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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE “TRABAJOS DE CARTOGRAFÍA CATASTRAL, CONSISTENTES EN LA OBTENCIÓN EN CAMPO DE INFORMACIÓN GRÁFICA CATASTRAL Y, EN BASE A ELLA, REALIZACIÓN DE DOCUMENTOS GRÁFICOS EN FORMATO FXCC, EN EL MUNICIPIO DE MADRID, DISTRITOS DE USERA Y CIUDAD LINEAL.”

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE “TRABAJOS DE CARTOGRAFÍA CATASTRAL, CONSISTENTES EN LA OBTENCIÓN EN CAMPO DE INFORMACIÓN GRÁFICA CATASTRAL Y, EN BASE A ELLA, REALIZACIÓN DE DOCUMENTOS GRÁFICOS EN FORMATO FXCC, EN EL MUNICIPIO DE MADRID, DISTRITOS DE USERA Y CIUDAD LINEAL.”

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE “TRABAJOS DE CARTOGRAFÍA CATASTRAL, CONSISTENTES EN LA OBTENCIÓN EN CAMPO DE INFORMACIÓN GRÁFICA CATASTRAL Y, EN BASE A ELLA, REALIZACIÓN DE DOCUMENTOS GRÁFICOS EN FORMATO FXCC, EN EL MUNICIPIO DE MADRID, DISTRITOS DE USERA Y CIUDAD LINEAL.” SUJECIÓN DE LOS TRABAJOS DEL PRESENTE CONTRATO A LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE ESTABLECE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO

Las prescripciones técnicas particulares que establece la Dirección General del Catastro en materia de actualización del catastro, así como en materia de cartografía y realización de croquis catastrales son de obligado cumplimiento, en todos sus términos, para la realización de los trabajos objeto del presente contrato. Estas prescripciones técnicas son las figuran en una serie de documentos, vigentes a día de hoy, que se van a detallar a continuación. Si en el curso del presente contrato los documentos citados fueran sustituidos por otros análogos más actualizados, se estará a lo en ellos dispuesto.

1- “Pliego de prescripciones técnicas de aplicación a la contratación de los trabajos de actualización del catastro sobre inmuebles urbanos y construcciones en suelo rústico”, versión de julio de 2008.

Disponible en la página web de la Dirección General del Catastro. La dirección es www.catastro.meh.es /contratación/ modelos de los pliegos tipo/ pliego de prescripciones técnicas de aplicación a la contratación de los trabajos de actualización del catastro sobre inmuebles urbanos y construcciones en suelo rústico.

2- “Norma de Cartografía Catastral Urbana y Pliego de Prescripciones Técnicas para la

contratación por la Dirección General del Catastro de los trabajos de Cartografía Catastral Urbana”, que figura como Anexo 5 del “Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de aplicación general y de Prescripciones Técnicas para la contratación por concurso abierto de los trabajos de Cartografía Catastral Urbana” de la Subdirección General de Valoración e Inspección de la Dirección General del Catastro, versión 1/2006.

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Este documento, “Norma de Cartografía Catastral Urbana y Pliego de Prescripciones Técnicas para la contratación por la Dirección General del Catastro de los trabajos de Cartografía Catastral Urbana” será de aplicación, tanto en sus normas recogidas en la parte general, como en su anexo I (Formato de intercambio de cartografía catastral urbana), anexo II (clasificación y codificación de los elementos) y anexo III (representación).

Disponible en la página web de la Dirección General del Catastro. La dirección es www.catastro.meh.es / contratación/ modelos de los pliegos tipo/ cartografía catastral urbana (versión 1/2006).

3- El formato de intercambio de cartografía catastral a utilizar será el FXCC, aprobado

mediante Resolución de 31 de julio de 2006, de la Dirección General del Catastro, por la que se aprueba la forma de remisión y la estructura, contenido, especificaciones técnicas y formato informático de los ficheros de intercambio de información catastral alfanumérica y gráfica FIN, VARPAD, FICC y FXCC (BOE de 11 de septiembre de 2006).

Disponible en la página web de la Dirección general del Catastro. La dirección es www.catastro.meh.es , colaboración administrativa, formatos de intercambio, intercambio de cartografía catastral 2008 (FXCC).

