osha 1910

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reglamentacion

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1910

1910.147 El control de energa peligrosa (cierre / rotulacin).

(A) Alcance, aplicacin y finalidad - (1) mbito de aplicacin.

(I) Esta norma se aplica a los servicios de mantenimiento de mquinas y equipos en los que la energizacin inesperada o la puesta en marcha de las mquinas o equipos, o la liberacin de energa almacenada podra causar lesiones a los empleados. Esta norma establece los requisitos mnimos de eficiencia para el control de la energa peligrosos.

(Ii) Esta norma no cubre lo siguiente:

(A) La construccin y el empleo agrcola;

(B) El empleo cubierto por partes 1915, 1917 y 1918 de este ttulo;

(C) Las instalaciones bajo el control exclusivo de las empresas elctricas con el propsito de la generacin, transmisin y distribucin, incluidos los equipos relacionados con la comunicacin o la medicin;

(D) La exposicin a los peligros elctricos de trabajar, cerca de, o con conductores o equipos en las instalaciones elctricas, utilizacin, que est cubierto por la subparte S de esta parte, y

(E) de petrleo y gas y la perforacin de pozos de servicio.

(2) de la aplicacin. (I) Esta norma se aplica al control de la energa durante el servicio y / o mantenimiento de mquinas y equipos.

(Ii) Las operaciones normales de produccin no son cubiertos por esta norma (vase la Subparte 0 de esta parte). Servicio y / o mantenimiento que se lleva a cabo durante las operaciones normales de produccin es objeto de esta norma slo si;:

(A) Un empleado tiene la obligacin de retirar o evitar un guardia o otro dispositivo de seguridad, o

(B) Un empleado est obligado a colocar una parte de su cuerpo en un rea de una mquina o un equipo donde se realiza el trabajo sobre el material que se procesa (punto de operacin) o en una zona de peligro asociada existe durante un mquina de ciclo de funcionamiento.

Nota: Excepcin en el prrafo (a) (2) (ii): Los cambios menores y ajustes de herramientas, y otras actividades menores de mantenimiento, que tienen lugar durante las operaciones normales de produccin, no estn cubiertos por esta norma si son rutinarias, repetitivas, e integrales con el uso de los equipos para la produccin, siempre que el trabajo se realiza mediante medidas alternativas que proporcionen una proteccin eficaz (vase la Subparte 0 de esta parte).

(Iii) La presente norma no se aplica a los siguientes.

(A) El trabajo en conectar el cable y enchufe equipo para el que la exposicin a los peligros de la energizacin inesperada o la puesta en marcha del equipo es controlado por la desconexin de los equipos de la fuente de energa y por el tapn de estar bajo el control exclusivo del empleado realizar el servicio o mantenimiento.

(B) las operaciones en caliente del grifo que implican sistemas de transmisin y distribucin de sustancias como el gas, vapor, agua o productos derivados del petrleo, cuando se llevan a cabo en tuberas a presin, siempre que el empleador demuestre que (1) la continuidad del servicio es esencial, (2) de cierre del sistema no es prctico, y (3) los procedimientos documentados se siguen, y el equipo especial que se utiliza proporcionar proteccin demostrado ser eficaz para los empleados.

(3) Propsito. (I) En esta seccin se requiere que los empleadores de establecer un programa y utilizar los procedimientos de la colocacin de dispositivos adecuados de cierre o dispositivos de etiquetado de los dispositivos de aislamiento de energa, y para desactivar de otra manera las mquinas o equipos para evitar la energizacin inesperada, la puesta en marcha o la liberacin de almacena la energa con el fin de evitar lesiones a los empleados.

(Ii) Cuando otras normas en esta parte requiere el uso de bloqueo o etiquetado de seguridad, que se utilizar y que ser completada por los requisitos de procedimiento y la formacin de esta seccin.

(B) Definiciones aplicables a esta seccin.

Empleado afectado. Un empleado cuyo trabajo requiere que l / ella para operar o usar una mquina o equipo en el que se est de servicio o mantenimiento realizado en cierre o rotulacin, o cuyo trabajo requiere que l / ella trabaja en un rea en la que tal servicio o mantenimiento se est realizando.

Empleado autorizado. Una persona que bloquea o etiquetas en las mquinas o equipo para realizar servicio o mantenimiento en la mquina o equipo. Un empleado afectado se convierte en un empleado autorizado, cuando los derechos de los empleados que se encuentran la realizacin de servicio o mantenimiento cubierto por esta seccin.

