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AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍA Concejalía de Deportes PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGULAN LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE PISCINA CUBIERTA DE USO COMÚN EN PUNTA UMBRÍA. 1 OBJETO DEL CONTRATO El presente Pliego tiene por objeto fijar la descripción de las condiciones técnicas en que han de prestarse los servicios de gestión, explotación y mantenimiento en la Piscina Cubierta del Ayuntamiento de Punta Umbría. 2 DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES OBJETO DE LA ADJUDICACIÓN La Instalación deportiva se encuentra ubicada en el Complejo Deportivo Municipal Alcalde José Hernández Albarracín entre las calles Poeta Miguel Hernández y Poeta Adriano del Valle. Tiene una superficie construida de 2.449,12 m 2 y una distribución en dos plantas y galería subterránea, con las siguientes características y dependencias: 1. Planta baja de acceso, donde se ubican: nº 1.- Pasillo acceso principal al conjunto. nº 2.- Vestíbulo con recepción nº 3.- Hall de piscina. nº 4.- Servicios auxiliares público y deportistas. nº 5.- Pasillo de acceso vestuarios pies calzados. nº 6.- Sala deportiva complementaria para uso múltiples. nº 7.- Vestuario de grupo masculino. nº 8.- Vestuario de grupo femenino. nº 9.- Vestuario infantil femenino 2. (Madres con niños < 7 años) nº 10.- Vestuario nº 1. (Madres con niñas < 7 años) nº 11.- Vestuario nº 2. (Padres con niñas < 7 años) nº 12.- Vestuario infantil Masculino 2. (Padres con niños < 7 años) nº 13.- Pasillo de acceso vestuarios pies descalzos. nº 14.- Vestuario femenino monitor-socorrista nº 15.- Vestuario masculino monitor-socorrista nº 16.- Sala técnica (Cuadro eléctricos instalaciones) nº 17.- Enfermería – botiquín. nº 18.- Ducha minusválidos Ayuntamiento: Plaza de la Constitución, 1. Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100. CIF P2107900I Tlf. 959 495100 Fax 959 495150. Concejalía de Deportes: c/ Andévalo s/n. (Polideportivo Municipal) Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100. Tlf.: 959495159. Fax. 959495141. Correo electrónico: [email protected]

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AYUNTAMIENTO DE PUNTA UMBRÍAConcejalía de Deportes

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS QUE REGULAN LA ADJUDICACIÓN MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO PARA LA GESTIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DE PISCINA CUBIERTA DE USO COMÚN EN PUNTA UMBRÍA.

1 OBJETO DEL CONTRATO

El presente Pliego tiene por objeto fijar la descripción de las condiciones técnicas en que han de prestarse los servicios de gestión, explotación y mantenimiento en la Piscina Cubierta del Ayuntamiento de Punta Umbría.

2 DESCRIPCIÓN DE LAS INSTALACIONES OBJETO DE LA ADJUDICACIÓN

La Instalación deportiva se encuentra ubicada en el Complejo Deportivo Municipal Alcalde José Hernández Albarracín entre las calles Poeta Miguel Hernández y Poeta Adriano del Valle. Tiene una superficie construida de 2.449,12 m2 y una distribución en dos plantas y galería subterránea, con las siguientes características y dependencias:

1. Planta baja de acceso, donde se ubican: nº 1.- Pasillo acceso principal al conjunto.nº 2.- Vestíbulo con recepciónnº 3.- Hall de piscina.nº 4.- Servicios auxiliares público y deportistas.nº 5.- Pasillo de acceso vestuarios pies calzados.nº 6.- Sala deportiva complementaria para uso múltiples.nº 7.- Vestuario de grupo masculino. nº 8.- Vestuario de grupo femenino.nº 9.- Vestuario infantil femenino 2. (Madres con niños < 7 años)nº 10.- Vestuario nº 1. (Madres con niñas < 7 años)nº 11.- Vestuario nº 2. (Padres con niñas < 7 años)nº 12.- Vestuario infantil Masculino 2. (Padres con niños < 7 años)nº 13.- Pasillo de acceso vestuarios pies descalzos.nº 14.- Vestuario femenino monitor-socorristanº 15.- Vestuario masculino monitor-socorristanº 16.- Sala técnica (Cuadro eléctricos instalaciones)nº 17.- Enfermería – botiquín.nº 18.- Ducha minusválidos

Ayuntamiento: Plaza de la Constitución, 1. Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100.

CIF P2107900ITlf. 959 495100 Fax 959 495150.

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nº 19.- Servicios minusválidosnº 20.- Aseos de piscina mujeres.nº 21.- Duchas de piscina mujeres.nº 22.- Túnel de duchas piscina.nº 23.- Duchas de piscina hombres.nº 24.- Aseos piscina hombresnº 25.- Oficina Administración – Cuadro Eléctrico General nº 26.- Acceso sótano y galería instalaciones técnicas 2ª planta – Almacén Limpiezanº 27.- Acceso vestuarios 2ª planta y cubierta. Nº 28.- Galería de observación y acceso gradas desde hall.Nº 29.- Galería y gradas espectadores 230 plazas.nº 30.- Almacén pequeño material – Playa Piscinanº 31.- Sala piscinanº 32.- Vaso de piscina deportiva 25 x16,60.nº 33.- Vaso de piscina enseñanza 16,60 x 6 m.

2. Planta alta, en donde se ubican: nº 34.- Vestuario femenino pista deportiva.nº 35.- Vestuario masculino pista deportiva.nº 36.- Sala técnica de climatización y calderas.nº 37.- Rampa oeste acceso cubierta.nº 38.- Rampa este acceso cubierta.

3. Sótano subterráneo para el trazado de redes y depósitos de compensación, elementos para la depuración (bombas, dosificadores y filtros) así como los acumuladores de agua.

4. Cubiertas: Plana (transitable), inclinada ( instalación placas solares)

En lo que haya podido omitirse, se estará a lo descrito en los planos del proyecto de la obra y al edificio en sí, tal como está construido.

Si el Ayuntamiento recibiese o realizase cualquier nueva instalación durante el período de explotación, que pasase a formar parte del conjunto del servicio, se incluirá en el objeto de la concesión, previa conformidad del concesionario, que podrá hacer las observaciones de orden técnico que crea oportunas con expresa renuncia a hacerlo después.

El equipamiento técnico y el material deportivo entregado por el Ayuntamiento se encuentran descritos en los anexos de inventario y de instalaciones técnicas del presente Pliego. En caso de deterioro, corresponde al Gestor su reposición.

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Previo al inicio de la actividad, el concesionario deberá redactar un informe sobre la actualización del inventario que se remitirá a los Servicios Municipales para su cotejo, de lo cual se levantará el correspondiente Acta, caso de no realizarse, se entenderá que el adjudicatario asume lo contenido en ambos anexos (inventario de material y de instalaciones y de su perfecto funcionamiento).

3 ALCANCE Y EXTENSIÓN

El alcance y extensión de este Pliego, se refiere a la totalidad de los trabajos de gestión, explotación y mantenimiento del Servicio Municipal de Piscina Cubierta.

Los servicios a prestar serán los contemplados en la cláusula 5 de este Pliego, sobre programas de actividades a desarrollar en las instalaciones de la piscina que se corresponden genéricamente a las actividades más usuales. Éstos podrán ser mejorados por el gestor en su proposición.

4 HORARIO QUE DEBERÁ REGIR EN LA INSTALACIÓN

La Instalación deberá permanecer abierto al público de Lunes a Viernes de 9.00 horas a 14.00 horas y de 19.00 horas a 23.00 horas y Sábados de 10.00 a 14.00 horas y de 19.00 a 23.00 horas.

Este horario, podrá ser objeto de cambio en función de la demanda que el servicio pueda requerir, pudiendo la Inspección Técnica Municipal acordar con el contratista variaciones del mismo.

5 PROGRAMA DE SERVICIOS.

a) ACTIVIDADES – PERIODICIDAD

El programa de Servicios y actividades, que se establece, podrá ser objeto de cambio por el gestor del servicio, previa autorización Municipal, en función de la demanda y necesidades que el servicio pueda requerir.

Se establecerán horarios y turnos en jornadas de mañana, tarde y noche con una duración práctica de 45 minutos/actividad.

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Los servicios y actividades a prestar serán los que se expresen en la propuesta del Gestor o Dirección Técnica Municipal. Se tendrá en consideración, dentro de los criterios de selección, el que en mayor o menor medida presente en el programa deportivo los servicios y actividades contemplados en la cláusula 5 del Pliego.

• Cursos de Matronatación o Natación para bebés (6 meses a 48 meses).• Cursos de Natación preinfantil (4 a 6 años).• Cursos de Natación infantil (4 a 14 años).• Cursos de Natación juvenil (15 a 20 años).• Cursos de Natación para adultos (15 a 59 años).• Cursos de Natación para mayores de 60 años.• Cursos de Natación premamá.• Cursos de Estimulación precoz.• Clases de Natación terapéutica.• Clases de Natación para alumnos con necesidades educativas especiales.• Nado libre.• Baño libre.• Acuaerobic.• Campañas específicas de Natación para Centros Escolares.• Entrenamientos y Encuentros deportivos. • Competiciones.

La Dirección Técnica Municipal podrá establecer modificación en la planificación de los servicios, cuando se estimase necesario.

b) INDICACIONES PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES

• BEBÉS.

