala del árbol. - Retirada de todo el material vegetal, y traslado a la planta de tratamiento autorizada.

2.2.5.6.4 Arbolado de alineación.

El arbolado de alineación listado en el Anexo III Inventario del arbolado urbano, incluye el existente actualmente y el que se pueda reponer en los alcorques que formando parte de estas alineaciones se encuentran actualmente vacíos o con un tocón o árbol seco. La gestión del arbolado urbano de alineación, tarea que requiere un esfuerzo continuado de estudio y actuación, y que tiene por objeto no solamente la preservación de los ejemplares en una correcta funcionalidad y estado fitosanitario, sino también garantizar la seguridad de los usuarios.

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Todos los trabajos que se realicen deben ir encaminados a mejorar sus condiciones y su belleza y a la renovación de los árboles que por trabajos culturales mal realizados o por su propia decrepitud deban ser sustituidos. En este apartado se incluyen todas las labores específicas que deben realizarse en el arbolado de alineación. En lo que respecta a los riegos, abonados y tratamientos fitosanitarios y apeo del arbolado se estará a lo dispuesto en los apartados correspondientes. No están dentro de este contrato los trabajos de control de malas hierbas, entrecavados y escardas, de los alcorques del arbolado de alineación.

Todos los medios técnicos, maquinaria, transportes o materiales necesarios para la realización de estas labores estarán dentro del precio del contrato. Estos trabajos también consistirán en la limpieza de todos aquellos chupones o brotes basales que las diferentes especies vegetales pueden producir.

Cuando por el tamaño de los árboles las placas cubre-alcorques puedan dañar el tronco, han de ser retiradas y llevadas al almacén general, rellenando el alcorque con tierra o grava, según criterio de la Inspección Municipal hasta su nivelación, esta labor tendrá una atención constante, de tal forma que el alcorque aparezca limpio y sin malas hierbas.

Asimismo, en este capítulo deberá incluirse el apeo de arbolado seco, o roto por causas fortuitas (accidentes, vientos, etc.). La poda del arbolado se hará según necesidades del mismo de acuerdo con los criterios establecidos en el apartado 2.2.5.6.2. Esta labor será espacialmente significativa, dado que una parte importante del arbolado urbano de alineación está constituido por ejemplares adultos. La empresa adjudicataria se hace responsable ante el Ayuntamiento de El Puerto de Santa María del correcto guiado en las fases de formación del arbolado urbano de alineación, por lo que llevará a cabo los trabajos necesarios de enderezamiento del arbolado urbano y su entutorado correspondiente. Será responsabilidad de la empresa adjudicataria la planificación, desarrollo, seguimiento y control de la sanidad vegetal y de la seguridad del arbolado, siendo ésta responsable de aquellos daños que pudiesen generarse sobre el propio arbolado o hacia terceros, como consecuencia del incumplimiento de los requisitos establecidos en el programa o mala praxis en la ejecución del mismo.

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El objetivo es prever las posibles situaciones que pueden comprometer la sanidad vegetal y la seguridad de las personas. No obstante, la aplicación exhaustiva de estos requerimientos no garantizará que no se produzcan accidentes -porque pueden acontecer situaciones de fuerza mayor- pero sí permitirá disponer de la información necesaria para tomar las medidas más adecuadas, al estar vinculado al mantenimiento actualizado del inventario en este sentido.

2.2.5.6.5 Árboles singulares o de gran porte

El arbolado singular bien por su porte, rareza, edad, interés cultural o histórico, dispuesto en alineaciones o en zonas verdes, será objeto de tratamiento especial y, teniendo en cuenta que las labores posibles pueden ser varias, se actuará en dos aspectos: labores de limpieza de rebrotes y saneo, y labores de terciado y encopado, siempre bajo la supervisión y visto bueno expreso de la Inspección Municipal. La limpieza de rebrote o aclareo y la actuación de saneo consistirán en la poda de las pequeñas ramas que rebroten de yemas dormidas e intermedias, fácilmente operables y las labores de cirugía arbórea necesarias para eliminar podredumbres superficiales o internas y tratamientos posteriores de cicatrizado. El terciado y encopado consistirá en la realización de trabajos de fuerte poda en la propia copa del árbol. En cuanto a medidas de seguridad, así como criterios de poda, eliminación de restos y de cuidado posterior del árbol, el adjudicatario se atendrá a lo expuesto en los artículos anteriores. En el Anexo IV se recoge el Inventario de árboles singulares del Término Municipal, de titularidad pública, aprobado en el Plan General de Ordenación vigente. Son árboles o arbustos existentes en el término municipal, notables por su longevidad, tamaño o rareza; vinculados a la historia de El Puerto y que por ello merecen una consideración específica, siendo susceptibles de tener un régimen especial de protección. El artículo 8.2.11. de Las Normas Urbanísticas del Plan General establece que cada uno de los elementos incluido en este Inventario debe ser conservado, sin que puedan ser destruidos o desplazados de su ubicación actual y define las normas de protección, de obligado cumplimiento.

2.2.5.7 Programa de reposiciones y plantaciones Estas labores consistirán en la plantación de las especies vegetales, árboles, arbustos, herbáceas anuales y perennes y flores y la sustitución de las que hubieran perdido o mermado

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considerablemente sus características ornamentales o bien que su precario estado haga prever tal situación para un futuro próximo.

2.2.5.7.1 Labores de plantación

Las labores de plantación se realizarán siguiendo las siguientes normas: Planta.

Se utilizarán plantas de calidad certificada, de la especie, variedad y tamaño que indique la Inspección Municipal. Serán plantas sanas y bien formadas, según el hábito de crecimiento de la especie o variedad. Las plantas no podrán mostrar defectos causados por enfermedades, plagas o fisiopatías que reduzcan el valor o la calificación para su uso.

En el caso de plantas en contenedor o cepellón el substrato estará libre de malas hierbas y tendrá las características y composición (materia orgánica, pH, salinidad, humedad, etc.) óptimos para su desarrollo.

En el caso de plantas a raíz desnuda, la plantación se realizará dentro de la época adecuada. Las raíces deberán presentar unas dimensiones adecuadas al tamaño de la planta, sin presencia de roturas o heridas de importancia y deberán protegerse de daños mecánicos y de deshidratación desde su arranque hasta el momento de su plantación.

En ambos casos los árboles deberán ser encopados, con su eje y ramificaciones de copa equilibradas. Los arbustos deberán estar ramificados desde la base y con al menos dos pinzados de formación. Las plantas trepadoras estarán provistas del tutor adecuado, las fijaciones no provocarán heridas ni estrangulaciones. En caso necesario, deberán suministrarse previa comprobación del pasaporte fitosanitario correspondiente.

Plantación.

Se llevará a cabo teniendo en cuenta las premisas que se detallan a continuación: - Replanteo de los elementos vegetales. - Apertura de hoyos con las dimensiones necesarias, según la especie y tamaño del vegetal. - Se suministrarán y realizarán los aportes que indique la Inspección Municipal en el área de plantación. Asimismo, en cuanto a la renovación y sustitución del substrato primitivo se refiere, partiremos de los siguientes mínimos:

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En arbolado supondrá un volumen mínimo de 1 m3/Ud.

En macizos de flor y herbáceas, una profundidad de 30 cm. y en arbustos será de 60 cm.

- Se prestará especial atención a la posición de la planta en el hoyo de plantación, con respecto al cuello y orientación verticalidad. - Se realizarán los riegos inmediatamente después de la plantación, cumpliendo con la frecuencia mínima que establece el programa de riegos del Anexo V del presente pliego. - Se colocarán los tutores o las protecciones que establezca la Inspección Municipal para el buen desarrollo de la plantación. -Se evitará la acumulación del material vegetal, transportando al lugar de plantación, únicamente, lo que pueda plantarse en el día. En el caso que esto no fuera posible, se habilitará una zona de acopio, de textura arenosa para su depósito con los medios y elementos necesarios para proteger y mantener la planta. Abonados.

Se realizarán los abonados que se especifiquen en el programa de abonados.

2.2.5.7.2. Tipos de actuaciones

Las labores de plantación pueden referirse a reposiciones, nuevas plantaciones o trasplantes. En este apartado nos vamos a referir a los trabajos de reposición de árboles, arbustos y plantas herbáceas de flor y las plantaciones de plantas herbáceas de flor. Como norma general, cuando las reposiciones se deban realizar por la muerte o el precario estado de las plantas, a causa de defectos en el mantenimiento, tanto las labores de plantación como el suministro de las plantas serán por cuenta del adjudicatario en su totalidad, en la calidad y modo que indique la Inspección Municipal. Dentro de los defectos de mantenimiento que pueden producir anomalías en las especies vegetales podemos destacar:

- Anomalías en los riegos por carencia, deficiencias, retrasos, dotación inadecuada, aplicación incorrecta o cuando por roturas en la instalación, no se pongan a disposición del servicio otras instalaciones o sistemas de riego.

- Anomalías en los tratamientos sanitarios por carencia, deficiencia, retrasos o aplicaciones inadecuadas e incorrectas.

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- Por marras producidas en las reposiciones, en plantaciones efectuadas por el adjudicatario o por defecto de plantación y por incumplimiento de las labores establecidas en este pliego.

Árboles.

