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) DOS POR UN UEVO PAiS ININTERIOR MINISTERIO DEL INTERIOR 1 0 8 9 CERTIFICACIÓN NÚMERO DE O 4 AGO 2015 "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en-las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarías en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y. CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 28 de julio de 2015, el oficio con radicado externo EXTMI15-0035605, por medio del cual el señor HENRY ZAMBRANO MÁRQUEZ, en calidad de representante legal de la Unión Temporal Andired. NIT. 900.685.106-6, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para el proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV. CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas, identificado con las siguientes coordenadas: Vértice TORRE RESGUARDO ETNIA ESTE NORTE LONGITUD LATITUD 1 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352,39 336263,165 72' 48'26.793X) 1'24'21.541"S 2 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1139352,39 336263,165 72'49'31.475"0 1'24'21.576"S 3 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO MOTO 1139352,39 336263,165 72' 49'51.51"0 1"23'16.477"S 4 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352,39 338263,165 72°48'26.828"0 1`23'16.443"S Fuente: Suministrada por el solicitante: Radicado externo EXTMI 15- 0035605 de 28 de julio de 2015. Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general, ubicación y cuadro de coordenadas del área del proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas. Que en relación con el proyecto: 'LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", y corno proceso previo para el respectivo análisis, encontramos como antecedente que se han expedido por esta Dirección los siguientes Actos Administrativos: 1. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 224 del 14 de febrero de 2014, se certificó que: REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 Página 1 de 11

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)DOS POR UN UEVO PAiS

ININTERIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR

1 0 8 9 CERTIFICACIÓN NÚMERO DE O 4 AGO 2015

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en-las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarías en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y.

CONSIDERANDO:

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 28 de julio de 2015, el oficio con radicado externo EXTMI15-0035605, por medio del cual el señor HENRY ZAMBRANO MÁRQUEZ, en calidad de representante legal de la Unión Temporal Andired. NIT. 900.685.106-6, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para el proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV. CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas, identificado con las siguientes coordenadas:

Vértice TORRE RESGUARDO ETNIA ESTE NORTE LONGITUD LATITUD

1 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352,39 336263,165 72' 48'26.793X) 1'24'21.541"S

2 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1139352,39 336263,165 72'49'31.475"0 1'24'21.576"S

3 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO MOTO 1139352,39 336263,165 72' 49'51.51"0 1"23'16.477"S

4 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352,39 338263,165 72°48'26.828"0 1`23'16.443"S

Fuente: Suministrada por el solicitante: Radicado externo EXTMI 15-0035605 de 28 de julio de 2015.

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) Solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa con descripción general, ubicación y cuadro de coordenadas del área del proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas.

Que en relación con el proyecto: 'LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", y corno proceso previo para el respectivo análisis, encontramos como antecedente que se han expedido por esta Dirección los siguientes Actos Administrativos:

1. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 224 del 14 de febrero de 2014, se certificó que:

REPUBLICA DE COLOMBIA

DCP-2500

Página 1 de 11

Page 2: MINISTERIO DEL INTERIOR 1 0 8 9 O 4 AGO 2015 · diciembre de 2013 y. CONSIDERANDO: ... 2014, se certificó que: REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 Página 1 de 11 . 1 0 8 9 0 4 AGO 2015

0 4 AGO 2015 1 0 8 9 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN

"PRIMERO se registra la presencia de las siguientes Comunidades Indígenas: .