Capaz de ser cerrado. Un dispositivo aislador de energa es capaz de ser cerrado si se dispone de un medio u otro pasador de unin a la que, oa travs de la cual, puede fijar una tasa fija, o que tiene un mecanismo de bloqueo integrado en ella. Otros dispositivos de aislamiento de energa son capaces de ser cerrado, si de bloqueo se puede lograr sin la necesidad de desmantelar, reconstruir o reemplazar el dispositivo de aislamiento de energa o alterar permanentemente su capacidad de control de energa.

Energa. Conectado a una fuente de energa o con energa residual o almacenada.

Dispositivo aislador de energa Un dispositivo mecnico que impide fsicamente la transmisin o liberacin de energa, incluyendo pero no limitado a lo siguiente: Un interruptor manual del circuito elctrico, un interruptor de desconexin, un interruptor de accionamiento manual mediante el cual los conductores de un circuito puede ser desconectado. de todos los conductores de alimentacin sin conexin a tierra, y, adems, ningn polo se puede operar de forma independiente, una vlvula de la lnea, un bloque, y cualquier otro dispositivo similar para bloquear o aislar la energa. Pulsadores, conmutadores y otros dispositivos de circuito de control de tipo de energa no son dispositivos de aislamiento.

Fuente de energa. Cualquier fuente de energa elctrica, mecnica, hidrulica, neumtica, qumica, trmica o energa.

Caliente del grifo. Un procedimiento que se utiliza en las actividades de reparacin, mantenimiento y servicios que implica la soldadura de una pieza de equipo (tuberas, recipientes o tanques) bajo presin, con el fin de instalar conexiones o accesorios. Se suelen utilizar para reemplazar o aadir secciones de tubera sin la interrupcin del servicio de aire, gas, agua, vapor, petroqumicos y sistemas de distribucin.

De bloqueo. La colocacin de un dispositivo de cierre en un dispositivo de aislamiento de energa, de acuerdo con un procedimiento establecido, asegurando que el dispositivo aislador de energa y el equipo est siendo controlado, no puede ser operado hasta que el dispositivo de bloqueo se elimina.

Dispositivo de cierre. Un dispositivo que utiliza un medio positivo, como un bloqueo, clave o tipo de combinacin, para mantener un dispositivo de aislamiento de energa en una posicin segura y prevenir la activacin de una mquina o equipo. Se incluyen bridas ciegas y cerr las persianas de deslizamiento.

Las operaciones normales de produccin. La utilizacin de una mquina o equipo para realizar su funcin de produccin previsto.

Servicio y / o mantenimiento. Actividades laborales, como la construccin, instalacin, configuracin, ajuste, inspeccionar, modificar y mantener y / o mquinas de servicio o equipo. Estas actividades incluyen la lubricacin, la limpieza o Destrabamiento de mquinas o equipos y hacer los ajustes o cambios de la herramienta, donde puede ser el empleado expuesto a la energizacin inesperada o el inicio de los equipos o la liberacin de energa peligrosa.

Creacin. Todo el trabajo realizado para preparar una mquina o equipo para realizar sus operaciones normales de produccin.

Etiquetado. La colocacin de un dispositivo de etiquetado en un dispositivo de aislamiento de energa, de acuerdo con un procedimiento establecido, para indicar que el dispositivo aislador de energa y el equipo est siendo controlado no puede ser operado hasta que el mecanismo de etiquetado se ha eliminado.

Mecanismo de etiquetado. Un dispositivo de advertencia prominente, tal como una etiqueta y un medio de unin, que puede fijarse de forma segura a un dispositivo de aislamiento de energa de acuerdo con un procedimiento establecido, para indicar que el dispositivo de aislamiento de energa y el equipo est siendo controlado, no puede ser en funcionamiento cuando el mecanismo de etiquetado se ha eliminado.

(C) General - (1). Programa de control de la energa El patrono deber establecer un programa que incluye procedimientos de control de la energa, la formacin de los empleados y las inspecciones peridicas para asegurarse de que antes de que el empleado realice cualquier servicio o mantenimiento en una mquina o equipo en la energizacin inesperada, puesta en marcha o liberacin de energa almacenada podra ocurrir y causar lesiones, la mquina o equipo deber estar aislado de la fuente de energa, y fuera de servicio.