¿A quién va dirigida esta actividad?

A niños entre los seis meses hasta los 48 meses. Esta actividad surge por la necesidad de familiarizar al bebé con el medio acuático, atendiendo a aspectos como flotación, ejercicios de respiración, pequeños desplazamientos, psicomotricidad acuática y enseñar a estos niños a subsistir en el agua ante una caída fortuita. Con el tiempo se ha instaurado como un valiosísimo

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medio de educación física y ayuda para el correcto desarrollo del bebé. Esta actividad ha de desarrollarse con la participación activa de los padres para mejorar los vínculos afectivos y sociales del niño. Por ello buscaremos un horario en que éstos estén disponibles.

El ratio de alumnos por profesor será de 6 a 8 por grupo, dado que los bebés estarán acompañados por sus padres, y no dependerán directamente del profesor.

Profesorado

Se precisa un profesor que deberá ser asistido por los padres de los alumnos.

Perfil

Técnico Deportivo con Titulación de Monitor de Natación o T.A.F.A.D.Técnico en Salvamento Acuático.Especializado en Natación para bebés.

Grupos

Las clases serán dos/tres días a la semana,

3 días en semana: lunes, miércoles y viernes.2 días en semana: martes y jueves.2 Niveles

HorariosA definir.

• NATACIÓN INFANTIL

¿A quién va dirigida esta actividad?

A niños y jóvenes a partir de los 4 años y hasta los 14. Dependiendo de la capacidad de los alumnos en relación del número de profesores y calles disponibles. Atendiendo a aspectos relacionados con la psicomotricidad, flotación, ejercicios de respiración, propulsión y mejora de las diferentes habilidades acuáticas a través de actividades lúdico-recreativas. Se trabaja con el mismo planteamiento de la natación para bebés. El trabajo se realiza con la presencia de los padres. Si los niños acuden con el colegio se requerirá la colaboración de los familiares disponibles y sus profesores de aula. En general, se trata de proporcionar una actividad que partiendo de la familia, tienda a la socialización progresiva del niño y a jugar con otros niños, con el tiempo adquirirá la confianza necesaria con su profesor, que posteriormente se hará cargo del grupo.

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El ratio de alumnos por profesor será de 8 a 10 por grupo, dado que los alumnos estarán acompañados por sus padres, y no dependerán directamente del profesor.

Profesorado

Se precisa un profesor que deberá ser asistido por los padres de los alumnos.

Perfil

Técnico Deportivo con Titulación de monitor de Natación o T.A.F.A.DTécnico en Salvamento Acuático.

Grupos

Las clases serán dos/tres días a la semana,3 días en semana: lunes, miércoles y viernes.2 días en semana: martes y jueves.

Horarios

A definir.

• ESCUELA MUNICIPAL DE NATACIÓN

¿A quién va dirigida esta actividad?

A niños y jóvenes a partir de los 6 años y hasta los 14 años. Dependiendo de la capacidad de los alumnos en relación del número de profesores, y calles disponibles. Enseñanza de la natación de forma global, a través del juego para que el niño aprenda natación en grupo y de forma amena. Posibilita la familiarización del niño con el medio acuático y el desenvolvimiento con seguridad en el agua. Se establecen cuatro niveles de aprendizaje. Nivel I: Iniciación al Nado elemental, Nivel II: Aprendizaje de estilos, Nivel III: Tecnificación y Perfeccionamiento y Nivel IV: Avanzado (Rendimiento deportivo y Competición).

Profesorado

Estará compuesta por técnicos deportivos de natación que nos permita conseguir los objetivos de este programa.

Perfil

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Técnico Deportivo con Titulación de monitor de Natación o T.A.F.A.DTécnico en Salvamento Acuático.

Grupos

Las clases serán dos/tres días a la semana,3 días en semana: lunes, miércoles y viernes.2 días en semana: martes y jueves.

Horarios

A definir.

Atención especial a los jóvenes

En este sentido dentro de la planificación de las actividades tendrán una especial consideración el acceso a las instalaciones y actividades de los jóvenes que se incorporan a la Enseñanza Secundaria Obligatoria (E.S.O), y que abandonan, entre otras actividades, el deporte. Para suplir esta deficiencia se incentivará el uso prioritario de las instalaciones y la participación de los mismos en las actividades programadas; dado que este fenómeno sociológico merece que sea tratado especialmente, haciendo un esfuerzo por ocupar su tiempo de ocio de forma saludable evitando que se ocupen en actividades perjudiciales para su desarrollo.

• NATACIÓN DE ADULTOS

¿A quién va dirigida esta actividad?

A personas mayores de 15 años que de una manera individual desean aprender a nadar, superar sus conocimientos o simplemente mejorar su condición física general. La salud y el mantenimiento, junto con el ocio, son motivos principales del acercamiento de la mayoría de las personas a estas instalaciones.

Duración del curso

Comienza en Septiembre/Octubre, coincidiendo con el inicio del resto de las actividades (Colegios, Universidades, etc..) y termina el último día de junio.

Niveles de aprendizaje

Los alumnos que solicitan acudir a esta actividad se encuentran en tres niveles de aprendizaje:

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En el primer nivel se incluyen los que no saben nadar, tienen miedo o les falta confianza en las zonas profundas.

En el nivel de Iniciación al nado, nos referimos a personas que se han iniciado en nuestros cursos o que se integran nadando pero les falta eficacia en los movimientos y no pueden desarrollar una continuidad en la actividad.

El nivel de Mantenimiento acuático lo componen las personas que quieren perfeccionar estilos que ya dominan y aprender otros estilos; sobre todo quieren mejorar su condición física.

Profesorado

Al menos dos técnicos por cada hora deberán ser los responsables del programa. Lo óptimo serían tres para trabajar de una manera individual en las tres etapas en que se encuadra la demanda de la actividad.

Número de alumnos

En el primer nivel un máximo de 12 alumnos por hora y calle, y para el resto de los niveles estará en relación con las calles para trabajar de una manera individual en las tres etapas en que se encuadra la demanda de la actividad.

Horarios

A definir.

• NATACIÓN PARA TERCERA EDAD

¿A quién va dirigida esta actividad?

A personas mayores de 60 años que necesitan disfrutar de su tiempo libre y mantener una actividad física que por la edad en la que se encuentran mejorará su estado de salud, dado que por todos es sabido el papel tan importante que desempeña la actividad y, dentro de ella, el ejercicio físico en el retraso de los aspectos degenerativos propios de la edad avanzada. En este caso la creación de una actividad plenamente adaptada en todos los sentidos se hace imprescindible, a la vez que permite la integración en el grupo de personas con las mismas características.

Nivel de aprendizaje

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El grupo se dividirá en dos o tres subgrupos dependiendo del número de profesores. Por lo general, con dos niveles de aprendizaje seremos capaces de confeccionar un programa eficaz que pueda cubrir las necesidades de las personas que lo integran.Estas personas fundamentalmente acuden a nuestro centro con dos objetivos. El primero lo realizan los que quieran aprender a nadar y un segundo que es mejorar sus desplazamientos en el agua con el fin de que les permita la práctica de la natación.

Profesorado

Estará compuesto de dos técnicos. Cada uno se responsabilizará del programa de iniciación o de acondicionamiento físico y el número de alumnos estará sobre treinta personas.

Horario

A definir

• NATACIÓN ESPECIAL

¿A quién va dirigida esta actividad?

El programa para discapacitados tiene por objeto servir de puente para que los alumnos se familiaricen con todas las personas y dependencias que formen nuestro centro.

Se clasificarán según el grado de discapacidad que posean, conseguido al superar un programa básico de requisitos previos, integraremos al alumno en un grupo adecuado para él.

El objetivo para estos grupos es iniciar en la actividad de la natación y conseguir una autonomía que le permita integrarse en un grupo.

Niveles de aprendizaje

Se divide el grupo en dos niveles dependiendo de la respuesta motriz del alumno en el agua.

Un grupo será de conocimiento del medio, aprendizaje de las conductas básicas y adaptación a la actividad y el grupo de avanzados donde se encuadran los que se desplazan con o sin material auxiliar en el agua.

Profesorado

Estos grupos vienen acompañados de especialistas en la materia que pueden integrarse de una manera activa, y en el caso de que no fuera así es conveniente tener una reunión previa

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a la actividad para que nos informen del tipo de discapacidad de cada alumno.

Horario

A definir

• NATACIÓN LIBRE (Actividad no dirigida)

¿A quién va dirigida esta actividad?

A las personas que nadan como mejora de sus cualidades físicas, son capaces de soportar esfuerzos prolongados. En muchos casos, son antiguos nadadores. Hay otras personas que quieren utilizar nuestro centro por prescripción médica por motivos tales como obesidad, desviación de columna, problemas circulatorios, etc.

Un gran número de personas nadan principalmente para mantenerse, adelgazar, mantener su relación social o por recreación. El centro nos servirá para continuar de los programas de aprendizaje sin que se sometan a un horario concreto.

A menudo nos encontramos que los horarios establecidos para cubrir las necesidades de estas personas son insuficientes y en la mayoría de los casos incompatibles con la actividad que desarrollan, lo que imposibilita la práctica de su actividad deseada.

En un estudio de rentabilidad económico-social se podrá observar que en la actualidad se debe integrar con unos horarios amplios buscando mecanismos necesarios para su desarrollo, ya que los resultados son óptimos.

