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Dirección General de Aeronautica Civil MODELO DE MANUAL GENERAL DE MANTENIMIENTO (MGM) DIRIGIDO A PEQUEÑOS OPERADORES

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Page 1: Modelo MGM[1]

Dirección General de Aeronautica Civil

MODELO DE MANUAL GENERAL DE MANTENIMIENTO

(MGM)DIRIGIDO A

PEQUEÑOS OPERADORES

Page 2: Modelo MGM[1]

Modelo Manual General de Mantenimiento

Registro de revisiones

Guía de Revisiones Modelo Manual General de Mantenimiento

No. Revisión Página Fecha de Aplicación Fecha de Inserción Insertado por:

Página I Revisión -Original Registro de revisiones

Page 3: Modelo MGM[1]

Modelo Manual General de Mantenimiento

Lista de Páginas Efectivas

Sección Página Revisión Sección Página Revisión

Reg. Rev. I Original 9 3Original

LPE IIOriginal

10 1Original

Índice IIIOriginal

1 1 Original

2 1Original

2 2Original

2 3Original

3 1Original

4 1Original

5 1Original

6 1Original

6 2Original

7 1Original

7 2Original

7 3Original

8 1Original

9 1Original

9 2Original

Página II Revisión -Original Lista de páginas efectivas

Page 4: Modelo MGM[1]

Modelo Manual General de Mantenimiento

INDICE

Modelo Manual General de Mantenimiento

Página

GUIA DE REVISIONES....................................................................................................... ILISTA DE PÁGINAS EFECTIVAS LPE................................................................................ IIINDICE ................................................................................................................... III

SECCION 1 INTRODUCCION.............................................................................................1-S-1

1.1 Manual General de Mantenimiento................................................................................1-S-11.2 Contendido General.......................................................................................................1-S-1

SECCION 2 POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS GENERALES..........................................1-S-2

2.1 Procedimientos relacionados a alteraciones..................................................................1-S-22.2 Procedimientos relativos a la realización de mantenimiento..........................................1-S-22.3 Procedimientos relativos a la realización de inspecciones.............................................1-S-22.4 Reglas relativas a las limitaciones de aeronavegabilidad..............................................1-S-22.5 Procedimientos relacionados con el peso y balance......................................................1-S-2

SECCION 3 CONTROL DEL MANUAL GENERAL DE MANTENIMIENTO.....................1-S-3

3.1 Responsabilidad.............................................................................................................1-S-33.2 Aprobación de enmiendas, revisiones y actualizaciones del MGM................................1-S-33.3 Instrucción sobre el MGM..............................................................................................1-S-33.4 Distribución del MGM.....................................................................................................1-S-3

SECCION 4 DESCRIPCION DE LA ORGANIZACION.......................................................1-S-4

4.1 Organigrama.................................................................................................................. 1-S-44.2 Compromiso corporativo................................................................................................1-S-4

SECCION 5 FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES........................................................1-S-5

5.1 Gerente General............................................................................................................1-S-55.2 Gerente Responsable....................................................................................................1-S-55.3 Técnico de Mantenimiento.............................................................................................1-S-5

SECCION 6 RESPONSABILIDADES DEL MANTENIMIENTO DE LA AERONAVEGABILIDAD ................................................................................................................... 1-S-6

6.1 Responsabilidad.............................................................................................................1-S-66.2 Organizaciones de mantenimiento contratadas.............................................................1-S-6

SECCION 7 PROGRAMA DE MANTENIMIENTO..............................................................1-S-7

7.1 Generalidades................................................................................................................1-S-77.2 Tipos de aeronaves........................................................................................................1-S-77.3 Intervalos de inspección.................................................................................................1-S-77.4 Intervalos de inspección Motor.......................................................................................1-S-77.5 Intervalos de inspección Hélice......................................................................................1-S-77.6 Componentes de vida limitada.......................................................................................2-S-77.7 Alcances autorizados.....................................................................................................2-S-77.8 Ítems de inspección requerida RII..................................................................................2-S-77.9 Inspecciones establecidas por Reglamentación............................................................2-S-77.10 Procedimientos sobre los reportes de reparaciones y alteraciones.............................2-S-7

Página III Revisión -Original Índice

Page 5: Modelo MGM[1]

Modelo Manual General de Mantenimiento

7.11 Directivas de aeronavegabilidad..................................................................................3-S-7