SIN PERJUICIO DEL CUMPLIMIENTO INTEGRO DE LAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE ESTABLECE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO, SE ESTABLECEN OTRAS PRESCRIPCIONES TÉCNICAS COMPLEMENTARIAS, QUE DETALLAN ALGUNOS ASPECTOS PARTICULARES DE LOS TRABAJOS A REALIZAR PRESCRIPCIÓN 1- DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS TRABAJOS A REALIZAR

La empresa adjudicataria realizará, en primer lugar, todos los trabajos necesarios para la obtención de la información gráfica catastral de una serie de fincas que carecen de ella, incluso con medición directa en campo de las distintas viviendas y locales que integran los edificios, y con realización de la fotografía de fachada. En segundo término, volcará dicha información para la realización de los correspondientes croquis catastrales digitalizados en formato FXCC, georreferenciados y adaptados a la cartografía catastral, con la fotografía de fachada escaneada. Los trabajos se realizarán en fincas del distrito de Usera y Ciudad Lineal, hasta completar las 10.400 unidades objeto del presente contrato.

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La Subdirección General de Coordinación Catastral facilitará a la empresa adjudicataria el listado de fincas de las que hay que obtener la información de campo y realizar los croquis catastrales FXCC.

Se pondrá también a disposición de la empresa toda la documentación que pueda

resultar de ayuda para la realización de los trabajos, en primer lugar la cartografía catastral digital de las manzanas donde están las fincas de las que se necesita realizar los croquis catastrales, así como también toda la documentación en papel relativa a dichas fincas obrante en la Gerencia Regional del Catastro de Madrid y en la Subdirección General de Coordinación Catastral del Ayuntamiento de Madrid.

PRESCRIPCIÓN 2- VALIDEZ DE LA CARTOGRAFÍA CATASTRAL EN LOS TRABAJOS DE OBTENCIÓN DE INFORMACIÓN EN CAMPO

Se utilizará como base de trabajo la cartografía catastral digital, facilitada a la empresa

adjudicataria al inicio de los trabajos. La realización de los croquis catastrales, en principio, tiene que ajustarse a la cartografía catastral, por lo que, a priori, si no hay diferencias apreciables, no se modificarán nunca los límites ni las superficies de los solares ya definidos en la cartografía catastral.

No obstante lo anterior, si en la preparación de los trabajos que se encargan a la empresa

el técnico director apreciara discrepancias entre la realidad física apreciable en la ortofoto y la cartografía catastral, o estas discrepancias se pusieran de manifiesto en el desarrollo de los trabajos de campo, el técnico director valorará si se debe modificar la cartografía catastral. La modificación de cartografía, en caso de ser necesaria, se realizará por el departamento de cartografía de la Subdirección General de Coordinación Catastral, y será siempre previa a la realización por parte de la empresa del correspondiente croquis catastral FXCC. PRESCRIPCIÓN 3- ELABORACIÓN DE DATOS GRÁFICOS DE CADA BIEN INMUEBLE

Para la elaboración de los documentos FXCC georreferenciados e integrados en el parcelario catastral, se utilizará la información aportada por la Gerencia Regional del Catastro de Madrid y en la Subdirección General de Coordinación Catastral del Ayuntamiento de Madrid. y se complementará para cada parcela, en su caso, con los oportunos trabajos de campo.

Para el seguimiento de dichos trabajos será aconsejable la representación de cada

manzana, preferentemente a escala 1:200 y no superior a 1:500, basada en la cartografía aportada. Sobre ella se recogerán todas las incidencias resultantes de los trabajos de gabinete y de campo que servirán para la realización de los croquis de las fincas que no tienen croquis

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catastrales. Esta representación por manzana garantizará el perfecto acoplamiento de las fincas entre sí y su integración con la cartografía.

El recorrido de campo correspondiente a cada croquis de manzana, deberá garantizar la

actualización completa de los datos catastrales, llevando a cabo, en su caso, las siguientes comprobaciones: localización e incorporación de las construcciones u otras alteraciones físicas no reflejadas en el catastro, comprobación de las medidas y alineación de la línea de manzana, de los linderos y configuración de las parcelas, así como de los usos.

Además, en el caso de fincas en copropiedad, se realizarán todas las comprobaciones y

mediciones necesarias para dibujar en el croquis catastral todos los locales privativos y los elementos comunes, con su denominación correcta de escalera, planta y puerta y sus usos.

