nuevos juicios orales en el df

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“LOS NUEVOS JUICIOS ORALES EN EL D.F.” INTRODUCCION En junio de 2008 entró en vigor la Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia en México, que implicó cambios profundos a diez artículos, siete de ellos en materia penal [16 al 22], sentando las bases para el tránsito de un modelo inquisitivo a uno acusatorio de justicia penal democrático en México. Entonces, el Poder Legislativo estableció un plazo de ocho años para su implementación por parte de las instituciones relacionadas con el sistema, por lo cual la meta se fijó para junio de 2016. (Ósea ocho años desde 2008) --Todos los Estados de la República y el D.F. Tienen como plazo Junio de 2016 para implementar los nuevos artículos en la constitución sobre el nuevo sistema penal Mexicano entre lo que destaca los juicios orales, dichos cambios fueron publicados en el Diario Oficial en Junio del 2008. NOTA: AL FINAL DE ESTE DOCUMENTO SE PUEDEN CONSULTAR LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES AL SISTEMA PENAL MEXICANO REALIZADAS EN JUNIO DEL 2008 (IMÁGENES ESCANEADAS). El 16 de enero el Distrito Federal inició la operación de su nuevo sistema de justicia penal oral, con lo que se busca privilegiar la agilidad de los procesos, así como la reparación del daño a las víctimas de delitos no graves. Los delitos no graves son todos aquellos que según el Código de Procedimientos Penales para el D.F. son sancionados con pena de prisión cuyo término medio aritmético sea menor a 5 años (El término medio aritmético es el cociente que se obtiene de sumar la pena mínima y la máxima del delito de que se trate y dividirlo entre dos).

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Nuevos Juicios Orales en el Distito Federal DF, de acueros a los articulos modificados en la constitucion en el 2008.

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Page 1: Nuevos Juicios Orales en El Df

“LOS NUEVOS JUICIOS ORALES EN EL D.F.”

INTRODUCCION

En junio de 2008 entró en vigor la Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia en México, que implicó cambios profundos a diez artículos, siete de ellos en materia penal [16 al 22], sentando las bases para el tránsito de un modelo inquisitivo a uno acusatorio de justicia penal democrático en México.

Entonces, el Poder Legislativo estableció un plazo de ocho años para su implementación por parte de las instituciones relacionadas con el sistema, por lo cual la meta se fijó para junio de 2016. (Ósea ocho años desde 2008)

--Todos los Estados de la República y el D.F. Tienen como plazo Junio de 2016 para implementar los nuevos artículos en la constitución sobre el nuevo sistema penal Mexicano entre lo que destaca los juicios orales, dichos cambios fueron publicados en el Diario Oficial en Junio del 2008.

NOTA: AL FINAL DE ESTE DOCUMENTO SE PUEDEN CONSULTAR LAS REFORMAS CONSTITUCIONALES AL SISTEMA PENAL MEXICANO REALIZADAS EN JUNIO DEL 2008 (IMÁGENES ESCANEADAS).

El 16 de enero el Distrito Federal inició la operación de su nuevo sistema de justicia penal oral, con lo que se busca privilegiar la agilidad de los procesos, así como la reparación del daño a las víctimas de delitos no graves. Los delitos no graves son todos aquellos que según el Código de Procedimientos Penales para el D.F. son sancionados con pena de prisión cuyo término medio aritmético sea menor a 5 años (El término medio aritmético es el cociente que se obtiene de sumar la pena mínima y la máxima del delito de que se trate y dividirlo entre dos).

El sistema de justicia penal acusatorio será oral; sus principios procesales son la publicidad, la inmediación, la contradicción, la continuidad y la concentración, y se fundamenta en el predominio de los derechos fundamentales de víctimas y personas imputadas, creando nuevas figuras y mecanismos procesales, como los servicios previos al juicio, los medios alternativos de resolución de controversias, las suspensiones condicionales del proceso a prueba y los procedimientos especiales.

