obra : “mejoramiento de la …˜ decreto supremo nº 011 79 vc, sus modificatorias, ampliatorias y...

43
Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 0022007CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA” Av. Larco N° 400 Miraflores – Tf. 4454746 / 4453419 Pág. 1 BASES ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N° 0022007CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA” 2007

Upload: dohanh

Post on 01-Dec-2018

236 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 1

BASES ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA

N° 002­2007­CE/MM

OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV.

RICARDO PALMA”

2007

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 2

BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA

Nº 002­2007­CE/MM

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 3

BASES ADMINISTRATIVAS ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA Nº 002­2007­CE/MM

OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

1. ENTIDAD QUE CONVOCA:

La Entidad licitante es la Municipalidad Distrital de Miraflores, con domicilio legal en la Av. Larco Nº 400, distrito de Miraflores, provincia y región de Lima.

Pliego : Municipalidad Distrital de Miraflores Unidad Ejecutora : Gerencia de Infraestructura Urbana Fuente Financiamiento : 02 Recursos Directamente Recaudados

06 Recursos Determinados Función : 16 Transportes Programa : 052 Transporte Terrestre Sub Programa : 0157 Vías Urbanas Proyecto : 2.13237 Componente : 2.110803 Meta : 07418

2. OBJETO:

La presente Adjudicación Directa Pública, tiene como objeto la selección y contratación de la Persona Natural o Jurídica, individual o consorciado, con inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores del CONSUCODE, como Ejecutor de Obras, con capacidad libre de contratación, que se encargará de la ejecución de la obra: “ MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA” , incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Miraflores, del presente año.

El proceso de selección esta regulado por el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083­2004­PCM (en adelante la Ley) y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084­2004­PCM (en adelante el Reglamento), y sus modificatorias.

El Expediente de Contratación que da origen al presente proceso y el Nombramiento del Comité Especial a cargo de su realización fueron aprobados por la Resolución de ......................, de fecha.............

3. UBICACIÓN DE LA OBRA

La obra se encuentra ubicada en:

AVENIDA DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO

Ricardo Palma Miraflores Lima Lima

4. BASE LEGAL

Ø Decreto Supremo N° 083­2004­PCM, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

Ø Decreto Supremo N° 084­2004­PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, y sus modificatorias.

Ø Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, y sus modificatorias. Ø Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Ø Ley N° 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007. Ø Ley Nº 26572, Ley General de Arbitraje.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 4

Ø Ley Nº 27292, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. Ø Decreto Supremo Nº 063­70­VI Reglamento Nacional de Construcciones. Ø Decreto Supremo Nº 011­79­VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. Ø Resolución de Gerencia Municipal Nº 021­2007/MM, de fecha 26 de Febrero 2007, que

aprueba el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Municipalidad de Miraflores.

5. VALOR REFERENCIAL

De conformidad al Pronunciamiento Nº 189­2003­GTN 615, los límites a que se refiere el Artículo 33º de la Ley, está establecido en función de las prestaciones, conforme lo dispuesto en el Acuerdo Nº 017/010 emitido por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

En tal sentido, el Valor Referencia y los límites dispuestos en el Artículo 33º de la Ley son:

ETAPA VALOR REFERENCIAL (S/.) MINIMO (90%) MÁXIMO (110%)

Ejecución de Obra 944,734.31 850,260.88 1’039,207.74

T O T A L S / . Novecientos Cuarenta y Cuatro Mil Setecientos Treinta y Cuatro y 31/100 Nuevos Soles

Ochocientos Cincuenta Mil Doscientos Sesenta y 88/ 100 Nuevos Soles

Un Millón Treinta y Nueve Mil Doscientos Siete y 74/100 Nuevos Soles

Los valores incluyen el I.G.V., con precios unitarios vigentes al mes de Junio 2007

6. FUENTE DE FINANCIAMIENTO:

02 Recursos Directamente Recaudados 05 Recursos Determinados

7. SISTEMA DE CONTRATACIÓN:

El sistema de contratación que regirá la ejecución de la obra es a Precios Unitarios.

8. DOCUMENTOS QUE INTEGRAN LAS PRESENTES BASES

Además del presente documento, las Bases comprende el Expediente Técnico del Proyecto de Inversión Pública, debidamente aprobado por la Resolución de Sub Gerencia de Obras Públicas Nº 251­2007­SOPu/GIU/MM, de fecha 04 de julio de 2007.

9. CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCIÓN:

ETAPAS FECHA LUGAR

CONVOCATORIA 10./08/2007 PUBLICACIÓN EN EL SEACE

REGISTRO DE PARTICIPANTES DEL 13/08/2007 AL 22/08/2007

CAJA DE LA SUBGERENCIA DE TESORERÍA DE LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES, Av. Larco Nº 400 –

1er Piso, de 7:45 a 16:00 horas

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIÓN DE LAS BASES

DEL .13/08/2007 AL 15./08/2007

GERENCIA DE LOGÍSTICA DE LA M.D.M, Jr. Tarata Nº 160 – 13º Piso, de

7:45 a 16:00 horas

FECHA DE ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y DE LAS OBSERVACIONES E INTEGRACIÓN DE BASES

20/08/2007 SEACE, CORREO ELECTRÓNICO DEL PARTICIPANTE, GERENCIA DE

LOGÍSTICA DE LA M.D.M.

FECHA DE INTEGRACIÓN DE BASES 21/08/2007 SEACE

PRESENTACIÓN Y EVALUACIÓN DE PROPUESTAS, Y OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO

27/08/2007 ACTO PÚBLICO a las 10:00 horas En el SALÓN DE ACTOS DE LA M.D.M. Av. Larco Nº 400 ­ 2º PISO ­ Miraflores

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 5

10. DE LOS PARTICIPANTES Y POSTORES:

10.1 De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 102º del Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 107­2007­EF, de fecha 19.JULIO.2007, se efectúa la Prepublicación de las Bases del presente proceso de selección, en el SEASE y en la Página Web de la Municipalidad de Miraflores, con una anticipación no menor de CINCO (5) días hábiles de la fecha prevista de la convocatoria.

10.2 Todo proveedor puede tener acceso a las Bases del presente proceso de selección a través del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE o de la Gerencia de Logística de la Municipalidad Distrital de Miraflores (en adelante únicamente LA MUNICIPALIDAD), sito en el Jirón Tarata Nº 160, 13º Piso, Miraflores.

10.3 Para participar en el presente proceso de selección todo proveedor deberá registrarse en la Caja de la Gerencia de Administración y Finanzas de la Municipalidad de Miraflores, sito en la Av. Larco Nº 400, 1º Piso, en el horario de 7:45 hasta las 16:00 horas, para lo cual deberá efectuar el pago del importe de S/. 200.00 (DOSCIENTOS Y 00/100 Nuevos Soles) por derecho de participación y proporcionar los datos requeridos para el Registro de Participantes.

10.4 El pago efectuado por el participante le dará derecho a recabar un ejemplar de las Bases del presente proceso de selección.

10.5 El participante podrá solicitar que los actos realizados dentro del proceso de selección, se le notifiquen personalmente en la sede de LA MUNICIPALIDAD o en la dirección de correo electrónico que consigne al momento de registrarse como participante, la cual deberá mantener activa.

10.6 Es responsabilidad del participante el permanente seguimiento del proceso a través del SEACE y de la revisión de su correo electrónico, según sea el caso.

10.7 Pueden presentarse como postores, las personas jurídicas legalmente constituidas y personas naturales, con la condición que se sometan al cumplimiento de las presentes Bases en todas sus partes, lo que implica pleno conocimiento de las mismas, así como de las disposiciones de la Ley, el Reglamento y demás normas legales pertinentes.

10.8 Para ser postor se requiere no estar sancionado o impedido para contratar con el Estado.

10.9 Están impedidos de ser postores las personas que se encuentren inmersas en el Artículo 9º de la Ley.

10.10 En el presente proceso de selección podrán participar distintos postores en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente. Para ello, será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, la que se perfeccionará en caso obtengan la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato. La evaluación de Consorcios se realizará de conformidad con la Directiva Nº 003­2003­ CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 063­2003­CONSUCODE/PRE del 27 de Febrero de 2003 y publicada el 13 de Marzo de 2003.

10.11 En el caso de Consorcio, bastará que uno de los postores adquiera las Bases y se inscriba en el Registro de Participantes, para el presente proceso de selección.

10.12 Las partes del consorcio responderán solidariamente ante LA MUNICIPALIDAD, por todas las consecuencias derivadas de su participación individual o en conjunto, dentro del consorcio en el presente proceso de selección y en la ejecución del contrato derivado de éste, de ser el caso; deberán designar un representante o apoderado común con poderes suficientes para ejercitar sus derechos y cumplir las obligaciones que se deriven de su calidad de postores y del contrato hasta la liquidación del mismo.

10.13 Las partes del consorcio no deben estar incluidas en el Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado.

10.14 Los postores están prohibidos de celebrar acuerdos entre sí o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia, bajo sanción de quedar inhabilitados para contratar con el Estado, sin perjuicio de las demás sanciones que establecen las disposiciones vigentes.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 6

10.15 Es conveniente para los postores tomar conocimiento de todas las condiciones locales, físicas, geográficas, económicas, de acceso, servicios públicos, de mercado, disponibilidad de mano de obra, materiales y todo aquello que pueda tener influencia sobre la ejecución de la obra, a fin de considerarlos en sus propuestas.

10.16 No es obligatorio la inspección previa, por lo que no se requiere certificación expresa o documento alguno de haber visitado la obra, sin embargo, es conveniente que los postores efectúen una detenida inspección a la zona de trabajo; la presentación de sus propuestas la hará el postor bajo su responsabilidad e implica el sometimiento y aceptación de todas las disposiciones y normas establecidas en las Bases, en los documentos del proceso de selección, en las aclaraciones, enmiendas o documentos complementarios, sin necesidad de declaración expresa. La información suministrada por los postores tiene carácter de Declaración Jurada.

10.17 Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar mas de un consorcio (Acuerdo del TRIB.CAE. Nº 017/10 del 04.09.02).

11. CONVOCATORIA:

La convocatoria del presente proceso de selección se efectúa mediante publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado – SEACE.

12. FORMULACIÓN Y ABSOLUCIÓN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES:

12.1 Los participantes podrán presentar consultas, solicitando la aclaración de cualquiera de los extremos de las Bases o planteando solicitudes respecto a ellas, por escrito, dirigidas al Comité Especial, en la Gerencia de Logística de la Municipalidad de Miraflores, sito en el Jirón Tarata Nº 160 ­ 13º Piso, de 7:45 a 16:00 horas, en las fechas indicadas en el convocatoria del proceso de selección.

12.2 Asimismo, en las mismas fechas y horario indicados en el párrafo precedente, los participantes, mediante escrito debidamente fundamentado, podrán formular observaciones a las Bases. Las observaciones deberán versar sobre el incumplimiento de las condiciones mínimas a que se refiere el Artículo 25° de la Ley o cualquier disposición en materia de adquisiciones y contrataciones, u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

12.3 Los postores podrán adjuntar un disquete para la presentación de consultas y/u observaciones, en formato Word.

12.4 El Comité Especial absolverá las consultas y/u observaciones en un plazo de dos (02) días hábiles, mediante un pliego absolutorio que debidamente fundamentado y sustentado hará de conocimiento a los participantes a través del SEACE. Adicionalmente, los participantes podrán recoger una copia de dicho pliego en la Gerencia de Logística de la Municipalidad de Miraflores, sito en el Jirón Tarata Nº 160 ­ 13º Piso, de 7:45 a 16:00 horas. Las respuestas a las consultas y/u observaciones a las Bases se consideran como parte integrante de éstas y del contrato. Al absolverlas, el Comité Especial no podrá de oficio modificar las Bases Aprobadas.

12.5 Todos los interesados están obligados a informarse de las respuestas que pudieran significar aclaraciones, variaciones o alternativas sobre lo originalmente solicitado; no pudiendo aducir ignorancia de las aclaraciones, variaciones o alternativas, si su propuesta no se adecuara a lo resuelto en la absolución de consultas.

12.6 En el caso que el postor no hubiera efectuado consulta alguna, no podrá invocar ignorancia durante el proceso; entendiéndose su sometimiento tácito a las normas previstas en las presentes Bases, sin lugar a reclamos derivados de la interpretación que de ellas efectúe en forma exclusiva el Comité Especial. Asimismo, luego de vencido el

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 7

plazo para la presentación de consultas, lo expuesto en el presente párrafo será de aplicación para los interesados que posteriormente adquieran las Bases.