SECCION 8 PROCEDIMIENTOS REFERENTES A LAS RECEPCION DE PARTES........1-S-8

8.1 Generalidades................................................................................................................1-S-88.2 Aceptación de Partes.....................................................................................................1-S-88.3 Rechazo de Partes.........................................................................................................1-S-8

SECCION 9 REGISTRO TECNICO DE LA AERONAVE....................................................1-S-9

9.1 Generalidades................................................................................................................1-S-99.2 Contenido, formulario y disposiciones sobre los registros de inspecciones...................2-S-99.3 Disposiciones referentes a registros de mantenimiento.................................................2-S-9

SECCION 10 PERSONAL TECNICO DE LA EMPRESA.................................................1-S-10

10.1 Requerimientos sobre licencias de técnico de mantenimiento...................................1-S-1010.2 Limitaciones de servicio de descanso – personal de mantenimiento.........................1-S-10

Página IV Revisión -Original Índice

Page 6: Modelo MGM[1]

Modelo Manual General de Mantenimiento

1 Introducción

1.1 Manual General de Mantenimiento.- Documento que establece los procedimientos del Operador para garantizar que todo mantenimiento, programado o no, se realiza en las aeronaves del explotador a su debido tiempo y de manera controlada y satisfactoria.

1.2 El Manual General de Mantenimiento de la Empresa de Transporte Aéreo Comercial “Nombre Empresa” permite al personal de mantenimiento y servicio de la compañía llevar a cabo sus obligaciones en un alto nivel de seguridad.

El Manual General de Mantenimiento cubre los siguientes aspectos:

Políticas y Procedimientos Generales

Procedimientos de Inspección

Procedimientos de Mantenimiento

Capacitación

Sistema de Calibración

Repuestos

Overhaul

Reparaciones Estructurales

Fabricantes y vendedores

Control y Peso y Balance

Servicios

Requerimientos adicionales establecidos por al Reglamentación Aeronautica Boliviana RAB en su ultima revisión.

Página 1 Revisión -Original Sección 1

Page 7: Modelo MGM[1]

Modelo Manual General de Mantenimiento

2 Políticas y Procedimientos Generales

2.1 Procedimientos relacionados a alteraciones (RAB- 43.6)

(a) La Compañía “Nombre” no operara una aeronave que ha experimentado una alteración a menos que:

(1) La alteración ha sido realizada usando datos aprobados.

(2) Los datos aprobados han sido aceptados por la AAC.

(3) La aeronave ha sido aprobada para retornar al servicio de conformidad a la RAB-43, sección 43.13 y manual General de Mantenimiento (MGM) de la Empresa; y

(4) Se haya realizado las entradas en los registros de mantenimiento de conformidad a la sección 43.23 y 43.29, como sea aplicable y de conformidad al MGM de la Empresa.

(b) La Compañía “Nombre” no llevara otra(s) persona(s) (otros que no sean miembros de la tripulación requerida) en una aeronave en la que se ha realizado una reconstrucción o alteración de manera tal que pueda haber cambiado sus características de vuelo o afectar sustancialmente su operación en vuelo, hasta que un piloto debidamente habilitado vuele la aeronave, realice un chequeo operacional y después del chequeo haya realizado las anotaciones respectivas en los registros de la aeronave.

(c) No es necesario cumplir con el párrafo (b) de esta sección, si, antes del vuelo de prueba, inspecciones, o ambos demuestren concluyentemente que la alteración no ha cambiado apreciablemente las características de vuelo o sustancialmente afectado la operación de vuelo de la aeronave.

Nota.- Piloto debidamente habilitado es aquel que cuente con la autorización del Fabricante de la Aeronave.

2.2 Procedimientos relativos a la realización de mantenimiento 43.17

(a) Cada persona que ejecute mantenimiento, mantenimiento preventivo o alteración en una aeronave o producto aeronáutico de la compañía usará:

(1) Los métodos, técnicas y prácticas descritas en el Manual de Mantenimiento actualizado del Fabricante o las instrucciones para la Aeronavegabilidad Continua preparada por el fabricante, y

(2) Métodos adicionales, técnicas y prácticas requeridas por la AAC o métodos, técnicas y prácticas designadas por la Autoridad Aeronáutica Civil cuando no esté disponible documentación del fabricante.