Todo lo anterior debe traducirse en mayor transparencia y eficiencia, a un menor costo en recursos públicos, tiempo y carga para las partes implicadas en el conflicto penal.

La parte nuclear de la reforma está contenida en el Artículo 20 constitucional, donde se establecen los principios procesales y los derechos de las personas víctimas e imputadas de

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delito. Ahí se establece el principio de presunción de inocencia, al tiempo que se precisan nuevas garantías judiciales de las víctimas, relacionadas con la reparación del daño, su seguridad personal, el resguardo de su identidad y sus datos personales e impugnación de acciones del Ministerio público.

En contraste, lamentablemente los legisladores reforzaron en el Artículo 19 constitucional las causales de «prisión preventiva», lo cual permite que en México siga utilizándose abusivamente esta medida cautelar, en detrimento de la presunción de inocencia de las personas. Y algo semejante sucedió con el arraigo: la reforma de 2008 elevó a rango constitucional en el Artículo 16 esta medida de investigación limitativa del mismo principio.

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DESARROLLO

IMPLEMENTACION DE JUICIOS ORALES EN EL D.F.

Los voluminosos expedientes de papel que eran cosidos con hilo y aguja quedarán atrás para dar paso a las audiencias grabadas en audio y video.

La mayor bondad de la oralidad es constituir una justicia pronta y expedita en la que se privilegie la reparación del daño a la víctima.

El pronóstico del Poder Judicial capitalino es que las personas detenidas difícilmente pisarán la cárcel debido a que, desde el inicio de la averiguación previa, privilegiarán los medios alternativos de solución de conflictos, como es la mediación y conciliación entre víctima y victimario.

La meta es que solo uno de cada 10 asuntos concluyan en una sentencia en los delitos que se persiguen de querella, como robo simple, lesiones que no ponen en peligro la vida, hostigamiento sexual, fraude, despojo y allanamiento de morada, entre otros.

“¿Cuánto va a durar un juicio?, todo depende de si se puede terminar en la Procuraduría, se puede terminar en mediación, se puede terminar aquí en el Tribunal en un minuto, en una mañana, en una hora, en una audiencia.

El pasado 16 de enero el Distrito Federal inició la operación de su nuevo sistema de justicia penal oral, con lo que se busca privilegiar la agilidad de los procesos, así como la reparación del daño a las víctimas de delitos no graves. Los delitos no graves son todos aquellos que según el Código de Procedimientos Penales para el D.F. son sancionados con pena de prisión cuyo término medio aritmético sea menor a 5 años (El término medio aritmético es el cociente que se obtiene de sumar la pena mínima y la máxima del delito de que se trate y dividirlo entre dos).

Los delitos graves en el D.F. se incorporarán a este sistema en una segunda etapa que se espera sea a mediados de este año, sin embargo no es tan fácil, ya que se tiene que gastar una enorme cantidad de dinero en la construcción de infraestructura, por ejemplo, en salas de audiencia especiales y en la capacitación de funcionarios, desde policías hasta jueces y servidores públicos de la PGJDF y del sistema penitenciario.

Justo por eso es que se previó el plazo de 8 años para implementar  la Reforma constitucional a fin de que los gobiernos y tribunales superiores de justicia de los estados se alleguen de infraestructura, y capacitación a jueces, defensores, ministerios públicos y

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peritos. En el D.F. el encargado de la capacitación de funcionarios, fue el Instituto de Estudios Judiciales del TSJDF donde recibieron capacitación por 620 horas todos los involucrados.

Por el momento solo podrán desahogarse por esta vía los delitos culposos, o sea aquellos en los que alguien comete un delito sin la intención de afectar a otra persona o por mera imprudencia, y los delitos que se persigan por querella, es decir, en los que una persona acusa a otra.

El sistema acusatorio tiene varias etapas, pero las más conocidas son: la investigación, la etapa intermedia y el juicio oral.

