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Código: P-DE-13 Versión: 05 1. PROPÓSITO Definir los lineamientos que permitan el óptimo funcionamiento del Banco de Programas y Proyectos (BPI) desarrollando los cuatro componentes: legal e institucional, metodológico y conceptual, de herramientas informáticas y de capacitación y asistencia técnica, como instrumento de apoya al ciclo de inversión pública, para el logro de la asignación eficiente de recursos y el fortalecimiento de la programación integral, así como el seguimiento y la evaluación de la inversión pública. 2. ALCANCE Este procedimiento aplica a todos los proyectos de inversión pública presentados al ente territorial y de ejecución en la jurisdicción, independientemente de la fuente de financiación, a saber, recursos propios, del Sistema General de Participaciones - SGP, del Sistema General de Regalías – SGR o del Presupuesto General de la Nación - PGN. Gestionando desde el banco de programas y proyectos de inversión del territorio BPI el tránsito en todas las operaciones y procesos del ciclo de vida del proyecto de inversión: desde su planeación, formulación, presentación y viabilidad, siguiendo con su programación presupuestal, ejecución, operación y evaluación posterior. 3. RESPONSABLES. PROCEDIMIENTO DEL BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS. Código: F-GI-31 Versión: 05 Fecha de aprobación: 2019 / 02 / 20 Página 1 de 30

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Código: P-DE-13Versión: 05

1. PROPÓSITO

Definir los lineamientos que permitan el óptimo funcionamiento del Banco de Programas y Proyectos (BPI) desarrollando los cuatro componentes: legal e institucional, metodológico y conceptual, de herramientas informáticas y de capacitación y asistencia técnica, como instrumento de apoya al ciclo de inversión pública, para el logro de la asignación eficiente de recursos y el fortalecimiento de la programación integral, así como el seguimiento y la evaluación de la inversión pública.

2. ALCANCE

Este procedimiento aplica a todos los proyectos de inversión pública presentados al ente territorial y de ejecución en la jurisdicción, independientemente de la fuente de financiación, a saber, recursos propios, del Sistema General de Participaciones - SGP, del Sistema General de Regalías – SGR o del Presupuesto General de la Nación - PGN. Gestionando desde el banco de programas y proyectos de inversión del territorio BPI el tránsito en todas las operaciones y procesos del ciclo de vida del proyecto de inversión: desde su planeación, formulación, presentación y viabilidad, siguiendo con su programación presupuestal, ejecución, operación y evaluación posterior.

3. RESPONSABLES.

Componente metodológico y conceptual:

Alta dirección: Aplica el Manual de Procesos y Procedimientos con estricta rigurosidad y orienta la pauta de cultura organizacional en torno a la gestión de la inversión pública.

Secretaría de Planeación: Responsable del Banco de Programas y Proyectos Territorial, encargada de garantizar el debido tránsito del proyecto de inversión en cada etapa de su ciclo de vida, teniendo en cuenta el principio básico del BPPI de mejorar la calidad y eficiencia de la inversión pública.

Funciones para la operación del BPPI del municipio:

PROCEDIMIENTODEL BANCO DE PROGRAMAS Y

PROYECTOS.

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Promover la oportuna adopción mediante acto administrativo, de las disposiciones legales relacionadas con el funcionamiento del BPPI y velar por su cumplimiento.

Mantener actualizados los procesos y procedimientos de conformidad con el marco normativo vigente.

Establecer los manuales, procedimientos y metodologías, que garanticen la utilización del BPPI como herramienta dinámica de apoyo en el ciclo de las políticas públicas.

Definir los requisitos sectoriales establecidos para la financiación de proyectos con recursos propios de la entidad territorial en cada una de las fases, en concordancia con los definidos para el proceso de verificación.

Adoptar y brindar asistencia técnica y asesoría en las metodologías para la gestión del proyecto en las diferentes etapas de su ciclo de vida, en concordancia con los lineamientos técnicos definidos por el Departamento Nacional de Planeación.

Fomentar y garantizar el uso de herramientas informáticas utilizadas para soportar el ciclo de vida del proyecto.

