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PLAN DE PARTICIPACION CIUDADANA Bogotá, D.C. Octubre 2014

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PLAN DE

PARTICIPACION

CIUDADANA

Bogotá, D.C.

Octubre 2014

PLAN DE PARTICIPACION CIUDADANA

Contenido

1. INTRODUCCION .............................................................................................. 3

2. INFORMACION PARA LA CIUDADANIA ......................................................... 5

3. ESTRATEGIAS DE DIFUSION ......................................................................... 8

4. FORMAS DE PARTICIPACION ........................................................................ 9

4.1 Mecanismos de participación ciudadana ....................................................... 9

4.2 ESPACIOS DE PARTICIPACION ................................................................ 13

5. PLAN DE PARTICIPACION CIUDADANA ...................................................... 16

ANEXO No. 1 – Marco Legal para la Participación ............................................... 17

1. INTRODUCCION

La Constitución Política de Colombia de 1991 en su preámbulo establece la

participación de toda la ciudadanía al indicar que "El Pueblo de Colombia, en

ejercicio de su poder soberano, representado por sus Delegatarios a la Asamblea

Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios y con el fin de fortalecer

la unidad de la nación y asegurar a sus integrantes la vida, convivencia, el trabajo,

la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz, dentro de un marco

jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y

social justo, y comprometido a impulsar la integración de la comunidad

latinoamericana, decreta, sanciona y promulga la siguiente CONSTITUCIÓN

POLÍTICA DE COLOMBIA".

De igual manera, en el artículo 270 faculta a la ciudadanía para que intervenga

activamente en el control de la gestión pública al establecer: "La ley organizará las

formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión

pública que se cumpla en los diversos niveles administrativos y sus resultados".

A continuación se presenta el Plan de Participación Ciudadana formulado por el

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, con el objeto de generar espacios

de interacción efectiva con la ciudadanía, en cumplimiento a lo establecido en la

Constitución Política de Colombia y en las normas que facultan a los ciudadanos

para hacer uso de los derechos y deberes de participación en los diversos niveles

del Estado.

La normatividad que fundamenta este Plan se presenta en el Anexo No 1 –

Marco Legal Para la Participación Ciudadana.

La siguiente ilustración presenta de manera gráfica la conceptualización del

Esquema de Participación Ciudadana diseñado por el Ministerio de Ambiente y

Desarrollo Sostenible:

P

La explicación del diagrama es la siguiente:

1. En cumplimiento a la normatividad vigente el Ministerio de Ambiente y

Desarrollo Sostenible ha identificado la información que debe ser puesta a

disposición de la ciudadanía a fin de mantenerla informada y generar un

dialogo que permita su participación en la gestión de lo público; esta

información se encuentra hoy en día publicada en la página web de la entidad

www.minambiente.gov.co

PLAN DE

PARTICIPACION

2. Paralelamente se definen los medios y estrategias para la difusión de la

información de forma tal que se asegure el acceso a la misma por parte del

ciudadano.

3. Se establecen los mecanismos y canales que le permitan a la comunidad

interactuar con la Entidad en diversos escenarios tales como canales virtuales,

presenciales, telefónicos y redes sociales para facilitar el dialogo entre éstos

interlocutores.

4. Una vez definida la Información a suministrar, las Estrategias de Difusión y los

Mecanismos de Participación se formula un Plan Anual de Participación a

través del cual estructurarán campañas mensuales, en las cuales se hará

énfasis en temas particulares de la Entidad y su Gestión para generar el

dialogo con la comunidad y permitir su participación tanto en la vigilancia de la

gestión como en la planeación de la misma; Cabe destacar que a través de

este Plan de Participación Ciudadana se abren los espacios para la rendición

de cuentas así como para la construcción, en forma participativa, de las

políticas y planes estratégicos.

2. INFORMACION PARA LA CIUDADANIA

La información a ser suministrada a la ciudadanía se ha consolidado en el

siguiente cuadro “Información del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

para la Ciudadanía” en el cual se identifican los temas y se hace una descripción

detallada con base en las directrices del Estado Colombiano establecidas en la

Estrategia de Gobierno en Línea, el Plan Anticorrupción y de Atención del

Ciudadano y el Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

Esta información se encuentra publicada en la Página Web del Ministerio de

Ambiente y Desarrollo Sostenible y se puede acceder a ella a través de los Links

presentados en la última columna del cuadro mencionado.

