negociaciones colectivas de trabajo en argentina : procesos de

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Este documento está disponible para su consulta y descarga en Memoria Académica, el repositorio institucional de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata, que procura la reunión, el registro, la difusión y la preservación de la producción científico-académica édita e inédita de los miembros de su comunidad académica. Para más información, visite el sitio www.memoria.fahce.unlp.edu.ar Esta iniciativa está a cargo de BIBHUMA, la Biblioteca de la Facultad, que lleva adelante las tareas de gestión y coordinación para la concre- ción de los objetivos planteados. Para más información, visite el sitio www.bibhuma.fahce.unlp.edu.ar Licenciamiento Esta obra está bajo una licencia Atribución-No comercial-Sin obras derivadas 2.5 Argentina de Creative Commons. Para ver una copia breve de esta licencia, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/. Para ver la licencia completa en código legal, visite http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/ar/legalcode. O envíe una carta a Creative Commons, 559 Nathan Abbott Way, Stanford, California 94305, USA. Director: Andrea Del Bono Benito, María Lucila Tesis presentada para la obtención del grado de Licenciada en Sociología Cita sugerida Benito, M. L. (2002) Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de cambio en la acción sindical [en línea]. Trabajo final de grado. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Disponible en: http://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/tesis/te.504/te.504.pdf Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de cambio en la acción sindical

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Page 1: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Este documento está disponible para su consulta y descarga en Memoria Académica, el repositorio institucional de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional de La Plata, que procura la reunión, el registro, la difusión y la preservación de la producción científico-académica édita e inédita de los miembros de su comunidad académica. Para más información, visite el sitio www.memoria.fahce.unlp.edu.ar

Esta iniciativa está a cargo de BIBHUMA, la Biblioteca de la Facultad, que lleva adelante las tareas de gestión y coordinación para la concre-ción de los objetivos planteados. Para más información, visite el sitiowww.bibhuma.fahce.unlp.edu.ar

LicenciamientoEsta obra está bajo una licencia Atribución-No comercial-Sin obras derivadas 2.5 Argentina de Creative Commons.

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O envíe una carta a Creative Commons, 559 Nathan Abbott Way, Stanford, California 94305, USA.

Director: Andrea Del Bono

Benito, María Lucila

Tesis presentada para la obtención del grado de Licenciada en Sociología

Cita sugerida Benito, M. L. (2002) Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de cambio en la acción sindical [en línea]. Trabajo final de grado. Universidad Nacional de La Plata. Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación. Disponible en: http://www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/tesis/te.504/te.504.pdf

Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de cambio en la acción sindical

Page 2: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Licenciatura en Sociología

Trabajo Final

Alumno: Benito, María Lucila

Legajo N°: 55442/6

Dirigida por: Dra. Andrea, Del Bono

1

Page 3: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Negociaciones Colectivas de

Trabajo en la Argentina:

procesos de cambio en la acción

sindical

2

Page 4: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Resumen del trabajo de investigación

Titulo del Proyecto: Negociaciones Colectivas de Trabajo en laArgentina: procesos de cambios en la acción sindical

Palabras Clave: Cambios en el mercado de trabajo, Reformalaboral, Sindicatos, Convenios Colectivos de trabajo, evolución,nuevas tendencias, contenidos negociados.

- Resumen: La apuesta fundamental de este trabajo de investigación

es enriquecer bajo una mirada sociológica, y a través de un tema

concreto como es el de las negociaciones colectivas de trabajo, una

mirada hacia el futuro reflejando algunos de los rasgos que presenta

hoy el mundo del trabajo. La cuestión central de este trabajo es

estudiar el impacto que las transformaciones en las negociaciones

colectivas de trabajo están ejerciendo sobre el accionar sindical.

Desde la perspectiva del presente estudio sostenemos que con los

cambios suscitados en las convenciones colectivas de trabajo, el

sindicalismo argentino atraviesa actualmente por un proceso de

profunda transformación con respecto al pasado en sus practicas

habituales de negociación. Pretendemos que este texto abra una

puerta más para discutir a partir de una propuesta, limites e

implicancias sobre las modalidades de un cambio de acción sindical

frente a un modelo de acumulación que propicia fuertes exclusiones,

segmentación de la fuerza de trabajo y por ende un nuevo perfil del

trabajador.

BENITO, MARIA LUCILA

3

Page 5: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Introducción

Durante la década de 1990, la mayoría de los países latinoamericanos, y

en especial, la Argentina, encararon la aplicación de estrategias, políticas y

programas de marcada impronta neoliberal. La intensidad que asumieron

las transformaciones planteadas, sumada a la celeridad y convergencia

temporal en su implementación, convierten a la experiencia argentina en un

ejemplo casi pionero, sustentado en varias líneas de acción convergentes:

amplio y acelerado programa de privatización de empresas públicas,

apertura externa en los mercados de bienes y servicios, desregulación de

diversos mercados, libre convertibilidad de divisas vinculada con una tasa de

cambio baja y fija, flexibilización y precarización laboral. En resumen, una

serie de reformas directamente emparentadas con la estrategia diseñada

por los gobiernos y las empresas de los países centrales para superar los

desafíos planteados por la declinación del modelo keynesiano de crecimiento

que orientó gran parte de sus esfuerzos hacia la desregulación, la

privatización y el desmantelamiento del contrato social entre capital y

trabajo, en el que se basaba la estabilidad del modelo de crecimiento previo

(Castells, 1999).

En este contexto, el contenido de la legislación laboral argentina se

transformó en objeto de reformas que permitieron su aggiornamiento a las

transformaciones económicas en curso. Los alcances del proceso de

transformación económica se extendieron a la regulación social, en

particular al ámbito de la regulación del trabajo: se impusieron modalidades

de contratación temporaria, rebajas de impuestos a la nómina salarial y la

descentralización de la negociación colectiva (Marshall, 1998).

Históricamente, en el sistema de relaciones laborales de nuestro país,

han intervenido tres interlocutores, el Estado, las cámaras empresarias y

4

Page 6: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

los sindicatos centralizados a nivel nacional en cada rama de actividad. La

regla de juego entre estos actores ha estado inscripta en los convenios

colectivos, acordado por los actores a través de mecanismos

institucionalizados de negociación colectiva. En 1953 se produjo en la

Argentina el primer ordenamiento sistemático de la negociación colectiva

plasmada en la ley 14.250, que dio lugar a la conformación de un modelo /

paradigma de convenciones colectivas de trabajo que privilegió nítidamente

la centralización de las negociaciones colectivas por rama de actividad,

otorgándole el poder institucional a aquellos sindicatos con personería

gremial. A partir de entonces, en las negociaciones colectivas de trabajo el

poder del sindicato mayoritario de rama obtuvo el monopolio para la acción

paritaria, consulta, representación y acuerdo de las condiciones de trabajo.

Con este paradigma de negociaciones colectivas los representantes

sindicales fueron desarrollando ciertas practicas caracterizadas por una alta

participación para poder representar los intereses de los trabajadores

dentro de la empresa. Estas practicas habituales se manifestaron a través

de un fuerte desarrollo institucional y organizativo de los sindicatos, así

como de la consolidación de una estructura sindical presente y activa en el

interior de cada empresa. En dicho marco normativo paradigmático, que

estableció el régimen de unicidad sindical, los representantes de los

trabajadores gozaban de eficacia y legitimidad para proteger los derechos

de los trabajadores, privilegiando la centralización de la negociación

colectiva por rama de actividad.

A partir de la década de 1990, el marco institucional y legal de las

relaciones laborales que privilegiaba las direcciones nacionales de los

sindicatos, las representaciones corporativas empresarias y el Estado, fue

abandonado paulatinamente y, en su lugar, se fueron instalando practicas

descentralizadas de negociación. La negociación colectiva adquirió una

nueva dimensión con nuevas características y los sindicatos comenzaron a

atravesar situaciones nuevas y complejas que exigen respuestas adecuadas

a una realidad en cambio constante.

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Page 7: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

La cuestión central de este trabajo es el estudio de este proceso de

transformación, dirigiendo la atención hacia el impacto que las

transformaciones acaecidas en el ámbito de las negociaciones colectivas

ejercieron sobre el accionar sindical. A partir de los profundos cambios que

comenzaron a sucederse en el mundo laboral durante la década de 1990:

¿cuál viene siendo la respuesta sindical ante las nuevas características que

presenta la negociación colectiva de trabajo?; ¿qué sucede con sus practicas

habituales a la hora de negociar un convenio?; ¿cuáles son sus nuevas

estrategias de acción para representar a los trabajadores en la empresa, a

partir de estas transformaciones de los convenios colectivos de trabajo?;

¿qué cambios se están produciendo en el accionar sindical a partir de las

nuevas características de la negociación colectiva de trabajo?

La presente investigación ha estado guiada por algunas intuiciones que,

poco a poco, se fueron transformando en nuestras hipótesis de trabajo.

Tomando como punto de referencia la tesis que señala que las

transformaciones laborales que comenzaron a producirse en los años

noventa, contribuyeron a desarmar el modelo institucional proteccionista

bajo el cual se estructuraron por más de cincuenta años las relaciones

laborales en nuestro país, sostenemos que la representación sindical

atraviesa por un profundo proceso de cambio que afecta directamente a las

practicas habituales de negociación colectiva. Por otra parte, en este

trabajo enfatizaremos el hecho de que, hoy por hoy, está desapareciendo el

grado de coordinación antes existente entre los distintos sindicatos de una

misma actividad. A la hora de firmar un convenio colectivo, la

representación sindical de los trabajadores se encuentra prácticamente

aislada negociando con su empresa, quedando alejada de cualquier tipo de

coordinación intersindical, llevando su propio accionar dentro de la empresa.

Evidentemente este proceder de los sindicatos ejerce una influencia

negativa sobre el grado de representatividad, capacidad reivindicativa y

6

Page 8: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

eventual movilización de los trabajadores en su lugar de trabajo. Asimismo

destacamos que con estos profundos cambios en las convenciones

colectivas de trabajo que se reflejan a su vez en cambios en la

representatividad político sindical, se estarìa conformando un nuevo modus

operandi de las centrales obreras que, a corto plazo, desembocará en la

conformación definitiva de un modelo sindical renovado e inédito en nuestro

país.

El texto que presentamos en estas páginas analiza en una primera

parte, las nuevas tendencias en materia de negociación colectiva

presentando el contexto en el cual nace el paradigma de negociaciones

colectivas de trabajo, su recorrido a lo largo de la historia; para luego

avanzar en el análisis del proceso de reforma de las leyes laborales que se

inician en la década de 1990 con el gobierno de Carlos Menem hasta la

última reforma del 2000 que realizó el gobierno de De La Rúa. Así comienza

a diseñarse un nuevo esquema de relaciones laborales que transforma al

paradigma vigente de negociación colectiva de trabajo en la consolidación

de una combinación de ámbitos más acordes con las exigencias que

impone una economía competitiva orientada hacia la descentralización.

Además identificaremos las modificaciones que se llevaron a cabo en los

convenios colectivos más recientes enfocando algunos aspectos críticos

tales como: a) los niveles y ámbitos de negociación (rama, actividad,

empresa); b) el alcance de la negociación colectiva (centralizada/

descentralizada); c) los contenidos negociados (introducción de pautas

flexibles). Esta primera etapa de investigación centra su interés en la

recopilación de información secundaria acerca de los cambios en las normas

que ordenan la negociación colectiva de trabajo y las nuevas tendencias que

implementan los convenios colectivos durante la década de 1990. Este

punto se enriquece con la consulta de bibliografía actualizada, producida por

instituciones especializadas.