Los croquis de manzana de seguimiento de los trabajos, así como la documentación

obtenida por la empresa adjudicataria para realizar las plantas significativas de las fincas en copropiedad, se entregarán al técnico director de los trabajos junto con los correspondientes croquis catastrales digitalizados. Si esa documentación de trabajo consiste en planos obtenidos por la empresa por cualquier medio, se adjuntarán dichos planos. Si se trata de croquis de campo, se aportarán también, con indicación de la fecha en que se han realizado y del nombre del técnico que ha tomado los datos.

De cada inmueble se realizará su fotografía digital y el documento gráfico croquis catastral en formato FXCC. PRESCRIPCIÓN 4 – REALIZACIÓN DE CROQUIS CATASTRALES DIGITALES EN FORMATO FXCC La realización de los documentos gráficos FXCC se ajustará en todos sus extremos a lo dispuesto en la “Norma de entrega de actualizaciones de la cartografía catastral rústica y urbana . Formato FXCC para intercambio de información gráfica asociada a parcelas catastrales.”, citada al principio de este pliego. 4.1- PREPARACIÓN DE DATOS GRÁFICOS

Se preparará la georeferenciación, ubicación a coordenadas reales, de los croquis FXCC digitales de las distintas plantas con base en las coordenadas geográficas de las manzanas y parcelas contenidas en la cartografía catastral.

Se preparará asimismo la digitalización de los croquis de campo o de los planos obtenidos en las labores de obtención de información en campo, teniendo en cuenta que los croquis FXCC digitales deben ser realizados sobre la ventana gráfica extraída de la cartografía catastral, de tal forma que se asegure un perfecto encaje entre ambos.

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En los casos en que se produzca una falta de concordancia entre los datos obtenidos

en campo y la cartografía catastral, que sea apreciable y de la que se derive la imposibilidad de catastrar correctamente la finca o local de que se trate, se realizaran las correspondientes comprobaciones, incluyendo una segunda comprobación in situ en la finca si fuese necesario. Si se comprueba que los datos obtenidos en campo son correctos y que existe un error en la cartografía catastral, se propondrá la modificación de la misma al director de los trabajos.

La denominación de los portales, escaleras y locales se realizará de acuerdo con lo dispuesto en las escrituras. El domicilio de la finca y de los distintos portales que figuran en los FXCC serán conformes con lo dispuesto en la escritura siempre que esté actualizada y con la cartografía del Ayuntamiento de Madrid en la que figuran los números de policía oficiales. 4.2 - CROQUIS A ESCALA Y ACOTADOS DE LAS DISTINTAS PLANTAS

Se realizarán croquis a escala y acotados de la planta general del inmueble, cuyo perímetro habrá de corresponder exactamente con el que figure en la cartografía catastral, tal y como se ha indicado en el epígrafe anterior, y de las plantas que sean distintas.

Los croquis comprenderán los siguientes datos:

- Alineaciones exteriores. - Proyección horizontal de los volúmenes salientes construidos. - Contorno esquemático de los locales que comprenda cada planta. - Referencia del número de la dirección postal de cada parcela, cuando exista. Se

indicará con números de cinco milímetros situados junto a la línea de fachada, en el exterior del inmueble y junto al acceso o accesos a la finca.

- Indicación de los accesos a la finca, mediante una flecha, perpendicular a la alineación correspondiente.

- Rotulación de las vías públicas, con el número de la dirección postal, que se realizará con letra vertical.

- Longitud de fachadas y número de plantas o altura de edificaciones, según las normas UNE.

- Referencia de los jardines y espacios libres particulares. - Cotas de las dimensiones necesarias para obtener la superficie total del suelo de la

finca y de todas y cada una de las distintas plantas construidas, que serán tan numerosas como sean necesarias, para comprobar rápidamente la exactitud de los datos de superficies de suelo y construcción. Se rotularán con números señalando los extremos de las cotas mediante trazos. Las cotas se expresarán en metros con aproximaciones a centímetros.