• OTRAS ACTIVIDADES (Actividades dirigidas o no dirigidas)

¿A quién va dirigida esta actividad?

En función de las necesidades se podrán determinar programas dirigidos o no para los siguientes grupos en función del número de inscritos en las mismas.

Cuerpos de seguridad

Está claro el sentido de la formación física de estos colectivos. Lo más que se puede decir es que debe existir un hueco en el horario para el entrenamiento de estos grupos.

Opositores

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Estos grupos pueden tener su inclusión dentro del programa de actividades a desarrollar en la instalación, ya que es imposible pensar que los ciudadanos que concurren a pruebas de ingreso en cuerpos de Seguridad del Estado, Ejércitos, Estudios de Educación Física, etc., puedan entrenarse si no se les proporciona esa posibilidad.

Embarazos/Post-partos

Sería otro de los programas específicos a desarrollar dentro de las instalaciones y como valiosísimo medio para la recuperación.

Minusválidos

Al igual que la tercera edad, este es otro de los grupos que deben ser integrados en las actividades normales dentro de lo posible. Nos haremos eco de las resoluciones de organizaciones internacionales al respecto. En su caso, organizaremos actividades especialmente dirigidas a este colectivo con un trato personalizado.

Recreación

En cualquier instalación con imaginación se pueden emprender programas de este tipo. En fechas señaladas el pabellón puede convertirse en un gran parque de atracciones con actividades múltiples, donde el personal técnico organizan las atracciones, y “abren” las puertas a los ciudadanos para vivir una jornada recreativa.

En otras ocasiones, la instalación puede programar talleres de recreación durante unas semanas, para grupos abiertos que se hacen estables durante una temporada para desarrollar diversas actividades lúdicas.

Educativo-Deportivas

Son las actividades que se desarrollan en relación directa con el sistema educativo y que se desarrollan coordinándose con éste.

• NATACIÓN ESCOLAR – INICIACIÓN (Educación Infantil a través de la Natación)

¿A quién va dirigida esta actividad?

A alumnos y alumnas de Centros de Enseñanza Primaria y Enseñanza Secundaria Obligatoria, bajo el enfoque de relación y colaboración estrecha con el “Plan Escolar y los Centros de Enseñanza”, para trabajar en sintonía y dentro del ambiente educativo; bien se organice la actividad desde la Dirección del Colegio, Claustro de profesores o A.P.A., como actividades extraescolares en aplicación del artículo 16 del Decreto 137/2002, de 30 de abril, de

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apoyo a las familias andaluzas, para que se ofrezcan actividades extraescolares, pudiendo incluirse éstas dentro del plan de Centro, como curso de natación escolar, según lo dispuesto en el Decreto 18/2003, de 30 de febrero, de apoyo a las familias andaluzas.

El trabajo con estos grupos, igual que en el caso anterior, mejora muchos sus resultados con la presencia de los padres. En este caso, se diseña dos actividades, una dirigida a los niños de Educación Primaria, donde el alumno o alumna acude con su grupo de clase, a ser posible, o, en su defecto, con niños de su colegio, procurando que entren o salgan de la piscina media hora más temprano o más tarde de los que lo hacen en el colegio.

Para poder poner en marcha este tipo de programa en el que el niño acude con el colegio se ha de establecer un periodo transitorio en el que se requiera la colaboración de los familiares disponibles, responsables del A.P.A., o sus profesores del aula.

Para los niños que no acudieron anteriormente se pone en marcha un programa que incluye la posibilidad de que puedan asistir los padres a las sesiones, donde podrán entrar aquellos niños que no hayan podido integrarse en las sesiones de la mañana con su colegio.

En los grupos de niños que hayan ido a la piscina con sus padres en el programa anterior puede prescindirse de su presencia.

En general, se trata de proporcionar una actividad que, partiendo de la familia, tienda ala sociabilización progresiva del niño y a jugar con otros niños, con el tiempo adquirirá la confianza necesaria con su profesor, que posteriormente se hará cargo del grupo.

Profesorado

Se precisa un profesor que, en caso de no tener colaboración de los padres o responsables de A.P.A. o los profesores, debería ser asistido por otro profesor de apoyo.

Horario

A definir.

Las inscripciones se realizarán en septiembre y el curso tiene una duración de 9 meses.

• ENTRENAMIENTO DE CLUBES / ALQUILER DE USUARIOS

La última franja horaria de la instalación puede ser cubierta por el uso de los clubes locales y usuarios para sus entrenamientos, así como para uso recreativo y de ocio de otros colectivos.

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• COMPETICIONES DEPORTIVAS

Las competiciones son un fenómeno inherente al deporte y debe ser tenida en cuenta, eso sí, tratándola de la forma más adecuada y enriquecedora posible para el individuo.

6 PERSONAL ADSCRITO AL SERVICIO

a) SERVICIO DE MONITORES-SOCORRISTAS DE NATACIÓN

La plantilla técnica que nutra este servicio ha de abarcar la suficiente cualificación y amplitud de registros profesionales, para dar respuesta al amplio abanico de modalidades que se imparten en la instalación, teniendo esta plantilla la suficiente capacidad de respuesta para cumplimentar el desarrollo de una oferta de enseñanzas acuáticas que comprenda, las actividades expuestas en el punto 5-a.

1. Realizar la acogida de los alumnos en vestuarios o playas y control de ellos en los desplazamientos hacia los vasos de actividad.

2. Conocer y participar en la elaboración de la “ programación técnica”, global y específica, así como los trabajos y actividades a desarrollar.

3. Impartir actividades lectivas: clases natatorias, cursos, sesiones generales o específicas, desarrollando las directrices contenidas en la programación, a través de la ejecución de las sesiones y horarios planteados, favoreciendo la adquisición de las habilidades y primando objetivos de carácter socioeducativos.

4. Tener plena responsabilidad del control, seguridad ( con riguroso control de los factores de riesgo) y organización de los alumnos a su cargo, así como de la evaluación de la progresión, objetivos, recursos y medios.

5. Disponer del uso de instalaciones deportivas para el desarrollo de su actividad, coordinándose su uso equilibrado con otros profesionales, respetando el mapa de agua asignado.

6. Determinar, por los medios objetivos implantados en la instalación, el nivel al que se adscribirán los distintos alumnos a su cargo o en su turno.

7. Velar por el cumplimiento de horarios fijados: plena eficacia en el empleo del tiempo de enseñanza. Comenzar la actividad con esmerada puntualidad y terminar en el horario dispuesto.

8. Participar en el buen funcionamiento y conservación de las instalaciones, así como de los materiales o documentos adscritos a su servicio.

9. Valorar las necesidades deportivas de oferta de actividades, recoger información cualitativa y cuantitativa para proponer los recursos, programas o proyectos a crear o desarrollar participando en su elaboración y/o evaluación.

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10. Elaborar la documentación técnica del servicio.11. Informar a los usuarios (así como a sus familiares) del desarrollo de las actividades

deportivas, educativas y demás elementos del servicio.12. Responsabilizarse de la organización de los medios, instrumental y materiales a su

cargo. Supervisar el correcto estado de los vasos, andenes, corcheras y demás elementos que afecten al baño y contribuir a subsanar carencias o fallos de ubicación, en la medida de sus posibilidades, para el correcto desarrollo de la actividad.

13. Realizar estadísticas y registros escritos de los alumnos a su cargo. Elaborar partes diarios indicando trabajos y asistencias técnicas realizadas, actuaciones y comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servicio a su superior jerárquico.

14. Colaborar en el seguimiento administrativo de asistencia diaria de usuarios: actualizar por escrito la lista diaria de asistentes.

15. Coordinar los trabajos a realizar con el colectivo de Socorristas Acuáticos y velar por las normas de seguridad de los servicios acordados con los mismos.

16. Velar permanentemente para cumplir y hacer cumplir de manera rigurosa las normas de seguridad y de comportamiento dictadas para el uso de los distintos vasos y dependencias anexas.

17. Realizar funciones, con carácter puntual y esporádico, y solo en caso de imperiosa necesidad de socorrista acuático. Con la excepción de compatibilizar las funciones monitor-socorrista, que la titulación le atribuya, cuyas competencias podrá desempeñar en cualquier caso.

18. Preparación, distribución, recogida y correcto almacenamiento de material didáctico, instrumental o auxiliar para las actividades.

19. Mantener en las sesiones una disposición activa, implicadora y comunicativa con los usuarios, adoptando actitudes posturales dinámicas y apropiadas para el correcto ejercicio docente.

20. Tender a individualizar la relación docente con los diversos usuarios, velando por introducir las correcciones técnicas personalizadas pertinentes para una mayor eficacia de los procesos de aprendizaje.

21. Y todas aquellas que no especificadas y referidas a su puesto de trabajo, entren como funciones propias del puesto de trabajo.

22. Requisitos exigibles para los profesionales del servicio de monitor:o Acreditar la titulación de Monitor/entrenador de natación expedido por la

Federación Territorial o Española Correspondiente ( en sus diferentes niveles).o Cualquier otra titulación oficial que la legislación deportiva vigente regule para

desempeñar dicha labor.

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o Además, al menos el 50% de los profesores o técnicos, deberán estar en posesión de la titulación de Técnico en Salvamento Acuático, en cualquiera de sus niveles expedido por la Federación Territorial de Salvamento o Socorrismo correspondiente.