Primero, en la investigación, las autoridades analizan si efectivamente ocurrió un delito y tratan de determinar quién lo cometió; después, en la etapa intermedia, la fiscalía y la defensa presentan las pruebas ante un juez de control, sí él no puede resolver el conflicto, entonces se programa un juicio oral.

Pero antes de llegar a un juicio existen otras alternativas:  los “criterios de oportunidad”, que, básicamente, son salidas alternativas al problema para evitar un juicio, estas oportunidades se ofrecen durante las primeras dos etapas del proceso y pueden ser la mediación, donde el presunto culpable puede llegar a un acuerdo con la víctima para reparar el daño, y el procedimiento abreviado, donde el juez de control ofrece al inculpado la posibilidad de reducir la sanción si se declara culpable.

Para que te des una idea, algunos de los delitos que serán juzgados de esta manera son: amenazas, allanamiento de morada, retención y sustracción de menores, robo simple, abuso de confianza y fraude, entre otros.

El gobierno capitalino comenzará a ejercer este modelo de justicia para apegarse a una Reforma Federal promulgada en 2008, que busca que este sistema se replique en todo el país.

En el nuevo sistema, las evidencias como pruebas de inocencia o culpabilidad son más relevantes que las declaraciones.

Para ello, la Procuraduría General de Justicia del DF, encargada de resguardarlas, licitó la construcción de instalaciones especiales para manejo y conservación de las mismas.

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EL PORQUE LA NECESIDAD DE JUICIOS ORALES

Para comprender un poco más la importancia de la implementación de la Justicia Oral en nuestro país, recomiendo se tomen el tiempo para ver la Película-Documental Presunto Culpable.

En México, por regla general, se detiene en supuesta flagrancia, se acusa sin pruebas con-fiables y se condena en la mayoría de los casos en juicios prácticamente secretos. Este pa-trón, sumado al hecho de que las instituciones de justicia son especialmente permeables a la corrupción, explica la alta tasa de impunidad y la alta probabilidad de condenar inocentes.

Basta con recordar las escalofriantes cifras presentadas en la Película-Documental Presunto culpable para entender la gravedad del contexto:

– En México 92% de las acusaciones carecen de evidencia física … se sustentan en lo que dicen los testigos oculares.

– 80% de las sentencias son condenatorias a nivel nacional y, 95% en el Distrito Federal.

– 41% de los presos son torturados por la policía y el 93% nunca vieron una orden de aprehensión cuando fueron detenidos.

– El 93% de los acusados nunca ve al juez.

Presunto culpable es una película que demuestra la necesidad de que en México haya jui-cios orales. Lla cinta demuestra al mismo tiempo la importancia de contar con un procedi-miento judicial público y auditable por los ciudadanos y el hecho de que esta publicidad se-ría insuficiente para elevar la calidad de la investigación policial.

Además de juicios públicos hace falta en México crear contenidos que definan la forma en que la policía debe de comportarse durante procedimientos de rutina.

El juicio retratado en Presunto culpable nos muestra posiblemente lo que sería el juicio más público en la historia de México. Pero también nos muestra el poder que en México un tri-bunal le otorga a un testigo ocular. La presencia de las cámaras (publicidad del juicio) alte-ró el comportamiento del tribunal en cuanto a su vestimenta y a la presencia del juez. En la cinta vemos cómo el juez, que normalmente no preside ni una sola audiencia, estuvo pre-sente cada minuto del rodaje. El registro visual también ofrece información al público que le permite evaluar el procedimiento en contra de Antonio y el resultado del mismo.

Las cámaras, sin embargo, no alteraron la credibilidad que el juez otorgó al testigo ocular que acusó a Zúñiga (a pesar de que ese testigo confirma no haber visto quién accionó el ar-ma), y la indiferencia del juez frente a las evidencias de coerción sobre el testigo a manos de la policía.

