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SECRETARÍA DE LA MUJER (SEMUJER), MICHOACÁN DE OCAMPO Memorias y Resultados del Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de Órdenes de Protección. Manual de otorgamiento y tramitación de órdenes de protección SECRETARÍA DE LA MUJER (SEMUJER) 01/12/2011

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SECRETARÍA DE LA MUJER (SEMUJER), MICHOACÁN DE OCAMPO

Memorias y Resultados del Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y

Otorgamiento de Órdenes de Protección. Manual de otorgamiento y tramitación de

órdenes de protección

SECRETARÍA DE LA MUJER (SEMUJER)

01/12/2011

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INFORME

TALLER REGIONAL DE PERSPECTIVA, VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTORGAMIENTO DE ÓRDENES DE PROTECCIÓN

Introducción

La seguridad y protección a las mujeres es un principio de toda democracia y una de obligaciones que continuamente deben reforzar los estados que reconocen la violencia de género como un problema social y de seguridad. Los índices de violencia hacia las mujeres en el estado de Michoacán destacan que las mujeres viven de forma constante experiencias de violencia tanto en el ámbito público como en el ámbito privado. De forma particular se destaca el ámbito familiar, en donde ha observado que las mujeres que han establecido relaciones de pareja, independiente del tipo de relación o vínculo civil, o grado de convivencia, son sometidas a diversas formas de violencia con distintos grados de gravedad. La exposición a la violencia puede generar importantes efectos y consecuencias negativas en las personas que la viven directa e indirectamente, en el caso de las víctimas directas el deterioro a nivel psicológico es una realidad, a afectando de forma importante la capacidad de la toma de decisiones, así entre el miedo, las amenazas y la limitada o nula red de apoyo social, entre otros impide a en este caso a las mujeres víctimas de violencia salir de la violencia que viven. Lo que aunado a la percepción y valoración social que se tiene de la violencia de género y las víctimas, que incorporan un amplio conjunto de valores, normas, ordenamientos sociales, etc, conllevan a la naturalización de la violencia, a la minimización su condena o rechazo social, y al reforzamiento de la impunidad. Bajo este contexto, y tras la realización del Foro “Mujer y Justicia, lecciones nuevas y experiencias aprendidas”, llevado en este año y en la entidad michoacana, se reconoce la importancia que diario a diario tienen la impartición y administración de justicia en materia de atención a la violencia contra las mujeres, así como del Poder Judicial como medio coadyuvante para la transformación de las causas estructurales que generan la discriminación y violencia contra la mujer, destacándose las Órdenes de Protección como un mecanismo viable para garantizar la seguridad y la protección de las mujeres. Al respeto la Secretaria de la Mujer en el estado de Michoacán con objeto de integrar esfuerzos y acciones entre los diferentes organismos estatales como la Secretaria de Seguridad Pública y la Procuraduría General de Justicia del Estado, formula en coordinación con dichas instancias un Manual de otorgamiento y tramitación de órdenes de protección, e impulsa el Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de órdenes de protección.

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A fin de que entre el personal sustantivo de ambas instancias, y que tienen contacto directo en la atención a las víctimas y refuercen y desarrollen conocimientos y habilidades desde su ámbito de su competencia tendientes a actuar consecuentemente con las disposiciones respecto al otorgamiento, atención y seguimiento de las órdenes de protección, y con ello reforzar la seguridad y protección de las mujeres víctimas de violencia. Objetivo General: Facilitar que los participantes desarrollen las herramientas necesarias para reconocer la aplicación pragmática de la teoría y el enfoque de género, que debe estar presente en los diferentes tipos y modalidades en que se presenta la violencia de género. Objetivos Particulares

1. Identificar la vinculación existente e indisoluble entre el concepto de género y seguridad, así como las estrategias que esta última deben implementar para garantizar la seguridad de las mujeres, considerando la viabilidad de las órdenes de protección a que haya lugar.

2. Sensibilizar a la administración pública estatal y municipal sobre la existencia de la violencia de género

3. Analizar la importancia de la perspectiva de género, como parte fundamental del abordaje de la problemática de discriminación de las mujeres.

4. Explorar las acciones que garanticen la seguridad de las mujeres. 5. Analizar el contexto de expedición y viabilidad de las órdenes de

protección en el Estado.

El presente documento, integra las Memorias del “Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de órdenes de protección”, conformado por cinco talleres con una duración de 12 horas cada uno, realizados en el estado de Michoacán durante los meses de noviembre y diciembre del 2011.

Lugar y fecha de realización:

Uruapan, Michoacán 15 de noviembre de 2011.

Zitácuaro, Michoacán.

22 de noviembre de 2011.

Morelia, Michoacán.

28 y 29 de noviembre 2011.

Zamora, Michoacán, 5 de diciembre de 2011.

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Participando en los mismos funcionarias, y funcionarios, así como servidores públicos de las diferentes Procuradurías de Justicia, de Seguridad Pública y de la Policía Municipal. Dentro de los temas abordados, se encuentran lo siguientes:

1. Teoría de género

2. Violencia de género, con sus diversos modalidades y tipos

3. Teorías sobre la violencia en la familia, círculo del maltrato doméstico

4. Características psicoemocionales de quién vive violencia de género y de quién la produce.

5. Seguridad y prevención de la violencia de género.

6. Atención de mujeres que viven violencia de género

7. Evaluación del riesgo de las mujeres en los casos de violencia familiar.

8. Construcción de un manual de otorgamiento y tramitación de órdenes de protección.

9. Conclusiones

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TALLER REGIONAL DE PERSPECTIVA, VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTORGAMIENTO DE ORDENES DE PROTECCION (12 hrs)

Uruapan, Michoacán. 15 de noviembre de 2011.

En el taller participaron 50 personas entre funcionarias, y funcionarios, así como servidores públicos de las diferentes Procuradurías de Justicia, de Seguridad Pública y de la Policía Municipal. La sesión se inicia con una exposición sobre los conceptos principales respecto a la Teoría de género, a efecto de reforzar y generar conocimientos teóricos y prácticos que permitan reconocer la falta de igualdad entre hombres y mujeres existente en distintos ámbitos, como el de la justicia, señalando la importancia de generar medidas dentro de las instituciones, tal y como lo establecen los diferentes instrumentos internacionales en materia de violencia y discriminación contra la mujer, así como efectuar acciones tendientes al cambio de actitudes entre el personal que labora dentro del sector público. Lo anterior, con la finalidad de generar apertura y disponibilidad a las diferentes disposiciones oficiales, respecto al otorgamiento, atención y seguimiento de las órdenes de protección, dirigidas a mejorar por un lado, el acceso a la justicia a las mujeres víctimas de violencia, y por otro garantizar el acceso a las medidas de protección a su integridad cuando son violentadas a efecto e vitar daños irreparables. A lo largo de este primer momento, el grupo se mostró en general receptivo a la información, surgiendo entre algunos participantes intervenciones breves que denotan conocimiento en materia de discriminación y violencia de género. Posteriormente, mediante grupos trabajo se definieron, especificaron y expusieron las principales características de las modalidades y tipos de violencia, destacando la importancia de su valoración, reconocimiento y percepción entre las formas más comunes de violencia hacia las mujeres que atentan contra su dignidad, integridad o libertad. Identificando conocimientos adecuados, al respecto en la mayoría de los participantes, principalmente entre los que pertenecen al ámbito de procuración de justicia. Al destacar la importancia de la violencia familiar, como una modalidad en donde la cercanía tipo de relación con el agresor, coloca generalmente a las mujeres y sus hijos en diferentes grados de riesgo y peligro. De forma casi generalizada los participantes opinaron que las mujeres víctimas de esta modalidad de violencia son causantes de su propia condición, existiendo intervenciones en donde resaltó el deslindamiento de acciones en torno a la situación riesgo, a corto y largo plazo de las mujeres víctimas, que como servidores públicos atienden en un momento determinado, o incluso reiteradamente.