(b) Cada persona usará las herramientas, y los equipos de ensayo necesarios para asegurar la terminación del trabajo, de acuerdo con las prácticas aceptadas en la industria. Si el fabricante en cuestión recomienda equipo especial o aparatos de ensayo, él debe usar ese equipo o aparatos o su equivalente aceptado por la Autoridad Aeronáutica Civil

(c) Cada persona que realice mantenimiento o alteraciones, o realice mantenimiento preventivo, deberá realizar este trabajo de forma tal y usando materiales de tal calidad, de manera que la condición de la aeronave, estructura, motor, hélice y/o componente trabajado quede igual que su condición original o de alteración apropiada en lo que respecta a su función aerodinámica, resistencia estructural, resistencia a deterioro y vibración, y cualquier otra cualidad que afecte la aeronavegabilidad.

Página 1 Revisión -Original Sección 2

Page 8: Modelo MGM[1]

Modelo Manual General de Mantenimiento

(d) Cada persona que requiera efectuar una alteración mayor, reparación mayor y/o reconstrucción, no podrá comenzar los trabajos, sin disponer de la aprobación del fabricante y de la AAC del estado de certificación del producto y además presentar y obtener la aceptación de la Autoridad Aeronáutica Civil de la orden de ingeniería indicando el personal, los planos, materiales, herramientas, equipos, cálculos necesarios para efectuar trabajos y cualquier otra información como sea requerida.

2.3 Procedimientos relativos a la realización de inspecciones (RAB 43.19)

(a) Generalidades: Cada persona que efectúa una inspección requerida por la AAC debe:

(1) Realizar la inspección hasta determinar si la aeronave o parte de la misma que se encuentra en inspección, reúne los requisitos aplicables de Aeronavegabilidad;

(2) Realizar la inspección de acuerdo con las instrucciones y procedimientos establecidos en el programa de inspección de la aeronave que está siendo inspeccionada.

(b) Inspecciones Anual y de 100 hrs.

(1) Toda persona que realiza una inspección anual o de 100 hrs., deberá usar una lista de comprobación mientras se realiza la inspección. La lista de comprobación utilizada por la empresa será la establecida por el fabricante del equipo que está siendo inspeccionado.

(2) Previo de otorgar la aprobación para el retorno al servicio de una aeronave con motor recíproco, después de una inspección anual o de 100 hrs., se requerirá que se haga funcionar el motor o motores a fin de determinar si su performance es satisfactoria de acuerdo a las recomendaciones del fabricante considerando lo siguiente:

(i) Potencia de salida (RPM estática punto fijo - y en ralentí) (“Static and Idle RPM”)

(ii) Magnetos

(iii) Presión de aceite y combustible;

(iv) Temperatura de cabeza de cilindro y temperatura del aceite.

2.4 Reglas relativas a las limitaciones de aeronavegabilidad (RAB-43.21)

(a) Toda persona que efectúa una inspección u otro mantenimiento, especificado en las limitaciones de Aeronavegabilidad del manual de mantenimiento del fabricante o en las instrucciones para Aeronavegabilidad Continua, inspeccionará o realizará el mantenimiento de acuerdo con este manual, programa de mantenimiento aprobado para el tipo de aeronave o de acuerdo con las especificaciones de operación aprobadas por la Autoridad.

2.5 Procedimientos relacionados con el peso y balance (RAB 43.22)

(a) El peso y balance (avión vació) se realizara cada 36 meses.

(b) En caso de accidente, o cuando se realice una alteración a la aeronave, se realizara un nuevo peso y balance.

(c) En caso de cambio de pintura en general se realizara un nuevo peso y balance.

Nota.- Se notificara a la AAC sobre cualquier cambio de pintura.

La “Compañía” no realizara ningún mantenimiento, inspección ni alterara ningún ítem para el cual no se encuentre habilitado, y no mantendrá, inspeccionara alterara ningún articulo o producto para el cual esta habilitado si requiere datos técnicos, equipo, materiales, facilidades o personal capacitado que no se encuentre disponible.

Página 2 Revisión -Original Sección 2

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Modelo Manual General de Mantenimiento

Página 3 Revisión -Original Sección 2

Page 10: Modelo MGM[1]

3 Control del Manual General de Mantenimiento (RAB 43.43)

3.1 La Gerencia de la “compañía” es responsable de mantener, actualizar y dar a conocer las políticas establecidas en el presente Manual.

3.2 Toda revisión, enmienda o actualización del presente Manual deberá estar aceptada por la Autoridad de Aviación Civil (AAC), previo a su incorporación o implementación.

3.3 En caso de que una política especifica cambie o sea enmendada, de conformidad al cambio o enmienda, se instruirá a todo el personal referente a los nuevos procedimientos o políticas.