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Page 9: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Para enriquecer nuestros datos secundarios y perfeccionar aún más

nuestra indagación iniciada en este estudio decidimos acercamos de alguna

manera a la investigación cualitativa analizando algunas percepciones de la

acción sindical ante los cambios en las negociaciones colectivas de trabajo.

La idea de este texto es realizar un análisis más acotado y más preciso del

tema escogido, que nos permita incorporar a nuestras futuras

investigaciones, a través de la exploración de un caso concreto, otras

cuestiones reflejando aspectos del accionar sindical en el mundo laboral. Es

por esto que en una segunda parte, incorporamos las percepciones que

manifiestan algunos representantes sindicales de un sector específico acerca

de las transformaciones acaecidas en el ámbito de las negociaciones

colectivas de trabajo. Para seleccionar un determinado sector sindical, que

nos permitiera acercarnos a nuestro objeto de estudio se escogió un sector

de actividad tradicional, con un recorrido importante a lo largo de la historia,

cuyos orígenes se remontan al peronismo: el sector eléctrico, representado

por el Sindicato de Luz y Fuerza. Este segundo nivel de investigación

cualitativa estaría compuesto por el análisis de las entrevistas que se

llevaron a cabo en el Sindicato de Luz Y Fuerza Capital Federal

Subsecretaría La Plata. Se trata de ocho entrevistas semi-estructuradas a

representantes sindicales del sector eléctrico que dan cuenta de los

procesos de cambios en las modalidades de acción sindical que genera un

desdibujamiento en sus practicas habituales de negociar un convenio

colectivo de trabajo.

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Page 10: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

El sistema de relaciones laborales: hacia la construcción delparadigma de negociaciones colectivas de trabajo

El sistema de relaciones laborales en nuestro país adquirió sus rasgos

esenciales a mediados de la década de 1940 con el surgimiento y

consolidación del peronismo en la vida política Argentina. Con los cambios

introducidos por el peronismo en el ámbito de las relaciones de trabajo, se

otorgó al movimiento sindical un papel fundamental en el sistema político de

nuestro país. Ese nuevo modelo de relaciones laborales se dio en un

contexto de profundización del proceso de sustitución de importaciones

centrado en el estímulo a la industria productora de bienes de consumo

masivo orientada casi exclusivamente al mercado interno. El Estado, en este

periodo, desempeñó un papel preponderante en este proceso aprobando

numerosas medidas de protección y promoción para el sector industrial. Es

decir, se fue estructurando un sistema de relaciones laborales definido por

un alto grado de intervención estatal en el mercado de trabajo, modelo que

era congruente con una estrategia económica de crecimiento hacia adentro

(Cordone, 1997).

Entre 1946 y 1955, época de la afirmación del Estado de Bienestar en

nuestro país, el sindicalismo argentino, favorecido por la puesta en vigencia

de una abundante y progresiva legislación laboral, multiplicó rápidamente el

número de sus efectivos, consolidó una sólida y extensa estructura

administrativa y de servicios sociales y adquirió gran trascendencia en la

vida pública del país. Su estructura organizacional muy centralizada estuvo

fuertemente basada en la rama de producción, siendo los tradicionales

9

Page 11: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

sindicatos industriales los que dieron identidad al conjunto y ejercieron un

cierto liderazgo (Bisio, 1997). Precisamente se puso en vigencia un conjunto

de normas laborales que cubrieron aspiraciones largamente insatisfechas de

la clase trabajadora, como ser condiciones de trabajo, salarios, jubilaciones,

etc.

La nueva legislación se caracterizó por ser protectora en el ámbito de

las relaciones individuales de trabajo y además mostró una acentuada

tendencia hacia la intervención estatal en el área de las relaciones colectivas

del trabajo. Se fue desarrollando desde entonces una regulación laboral de

corte corporativista que contribuyó a promover y controlar la organización

sindical desde el Estado.

La pieza clave en la construcción del nuevo sistema que estableció una

organización sindical a nivel nacional, fue el decreto 23.852 de Asociaciones

Profesionales promulgada en octubre de 1945. Fue el testimonio más

significativo del compromiso existente entre el régimen peronista y el

movimiento obrero y reflejó el equilibrio de poder existente entre estos dos

actores en aquellos momentos (Doyon, 1984). A partir de esto, se canalizó

el explosivo crecimiento de la afiliación sindical, en una estructura gremial

fuertemente centralizada que privilegió el encuadramiento por rama de

producción. Si bien se estableció la libertad de asociación, para que las

acciones de los sindicatos -entre otras la participación en la negociación

colectiva- tuviesen validez legal, debían ser realizadas por organizaciones a

las que se les confirió la personería gremial1. Este reconocimiento jurídico

era otorgado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Nación,

como la autoridad de aplicación del régimen sindical. Esta ley garantizó a la

estructura sindical el monopolio de representación, ya que un solo sindicato

1 Es necesario aclarar que existe una distinción entre asociaciones simplemente inscriptas y las que tienenpersonería gremial. Para que un sindicato sea reconocido como tal, debe registrarse según determinadasnormas legales, pero solo una dentro de cada actividad, profesión u oficio y en el ámbito geográfico que lecorresponde puede tener personería gremial. Sólo el sindicato con personería gremial podrá ejercer lafunción sindical y contará con algunos derechos y privilegios exclusivos –entre otras la de intervenir enlas negociaciones colectivas y vigilar el cumplimiento de la normativa laboral y seguridad social-generando una clara discriminación hacia aquellos sindicatos que únicamente se encuentren inscriptos enel Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ( Calcagno y Gontero, 2001).

10

Page 12: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

con mayor número de afiliados podía representar los intereses colectivos de

una rama de actividad (Calcagno y Gontero, 2001). Esta facultad estatal

que, como vimos, decidió la viabilidad efectiva de una organización sindical

fue una de las causas principales que impulsó la fuerte vinculación que se

fue estableciendo entre los sindicalistas y la administración del trabajo.

Las Convenciones Colectivas de Trabajo fueron en este modelo el

instrumento central por el cual se establecieron las relaciones entre obreros

y patrones. El primer ordenamiento sistemático de la negociación colectiva

en nuestro país se concretó con la Ley 14.250 sancionada en 1953. A partir

de este momento, se comenzó a conformar el modelo / paradigma de

negociaciones colectivas de trabajo, que entre sus características principales

introducía un alto grado de intervencionismo y regulación estatal en las

relaciones laborales, un esquema que privilegió nítidamente la centralización

de las negociaciones por rama de actividad y por ende un fortalecimiento

del poder institucional del sindicato con personería gremial, en donde el

Ministerio de Trabajo de la Nación tenía la capacidad de acordar esa

personería única al sindicato mayoritario de rama, el cual le otorgó el

monopolio para la acción paritaria, consulta, representación, acuerdo. La

negociación se focalizó en el sector urbano, industrial y privado,

concentrándose en algunas categorías de asalariados independientes (Bisio,

Battistini y Montes Cató, 1997). A partir de entonces, el convenio colectivo

de trabajo pasó a representar un instrumento normativo generado por las

negociaciones entre empresas y sindicatos cuya función ha sido la de

regular las relaciones laborales, expresando la autonomía de las partes en

defensa de sus intereses y la de sus representados, como así también un

instrumento fundamental del sistema democrático.

Los sindicatos comenzaron a articular tres niveles de representación: el

lugar de trabajo a través de delegado y comisiones internas; el nivel

territorial o seccionales; y la dirección nacional. En el sistema de relaciones

laborales y de la centralización de los sindicatos, el rol decisorio en la

11

Page 13: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

negociación colectiva correspondió a la dirección nacional. Los otros niveles,

delegados y seccionales cumplieron una pura función de “auditoria” sobre el

cumplimiento de las normas del convenio colectivo en cada lugar de trabajo

o en cada distrito territorial, pero su intervención fue prácticamente nula en

la institución del convenio (Palomino y Senén González, 1995).

Esta constelación de factores favoreció la fortaleza del poder sindical y

una estrategia centralizada de las decisiones políticas. Así el sindicalismo

apoyado en su privilegiada relación con el estado peronista, que se

constituyó en su principal soporte, pudo plasmar en la negociación colectiva

continuos avances en las condiciones de trabajo y niveles salariales.

Fue durante esta etapa que comenzó a producirse un enorme desarrollo

institucional y la inserción social del sindicalismo moderno, así como su

estrecha integración y compromiso con la experiencia políticas del

peronismo.

Es conocido, que con el peronismo la sindicalización adquirió legitimidad

normativa y social. Esta legitimación se vio potenciada por el paradigma de

negociaciones colectivas de trabajo. En ese entonces, con un modelo

económico sustitutivo de importaciones que propiciaba un fuerte desarrollo

industrial, los sindicatos por rama de actividad fueron ocupando un papel

protagónico dentro de las empresas. Además, los sindicatos fueron

desarrollando progresivamente una compleja estructura de obras sociales,

que administradas por ellos mismos, los proveían de buena parte de sus

finanzas. Este modelo asignaba gran poder a las cúpulas gremiales sobre

los sindicatos locales y les otorgaba una invalorable fuente de recursos a

través del control de aportes de empresarios y trabajadores a las obras

sociales. Las entidades sindicales se nucleaban en la Confederación General

de Trabajadores (CGT)2, es decir, las entidades de grado menor,

predominantemente de rama de actividad se agrupaban en federaciones y

2 Desde 1946 la Confederación General de la República Argentina (CGTRA) obtuvo la personeríagremial con zona de Bp

Page 14: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

éstas se articulaban directamente a la Confederación (Feldman, 1991). Por

lo tanto, la regulación laboral además de otorgar a los sindicatos cierta

autonomía financiera, como la capacidad de proveer servicios a sus afiliados

en forma más constante, facilitó a los dirigentes sindicales cierto grado de

autonomía con respecto a las condiciones del mercado laboral.

Con la vigencia de este paradigma de negociaciones colectivas de

trabajo se produjo el fortalecimiento del poder sindical, caracterizado por

una notable expansión institucional y organizativa del sindicalismo, medido

por la gran cantidad de afiliados3 y por su presencia activa en el interior de

cada empresa protegiendo los derechos de los trabajadores. Según lo

señalado por Doyon (1984), la presencia en las plantas de las

organizaciones sindicales tuvo que ver con un enorme desarrollo de las

comisiones internas, directamente integradas a la estructura del sindicato.

La inserción de dichas comisiones, bajo el control sindical en el lugar de

trabajo aseguró importantes beneficios tanto para el obrero como para el

sindicato, protegiendo los derechos económicos y sociales del trabajador

dentro del sistema de producción, creando así un vínculo permanente entre

la organización sindical y las bases.

Estas prácticas del actor sindical reflejadas en el paradigma de

negociaciones colectivas de trabajo, le dieron al sindicalismo argentino

eficacia y legitimidad para representar a todos los trabajadores en el

interior de cada empresa. Con el peronismo fue desarrollándose un

marco normativo que estableció el régimen de unicidad sindical, asignó la

representación en la negociación colectiva del sindicato con personería

gremial y privilegió la centralización de la negociación colectiva por rama de

actividad. La existencia de una legislación que monopolizó la representación

en la negociación colectiva, provocó un modelo sindical altamente

centralizado.

