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  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 5 de abril de 2012463706

    ORGANISMOS TECNICOS

    ESPECIALIZADOS

    INSTITUTO NACIONAL DE

    DEFENSA DE LA COMPETENCIA

    Y DE LA PROTECCION DE LA

    PROPIEDAD INTELECTUAL

    Aprueban Normas Tcnicas Peruanas sobre mecnica de minerales, acstica y medicin de ruido ambiental y otros

    RESOLUCIN COMISIN DE NORMALIZACINY DE FISCALIZACIN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS

    N 22-2012/CNB-INDECOPI

    Lima, 21 de marzo de 2012

    CONSIDERANDO:

    Que, conforme a lo establecido en el Artculo 28 de la Ley de Organizacin y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artculos 4 al 11 de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacin y Acreditacin, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta ltima Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisin de Normalizacin y de Fiscalizacin de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacin, aprobar las Normas Tcnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comits Tcnicos de Normalizacin;

    Que, las actividades de Normalizacin deben realizarse sobre la base del Cdigo de Buena Conducta para la Adopcin, Elaboracin y Aprobacin de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstculos Tcnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacin nacional mediante Resolucin Legislativa 26407. Dicho Cdigo viene siendo implementado por la Comisin a travs del Sistema Peruano de Normalizacin, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracin y Aprobacin de Normas Tcnicas Peruanas y el Reglamento de Comits Tcnicos de Normalizacin, aprobados mediante Resolucin 048-2008/CNB-INDECOPI;

    Que, el Reglamento de Elaboracin y Aprobacin de Normas Tcnicas Peruanas vigente, establece en su artculo 15 que las Normas Tcnicas Peruanas sern revisadas peridicamente para lograr su actualizacin;

    Que, de conformidad con la reglamentacin anterior, acorde con la vigente, desde febrero de 2007 la Comisin ha venido ejecutando el Plan de Revisin y Actualizacin de Normas Tcnicas Peruanas, aprobadas durante la gestin del ITINTEC (periodo 1966-1992), con el objeto de poner a disposicin de los usuarios normas tcnicas confi ables que satisfagan sus expectativas;

    Que, toda vez que las actividades de elaboracin y actualizacin de Normas Tcnicas Peruanas deben realizarse con la participacin de representantes de todos los sectores involucrados: produccin, consumo y tcnico, la Comisin consult a las instituciones representantes de los sectores Mecnica de minerales, minerales de hierro e infraestructura vial de carreteras, al no existir Comit Tcnico de Normalizacin activo del tema antes mencionado;

    Que, continuando con el Plan de Actualizacin y durante la etapa de discusin pblica, la Comisin no recibi opinin de dejar sin efecto las Normas Tcnicas Peruanas publicadas, por parte de las instituciones representantes de los sectores Mecnica de minerales, minerales de hierro e infraestructura vial de carreteras. Las 10 Normas Tcnicas Peruanas fueron consultadas del 29 de octubre por un periodo de 60 das calendario,

    Que, en consecuencia la Comisin acord que las referidas Normas Tcnicas Peruanas de la gestin del

    ITINTEC, conservasen su vigencia con el texto resultante de la revisin efectuada en el presente ao;

    Estando a lo recomendado por la Secretara Tcnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucin 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisin con el acuerdo unnime de sus miembros, reunidos en su sesin de fecha 21 de marzo de 2012.

    RESUELVE

    Primero.- APROBAR las siguientes Normas Tcnicas Peruanas en su versin 2012:

    NTP 341.167:1992 (revisada el 2012) MATERIAL METLICO SINTERI-ZADO (EXCLUYENDO METALES DUROS). Probetas para ensayos de traccin. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP 341.167:1972

    NTP341.169:1992 (revisada el 2012) POLVOS METLICOS. Determina-cin de la densidad aparente. Parte 3. Mtodo del cono oscilante. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP341.169:1992

    NTP341.171:1992 (revisada el 2012) MATERIALES METLICOS SIN-TERIZADOS EXCLUYENDO METALES DUROS. Muestreo. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP341.171:1992

    NTP 341.172:1992 (revisada el 2012) POLVOS METLICOS. Determina-cin de la resistencia en verde por ruptura transversal de compactos rectangulares. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP341.172:1992

    NTP 341.176:1992 (revisada el 2012) POLVOS METLICOS LUBRICA-DOS. Determinacin del contenido de lubricante. Mtodo de extraccin de soxhlet. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP 341.176:1992

    NTP 382.011:1975 (revisada el 2012) RIELES (TIPO VIGNOLE) PARA USO FERROVIARIO. Nomenclatu-ra y tolerancias dimensionales. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP 382.011:1975

    NTP 399.083:1983 (revisada el 2012) CONSTRUCCIONES NAVALES. Sombreros de ventilacin de tan-ques. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP 399.083:1983

