objeto: informe de alcance

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OBJETO: Informe de Alcance REFERENCIA: Código Expediente: 0001-0034-2020-000005 0001-0034-2020-000006 0001-0034-2020-000007 0001-0034-2020-000008 0001-0034-2020-000009 UNIDAD GESTORA: Dirección General de Medio Ambiente Servicio de Biodiversidad Sección de Impacto Ambiental C/ González Tablas, 9 - 31005 Pamplona Teléfono: 848 427625 Correo electrónico: [email protected] EXPEDIENTE Evaluación de Impacto Ambiental (Fase I) Actividad: Parques Eólicos NAVARRA 1, 2, 3, 4 y 5 Anejo Ley 21/2013, de evaluación ambiental: I Promotor: SACYR CONCESIONES SLU Con fecha 4 de marzo de 2020, se presentaron los documentos iniciales de los proyectos de los parques eólicos Navarra 1, Navarra 2, Navarra 3, Navarra 4 y Navarra 5, promovidos por Sacyr Concesiones S. L. U., ubicándose los aerogeneradores en los términos municipales de Juslapeña, Odieta, Ezcabarte, Olaibar, Esteribar, Valle de Egüés, Lizoain y Erro, y afectando una de las líneas de evacuación a los términos municipales de Olaibar, Ezcabarte, Juslapeña, Berrioplano y Orcoyen, y la otra a los municipios de Esteribar, Valle de Egüés, Aranguren y Galar. La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental indica en su artículo 34 que el promotor podrá solicitar al órgano ambiental que elabore un documento de alcance del estudio de impacto ambiental, para lo cual el órgano ambiental consultará el documento inicial del proyecto a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas al objeto de recabar aquellos aspectos relativos a la evaluación ambiental a incluir en el estudio de impacto ambiental. Habiendo finalizado el trámite de consultas previas del citado proyecto, se adjuntan las respuestas presentadas por los Servicios de Estudios y Proyectos y de Conservación de la Dirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, por la Sección de Ordenación del Territorio, por la Sección de Comunales, por la Sección de Espacios Naturales y Especies Protegidas, por el Servicio Forestal y Cinegético, por los Ayuntamientos de Juslapeña, Odieta, Ezcabarte, Olaibar, Anué, Esteribar, Aranguren, Lizoain y Orkoien y, por los Concejos de Anotzibar, Enderiz, Olaiz, Orrio, Olave, Osacain, Zildotz, Makirriain, Azpa, Badostain, Egüés, Elcano, Elía, Ibiricu, Sagaseta y Antxoritz, por la Apyma Saioa Guraso Elkartea del C.P. Gloria Larrainzar, por la Asociación de Jóvenes del Valle de Esteribar, por la Asociación de Jubilados/as de Esteribar, por la Asociación Txolgorri de Ilurdotz, por la Plataforma Vecinal CSV: DF4C88542187DC16 Puede verificar su autenticidad introduciendo el CSV en / Benetakoa dela egiaztatu dezakezu CSVa hemen sartuta: https://administracionelectronica.navarra.es/validarCSV/default.aspx Emitido por Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak emana (DIR3: A15007522) Fecha de emisión / Noiz emana: 2020-11-02 18:11:55 Documento firmado digitalmente el día 02.11.2020

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Page 1: OBJETO: Informe de Alcance

OBJETO: Informe de Alcance

REFERENCIA: Código Expediente: 0001-0034-2020-000005

0001-0034-2020-000006

0001-0034-2020-000007

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0001-0034-2020-000009

UNIDAD GESTORA: Dirección General de Medio Ambiente

Servicio de Biodiversidad

Sección de Impacto Ambiental

C/ González Tablas, 9 - 31005 Pamplona

Teléfono: 848 427625

Correo electrónico: [email protected]

EXPEDIENTE

Evaluación de Impacto Ambiental (Fase I)Actividad: Parques Eólicos NAVARRA 1, 2, 3, 4 y 5Anejo Ley 21/2013, de evaluación ambiental: IPromotor: SACYR CONCESIONES SLU

Con fecha 4 de marzo de 2020, se presentaron los documentos iniciales de losproyectos de los parques eólicos Navarra 1, Navarra 2, Navarra 3, Navarra 4 y Navarra 5,promovidos por Sacyr Concesiones S. L. U., ubicándose los aerogeneradores en los términosmunicipales de Juslapeña, Odieta, Ezcabarte, Olaibar, Esteribar, Valle de Egüés, Lizoain yErro, y afectando una de las líneas de evacuación a los términos municipales de Olaibar,Ezcabarte, Juslapeña, Berrioplano y Orcoyen, y la otra a los municipios de Esteribar, Valle deEgüés, Aranguren y Galar.

La Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental indica en su artículo 34que el promotor podrá solicitar al órgano ambiental que elabore un documento de alcance delestudio de impacto ambiental, para lo cual el órgano ambiental consultará el documento inicialdel proyecto a las Administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas al objetode recabar aquellos aspectos relativos a la evaluación ambiental a incluir en el estudio deimpacto ambiental.