3 En 1941 eran 441.413 los afiliados sindicales y 2.256.580 en 1954. Este fenómeno fue más rápido ysocialmente visible durante el periodo 1945-1952 ( Bisio, Battistini y Montes Cató, 1997).

13

Page 15: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Evolución del paradigma de negociaciones colectivas

Siguiendo el análisis que hacen Bisio, Battistini y Montes Cató (1997),

la historia de la negociación colectiva en la Argentina está dominada por el

rasgo de la discontinuidad y precariedad. Esto habría tenido que ver

fundamentalmente con la instabilidad política cíclica del país. Desde su

sanción, la vigencia de la ley 14.250 de Convenciones Colectivas de Trabajo

había sido suspendida y restituida en retiradas oportunidades. La supresión

obedeció sin duda a la política manifiestamente antisindical de los

regímenes de facto.

La negociación colectiva se reestableció en 1975 cuando el peronismo

regresa al poder en 1973, para reemplazar en el gobierno a una prolongada

dictadura militar (1966-1973). Si bien la economía comenzó a manifestar

tensiones estructurales, el poder sindical era suficientemente fuerte como

para forzar el mantenimiento del salario y el empleo. Podría decirse que

predominaba los convenios colectivos de alcance nacional y por rama de

actividad. Esta experiencia duró poco ya que las restricciones estructurales

de la economía erosionaban cualquier acuerdo consensuado de una política

de ingresos y volvía ilusoria la moderación: las negociaciones colectivas

catalizaban y desnudaban la naturaleza de la crisis y fueron vehículo de

tensiones conflictivas laborales, que se sumaron a otros factores de orden

políticos muy significativos que confluyeron en el golpe militar de 1976.

14

Page 16: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Con la recuperación de las instituciones democráticas, en 1983, el

reclamo inmediato del sindicalismo fue el de retornar sin condiciones a la ley

14.250 de negociaciones colectivas de trabajo. Luego de complicadas

negociaciones entre el gobierno del Raúl Alfonsín y los sindicatos, recién en

1988, se establecieron las leyes 23.544 y 23.545 modificatorias de la ley

14.250 y sus decretos reglamentarios 199/88 y 200/88, que introducían

algunos cambios a tener en cuenta. Por medio de esos decretos se convocó

a las partes a negociar, estableciendo los criterios y mecanismos para la

atribución de la representación empresaria, las condiciones para la

extensión del convenio o zonas comprendidas y la regulación de las

comisiones paritarias de interpretación.

El decreto reglamentario 200/88 sugirió (no impuso) ámbitos bastantes

flexibles que van desde los convenios de actividad hasta los de empresa. En

su articulo primero se estableció los diversos niveles en que pueden

entablarse las convenciones colectivas tales como: “a) convención de una

rama o varias ramas de actividad o sectores de producción; b)convenio de

oficio o profesión; c) convenio de empresa; d) convenio de empresa del

estado, sociedad del estado, sociedad anónima con participación estatal

mayoritaria, entidad financiera estatal o mixta comprendida en la ley de

entidades financieras...”. El primer convenio homologado en esta ronda de

negociaciones se logró en 1988, y a partir de esa fecha, se firmaron a un

ritmo de cinco convenios mensuales aproximadamente sesenta convenios

colectivos de trabajo, hasta marzo de 1989. Además en esta ronda, a pesar

de ciertas modificaciones, las negociaciones se desenvolvieron y orientaron

en el marco del paradigma dominante de negociaciones colectivas.

15

Page 17: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

El proceso de reforma laboral: la era menemista

La legislación del trabajo es uno de los instrumentos esenciales de que

dispone el Estado para regular el mercado de trabajo y el conflicto, es decir,

es un instrumento de regulación y cambio. Sus cuerpos principales son el

derecho laboral individual y el derecho colectivo, regula las condiciones de

trabajo, contratación y despido, así como también las remuneraciones, ya

sea en forma directa o estableciendo los mecanismos de negociación entre

asalariados y empleadores. También se considera a la legislación del trabajo

como incentivo a la incorporación al mercado de trabajo, ya que en general

es exclusivamente el trabajo asalariado el que permite tener acceso a un

amplio aspecto de beneficios sociales (Marshall, 1997).

A partir de 1991 el gobierno de Carlos Menem dio el puntapié inicial para

que comenzaran a discutirse e instrumentarse cambios en las regulaciones

laborales. Si bien desde los inicios de la administración menemista los

cambios normativos en materia laboral no ingresaron en la agenda de

gobierno con carácter de prioridad (tal como sucedió en el campo

económico); también es cierto que no podían quedar fuera del proceso de

reformas encaradas en la década de 1990 sino que debían acompañar, y

hasta impulsar, los cambios económicos estructurales. A partir de esta

década, se emprendieron importantes reformas a la legislación laboral,

donde la aceptación de la “flexibilización” en el mercado de trabajo fue una

16

Page 18: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

de las opciones que eligió el gobierno con el fin de “modernizar” la relación

capital-trabajo en función de obtener un nuevo orden que facilitara la

reducción del costo laboral planteado como incremento de las ganancias

para mejorar la rentabilidad de las empresas y para incrementar los niveles

de ahorro y por ende, de la inversión.

En un sentido amplio, la flexibilidad es un concepto multidimensional

con varias combinaciones posibles, que adquiere configuraciones tanto en

escala de empresa como de nación4. Más específicamente, la flexibilización

laboral ha sido definida como la capacidad de adaptarse rápidamente a los

cambios derivados del progreso técnico, incorporando nuevos

procedimientos de trabajo y renovando formas conexas de organización de

la producción. Estas formas se encuentran condicionadas por la evolución

económica y la situación del mercado de trabajo tanto nacional como

internacional.

Asimismo algunos autores como Novick (1994), Dinerstein, (1994) y

Boyer (1987), entre otros, caracterizan la “flexibilización de las relaciones

laborales”, desde dos sentidos. La noción de flexibilidad externa hace

referencia al funcionamiento del mercado de trabajo y se utiliza para

describir la política que se aplica para acelerar los movimientos de entrada

y salida de la fuerza de trabajo como multiplicadora de las formas de uso de

la misma, para disminuir costos. En este caso el tipo ideal sería un contrato

cuyas normas puedan ser revisadas periódicamente. La flexibilización

interna o funcional, es la que está referida a la organización del proceso de

trabajo, se refiere a la capacidad de los trabajadores para cambiar de

puesto de trabajo. Es decir, cuando un trabajador puede hacer diferentes

tipos de trabajo (sistemas de rotación, polivalencia), donde se incluyen

nuevas formas de organización del tiempo de trabajo, según las4 En este último caso, las experiencias nacionales muestran experiencias significativas. Por ejemplo elcaso de Estados Unidos que señala una flexibilidad en un modelo que, frente a una baja eficiencia deingeniería de producto y de proceso, las practicas salientes están relacionadas con los salarios y conmedidas proteccionistas a la industria. El caso del “modelo japonés”, famoso por los logros obtenidos enmateria de productividad y competitividad, donde privilegia un modelo de flexibilidad dentro de laempresa a partir de la capacidad de los trabajadores de efectuar diferentes tareas, conducir distintasmáquinas, ocuparse tanto de la programación como del diagnostico, del mantenimiento o de la calidad(Novick, 1994).

17

Page 19: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

necesidades económicas de cada empresa. Multiprofesionalidad,

polifuncionalidad, trabajo en equipos, implicación y mayor independencia del

trabajo, descentralización de las decisiones, carrera profesional,

introducción de tecnología flexible, suelen ser los componentes de este tipo

de flexibilidad.

Por otro lado, Fernández (1997) distingue cuatro nociones de

flexibilidad: 1) El “sistema de producción flexible” como la capacidad de

ajustar los equipamientos productivos a una demanda variable; 2) el “tipo”

de agente de producción polivalente y móvil caracterizada por la aptitud de

los trabajadores de cambiar de puestos de trabajo en la empresa; 3) la

flexibilidad salarial caracterizada por la sensibilidad de los salarios de

adaptarse a la situación económica, conduce a la aparición de salarios

diferenciados por rendimiento individual o por los resultados de cada

empresa; 4) La flexibilización socio-jurídica consiste en derogar o modificar

parte de la legislación laboral dando la posibilidad a las empresas de

liberarse de las normas jurídicas que regulan el contrato de trabajo5.

Como vemos el concepto de flexibilidad designa distintas realidades

acerca del trabajo, es decir, pone énfasis en la desregulación del empleo, en

el uso de la fuerza de trabajo en el proceso de trabajo y en el aspecto

salarial. Además la flexibilidad puede funcionar en el nivel micro (lugar del

trabajo), meso (corporación o rama) o del sistema de relaciones

industriales, abarcando la regulación del conflicto, la negociación colectiva,

las leyes laborales, la seguridad social y los pactos corporativos (Del La

Garza Toledo, 1999). En un sentido amplio, hay que tener en cuenta que

durante los años noventa, las empresas de los capitalismos avanzados y

periféricos, han demandado una flexibilización basada en la maximización de

la polivalencia y de la movilidad de la mano de obra, procesos que al

5 Hay que tener en cuenta que el autor aclara que estas clasificaciones no son ciertamente exhaustivas.También en el análisis de Monza (1997) se reconocen tres formas de flexibilidad que se refieren aaspectos de índole contractual (orientada a la relación salarial, estabilidad laboral, beneficios sociales);tecnológica (formas organizacionales, innovaciones tecnológicas) y salarial (remuneración salarial con laproductividad de cada trabajador).

18

Page 20: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

producirse pusieron en cuestión las normas tradicionales del derecho

laboral.

Ahora bien como ya hemos señalado durante la década de 1990,

nuestro país comenzó con un lento pero inexorable proceso en materia de

legislación laboral. Los objetivos de esta nueva política incluyeron, entre

otros temas, el control del salario y la reducción de los impuestos a la

nómina salarial, la flexibilización de los contratos de trabajo y de la

indemnización por despido.

Durante la primera etapa que acompañó la necesidad de los cambios

económicos estructurales, se instaló en la agenda del gobierno el desafío de

acompañar las medidas de reestructuración económicas. La Ley Nacional de

Empleo, sancionada a fines de 1991 introdujo los primeros cambios en

materia de regulación estatal. Dicha ley se planteaba como principal función

ser una herramienta de prevención y regulación de los desequilibrios

laborales y sociales que prometían los cambios estructurales. Esta ley

representa un punto de inflexión en la normativa laboral hasta entonces

vigente: la introducción de las modalidades contractuales por tiempo

determinado rompió con la tradición según la cual la contratación

temporaria debía justificarse con características de la actividad de la

empresa. Aún así, el contenido de la ley todavía no alcanzaba a satisfacer

al sector empresario.

Pero a través de la década del noventa, las iniciativas de la reforma

laboral fueron adquiriendo una importancia más estratégica, debido a la

mayor preeminencia que obtuvo dentro de la economía el debate sobre la

competitividad y el costo del país. A través de una nueva política de

reforma laboral se pretendía satisfacer los persistentes reclamos de las

organizaciones empresariales, que sostenían que los costos asociados a las

regulaciones vigentes atentaban contra la competitividad, que la

negociación centralizada fortalecía a los sindicalistas y elevaba los costos

laborales, y que la protección del trabajo socavaba la disciplina laboral. De

19

Page 21: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

esta manera, las reformas laborales más significativas ocurrieron después

de 1991. A partir de esa fecha, una nueva sucesión de leyes y decretos

modificó la regulación del salario y el derecho a huelga, se crearon también

diversas modalidades contractuales temporarias que involucraban rebajas o

eliminación de las contribuciones a la seguridad social y que en algunos

casos, no contemplaban indemnizaciones por despido (Cortes y Marshall,

1999).