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A partir de esta situación, se puntualizaron las características psicológicas y sociales de las mujeres víctimas de violencia familiar y los rasgos psicológicos de los generadores de violencia, como elementos que fundan y explican la conducta de las víctimas y su permanencia en la relación de violencia, a efecto de facilitar entre los participantes la comprensión de las diferentes reacciones o posturas vacilantes, contradictorias, tolerantes, displicentes, entre otras, de las víctimas ante la posibilidad de la denuncia y su seguimiento, o aprehensión del agresor al momento inmediato posterior a los hechos de violencia. No obstante, a este propósito se apreció entre la mayoría de los participantes una alta resistencia a considerar los efectos psicológicos y sociales de la violencia sobre las mujeres, como las razones que explican la ambivalencia y acciones en contrasentido en cuanto a la toma de acciones y decisiones. Identificando una alta carga de molestia hacia las reacciones de las mujeres, así como, fuerte tendencia a rechazar cualquier razón que explique el comportamiento de las mujeres, que no fuera su propia responsabilidad de acción para inhibir la intervención policial y legal en su beneficio. Manifestando disgusto ante las peticiones de las mujeres de iniciar acciones contra el agresor, para posteriormente, desistirse de ellas, motivo por el cual en muchas ocasiones los participantes indicaron limitarse a actuar tal y como lo solicitan las víctimas, sin realizar otras acciones. Por lo que se resalta el deber de actuar con diligencia y respeto tanto a las peticiones y decisiones de las mujeres víctimas, así como, informar de los derechos y servicios existentes que les provean de seguridad y protección, como lo representan las órdenes de protección, así como también los servicios de atención psicológica. Con motivo de lo anterior, y dado que entre los participantes se argumentó sobre la efectiva proporción la información a las mujeres víctimas de violencia de sus derechos, así como, la realización de todas las actuaciones para su protección y seguridad y para la denuncia legal de los hechos, se efectuaron ejercicios de role playing a fin de identificar los elementos primordiales en la realización de dichas acciones. De los dos ejercicios, se apreciaron actuaciones contraindicadas por parte del personal policial participante, particularmente priorizar la denuncia legal, antes de conocer a través de la entrevista factores o hechos que en ese momento pongan en riesgo la integridad de la víctima, de acuerdo a la problemática particular, así como, omitir la identificación de las necesidades, intereses o preocupaciones de la víctima en ese momento, ofreciendo el apoyo de traslado para la denuncia sin proporcionar mayor información respecto a los trámites, así como tampoco se informó sobre alternativas u otros servicios de apoyo que le auxilien en la decisión que ella elija. Se destacó la influencia de estos aspectos, sobre el comportamiento y actitud posterior en las víctimas ante la activación de los servicios policiales y ministeriales, específicamente ante el desistimiento de la aprehensión del

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agresor y la denuncia, situaciones que la colocan o la mantienen en situación de riego. Cabe señalar que sólo una pequeña minoría de participantes, concordó con el ejercicio de éstas prácticas, en detrimento de los derechos y seguridad de las mujeres, hecho que generó polémica entre dicha minoría y el resto de los participantes. Al respecto, la identificación del nivel de riesgo se resaltó como un elemento básico para la explicación a las víctimas sobre su derecho a solicitar las órdenes de protección correspondientes, así como, su valoración, otorgamiento y seguimiento de las mismas por parte de las autoridades competentes de acuerdo con el Manual de Aplicación de las Órdenes de Protección, desarrollado para la entidad de Michoacán de Ocampo, como un mecanismo que posibilita a las mujeres víctimas contar con medidas protección y seguridad que garanticen la salvaguarda de su integridad. A partir de ese momento se abordaron los lineamientos principales del Manual de Aplicación de las Órdenes de Protección, respecto a su finalidad, marco legal, las disposiciones legales para los servidores públicos que participan en el otorgamiento, tramitación y aplicación de las mismas. Puntualizando sobre sus características, términos de tramitación, y el curso de su solicitud de acuerdo al tipo de autoridad que participa en su trámite y expedición, sus acciones previstas, los requisitos y el seguimiento. De lo anterior, principalmente entre los participantes con función de ministerio público, surgieron cuestionamientos, comentarios y aclaraciones en materia de las atribuciones y competencias actuales de las diferentes figuras que pueden expedir las órdenes de protección, a fin de verificar si existe realmente disposición que acredite y garantice la obligación para su expedición y acciones relativas. Cuestionamientos que fueron abordados desde las disposiciones generales que se marcan en la Ley General de acceso a las mujeres a una vida libre de violencia, como de la estatal, que establecen la correspondencia de las autoridades en el ámbito de sus respectivas competencias, funciones y atribuciones en el otorgamiento, tramitación, seguimiento y atención de las órdenes de protección emergentes y preventivas que establece ley. Así mismo, surgieron otras inquietudes entorno al enfrentamiento de las diversas dificultades existentes que suelen afectar la atención inmediata a las víctimas, en el caso concreto, que éstas gocen del derecho de solicitar las órdenes de protección, dentro de las dificultades referidas éstas corresponden a la infraestructura de las instituciones. Ante las reiteras inquietudes, se aprecia una sentida necesidad de contar con una mayor y mejor articulación entre servicios e instituciones que favorezcan la atención, seguridad y protección a las mujeres víctimas de violencia familiar, así mismo, fueron manejadas como áreas de oportunidad primero, para generar mejores mecanismos en las áreas y entre el personal que las

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conforman para brindar una mejor atención y canalización a los servicios de seguridad y protección a las víctimas y, por otro generar desde el ámbito personal una mejor actitud o disposición en la actuación en la atención y comprensión de las circunstancias de cada víctima. Finalmente y términos generales una mayoría de los participantes reiteraron sobre la importancia de efectuar cambios dentro de la infraestructura institucional para poder garantizar una atención debida a las víctimas, y por ende facilitar su acceso a diferentes mecanismos de apoyo como las órdenes de protección. Aspectos relevantes observados:

Se identifica una alta propensión en el manejo de ideas preconcebidas respecto a las actitudes y comportamientos de las mujeres víctimas de violencia familiar, ideas y opiniones que atribuyen a dichas víctimas la responsabilidad de violencia y riesgo en que viven.

La frustración y molestia desarrollada entre el personal que atiende a las mujeres víctimas de violencia, dificulta la exploración detenida respecto a la situación y el nivel de riesgo en que éstas se encuentran, considerándolas como “clientas” de los servicios policiales y legales. Este tipo de percepciones exponen y colocan a las víctimas a una segunda y tercera victimización; así como, limitan la realización de acciones necesarias que les permitan el acceso al otorgamiento, tramitación, seguimiento y atención de las órdenes de protección, así como de los servicios que necesiten de acuerdo al daño generado o riesgo existente por la violencia que viven.

Bajo las nociones anteriores existe una desvinculación entre género y seguridad, prescindiendo de las estrategias de seguridad necesarias para proveer a las mujeres de medidas especiales de protección.

Fundamentalmente para la mayoría de los participantes de este grupo las acciones que pueden garantizar seguridad a las mujeres víctimas de violencia, considerando además el contexto de expedición y viabilidad de las órdenes de protección, éstas corresponden a los cambios en la infraestructura institucional, y de las características y operatividad de sus servicios.

De acuerdo con lo mencionado, resulta necesario impulsar las acciones tendientes a optimizar la atención a las mujeres víctimas de violencia, promover sus derechos y fortalecer los mecanismos jurídicos, y sociales, especializados en la salvaguarda de su integridad, como son las órdenes de protección, no solo para víctimas, sino para quienes forman parte de su entorno social inmediato.

Un hecho importante e interesante fue la identificación de las mujeres indígenas víctimas de violencia familiar, que de acuerdo con sus costumbres y tradiciones resulta inaccesible e complejo buscar opciones

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de acercamiento y exploración para identificar la situación de riesgo en que se encuentran, así como el ofrecimiento de alternativas como las órdenes de protección y salvaguardar su integridad. Situación que fue abordada resaltando las acciones y mecanismos interinstitucionales, como medidas iniciales para apoyar a este grupo social.