Utilizar para el registro de la formulación de proyectos la MGA Web, herramienta a través de la cual se transferirán los proyectos para concursar por las diferentes fuentes de financiación de la inversión pública.

Si no cuentan con sistemas de información que soporten el ciclo, utilizar el Banco Único de Programas y Proyectos SUIFP.

Administrar el Sistema de Información del Banco de Programas y Proyectos de acuerdo con los procesos y procedimientos adoptados.

Coordinar la articulación del Banco de Programas y Proyectos de Inversión Territorial con el Banco Único de Programas y Proyectos de Inversión.

Diseñar, orientar y dirigir la estrategia de la respectiva entidad territorial de capacitación y asistencia técnica en el ciclo de vida de Proyectos, de acuerdo con las metodologías y lineamientos impartidos por el DNP.

Los Secretarios de despacho, subsecretarios, jefes de oficina, Gerentes y Directores: Garantizar la adecuada planificación, ejecución y evaluación de los programas y proyectos aplicables a su dependencia y tomar las acciones que consideren pertinentes.

Dirección Administrativa de TIC y Soporte Tecnológico: garantizar el uso de herramientas informáticas estandarizadas para soportar el ciclo de vida del proyecto.

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Responsable del Banco de Programas y Proyectos (Profesional Universitario): Acompaña a las entidades y dependencias para que ajusten proyectos al presupuesto aprobado y realiza seguimiento a fin de garantizar dicho ajuste y la calidad de la información.

Secretaría de planeación: es la responsable del BPI, la cual debe garantizar el debido tránsito del proyecto en cada etapa de su ciclo de vida, teniendo en cuenta el principio básico de la mejora de la calidad y la eficiencia en la inversión pública.

Realiza seguimiento en el BPI a la gestión reportada por los gerentes de proyecto.

Realiza acompañamiento y seguimiento para la gestión de los ajustes a los proyectos, con o sin trámite presupuestal.

Secretarías, Direcciones Administrativas y Técnicas, oficinas y Gerencias: Realiza seguimiento físico y financiero a la ejecución del proyecto y reporta información al BPI.

Roles definidos en la MGA:

Administrador local (Secretario de Planeación): Se asigna a los encargados de administrar y asignar roles a los usuarios en las entidades territoriales.

Formulador oficial: Este rol es asignado por el administrador local de la entidad territorial a los formuladores de las entidades territoriales. Permite formular proyectos, adjuntar documentos soporte, aceptar proyectos que hayan sido presentados a la entidad territorial que tiene asignada, transferirlos al SUIFP y realizarles ajustes cuando se requiera.

Formulador ciudadano: es asignado al usuario cuando realiza su registro en la MGA por primera vez. Permite registrar información de la formulación de proyectos y la presentación de estos a las entidades territoriales. El Formulador ciudadano no puede cargar documentos soporte ni transferir al SUIFP.

Roles definidos en el SUIFP:

Administrador local (Secretario de Planeación): es el encargado de crear y configurar a las entidades y usuarios que participan en el flujo de viabilidad del proyecto.

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Formulador (Funcionarios delegados por Directivos de cada dependencia): este rol permite completar información del proyecto sobre redistribución de costos de las actividades, políticas transversales y criterios de focalización. Así mismo, permite el envío de proyectos previamente viabilizados al estado “Confirmar Viabilidad” y diligenciar los “Ajustes a proyectos Registrados” (Viabilizados en SUIFP).

Control de formulación (Directivos de cada dependencia): es asignado en el SUIFP previamente por el “Administrador” y realizan las tareas de verificación de requisitos, los cuales soportan la Viabilidad técnica de proyecto.

Control de viabilidad (Directivo de cada dependencia): es asignado en el SUIFP previamente por el “Administrador” y realizan las tareas viabilidad.

Proyecto Presupuesto (Funcionario designado): Registrará las modificaciones realizadas a los proyectos, registrando trámites presupuestales y realizando el cargue de POAI de la entidad.

Control posterior de viabilidad: Este rol solo será asignado en los casos en que la entidad lo requiera por motivos de control a un determinado proyecto.

4. GENERALIDADES

4.1. DEFINICIONES

Banco Único de Proyectos de Inversión: es un esquema de consolidación de todos los proyectos de inversión pública del país, independientemente de la fuente de financiación, y está soportado por una herramienta tecnológica denominada Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas – SUIFP.