3.4 Emitida y aceptada una enmienda al presente manual se distribuirá la misma a todo el personal, el cual durante su inserción al Manual deberá actualizar el registro de revisiones, indicándose el numero de revisión, fecha de revisión, fecha de inserción, nombre y firma.

Página 1 Revisión –Original Sección 3

Page 11: Modelo MGM[1]

4 Descripción de la Organización (RAB 43.43)

4.1 La Compañía “nombre” se encuentra organizada de a cuerdo al siguiente organigrama.

4.2 Compromiso Corporativo

Página 1 Revisión –Original Sección 4

Gerente General

MantenimientoPersonal Técnico

Operaciones

AMO Tripulaciones

Yo, ”nombre de la persona”, Gerente General y Gerente Responsable, en representación de la Empresa “nombre Empresa”, me comprometo a asegurar que todas las responsabilidades adquiridas como una Empresa dedicada al Transporte Aéreo Comercial sean cumplidas de conformidad a la Ley Aeronautica o Código Aeronáutico en vigencia, Reglamentación Aeronautica Boliviana (RAB), Certificado de Operador Aéreo, Especificaciones de Operación, Programa de Mantenimiento y todo documento aprobado o aceptado por la Autoridad de Aviación Civil, con el propósito de prestar un servicio seguro y eficiente.

Firma: ____________________________________

Nombre: __________________________________

Fecha: __________________________________

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5 Funciones y Responsabilidades (RAB 43.43)

5.1 Gerente General.-

5.2 Gerente responsable.- Gerente que tiene autoridad corporativa para asegurar que todo el mantenimiento requerido puede ser financiado y realizado de acuerdo con las normas requeridas por la AAC.

5.3 Técnico de Mantenimiento.- Personal encargado de llevar a cabo el mantenimiento de las aeronaves de conformidad al Programa de Mantenimiento Aprobado, Manual General de Mantenimiento de la Empresa, Especificaciones de Operaciones, habilitaciones y capacitación. También tendrá la responsabilidad de coordinar juntamente con Operaciones y las Organizaciones de Mantenimiento Aprobadas que prestan servicios de mantenimiento a la Empresa, todos los aspectos relacionados a la aeronavegabilidad de la(s) aeronave(s), asegurándose el cumplimiento de los documentos arriba mencionados.

Página 1 Revisión –Original Sección 5

Page 13: Modelo MGM[1]

6 Responsabilidad del mantenimiento de la aeronavegabilidad (RAB 43.37)

6.1 La Empresa “nombre empresa” es responsable de mantener la aeronavegabilidad de sus aeronaves y la operación correcta del equipo de emergencia y de operación de la siguiente forma:

(1) Asegurando el cumplimiento de las inspecciones de pre-vuelo.

(2) Asegurando que los defectos o daños que afectan la operación segura de la aeronave sean corregidos de acuerdo al manual de mantenimiento de la aeronave.

(3) Asegurando el cumplimiento de todo el mantenimiento de acuerdo con el programa de mantenimiento de la aeronave aprobado.

(4) Asegurando el cumplimiento de cualquier directiva operacional, directiva de aeronavegabilidad y cualquier otro requerimiento de aeronavegabilidad continua hecho obligatorio por la Autoridad; y

(5) Asegurando que las alteraciones sean realizadas de acuerdo con una norma aprobada.

(b) La Empresa se asegurará que el Certificado de Aeronavegabilidad de cada aeronave permanezca válido en referencia a:

(1) Los requerimientos del párrafo (a);

(2) La fecha de vencimiento del Certificado; y

(3) Cualquier otra condición especificada en el Certificado.

(c) Los requerimientos especificados en el párrafo (a) serán realizados de acuerdo con los procedimientos aprobados por o aceptables a la Autoridad.

(d) E mantenimiento, mantenimiento preventivo, y alteraciones de sus aeronaves o productos aeronáuticos serna realizados de acuerdo con el Manual General de Mantenimiento y/o las instrucciones actualizadas para la aeronavegabilidad continua, y la reglamentación de aviación aplicables.

(e) La Empresa “nombre empresa”, mantiene un contrato vigente con la Organización de Mantenimiento Aprobada “nombre AMO”, organización que presta servicios de mantenimiento, mantenimiento preventivo e inspecciones, sin embargo la responsabilidad final de la aeronavegabilidad de la aeronave es de la Empresa “nombre del poseedor del COA”.