Habiendo finalizado el trámite de consultas previas del citado proyecto, se adjuntan lasrespuestas presentadas por los Servicios de Estudios y Proyectos y de Conservación de laDirección General de Obras Públicas e Infraestructuras, por la Sección de Ordenación delTerritorio, por la Sección de Comunales, por la Sección de Espacios Naturales y EspeciesProtegidas, por el Servicio Forestal y Cinegético, por los Ayuntamientos de Juslapeña, Odieta,Ezcabarte, Olaibar, Anué, Esteribar, Aranguren, Lizoain y Orkoien y, por los Concejos deAnotzibar, Enderiz, Olaiz, Orrio, Olave, Osacain, Zildotz, Makirriain, Azpa, Badostain, Egüés,Elcano, Elía, Ibiricu, Sagaseta y Antxoritz, por la Apyma Saioa Guraso Elkartea del C.P. GloriaLarrainzar, por la Asociación de Jóvenes del Valle de Esteribar, por la Asociación deJubilados/as de Esteribar, por la Asociación Txolgorri de Ilurdotz, por la Plataforma Vecinal

CSV: DF4C88542187DC16Puede verificar su autenticidad introduciendo el CSV en / Benetakoa dela egiaztatu dezakezu CSVa hemen sartuta:https://administracionelectronica.navarra.es/validarCSV/default.aspxEmitido por Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak emana (DIR3: A15007522)Fecha de emisión / Noiz emana: 2020-11-02 18:11:55

Documento firmado digitalmente el día 02.11.2020

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Herriak Bizirik, por la Agrupación Lizarri Herri Kandidatura, por la Asociación Xiringoa Elkartea,por la Plataforma Ciudadana “Salvemos Eguesibar Zain Dezagun” formada por lasasociaciones y entidades locales que consta en su escrito, por la Asociación URBI, por laFundación Sustrai Erakuntza, por Ekologistak Martxan, por SEO-BirdLife, por la Sociedad deCazadores de Lizoain, y por ADECANA, para que sean tenidas en cuenta, en su caso, en ladefinición del proyecto y en su estudio de impacto ambiental.

Descripción de los proyecto y principales impactos potenciales detectados

Los principales componentes de cada uno de los proyectos son:

- Instalación de 56 aerogeneradores, 12 en cada parque salvo en el P. E. Navarra 5que se plantean 8, de 4MW de potencia nominal (potencia total instalada 224 MW),de 120 metros de altura de buje y 150 metros de diámetro del rotor, cimentadossobre zapata de hormigón armado con acero. Ello conlleva la adecuación de lasrespectivas plataformas de montaje y plataformas auxiliares de palas, superficiesplanas y libres de vegetación.

- Estación anemométrica de medición del recurso eólico cuyas respectivasubicaciones se determinarán en función de la implantación finalmente resultante.

- Tres subestaciones eléctricas (30/66kV) una para el P. E. Navarra 1, otra para el P.E. Navarra 2 y la tercera será compartida para los parques eólicos Navarra 3,Navarra 4 y Navarra 5.

- Conexión eléctrica y de cableado de comunicaciones, a través de línea subterráneade evacuación (30 kV) entre cada aerogenerador y las respectivas subestacioneseléctricas. Para ello se excavará una zanja de 1,00 m de profundidad mínima yanchura 0,60-1,0 m, que discurrirá paralela a los viales excepto en los pasos decamino, donde serán perpendiculares; en ellas se incluirá la red de puesta a tierra.

- Línea eléctrica aérea de alta tensión(66kV) desde las respectivas subestacioneshasta la SET-Orcoien, compartida en gran parte para la evacuación de los P. E.Navarra 1 y 2, o hasta la SET-Cordovilla, compartida desde su inicio por los P. E.Navarra 3, 4 y 5.

- Acessos: uno desde la NA-4210 (P. E. Navarra 1), uno desde la N-121-A (P. E.Navarra 2), uno desde la NA-2337 (P. E. Navarra 3, 4 y 5) y N-135 (P. E. Navarra 5).

- Las características proyectadas de los viales son:

Anchura mínima libre de 6 m y radio mínimo exterior de 60 m. Pendiente máxima 10% en firmes sin compactar y, de forma puntual y

excepcional, 13% en firmes compactados. Sección tipo formada por una capa inferior de zahorra natural o material

seleccionado (25-35cm) y una capa de rodadura de zahorra artificial(25cm).

Cunetas de drenaje longitudinal de 80 cm de anchura y 40 cm deprofundidad.

CSV: DF4C88542187DC16Puede verificar su autenticidad introduciendo el CSV en / Benetakoa dela egiaztatu dezakezu CSVa hemen sartuta:https://administracionelectronica.navarra.es/validarCSV/default.aspxEmitido por Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak emana (DIR3: A15007522)Fecha de emisión / Noiz emana: 2020-11-02 18:11:55

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Según la documentación presentada, la cuantía de los viales que es necesariorehabilitar o realizar nueva construcción se muestra a continuación, no obstante, secomprueba que parte de los viales que marca como rehabilitación, no existen o sonmeras sendas de ganado y/o montañeros:

Rehabilitación (m)Nueva Construcción

(m)P. E. Navarra 1 9.396 7.463

P. E. Navarra 2 10.025 2.773

P. E. Navarra 3 5.171 3.998

P. E. Navarra 4 5.984 1.068

P. E. Navarra 5 6.944 616

Total 37.520 15.918

Los parques eólicos objeto de consulta presentados por Sacyr Concesiones S.L.U.,ocupan una gran extensión en un ámbito con elevados valores ambiéntales y paisajísticos.