Viabilidad: Proceso integral de análisis de la información que busca determinar si el proyecto cumple con los criterios metodológicos de formulación y los aspectos técnicos de su estructuración, si está articulado con los desafíos del desarrollo plasmados en planes y políticas públicas del territorio, si es sostenible en el tiempo y si es rentable económicamente.

Viabilidad de política: evaluar la validez de la articulación del proyecto con la política pública y con los diferentes niveles de planificación, así como su aporte al resultado del programa en el cual se clasifica.

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Viabilidad metodológica: evaluar si cumple con los lineamientos metodológicos definidos por el Departamento Nacional de Planeación – DNP.

Viabilidad técnica: determinar si su estructuración técnica es adecuada, según las características propias del proyecto y, si existen, según los estándares definidos encada sector para ese tipo de proyectos.

Viabilidad económica y financiera: Analizar si la solución planteada es rentable desde el punto de vista económico y financiero (si aplica).

Metodología General Ajustada – MGA: es una herramienta informática para el registro de los proyectos que está soportada en lineamientos conceptuales y metodológicos.

Glosario de siglas:

BPI: Banco de Proyectos de InversiónDIFP: Dirección de Inversiones y Finanzas PúblicasDNP: Departamento Nacional de PlaneaciónMGA: Metodología General AjustadaPOAI: Plan Operativo Anual de InversionesSGP: Sistema General de ParticipacionesSGR: Sistema General de RegalíasSUIFP: Sistema Unificado de Inversión y Finanzas Públicas

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4.1.1 Normograma

Componente marco legal e institucional:

MARCO NORMATIVO

CRITERIO ORIENTADOR

La planeación como soporte de

la inversión pública

Las herramientas de planificación, seguimiento y

evaluación

Integración de la planeación y el sistemapresupuestal

El Banco de Programas y Proyectos

Transparencia y

participación ciudadana

1991Constitución Política Nacional

Art. 342:competencias del Congreso sobre la reglamentación de planes de desarrollo.

Art. 339: estructura y composición de los planes de desarrollo nacional y territoriales.Art. 343:competencia para la evaluación de gestión y resultados de la administración pública.Art. 344: competencias para la evaluación de gestión y resultados sobre los planes y programas de desarrollo e inversión de los departamentos y municipios.

Art. 151:competencias del Congreso para reglamentar en materia del presupuesto de rentas y ley de apropiaciones y sobre las competencias de las entidades territoriales.Art. 352:competencias del Congreso para regular la programación, aprobación, modificación, ejecución de los presupuestos.

Art. 270:competencias de la ciudadanía para la vigilancia de la gestión pública.Art 361:fortalecimiento de la transparencia, la participación ciudadana y el Buen Gobierno.

1994Ley 152

Por la cual se

establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo

Art. 3: principios en materia de planeación.Art. 33: autoridades e instancias de planeación en las entidades territoriales.

Art. 31: contenido de los Planes de Desarrollo de las Entidades Territoriales.

Art. 6: contenido del plan de inversiones. Art 7: financiación de los principales programas y proyectos de inversión pública. Art. 28:armonización entre la formulación presupuestal y el Plan Nacional de Desarrollo

Art 3, lit. n: obligatoriedad de mantener actualizados los Bancos de Programas y Proyectos del orden nacional y territorial. Art. 27: creación del Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional como herramienta de registro de programas y proyectos viables y competencias para la preparación y evaluación de programas.Art 49: establecimiento de

Art. 3: efectividad de los procedimientos de participación ciudadana en el proceso de planeación.Art. 12: funciones del Consejo Nacional de Planeación.