(2) de bloqueo / etiquetado. (I) Si un dispositivo aislador de energa no es capaz de ser cerrado, el programa de la empresa de control de energa en el prrafo (c) (1) de esta seccin debern utilizar un sistema de rotulacin.

(Ii) Si un dispositivo aislador de energa es capaz de ser cerrado, el programa de la empresa de control de energa en el prrafo (c) (1) de esta seccin deber utilizar cierre, a menos que el empleador pueda demostrar que la utilizacin de un sistema de etiquetado proporcionar completa proteccin de los trabajadores segn lo establecido en el prrafo (c) (3) de esta seccin.

(Iii) Despus de 02 de enero 1990, siempre que el reemplazo o reparacin mayor, la renovacin o modificacin de una mquina o equipo se lleva a cabo, y siempre que las nuevas mquinas o equipos instalados, los dispositivos de aislamiento de energa para la mquina o equipo deber estar diseado para aceptar un cierre patronal dispositivo.

(3) la proteccin del empleado completa. (I) Cuando un mecanismo de etiquetado se utiliza en un dispositivo de aislamiento de energa que es capaz de ser cerrado, el mecanismo de etiquetado se adjuntar en el mismo lugar que el dispositivo de cierre que se han unido, y la empleador deber demostrar que el programa de etiquetado proporcionar un nivel de seguridad equivalente a la obtenida mediante el uso de un programa de cierre.

(Ii) Para demostrar que un nivel de seguridad se realiza en el programa de etiquetado, que es equivalente al nivel de seguridad que se obtiene mediante el uso de un programa de cierre, el empleador deber demostrar el pleno cumplimiento de todas las disposiciones relacionadas con el etiquetado de esta norma, junto con otros tales elementos que sean necesarios para proporcionar la seguridad equivalente que permite la utilizacin de un dispositivo de cierre. Medios adicionales para ser considerado como parte de la demostracin de la proteccin de los empleados completo debe incluir la aplicacin de las medidas de seguridad adicionales, tales como la eliminacin de un elemento de circuito de aislamiento, el bloqueo de un interruptor de control, la apertura de un dispositivo adicional de desconectar, o la extraccin de una Vlvula de palanca para reducir la probabilidad de energizacin inadvertida.

(4) Energa procedimiento de control. (I) Los procedimientos deben ser desarrollados, documentados y utilizados para el control de la energa potencialmente peligrosa cuando los empleados se dedican a las actividades contempladas en esta seccin.

Nota: Excepcin: El empleador no tiene que documentar el procedimiento requerido para una determinada mquina o equipo, cuando todos los elementos siguientes: (1) La mquina o el equipo no tiene potencial para almacenar o energa residual o reacumulacin de energa almacenada despus de cerrar que podra poner en peligro los empleados, (2) de la mquina o el equipo tiene una sola fuente de energa que puede ser fcilmente identificado y aislado, (3) el aislamiento y el bloqueo de esa fuente de energa completamente desenergizar y desactivar la mquina o equipo, (4) la mquina o el equipo est aislado de esa fuente de energa y bloqueada durante el servicio o mantenimiento, (5) un dispositivo de cierre solo alcanzar una condicin de cierre patronal, (6) el dispositivo de cierre est bajo el control exclusivo del empleado autorizado de realizar la servicio o mantenimiento; (7) el servicio o mantenimiento no crea riesgos para los dems empleados, y (8) el empleador, en la utilizacin de esta excepcin, no ha tenido accidentes relacionados con la activacin inesperada o reenergizacin de la mquina o equipo durante el servicio o mantenimiento .

(Ii) Los procedimientos de manera clara y especficamente definir el alcance, propsito, autorizacin reglas y tcnicas que se utilizarn para el control de energa peligrosa, y los medios para exigir el cumplimiento, incluyendo pero no limitado a, lo siguiente:

(A) Una declaracin especfica de la utilizacin prevista del procedimiento;

(B) los pasos especficos de procedimiento para cerrar, aislar, bloquear y asegurar mquinas o equipo de control de energa peligrosa;

(C) especfico pasos del procedimiento para la colocacin, retirada y la transferencia de dispositivos de cierre o dispositivos de etiquetado y la responsabilidad de ellos, y

(D) Los requisitos especficos para las pruebas de una mquina o equipo para determinar y verificar la eficacia de los dispositivos de cierre, dispositivos de etiquetado, y otras medidas de control de energa.