- En parcelas en pendiente, en las que un mismo plano horizontal sea una planta en un acceso y otra planta en otro, se dibujaran las secciones necesarias para que el edificio quede perfectamente definido. Asimismo, en los croquis CU-1 de dichas plantas, se señalaran las diferentes zonas y junto a cada una de ellas se consignará, como texto informativo, su denominación según escritura.

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- En el croquis de la planta general, en la esquina superior derecha, se incluirá un resumen de superficies en el que figure la superficie del solar y las superficies construidas totales sobre rasante, bajo rasante y la suma de ambas.

- En los croquis de la otras plantas, en la esquina superior derecha se incluirá un resumen de superficies de los elementos de la planta.

4.3- DIFERENCIACIÓN DE LOCALES, IDENTIFICACIÓN Y SUPERFICIES COMPUTABLES

En los croquis FXCC de cada planta se deslindará la superficie construida de los elementos

comunes y la de cada local. Se dibujaran las terrazas y porches cubiertos. Las terrazas descubiertas, que son superficies no computables, no se dibujaran como un recinto, ni se les asignará centroide. En las fincas de un solo propietario se deslindarán todos los locales destinados a vivienda, como si se tratase de una finca en régimen de propiedad horizontal. El resto de locales solo se deslindarán a nivel de uso, distinguiéndolos de los elementos comunes.

En las fincas de un solo propietario con uso distinto del de vivienda, los locales solo se deslindarán a nivel de uso, distinguiéndolos de los elementos comunes

Las plazas de garaje y los trasteros se dibujaran con su superficie útil, quedando el resto de superficie integrada en el común de garajes o trasteros. Cada local se identificará con el código de atributo de destino que le corresponda en función de su uso, seguido con la letra o número de la puerta y la letra o número del portal y/o escalera. Este identificador figurará tanto en la parte gráfica como en el resumen de superficies. Se vuelve a insistir en que, para los locales privativos, estas letras y números deben ser los que identifican el local en las escrituras.

4.4 - NOMBRES, CÓDIGOS Y ORDEN DE LAS PLANTAS SIGNIFICATIVAS

Se insiste a continuación en determinados aspectos que tienen una particular importancia en el posterior trabajo de control por los técnicos catastrales.

Los nombres de las plantas se escribirán con mayúsculas y sin tildes, y empezarán siempre por la palabra PLANTA. Se detallan a continuación los nombres completos y los códigos que se deben utilizar:

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Plantas por encima de la baja, PLANTA 01, PLANTA 02,... (códigos 01, 02,...)

Planta baja, PLANTA BAJA 00 (código 00)

Plantas por debajo de la baja PLANTA SOTANO -1, ... (códigos -1, -2,...)

Planta semisótano PLANTA SEMISÓTANO SS (código SS)

Planta entreplanta PLANTA ENTREPLANTA EP (código EP)

Planta principal PLANTA PRINCIPAL PR (código PR)

Planta ático PLANTA ATICO AT (código AT)

La utilización de las plantas semisótano y entreplanta se permite para garantizar la irrenunciable correspondencia entre la denominación de las plantas en el Catastro y en los documentos públicos e inscripciones registrales. Igualmente, en fincas antiguas podría ser necesaria la utilización de la planta principal.

Por otra parte, la última planta se podrá denominar planta ático, pero siempre que así figure en los documentos públicos e inscripciones registrales, nunca si figura una denominación numérica.

En el caso de que se trate de varias plantas iguales consecutivas, se consignarán los códigos de la primera y la última de ellas, separadas por la preposición A, por ejemplo, PLANTA 01 A 05.

Los croquis catastrales son secciones horizontales del edificio. Si en un mismo croquis catastral que representa una sección horizontal, hubiese que reflejar varias plantas, se consignarán todos los nombres de las plantas separados por comas, por ejemplo, en un croquis que incluyese dos plantas se denominaría PLANTA 01, PLANTA 02. En el croquis se reflejarán las líneas rectas o quebradas de separación entre las plantas.

En el caso de que la sección horizontal tuviese una parte de planta sobre rasante y otra bajo rasante, el croquis se desdoblará en dos croquis, uno con la parte sobre rasante computando y el resto dibujado solo con líneas y textos y otro al revés, con la parte bajo rasante computando y el resto solo como referencia.