P. E. Navarra 1 se distribuiría en el territorio en dos cordales montañosos que rodean elpequeño valle existente alrededor de la población de Anoz, con tramos de cimas estrechas yfuertes pendientes.

P. E. Navarra 2 se distribuiría en el territorio en una única alineación de direcciónaproximada norte-sur, dispuesta en el cordal montañoso que separa los valles de los ríos Argay Ultzama. En el extremo sur presenta tramos de crestas rocosas y fuertes pendientes. Elparque es aproximadamente paralelo y se sitúa a unos 3,5Km al este del P. E. Navarra 1.Asimismo, se sitúa a unos 3-3,5 Km de las alineaciones constituidas por los P. E. Navarra 3, 4y 5, de dirección NE-SO.

El P. E. Navarra 3 comprende una única alineación de dirección NE-SO, localizada en lacadena montañosa ubicada en el interfluvio de los ríos Arga y Erro, y en el límite norte con losPaisajes Protegidos “Señorío de Egulbati” y “Concejo de Elia”. En prácticamente toda laalineación se presentan pendientes muy fuertes, y en el extremo NE encontramos ademásimportantes resaltes topográficos que dan lugar a grandes escarpes (altos de Lakarri, PeñaBelzunegui, Peña de la Mora y Astirigardi, etc.).

Los parques eólicos Navarra 4 y Navarra 5 constituyen una única alineación situada enla cima de la cadena montañosa que parte del puerto de Erro hasta las proximidades delpueblo de Errea en dirección N-S, y a partir de aquí toma dirección NE-SO hasta su caídahacia el Río Arga. En esta última parte la alineación se localiza paralela y a unos 2Km al nortedel P. E. Navarra 3.

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La mayor parte de los aerogeneradores y de los caminos necesarios para su montaje ymantenimiento, estarían cubiertos por densas masas arboladas naturales con un elevado gradode madurez y de gran valor, principalmente hayedos, robledales, pinares y masas mixtas de losanteriores, existiendo también algunas repoblaciones de pino laricio. Además, en la zona deactuación encontramos varios hábitats catalogados de interés comunitario según la Directiva92/46/CEE (9150. Serie de los hayedos xerófilos y basófilos cantábricos, 6212. Pastizales yprados xerofíticos basófilos cántabro-pirenaicos, 6230. Pastizales mesofíticos acidófilosmontanos orocántabro-atlánticos, 4090 Matorralees mediterráneos y oromediterráneosprimarios y secundarios con dominio frecuente de genisteas y 8211. Vegetación casmofítica:subtipos calcícolas), que podrían verse significativamente afectados por las obras necesariaspara el montaje y funcionamiento del parque.

En el ámbito de estudio convergen las bio-regiones atlántica, alpina y mediterránea, loque explica la variedad de ecosistemas y ecotonos, y por tanto de biodiversidad asociada, dehábitats, fauna y flora.

Deberá incluirse un estudio detallado de la vegetación y hábitats realmente presentes, yreflejarlo en la cartografía correspondiente, determinando la superficie afectada por laocupación temporal y permanente de las obras. En este inventario deberá determinarse lapresencia de especies catalogadas y la posible influencia del proyecto en su conservación. Elinventario deberá estar basado en prospecciones de campo realizadas en las fechasoportunas, por un técnico experto en la materia.

Así mismo, al afectar a montes incluidos en el Catálogo de montes de utilidad pública deNavarra se estará a lo dispuesto en la Ley Foral 13/1990, de 31 de diciembre, de protección ydesarrollo del patrimonio forestal de Navarra en lo referente a la tramitación previa delcorrespondiente expediente de ocupación de monte de utilidad pública.

Cuando la Administración de la Comunidad Foral tramite un plan o proyecto cuyautilidad pública o interés general se pretenda declarar y pueda afectar de algún modo a unmonte o terreno forestal incluido en el Catálogo de montes de utilidad pública de Navarra,corresponde al Gobierno de Navarra realizar la previa declaración de compatibilidad entre

CSV: DF4C88542187DC16Puede verificar su autenticidad introduciendo el CSV en / Benetakoa dela egiaztatu dezakezu CSVa hemen sartuta:https://administracionelectronica.navarra.es/validarCSV/default.aspxEmitido por Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak emana (DIR3: A15007522)Fecha de emisión / Noiz emana: 2020-11-02 18:11:55

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ambas o la prevalencia de una de ellas sobre la otra, previo informe de la AdministraciónForestal.

La Administración Forestal está facultada para declarar la incompatibilidad de ungravamen establecido en un monte catalogado con la utilidad pública o el carácter protector alos que esté afecto, previo el procedimiento correspondiente que reglamentariamente seestablezca.