Página 1 Revisión -Original Sección 6

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6.2 Organizaciones de Mantenimiento Contratadas

La Empresa “nombre de la Empresa”, previo a contratar una Organización de Mantenimiento Aprobada se asegura de los siguientes aspectos:

Que la Organización de Mantenimiento ha ser contratada posea un Certificado de Organización de Mantenimiento vigente emitido por la AAC.

Que la Organización de Mantenimiento ha ser contratada posea Especificaciones de Operación vigentes emitido por la AAC y que las mismas contengan el alcance necesario para realizar el mantenimiento requerido por “nombre empresa”.

Que la Organización de Mantenimiento ha ser contratada posea los manuales de mantenimiento actualizados, documentación técnica y herramientas requeridas para realizar los trabajos de mantenimiento solicitados.

El contrato que se suscribirá entre partes poseedor del Certificado de Operador Aéreo (COA) y Organización de Mantenimiento (AMO) establecerá los alcances del servicio a ser prestado por la AMO.

Todo cambio referente a la Organización de Mantenimiento que presta servicios a la Empresa será notificada inmediatamente a la AAC.

Página 2 Revisión -Original Sección 6

Page 15: Modelo MGM[1]

7 Programa de Mantenimiento

(RAB 43.39)

7.1 Generalidades:

La Empresa “nombre de la Empresa” no operará una aeronave, excepto inspecciones de pre vuelo, a menos que esta sea mantenida y liberada al servicio por una AMO o bajo los alcances autorizados por la AAC.

La Empresa “nombre de la empresa” dará cumplimiento estricto al Programa de Mantenimiento aprobado para cada tipo de aeronave.

7.2 Tipos de aeronaves:

La Empresa “nombre de la empresa”, cuenta con lo(s) siguiente(s) tipos de aeronaves:

7.3 Intervalos de Inspección Nave:

Los intervalos de inspección que implementara la empresa dentro su programa de mantenimiento son los siguientes:

Inspección de 50 Horas

Inspección de 100 Horas

Inspección de 200 Horas

Inspección de ítems especiales

Nota: La Inspección completa se encuentra conformada por todos los ítems que se encuentran detallados en la de 50, 100, 200 e ítems especiales.

Los detalles de estas inspección se encuentran detalladas en el Programa de Mantenimiento Aprobado.

7.4 Intervalos de Inspección Motor:

Motor IO-520 TBO 1700 Hrs. o 12 años calendario, lo que ocurra primero

Nota: Datos obtenidos de la Carta de Información de Servicio SIL 98-9, Teledyne Continental Motors

7.5 Intervalos de Inspección Hélice:

Hélice McCauley D3A34C404TBO 2000 Hrs. o 72 meses calendarios, lo que ocurra primero

Governador (hélice) TBO 1800 Hrs. o 60 meses calendarios, lo que ocurra primero

Acumulador (hélice) TBO 1800 Hrs. o 60 meses calendarios, lo que ocurra primero

Página 1 Revisión –Original Sección 7

Matricula Numero de Serie Marca Modelo

CP-14xx U206000xyz Cessna U206 G

Page 16: Modelo MGM[1]

Nota: Datos obtenidos del Boletín de Servicio 137S de McCauley Propeller Systems

7.6 Componentes de vida limitada:

Todo componente establecido por el fabricante como componente de vida limitada será remplazado de conformidad a los intervalos especificados por las instrucciones técnicas disponibles y actualizadas. (Boletines de Servicio, Cartas de Información, Reglamentación Aeronautica Boliviana, Programa de Mantenimiento, Manual de Servicio, Manual de Mantenimiento)

7.7 Alcances Autorizados:

La Empresa “nombre empresa”, se encuentra autorizada por la AAC a realizar las siguientes inspecciones:

X

Y

Z

Toda otra inspección o mantenimiento requerido por la Reglamentación Aeronautica Boliviana, Fabricante, Estado de Diseño, Programa de Mantenimiento Aprobado, será realizado por una Organización de Mantenimiento Aprobada (AMO).

Reparaciones y Alteraciones mayores no se encuentran autorizadas a ser realizadas por la Empresa “nombre empresa” y en el caso de realizar reparaciones o alteraciones mayores la organización que la realiza deberá contar con la habilitación correspondiente de la Autoridad de Aviación Civil.

7.8 Ítems de Inspección Requerida (RII):

Estas instrucciones tienen como propósito establecer los lineamientos básicos para determinar aquellos ítems que requieren ser re-inspeccionados por personal técnico de la Empresa en el caso que se encuentren habilitados o por la Organización de Mantenimiento que ofrece los servicios de mantenimiento.

