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FORMATO ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS PARA PROCESOS DE LICITACIÓN PUBLICA, CONCURSO DE MÉRITOS, SELECCIÓN ABREVIADA Y CONTRATACIÓN DIRECTA. NO APLICA PARA CONTRATACIÓN DIRECTA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y APOYO A LA GESTIÓN, ACUERDOS MARCO DE PRECIOS O MÍNIMA CUANTÍA. CÓDIGO FO-GC-03 PROCESO GESTIÓN CONTRACTUAL VERSIÓN 10.0 Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 1 Vo.Bo OAP: OBJETO DE LA CONTRATACIÓN ESTUDIOS DE TOPOGRAFÍA PARA LA FACTIBILIDAD TÉCNICA DE PROYECTOS A CARGO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C. ALCANCE: Para el desarrollo del objeto contractual, el Consultor deberá realizar el levantamiento topográfico de detalle de los proyectos y/o áreas definidas por el Instituto de Desarrollo Urbano (Incluye actividades de georreferenciación, poligonales, nivelación geométrica, toma de detalles, inspección de redes, entre otras, detalladas en el Anexo Técnico del pliego, por tanto, es responsabilidad del Consultor estudiar el documento en su totalidad). La información a levantar abarca el área definida para el proyecto, más la zona aledaña que se considere necesaria de acuerdo con el IDU para el desarrollo de la factibilidad técnica del mismo. Los estudios topográficos serán ejecutados teniendo en cuenta los requerimientos técnicos establecidos en los documentos del proceso, manuales y guías vigentes de la Entidad, a fin de obtener información adecuada para la elaboración de los demás componentes técnicos requeridos para los estudios de factibilidad de los proyectos de Infraestructura para la movilidad, según los requisitos del Instituto. Tipo de Proceso de Selección MISIONAL FUNCIONAMIENTO Dependencia Ordenadora del Gasto: Dependencia Ejecutora: DIRECCIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS DIRECCIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS Modalidad de Selección: Licitación: Concurso de Méritos: EN CASO DE SELECCIÓN ABREVIADA, MARQUE LA OPCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA: Subasta inversa electrónica o presencial Menor cuantía Proceso luego de licitación desierta Bolsa de Productos EN CASO DE CONTRATACIÓN DIRECTA, MARQUE LA OPCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA: Desarrollo de actividades científicas y tecnológicas: Prestación de Servicios: Distintos a PSP de personas naturales Arrendamiento y/o adquisicion de inmuebles Único oferente o proveedor: X X

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ESTUDIOS Y DOCUMENTOS PREVIOS PARA PROCESOS DE LICITACIÓN PUBLICA, CONCURSO DE MÉRITOS, SELECCIÓN ABREVIADA Y CONTRATACIÓN DIRECTA. NO APLICA PARA

CONTRATACIÓN DIRECTA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y APOYO A LA GESTIÓN, ACUERDOS MARCO DE PRECIOS O MÍNIMA CUANTÍA.

CÓDIGO FO-GC-03

PROCESO

GESTIÓN CONTRACTUAL

VERSIÓN

10.0

Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 1 Vo.Bo OAP:

OBJETO DE LA CONTRATACIÓN

ESTUDIOS DE TOPOGRAFÍA PARA LA FACTIBILIDAD TÉCNICA DE PROYECTOS A CARGO

DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C.

ALCANCE: Para el desarrollo del objeto contractual, el Consultor deberá realizar el levantamiento topográfico de detalle de los proyectos y/o áreas definidas por el Instituto de Desarrollo Urbano (Incluye actividades de georreferenciación, poligonales, nivelación geométrica, toma de detalles, inspección de redes, entre otras, detalladas en el Anexo Técnico del pliego, por tanto, es responsabilidad del Consultor estudiar el documento en su totalidad). La información a levantar abarca el área definida para el proyecto, más la zona aledaña que se considere necesaria de acuerdo con el IDU para el desarrollo de la factibilidad técnica del mismo. Los estudios topográficos serán ejecutados teniendo en cuenta los requerimientos técnicos establecidos en los documentos del proceso, manuales y guías vigentes de la Entidad, a fin de obtener información adecuada para la elaboración de los demás componentes técnicos requeridos para los estudios de factibilidad de los proyectos de Infraestructura para la movilidad, según los requisitos del Instituto.

Tipo de Proceso de Selección

MISIONAL FUNCIONAMIENTO

Dependencia Ordenadora del Gasto: Dependencia Ejecutora:

DIRECCIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS DIRECCIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS

Modalidad de Selección:

Licitación: Concurso de Méritos:

EN CASO DE SELECCIÓN ABREVIADA, MARQUE LA OPCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA:

Subasta inversa electrónica o presencial

Menor cuantía

Proceso luego de licitación desierta

Bolsa de Productos

EN CASO DE CONTRATACIÓN DIRECTA, MARQUE LA OPCIÓN, SEGÚN CORRESPONDA:

Desarrollo de actividades científicas y tecnológicas:

Prestación de Servicios: Distintos a PSP de personas naturales

Arrendamiento y/o adquisicion de inmuebles

Único oferente o proveedor:

X

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Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 2 Vo.Bo OAP:

Contrato Interadministrativo: Convenio Interadministrativo:

Otro: Cuál:

Justificación de la modalidad de selección :

Teniendo en cuenta que la naturaleza del objeto contractual que se va a ejecutar comprende los “ESTUDIOS DE TOPOGRAFIA PARA LA FACTIBILIDAD TÉCNICA DE PROYECTOS A CARGO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C.”, se concluye que la modalidad de selección es la de concurso de méritos abierto, la cual se encuentra reglamentada en la subsección 3, sección 1, capitulo 2, titulo 1, parte 2 del libro 2 del decreto 1082 de 2015, y demás normatividad vigente.