En función del interés privado, y con carácter restrictivo, la Administración Forestalpodrá autorizar el establecimiento de servidumbres u ocupaciones temporales en montescatalogados, en el caso de que se justifique su compatibilidad con la utilidad pública del montey con el consentimiento del titular según el Catálogo.

En el caso de que la ocupación o servidumbre se pretenda ubicar en monte arbolado, elpromotor deberá justificar, además de la compatibilidad con la utilidad pública, la imposibilidadde localizarla sobre terreno desarbolado del monte. En especial, las infraestructuras detransporte de energía en zonas donde existan montes catalogados evitará, siempre que seaposible, afectar a masas arboladas, siendo preferente su trazado por terrenos desarbolados delmonte o por terrenos agrícolas ajenos al mismo.

En consecuencia, en el caso de que el promotor siga adelante con la tramitación, ladocumentación presentada deberá incluir un apartado que justifique la compatibilidad con lautilidad pública del monte y la imposibilidad de localizar la infraestructura sobre terrenosdesarbolados del mismo, tanto en el caso de los apoyos de los aerogeneradores, como en elcaso de la torre de medición, viales de acceso y líneas eléctricas, aéreas o subterráneas. A lamisma se deberá acompañar documento que acredite que posee título suficiente del titular delmonte para llevar a cabo tal ocupación temporal o establecimiento de servidumbre.

Por otro lado, los movimientos de tierra precisos para permitir el acceso de lamaquinaria necesaria para la instalación y montaje de los aerogeneradores, así como elestablecimiento de los mismos, zonas de acopio de materiales, etc., se producen en muchoscasos, en un contexto de cimas estrechas, con resaltes rocosos (Peñas de Antxoritz, PeñaBerrondo, Alixeto, Peña Belzunegui, Altos de Lakarri, Peña de la Mora, Aldaun, etc.), zonas degrandes pendientes, y alto valor ambiental, suponiendo una afección ambiental muyimportante. Asimismo, hay que comentar que varios aerogeneradores del P. E. Navarra 3 seubican en la ladera, aspecto que junto con lo anteriormente comentado puede condicionarseriamente la viabilidad ambiental de los proyectos

El estudio de impacto ambiental deberá concretar el volumen del movimiento de tierrasnecesario, separando lo que corresponde a desmonte de lo que corresponde a terraplén, ydiferenciando para cada plataforma, camino o infraestructura. Así mismo, se deberán incluirplanos con los perfiles topográficos iniciales y resultantes, en las alineaciones propuestas conmayor movimiento de tierras. En todo caso, para una correcta integración paisajística, lapendiente de los taludes generados debe ser la menor posible y debe permitir una correctarevegetación.

Respecto a la fauna, el grado de madurez y diversidad que presentan las masasarboladas del entorno, con abundantes árboles viejos y muertos, las hace especialmenteinteresantes para los quirópteros y las rapaces forestales, siendo éstos los grupos faunísticosmás afectados por la instalación de aerogeneradores. De hecho, el ámbito del proyecto es área

CSV: DF4C88542187DC16Puede verificar su autenticidad introduciendo el CSV en / Benetakoa dela egiaztatu dezakezu CSVa hemen sartuta:https://administracionelectronica.navarra.es/validarCSV/default.aspxEmitido por Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak emana (DIR3: A15007522)Fecha de emisión / Noiz emana: 2020-11-02 18:11:55

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de campeo, cría y alimentación de numerosas especies, muchas de ellas protegidas, como elpito negro, plenamente vinculado a las citadas masas arboladas maduras.

La destrucción de los ecosistemas necesaria para la implantación de losaerogeneradores, supone la pérdida de zonas naturales para el campeo de la fauna, y elfuncionamiento de los mismos conlleva un riesgo de colisión, efecto barrera y pérdida deconectividad sobre las especies voladoras.

Estos últimos efectos cobran especial importancia en los parques eólicos objeto deestudio, ya que pueden interferir en los flujos migratorios de la avifauna, al encontrarse dentrode una de las rutas migratorias atlánticas más importantes de las aves del paleárticooccidental. De hecho, todos los aerogeneradores se situarían en suelo catalogado en el POT-3como “suelo no urbanizable de protección por su valor ambiental por conectividad territorial”,donde se incluyen áreas que permiten conectar y relacionar ecológicamente y funcionalmentelos núcleos de los espacios ya protegidos. Según la normativa vigente aquellas infraestructuraso actuaciones que pudieran afectar a estos suelos, deberán tener en especial consideración noactuar como barreras infranqueables para la fauna y flora y deberán adoptar las medidasnecesarias para evitar la pérdida de conexión entre los espacios.

Además de a la citada ruta migratoria, los parques eólicos propuestos se interpondríanen la ruta de conexión entre el Pirineo y la Cordillera Cantábrica, que es utilizada pornumerosas aves rapaces, carroñeras, etc, entre las que se encuentra el quebranhuesos. Ellocontribuiría al aislamiento de las poblaciones existentes en dichos sistemas.