En términos generales podemos afirmar que, las primeras medidas en

materia laboral estuvieron centradas en acompañar las reformas

estructurales desde la política de empleo facilitando la reasignación de la

mano de obra, apoyando la recaudación fiscal y habilitando cierta

disminución de los costos laborales. Sin embargo, el desempleo creció

fuertemente6. La redefinición posterior a las políticas laborales acentuaron

los rasgos de flexibilización, siendo el desempleo el argumento mismo de la

necesidad de un mercado de trabajo menos regulado (AAVV, 2001).

Ahora bien, en nuestro país, la dirección elegida para el avance hacia

una regulación de las relaciones laborales más laxa, se vincula

fundamentalmente con la flexibilidad relacionada con el ingreso y salida de

ocupación (externa o contractual), en el sentido de que apunta a imponer

la utilización de contratos de trabajo de duración limitada, que en teoría

deberían favorecer la creación de nuevos puestos al desregular normas

“rígidas” que suben los costos empresariales. Asimismo la flexibilidad

salarial también jugaría un papel importante ya que vincula la remuneración

de cada trabajador con su propio rendimiento productivo adecuando los

salarios a la situación económica propia de cada empresa (Cárcar, 1998).

Podemos afirmar que las normas jurídicas han avanzado progresivamente

en la desregulación en los aspectos de flexibilización externa, en relación de

la empresa con el mercado de trabajo y en la reducción del costo laboral.

6 En 1990 la desocupación alcanzaba el 9,6%, en 1996 el 18,8%.

20

Page 22: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Como vimos a lo largo de este apartado, la legislación laboral tiene que

adaptarse, impulsando cambios precisos, tratando de ser funcional ante el

nuevo patrón de acumulación. Es decir, tiene un papel preponderante en

estructurar el mercado de trabajo, redefiniendo el equilibrio entre los

diferentes actores sociales que juegan en este proceso, Estado-sindicatos-

empresarios. Por lo tanto, a medida que este nuevo modelo en materia

laboral fue consolidándose, la flexibilización fue cobrando presencia. Los

empresarios empezaron a demandar flexibilización como adaptación a la

competencia externa a la que quedaron expuestos, como condición para

bajar los precios a través del descenso de los costos laborales de las

empresas.

Podemos destacar, entonces, que se fue atravesando por un importante

proceso de descentralización que ubica a la empresa en el centro de la

escena, como un actor principal en materia de acuerdos y relaciones

laborales, y también en términos de competitividad. Es así que las

consecuencias de las políticas económicas en general y de las que

determinan la relación capital-trabajo en particular, fueron una agudización

de la segmentación del mercado de trabajo y una tendencia a trasladar una

parte del riesgo empresario a los asalariados, permitiendo que la desigual

relación de fuerzas entre actores involucrados se manifieste con gran

intensidad.

Como veremos más detenidamente en este trabajo, las formas

principales que ha adoptado la flexibilización del trabajo en nuestro país

han sido el cambio en las leyes laborales, la transformación en la

contratación colectiva y la ruptura o debilitamiento de los pactos

corporativos entre sindicatos, Estado y empresas. A partir de esto,

creemos en esta investigación, que el sindicalismo entre los diferentes

actores sociales y políticos, es el sector que más viene sufriendo cambios

drásticos, donde va teniendo un desconcierto sobre sus estrategias,

acciones y tácticas frente a las reformas implementadas. Diversos

argumentos indican que este nuevo modelo de acumulación, que comenzó

21

Page 23: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

en la década de los noventa, introduce un alto grado de incertidumbre con

respecto al pasado sobre la posición en el mercado de laboral de los

trabajadores organizados (Fernández, 1997; Senén González y Bosoer,

1999; Etchemendy y Palermo, 1998; Murillo, 1997).

Es decir, la nueva concepción normativa en materia laboral que

comenzó en la década de 1990, hace que el sindicalismo tradicional,

nucleados en la Confederación General del Trabajo (CGT), atraviese por una

situación de fuertes cambios con respecto al pasado. Frente a este

complejo escenario de fuertes cambios en la legislación laboral que

repercuten en el mercado de trabajo, sea en un marco de “acuerdo” o

“desacuerdo”, el sindicalismo mantuvo una estrategia esencialmente

defensiva, asegurando la conservación de alguna cuota de poder

económico, pero al mismo tiempo perdiendo capacidad de negociación

tanto ante los grupos empresariales como ante el gobierno7 (AAVV, 2001).

Lo que afirmamos en este trabajo, junto Fernández (1997), Senén

González y Bosoer (1999), es que se va constituyendo las bases de un

modelo de relaciones laborales, donde el actor sindical parece tener fuertes

dificultades para poder representar a los trabajadores dentro de la empresa,

frente a un modelo de acumulación que propicia fuertes exclusiones,

segmentación de la fuerza de trabajo y por ende, un nuevo perfil del

trabajador. Las reformas laborales, están precipitando el desenlace final de

un cambio en las modalidades de acción sindical, principalmente de la

negociación colectiva altamente centralizada que, como veremos, va

sufriendo diversos desafíos.

7 Esta situación llevó a la fragmentación del movimiento obrero, naciendo conducciones paralelas comoser: el Movimiento de Trabajadores Argentinos, hoy CGT disidente, que agrupa gremios afiliados a laCGT pero que no participan de su conducción; y la Central de Trabajadores Argentino (CTA), que obtuvosu inscripción gremial en 1997 y se constituyó bajo el eje de organizaciones sindicales estatales, y entresus características incorpora a los sindicatos de menor tamaño y a organizaciones no sindicales de lasociedad civil, y también incorpora la afiliación directa de trabajadores (Calcagno y Gontero, 2001).

22

Page 24: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Las negociaciones colectivas a partir de los años noventa

Podría decirse que 1991 debe ser considerado como un año de inflexión

en lo que respecta a las relaciones laborales en nuestro país. Desde una

modalidad de intervención estatal en la relación laboral, donde los actores

aparecían como dependientes y garantes de los lineamientos políticos y

económicos vigentes, se pasa a otra donde la prioridad es el establecimiento

de mecanismos flexibilizadores orientados a liberar al modelo económico

vigente de los resultados del conflicto y /o la negociación entre dichos

actores.

La crisis de este sistema, donde los actores eran dependientes y

garantes de los lineamientos políticos y económicos vigentes se hizo notoria

en los noventa a través de varios procesos convergentes (Palomino y Senén

González, 1995). En primer lugar en las dificultades de sostener el

modelo / paradigma centralizado de negociaciones colectivas entre las

direcciones nacionales de los sindicatos, las cámaras empresariales y el

Estado. Por otro lado, como vimos, la propuesta de reforma a este modelo

se inscribió en un contexto de cambios que se estaban produciendo a nivel

económico. El argumento central reformista implicó que los convenios

colectivos vigentes caracterizados por una estructura centralizada, por la

vigencia indefinida de sus cláusulas, por el empobrecimiento de sus

contenidos negociados (no adecuándose a los cambios en el mercado

23

Page 25: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

laboral), privaban a los empleadores de encontrar en la mesa de

negociación salidas para mejorar la competitividad8.

En este sentido hay dos cuestiones que el gobierno de Carlos Menem

primero, y luego el gobierno de Fernando de la Rúa (1999-2001) tuvieron

en cuenta para transformar este modelo de negociaciones: a) en el campo

de las negociaciones (un predomino de convenios centralizados, ámbito de

actividad): donde las propuestas tienden a dar un paso orientado a la

descentralización y a la consolidación de una combinación de ámbitos de

negociaciones más acordes con las exigencias que impone una economía

competitiva; b) en cuanto a la vigencia indefinida de los convenios

(ultractividad), la idea es acordar plazos de vigencia y caducidad de los

convenios, para restablecer el carácter dinámico de las negociaciones

(Giordano y Torres, 1994).

La convención colectiva adquiere así una función que no tuvo en el

pasado: responder a la necesidad de reducir costos y aumentar los niveles

de competitividad como consecuencia de la apertura económica (Acuña y

Golbert, 1992). A partir de 1991 y ya abierta la economía a la competencia

mundial, se comienza a transformar el paradigma vigente de negociaciones

colectivas de trabajo, proceso que tiene entre sus propósitos claros bajar

los niveles de negociaciones.

Desde la década de 1990 el Estado, imbuido de una concepción

neoliberal que promovió el retiro de la intervención estatal del plano de las

relaciones laborales entre los agentes de la economía, empresario y

sindicatos, impulsó un conjunto de normas, leyes y decretos que

legalizarían los resultados de los procesos de negociación a nivel de las

empresas: la Ley de Empleo que introdujo fundamentalmente la

flexibilización en los contratos de trabajo; la negociación de aumentos

salariales solo en casos de incremento en la productividad, de tal manera

que no pueden trasladarse a los precios; la nueva regulación de la

8 “Propuesta de reforma a los sistemas de relaciones de trabajo y seguridad social. Lineamientosgenerales”. Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, 1996.

24

Page 26: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

negociación colectiva que autoriza a negociar por empresa, además

contiene cláusulas explicitas a las inversiones, la incorporación de tecnología

y los sistemas de formación profesional como factores a tener en cuenta en

los acuerdos homologables (Palomino y Senén González, 1995).

Ahora bien, el hecho de que las negociaciones pudiesen hacerse por

actividad, rama o empresa no era ninguna novedad (por las modificaciones

hechas en los ochenta) pero sí se aclaró inmediatamente que esa

enumeración no era taxativa, lo cual significaba que cualquier nivel de

negociación pasaba a ser legalmente posible (Goldín, 1999). Se expresa

claramente en el decreto 2284/91: “las partes... en ejercicio de su

autonomía colectiva podrán elegir el nivel de negociación que consideren

conveniente” y que “no están obligadas a mantener el ámbito de aplicación

del convenio colectivo anterior pudiendo modificarlo... a petición individual

de cualquiera de ellas”.

Los últimos cambios que se hicieron fue con la reforma laboral del año

2000 iniciada por el gobierno de De La Rùa, que en lo referente a

negociaciones colectivas, introduce dos cuestiones importantes que

contribuyeron a debilitar aún más a los sindicatos nacionales. Una es la

caída de la ultractividad, esto significa que cuando un convenio cumple el

periodo por el cual fue firmado, quedan sin efecto todas las condiciones

establecidas en el mismo, quedando el trabajador regulado por la legislación

general (en este caso, por ejemplo, la Ley de Contrato de Trabajo). Por lo

tanto la parte empresaria como la que representa a los trabajadores están

obligados cuando finaliza el periodo de vencimiento a renovar los convenios

colectivos de trabajo. La otra cuestión es que se descentraliza aún más las

negociaciones colectivas, es decir el convenio de ámbito menor -el que

podría firmarse en un sindicato local o en una empresa- va a poder

prevalecer sobre el de ámbito mayor –el firmado en la Federación-. Con

todas estas nuevas transformaciones acerca de la negociación, el convenio

puede dejar sin efecto las conquistas adquiridas en convenios anteriores,

haciendo que las organizaciones nacionales pierdan presencia y gravitación,

25

Page 27: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

como forma de desmantelar al movimiento sindical, comenzando por arriba,

para luego seguir hacia las bases ( de esto último se ocuparán los

empresarios en las negociaciones por empresa).