Se respetarán las especies existentes, excepto en aquellos casos justificados y que marque la Inspección Municipal, en que se considere necesario un cambio. Las operaciones de reposición de arbolado implicarán un replanteo previo de las especies elegidas con el visto bueno de la Inspección Municipal. Se realizarán las labores de plantación según se indica al comienzo de este apartado, destacando que:

- Las dimensiones mínimas para los hoyos de plantación de los árboles serán 2 veces el diámetro de las raíces o pan de tierra en sentido horizontal y 1,5 su profundidad en sentido vertical. - En los casos que la Inspección Municipal así lo establezca, se dispondrá para el arbolado, el acolchado y los sistemas de protección o en tutorado individual que sean necesarios. - El calibre mínimo de 16-18 cm. - Se realizarán todos los riegos que sean necesarios para el mantenimiento de la nueva plantación, si fuera necesario hasta uno diario. - En caso de que los suelos presenten problemas de encharcamiento, se procederá a efectuar, previamente a la plantación, el correcto drenaje de los mismos.

El suministro de árboles y todos aquellos materiales necesarios para el acolchado, los sistemas de protección y entutorado, corresponderá a la Empresa adjudicataria en aquellos casos en que sea una reposición debida a un defecto de mantenimiento. En el caso en el que la reposición del arbolado sea debida a otros motivos como pueden ser vandalismo, muerte natural del ejemplar u otras causas no imputables al contratista, el suministro de los árboles y materiales necesarios para el acolchado, protección y entutorado lo hará el Ayuntamiento .

Arbustos:

Comprende la reposición de arbustos de la misma especie u otra con características y calidad similares. Se incluye en esta operación la eliminación de arbustos en malas condiciones o muertos, suprimiendo toda la parte aérea y radicular y la reposición de las marras existentes de arbustos aislados y en masas. En los setos se repondrá el número de pies necesarios para que la reposición de la marra prospere.

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La preparación del terreno y labores de plantación se realizarán según lo especificado en este apartado, señalando que:

- Las dimensiones mínimas del hoyo de plantación, para arbustos, será de 30 cm de profundidad y en cualquier caso, más ancho y más profundo que el diámetro de las raíces o pan de tierra. Será necesario remover toda el área de plantación que indiquen los técnicos municipales en, una profundidad mínima de 60 cm.

- Después de la plantación se dejará el terreno dispuesto para el riego.

Se realizarán todos los riegos con la frecuencia mínima establecida en el programa de riegos del Anexo V En los casos que la Inspección Municipal de el visto bueno, se dispondrán los acolchados y sistemas de protección que sean necesarios.

El suministro de arbustos corresponderá a la Empresa adjudicataria en aquellos casos en que sea una reposición debida a un defecto de mantenimiento. En el caso en el que la reposición de plantas arbustivas sea debida a otros motivos como pueden ser vandalismo , muerte natural del ejemplar u otras causas no imputables al contratista, el suministro de arbustos necesario lo hará el Ayuntamiento. Plantas herbáceas de flor:

Comprende la plantación de plantas de flor de la especie y calidad determinadas con el visto bueno de la Inspección Municipal, con el marco y sistema de plantación que se determine para cada especie, con un mínimo que se relaciona a continuación:

Contenedor del 12/13, 14 unidades por m2 Maceta del 11,16 unidades por m2 Bandeja de 28,18 unidades por m2 Bandeja de 40, 20 unidades por m2

Las zonas de plantación de herbáceas de flor podrán ser variadas y/o aumentadas en su superficie y en su número dentro de las zonas verdes recogidas en el Anexo I, si así lo indica la Inspección Municipal.

Se realizarán todas las labores que se indican en este pliego en cuanto a la plantación se refiere, siguiendo las siguientes particularidades:

- Eliminación y retirada de las plantas existentes. - Preparación del terreno con un volteo de, como mínimo, 40 cm.

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- Aporte anual de la enmienda orgánica y/o inorgánica - Abonado químico por cada plantación.

La plantación deberá mantenerse en perfecto estado. En el caso de que hubieran marras deterioradas por defecto en el mantenimiento, la Empresa adjudicataria será la responsable de la sustitución de las mismas aportando las plantas necesarias. La empresa adjudicataria hará un suministro de planta de temporada en razón de 11.000 unidades, además del suministro de Feria que viene especificado en el apartado 2.2.5.10. Las especies y fechas del suministro serán fijadas por la Inspección Municipal en el primer trimestre del año.

2.2.5.8 Programa de mantenimiento de estructuras florales Se incluyen los trabajos de mantenimiento y conservación de las plantaciones en las estructuras florales existentes en la Ribera del Marisco.

Se seguirá el plan de riego, abonados y reposición visto en apartados anteriores.

2.2.5.9 Programa de tratamientos fitosanitarios El tratamiento fitosanitario preventivo y curativo consistirá en la actuación destinada a la prevención y lucha contra las plagas y enfermedades que puedan aparecer y sufrir el arbolado, las palmeras, los arbustos, setos y el césped. Para ello, el licitador deberá disponer o estar en condiciones de disponer, en cuanto se le encomiende la labor, de cuantos medios humanos y materiales sean necesarios para actuar sobre la plaga, enfermedad y brote inicial y aplicar el tratamiento preventivo, de manera que se inicien los trabajos de lucha y prevención de forma inmediata. Los elementos o sustancias a utilizar para la actuación deberán ser productos comerciales cuya composición y toxicidad esté debidamente garantizada, de acuerdo con los controles que el Ministerio de Agricultura ejerce al respecto, y su aplicación se realizará básicamente en horas adecuadas para evitar las molestias que este tipo de trabajos ocasiona a los peatones y vehículos. La labor combativa se podrá combinar con labores de abonado foliar, de acuerdo con las instrucciones que al respecto reciba de la Inspección Municipal. Las unidades de este trabajo consistirán en la actuación puntual sobre el árbol, el seto, el arbusto, el árbol o el césped, considerándose incluido el producto químico a utilizar. La Empresa adjudicataria se obliga en esta materia a fomentar entre otras medidas compatibles con un mantenimiento sostenible, las siguientes:

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- Desarrollar los métodos preventivos necesarios para minimizar la presencia y propagación de plagas y enfermedades en las especies vegetales. Selección de especies resistentes, adecuada limpieza de herramientas, calidad del material vegetal de plantación, drenaje adecuado de sustratos de siembra y de plantación, etc. - Potenciar la lucha ecológica/biológica mediante insectos, pájaros insectívoros, bandas cromáticas, lámparas de vapor de mercurio, trampas con feromonas, etc. - Empleo de fitosanitarios con materias activas ecológicas o con materias activas de tipo hormonal y orgánico, y en los casos que sea posible se utilizará lucha integrada y biológica. - Uso de fitosanitarios de bajo impacto ambiental, con baja toxicidad para la fauna, específicos para el problema a resolver, a bajas dosis, en formulaciones granuladas o encapsuladas para reducir el riesgo de contaminación por vertidos accidentales o microencapsuladas y de liberación lenta para reducir el movimiento y lixiviación de los fitosanitarios en el suelo. - Se hará un uso sostenible de los productos fitosanitarios de acuerdo co lo establecido en el RD 1311/2012

En relación a los tratamientos preventivos, serán criterios mínimos exigibles a esta labor:

- Para la aplicación de este tipo de productos el personal dispondrá de carnet de aplicador y la empresa estará en el Registro de empresas aplicadoras de fitosanitarios, tal y como establece la normativa vigente.

- El tratamiento se llevará a cabo en las condiciones climáticas que optimicen su eficacia.

- El tratamiento se realizará en los momentos óptimos del huésped y el agente patógeno a tratar acorde al estadio o fase del ciclo en el que se encuentren.

- El horario de tratamiento deberá ser tal que en un horario que minimice los posibles perjuicios a los usuarios de los parques y jardines, especialmente en horario nocturno.

- El adjudicatario deberá señalizar las zonas de tratamiento acotándolas con el fin de avisar a los usuarios del tratamiento que se está efectuando.

- La dosis empleada será adecuada a la superficie a tratar y al tipo de equipo a emplear (atomizadores, equipos de alta y baja presión, mochilas, etc.), adaptando las dosis a los diferentes consumos de agua.

- La aplicación del producto se realizará de forma uniforme en toda la superficie utilizando el tamaño de boquilla más recomendable en función de la dosis por hectárea y la velocidad de trabajo, así como una adecuada presión de trabajo en la misma, de forma que se pueda reducir al mínimo la deriva.

- Los tratamientos preventivos quedarán limitados a las especies sensibles a determinadas plagas o enfermedades y sólo para prevenir las mismas.

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- El tratamiento se realizará con los equipos y metodología más adecuada, atendiendo al tipo de superficie, condiciones meteorológicas y presencia de usuarios en el parque y viales. Será prioritario el uso de equipos de aplicación de baja deriva.

- No se tratará directamente sobre fuentes o cualquier curso de agua, procurando dejar bandas sin tratar en el entorno de los mismos y no permitiendo que la deriva del pulverizado alcance estas zonas.

- Se delimitará y/o señalizará con los elementos de protección y balizamiento que sean necesarios el ámbito de los trabajos cuando éstos comporten riesgos para las personas.

- Los equipos de aplicación serán debidamente calibrados y mantenidos en perfectas condiciones para evitar derrames o consumos innecesarios.

- Cuando los tratamientos fitosanitarios sean o vengan acompañados de poda o tala para eliminación de material vegetal afectado, los restos serán inmediatamente retirados y gestionados para su eliminación.

- Los envases vacíos serán gestionados directamente por la Empresa a través de un gestor autorizado.