(5) los materiales de proteccin y bloqueos de hardware. (I), etiquetas, cadenas, cuas, bloques principales, pernos de fijacin, tornillos de cierre automtico, u otro hardware ser proporcionado por el empleador para el aislamiento, seguridad o bloqueo de las mquinas o equipos de fuentes de energa.

(Ii) Los dispositivos de cierre y los dispositivos de rotulacin debern estar singularmente identificados, sern los nicos dispositivos (s) que se utiliza para controlar la energa, no sern utilizados para otros fines, y deber cumplir los siguientes requisitos:

(A) Durable (1). Los dispositivos de cierre y rotulacin debern ser capaces de soportar el ambiente al que estn expuestos durante el plazo mximo de tiempo que la exposicin se espera.

(2) Los dispositivos de rotulacin debern ser construidos e impresos de modo que la exposicin a condiciones climticas o de lugares hmedos y hmedos no har que la etiqueta se deteriore o el mensaje en la etiqueta de resultar ilegibles.

(3) Las etiquetas no debern deteriorarse cuando se usa en ambientes corrosivos tales como reas donde los productos qumicos cidos y alcalinos son manipulados y almacenados.

(B). Estandarizadas de bloqueo y los dispositivos de rotulacin debern ser normalizados dentro de la instalacin de al menos uno de los siguientes criterios: color, forma, o tamao, y adicionalmente, en el caso de dispositivos de rotulacin, impresin y formato sern normalizados.

(C) Sustancial - (1) Los dispositivos de cierre Los dispositivos de cierre debern ser lo suficientemente sustancial como para evitar su remocin sin el uso de fuerza excesiva o tcnicas inusuales, como por ejemplo con el uso de alicates u otras herramientas de corte de metal..

(2) Los dispositivos de rotulacin. Los dispositivos de rotulacin, entre ellos y sus medios de fijacin, ser lo suficientemente sustancial como para evitar su remocin inadvertida o accidental. El marcado significa apego dispositivo deber ser de un tipo no reutilizable, acoplable a mano, cierre automtico, y que no puede soltarse con una resistencia mnima de desbloqueo de no menos de 50 libras y que el diseo general y las caractersticas bsicas de ser al menos equivalente a de una sola pieza, todo el medio ambiente tolerante brida de nylon.

(D) de identificacin. Los dispositivos de cierre y dispositivos de etiquetado se indicar la identidad del empleado que la aplicacin del dispositivo (s).

(Iii) Los dispositivos de rotulacin debern advertir contra los peligros, si la mquina o el equipo est energizado y deber incluir una leyenda como la siguiente: no empiece, no abra, no cierre, No energice, no funcionan.

(6) La inspeccin peridica. (I) El patrono deber realizar una inspeccin peridica del procedimiento de control de energa por lo menos una vez al ao para asegurarse de que el procedimiento y los requisitos de esta norma se estn siguiendo.

(A) La inspeccin peridica se desempeasen un empleado autorizado, excepto las (s), utilizando el procedimiento de control de la energa que se inspecciona.

(B) La inspeccin peridica deber llevarse a cabo para corregir las desviaciones o insuficiencias identificadas.

(C) En caso de bloqueo se utiliza para el control de la energa, el control peridico deber incluir una revisin, entre el inspector y cada empleado autorizado, de las responsabilidades de ese empleado en el procedimiento de control de la energa que se inspecciona.

(D) En caso de etiquetado se utiliza para el control de la energa, el control peridico deber incluir una revisin, entre el inspector y cada empleado autorizado y afectadas, de las responsabilidades de ese empleado en el procedimiento de control de la energa que se inspecciona, y los elementos establecidos en el prrafo (c ) (7) (ii) de esta seccin.

(Ii) El patrono deber certificar que las inspecciones peridicas se han realizado. La certificacin deber identificar la mquina o equipo en el que estaba siendo el procedimiento de control de la energa utilizada, la fecha de la inspeccin, los empleados incluidos en la inspeccin, y la persona que realiza la inspeccin.