TEMA DESCRIPCION DE INFORMACION LINK DE PUBLICACION

Datos Abiertos Publicación de los datos Abiertos de la Entidad. https://www.minambiente.gov.co/index.php/atencion-y-participacion-al-ciudadano/apertura-de-datos

Control y Evaluación

Entidades y Organismos de Control https://www.minambiente.gov.co/index.php/ministerio/2014-01-18-22-14-18/control-interno

Notificaciones Judiciales

Publicación notificaciones judiciales https://www.minambiente.gov.co/index.php/atencion-y-participacion-al-ciudadano/notificacion-y-edictos

Sobre el Ministerio Misión y Visión https://www.minambiente.gov.co/index.php/ministerio/mision-y-vision

Sobre el Ministerio Objetivos y Funciones https://www.minambiente.gov.co/index.php/ministerio/objetivos-y-funciones

Sobre el Ministerio Organigrama https://www.minambiente.gov.co/index.php/ministerio/organigrama

Sobre el Ministerio Directorio http://www.sigep.gov.co/directorio

Trámites y Servicios

Trámites prestados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

https://www.minambiente.gov.co/index.php/atencion-y-participacion-al-ciudadano/tramites-y-servicios-atencion

Planeación y Seguimiento

Presupuesto, gestión de proyectos, fondos del sector Ambiental, planeación y seguimiento a la gestión, presupuesto anual, ejecución presupuestal, modelo integrado de gestión, plan de acción institucional, plan estratégico, etc.

https://www.minambiente.gov.co/index.php/ministerio/2014-01-18-22-14-18/planeacion-y-seguimiento

Ministerio Rendición de Cuentas https://www.minambiente.gov.co/index.php/atencion-y-participacion-al-ciudadano/rendicion-de-cuentas

Asuntos internacionales

Cooperación, Negociación, Iniciativas destacadas de cooperación, rio +20.

https://www.minambiente.gov.co/index.php/ministerio/2014-01-18-22-14-18/asuntos-internacionales

Centro de Documentación

Biblioteca Virtual Normativa Sectorial

http://biblovirtual.minambiente.gov.co:3000/

Finanzas y presupuesto

Ejecución Presupuestal, estados financieros, operaciones reciprocas

https://www.minambiente.gov.co/index.php/ministerio/2014-01-18-22-14-18/finanzas-y-presupuesto

Consultas publicas Consultas publicas https://www.minambiente.gov.co/index.php/component/content/article/112-plantilla-areas-planeacion-y-seguimiento-15

Contratación Normativa y requisitos, proyectos PNUD, Secop, procesos de contratación

https://www.minambiente.gov.co/index.php/atencion-y-participacion-al-ciudadano/contratos

Servicio de Información al Ciudadano

Protocolo de atención al ciudadano, preguntas frecuentes, PQRSD, atención al ciudadano, participación al ciudadano.

https://www.minambiente.gov.co/index.php#

@COLOMBIVA

COLOMBIVA

3. ESTRATEGIAS DE DIFUSION

En el grafico 1., se presentan las estrategias de difusión utilizadas por el

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible en el Plan de Participación

Ciudadana para llevar a los ciudadanos la información relevante y prioritaria para

ellos.

Gráfico 1. Estrategias de Difusión de la Información

Se trata de desarrollar e implementar una estrategia integral de comunicación que

permita a la Entidad dar a conocer los lineamientos, servicios, programas y

proyectos de la Entidad a los diferentes segmentos: Ciudadanos, Clientes,

Entidades del Estado y Público en general y de contar con herramientas que

faciliten la interacción del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible con los

diferentes segmentos.

4. FORMAS DE PARTICIPACION

4.1 Mecanismos de participación ciudadana

Son mecanismos que permiten a los ciudadanos protegerse de una posible

vulneración o amenaza a los derechos fundamentales consagrados en la

Constitución Política Nacional y comprenden:

MECANISMO

OBJETIVO

Acciones

Populares

y de Grupo

Mecanismo por medio del cual toda persona puede

acudir ante una autoridad judicial para proteger y

defender los intereses colectivos, garantizando los

derechos relacionados con el patrimonio público, el

medio ambiente, el trabajo, entre otros, y así evitar el

daño contingente, cesar el peligro, amenaza o

vulneración, o de ser posible restituir las cosas a su

estado anterior (Art. 88 de la Constitución Política de

Colombia, reglamentado mediante la Ley 427 de 1998).