12.7 Los observantes tienen la opción de solicitar que las Bases y los actuados del proceso sean elevados al CONSUCODE dentro de los TRES (3) días hábiles siguientes al vencimiento del término para absolverlas. Dicha opción no sólo se originará cuando las observaciones formuladas no sean acogidas por el Comité Especial, sino, además, cuando el mismo observante considere que el acogimiento declarado por el Comité Especial continúa siendo contrario a lo dispuesto por el Artículo 25º de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

12.8 Igualmente, cualquier otro participante que se hubiere registrado como tal con anterioridad a la etapa de formulación de consultas y/o observaciones, tendrá la opción de solicitar la elevación de las Bases al CONSUCODE cuando habiendo sido acogidas las observaciones formuladas por los observantes, considere que la decisión adoptada por el Comité Especial es contraria a lo dispuesto por el Artículo 25° de la Ley, cualquier otra disposición de la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección.

12.9 En concordancia con lo indicado en los párrafps precedentes, el Comité Especial deberá incluir en el pliego de absolución de observaciones, el requerimiento de pago por concepto de remisión de actuados al CONSUCODE.

12.10 En el plazo máximo de DIEZ (10) días, el CONSUCODE resolverá las observaciones y, de ser el caso, se pronunciará de oficio sobre cualquier aspecto de las Bases que contravenga la normativa sobre contrataciones y adquisiciones del Estado. Este Pronunciamiento será debidamente motivado y expresado de manera objetiva. Asimismo, en dicho plazo, requerirá las acreditaciones que resulten pertinentes, a través de un pronunciamiento que se publicará en el SEACE. De no emitir Pronunciamiento dentro del plazo establecido, el CONSUCODE devolverá el importe de la tasa al observante manteniendo la obligación de emitir el respectivo pronunciamiento.

12.11 Una vez publicado el Pronunciamiento del CONSUCODE deberá ser implementado estrictamente por el Comité Especial, aun cuando ello implique que dicho órgano acuerde, bajo responsabilidad, la suspensión temporal del proceso y/o la prórroga de las etapas del mismo, en atención a la complejidad de las correcciones, adecuaciones o acreditaciones que sea necesario realizar. El Comité Especial no puede continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con implementar adecuadamente lo dispuesto en el Pronunciamiento del CONSUCODE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.

12.12 Contra el pronunciamiento del CONSUCODE, no cabe la interposición de recurso alguno y constituye precedente administrativo.

12.13 El participante que opte por la elevación de las Bases y actuados al CONSUCODE deberá cumplir con el pago de la Tasa respectiva establecida en el TUPA del CONSUCODE y remitir al Comité Especial el comprobante de pago, voucher o papeleta de depósito respectivo conjuntamente con su solicitud, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes de la absolución de observaciones, de conformidad con lo establecido en la Directiva N° 013­2001­CONSUCODE/PRE.

12.14 Una vez absueltas todas las consultas y/u observaciones, o si las mismas no se han presentado, las Bases quedarán integradas como reglas definitivas y no podrán ser cuestionadas en ninguna otra vía ni modificadas por autoridad administrativa alguna,

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 8

bajo responsabilidad del Titular o de la máxima autoridad administrativa de LA MUNICIPALIDAD, según sea el caso.

12.15 En los casos en que no se hubiere elevado al CONSUCODE el expediente respectivo, corresponde al Comité Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases conforme a lo dispuesto en los pliegos de absolución de consultas y de absolución de observaciones; de lo contrario, el proceso de selección quedará invalido.

12.16 El Comité Especial no puede continuar con la tramitación del proceso de selección si no ha cumplido con publicar las Bases Integradas a través del SEACE, bajo sanción de nulidad y sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar. Absueltas las consultas y/u observaciones o recibido el pronunciamiento del CONSUCODE, respecto a las observaciones elevadas ante dicha institución, el día hábil siguiente el Comité Especial deberá integrar y publicar las Bases integradas en el SEACE .

12.17 Una vez integradas las Bases como reglas definitivas del proceso, el Comité Especial es el único autorizado para interpretarlas durante el ejercicio de sus funciones y sólo para los efectos de su aplicación.

13. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

De conformidad a lo establecido en el Artículo 63º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y de acuerdo a la naturaleza de la contratación, para que las propuestas sean admitidas por el Comité Especial, cada participante en el presente proceso deberá cumplir con acreditar documentadamente los requerimientos técnicos mínimos del caso, lo que harán del modo siguiente:

• PLAZO.­ Plazo para la Ejecución de la Obra, conforme a lo indicado en el Anexo Nº 05 • EQUIPO MÍNIMO.­ Declaración Jurada Indicando Relación de Equipos Mínimo,

conforme al Anexo Nº 06 • PERSONAL PROFESIONAL.­ El profesional propuesto para la ejecución de la obra,

deberá acreditar con constancias o certificados, una experiencia mínima de TRES (3) años como Residente en Obras Viales, conforme a lo indicado en el Anexo Nº 07

14. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

14.1 Las propuestas se entregarán en sobre cerrado dirigido al Comité Especial, 14.2 Las propuestas se presentarán únicamente en dos (2) sobres, de los cuales el primero

contendrá la propuesta técnica y el segundo la propuesta económica. El sobre de cada una de las propuestas deberá tener el siguiente rotulado:

El primer sobre:

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM

OBRA: “ MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

SOBRE Nº 01 PROPUESTA TÉCNICA POSTOR: …..........………………………………………………………..……. RUC N° : ………………………………………………………………………..

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 9

El segundo sobre:

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM

OBRA: “ MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA” SOBRE Nº 02 PROPUESTA ECONÓMICA POSTOR: ……………………….........………………………..………………. RUC N° : ……………………………………………………………………….

14.3 Tanto la propuesta técnica como la económica se presentarán en original y dos copias, en hojas simples y redactadas por medios mecánicos o electrónicos, llevando cada uno el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. La información solicitada en las Bases deberán presentarse conforme a los formatos de los Anexos; lo cual, no implica que el postor tenga que utilizar necesariamente las hojas entregadas con las Bases; es decir, se podrá copiar en otras hojas los formatos de los Anexos.

14.4 Será de responsabilidad del postor la exactitud y veracidad de los documentos solicitados, los cuales serán legibles, sin borrones ni enmendaduras. Si faltase alguno de los documentos obligatorios, solicitados en cada uno de los sobres, la propuesta se tendrá como no presentada.

14.5 Las propuestas económicas deberán incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la Ejecución de la Obra.

14.6 Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio.

15. CONTENIDO DEL SOBRE DE PROPUESTA TÉCNICA:

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 31º del REGLAMENTO, los reglamentos técnicos, normas metrológicas y/o sanitarias nacionales; y, los requisitos técnicos establecidos en reglamentos sectoriales dentro del ámbito de su aplicación, aprobadas por las autoridades competentes, son de obligatorio cumplimiento del contratista durante la ejecución de la obra. En tal sentido, el postor deberá formular su propuesta acorde a estas exigencias normativas y realizando la investigación y el análisis previo de las condiciones que ofrece el mercado.

15.1 Copia simple del Certificado de Inscripción vigente en el Registro Nacional de Proveedores (Capítulo de Ejecutores de Obras). (Obligatorio)

15.2 Declaración Jurada de Identificación del Postor, según lo indicado en el Anexo N° 1. (Obligatorio)

15.3 Declaración Jurada, según el Artículo 76° del Reglamento, conforme a lo indicado en el Anexo N° 2. (Obligatorio)

15.4 Declaración Jurada de ser Pequeña o Micro empresa, conforme a lo indicado en el Anexo N° 3. (Facultativa)

15.5 Promesa de consorcio. Dicho documento será Obligatorio únicamente para aquellos que se presenten en Consorcio, según el Anexo N° 4.

15.6 Cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, • Plazo para la Ejecución de la Obra, conforme a lo indicado en el Anexo Nº 5

(Obligatorio). • Relación de Equipos Mínimo, conforme al Anexo Nº 6 (Obligatorio). • Experiencia Mínima del Personal Profesional Propuesto, para la Ejecución de la

Obra, de acuerdo al Anexo N° 7 (Obligatorio)

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 10

16. CONTENIDO DEL SOBRE DE PROPUESTA ECONOMICA:

Oferta económica según el Anexo Nº 8 (Obligatorio), dentro de los límites establecidos en las presentes Bases, indicando el costo de la Ejecución de la Obra, en nuevos soles, considerando sólo dos (02) decimales e incluyendo el Impuesto General a las Ventas (I.G.V.). La propuesta económica deberá incluir todos los tributos, licencias, permisos, autorizaciones, seguros, transportes, fletes, materiales, inspecciones, pruebas y controles de calidad, gastos financieros, honorarios profesionales, costos laborales conforme a la legislación vigente, gastos de señalización y apoyo policial para el mantenimiento del tránsito, gastos generales, utilidades, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo total de la ejecución de la obra a contratar.

17. PRÓRROGAS Y POSTERGACIONES

El Comité Especial podrá prorrogar las etapas del proceso de selección, siempre y cuando medien causas debidamente justificadas. En este caso, deberá registrar en el SEACE la modificación del cronograma del proceso de selección y dar aviso a los participantes mediante correo electrónico; también deberá comunicar la decisión adoptada al Titular de la Entidad, máxima autoridad administrativa o al funcionario encargado.

18. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA

La propuesta, en su integridad, tendrá vigencia durante el proceso de selección y hasta la suscripción del contrato, en caso el postor resulte favorecido con la Buena Pro.

19. CANCELACION DEL PROCESO

En cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la Buena Pro, la Entidad puede cancelarlo por razones de fuerza mayor o caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de ejecutar la obra, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente. En este caso, la Entidad reintegrará el costo de las bases a quienes las hayan adquirido.

20. DE LAS ACCIONES Y/U OBLIGACIONES DE LOS POSTORES

20.1 Los postores deberán efectuar una visita de inspección al terreno donde se ejecutará la obra objeto del presente proceso de selección, así como efectuar todas las evaluaciones que sean necesarias a los documentos del proceso de selección, verificaciones y análisis que estime pertinentes, a fin de que presente su propuesta técnica y económica, teniendo en cuenta la condiciones de las áreas y el terreno donde se ejecutará la obra, condiciones del transporte, manejo, almacenamiento, disposición y transporte de materiales, disponibilidad de mano de obra, agua, energía y comunicaciones, y en general todos los elementos y condiciones que puedan incidir de manera directa e indirecta en ésta.

20.2 Los postores revisarán detenidamente las Bases y todos los documentos del Expediente Técnico, presentando por escrito sus objeciones, aclaraciones, dudas y observaciones dentro de los plazos contemplados en el aviso de la convocatoria.

20.3 La presentación de una propuesta implica el sometimiento del postor a todas las disposiciones y normas establecidas en las presentes Bases y demás documentos sin necesidad de declaración expresa. La información suministrada por los postores tiene el carácter de Declaración Jurada.

21. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS:

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 11

21.1 Las propuestas se presentarán en acto público, que se realizará en el Salón de Actos del Palacio Municipal, ubicado en la Av. Larco Nº 400, 2º Piso – Miraflores, con la presencia de Notario Público y un Veedor de la Oficina de Control Institucional de LA MUNICIPALIDAD, en el día y hora indicados en el calendario de las presentes Bases. Dicho acto podrá ser postergado por el Comité Especial, por causas debidamente sustentadas, dando aviso a todos los participantes a través de correo electrónico y registrando la postergación en el SEACE con la modificación del calendario de la convocatoria.

21.2 La acreditación de Representantes en el Acto Público se efectuará conforme a lo dispuesto en el Artículo 122º del Reglamento; en caso, de concurrir el representante legal, deberá acreditarse con sus poderes vigentes con una antigüedad no mayor a UN (01) mes. En caso que no se presenten en el Acto las acreditaciones respectivas el Comité Especial no admitirá las propuestas.

21.3 El acto se inicia cuando el Presidente del Comité Especial llama a los participantes en el orden en que se registraron, para que éstos entreguen sus propuestas.

21.4 Si al momento de ser llamado el postor no se encuentra, se tendrá por desistida su participación en el presente proceso de selección.

21.5 Si algún postor es omitido, podrá acreditarse con el comprobante de pago del derecho de participación.

21.6 La apertura de propuestas se realizará siguiendo el procedimiento establecido en el Artículo 123º del Reglamento.

21.7 El sobre de propuesta técnica, de cada postor, será públicamente abierto, leyéndose su contenido en voz alta.

21.8 Es ineludible la presentación de todos los documentos requeridos en las presentes Bases, indicados como Obligatorios.