La mirada jurídica de los participantes apunto la diversidad de autoridades que pueden otorgar las orden de protección y la forma de materializaras por parte del sindico municipal, en ausencia del mi misterio publico o de un juez. Presentando la tendencia de que en caso de tramitarlas la Procuraduría General de Justicia de Mechoacán, seria más fácil y con menores problemas técnico jurídicos que solo sea esta autoridad quien opere como intermediaria ante el juez de la causa, preferentemente en materia penal el que la otorgue.

Resultados: En la sesión se logró cubrir con los temas de contenido del taller. Sin embargo persistió a lo largo de la actividad una resistencia significativa a aceptar la información, a reflexionar de forma crítica sobre los aspectos significativos e inconvenientes derivados de los ejercicios de role playing realizados y directamente relacionados con los lineamientos de actuación en la realización de sus funciones de manera profesional cuando se interviene antes y posteriormente en las órdenes de protección, afectando en el replanteamiento de las actuaciones profesionales hacia las mujeres víctimas de violencia principalmente familiar. Situación que influye de forma negativa sobre la seguridad y protección de las mujeres víctimas de violencia, principalmente familiar. Incluso se dieron argumentos jurídicos que podrían generar dilación, como el hecho cierto, de que si solo son por 72 horas, la tramitación es mayor a la efectividad en el tiempo.

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TALLER REGIONAL DE PERSPECTIVA, VIOLENCIA DE GÉNERO Y

OTORGAMIENTO DE ORDENES DE PROTECCION (10 hrs)

Zitácuaro, Michoacán. 22 de noviembre de 2011. En el taller participaron 50 personas entre funcionarias, y funcionarios, así como servidores públicos de las diferentes Procuradurías de Justicia, de Seguridad Pública y de la Policía Municipal. Se inicia la actividad con el desarrollo de los conceptos principales respecto a la Teoría de género, a fin de reforzar y propiciar entre los participantes conocimientos teóricos y prácticos que faciliten el reconocimiento de la falta de igualdad entre hombres y mujeres dentro de distintos ámbitos sociales, como es el caso del acceso a la justicia, la seguridad y la protección, destacando la necesidad de desarrollar el conjunto de medidas y acciones institucionales dirigidas a promover la igualdad de trato entre hombres y mujeres, como lo es en el caso de acceso a la justicia. Así mismo, se hizo énfasis sobre los principales instrumentos internacionales enfocados a la atención y eliminación de la violencia y discriminación contra la mujer (CEDAW y BELÉM DO PARÁ). Ello como preparación y medio para el reconocimiento de los participantes de su función ante a las diferentes disposiciones oficiales, en torno a la importancia de que las mujeres cuenten con mecanismos legales y policiales, entre otros, que les provean de seguridad y protección a su integridad ante actos de violencia de género. Al respecto, entre las reflexiones generadas ente los integrantes del grupo se hizo referencia al reconocimiento de la violencia de género en diferentes ámbitos como institucional, comunitario, familiar; y de forma conjunta entre los participantes y las facilitadoras se destacó la ausencia de justicia para las mujeres víctimas de la violencia, particularizando algunos de los participantes sobre la violencia sexual, así como la falta de protección a sus derechos más elementales como la vida, la libertad y la seguridad. Posteriormente, mediante la formación de pequeños grupos de trabajo, se designo una modalidad de violencia (institucional, laboral, comunitaria y familiar) a cada grupo, a efecto de definir la modalidad asignada, y los tipos de violencia que comprenden, y resaltar el riesgo de las mujeres que dicha violencia representa. Los grupos plantearon sus definiciones, en gran medida apegadas a las señaladas por la ley de acceso de Michoacán, sin embargo, el nivel de participación dentro de los grupos fue marcadamente ejecutada por personal legal o de justicia; en todos los grupos se validó los prejuicios sociales como factor de riesgo potencial para que las mujeres vivan violencia; así mismo, mediante planteamientos específicos la mayoría de los participantes

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concordaron como otro elemento la falta de mecanismos y el seguimiento de los existentes para sancionar y perseguir los delitos cometidos a partir de la condición de género en el caso de las mujeres víctimas. Así mismo, diferentes participantes evidenciaron la existencia de actos por parte de servidores públicos encargados de la atención a mujeres víctimas de violencia que vulneran sus derechos respecto al acceso a las justicia, a una adecuada atención en cuanto a su calidad de víctimas, destacando al respecto que en ocasiones se favorece al agresor a través del asesoramiento jurídico. Así como también, señalaron dificultades en cuanto a la infraestructura y organización de las dependencias que impiden una pronta canalización, para la atención, refugio o acceso a mecanismos jurídicos tendientes a asegurar su protección. En cuanto a los aspectos de infraestructura y organización institucional, situaciones que indiscutiblemente existen, se expresó, que éstos al igual que en otros momentos, sin duda implicarán la realización de acciones y estrategias futuras para cumplir con las responsabilidades respectivas, quedando de forma imperativa y obligada en el momento presente desarrollar mejores actuaciones por parte de los distintos servidores públicos. Y por los hechos correspondientes al comportamiento y practicas inadecuadas de los servidores públicos, se destacó la importancia del Manual de Otorgamiento y Tramitación de Órdenes de Protección, como instrumento que además de pautar de forma general la valoración, en el marco de las funciones y atribuciones, de quienes son responsables y participan en el otorgamiento, tramitación, seguimiento y atención, establece además que la actuación ante situaciones de violencia el servidor público obrará con diligencia, pericia, y respeto hacia las mujeres, evitando cualquier acto discriminatorio u omisivo hacia su persona, situación o necesidades. Y que más adelante se desarrollaría. Posteriormente, se abordo la importancia de conocer las características psicosociales de las mujeres víctimas de violencia, así como los rasgos psicológicos comunes de los generadores de violencia, como elementos básicos a tener en cuenta al momentos de prestar a atención a las víctimas y anticipar situaciones de riesgo para las víctimas, que ameritan una mayor indagación de los hechos de violencia, una mejor comprensión ante la ambivalencia respecto a la denuncia o a la activación de actuaciones policiales como medidas primerias de de intervención. De acuerdo con las aportaciones individuales de cada participante, respecto a dichas características y rasgos, una gran mayoría de ellas se articularon, para describir el perfil de la mujer víctima de violencia, fundamentalmente familiar y del generador de violencia. Resaltando el miedo, la sumisión y el aislamiento social de la mujer víctima; así como, la inseguridad, la tendencia a disociar la conducta pública y la privada, la manipulación y la percepción de sentirse perjudicado en la caso del agresor.

