pagos por consignacion procesal

Upload: natalia-buitrago-anaue

Post on 06-Apr-2018

242 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    1/21

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    2/21

    Es una clase de pago en dondeel deudor, debido a la negativadel acreedor para recibir lo debido, osu ausencia, inicia un proceso

    judicial para hacer entrega de la cosadebida.

    Definicin

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    3/21

    Para que el pago sea vlido no es

    menester que se haga con elconsentimiento del acreedor; el

    pago es vlido an contra lavoluntad del acreedor, mediantela consignacin.

    Validez del pago por consignacin

    art 1656 C.C.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    4/21

    1. Como efecto principal est la extincin de lasobligaciones con sus respectivos accesorios.

    De esta manera cesan los intereses, seextinguen las garantas y los riesgos de la cosaestn a cargo del acreedor.

    2. Puede hacerla todo el que tenga un inters decancelar la deuda, aun en contra del acreedor.

    REQUISITOS Y EFECTOSART 1658 C.C.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    5/21

    3.Es un proceso judicial y por lo tanto debesometerse a unas formalidades especiales,que a grandes rasgos se dividen en dos:

    la oferta y la consignacin.4. Los gastos que se incurran en el proceso

    debern ser asumidos por el acreedor.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    6/21

    5. Que el deudor dirija al juez competente

    un memorial manifestando:

    La oferta que le hizo al acreedor

    expresando lo que el mismo deudor debe,incluyendo los intereses vencidos ,y los dems cargos lquidos.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    7/21

    6. Que del memorial se de traslado alacreedor o representante.

    Pero si la oferta fuere de cosa entonces ,describe la cosa ofrecida.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    8/21

    PROCEDIMIENTO

    DE PAGO

    ART 420 C.P.C.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    9/21

    1. Debe cumplir los requisitos anteriores.

    2. Si el demandado no se opone, el demandantedeber depositar a ordenes del juzgadolo ofrecido si fuere dinero.

    Dentro de los 5 das siguientes al vencimientodel termino del traslado.

    En los dems caso el juez fijara fecha y horapara la diligencia.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    10/21

    Si el acreedor no concurre o se niega a recibir,se designara un secuestre que ser quien

    recibir el bien ofrecido.Hecha la consignacin o practicada la

    diligencia se dictar sentencia que declarevlido el pago.

    Si vencido el plazo no se efecta la

    consignacin, o no se presentan los bienes en lafecha sealada para la diligencia, el juez dictarsentencia y negara las pretensiones de la

    demanda. (no es apelable)

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    11/21

    Si dentro de los 5 das siguientes no se da lanotificacin ni el emplazamiento deldemandado

    Si se tratare de dinero, el juez por auto que notendr recurso , le ordenara al demandante

    dentro del termino de 5 das hacer laconsignacin.

    De otro modo sealara fecha para la diligenciaPor auto que tampoco tendr recurso

    No se aplicaran disposiciones del art 101

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    12/21

    3. Si al contestar la demanda,

    el demandado se opone a recibir el pago,

    el juez ordenara Por auto que no tendr recursoQue:

    el demandante consigne en el termino de 5 dasA partir de su notificacin.

    o fijara fecha y hora para el secuestro del bienY el proceso continuar su curso.

    Lo mismo ocurrir cuando el demandado seauien incum la.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    13/21

    4. En la sentencia que ordene vlido el pago seordenara:

    Cancelacin de los gravmenes constituidos enla garanta de la obligacin.

    La restitucin de los bienes dados en garanta.

    La entrega del deposito judicial al demandado.

    La entrega de los bienes a este por el secuestre.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    14/21

    Autorizacin judicial de la

    consignacinArt 1659 C.C.

    El juez, a peticin de parte, autorizar laconsignacin y designar la persona encuyo poder deba hacerse.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    15/21

    FORMALIDADES DEL PAGO PORCONSIGNACION

    ART 1660 C.C.1. La consignacin se har con:

    Citacin de acreedor o del representante,y se establecer acta o diligencia por el mismojuez que autorizo la consignacin

    Si no van a la diligencia tanto acreedor orepresentante, se les notificara el deposito

    con intimidacin de recibir la cosa consignada.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    16/21

    AUSENCIA DEL ACREEDOR

    ART 1661 C.C.Si el acreedor estuviera ausente del lugar enel que se debe hacer el pago y no tuviereRepresentante entonces las deposiciones sern:

    1. Que sea hecha por persona capaz de pagar

    2. Si la obligacin es aplazo o suspensiva, hayaexpirado el plazo o se haya incumplido la oblig.

    3. Que se ofrezca ejecutar el pago en el lugar

    debido

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    17/21

    la oferta se har ante el juez, donde ante la

    ausencia del acreedor y representante,autorizara la consignacin y designar lapersona a la cual debe hacerse.

    Se extender acta de consignacin y se noti-ficar el deposito al defensor que debe

    nombrarse el ausente.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    18/21

    GASTOS DE LA CONSIGNACINArt. 1662 C.C.

    Las expensas de toda oferta y consignacinvalidas sern a cargo del acreedor.

    RETIRO DE LA CONSIGNACINArt. 1664 C.C.

    Que siempre y cuando la consignacin hubiereSido rechazada por el acreedor, o declarado sufi-Ciente por sentencia que tenga la fuerza de cosa

    Juzgada, puede el deudor retirar la consignacion

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    19/21

    Y retirada quedara sin efecto y sin valor respectoDel consignante y sus codeudores y fiadores.

    RETIRO DE LA CONSIGANACINPOR OBLIGACIN EXTINGUIDA

    Art. 1665 C.C.Cuando la obligacin ha sido irrevocablementeExtinguida, se podr retirar la consignacin.

    Si el acreedor esta de acuerdo.

    Siendo as se mirara la obligacin como nueva.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    20/21

    El acreedor no conservar los privilegioso hipotecas de su crdito primitivo.

    Si por voluntad de las partes se renovaren lashipotecas precedentes, se inscribirn de nuevo.

    Y la fecha corresponder a la del da de lanueva inscripcin.

    Los codeudores y fiadores permanecern

    exentos de ello.

  • 8/3/2019 Pagos Por Consignacion PROCESAL

    21/21