La empresa adjudicataria deberá disponer de los sistemas de información técnica adecuada y acreditada y realizar el control de la sanidad vegetal y todos los tratamientos, preventivos o curativos así como las labores para mejorar la sanidad vegetal de las especies. Para ello la empresa adjudicataria pondrá a disposición los medios para cumplir los siguientes objetivos:

- Momento óptimo de los tratamientos preventivos y de su reiteración. - Detectar cualquier anomalía en el suelo y en el estado sanitario de las especies

vegetales que pueda producir debilidad y, por tanto, enfermedades y plagas. - Detección de los factores climáticos que puedan afectar al desarrollo de las

enfermedades y plagas. - Realizar los análisis para poder diagnosticar las posibles enfermedades o plagas,

incluidas las labores de trampeo contra picudo rojo de las palmeras.

Controles, muestreo, análisis y revisión de trampas en el caso del picudo rojo de las palmeras .Estudiar y proponer los tratamientos y labores adecuadas, detallando:

- Momento óptimo de las aplicaciones, de acuerdo con los ciclos y los estados fenológicos. - Periodicidad del tratamiento. - Método. - Fórmula. - Dosificación del producto a emplear. - Control y seguimiento de la evolución de los tratamientos mediante muestreos y análisis.

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En los casos que sea posible se utilizará la lucha integrada y biológica.

La empresa adjudicataria deberá informar por escrito de todo el proceso, la Inspección Municipal dará el visto bueno a los tratamientos propuestos y su metodología.

En la aplicación de los tratamientos se utilizarán medios, productos y procedimientos no tóxicos para las personas y animales. Todos los productos fitosanitarios, labores, maquinaria, análisis, controles y apoyo técnico para el control de la sanidad vegetal serán por cuenta del adjudicatario. El adjudicatario, o la empresa que realice los tratamientos, deberá estar dada de alta en los registros que marque la ley y cumplir y hacer cumplir todas las normas y leyes que para este tipo de tratamientos estén en vigor o que pudieran aprobarse por los organismos competentes a lo largo del contrato. El adjudicatario en cualquier caso será responsable único de los tratamientos que se realicen.

El licitador presentará un programa de tratamientos fitosanitarios que recoja los productos propuestos para las plagas más habituales del periodo del contrato, picudo rojo, procesionaria, pulgón y oruga del césped, indicando sus materias activas, dosificación y forma de aplicación. El ámbito de aplicación será las zonas verdes relacionadas en el Anexo I, El Arbolado Viario recogido en los Anexos III y IV y los pinares municipales : Coto de La Isleta, Pinar de Coig y Pozos de La Piedad, Pinar del Oasis, Pinares de Valdelagrana, Pinar de El Manantial y Pinar de Mochicle.

2.2.5.10. Feria de Primavera

Con motivo de la Feria de Primavera se realizarán una serie de trabajos de limpieza y exorno tanto dentro del recinto ferial como en los alrededores del mismo que consistirán en:

1. Desbroce y limpieza de márgenes de carreteras en Carretera de Sanlúcar, Virgen de la Cabeza, Camino viejo de Rota, Accesos desde la Cerería a las Nieves, Camino de los Romanos hasta el recinto, Avenida Víctimas del Terrorismo.

2.- Desbroce y limpieza de aparcamiento oficial si lo hubiera. 3.- Preparación del terreno, y colocación de tepes de césped en la fuente ubicada en la

confluencia de las calles principales.

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4.- Plantación de flor de temporada en Isletas del Parque del Vino Fino, Rotonda Camino Viejo de Rota (Venta Durango), Rotonda de los Bomberos, Rotonda de la Victoria y Fuente central del Recinto Ferial.

Las plantas de la fuente del recinto, junto con el césped, se transplantan a otras zonas verdes del Puerto, una vez terminadas las fiestas. 5.- Escarda y desyerbado de paseos, bordillos y aceras del recinto. Se aplicarán

escardas químicas con la antelación suficiente evitando que se solapen estos trabajos con los de los propios de los caseteros o del servicio de mantenimiento urbano.

6.- Exorno de la caseta municipal ( 30 uds. macetas en los balcones y paredes) y

colocación y plantación de barriles en la entrada. 7.- Plantación y colocación de medias botas en las medianas de los paseos (50 uds). 8.- Suministro de 11.000 plantas de temporada para los espacios y botas ya citados con

anterioridad. 2.2.6. Mantenimiento y conservación de juegos infantiles y recorridos saludables 2.2.6. 1.- La conservación, reparación e instalación de juegos infantiles y recorridos saludables, recogidos en el Anexo VI del presente Pliego de Condiciones, deberá cumplir con la normativa vigente en el momento de realizarse la prestación del servicio. . 2.2.6.2.-Mantenimiento preventivo La Empresa conservadora realizará todos los trabajos necesarios para el correcto mantenimiento preventivo de los distintos elementos que componen este apartado, requiriéndose, dependiendo de los casos, a la participación de diferentes oficios. 2.2.6.2.1.- Inspección ocular. Se hace con el objeto de detectar posibles anomalías o disfunciones, así como verificar el impacto visual de la zona y de sus equipos. Se hará una comprobación total de la instalación, identificando los riesgos que puedan derivarse por la ausencia o rotura de algunas piezas por actos vandálicos, por desgaste u otras causas. Se harán las reparaciones que se puedan realizar en el momento, además de reapretado de tornillería, comprobación de desgaste de piezas móviles, revisión del posible afloramiento de

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bases de cimentación, retirada de materiales peligrosos, detección y reposición de piezas ausentes o rotas, revisión del estado de los pavimentos. Cuando los desperfectos, siendo de carácter grave, no puedan ser reparados durante la visita rutinaria, se procederá al precintado y/o señalización del equipamiento para evitar posibles accidentes. Cada inspección ocular generará un parte o ficha de inspección ocular. 2.2.6.2.2.- Inspección funcional. Se realizará trimestralmente un examen detallado para comprobar el funcionamiento y estabilidad de los equipamientos, y en particular se detectarán las posibles muestras de desgaste de las piezas y los elementos de los equipos, además de los efectos de la corrosión. El mantenimiento que se deriva de estas inspecciones incluirá la corrección de los defectos y el restablecimiento de los niveles de seguridad necesarios para la utilización de estos equipamientos : ajuste de piezas de unión, reapretado de tornillería , lubricación de partes móviles, restitución de piezas, detección e muestras de desgaste, detección de muestras de corrosión, revisión superficies de absorción de impacto, revisión del correcto funcionamiento de los equipamientos. Durante estas inspecciones también se revisará la seguridad de la totalidad del recinto del área de juegos. Toda la información resultante de esta inspección se recogerá en el Parte o Ficha de Inspección Funcional de los Equipamientos. Cualquier defecto que se diagnostique generará un parte de trabajo para que se efectúe la corrección con la máxima celeridad. 2.2.6.2.3. Reconocimiento anual integral Se realiza anualmente a modo de auditoría técnica y el objeto es comprobar el nivel global de seguridad de los equipos, estructuras, superficies, bases, cubiertas, prestando especial atención a los elementos enterrados. Esta inspección coincidirá con la última inspección funcional del año y a continuación se elaborará un informe con los resultados de la misma. 2.2.6.3.-Mantenimiento correctivo 2.2.6.3.1.-Reparaciones no urgentes, reposiciones y sustitución de piezas.

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Se realizarán las actuaciones correctivas necesarias para el restablecimiento de la funcionalidad y la seguridad de los equipamientos conforme a las órdenes de actuación generadas a través de las inspecciones oculares y funcionales y/o por los avisos externos que se reciban. El plazo máximo para la subsanación de pequeñas incidencias será de 72 horas. Siempre que sea posible se reparará el juego, no obstante cuando los daños o desperfectos no se pudieran arreglar inmediatamente, se procederá al precintado de la zona de seguridad para impedir el uso del juego y se colocará un cartel informativo que indique que el equipo está fuera de servicio por reparación. En el caso de que no fuera posible su sustitución o reparación, se procederá previa autorización de la Inspección Municipal a su desmontaje y retirada total o parcial. Todas las actuaciones de reparación o reposición se recogerán mensualmente en el parte o ficha de Mantenimiento Correctivo. 2.2.6.3.2.- Reparaciones de urgencia. Cuando a raíz de una inspección o aviso se detecte alguna anomalía de carácter grave o que presente peligrosidad, se deberá eliminar el peligro en un plazo máximo de 24 horas. Siempre que sea posible se reparará el juego, no obstante cuando los daños o desperfectos no se pudieran arreglar inmediatamente, se procederá al precintado de la zona de seguridad para impedir el uso del juego y se colocará un cartel informativo que indique que el equipo está fuera de servicio por reparación. En el caso de que no fuera posible su sustitución o reparación, se procederá previa autorización de la Inspección Municipal a su desmontaje y retirada total o parcial. Se dispondrá de un servicio que pueda atender las incidencias urgentes durante las 24 horas al día todo el año. 2.2.6.3.3. Limpieza de juegos, eliminación de pintadas y graffiti Son trabajos de limpieza general de los juegos para eliminar restos de suciedad acumulados en suelos, paneles y escaleras; limpieza de graffiti de paneles y superficies; y limpieza y gestión de los revestimientos superficiales de amortiguación de impactos, incluyendo la desinfección del parque cuando se estime necesario. Cada visita de limpieza generará un parte o ficha de limpieza.