Las nuevas tendencias en los convenios colectivos de trabajo

En relación a las características de los convenios colectivos de trabajo

de la década del noventa, es posible destacar la importancia de dos rasgos

centrales: una fuerte modificación a nivel negocial9 y una disminución

considerable de convenios colectivos firmados. En 1975 se celebraron 624

convenios, en 1989 se alcanzó a 283 convenios y entre 1990/1993 a sólo 40

convenios colectivos firmados. De los 624 convenios celebrados en 1975,

610 eran de actividad (predominaba el “paradigma tradicional”). Entre 1991

y octubre de 1999 se realizaron un total de 1578 negociaciones de las

cuales 477 estuvieron en el nivel de actividad, 188 en el de rama y 913 en

la empresa ( Bisio, Battistini y Montes Cató, 1997). Entre 1991 y 1999 se

expandió fuertemente la negociación por empresa en desmedro de la

negociación por rama de actividad que hasta esta década había sido

dominante. Pasó a representar un 19% de los nuevos convenios colectivos

firmados en 1991 a un 86% en 1999 (primer semestre, MTSS). Sin

embargo, en 1999 los convenios firmados por empresa aún representaban

algo menos de la mitad del total de los convenios vigentes, lo que limitó el

9 Omar Moreno define negociación a nivel de actividad: abarca a todas las empresas que realizan unaproducción similar o que utilizan la misma materia prima o productos derivados similares, y pueden darseen el ámbito local, provincial, regional o nacional. Negociación a nivel de empresa: se refiere a aquellaque se realiza a nivel de la unidad económica autónoma que ella constituye.

26

Page 28: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

alcance del impacto del proceso de descentralización – más de la mitad eran

convenios firmados antes de 1988, en realidad a mediados de la década de

1970, muchos de los cuales fueron modificados parcialmente después de

1988 (Marshall, 2000). El progreso de la negociación por empresa, que

ocurrió en todos los sectores económicos, fue desigual en parte porque ya

era predominante o muy frecuente en algunas actividades (como el

transporte, comunicaciones). Según datos de MTSS existen varias

actividades donde no se habían realizado hasta 1999 ningún acuerdo a

nivel de empresa (como es le caso de los metalúrgicos)10.

En este punto, debe tenerse en cuenta que los convenios colectivos de

empresa, predominantes en términos porcentuales con relación a los niveles

superiores, son todavía muy pocos; sumando los convenios colectivos

nuevos a los que sólo son renovación de otros anteriores y a los acuerdos

referidos a aspectos específicos (como ser salarios). Del mismo modo que

la negociación colectiva a nivel de actividad declina de una manera

sostenida, después de 1991 los contenidos negociados (sus cláusulas) de

los convenios colectivos de trabajo, hacen hincapié en aquellos aspectos

que se dirigen a la flexibilización en las relaciones laborales. Es decir,

cláusulas que en general, modifican las condiciones de trabajo y las

relaciones laborales tanto de actividad como de empresa (pautas flexibles).

Respecto a los contenidos negociados en este último periodo se observa

en general11:

- Cláusulas que apuntan a la flexibilización externa, es decir, la

posibilidad de realizar contratos bajo la forma de empleos promovidos,

regulados por la LNE (Ley Nacional de Empleo). Esto significa que está

asociado a prácticas que priorizan la disminución de los costos de

producción y racionalización de la producción. Es decir, se encamina hacia la10 Estos datos son antes de la última reforma del 2000 en donde se establece la caída de la ultractividad. Apartir de entonces en un “futuro” tantos empresarios como sindicalistas están obligados a renovar susconvenios colectivos. Téngase presente que de los 706 convenios en vigencia a fines de 1997, casi el 85%tenia su plazo vencido y subsistían por ultractividad: sólo 103 convenios, en consecuencia, no habíanagotado aún el plazo pactado por sus partes (Goldín, 1999).11 Ver Goldín, 1999; Bisio, Basttistini y Montes Cató, 1997; De La Garza Toledo, 1999.

27

Page 29: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

disminución de un plantel fijo, adaptando el total de trabajadores necesarios

a las necesidades impuestas por la economía.

Hay que destacar que el modo indiscriminado en que esas modalidades

se incorporaron a los convenios (siempre a instancia empresaria), la

ausencia de cláusulas complementarias que orientaron su uso al servicio de

la creación de empleo, revelan una dominante preocupación por la

reducción de los costos del trabajo (ya que conllevan a la reducción o

supresión de cotizaciones sociales). El Ministerio de Trabajo categoriza esas

cláusulas bajo el rubro “reducción de costos salariales”.

- Cláusulas referidas a la movilidad o polivalencia funcional. Es decir,

están relacionadas con la flexibilidad interna, tratando de adaptar la mano

de obra a las nuevas formas de organización. Aquí se destaca entre otras:

a) la modificación en la organización de los horarios; b) la modificación en la

época y otorgamiento de las vacaciones; c) la extensión de la jornada de

trabajo, de acuerdo con las necesidades de la empresa, cláusulas en

diferentes formas en cada uno de los convenios: modulación semanal,

mensual, jornada continua, etc.

- Cláusulas referidas a la remuneración de los trabajadores. Se

destaca una tendencia a pago de una parte del salario por medio de

bonificaciones o premios por producción, se establece cada vez más la

relación salarial con componentes fijos y variables y donde los primeros son

de menor monto articulándose con los segundos contribuyendo a ejercer

una presión sobre los trabajadores (competitividad).

En cuanto a los conflictos laborales, se acuerda con una cláusula de “paz

social” en que se señalan una estrategia de comportamiento sindical de

“cooperación”.

El objetivo de estos contenidos negociados es el de mejorar la

productividad del trabajo y la competitividad de las empresas, puede

28

Page 30: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

señalarse una tendencia a facilitar la polivalencia y la movilidad funcional

mediante la reducción del número de categorías o agrupamientos

profesionales y la ampliación de los contenidos, descripción, tareas,

funciones, aptitudes de cada uno de ellos.

Los contenidos “novedosos” de los nuevos convenios colectivos de

empresa se refirieren a acuerdos de intensificación del trabajo y eliminación

de tiempos muertos. Es decir, cláusulas referidas a reducción de otros

costos y mejor uso de la capacidad instalada, reorganización del trabajo que

incluye la modulación (“flexibilización”) de la jornada de trabajo y

descansos, distribución y fraccionamiento de vacaciones, polivalencia y

movilidad funcional, simplificación y variabilización de los salarios,

vinculación de las remuneraciones con criterios de productividad, movilidad

geográfica, introducción de nuevas formas de organización del trabajo,

habilitación de las modalidades contractuales por tiempo determinado. Hay

que tener en cuenta, como vamos a ver más adelante, que estos contenidos

implican importantes concesiones por parte de los sindicatos.

29

Page 31: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

El sindicalismo en las negociaciones colectivas de trabajo:Sindicato de Luz y Fuerza12

Teniendo en cuenta los cambios acaecidos en las negociaciones

colectivas de trabajo que acabamos de presentar nos proponemos, de aquí

en más, analizar las percepciones que manifiestan algunos representantes

sindicales del sector eléctrico en este nuevo contexto de negociación, como

también de los cambios que se viene produciendo en el accionar sindical.

Según ha quedado planteado, la negociación colectiva mostró en los

años setenta, al actor sindical con una posición de poder que le permitía

negociar desde la seguridad en el relativo dominio de la situación. A partir

de la década de 1990 los representantes de los trabajadores dentro de la

empresa aparecerán confundidos entre la defensa de viejas estructuras y la

protección del empleo, en un aparato productivo totalmente modificado.

Mientras tanto el sector empresario conquistará una posición cada vez más

favorable en las relaciones de fuerzas, que le permitirá condicionar la

negociación.

En este apartado profundizaremos en las ideas planteadas en este

trabajo a través del caso concreto del sector eléctrico representado por el

Sindicato de Luz y Fuerza. Tal como ha quedado explicitado, el modelo

12 El 2 de octubre de 1943 queda constituido el Sindicato Autónomo de Trabajadores de Luz Y Fuerza. El17 de junio de 1947 se le otorga al Sindicato la personería gremial. En agosto del mismo año ingresa el sindicato a la CGT.

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Page 32: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

institucional proteccionista bajo el cual se estructuraron por más de

cincuenta años las relaciones laborales comenzó a desarmarse a partir de

las transformaciones laborales que se iniciaron en la década de 1990. En lo

que respecta particularmente a las negociaciones colectivas de trabajo,

hemos sostenido que los representantes sindicales atraviesan actualmente

por un proceso de transformación, caracterizado por un desdibujamiento en

sus prácticas habituales de negociación, que en muchos casos parecen no

adecuarse a la situación laboral real de sus representados. Por otra parte,

hemos destacado que hoy por hoy, a la hora de firmar un convenio

colectivo de trabajo, los sindicatos se encuentran solos negociando con la

empresa, quedando aislados de toda coordinación antes existente entre los

distintos sindicatos de una misma actividad, llevando su propio accionar

dentro de la empresa. Esta nueva situación de proceder de los sindicatos,

en donde se alejan de cualquier tipo de relación intersindical, no llevando a

cabo una política conjunta por imponer condiciones favorables de trabajo,

genera desigualdades entre los trabajadores de una misma actividad.

Evidentemente esto puede afectar el grado de representatividad, capacidad

reivindicativa y eventual movilización que tienen los sindicatos ante sus

trabajadores en el lugar de trabajo. Asimismo destacamos que, se estaría

conformando a corto plazo, un nuevo modelo de sindicalismo con nuevas

estrategias, con nuevas modalidades de representatividad político sindical

adaptándose a los profundos cambios de las negociaciones colectivas de

trabajo iniciadas en la década de 1990.

Siguiendo estas ideas fuerza a través del Sindicato Luz y Fuerza Capital

Federal (Subsecretaria La Plata), realizamos ocho entrevistas a sindicalistas

del sector eléctrico y también analizamos los convenios de este sindicato

firmados en 1975 y el de 1999-2004 que rige actualmente. Asimismo, nos

pareció interesante indagar los Convenios Colectivos de Trabajo del

sindicato ya que esto nos permite visualizar aquellas cláusulas donde el

actor sindical tiene cada vez menor poder dentro de los convenios y donde

la primacía de la empresa es cada vez más notable en el convenio vigente,

31

Page 33: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

quedando los trabajadores sometidos a las decisiones de los empresarios.