Todos los ítems que tengan las siguientes características deberán ser re-inspeccionados y registrados como tales en la orden de trabajo o registro utilizado por el COA o la AMO que realiza los trabajos.

Instalación, inspección y ajustes en las superficies de control de vuelo.

Instalación, inspección, ajustes y reglaje de cables de las superficies de control de vuelo.

Instalación de motores y hélices.

Instalación y reparación de componentes estructurales mayores.

Overhaul, calibrado, ajuste y reglaje de componentes tales como motores, hélices y equipos de comunicación.

7.9 Inspecciones establecidas por la Reglamentación:

El ELT instalado en la aeronave debe ser inspeccionado cada 12 meses calendario.

7.10 Procedimientos sobre los reportes de reparaciones y alteraciones (RAB-43.57)

Página 2 Revisión –Original Sección 7

{ Esta parte se determinara de conformidad a la infraestructura, capacitación, documentación técnica y herramientas.

Page 17: Modelo MGM[1]

(a) La Empresa no cuenta con la habilitación para realizar alteraciones o reparaciones ya sean mayores o menores, sin embargo en el caso que una organización de mantenimiento aprobada (AMO) realice dichas reparaciones o alteraciones estas deberán estar debidamente documentadas cumpliendo con todos los requerimientos establecidos por el presente Manual, documentación del fabricante, instrucciones técnicas.

(b) Previo a contratar la realización de cualquier reparación o alteración mayor la Empresa en coordinación con el contratado -Organización de Mantenimiento Aprobada (AMO) notificara a la AAC sobre este aspecto y una vez aceptada dicha reparación o alteración mayor iniciara las gestiones necesarias para que la (AMO) comience los trabajos.

(c) Concluido los trabajos referentes a alteraciones y reparaciones mayores los mismos serán notificados a la AAC, enviando la empresa el formulario 337 establecido en el Apéndice B de la RAB a la AAC.

(d) Así mismo, la Empresa en coso de reparaciones y alteraciones mayores mantendrá dichos registros permanentemente y estarán disponibles a la AAC para su inspección en cualquier momento en que así se lo requiera.

7.11 Directivas de Aeronavegabilidad

(a) La empresa no operara ni utilizara un productos a los cuales le es aplicable una Directiva de Aeronavegabilidad (AD), a menos que se cumpla con los requerimientos de esa Directiva de Aeronavegabilidad.

(b) Toda directiva cumplida deberá ser registrada en la bitácora técnica correspondiente (nave, motor, hélice) y deberá contar con la siguiente información:

Página 3 Revisión –Original Sección 7

AERONAVE, MOTOR, HELICE, ROTOR, PARTE

CP-________ MARCA___________MODELO_________No. DE SERIE_______________

(1) Número de Directiva de Aeronavegabilidad ____________________________________

(2) Boletín de Servicio utilizado ________________________________________________

(3) Fecha de efectividad de la Directiva de Aeronavegabilidad ________________________

(4) Tema __________________________________________________________________

(5) Fecha de vencimiento hrs. / otros ____________________________________________

(6) Método de cumplimiento ___________________________________________________

(7) Fecha de cumplimiento ____________________________________________________

(8) TT de fuselaje al cumplimiento ______________________________________________

(9) TT del componente al cumplimiento __________________________________________

(10) Aplicación de única vez __________________________________________________

(11) Intervalo repetitivo ______________________________________________________

(12) Próxima aplicación fecha / hrs. / otro ________________________________________

(13) Nombre, firma y número de licencia de la persona que ejecuto el trabajo ___________

Page 18: Modelo MGM[1]

8 Procedimientos referentes a la recepción de partes

8.1 Generalidades:

Durante la recepción de partes el funcionario “técnico de mantenimiento” deberá seguir el siguiente procedimiento y documentar el mismo utilizando el formulario de inspección:

8.2 Aceptación de Partes:

Toda parte deberá contar como mínimo con uno o mas de la siguiente información:

Formulario FAA 8130-3, Form One de la JAA

Marcas FAA-TSO

Marcas FAA-PMA

Facturas, documentos / marcas del propietario de la aprobación de producción

Documentos de liberación al servicio

Autoridad de envió directo

8.3 Rechazo de Partes:

Toda parte componente recepcionado por la Empresa que no cuente con la documentación mínima arriba mencionada deberá ser devuelta al proveedor o puesta en cuarentena debidamente marcada. Solo el Gerente General podrá liberar este tipo de partes bajo responsabilidad directa, liberando la misma por escrito, detallado información correspondiente a la identificación de la parte o producto (numero de serie, numeró de parte, etc.).