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2.2.6.3.4. Repintado de elementos. La renovación de pintura y el tratamiento de superficies se realizarán según necesidad, preferentemente en primavera, sobre los desperfectos producidos en los juegos ya sea por desgaste o vandalismo. 2.2.6.3.5. Mantenimiento de superficies amortiguadoras. El mantenimiento de los areneros se ha tratado previamente en el apartado 2.2.4.3. “Programa de mantenimiento de areneros”. En cuanto a los pavimentos de caucho, se deberán mantener unas condiciones correctas de higiene, seguridad de uso y aspecto, reparar las zonas de mayor desgaste y sustituir las zonas más deterioradas. Mensualmente se realizará la limpieza del pavimento mediante máquina de chorro y soplador. 2.2.6.3.6. Mantenimiento y conservación de carteles informativos y otros elementos. Se procederá cuando sea necesario al mantenimiento y conservación de otros elementos del área de juego como es el caso de las vallas perimetrales, bordillos delimitadores de la superficie de absorción de impactos y carteles informativos. 2.2.6.4.Suministro de piezas de reposición La empresa adjudicataria automáticamente asumirá el coste de las piezas de reposición con un valor límite de 90 € (IVA no incluido) por pieza y sin límite en su número. Para las piezas que tengan un coste superior a los 90 € la empresa preverá una partida de 10.000 € al año. Para ello el adjudicatario deberá presentar mensualmente una relación de todos aquellos desperfectos producidos detallando los trabajos a realizar y la valoración económica de las piezas y elementos de reposición. La Inspección Municipal deberá dar el visto bueno previamente al inicio de los trabajos. Estas reposiciones , hasta los 10.000,00 € de coste, se cubren con cargo al precio del contrato. Una vez agotada esta cantidad, la obligación del contratista queda supeditada a la existencia de suministro o crédito para nuevas implantaciones. En el caso de que este importe no se consumiera durante el año, el Área de Medio Ambiente optará por acumular el remanente al presupuesto del año siguiente o bien invertirlo en mejoras para los parques infantiles. Estas mejoras serán definidas por el Área de Medio Ambiente y ejecutadas por la empresa adjudicataria del servicio.

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La reparación de los juegos infantiles, y elementos de recorridos saludables se realizará siempre con piezas originales del fabricante. Para su valoración y abono la empresa adjudicataria proporcionará el precio de cada una de éstas basados en la tarifa oficial, de todos y cada uno, de los fabricantes de los juegos existentes en las áreas indicadas. El licitador presentará el programa de mantenimiento de las áreas de juego infantil y recorridos saludables indicando los medios humanos y materiales, las frecuencias de los trabajos a realizar, los precios unitarios de las distintas piezas y elementos.

2.3. RECOGIDA DOMICILIARIA DE MUEBLES Y ENSERES Servicio de recogida de muebles, enseres domésticos y otros elementos inservibles, así como su correcta eliminación. 2.3.1.-El servicio consistirá en la recogida domiciliaria en casa puertas, patios de comunidades con fácil acceso, puertas de chalets y unifamiliares. El servicio se presta a petición del ciudadano que, a través de una llamada realizada al teléfono del Área de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, concierta el día y la hora aproximada para la retirada del mismo. Los avisos deberán ser atendidos en el plazo máximo de 48 horas. El adjudicatario deberá llevar un registro de servicios y tipo de residuos retirados. El Servicio se prestará de lunes a viernes en horario de mañana y/tarde tarde durante todo el año en temporada baja, asimismo desde el 1 de julio al 31 de agosto el servicio se reforzará convenientemente de acuerdo con la demanda existente, y siempre manteniendo el plazo máximo de retirada establecido de 48 horas. El horario será de 8,00 h. a 14,00 h. y de 16,00 h. a 18,00 h. La Inspección Municipal podrá requerir al adjudicatario la retirada de muebles y enseres inservibles abandonados en la vía pública. Los vehículos y equipos empleados en esta recogida serán idóneos en cuanto a forma y tamaño para el desempeño de esta actividad.

2.3.2.-Los muebles y enseres retirados inservibles se llevarán a vertedero o planta de tratamiento que designe el Ayuntamiento, o bien se entregarán en los Sistemas Integrados de

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Gestión en el caso de residuos de línea blanca y residuos eléctricos y electrónicos. Se podrán entregar en donación en caso de estar en condiciones óptimas pero nunca a segundas ventas. Se actuará de acuerdo a lo dispuesto en la normativa vigente sobre muebles y enseres domésticos.

El licitador presentará el programa de recogida de muebles y enseres indicando los medios humanos y materiales además de las frecuencias y horarios de los trabajos a realizar.

2.4 CONTROL DE ANIMALES DE COMPAÑÍA 2.4.1.- Servicios de recogida, albergue, adopción o eliminación de animales de compañía abandonados o perdidos, así como la retirada, custodia y manutención temporal de aquellos especímenes de animales abandonados o perdidos que estén en situación de provocar algún problema de seguridad o salud pública, en el Término Municipal de El Puerto de Santa María. 2.4.2.- Conforme a la Ley 11/2003 de Protección de los Animales, se consideran animales de compañía a todos aquellos albergados por los seres humanos, generalmente en su hogar, principalmente destinados a la compañía, sin que el ánimo de lucro sea el elemento esencial que determine su tenencia. 2.4.3.- Se entenderá por animal abandonado aquel que no lleve alguna acreditación que lo identifique ni vaya acompañado de persona alguna. Se considerará animal perdido aquel que, aun portando su identificación, circule libremente sin persona acompañante alguna (Artículo 27. 1 y 27. 2 de la Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales). 2.4.4..- Descripción de los trabajos 2.4.4.1.- Recogida de animales abandonados o perdidos. 2.4.4.1.1.- A instancias del área de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible, se atenderán en el menor tiempo posible (siempre inferior a una hora) los requerimientos efectuados para proceder a la captura y retirada de los animales abandonados, perdidos o que circulen sin propietario, mediante la personación de un operario de la empresa adjudicataria, con vehículo autorizado y equipo homologado, en el lugar o dirección que se le indique. El servicio estará dispuesto a responder ante estos eventuales requerimientos en el horario ordinario siguiente:

- De lunes a viernes: de 8,00h. a 20,00 h. - Sábado: de 8,00 h. a 15,00 h.

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Fuera de este horario solo se atenderán casos de urgencia, entendiéndose por estos cuando un animal esté herido, fallecido, se considere como potencialmente peligroso o supongan un potencial peligro para la seguridad vial o de las personas. 2.4.4.1.2.- En todo caso una vez recogido, el animal en cuestión será fotografiado. Esta fotografía se adjuntará a la ficha informativa que habrá de cumplimentarse con las características del mismo y las circunstancias de su captura. El animal capturado, con la consideración de perdido, se identificará y se pondrá en conocimiento de su propietario, si fuera posible en el momento de la captura, al objeto de que el animal pueda ser recuperado por su propietario sin necesidad de ser llevado al Centro/Núcleo Zoológico. 2.4.4.1.3.- Los servicios de recogida y transporte de animales serán efectuados por personal debidamente capacitado a fin de no causar daños, sufrimientos o estrés innecesarios a los animales, debiendo reunir el medio de transporte las debidas condiciones higiénico-sanitarias. 2.4.4.2.- Entrega voluntaria de animales domésticos 2.4.4.2.1 Al objeto de cumplir con lo establecido en el artículo 28.5 de la Ley 11/2003, los propietarios de animales de compañía podrán entregarlos, sin coste alguno, para que se proceda a su cesión a terceros y, en último extremo, a su sacrificio, personándose en las Instalaciones del Servicio, en horario habitual de apertura que inicialmente se fija como sigue:

-De lunes a viernes : de 10.00 h. a 14:00 h. y de 17:00 h. a 20:00 h. -Sábado : de 10:00 h. a 14:00 h.

2.4.4.2.2.- Para la entrega, el propietario del animal deberá acreditar previamente, mediante certificación, su empadronamiento en El Puerto de Santa María y firmar un documento de cesión del animal al Ayuntamiento. Además se le requerirá para la recepción del animal la siguiente documentación:

- Cartilla sanitaria actualizada - Informe veterinario del estado de salud del animal en el momento de la entrega, acreditando que no padece enfermedades infecto-contagiosas - Copia del D.N.I.

2.4.4.2.3.- Al igual que en el caso de animales abandonados o perdidos, se cumplimentará a la recepción una ficha informativa con las características y fotografía de cada ejemplar.

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2.4.4.3.- Albergue, manutención y cuidados 2.4.4.3.1.- Los animales abandonados y perdidos serán albergados un mínimo de 10 días en espera de ser reclamados por sus propietarios antes de ser cedidos en adopción o, en último caso, sacrificados. 2.4.4.3.2.- Los animales nada más ser albergados en el Centro/Núcleo Zoológico deberán ser objeto de desparasitación tanto interna como externa. 2.4.4.3.3.- En todo caso, el animal que esté herido o con síntomas de enfermedad, o que adquiera tal condición durante su estancia en las instalaciones, se le prestarán las atenciones veterinarias necesarias. De ser portador de alguna enfermedad se tomarán las medidas sanitarias pertinentes, incluida el aislamiento del animal, y su tratamiento deberá tener el visto bueno de los Servicios Técnicos del Área de Medio Ambiente. En el caso de que el animal tenga propietario, los tratamientos veterinarios pertinentes se realizarán con autorización de éste y los gastos correrán por su cuenta, que les facturará directamente la empresa adjudicataria de acuerdo con los precios públicos vigentes. 2.4.4.3.4.- En el supuesto de animales con identificación, el adjudicatario dará conocimiento en el momento de su captura al Área de Medio Ambiente para la notificación al propietario de la situación del animal. Transcurrido un plazo de cinco días sin que el propietario hubiera procedido a retirarlo, el animal se considerará abandonado. 2.4.4.3.5.- Los animales podrán ser retirados por sus propietarios previa acreditación de tal condición y del abono a la empresa adjudicataria de los servicios prestados, de acuerdo con los precios públicos vigentes. 2.4.4.3.6.- El adjudicatario de este servicio municipal habrá de hacerse cargo igualmente de aquellos animales para los cuales y de modo preventivo se determine su retención por la Autoridad competente en razón de indicios de maltrato o tortura, síntomas de agotamiento físico o desnutrición, se encontraren en instalaciones inadecuadas, hubieren causado daños o lesiones o fuere necesaria su observación veterinaria, así como los hallados en viviendas, locales o instalaciones que fuesen objeto de alzamiento de bienes ordenado por la autoridad judicial a consecuencia de juicio de desahucio. En todos los casos indicados en este párrafo los gastos producidos por las citadas actuaciones corresponderán al propietario del o los animales, a quien serán requeridos por este Ayuntamiento por vía administrativa. 2.4.4.3.7.- En cuanto a los periodos de observación veterinaria y otras prescripciones de las autoridades competentes se estará a lo dispuesto por éstas y a lo establecido en la correspondiente normativa de aplicación.