Hemos elaborado diferentes categorías, construidas una vez analizadas las

entrevistas y realizada la lectura de los convenios colectivos de trabajo que

a nuestro entender reflejan la evolución del tema analizado:

Ámbito de aplicación del convenio

Organismos de participación en los CCT

Estrategia empresarial

Caída de la ultractividad

Individualización de la negociación colectiva: el avance de lanegociación a nivel de empresa

La historia del sector eléctrico se ha visto signada, desde los años

sesenta en adelante, por la presencia casi exclusiva de empresas públicas

fuertemente reguladas, sean estas de carácter nacional o provincial. Las

mayores empresas eléctricas argentinas han tenido históricamente un alto

grado de integración vertical: en efecto, tanto Agua y Energía, como SEGBA

(ciudad de Buenos Aires y alrededores), ESEBA (provincia de Buenos Aires)

y EPEC (provincia de Córdoba) han sido integradas en mayor o menor

medida a las tres etapas de la actividad eléctrica (generación, transmisión y

distribución). La privatización del sector eléctrico comenzó por la empresa

nacional SEGBA S.A. La empresa fue dividida en dos segmentos distintos

(generación y distribución) que se enajenaron separadamente. En lo que

respecta a al generación, en el primer semestre de 1992 se vendió el 60%

de las tres centrales térmicas más grandes de la empresa (Puerto Nuevo,

Nuevo Puerto y Costanera). En lo que concierne a la distribución, el área

servida por SEGBA fue dividida en tres zonas que son explotadas por tres

empresas privadas diferentes: EDENOR es manejada por un operador

francés, EDESUR por un grupo chileno y EDELAP por un operador

norteamericano (Gerchunoff, Canovas, 1995).

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Page 34: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Como ya expusimos anteriormente, una de las nuevas tendencias en los

convenios colectivos de trabajo firmados a partir de la década de 1990, fue

la fuerte expansión de la negociación colectiva a nivel de empresa en

desmedro de la negociación por actividad que había sido la dominante hasta

esa década. En el caso particular del sector eléctrico, después de 1992, con

el proceso de privatizaciones se comenzaron a firmar convenios colectivos

de trabajo con las diferentes empresas privadas.

En la década de 1970 existía un convenio colectivo de trabajo entre el

Sindicato Luz y Fuerza Capital Federal con las empresas de servicios

eléctricos del Gran Buenos Aires, que era SEGBA S.A. (empresa estatal). Es

decir, este convenio colectivo regía para todos los trabajadores del sector

eléctrico de Capital Federal y todos los partidos del conurbano bonaerense.

Era un solo convenio que contenía a todos estos partidos, que después de la

privatización de SEGBA se divide en EDESUR-EDENOR Y EDELAP. En este

caso analizamos el convenio colectivo de trabajo firmado por la Empresa

EDELAP, que rige para La Plata y los partidos de alrededores ( Beriso,

Brandsen, Ensenada, Magdalena, Punta Indio) y el Sindicato de Luz y

Fuerza Capital Federal Subsecretaria La Plata. Después de las

privatizaciones se pasa a negociar por empresa, ahora el Sindicato de Luz Y

Fuerza tiene diferentes convenios para las diferentes empresas privadas13.

Así describía esta situación el Secretario General de dicho sindicato:

“Después de las privatizaciones, empezamos a firmar convenios por

empresa, esto nos cambió mucho porque, por ejemplo, hoy un

trabajador del sector eléctrico de La Plata tiene un convenio colectivo

diferente a otro trabajador del mismo sector del conurbano

bonaerense, nosotros nos tenemos que sentar a negociar con

EDELAP y resolver nuestros problemas internos de la empresa”.14

13 Es decir, existe un convenio colectivo para la empresa EDENOR, otro para la empresa EDESUR, yotro para la empresa EDELAP ( que es el caso que analizamos en este trabajo). 14 Entrevista con el Secretario General del Sindicato Luz Y Fuerza Capital Federal Subsecretaria La Plata.En adelante, entrevista (E-1).

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Page 35: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Otro de nuestros entrevistados se refería al alcance de este tema en los

siguientes términos:

“Después que se privatizó, se volvieron a rediscutir y se firmaron

convenios similares a la que teníamos en la época estatal, pero

aunque tengamos convenios de empresa buenos hay ciertas

cláusulas que no pudimos mantener, porque las condiciones

laborales no son las mismas”.15

A partir de estos testimonios podemos señalar que, después de las

privatizaciones a los representantes sindicales no les queda otra opción que

sentarse a negociar con su empresa, perdiendo coordinación entre todos los

sindicatos que representan al sector eléctrico del Gran Buenos Aires. Al no

poder llevar cabo una política conjunta en la mesa de negociación,

perdiendo cláusulas importantes para representar a sus trabajadores, los

sindicalistas toman decisiones aisladas con diferentes estrategias de acción,

resolviendo solamente los problemas que cada sindicato de las diferentes

regiones tiene con su empresa privada. Esta modalidad de acción sindical

ejerce una influencia negativa sobre el grado de representatividad de los

trabajadores, porque estos mismos están perdiendo el sentido de identidad

que tienen por pertenecer a un sector de rama determinado, ya que hoy sus

convenios colectivos poseen condiciones de trabajo diferentes,

desestabilizando así sus convicciones de pertenecer al grupo de

trabajadores que llevan a cabo una lucha conjunta.

Restricción de la acción sindical: pérdida de los organismos departicipación

15 Entrevista con el representante legal de la Secretaria Gremial y Asuntos Técnicos, Subcomisión deConvenios, Asesor Letrado. En adelante, entrevista (E-2).

34

Page 36: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

El convenio colectivo de trabajo del año 1975 adhería a una doctrina

que se denominaba “Comunidad Organizada”16. En el articulo 5 de ese

convenio se expresaba claramente:

“El principio filosófico es el de la solidaridad y el de la eficiencia social, se

reconoce que en la presente etapa de desarrollo humano y social sólo la

participación de la comunidad organizada permitirá que los trabajadores

sean responsables y protagonistas de la Entidad, así se conviene constituir

una serie de organismos de participación” ( Art. 5) .

Una de las cláusulas de este convenio caracterizaba diferentes

organismos de participación que estaban constituidos por la mayoría de

representantes sindicales, como ser entre otros: el Comité de Autogestión

que entre otras funciones definía los lineamientos de la política de

capacitación de los trabajadores; los Consejos de Gerencia en el cual los

sindicalistas participaban en el proceso de toma de decisiones junto con el

gerente en lo relacionado con la aplicación de políticas de la empresa;

también se encontraban las Áreas de Capacitación, Servicios Asistenciales y

Seguridad e Higiene en el trabajo; Consejos de Sección, etc. Además el

convenio explicitaba que todo cambio de estructura dentro de la empresa se

efectuaba previa aprobación de estos organismos de participación.

Haciendo referencia a esto, el secretario general del sindicato nos decía lo

siguiente:

“El convenio que mejor tuvimos fue el de 1975 que se llamaba

comunidad organizada y donde existían organismos de

participación y donde las cláusulas se adaptaban muy bien para que

cada trabajador estuviera conforme dentro de la empresa...,

negociar hoy implica todo un desafío, una pérdida de poder

impresionante..., no solamente ya no tenemos estos organismos

sino que la empresa hoy lo que más le importa es negociar

16 Firmado entre el Sindicato de Luz y Fuerza Capital Federal y la empresa SEGBA(empresa estatal delGran Buenos Aires).

35

Page 37: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

cláusulas referidas a la flexibilidad horaria, multifunción de las

tareas, flexibilidad de los beneficios sociales”17.

Las cláusulas referentes a los organismos de participación no se

encuentran en el convenio colectivo de trabajo vigente firmado por el

Sindicato de Luz y Fuerza con la empresa de EDELAP. Lo único que reconoce

la empresa en este convenio es la función del delegado como el

representante directo del sindicato ante la empresa. Además se reconocen

dos comisiones permanentes representadas equitativamente tanto por

representantes de la empresa como del sindicato: la Comisión de

Interpretación y Auto-composición paritaria (CIAP) con el fin de tratar los

conflictos laborales y la Comisión de Capacitación e Higiene y Seguridad.

Además el convenio aclara que los planes de capacitación y formación

profesional son instrumentados por la empresa, y la representación sindical

tiene la obligación de acceder a dichos planes. Otro de nuestros

entrevistados, que fue delegado hace unos años atrás nos decía lo

siguiente:

“Hoy las condiciones de trabajo no son las mismas que antes, obvio

que cambio mucho, pero nosotros en general siempre tuvimos

convenios muy buenos, seguimos manteniendo cláusulas

importantes como ser la comisión de higiene y seguridad donde la

función del delegado es hacer un constante recorrido dentro de la

empresa para asegurarse de que todo marcha bien..., teniendo

siempre un contacto cercano con nuestros afiliados”18.

A partir de la lectura de los convenios y teniendo en cuenta los

testimonios de los dirigentes sindicales, podemos señalar que con los

organismos de participación que existían en el convenio del año 1975, los

representantes de los trabajadores participaban en la toma de decisiones de

17 Entrevista (E-1)18 Entrevista con el Secretario de Reclamos, Accidentes Sociales, Asuntos Técnicos y Organizacionales yAdoctrinamiento. En adelante (E-3).

36

Page 38: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

las políticas que se llevaban a cabo en las empresas, imponiendo desde el

mantenimiento del salario hasta condiciones de trabajo relativamente

estables, existiendo un vinculo permanente entre la organización sindical y

las bases. En el convenio que rige actualmente (firmado por la empresa

EDELAP y el sindicato Luz Y Fuerza Subsecretaría La Plata) se expresa

claramente la primacía de la empresa por imponer sus condiciones,

apuntando a cláusulas que flexibilizan las relaciones de trabajo, quitando

“espacios de poder” para los representantes de los trabajadores. El articulo

15 del convenio actual dice lo siguiente:

“La Empresa definirá las estructuras que consideren apropiadas para la

gestión de la actividad, las que serán comunicadas al Sindicato de Luz y

Fuerza. Además la empresa puede disponer la realización de trabajos a

cargo de empresas contratistas, cuando por razones de servicio,

conveniencias técnicas-económicas, magnitud o urgencia de las obras así

lo aconseje; lo cual no será excluyente del empleo racional” ( Art.15).

El actor empresarial condiciona cada vez más la negociación

conquistando una posición cada vez más favorable, imponiendo sus

decisiones en un convenio colectivo de trabajo. Por otro lado, el accionar

sindical en el lugar de trabajo está cristalizado en la figura del delegado que

se limita solamente a asesorar a los trabajadores de la interpretación del

convenio colectivo y a informar de las decisiones que se toman en la

empresa. Pareciera que los representantes de los trabajadores, al perder los

organismos de participación que existían en el convenio colectivo de la

década de 1970, les queda hoy solamente aferrarse a la imagen del

delegado como el único mecanismo que tienen para sentirse partícipes

dentro de la empresa.

Introducción de pautas flexibles: trabajadores aislados y sin convenios

37

Page 39: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Como ya presentamos en la primera parte de esta investigación, la

política de reforma laboral iniciada la década de 1990 satisfacía los reclamos

de las organizaciones empresariales que sostenían que los costos asociados

a las regulaciones vigentes atentaban contra la competitividad, que la

negociación colectiva centralizada (por rama de actividad) elevaba los

costos laborales y que la protección del trabajador socavaba la disciplina

laboral.