Algunos de los derechos colectivos, son:

Derecho al Ambiente Sano

Derecho a la Moralidad Administrativa

Derecho al Acceso a los Servicios Públicos

Derecho al Aprovechamiento de los Recursos Naturales

Derecho a la Utilización y Defensa de los Bienes de Uso Público

Derecho a la Defensa del Patrimonio Público

Derecho a la Defensa del Patrimonio Cultural de la Nación

Derecho a la Seguridad y Salubridad Pública.

Acción de

Cumplimiento

Recurso popular mediante el cual una persona natural o

jurídica puede acudir ante la autoridad competente

(legislativa, administrativa, judicial u organismo de

control) para hacer efectivo el cumplimiento de una ley o

acto administrativo (Art. 87 de la CPC, reglamentado

mediante la Ley 393 de 1997).

Solicitud

de

Información

Cuando un(os) ciudadano(s) solicita(n) a las autoridades

que den a conocer las acciones realizadas frente a un

caso específico, entreguen información general sobre la

entidad, expidan copias o faciliten el acceso a

documentación que reposa en la entidad, el término para

responder es de 10 días hábiles siguientes a la fecha de

radicación de la solicitud. Si lo solicitado requiere

búsqueda de documentos, la entidad correspondiente

debe informar al peticionario la imposibilidad de dar

respuesta en el término establecido, explicando los

motivos y estableciendo una fecha de respuesta en un

término no mayor a 3 meses.

Habeas

Data

Mecanismo de defensa judicial que tiene todo ciudadano

para defender el derecho al buen nombre e imagen, al

permitírsele conocer, actualizar y rectificar la información

que sobre él se registre en bancos de datos y archivos de

entidades públicas y privadas.

Derechos

de petición

Mecanismo que le permite a toda persona presentar en

forma verbal o escrita, solicitudes respetuosas ante las

autoridades u organizaciones privadas que prestan un

servicio público, para obtener una pronta resolución a un

asunto, bien sea de interés general o particular (Artículo

23 de la Constitución Política de Colombia). Las

empresas están obligadas a responder a las peticiones.

La no atención al Derecho de Petición por parte de las

autoridades o particulares encargados del servicio

público, puede conducir a que este derecho sea tutelado.

El término para responder es de 15 días hábiles.

Acciones

de

Tutela

Permitir al ciudadano reclamar el reconocimiento de sus

derechos. Este mecanismo lo ejerce el ciudadano ante un

juez para la protección inmediata de sus derechos. Toda

persona tiene derecho a interponer una acción de tutela

para reclamar ante los jueces en todo momento y lugar la

protección inmediata de sus derechos constitucionales

que resulten vulnerados o amenazados por la acción u

omisión de cualquier autoridad pública o de particulares.

(Art. 86 de la Constitución Política de Colombia - CPC).

Esta acción solo procederá cuando el afectado no

disponga de otro medio de defensa judicial y en ningún

caso podrán transcurrir más de diez días entre la solicitud

de tutela y su resolución. Este derecho está

reglamentado por los Decretos 2591 de 1991, 306 de

1992 y 1382 de 2000.

Quejas

y

Reclamos

Mecanismo que le permite a los ciudadanos o a las

diferentes organizaciones comunitarias poner en

conocimiento de la alta dirección de la entidad las

anomalías y conductas irregulares presentadas en la

debida prestación del servicio por parte de algún

funcionario o área del Ministerio, o cuando un ciudadano

exige a las autoridades competentes la solución a un

hecho del cual no se obtuvo respuesta satisfactoria o por

considerar que la prestación del servicio fue deficiente.

Proceso de

Toma de Decisiones

Buzón de sugerencias

Mecanismo que le permite al ciudadano opinar acerca de

la gestión de la Entidad.

Consultas

Públicas

(Página Web)

Mecanismo que le permite al Ciudadano, Empresas,

Entidades no gubernamentales y al público en general a

opinar y dar sugerencias, comentarios sobre la

construcción de proyectos nuevos, políticas, planes,

programas y normas de competencia del Sector ambiente

Referendo

(Vigilancia y control)

Es la convocatoria que se hace a los ciudadano para que

aprueben o rechacen un proyecto de norma jurídica o

deroguen una norma ya vigente.