21.9 El Comité Especial comprobará, en este acto, que los documentos presentados por el postor sean los solicitados por las presentes Bases. De no ser así, el Comité Especial devolverá la propuesta, teniéndola por no presentada. El Comité Especial no aceptará la presentación de propuestas alternativas a lo requerido en las presentes Bases, bajo causal de descalificación.

21.10 Si existieran defectos de formas tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados, que no modifiquen el alcance de la propuesta técnica, el Comité Especial otorgará un plazo máximo de 02 días, desde el día siguiente de la presentación de la propuesta, para que el postor los subsane, en cuyo caso la propuesta continuará vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto o en un plazo menor.

21.11 Terminada la apertura del sobre de propuesta técnica, el Notario Público sentará el acta respectiva que será firmada por él, por los miembros del Comité Especial y por los postores que deseen hacerlo.

21.12 El Comité Especial dispondrá que el Notario Público proceda a sellar y firmar todos los documentos originales de la propuesta técnica y, posteriormente, que proceda abrir los sobres de las propuestas económicas.

21.13 El Comité Especial comprobará, igualmente, los requisitos solicitados en las Bases. Si se detectaran omisiones o errores, en la propuesta económica, no cabe subsanación alguna, en cuyo caso no será admitida.

21.14 De conformidad con el Artículo 33º de la Ley, las propuestas que excedan en más del diez por ciento (10%) el valor referencial, así como las propuestas menores al noventa por ciento (90%) del valor referencial, serán devueltas por el Comité Especial, teniéndolas por no presentadas.

21.15 La evaluación y calificación de las propuestas económicas, así como el anuncio de los resultados se efectuará inmediatamente en el mismo acto.

22. SISTEMA Y CONDICIONES DE ADJUDICACIÓN

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 12

22.1 El otorgamiento de la Buena Pro se dará a la propuesta que obtenga el mejor costo total obtenido de las propuestas económicas por la obra.

22.3 En la evaluación técnica, a efecto de la admisión de las propuestas, el Comité Especial verificará que las ofertas cumplan con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las Bases. De encontrarse conforme, serán admitidas las propuestas.

22.3.1 PROPUESTA TÉCNICA: La propuesta Técnica no se evalúa, de conformidad con el Artículo 68º del Reglamento. Para la contratación de obras que correspondan a adjudicaciones directas y de menor cuantía, no se establecerá factor técnico de evaluación, sólo se evaluará la propuesta económica.

El plazo de ejecución, al ser un requerimiento técnico mínimo, no podrá ser considerado como Factor de Evaluación.

22.3.2 PROPUESTA ECONÓMICA: 50 puntos La propuesta económica se evalúa sobre 50 puntos que se otorgarán a la oferta económica de menor costo de obra.

22.3.3 COSTO TOTAL El puntaje máximo de la Evaluación Económica deberá ser igual a 50 puntos.

Para determinar la oferta con el mejor costo total, será el puntaje obtenido en la evaluación económica. El otorgamiento de la Buena Pro se dará a la propuesta que obtenga el mejor costo total, el que resulte de la propuesta económica.

22.3.4 CALIFICACIÓN DE PROPUESTAS

Evaluación de la Propuesta Económica

La propuesta Técnica no se evalúa, de conformidad con el Artículo 68º del Reglamento. Para la contratación de obras que correspondan a adjudicaciones directas y de menor cuantía, no se establecerá factor técnico de evaluación, sólo se evaluará la propuesta económica.

El plazo de ejecución, al ser un requerimiento técnico mínimo, no podrá ser considerado como Factor de Evaluación.

Evaluación de la Propuesta Económica

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido (50 puntos) a la propuesta económica de menor costo. Al resto de las propuestas se le asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula:

Pi = Om x PMPE/ Oi

Donde: Pi = Puntaje de la Oferta Económica del postor i Oi = Oferta Económica del postor i Om = Oferta Económica de monto o precio más bajo PMPE= Puntaje máximo de la Propuesta Económica (50)

El puntaje total será calculado hasta el tercer decimal sin considerar los subsiguientes.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 13

23. DE LA BUENA PRO

23.1 La Buena Pro se otorgará a la propuesta que obtenga el máximo puntaje. Asimismo, otorgará la Buena Pro aún cuando quede válida una sola propuesta.

23.2 En caso de empate, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 133º del Reglamento.

23.3 El Comité Especial en la fecha prevista en el calendario, anunciará en el acto público la propuesta ganadora, indicando el orden en que queden calificados los postores y el puntaje técnico, económico y total obtenido por cada uno de los postores, a través de un cuadro comparativo elaborado previamente.

23.4 Para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%), se deberá contar con asignación suficiente de recursos y la aprobación correspondiente; razón por lo cual, el Comité Especial podrá postergar el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro.

23.5 La Buena Pro se presumirá notificada a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los postores copia del acta y el cuadro comparativo respectivo, sin perjuicio de la publicación en el SEACE. Dicha presunción no admite prueba en contrario.

23.6 Cuando se hayan presentado dos o más propuestas, el consentimiento de la buena pro se producirá a los OCHO (08) días hábiles, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación.

23.7 En caso de haberse presentado una sola oferta, el consentimiento de la buena pro se producirá el mismo día de su notificación.

23.8 Dentro del día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de la buena pro, será publicada en el SEACE.

24. DECLARATORIA DE LICITACIÓN DESIERTO

24.1 El proceso de selección será declarado desierto cuando no quede válida ninguna oferta y si el postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, no suscribe el respectivo contrato, dentro del plazo previsto en la Ley y su Reglamento, sin perjuicio de las sanciones administrativas. La declaración de desierto de un proceso de selección deberá registrarse en el SEASE, dentro de los DOS (2) días de producido

24.2 En el caso de declararse desierto el proceso de selección, los postores no tendrán derecho a compensación por gastos realizados en la preparación de sus propuestas o Indemnización de cualquier tipo.

25. DEL CONTRATO

25.1 Dentro de los DOS (02) días de consentido el otorgamiento de la Buena Pro, LA MUNICIPALIDAD, notificará al postor ganador o su representante, debidamente autorizado con poderes suficientes, para que cumpla con suscribir el contrato dentro del plazo máximo de CINCO (05) días hábiles.

25.2 El contratista favorecido con la Adjudicación, deberá presentar sin necesidad de requerimiento y antes de la firma del Contrato, los siguientes documentos,. En original y dos(2) copias: a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida

por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. b) Constancia de la Capacidad Libre de Contratación y de especialidad necesaria que

expedida el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. c) Calendario valorizado de avance de obra de acuerdo al plazo establecido, que incluirá

adicionalmente los diagramas de CPM­PERT, GANTT con el Visto Bueno de la Sub Gerencia de Obras Publicas.

d) Calendario de Adquisición de Materiales, valorizado mensualmente con el Visto Bueno de la Sub Gerencia de Obras Públicas.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 14

e) Documento Nacional de Identidad DNI*, con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o Carnet de Extranjería del Representante legal.

f) En caso de persona Jurídica: R.U.C. de la empresa, Testimonio de Constitución y Poder vigente del Representante legal (adjuntará copia fotostática certificada notarialmente) y en el caso de consorcios, además adjuntará, documento privado con firma legalizada de cada uno de los representantes legales, ante Notario Publico, designando en dicho documento el representante o apoderado común e indicando el porcentaje de participación.

g) Curriculum Vitae documentado del Ingeniero Residente de Obra, con el Visto Bueno de la Sub Gerencia de Obras Públicas, así como el compromiso suscrito de asumir las responsabilidades como residente y de que tendrá a su cargo la dirección técnica de la obra desde el inicio hasta el término de la obra.

h) Certificado de Habilidad Profesional del Residente de Obra, con vigencia hasta la liquidación final de la obra, con mención de la obra precitada

i) Las póliza de seguro contra todo riesgo (CAR) y Contra Acccidentes Personales, aprobadas por la Gerencia de Infraestructura Urbana, con una vigencia desde la firma del contrato hasta la recepción de la obras, (Artículo 212º del Reglamento); según el siguiente detalle:

POLIZA CAR • Básica; por el monto del contrato, • Terremoto; por el monto del contrato de obra, • Responsabilidad Civil, por el 20% del el monto del contrato de obra, • Daños materiales, daños personales, remoción de escombros, por el 5% del

monto del contrato.

• Huelga, motín, conmoción civil, daño malicioso, terrorismo, por el 20% del monto del contrato de obra.

Vigencia desde de la firma de Contrato hasta que la liquidación de la obra quede consentida.

POLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES Deberá incluir un mínimo de 25 obreros, por muerte o invalidez permanente por el 2.5% del monto de la obra por cada obrero. Vigencia de la póliza hasta que quede recepcionada la obra.

j) Carta Fianza de Fiel Cumplimiento del Contrato, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato y con vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final, de conformidad al Artículo 40º de la Ley y de los Artículos 200º, 213º y 215° del Reglamento.

k) las Bases y del Expediente Técnico, firmados por el representante legal del contratista.

l) Constancia de ser pequeña empresa o microempresa, otorgada por la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, para el caso de pequeña o microempresa.

m) Copia de la Declaración Jurada ante la SUNAT del Impuesto a la Renta del Ejercicio 2006.

n) Copia certificada notarialmente, del cargo del pago por las solicitudes para obtener las autorizaciones de los órganos competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la ejecución de la obra y para la interferencia de vías (desvío de tránsito), por tal ejecución.

o) Documentos sustentatorios que acrediten la tenencia y/o disponibilidad inmediata del equipo ofertado en el proceso de selección, para la ejecución de la obra, mediante copias simples de las tarjetas de propiedad y/o contratos de alquiler. (*) Solo serán presentados las copias de estos documentos.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 15

Estos documentos serán verificados por la MUNICIPALIDAD. No se suscribirá el contrato dentro del plazo establecido en el Artículo 203º del Reglamento, si el contratista no ha cumplido con presentar toda la documentación requerida, siendo de su exclusiva responsabilidad.

25.3 Cuando el postor ganador no se presente dentro del plazo de Ley, perderá automáticamente la buena pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, se llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, procediéndose conforme al plazo dispuesto en los incisos precedentes. Si este postor no suscribe el contrato, se declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable.

26. GARANTÍAS:

26.1 El único medios de garantía que debe presentar el contratista es la Carta Fianza, la misma que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática al solo requerimiento, siempre y cuando hayan sido emitidas por una empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca y Seguros.

26.2 El postor que obtenga la Buena Pro, entregará antes de la suscripción del contrato y como requisito indispensable para poder suscribirlo, una Carta Fianza para el fiel cumplimiento de contrato, hasta por la suma equivalente al Diez por Ciento (10%) del monto del contrato, que deberá ser incondicional, solidaria, irrevocable y de realización automática. Deberá tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final, como lo dispone el Artículo 40º de la Ley y de los Artículos 200º y 213º del Reglamento.

27. MECANISMOS IMPUGATIVOS

27.1 Las discrepancias relacionadas con actos administrativos producidos desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato, inclusive, solamente podrán dar lugar a la interposición del recurso de apelación, de conformidad con lo establecido en el Sub Capítulo II, Capítulo V del Título IV del Reglamento.

27.2 Por esta vía no se podrán impugnar las Bases. 27.3 Lo resuelto por dicha instancia podrá ser impugnado mediante recurso de apelación,

presentado ante el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 27.4 El trámite del recurso de apelación se realizará conforme a lo dispuesto en el Artículo

159º del Reglamento, modificado por el Decreto Supremo Nº 107­2007­EF, de fecha 19.JULIO.2007, publicado en el Diario Oficial “El Peruano” el 20.JULIO.2007.

27.5 La presentación de los recursos mencionados dejará en suspenso el presente proceso de selección.

27.6 La interposición de la acción contencioso­administrativa, cabe únicamente contra lo resuelto por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; dicha interposición no suspende la ejecución de lo resuelto por el referido Tribunal.

28. INICIO DE LA EJECUCIÓN DE LA OBRA

El plazo del contrato de obra, acorde con lo normado por el Artículo 240° del Reglamento, rige cuando se cumplan las siguientes condiciones:

a) Se designe al inspector o al supervisor, según corresponda; b) Que la Entidad haya hecho entrega del expediente técnico de obra completo; c) Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutará la obra.

Las condiciones a que se refieren los literales precedentes, deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato. El plazo contractual entrará automáticamente en vigencia el día siguiente de cumplirse todas las condiciones estipuladas en el contrato o en las Bases.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 16

29. DISPOSICIONES FINALES

29.1 El presente proceso de selección se inicia con la convocatoria y culmina con la suscripción del contrato respectivo o perfeccionamiento de éste o cuando se cancela el proceso o cuando se deja sin efecto el otorgamiento de la Buena Pro.