En la tabla “GESTIÓN DE PLANTAS”, las distintas plantas deben ordenarse en vertical y en sentido de abajo a arriba, las plantas de menor a mayor cota de piso, empezando por la planta sótano más baja y acabando por la planta más alta que exista en el edificio.

En la aplicación gráfica catastral, todas aquellas plantas situadas por debajo de la que se llame BAJA, se consideran bajo rasante por los programas de validación. Por ello, si existiese una planta semisótano por debajo de la baja, que en realidad fuese también sobre rasante y se valorase como tal, en la tabla de “GESTIÓN DE PLANTAS” se pondrá la planta semisótano por encima de la baja.

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PLANTA SEMISÓTANO SS PLANTA BAJA 00

Por la misma razón anterior, en el caso de un edificio en terreno en pendiente en el que en una misma sección horizontal hay varias plantas, hay que tener muy en cuenta en que nivel se consigna la palabra BAJA. Todo lo que esté por debajo de esa palabra se considera bajo rasante. Se verá claramente en el ejemplo 2 siguiente.

En el caso de que se incluya más de una planta por línea, deberá corregirse manualmente el campo “NUMERO PLANTAS” de la tabla, consignando el número real de plantas.

Ejemplo 1 de elaboración de la pantalla de “GESTIÓN DE PLANTAS”.

Ejemplo 2 de elaboración de la pantalla de la pantalla de “GESTIÓN DE PLANTAS”. Se trata de un edificio situado en terreno en pendiente. Nótese que la palabra BAJA solo se usa en la línea por debajo de la cual queremos que se consideren las plantas bajo rasante, en este caso tres plantas. Si hubiésemos consignado dicha palabra también en la línea inmediatamente superior, el programa hubiese considerado cuatro plantas bajo rasante.

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4.5 - CÓDIGOS DE USO/DESTINO DE LA CAPA CONSTRUCCIONES URBANAS

Se unificarán los códigos de uso / destino de la capa construcciones urbanas. El objetivo es facilitar la comprobación de las superficies de los elementos comunes entre el fichero *.ASC y la base de datos alfanumérica SIGECA, así como simplificar, sistematizar y ahorrar líneas de locales en cada croquis catastral.

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Todos los elementos comunes se indicarán como tales y sin identificación particularizada posterior al uso. Es tradicional el uso de identificadores en los accesos del edificio e incluso en los elementos comunes, pero esta pormenorización evita que el programa sume correctamente la superficie de los elementos comunes, ocasionando un mayor trabajo de comprobación. En consecuencia, los accesos y comunes se denominaran pormenorizadamente exclusivamente en la capa texto dentro de Otros Textos en cada una de las plantas del edificio. En esta capa de textos, los accesos se denominarán según el número, letra , mano o similar del portal y/o escalera. Los comunes se denominarán según su uso, calderas, grupo de presión, etc... Los nombres válidos para elementos comunes son los siguientes:

- Cuartos de instalaciones sobre y bajo rasante. COMUN - Rampas, rodadura, maniobra y accesos exclusivos

de garaje, sobre y bajo rasante. COM.GJ - Rampas, rodadura, maniobra y accesos exclusivos

de aparcamiento descubierto. COM.AP - Accesos a trasteros, sobre y bajo rasante. COM.TR - Accesos sobre rasante COM.AC - Accesos bajo rasante COM.-A - Otros locales comunitarios, sobre rasante COM.LO - Otros locales comunitarios, bajo rasante COM.-L - Vivienda del portero, sobre rasante COM.VP - Vivienda del portero, bajo rasante COM.-P - Piscina descubierta COM.KP - Deportivo descubierto COM.KD - Deportivo auxiliar, vestuarios, depuradoras,... COM.KA - Piscina cubierta COM.KC - Deportivo cubierto COM.KQ

Las viviendas se indicarán como V.código, donde el código es el indicado por la escritura. Por ejemplo:

- Si son viviendas numeradas, V.01, V.02, V.03, ... - Si son por letra, V.A, V.B, V.C, ... - Si son por mano, V.IZ, V.DR, V.CN, V.CI, V.CD - Si son por exteriores o no V.EX, V.YN, V.EI, V.ED, V.EC, V.YI, V.YD, V.YC, - Si son por número de portal y letra de vivienda, V.A.1, V.B.1, ..., V.A.2, V.B.2,... - Las combinaciones de las anteriores, manteniéndose siempre el orden

[número, letra, mano ó similar de puerta].[número, letra, mano ó similar de escalera] utilizando un punto entre ambos.