Página 1 Revisión –Original Sección 8

Page 19: Modelo MGM[1]

9 Registro Técnico de la Aeronave

9.1 Cada persona que toma una acción en el caso de fallas o malfuncionamiento informados u observados en una aeronave o un producto aeronáutico, que es crítico para la seguridad del vuelo deberá hacer una anotación de la acción correctiva realizada en la sección de mantenimiento de la bitácora técnica de la aeronave.

(a) La Empresa “nombre de la empresa”, mantendrá un Libro de Registro Técnico de Vuelo aprobado por la AAC, el cual contiene la siguiente información:

Registro Técnico de Vuelo (RTV)

CP- Fecha Piloto al Mando Hora /Aeródromo Salida Hora /Aeródromo Llegada Tiempo de Vuelo Tiempo por Instrumentos Combustible Total Consumo de Combustible Consumo Aceite

Observaciones del Piloto Acciones Correctivas 1 2 3 4 Firma Piloto

1 2 3 4 Firma Mantenimiento Nª Lic.

(b) cualquier enmienda o modificación realizada al Registro Técnico de Vuelo previo a su implementación debe ser aprobada por la Autoridad

(c) El Registro Técnico de Vuelo será mantenido a bordo de la aeronave y se registrara en el mismo toda la información requerida por cada vuelo que se realice, incluyendo todos los reportes, fallas y malfuncionamiento encontrado durante el vuelo o inspecciones realizadas durante el pre-vuelo o post-vuelo, las anotaciones son responsabilidad de la tripulación de mando y personal técnico de la Empresa debidamente habilitado (poseedor de una licencia aeronautica).

(d) Así mismo se anotara en el Registro Técnico de la Aeronave las acciones correctivas tomadas sobre los reportes de fallas y malfuncionamiento encontrado durante el vuelo o inspecciones de pre-vuelo o post-vuelo. Esta anotación será realizada por el personal técnico de la Empresa debidamente habilitado (poseedor de una licencia aeronautica), de conformidad a lo requerido por el Registro Técnico de la Aeronave (Firma, Nº de licencia).

(e) El Registro Técnico de Vuelo será foliado correlativamente y se mantendrá como registro e historial de la aeronave y operación por un periodo de cinco (años) como registro muerto y dos (2) años como registro vivo.

(f) Todo registro de mantenimiento o inspección relacionado al programa de mantenimiento se anotara en las bitácoras correspondientes, es decir, en la bitácora de nave, motor y hélice de la aeronave. Estas inspecciones o mantenimiento requerido deberá ser realizado por la Organización de Mantenimiento Aprobada (AMO) contratada por la Empresa,

Página 1 Revisión –Original Sección 9

Page 20: Modelo MGM[1]

por lo que la liberación del mantenimiento efectuado deberá ser realizado por personal de la AMO.

9.2 Contenido, formulario y disposiciones sobre los registros de inspecciones 43.29

(a) Anotaciones de los Registros de Mantenimiento. La persona que aprueba o desaprueba el retorno al servicio de una Aeronave, estructura de aeronave, motor de aeronave, hélice, dispositivo o parte componente, después de cualquier inspección ejecutada de acuerdo con esta reglamentación, deberá hacer la anotación en el registro de mantenimiento de ese equipo, conteniendo la siguiente información:

(1) El tipo de inspección y una breve descripción del alcance de la misma.

(2) La fecha de la Inspección y el tiempo total en servicio de la Aeronave.

(3) La firma, el número de licencia y el tipo de habilitación que posee la persona que aprueba o desaprueba el retorno al servicio del producto aeronáutico.

(4) Si la aeronave se encuentra operable y es aprobada para su retorno al servicio, se colocará la siguiente frase o declaración: "CERTIFICO QUE ESTA AERONAVE HA SIDO INSPECCIONADA DE ACUERDO CON: (COLOCAR TIPO DE INSPECCIÓN) Y SE HA DETERMINADO QUE SE ENCUENTRA AERONAVEGABLE".