29.2 El presente proceso de selección se rige por estas Bases y, en todo lo no previsto, por la Ley, el Reglamento y normas complementarias.

29.3 LA MUNICIPALIDAD someterá a fiscalización posterior la documentación, información y declaraciones presentadas por los postores, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nº 27444 y de encontrar irregularidades se dará cuenta de las mismas al CONSUCODE para la sanción correspondiente.

30 CONDICIONES GENERALES DE CONTRATACIÓN

30.1 ADELANTOS DIRECTO Y DE MATERIALES

La MUNICIPALIDAD no otorgará ningún tipo de adelantos para la Ejecución de la Obra.

30.2 VALORIZACIONES (Pagos a Cuenta)

Las valorizaciones de avance de obra tienen el carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas y presentadas el último día de cada período quincenal por el inspector o supervisor y el contratista, sobre la base de los metrados realmente ejecutados en dicho periodo.

Conjuntamente con la valorización, el contratista presentará los siguientes documentos necesarios para el trámite de pago.

a) Factura por el monto valorizado, la misma que deberá ser diligenciada conforme lo previsto en la Ley de Comprobantes de Pago, bajo responsabilidad del contratista en caso por errores que ocasionen el pago de las valorizaciones fuera del plazo previsto.

b) Certificados de control de calidad de los materiales y trabajos ejecutados. c) Sustento técnico de los metrados realmente ejecutados, mediante croquis,

diagramas, bocetos, diagramas, etc, que hagan facil su verificación. d) Panel fotográfico que sustente la secuencia de la prestación (mínimo 20 fotografías).

El plazo máximo de aprobación por el inspector o supervisor de las valorizaciones quincenales y su remisión a la MUNICIPALIDAD, será de TRES (3) días, contados a partir del primer día hábil de la quincena siguiente al de la valorización respectiva, y será cancelada por la MUNICIPALIDAD, hasta el último día de tal quincena, mediante el sistema de Crédito Comercial uti lizado y adoptado por la MUNICIPALIDAD.

30.3 REAJUSTE DE PRECIOS

El reajuste automático de precios será aplicable solamente a las valorizaciones de avance de obra en moneda nacional y se efectuará según el sistema de fórmulas polinómicas, a la quincena que deba pagarse la valorización respectiva. El reajuste de precios se efectuará mediante aplicación de las fórmulas polinómicas precisadas en el Expediente Técnico, conforme al Artículo 7º del Decreto Supremo N° 011­79 VC, sus modificatorias, ampliatorias y complementarias, así como lo establecido en el Decreto Supremo N° 155­90­EF, o las normas legales que lo sustituyan, conforme a lo establecido en el Artículo 256º del REGLAMENTO. El valor de los Reajustes estará incluido en los Pagos a Cuenta.

30.4 TRIBUTOS Y OTRAS OBLIGACIONES

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 17

Serán de cargo del contratista todos los tributos, contribuciones y gravámenes que le corresponden de acuerdo a Ley. Toda responsabilidad de carácter laboral y por el pago de aportaciones sociales es exclusivamente del contratista.

Asimismo, el contratista será responsable de la obtención de todas las licencias, autorizaciones, permisos, servidumbres y similares, necesarias para la ejecución de la obra. Para tal efecto, el contratista, deberá incluir dentro de su propuesta económica las tasas, tributos y gravámenes necesarios.

30.5 SUPERVISIÓN DE LA OBRA

La MUNICIPALIDAD controlará los trabajos efectuados por el contratista a través del supervisor quien será el responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y el cumplimiento del contrato.

El supervisor, tendrá autoridad suficiente para ordenar el retiro de cualquier subcontratista o trabajador por incapacidad o incorrecciones que a su juicio perjudique la buena marcha de la obra, suspender los trabajos y rechazar u ordenar el retiro de los materiales o equipos por mala calidad o cuando no cumplan las especificaciones técnicas, para asegurar la calidad de la obra, y resolverá las interrogantes que puedan presentarse durante su ejecución. El supervisor no tendrá autoridad para modificar el contrato.

El Supervisor tiene facultad para ordenar el retiro de la obra del personal del Contratista que de manera comprobada cause desorden, fomente indisciplina en la obra o desacate sus indicaciones, dando cuenta a la MUNICIPALDAD.

Si en cualquier momento durante el proceso de construcción se evidencia algún error de posición, niveles, dimensiones o alineamiento de cualquier elemento del proyecto, el contratista procederá a rectificar tal error, a total satisfacción del supervisor.

El control que el supervisor haga de la geometría que el contratista materialice en la obra no le exonerará a éste en forma alguna de la exactitud de la misma, por lo que el contratista deberá preservar todo punto de triangulación, punto de referencia, BMs, estacas, etc. empleados en la ejecución de la obra. El supervisor aprobará los frentes de trabajo presentados por el contratista. Asimismo, ejecutará el control de la transitabilidad de la vía mientras dure la obra.

El supervisor ordenará que se retiren de la obra, por cuenta del contratista, los materiales que han sido rechazados por su mala calidad, dejándose constancia en el Cuaderno de Obra.

Las interrupciones ó atrasos que eventualmente pudieran experimentar las obras a consecuencia del rechazo de materiales que no satisfagan las condiciones del contrato, no generan ampliación de plazo.

De acuerdo a lo establecido en el Artículo 250º del Reglamento, el contratista deberá brindar al supervisor de obra las facilidades necesarias para el cumplimiento de su función, las cuales estarán estrictamente relacionadas con ésta.

Asimismo, una vez concluida la ejecución de obra, el original del Cuaderno de Obra quedará en custodia de la MUNICIPALIDAD.

30.6 CUADERNO DE OBRA

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 18

El Cuaderno de Obra, deberá ser legalizado notarialmente, y es el medio de comunicación ordenado entre el contratista y el supervisor o inspector; estará físicamente bajo la custodia y responsabilidad del contratista, y en condiciones de ser exhibido en cualquier momento ante la MUNICIPALIDAD.

El Cuaderno de Obra es el medio de registro de ocurrencias de la obra y será abierto el día de la entrega del terreno. Este documento constará de original y tres copias desglosables, correspondiendo una de ellas a LA MUNICIPALIDAD, otra al Contratista y la tercera al supervisor o inspector, será firmado en todas sus páginas por el supervisor o inspector y por residente de obra, quienes son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra.

El original del cuaderno de obra permanecerá en todo momento en obra, bajo custodia y responsabilidad del residente y a disposición permanente del supervisor o inspector, hasta la recepción final de la obra, quedando a partir de ese entonces bajo custodia de LA MUNICIPALIDAD.

En el Cuaderno de Obra, se deberá registrar cronológicamente las consultas, autorizaciones, reclamos, modificaciones, metrados y otras ocurrencias de la obra.

30.7 COORDINACION CON ENTIDADES PÚBLICAS Y EMPRESAS DE SERVICIO

El contratista inmediatamente después de la firma del contrato, está obligado a efectuar las respectivas coordinaciones con las Entidades Públicas y Empresas Concesionarias de Servicios Públicos, mediante Cartas y gestiones a fin de asegurar la correcta y oportuna ejecución de los trabajos contratados, siempre que éstos se encuentren supeditados a autorizaciones y aceptación de dichas empresas para su realización.

La inobservancia de contratista de realizar dichas coordinaciones con las Entidades Públicas y las Entidades Concesionarias de Servicios Públicos, acerca de los trabajos en la vía pública de instalaciones de servicio, ampliaciones, modificaciones, mejoramiento, será de entera y exclusiva responsabilidad, por lo que corresponde bajo su cuenta la adopción de acciones necesarias que eviten daños a los trabajos proyectados.

30.8 TERRENO PARA LA OBRA Y DERECHO DE VIA

El Contratista limitará sus operaciones a las áreas del proyecto. Los materiales de construcción podrán ser depositados para su utilización inmediata sobre las áreas correspondientes al derecho de vía, siempre que éstos no interrumpan el tránsito, impidan el drenaje o restrinjan el progreso de la Obra.

30.9 SUMINISTROS DE SERVICIOS

El suministro de energía eléctrica, así como el abastecimiento de agua y uso de desagües, que sean necesarios para la ejecución de las obras, serán de cuenta y responsabilidad total del contratista.

30.10 OFICINA DE OBRA

Es obligación del contratista proveer al Inspector o Supervisor de Obra de un ambiente adecuado para ser empleado como Oficina de Obra, la que deberá contar con energía eléctrica y con mobiliario mínimo para tales funciones, en un área mínima de 12 m2.

30.11 MANTENIMIENTO DE TRÁNSITO

El Contratista será responsable del mantenimiento de tránsito en la zona de ejecución de las obras, desde el inicio de la obra hasta su recepción final de la obra, a su costo, del mantenimiento del tránsito, de tal manera que sus trabajos no interfieran innecesaria o

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 19

indebidamente, con la comodidad pública respecto al acceso a propiedades o emergencia y con las facilidades de circulación en general.

Asimismo, el Contratista está obligado a:

a) A la notificación de firma del contrato presentará a la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) de la Municipalidad Metropolitana, para su aprobación, un esquema de desvío del tránsito en la zona afectada por la ejecución de la obra, debiendo pagar el contratista el derecho correspondiente y obtener la autorización respectiva, sin la cual no podrá interrumpir las vías, bajo su responsabilidad.

b) Colocar tranqueras con las especificaciones técnicas proporcionadas por LA MUNICIPALIDAD para el desvío del tránsito, conforme a lo dispuesto por la GTU, así como anunciar la ejecución de los trabajos para evitar el congestionamiento en el tránsito y daños a los vehículos y peatones, tanto de día como de noche. La cantidad de las tranqueras será la suficiente para que se cumpla con el fin propuesto.

c) Mantener el tránsito durante el período de construcción. Asimismo, deberá efectuar mantenimiento rutinario, conservando las calles y avenidas adyacente a las obras en buenas condiciones, de tal manera que sus trabajos no interfieran innecesaria ó indebidamente con la comodidad pública respecto al acceso, a la utilización y ocupación de la vía.

El Contratista ejecutará los trabajos sobre la base del esquema de desvío de tránsito aprobado por la GTU; en consecuencia, no podrá romper las vías ni interrumpir el tránsito sin que esté previsto en dicho esquema. La interrupción del tránsito será por etapas a ser fijadas por la GTU y será causal de resolución el incumplimiento de lo estipulado en las presentes Bases Integradas.

De ninguna manera se permitirán métodos rudimentarios de señalización. El tipo, número y ubicación de las señales de mantenimiento de tránsito son las autorizadas por la Gerencia de Transporte Urbano – GTU, que se indicarán en los planos y especificaciones técnicas. En caso de deterioro o robo de dichas señales, el contratista está obligado a reponerlas las veces que sean necesarias.

La falta de mantenimiento del tránsito o su ejecución defectuosa durante el período de construcción, estará sujeta a la penalidad de 5 º/ºº (CINCO POR MIL) del monto de la valorización por el mes del incumplimiento. El mantenimiento de tránsito comprenderá lo referido al plan de desvío de la obra, el mismo que forma parte del Expediente Técnico de la Obra.

30.12 DAÑOS A TERCEROS

Constituye obligación del Contratista el asumir los costos de reparación de los daños que ocasionen a las redes eléctricas, agua, desagüe, teléfonos y demás terceros. La negativa del Contratista en reparar el daño causado será causal de resolución del contrato, sin perjuicio de la que LA MUNICIPALIDAD o las empresas de servicio ejecuten los trabajos con cargo a las valorizaciones del Contratista y/o carta fianza de fiel cumplimiento, de ser el caso.

30.13 INDEMNIZACIONES

Es obligación y responsabilidad del Contratista, atender los juicios, reclamos, demandas o acciones imputables a él o a su personal directa e indirectamente por actividades ilícitas, daños, pérdidas, accidentes, lesiones o muertes, producidos dentro de la obra y/o áreas aledañas de su influencia, como consecuencia de la ejecución de trabajos o negligencia.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 20

Es obligación y responsabilidad del Contratista, inspeccionar los inmuebles aledaños en el perímetro de la construcción, cuyas instalaciones y/o cimentaciones queden comprendidas en el área de influencia de las excavaciones efectuadas para el Proyecto, y que puedan ver afectada su estabilidad o continuidad. Comprobará la necesidad de apuntalamientos, calzaduras, muros de contención o cualquier obra que sea necesario para evitar accidentes o demandas de lo propietarios.