(7) Formacin y comunicacin. (I) El patrono deber proveer entrenamiento para asegurar que el propsito y la funcin del programa de control de energa son comprendidos por los empleados y que el conocimiento y las habilidades necesarias para la aplicacin segura, uso y eliminacin de la energa controles son adquiridos por los trabajadores. El entrenamiento debe incluir lo siguiente:

(A) Cada empleado autorizado deber recibir adiestramiento en el reconocimiento de la aplicacin de fuentes de energa peligrosas, el tipo y magnitud de la energa disponible en el lugar de trabajo, y los mtodos y medios necesarios para el aislamiento de la energa y el control.

(B) Cada empleado afectado deber ser instruido en el propsito y el uso del procedimiento de control de energa.

(C) Todos los otros empleados cuyas operaciones de trabajo estn o puedan estar en una zona donde los procedimientos de control de energa puede ser utilizada, deber ser instruido sobre el procedimiento, y acerca de la prohibicin relativa a los intentos de reiniciar o re-energizar las mquinas o equipos que estn bloqueados o puesto out.

(Ii) Cuando los sistemas de etiquetado se utilizan, los empleados deben ser entrenados en las siguientes limitaciones de las etiquetas:

(A) Las etiquetas son esencialmente dispositivos de advertencia adherida a los dispositivos de aislamiento de energa, y no proporcionan la contencin fsica de los dispositivos que se proporciona por una cerradura.

(B) Cuando una etiqueta se adjunta a un medio de aislamiento de energa, no debe ser eliminado sin la autorizacin de la persona autorizada responsable de la misma, y nunca debe ser anulada, ignorada, o de lo contrario derrotado.

(C) Las etiquetas deben ser legibles y comprensibles para todos los empleados autorizados, los empleados afectados, y todos los otros empleados cuyas operaciones de trabajo estn o puedan estar en la zona, con el fin de ser eficaces.

(D) Etiquetas y sus medios de fijacin debe ser de un material que resista las condiciones ambientales encontradas en el lugar de trabajo.

(E) Las etiquetas pueden provocar una falsa sensacin de seguridad, y su significado debe ser entendido como parte del programa de control de energa en general.

(F) Las etiquetas deben estar bien sujetos a los dispositivos de aislamiento de energa de modo que no puede ser inadvertida o accidentalmente durante su uso independiente.

(Iii) los empleados reciclaje.

(A) formacin se proporcionar a todos los empleados autorizados y afectados cada vez que hay un cambio en sus asignaciones de trabajo, un cambio en las mquinas, equipos o procesos que presentan un riesgo nuevo, o cuando hay un cambio en los procedimientos de control de energa.

(B) adicionales reciclaje tambin se llevar a cabo siempre una inspeccin peridica bajo el prrafo (c) (6) de esta seccin revela, o siempre que el patrono tenga razn para creer que hay desviaciones de o insuficiencias en el conocimiento del empleado o el uso de la procedimientos de control de energa.

(C) El readiestramiento deber restablecer competencia de los empleados y establecer mtodos de control nuevas o revisadas y procedimientos, segn sea necesario.

(Iv) El patrono deber certificar que la formacin de los empleados se ha logrado y se mantiene hasta la fecha. La certificacin deber contener el nombre de cada empleado y las fechas de la capacitacin.

(8) de aislamiento de energa. Bloqueo o etiquetado de seguridad se llevar a cabo slo los empleados autorizados bythe que estn realizando el servicio o mantenimiento.

(9) La notificacin de los empleados. Los empleados afectados sern notificados por el empleador o el empleado autorizado de la aplicacin y la eliminacin de los dispositivos de cierre o dispositivos de etiquetado. La notificacin se har antes de los controles se aplican, y despus se quitan de la mquina o equipo.

. (D) Aplicacin de control de los procedimientos establecidos para la aplicacin de control de la energa (los procedimientos de bloqueo o etiquetado de seguridad) se referir a los siguientes elementos y acciones, y se har en la siguiente secuencia:

(1) Preparacin para el cierre. Antes de que un empleado autorizado o afectados que se apague una mquina o equipo, el empleado autorizado deber tener conocimiento del tipo y magnitud de la energa, los peligros de la energa para ser controlado, y el mtodo o los medios para control de la energa.

(2) cierre de la mquina o equipo. La mquina o el equipo se apaga o se cierra con los procedimientos establecidos para la mquina o equipo. Un cierre ordenado debe ser utilizado para evitar cualquier riesgo adicional o un aumento (s) a los empleados como consecuencia de la paralizacin de equipos.

