nit. 817.001.773-3 de asociaciÓn indÍgena del cauca eps-i

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MIS 41 MI CIENO ASOCIACIÓN INDÍGENA DEL CAUCA Resolución 083 del 15 de Diciembre de 1997 Dirección General de Asuntos Indígenas — Ministerio del Interior EPSI 03 Resolución 1074 de Junio 22 de 2006 Ministerio de la Protección Social y Superintendencia Nacional de Salud NIT. 817.001.773-3 RESOLUCIÓN No. 349 23 DE AGOSTO DE 2021 DE ASOCIACIÓN INDÍGENA DEL CAUCA EPS-I. POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA ADICIÓN PRESUPUESTAL DE FORMA UNILATERAL AL CONTRATO POR EVENTO No. - 298-2021- DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y TECCNOLOGÍAS EN SALUD FINANCIADOS BAJO EL MECANISMO DE PROTECCIÓN COLECTIVA (PBS), RESOLUCIÓN 2481 DE 2020, 2503 DE 2020 LEY 1751 DE 2015 Y DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR SALUD No.780 DE 2016. La ASOCIACIÓN INDÍGENA DEL CAUCA EPSI, entidad de derecho público de carácter especial regulada mediante el Decreto No.1088 de 1.993, registrada en el ministerio del Interior mediante la Resolución No.083 1997 y autorizada para operar como Empresa Promotora de Salud Indígena -EPS I del régimen subsidiado, bajo la resolución 472 de 19 de marzo de 2.010, de la Superintendencia Nacional de Salud, representada legalmente por el señor; OSCAR ELCIARIO BONILLA RIVERA, domiciliado en el Resguardo Indígena Nasa de la Cilia, Municipio de Miranda-Cauca, identificado con la cédula de ciudadanía No.4.415.803, Expedida en Chinchina/Caldas, en cumplimiento de la cláusula TERCERA y SEXTA del contrato No. 298 de 2021, las leyes 100 de 1.993, 1122 de 2007 , ley 1438 de 2011, Resolución 0731 de 2020, que autoriza a la Asociación Indígena del Cauca - AIC - EPS - para adicionar el valor del contrato de forma unilateral, mediante acto administrativo interno, con el fin de garantizar el pago de los servicios y tecnologías en salud y suministro de medicamentos con cobertura en los mecanismos de protección colectiva, Resolución 2481 de 2020, del Ministerio de Salud y Protección Social, y previa las siguientes: CONSIDERACIONES 1. Que entre la Asociación Indígena del Cauca y -EL PSS- E.S.E HOSPITAL UNIVERSITARIO HERNANDO MONCALEANOPERDOMO con NIT: 891180268-0, se suscribió el contrato No.298 de 2021 por evento, para la prestación de servicios de salud de mediana y alta complejidad, cuya vigencia inicia desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021. 2. Que la ley estatutaria de la salud 1751 de 2015, elevó como derecho fundamental el acceso a los servicios de salud, y en consecuencia la norma en comento, bajo el artículo 8 establece: La integralidad. Los servicios y tecnologías de salud deberán ser suministrados de manera completa para prevenir, paliar o curar la enfermedad, con independencia del origen de la enfermedad o condición de salud, del sistema de provisión, cubrimiento o financiación definido por el legislador. No podrá fragmentarse la responsabilidad en la prestación de un servicio de salud específico en desmedro de la salud del usuario. En los casos en los que exista duda sobre el alcance de un servicio o tecnología de salud cubierto por el Estado, se entenderá Calle 1 N° 4-66 B/ Vásquez Cobo Teléfono (092) 8380200 Ext-117 - Popayán - Cauca www.aicsalud.orq.co - Email: juridicaaaicsalud.orq.co

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MIS 41 MI CIENO

ASOCIACIÓN INDÍGENA DEL CAUCA Resolución 083 del 15 de Diciembre de 1997

Dirección General de Asuntos Indígenas — Ministerio del Interior EPSI 03 Resolución 1074 de Junio 22 de 2006

Ministerio de la Protección Social y Superintendencia Nacional de Salud NIT. 817.001.773-3

RESOLUCIÓN No. 349 23 DE AGOSTO DE 2021

DE ASOCIACIÓN INDÍGENA DEL CAUCA EPS-I.

POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTÚA UNA ADICIÓN PRESUPUESTAL DE FORMA UNILATERAL AL CONTRATO POR EVENTO No. - 298-2021- DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y TECCNOLOGÍAS EN

SALUD FINANCIADOS BAJO EL MECANISMO DE PROTECCIÓN COLECTIVA (PBS), RESOLUCIÓN 2481 DE 2020, 2503 DE 2020 LEY 1751 DE 2015 Y DECRETO ÚNICO REGLAMENTARIO DEL SECTOR SALUD No.780 DE 2016.

La ASOCIACIÓN INDÍGENA DEL CAUCA EPSI, entidad de derecho público de carácter especial regulada mediante el Decreto No.1088 de 1.993, registrada en el ministerio del Interior mediante la Resolución No.083 1997 y autorizada para operar como Empresa Promotora de Salud Indígena -EPS I del régimen subsidiado, bajo la resolución 472 de 19 de marzo de 2.010, de la Superintendencia Nacional de Salud, representada legalmente por el señor; OSCAR ELCIARIO BONILLA RIVERA, domiciliado en el Resguardo Indígena Nasa de la Cilia, Municipio de Miranda-Cauca, identificado con la cédula de ciudadanía No.4.415.803, Expedida en Chinchina/Caldas, en cumplimiento de la cláusula TERCERA y SEXTA del contrato No. 298 de 2021, las leyes 100 de 1.993, 1122 de 2007 , ley 1438 de 2011, Resolución 0731 de 2020, que autoriza a la Asociación Indígena del Cauca - AIC - EPS - para adicionar el valor del contrato de forma unilateral, mediante acto administrativo interno, con el fin de garantizar el pago de los servicios y tecnologías en salud y suministro de medicamentos con cobertura en los mecanismos de protección colectiva, Resolución 2481 de 2020, del Ministerio de Salud y Protección Social, y previa las siguientes:

CONSIDERACIONES

1. Que entre la Asociación Indígena del Cauca y -EL PSS- E.S.E HOSPITAL UNIVERSITARIO HERNANDO MONCALEANOPERDOMO con NIT: 891180268-0, se suscribió el contrato No.298 de 2021 por evento, para la prestación de servicios de salud de mediana y alta complejidad, cuya vigencia inicia desde el 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2021.

2. Que la ley estatutaria de la salud 1751 de 2015, elevó como derecho fundamental el acceso a los servicios de salud, y en consecuencia la norma en comento, bajo el artículo 8 establece: La integralidad. Los servicios y tecnologías de salud deberán ser suministrados de manera completa para prevenir, paliar o curar la enfermedad, con independencia del origen de la enfermedad o condición de salud, del sistema de provisión, cubrimiento o financiación definido por el legislador. No podrá fragmentarse la responsabilidad en la prestación de un servicio de salud específico en desmedro de la salud del usuario. En los casos en los que exista duda sobre el alcance de un servicio o tecnología de salud cubierto por el Estado, se entenderá

Calle 1 N° 4-66 B/ Vásquez Cobo Teléfono (092) 8380200 Ext-117 - Popayán - Cauca www.aicsalud.orq.co - Email: juridicaaaicsalud.orq.co

,oty.

ASOCIACIÓN INDÍGENA DEL CAUCA

411 Resolución 083 del 15 de Diciembre de 1997

Dirección General de Asuntos Indígenas — Ministerio del Interior EPSI 03 Resolución 1074 de Junio 22 de 2006

Ministerio de la Protección Social y Superintendencia Nacional de Salud NIT. 817.001.773-3

que este comprende todos los elementos esenciales para lograr su objetivo médico respecto de la necesidad específica de salud diagnosticada.

3. Que, por tratarse de un contrato en la modalidad de evento, el valor inicial del contrato No.298-2021 se suscribe en la suma de NUEVE MIL SETENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE PESOS MCTE ($9.076.153.189).

4. Que, debido al aumento de la demanda de servicios y tecnologías en salud con cobertura en la UPC de la población afiliada al régimen subsidiado y contributivo, y con el fin de asumir el costo de los servicios de salud prestados durante el tiempo que falta para la terminación de la vigencia contractual, se requiere realizar la adición presupuestal al contrato No.298-2021, amparada según las disposiciones el contrato vigente, el Decreto 4747 de 2007, la ley 1122 de 2007, la ley 1438 de 2011 y la resolución 0731 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social.