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A partir de reconocimiento, se advirtió y asumió por la mayoría de los participantes la importancia de evitar minimizar o naturalizar el comportamiento y actitudes de las mujeres, así como, hecho que fue reforzado ante el abordaje y explicación del ciclo de la violencia, el síndrome de la mujer maltratada y el estado de indefensión aprendida, como cuestiones que potencializan el riesgo para la integridad física y emocional y para la vida de muchas mujeres que se encuentran inmersas en una dinámica de violencia. De acuerdo con las opiniones de algunos participantes, por ejemplo del ámbito policial, se mencionó sobre la relevancia de proporcionar una atención especial a las víctimas, de acuerdo con los aspectos antes tratados, a fin de conseguir realmente propiciar condiciones de seguridad y protección a las víctimas y activar los mecanismos legales para tal fin. Por otra parte, de forma prácticamente aislada, se manifestó sobre la conducta voluntaria y convenientemente pasiva que muchas mujeres adoptan y con ello generan riesgo para su persona, hecho que se retomo a partir de la información anterior, suscitando comentarios entre ciertas participantes de sexo femenino en cuanto a los efectos personales que la violencia en el ámbito familiar generaron en un momento específico de su vida. Hecho que favoreció la comprensión de los alcances que la violencia genera en las mujeres, y sobre el valor de conocer y reconocer las características y rasgos de cada uno de los involucrados en casos de violencia, fundamentalmente, familiar. Subsiguientemente, y a partir de la información expuesta al grupo, y generada por el grupo se favoreció el abordaje de la Seguridad y prevención de la violencia de género; Atención de mujeres que viven violencia de género Evaluación del riesgo de las mujeres en los casos de violencia familiar A partir de exponer generalidades en torno al cambio de la percepción de la víctima como una persona a la que hay que proteger en todo momento y desde todos los ámbitos posibles. Se acentuaron como principios básicos en materia de seguridad y prevención de la violencia de género que las necesidades de seguridad de hombres y mujeres son diferentes. Que la seguridad pública debe ser prestada desde la perspectiva de género; que se deben conocer las características de la victimización por motivos de la violencia de género, en especial de la violencia doméstica. Al respecto, y ante la pregunta a los participantes cual es la relación de estos aspectos con el riesgo a la seguridad de las víctimas, algunos participantes manifestaron que efectivamente las mujeres dada su condición de género viven y se encuentran expuestas a diferentes riesgos a diferencia de los varones, y que dentro del ámbito familiar mantienen la misma situación, por lo que efectivamente se deben revisar las practicas que cada servidor público tiene para con este tipo de víctimas. Entre otras participaciones, se mencionó que si bien es cierto en cada actuación por distinto servicio, policial, ministerial o social, existen condiciones

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y tiempos diferentes, el objetivo es el mismo atender y apoyar a la víctima desde la competencia de cada ámbito, siendo necesario tener presente la situación de las víctimas y lograr la mayor información posible de ella y su situación para poder ayudarla y evitar futuras situaciones graves para la víctima. . Así mismo se explicaron lineamientos principales en cuanto a la atención de las mujeres que viven violencia, como privacidad, objetividad, receptibilidad, credibilidad e información sobre sus derechos, acceso a prestaciones, servicios, ilustrando de forma breve y sencilla cada uno de ellos. Subrayando, el valor y trascendencia de la objetividad, e información de derechos, como elementos facilitadores hacia el proceso y trámite de las órdenes de protección. Además de abordar las principales contraindicaciones al momento de intervenir o atender casos de violencia familiar, como aspectos quebrantadores del interés superior de la víctima, que es su seguridad e integridad física y psicoemocional, y del acceso a la justicia a las mujeres que es su derecho y obligación del Estado garantizarlo, a través de sus operadores jurídicos. En términos generales, los participantes se mostraron de acuerdo con los elementos señalados en relación a la seguridad y prevención de la violencia de género y la atención de mujeres que viven violencia de género, reforzando su postura mediante preguntas específicas que facilitaron la autoreflexión personal en cuanto a su actuación profesional en la atención a este tipos de víctimas ( ¿Cuándo y cómo fue la última vez que le negaste la atención a una víctima de violencias familiar?), al respecto los participantes reflexionaron y asintieron personalmente en cuanto a este tipo de proceder. Posteriormente se abordó la Evaluación del riesgo en las mujeres en los casos de violencia familiar, como elemento clave para la información y tramitación de las órdenes de protección; a partir de la participación libre los asistentes manifestaron entre los principales factores de riesgos el uso de armas, la dependencia a alguna droga o sustancia adictiva, y las amenazas de muerte de parte del generador de violencia. Los indicadores fueron ampliados mediante exposición general (como haber sido estrangulada, los celos, el sometimiento a tener relaciones sexuales, incremento de la gravedad de las agresiones físicas, entre otros) señalando a los participantes tres básicos que pueden contener otros más, incluso los señalados la conducta de persecución, golpes o lesiones en la espalda y amenazas del agresor de quitarse la vida o quitar a la víctima a los hijos. Al respecto se recordó a los asistentes sobre el registro de varias de tales agresiones en la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDHIRE) de 2006, en el caso concreto del estado de Michoacán. Al preguntar a los participantes sobre su opinión al respecto, algunos mencionaron reconocer la trascendencia de la violencia familiar y el riesgo para las víctimas.

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Una vez que abordados los elementos psicológicos, victimológicos y de actuación en la atención a las víctimas, se dio paso a desarrollar los lineamientos generales del Manual de Aplicación de las Órdenes de Protección, desarrollado para la entidad de Michoacán de Ocampo. Cabe señalar que gran parte de dichos lineamientos derivan de los elementos desarrollados a lo lago de la sesión, puntualizando sobre los lineamientos legales. Mediante revisión de dicho Manual. Se manifestaron intervenciones interesante en materia legal, no todas vinculadas con las ordenes de protección, como la posibilidad de regular el tema de la legítima defensa, o la forma más adecuada de ir integrando el delito de violencia familia, así como los reclamos de la policía a la institución ministerial por dilación en la recepción de casos donde existe violencia de género En cuanto a la comprensión legal de las órdenes de protección, se discutió el contenido de las leyes de Michoacán de acceso y de su reglamento en cuanto a las obligaciones que corresponden a las instancias. Por supuesto se abordo la posibilidad de la tramitación de un juicio de garantías por parte de los agresores, y el grupo resolvió que no tendría los efectos de limitar la expedición de las ordenes tanto por el marco jurídico internacional, que se abordo como por el hecho de tratarse de un hecho consumado, contra los cuales no procede el amparo y protección de la justicia federal, dado que las ordenes de protección tienen una vigencia propia de 72 horas. El grupo asimilo muy bien la ruta legal, y se analizo las vertientes jurídicos de la tramitación , con éxito, y la adopción de este grupo, que incluso solicito mayor capacitación con visión multidisciplinaria para resolver temas de violencia de género. Se resalta en materia de derechos de las mujeres y órdenes de protección, que las mujeres la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales, traduciéndose en uno de los grandes obstáculos para que las mujeres puedan ejercer su derecho a un medio ambiente adecuado. Entendiendo este medio ambiente como el espacio vital de desarrollo que debemos tener los seres humanos, y en especial las mujeres, por ello se reconoce el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, como sujetos de derechos, de ahí la necesidad y a la exigencia de sentar bases y condiciones jurídicas para dar seguridad y certeza jurídica a todas las mujeres. Bajo esta noción, y ante el planteamiento de que la violencia que sucede dentro del plano familiar suele ser latamente frecuente, y que representa graves riesgos para las mujeres y sus hijos; las órdenes de protección han venido a configurar un instrumento para la seguridad de las víctimas, de protección emergente y preventiva.

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Incorporan medidas restrictivas de la libertad de movimientos del agresor para

impedir su nueva aproximación a la víctima, y aquellas dirigidas a proporcionar

seguridad, estabilidad y protección jurídica a la persona agredida y a su familia.

De conformidad con la ley de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia de Michoacán, las órdenes de protección, son actos de protección y de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, fundamentalmente de emergencia, preventivas y de naturaleza civil. Éstas deberán otorgarse por la autoridad competente, inmediatamente que conozcan los hechos probablemente constitutivos de infracciones o delitos que impliquen violencia de género contra las mujeres. Se plantea el manual como una guía para facilitar la tramitación y otorgamiento de las órdenes de protección a efecto de proteger y salvaguardar la seguridad e integridad de aquellas mujeres que viven algún tipo de violencia de género fundamentalmente violencia familiar. Aspectos relevantes observados:

Existe un buen grado de participación y de apertura a la información por parte de los asistentes, favoreciendo la expresión libre vertiéndose desde comentarios y reflexiones de índole personal y profesional en torno a diferentes aspectos sociales, psicológicos e institucionales relativos a la violencia de género, las mujeres víctimas y las actuaciones y procesos de atención.