En el caso de continuar con la tramitación, tendría que realizarse un seguimientoexhaustivo en las fechas oportunas, para valorar la importancia y la afección de la ubicaciónpropuesta dentro de las rutas migratorias atlánticas y dentro de la ruta de conexión Pirineos-Cordillera Cantábrica. Se determinarán los principales corredores de vuelo existentes para lasdistintas especies, en el ámbito objeto de estudio.

Mención especial requiere el milano real (Milvus milvus), especie declarada en peligrode extinción en el catálogo español de especies amenazadas, muy frecuente en la zona deestudio, aunque disminuye su presencia hacia el este. Además de otros dormideros máscercanos, el P. E. Navarra 1 se encontraría a escasos 5 kilómetros de la ZEC “Robledales deUltzama y Basaburua”, uno de cuyos elementos clave, ejes principales en los que se basa laconservación activa de la ZEC, es el milano real. La ejecución de este proyecto podría tenerafecciones sobre dicho elemento clave y por tanto sobre el estado de conservación de la citadaZEC. Asimismo, la existencia alrededor de los P. E. Navarra 1 y Navarra 2, de varias zonasaptas para el depósito de cadáveres animales, en aplicación de la Orden Foral 46/2014, queactúan como foco de atracción para la avifauna necrófaga, no hace sino incrementar el riesgode afección sobre la misma, entre la que se encontraría el milano real.

Igualmente requiere una atención especial el estudio de la potencial afección en lapoblación de quebrantahuesos (Gypaetus barbatus), especie también declarada en peligro deextinción, y la interferencias que ocasionarían los parques a la conectividad entre estas áreas ylas situadas más al oeste de su área de distribución. El ámbito de aplicación de su Plan deRecuperación en Navarra quedaría muy próximo a varios de los parques eólicos propuestos, yde hecho se constata la utilización por esta especie, de zonas ocupadas por dichos parques.Como se comentaba anteriormente los parques se interponen en el pasillo de comunicación yexpansión de esta especie desde el Pirineo hacia el oeste. La afección ocasionada sobre estaespecie deberá ser estudiada, puesto que podría ser importante, más aun considerando quenos encontramos en el límite de su distribución, por lo que su afección podría suponer una

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retracción de la especie, pudiendo condicionar seriamente la viabilidad ambiental de losproyectos.

Por otro lado, el área de implantación de los parques se localiza en un entorno deesparcimiento y recreo, muy frecuentado por la población de la Comarca de Pamplona. Muchosde los aerogeneradores se ubican sobre algunos de los montes emblemáticos más altos yvisibles desde Pamplona, que incluyen cimas con resaltes rocosos de alto valor paisajístico,como Peñas de Antxoritz, Peña Berrondo, Altos de Lakarri, Peña Belzunegui, etc., y es dedestacar que el P. E. Navarra 3 está en el límite con los Espacios Naturales Protegidos(Paisajes Protegidos) “Señorío de Egulbati” y “Concejo de Elía”, con la consiguiente merma queacarrearía la instalación de los aerogeneradores en el valor que se quiso proteger con ladeclaración de los citados Paisajes Protegidos. Se considera que en muchos de losaerogeneradores propuestos, la afección ocasionada con la destrucción de la topografía naturaly la instalación de los aerogeneradores, conllevarían un impacto paisajístico, ecológico y socialde especial relevancia, que podría condicionar seriamente la viabilidad de los proyectos.

Asimismo, hay que destacar la proximidad del Camino de Santiago francés, quediscurre en paralelo al parque eólico Navarra 2 y entre éste y los parques eólicos Navarra 3, 4 y5, itinerario con gran afluencia de visitantes y considerable importancia turística.

El estudio de impacto ambiental deberá contener un estudio del paisaje que incluya elanálisis visual de la actuación desde diferentes puntos de observación (entre los que se incluiráalgún punto elevado y con visibilidad de Pamplona y resto de núcleos urbanos que puedanverse afectados paisajísticamente), el análisis de la calidad y fragilidad paisajística y lasmedidas de integración en cada una de las fases del proyecto, según la metodología adjuntacomo anexo. Además, deberá incluir actuaciones específicas de integración de las afeccionespaisajísticas de los diferentes elementos que se van a construir o alterar (subestación,caminos, aerogeneradores, etc.) en las fases de obra, exposición y desmantelamiento.

A todo ello se añade, que muchos de los molinos propuestos se ubicarían dentro dezonas calificadas como no aptas para la acogida de eólicos, y otros dentro de zonas conlimitaciones ambientales según el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030.

También hay que tener en cuenta que los parques eólicos Navarra 3, 4 y 5 afectarían enla mayor parte de su área de ocupación, a una pasada de la Cañada Real de Milagro a Aezkoa.

Por otra parte, la cercanía de los aerogeneradores a numerosos núcleos de población yla posible afección acústica en los mismos, hacen que el Estudio de Impacto Ambiental debaincluir un estudio que asegure el cumplimiento de la legislación vigente en materia de ruido enel suelo urbano y urbanizable de los núcleos circundantes. Asimismo, deberá incluir un plan deseguimiento para el control del ruido generado en las mismas durante el funcionamiento delparque.