Tipo de Contrato:

Obra Pública: Construcción: Mantenimiento: Mixto: Estudios y diseños; y construcción

Consultoría Pre-factibilidad: Factibilidad: Estudios y diseños:

Diagnósticos: Pruebas de Materiales:

Interventoría: Corretaje de seguros

Concesión: Suministro: Compraventa: Seguros:

Prestación de servicios: Distintos a PSP de personas naturales

Otro: Cuál:

Régimen legal aplicable :

El presente proceso de selección, así como el contrato que de él se derive se rige por el Estatuto de Contratación de la Administración Pública, y como consecuencia, el régimen jurídico aplicable es el previsto en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Ley 1474 de 2011, Decreto Ley 019 de 2012, Decreto 1082 de 2015 y demás normatividad reglamentaria y concordante aplicable a la materia. Así mismo, el proceso se sujetará a lo dispuesto en el pliego de condiciones, adendas y documentos del proceso. Para aquellos aspectos no regulados en las normas anteriores, se aplicarán las normas comerciales y civiles pertinentes.

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1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE SE PRETENDE SATISFACER CON LA CONTRATACIÓN, ANÁLISIS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD

1.1 NECESIDAD Es responsabilidad del Instituto de Desarrollo Urbano - IDU, seguir dinamizando la economía e incentivando el desarrollo Distrital con su inversión programada y objetiva en la construcción de infraestructura de movilidad, espacio público y mantenimiento de la red vial existente. Por este motivo, el IDU debe llevar a cabo la ejecución de proyectos de construcción y mantenimiento de las vías, intersecciones, troncales y espacio público que conforman cada uno de los subsistemas existentes en la ciudad y sus relaciones. El Consejo Directivo del IDU, mediante los Acuerdos No. 02 de 2009 y 02 de 2017 definió la nueva estructura organizacional de la entidad y estableció las funciones de cada dependencia; así, para la Dirección Técnica de Proyectos se dispuso entre otras:

Realizar los estudios de diagnóstico, factibilidad, evaluación y seguimiento de los planes,

programas y proyectos de los sistemas de movilidad y de espacio público construido a cargo de la entidad, así como de los proyectos especiales que le sean propuestos.

Teniendo en cuenta que la entidad, a través de la Dirección Técnica de Proyectos, requiere elaborar una serie de factibilidades internas, se hace imprescindible contratar los estudios de topografía a fin de tener información precisa que permita la representación gráfica del terreno en planimetría, altimetría y datos básicos de las redes secas y húmedas existentes, bajo las especificaciones técnicas contenidas en el Anexo Técnico que hace parte integral del presente proceso, que permitan el posterior desarrollo de la factibilidad y estudios y diseños para la construcción de infraestructura vial y de transporte, con el fin de optimizar la red local en busca de la accesibilidad y conectividad, dinamizando la movilización vehicular y peatonal, que permitan construir la ciudad planeada y consolidar el modelo de organización urbana establecido por el Plan de Ordenamiento Territorial. A continuación, se presentan los proyectos viales que la entidad ha priorizado, los cuales requieren levantamientos topográficos para la realización del respectivo estudio de factibilidad:

PROYECTOS COMPLEJIDAD ESTIMADA

1 CABLE USAQUÉN ALTA

2 CABLE POTOSÍ ALTA

3 PUENTE AMERICAS X AV. 68 BAJA

4 PATIO TRANSMILENIO GUADALUPE BAJA

5 PATIO TRANSMILENIO SAN JOSE MEDIA

6 ÚLTIMO KM AVENIDA SUBA COTA BAJA

7 ACCIONES POPULARES MEDIA

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Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 4 Vo.Bo OAP:

NOTA 1: El Instituto de Desarrollo Urbano podrá modificar, adicionar y/o retirar los proyectos anteriormente relacionados en cualquier momento, previo o durante la ejecución del contrato, manteniéndose el alcance del trabajo descrito, localizado en cualquier zona (bien sea urbana y/o rural) de la ciudad de Bogotá. NOTA 2: El Instituto de Desarrollo Urbano podrá tener periodos de tiempo en los cuales revisará y definirá los proyectos a incluir en la ejecución del contrato, los cuales implicaran tiempos de stand by para la comisión de topografía, que no generaran gastos adicionales para el Instituto ni reclamación por parte del consultor. 1.2 METAS Plan de desarrollo Distrital: BOGOTÁ MEJOR PARA TODOS Pilar del Plan de desarrollo: PILAR 2 - DEMOCRACIA URBANA Programa: MEJOR MOVILIDAD PARA TODOS Proyecto Plan Estratégico: Vías e intersecciones Objetivo del Programa: El objetivo de este programa (Mejor movilidad para todos) es mejorar la calidad de la movilidad y la accesibilidad que provee el Distrito Capital para todos los usuarios: peatones, ciclistas, usuarios del transporte público colectivo e individual, así como del transporte privado. 1.2.1 Meta del Plan de Desarrollo Metas de Producto

Construcción de 30 km de infraestructura vial, Construcción de 120 km nuevos de cicloruta, Construcción de 3.5 millones de m2 de espacio público.

Metas de Resultado

Aumentar al 50% las vías completas en buen estado y Aumentar en 30% el número de kilómetros recorridos en bicicleta de acuerdo a la Encuesta de Movilidad

1.2.2 Meta del IDU - Plan Estratégico del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU: Apunta a generar bienestar a los

habitantes de la ciudad mejorando la calidad de vida, mediante el desarrollo de infraestructura para la movilidad, contribuyendo a la construcción de una ciudad incluyente, sostenible y moderna. Con el objetivo de contribuir en el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, respondiendo a las necesidades de la ciudad, mediante la estructuración y desarrollo de proyectos integrales de infraestructura para la movilidad y espacio público.