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MARCO NORMATIVO

CRITERIO ORIENTADOR

La planeación como soporte de

la inversión pública

Las herramientas de planificación, seguimiento y

evaluación

Integración de la planeación y el sistemapresupuestal

El Banco de Programas y Proyectos

Transparencia y

participación ciudadana

los BPPI de las entidades territoriales y competencias del DNP para la planeación y la conformación de una Red Nacional de Bancos de Programas yProyectos

MARCO NORMATIVO

CRITERIO ORIENTADOR

La planeación como soporte de

la inversión pública

Las herramientas de planificación, seguimiento y

evaluación

Integración de la planeación y el sistemapresupuestal

El Banco de Programas y Proyectos

Transparencia y

participación ciudadana

1996

Decreto 111 Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, laLey 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995 que conforman el estatuto

Art 8: el planoperativo anual de inversiones.Art 37: la inclusión de los proyectos de inversión en la Ley, de conformidad con el Plan Operativo Anual.Art. 68:obligatoriedad de registrar los programas y proyectos de inversión en el Banco de Programas y

Art. 9: reglamentación del Banco Nacional de Programas y Proyectos.

Art. 68: iniciativa de los ciudadanos para presentar proyectos.

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MARCO NORMATIVO

CRITERIO ORIENTADOR

La planeación como soporte de

la inversión pública

Las herramientas de planificación, seguimiento y

evaluación

Integración de la planeación y el sistemapresupuestal

El Banco de Programas y Proyectos

Transparencia y

participación ciudadana

orgánico del presupuesto.

Proyectos para poderlos ejecutar en el marco del presupuesto general de la nación.Art. 109: ajuste de las normas orgánicas del presupuesto territorial a la ley orgánica depresupuesto.

2003

Ley 819 Por la cual se dictan normas orgánicas en

materia de presupuesto, responsabilidad y transparencia fiscal y se dictan otras disposiciones.

Art. 5: Marco Fiscal de Mediano Plazo para Entidades Territoriales

Art. 26: Tipificación de responsabilidad disciplinaria por el incumplimiento delo establecido en la Ley.

2011

Ley 1474Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.

Obligatoriedad de todas las entidades de presentar su plan de acción a 31 de enero de cada vigencia, el cual, entre otros, contendrá la distribución presupuestal de sus proyectos de inversión junto a los indicadores de gestión, así como el informe de gestión de la vigencia anterior. obligatoriedad de todas las entidades de publicar en suspáginas web cada

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CRITERIO ORIENTADOR

La planeación como soporte de

la inversión pública

Las herramientas de planificación,

seguimiento yevaluación

Integración de la planeación y el sistemapresupuestal

El Banco de Programas y Proyectos

Transparencia y

participación ciudadana

Artículo 2.2.6.1.1:Sistema Unificado deInversión Pública

Capítulo 2: el ciclo para la formulación,de los proyectos de evaluación previa,inversión pública. registro,Sección 1: programación,estructuración ejecución,

2015

Decreto 1082 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del sector administrativo de planeación nacional

integral deproyectos estratégicos. Capítulo 5: de la ejecución de los proyectos de inversión pública. capítulo 6. del seguimiento a losproyectos de

Capítulo 4: de la programación presupuestal de los proyectos de inversión pública

seguimiento yevaluación posterior de los proyectos de inversión.

Artículo 2.2.6.1.1.1: Sistema de Información de Seguimiento a losProyectos de

inversión pública. Inversión Pública.Capítulo 7. de laevaluación posterior

Capítulo 3: de la

a los proyectos de formulación,inversión pública evaluación previa y

registro de losproyectos deinversión pública.

Decreto 1068 Art. 28111: objetivos

Por medio del y conformación delcual se expide el

sistema

2015 Decreto ÚnicoReglamentario

presupuestal.Art. 28135:

del Sector elaboración del plan

Hacienda y operativo anual deCrédito Público inversiones.

2015 Ley 1753 Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018

Artículo 148. Orientación de la inversión a resultados. La orientación de la inversión a resultados es una técnica presupuestal que promueve el uso eficiente y transparente de los recursos de inversión, permite alinear los objetivos y prioridades definidos en el Plan Nacional de Desarrollo con el Plan Plurianual de Inversiones y hace posible establecer una relación directa entre el gasto y los bienes y servicios entregados a la ciudadanía. La Nación adopción por las entidades territoriales. La clasificación programática de la inversión pública de la Nación reflejará los programas definidos en el Plan Plurianual de Inversiones los cuales deberán ser compatibles con aquellosEstablecidos para el Presupuesto General de la Nación. Para el efecto, los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación deberán formular o reformular lo programas de inversión de acuerdo con las metodologías que establezca el Departamento Nacional de Planeación. La Nación promoverá y apoyará a las entidades territoriales para que adopten las líneas programáticas indicativas para la inversión Parágrafo. Con el propósito de articular y consolidar las diferentes fuentes de financiación de la inversión pública las entidades territoriales, a más tardar el 1° de enero de 2017, deberán registrar la