(5) Si la aeronave no es aprobada para su retorno al servicio a causa de: falta de mantenimiento, incumplimiento con especificaciones aplicables o Directivas de Aeronavegabilidad (ADs) u otros datos aprobados se debe incluir la siguiente declaración: "CERTIFICO QUE ESTA AERONAVE HA SIDO INSPECCIONADA DE ACUERDO CON: (COLOCAR TIPO DE INSPECCIÓN) Y UNA LISTA DE DISCREPANCIAS E ITEMS NO AERONAVEGABLES A LA FECHA (COLOCAR FECHA) HABIENDOSE NOTIFICADO AL PROPIETARIO U OPERADOR DE LA AERONAVE".

(6) Si se efectúa una inspección de acuerdo a un programa de inspección previsto en esta reglamentación, se debe identificar en el registro de mantenimiento la parte del programa de inspección efectuado y se debe incluir una declaración que la inspección fue hecha de acuerdo con los procedimientos de ese programa en particular.

(b) Listado de Discrepancias. Si la persona u organización que realiza una inspección de acuerdo con esta reglamentación, encuentra que esta aeronave no es operable o que no cumple con los datos aplicables de su Certificado de Tipo, Directivas de Aeronavegabilidad u otros datos aprobados de los cuales depende su Aeronavegabilidad, esa persona u organización debe entregar a la Empresa una lista firmada y fechada con las discrepancias.

9.3 Disposiciones referentes a registros de mantenimiento (RAB43.51)

(a) La Empresa establece el siguiente procedimiento referente a los registros de mantenimiento:

(1) La Empresa mantendrá el tiempo total en servicio (horas, tiempo calendario y ciclos como sea apropiado) de la aeronave (bitácora de aeronave) y todos los componentes con vida limitada en el caso que aplicase;

(2) La Empresa mantendrá el estado actualizado de cumplimiento de toda la información de aeronavegabilidad continuada obligatoria en cada una de las bitácoras técnicas aplicables (motor, hélice, nave);

(3) La Empresa mantendrá detalles apropiados de las alteraciones y reparaciones hechas a la aeronave y sus componentes en cada una de las bitácoras técnicas aplicables (motor, hélice, nave);

Página 2 Revisión –Original Sección 9

Page 21: Modelo MGM[1]

(4) La Empresa mantendrá el tiempo en servicio (horas, tiempo calendario y ciclos como sea apropiado) desde el último overhaul de la aeronave y sus componentes sujetos a tiempo obligatorio de overhaul en cada una de las bitácoras técnicas aplicables (motor, hélice, nave);;

(5) La Empresa mantendrá el estado actualizado de la aeronave (bitácora nave) referente al cumplimiento con el programa de mantenimiento; y

(6) La Empresa mantendrá los registros del último peso y balance realizado (bitácora nave);

(7) El detalle de los registros de mantenimiento deberán mostrar que todos los requerimientos para firmar la liberación de mantenimiento y liberación de aeronavegabilidad han sido cumplidos de conformidad a la sección 9.2 y reglamentación aeronautica aplicable.

(b) Los ítems en (a)(1a 5) se mantendrán permanentemente y serán transferidos con la aeronave al momento de su venta y los registros en (a)(6) se mantendrán como mínimo un año después de firmado la liberación de mantenimiento o de aeronavegabilidad.

(c) En el evento de un cambio temporal de operador, los registros especificados en el párrafo (a) deberán estar disponibles al nuevo operador.

(d) Cuando una aeronave es permanentemente transferida de un operador a otro, los registros especificados en el párrafo (a) sean transferidos al nuevo operador.

Página 3 Revisión –Original Sección 9

Page 22: Modelo MGM[1]

(e)

10 Personal técnico (mantenimiento) de la Empresa

10.1 Requerimientos sobre licencias de técnicos de mantenimiento (RAB 43.63)

(a) La Empresa establece que: cada persona que esta directamente a cargo del mantenimiento, mantenimiento preventivo, o alteraciones en cualquier aeronave, estructura, motor, hélice, aparato, o componente de estas y cada persona que realice inspecciones requeridas y aprueba el retorno al servicio el mantenimiento realizado, deberá estar apropiadamente habilitado de acuerdo con el RAB 65.

10.2 Limitaciones de servicio y descanso – personal de mantenimiento (RAB 43.65)

(a) La Empresa toma como política referente a limitaciones de servicio y descanso del personal técnico de mantenimiento lo siguiente:

(1) Ninguna persona puede realizar funciones de mantenimiento en aeronaves certificadas para el transporte aéreo comercial a menos que esa persona haya tenido un período mínimo de descanso de sus labores de 8 horas continuas antes de iniciar nuevamente sus labores.

Página 1 Revisión –Original Sección 10