- Plan de Acción de la Dependencia: En la Dirección Técnica de Proyectos, este proyecto está incluido dentro 182 procesos a estructurar para los contratos de obra, conservación y estudio y diseños e interventoría, dando cumplimiento al Plan de Desarrollo Distrital 2016-2020, el cual es uno de los indicadores de la visión de la entidad.

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1.2.3 Meta Física proyectada Áreas estimadas a levantar:

Cable Usaquén: 100,000 m2.

Cable Potosí: 300,000 m2

Puente Américas X AV. 68: 90,000 m2

Patio Transmilenio Guadalupe: 30,000 m2

Patio Transmilenio San José: 90,000 m2

Último Km Avenida suba Cota: 42,400 m2

Acciones Populares: 150,000 m2 NOTA 1: Estas áreas son aproximadas, calculadas según los requerimientos de los profesionales de la Entidad. Están sujetas a modificaciones. NOTA 2: Mensualmente el IDU podrá redefinir las metas físicas a ejecutar por el contratista, acorde con las necesidades de la Entidad para la elaboración de las factibilidades y la disponibilidad presupuestal. En todo caso las áreas de los proyectos que se estimen como prioridad deberán ser levantadas y entregadas a la Supervisión en la fecha que de común acuerdo establezca la consultoría y el IDU. En caso de que no se presente acuerdo respecto a este tema, será potestad del IDU establecer la fecha de entrega. 1.3 Plan Anual de Adquisiciones La necesidad que se pretende satisfacer, está prevista en, el Plan Anual de Adquisiciones publicado en el SECOP, y su rubro, corresponde al indicado en el CDP correspondiente, el cual se anexa dentro de los documentos exigidos por la lista de chequeo para los trámites de procesos de selección, que hacen parte de los documentos que se remiten para la apertura del proceso. 1.4 Complejidad del Proyecto De acuerdo con lo dispuesto el numeral 5.5 del Manual de Interventoría vigente, este proyecto de infraestructura vial y espacio público corresponde a un proyecto de complejidad baja. 1.5 Población Objetivo Se encuentra distribuida principalmente dentro del área de influencia directa de los proyectos seleccionados por la Entidad para el desarrollo de los levantamientos topográficos en la ciudad de Bogotá D.C.

2. MADURACIÓN DEL PROYECTO:

Considerando el objeto del contrato “ESTUDIOS DE TOPOGRAFIA PARA LA FACTIBILIDAD TÉCNICA DE PROYECTOS A CARGO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C.”, se concluye que este proceso permitirá la posterior elaboración de los estudios de viabilidad técnica de los proyectos, necesaria para el proceso de contratación posterior que incluya actividades de diseño y/o construcción.

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2.1 ANTECEDENTES DE LA CONTRATACIÓN La Dirección Técnica de Proyectos para la vigencia 2019 priorizó proyectos para desarrollar de manera interna la etapa de factibilidad, así como el tipo de actividad a realizar. A partir de esta definición se

generó el proceso de contratación IDU‐CMA‐DTP‐006‐2019 y posteriormente se firmó y ejecutó el contrato IDU-1545-2019 con el siguiente objeto: “ESTUDIOS TOPOGRÁFICOS PARA LA FACTIBILIDAD TÉCNICA DE PROYECTOS A CARGO DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO EN LA CIUDAD DE BOGOTÁ D.C”. Teniendo en cuenta que la Entidad tiene previsto desarrollar la etapa de factibilidad de manera interna para diversos proyectos, igualmente se contemplan recursos para la contratación de los estudios de topografía en la presente vigencia (2020) que servirán como insumos para la factibilidad de los proyectos a desarrollar, por lo cual se genera el proceso de contratación correspondiente. 2.2 ESTADO DE LA GESTIÓN PREDIAL El presente proyecto no requiere gestión predial, de conformidad con el Manual de Gestión predial, que puede ser consultada en:

2.1 Estudios y Diseños:

Estudios y Diseños: FASE I Si No No Aplica

Estudios y Diseños: FASE II Si No No Aplica

Estudios y Diseños: FASE III Si No No Aplica

Aprobados: Si No

Actualizados: Si No

2.2 Verificación y trámite de permisos, licencias y autorizaciones:

TIPO DE PERMISO/AUTORIZACIÓN/APROBACIÓN

INSTANCIA ANTE LA QUE SE TRÁMITE

NORMATIVIDAD QUE RIGE EL TRÁMITE

Para la ejecución del proyecto se requerirán los permisos y licencias solicitados en cada uno de los documentos técnicos que hacen parte del presente proceso. Es responsabilidad del consultor conocer los documentos y realizar los trámites a que haya lugar.

NOTA: Los permisos y/o autorizaciones mencionadas en los documentos anteriormente referidos,

HTTP://INTRANET/MANUALPROCESOS/GESTION_PREDIAL/02_PLANES_MANUALES_Y_DOCUMENTOS/MGGP01_MANUAL_DE_GESTION_PREDIAL_V_2.0.PDF

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deben ser verificadas por el consultor y en caso de requerirse otra u otras que no sean mencionadas, es responsabilidad del consultor la investigación de las licencias que sean requeridas por las entidades reguladoras para la correcta ejecución del contrato.

3. ESPECIFICACIONES Y CONDICIONES TÉCNICAS DE LA CONTRATACIÓN

3.1 Clasificación UNSPSC

El objeto del contrato está codificado en el clasificador de bienes y servicios UNSPSC (The United Nations Standard Products and Services Code / Codificación de Bienes y Servicios de Acuerdo con el Código Estándar de Productos y Servicios de Naciones Unidas) como se indica a continuación:

Clasificación UNSPSC

DESCRIPCIÓN

SEGMENTO FAMILIA CLASE PRODUCTO

81101500 81 – Servicios Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología

10 – Servicios Profesionales de Ingeniería y Arquitectura.

15 – Ingeniería Civil y Arquitectura

00 -

81102200 81 – Servicios Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología

10 – Servicios Profesionales de Ingeniería y Arquitectura.