Respecto a las infraestructuras de evacuación, al igual que para el parque eólico,deberá realizarse un análisis de alternativas, incluyendo alternativas de evacuación de menorimpacto (evacuación soterrada en la zona de mayor densidad de líneas eléctricas, compartirtramos de línea eléctrica aérea existentes, etc.). Además, deberá tenerse en cuenta el RealDecreto 1432/2008, por el que se establecen medidas para la protección de la avifauna contrala colisión y la electrocución, en las zonas de protección establecidas a su efecto. No se puedevalorar el impacto ambiental de las infraestructuras de evacuación de forma independiente a lade las demás acciones del proyecto.

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Asimismo, indicar que, en el estudio de alternativas de las áreas de implantación deldocumento presentado, falta la localización de las áreas 1, 6, 8 y 9, aspecto que deberá sersubsanado.

El análisis de la afección del proyecto sobre el cambio climático, deberá desarrollarseconvenientemente y tener en cuenta tanto la producción de energía renovable, como lasemisiones necesarias para la fabricación de los aerogeneradores y su instalación, así como laafección a los sumideros de carbono necesaria para dicha instalación.

En base a todo lo expuesto se concluye que los impactos ocasionados por los parqueseólicos y sus infraestructuras de evacuación, pueden ser importantes y por tanto puedencondicionar seriamente la viabilidad ambiental de los proyectos planteados.

En el caso de seguir adelante con la tramitación, deberá atenerse a lo establecido en elDecreto Foral 56/2019, de 8 de mayo, por el que se regula la autorización de parques eólicosen Navarra. En tal caso, conforme al anterior Decreto Foral, y de acuerdo al Anexo VI de la Ley21/2013 de Impacto Ambiental, deberá presentarse un Estudio de Impacto Ambiental. Ésteincluirá un estudio del ciclo anual completo del uso del espacio por la avifauna y por losquirópteros, así como un estudio específico que analice el impacto paisajístico derivado de laimplantación del parque eólico propuesto, conforme a los respectivos protocolos de trabajo quese añaden como anexos a este informe. Asimismo, el estudio de impacto ambiental que sepresente en su caso, deberá incluir el análisis de los impactos acumulativos y sinérgicos de losparques eólicos proyectados, junto con el resto de infraestructura existente y proyectada(líneas eléctricas de evacuación, accesos, etc), sobre los diferentes valores ambientales delentorno, incluida la conectividad territorial.

Pamplona, 2 de noviembre de 2020

El Director General de Medio Ambiente

Pablo Muñoz Trigo

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Protocolo de trabajo de campo para el Estudio del ciclo anual completo del uso del

espacio por la avifauna

El trabajo de campo del Estudio del uso del espacio por la avifauna deberá ser realizadopor personal competente, con experiencia en la materia, y abarcará un año completo de trabajode campo. El estudio comprenderá tanto la posible ubicación de los aerogeneradores comoaquellos tramos del tendido eléctrico de evacuación de energía que discurran próximos alugares ambientalmente sensibles (zonas húmedas, cortados, refugios, zonas de nidificación,cría o área de campeo de especies sensibles, etc.).

El uso del espacio por aves en el entorno de los parques eólicos se estudiará medianteobservaciones desde puntos fijos y transectos. Se consideran superficies efectivas para loscontactos, círculos en torno al punto de muestreo de 400 metros de diámetro. Debenseleccionarse un número adecuado de puntos de control, en función de las característicasconcretas del medio, de tal forma que se cubra toda el área de posible implantación del parqueeólico. Además, se deberá seleccionar un punto de muestreo fuera de la poligonal del ámbitodel parque eólico. El tiempo mínimo de observación en cada punto será de 30 minutos. Asímismo, se deberán establecer transectos representativos de las diferentes zonas del parqueeólico. En función del territorio y de las características del parque eólico (pequeño tamaño,ubicación, etc) se aceptará un único transecto. Tanto la localización de los puntos fijos demuestreo como los transectos que se establezcan podrán consensuarse con el Negociado deEvaluación Ambiental.

Las visitas deberán tener una periodicidad semanal y deberán estar adecuadamenteespaciadas en el tiempo (mínimo 5 días de separación entre visitas).

Las observaciones se distribuirán homogéneamente a lo largo de todo el día, de talforma que para cada punto de observación y época del año, se repartan en tres periodos deobservación (amanecer, mediodía y atardecer). Según las especies prioritarias existentes en elentorno y en función de la mayor detectabilidad de las mismas en momentos distintos en cadaépoca del año, se adaptarán de forma justificada los muestreos a estas circunstancias. A modode ejemplo, en lugares en los que sean previsibles incidencias sobre buitres, el estudio secentrará al amanecer en verano y a mediodía en invierno.

Para cada observación se elaborará un registro y que incluirá los siguientes campos:

o Punto de observación o de controlo Condiciones atmosféricaso Especieo Número de individuoso Fecha y hora de contactoo Trayectoria de vueloo Vuelo sobre cresta, ladera norte o suro Otros datos de vuelo, como cruce o paralelismo a la alineación prevista, migración, etc.