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En Presunto culpable, Antonio Zúñiga es condenado a pesar de que la única evidencia en su contra es el testimonio de Víctor Daniel, un supuesto testigo ocular que durante el juicio y frente a las cámaras admite no haber visto quién disparó el arma de fuego que mató a Juan Carlos Reyes. Zúñiga es condenado a pesar de que ese testigo no pudo describirlo físi-camente, confirmando el hecho de que la acusación se basó en una declaración poco confia-ble y confirmando también el hecho, demostrado en cientos de experimentos, de que los testigos oculares se usan como sustento de una condena aunque se demuestre que no pue-den ver, y que el hecho de identificar a una persona puede alterar la memoria del testigo, in-cluso convenciéndolo de que hizo un señalamiento

MEDIDAS PARA REDUCIR EL NUMERO DE JUICIOS.(SE BUSCARA EVITAR LLEGAR A LOS JUICIOS ORALES, MEDIANTE LAS UNIDADES DE MEDIACIÓN, QUE BUSCARAN RESOLVER LOS DELITOS NO GRAVES MEDIANTE BUSCAR UN ACUERDO ENTRE

LAS PARTES, LA AFECTADA Y LA ACUSADA )

Artículo Publicado en Excelsior.12-ene-2015-Excelsior.

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“La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF)  tiene listas ocho unidades de mediación dentro del nuevo Sistema Penal Acusatorio que comenzará a aplicarse en la Ciudad de México a partir de este 16 de enero para resolver delitos no graves y de querella.

“Al ser esta reforma (penal) de una justicia restaurativa, se va a procurar que en la mayor parte de los delitos, que sí lo permitan, se llegue a algún acuerdo; para eso son los facilitadores y vamos a iniciar con ocho unidades de mediación. Vamos a buscar que inicialmente se resuelvan los asuntos en la Procuraduría”, dijo en entrevista con Excélsior Rodolfo Ríos Garza, titular de la PGJDF.

El funcionario dio a conocer que el Instituto de Formación Profesional capacitó a 70 asesores jurídicos, 60 personas para el módulo de orientación oportuna, 16 orientadores para las ocho unidades de mediación, 40 facilitadores, 40 auxiliares del facilitador, 10 sicólogos y 32 trabajadores sociales.

“Tenemos una capacitación que se ha dado a todo el personal. Son tres mil 283 empleados de la Procuraduría los que van a intervenir en este nuevo sistema penal”.

Explicó que se instalaron dos bodegas de evidencias y se capacitó y preparó a 26 encargados de bodega de evidencias; 56 auxiliares de bodega de evidencias; ocho

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informáticos; 200 auxiliares del Ministerio Público y mil 220 peritos, además de 503 agentes del Ministerio Público, 397 oficiales secretarios y 605 policías de Investigación.

El procurador local dijo que, de manera paulatina y progresiva, se irán incluyendo todos los demás delitos que actualmente se procesan con el sistema penal hasta completarlos todos, en junio de 2016.

“Va a ir escalando, pues se tiene previsto que se aplique también (en el nuevo Sistema Penal Acusatorio) para los delitos conocidos como graves. No tengo la fecha exacta para incrementar esta gama de delitos, pero al final del día, para junio de 2016, debemos estar aplicando en forma total y absoluta el nuevo sistema”, precisó el funcionario.

Precisó que todas las Coordinaciones Territoriales de la Ciudad de México están listas para aplicar las reformas penales. Los ciudadanos que acudan a cualquiera de las 16 delegaciones políticas y denuncien delitos no graves o de querellas serán atendidos bajo el nuevo esquema.

Se busca, dijo Ríos Garza, que los casos no se judicialicen y no lleguen a un juicio ante el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, sino que sean resueltos bajo el esquema de mediación en la Procuraduría capitalina.