Cabildo

Abierto

(Vigilancia y control)

Es la reunión pública de los concejos distritales,

municipales y de las juntas administradoras locales (JAL),

para que los habitantes puedan participar en la discusión

de los asuntos de interés para la comunidad.

Iniciativa

Popular

(Vigilancia y control)

Es el derecho político de un grupo de ciudadanos de

presentar proyectos de normas (ley, ordenanza, acuerdo

o resolución) y de acto legislativo ante las corporaciones

competentes (nacional o territorial), según el caso, para

que sean debatidos y posteriormente aprobados,

modificados o negados por la corporación pública

correspondiente.

Audiencias

Públicas

(Vigilancia y control)

Permitir a los interesados conocer y discutir los

resultados de las adjudicaciones de licitaciones de

contratos. Se convocan cuando la administración lo

estime conveniente y oportuno, en ellas se discutirán

aspectos relacionados con la formulación, ejecución o

evaluación de políticas y programas a cargo de una

entidad, especialmente cuando medie la afectación de

derechos o intereses colectivos. Sirve como mecanismo

de control preventivo de la gestión pública, dado que

propicia la concertación directa entre la entidad y los

particulares o comunidades, bien sea para dar soluciones

o adoptar correctivos.

Veedurías

ciudadanas

(Vigilancia y control)

Mecanismo que permite a los ciudadanos de manera

organizada, ejercer vigilancia sobre el proceso de la

gestión pública, así como la convocatoria de una entidad

encargada de la ejecución de un programa, proyecto,

contrato o de la prestación de un servicio.

4.2 ESPACIOS DE PARTICIPACION

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible proporciona diversos

canales de comunicación y mecanismos de interacción y participación, que

les permiten a los ciudadanos establecer un contacto estrecho y directo con

la Entidad, para conocer información relativa a su actividad misional.

Los canales de comunicación y medios de participación, han sido

caracterizados de la siguiente forma:

Virtuales: Para generar acercamiento entre los ciudadanos con la Entidad,

el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible ha puesto a su

disposición la página web www.minambiente.gov.co con altos estándares

para la adecuada accesibilidad, interoperabilidad y usabilidad WEB.

En forma complementaria con la información publicada en los links Misión,

Visión, Normatividad, Directorio, Presupuesto y Balances entre otros, se

encuentran los siguientes vínculos:

Chat en línea: A través de este servicio, el ciudadano puede

interactuar con uno de los agentes del Ministerio de Ambiente y

Desarrollo Sostenible, quien le podrá suministrar cualquier tipo de

información en el horario de lunes a viernes de 10:00 am a 12:00 m.

Radicación de PQRSD: Los ciudadanos pueden radicar sus

peticiones quejas, reclamos, sugerencias y denuncias a través de la

página web del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en el

link Servicio al Cliente Peticiones Quejas, Reclamos, Sugerencias y

Denuncias.

Consulte su PQRSD: En la página web del Ministerio de Ambiente y

Desarrollo Sostenible, en los links Servicio al Ciudadano podrá

consultar el estado de la PQRSD, los ciudadanos pueden averiguar

en qué parte del proceso se encuentra la PQRSD que realizaron

ante el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y recibirán

respuesta a vuelta de correo electrónico o por servicio correo de

acuerdo a su requerimiento.

Trámites y servicios: En este link los ciudadanos pueden conocer los

trámites y servicios que ofrece la entidad, los requisitos, la

normatividad aplicable y la forma de hacer seguimiento a los

mismos.

Buzón de sugerencias: A través del link Buzón de Sugerencias los

ciudadanos pueden dar ideas o propuestas para mejorar el servicio

de la Entidad.

Foros: Los foros dispuestos en EL Ministerio de Ambiente y

Desarrollo Sostenible son utilizados como espacios de socialización

que ofrecen la posibilidad intercambiar opiniones con personas de

diferentes perfiles al igual que recibir retroalimentación de

moderadores internos quienes se encargan de tener la información y

temas de discusión en el orden de lo planeado para la participación

ciudadana en diferentes temáticas. A través de los foros los

participantes pueden leer, publicar y comentar sobre temas diversos.