22 – Ingeniería de Transporte

00 -

3.2 Especificaciones técnicas del contrato:

Como parte integral del presente proceso se tiene el documento ANEXO TÉCNICO SEPARABLE, donde se describe claramente las características técnicas, cantidades, procedimientos técnicos que se deban aplicar, normas técnicas, plazos técnicos por actividades, protocolos de actividades, cronogramas y demás; todo lo anterior siempre en cumplimiento del Manual de Interventoría y/o Supervisión de Contratos vigente de la Entidad y los demás documentos del proceso.

3.3 Plazo total y por actividades o etapas:

El plazo para la ejecución del contrato es de DOCE (12) MESES. El contrato se terminará cuando se venza el plazo establecido y/o hasta agotar los recursos y/o hasta la fecha en que las necesidades del IDU queden completamente satisfechas, lo que primero ocurra. El plazo se cuenta a partir de la fecha en que se suscriba el Acta de Inicio, lo cual se deberá llevar a cabo durante los tiempos indicados en el correspondiente pliego de condiciones.

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3.4 Obligaciones técnicas específicas del contratista:

Las obligaciones están contenidas en la minuta del contrato que se adjunta como documento anexo al Estudio Previo y que hace parte integral mismo. El Contratista debe cumplir con las disposiciones contenidas en el anexo técnico separable, anexo de personal y demás documentos del proceso. En caso de no poder dar inicio a la ejecución de las actividades por causas ajenas al IDU, el consultor no podrá hacer reclamaciones a la Entidad.

3.5 Lugar de ejecución del contrato.

Los levantamientos topográficos se ejecutarán en la ciudad de Bogotá D.C. Su cobertura y delimitación precisa será presentada al contratista al momento de iniciar el contrato o durante el transcurso del mismo.

3.6 Visitas.

¿Requiere programar visita de los interesados al lugar de ejecución del contrato? Si No

En el marco de la verificación y evaluación de las ofertas ¿se requiere visita del IDU para verificación de información a las instalaciones o sedes del Proponente o cualquier otro aspecto de las ofertas? Si No

3.7 Aval.

Para las contrataciones que impliquen el desarrollo de actividades catalogadas como ejercicio de ingeniería, las ofertas deberán contar con el respectivo Aval (en caso de requerirse, marcar con una X) el (los) profesional (es) que pueden avalar la propuesta:

N/A

Arquitecto

Ingeniero Civil Ingeniero de Transporte y Vías

Otro: Cuál:

x

x

X

Ingeniero Topográfico, Ingeniero Catastral y Geodesta X

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4. ESTUDIO DEL SECTOR

Como parte integral del presente proceso se tiene el documento Análisis del Sector, donde se describe claramente las características del sector donde de ejecución el proyecto.

5. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, Y JUSTIFICACIÓN DEL MISMO, FORMA DE PAGO Y RECURSOS.

5.1 ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO

ANÁLISIS TÉCNICO La entidad, a través de la Dirección Técnica de Proyectos, estimó el costo de los servicios de consultoría requeridos con base en la valoración de la información existente y los objetivos del proyecto estimando personal, actividades, insumos y costos de referencia de contratos celebrados teniendo en cuenta la experiencia en proyectos de características similares. En primer término, se utilizan los precios topes publicados por el IDU para los diferentes ítems que aplican para este tipo de procesos y que se pueden consultar en la página Web de la Entidad, siguiendo la ruta: https://www.idu.gov.co/page/siipviales/economico/portafolio Que se actualizan para cada vigencia, y con base en los cálculos y porcentajes establecidos por la legislación laboral colombiana en cuanto al factor prestacional, incluyéndole al mismo las diferentes etapas del desarrollo del proyecto, como también las tarifas y vigencias de las pólizas e impuestos vigentes a las tasas y porcentajes actuales. Considerando lo anterior, se reitera que el valor estimado por la entidad, corresponde a una tasación de los posibles costos para el desarrollo del objeto a contratar, de forma tal que las cifras deben considerarse de carácter informativo. ANÁLISIS ECONÓMICO El Análisis Económico del Proyecto fue realizado y proyectado de acuerdo con el presupuesto elaborado por los diferentes especialistas del IDU, teniendo en cuenta la experiencia en proyectos de características similares. Para el cálculo del presupuesto oficial, se formularon cantidades para cada uno de los ítems que conforman el mismo, aclarando que estas podrán aumentar, disminuir o suprimirse durante la ejecución del contrato. Modificaciones que no generaran reclamación por parte del Consultor. De conformidad con lo establecido en la norma vigente no se publica el detalle del análisis económico que soporta el valor del contrato.

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5.2 Valor estimado del Contrato

EL PRESUPUESTO OFICIAL TOTAL , se estima en la suma de:

$ 877.642.805,00 OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCO PESOS M/C

La suma indicada como Presupuesto Oficial Total, se divide de la siguiente manera:

COSTO ESTIMADO DE ETAPA DE CONSULTORÍA (INCLUYE AJUSTES E IVA)

Es la suma de $ 877.642.805,00

OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CINCO PESOS M/C

1.1- VALOR BÁSICO A PAGAR POR PRECIOS UNITARIOS – LEVANTAMIENTOS TOPOGRAFICOS Es la suma de $ 695.926.400,00 SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES

NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS PESOS M/C

1.2 - IVA SOBRE EL VALOR BÁSICO A PAGAR POR PRECIOS UNITARIOS – LEVANTAMIENTOS TOPOGRAFICOS Es la suma de $ 132.226.016,00 CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS

VEINTISÉIS MIL DIECISEIS PESOS M/C

VALOR PARA MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Es la suma de $ 33.126.097,00 TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO VEINTISÉIS