Número Nombre Etnia De pa ria m e nto Municipio ResoluciónlAcuerdo 1 Arará-Bacati

Cararü-Lagos i_ de Jamaicuru

Tucano y otros

Vaupés y Guaviare

Carurú y Miraflores 080 del 14 de abril de 1993

2 1 Bajo río Guainía y río Negro

Curripaco

Guahibo

Guainía

Vichada y Guainia

San Felipe, Puerto Colombia y La

Guadalupe Cumaribo y Mapirípana

078 del 26 de septiembre de 1989

004 del 21 de enero de 1987

3 Carpintero Palomas

Comeyafu Yucuna y otros

Amazonas Corregimiento Departamental La

Pedrera

056 del 11 de septiembre de 1985

5 | Cuenca Medía y Alta del río

Inirida

Puinave. Curripaco,

Nukak Maku

Guainía lnírida, Barranco Mina, Morichal,

Mapiripana y Puerto Colombia

084 del 26 de septiembre de 1989

" Curnaral- Guamuco

Guahibo - Guainía Inirida y Barranco Mina

07 de|14deabh|do 1993

7 Curare- Los Ingleses

Yucuna y otros

Amazonas Corregimiento Departamental La

Pedrera

019 del 16 de mayo de 1995

8 Guaco Bajo y 1 Guaco Alto

Piapoco Vichada y Guainía

Cumaribo. Barranco Mina_y_Mapiripana

Corregimiento Departamental

Barranco Mina

003 del 21 de enero de 1987

I- I Huitiboc Huitoco,

Ticuna, Bora Amazonas

Guainía Tarapacá y I...eticia

225 del -1 de junio de 2010

036 del 13 de mayo de 1987

i -4- 1O Laguna Curvina

Sapuara Guahibo

11 -1— Laguna Niñal, Cocuy, Loma Baja y Loma Alta del Caño

Guariben

Puinave y Sikuani

Guainía Inirida 044 del 30 de noviembre de 1998

12 Mirití- Paraná

13 . Murcielago Alta 1 Mira

14 I Parte Alta del i río Guainia

Yucuna, Yanimuka.

Matapi, Makuna y

Cubeo

Piapoco

Curripaco

Amazonas Corregimiento Departamental Mirití- Paraná y Corregimiento

Departamental La Pedrera

104 del 15 de diciembre de 1981

Vichada y Guainía Guainía

Cumaribo y Barranco Mina

035 del 13 de mayo de 1987

Inírida, Puerto Colombiay_Morichal

080 del 26 de septiembre de 1989 030 del 6 de abril de

1988

... _ 021 del 13 de marzo

de 1990 ....

15 Predio Putumayo

1

Huitoto y otros

Amazonas y Putumayo

Puerto Leguizamo, Corregimiento Departamental Puerto Arica, Corregimiento Departamental

Santander, Corregimiento

Departamental La Chorrera,

Corregimiento Departamental El

Encanto, Corregimiento Departamental Puerto Alegría

16 Puerto Nariño

17 Remanso Chorro Bocón

Ticuna Amazonas

Guainía

Puerto Nariño y 1 Leticia Inirkla ve Puina r 028 de130 de abril de

1986 18 Río Atabapo y

Puerto Iníciela Puinave,

Curripaco y otras

Guainía Inírida, Cacahual y Puerto Colombia

082 del 26 de septiembre de 1989

19 Ríos Cuiari e Curripaco

I--

sana

Guainía Morichal y Paná- Pana

083 del 26 de septiembre de 1989

20 Ríos Cotuhé y Putumayo

I

Tícuna

Puinave

Amazonas Corregimiento departamental Tarapacá, Puerto Nariño y_Leticia

077 del 18 de diciembre de 1992

21 1 Morichal Viejo, Guaviare San José del 045 del 30 de Página 2 de I 1

DE

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22

23

24

25

27

28

29

w 4 ASO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 8 9 DE

Santa Rosa, Cerro Cucuy, Santa Cruz,

Cano Danta y Otros

Guaviare noviembre de 1988

Santa Sofía y El Ticuna y Amazonas Leticia 080 del 1 de julio de

Progreso Yagua 1987

Selva de Cubo(); Guainía y Inirida y Cumaribo 037 del 22 de julio de Matavén Curripaco,