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MARCO NORMATIVO

CRITERIO ORIENTADOR

La planeación como soporte de

la inversión pública

Las herramientas de planificación,

seguimiento yevaluación

Integración de la planeación y el sistemapresupuestal

El Banco de Programas y Proyectos

Transparencia y

participación ciudadana

información de la inversión conforme a los lineamientos que determine el Departamento Nacional de Planeación

2008 Acuerdo 029 “Por el cual se crea el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Pública del Municipio de Bello y se Conceden unas facultades”

2008 Resolución 2111 “Por medio de la cual se adopta el Manual de procedimientos del Banco de Programas y Proyectos de Inversión del Municipio de Bello”

2012 Acuerdo 020 “Por medio del cual se modifica el artículo décimo tercero del acuerdo 029 de 2008”

4.2. POLÍTICAS DE OPERACIÓN.

4.2.1. En cumplimiento de la Resolución 4788 de 2016 del departamento nacional de planeación DNP, “por la cual se dictan los lineamientos para el registro de la información de la inversión pública de las entidades territoriales”, todos los proyectos de inversión serán transferidos al SUIFP y se cumplirá con el procedimiento hasta quedar en estado “registrado actualizado”.

4.2.2. Es responsabilidad del formulador oficial luego de que se solicite el certificado de registro del proyecto, verificar las observaciones o devoluciones que se presenten por parte del Banco de Programas y Proyectos desde el rol de viabilidad, realizar los ajustes necesarios y notificarlos al Banco de Programas y Proyectos para su revisión. Las observaciones y devoluciones se realizan a través del SUIFP, desde el Banco de Programas y Proyectos no se realiza ninguna notificación por otro medio de las devoluciones o ajustes que requieran los proyectos.

4.2.3. Los proyectos en el proceso de viabilidad técnica estarán soportados en el resultado emitido por el rol de control de la formulación a cargo de los directivos, teniendo en cuenta que en este rol se verifican y sustentan las características técnicas que debe cumplir el proyecto de acuerdo a su sector.

4.2.4. Los proyectos presentados por los formuladores ciudadanos que sean viabilizados por el Banco de Programas y Proyectos serán presentados al Consejo de Gobierno para que este defina si será priorizado.

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4.2.5. Las herramientas de planeación con las cuales se verifica el proyecto presentado para registrar en el Banco de Programas y Proyectos son: Plan de Desarrollo, Plan de Acción y Acuerdo que aprueba el Plan Operativo Anual de Inversiones. El soporte que sustentará la modificación del Plan Operativo Anual de Inversiones, definido mediante acta de COMFIS N° 5 del 03 de abril de 2019, será el formato de movimiento de rubro presupuestal emitido por la Secretaría de Hacienda debidamente firmado.

4.2.6. En los casos en que el registro del proyecto requiera de análisis por técnico y/o financiero, se citarán a las partes interesadas, esto es; la Secretaría que presenta el proyecto, la Secretaría de Planeación y la Secretaría de Hacienda.

5. CONTENIDO

5.1 Componente capacitación y asistencia técnica :

No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE

01

a. La Secretaría de Planeación realiza jornadas de capacitación a los formuladores de proyectos, previa socialización de los cronogramas y procedimientos de inscripción.

b. La Subsecretaría de Planeación Institucional brinda asistencia técnica y asesoría a los formuladores, en las metodologías para la gestión de los proyectos en las diferentes etapas de su ciclo de vida, en concordancia con los lineamientos técnicos definidos por el DNP, previa socialización de la estrategia para su ejecución.

Secretario de Planeación: Dispone los recursos para realizar la capacitación, asesoría y asistencia.Subsecretario de Planeación Institucional: Coordina y define las estrategias para las jornadas de capacitación y las asesorías y asistenciasEquipo de trabajo del Banco de Programas y Proyectos Territorial: Capacita y/o Realiza las Asesorías Técnicas.