MIL NOVENTA Y SIETE PESOS M/C

1.3- VALOR BÁSICO PARA MEDIDAS DE BIOSEGURIDAD Es la suma de $ 27.837.056 VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA

Y SIETE MIL CINCUENTA Y SEIS PESOS M/C

1.4 - IVA SOBRE EL VALOR BÁSICO PARA MEDIDAS DE BIOSEGUIRDAD Es la suma de $ 5.289.041 CINCO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y

NUEVE MIL CUARENTA Y UN PESOS M/C

VALOR DE AJUSTES Es la suma de $ 16.364.292,00 DIECISEIS MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y

CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS M/C

1.5- VALOR BÁSICO A PAGAR POR AJUSTES Es la suma de $ 13.751.506 TRECE MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y

UN MIL QUINIENTOS SEIS PESOS M/C

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10.0

Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 11 Vo.Bo OAP:

1.6 - IVA SOBRE EL VALOR BÁSICO A PAGAR POR AJUSTES Es la suma de $ 2.612.786 DOS MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL

SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/C

El IDU, se reserva el derecho de exigir el remplazo o retiro de cualquier empleado o trabajador vinculado al contrato, sin que ello conlleve a mayores costos para el Instituto. NOTA 1: Para efectos de evaluación El VALOR OFICIAL EN SMMLV DEL PRESUPUESTO OFICIAL es de 999,82 SMMLV NOTA 2: El presupuesto anterior se encuentra estructurado con precios del año 2020. NOTA 3: Los valores del presupuesto incluyen IVA de acuerdo a la normatividad vigente. NOTA 4: El proponente solo debe ofertar cada valor unitario básico de los ítems que hacen parte de las actividades a pagar por PRECIOS UNITARIOS. El valor oficial básico de cada ítem es el que se describe a continuación:

ACTIVIDADES A PRECIO UNITARIO UNIDAD VALOR BÁSICO

UNITARIO OFICIAL (No incluye IVA)

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO A TODO COSTO. NIVEL DE COMPLEJIDAD ALTO. Incluye personal, equipos, costos operacionales, procesamiento y entrega de la información, todos los costos indirectos.

M2 $ 1.028

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO A TODO COSTO. NIVEL DE COMPLEJIDAD MEDIO. Incluye personal, equipos, costos operacionales, procesamiento y entrega de la información, todos los costos indirectos.

M2 $ 756

LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO A TODO COSTO. NIVEL DE COMPLEJIDAD BAJO. Incluye personal, equipos, costos operacionales, procesamiento y entrega de la información, todos los costos indirectos.

M2 $ 636

NOTA 5: El ítem LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO A TODO COSTO. NIVEL DE COMPLEJIDAD ALTO, se relaciona con los levantamientos topográficos a todo costo de proyectos con áreas ubicadas sobre los cerros orientales y los cerros de las localidades de San Cristóbal, Ciudad Bolívar y Usme. El ítem LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO A TODO COSTO. NIVEL DE COMPLEJIDAD MEDIO, se relaciona con los levantamientos topográficos a todo costo de proyectos con áreas con densidad de construcciones, detalles y tráfico alto, donde predominan predios que no se encuentren sometidos al régimen de propiedad horizontal ni condominio.

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GESTIÓN CONTRACTUAL

VERSIÓN

10.0

Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 12 Vo.Bo OAP:

El ítem LEVANTAMIENTO TOPOGRÁFICO A TODO COSTO. NIVEL DE COMPLEJIDAD BAJO, se relaciona con los levantamientos topográficos a todo costo de proyectos con áreas donde la configuración del espacio en su mayoría está compuesta por lotes, parques separadores amplios o corredores con bajo tráfico y baja pendiente. NOTA 6: Los ítems a precios unitarios corresponden al m2 (metro cuadrado) de estudio topográfico dibujado en formato dwg, resultado de la ejecución integral de las actividades descritas en el Anexo Técnico e incluidos todos los entregables relacionados en este documento, las guías y los manuales vigentes del Instituto. NOTA 7: El valor total de las actividades a pagar por PRECIOS UNITARIOS es un valor fijo no ofertable.

NOTA 8: Este proceso se adjudicará por el valor del presupuesto oficial. NOTA 9: El Supervisor IDU será el encargado de autorizar el inicio de cada estudio topográfico, las áreas levantadas que no cuenten con autorización por parte del IDU, no serán tenidas en cuenta en los pagos. NOTA 10: El presupuesto estimado para el estudio topográfico contempló áreas, rendimientos, tiempos, personal, elementos de protección personal, equipos, vigilancia, vehículos, herramientas menores, materializaciones de vértices y todo lo necesario para obtener los productos finales del estudio topográfico, es decir fue calculado a todo costo. Por lo que es obligación del contratista tener en cuenta en su oferta todos los costos operacionales y no dará lugar a sobrecostos o reclamaciones a la Entidad. NOTA 11: El Consultor debe tener la capacidad operativa para ejecutar varios estudios topográficos de forma simultánea. Toda vez que el consultor requiera más de una comisión en campo, las hojas de vida serán aprobadas por el Supervisor del contrato quien autorizará al personal, sin que esto afecte el valor total inicial del contrato.

5.3 Forma de pago

Los pagos se realizarán A PRECIO UNITARIO Y A MONTO AGOTABLE contra producto entregado, aprobado por el Supervisor, incluidos todos los entregables descritos en el Anexo Técnico del pliego y los manuales y guías vigentes del Instituto, de la siguiente manera: a. Noventa por ciento (90%) del valor total del contrato, en el cual se facturará mensualmente la

totalidad de los ítems a precios unitarios ejecutados en el respectivo periodo, radicados en la entidad y aprobados por parte de la supervisión.

b. Diez por ciento (10%) restante, una vez se verifique el cumplimiento de las obligaciones por parte del Consultor, y contra suscripción del acta de liquidación del contrato.