Independiente de las penalidades indicadas en el quinto párrafo del Numeral 30.17 en caso de atraso por causales imputables al contratista en la entrega de la obra con respecto a la fecha consignada en el Calendario de Avance de Obra vigente, y considerando que dicho atraso producirá una extensión de los servicios del supervisor, lo que genera un mayor costo, el contratista se obliga a pagar un monto equivalente al de los servicios indicados, el que se deducirá de las valorizaciones, retenciones o garantías, si aquellas no fueran suficientes.

30.14 PRUEBAS Y CERTIFICADOS DE CALIDAD

El costo de pruebas y controles de calidad, de materiales y ejecución de trabajos, será por cuenta exclusiva del Contratista, las cuales se efectuarán en laboratorios externos de Universidades y/o instituciones, debidamente inscritos en INDECOPI.

El tipo y cantidad de las Pruebas y Análisis serán indicados en el Expediente Técnico, de conformidad al Reglamento Nacional de Construcciones y otras normas conexas, así como aquellas que el supervisor consideren necesarias, para alcanzar una obra con calidad y la eficiencia requerida.

El Contratista está obligado a presentar ante LA MUNICIPALIDAD, los certificados de calidad expedidos por los organismos competentes, de los materiales e insumos empleados en la construcción de la obra, teniendo en cuenta la siguiente consideración: Materiales e Insumos Nacionales, Certificación de Calidad expedida por laboratorio dando cuenta de la Norma Técnica Nacional INDECOPI vigente o su análoga extranjera autorizada por INDECOPI, en el caso de Materiales e Insumos Importados.

Durante la ejecución de la obra, el contratista realizará las pruebas y ensayos necesarios de los trabajos realizados, de conformidad a lo dispuesto en las normas técnicas nacionales, las mismas que serán comparadas con los resultados de los ensayos obtenidos por el supervisor de obra. No se admitirán pruebas realizadas en forma conjunta, tampoco cuando el contratista y el supervisor contraten un mismo laboratorio.

El contratista no se podrá pasar de una partida a otra de la obra, mientras no se cuente con la respectiva conformidad de los resultados de los ensayos por parte del Supervisor o Inspector de Obra.

30.15 AMPLIACIONES DE PLAZO DE EJECUCIÓN

Las ampliaciones de plazo en la etapa de ejecución de obra, se sujetarán de acuerdo a lo dispuesto por los Artículos 258°, 259° y 260° del Reglamento.

30.16 ADICIONALES DE OBRA

La ejecución de obras adicionales solo procederá de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 265° del REGLAMENTO.

30.17 PENALIDADES

De acuerdo con el Artículo 222º del Reglamento, en caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA MUNICIPALIDAD le aplicará al

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 21

contratista, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contractual.

Esta penalidad será deducida de cualquiera de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la carta fianza de fiel cumplimiento del contrato.

La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula, teniendo en cuenta que, tanto el monto como el plazo se refieren a la etapa que debió ejecutarse:

Penalidad diaria = 0.10 x Monto

0.40 x Plazo en días

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento. En el caso de ejecución de obras el monto está referido al monto del contrato vigente.

Asimismo, en aplicación del Articulo 223 del mismo Reglamento, las penalidades en tanto por mil del monto del contrato, se describen en la siguiente tabla:

N° PENALIDADES MULTA

1

SEGURIDAD DE OBRA Y SEÑALIZACIÓN Cuando el contratista no cuenta con los dispositivos de seguridad en la obra tanto peatonal o vehicular incumpliendo las normas, además de las señalizaciones solicitadas por LA MUNICIPALIDAD . La multa es por cada día.

2/1000

2 INDUMENTARIA E IMPLEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL Cuando el contratista no cumpla con dotar a su personal de los elementos de seguridad. La multa es por cada día.

1/1000

3 CALIDAD DE LOS MATERIALES Cuando el contratista ingrese materiales a la obra sin la autorización del supervisor. 2/1000

4

ENTREGA DE INFORMACIÓN INCOMPLETA Cuando el contratista entregue documentación incompleta, perjudicando el tramite normal de los mismos (solicitud de adelantos, valorizaciones, adicionales, etc.), la multa será por cada tramite documentario.

1/1000

5 CARTEL DE OBRA Cuando el contratista no coloque el cartel de obra dentro del plazo establecido en las especificaciones técnicas. S/. 700

6 CRONOGRAMA VALORIZADO AL INICIO DEL PLAZO CONTRACTUAL Cuando el contratista no cumpla con entregar el calendario valorizado adecuado a la fecha de inicio del plazo contractual, en un plazo de 24 horas. 1/1000

7 VALORIZACIONES Cuando el contratista no efectúe valorizaciones al termino de cada quincena incumpliendo el articulo N° 255 del reglamento 1/1000

8 PRUEBAS Y ENSAYOS Cuando el contratista no realiza las pruebas o ensayos oportunamente para verificar la calidad de los materiales y las dosificaciones.

1/1000

9 RESIDENTE DE OBRA Cuando el Ingeniero Residente no se encuentra en forma permanente en la obra. La multa es por cada día de ausencia en obra del ingeniero residente.

1/1000

10 Incumplimiento de los requerimientos Técnicos Mínimos. La multa es por cada día de incumplimiento. 2/1000

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 22

30.18 RESOLUCIÓN DE CONTRATO

El contrato de obra podrá ser resuelto aplicando lo estipulado por los Artículos 224°, 225°, 226°, 227° y 267° del REGLAMENTO.

30.19 RECEPCIÓN DE OBRA

La recepción de obra se efectuará de acuerdo al procedimiento dispuesto por el Artículo 268° del REGLAMENTO.

30.20 LIQUIDACIÓN DE CONTRATO

La liquidación del contrato de obra se realizará según lo dispuesto por los Artículos 269°, 270° y 271° del REGLAMENTO.

EL CONTRATISTA presentará a LA MUNICIPALIDAD la liquidación debidamente sustentada con la documentación y los cálculos detallados.

Con la liquidación, EL CONTRATISTA entregará a LA MUNICIPALIDAD la minuta de Declaratoria de Fábrica o la Memoria Descriptiva Valorizada, según sea el caso.

Si la liquidación no es presentada por EL CONTRATISTA en el plazo reglamentario, será elaborada por LA MUNICIPALIDAD en idéntico plazo y con gastos cargados a cuenta de EL CONTRATISTA, por el monto equivalente a 1 UIT (Una Unidad Impositiva Tributaria).

30.21 GARANTIA DE LA OBRA

De conformidad a lo dispuesto por el artículo 51° del TUO de la Ley se establece que el periodo de garantía de la obra ejecutada será de siete (7) años, que se contarán a partir de la fecha de recepción de la obra, y abarcará las responsabilidades del Contratista por destrucción, vicios o ruina sobreviviente.

­­­­­­­­­­­­­­­ 0 ­­­­­­­­­­­­­­

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 23

FORMATOS ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA

N°002­2007­CE/MM

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 24

ANEXO Nº 1

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM

DECLARACION JURADA DE IDENTIFICACIÓN DEL POSTOR

El que suscribe, .................................................., identificado con DNI Nº..........., con poder inscrito en la localidad de ...................., en la ficha/tomo ..................., asiento Nº........, en representación de ........................................, DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información de mí representada se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social Domicilio Legal Correo electrónico R.U.C. Teléfono Fax

Constitución Social R E G I S T R O D E P E R S O N A S J U R I D I C A S

Localidad Ficha Asiento Fecha de Inscripción Fecha de inicio de actividades económicas

Socios de la Empresa Nombres y Apellidos DNI /LE Participación %

Directorio del Proveedor Cargo Nombres y Apellidos DNI / LE

Presidente Vice­Presidente Director

Autorización Municipal Municipalidad Nº de Licencia de Funcionamiento Fecha

Participa en Consorcio Nombre de las Empresas que actúan consorciadas SI NO

Empresa Nº 1 Empresa Nº 2 Empresa Nº 3

Lima, ......... de...................... de 2007

_______________________________ (Nombre y Firma del Representante Legal)

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 25

ANEXO Nº 2

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM DECLARACION JURADA SEGÚN ARTÍCULO 76º DEL REGLAMENTO

La empresa ....................................., con RUC Nº ............., con domicilio legal en ...................., debidamente representada por el Sr..........................., identificado con D.N.I. Nº..............., de conformidad con lo señalado en el Artículo 76º del Decreto Supremo Nº 084­2004­PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el contenido del sobre de Propuesta Técnica para la , declara bajo juramento lo siguiente:

1. Que no tiene impedimento para participar en el presente proceso de selección, ni para contratar con el Estado, conforme al Artículo 9º del Decreto Supremo Nº 083­2004­PCM, T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

2. Que conoce, acepta y se somete a las Bases Integradas, condiciones y procedimientos, del presente proceso de selección.

3. Que es responsable de la veracidad de los documentos e información, que presenta para efectos del proceso.

4. Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección y a suscribir el Contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro.

5. Que conoce las sanciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 083­2004­PCM, T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084­2004­PCM, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Lima……… de............................. de 2007

_______________________________ (Nombre y Firma del Representante Legal)

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 26

ANEXO Nº 3

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM

DECLARACIÓN JURADA DE SER PÈQUEÑA O MICROEMPRESA

Lima, ...... de ................. del 2007

Señores: MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES Presente.­

REFERENCIA : ADJUDICACION DIRECTA PÚBLICA Nº 001­2007­CE/MM

OBRA : “ Mejoramiento de la Infraestructura Vial de la Av. Ricardo Palma” , ubicado en el distrito de Miraflores, Provincia y Región de Lima

El que suscribe representante legal de: ..……………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………………… …. Declara bajo Juramento que la empresa a quien represento, es una PEQUEÑA EMPRESA O MICRO EMPRESA.

­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­ Nombre y Apellidos de la Personal natural o Representante Legal Sello y Firma

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 27

ANEXO Nº 4

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM PROMESA DE CONSORCIO

Los firmantes:

• ....................................................... con D.N.I. N° (de ser el caso), con RUC N° …………….... , domiciliado en ……………......, debidamente representado por (de ser el caso) .........., identificado con D.N.I. N°......., con poder vigente inscrito en ....................... de la Oficina Registral de ........... ;

• ....................................................... con D.N.I. N° (de ser el caso), con RUC N°…………………, domiciliado en……………….... , debidamente representado por (de ser el caso) ........, identificado con D.N.I. N°......., con poder vigente inscrito en ...................... de la Oficina Registral de ........... ;

• ........................................................ con D.N.I. N° (de ser el caso), con RUC N°…………………… domiciliado en. , debidamente representado por (de ser el caso) …………………........, identificado con D.N.I. N°......., con poder vigente inscrito en .................... de la Oficina Registral de ........... ; y

de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 083­2004­PCM, con el propósito de participar conjuntamente en el presente proceso de selección, formalizamos nuestra promesa de conformar consorcio; por lo que, manifestamos por el presente documento, que hemos convenido en formar un Consorcio, para participar en la Licitación Pública ___________________________________________ cuyo objeto es ___________________________________________, y por lo tanto, expresamos lo siguiente:

1. La duración de este Consorcio será igual al término de la ejecución y liquidación del contrato. 2. El Consorcio esta integrado por:

NOMBRE % PARTICIPACIÓN RESPONSABILIDADES QUE ASUMEN __________________ ________________ _________________________________________ __________________ ________________ _________________________________________ __________________ ________________ _________________________________________

3. El Consorcio se denomina CONSORCIO ______________________________________________. 4. La responsabilidad de los integrantes del Consorcio es solidaria. 5. El representante del Consorcio es __________________________________ (indicar el nombre),

identificado con DNI/CE. No. ______________ ,quien está expresamente facultado para firmar, presentar la propuesta y, en caso de salir favorecidos con la adjudicación del contrato, firmarlo y tomar todas las determinaciones que fueren necesarias respecto de su ejecución y liquidación, con amplias y suficientes facultades.

6. La sede del Consorcio es: Dirección postal ___________________________________________ Dirección electrónica ___________________________________________ Teléfono ___________________________________________

En señal de conformidad, se firma en ______________, a los ____ días del mes de _____ de 2004.