La ciudadanía puede acceder a los distintos foros de participación a

través de la página:

Atención Presencial: EL Ministerio de Ambiente y Desarrollo

Sostenible cuenta con un punto de atención al ciudadano, con

accesibilidad y señalización adecuada para el fácil acceso a

discapacitados y movilidad de los ciudadanos, y cuenta con

ventanillas de atención - horario de atención de lunes a viernes de

8:00 a.m. a 4:30 p.m. en jornada continua. Igualmente y en

cumplimiento a los programas de Gobierno, EL Ministerio de

Ambiente y Desarrollo Sostenible cuenta con una Oficina de

Atención al Ciudadano, donde dispone de personal idóneo y

calificado para la atención de los servicios ofrecidos por la entidad.

Atención Telefónica: EL Ministerio de Ambiente y Desarrollo

Sostenible dispone de un PBX al cual los ciudadanos en Bogotá se

pueden comunicar a través de las líneas 3323400. El ciudadano

podrá comunicarse de lunes a viernes en el horario de 8:00 a.m. a

6:00 p.m.

También dispone de líneas gratuitas a nivel nacional, a través de las

líneas 018000- 919301 y 018000-915060 de 8:00 am a las 6:00 pm.

Por otra parte, el Ministerio a través de la Subdirección de Educación

y Participación tiene a disposición de la ciudadanía el Centro de

Documentación que presta servicios de consulta en sala de lunes a

viernes en horario de 8:30 a.m. a 3:00 p.m.; préstamo inter-

bibliotecario; préstamo de videos; consulta vía correo electrónico:

[email protected] y el Centro de Documentación

Virtual en la página web del Ministerio en el enlace:

http://biblovirtual.minambiente.gov.co:3000/ donde es posible

consultar en texto completo las publicaciones del Ministerio y la

normativa sectorial además de poder efectuar reservas para

préstamos inter-bibliotecario y consulta en sala y generación de

bibliografías.

5. PLAN DE PARTICIPACION CIUDADANA

Una vez definida la Información, los Canales de Difusión y las Formas de

Participación se llevó a cabo un ejercicio de segmentación de la información a

difundir llegando a la clasificación de la misma en 5 grandes grupos a saber:

Información General de la Entidad, Planes y Programas, Informes de Gestión,

Trámites y Servicios y Rendición de Cuentas.

ANEXO No. 1 – Marco Legal para la Participación

La Constitución Política de Colombia de 1991 en su preámbulo establece la

participación de toda la ciudadanía al indicar que "El Pueblo de Colombia,

en ejercicio de su poder soberano, representado por sus Delegatarios a la

Asamblea Nacional Constituyente, invocando la protección de Dios y con el

fin de fortalecer la unidad de la nación y asegurar a sus integrantes la vida,

convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y

la paz, dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que

garantice un orden político, económico y social justo, y comprometido a

impulsar la integración de la comunidad latinoamericana.

De igual manera, en el artículo 270 faculta a la ciudadanía para que

intervenga activamente en el control de la gestión pública al establecer: "La

ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que

permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en los diversos niveles

administrativos y sus resultados".

Las siguientes son las normas que facultan a los ciudadanos para que

hagan uso de los derechos y deberes y ejerzan participación en los

diversos niveles del Estado frente al tema de participación en medios

digitales:

Constitución Política de 1991 en sus artículos:

Artículo 20

Derecho de toda persona recibir información veraz e imparcial.

Artículo 23

“Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a

las autoridades por motivos de interés general o particular y a

obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su

ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos

fundamentales.

Artículo 74

Derecho de todas las personas a acceder a los documentos públicos,

salvo los casos que establezca la ley.

Artículo 79

“La Ley garantizará la participación de la comunidad en las

decisiones que puedan afectarlo (…)”.

Artículo 270

“La ley organizará las formas y los sistemas de participación

ciudadana que permitan vigilar la gestión pública que se cumpla en

los diversos niveles administrativos y sus resultados”.

Decreto 0019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o

reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesarios

existentes en la Administración Pública.

Código Contencioso Administrativo Ley 1437 de 2011:

Artículo 3, numeral. 6°:

“En virtud del principio de participación, las autoridades promoverán y

atenderán las iniciativas de los ciudadanos, organizaciones y

comunidades encaminadas a intervenir en los procesos de

deliberación, formulación, ejecución, control y evaluación de la

gestión pública”.