PARÁGRAFO PRIMERO: Además de los descuentos previstos en el contrato y en las normas vigentes, se harán todos los descuentos que sean aplicables de conformidad con las normas tributarias vigentes.

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10.0

Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 13 Vo.Bo OAP:

PARAGRAFO SEGUNDO: REQUISITOS PARA EL PAGO: EL CONSULTOR acepta que los pagos pactados estarán sujetos al PAC de la Entidad. Para proceder al pago, el consultor deberá anexar los siguientes documentos o certificaciones:

a) Factura debidamente diligenciada, conforme a los requisitos establecidos en el artículo 617 del

Estatuto Tributario.

b) Actas de pago con los soportes de conformidad con los Manuales, Guías, Planes y Procedimientos del IDU vigentes durante la ejecución del contrato.

c) Presentar la certificación de aprobación que genera la Supervisión a los insumos entregados e informes mensuales, hasta el periodo anterior la facturación. Para el último pago deben estar aprobados todos los insumos entregados, los informes mensuales, informes de cada proyecto y el informe final.

d) Adjuntar el informe mensual que presenta al Supervisor, las certificaciones y/o anexos requeridos, sobre el cumplimiento de las obligaciones laborales y de pago de aportes a la Seguridad Social integral por parte del CONSULTOR, en el Manual Único de Control y Seguimiento ambiental y de SST y en el Manual de interventoría y/o supervisión de contratos del IDU vigentes durante la ejecución del contrato.

e) Y todos los demás documentos requeridos por el Instituto en el momento de presentación de las cuentas, conforme con los Manuales. Guías, Planes y Procedimientos y la Guía de Pago a Terceros o los documentos que los modifiquen o sustituyan.

PARÁGRAFO TERCERO: Todos los documentos de pago, deberán ser avalados por la Supervisión y radicados en el IDU para aplicar el procedimiento de pagos de terceros, por parte de la Dirección Técnica de Proyectos del IDU. PARÁGRAFO CUARTO: Para la cancelación del valor del contrato, el CONSULTOR abrirá una cuenta corriente o de ahorros, en un Banco o Corporación afiliado al Sistema Automático de Pagos SAP y presentará la certificación que así lo acredite, a efecto de dar cumplimiento a la Circular Número 001 del 27 de enero de 1998 de la alcaldía Mayor de Bogotá, cuya copia le será entregada por parte del IDU para el lleno de los requisitos allí establecidos. Si el CONSULTOR ya tiene una cuenta en Banco o Corporación afiliados al sistema SAP, bastará que presente la certificación respectiva. PARÁGRAFO QUINTO: Sin perjuicio de lo anterior, queda entendido que la forma de pago que trata esta cláusula, corresponde a la ejecución de la meta establecida en el contrato. AJUSTES El IDU cancelará los ajustes por cambio de vigencia de acuerdo con el porcentaje de IPC acumulado del año inmediatamente anterior, debidamente certificado por el DANE, solo una vez por año cada año; siempre y cuando el cambio de vigencia no obedezca a causas imputables al CONSULTOR, caso en el cual, la Entidad no reconocerá dichos ajustes y se pagará en cada acta afectando este porcentaje al costo del acta correspondiente. Lo anterior se hará efectivo únicamente para los meses de ejecución que excedan la presente vigencia.

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Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 14 Vo.Bo OAP:

5.4 Recursos

Origen de los recursos:

Recursos Propios: Otro: Cuál:

Fuente de Financiación:

Proyecto de Inversión Proyecto de Funcionamiento

Información CDP (Certificado Disponibilidad Presupuestal*):

Número: Vencimiento: Valor:

* Información no obligatoria para la publicación del proyecto de pliego de condiciones, de conformidad con lo establecido en el Parágrafo del artículo 6 de la Ley 1882 de 2018.

6. JUSTIFICACIÓN CRITERIOS HABILITANTES

El Instituto de Desarrollo Urbano realiza anualmente la actualización de los modelos de pliegos tipo de condiciones, buscando el cumplimiento de unos indicadores financieros y de organización que permitan corroborar la capacidad de los oferentes con relación al objeto contractual, garantizando su solidez financiera, capacidad operativa, de inversión y de financiación y su experiencia, dando cumplimiento estricto al principio de selección objetiva y fomentando la libre concurrencia. Todos los análisis y estudios del sector que fundamentan los indicadores aprobados por el Comité de Contratación se encuentran en los soportes de las actas de cada sesión. El ofrecimiento más favorable para la entidad a que se refiere el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007 modificado por el artículo 88 de la Ley 1474 de 2011, se determina de la siguiente manera: “2. En el Concurso de Méritos, la oferta más favorable será aquella que presente la mejor calidad, de acuerdo con los criterios señalados en el presente decreto y en el pliego de condiciones, con independencia del precio, que no será factor de calificación o evaluación” El procedimiento de selección del consultor está sometido a los principios de transparencia, selección objetiva e igualdad de derechos y oportunidades de los que se deriva la obligación de someter a todos los oferentes a las mismas condiciones definidas en la ley y en el pliego de condiciones. Cabe recordar que los pliegos de condiciones forman parte esencial del contrato; son la fuente de derechos y obligaciones de las partes, y elemento fundamental para su interpretación e integración, pues contienen la voluntad de la administración a la que se someten los proponentes durante la licitación y el oferente favorecido durante el mismo lapso y, más allá, durante la vigencia del contrato.

X

X

2776 31/12/2020 899.938.997

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Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 15 Vo.Bo OAP:

Como criterios de evaluación de las propuestas técnicas, se tomarán los factores de calificación destinados a valorar los aspectos técnicos de la oferta que permitan escoger la oferta más favorable para la entidad, que permita brindar las mejores condiciones para la ejecución del contrato y la calidad del servicio. Los requisitos habilitantes a utilizar son los siguientes: 6.1 REQUISITOS HABILITANTES Y SU VERIFICACIÓN Los interesados podrán participar como Proponentes bajo las condiciones establecidas en el capítulo

tercero del pliego de condiciones.

7. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE

7.1 CRITERIOS DE EVALUACIÓN

La Entidad calificará las ofertas que hayan cumplido con los requisitos habilitantes con los

siguientes puntajes:

CONCEPTO PUNTAJE MÁXIMO

Experiencia del proponente 87

Capacitación 2

Apoyo a la industria nacional 10

Vinculación de personas con discapacidad 1

TOTAL : 100

7.2 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE El proponente persona natural o jurídica o plural deberá acreditar la experiencia con el certificado de inscripción, calificación y clasificación RUP de acuerdo al clasificador de bienes y servicios en tercer nivel expresado en SMMLV de conformidad con los códigos indicados más adelante. Cada uno de los contratos aportados como experiencia deberá estar clasificado en alguno de los siguientes códigos:

Clasificación

UNSPSC DESCRIPCIÓN

SEGMENTO FAMILIA CLASE PRODUCTO

81101500 81 – Servicios Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología

10 – Servicios Profesionales de Ingeniería y Arquitectura.

15 – Ingeniería Civil y Arquitectura

00 -

81102200 81 – Servicios Basados en Ingeniería, Investigación y Tecnología

10 – Servicios Profesionales de Ingeniería y Arquitectura.

22 – Ingeniería de Transporte

00 -

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10.0

Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 16 Vo.Bo OAP:

7.2.1. PONDERACIÓN DE LA EXPERIENCIA DEL PROPONENTE Los puntajes máximos que serán asignados a cada uno de los factores de la ponderación de la experiencia del proponente serán los siguientes:

FACTORES DE EVALUACIÓN PUNTAJES

FACTOR 1.- PONDERACION POR PORCENTAJES QUE REPRESENTAN LAS Σ DE LOS VALORES EN SMMLV DE LOS CONTRATOS DE EXPERIENCIA VALIDOS

77 PUNTOS

FACTOR 2.- CANTIDAD DE SMMLV QUE REPRESENTAN EL PROMEDIO DE LOS CONTRATOS VALIDOS PARA ACREDITAR EXPERIENCIA

10 PUNTOS

TOTAL : 87 PUNTOS

FACTOR 1 - PONDERACIÓN POR PORCENTAJES QUE REPRESENTA LAS Σ DE LOS VALORES EN SMMLV DE LOS CONTRATOS DE EXPERIENCIA VÁLIDOS

PORCENTAJES QUE REPRESENTA LAS Σ DE LOS VALORES EN SMMLV DE LOS CONTRATOS

PUNTAJE

Igual o mayor al 150% respecto del valor total del presupuesto oficial. 77 PUNTOS

Menor del 150% respecto del valor total del presupuesto oficial. 0 PUNTOS

CARACTERISTICAS DE LOS CONTRATOS PRESENTADOS PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA EXIGIDA

Los contratos por acreditar deberán cumplir las siguientes características:

Que las actividades ejecutadas correspondan ESTUDIOS TOPOGRÁFICOS DE VÍAS URBANAS Y/O ESPACIO PÚBLICO URBANO Y/O PREDIOS LOCALIZADOS DENTRO DEL PERÍMETRO URBANO.

Las demás condiciones a cumplir son las establecidas en el pliego de condiciones.

NOTA: Para efectos de evaluación de las propuestas se tendrán en cuenta las definiciones establecidas en la entidad vigentes a la fecha de apertura del proceso que pueden ser consultadas en el anexo 3 – Glosario y en el siguiente link:

http://www.idu.gov.co/page/transparencia/informacion-de-interes/glosario

7.3 CAPACITACIÓN

Para puntuar en este factor, el proponente deberá responder afirmativamente la casilla del ANEXO correspondiente del pliego de condiciones, en la que se compromete a realizar a su costa, mínimo

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Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 17 Vo.Bo OAP:

tres (3) capacitaciones (inicio, 50% ejecución y final) con el objeto a cumplir de conformidad con los procedimientos establecidos en la SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE RECURSOS HUMANOS del IDU, para su validez como horas de capacitación, en aspectos asociados a los procedimientos para adoptar el nuevo marco de referencia ITRF 2014 o criterios de calidad para evaluar la precisión de redes y puntos en el proceso de georreferenciación o criterios de calidad para la adquisición de coordenadas de los detalles con nuevas tecnologías, sumado a la transferencia de conocimiento sobre el alcance, cronograma, productos, desarrollo, resultados, recomendaciones y conclusiones del proyecto. Nota 1: Por lo menos una de las tres (3) capacitaciones deberá ser efectuada en campo. Para los criterios de apoyo de Industria Nacional y vinculación de Personas con discapacidad se deben evaluar con los numerales 4.3 y 4.4 del Pliego de condiciones.

8. ANÁLISIS DE RIESGOS

La entidad evaluó el Riesgo que el Proceso de Contratación representa para el cumplimiento de sus metas y objetivos, de acuerdo con los manuales y guías que para el efecto expidió Colombia Compra Eficiente y el CONPES 3714 de 2011. Teniendo en cuenta lo anterior, el Consultor y el IDU asumen los riesgos que se listan en el Anexo EDP-01- MATRIZ DE RIESGOS DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

8.1 Audiencia de Revisión y Distribución Definitiva de Riesgos: (Teniendo en cuenta que la Audiencia de Riesgos es obligatoria en la Licitación Pública, esta pregunta solo aplica para Concursos de Méritos)

Requiere No requiere

8.2 RIESGOS PREVISIBLES AMPARADOS EN LA GARANTÍA ÚNICA

El proponente debe presentar la garantía de seriedad de la oferta y el adjudicatario deberá constituir a favor del IDU y a satisfacción del mismo, de conformidad con lo establecido en el numeral 19 del Artículo 25 de la ley 80 de 1993, el Decreto 1082 de 2015 y demás normas legales que rigen la materia, una Garantía Única cuyo objeto será respaldar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que surjan del contrato, con los amparos, en las cuantías y en los términos que se determinan a continuación.