5.2 Componente herramientas informáticas:

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No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE

02

Asignación de los roles en la MGA y el SUFP:

El Secretario de Planeación asigna desde su rol de “Administrador” los roles para el aplicativo MGA y SUIFP (ver numeral 3).

a. Para la asignación de los diferentes roles se debe estar registrado como formulador ciudadano en la MGA WEB, procedimiento que se socializará en las capacitaciones y asesorías presentadas por la Subsecretaría de Planeación Institucional.

b. Los Directivos de las diferentes dependencias deben enviar por medio de memorando la relación del funcionario que desempeñará el rol de formulador oficial en la MGA WEB y rol de formulador en el SUIFP.

Secretario de Planeación: Crear los roles.Directivos de las dependencias: Asignar funcionario para desempeñar roles en los aplicativos y velar por el cumplimiento de las actividades y responsabilidades asignadas.

03

Formulación del Proyecto:

Dar inicio al ciclo de vida del proyecto de inversión pública por parte de los formuladores “ciudadano” y “oficial”. (Ver anexo 1“grafico de flujo del proceso de formulación”).

Para los proyectos del Plan de Desarrollo el Banco de Programas y Proyectos realiza la revisión del proyecto desde la MGA WEB antes de ser transferido al SUIFP territorio.

Documento de referencia:

Documento Guía del módulo de capacitación virtual en Teoría de Proyectos:https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Inversiones%20y%20finanzas%20pblicas/MGA_WEB/Documento%20Base%20Modulo%20Teoria%20de%20Proyectos.pdf

Guía para la construcción y estandarización de la Cadena de valor:https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Inversiones%20y%20finanzas%20pblicas/MGA_WEB/Guia%20Cadena%20de%20valor_v%205.pdf

Proyectos Tipo:https://proyectostipo.dnp.gov.co/index.php?option=com_k2&view=item&layout=item&id=119&Itemid=190

ABC de la viabilidad:https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Inversiones%20y%20finanzas%20pblicas/MGA_WEB/1%20ABC%20de%20la%20viabilidad.pdf

Subsecretario de Planeación institucional: Orientar la estrategia para la asesoría y asistencia a los formuladores.Equipo de trabajo del Banco de Programas y Proyectos Territorial: Asesorar y asistir a los formuladores.Formuladores “ciudadano” y “oficial”: Formular los proyectos bajo la metodología establecida.

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No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE

04

Transferir a la entidad:

a. El formulador ciudadano (entidades y comunidad) transfiere el proyecto desde la MGA WEB a la entidad para que se tome la decisión de priorizarlo. Si la entidad no lo asume, lo devuelve al ciudadano. Si lo acepta, lo ajusta si lo cree necesario y adjunta los documentos soportes.

Transferir al Banco

b. El rol de formulador oficial en la MGA WEB permite que el proyecto quede asignado a la Entidad automáticamente y debe ser transferido al SUIFP y desarrollar los roles de formulación y control de formulación.(Ver documento externo presentación Flujo SUIFP–Territorio).

Formulador Oficial: registrar proyecto en la MGA WEB y transferir al SUIFP.

Formulador (SUIFP): Completa la información (Programas costos de las actividades, asociar políticas transversales, criterios de focalización, valida y envía).

Control Formulación (SUIFP): Verifica los requisitos del proyecto.

Formulador Ciudadano: Transferir proyecto a la entidad.

Formulador Oficial (MGA WEB): Funcionario asignado de cada dependencia.

Formulador (SUIFP): Funcionario Asignado de cada dependencia.

Control Formulación (SUIFP): Secretario, Gerente, Director.

05

Viabilidad:

a. Los directivos cumplen con el rol de “control de Viabilidad” en el aplicativo SUIFP dejando el proyecto en estado de “registrado actualizado”.

b. Los Directivos envían al Banco de programas y Proyectos un memorando solicitando el certificado en el cual anexan la ficha resumen del proyecto que extraen del SUIFP en el rol de “control de viabilidad”.

a. El tiempo para la revisión de los proyectos desde la fecha en que ingresen a la entidad es de cinco (5) días hábiles para los formuladores ciudadanos.