Artículo 3, numeral 9°:

“En virtud del principio de publicidad, las autoridades darán a conocer

al público y a los interesados, en forma sistemática y permanente, sin

que medie petición alguna, sus actos, contratos y resoluciones,

mediante las comunicaciones, notificaciones y publicaciones que

ordene la ley, incluyendo el empleo de tecnologías que permitan

difundir de manera masiva tal información de conformidad con lo

dispuesto en este Código (…)”.

Artículo 53.

Procedimientos y trámites administrativos a través de medios

electrónicos. Los procedimientos y trámites administrativos podrán

realizarse a través de medios electrónicos. Para garantizar la

igualdad de acceso a la administración, la autoridad deberá asegurar

mecanismos suficientes y adecuados de acceso gratuito a los medios

electrónicos, o permitir el uso alternativo de otros procedimientos.

Artículo 54.

Registro para el uso de medios electrónicos. Toda persona tiene el

derecho de actuar ante las autoridades utilizando medios

electrónicos, caso en el cual deberá registrar su dirección de correo

electrónico en la base de datos dispuesta para tal fin. Sí así lo hace,

las autoridades continuarán la actuación por este medio, a menos

que el interesado solicite recibir notificaciones o comunicaciones por

otro medio diferente.

Artículo 61.

Recepción de documentos electrónicos por parte de las autoridades.

Para la recepción de mensajes de datos dentro de una actuación

administrativa las autoridades deberán:

1. Llevar un estricto control y relación de los mensajes recibidos en

los sistemas de información incluyendo la fecha y hora de recepción.

2. Mantener la casilla del correo electrónico con capacidad suficiente

y contar con las medidas adecuadas de protección de la información.

3. Enviar un mensaje acusando el recibo de las comunicaciones

entrantes indicando la fecha de la misma y el número de radicado

asignado.

Decreto 2591 de 1991, por medio del cual se desarrolla el artículo

86 de la Constitución sobre la acción de tutela.

Decreto 306 de 1992, por medio del cual se desarrolla el artículo 86

de la Constitución Política sobre la Acción de Tutela.

Ley 80 de 1993, sobre Contratación Estatal.

Ley 134 de 1994, por la cual se dictan normas sobre Mecanismos de

Participación Ciudadana.

Ley 190 de 1995

Artículo 58:

Todo ciudadano tiene derecho a estar informado periódicamente

acerca de las actividades que desarrollen las entidades públicas

y las privadas que cumplan funciones públicas o administren

recursos del Estado.

El derecho de información confluye con el de acceso a la misma,

y justamente son las tecnologías de la información y las

comunicaciones las herramientas efectivas que posibilitan al

Estado la reducción de la brecha que separa a las personas de la

información pública.

Ley 393 de 1997, Acción de Cumplimiento.

Ley 472 de 1998, sobre las Acciones Populares y de Grupos.

Ley 489 de 1998, articulo 33, acerca de las Audiencias Públicas.

Decreto 1382 de 2000, por medio del cual se desarrolla el artículo

86 de la Constitución sobre la acción de tutela.

Ley 734 de 2002, Nuevo Código Único Disciplinario.

Directiva Presidencial No. 10 de 2002, para que la comunidad en

general realice una eficiente participación y control social a la gestión

administrativa.

Ley 850 de 2003, por medio de la cual se reglamentan las Veedurías

Ciudadanas.

Ley 1150 de 2007, modifica la Ley 80 de 1993 Contratación Estatal.

Conpes 3654 de 2010, sobre la rendición de cuentas a la

ciudadanía.

Ley 1474 de 2011

Artículo 76:

En toda entidad pública, deberá existir por lo menos una dependencia encargada de recibir, tramitar y resolver las quejas, sugerencias y reclamos que los ciudadanos formulen, y que se relacionen con el cumplimiento de la misión de la entidad.

Decreto 2693 de 2012, Estrategia de Gobierno en Línea.

Decreto 2641 de 2012, Plan Anticorrupción y de Atención del

Ciudadano.

Decreto 2482 de 2012, Modelo Integrado de Planeación y Gestión.

Circular Normativa No.5 “Políticas y Procedimientos para dar Respuesta a

los Derechos de Petición, Quejas y Reclamos de los Clientes”; en la cual se

reglamentan las políticas, términos y procedimientos para dar respuesta de

manera adecuada, ágil y oportuna a las Peticiones, Quejas, Reclamos y

denuncias presentadas por los clientes a través de los diferentes medios

disponibles.