En sintonía con estas ideas, la estrategia de las empresas cuando

firman un convenio colectivo de trabajo tiene entre sus propósitos la

necesidad de reducir costos y aumentar los niveles de competitividad. En

estos últimos años, una de las formas más usuales llevadas a cabo por la

empresa para bajar los costos laborales es “terciarizando” tareas. Esto

significa que la empresa llama a empresas contratistas para que realice una

actividad especifica. Estas empresas no cumplen normas de higiene ni de

seguridad, muchas veces los trabajadores tienen contratos de trabajo “en

negro”, teniendo una relación laboral mucho más precaria que los regidos

por el convenio colectivo de trabajo. Desde el punto de vista empresario

firmar un convenio implica un costo laboral más elevado. Los convenios

colectivos de trabajo otorgan a los trabajadores una serie de beneficios

superiores a los que están contratados por estas empresas, por ejemplo

pisos salariales, bonificaciones que pueden ser bimestrales o

cuatrimestrales, condiciones favorables de trabajo como ser régimen de

vacaciones que tiene que ver con la antigüedad, beneficios sociales,

seguridad, etc. Lo que quiere la empresa es cambiar esta situación con el fin

de conseguir cada vez más rebajas salariales. Este objetivo del actor

empresarial que prima en estos últimos años, atenta contra la capacidad

organizativa que tienen los representantes sindicales dentro de la empresa,

implicándole cierto desdibujamiento sobre las practicas habituales de

negociar un convenio colectivo de trabajo, haciéndole cada vez más difícil

proteger los derechos económicos y sociales del trabajador dentro del

38

Page 40: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

sistema de producción. Esto lo expresa muy visiblemente uno de nuestros

entrevistados:

“En nuestra empresa EDELAP solamente el 30% de los trabajadores

hoy están bajo nuestro convenio colectivo, el resto son contratados

por la empresa. Con esto perdemos obviamente afiliados, en el año

1995 teníamos 15 mil afiliados, hoy tenemos 4 mil en toda nuestra

zona (Capital Federal y alrededores). Además hoy el trabajador que

entra a la empresa le cuesta afiliarse al sindicato, por ahí pasan

algunos años hasta que tiene un problema y se da cuenta que

necesita de nosotros para que se lo solucionemos, pero la verdad que

cada vez se nos hace más difícil que se acerquen a participar acá.

Antes era diferente, existía la bolsa de trabajo donde vos entrabas

porque tenias alguien de tu familia trabajando en la empresa,

entonces ibas directo a afiliarte y a participar en el sindicato...”19.

Otro testimonio sobre el alcance de esta cuestión aclara lo siguiente:

“Cuando algún trabajador se queda sin su puesto porque la empresa

terciariza o contrata su actividad, se establece que el trabajador

pueda bajar hasta dos categorías de su puesto actual, se obliga a

que la empresa lo capacite para que realice otra tarea..., nosotros

somos los que figuramos para que esto se cumpla, pero todos esto

a veces es distorsionado y olvidado porque si miras hoy los índices

de desocupación que tenemos en el país... esto es sobrepasado por

las circunstancias, así y todo hay cuestiones que se nos fueron de

las manos20.”

Asimismo, cuando empresas y sindicatos se juntan para firmar un

convenio, la parte empresaria apunta a flexibilizar cada vez más las

relaciones laborales de su empresa. En el actual convenio firmado entre el

19 Entrevista al Subsecretario de la Secretaria Gremial y Asuntos Técnicos. En adelante (E-4)20 Entrevista (E-3)

39

Page 41: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Sindicato Luz y Fuerza regional La Plata y la empresa EDELAP queda

expresado la introducción de estas “pautas flexibles “ que ya nos hemos

referido en esta investigación. Puede apreciarse en el convenio que una de

las maneras de adaptar la mano de obra a las nuevas formas de

organización, ha sido recurriendo a las cláusulas de movilidad o polivalencia

funcional y trabajo en equipo. De esta manera:

“Los trabajadores están obligados a brindar su prestación laboral con

multifuncionalidad y multiprofesionalidad debiendo cumplir todas aquellas

tareas que resulten necesarias para finalizar un trabajo. Se entiende por

multifuncionalidad el desempeño de toda otra tarea o función que sea

indicada o resulte necesaria para completar el trabajo asignado, en forma

tal que el mismo trabajador pueda darle termino sin colaboración de otro”

(Art.13°).

Por otra parte, los trabajadores del sector eléctrico, sufren por la firma

de este convenio una modificación en la organización de los horarios. Si bien

en primera instancia el convenio afirma que la jornada mínima normal de

trabajo es de 8 hora 12 minutos y 41 horas semanales, pueden establecerse

en forma continua o discontinua, obligando a los trabajadores a prestar

servicios y/o tareas en otro lugar distinto del de su asiento habitual. Como

vemos en el convenio actual las cláusulas se caracterizan por la reducción

de costos y mejor uso de la capacidad instalada, con una tendencia a

facilitar la polivalencia y movilidad funcional mediante la reducción de

número de categorías y /o tareas, flexibilizando la jornada de trabajo,

movilidad geográfica, introduciendo nuevas formas de organización del

trabajo. Uno de nuestros entrevistados se refería al alcance de esta

cuestión en los siguientes términos:

“Si no negociamos estas cláusulas, la empresa terciariza cada vez

más las actividades que están regidas por nuestro convenio, por lo

tanto no nos conviene porque perdemos afiliados. Tratamos

siempre de llegar a algún acuerdo con nuestra empresa porque al

trabajador le conviene tener un convenio colectivo que lo respalde,

40

Page 42: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

una obra social que lo cubra pero a veces esto es distorsionado por

la situación o por nuevas políticas que hace a la relación laboral”21.

Pero según los sindicalistas entrevistados lo que más le interesa a la

empresa es el tema de las escalas salariales, el tema de las bonificaciones,

“es una discusión permanente, porque le implica un costo económico

mayor”22, nos dijo un dirigente. Cuando nos centramos en cómo se

compone la remuneración de los trabajadores, observamos que en el

convenio actual aparece la figura de la Bonificación Extraordinaria al

personal. Ella consiste en una gratificación por la evaluación individual de la

eficiencia y conducta registrada en el transcurso del año calendario. Esto

condiciona el premio en base al rendimiento obtenido por el trabajador

generando un aumento en la competitividad inter-trabajadores y facilitando

el disciplinamiento de la mano de obra. Como vemos la estrategia

empresaria se encamina hacia la disminución de un plantel fijo de

trabajadores, adaptándolos a las necesidades impuestas por la economía de

su empresa, contribuyendo a ejercer una presión sobre dichos trabajadores,

haciendo que compitan entre sí. Se aprecia que particularmente en el

ámbito de las negociaciones colectivas de trabajo, el sector empresario baja

costos laborales para obtener ganancias: contratando a otras empresas

para que realicen diferentes actividades, lo que implica menor cantidad de

trabajadores regidos por convenios colectivos de trabajo, y negociando para

imponer cláusulas que flexibilizan aún más las relaciones laborales.

El fin de la ultractividad: hacia futuros cambios de organizaciónsindical

Si bien la caída de la ultractividad estuvo entre los diferentes proyectos

del gobierno justicialista para transformar el modelo de negociaciones

colectivas de trabajo, recién con el gobierno de De la Rúa se concretó dicho

21 Entrevista (E-3)22 Entrevista con uno de los Representantes del Consejo Directivo. En adelante (E-5).

41

Page 43: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

objetivo. Esto tuvo que ver principalmente con la fuerte oposición que el

movimiento obrero le manifestó al presidente Menem los diez años que

estuvo en el poder.

El argumento reformista en cuanto a la vigencia indefinida de los

convenios (ultractividad) implica acordar plazos de vigencia y caducidad de

los acuerdos, para reestablecer el carácter dinámico de las negociaciones

colectivas de trabajo. Como ya dijimos anteriormente a fines de 1997 de los

706 convenios colectivos en vigencia, casi el 85% tenia un plazo vencido y

subsistían por ultractividad. Al establecerse la caída de la ultractividad,

cuando un convenio cumple el periodo por el cual fue firmado, quedan sin

efecto todas las condiciones establecidas en el mismo, quedando el

trabajador regulado por la Ley de Contrato de Trabajo. Esto significa que

ambas partes están obligadas a renovar los convenios colectivos. Al

renovarlos se puede dejar sin efecto las conquistas adquiridas en el

convenio anterior. Esto implica que el sindicato empiece desde cero, “como

si el convenio naciera de un solo acto y no de la historia de todas las luchas

reivindicatorias”23. Con respecto a este tema los dirigentes sindicales del

Sindicato Luz y Fuerza muestran muchas contradicciones entre ellos a la

hora de expresar sus opiniones:

“Hoy cuando nos sentamos a negociar un convenio colectivo la

empresa lo que más quiere es flexibilizar las relaciones laborales,

entonces antes de la caída de la ultractividad nosotros nos

sentamos a negociar y si no nos poníamos de acuerdo nos

levantábamos y nos íbamos y el convenio seguía rigiendo. Hoy,

esta reforma a nosotros nos perjudicó muchísimo porque si o si

cuando la empresa quiere tenemos que sentarnos y negociar,

llegar a un acuerdo..., a partir de acá los convenios se van a ir

flexibilizando cada vez más y van a ser renovados con mayor

periodicidad”24.

23 Héctor Recalde. Política Laboral Ilustrada. Drama y Humor. Ediciones Colihue, mayo 2001.24 Entrevista a representante de la Subcomisión de Convenios Colectivos de Trabajo. Entrevista (E-6)

42

Page 44: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

En cambio describía esta situación con menos gravedad el asesor legal

de este sindicato:

“ A nosotros no nos perjudica la caída de la ultractividad porque

nuestros convenios fueron renovándose siempre, además nos

conviene negociar periódicamente porque tenemos un contacto más

cercano con la empresa, hay que tener buena relación”25.

Pero inmediatamente aclara: “esto no quita que tengamos algún litigio,

la empresa esta en todo su derecho de interpretar lo que se le cante”.

Probablemente, los cambios más fuertes vendrán en las nuevas

negociaciones colectivas convocadas tras el fin de la ultractividad. Estas

nuevas negociaciones seguramente profundizarán aún más, tanto los

cambios en la organización económica-productiva, introduciendo pautas

flexibles en los convenios colectivos de trabajo siguiendo la política

empresaria, como así también cambios en la representatividad político

sindical. Los representantes sindicales tendrán que ser conscientes de que

sus modalidades de acción están dejando cada vez más indefensos a los

trabajadores, perdiendo afiliados, y que necesitan, a corto plazo, construir

una nueva forma de proceder teniendo presencia activa en el interior de las

empresas, facilitándole a sus representados condiciones favorables de

trabajo y que queden plasmadas en un convenio colectivo de trabajo.

25 Entrevista (E-2).

43

Page 45: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Reflexiones finales

En el presente trabajo hemos intentado estudiar el impacto que las

transformaciones acaecidas en el ámbito de las negociaciones colectivas de

trabajo han ejercido sobre el accionar de los representantes de los

trabajadores.

Partimos en este texto, del paradigma de convenciones colectivas de

trabajo donde el sindicato de rama tenía el monopolio para la acción

paritaria, consulta, representación, acuerdo, etc. A partir de esto el actor

sindical fue desarrollando ciertas practicas caracterizadas por una presencia

activa en otorgarle a los trabajadores favorables condiciones de trabajo

dentro de la empresa plasmado en un convenio colectivo de trabajo. Así los

sindicatos de rama se identificaban por tener una alta participación para

representar a los intereses de los trabajadores medido por la gran cantidad

de afiliados que participaban en sus corporaciones.

44

Page 46: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Como hemos aportado en este trabajo, a partir de los años noventa

cuando el marco institucional y legal de las relaciones laborales se va

transformando, se desarma el modelo institucional proteccionista bajo el

cual se estructuraron por más de cincuenta años las relaciones laborales.

Las negociaciones colectivas de trabajo comienzan a adquirir nuevas

dimensiones con características diferentes, los sindicatos confrontan

situaciones nuevas y complejas que exigen respuestas adecuadas a una

realidad en constante cambio.