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2.4.4.4.- Adopciones. 2.4.4.4.1.- La empresa adjudicataria priorizará y deberá organizar y promover un programa de adopciones para aquellos animales abandonados y perdidos, que transcurrido el plazo legal para recuperarlos no hayan sido reclamados, y aquellos que voluntariamente hayan sido entregados por sus propietarios. 2.4.4.4.2.- En el área de atención al público, web, redes sociales o cualquier otro medio de información de que dispongan las instalaciones, se pondrá a disposición del interesado al menos un álbum, panel, monitor o similar con las fotografías de los animales susceptibles de ser adoptados, como paso previo al examen visual de los animales mismos. 2.4.4.4.3.- Los animales deberán ser entregados debidamente desparasitados, externa e internamente, vacunados, esterilizados e identificados, en el caso de no estarlo, corriendo directamente el adoptante con los gastos de las citadas operaciones. 2.4.4.4.4.- El adoptante deberá acreditar, mediante certificado expedido por la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, no haber sido sancionado mediante resolución firme por la comisión de infracciones graves o muy graves según la Ley 11/2003 de Protección de los Animales y la Ley de 50/1999 sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos. 2.4.4.5.- Sacrificio y eliminación de cadáveres 2.4.4.5.1.- Aquellos animales que no sean requeridos por sus propietarios en el plazo reglamentado según el caso, ni hayan sido objeto de adopción, serán sacrificados, sin perjuicio del posterior requerimiento vía administrativa al propietario de los gastos ocasionados, conforme a lo especificado en la Ordenanza Municipal sobre Tenencia de Animales. 2.4.4.5.2.- Para proceder al sacrificio de cualquier animal identificado será necesaria la autorización expresa de la Inspección del Servicio, una vez se haya producido la notificación al propietario. 2.4.4.5.3.- Los sacrificios se efectuarán bajo control del veterinario, de forma indolora y previa anestesia o aturdimiento, extendiéndose certificación facultativa de cada sacrificio efectuado que se adjuntará a la ficha informativa del animal. 2.4.4.5.4.- El o los métodos de sacrificio empleados se acomodarán en todo momento a las disposiciones normativas vigentes.

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2.4.4.5.5.- El adjudicatario dispondrá de un sistema de gestión acreditado y legalmente autorizado para el transporte, conservación y eliminación de los cadáveres animales, sacrificados o recogidos cadáver, con el tratamiento como residuos especiales y como se establece en los Reglamentos (CE) 1069/2009 y 142/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, así como en todas aquellas normas de rango nacional o andaluz que le sean de aplicación. 2.4.4.6.- Notificación de incidencias 2.4.4.6.1.- La empresa concesionaria pondrá en práctica un sistema de gestión informatizado donde se actualizarán de forma continua los servicios realizados, las entradas y salidas de animales, las fichas con las características físicas de cada uno de ellos, las incidencias de la recogida y estancia, la fecha de sacrificio y eliminación, y todo otra observación que se considere de interés en la prestación y organización del servicio. 2.4.4.6.2.- Siempre que se tenga constancia, el adjudicatario facilitará al Servicio de Medio Ambiente la identificación del animal que ingrese en sus instalaciones y de su propietario. 2.4.4.6.3.- Mensualmente se presentará una memoria donde se reflejen todos los requerimientos atendidos, las entradas y salidas de animales, su identificación y justificación, el tiempo de estancia de estos, el número de individuos sacrificados y eliminados y cuantas incidencias se produzcan en la prestación del servicio. Del mismo modo se dará cuenta en la memoria de las adopciones realizadas y el destino del animal, adjuntándose en cada caso la documentación acreditativa presentada por el adoptante de no haber sido sancionado mediante resolución firme por la comisión de infracciones graves o muy graves según la Ley 11/2003 de Protección de los Animales y la Ley de 50/1999 sobre el régimen jurídico de animales potencialmente peligrosos. 2.4.4.7.- Servicios especiales 2.4.4.7.1.- El adjudicatario deberá estar en disposición de atender aquellos requerimientos especiales consistentes en la retirada de la vía pública y custodia temporal de especímenes de animales abandonados o perdidos, comunicando al Servicio de Medio Ambiente, siempre que se tenga constancia, la identificación del animal que ingrese en sus instalaciones y de su propietario. 2.4.4.7.2.-Igualmente, a requerimiento del Área de Medio Ambiente, se realizarán las necesarias campañas para el mantenimiento al mínimo de los efectivos de las colonias de gatos callejeros. Los ejemplares capturados serán objeto de albergue, manutención, en su caso cesión, sacrificio y eliminación conforme a los términos recogidos en el presente pliego.

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2.4.4.7.3 Precios públicos En todos los casos indicados anteriormente donde los gastos producidos por las citadas actuaciones corresponden al propietario del o los animales, la empresa adjudicataria facturará directamente al propietario dichos gastos, aplicando los precios públicos vigentes, aprobados y recogidos en el Anexo XI : Precios públicos control de animales de compañía, del presente Pliego de Condiciones Técnicas.

2.5.TRATAMIENTOS DE DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESINFECCIÓN

2.5.1.-. El servicio consiste en la realización de tratamientos de desratización y desinsectación de viales públicos y edificios municipales, y la desinfección de edificios, dependencias municipales y colegios públicos, todo ello por motivo de salubridad pública.

2.5.2.- Descripción de los trabajos 2.5.2.1.- Desratización Conjunto de técnicas y métodos dirigidos al control por eliminación de la población de roedores comensales que, ocasionalmente, puedan ser perjudiciales para la salud humana en el término municipal de El Puerto de Santa María. Esta actuación incluirá las siguientes coberturas: 2.5.2.1.1.-Diagnóstico 2.5.2.1.2.-Ejecución. 2.5.2.1.3.-Fase de Evaluación. 2.5.2.1.1.-Diagnóstico. Comprende el estudio/valoración de la población de roedores, la estimación del número que la componen, así como la zonificación de infestación del término municipal, a efectos operativos y de control. Para la valoración del grado de infestación se utilizarán las técnicas directas/indirectas de contaje (visualización, consumo de cebos etc..) y se justificará la utilización del producto propuesta. Se dividirá el término en áreas de actuación y zonas geográficas.

- Áreas de Actuación. - Subsuelo.

Alcantarillado.

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Red de Alumbrado. - Superficie. Solares/Vertederos. Cauces/Acequias/Cinturón. Edificios Municipales. - Zonas Geográficas. - Distritos y Secciones.

2.5.2.1.2.-Ejecución. La distribución geográfica, que establece la prioridad, se determina a partir de la fase de diagnóstico inicial, promoviendo las zonas más urgentes de tratar y por ende su ejecución más temprana, en función del grado de población a exterminar/controlar. La frecuencia viene establecida en el cuadro cronológico que se incluye y que se adaptará a la fecha de inicio del contrato. Estas actuaciones se concretaran en un plan anual, derivado de la fase diagnostico, y que será acordado conjuntamente con la Inspección Municipal 2.5.2.1.2.1.- Fases de Choque (CH): Consistentes en la aplicación de cebos y productos en todos y cada uno de los puntos de tratamiento establecidos en la planificación anual, y el registro de datos correspondiente. 2.5.2.1.2.2.-Fases de Mantenimiento (M): Consistentes en la Revisión, registro de datos y reposición de los puntos de tratamiento establecidos según la planificación anual. 2.5.2.1.2.3.-Cronología de las Fases: (Tipo de actuación por meses)

E F M A M J JL AG SP OC NOV DIC

M M CH M M M CH M M M CH M

Para el tratamiento del subsuelo frente a roedores, se deberá de seleccionar al menos el 33 % de los registros (tapas) de alcantarillado existentes. Los cebos utilizados se sujetarán en la pared del alcantarillado poniéndolo al alcance de los roedores. Una vez hecho esto, se dispondrá de un método de marcaje adecuado indeleble en el interior del registro, que posibilite conocer en cada momento si una boca de alcantarillado ha sido o no tratada. A la hora de elegir las bocas a tratar, se tendrá en cuenta que siempre se tratarán aquellas situadas en las confluencias de dos o más calles (nudos o intersecciones). 2.5.2.1.3.-Fase de Evaluación.

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Registro de Puntos de Aplicación:

- Incidencias. - Producto utilizado-cantidades. - Fechas de aplicación. - Grado de infestación.

2.5.2.2.- Desinsectación Conjunto de métodos y técnicas dirigidas a prevenir y controlar la presencia de artrópodos/insectos no voladores, nocivos para la salud humana, en los viales públicos y edificios municipales.