    NTP121.016:1974 (revisada el 2012) MINERALES DE FIERRO. Determi-nacin de oxido de calcio y oxido de magnesio (Mtodo complexiomtri-co). 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP 121.016:1974

    NTP 121.013:1974 (revisada el 2012) MINERALES DE FIERRO. Determi-nacin de slice. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP 121.013:1974

    NTP 121.005:1974 (revisada el 2012) MINERALES DE FIE-RRO. Determinacin de la hume-dad. 1 Edicin

    Reemplaza a la NTP 121.005:1974

    Segundo.- Dejar sin efecto las siguientes Normas Tcnicas Peruanas:

    NTP 341.167:1992 MATERIAL METLICO SINTERI-ZADO (EXCLUYENDO METALES DUROS). Probetas para ensayos de traccin

    NTP341.169:1992 POLVOS METLICOS. Determina-cin de la densidad aparente. Parte 3. Mtodo del cono oscilante

    NTP341.171:1992 MATERIALES METLICOS SINTE-RIZADOS EXCLUYENDO META-LES DUROS. Muestreo

  • NORMAS LEGALESEl PeruanoLima, jueves 5 de abril de 2012 463707

    NTP 341.172:1992 POLVOS METLICOS. Determina-cin de la resistencia en verde por ruptura transversal de compactos rectangulares

    NTP 341.176:1992 POLVOS METLICOS LUBRICA-DOS. Determinacin del contenido de lubricante. Mtodo de extraccin de soxhlet

    NTP 382.011:1975 RIELES (TIPO VIGNOLE) PARA USO FERROVIARIO. Nomenclatu-ra y tolerancias dimensionales

    NTP 399.083:1983 CONSTRUCCIONES NAVALES.

    Sombreros de ventilacin de tan-ques

    NTP121.016:1974 MINERALES DE FIERRO. Determi-nacin de oxido de calcio y oxido de magnesio (Mtodo complexiomtri-co)

    NTP 121.013:1974 MINERALES DE FIERRO. Determi-nacin de slice

    NTP 121.005:1974 MINERALES DE FIERRO. Determi-nacin de la humedad

    Con la intervencin de los seores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Antonio Blanco Blasco y Fabin Novak Talavera.

    Regstrese y publquese.

    AUGUSTO RUILOBA ROSSELPresidente de la Comisin de Normalizacin yde Fiscalizacin de Barreras ComercialesNo Arancelarias

    772328-1

    RESOLUCIN COMISIN DE NORMALIZACINY DE FISCALIZACIN DE BARRERAS COMERCIALES NO ARANCELARIAS

    N 23-2012/CNB-INDECOPI

    Lima, 21 de marzo de 2012

    CONSIDERANDO:

    Que, conforme a lo establecido en el Artculo 28 de la Ley de Organizacin y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1033, en los Artculos 4 al 11 de la Ley de los Sistemas Nacionales de Normalizacin y Acreditacin, aprobada mediante el Decreto Legislativo 1030, y en el Reglamento de esta ltima Ley, aprobado mediante el Decreto Supremo 081-2008-PCM, corresponde a la Comisin de Normalizacin y de Fiscalizacin de Barreras Comerciales No Arancelarias, en su calidad de Organismo Nacional de Normalizacin, aprobar las Normas Tcnicas recomendables para todos los sectores y administrar y supervisar el correcto funcionamiento de los Comit Tcnicos de Normalizacin;

    Que, las actividades de Normalizacin deben realizarse sobre la base del Cdigo de Buena Conducta para la Adopcin, Elaboracin y Aprobacin de Normas que fi gura como Anexo 3 del Acuerdo sobre Obstculos Tcnicos al Comercio de la OMC, que fuera incorporado a la legislacin nacional mediante Resolucin Legislativa 26407. Dicho Cdigo viene siendo implementado por la Comisin a travs del Sistema Peruano de Normalizacin, del cual forman parte el Reglamento de Elaboracin y Aprobacin de Normas Tcnicas Peruanas y el Reglamento de Comits Tcnicos de Normalizacin, aprobados mediante Resolucin 048-2008/CNB-INDECOPI;

    Que, toda vez que las actividades de elaboracin y actualizacin de Normas Tcnicas Peruanas deben realizarse con la participacin de representantes de todos los sectores involucrados: produccin, consumo y tcnico, constituidos en Comits Tcnicos de Normalizacin, la Comisin conform los siguientes Comits Tcnicos de Normalizacin: a) Acstica y medicin de ruido ambiental, b) Servicios en sistemas de abastecimiento de agua potable y aguas residuales. Criterios de calidad de

    servicio e indicadores de desempeo, c) Bioseguridad en organismos vivos modifi cados y d) Uso Racional de energa y efi ciencia energtica, d) Uso racional de energa y efi ciencia energtica, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comits Tcnicos de Normalizacin antes sealado;