23. Vigilar permanentemente los vasos de las piscinas y sus cercanías para prevenir accidentes.

24. Salvar bañistas en el peligro de ahogarse y auxiliar a personas que muestren dificultades en el medio acuático, siguiendo el protocolo:

o Realizar el salvamento oportuno.o Prestar los primeros auxilios y prácticas de R.C.P. (si fuera necesario).o Dar aviso a centros de asistencia sanitarias de urgencias más cercanos ( 061,

ambulatorios u hospitales más cercanos).o Dar aviso a botiquín y promotores de piscina por medio de vigilantes o auxiliares

sin abandonar el puesto de trabajo.25. Colaborar con los servicios médicos de la piscina en la aplicación de los primeros

auxilios.26. Colaborar en el traslado de los accidentados.27. Supervisar el correcto estado de los vasos, andenes, corcheras y demás elementos que

afecten al baño y contribuir a subsanar carencias o fallos de ubicación, en la medida de sus posibilidades, para el correcto desarrollo de la actividad.

28. Supervisar y controlar el correcto uso por parte de los bañistas de las calles destinadas a nado libre.

29. Velar permanentemente para cumplir y hacer cumplir de manera rigurosa las normas de seguridad y de comportamiento dictadas para el uso de los distintos vasos y dependencias anexas.

30. Informar a quien corresponda de todas aquellas incidencias que afecten a la actividad y factores asociados.

31. Cumplir estrictamente con las exigencias y actuaciones que se deriven del total cumplimiento de la legislación de que en todo momento sea vigente respecto a las piscinas de uso público, y que se relacionen directamente con el cometido de su Servicio.

32. Evitar que los usuarios desarrollen cualquier actividad potencialmente peligrosa, para ellos o para otros usuarios (empujones, lanzamiento de personas al agua, acrobacias, desplazamientos en carrera, etc.).

33. No permitir el uso de objetos que puedan molestar a los usuarios (balones, aletas, etc., o pongan en peligro su integridad: gafas u objetos con cristal).

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34. Acudir con estricta puntualidad a su puesto de trabajo y guardar en todo momento la ubicación exacta que se la haya asignado por cuadrante, que define la zona de vigilancia y el horario de las rotaciones.

35. Deberá observar en todos los casos un trato correcto con los usuarios eludiendo situaciones de confrontación y solicitando la colaboración del servicio de seguridad cuando la situación lo requiera.

36. No abandonar su puesto de trabajo bajo ningún concepto, siendo necesaria para ello autorización expresa de persona competente, y mediando siempre suplencia por otro compañero. A la finalización de la actividad no se retirará de su puesto de trabajo hasta que compruebe que no haya usuario alguno en vasos y playas.

37. No realizar durante su horario de trabajo cualquier tipo de actividad que distraiga su atención o rebaje el nivel de vigilancia requerido.

38. Desarrollar siempre su trabajo con la vestimenta reglamentaria completa proporcionada por su empresa, a fin de ser rápidamente visualizado y localizado por los usuarios en caso de peligro.

39. Comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servicio al superior jerárquico.

40. Y todas aquellas que no especificadas y referidas a su puesto de trabajo, entren como funciones propias del puesto de trabajo.

41. Requisitos exigibles para los profesionales que presten este servicio:o Técnico en Salvamento Acuático, en cualquiera de sus niveles expedido por las

Federaciones Territoriales o Española De Salvamento y Socorrismo correspondiente, con los preceptivos cursos de reciclaje debidamente actualizados.

o Al menos el 50% de socorristas habrán de estar en posesión de la titulación de Monitor/entrenador de Natación expedido por dicha Federación (en sus diferentes niveles).

b) SERVICIO DE ATS

1. Brindar servicios y tratamiento de enfermería a los usuarios de las instalaciones deportivas y trabajadores del complejo, realizando curas, aplicando vendajes y apósitos y dispensando otras formas de tratamiento prescritas por los médicos.

2. Asistir en sus funciones a los médicos a cuya dirección estén adscritos.3. Cumplir estrictamente con las exigencias y actuaciones que se deriven del total

cumplimiento de la legislación que en todo momento sea vigente respecto a las piscinas de uso público, y que se relacionen directamente con el cometido de su servicio.

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4. Diseñar procedimientos ágiles y efectivos para el eventual traslado urgente de accidentados a centros sanitarios. Comunicar dicho diseño al resto del personal del servicio.

5. Colaborar, eventualmente, en el traslado de los accidentados a centros sanitarios.6. Realizar el control sanitario de las instalaciones que le sean asignadas. Valorar las

necesidades higiénico-sanitarias de la instalación, recoger información cualitativa y cuantitativa, proponer los recursos y proyectos a crear o desarrollar, participando en su elaboración y/o evaluación.

7. Participar en campañas de prevención de enfermedades y accidentes en la instalación.8. Responsabilizarse de la organización de los medios instrumentales y materiales a su

cargo. Efectuar el recuento e inventario de los medios y prever su reposición. Elaborar las solicitudes de pedido. Cuidar de que la dependencia e instalaciones a su cargo se encuentren siempre en perfecto estado de funcionamiento y de uso. Detectar posibles malas condiciones, procediendo a informar de los mismos al Director de la piscina.

9. Realizar estadísticas de registros escritos normativos. Elaborar partes diarios indicando trabajos y asistencias realizadas, actuaciones y tratamientos empleados y comunicar e informar de las incidencias o anomalías en el servido a su superior jerárquico.

10. Coordinar los trabajos a realizar por el colectivo de socorristas acuáticos.11. Colaborar en los programas de higiene y seguridad en el trabajo.12. Trabajar en coordinación y bajo la dirección del Servicio de Medicina deportiva que el

Ayuntamiento determine en la instalación.13. Y todas aquellas que no especificadas anteriormente, y referidas a su puesto de trabajo,

entren como funciones propias de su puesto de trabajo.

c) SERVICIO DE CONSEJERÍA Y MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES

El personal adscrito al Servicio de Conserjería y Mantenimiento tendrá los siguientes cometidos en el desarrollo de su labor:

1. Control de acceso de usuarios y público en general al edificio, velando por el buen uso de las instalaciones y equipamiento.

2. Elaboración de aquellos partes de incidencias que se le encomienden. 3. Información al público, cuidando especialmente que el trato y atención a los usuarios y

público en general sea correcto, así como el resto del personal de la instalación.4. Colaboración con los monitores para la colocación, preparación y retirada de los

materiales y elementos necesarios par el desarrollo de las actividades deportivas.5. Vigilancia y control del desarrollo de las actividades y del edificio.

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6. Cuidado y control de material que le fuera asignado así como de entrada y salida de cualquier material de la instalación.

7. Supervisión del comportamiento de usuarios y público en general, procurando que se cumplan las normas de funcionamiento existentes.

8. Vigilancia y custodia de la totalidad del edificio de la piscina y de sus inmediaciones.9. Realizar la apertura y cierre de la instalación según el horario establecido.10. Reparaciones de pequeñas averías tanto del edifico en sí como de sus instalaciones y

equipamiento.11. Mantenimiento ordinario en general del edificio. 12. Trabajo de reposición de material averiado o deteriorado. En caso necesario, alquilar

las unidades deportivas disponibles y cobrar precio público a los usuarios por uso de las instalaciones o participación en actividades, dando cuenta al responsable de la Administración.

13. Control periódico del consumo de energía eléctrica, agua, gas, productos de tratamiento del agua de los vasos.

14. Control rutinario del funcionamiento de los sistemas de depuración de agua y calefacción, así como tratamiento, verificación y mantenimiento de sus elementos.

15. Suministro y aporte de los productos de tratamiento físico-químico del agua de vasos de la piscina.

16. Cualquier otro servicio análogo a los enumerados que por su naturaleza y sencillez de ejecución pueda ser efectuado por personal sin cualificación especial y que sea necesario para la adecuada prestación de los servicios deportivos, así como todos aquellos que relacionados con el objeto del contrato le sean asignados.

7 MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES

a) SERVICIO DE LIMPIEZA

El adjudicatario estará obligado a la realización de los trabajos de limpieza diaria del interior y exterior.

Existirá un planteamiento razonado del conjunto de trabajo y operaciones necesarias para la limpieza y conservación de la Instalación. El servicio de Limpieza comprenderá, como mínimo, los siguientes trabajos.

1. Limpieza diaria y extraordinaria de todo el recinto y especialmente de aseos, vestuarios y duchas.

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Con carácter enumerativo y como mínimo se fijan las siguientes prestaciones:

Diariamente:1. Barrido de corredores, escaleras, despachos, gradas, porches y demás

dependencias.2. Limpieza de polvo en todos los muebles, mesas, sillas, armarios, salas, etc.3. Fregado y desinfección de lavabos, servicios de inodoros y duchas existentes

con productos de probada eficacia con capacidad fungicida, al menos dos veces al día.

4. Limpieza de moquetas, con máquinas y productos adecuados en las dependencias que las tengan.

5. Limpieza de papeleras.6. Colocación y reposición de productos higiénicos en servicios.7. Limpieza y desinfección con productos fungicidas de probada eficacia de los

espacios que rodean la zona de la Playa de piscina, al menos dos veces al día.8. Fregado de corredores, pasillos, escaleras, oficinas y salas.9. Limpieza de cristales, puertas de acceso principal a la instalación.