Enfatizó: “Tenemos una capacitación que se ha dado a todo el personal, han sido tres mil 283 empleados de la Procuraduría; hay muy buena comunicación con el Tribunal Superior de Justicia y con la Consejería Jurídica por el tema de los jueces, de los defensores de oficio, de los Ministerios Públicos, que tienen que intervenir cuando se judicializa el tema”.

La creación de un sistema informativo especial es otra de las novedades que anunció la PGJDF.

El próximo 16 de enero, ocho técnicos en informática pondrán en marcha el nuevo modelo   denominado Sistema de Interoperatividad de Actuaciones Procedimentales.

El sistema contendrá la información que se genere en el nuevo sistema, pero además mantendrá el flujo de información entre las instituciones involucradas como el Tribunal Superior de Justicia del DF y la Consejería Jurídica y de Servicios Legales.

“Nosotros hemos implementado un tema informático que se denomina el Sistema de Interoperatividad de Actuaciones Procedimentales, por sus siglas se va a conocer como SIAP. Esto va a permitir que la comunicación con las demás instituciones y organismos que operarán en este nuevo sistema de justicia sea muy buena”, detalló Rodolfo Ríos Garza.

En las Coordinaciones Territoriales se instalarán módulos informativos para que las personas conozcan la manera correcta de iniciar una denuncia de querella y sepan la metodología y los tiempos que llevará el Ministerio Público, destacó.

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Rodolfo Ríos Garza, procurador del DF, se dice consciente de la importancia y lo trascendental del cambio del nuevo al viejo sistema.

Aseguró que, bien operado, este nuevo sistema traerá muchos beneficios para la ciudadanía y destacó que sólo los casos importantes llegarán ante un juez del Tribunal Superior.

“Cuando surge la reforma, en 2008, y cuando dan tantos años, estos ocho años para que entre en vigor, uno lo ve muy lejano, ni siquiera estábamos aquí en la Procuraduría, pero va a ser un momento histórico en la Ciudad de México”, afirmó.

La carpeta de investigación (antes averiguación previa) será iniciada por el Ministerio Público que trabaja en las delegaciones políticas de la Ciudad de México. En ese punto, a través de los facilitadores, se buscará la mediación para que la víctima y el acusado de un delito no grave lleguen a un acuerdo.

De no lograrlo, el caso se judicializará y la carpeta de investigación pasará a manos del Ministerio Público especializado bajo el mando de la Subprocuraduría de Procesos que defenderán el asunto ante un juez.

“Hay Ministerios Públicos que se capacitan para resolver la carpeta de investigación y hay otros que se están capacitando para el tema de la judicialización. Es decir, van a intervenir en una audiencia;  el MP que está en la Coordinación Territorial va a atender al público y serán los que estén en la Subprocuraduría de Procesos quienes tengan que enfrentar la audiencia ante un juez y ante la defensa”, puntualizó Ríos

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INAGURACION EN LA CIUDAD DE MEXICO DE LOS JUICIOS ORALES PARA DELITOS NO GRAVES.

Articulo Publicado por: Televisa.com 16-enero-2015

ESTE 16 DE ENERO DEL 2015 ES EL INICIO DEL NUEVO SISTEMA PENAL ACUSATORIO PARA LA CIUDAD DE MÉXICO.

Se implementarán los juicios orales para los delitos culposos y de querella, es decir, para los delitos no graves.

El secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong; el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Edgar Elías Azar encabezaron la ceremonia que pone en marcha los juicios orales en la capital del país.

El secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong habló de los objetivos de esta reforma penal.

"Se trata de contar con un sistema penal en el que a todo mexicano, mexicana, se le garantice la presunción de inocencia, el debido proceso y el respeto a sus derechos fundamentales, en el que inculpados y ofendidos expongan con libertad sus argumentos y conozcan con claridad las resoluciones. Se trata de lograr una justicia que proteja a las víctimas, repare el daño y asegure la no repetición de los agravios".

El jefe de Gobierno del Distrito Federal, Miguel Ángel Mancera habló sobre la relevancia histórica que representa la implementación de los juicios orales en la capital del país.