    Que, los Comits Tcnicos de Normalizacin citados, presentaron Proyectos de Normas Tcnicas Peruanas (PNTP) en las fechas indicadas:

    a) Acstica y medicin de ruido ambiental, 03 PNTP, el 27 de julio de 2011

    b) Servicios en sistemas de abastecimiento de agua potable y aguas residuales. Criterios de calidad de servicio e indicadores de desempeo, 01 PNTP, el 23 de noviembre de 2011

    c) Bioseguridad en organismos vivos modifi cados, 01 PNTP, el 30 de noviembre de 2011.

    d) Uso racional de energa y efi ciencia energtica, 01 PNTP, el 02 de diciembre de 2011

    Los Proyectos de Normas Tcnicas Peruanas fueron elaborados de acuerdo al Reglamento de Elaboracin y Aprobacin de Normas Tcnicas Peruanas. Los mencionados en el acpite a) mediante el Sistema 2 u Ordinario y sometidos a Discusin Pblica por un perodo de 60 das contados a partir del 30 de septiembre del 2011, los restantes mediante el Sistema 1 o de Adopcin y sometidos a Discusin Pblica por un periodo de 30 das, el mencionado en el acpite b) contado a partir del 26 de noviembre del 2011 y los mencionados acpites c) y d) a partir del 19 de febrero del 2012;

    Que, no habindose recibido observaciones a los Proyectos de Normas Tcnicas Peruanas, y luego de la evaluacin correspondiente, la Secretara Tcnica de la Comisin recomend su aprobacin como Normas Tcnicas Peruanas;

    Estando a lo recomendado por la Secretara Tcnica, de conformidad con el Decreto Legislativo 1030, el Decreto Legislativo 1033, el Decreto Supremo 081-2008-PCM y la Resolucin 048-2008/CNB-INDECOPI, la Comisin con el acuerdo unnime de sus miembros, reunidos en su sesin de fecha 21 de marzo de 2012.

    RESUELVE

    Primero.- APROBAR como Normas Tcnicas Peruanas, las siguientes

    NTP 854.001-1:2012 ACSTICA. Mtodos para el registro del nivel de la presin sonora. Parte 1: Medicin y valoracin de un ruido presuntamente molesto proveniente de fuentes fi jas. 1 Edicin

    NTP 854.001-2:2012 ACSTICA. Mtodos para el registro del nivel de la presin sonora. Parte 2: Medicin del ruido ambiental para estudios de impacto ambiental acstico. 1 Edicin

    NTP 854.001-3:2012 ACSTICA. Mtodos para el registro del nivel de la presin sonora. Parte 3: Mapas de simulacin de la propagacin sonora. Requisitos mnimos. 1 Edicin

    NTP-ISO 24511:2012 ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LOS SERVICIOS DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO Y DE AGUA RESIDUAL. Directrices para la gestin de las entidades prestadoras de servicios de agua residual y para la evaluacin de los servicios de agua residual. 1 Edicin

    NTP-ISO 24276:2012 PRODUCTOS ALIMENTICIOS. Mtodos de anlisis para la deteccin de organismos genticamente modifi cados y productos derivados. Requisitos generales y defi niciones. 1 Edicin

    NTP-IEC 62031:2012 MDULOS DE LED PARA ILUMINACIN GENERAL. Especifi caciones de seguridad. 1 Edicin

  • NORMAS LEGALESEl Peruano

    Lima, jueves 5 de abril de 2012463708

    Con la intervencin de los seores miembros: Augusto Ruiloba Rossel, Antonio Blanco Blasco y Fabin Novak Talavera.

    Regstrese y publquese.

    AUGUSTO RUILOBA ROSSELPresidente de la Comisin de Normalizaciny de Fiscalizacin de Barreras ComercialesNo Arancelarias

    772328-2

    Autorizan viaje de Director de Derecho de Autor y de Secretario Tcnico de la Sala de Propiedad Intelectual del INDECOPI para participar en evento a realizarse en Chile

    RESOLUCIN DE LA PRESIDENCIA DELCONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI

    N 053-2012-INDECOPI/COD

    Lima, 30 de marzo de 2012

    CONSIDERANDO:

    Que del 9 al 13 de abril de 2012 se llevar a cabo en la ciudad de Santiago, Repblica de Chile, la reunin especfi ca de negociacin en materia de Propiedad Intelectual, en el marco de las negociaciones del Acuerdo de Asociacin Transpacfi co (TPP, por sus siglas en ingls), entre la Repblica del Per y los actuales miembros del P4 (Nueva Zelanda, Repblica de Singapur, Repblica de Chile y el Estado de Brunei Darussalam), Confederacin de Australia, Estados Unidos de Amrica y la Repblica Socialista de Vietnam;