5. Teniendo en cuenta que la ejecución contractual se está desarrollando de acuerdo a la necesidad de los servicios de salud que demanden los afiliados en los dos regímenes, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, por el coronavirus COVID-19, es necesario que se garantice el flujo de recursos al PSS conforme al Decreto 780 de 2016, ley 1438 de 2011 y resolución 0731 de 2020, para garantizar la continuidad en la prestación de los servicios y tecnologías en salud con cobertura en la UPC.

6. Que el Área de Aseguramiento expidió la justificación de la adición presupuestal al contrato inicial, con fecha del 23 agosto de 2021. En esta justificación se manifiesta que para cumplir con la continuidad en la prestación de los servicios y tecnologías en salud con cobertura en la UPC, es necesario hacer una segunda (2) adición al contrato No.298-2021, de mediana y alta complejidad, en la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000.000,00), para financiaran los servicios de RECUPERACIÓN DE LA SALUD PARA LOS AFILIADOS DE LA AIC, prestados según el objeto y cobertura establecidos en el contrato.

7. Que el valor adicionado mediante el presente acto administrativo se tendrá en cuenta dentro del proceso de liquidación contractual y el valor final del contrato será la suma total de las facturas radicadas y efectivamente pagadas por la AIC EPSI.

8. Que el Área Jurídica una vez revisada la justificación de adición presupuestal al contrato, dio el visto para continuar el trámite de adición de que trata el presente acto administrativo por haberse encontrado que efectivamente la demanda de servicios desbordó la estimación inicial. En consecuencia, es necesario realizar la adición solicitada, y para constancia de la revisión el Coordinador Técnico del Área Jurídica firma en el espacio de "Revisado por" que aparece en la tabla final de la presente Resolución.

9. Que la adición unilateral establecida bajo esta resolución cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal-CDP, de conformidad con lo establece el Manual de Contratación de la AIC EPSI.

Por mérito de lo expuesto, la Junta Administradora de la Asociación Indígena del Cauca -AIC - EPS - I en ejercicio de las funciones estatutarias,

Calle 1 N° 4-66 B/ Vásquez Cobo Teléfono (092) 8380200 Ext-117 - Popayán - Cauca www.aicsalud.orq.co - Email: juridicaaaicsalud.oraco

ECU .11

ASOCIACIÓN INDÍGENA DEL CAUCA Resolución 083 del 15 de Diciembre de 1997

Dirección General de Asuntos Indígenas - Ministerio del Interior EPSI 03 Resolución 1074 de Junio 22 de 2006

Ministerio de la Protección Social y Superintendencia Nacional de Salud NIT. 817.001.773-3

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Aprobar la justificación de adición presupuestal de acuerdo con la parte motiva del presente acto administrativo, para incorporar un recurso adicional al contrato No.298- 2021, suscrito con el PSS- E.S.E HOSPITAL UNIVERSITARIO HERNANDO MONCALEANOPERDOMO con NIT: 891180268-0.

ARTÍCULO 2°. En consecuencia, de lo anterior, adiciónese en la suma total de DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000.000,00), al contrato No.298-2021, de evento mediana y alta complejidad, para garantizar el reconocimiento y pago de los servicios y tecnologías salud con cobertura en la UPC-S.

ARTÍCULO 3°-REMITIR O COMUNICAR el presente acto administrativo al proceso de la AIC EPSI correspondientes a finde que se realicen los trámites respectivos para dar cumplimiento a lo establecido.

ARTÍCULO 4°-Anexar al presente acto administrativo el Certificado de Disponibilidad Presupuestal -CDP, expedida por el área de Gestión financiera de la AIC EPSI.

ARTÍCULO 5°. La Resolución No. 349 de 23 de agosto de 2021, sobre adición presupuestal al contrato No. 298- 2021 y demás documentos que justifican el presente acto administrativo harán parte integral del contrato y se debe tener en cuenta durante la ejecución y liquidación del contrato.

ARTÍCULO 6°. La presente Resolución rige a partir de su firma y será notificada al Prestador de Servicios de Salud.

Se firma en Popayán a los veintitrés (23 e • del mes de agosto de dos mil veintiuno (2021).

• SCAR ELCIARIO B • LA RIVERA • - Gresentante Legal AIC - EPS - I.