Desde la perspectiva del presente estudio sostenemos que con los

cambios suscitados en las convenciones colectivas de trabajo, el

sindicalismo argentino atraviesa actualmente por un proceso de profunda

transformación con respecto al pasado en sus practicas habituales de

negociación. A través del caso concreto del sector eléctrico representado

por el Sindicato de Luz y Fuerza, analizamos los procesos de cambios en las

modalidades de acción sindical que genera un desdibujamiento en sus

practicas habituales de negociar un convenio colectivo de trabajo. A partir

de los testimonios, expuestos en el apartado anterior, de los dirigentes

sindicales concluimos que:

La fuerte expansión de la negociación colectiva a nivel de empresa

genera en los representantes sindicales un cierto desprendimiento de

sus pares de una misma actividad, tomando decisiones aisladas con

diferentes estrategias de acción, generando desigualdades entre los

trabajadores que representan a un sector de actividad determinado.

La pérdida de diferentes cláusulas en los convenios colectivos de

trabajo produce en los representantes sindicales una disminución de

la participación, quitándole espacios para la toma de decisiones

conjuntamente con la empresa, acerca de las políticas laborales

llevadas a cabo en el lugar de trabajo.

45

Page 47: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Producto de la política empresarial que terciariza actividades de la

negociación colectiva, genera en los representantes sindicales una

pérdida de afiliados cada vez más constante.

Al ir renovándose periódicamente los convenios colectivos de trabajo

los representantes sindicales afirman que las empresas van a

degradar cada vez más las condiciones de trabajo, flexibilizando

tareas plasmadas en un convenio colectivo.

Pero al mismo tiempo, el tener un contacto fluido con la empresa

para condicionar de alguna manera la negociación, el alcanzar algún

acuerdo sobre cláusulas referidas a la flexibilidad de las relaciones laborales

para que las empresas no terciarizen actividades que están regidas por el

convenio colectivo, y el tratar de mantener la figura del delegado (aunque

con funciones limitadas) como herramienta para conservar poder ante sus

afiliados, son las escasas estrategias que hoy les quedan a los

representantes sindicales ante las nuevas transformaciones de las

negociaciones colectivas para mantener algún tipo de representatividad en

el lugar de trabajo.

Estas son sólo algunas cuestiones que muestran la complejidad de

las transformaciones que han tenido lugar en la legislación laboral que

repercutieron en el mercado de trabajo, y en donde los representantes

sindicales, mantuvieron una estrategia esencialmente defensiva,

asegurando alguna cuota de poder económico, pero al mismo tiempo

perdiendo capacidad de negociación ante los grupos empresariales, como

ante el gobierno.

Resulta sumamente útil tener bien claro cuales son los fines de las

organizaciones sindicales: “El objetivo de las asociaciones sindicales es la

defensa de los intereses de los trabajadores” y “entiéndase por interés de

los trabajadores todo cuanto se relaciona con sus condiciones de vida y de

46

Page 48: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

trabajo. La acción sindical contribuirá a remover los obstáculos que

dificulten la realización plena del trabajador”26. Hoy existe un importante

divorcio entre las formas institucionales de reconocimiento y protección del

trabajador y las practicas de las empresas.

Mientras el modelo económico imperante enfrenta a las empresas a

nuevas reglas de competencia, algunos dirigentes sindicales pronosticaron

no sin razón un escenario desfavorable por sus efectos de perdida de poder

dentro de la empresa: “...si seguimos acá es porque tenemos toda una

herencia del pasado que hasta ahora pudimos mantener”, nos confirmó el

secretario general del Sindicato Luz y Fuerza.

Parecería que los representantes de los trabajadores están dejando

un margen muy amplio al sector empresarial en la determinación de la

organización del proceso de trabajo. Hoy la actividad más importante de los

sindicatos es el sector de la salud. Los dirigentes sindicales entrevistados

nos confirmaron que al trabajador le importa hoy tener una obra social que

lo cubra (por eso se acerca al sindicato) que tener un buen convenio

colectivo. Parecería también que hay una falta de iniciativa por parte del

actor sindical para intervenir orgánicamente por imponer condiciones de

trabajo favorables, aferrándose a estructuras tomadas del pasado, que en

muchos casos parecen no adecuarse a la situación real de sus

representados. Esto afecta el grado de influencia sindical en la

determinación de la negociación así como el grado de representatividad,

capacidad reivindicativa y eventual movilización. Los trabajadores se

encuentran inmersos en movimientos que desestabilizan sus certezas sobre

las formas “tradicionales” de trabajar, las identidades y las solidaridades

construidas.

En la presente investigación hemos analizado una serie de

cuestiones vinculadas con el impacto que las transformaciones en las

negociaciones colectivas han ejercido sobre el accionar de los

26

Art.2 y 3 de la Ley 23.551 de Asociaciones Profesionales.

47

Page 49: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

representantes sindicales. Creemos que hoy a la estructura sindical le queda

un único camino posible: adaptarse a una mucho más trabajosa y compleja

negociación colectiva que comenzó a nacer en los años noventa.

Sostenemos que si las centrales obreras no elaboran nuevas estrategias de

acción que revitalice a los sindicatos en el lugar de trabajo, podríamos decir

que necesariamente tendería a “vegetar” y a seguir sufriendo la resistencia

de los trabajadores a acercarse a participar en el sindicato.

Este texto ha servido para enriquecer, a través de un tema concreto

como es el de las negociaciones colectivas de trabajo, una mirada hacia el

futuro reflejando algunos de los rasgos que presenta hoy el mundo del

trabajo. Creemos que la mejor forma de continuar la indagación iniciada en

este estudio, es incorporando a nuestras futuras agendas de investigación

otras cuestiones vinculadas a la posibilidad de discutir a partir de una

propuesta, limites e implicancias sobre las modalidades de un cambio de

acción sindical frente a un modelo de acumulación que propicia fuertes

exclusiones, segmentación de la fuerza de trabajo y por ende un nuevo

perfil del trabajador. Estamos en tiempos de cambios por eso invitamos a

los representantes sindicales a afrontar esta labor.

48

Page 50: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

ANEXO

Cuadro1. Leyes y decretos relacionados con la negociación colectiva

AÑO LEY/ DECRETO ALCANCES

1991 Ley 24.013

Decreto 2284/91

-Los contratos promovidos sólo se habilitan porCC.

-Las partes de una Negociación Colectivapueden elegir el nivel de negociación

1992 Ley 24.185 Sobre Convenciones colectivas de trabajo paratrabajadores del Estado

1993Decreto 470/93

Reglamenta Ley 24.185

Flexibiliza las negociaciones en materia salarialy condiciones de trabajo reduciendo el nivel denegociación a petición de cualquiera de laspartes

1995Ley 24.467

Fin de la ultractividad para las PyMES: el CCcaduca a los 3 meses de ser denunciado. LasPyMES no requieren modificar el CC parautilizar los contratos promovidos; y si laempresa inicia una reconversión puedeproponer la modificación del CC

49

Page 51: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

1996 Decreto 1553/96

Decreto 1554/96

Decreto 1555/96

Disponía eliminar la ultractividad de los CC.Fue declarado inconstitucional e invalidadopor la justicia

-Autorizaba al Ministerio de Trabajo adescentralizar la negociación colectiva fijandoel ámbito de la misma, buscando eludir a lossindicatos. Fue declarado inconstitucional

-Autoriza a las empresas de hasta 40 personas anegociar salarios y condiciones laborales consus comisiones internas

1999

Decreto 146/99

La negociación colectiva de ámbito superior alde la empresa podrá establecer que el plantel dela pequeña empresa, para cada una de las ramaso sectores de la actividad, supere los 40trabajadores a condición de no exceder, enningún caso, la cantidad de 80

2000Ley 25.250 de Reforma Laboral

Decreto 1172/00 reglamenta la ley 25.250

-Caída de la ultractividad de los CC a los 2años de su denuncia (para los posteriores a1988) o de la convocatoria del MTySS para susustitución (para los anteriores a 1988)

-Define qué características deben tenerempleadores y sindicatos para tenerrepresentatividad en la negociación. Determinael ámbito funcional y territorial del CCT

Gráfico 1

0

100

1991 1993 1995 1997 1999

Evolución de convenios según ámbito de aplicación (porcentajes)

empresaramaactividad

Fuente: Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, en base a datos de la Dirección Nacional de NegociaciónColectiva, 1999 Corresponde al primer semestre

50

Page 52: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Cuadro2. Índice de Sindicalización27

AÑO INDICE198528 67,5199029 65,6199530 38,7200031 31,7

FUENTE1)OIT (1999); 2) World Labor Report (1997-1998) en O’Connell (1999); 3)Registro Nacional de AsociacionesSindicales (2000) con metodología de la OIT.

Cuadro 3. Progresión de la negociación colectiva ‘88-‘99

Nota: 1999 correspondeal primer semestre.Fuente: DirecciónNacional de Relacionesdel Trabajo en base adatos de la DirecciónNacional de NegociaciónColectiva

Cuadro 4. Convenios negociados 97/9832

Se registran 432 negociaciones, de las cuales 178 corresponden a convenios colectivos (de actividad,rama o empresa), 109 convenios de empresa articulados a un convenio anterior de actividad y 145acuerdos.

Año CCT Articulado Acuerdos Total9798

78100

5356

8263

213219

Total 178 109 145 432

27 Calcagno y Gontero 2001.28

29

30

31

32 Goldín, 1999.

AÑO ACTIVIDAD EMPRESA TOTAL

198819891990199119921993199419951996199719981999

2859633120281723131596

-1812221429375224656437

287775533457547537807343

51

Page 53: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Cuadro 5. Cláusulas negociadas durante el bienio ’97-‘9833

Cláusula Año 1997 Año 1998 Total

33 Goldín, 1999.

52

Page 54: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

1.1 Reducción o modificación delicencia convencional

1.2 Aumento del tiempo efectivo detrabajo

1.3 Reglamentación de actividadessindicales

2.1 Rebaja de subsidios y beneficiosconvencionales

2.2 Rebajas de pagos adicionales alos legales

2.3 Habilitación de formascontractuales promovidas

2.4 Disminución de planteles fijos yrelevos

3.1 Premio por presentismo ypuntualidad

3.3 Distribución anual de vacaciones3.4 Reorganización de horarios4.1 Premios sujetos a normas de

rendimientos5.1 Movilidad o polivalencia

funcional y trabajo en equipo5.2 Instancia negocial en empresas

sobre normas y métodos detrabajo

5.3 Reasignación de funciones ycategorías, criterios selectivos enpromoción y vacantes

6.1 Capacitación del personal6.2 Inversiones con innovaciones

tecnológicas sustantivas6.3 Mejoras en las condiciones de

prestación de los servicios3.2.1 Procedimientos de reclamos y quejas3.2.2 Mecanismos de autocomposición de conflictos3.2.3 Cláusula de paz socialDerechos a la informaciónComisión de higiene y seguridad en laempresaSistema de prevención de accidentesUsos de elementos y protecciónpersonal

1

10627

1

1

79

0

19652

36

76

5

47

493

1

12

5789

30

829

1

11956

17

1

95

3

4489745

102

9

89

730

3

36

80303238

2357

2

22583

18

2

174

3

63154981

178

14

136

1223

4

48

137384168

3186

53

Page 55: Negociaciones colectivas de trabajo en Argentina : Procesos de

Bibliografía

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