Piapoco, Piaroa y

Vichada 2003

Puinave Tonina, San Currípaco Guainía Paná-Pana y Puerto 079 del 26 de

Jos° y otros Colombia septiembre de 1989

Vaupes Cubeo Vaupes Mitú, Carun), Corregimiento

086 del 27 de julio de 1982

Departamental Pacoa,

Corregimiento Departamental

Papunaua y Corregimiento Departamental

Yavaraté Yavilla Cubeo Guaviare Miraflores 007 del 11 de mayo

de 1998

Agua Negra Iluitoto Putumayo Puerto Leguízamo 043 del 11 de noviembre de 1994

Monochoa Huitoto Cagueta y Solano (Cagueta) y 031 del 6 de abril de Amazonas Corregimiento 1988

Departamental Santander

....(Amazonal) Puerto Zábalo y Tícuna y Amazonas Puerto Nariño y 021 del 13 de marzo

Los Monos Cocama Leticia de 1990

"SEGUNDO: Que se registra la presencia de los siguientes Consejos Comunitarios:

Número 1

Nombre General de la Costa Pacífica

del Norte -Los Delfines

Departamentos Chocó

Municipios Bahía Solano y

Jurado

Resolución 2200 del 3 de

diciembre de 2002

Comunitario Villa Corito Chocó Quibdó 18Ude|QdafeÓnono de 1998

Río Pinza Chocó _

Bajo Baldó 3367 del 21 de diciembre de 2000

4 Mayor del Medio Atrato-ACIA Chocó Quibdo, Bojaya, Atrato (Chocó) y

4566 del 29 de diciembre de 1997

Vigía del Fuerte, Murindó y Urrao

(Antiogui_

5 Acadesan Chocó Istrnina, Sipi, Novita y Litoral del San

2702 del 21 de diciembre de 2001

Juan

6 Cupica Chocó Bahía Solano 2700 del 21 de diciembre de 2001

7 La Costa- Concosta Chocó Bajo Baudó

(Pizarro) y El Litoral 1123 del 16 de mayo de 2001

San Juan (Docordó)

8 Mayor de la Cuenca Medía y Valle del Cauca Buenaventura y 2455 del 4 de

Alta del río Daga Dagua diciembre de 2005

2. Que mediante la Resolución No. 59 del 01 de agosto de 2014. se corrigió la Certificación No. 224 del 14 de febrero de 2014, en la parte resolutiva numeral primero estableciéndose que se registra la presencia de los siguientes Resguardos Indígenas:

Página 3 de I I

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1 O 8 Ó O ibAGO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN

..a. ....... ..... .... _. _____...... Número l Nombre Etnia T Departament Municipio Resolución/Acuerdo

1 1 Arará-Bacati Cararü-Lagos de Jamaicuru

2 Bajo rio Gualnia y río Negro

Tucano y otros

Curripaco

Vaupés y Guaviare

+_.

Caruró y Miraflores 080 del 14 de abril de 1993

Guainia

Vichada y Guainia

Amazonas

San Felipe, Puerto Colombia y La

Guadalupe Cumaribo y Mápiripana

Corregimiento Departamental La

Pedrera

078 del 26 de septiembre de 1989

004 del 21 de enero de 1987

3

,---- 4

Carpintero Palomas

Guahibo

Comeyali Yucuna y otros

056 del 11 de septiembre de 1985

5 Cuenca Media y Alta dei rio

Inirida

+ 6 Cumaral-

Guamuco

Puinave. Curripaco,

Nukak Maku

Guahibo

Yucuna y otros

Gua) )

Guainia

Inirida, Barranco Mina, Morichal,

Mapiripana y Puerto Colombia

084 del 26 de septiembre de 1989

Inírida y Barranco Mina

075 del 14 de abril de 1993

7 ur Care- Los ingleses

Amazonas Corregimiento Departamental La

Pedrera

019 del 16 de mayo de 1995

8 Guaco Bajo y Guaco Alto

Piapoco Vichada y Guainía

Cumaribo, Barranco Mina y Mapiripana

003 del 21 de enero de 1987

9 Huitiboc Hultoco, Tiouna, Bora

Amazonas Corregimiento Departamental

Tarapacá y Leticia

225 del 1 de junio de 2010

10

11

12

13

Laguna Curvina Sapuara

Guahibo Guainía Barranco Mina 036 del 13 de mayo de 1987

Laguna Niñal, Cocuy, Loma Baja y Loma

Alta del Caño Guariben —

Miriti- Paraná

Puinave y Sikuani

Yucuna, Yanimuka.