En días alternos:

10. Fregado de gradas, barandillas y demás dependencias no incluidas expresamente en el apartado anterior (salas de calderas, depuración...)

11. Barrido de las inmediaciones del recinto, cuidado que no se acumulen papeles y otros objetos por acción del viento en el exterior, especialmente en puertas de acceso.

Mensualmente:

12. Limpieza de cristales por ambas caras del resto de la instalación.13. Limpieza de muebles, puertas, persianas, armarios, ventanas y deshollinado de

paredes y techos.14. Limpieza terraza planta alta evitando acumulación de objetos arrojados o por

efectos del viento.

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2. La empresa adjudicataria deberá aportar los productos, útiles y demás material necesario para la correcta prestación de los servicios detallados, debiendo estar el edificio en todo momento en óptimas condiciones de higiene, salubridad y limpieza.

Queda totalmente prohibida la utilización de ácidos, productos abrasivos o maquinaria que deterioren los materiales y pavimentos. Si esto llegara a suceder, será por cuenta del adjudicatario la reposición de los pavimentos deteriorados.

El adjudicatario estará obligado a notificar al Ayuntamiento los productos desinfectantes y de limpieza que se utilicen, remitiendo si así se pidiese, cantidades y propiedades de los mismos.

3. Será responsabilidad de la empresa adjudicataria conocer y aplicar los productos necesarios para la limpieza y mantenimiento.

4. Asimismo, serán de obligación del adjudicatario, la limpieza de las instalaciones citadas que hayan experimentado un uso extraordinario o intensivo fuera de lo normal aunque el mismo obedezca a naturaleza distinta del fin de la instalación.

b) CONSERVACIÓN DE LAS INSTALACIONES EXISTENTES.

La empresa adjudicataria de la gestión realizará el mantenimiento y conservación, recogiéndose en este pliego de condiciones las tareas mínimas a realizar en las siguientes instalaciones:

ClimatizaciónDepuraciónEnergía solarCalderasMantenimiento en general

1. Climatización

Libro de Mantenimiento. Deberá ser cumplimentado y puesto al día, por empresa de mantenimiento debidamente autorizada, quien a su vez presentará certificado de mantenedor homologado por Industria, siendo conveniente además estar registrado en el CADEM.

Registro de datos. Independientemente de lo reseñado en el Libro de Mantenimiento, deberán tomarse y registrarse en el correspondiente estadillo, los siguientes datos:

• Climatizadores, consumo eléctrico de los motores de los ventiladores.

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• Bombas de agua, consumos eléctricos de todas ellas.• Bomba de calor de deshumificación CIATESA.• Consumos eléctricos de cada máquina, presiones indicadas por los manómetros.• Las máquinas en aspiración e impulsión de bombas y temperatura exterior• Consumo del fan-coil, marca Tecnicel climatizador del recinto de vestuarios.

Todos estos datos se tomarán una vez por semana, rellenándose el correspondiente estadillo, que será enviado el Ayuntamiento.

EQUIPO CIATESA, mod. BCP-265. Se deberá contratar empresa autorizada, la revisión de las máquinas dos veces al año (octubre y abril), entregándose en el Ayuntamiento el correspondiente parte de trabajo.

Estas revisiones serán preventivas, para comprobar el funcionamiento y poder detectar cualquier anomalía.

Semanalmente, cuando se haga la toma de datos de presiones y consumo eléctrico, se comprobará externamente la existencia de cualquier anomalía, limpieza de batería externa, chapas de cierre, ruidos anormales, etc.

En todo caso, se llevarán el control de acuerdo con el libro de mantenimiento de la instalación.

Climatizadores. Además de las revisiones periódicas que realice la empresa autorizada de mantenimiento, se efectuará:

• Semanalmente, comprobación de limpieza de filtros.• Mensualmente, limpieza de filtros con aspirador y comprobación de tensiones de las

correas.• Semestralmente, sustitución de manta filtrante y tensado de correas de ventiladores.• Anualmente, limpieza mecánica de baterías con cepillo suave.

Interacumulador e intercambiadores. Además de las revisiones periódicas que realice la empresa autorizada de mantenimiento, se efectuará anualmente limpieza del fondo del depósito interacumulador de A.C.S. y limpieza con productos químicos desincrustantes de serpentín e intercambiadores.

Bombas de circulación de agua. Además del control semanal de consumo eléctrico, se observará y comprobará la existencia de cualquier anomalía en cuanto a ruidos extraños y calentamiento anormal.

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Parámetros de control. Diariamente se vigilará que las condiciones de confort se mantienen.

Para ello se registrarán cada seis horas como máximo los siguientes parámetros:

• Temperatura en recinto de piscina.• Humedad en recinto de piscina.• Temperatura de vestuarios.• Temperatura agua vaso piscina grande.• Temperatura agua vaso piscina pequeña.• Temperatura agua duchas.• Consumo agua caliente sanitaria.

2. Energía solar

Tras la recogida de los datos y el análisis de los planos de la instalación, se realiza una previsión del aporte energético de la instalación solar térmica a la instalación deportiva, determinándose que el porcentaje de aporte de este sistema energético al producido mediante caldera de gasoil estará en torno al 30 %.

Actualmente, la instalación de energía solar térmica se encuentra fuera de servicio, no siendo posible su puesta en marcha sin la realización de una serie de acciones de mantenimiento correctivo.

Las anomalías de que se tienen conocimiento en los Servicios Técnicos Municipales son las que se indican a continuación:

- Fallo en la centralita de control solar diferencial y en los circuitos eléctricos.- El circuito primario presenta fallos. - La instalación presenta varias fugas de agua.

- No existen purgadores y fallasen las válvulas de seguridad. - Existen, al menos, tres captadores solares rotos, siendo necesaria su sustitución. - Mal estado del aislamiento de las canalizaciones del circuito primario solar. - Los depósitos acumuladores de 5.000 litros se encuentran en mal estado general.

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Además de estos arreglos será necesaria una puesta a punto de la instalación que incluye comprobaciones hidráulicas, llenado del circuito con líquido calorportador, saneamiento de canalizaciones y depósitos, limpieza de placas, etc.

Las empresas licitadoras realizarán cuantos estudios, pruebas o comprobaciones que estimen oportunas para determinar realmente las obras necesarias para conseguir que la instalación de energía solar aporte como mínimo el 30% de las necesidades de energía para calentar el agua tanto de los vasos como de las duchas y aseos.

Las plicas deberán venir acompañadas de un estudio técnico donde se analicen las deficiencias observadas y la solución constructiva propuesta. Este documento se completará con la siguiente documentación:

• Compromiso de eficiencia energética en donde se indicará qué porcentaje será asumido por la instalación solar sobre el necesario para la producción de agua caliente sanitaria, el cual tendrá carácter de mínimo.

• Periodo de garantía de las reparaciones, que como mínimo será de dos años.• Otras propuestas o mejoras a realizar en la instalación sin coste alguno para este

Ayuntamiento. Para poder valorar las mejoras propuestas vendrán valoradas económicamente, sin cuyo requisito no serán tenidas en consideración en la valoración de las ofertas presentadas. Entre estas mejoras se considerarán aquellas obras encaminadas a aumentar la eficiencia energética y el mayor aporte al consumo total de energía y cuantas el licitador estime oportunas, siempre que supongan una mejora contrastada del rendimiento del sistema.

Una vez reparado y puesto en marcha el sistema de producción y acumulación de agua caliente mediante energía solar, se realizarán las revisiones necesarias para su mantenimiento, siempre a cargo del adjudicatario, y que consistirán en observar los parámetros funcionales principales, para verificar que no se ha producido ninguna anomalía. Por su parte, la empresa instaladora tendrá la responsabilidad de intervenir cuando se produzca alguna situación anormal y efectuar un mantenimiento preventivo mínimo periódicamente. Este mantenimiento será aportado por la concesionaria e implicará como mínimo una revisión cada seis meses (Frecuencia especificada por el Código Técnico de la Edificación para instalaciones con superficie de captación superior a 20 m2).

3. Depuración

Para el buen funcionamiento de las instalaciones, además de la renovación diaria del 5% de su capacidad total de agua, y que se controlará a través de los correspondientes contadores, será preciso realizar las siguientes operaciones de mantenimiento:

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- Limpieza de filtros de cabellos, cerrando válvulas de aspiración e impulsión de bombas, seguidamente se soltará la tapa del filtro de cabellos y se efectuará la limpieza del interior del cestillo. Un a vez realizada esta operación, se colocarán nuevamente los elementos en su posición inicial. Esta operación se realizará dos veces por semana y excepcionalmente cuando la bajada de presión en los manómetros lo aconseje.

La duración ciclos de depuración será:

Vasos chapoteo No superior a una horaVasos recreativos y polivalentes descubiertos 4 horas. Piscinas cubiertas 5 horas

- Lavado de filtros de sílex de depuradoras. Esta operación se realizará cuando el manómetro de presión supera la presión en 0,8 – 1,0 Kgrs/cm2. Esto significa que la masa de sílex se ha colmatado por la retención de la suciedad. Cuando esto suceda, se procederá a la limpieza de los filtros depuradores mediante una operación de cambio de posición de válvulas.

La duración de lavado de filtros será aproximadamente de 7 minutos, a una velocidad de 50 m3/h/m2, según la norma DIN 19643, no recomendando exceder de esta velocidad para evitar que parte de la arena sea expulsada al desagüe.