Toda que el grupo estuvo integrado por personal de diferentes instancias, ello propició de forma ordenada y respetuosa la manifestación de opiniones y experiencias laborales a nivel intersectorial que afectan el proceso de atención a las víctimas, identificando entre participantes del sector policial interés ante el procedimiento de la tramitación de las órdenes de protección, como un mecanismo que llevado debidamente puede favorecer realmente la seguridad y protección de las mujeres víctimas.

Los participantes admitieron que la violencia de género se encuentra más extendida de lo que su vida diaria y actividad profesional les permiten apreciar de forma más detenida, asumiendo que las mujeres verdaderamente se encuentra expuestas a diversos riesgos por lo que efectivamente requieren de medios, de diversa índole, que les provean medidas de seguridad y protección, antes y posterior a un evento de violencia.

Así mismo, por parte de algunos de los asistentes pertenecientes al sector de justicia, se manifestó la existencia de prácticas inadecuadas y perjudiciales para las mujeres que llegan a denunciar la violencia en su contra, afectando con ello sus derechos como víctimas, así como el

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proceso jurídico que se deriva. Ante esta marco, se reconocieron las diversas dificultades que llegan a afectar una atención ética, pronta y suficiente a las víctimas, retornando la importancia de asumir la actuación profesional personal como buen principio para el cambio e implantación de las medidas, como las órdenes de protección, que apoyen a la seguridad y protección de las víctimas. Así como, desde el ámbito de cada competencia que como servidor o funcionario público se tienen activar los mecanismos existentes o recurrir a las alternativas posibles para frenar las malas prácticas que afectan a las víctimas. Solo a bajo esta perspectiva será posible fortalecer los mecanismos para la protección enfocada a las víctimas.

La tramitación jurídica se considero viable, aunque el grupo comento la necesidad de tener un modelo de acuerdo razón ministerial para poder partir de ella en esta etapa de asimilar las nuevas disposiciones jurídicas, considerando que la fundamentación y motivación legal de las ordenes de protección es medular para el otorgamiento de las mismas, y la debida diligencia del personal ministerial e incluso de seguridad pública.

Resultados: Se logró cubrir con los temas de contenido del taller. Prevaleció una actitud de disposición y participación por parte de los asistentes, existiendo un adecuado nivel de retroalimentación entre ellos mismos y con las facilitadoras. Se reconoce la importancia del Manual de otorgamiento y tramitación de órdenes de protección, y de la actividad misma, como medios adecuados y necesarios para la mejora de las actuaciones de los operadores de la ley, y personal policial, ante situaciones de riesgo que las víctimas de violencia presentan subrayando la importancia de la guarda de su seguridad. Se aprecio un interés jurídico que fue creciendo, y la aceptación de las bondades precautorias y cautelares de las ordenes de protección, con comentarios legales informados y valiosos para la implantación de esta nueva practica legal.

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TALLER REGIONAL DE PERSPECTIVA, VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTORGAMIENTO DE ORDENES DE PROTECCION (10 hrs)

Morelia, Michoacán. 28 de noviembre de 2011.

En el taller participaron 50 personas entre funcionarias, y funcionarios, así como servidores públicos de las diferentes Procuradurías de Justicia, de Seguridad Pública y de la Policía Municipal. De acuerdo con la organización de los temas, se comienza la sesión con el desarrollo los conceptos principales respecto a la Teoría de género, a fin de reforzar y propiciar entre los participantes conocimientos teóricos y prácticos y reflexiones que faciliten el reconocimiento de la falta de igualdad entre hombres y mujeres dentro de distintos ámbitos sociales, como es el caso del acceso a la justicia, la seguridad y la protección; y resaltar la necesidad de implementar y/o adaptar medidas y acciones institucionales dirigidas a promover la igualdad de trato entre hombres y mujeres, fundamentalmente en materia de justicia, seguridad y protección hacia las mujeres. En este primer momento, surgieron opiniones y comentarios particulares, pero reiterativos, relacionados a tener que considerar no sólo la violencia que viven las mujeres, sino también la violencia que los varones. Sin negar que efectivamente los varones vivan diversas formas de violencia y victimización, éstas generalmente se relacionan con causas ajenas propiamente al género masculino. Se resalta que la violencia de género es un concepto desarrollado y particularmente reconocido y aplicado de la violencia que por parte de diferentes personas, ámbitos y circunstancias, y fomentada por diversos aspectos ideológicos, se ejerce fundamentalmente en contra de las mujeres debido precisamente a su condición de género. La violencia de género como una cuestión naturalizada y legitimada socialmente, dada la desvalorización de lo femenino como proceso histórico, social, cultural que justifica y promueve la violencia desde el plano público al privado, así como a nivel institucional en donde efectivamente se deben efectuar acciones para prevenir, atender, sancionar la violencia hacia la mujer, a fin de erradicarla, además de buscar mecanismo para su debida protección y seguridad. Planteamiento con el que estuvieron de acuerdo otros varios participantes. Y que se reforzó con la revisión de los principales instrumentos internacionales enfocados a la atención y eliminación de la violencia y discriminación contra la mujer (CEDAW y BELÉM DO PARÁ). Dando pie para el reconocimiento de la importancia de su función como profesionales en la adopción y cumplimiento a las diferentes disposiciones oficiales, dirigidas a la implementación de mecanismos legales y policiales que garanticen a las mujeres de mayor seguridad y protección a su integridad ante actos de violencia de género.

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Aspecto que fue debidamente identificado, por su utilidad y obligatoriedad por ciertos participantes, como algunos policías del ámbito municipal. Quienes indicaron que efectivamente las mujeres viven situaciones de violencia con mayor frecuencia y de diversos tipos a diferencia que los varones, y que ciertamente éstas deben contar con más posibilidades para evitar su victimización, siendo deber de todos los servidores públicos que intervienen en esos casos prestar una debida atención. Al respecto dichos comentarios fueron complementados, por esos mismos participantes con comentarios de una falta de criterios, procedimientos y aspectos correspondientes a la infraestructura de las instituciones y sus servicios, que afectan las actuaciones policiales iniciales al encontrar diversos obstáculos. Hecho que se retomo, aludiendo al trabajo y actitud responsable de cada servidor público, primero como elementos favorecedores en la atención a las víctimas, y segundo como principios básicos para el proceso de cambio, que sin duda tendrá que generarse, a partir de promover e impulsar el otorgamiento y alcances de las órdenes de protección como un derecho que tienen las mujeres. Posteriormente, a través de pequeños grupos de trabajo, se designó una modalidad de violencia (institucional, laboral, comunitaria y familiar) a cada grupo, a efecto de definir la modalidad asignada, y los tipos de violencia que comprenden, y resaltar el riesgo de las mujeres que dicha violencia representa. Los grupos definieron la modalidad de violencia asignada, refiriendo varios de los elementos de las definiciones contenidas en la ley de acceso de Michoacán, sin embargo, se corrigieron y precisaron algunos aspectos sobre sus manifestaciones. Destacando el grupo que describió la violencia institucional, la falta de medidas de seguridad adecuadas para las mujeres. Tras ejercicio vivencial, varios participantes identificaron la violencia familiar, como el ámbito que forma y dispone las futuras actuaciones de las personas en su vida futura como el ejercicio de violencia. Se hizo ver y reflexionar al grupo de la importancia del cambio de actitudes personales como un factor más que facilita o dificulta una debida atención y actuación para las mujeres víctimas de violencia generó, principalmente familiar. No basta contar con el conocimiento técnico o práctico, si no existe un verdadero reconocimiento de la importancia de la violencia de género, sus consecuencias y su influencia en lo personal y las prácticas o procedimientos que como profesionales realizan al momento de actuara con este grupo de víctimas. Algunos participantes comentaron brevemente reconocer la importancia de dicha relación. No se omite mencionar, que algunos otros participantes indicaron tener conocimiento sobre la seriedad e importancia de la violencia de género y de las actuaciones que ellos realizan como servidores públicos ante este tipo de casos, argumentando la responsabilidad de la violencia a la falta de acción y