2.5.2.2.1.-Diagnóstico Comprende el estudio/valoración de la población de artrópodos/insectos, la estimación del número que la componen, así como la zonificación de la infestación del término municipal, a efectos operativos y de control, incluso el asesoramiento de las medidas preventivas necesarias (Físicas, de ordenamiento del medio etc...), de las zonas tratadas que disminuyan los factores favorecedores de infestación y permita ir reduciendo el uso de plaguicidas. 2.5.2.2.2.- Ejecución La distribución geográfica, que establece la prioridad se determina a partir de la fase de diagnostico inicial, promoviendo las zona más urgentes de tratar y por ende su ejecución más temprana, en función del grado de población a exterminar/controlar. En cuanto a la desinsectación contra cucarachas del subsuelo, se deberá planificar de forma que se realice simultáneamente al de roedores, cuando sea posible, pero sin que los productos utilizados para la desinsectación puedan influir sobre la apetecibilidad del cebo o sin que el cebo rodenticida se coloque con demasiada antelación al tratamiento insecticida de forma que no sirva de soporte alimenticio para las cucarachas. Las bocas de alcantarillado desinsectadas serán marcadas igual que hemos especificado para el tratamiento de roedores pero con marcas distintas, lo que permitirá diferencia un tratamiento del otro. 2.5.2.2.2.1.-Fases en la ejecución Estas actuaciones se concretaran en un plan anual, derivado de la fase diagnostico, y que será acordado conjuntamente con los servicios municipales:

.- Fases de Choque (CH):

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Consistentes en la aplicación de productos en todos y cada uno de los puntos de tratamiento establecidos en la planificación anual, y el registro de datos correspondiente.

- Fases de Mantenimiento (M):

Consistentes en la Revisión, registro de datos y reposición de los puntos de tratamiento establecidos según la planificación anual. 2.5.2.2.2.2.-Áreas de actuación:

1.- Tratamiento de subsuelo de insectos no voladores/voladores. Red de alcantarillado, pozos de registro, acometidas domiciliarias, imbornales. Red eléctrica del subsuelo. Red semafórica.

2.- Tratamiento de Edificios Municipales.

3.- Tratamiento de Superficie (de carácter extraordinario).

Los tratamientos se realizarán de forma planificada a lo largo de todo el año, y con especial intensidad durante los meses de Abril, Mayo, Junio y Julio. 2.5.2.2.2.3.- Los métodos a utilizar serán: 1.- Químicos:

Pincelaciones. Espolvoreaciones. Pulverizaciones. Emulsión. Nebulizaciones Cebos. Microencapsulados.

2.- Biológicos:

Atrayentes. Alimenticios.

2.5.2.3.-Aspectos comunes a la Desratización y Desinsectación

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Con carácter general , los trabajos de desratización o desinsectación se llevaran a cabo intentando reducir riesgos toxicológicos para seres humanos, animales domésticos o silvestres (no objeto del tratamiento), y el medio ambiente en general. Se minimizarán, en la medida de lo posible, las molestias para los ciudadanos, respetando en todo momento lo dispuesto en las Ordenanzas de este ayuntamiento en cuanto a contaminación acústica (ruidos) y normativa sobre seguridad vial. Los tratamientos serán planificados en función de las necesidades y características de cada sector así como de las condiciones ambientales más propicias (previsiones climatológicas, tandas de riego, trabajos en jardines, obras en el subsuelo, etc.). Dichos tratamientos se plasmarán en un parte de trabajo donde se dejará constancia de todas las incidencias: trabajador que lo ha llevado a cabo, tipo de producto y cantidad, lugar (georeferenciado), índice de infestación e indicadores de presencia, incidencias sobre el estado del alcantarillado o punto tratado (agrietado o no enlucido, obstruido, tapa impracticable, etc.,)

En cuanto a los tratamientos de locales públicos, municipales, jardines, etc., se dispondrán en éstos, por parte de la empresa, de puntos fijos para el tratamiento de roedores, con las características precisas para que no puedan tener acceso a los productos, ni personas ni otros animales “no objetivo”. Estos portacebos, estarán debidamente señalizados e identificados con el escudo del Ayuntamiento, leyendas de “peligro raticida” o similar y los símbolos y frases R o S de toxicidad prevista por la ley. Deberán de portar también etiqueta con la composición del rodenticida utilizado y el número de teléfono del Instituto Nacional de Toxicología para los casos de ingestión accidental. En cuanto a los tratamientos insecticidas, de emplearse métodos de termonebulización, se comprobará previamente la presencia de gases explosivos en el alcantarillado antes de la realización del trabajo. En este caso, no será necesario el tratamiento de todas las tapas de alcantarillado, sino simplemente comprobar de forma visual que el insecticida ha discurrido por todo el tramo de alcantarillado tratado. Se instaurarán métodos o dispositivos que eviten que las cucarachas salgan a la vía pública por las aberturas de las tapas o imbornales, tras el tratamiento. En el caso de otro tipo de tratamientos que no dispersan el producto a través de la red de alcantarillado, deberán de ser tratadas la totalidad de las bocas de alcantarillado, salvo que se empleen cebos insecticidas con atrayentes en su composición, y en cualquier caso el porcentaje establecido del 33%, de los registros de las redes de alcantarillado, eléctrica y semafórica, con una distribución que de cobertura al máximo de superficie del término municipal.

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Se establecerá un subprograma de revisiones de estos puntos fijos de tratamiento, que será definido, tras el diagnostico. Los tratamientos de mantenimiento tanto de desratización como de desinsectación, comprenderán la reposición de los cebos y productos consumidos y/o deteriorados.

2.5.2.4.- Desinfección Actividades dirigidas a la eliminación de microorganismos patógenos y perjudiciales para el hombre en el medio ambiente cerrado donde se desenvuelve la vida humana, incluyendo la desinfección de instalaciones relacionadas con animales domésticos, cuando éstos o las citadas instalaciones puedan ser foco de transmisión al hombre. Comprenderá el tratamiento de Edificios, Dependencias Municipales y Colegios Públicos. 2.5.2.4.1.-Ejecución de los trabajos Los trabajos objeto del contrato se desarrollarán de dos formas:

- Programada: Conforme a la planificación anual de actuaciones, se efectuarán tres tratamientos intensivos de choque al año tanto en los Colegios Públicos como Mercado de Abastos , que coincidirán con las vacaciones escolares , Semana Santa, Verano y Navidad.

La desinfección programada comprenderá la pulverización o nebulización de los productos sobre paramentos suelos y techos, mobiliarios y puertas.

- Extraordinaria o por denuncia : Se atenderán diariamente todas las denuncias que presenten los ciudadanos en el Ayuntamiento comunicando la existencia de focos puntuales y extraordinarios, debiendo ser atendidas éstas denuncias en el plazo de 24 horas desde su comunicación. Asimismo, se tratarán los edificios y dependencias municipales. 2.5.2.4.2.-Normativa Los productos a utilizar, así como las normas de aplicación, se ajustarán a la siguiente Reglamentación Técnico-Sanitaria:

• Decreto 8/95 de 24 de Enero de 1.995.- Aprueba el Reglamento de Desinfección, Desinsectación y Desratización Sanitaria (B.O.J.A. núm. 26 de 16 de Febrero de 1.995).

• Decreto 260/1.998. Regula la expedición del carné para la utilización de plaguicidas (B.O.J.A. Núm. 3 de 7 de Enero de 1999).

• Resolución de 30 de Noviembre de 1993 (B.O.J.A. Núm. 138 de 21 de Diciembre).

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El licitador presentará el programa de desratización, desinsectación y desinfección indicando los medios humanos y materiales además de las frecuencias de los trabajos a realizar. 2.5.2.5.Otros servicios. A requerimiento de la Inspección Municipal, el adjudicatario dispondrá los medios necesarios, en cuanto a equipos y personal especializado, para la ejecución de actuaciones de control selectivo de poblaciones de palomas, estorninos u otras especies de avifauna urbana, que en razón de su abundancia, localización o estado sanitario puedan generar problemas de conservación, seguridad o salubridad en el entorno urbano. Los métodos de captura, manejo y sacrificio puestos en práctica deberán contar con la previa aprobación de la Inspección Municipal y obedecerán a los criterios de bienestar y protección animal legalmente aplicables en cada caso y momento. La empresa adjudicataria se encargará de recabar ante otras Administraciones Públicas los permisos o autorizaciones que fueren legalmente necesarias en razón de los métodos y equipos empleados y de la especia objeto de control.

2.6 TRATAMIENTO DE MOSQUITOS

Trabajos de control y tratamiento necesarios para la detección y eliminación de las larvas de mosquito en las distintas zonas húmedas cuyas poblaciones afectan a El Puerto de Santa María. 2.6.1.- Ámbito de actuación El ámbito en el que se desarrollan los trabajos consistentes en la detección y tratamiento de de larvas de mosquito en focos reales y potenciales es el de Los Toruños, márgenes izquierda y derecha del río Guadalete, márgenes del río San Pedro, zonas encharcadas del Coto de La Isleta y Tiro de Pichón, Salinas de La Tapa, Canales de la zona regable del Poblado de Doña Blanca, lagunas y charcas de agua dulce provocadas por la pluviometría, y en definitiva todas las zonas húmedas donde puedan reproducirse los mosquitos. 2.6.2.- Descripción de los trabajos Los trabajos consisten en la detección de larvas mediante la inspección de los focos reales y potenciales y el tratamiento de las mismas mediante máquina de pulverización con boquilla de chorro plano con 120 º de apertura o bien máquina de mochila a motor.