(3) el aislamiento de la mquina o equipo. Todos los aisladores de energa los dispositivos necesarios para controlar la energa a la mquina o equipo deber estar ubicado fsicamente y funcionar de tal manera que para aislar la mquina o el equipo de la fuente de energa (s).

(4) de bloqueo o etiquetado aplicacin del dispositivo. (I) Los dispositivos de cierre o rotulacin debern colocarse en cada dispositivo de aislamiento de energa por empleados autorizados.

(Ii) Los dispositivos de cierre, si existen, debern colocarse de tal manera que que se mantenga el aislamiento de energa de dispositivos en un "seguro" o "apagado".

(Iii) Los dispositivos de rotulacin, si existen, debern colocarse de tal manera que se indicar claramente que la operacin o el movimiento de los dispositivos de aislamiento de energa de los "seguros" o "apagado" est prohibido.

(A) En caso de dispositivos de etiquetado se utiliza con los dispositivos de aislamiento de energa diseados con la capacidad de estar encerrado, el archivo adjunto etiqueta deber fijarse en el mismo punto en el que habra sido el bloqueo de adjuntos.

(B) Cuando la etiqueta no se puede fijar directamente en el dispositivo de aislamiento de energa, la etiqueta deber estar situado lo ms cerca posible de forma segura en el dispositivo, en una posicin que va a ser inmediatamente obvio para cualquiera que intente utilizar el dispositivo.

(5) La energa almacenada. (I) Tras la aplicacin de los dispositivos de bloqueo o etiquetado de los dispositivos de aislamiento de energa, todos los potencialmente peligrosos almacenados o energa residual deber ser relevado, desconectada, restringida, y otra situacin de seguridad.

(Ii) Si hay una posibilidad de reacumulacin de energa almacenada a un nivel peligroso, la verificacin del aislamiento deber ser continuado hasta que el servicio o mantenimiento se ha completado, o hasta la posibilidad de tal acumulacin ya no existe.

(6) Verificacin del aislamiento. Antes de comenzar a trabajar en las mquinas o equipos que hayan sido asegurados y etiquetados, el empleado autorizado deber verificar que el aislamiento y la desenergizacin de la mquina o equipo se han cumplido.

. (E) Liberacin del bloqueo o etiquetado antes de los dispositivos de bloqueo o etiquetado de seguridad se eliminan y la energa es restaurada a la mquina o equipo, los procedimientos se seguirn y las medidas adoptadas por el empleado autorizado (s) para asegurar lo siguiente:

(1) La mquina o equipo. El rea de trabajo debern ser inspeccionados para asegurarse de que los elementos no esenciales se han eliminado y para asegurar que los componentes de la mquina o equipo operativo intactos.

(2) empleados. (I) El rea de trabajo debern ser evaluados para verificar que todos los empleados se han colocado de forma segura o eliminados.

(Ii) Despus de los dispositivos de bloqueo o etiquetado de seguridad se han retirado y antes de una mquina o equipo se inicia, los empleados afectados sern notificados de que el dispositivo de bloqueo y etiquetado (s) han sido eliminados.

(3) de bloqueo o etiquetado de dispositivos de retencin Cada dispositivo de bloqueo y etiquetado debern ser retirados de cada dispositivo de aislamiento de energa por el empleado que aplic el dispositivo dispuesto en el apartado (e) (3):.. Cuando el empleado autorizado que aplic el bloqueo o etiquetado dispositivo no est disponible para quitarlo, ese dispositivo puede ser removido bajo la direccin del empleador, siempre que los procedimientos especficos y la formacin para su remocin se han desarrollado, documentado e incorporado en el programa de la empresa de control de energa. El empleador deber demostrar que el procedimiento especfico ofrece una seguridad equivalente a la retirada del dispositivo por el empleado autorizado que se aplica. El procedimiento especfico deber incluir al menos los siguientes elementos:

(I) La verificacin por parte del empleador que el empleado autorizado que aplic el dispositivo no est en la instalacin;

(Ii) Realizar todos los esfuerzos razonables para comunicarse con el empleado autorizado para informarle / ella que l / ella el dispositivo de bloqueo y etiquetado se ha eliminado, y

(Iii) Asegurar que el empleado autorizado tenga este conocimiento antes de que l / ella se reanuda el trabajo en esa instalacin.