Matapí, Makuna y

Cubeo

Guainia

Amazonas

|

Inirlda

Corregimiento Departamental Miriti- Paraná y Corregimiento

Departamental La Pedrera

044 del 30 de noviembre de 1998

104 de) 15 de diciembre de 1981

1 tv1urcielago Alta Mira

Piapoco Víchada y Guainía

Cumaribo y Barranco Mina

035 del 13 de mayo de 1987

14 I Parte Alta del río Guainia

Curripaco Guainia

Amazonas y Putumayo

Amazonas

Inírida, Puerto Colombia y Morichal

Puerto Leguizamo, Corregimiento Departamental Puerto Arica,

Corregimiento Departamental

Santander, Corregimiento

Departamental La Chorrera,

Corregimiento Departamental El

Encanto, Corregimiento Departamental Puerto Alegría Puerto Nariño y I

Leticia

080 del 26 de septiembre de 1989 030 del 6 de abril de

1988

021 del 13 de marzo de 1990

15 Predio Putumayo

Huitoto y otros

Ticuna 16 Puerto Nariño

17 Remanso Chorro Bocón

Puinave Guainía kurda 028 del 30 de abril de 1986

18 Rio Atabapo y Puerto Inirida

Puinave. Curripaco y

otras

Guainia 1rib-ida, Cacahual y Puerto Colombia

082 del 26 de septiembre de 1989

19 Ríos Cuiari e sana

Curripaco Guainía Morichal y Paná- Pana

083 del 26 de septiembre de 1989

077 del 18 de diciembre de 1992

20 Ríos Coluhe y Putumayo

Tícuna Amazonas Corregimiento departamental Tarapacá, Puerto Nariño y Leticia

21 | Modchal Viejo, Santa Rosa, Cerro Cucuy,

Puinave Guaviare San José del Guaviare

045 del 30 de noviembre de 1988

Página 4 de 11

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COMUNIDAD ETNICA

CELDA

Resguardo Indígena NUNUYA DE VILLAZUL, de la etnia Muinane, con resolución SLA CRISTINA número 34.6-05-88 del INCORA.

Santa Cruz, Cano Danta y

Otros 22 Santa Sofía y El

Progreso 23 Selva de

Matavén

24 Tonina, San José ...y otros

25 Vaupés

Tícuna y Amazonas Yagua Cubeo, Guainía y

Curripaco. Monada Piapoco, Piaroa y Puínave

Curripaco Guainía

Cubeo Vaupés

Leticia

Inírida y Curnaribo

Pana-Pana y Puerto Colombia

Mítú, Carurú, Corregimiento Departamental

Pacoa, Corregimiento Departamental

Papunaua y Corregimiento Departamental

Yavaraté

080 del 1 de julio de 1987

037 del 22 de julio de 2003

079 del 26 de septiembre de 1989

086 del 27 de julio de 1982

26 Yevilla II

Cubeo

27 Agua Negra

Huitoto

28 Monochoa

Huitoto

29 Puerto Zábalo y Ticuna y Los Monos Cocama

Miraflores

Puerto Leguizamo

Solano (Caquetá) y Corregimiento Departamental

Santander (Amazonas)...

Puerto Naririo y Leticia

007 del 11 de mayo de 1998

043 del 11 de noviembre de 1994

031 del 6 de abril de 1988

021 del 13 de r r arzo de 1990

Guaviare

Putumayo

Caquetá y Amazonas

Amazonas

3. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 02 del 26 de enero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo indígena CAÑO MOCHUELO, de la etnia Cuiba, con Resolución número 0003 del 29 de enero de 1986 de INCORA.

4. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 03 del 26 de enero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo indígena RIO ATABAPO Y PUERTO INIRIDA de la etnia Puinave. Curripaco y otras, con Resolución número 082 del 26 de septiembre de 1989 de INCORA,.

5. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 04 del 26 de enero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo indígena CAÑO LA HORMIGA, de la etnia Guahibo (Amorua), con la Resolución número 0085-17-12-85 de INCORA.

6. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 05 del 26 de enero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Consejo Comunitario MAYOR DEL MEDIO ATRATO-ACIA, con Resolución número 4566 del 29 de diciembre de 1997 de INCORA.

7. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 118 del 11 de febrero de 2015, se certificó que no se registra presencia de comunidades Indígenas, Minorías y Rom, ni comunidades Negras, Afrocolombíanas, Raizales y Palenqueras.

CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN 1 0 8 9 DE 0 4 AGO 2015

Página 5 de 11

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1 0 8 9 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE

I

El

/v1ONOCI-10A Resguardo indígena PREDIO PUTUMAYO, de la etnia Witoto, con resolución número 30-6-04-88 y número 57-04-09-89 del INCORA.

Resguardo Indígena MIRITI-PARANÁ de la etnia Yucuna y otros, con resolución número 104-15-12-81 y 1694-28-02-89 del INCORA

SANTA ISABEL PURTO REMANSO MARIAPOLIS MANARCO

8. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 119 del 11 de febrero de 2015, se certificó que se registra la presencia de los Resguardos Indígenas relacionados en el siguiente cuadro:

9. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 120 del 11 de febrero de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena el Consejo Comunitario relacionado en los siguientes cuadros:

y

de

de

de

de

la

de

y

de

de

COMUNIDAD ETNICA CELDA

Resguardo indígena PREDIO PUTUMAYO, de la etnia Witoto, con Resolución número 30-6-04-88 y número 57-04-09-89 del INCORA.

SAN RAFAEL

COMUNIDAD ETNICA CELDA

Consejo Comunitario de ISTMINA Y PARTE DEL MEDIO SAN JUAN, con resolución 001176 de 16/7/2002

MEDIO SAN JUAN 1

MEDIO SAN JUAN 2

10, Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 591 del 05 de mayo 2015, se certificó que se registra la presencia del Consejo Comunitario MAYOR DEL MUNICIPIO DE JURADO, con Resolución número 2199 del 03 de diciembre de 2002 del INCORA.

11. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 678 del 22 de mayo 2015, se certificó que se registra la presencia del Consejo Comunitario BAI-ÚA MÁLAGA -LA PLATA, con resolución número 0047 del 21 de julio de 2003 del INCORA.

12. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 770 del 04 de junio 2015, se certificó que se registra la presencia del CONSEJO COMUNITARIO CUEVITAS, constituido mediante Resolución número 2701 del 21 de diciembre de 2001 proferida por el INCORA.

13. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 811 del 17 de junio 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Ríos Cotuhé y Putumayo, perteneciente a la etnia Ticuna, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante Resolución No. 077 del 18 de diciembre de 1992.

14, Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 812 del 17 de junio 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo, constituido ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las Resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 diciembre de 1982.

15. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 813 del 17 de junio 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo, constituido y ampliado

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1089 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN

DE _11-4-ÁGT2-1115

por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.

16. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 814 del 17 de junio de 2015. se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las Resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982

17. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 815 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.

18. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 816 del 17 de junio de 2015. se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.

19. Que mediante el Acto Administrativo certificación No. 817 del 17 de junio de 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.

20. Que mediante el Acto Administrativo certificación No 818 del 17 de junio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.

21. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 957 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Monochoa de la Etnia Huitoto, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria Incora mediante (a Resolución No 31 del 6 de abril de 1988 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural — Incoder —mediante Acuerdo No 31 del 15 de diciembre del 2004.

22. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 958 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupes, perteneciente a la Etnia Cubeo, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — Incora mediante la Resolución No 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre.

23. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 959 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Monochoa de la Etnia Huitoto, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — Incora mediante la Resolución No 31 del 6 de abril de 1988 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural — Incoder —mediante Acuerdo No 31 del 15 de diciembre del 2004.

24. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 960 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Tonina, Sejal, San José y otras de la Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — Incora mediante la Resolución No 079 del 26 de septiembre de 1989.

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN

1 0 8 9 0 4 A60 2015 DE

25. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 961 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Rio Guainia y Rio Negro, de la Etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria -- 1NCORA mediante la Resolución No 078 del 26 de septiembre de 1989.

26. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 962 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Rio Guainia y Rio Negro, de la Etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — INCORA mediante la Resolución No 078 del 26 de septiembre de 1989.

27. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 963 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Rio Guainia y Rio Negro, de la Etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — INCORA mediante la Resolución No 078 del 26 de septiembre de 1989.

28, Que mediante Acto Administrativo Certificación No 964 del 13 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Tonina, Sejal, San José, y otras de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria- INCORA- mediante la Resolución No. 079 del 26 de septiembre de 1989.

29. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 995 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupes, perteneciente a la Etnia Cubeo, constituido por el Instituto Colombiano de la reforma agraria — lncora mediante la Resolución No 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.

30. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 996 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Miriti Paraná, de las etnias Yucuna, Tanimuka, Matapi, Makuna, Cubeo, Cabiyari, Miraña, Letuama, Maku entre otras, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante la resolución No. 104 del 15 de diciembre de 1981 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural —INCODER- mediante el acuerdo 204 del 29 de diciembre de 2009.

31. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 997 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Ríos Cuiari e ¡sana, de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante la Resolución No. 083 del 26 de septiembre de 1989.

32. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 998 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Ríos Cuiari e 'sana, de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA- mediante la Resolución No. 083 del 26 de septiembre de 1989.

33. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 999 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo, constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las Resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.

34. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1000 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Parte Oriental del Vaupés, perteneciente a la etnia Cubeo, constituido y ampliado por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA-mediante las Resoluciones 086 del 27 de julio de 1982 y 144 del 20 de diciembre de 1982.

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1 0 8 9 0 4 AGO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE

35. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1001 del 21 de julio del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Bajo Río Guainía y Rio Negro, de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA - mediante la Resolución No. 078 del 26 de septiembre de 1989.

36. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1084 del 04 de agosto del 2015, se certificó que se registra fa presencia del Resguardo Indígena Bajo Río Guainía y Rio Negro, de la etnia Curripaco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA - mediante la Resolución No. 078 del 26 de septiembre de 1989.

37. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1085 del 04 de agosto del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Guaco Bajo y Guaco Alto, de las etnias Puinave y Piapoco, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 003 del 21 de enero de 1987.

38. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1086 del 04 de agosto del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Carpintero Palomas, de la etnia Guahibo, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 004 del 21 de enero de 1987.

39. Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1087 del 04 de agosto del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Arara Bacatí, Carurú y Miraflores, de la etnia Tucano, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 080 del 14 de abril de 1993.

40, Que mediante Acto Administrativo Certificación No 1088 del 04 de agosto del 2015, se certificó que se registra la presencia del Resguardo Indígena Predio Putumayo< de las etnias Huitoto, Muruy, Muinane, Bora, (keine, Andoque, Carijona, Míraña, Yukuna, Cabiyari, Inga, Siona, Letuama y otras, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA-mediante la Resolución No. 030 del 06 de abril de 1988 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER- mediante la Resolución No. 105 del 29 de marzo de 2007.