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Los tratamientos se llevarán a cabo en un plazo máximo de cuatro días desde la aparición (detección ) de las larvas. El producto a emplear en los tratamiento será aportado por la empresa adjudicataria en la cantidad adecuada en función de la superficie a tratar y será Bacillus Thuringiensis variedad Israelensis. 2.6.3.-Frecuencia En los focos de influencia mareal la frecuencia de los trabajos será de dos tratamientos mensuales de mayo a septiembre. En los focos de agua permanente, las inspecciones se harán con una frecuencia semanal para pasar a dos o tres revisiones mensuales después de los primeros tratamientos. El licitador presentará el Programa de tratamiento de mosquitos indicando los medios humanos y materiales además de las frecuencias de los trabajos a realizar.

2.7 TRABAJOS DE MEJORA DEL PATRIMONIO URBANO NATURA L MEDIANTE EL SUMINISTRO Y PLANTACIÓN DE ARBOLADO.

El Plan General de Ordenación Urbana exige la presencia suficiente de arbolado como condición necesaria para considerar una parcela como solar. De esta manera, con el objeto de conservar y mejorar el medio ambiente, todo promotor que solicite licencia de edificación o ampliación, deberá costear las especies arbóreas que establezca la Ordenanza vigente correspondiente. Estos trabajos de suministro y plantación de arbolado serán ejecutados, en algunos casos, por la empresa adjudicataria de este servicio. El Área de Medio Ambiente definirá la ubicación, las especies a plantar, las medidas mínimas de perímetro, el tamaño de los alcorques, el número de ejemplares y el sistema de riego a implantar así como las condiciones de plantación y el entutorado. La Inspección Municipal entregará a la empresa adjudicataria una orden de trabajo en la que quedarán claramente especificados los trabajos a realizar. En el anexo VII se refleja el coste de suministro y plantación de la acacia, especie que se toma como unidad de referencia en la Ordenanza Municipal. A partir del coste de suministro y plantación de cada una de las especies contempladas, y tomando la acacia como unidad de referencia, se establece una relación de equivalencias, que se incluye en este mismo anexo, que permitirá en cada caso la determinación por el Servicio de Medio Ambiente del número de ejemplares de especies diferentes de la acacia a plantar, con la tasa satisfecha por el

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promotor de cada obra al Ayuntamiento. En los casos en los que al hacer la equivalencia de especies no resulten unidades completas, se hará el redondeo de las mismas al alza. En el precio unitario de la acacia están incluidos los siguientes trabajos: 1º.- Alcorque enrasado, de planta cuadrada de dimensiones 0,9x0,9 m, o 1,5 x 1,5 m. en función del crecimiento de la especie, compuesto por bordillos de hormigón monocapa de sección 8-9x19 cm, sentado con mortero 1/6 de cemento, sobre solera de hormigón central HM-15/20 no estructural, de 15 cm de espesor, incluida excavación necesaria, rejuntado con lechada 1/4 de cemento gris y limpieza, medida la unidad colocada en obra. 2º.-M.l. Suministro e instalación de polietileno de baja densidad PE-32 en red de riego, de diámetro exterior 32 mm y presión nominal 6 atm, incluso piezas especiales y elementos de unión valorados en un 10 % sobre el precio del tubo, colocada en el interior de zonas verdes, medida la longitud completamente instalada en obra. 3º.- Ud. suministro de anillo de Riego de árboles en alcorque por goteo subterráneo compuesto de: anillo de 2,5 m de longitud de tubería de PE de 16 mm con gotero integrado, autorregulado y autolimpiante, termosoldado a la pared interior de la tubería y separados entre sí 50 cm, arrojando un caudal de 2-3 l/h a una presión de 1-4 atm, p.p. de tubería alimentación de PE y de tubería de distribución de 16 mm colocada en el interior de vaina corrugada azul de 19 mm, apertura y tapado de zanjas para situación de la tubería secundaria a 30 cm de profundidad y de la tubería de distribución y goteo a 15 cm de profundidad, bridas, collarín de 1 " con reducción y en lace a 16 mm, 4º.-Ud.suministro e instalación de Centro de control para instalación de riego por goteo para una estación de 1" formado por válvula de esfera de latón, válvulas antisifón y de lavado, filtro de anillas, manómetro, electroválvula, programador de riego autónomo resistente al agua, regulador de presión, todo ello colocado en arqueta troncopiramidal de plástico. 5º.- Acometida a la red general municipal de agua potable, con válvula de compuerta de latón, con rosca, p.p. de piezas especiales de acero galvanizado, monolito para contador recibido en mortero y con puerta de pvc, terminada y en funcionamiento. 6º.-Entutorado de árbol mediante 1 poste de rollizo de pino cilindrado. 7º.-Plantación de árboles de 16-18 cm de perímetro de tronco, suministrados en contenedor o cepellón. 8º.-En su caso, plantación de palmeras y plantas palmiformes de 300/450 cm de altura de estipe, suministradas en contenedor o cepellón.

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A los costes de ejecución material se aplican los gastos generales (9%), el beneficio industrial (4%) y el IVA (21%) dando como resultado el coste total unitario por ejemplar de 393,35 euros. La certificación de estos trabajos, una vez ejecutados, se hará de acuerdo con las especificaciones establecidas en El Pliego de Condiciones Económico Administrativas 3.- MEDIOS ASIGNADOS AL SERVICIO.

3.1.-MEDIOS HUMANOS

3.1.1. Organización

Antes del inicio de los trabajos la Empresa adjudicataria designará el responsable del servicio, que será el interlocutor previsto entre la Empresa adjudicataria y la Inspección Municipal.

Asimismo, la Empresa adjudicataria preverá un servicio de guardia para actuar sobre cualquier eventualidad que pudiera acaecer en horario fuera de trabajo, estando disponibles las 24 horas en festivos y fines de semana, a tal efecto, la empresa adjudicataria proporcionará un teléfono operativo 24 horas y con un tiempo de respuesta de 2 horas máximo.

El personal deberá ir en todo momento uniformado e identificado. La responsabilidad de las relaciones laborales y de sus condiciones de trabajo es de la Empresa adjudicataria. Ningún conflicto laboral que se plantee entre la Empresa adjudicataria y sus trabajadores tendrá repercusión en las condiciones económicas del contrato.

Si el licitador realiza declaración de proceder a la subcontratación de determinados servicios de los autorizados en el este Pliego y posteriormente decide prestarlos con personal propio, deberá de obtener la autorización del Concejal Delegado del Área de Medio Ambiente, autorización que se dictará previo informe técnico y económico que determinen los efectos de la acción propuesta sobre el I.V.A. del contrato y que serán vinculantes para el contratista. 3.1.2. Plantilla

La plantilla mínima media estará compuesta por un total de 39 puestos de trabajo repartidos en las siguientes categorías: 1 Técnico 1 Administrativo 2 Encargados

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8 Oficial Jardinero 14 Jardinero/Conductor

13 Auxiliar jardinero/oficios varios 3.1.3. Formación La Empresa adjudicataria promoverá actividades que redunden en una mayor calidad, eficacia y eficiencia en el desempeño de las labores.

La formación irá dirigida, entre otros propósitos, a mejorar el desempeño profesional de cada trabajador. La Empresa adjudicataria deberá detectar las necesidades existentes, la identificación de los destinatarios, el establecimiento de las prioridades, así como la determinación de los objetivos formativos.

3.2.-MEDIOS MATERIALES Y MECÁNICOS 3.2.1.-Vehículos y maquinaria

El licitador deberá ofertar con carácter mínimo, los vehículos y maquinaria de nueva adquisición relacionados en el Anexo VIII del presente pliego. Junto a cada vehículo y máquina se establece el periodo de amortización que no superará en ningún caso los diez años. La amortización de estos vehículos y maquinaria nuevos que se adquieran para la prestación del servicio, se imputará desde el primer día de contrato. Asimismo, el licitador podrá aportar al contrato los equipos, vehículos y maquinaria, que estime oportuno para el mejor cumplimiento de los objetivos del Servicio, sin repercusión económica para el Ayuntamiento en lo que se refiere a inversión y amortización de los mismos. La maquinaria que sustituya a la que agote su vida útil a lo largo del periodo del contrato, se amortizará en el periodo establecido en este Pliego de Condiciones. El plazo para la puesta en marcha de la totalidad de equipos propuestos por la oferta que resulte adjudicataria no podrá superar los CUATRO MESES desde la fecha de adjudicación del contrato. En concreto, el plazo será de UN MES para la maquinaria, DOS MESES para coches y motocicletas y CUATRO MESES para camionetas y camiones. Durante este tiempo, el adjudicatario aportará de manera temporal al Servicio los vehículos y maquinaria usados, necesarios para el buen desarrollo del mismo. En la nueva adquisición de vehículos y maquinaria deberán observarse criterios de sostenibilidad relacionados con el consumo e combustible y la emisión de gases y ruidos. Se

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presentará descripción técnica de los equipos y maquinaria aportada por el licitador, valoración económica de cada uno de los elementos, desarrollo de las hipótesis de cálculo para su desarrollo y conservación. Se aportarán planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos crean necesario adjuntar, para el mejor conocimiento de los mismos. Asimismo, la empresa adjudicataria podrá disponer de los vehículos usados que se detallan en el Anexo IX del presente pliego. Estos vehículos serán susceptibles de uso, así como de refuerzo o reserva. El licitador deberá expresar en su oferta su intención o no de disponer de los citados vehículos. Los gastos de mantenimiento y conservación de todos los vehículos y maquinaria citados, será por cuenta del adjudicatario que deberá garantizar su perfecto funcionamiento e imagen durante el periodo de vigencia del contrato.