En el caso de existencia de otros aerogeneradores en el entorno, comprobar posiblesreacciones de pánico (acciones bruscas que realizan determinadas aves en lasproximidades de los aerogeneradores para evitar cruzar entre ellos, así como accionesde otro tipo que no muestran señales de sobresalto), rehúses de paso (intentos fallidosde cruce de una loma por parte de un ave) u otras.

o Tipo de vuelo: cicleo de remonte, batido, planeo, etc.o Distancia estimada del ave a la base de los aerogeneradores proyectados.

CSV: DF4C88542187DC16Puede verificar su autenticidad introduciendo el CSV en / Benetakoa dela egiaztatu dezakezu CSVa hemen sartuta:https://administracionelectronica.navarra.es/validarCSV/default.aspxEmitido por Gobierno de Navarra / Nafarroako Gobernuak emana (DIR3: A15007522)Fecha de emisión / Noiz emana: 2020-11-02 18:11:55

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o Altura de vuelo estimada

Además de los datos procesados y las conclusiones del estudio, la relación de los registrosde todas las observaciones realizadas se presentarán en formato digital en un archivo conextensión .xls.

Se consideran observaciones diferentes las realizadas de un mismo ave que lleva a caboactividades muy diferentes en momentos sucesivos (un mismo ave puede ser contactada endos cruces sucesivos de la alineación de aerogeneradores, tomándose como observacionesdiferentes ya que pueden originar dos situaciones de riesgo consecutivas, aunque secontabilice un solo individuo).

Las estimas de altura y distancia en relación a las aves observadas se realizan medianteapreciación visual, utilizando en lo posible puntos de referencia. Para el análisis posterior, lasalturas se asignan a tres clases:

o A: entre el nivel del suelo y unos cinco metros por debajo de la altura mínima de barridode las palas.

o B: comprende el rango de alturas entre 5 metros por debajo y 5 metros por encima de laaltura de barrido de las palas.

o C: Por encima de unos 5 metros de la altura máxima de barrido de las palas.

Para la detección de especies nocturnas y crepusculares, se realizarán muestreosnocturnos por escucha, en los mismos puntos fijos en los que se realiza el muestreo diurno. Eltiempo mínimo de observación en cada punto será de 30 minutos, y el muestreo se realizará almenos una vez por cada estación del año, excepto en la primavera, que se realizarán unmínimo de 2 muestreos. Los muestreos se realizarán en días con buenas condicionesclimatológicas y con viento en calma. Las observaciones se realizarán a últimas horas de latarde y primeras de la noche.

Deberán prospectarse especialmente lugares que puedan ser utilizados como bebederos ydormideros, como pueden ser edificaciones agrícolas, corrales, ruinas, barrancos, charcas…encaso de existir en el entorno. Además, deberá analizarse con detalle la presencia de posibleszonas de riesgo (cortados, masas forestales, zonas húmedas, muladares, vías pecuarias,granjas, otros parques eólicos cercanos) en el entorno de 10-15 Km. alrededor del futuroemplazamiento.

Además, deberá valorarse la importancia de las ubicaciones propuestas de losaerogeneradores dentro de las rutas migratorias atlánticas y dentro de la ruta de comunicaciónPirineos-Cordillera Cantábroc, y se determinarán los principales corredores de vuelo existentespara las distintas especies, en el ámbito objeto de estudio. Para ello se incrementará lafrecuencia de muestreo en las fechas oportunas, y se incluirán los puntos de muestreo, quefuesen necesario para ello.

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Protocolo de trabajo de campo para el Estudio del uso del espacio por murciélagos.

El trabajo deberá ser realizado por personal competente y con experiencia en laidentificación de ultrasonidos de murciélagos. Abarcará la mayor parte de un ciclo biológicoanual de actividad, es decir, desde abril hasta octubre, ambos incluidos.

Estudio de la actividad nocturna.

El uso del espacio por murciélagos en el parque eólico se estudiará por medio del análisisde grabaciones de ultrasonidos. Para ello se utilizarán grabadoras de registro automático ycontinuo de ultrasonidos.

Si el parque dispone de una torre de medición meteorológica, se registrará la actividad enaltura de riesgo, es decir, a la altura donde giran las palas, y preferiblemente 25 metros porencima de la zona más baja de giro de las palas, para que las grabaciones se ajusten a laactividad en zona de riesgo

Si el parque no dispone de torre meteorológica o de otra infraestructura de altura similar alos aerogeneradores, el muestreo se realizará al nivel del suelo. Se empleará el númerosuficiente de grabadoras que cubran los diferentes tipos de hábitats a los que afecte el parqueeólico, y al menos una grabadora cada 5 aerogeneradores. Las grabadoras se colocarándentro del polígono definido por los aerogeneradores más un radio de 1 km, en los hábitatsmás apropiados para la actividad de estos mamíferos (cursos o masas de agua, lindes debosques, setos arbolados o roquedos). Para ello, se identificarán previamente los diferenteshábitats presentes en la zona y se justificará la elección de las zonas de muestreo. Cualquierinstalación a una distancia inferior a 100 metros de la masa de arbolado caducifolio seráconsiderada de riesgo. En caso de duda, se puede plantear la validez de la selección deubicaciones escogida a la Sección con competencias en evaluación ambiental.