Para efectuar la operación de lavado se han de situar las válvulas en la posición que se indican en el manual de funcionamiento (lavado) de la instalación (La empresa vendrá obligada a colocar un cuadro donde se explique la maniobra junto a las válvulas). ESTA MANIOBRA SE REALIZARÁ CON LA BOMBA PARADA.

Una vez realizado el lavado, se procederá ala realización de un enjuague con objeto de expulsar al desagüe los restos de residuos que pudieran haber penetrado en los colectores durante la fase del lavado del filtro. Esta operación debe realizarse por espacio de tres minutos (según la norma DIN 19643) y evitará que aguas sucias circulen a la piscina.

Para efectuar la operación de lavado se han de situar las válvulas en la posición que se indican en el manual de funcionamiento (enjuague) de la instalación (La empresa vendrá obligada a colocar un cuadro donde se explique la maniobra junto a las válvulas). ESTA MANIOBRA SE REALIZARÁ SIEMPRE CON LA BOMBA PARADA.

- El mantenimiento de los filtros. Es importante tener siempre los filtros en condiciones ya que de ello depende la buena calidad del agua.

A medida que el filtro se va ensuciando, la presión va aumentando progresivamente; si después de un periodo de reposo, esta presión supera en 0,7 Kgr/cm2

(10 PSI) a la presión inicial anotada, se deberá proceder al lavado del filtro.

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Una vez al año, se recomienda sustituir la arena, para eliminar algas, aceites, depósitos de calcio o magnesio que se depositan en ella.

Es importante tener todos los componentes del filtro en condiciones, pare ello se deben comprobar asiduamente y sustituir cuando lo precisen las piezas y juntas deterioradas.

Para limpiar el filtro no utilizar disolventes ya que pueden dañar los componentes de material plástico instalados en los mismos; se puede limpiar el filtro fácilmente con agua y jabón.

Advertencias de seguridad:

• No haga funcionar el filtro sin agua.• Antes de manipular el filtro o válvula, asegúrese que la bomba está parada y el

filtro está sin presión. Para más seguridad desconectar la bomba y posibles instalaciones eléctricas existentes en la corriente.

• Nunca conectar diariamente el filtro a la red de agua, ya que la presión de la misma puede ser muy elevada y exceder de la presión máxima de trabajo.

• Pulgar el aire del interior del filtro siempre antes de iniciar un ciclo.• Debido a que las uniones se hacen con juntas, no es necesario apretar las

tuercas excesivamente.• No limpiar las piezas de plástico con disolventes, ya que podrían perder sus

propiedades.• No permitir a nadie no autorizado a manipular los filtros.• No permitir a los niños jugar cerca de ellos.• No colocar el filtro cerca de instalaciones eléctricas que no cumplan con la

normativa.• Antes de conectar la bomba, comprobar que la tapa del filtro está debidamente

cerrada.• Instalar el filtro en una zona provista de ventilación y de los desagües

adecuados.

El agua está tratada con hipoclorito sódico, un agente químico muy activo que actúa por oxidación: proceso de limpieza y purga de los contaminantes orgánicos y nitrogenados presentes en la piscina, tales como la suciedad, algas y residuos humanos. La oxidación es proceso de convertir las moléculas orgánicas complejas en compuestos simples que pueden evaporarse en forma de gas totalmente inofensivo.

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Al agregar cloro al agua, éste reacciona con sustancias reductoras y el amoniaco. La cantidad de cloro consumido durante el proceso se denomina demanda de cloro. Si no se agregase cloro en cantidad suficiente, la reacción con estos compuestos lo consumiría totalmente, no produciéndose la desinfección deseada, por lo que debe adicionarse en cantidad suficiente para que permanezca en el agua después del periodo de reacción.

La cantidad de cloro que permanece en el agua después de reaccionar con las sustancias se llama cloro residual. El cloro residual puede existir como compuestos clorados de materia orgánica y amoniaco. Es el cloro combinado (No podrá sobrepasar en 0,6 mg/l sobre el cloro libre del medio). También puede estar presente como cloro libre y, en este caso, se le conoce como cloro residual libre, que es un agente desinfectante muy activo; los valores deben encontrarse entre 0,4 – 1,5 mg/ml (ó ppm).

El cloro residual total es el cloro residual más el cloro combinado.

El hipoclorito sódico es el desinfectante utilizado. La adición se debe realizar mediante bomba dosificadora. Tiende a aumentar el pH del agua, por lo que se debe corregir con la adición de ácido clorhídicro o bisulfato sódico.

El pH es el grado de acidez del agua. Los valores están comprendidos entre 0 y 14, correspondiendo el valor 7 al grado neutro; los valores entre 0 y 7 al grado ácido, y entre 7 y 14 los grados alcalinos o básicos. Si bien, los valores que se deben mantener en una piscina son los comprendidos entre los valores 6,8 y 8.

Anteriormente se indica que, para la desinfección de bacterias debemos mantener en el agua una cantidad de cloro residual suficiente para ello, pero este cloro solo actuará eficazmente como bactericida cuando el agua donde se diluye tenga un pH comprendido entre 7,2 y 7,6. Por lo indicado, es básico que si se tiene que destruir bacterias, se debe mantener a toda costa el pH entre los valores mencionados.

Existen otros factores que obligan a mantener el pH correcto. De ser superior a 7,6 el ácido disuelto en el agua se precipitará de forma visible, enturbiando el agua y dándole un aspecto lechoso, obstruyendo rápidamente el filtro y precipitándose en las paredes y accesorios de la piscina. Cuando el valor de pH sea inferior a 7,2 el agua será corrosiva, produciéndose irritaciones en los ojos y mucosas nasales, pudiendo llegar a destruir las paredes metálicas de la instalación de filtración.

Por lo expuesto se desprende que el grado de calidad del agua de la piscina depende en bastante cuantía del valor de pH que tenga.

Temperatura del agua. Las altas temperaturas favorecen el desarrollo de bacterias, algas y otros microorganismos, así como la precipitación de sales cálcicas y enturbiamiento del agua.

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En piscinas cubiertas la temperatura del agua se mantendrá entre los 24º y los 30º C.

El vaso principal mantendrá una temperatura de 27º C, y el vaso de enseñanza mantendrá una temperatura de 29º C.

La piscina llevará un libro de Registro diario y control de la calidad del agua de cada uno de los vasos, previamente diligenciado por la Delegación Provincial de salud, que estará a disposición de las Autoridades sanitarias y usuarios que se lo soliciten.

Las determinaciones analíticas quincenales y mensuales deberán ser realizadas en laboratorios de Salud Pública autorizados.

Bombas de circulación de agua. Se observará y comprobará diariamente la existencia de cualquier anomalía, como ruidos extraños, calentamiento anormal y bajo caudal.

Mantenimiento de las bombas y motores CF 2/ BR 2, Bomba Centrífuga 2.850 r.p.m. en fundición de hierro y fundición de bronce. El mantenimiento de estas bombas es fácil y simple, ya que la construcción de la bomba, que incorpora un motor totalmente normalizado permite cambiar o reponer dicho motor sin necesidad de vaciar la instalación ni desmontar ninguna pieza de la parte hidráulica de la bomba, aún en el caso de no disponer de válvulas de cierre en la entrada y la salida.

Bombas dosificadoras. Semanalmente se limpiarán los cabezales y se comprobará su correcto funcionamiento.

4. Instalación de Gas propano

La legislación aplicable a estas instalaciones es la siguiente:

LEYES:

• Ley de Industria: Ley 21/1992 del 16 de julio de 1.992

• Ley del sector de Hidrocarburos: Ley 34/1998 de 7 de octubre del sector de hidrocarburos.

REGLAMENTOS:

• Reglamento de aparatos a presión I.T.C: Real Decreto 769/199, del 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y

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del Consejo, 97/23/CE, relativa a los equipos de presión y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, que aprobó el Reglamento de Aparatos a Presión.

• Instalaciones receptoras de gases combustibles: Orden de 17 de diciembre de 1985 por la que se aprueban la Instrucción sobre documentación y puesta en servicio de las instalaciones receptoras de gases combustibles y la Instrucción sobre Instaladores autorizados de gas y Empresas Instaladoras.

• Reglamento de instalaciones de gas e I.T.C: Real Decreto 1853/1993, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de gas en los locales destinados a usos domésticos, colectivos o comerciales.

• Reglamento del servicio público de gases combustibles: Decreto 2913/1973, de 26 de octubre (Industria), por el que se aprueba el Reglamento General del Servicio Público de Gases Combustibles.

• Reglamento de redes y acometidas de combustibles gaseosos e I.T.C: Orden de 18 de noviembre de 1974 (Industria) por la que se aprueban el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos.

• Reglamento sobre gases licuados del petróleo: Orden 29 de enero de 1986 por la que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones de almacenamiento de Gases Licuados del Petróleo (GLP) en depósitos fijos.

• Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios e I.T.C: Real Decreto 1751/1998, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE) y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITE y se crea la comisión Asesora para las Instalaciones Térmicas de los Edificios. Y su modificación en el Real Decreto 1218/2002, de 22 de noviembre.

Las áreas que rodean a los depósitos deben de estar valladas de la siguiente forma:

• Depósitos instalados en zonas de pública concurrencia es de obligado cumplimiento rodear el emplazamiento del depósito por medio de un vallado de 2 metros de altura, como mínimo, que podrá ser de malla metálica o de cualquier otro sistema análogo incombustible, que permita una buena ventilación e impida el acceso de personas ajenas al mismo.