____________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal

de cada uno de los integrantes)

_______________________________________________ (Nombre y firma del Representante Legal del Consorcio)

Nota. El presente formato es referencial, pudiendo ampliarse de acuerdo a las facultades y necesidades del Consorcio, debiendo mantenerse mínimamente las condiciones indicadas.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. N° 002­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 Pág. 28

ANEXO Nº 5

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM

DECLARACIÒN JURADA DEL CUMPLIMIENTO DEL PLAZO CONTRACTUAL

Lima, __________________

Señores MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES Presente.­

REFERENCIA: ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM OBRA : “ MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Por el presente, manifestamos a ustedes bajo declaración jurada, que la empresa .................................................................................. (o Consorcio), que en el caso de ser favorecidos con el otorgamiento de la Buena Pro, cumpliremos el plazo para la ejecución de Obra, de SESENTA (60) días calendario, según los términos y requerimientos exigidos en las Bases del presente proceso de selección.

En tal sentido, expresamos nuestra conformidad con todas las condiciones de la licitación conforme a los requerimientos mínimos exigido en las Bases Integradas.

Atentamente,

______________________________ (Nombre y firma del Representante Legal)

Municipalidad de Miraflores LPN N° 0003­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. ANGAMOS DESDE LA AV. ANGAMOS HASTA LA AV. COMANDANTE ESPINAR”

Av. Larco N° 400 ­ Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 29

ANEXO N° 6 ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM

DECLARACIÓN JURADA DEL POSTOR DE LA DISPONIBILIDAD DEL EQUIPO MÍNIMO

R E Q U E R I D O O F R E C I D O TIPO DE TENENCIA CARACTERÍSTICAS DEL EQUIPO ITEM Equipo Capacidad Potencia

Mínima Cant. Propio Leasing Alquiler Compra Capac. Potencia Cant. Propietario.

Ubic. Disponibilidad

1 Cortadora de Concreto 1 2 Fresadora Mecánica 150 HP 1 3 Compresora Neumática 600–690 pcm 196 HP 1 4 Cargador Frontal sobre llantas 1.5 – 1.75 Y3 80­95 HP 1 5 Camiones Volquete 10 M3 330 HP 2

6 CARGADOR Tipo Botcat c/ martillo incorporado 80 HP

Mediante el presente anexo, que tiene el carácter de declaración jurada, declaro que mi representada cuenta con la disponibilidad del equipo mínimo establecido en las Bases, para la ejecución de la obra en referencia, lo mismo que en señal de conformidad lo suscribo en la fecha: ……………….. …

_________________________________ (Nombre y Firma del Representante Legal)

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 30

ANEXO Nº 7

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM

EXPERIENCIA PROFESIONAL DEL RESIDENTE DE OBRA

Nombres y Apellidos

Nº de Colegiatura

PLAZO TIEMPO Nº

NOMBRE DE LA OBRA UBICACIÓN ENTIDAD

CONTRATANTE

INICIO FIN MESES AÑOS

_________________________________ (Nombre y Firma del Representante Legal)

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 31

ANEXO Nº 8

ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM

CARTA OFERTA ECONÓMICA

Lima, ______ de _________________ de 2007

Señores: MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

De acuerdo a las Bases de la Licitación en referencia, para la ejecución del PIP ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA N°002­2007­CE/MM , quien suscribe presenta a su consideración la Propuesta Económica de ­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­­(Razón Social o nombre)

Ejecución de Obra : S/..................................................Incluye GG. Utilidad e I.G.V.

Esta Propuesta incluye Mano de Obra con Leyes Sociales, Materiales e Insumos, Herramientas, Seguros, Guardianía, Prevención de Accidentes, Medidas de Seguridad, Protección de la Obra, Dirección Técnica Administrativa, Contribuciones, Gastos Generales, Utilidad e impuesto General a las Ventas, y en general todo gasto necesario para la correcta y completa elaboración del Expediente Técnico y la Ejecución de la Obra, de acuerdo a lo establecido en las Bases Integradas y los Términos de Referencia, hasta su total culminación y pleno funcionamiento, incluido los años de garantía.

El Postor declara conocer las Bases Integradas de la presente Adjudicación Directa Pública N° 002­ 2007­CE/MM, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 aprobado por Decreto Supremo N° 083­ 2004­PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 084­2004­PCM; la Ley del Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444), por lo que al haber revisado cabalmente los Términos de Referencia y haber realizada una evaluación integral del lugar y de las características de la Obra, encuentra que no existen omisiones o deficiencias, por lo que el monto ofertado cubre todos los gastos necesarios para su correcta ejecución en el plazo fijado por las Bases Integradas.

Atentamente,

__________________________ (Nombre y Firma del Representante Legal)

Razón Social : R.U.C. : Domicilio Legal : Representante Legal : D.N.I. N° :

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 32

PROFORMA DEL CONTRATO ADJUDICACIÓN DIRECTA PÚBLICA

N° 002­2007­CE/MM

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 33

PROFORMA DEL CONTRATO

Conste por el presente documento el Contrato, para la Ejecución de la Obra: “ MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”, que celebran de una parte, LA MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES señalando domicilio en Av. Larco Nº 400 Distrito de Miraflores, con R.U.C. N° 20131377224, representada por el Gerente Municipal, ................................, identificado con D.N.I. N° ...................., de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución de Gerencia Municipal Nº .....­ 2007­GM/MM, a quien en adelante se le denominará LA MUNICIPALIDAD; y de la otra parte, la empresa contratista ........................................, con R.U.C. N° ........................, con domicilio legal en ................................................, debidamente representada por su ............................................................, identificado con D.N.I. N°......................., a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA, en los términos y condiciones siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA ANTECEDENTES

­ Mediante Resolución de Gerencia Municipal Nº 21­2007/MM, de fecha 26 de febrero de 2007, se aprobó la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, para la inclusión de 14 tipos de procesos de selección, estando incluido la ejecución de la obra: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”.

­ Con Resolución de Gerencia Municipal Nº ­2007/MM, de fecha 26 de febrero de 2007, se aprobó el expediente de contratación para la ejecución de la obra: “ MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”.

­ Mediante Resolución de Gerencia de Logística N° 2007­GL/MM, de fecha ... de febrero de 2007, se aprobó las Bases de la Adjudicación Directa Pública N° 002­2007­CE/MM, para la ejecución de la obra: “ MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”.

­ El Comité Especial, designado con Resolución de Gerencia de Logística Nº ......­2007­GL/MM, de fecha ................, otorgó con fecha .............2007 la Buena Pro de la Adjudicación Directa Pública N° 002­2007­CE/MM a EL CONTRATISTA por el monto de su propuesta ascendente a la suma de S/. ......................................, incluido los Tributos de Ley.

CLAUSULA SEGUNDA REGLAMENTACIÓN

Para todo lo relacionado con la ejecución contractual que no esté expresamente contemplado en el presente Contrato, regirán las disposiciones de las Bases Integradas, el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (en adelante únicamente la LEY), aprobada por Decreto Supremo Nº 083­2004­PCM, y su Reglamento (en adelante Reglamento), aprobada por Decreto Supremo Nº 084­2004­PCM, y otras normas aplicables del ordenamiento legal vigente.

CLAUSULA TERCERA OBJETO

Mediante el presente contrato LA MUNICIPALIDAD encarga al CONTRATISTA bajo el sistema a Precios Unitarios (modalidad descrita en el Art. 58º del Reglamento), la Ejecución de la Obra: “ MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”, de acuerdo a lo expresado en la Bases Integradas, Términos de Referencia, Propuesta Técnica y Económica de “EL CONTRATISTA” y demás documentos de la Licitación Pública que debidamente suscritos por “EL CONTRATISTA” forman parte de éste contrato.

CLAUSULA CUARTA MONTO DEL CONTRATO

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 34

EL CONTRATISTA se compromete a ejecutar el presente Contrato para la Ejecución de la Obra por el monto total de su Propuesta Económica ascendente a la suma de: …………………………………(S/. ……………..). El monto de esta Propuesta comprende honorarios profesionales, los gastos de mano de obra, leyes sociales, materiales, equipos, herramientas, guardianía, gastos generales, imprevistos, seguros, tributos, dirección técnica y utilidad del Contratista, elaboración de la Memoria Descriptiva Valorizada, Planos de Replanteo y cualquier otro gasto que sea necesario para la Ejecución de la Obra, hasta su total terminación. Lo establecido en el párrafo precedente no libera a EL CONTRATISTA de las responsabilidades establecidas en el Art. 212° del Reglamento.

CLAUSULA QUINTA PLAZO Y PRÓRROGA

De conformidad con lo señalado en las Bases, el presente contrato deberá ejecutarse en el plazo de SESENTA (60) días calendario, y el inicio se determinará conforme a lo establecido en el artículo 240º del REGLAMENTO.

Este plazo no podrá ser prorrogado salvo por las causales establecidas en el Artículo 258º del Reglamento, constituidas por atrasos y/o paralizaciones ajenas a EL CONTRATISTA y por caso fortuito o fuerza mayor, debidamente comprobados, que modifiquen el Calendario Valorizado de Avance de Obra, pero de ningún modo podrá acordar prórroga si las causas que la motivan son de responsabilidad de EL CONTRATISTA.

El presente contrato entrará en vigencia a partir del día siguiente de su suscripción y concluirá con el consentimiento de la liquidación correspondiente.

CLAUSULA SEXTA DOCUMENTOS PARA SUSCRIPCION DEL CONTRATO

Para la suscripción del contrato EL CONTRATISTA ha cumplido con entregar los siguientes documentos:

a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

b) Constancia de la Capacidad Libre de Contratación y de especialidad necesaria que expedida el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.

c) Calendario valorizado de avance de obra de acuerdo al plazo establecido, que incluirá adicionalmente los diagramas de CPM­PERT, GANTT con el Visto Bueno de la Sub Gerencia de Obras Publicas.

d) Calendario de Adquisición de Materiales, valorizado mensualmente con el Visto Bueno de la Sub Gerencia de Obras Públicas.

e) Documento Nacional de Identidad DNI*, con acreditación de haber votado en las últimas elecciones o Carnet de Extranjería del Representante legal.

f) En caso de persona Jurídica: R.U.C. de la empresa, Testimonio de Constitución y Poder vigente del Representante legal (adjuntará copia fotostática certificada notarialmente) y en el caso de consorcios, además adjuntará, documento privado con firma legalizada de cada uno de los representantes legales, ante Notario Publico, designando en dicho documento el representante o apoderado común e indicando el porcentaje de participación.

g) Curriculum Vitae documentado del Ingeniero Residente de Obra, con el Visto Bueno de la Sub Gerencia de Obras Públicas, así como el compromiso suscrito de asumir las responsabilidades como residente y de que tendrá a su cargo la dirección técnica de la obra desde el inicio hasta el término de la obra.

h) Certificado de Habilidad Profesional del Residente de Obra, con vigencia hasta la liquidación final de la obra, con mención de la obra precitada

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 35

i) Las póliza de seguro contra todo riesgo (CAR) y Contra Acccidentes Personales, aprobadas por la Gerencia de Infraestructura Urbana, con una vigencia desde la firma del contrato hasta la recepción de la obras, (Artículo 212º del Reglamento); según el siguiente detalle:

POLIZA CAR • Básica; por el monto del contrato, • Terremoto; por el monto del contrato de obra, • Responsabilidad Civil, por el 20% del el monto del contrato de obra, • Daños materiales, daños personales, remoción de escombros, por el 5% del monto del contrato

• Huelga, motín, conmoción civil, daño malicioso, terrorismo, por el 20% del monto del contrato de obra.

Vigencia desde de la firma de Contrato hasta que la liquidación de la obra quede consentida.

POLIZA DE ACCIDENTES PERSONALES Deberá incluir un mínimo de 25 obreros, por muerte o invalidez permanente por el 2.5% del monto de la obra por cada obrero. Vigencia de la póliza hasta que quede recepcionada la obra.

j) Carta Fianza de Fiel Cumplimiento del Contrato, por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato y con vigencia hasta el consentimiento de la Liquidación Final, de conformidad al Artículo 40º de la Ley y de los Artículos 200º, 213º y 215° del Reglamento.

k) Las Bases y del Expediente Técnico*, firmados por el representante legal del contratista. l) Constancia de ser pequeña empresa o microempresa, otorgada por la Dirección Nacional de la

Micro y Pequeña Empresa o Direcciones Regionales de Trabajo y Promoción del Empleo, para el caso de pequeña o microempresa.

m) Copia de la Declaración Jurada ante la SUNAT del Impuesto a la Renta del Ejercicio 2006. n) Copia certificada notarialmente, del cargo del pago por las solicitudes para obtener las

autorizaciones de los órganos competentes de la Municipalidad Metropolitana de Lima para la ejecución de la obra y para la interferencia de vías (desvío de tránsito), por tal ejecución.

o) Documentos sustentatorios que acrediten la tenencia y/o disponibilidad inmediata del equipo ofertado en el proceso de selección, para la ejecución de la obra, mediante copias simples de las tarjetas de propiedad y/o contratos de alquiler.