Las grabadoras registrarán todos los ultrasonidos de su entorno desde la puesta del solhasta la salida del mismo. Las grabaciones de ultrasonidos deberán ser presentadas en archivodigital junto con el estudio de impacto ambiental y deberán ser almacenadas durante unperíodo mínimo de 5 años por parte del promotor.

Entre el 15 de agosto y el 30 de septiembre se muestreará al menos cinco nochesconsecutivas cada diez. El resto del período, entre el 1 de abril y el 30 de octubre, semuestreará cinco noches consecutivas de cada 20.

Además de las grabadoras autónomas, se realizarán transectos nocturnos por el recorridodel parque eólico, cubriendo los diferentes tipos de hábitats del lugar, que no contengangrabadoras. Se realizarán al menos cuatro transectos nocturnos, uno por mes durante elperíodo julio-octubre. En estos recorridos se registrarán las especies detectadas y sulocalización.

Se identificarán las especies presentes en la zona o el género en aquellas que no esposible identificar hasta el nivel de especie (Myotis, Plecotus). Se determinará la tasa deactividad de cada especie (número de vuelos/hora de grabación) para cada mes. También setendrá en cuenta la presencia de secuencias de caza, para determinar la actividad de losmurciélagos presentes en la zona.

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Identificación de refugios de colonias

Además del trabajo nocturno de la actividad de los murciélagos, se realizará un estudio delos refugios presentes en el lugar:

- Se inspeccionarán los refugios potenciales situados en un radio de 2 km alrededor delparque. En caso de detectarse refugios se censarán.

- Se revisarán y censarán los refugios de especies amenazadas que se conozcanpreviamente, en un radio de 5 km alrededor del parque.

El censo se realizará en las épocas en las que es ocupado por los murciélagos. Si no seconoce, se hará al menos un censo por estación del año.

Revisión bibliográfica

Se revisará la bibliografía disponible (artículos científicos, libros, informes no publicados)referente a murciélagos presentes en las cuadrículas UTM de 10 km de lado ocupadas por elparque eólico, así como las cuadrículas adyacentes.

En estos informes se examinarán las especies presentes en la zona, las épocas depresencia y la actividad desarrollada por ellas. Todas las fuentes consultadas serán reseñadasclaramente.

Parques eólicos cercanos

En caso de hallarse algún parque eólico en un radio de 10 km, se revisarán los datos deactividad y de mortalidad registrada en dicho parque, y se incorporarán en el informe delparque objeto de estudio. Estos datos se tendrán en cuenta a la hora de valorar el posibleimpacto del nuevo proyecto.

Informe final

En el informe final se mostrarán los resultados obtenidos:

- Número de noches completas muestreadas y temporalización- Especies identificadas.- Tasa de actividad para cada especie y mes.- Hábitats favorables para los murciélagos en el polígono del parque y 500 m alrededor.- Colonias encontradas: localización, especies, número de ejemplares, estacionalidad.- Valoración del posible impacto del parque sobre las especies identificadas. Se hará

especial hincapié en las amenazadas identificadas en la zona y en las más vulnerablesa los parques eólicos (géneros Pipistrellus, Hypsugo, Eptesicus, Nyctalus, Miniopterus,Tadarida).

- Recomendaciones (posible cambio de localización de aerogeneradores, recomendaciónde aumento de la velocidad de arranque, etc.)

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Índice del estudio de Paisaje

1. Ámbito de estudio

2. Unidades de Paisaje y Recursos paisajísticos

a. Unidades de Paisaje

i. Características del Ámbito de Estudio. Estructura general del mediofísico, procesos y formas. Unidades morfoestructurales.

ii. Definición de Unidades. Unidades ambientales con carácter dominantenatural, agrícola o urbano-industrial.

b. Recursos Paisajísticos

i. Espacios naturales relevantes

ii. Paisajes singulares y sobresalientes

iii. Areas de especial interés paisajístico:

1. Por sus cualidades estéticas sobresalientes y carácter identitario.

2. Por su visibilidad

iv. Recursos turísticos y recreativos

v. Paisajes sobresalientes de Navarra

c. Elementos distorsionadores del Paisaje

3. Análisis de la Calidad y Fragilidad Paisajística.

a. Calidad visual. Valoración del paisaje por sus componentes:rareza/originalidad/singularidad; variabilidad; complejidad; fondo escénico…

b. Fragilidad visual del Paisaje

c. Integración Calidad-Fragilidad

4. Análisis visual

a. Puntos de observación. Lugares relevantes de observación. Perceptorespotenciales. Simulaciones fotográficas.

b. Grado de visibilidad

i. Núcleos urbanos

ii. Infraestructuras

iii. Puntos turísticos y recreativos

c. Efectos acumulativos y sinérgicos. Análisis

5. Impacto Paisajístico del Proyecto

a. Acciones del proyecto Generadoras de Impacto Paisajístico

b. Valoración de las alternativas en función de la Calidad-Fragilidad

6. Medidas de integración

a. Medidas preventivas

b. Medidas correctoras

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c. Propuesta de directrices y medidas de restauración ecológica e integraciónpaisajística.

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