Clase de Amparo Porcentaje Asegurado

Vigencia

AMPARO DE CUMPLIMIENTO: Treinta por ciento

(30%) del valor total del contrato.

Desde la aprobación de la garantía única hasta la liquidación del contrato

X

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10.0

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AMPARO DE PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES LEGALES E INDEMNIZACIONES LABORALES.

Diez por ciento (10%) del valor

total del contrato.

Desde la aprobación de la garantía única por el plazo del contrato y tres

(3) años más.

AMPARO DE CALIDAD DEL SERVICIO

Treinta por ciento (30%) del valor

del contrato

Igual al plazo del contrato y tres (3) años más a partir del acta de

terminación del contrato.

AMPARO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL.

Doscientos (200) SMMLV

Desde la aprobación de la garantía única y por el plazo del contrato

Las vigencias de todos los amparos deberán ajustarse a las fechas del acta de iniciación del contrato y del acta de terminación, o recibo final de la obra, o liquidación, según sea el caso. El hecho de la constitución de estos amparos no exonera al CONSULTOR de las responsabilidades legales en relación con los riesgos asegurados. Dentro de los términos estipulados en el contrato, ninguno de los amparos otorgados podrá ser cancelado o modificado sin la autorización expresa del IDU. Como herramienta de mitigación de estos riesgos, además de la asignación de los mismos al consultor, se tiene establecido un esquema de pago por productos que garantiza que se cancelarán aquellos recibidos a satisfacción del contratante. El porcentaje de cuantía de los amparos de calidad del servicio, y cumplimiento, se definieron con base en experiencias obtenidas en contratos de objetos y características similares. Con respecto al amparo de cumplimiento, es pertinente señalar que el valor del 10% establecido en la Sección 3 del Decreto 1082 de 2015, no es suficiente para cubrir los daños y perjuicios ocasionados a la entidad por dicho incumplimiento. De la misma forma, la vigencia para el amparo de calidad del servicio se estableció teniendo en cuenta la planeación para el desarrollo de las factibilidades estimada por la SGDU.

9. ACUERDOS COMERCIALES: (No aplica para contratación directa)

Analice de acuerdo con la normatividad vigente si la contratación que va a adelantar está cubierta por tratados de libre comercio o trato recíproco.

ACUERDO Entidad Estatal Incluida

Presupuesto del Proceso de

Contratación Superior al Valor

del Acuerdo Comercial

Excepción Aplicable al Proceso de

Contratación

Proceso de Contratación

Cubierto por el Acuerdo Comercial

ALIANZA PACÍFICO

Chile NO NO NO NO

Perú NO NO NO NO

CHILE SI SI NO SI

COSTA RICA NO NO NO NO

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ESTADOS UNIDOS AELC

Islandia NO NO NO NO

Liechtestein NO NO NO NO

Noruega NO NO NO NO

Suiza NO NO NO NO

TRIÁNGULO NORTE

El Salvador SI SI NO SI

Guatemala SI SI NO SI

Honduras NO NO NO NO

UNIÓN EUROPEA SI NO NO SI

439/1998 CAN SI SI NO SI

10. SEGUIMIENTO Y CONTROL DEL CONTRATO:

SUPERVISIÓN:

Requiere supervisor

Se requiere apoyo a la supervisión

Área de la entidad que adelantará la supervisión

INTERVENTORÍA:

Requiere interventoría técnica

Requiere interventoría integral

Justificación:

El ARTÍCULO 83 del decreto 1474 de 2011, SUPERVISIÓN E INTERVENTORÍA CONTRACTUAL establece “Con el fin de proteger la moralidad administrativa, de prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, las Entidades Públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor, según corresponda”. “La supervisión consistirá en el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable, y jurídico que, sobre el cumplimiento del objeto del contrato, es ejercida por la misma entidad estatal cuando no requieren conocimientos especializados. Para la supervisión, la Entidad estatal podrá contratar personal de apoyo, a través de los contratos de prestación de servicios que sean requeridos.”

11. VINCULACIÓN PERSONAS NATURALES VULNERABLES, MARGINADAS Y/O EXCLUIDAS DE LA DINÁMICA DE LA CIUDAD. (No aplica para Contratación Directa)

Directiva 001 de 2011. Esta entidad distrital no ha encontrado como técnicamente viable la posibilidad de incluir en la minuta del contrato la obligación del contratista de vincular población beneficiaria de la

X X

DIRECCIÓN TÉCNICA DE PROYECTOS

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10.0

Formato: FO-AC-08 Versión: 3 Página 20 Vo.Bo OAP:

Directiva 001 de 2011, y en consecuencia, pasa a dejar CONSTANCIA de las razones extrajurídicas de tal inviabilidad, de acuerdo con el literal c) del punto 4 de la citada Directiva, por considerar que para este tipo de concurso de méritos el consultor requiere de personal profesional con experiencia, y el personal administrativo es el mínimo requerido para su funcionamiento (secretaria y conductor) que son de la planta propia en este tipo de oficinas.

12. INFORMACIÓN PARA LIMITACIÓN A MIPYMES:

El Proceso de selección es susceptible de ser limitado a Mipymes, pues su presupuesto es inferior a ciento veinticinco mil dólares de los Estados Unidos de América (US$125.000)

SI

NO

Elaborado por Aprobado por

Firma:

Firma:

Nombre: CARLOS MANRIQUE Nombre: ARQ. LILIANA EUGENIA MEJÍA GONZÁLEZ

Cargo o vinculación: Profesional Universitario DTP

Cargo o vinculación: Directora Técnica de Proyectos

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