Extintores en el centro de almacenamiento. Por si se produjera un incendio en las proximidades de los depósitos. Estos serán de polvo químico seco, del tipo ABC, y las instalaciones fijas de extinción, de existir, no serán de accionamiento automático.

La cantidad de materia extintora será al menos las siguientes:

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• Las instalaciones de GLP clasificadas A-0 y E-0 dispondrán como mínimo de dos extintores de 6 Kg.

• Las clasificadas como A-1, A-2 y E-1 dispondrán de un mínimo de dos extintores de 12 Kg.

• Las clasificadas A-3 y E-2 dispondrán de materia extintora en una proporción de 1Kg de polvo químico seco por cada metro cúbico de volumen geométrico de capacidad de almacenamiento.

• Las clasificadas A-4, A-5 y E-3 dispondrán de un mínimo de 100 Kg de polvo químico seco.

• Siempre que la capacidad de almacenamiento sea superior a 5 m3, al menos dos de los extintores serán de 12 Kg.

Estos extintores son de fácil manejo y acceso y las instrucciones para su utilización vienen impresas en el cuerpo del mismo.

Los extintores deben ser colocados en armarios propios, en lugares accesibles y siempre despejados. El precinto debe estar intacto y anualmente el extintor deberá ser verificado por una entidad competente y acreditada y recargado si fuese necesario. Si estuviese defectuoso, deberá sustituirse inmediatamente.

Todos los extintores deben tener una etiqueta con la fecha de recarga o de la última verificación.

Es responsabilidad del adjudicatario, garantizar la existencia de extintores y su adecuado funcionamiento.

Elementos de valvulería. Los depósitos van equipados con diversas válvulas que se montan roscadas a estos, mediante rosca cónica NPT 7según norma UNE-19009-84), asegurando su estanqueidad con una cinta hilada selladora de teflón de alta densidad.

A continuación se realiza una breve descripción de los elementos que componen la valvulería utilizada en los depósitos:

• Válvula de llenado o boca de carga. Es un dispositivo que permite introducir el gas en fase líquida en el depósito desde el camión cisterna. Dispone de un sistema de doble cierre (antirretorno) que impide el retroceso del gas ante una rotura de la manguera de trasvase. Uno de los dispositivos o válvula antirretorno queda situada en el interior del depósito, evitando la salida del gas en caso de seccionamiento de la válvula de llenado. La válvula de llenado se protege mediante un tapón, de plástico o metálico, para evitar que se introduzcan cuerpos extraños que impidan el cierre después de las operaciones

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de llenado. La válvula de llenado se protege mediante un tapón, para evitar que se introduzcan cuerpos extraños que impidan el cierre.

• Válvula de seguridad. Es un dispositivo que evita que la presión en el interior de un depósito sobrepase los 20 Kg/cm2. El caudal de descarga de la válvula de seguridad debe poder evacuar el gas necesario, sin que la presión interior del depósito supere el 20% de la presión timbre.

• Indicador de nivel magnético. Este tipo de indicador de nivel consta de un flotador colocado en el extremo de una varilla que, mediante un engranaje, imprime movimiento de rotación a una aguja magnética que arrastra a otra colocada en un visor, donde se podrá leer en fracciones de volumen, la cantidad aproximada de LPG (fase líquida) contenido en el depósito.

• Manómetro. Indica el valor de la presión de la fase gaseosa existente en el interior del depósito, que puede ser leída en kPa, en bar o en Kg/cm2. En el caso de no existir consumo de gas, la presión depende solamente de las condiciones ambientales, pero en el caso de verificarse consumo, pasa a depender también de la vaporización producida.

• Válvula de fase gaseosa. Es la llave que permite la salida de gas para su consumo.• Punto alto de llenado. Es el dispositivo cuya función es la de indicar que el nivel de

llenado no excede del 85 % del volumen total del depósito.• Dispositivo de corte por exceso de flujo. Es un elemento que corta la salida de fase gas,

cuando esta se produce de forma brusca.• Válvula salida fase líquida (Check-lock). Esta válvula permite comunicación con la fase

líquida del depósito. Se utiliza para la purga del depósito y en eventuales vaciados de los mismos. En estos tipos de depósitos las válvulas check-lock se montan, una en la parte superior y otra en la parte inferior.

• Tapón ciego. Este orificio, con tubo buzo, está sellado mediante un tapón ciego. Se utiliza fundamentalmente para la purga del depósito.

Mantenimiento. A lo largo de la vida de un centro de almacenamiento de GLP existen tres tipos de inspecciones de mantenimiento.

1. Inspección Anual. Se debe realizar anualmente una inspección del centro de almacenamiento.

La inspección consta de lo siguiente:

• Inspección visual de la instalación.• Examen de las partes visibles de la instalación.

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• Comprobación de si se han realizado cambios en la instalación exterior con relación al proyecto original y a las autorizaciones legales pertinentes.

• Comprobación de la estanqueidad de el/los depórito7s, valvulería y equipos (si los hubiese) por medio de:

• Comprobación de la presión en la red de distribución.• Reparación de los elementos defectuosos si los hubiere.• Lectura de existencias de gas en el depósito.• Verificación de la estanqueidad de las llaves a la presión de servicio y comprobación

de su funcionamiento.• Comprobación del funcionamiento del equipo de trasvase en caso de que exista.• Comprobación del funcionamiento del equipo de regulación y de vaporización si este

último existe.• Comprobación materia extintora.• Comprobación de que los carteles indicadores (“Gas inflamable” “Prohibido fumar y

encender fuego”), así como la cerradura de cerramiento (o en su defecto de la “capota” del depósito), se encuentran en buen estado.

• Realizar una limpieza de la superficie que comprende la estación de GLP, con retirada de escombros, malezas, hierbas, tierras, etc, y en general de todo aquello que “no debiera estar en ella”.

• Estado del cerramiento.• Cierres (Candados standard de BP).• En general, controlar todos aquellos aspectos que puedan afectar a la seguridad o

buen funcionamiento de la instalación GLP.

2. Inspección cuatrienal. Según la legislación vigente, cada 4 años, contados a partir de la autorización de puesta en marcha dictada por la delegación de Industria, se ha de realizar una inspección periódica del centro de almacenamiento de GPL. En estos casos, esta inspección es además supervisada por el Organismo de Control Autorizado (OCA). La inspección cuatrienal comprenderá todos los apartados mencionados en el apartado de inspección anual y el ensayo de estanqueidad de la red.

2. Retimbrado. Según la legislación vigente, cada doce años, a partir de la fecha de puesta en gas del depósito, además de las actividades descritas en el apartado de inspección anual y de inspección cuatrienal, se ha de llevar a cabo el retimbrado del tanque de gas propano. Esto consiste en:

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• Ensayo de presión del depósito, de acuerdo con lo señalado en el Reglamento de Aparatos a Presión.

• Ensayo de presión de las canalizaciones en fase líquida en las mismas condiciones que para los depósitos.

• Para evitar los inconvenientes derivados de la operación de retimbrado del tanque durante la cual se deja fuera de servicio la instalación, se tomarán las medidas necesarias para ofrecer una solución provisional.

5. Mantenimiento General

Previo al inicio de la actividad, el adjudicatario queda obligado a realizar cuantas tareas sean necesarias para la correcta puesta en marcha de todas las instalaciones. El adjudicatario estará obligado a realizar cuantas tareas, obras y mantenimiento en general, que se precisen para el correcto funcionamiento de la instalación.

El adjudicatario estará obligado a realizar durante el periodo de cinco años o fracción que tenga a cargo la explotación del servicio y, por una vez, al pintado de todo el edificio. Este trabajo estará dirigido por la oficina técnica del Ayuntamiento quien definirá la calidad del material a utilizar y que en ningún caso será inferior a la existente en el momento de la entrega de la instalación.

El adjudicatario, cada cinco meses, deberá presentar en el Ayuntamiento, certificado emitido por empresa o empresas debidamente homologado, del estado y funcionamiento de los elementos, sistemas e instalaciones existentes, operaciones practicadas, estado de conservación del edificio y garantías sanitarias, etc. Asimismo, cumplimentará debidamente cuantos documentos sean de obligado cumplimiento, su tramitación ante los diferentes organismos de la Administración para la obtención del dictamen favorable del funcionamiento de las instalaciones.

Instalaciones de alumbrado de emergencia y señalización. La empresa de mantenimiento realizará, con la periodicidad que se indica a continuación y cuantas veces se detecten anomalías en el funcionamiento, las siguientes operaciones de mantenimiento y control de funcionamiento:

Las instalaciones de alumbrado de emergencia y alumbrado de señalización, se someterán a inspección una vez cada tres meses, cambiando las lámparas fundidas y/o colocando la inscripción de salida si el alumbrado es de señalización.

8 CONDICIONES GENERALES:

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8.1 TARIFAS A APLICAR.

Las tarifas que deberán abonar los usuarios del Servicio, son las determinadas en la Cláusula 22.1 del Pliego de Cláusulas Administrativas, sin perjuicio de la aplicación de lo establecido en el número 3 de la misma Cláusula 22.