    Que el referido proceso de negociacin est orientado a convertirse en la base de un futuro Acuerdo de Libre Comercio en APEC, para lo cual se buscar alcanzar un acuerdo integral y de alta calidad que sea soporte para el crecimiento econmico y la generacin de empleo en los pases miembros;

    Que el titular del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, mediante Facsmil N 38-2012-MINCETUR/VMCE, ha puesto en conocimiento de nuestra institucin, la prxima realizacin del evento antes citado, a efectos de que se decida la acreditacin de los representantes que participen en la referida reunin;

    Que atendiendo a lo expuesto, se considera necesaria la participacin del seor Edgard Martn Moscoso Villacorta, Director de Derecho de Autor (DDA) del INDECOPI, y del seor Flavio Miguel Nez Echaiz, Secretario Tcnico de la Sala de Propiedad Intelectual (SPI) del INDECOPI, del 9 al 13 de abril de 2012 en la ciudad de Santiago, Repblica de Chile, para dotar de respaldo tcnico a la posicin peruana en materia de Derecho de Autor en el entorno digital, as como en las normas de observancia en la reunin especfi ca de Propiedad Intelectual, lo que resulta de inters nacional e institucional;

    Que los gastos que genere la participacin de los mencionados representantes sern asumidos ntegramente por el INDECOPI;

    De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N 1033, Ley de Organizacin y Funciones del INDECOPI; Ley N 27619, Ley que Regula la Autorizacin de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Pblicos; Ley N29812, Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal 2012; y, el inciso g) del Artculo 7 del Reglamento de Organizacin y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo N 009-2009-PCM;

    RESUELVE:

    Artculo 1.- Autorizar el viaje del seor Edgard Martn Moscoso Villacorta, Director de Derecho de Autor (DDA) del INDECOPI, del 9 al 13 de abril de 2012 y del seor Flavio Miguel Nez Echaiz, Secretario Tcnico de la Sala de Propiedad Intelectual (SPI) del INDECOPI, del 9 al 13 de abril de 2012, a la ciudad de Santiago, Repblica de Chile, para los fi nes expuestos en la parte considerativa

    de la presente Resolucin y de conformidad con el ordenamiento vigente.

    Artculo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucin sern cubiertos por el INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle:

    Nombrey

    Apellidos

    Pasajes US$(*)

    Viticos por da

    US$

    Nmero de

    das

    Total Viticos

    US$Total US$

    Edgard Martn Moscoso Villacorta 1.250 200 5+1 1.200 2.450

    Flavio Miguel Nez Echaiz 1.250 200 5+1 1.200 2.450

    Artculo 3.- Dentro de los quince (15) das calendario siguientes de efectuado el viaje, los participantes debern presentar al INDECOPI un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

    Artculo 4.- El cumplimiento de la presente Resolucin no dar derecho a exoneracin o liberacin de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacin.

    Regstrese, comunquese y publquese.

    JORGE BALBI CALMETPresidente del Consejo Directivo (e)

    772327-1

    SUPERINTENDENCIA NACIONAL

    DE ASEGURAMIENTO EN SALUD

    Aceptan renuncia y encargan funciones de Secretario General de la SUNASA

    RESOLUCIN DE SUPERINTENDENCIAN 030-2012-SUNASA/S

    Lima, 2 de abril de 2012

    VISTA:

    La Carta s/n de fecha 02 de abril del 2012, mediante la cual el seor Miguel Alberto Palomino Paz presenta su renuncia al Encargo de las Funciones de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud SUNASA; y,

    CONSIDERANDO:

    Que, mediante el artculo 9 de la Ley N 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud -SUNASA, como un organismo pblico tcnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonoma tcnica, funcional, administrativa, econmica y fi nanciera; y encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), as como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) en el mbito de su competencia;

    Que, el Reglamento de Organizacin y Funciones ROF de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud aprobado por Decreto Supremo N 009-2011-SA, publicado el 05 de junio de 2011, establece en sus artculos 11 y 12 que dentro de su estructura organizacional se cuenta con una Secretara General como rgano responsable de las actividades administrativas de la SUNASA, constituyendo ste la mxima autoridad administrativa, y actuando como nexo de coordinacin entre la Alta Direccin y los rganos de Administracin Interna;

    Que, el Cuadro para Asignacin de Personal CAP de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud aprobado por Resolucin Suprema N 014-2011-SA, publicado el 21 de julio de 2011, tiene previsto el cargo de confi anza de Secretario General;

    Que, conforme a los artculos 9 y 10 del ya citado ROF de la SUNASA el Superintendente es el funcionario