Que el señor HENRY ZAMBRANO MARQUEZ, en calidad de representante legal de la UNIÓN TEMPORAL ANDIRED. NIT. 900.685.106-6, solicita a esta Dirección se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas para el proyecto: 'LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas, adicionando un punto de coordenadas diferentes a las certificadas en el Acto Administrativo certificación No. 224 del 14 de febrero de 2014, corregida mediante la Resolución No. 59 del 01 de agosto de 2014, Certificaciones números: 02, 03, 04 y 05, del 26 de enero de 2015 y Certificaciones números No. 118, 119 y 120 del 11 de febrero de 2015, 591 del 05 de mayo de 2015 y 678 del 22 de mayo de 2015, 770 del 04 de junio de 2015, 811, 812, 813, 814, 815, 816 y 817 del 17 de junio de 2015 y 818 del 17 de junio del 2015 y 957, 958, 959, 960, 961, 962, 963, 964 del 13 de julio de 2015, 995, 996, 997, 998, 999, 1000, 1001 del 21 de julio 2015, 1084, 1085, 1086, 1087 y 1088 del 04 de agosto de 2015.

Que así las cosas y frente a la solicitud con radicado EXTMI15-0035605 del 28 de julio de 2015, la Dirección de Consulta Previa, realizó un análisis espacial y procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas. Este análisis tuvo como objeto constatar la

vagina 9 cie

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CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓ 1 O 8 9 0 11 AM 2015

DE

presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos consultadas fueron: 1) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder - lgac 2015), ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2015), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2015), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2015), y) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2015).

Que con base en la información aportada, se elaboró informe técnico el día 29 de julio de 2015 en el cual se determinó que:

'Se procedió a revisar la información consignada en la solicitud y se constató que cuenta con datos como: nombre, descripción de actividades y coordenadas del proyecta A continuación se ingresaron las coordenadas en el S1G usando el Sistema Magna Sirgas Origen Bogotá, observando coherencia espacial, por lo que se considera que está solicitud puede ser tramitada para efectos de determinar la presencia o no de comunidades étnicas. Se calculó que el área aproximada del proyecto es de 400 hectáreas.

Realizado el análisis cartográfico correspondiente con las coberturas de: comunidades étnicas, drenajes, vías, centros poblados, límites municipales y límites departamentales; y mediante la consulta con las bases de datos de comunidades étnicas disponibles en la Dirección de Consulta Previa, se determinó que el polígono ubicado en el corregimiento departamental de La Chorrera, departamento del Amazonas, correspondiente al proyecto: "Licitación Pública Na LP-009-2013 Proyecto Nacional Conectividad de Alta Velocidad-PNCAY, Celda de Telecomunicaciones La Chorrera" se intercepta con:

El Resguardo Indígena Predio Putumayo, de las etnias Huitoto, Muruy, Muinane, Bora, Ocaina, Andoque, Carijona, Mirarla, Yukuna, Cabiyari, /me, Siona, Letuama y otras constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 030 del 06 de abril de 1988 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -1NCODER- mediante la Resolución No. 105 del 29 de marzo de 2007.

Por lo anterior, se concluye que para el proyecto: "Licitación Pública No. LP-009-2013 Proyecto Nacional Conectividad de Alta Velocidad- PNCAV, Celda de Telecomunicaciones La Chorrera", se registra la presencia del Resguardo Indígena Predio Putumayo, de las etnias Huitoto, Muruy, Muinane, Bora, Ocaina, Andoque, Cardona, Miraña, Yukuna, Cabiyari, Inga, Siona, Letuama y otras constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 030 del 06 de abril de 1988 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - INCODER- mediante la Resolución No. 105 del 29 de marzo de 2007". adicional a las ya certificadas en los Actos Administrativos Certificación No. 224 del 14 de febrero de 2014, corregida mediante Resolución No, 59 del 01 de agosto de 2014, Certificaciones números: 02, 03, 04 y 05 del 26 de enero de 2015 y Certificación números 118, 119 y 120 del 11 de febrero de 2015, 591 del 05 de mayo de 2015, 678 del 22 de mayo de 2015, 770 del 04 de junio de 2015, 811, 812, 813, 814, 815, 816, 817, 818 del 17 de junio de 2015, 957, 958, 959, 960, 961. 962, 963, 964 del 13 de julio de 2015, 995, 996, 997, 998, 999, 1000, 1001 del 21 de julio de 2015,1084, 1085, 1086, 1087 y 1088 del 04 de agosto de 2015.

