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. LUIS MARTIN BARRAGAN MENDEZ . TECNICO PROFESIONAL EN LOGISTICA Y PORTUARIA. 26 DE MARZO DEL 2015

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LUIS MARTIN BARRAGAN MENDEZ.

TECNICO PROFESIONAL EN LOGISTICA Y PORTUARIA.

26 DE MARZO DEL 2015

ORGANIGRAMA DEL GOBIERNO NACIONAL.

De acuerdo al Artículo 200. Corresponde al Gobierno, en relación con el Congreso:

• 1. Concurrir a la formación de las leyes, presentando proyectos por intermedio de los ministros, ejerciendo el derecho de objetarlos y cumpliendo el deber de sancionarlos con arreglo a la Constitución.

• 2. Convocarlo a sesiones extraordinarias. • 3. Presentar el plan nacional de desarrollo y de inversiones

públicas, conforme a lo dispuesto en el artículo 150. • 4. Enviar a la Cámara de Representantes el proyecto de

presupuesto de rentas y gastos. • 5. Rendir a las cámaras los informes que éstas soliciten

sobre negocios que no demanden reserva. • 6. Prestar eficaz apoyo a las cámaras cuando ellas lo

soliciten poniendo a su disposición la fuerza pública, si fuere necesario.

• 1. Prestar a los funcionarios judiciales, con arreglo a las leyes, los auxilios necesarios para hacer efectivas sus providencias.

• 2. Conceder indultos por delitos políticos, con arreglo a la ley, e informar al Congreso sobre el ejercicio de esta facultad. En ningún caso estos indultos podrán comprender la responsabilidad que tengan los favorecidos respecto de los particulares.

 

Funciones

•Servir de vocero del Gobierno ante el Congreso. •Presentar proyectos de ley ante el Congreso. • Tomar parte en los debates de la Cámara de Representantes. •Se encarga de la administración interna de su respectiva entidad. •Realiza la Coordinación general de las políticas de participación ciudadana, descentralización, ordenamiento territorial, asuntos políticos y legislativos, Coordina el orden público (junto al Ministerio de Defensa Nacional), Coordina procesos electorales, administración de Justicia, registros notariales, minorías étnicas, derechos humanos, entre otros asuntos. •Ocupar el primer lugar en el orden de precedencia del gabinete de ministros.

• El Senado es de circunscripción nacional.

• la Cámara son elegidos dentro del marco de una circunscripción territorial (departamental).

• La Asamblea Departamental son en cada departamento la corporación pública, de carácter político-administrativo, de elección popular, la cual goza de autonomía administrativa y presupuesto propio. Conformada por no menos de 11 diputados ni más de 31, elegidos popularmente para un periodo de 4 años. La Asamblea Departamental emite Ordenanzas de obligatorio cumplimiento en su jurisdicción territorial (departamento). Su equivalente en las ciudades es el Concejo Municipal y en las Comunas o Localidades es la Junta Administradora Local; en sentido amplísimo, su equivalente a nivel nacional es el Congreso quien es el único órgano legislativo, del Estado Colombiano, al ser este un estado unitario.

Funciones del Senado • Es el encargado de admitir la renuncia del Presidente y del Vicepresidente.• Debe improbar o aprobar los ascensos militares conferidos por el Gobierno (altos rangos militares). • Concede licencia temporal al Presidente para separase del cargo. • Permite o prohíbe el tránsito de tropas extranjeras por el territorio nacional. • Autoriza al Gobierno Nacional para declarar la guerra a otras naciones. • Elige los Magistrados de la Corte Constitucional. Elige al Procurador General de la Nación. Conoce de las acusaciones que haga la Cámara de Representantes contra altos dignatarios del país (la Cámara acusa y el Senado conoce).

Funciones de la Cámara de Representantes

- Elige al Defensor del Pueblo.- Examina y concluye (fenece) la cuenta nacional del tesoro que le envía el Contralor General. - Acusa ante el Senado a los altos funcionarios del Estado. También conoce de esas quejas. - Es la encargada de tramitar esas quejas. - Es la encargada de comisionar funcionarios para efectuar las pruebas correspondientes ante los acusados.