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decisión de las propias mujeres, y del riesgo en que ellas mismas se exponen, así como, y que es a la población en general a quien se le debe de proporcionar la información para que cambien su conducta respecto a la violencia. A partir de ello, si bien se reconoció la importancia de la difusión de información a la población en materia de violencia para su identificación y búsqueda de alternativas para su atención; la atención corresponde a las instituciones a través de sus operadores, y en tanto los operadores deben contar con los mayores elementos para facilitar, en este caso, un verdadero acceso a la justicia, mediante acciones objetivas y oportunas para la garantizar la seguridad y protección de las mujeres víctimas. Así mismo se advirtió sobre los efectos que la violencia genera en las víctimas motivo por el cual éstas rechazan o suspenden cualquier tipo de ayuda, lo que las hace permanecer en situación de riesgo de nuevos y más graves episodios de violencia. Dando paso al desarrollo de las características psicosociales de las víctimas de violencia, y los rasgos psicológicos de los generadores, no se omite mencionar que antes del desarrollo de este rubro algunos participantes señalaron que también las mujeres son generadoras de violencia en contra de su compañeros, situación que se abordó posteriormente. Mediante la formación de pequeños grupos de trabajo, se designó a dos grupos la identificación de las características de las mujeres víctimas de violencia, a otros dos los rasgos de los generadores de violencia, y a otro equipo las características de las mujeres generadoras de violencia. Las características y rasgos fueron complementados, conjuntamente por las entre los participantes y a partir de mediante algunos comentarios de ciertos participantes. De los aspectos que sobresalieron en el caso de las mujeres víctimas fueron, entre otros, la sumisión, el miedo, la indecisión y la apatía. En el caso de los generadores de violencia se destaca, entre otros aspectos, la persistencia a que la mujer siga sus instrucciones o imposiciones, y la impulsividad; respecto a las mujeres que generan violencia se resalto un número limitado de características. Clarificando que si bien la mujer puede ejercer violencia en contra de su compañero, este comportamiento reactivo como una consecuencia de la violencia que han vivido, como una forma de defensa a la violencia, lo que lo refuerza un listado reducido en cuento a las supuestas características de este grupo de mujeres. Se destaca el miedo al abandono por parte de los generadores de violencia motivo por el cual llegan a realizar actos de persecución ante el miedo a la separación y al miedo a la pérdida del vínculo con la pareja, situaciones que colocan en alto riesgo a las mujeres, incluso de perder la vida.

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Y las características de las mujeres, miedo, sumisión, ambivalencia, entre otras, como resultado del proceso del estado de indefensión aprendida, derivado del síndrome de la mujer maltratada y del ciclo de violencia, tópicos también breve pro sustancialmente abordados. Bajo este enfoque se mostró la profesionalidad con que los servidores públicos del ámbito ministerial, policial y social, deben actuar. Resaltando en todos momento actuar con credibilidad a la víctimas, respeto por su situación, y trato digno, sin preponderar sus papeles sociales como madre o esposa, así como informar de sus derechos y opciones de servicios para que la mujer pueda elegir o considerar con información objetiva algunas opciones. Destacando, la inviabilidad de actuar como intermediarios o consejeros, toda vez que dichos actos suelen perjudicar más a las mujeres que ayudarlas, subrayando la necesidad de que las mujeres lleguen a tomar decisiones informadas, en el momento respectivo, como lo son el acceso o solicitud de las órdenes de protección. Surgiendo, ciertos comentarios en cuanto a la dificultad del futuro otorgamiento de las ordenes, ya que dada la situación de violencia esta posibilidad puede rebasar las posibilidades, en este caso, de la policía, así como, surgió la duda entre personal policial y ministerial hasta cuentas ordenes de protección se pueden otorgar para una misma persona, advirtiendo todas las veces en la víctima lo considera necesario o se perciba en peligro. Toda vez que es un derecho y que precisamente las órdenes de protección tienen como objetivo velar por el interés superior de la víctima(s), preservar su integridad física y psicoemocional y su seguridad. . De ahí la importancia de proceder a la evaluación del riesgo, como el principio para valorar la situación de las mujeres a través de conocer las características del generador de violencia, los tipos de violencia que comete en contra de la víctima y las circunstancias en que sucede, no para investigar la veracidad de los hechos, sino para informar sobre su derecho a solicitar las órdenes de protección y activar el procedimiento para su otorgamiento, atención y seguimiento por parte de las instancias judiciales, policiales y administrativas. De este modo, los participantes relacionaron los aspectos psicológicos, victimológicos intervinientes ante la importancia de informar a las víctimas sobre su derecho a solicitar las órdenes de protección, y de realizar las acciones de acuerdo a la competencia de cada instancia, policial, ministerial, y administrativa durante su transcurso. Dando paso a desarrollar los lineamientos generales del Manual de Aplicación de las Órdenes de Protección, desarrollado para la entidad de Michoacán de Ocampo. Cabe señalar que gran parte de dichos lineamientos derivan de los elementos desarrollados a lo lago de la sesión, puntualizando sobre los lineamientos legales, mediante revisión de dicho Manual. El grupo desconocía el marco jurídico en la materia de le sorprendió la regulación de las ordenes de protección en Michoacán, y la existencia de un

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manual, con atribuciones para la procuración de justicia y la seguridad pública y por ende fue novedoso las consideraciones para otorgar dichas ordenes, así como la idea de que las mismas podrían ser otorgadas indistintamente por el juez, y por el ministerio publico considerando la urgencia en su emisión y para efectos de protección. Las órdenes de protección a las que las mujeres tienen derecho de solicitar, de acuerdo con la ley de acceso del Estado son: de emergencia, preventivas, de naturaleza civil. Se refieren las órdenes de protección de emergencia (Artículo 40, LAMVLVM):

La desocupación por el agresor, del domicilio conyugal o donde habite la

víctima, independientemente si es propio, o se renta o sólo se tiene la

posesión.

La prohibición al probable responsable de acercarse al domicilio, lugar

de trabajo, de estudios, del domicilio de las y los ascendientes y

descendientes o cualquier otro que frecuente la víctima;

El reingreso de la víctima al domicilio, una vez que se salvaguarde su

seguridad;

La prohibición de intimidar o molestar a la víctima en su entorno social,

así como a cualquier integrante de su familia.

En cuanto a las órdenes de protección preventivas, se refirieron:

Retención y guarda de armas de fuego propiedad del agresor o de

alguna institución privada de seguridad, sin importar si las mismas se

encuentran registradas. Los que se aplica a las armas punzocortantes y

punzocontundentes empleadas para amenazar o lesionar a la víctima;

Inventario de los bienes muebles e inmuebles de propiedad común,

incluyendo los implementos de trabajo de la víctima;

Uso y goce de bienes muebles que se encuentren en el inmueble que

sirva de domicilio de la víctima;

Acceso al domicilio en común, de autoridades policíacas o de personas

que auxilien a la víctima a tomar sus pertenencias personales y las de

sus hijas e hijos;

Entrega inmediata de objetos de uso personal y documentos de

identidad de la víctima y de sus hijas e hijos;

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Auxilio policíaco de reacción inmediata a favor de la víctima, con

autorización expresa de ingreso al domicilio donde se localice o se

encuentre la víctima en el momento de solicitar el auxilio; y,

Brindar servicios reeducativos integrales especializados y gratuitos, con

perspectiva de género al agresor en instituciones públicas debidamente

acreditadas.

Destacando las características, duración, y autoridad interviniente en los casos de las órdenes de protección referentes a la Separación del domicilio; Pensión alimenticia; Embargo precautorio. Asimismo, se describió el proceso de su otorgamiento y alcances de las órdenes de protección por autoridad, acción, requisitos y seguimiento:

Autoridad Acción esperada requisitos seguimiento

Agente del ministerio Publico más cercano.

Recepción de solicitud y otorgamiento de la orden

dentro de las 24 horas siguientes

Acreditar el riesgo existente, con el dicho de la víctima, con

entrevista de sondeo de riesgo. Informar al banco de datos del

Estado.