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que se registra la presencia del Resguardo indígena Predio Putumayo, de las etnias Huitoto, Muruy. Muinane, Bora. Ocaina, Andoque, Carijona, Miraña, Yukuna, Cabiyari, Inga, Siona, Letuama y otras, constituido por el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria -INCORA- mediante la Resolución No. 030 del 06 de abril de 1988 y ampliado por el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -INCODER- mediante la Resolución No. 105 del 29 de marzo de 2007, en el área del proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No. LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas, identificado con las siguientes coordenadas:

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Vértice

1

2

3

TORRE

La Chorrera

La Chorrera

La Chorrera

RESGUARDO

PREDIO PUTUMAYO

PREDIO PUTUMAYO

PREDIO PUTLIMAY0

T E:TNIA

WITOTO

WITOTO

WITOTO

ESTE

1141352,39

1139352,39

1139352,39

NORTE

336263,165

336263,165

338253,165

LONGITUD

72'46'26.793'0

72'49'31.475"0

72'4931.51"0

LATITUD

1'2421.541"S

1'24'21.576"S

1'23'16.477"8

4 111~1 PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352,39 338263,185 72'48'26.828"O 1'23'16.443"S -

Fuente: Suministrada por el solicitante Radicado externo EXTMIl 5-0035605 de 28 de julio de 2015

SEGUNDO. Que no se registra la presencia de comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palanqueras, en el área del proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No, LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas, identificado con las siguientes coordenadas:

Vértice TORRE RESGUARDO ETNIA ESTE NORTE LONGITUD 1 LATITUD

1 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352,39 336263,165 72'48`26.7930 t 1' 24'21.541"S

2 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1139352,39 I 336263,165 72'49'31.475'0 1'24'21.576"S

3 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1139352,39 338263,165 72'49.31.51"0 I'23.16.477"S1

4 Le Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352,39 338263:165 72'4126.828M 1'23'16.443"S

Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTM115-0035605 de 28 de julio de 2015

TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente Certificación, aplica especificamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMI15-0035605 del 28 de julio de 2015, para el proyecto: "LICITACIÓN PÚBLICA No, LP-009-2013 PROYECTO NACIONAL CONECTIVIDAD DE ALTA VELOCIDAD- PNCAV, CELDA DE TELECOMUNICACIONES LA CHORRERA", localizado en jurisdicción del Corregimiento departamental de La Chorrera, en el departamento del Amazonas, identificado con las siguientes coordenadas:

Vértice TORRE RESGUARDO ETNIA ESTE NORTE LONGITUD LATITUD

1 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352.39 336263,165 72'48'26.793"C) 1'24'21.541"S I 2 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1139352,39 336263,165 72'49'31.475"0 "24'21.576"S

3 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1139352,39 • 338263.165 '72'49'31.51"0 1'23'16 477"S

4 La Chorrera PREDIO PUTUMAYO WITOTO 1141352,39 338263,165 72'48'26 826"0 I 1'23'16.441"S

Fuente: Suministrada por el solicitante; Radicado externo EXTIVII15-0035605 de 28 de julio de 2015

CUARTO. Conforme a lo anterior si la parte interesada decide ejecutar el proyecto de que trata esta Certificación, deberá solicitar a la Dirección de Consulta Previa el inicio del proceso de consulta conforme a los lineamientos del artículo 330 de la Constitución Política, los artículos 6 y 7 de la Ley 21 de 1991, el artículo 76 de la Ley 99 de 1993 y la Directiva Presidencial 10 de 2013.

QUINTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

ALVAR CHEVERRY LONDOÑO Dire de Consulta Previa f Elaboró: Elena Ramírez Ceballos

Aprobó: Luis Fernando Mora. Lid r Área de ertificaciones T.R.D. 2500.09.06

1 0 8 9 O 4 AGO 2015 CONTINUACIÓN CERTIFICACIÓN DE

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