CLAUSULA SETIMA GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO

De conformidad a lo establecido por el Artículo 40º del TUO de la Ley N° 26850 y el Artículo 215º del Reglamento, EL CONTRATISTA entrega a la firma del contrato una Carta Fianza de fiel cumplimiento del contrato. Esta ha sido emitida por la suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato y deberá tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidación final. La Carta Fianza tendrá las condiciones y requisitos previstos en los artículos 200° y 213º del Reglamento. Asimismo, en concordancia con el Artículo 221° del Reglamento, la garantía podrá ser ejecutada cuando EL CONTRATISTA no la hubiere renovado oportunamente, antes de la fecha de su vencimiento.

CLÁUSULA OCTAVA SEGUROS

De conformidad a la Cláusula Sexta del presente Contrato, las Pólizas de Seguros, deberán tener vigencia desde el inicio de la ejecución de la obra hasta su recepción definitiva, debiendo tener las siguientes condiciones:

8.1 Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil General. Por un monto igual al Monto Contratado de la Obra, para cubrir los daños que pueda causar EL CONTRATISTA a terceras personas, bienes y a su mismo personal, para efectos de los trabajos correspondientes a la ejecución de la obra. Se deja constancia que el monto de este seguro no limita la responsabilidad del contratista

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 36

en caso que los daños fuesen por suma mayor. Asimismo, EL CONTRATISTA deberá proporcionar a LA MUNICIPALIDAD constancia de pago de la prima.

8.2 Póliza Complementaria por Trabajo de Riesgo. Para cubrir los daños que pueda sufrir su personal, por los trabajos correspondientes a la ejecución de la Obra. Se deja constancia que el monto de este seguro no limita la responsabilidad del contratista. EL CONTRATISTA proporcionará a LA MUNICIPALIDAD constancia de pago de la prima y se adjuntará la relación de trabajadores cubiertos por la Póliza.

Sin perjuicio de lo antes señalado, EL CONTRATISTA asume todos los riesgos derivados de la ejecución de la obra, en ese sentido, será responsable de las lesiones y/o daños causados a las personas y/o a los bienes de la MUNICIPALIDAD y/o a los de terceros, originados por motivos que le sean imputables. La defensa de la MUNICIPALIDAD contra cualquier demanda por estos conceptos será asumida por EL CONTRATISTA o, en su caso, por la compañía aseguradora contratada por este último, y, cualquier suma que se ordenase pagar a la MUNICIPALIDAD será exclusivamente a cargo de EL CONTRATISTA.

CLÁUSULA NOVENA OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA

Ejecutar la Obra, objetos del presente contrato, según las Bases, la propuesta económica; y los dispositivos técnicos legales y reglamentarios vigentes sobre la materia. Asimismo, asume las siguientes responsabilidades:

a) Es obligación del CONTRATISTA ejecutar la obra de acuerdo al Calendario Valorizado de Avance de Obra y su Programación PERT – CPM, documento que forma parte integrante del presente contrato. El CONTRATISTA deberá cumplir los plazos parciales señalados en el documento antes señalado.

b) Será responsabilidad del CONTRATISTA el pago de sueldos, salarios y beneficios sociales de quienes laboran en la obra, obligándose a dar cumplimiento a los dispositivos legales vigentes en materia laboral y de seguridad social, dejando expresa constancia que no existe relación laboral alguna entre su plantel de empleados y obreros y LA MUNICIPALIDAD.

c) Será de cargo y responsabilidad del CONTRATISTA todos los tributos y gravámenes que le correspondan de acuerdo a ley, así como el pago de aportaciones de carácter laboral.

d) Será de cargo del Contratista la obtención de las licencias, autorizaciones, permisos, servidumbres y similares ante las entidades concesionarias de servicios públicos (Edelsur, SEDAPAL, Telmex, Telefónica, etc.), la Municipalidad de Miraflores y/u otras entidades públicas o privadas, necesarias para la normal ejecución de la obra.

e) Será de cuenta y responsabilidad del CONTRATISTA la reparación de los daños que ocasione durante la ejecución de la obra a las redes de luz, agua, desagüe y de teléfonos, y cualquier otro daño que ocasione a los bienes y/o servicios de terceros en la ejecución de la obra.

f) Es obligación del CONTRATISTA, de ser el caso, que las pruebas de laboratorio para el control de calidad de los materiales empleados en obra y dispuestos por la supervisión, sean efectuados en los laboratorios de ensayos de materiales, debidamente inscritos en INDECOPI.

g) El CONTRATISTA en caso que se trate de un consorcio, se obliga solidariamente ante LA MUNICIPALIDAD por todas las obligaciones que se deriven del presente contrato, en consecuencia las empresas contratistas integrantes del consorcio son individualmente y en forma solidaria, responsables ante LA MUNICIPALIDAD por el cumplimiento de las términos contractuales.

h) El contratista, se obliga a tomar como parte de su personal técnico a DOS (2) estudiantes de ingeniería civil, que se encuentre cursando los CUATRO (4) último ciclos de la carrera profesional, a fin de que realicen practicas profesionales, para ello deberá considerarlos en la planilla de obreros contratados bajo el Régimen Especial de Construcción, en la categoría de Operarios.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 37

CLAUSULA DÉCIMA FINANCIAMIENTO

La ejecución de la presente obra tiene las Fuente de Financiamiento: 02 Recursos Directamente Recaudados y 05 Recursos Determinados, del Presupuesto de Inversiones del año 2007, de LA MUNICIPALIDAD.

CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA TRANSFERENCIA DE CONTRATO

EL CONTRATISTA podrá acordar con terceros la subcontratación de parte de las prestaciones a su cargo, en caso que LA MUNICIPALIDAD lo apruebe por escrito previamente, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el Artículo 208° del Reglamento. Aún cuando EL CONTRATISTA haya subcontratado, conforme a lo establecido, es el único responsable de la ejecución total del contrato frente a LA MUNICIPALIDAD

CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA DE LAS CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO

Con el fin de exceptuar a EL CONTRATISTA de determinada responsabilidad por mora durante la vigencia del presente contrato, LA MUNICIPALIDAD, tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor o caso fortuito que pudieran tener incidencia en la ejecución de la obra. Conforme a la definición prevista en el Artículo 1315° del Código Civil, se entiende por caso fortuito o fuerza mayor la causa no imputable consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible; que impida la ejecución de la obligación o determine su cumplimiento parcial tardío o defectuoso.

CLAUSULA DÉCIMA TERCERA RESIDENTE DE OBRA

Para todos los efectos propios de ejecución de la obra como RESIDENTE DE OBRA será el: …………………………… ..........................., con Registro del Colegio de Ingenieros del Perú Nº …………... y Certificado de Habilidad N° ………….... , controlando directa y permanentemente la ejecución de la obra. Para tal efecto presentan la Declaración Jurada de Compromiso, la que forma parte de este contrato. La sustitución RESIDENTE DE OBRA sólo procederá previa autorización escrita de LA MUNICIPALIDAD y el (o los) reemplazante (e), deberá reunir calificaciones profesionales similares o superiores a las del profesional reemplazado. EL CONTRATISTA comunicará el reemplazo vía carta notarial.

CLAUSULA DÉCIMA CUARTA SUPERVISOR DE OBRA

LA MUNICIPALIDAD controlará los trabajos efectuados por EL CONTRATISTA, a través de un SUPERVISOR o INSPECTOR DE OBRA, quedando prohibida la existencia de ambos en la misma obra; quien será responsable de velar directa y permanentemente por la correcta ejecución de la obra y del cumplimiento del contrato. EL SUPERVISOR tiene como función: controlar la ejecución de la obra y absolver las consultas que formule EL CONTRATISTA; está facultado para ordenar el retiro de cualquier subcontratista o trabajador por incapacidad o incorrecciones que, a su juicio, perjudiquen la buena marcha de la obra; para rechazar y ordenar el retiro de materiales o equipos por mala calidad o por el incumplimiento de las especificaciones técnicas; y para disponer cualquier medida urgente en la obra. Su actuación debe ajustarse al Contrato, no teniendo autoridad para modificarlo.

CLAUSULA DÉCIMA QUINTA CUADERNO DE OBRA

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 38

En la fecha de entrega del terreno, se abrirá el Cuaderno de Obra, con las características previstas en el Art. 253º del Reglamento, el mismo que será firmado en todas sus páginas por el SUPERVISOR O INSPECTOR DE OBRAS y el RESIDENTE DE OBRA. Dichos profesionales son los únicos autorizados para hacer anotaciones en el Cuaderno de Obra. El uso del cuaderno se encuentra descrito en el Artículos 254º del Reglamento.

CLAUSULA DÉCIMA SEXTA PRUEBAS DE CALIDAD

El costo de todas las pruebas inherentes a la obra, que deba efectuar para verificar la buena calidad de los materiales utilizados en la obra y la correcta ejecución de la misma, correrán por cuenta de EL CONTRATISTA. El suministro de electricidad y el agua necesaria para la ejecución de la obra contratada, serán de cuenta, costo y responsabilidad de EL CONTRATISTA.

CLAUSULA DÉCIMA SÉPTIMA ADELANTOS DIRECTOS Y PARA MATERIALES

LA MUNICIPALIDAD no entregará por ningún concepto, adelanto para la ejecución de la obra.

CLAUSULA DÉCIMA OCTAVA PAGO DE VALORIZACIONES

Las valorizaciones de avance de obra, tienen carácter de pagos a cuenta y serán elaboradas quincenalmente y presentadas el último día de cada período quincenal por el inspector o supervisor y el contratista, sobre la base de los metrados ejecutados en dicho periodo. El plazo máximo de aprobación por el inspector o supervisor de las valorizaciones quincenales y su remisión a la MUNICIPALIDAD, será de TRES (3) días, contados a partir del primer día hábil de la quincena siguiente al de la valorización respectiva, y será cancelada por la MUNICIPALIDAD, hasta el último día de tal quincena, mediante el Sistema de Crédito Comercial, utilizado y adoptado por la MUNICIPALIDAD.

Conjuntamente con la valorización, el contratista presentará los siguientes documentos necesarios para el trámite de pago, la Factura por el monto valorizado y los Certificados de control de calidad de los materiales y trabajos ejecutados así como los documentos de sustentación gráfica y analítica de los metrados valorizados.

CLAUSULA DÉCIMA NOVENA REAJUSTE AUTOMÁTICO DE PRECIOS

Se hará efectivo mediante la utilización de las fórmulas polinómicas contenidas en el Expediente Técnico, que forman parte integrante del presente contrato, de acuerdo al régimen legal vigente y en concordancia con el calendario de avance de obra valorizada aprobado.

CLAUSULA VIGÉCIMA OBRAS PROVISIONALES

EL CONTRATISTA dentro de los cinco (5) días calendarios de iniciado el plazo contractual está obligado a instalar y colocar en la Obra, por su cuenta y cargo, el Cartel de Obra y la Oficina de Campo.

CLAUSULA VIGÉSIMA PRIMERA SEGURIDAD Y SERVICIOS PARA LOS TRABAJADORES

EL CONTRATISTA está obligado a proveer a los trabajadores de cascos de seguridad, botas de jebe, guantes, y demás implementos de seguridad que fueran necesarios, así como dotar a la obra de los servicios higiénicos, comedores y botiquines apropiados de acuerdo a la magnitud de la misma, compatible con el número de trabajadores.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 39

CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA TERRENO PARA LA OBRA Y DERECHO DE VIA

EL CONTRATISTA limitará sus operaciones a las áreas mostradas en los planos del proyecto. Los materiales de construcción podrán ser depositados para su utilización inmediata sobre las áreas correspondientes al derecho de vía, siempre que éstos no interrumpan el tránsito, impidan el drenaje o restrinjan el progreso de la obra.