Después de las 72 horas si se requiere solicitar nueva

orden y no subsiste la emergencia ante el juez que

corresponda.

Sindico municipal Recepción de solicitud y otorgamiento de la orden

dentro de las 24 horas siguientes

Acreditar el riesgo existente, con el dicho de la víctima, con

entrevista de sondeo de riesgo. Informar al banco de datos del

Estado.

Después de las 72 horas si se requiere solicitar nueva

orden y no subsiste la emergencia ante el juez que

corresponda

juez familiar o penal Recepción de solicitud y otorgamiento de la orden

dentro de las 24 horas siguientes

Acreditar el riesgo existente, con el dicho de la víctima, con

entrevista de sondeo de riesgo. Informar al banco de datos del

Estado

Solicitar informe de la continuidad de riesgo a la secretaría de seguridad

pública, y cuando proceda que materialice la orden

emitida.

Policía preventivo estatal o municipal

Canalizar a la víctima a las autoridades ministeriales,

municipales o jurisdiccionales evaluando cercanía y horario,

para la expedición de la orden

Efectuar parte de novedades en caso de constarle los hechos

violentos o bien de la presentación ante la autoridad

del agresor. Elaborar reporte a la Secretaria de la Mujer del Estado, sobre la

solicitud de la víctima para la asesoría a que haya lugar.

Efectuar monitoreó de la zona violenta y establecer estrategias de proximidad

policial.

Informar a la secretaria de la mujer.

Sistema integral de la familia

Tramitar ante el juez ante autoridad administrativa la

orden

Informar al banco de datos del Estado, así como a la Secretaria de la mujer.

En especial si se encuentran menores involucrados.

Entre las cuestiones principales que surgieron al respecto se mencionan:

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El hecho bondadosos de que las ordenes de protección no causan estado, dado que su naturaleza jurídica es de media cautelar, esto fue significativo para el grupo, las participaciones de las agentes del ministerio publico coadyuvaron a ir asumiendo este procedimiento como parte de las atribuciones del ministerio publico, ya no como investigador de los delitos, o persecutor de los mismos, sino como parte de su naturaleza de representación social. Aspectos relevantes observados:

Se privilegia la denuncia como medio inmediato para responder a la violencia generada contra la mujer, sin embargo la falta de la debida información respecto a su proceso, y de ofrecer opciones alternas que fortalezca o empoderen a las mujeres en sus decisiones, facilitan el desistimiento de acciones legales futuras, y la expososión al riesgo.

Se identifica entre algunos participantes el manejo de ideas preconcebidas respecto a las actitudes y comportamientos de las mujeres víctimas de violencia familiar, que explican o justifican las trasgresiones, deslindando al agresor de su verdadera responsabilidad.

Destaca la disposición y apertura de elementos policiacos, una pequeña minoría, de nivel municipal, de reconocer personalmente primero la influencia de la violencia familiar como antecedente personal como factor que puede afectar sus actuaciones con las víctimas; y segundo como servidores públicos con la responsabilidad que tienen en cuanto a apoyar a las víctimas, mediante actuaciones adecuadas, sin embargo, insisten que los obstáculos como actitudes de otros servidores públicos, horarios y amplitud de los servicios, y número de plantilla afectan el objetivo y la ayuda a las víctimas.

Se identifica en otros participantes, tendencia relativizar la información y proporcionada y su objetivo, dichas actitudes suelen afectar el proceso de atención a las víctimas para su acceso a la justicia y a los mecanismo jurídicos, como las órdenes de protección, preservando el estado de riesgo.

El nivel de participación fue menguado en este grupo, y se evidencia que entre aquellos integrantes que más participaron y manifestaron mayor apertura fueron varones, por lo que quizás resulte necesario generar mediante procesos específicos de capacitación una mayor conciencia de género entre las mujeres.

El personal reconoce aspectos administrativos e institucionales que afectan el apoyo y protección efectiva a las víctimas, esta situación sumada a actitudes y creencias de índole individual complejiza el proceso fluido y continuo de la adopción de medidas y disposiciones oficiales a favor de las mujeres víctimas de violencia familiar.

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Resultados: En la sesión se logró cubrir con los temas de contenido del taller. Prevaleció un nivel de participación reducida en los participantes del grupo, aunque destacan entre ellos ciertos elementos policiales con mayor disposición a la información y participación, rescatando las participaciones más significativas que sirvieran de retroalimentación al resto de grupo. Asumiendo los procedimientos legales después del proceso de sensibilización con mayor aceptación, y encontrando por supuesto la racionalidad jurídica debida.

TALLER REGIONAL DE PERSPECTIVA, VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTORGAMIENTO DE ORDENES DE PROTECCION (10 hrs)

Morelia, Michoacán. 29 de noviembre de 2011.

En el taller participaron 50 personas entre funcionarias, y funcionarios, así como servidores públicos de las diferentes Procuradurías de Justicia, de Seguridad Pública y de la Policía Municipal. La actividad inicia con el desarrollo de los conceptos principales pertenecientes a la Teoría de género, a fin de fortalecer y propiciar entre los participantes conocimientos teóricos y prácticos que faciliten el reconocimiento de la falta de igualdad entre hombres y mujeres dentro de distintos ámbitos sociales, como sucede en entono al acceso a la justicia, la seguridad y la protección, resaltando la necesidad de desarrollar el conjunto de medidas y acciones institucionales dirigidas a promover la igualdad de trato entre hombres y mujeres, como lo es en el caso de acceso a la justicia. Así, mediante exposición y ejercicio, de análisis de nota periodística y participación abierta los participantes identificaron, comentaron y reflexionaron sobre la violencia de género, la perspectiva de género, la transversalización de género, la igualdad y medidas de aceleramiento, entre otros. Y revisión de los instrumentos internacionales enfocados a la atención y eliminación de la violencia y discriminación contra la mujer (CEDAW y BELÉM DO PARÁ). Se apreció, con un alto nivel de participación de los integrantes por un lado conocimiento y dominio entre algunos de los participantes de los temas tratados, así mismo, se virtieron comentarios respecto a la seriedad de la violencia de género, las dificultades que en una gran mayoría de ocasiones las mujeres tienen que enfrentar cuando intentan acceder a la justicia, al alto grado de desprotección institucional que tienen, así como la relevancia de reconocer y corregir los vacios y causas que ocasionan esta situación para las mujeres. Al preguntar a los participantes sobre la relación de estos temas y sus aspectos con las órdenes de protección para las mujeres, fácilmente lograron identificar que las mujeres requieren de medidas y mecanismos que les garanticen seguridad y protección, así mismo, se comento sobre la expedición