Documentos de referencia:

ABC DE LA VIABILIDAD:https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Inversiones%20y%20finanzas%20pblicas/MGA_WEB/1%20ABC%20de%20la%20viabilidad.pdf

Rol control viabilidad: Secretario o Gerente.

Secretarios y/o Gerentes.

Banco de Programas y Proyectos.

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No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE

CRITERIOS Y TIPS DE VIABILIDAD:https://colaboracion.dnp.gov.co/CDT/Inversiones%20y%20finanzas%20pblicas/MGA_WEB/1%20Fichas%20ABC%20Final.pdf

06

Ajuste a los proyectos:

Los proyectos que requieran ajustes por motivos presupuestales, de periodos de ejecución, de actividades, entre otros deben cumplir los siguientes pasos:

a. Ajuste por presupuesto: Para este tipo de ajustes se cumplirá con el procedimiento de “Ajuste con trámite presupuestal” del SUIFP cumpliendo con los Roles establecidos. (Ver numeral 3. Responsables y anexo #4).

b. Ajustes al proyecto sin trámite presupuestal: Ajuste que se deben realizar al proyecto diferente a los presupuestales, se realizan mediante el procedimiento “Ajustes sin trámite presupuestal” en el aplicativo SUIFP. (Ver anexo #5).

Rol Formulador Oficial: Funcionario de cada dependencia.

Rol control Formulador formulación. Secretario O Gerente.

Rol control Formulador viabilidad. Secretario O Gerente.

Banco de Programas y Proyectos.

Priorización de los proyectos:

Elaboración del POAI. (ver anexo #3: diagrama de flujo del procedimiento de programación presupuestal) La fecha límite de la entrega de los proyectos se socializará por circular emitida por la Secretaría de Planeación.

Secretario de Planeación.Subsecretario de Planeación Institucional.Secretario de Hacienda.Personal del Banco de Programas y Proyectos.Directivos a cargo de las diferentes dependencias.

07 Seguimiento del proyecto:

El Banco de programas y proyectos realizará el seguimiento a los proyectos tomando como referencia el Plan de Desarrollo, los Planes de Acción, la contratación y la ejecución presupuestal:

a. Para la expedición de las disponibilidades se verifica que se encuentren acordes a los proyectos, su presupuesto y metas estipuladas.

Funcionario de Planeación: Emite visto bueno para expedición de disponibilidad.

Banco de Programas y Proyectos: Emite certificado de registro del Banco de Programas y

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No. DESCRIPCIÓN RESPONSABLE

b. Para los efectos de contratación, el Banco de Programas y Proyectos emite el certificado de registro y/o actualización en el Banco de Programas y Proyectos (F-DT-01).

c. El seguimiento a los proyectos se realiza con el cumplimiento al Plan de Desarrollo y Plan de Acción. Remitir al procedimiento elaboración y seguimiento al plan de desarrollo (P-DE-05).

Proyectos.

10 Evaluación del cumplimiento del procedimiento, cumplimiento de políticas, y oportunidades de mejora para retroalimentar y ajustar el proceso. Secretaría de planeación.

6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Cartilla orientadora para la puesta en marcha y gestión de los bancos de programas y proyectos territoriales; subdirección de proyectos e información para la inversión pública dirección de inversiones y finanzas públicas. (2018/04/30).

ABC de la viabilidad subdirección de proyectos e información para la inversión pública dirección de inversiones y finanzas públicas. (2018/04/30).

Resolución 4788 de 2016 “Por la cual se dictan lineamientos para el registro de la Información de la Inversión Pública de las Entidades Territoriales”.

Resolución 1450 de 2013 “Por la cual se adopta la metodología para la formulación y evaluación previa de proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos del Presupuesto General de Nación y de los Presupuestos Territoriales”.

7. REGISTROS

Formato certificado de registro y/o actualización en el banco de programas y proyectos (F-DT-01).