8.2 RELATIVO A LAS FUNCIONES DE EXPLOTACIÓN y GARANTÍAS DEL SERVICIO.

El conjunto de actividades, que en principio han de realizarse para llevar a cabo la explotación del Servicio Municipal de Piscina Cubierta en perfecto estado técnico y funcional, serán las relacionadas en cláusula 7 de este Pliego.

Se deberá responder de la calidad técnica del personal que presta sus servicios, así como de las consecuencias que se deduzcan para la administración contratante, así como de terceras personas, por las omisiones, errores, métodos inadecuados en la ejecución de trabajos y actividades y de cualquier otra responsabilidad, derivada del desenvolvimiento de las tareas relacionadas con el servicio objeto de contratación.

8.3 OBRAS.

El gestor podrá proponer al Ayuntamiento la realización de Obras de mejora, adecuación o aumento de las instalaciones existentes, para su explotación conjunta con la Piscina Municipal.

El Proyecto correspondiente a dichas obras deberá presentarse en el Ayuntamiento para su aprobación, conjuntamente con una memoria económica que sustente o justifique la realización de dichas Obras, debiendo ser necesariamente aprobado por el Ayuntamiento.

Dicho proyecto, que de igual forma, requerirá la concesión de la correspondiente Licencia de Obras, devengará los Impuestos y tasas que correspondan, cuyo pago corresponde íntegramente al gestor del Servicio.

8.3.1 OBRAS DE EJECUCIÓN OBLIGATORIA POR EL CONCESIONARIO DE LA EXPLOTACIÓN. MEJORAS Y PUESTA EN MARCHA DEL SISTEMA DE PRODUCCIÓN DE AGUA CALIENTE MEDIANTE ENERGÍA SOLAR.

El concesionario de la explotación deberá realizar la puesta a punto de la instalación de energía solar, debiendo detectar los fallos de funcionamiento, de tal forma que al menos el 30% de la energía necesaria para la producción del agua caliente sanitaria provenga de dicho sistema. Para esto, se deberá realizar un estudio previo que determine cuantas obras de reparación, modificación o mejora sean necesarias a tal fin. En compensación con el estudio y

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puesta en marcha del sistema de energía solar, el Ayuntamiento compensará al concesionario con la cantidad de 34.000 € que se detraerá de los abonos que éste tenga que hacer a la Entidad Local como pago del canon de concesión. Todo ello conforme se relaciona en el apartado 7ºb-2º de este Pliego.

9 RELATIVO A LA UTILIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE LA EXPLOTACIÓN

9.1.- POR PARTE DEL AYUNTAMIENTO

El Ayuntamiento podrá utilizar las instalaciones objeto del presente Pliego, para la realización de actividades deportivas o culturales. En este sentido, y con una antelación mínima de 20 días, comunicará a la entidad gestora, la necesidad de habilitar los horario y servicios correspondientes.

La entidad gestora, estará obligada a participar en las actividades y campañas de difusión del deporte, que promocionen los servicios deportivos municipales.

La entidad gestora, establecerá compromisos contractuales con los respectivos usuarios y deberá hacer constar que si bien, los compromisos se adoptan en firme, éstos podrán verse alterados por causas de "interés público" establecidos por el Ayuntamiento.

El Ayuntamiento tendrá un uso prioritario y gratuito de las instalaciones de la piscina cubierta.

9.2.- RELATIVO A LOS USUARIOS, ADMINISTRACIÓN Y TERCEROS.

9.2.1.- Las instalaciones serán de libre acceso para el conjunto de los ciudadanos, sin más limitaciones que el pago de los precios de los servicios y la propia capacidad, seguridad-higiene y características de las instalaciones, y el cumplimiento de la normativa de la piscina y la legislación vigente.

9.2.2.- Con carácter preceptivo, deberá figurar, en lugar o lugares visible(s) y de fácil acceso para el usuario, diferentes rótulos, de acuerdo con los modelos que apruebe el Ayuntamiento, en los que se deberá indicar:

• las características técnicas de la instalación.• los servicios y programas de actividades.• número máximo de usuarios, horario y precios de las actividades.• horario de información al público.• derechos y deberes de los usuarios.

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9.2.3.- Asimismo, deberá figurar también, en lugar visible y de fácil acceso al público, un buzón de sugerencias, al objeto de que los usuarios hagan sus valoraciones sobre la prestación de los servicios y aporten sus respectivas sugerencias.

9.2.4.- Corresponderá al contratista permitir la entrada libre al recinto y dependencias a todas las personas que estén provistas de su correspondiente abono, carné o entrada y que cumplan los demás requisitos exigidos en las normas de funcionamiento recogidas en el Reglamento de Régimen Interno de la Piscina Cubierta de uso Colectivo.

9.2.5.- Prestar el servicio a los usuarios con estricta igualdad de trato y adoptar cuantas disposiciones y medidas de seguridad sean necesarias para evitar toda clase de daños a personas y bienes.

9.3.- OTRAS OBLIGACIONES:

El contratista no podrá exhibir ninguna clase de anuncios o publicidad interior o exterior, sin previa autorización por parte del Ayuntamiento.

El contratista deberá suscribir y presentar al Ayuntamiento de Punta Umbría una póliza de seguro de Responsabilidad Civil, de aplicación específica a los servicios prestados en la instalación, cuya cobertura alcance cualquier contingencia o eventualidad que se produzca durante el periodo de uso y utilización de las instalaciones, especificando los riesgos y alcance económico de la cobertura de cada una de ellas, y debiendo justificar cada año el pago de dicha póliza.

9.4.- EJECUCIÓN DE LAS ACTIVIDADES

9.4.1.- DISPOSICIONES TÉCNICAS.

El contratista vendrá obligado a hacer todo cuanto sea posible para la buena marcha de la explotación objeto del contrato y a cuanto, sin separarse de su espíritu y recta interpretación, le ordene el Ayuntamiento.

1. El contratista vendrá obligado a llevar informes estadísticos sobre: el grado de asistencia de los usuarios en cada una de las actividades; el consumo de agua, electricidad, gas, productos químicos para el tratamiento del agua de los vasos por separado, y productos de limpieza. Dichos informes estadísticos serán facilitados al Ayuntamiento trimestralmente o podrán ser requeridos por éste si así lo considera oportuno.

2. El Ayuntamiento podrá pedir en cualquier momento un análisis de las zonas húmedas de la instalación (aseos, vestuarios, playas,….), en cuyo caso, estará el contratista obligado a la realización del mismo.

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Concejalía de Deportes: c/ Andévalo s/n. (Polideportivo Municipal) Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100.

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3. Asimismo, está obligado también a llevar un “libro de reparaciones y mantenimiento” en el que se haga constar cuantas reparaciones se realicen y que afecten a las instalaciones y bienes y que, igualmente, podrá ser requerido por la Inspección Técnica Municipal cuando los considere oportunos.

4. El contratista tomará las precauciones necesarias para evitar accidentes y perjuicios de todo orden, siendo responsable de ellos y atendiendo en esta materia a la Legislación de la Comunidad Autónoma de Andalucía y General del estado.

5. Respecto a la subrogación del contratista en los contratos de mantenimiento de las instalaciones establecidos por el Ayuntamiento, tal y como queda explicado en el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas, el Gestor estará obligado al mantenimiento de dichas instalaciones y al abono de dichos contratos de mantenimiento.

9.4.2.- DISPOSICIONES DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL.

El contratista tendrá a disposición del Ayuntamiento un parte de trabajo en el cual se detallen las actividades realizadas por el personal, tanto las ordinarias como las extraordinarias, circunstancias y novedades que se consideren oportunas, así como los boletines de cotización a la Seguridad Social.

Dichos partes y boletines constituirán un medio de información y control de la plantilla y de las actividades realizadas.

El personal tendrá que estar correctamente uniformado e identificado durante el horario del servicio y deberá ajustarse a los puestos, funciones y horarios aprobados, debiendo ser sustituidos los que no los cumplan. Del mismo modo, cualquier variación sobre la realización inicial del personal, funciones y horarios fijados en la citada condición, deberá contar con la autorización previa del Ayuntamiento.

9.5.- MODIFICACIÓN DE LAS ACTIVIDADES

Además de la modificación del servicio correspondiente al Ayuntamiento, el Gestor podrá solicitar las variaciones del programa de actividades que considere convenientes, no pudiendo alterar el mismo, sin la previa autorización del Ayuntamiento.

Ayuntamiento: Plaza de la Constitución, 1. Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100.

CIF P2107900ITlf. 959 495100 Fax 959 495150.

Concejalía de Deportes: c/ Andévalo s/n. (Polideportivo Municipal) Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100.

Tlf.: 959495159. Fax. 959495141.Correo electrónico: [email protected]

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ANEXO DE INSTALACIONES TÉCNICAS

Ayuntamiento: Plaza de la Constitución, 1. Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100.

CIF P2107900ITlf. 959 495100 Fax 959 495150.

Concejalía de Deportes: c/ Andévalo s/n. (Polideportivo Municipal) Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100.

Tlf.: 959495159. Fax. 959495141.Correo electrónico: [email protected]

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ANEXO DE INVENTARIO

Ayuntamiento: Plaza de la Constitución, 1. Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100.

CIF P2107900ITlf. 959 495100 Fax 959 495150.

Concejalía de Deportes: c/ Andévalo s/n. (Polideportivo Municipal) Punta Umbría (Huelva) C.Postal 21100.

Tlf.: 959495159. Fax. 959495141.Correo electrónico: [email protected]