Elaboró: Angela Daniela Arce Chindicue-Judicante .....DA_N— r C,

la Revisión Marlitt Puscus Maca-Coordinadora Técnica Gestión Jurídica

r Revisión Yudy Albani Sarria-Coordinadora Técnica Gestión del Aseguramiento

t.

W•S '' . • 3° Revisión Fabio Nelson Yujo -Líder de Gestión Contractual AIC EPSI

Álvaro José Mejía - Asesor Jurídico AIC EPSI

Aprobó:

Calle 1 N° 4-66 B/ Vásquez Cobo Teléfono (092) 8380200 Ext-117 - Popayán - Cauca www.aicsalud.orq.co - Email: juridicaaaicsalud.orq.co

Líder de ClCoordinador Tecnic Financiera "A.I.C." EPS-I esu uesto "2.I.C." EPS-I

*S

Asociación Indígena del Cauca "A.I.C." E.P.S-I Área Presupuesto

Resolución 083 del 15 de Diciembre de 1997 -

Dirección General de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior. Nit : 817.001.773-3 I,

I tl,

ji•

.5,CRIC ,,, I ' / INCREMENTO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL

Código : GFIN-F-3 Versión : 1.0 1141113,7 MIRA Y COIMA

FECHA : 23/08/2021 11:00:02 AM INC_DP NUMERO : 20210289

Operación Referencia : DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL / 202100130

Nit o C.C. No: 817001773 Beneficiario: ASOCIACION INDIGENA DEL CAUCA-AIC

LA SUMA DE : DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE*

DETALLE : CONTRATO 298-2021-RECUPERACION DE LA SALUD MODALIDAD-EVENTO DEL 01/01/2021 A

31/12/2021,SE INC VALOR SEGUN ADICION PRESUPUESTAL UNILATERAL 02 MEDIANTE RESOLUCION 349-2021

IMPUTACION PRESUPUESTAL

CODIGO PRESUPUESTAL REC. C.U. DESCRIPCIÓN VALOR PTO ATENCIÓN

0305570201 1 AIC ATENCIN MEDIANA COMPLEJIDAD 800,000,000.00 INVERSION

030557030101 1 AIC ATENCIN ALTA COMPLEJIDAD-ALTO COSTO 1,200,000,000.00 INVERSION

TOTAL $ 2,000,000,000.00

/ Elaboró : WILLIAM HUMBERTO

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BER • Z 1 UE

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,

Calle 1 # 4-66 - Popayán Cauca

Pbx: 8380200

Email: [email protected]

Página 1 de 1

Af,Iffi9/20 J. I 2:2¿,

Asociación Indígena del Cauca "A.I.C." E.P.S-I Área Presupuesto

Resolución 083 del 15 de Diciembre de 1997 -

Dirección General de Asuntos Indígenas del Ministerio del Interior. Nit : 817.001.773-3

41%, 4.13.11 1

i INCREMENTO DE REGISTRO PRESUPUESTAL ,

Código; GFIN-F-4 Versión : 1.0 IMMO lIfin Will

FECHA : 23/08/2021 11:11:31 AM INC RP NUMERO : 20210286

Operación Referencia : REGISTRO PRESUPUESTAL / 202100130

Nit o C.C. No: 891180268 Beneficiario: ESE HOSPITAL UNIVERSITARIO HERNANDO MONCALEANO

LA SUMA DE : DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE*

DETALLE : CONTRATO 298-2021-RECUPERACION DE LA SALUD MODALIDAD-EVENTO DEL 01/01/2021 A 31/12/2021,SE INC VALOR SEGUN ADICION PRESUPUESTAL UNILATERAL 02 MEDIANTE RESOLUCION 349-2021

IMPUTACION PRESUPUESTAL

CODIGO PRESUPUESTAL REC. C.U. DESCRIPCIÓN VALOR PTO ATENCIÓN

0305570201 1 AIC ATENCIN MEDIANA COMPLEJIDAD 800,000,000.00 INVERSION

030557030101 1 AIC ATENCIN ALTA COMPLEJIDAD-ALTO COSTO 1,200,000,000.00 INVERSION

TOTAL $ 2,000,000,000.00

Coordinador Tecni o Financiera "A.I.C." EPS-I

Líder de resu uesto °A.I.C." EPS-I

Elaboró : WILLIAM HUMERTO DIA UE

Vía

Calle 1 # 4-66 - Popayán Cauca

Pbx: 8380200

Email: [email protected]

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