Metodología General Ajustada MGA WEB – Rol Administrador. Sistema Unificado de Inversiones y Finanzas Públicas SUIFP – Rol

Administrador. Memorandos. Actas de reunión. Ficha de Análisis de Viabilidad (SUIFP) Ficha resumen del proyecto (SUIFP)

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Ficha comparativa (SUIFP)

8. NOTAS DE CAMBIO

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BREVE DESCRIPCIÓN DEL CAMBIO VERSIÓN FECHAaaaa-mm-dd

No aplica para la primera versión. 01 2011-01-17 Se actualiza el numeral 2. ALCANCE: Se cambia el nombre de la

Subsecretaria de Desarrollo Integral del Territorio por Planeación Institucional. Se actualiza el Numeral 3. RESPONSABLES: Se elimina las reuniones del

Comité Viabilidad ya que no se están realizando. Se modifica en el numeral 4.2 POLÍTICAS DE OPERACIÓN, el decreto 001 de

1984, por la “Ley 1437 de 2011 – Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.

Se modifica en el numeral 4.2 POLÍTICAS DE OPERACIÓN. Se elimina la palabra METODOLO y se coloca el nombre la metodología Vigente, esto es, MGA Regalías.

Se modifica en el numeral 4.2 POLÍTICAS DE OPERACIÓN. Anualmente se realizan dos (2) capacitaciones en la Metodología MGA Regalías

Se adiciona en el numeral 5.5 CONTENIDO, DESCRIPCIÓN: Que el Certificado de Disponibilidad Presupuestal esté debidamente actualizado, “cuando se haga actualización del Proyecto”.

Se cambia la Frase “La carta de solicitud”, por “Memorando” de inscripción firmada por el Secretario de Despacho.

Se elimina solicitar “Copia del Certificado de disponibilidad”. Se elimina “Metodología MGA” por Metodología MGA Regalías 6. DOCUMENTOS DE REFERENCIA. En la frase Metodología para la gestión

de proyecto, se elimina la palabra “Metodolo” y se agrega “MGA Regalías”. 7. REGISTROS. En la frase “Copia del Certificado de Disponibilidad

Presupuestal”, se elimina toda.

02 2017-06-12

Se actualizan todos los numerales y se modifican basados en: la Cartilla orientadora para la puesta en marcha y gestión de los bancos

de programas y proyectos territoriales; subdirección de proyectos e información para la inversión pública dirección de inversiones y finanzas públicas. (2018/04/30).

ABC de la viabilidad subdirección de proyectos e información para la inversión pública dirección de inversiones y finanzas públicas. (2018/04/30).

En cumplimiento de la Resolución 1450 de 2013 “Por la cual se adopta la metodología para la formulación y evaluación previa de proyectos de inversión susceptibles de ser financiados con recursos del Presupuesto General de Nación y de los Presupuestos Territoriales” y la Resolución 4788 de 2016 “Por la cual se dictan lineamientos para el registro de la Información de la Inversión Pública de las Entidades Territoriales”. resolución 252 de 2012 (Febrero 22) “Por la cual se establece la metodología para la formulación de los proyectos de inversión susceptibles de financiamiento con cargo a los recursos del sistema general de regalías”.

03 2018-09-17

Incorporación de la Política de Operación N°4.2.5 y 4.2.6. 04 2019-04-03Rol de control de Viabilidad asignado a los Secretarios y Gerentes.La revisión de los proyectos se realiza por parte del Banco de Programas y Proyectos desde la MGA antes de realizar la transferencia al SUIFP TERRITORIO.

05 2020-12-18

Elaboró: Andrea Restrepo Bermúdez. Fecha: 2020-12-18Revisó:

Carlos Alberto Pinto Santa, Carlos Alberto Gaviria Sánchez, Jaime Fecha: 2020-12-18

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Profesional Universitario.

Aprobó:

Carlos Alberto Pinto SantaSecretario de Planeación.

Carlos Alberto Gaviria Sánchez.Subsecretario Planeación Institucional..

Fecha: 2020-12-18

9. ANEXOS:

ANEXO 1.

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Fuente: Cartilla orientadorapara la puesta en marcha y gestión de los bancosde programas y proyectos territoriales grafico N°6.

ANEXO #2

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ANEXO #3

Flujo del proceso de programación presupuestal

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ANEXO #4:

ANEXO #5:

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