Los patios se codifican como PTO. En edificios de vivienda colectiva, las zonas de planta baja cubiertas pero abiertas lateralmente que no computen edificabilidad según las NN.UU. del PGOUM, como los soportales y las plantas bajas porticadas, se indicarán como PTO para que

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no computen como superficie en el resumen de superficie construida sobre rasante, ya que no se valoran (se recuerda que soportales son espacios de uso público, cubiertos pero no cerrados lateralmente, de anchura mayor o igual a 3 m. y que ocupan un frente de manzana completo, y que plantas bajas porticadas son zonas de planta baja cubiertas, no cerradas lateralmente y cuya superficie sea mayor o igual a 2/3 de la superficie proyección de las plantas superiores). Las terrazas descubiertas, de acuerdo con la normativa técnica de valoración catastral tampoco computan como superficie construida. Se dibujaran solo con líneas y con el texto TZ. Cuando un recinto superficial compute al 50% en el cálculo de superficie construida, se utilizarán los códigos TZA para terrazas y POR para porches. En ambos casos la superficie que se pondrá en el centroide será la superficie reducida al 50% y no la superficie física real.

Los locales comerciales se indicarán como C.código, donde el código se indicará a semejanza de las viviendas.Las oficinas se indicarán como O.código, donde el código se indicará a semejanza de las viviendas.Los locales industriales se indicarán como I.código, donde el código se indicará a semejanza de las viviendas. Los trasteros se indicarán como AAL.código, donde el código se indicará según la identificación utilizada en las escrituras.Las plazas de garaje se indicarán como AAP.código, donde el código se indicará según la identificación utilizada en las escrituras. 4.6 - FOTOGRAFÍA

La fotografía, considerada como dato técnico gráfico, debe reflejar la mayor información posible sobre la finca. Será siempre en color. Su punto de toma será el más expresivo posible, que normalmente es aquél desde el que se vea su fachada. En aquellos casos en que las construcciones presenten gran complejidad, lo correcto será efectuar varias fotografías. Cuando se trate de solares, el punto de toma será el que permita su identificación y acuse sus características intrínsecas. 4.7 - FORMATOS DE ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN GRÁFICA

Los croquis catastrales deberán ser digitales, entregándose en fichero de intercambio con el formato FXCC establecido por la “Norma de entrega de actualizaciones de la cartografía catastral rústica y urbana. Formato FXCC para intercambio de información gráfica asociada a parcelas catastrales”, citada al principio de este pliego.

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PRESCRIPCIÓN 5 – DEPURACIÓN DE LOS FICHEROS

La información en soporte magnético entregada se validará para detectar los errores u omisiones que se hayan producido en el proceso, generándose unos listados de errores que serán depurados por el contratista mediante trabajos de campo o gabinete.

Si en una entrega se observan errores físicos o jurídicos en un cinco por cien de las unidades urbanas del mismo será motivo de recusación de la entrega completa para su comprobación total a cargo de la empresa.

PRESCRIPCIÓN 6 – MANTENIMIENTO DEL FICHERO Y CONSERVACIÓN

Desde el momento de la recepción y hasta la finalización del plazo de garantía, el contratista estará obligado a resolver y subsanar cuantos defectos pudieran advertirse en los trabajos, así como a atender e informar en los modelos que se le faciliten acerca de las reclamaciones o recursos interpuestos que afecten a los trabajos realizados.

PRESCRIPCIÓN 10 - RITMO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

Tal y como se señala en el punto 15 del Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, la empresa está obligada a presentar un programa de trabajo en el plazo de 15 días naturales a contar desde el siguiente al de notificación de la adjudicación definitiva del contrato. En este programa se establecerá el ritmo de ejecución de los trabajos, que como mínimo será lineal y proporcional al plazo que vaya transcurriendo. Las entregas de las fincas de la empresa a la Subdirección una vez realizados los croquis catastrales, se realizarán semanalmente. Madrid, 4 de marzo de 2009

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE COORDINACIÓN CATASTRAL

P. A. LA JEFE DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO CATASTRAL

Fdo. Alicia Pérez Jiménez