"En este momento arrancamos la operación del nuevo sistema de justicia penal en esta capital, así respondemos pues a un compromiso de garantizar la impartición de justicia transparente, eficaz y con pleno respeto a los derechos humanos para todas y para todos, iniciaremos con el procesamiento de delitos culposos y de aquellos que se persiguen de querella", dijo el gobernante capitalino.

Aseguró que en la Ciudad de México, los delitos culposos y de querella alcanzan el 58% de la incidencia delictiva que se comete en la capital del país. Lo que representa, dijo, cerca de 100 mil averiguaciones previas.

Por su parte, el presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, Edgar Elías Azar dijo que la implementación del nuevo sistema penal acusatorio, se traduce en una nueva de la impartición de justicia para la capital del país:

"El 2015 no será un año ordinario para la justicia de nuestra capital, será un año recordado por la historia de nuestro país. Normativamente hablando, el 2015 está marcado como el año en el que debemos concretar los ideales de una justicia plural y democrática a la que hoy, damos cabal inicio".

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Se informó que será a mediados de este año, cuando entren en operación los juicios orales para delitos graves en la capital del país.

El arranque de los juicios orales en el Distrito Federal, se realizó en el Altar a la Patria, el primer minuto de este viernes.

Fuente: http://noticieros.televisa.com/mexico-df/1501/inician-juicios-orales-delitos-no-graves-df/

También cabe señalar los primeros juicios orales en el DF fueron en 2011 para procesar a adolescentes infractores de delitos no graves, posteriormente, en 2013, se realizaron para atender los casos por materia familiar, en lo civil y mercantil.

Pero finalmente es en Enero del 2015 que de manera oficial se abarcan todos los delitos no graves y se realizo una ceremonia oficial del Jefe de Gobierno, el Secretario de Gobernación y el Presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Y también el 27 de Enero se dio el primer y parece único caso de un Juicio Oral de un delito grave(homicidio).

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CONCLUSIONES:

En teoría habrá mejoras en el sistema penal del distrito federal, como la figura del juicio oral que

permitirá agilizar y transparentar más la justicia persisten las dudas de si finalmente en la

implementación los procedimientos serán transparentes y serán llevados por personas honradas y

competentes o por el contrario estarán sujetos a mordidas y llenos de negligencias.

Y si finalmente se implementara la presunción de Inocencia, donde uno no es culpable hasta que se demuestre lo contrario.

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BIBLIOGRAFÍA

Barragán Salvatierra, Carlos,

Derecho Procesal Penal

, 3ª edición, McGraw Hill, México, 2009, p. 276.

Ferrajoli, Luigi, Derecho y Razón.

Teoría del Garantismo Penal

, Octava edición,Trotta, pp. 549-561.

Zafaronni Eugenio, Rául,

Manual de Derecho Penal , México, Cárdenas Editor y distribuidor, 1988, p. 717.

Sitios Internet:

http://www.presunciondeinocencia.org.mx/el-sistema-de-justicia-penal/la-reforma-penal

http://www.animalpolitico.com/2011/03/cinco-puntos-para-entender-la-reforma-al-sistema-de-justicia-penal-mexicano/

http://www.excelsior.com.mx/comunidad/2015/01/12/1002173

http://noticieros.televisa.com/mexico-df/1501/inician-juicios-orales-delitos-no-graves-df/

http://www.eluniversal.com.mx/ciudad-metropoli/2015/impreso/inician-juicios-orales-para-delitos-no-graves-129295.html

http://www.jornada.unam.mx/2015/01/28/capital/034n1cap

http://www.maspormas.com/principal/habla-todo-lo-que-quieras

Pelicula -Documental “Presunto Culpable”

https://www.youtube.com/watch?v=9-w0R8DYrWw

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DIARIO OFICIAL: REFORMAS CONSTITUCIONALES AL SISTEMA PENAL EN 2008

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