(F) Requisitos adicionales - (1) prueba y la colocacin de mquinas, equipos o componentes de los mismos en situaciones en las que los dispositivos de bloqueo o etiquetado debe ser retirado temporalmente desde el dispositivo de aislamiento de energa y la mquina o equipo energizado para probar o la posicin de la mquina,. equipo o componente del mismo, la siguiente secuencia de acciones se seguirn:

(I) Poner la mquina o equipo de herramientas y materiales, de conformidad con el prrafo (e) (1) de esta seccin;

(Ii) Eliminar los empleados de la mquina o el rea de equipo, de acuerdo con el prrafo (e) (2) de esta seccin;

(Iii) Eliminar los dispositivos de cierre o rotulado como se especifica en el prrafo (e) (3) de esta seccin;

(Iv) dinamizar y proceder con la prueba y la colocacin;

(V) se caen todos los sistemas y volver a aplicar medidas de control de energa, de conformidad con el prrafo (d) de esta seccin para continuar con el servicio y / o mantenimiento.

(2) personal externo (contratistas, etc.) (I) Siempre que fuera personal de servicio es preciso que colaboren en las actividades cubiertas por el alcance y la aplicacin de esta norma, el sitio en el empleador y el empleador fuera se informarn mutuamente de sus bloqueo respectivo o procedimientos de etiquetado.

(Ii) El empleador en el lugar se asegurar de que su / sus empleados comprendan y cumplan con las restricciones y prohibiciones del programa de la empresa fuera de control de energa.

(3) Grupo de bloqueo o etiquetado. (I) Cuando el servicio y / o mantenimiento es realizado por un equipo, la artesana, departamento u otro grupo, se deber utilizar un procedimiento que ofrezca a los empleados un nivel de proteccin equivalente al que proporciona la implementacin de un personal de cierre o dispositivo de etiquetado.

(Ii) de bloqueo de grupo o los dispositivos de rotulacin debern ser utilizados de acuerdo con los procedimientos requeridos por el prrafo (c) (4) de esta seccin, incluyendo, pero no necesariamente limitarse a, los siguientes requisitos especficos:

(A) La responsabilidad principal recae en un empleado autorizado para un nmero determinado de empleados que trabajan bajo la proteccin de un bloqueo de grupo o mecanismo de etiquetado (por ejemplo, un bloqueo de las operaciones);

(B) Provisin para el empleado autorizado para determinar el estado de exposicin de los miembros del grupo en relacin con el bloqueo o etiquetado de la mquina o equipo y

(C) Cuando ms de un equipo, la artesana, departamento, etc se trata, la asignacin del total de puestos de trabajo asociados de bloqueo y etiquetado o la responsabilidad de control a un empleado autorizado designado para coordinar las fuerzas de trabajo afectados y asegurar la continuidad de la proteccin, y

(D) Cada empleado autorizado colocar un personal de cierre o dispositivo de etiquetado para el dispositivo de cierre de grupo, caja de seguridad del grupo, o un mecanismo similar al que l o ella comienza a trabajar, y sacar de estos dispositivos cuando l o ella deja de trabajar en la mquina o equipo que se mantenimiento o servicio.

(4) Cambio o cambios de personal. Los procedimientos especficos se utilizarn durante los cambios de turno o de personal para asegurar la continuidad de la proteccin de bloqueo o etiquetado de seguridad, incluyendo la provisin para la transferencia ordenada de la proteccin de dispositivo de bloqueo o etiquetado de seguridad entre el off-va y se acerca empleados, para reducir al mnimo exposicin a los peligros de la energizacin inesperada o la puesta en marcha de la mquina o equipo, o la liberacin de energa almacenada.

Note: The following appendix to 1910.147 services as a non-mandatory guideline to assist employers and employees in complying with the requirements of this section, as well as to provide other helpful information. Nothing in the appendix adds to or detracts from any of the requirements of this section.

Appendix A to 1910.147Typical Minimal Lockout Procedure

General

The following simple lockout procedure is provided to assist employers in developing their procedures so they meet the requirements of this standard. When the energy isolating devices are not lockable, tagout may be used, provided the employer complies with the provisions of the standard which require additional training and more rigorous periodic inspections. When tagout is used and the energy isolating devices are lockable, the employer must provide full employee protection ( see paragraph (c)(3)) and additional training and more rigorous periodic inspections are required. For more complex systems, more comprehensive procedures may need to be developed, documented and utilized.