Previo a la puesta en marcha del servicio, se presentará un plan de mantenimiento preventivo de cada uno de los equipos, indicando los niveles específicos de los mismos en función de las horas de servicio y la metodología del plan.

Todos los vehículos deberán estar al día de la ITV y en buen estado de presentación y aseo. Además, deberán estar identificados según la imagen corporativa que establezca el Ayuntamiento. A medida que concluya la amortización de cada vehículo o máquina que ha sido satisfecha en las facturaciones mensuales, el Ayuntamiento pasa a ser propietario del mismo, debiéndose transferir la titularidad de la propiedad al Ayuntamiento, quedando obligado el adjudicatario a soportar los gastos originados por dicha transferencia. Cuando finalice el plazo contractual, el contratista deberá entregar al Ayuntamiento de El Puerto de Santa María la totalidad de la maquinaria, equipos y vehículos del servicio en un estado de conservación y funcionamiento adecuados, teniendo en cuenta el deterioro que un uso normal de las mismas y el transcurso del tiempo hubieran podido producir. La empresa adjudicataria del nuevo contrato continuará con los gastos de amortización que queden pendientes

3.3.-INSTALACIONES FIJAS

3.3.1.-Centro Municipal de Parques y Jardines Durante el primer año de contrato, el adjudicatario ofertará una nave adecuada para albergar los servicios del mismo, incluyendo vehículos y maquinaria. A partir del primer año, el Ayuntamiento pondrá a su disposición el Centro Municipal de Parques y Jardines, en la

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parcela 306 de la manzana 29 del Polígono Industrial Las Salinas de Poniente, incluidas las mejoras resultantes del proceso de licitación correspondiente a la ejecución de las obras de este Centro, que con carácter obligatorio para el contratista, será la nave donde se ubique el servicio objeto de este contrato. En el anexo X del presente pliego de condiciones se presenta, sólo a título informativo, el Proyecto Básico y de Ejecución de este Centro Municipal de Parques y Jardines. Las unidades y precios en él recogidas no forman parte del objeto del presente pliego, quedando sujeto a su propio expediente de aprobación y contratación de la obras.

La empresa adjudicataria tiene la obligación de conservar y mantener las instalaciones en perfecto estado. Los gastos de mantenimiento y conservación de las mismas serán por cuenta del adjudicatario que deberá garantizar su perfecto funcionamiento e imagen durante el periodo de vigencia del contrato. Una vez finalizado el periodo del contrato, el adjudicatario hará entrega del Centro Municipal de Parques y Jardines al Ayuntamiento, en las mismas condiciones de mantenimiento y conservación con que lo recibió. Además, la empresa adjudicataria correrá con todos los gastos de agua, energía eléctrica, teléfono, etc.. Previo a la puesta en marcha del servicio, se presentará un plan de mantenimiento y conservación de dichas instalaciones. 3.3.2. Control de animales de compañía Las instalaciones destinadas por la empresa adjudicataria al albergue de los animales recogidos habrán de cumplimentar lo dispuesto en los artículos 20.3 y 28.1 de la Ley 11/2003 de Protección de los Animales y en cuanta normativa higiénico –sanitaria y de seguridad les sea de aplicación, estando autorizadas e inscritas en el Registro de Núcleos Zoológicos. Dispondrán también de cualquier otra autorización que le sea de aplicación. Se habilitarán jaulas especiales para cubrir las necesidades de observación veterinaria u otros casos específicos en los que el animal deba estar en cuarentena por prescripción facultativa o de las autoridades de salud pública. Se dispondrá un espacio, dentro de las instalaciones, para la recepción y atención al público. El licitador especificara en su oferta las características y ubicación de las instalaciones destinadas a albergue de animales.

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De no contar con medios propios para la eliminación de los cadáveres y restos animales, los cuales habrán de estar legalmente homologados y autorizados y bajo los controles ambientales pertinentes, el adjudicatario suscribirá contrato con un gestor autorizado para el traslado y eliminación de dichos residuos. Igualmente, se dispondrá de cámaras frigoríficas destinadas a su almacenamiento temporal si por razones operativas así fuera necesario. La empresa adjudicataria con el visto bueno de la inspección municipal, habilitará en las citadas instalaciones un horario de atención al público, contando con personal capacitado para la resolución de las consultas de los ciudadanos y de los trámites propios del servicio.

4.- ORGANIZACIÓN DEL SERVICIO 4.1. Responsabilidad técnica y control del servicio

4.1.1.Por parte del Ayuntamiento

La Inspección Municipal velará y controlará en todo momento que la forma de prestación del servicio adjudicado se ajusta a las especificaciones técnicas del presente pliego. La Dirección e Inspección técnica de los trabajos descritos en este Pliego de Condiciones se ejercerá directamente por los técnicos municipales del Área de Medio Ambiente de acuerdo con las competencias establecidas para los mismos. El Servicio contará con un Libro de Órdenes donde quedarán reflejadas todas las correcciones o modificaciones que se estimen oportunas por la Inspección Municipal Dichas correcciones o modificaciones en el Servicio deberán ser consideradas para su aplicación de forma inmediata por la empresa adjudicataria. Asimismo, se podrán transmitir órdenes e instrucciones de trabajo mediante carta o correo electrónico con acuse de recibo. La Inspección Municipal tramitará las autorizaciones y permisos que sean necesarios para el normal desarrollo del Servicio, así como en situaciones excepcionales o de emergencia donde se encargarán además de coordinar con los distintos Servicios Municipales implicados. 4.1.2. Por parte de la empresa adjudicataria

La Empresa adjudicataria estará obligada al cumplimiento del contrato con estricta sujeción al Pliego de Condiciones Técnicas y a las órdenes que a través de cualquiera de los medios ya mencionados procedan de la Inspección Municipal. La empresa adjudicataria adoptará las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes y/o perjuicios de todo orden sobre personas y bienes. Los daños y perjuicios ocasionados en

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cualquiera de los elementos de los espacios verdes, edificios municipales y demás elementos de la propiedad municipal, serán responsabilidad de la empresa adjudicataria cuando se deban a negligencia, culpa o incumplimiento del presente pliego, así como por una inadecuada ejecución de las labores. La empresa adjudicataria deberá minimizar los impactos ambientales ocasionados sobre el medio ambiente en general, la atmósfera, el suelo, los recursos hídricos y cualesquiera otro bien natural que pudiera ser impactado durante la ejecución del servicio. La empresa adjudicataria será responsable de imprimir a sus trabajadores un ritmo de trabajo adecuado, capaz de alcanzar los objetivos previstos en cuanto a la cantidad y calidad de las labores. La empresa adjudicataria queda obligada a preparar cuantos informes, proyectos y estudios relacionados con los distintos servicios de esta contrata, así como los reportajes fotográficos que le sean ordenados por la Inspección Municipal.

El personal empleado en la prestación del servicio no tendrá relación laboral alguna con este Excmo. Ayuntamiento. Corresponde al adjudicatario el cumplimiento de la legislación laboral y sobre seguridad e higiene en el trabajo, extremándose el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes. 4.2.-Programas y partes de trabajo

Semanalmente, la empresa adjudicataria remitirá a la Inspección Municipal la programación de trabajos previstos para la semana siguiente y los ejecutados durante la anterior, de forma que se pueda conocer el grado de adecuación de los trabajos al plan presentado en la licitación. Esta programación semanal deberá referirse obligatoriamente a cada uno de los equipos de trabajo dispuestos por el adjudicatario, distribuidos en función de sus tareas específicas y la zona asignada. El Programa de trabajo deberá cumplirse lo más exactamente posible, sin perjuicio de los servicios extraordinarios y de carácter urgente que en todo momento serán objeto de atención preferente. Toda variación del programa será comunicada con antelación a la Inspección Municipal. Diariamente deberá comunicarse a la Inspección Municipal las incidencias ocurridas durante la jornada, para dotar al Área de Medio Ambiente de información ágil y diaria, así como todo lo que estime el adjudicatario que sea de ayuda para realizar un buen servicio. En la primera semana de cada mes deberá presentar el adjudicatario, igualmente, un resumen de los partes diarios del mes anterior, con un acumulativo mes a mes de lo realizado con el fin de que al finalizar el año, se comprobará si se han realizado las frecuencias mínimas exigidas

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en el pliego, además se recogerán todas las incidencias habidas, así como la información y resumen de la situación laboral, bajas por accidente, enfermedad, faltas..etc. Asimismo incorporará en el informe mensual un listado de los vehículos usados durante el mes con las incidencias que hubieran ocurrido y medidas tomadas.

5.- CAMPAÑAS DE CONCIENCIACIÓN CIUDADANA

El adjudicatario vendrá obligado a la realización de campañas de educación ambiental y sensibilización sobre los temas objeto del presente pliego de condiciones. Estas campañas estarán en todo momento supervisadas y controladas por la Inspección Municipal y basadas en un programa anual aprobado por el Área de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible. Asimismo, los medios de difusión que se utilicen contarán con la aprobación municipal. Con el fin de financiar las campañas de concienciación ciudadana los licitadores incluirán en sus ofertas económicas una cuantía anual de dinero equivalente al 0,5 % del coste de ejecución material del servicio.

El Puerto de Santa María, a 28 de enero de 2015

Fdo: Isabel Mochales Gutiérrez. Adjunta a la Jefatura de Servicio del Área de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Vº. Bº. Antonio Caraballo Crespo

Jefe de Servicio del Área de Medio Ambiente y Ambiente y Desarrollo Sostenible