CLAUSULA VIGÉSIMA TERCERA MANTENIMIENTO DE TRÁNSITO

EL CONTRATISTA a la firma del contrato será responsable, a su costo, del mantenimiento del tránsito, de tal manera que sus trabajos no interfieran innecesaria o indebidamente, con la comodidad pública respecto al acceso a propiedades o emergencia y con las facilidades de circulación en general. Por lo que, el Contratista está obligado a:

a. Antes de iniciar los trabajos obtener la autorización, de la Gerencia de Transporte Urbano (GTU) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, del esquema de desvío del tránsito en la zona afectada por la ejecución de la obra, debiendo pagar el contratista el derecho correspondiente a tal autorización, sin la cual no podrá interrumpir las vías, bajo su responsabilidad,

b. Colocar tranqueras con las especificaciones técnicas proporcionadas por LA MUNICIPALIDAD para el desvío del tránsito, conforme a lo dispuesto por la GTU, así como anunciar la ejecución de los trabajos para evitar el congestionamiento en el tránsito y daños a los vehículos y peatones, tanto de día como de noche. La cantidad de las tranqueras será la suficiente para que se cumpla con el fin propuesto.

c. Adoptar todas las demás medidas de seguridad requeridas de acuerdo con la naturaleza de los trabajos

EL CONTRATISTA ejecutará los trabajos sobre la base del esquema de desvío de tránsito aprobado por la GTU. En consecuencia, no podrá romper las vías ni interrumpir el tránsito sin que esté previsto en dicho esquema. La interrupción del tránsito será por etapas a ser fijadas por la GTU. Será causal de resolución el incumplimiento de lo estipulado por la presente cláusula.

CLAUSULA VIGÉSIMA CUARTA COORDINACION CON ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIO Y OTROS

EL CONTRATISTA desde la firma de este contrato efectuará las respectivas coordinaciones con las Entidades Públicas y Empresas Concesionarias de los Servicio Públicos, a fin de asegurar la correcta y oportuna ejecución de los trabajos contratados que estén supeditados a la aprobación y autorización respectiva, recabando de ser necesario, las certificaciones y cartas de aceptación de dichas empresas para su realización.

Cuando sea necesario, EL CONTRATISTA dará facilidades a los contratistas de LA MUNICIPALIDAD de otras obras conexas a la contratada para la pronta y mejor ejecución de los trabajos de estos; para tal fin se coordinará con el SUPERVISOR.

CLAUSULA VIGÉSIMA QUINTA DAÑOS A TERCEROS

Constituye obligación de EL CONTRATISTA el asumir los costos de reparación de los daños que ocasionen a las redes eléctricas, agua, desagüe, teléfonos y a terceros afectados. La negativa del Contratista en reparar el daño causado será causal de resolución del contrato, sin perjuicio de la que LA MUNICIPALIDAD o las Empresas Concesionarias de Servicio Públicos, ejecuten los trabajos con cargo a las valorizaciones del Contratista y/o la carta fianza de fiel cumplimiento, de ser el caso.

.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 40

CLAUSULA VIGÉSIMA SEXTA PENALIDAD POR ATRASO EN LA EJECUCIÓN DE OBRA

En aplicación del Artículo 222º del Reglamento, en caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA MUNICIPALIDAD le aplicará al contratista, una penalidad por cada día calendario de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato de la ejecución de obra.

Esta penalidad será deducida de cualquiera de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de la carta fianza de fiel cumplimiento del contrato.

La penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula, teniendo en cuenta que, tanto el monto como el plazo se refieren a la etapa que debió ejecutarse:

Penalidad diaria = 0.10 x Monto

0.40 x Plazo en días

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato parcial o totalmente por incumplimiento. En el caso de ejecución de obras el monto está referido al monto del contrato vigente.

Las penalidades a las que estará sujeta el CONTRATISTA, en tanto por mil del monto del contrato, en aplicación del Articulo N° 223 del Reglamento se describen en la siguiente tabla:

Nº PENALIDADES MULTA

1

SEGURIDAD DE OBRA Y SEÑALIZACIÓN Cuando el contratista no cuenta con los dispositivos de seguridad en la obra tanto peatonal o vehicular incumpliendo las normas, además de las señalizaciones solicitadas por LA MUNICIPALIDAD . La multa es por cada día.

2/1000

2 INDUMENTARIA E IMPLEMENTOS DE PROTECCION PERSONAL Cuando el contratista no cumpla con dotar a su personal de los elementos de seguridad. La multa es por cada día.

1/1000

3 CALIDAD DE LOS MATERIALES Cuando el contratista ingrese materiales a la obra sin la autorización del supervisor. 2/1000

4 ENTREGA DE INFORMACION INCOMPLETA Cuando el contratista entregue documentación incompleta, perjudicando el tramite normal de los mismos (solicitud de adelantos, valorizaciones, adicionales, etc.), la multa será por cada tramite documentario. 1/1000

5 CARTEL DE OBRA Cuando el contratista no coloque el cartel de obra dentro del plazo establecido en las especificaciones técnicas. S/. 700

6 CRONOGRAMA VALORIZADO AL INICIO DEL PLAZO CONTRACTUAL Cuando el contratista no cumpla con entregar el calendario valorizado adecuado a la fecha de inicio del plazo contractual, en un plazo de 24 horas. 1/1000

7 VALORIZACIONES Cuando el contratista no efectúe valorizaciones al termino de cada quincena incumpliendo el articulo N° 255 del reglamento 1/1000

8 PRUEBAS Y ENSAYOS Cuando el contratista no realiza las pruebas o ensayos oportunamente para verificar la calidad de los materiales y las dosificaciones.

1/1000

9 RESIDENTE DE OBRA Cuando el Ingeniero Residente no se encuentra en forma permanente en la obra. La multa es por cada día.

1/1000

10 Incumplimiento de los requerimientos Técnicos Mínimos. La multa es por cada día de incumplimiento. 2/1000

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 41

CLAUSULA VIGÉSIMA SEPTIMA SANCIONES

EL CONTRATISTA estará sujeto a las sanciones establecidas en el Título VI del Reglamento en caso incumpla las obligaciones señaladas en el presente contrato o ejecute trabajos defectuosos.

CLAUSULA VIGÉSIMA OCTAVA RESOLUCION DE CONTRATO POR INCUMPLIMIENTO

Si alguna de las partes falta al cumplimiento de sus Obligaciones, la parte perjudicada deberá requerirla mediante carta notarial para que las satisfaga en un plazo de quince (15) días, bajo apercibimiento de que el contrato quede resuelto de pleno derecho. Si vencido dicho plazo el incumplimiento continúa, la parte perjudicada, mediante carta notarial, resolverá el contrato en forma total o parcial.

La resolución parcial sólo involucrará a aquella parte de contrato afectada por el incumplimiento y siempre que dicha parte sea separable e independiente del resto de las obligaciones contractuales, y que la resolución total del contrato pudiera afectar los intereses de LA MUNICIPALIDAD. En tal sentido el requerimiento que se efectúa deberá precisar con claridad que parte del contrato quedaría resuelta si persistiera el incumplimiento. De no hacerse tal precisión se entenderá que la resolución será total en caso de persistir el incumplimiento.

En caso de que surgiese alguna controversia respecto a la resolución del contrato, cualquiera de las partes podrá recurrir a los mecanismos de solución establecidos en el Artículo 53º de la Ley y en las disposiciones pertinentes de su Reglamento.

LA MUNICIPALIDAD podrá resolver el contrato, de conformidad con el inciso c) de Artículo 41º de la Ley en los casos en que EL CONTRATISTA:

a) Incumpla injustificadamente obligaciones contractuales, legales o reglamentarias a su cargo, pese a haber sido requerido para ello.

b) Haya llegado a acumular el monto máximo de las penalidades por mora en la ejecución de la prestación a su cargo.

c) Paralice o reduzca injustificadamente la ejecución de la prestación, pese a haber sido requerido para corregir tal situación.

Para efectos de lo dispuesto por el literal c) del Artículo 41º del TUO de la Ley Nº 26850 se considerarán como obligaciones esenciales las siguientes:

• Los pagos en las oportunidades previstas en el contrato. • Las obligaciones que fueron consideradas factores de calificación y selección. • Otras condiciones que resulten indispensables para el normal cumplimiento del contrato.

CLAUSULA VIGÉSIMA NOVENA RECEPCION DE OBRA

La recepción de obra de obra se efectuará de acuerdo al procedimiento dispuesto por el Artículo 268° del Reglamento.

CLAUSULA TRIGÉSIMA PLAZO DE RESPONSABILIDAD POR LA OBRA

EL CONTRATISTA es responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de bienes y servicios ofertados por un plazo de SIETE (07) años contados a partir de la fecha de recepción de la obra por la MUNICIPALIDAD, sin perjuicio de las responsabilidades previstas en el artículo 1784° del Código Civil.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 42

CLAUSULA TRIGÉSIMA PRIMERA MEMORIA DESCRIPTIVA VALORIZADA

La elaboración de la Memoria Descriptiva Valorizada, estarán a cargo de EL CONTRATISTA, quien efectuará su presentación a LA MUNICIPALIDAD junto con la liquidación del contrato, dentro de los sesenta (60) días posteriores a la Recepción de la Obra. De no cumplir con su presentación, LA MUNICIPALIDAD dispondrá con cargo a EL CONTRATISTA la elaboración de estos documentos; descontando los gastos que demande su obtención, de las valorizaciones en trámite de pago, la liquidación del contrato o la carta fianza de fiel cumplimiento de este.

CLAUSULA TRIGÉSIMA SEGUNDA DOCUMENTACION DE OFICIO

Si LA MUNICIPALIDAD por incumplimiento de EL CONTRATISTA, se viera obligado a elaborar planos de post construcción, memoria descriptiva valorizada o minuta de declaratoria de fábrica, cargará en la cuenta de éste los gastos profesionales, judiciales, notariales y otros que fueran necesarios, los que se descontarán de las valorizaciones pendientes de pago, de la Liquidación Final del Contrato de Obra o de la Carta Fianza de Fiel Cumplimiento del Contrato.

CLAUSULA TRIGÉSIMA TERCERA LIQUIDACIÓN DE CONTRATO DE OBRA

La Liquidación del presente Contrato se llevará a cabo de conformidad con los Artículos 269º, 270° y 271° del Reglamento. EL CONTRATISTA presentará a LA MUNICIPALIDAD la liquidación debidamente sustentada con la documentación y los cálculos detallados. Constituye parte de la documentación una copia certificada del libro de planilla de la obra y una Declaración Jurada de haber cumplido con los pagos correspondientes a indemnización y vacaciones de los trabajadores de la obra y no tener reclamos laborales pendientes de solución.

Con la liquidación, EL CONTRATISTA entregará a LA MUNICIPALIDAD la minuta de Declaratoria de Fábrica o la Memoria Descriptiva Valorizada, según sea el caso.

Si la liquidación no es presentada por EL CONTRATISTA en el plazo reglamentario, será elaborada por LA MUNICIPALIDAD en idéntico plazo y con gastos cargados a cuenta de EL CONTRATISTA, por el monto equivalente a 1 UIT (Una Unidad Impositiva Tributaria).

CLAUSULA TRIGÉSIMA CUARTA CONTENIDO DEL CONTRATO

El contrato esta conformado por el documento que lo contiene, las Bases Integradas y la oferta ganadora, así como todos los documentos derivados del proceso de selección que han establecido obligaciones para las partes.

CLAUSULA TRIGÉSIMA QUINTA SOLUCION DE CONTROVERSIAS

Las partes acuerdan que cualquier controversia que surja sobre la ejecución o interpretación del contrato deberá solucionarse por Conciliación o Arbitraje, conforme a las disposiciones del TUO de la Ley N° 26850 y su Reglamento. En el supuesto de producirse una controversia a determinarse a nivel arbitral este sera resuelto por un tribunal arbitral el mismo que regulara por la normativa antes citada.

CLAUSULA TRIGÉSIMA SEXTA DOMICILIO

Ambas partes señalan como domicilio las direcciones consignadas en la parte introductoria de este Contrato, donde deberán efectuarse las notificaciones, citaciones y avisos.

Municipalidad Distrital de Miraflores A.D.P. Nº 001­2007­CE/MM OBRA: “MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA VIAL DE LA AV. RICARDO PALMA”

Av. Larco N° 400­Miraflores – Tf. 445­4746 / 445­3419 43

Este domicilio podrá variarse por otro en la misma ciudad de Lima, previo aviso dado por Carta Notarial a la parte contraria.

CLAUSULA TRIGÉSIMA SEPTIMA ESCRITURA PÚBLICA

El presente Contrato queda perfeccionado con la suscripción de las partes celebrantes. Sin embargo, sin perjuicio de su plena validez y vigencia, cualquiera de las partes podrá elevarlo a Escritura Pública asumiendo los gastos correspondientes.

Estando de acuerdo en todas y en cada una de las Cláusulas del presente Contrato, las partes lo firman, en tres (3) ejemplares del mismo valor, en Miraflores, el día ... del mes de ... del 2007.

_____________________________ ________________________________ LA MUNICIPALIDAD EL CONTRATISTA