Lockout Procedure

Lockout procedure for

____________________

(Name of Company for single procedure or identification of equipment if multiple procedures are used)

Propsito

Este procedimiento establece los requisitos mnimos para el cierre de aislamiento de energa cuando los dispositivos de mantenimiento o reparacin se realiza en las mquinas o equipos. Que se utiliza para asegurar que la mquina o equipo se detiene, aislado de otras fuentes de energa potencialmente peligrosos y bloqueado antes que los empleados realizar cualquier reparacin o mantenimiento en la energizacin inesperada o puesta en marcha de la liberacin de la mquina o equipo, o de la energa almacenada causar lesiones.

Cumplimiento de este programa

Todos los empleados estn obligados a cumplir con las restricciones y limitaciones que les imponen en el uso de bloqueo. Los empleados autorizados tienen la obligacin de realizar el bloqueo de acuerdo con este procedimiento. Todos los empleados, al observar una mquina o un equipo que est bloqueado para realizar servicio o mantenimiento no se intenta iniciar, activar o usar la mquina o equipo.

____________________

Tipo de aplicacin de cumplimiento que se da por la violacin de los anteriores.

Secuencia de bloqueo

(1) Notificar a todos los empleados afectados que el servicio o mantenimiento se requiere de una mquina o equipo y que la mquina o equipo debe ser cerrado y bloqueado para realizar el servicio o mantenimiento.

____________________

Nombre (s) / Cargo (s) de los empleados afectados y la forma de notificacin.

(2) El empleado autorizado deber consultar el procedimiento de la empresa para identificar el tipo y la magnitud de la energa que la mquina o equipo utiliza, deber comprender los peligros de la energa, y se conocen los mtodos para controlar la energa.

____________________

Tipo (s) y la magnitud (s) de energa, sus riesgos y los mtodos para el control de la energa.

(3) Si la mquina o el equipo est funcionando, cerrada por el procedimiento de parada normal (presionando el botn de parada, interruptor abierto, cierre la vlvula, etc.)

____________________

Tipo (s) y lugar (s) de los controles de operacin de la mquina o equipo.

(4) Desactivar el dispositivo de aislamiento de energa (s) para que la mquina o el equipo est aislado de la fuente de energa (s).

____________________

Tipo (s) y lugar (s) de energa dispositivos de aislamiento.

(5) Bloquee el dispositivo de aislamiento de energa (s) con bloqueo asignado individuo (s).

(6) almacenados o energa residual (por ejemplo, que en los condensadores, los muelles, miembros elevados de la mquina, volantes de inercia de rotacin, sistemas hidrulicos y de aire, vapor, gas, o la presin del agua, etc) debe ser disipada o restringida por mtodos tales como la puesta a tierra , reposicionamiento, el bloqueo, sangrado hacia abajo, etc

____________________

Tipo (s) de almacenamiento de energa, mtodos para disipar o restringir.

(7) Asegrese de que el equipo se desconecta de la fuente de energa (s) comprobando primero que no est expuesto el personal, a continuacin, compruebe el aislamiento de los equipos por el funcionamiento del botn u otro control de funcionamiento normal (s) o por las pruebas para hacer que el equipo no funcionar.

Precaucin: Devolver el control operativo (s) a la posicin neutral o "off" despus de verificar el aislamiento de los equipos.

____________________

Mtodo para verificar el aislamiento de los equipos.

(8) The machine or equipment is now locked out.

Restoring Equipment to Service. When the servicing or maintenance is completed and the machine or equipment is ready to return to normal operating condition, the following steps shall be taken.

(1) Check the machine or equipment and the immediate area around the machine or equipment to ensure that nonessential items have been removed and that the machine or equipment components are operationally intact.

(2) Check the work area to ensure that all employees have been safely positioned or removed from the area.

(3) Verify that the controls are in neutral.

(4) Remove the lockout devices and reenergize the machine or equipment.

Note: The removal of some forms of blocking may require reenergization of the machine before safe removal.

(5) Notify affected employees that the servicing or maintenance is completed and the machine or equipment is ready for use.

[54 FR 36687, 1 de septiembre de 1989, segn enmendado en 54 FR 42498, 17 de octubre de 1989; 55 FR 38685, 38686, 20 de septiembre de 1990, 76 FR 24698, 2 de mayo de 2011, 76 FR 44265, julio 25, 2011]