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de una orden de protección en un caso de violencia familiar, manifestando que aún existe reticencia e influencia de la diversidad de criterios respecto a su otorgamiento lo que ha ido tornando paulatina su promoción. Se revisan las modalidades y tipos de violencia de género, estableciendo como en las anteriores sesiones la formación de pequeños grupos de trabajo para que cada uno definiera la modalidad asignada, y los tipos de violencia que comprenden, así como, resaltar el riesgo de las mujeres que dicha violencia representa. Los grupos expresaron sus definiciones, muy apegadas a las señaladas por la ley de acceso de Michoacán, sin embargo, el nivel de participación dentro de los grupos fue marcadamente ejecutada por personal legal o de justicia; así mismo, de acuerdo con las participaciones se retroalimentó sobre la persistencia en el ámbito privado como público, incluyendo las propias actuaciones como servidores públicos, de la tendencia fomentar las relciones desiguales, la desvalorización del género femenino, incluso de las víctimas, y la naturalización de lo anterior y de la violencia. Al tiempo, que surgieron comentarios en cuanto a la responsabilidad de las mujeres víctimas de su situación de violencia y de los riesgos que viven, toda vez que con gran frecuencia éstas otorgan el perdón al agresor ya iniciada la averiguación previa, o bien impiden la intervención policial en su apoyo. Argumentando, imposibilidad de apoyo ante este la situación futura inmediata de este tipo de casos. Señalando además la regularidad con que éstas mujeres solicitan de los servicios ministeriales o policiales, sin concretar los procedimientos que distraen e implican esfuerzos vanos. Al respecto, mediante preguntas específicas respecto a que otras alternativas tienen las mujeres para ir resolviendo su situación de violencia, se identifica la información y canalización de servicios psicológicos y sociales, como refugios, haciendo énfasis en estos como medidas que pueden fortalecer las decisiones de las mujeres, haciendo hincapié sobre su información y canalización. Hecho que fue aceptado por varios de los participantes. Se realza la existencia e influencia de las características psicosociales de las mujeres víctimas de violencia, así como los rasgos psicológicos comunes de los generadores de violencia, como herramientas básicas para la comprensión y manejo adecuado de ambas personas al momento de atender casos particularmente de violencia familiar. Mediante lluvia de ideas, y gran acierto algunos de los participantes a través de sus aportaciones destacan en el caso de las mujeres entre otras varias, justificación, temor, indecisión, tendencia a mentir u ocultar a otros sobre su situación, impotencia, culpa y desesperanza; llama la atención que otros participantes, reaccionaron con asombro al listado de dichas características. Y en el caso de los generadores de violencia destacó la disociación de su conducta pública y la privada, celos, arbitrariedad, o posesividad. Se aborda el desarrollo de estas características, y el reforzamiento de dichos rasgos, por medio de la teoría del ciclo de la violencia, que a posteriori si no se

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recibe ayudad y la violencia se prolonga se presenta el síndrome de la mujer maltratada y el estado de indefensión aprendida, lo que se reduce a la falta o ausencia por parte de las mujeres a tomar decisiones, ante la idea de que su situación no cambiará, quedando varada en un constante estado de riesgo. Se efectúa ejercicio por parejas, afecto de ejemplificar los efectos de las imposiciones, de la fuerza y psicológica sobre las personas, en este caso de las víctimas, lo que facilitó la comprensión de los efectos negativos de la violencia en la autonomía, confianza y libertad de las mujeres. Motivo por el cual una actuación profesional ya sea policial o ministerial, o de otro tipo, resulta clave para generar confianza en las mujeres víctimas, y la posibilidad de ingresar a los servicios sociales o judiciales, para fortalecer una decisión como la de solicitar una orden de protección con todo lo que ella individual, familiar, social, económica etc., implica. Se aborda la identificación del riesgo, como una acción obligada para apoyar a las víctimas que viven violencia familiar, al mencionar los principales factores de riesgo, los participantes señalan el poseer armas, el desempleo que causa que el agresor se en cuente más tiempo en casa, el consumo de sustancias, y las amenazas de muerte. Completando la información, y resaltando los intentos de ahorcamiento o asfixia, los celos, y las amenazas de quitarse el agresor la vida. Situaciones que en su conjunto o de forma aislada pueden concluir con graves consecuencias para la víctima, como la pérdida de la vida. Motivo por el cual las mujeres requieren de los apoyos debidos y medidas de seguridad constantes, por parte de la policía solicitadas por la autoridad ministerial o sindico, y notificar a las autoridades como a la Secretaria de la Mujer para los registros y seguimientos correspondientes. Insistiendo que para ello se deben conocer mediante entrevista las circunstancias de la violencia, y al tener presente las características de las víctimas y los rasgos de los agresores a nivel policial y ministerial se cuentan con mejores y mayores elementos para proporcionar seguridad y protección a las víctimas. Subrayando, el valor y trascendencia de la objetividad, e información de derechos, como elementos facilitadores hacia el proceso y trámite de las órdenes de protección. Además de plantear en conjunto con los participantes las principales contraindicaciones al momento de intervenir o atender casos de violencia familiar, como aspectos que transgreden el interés superior de la víctima, que es su seguridad e integridad física y psicoemocional, y del acceso a la justicia a las mujeres que es su derecho y obligación del Estado garantizarlo, a través de sus operadores jurídicos. Los participantes se manifestaron de acuerdo con los planteamientos señalados en relación a la seguridad y prevención de la violencia de género y la atención de mujeres que viven violencia de género.

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Dando paso a desarrollar los lineamientos generales del Manual de Aplicación de las Órdenes de Protección, desarrollado para la entidad de Michoacán de Ocampo. Cabe señalar que gran parte de dichos lineamientos derivan de los elementos desarrollados a lo lago de la sesión, puntualizando sobre los lineamientos legales, mediante revisión de dicho Manual. El grupo presento un buen manejo jurídico del sistema penal, y civil incluso del Estado, y nociones del nuevo marco legal de Michoacán en cuanto a la violencia de género, siendo de su interés lo referente a la igualdad compleja y su aplicación al sistema legal, ya que las ordenes de protección serán otorgadas para las mujeres. Se abordaron diversos escenarios jurídicos, en la aplicación de las ordenes de protección y el grupo tanto en la parte policial como ministerial fue articulado soluciones a la ruta critica para el otorgamiento, sobretodo en cuanto a la recepción y guardias de las agencias del ministerio público y la especialización que tiene el Estado en la materia. También género interés la violencia institucional y las características de la naturaleza jurídica de las órdenes de protección, quedando la idea de que su efectividad podría realmente ser protectora e inhibir la comisión de otros ilícitos de mayor gravedad y que pudiera poner en riesgo a las mujeres. Se manifestaron por buscar un tiempo mayor para las órdenes en cuanto a su duración, y una mayor coordinación entre el poder judicial y el área ministerial, en esta materia. Aspectos relevantes observados:

Se generó un buen nivel de participación y de apertura a la información por parte de los asistentes, favoreciendo la retroalimentación de forma continua entre los participantes y las facilitadoras.

Se identificaron elementos policiales y del ámbito de procuración de justicia con conocimientos significativos en materia de violencia de género y rasgos psicológicos de generador de violencia, cuyas participaciones apoyaron el proceso de aprendizaje y sensibilización.

El nivel de respecto a la tramitación de las órdenes de protección fue aceptable, como un mecanismo que llevado debidamente puede favorecer realmente la seguridad y protección de las mujeres víctimas y de las personas de su entorno inmediato como sus menores hijos.

Los participantes reconocieron que aún existen a nivel normativo aspectos que favorecen la violencia hacia las mujeres como el homicidio por honor, lo que hace necesaria acciones de análisis y armonización legislativa en materia de género, toda vez que observación resulta de gran trascendencia para la seguridad de las mujeres Michoacanas.

Se reconoce la importancia de proseguir con este tipo de capacitación para asegurar que las medidas o disposiciones a favor de las mujeres como las órdenes de protección se mantengan y se vayan solucionando situaciones para ir perfeccionando los mecanismos y procedimientos.

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Resultados: Se logró cubrir con los temas de contenido del taller. Prevaleció una actitud participativa, lo que favorece la retroalimentación. Se reconoce la seriedad que la violencia de género tiene en la entidad, y de la obligación de los servidores públicos y autoridades estatales de proteger a las mujeres víctimas; así mismo, el Manual de otorgamiento y tramitación de órdenes de protección, se reconoce como una herramienta para tal fin, pero también como una medida en proceso que requiere tiempo para su fortalecimiento, en cuanto a su otorgamiento, por en ende su atención y seguimiento. Se aprecio una dedicación del grupo y excelente disposición para particular esta función de la mejor manera a la práctica cotidiana del área ministerial e incluso ver la posibilidad de considerar estos otorgamientos como parte de la pre constitución de pruebas para efectos del sistema penal o para las controversias del orden familiar..

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TALLER REGIONAL DE PERSPECTIVA, VIOLENCIA DE GÉNERO Y OTORGAMIENTO DE ORDENES DE PROTECCION (10 hrs)

Zamora, Michoacán. 29 de noviembre de 2011.

El taller se realizo, en las instalaciones de la subprocuraduría regional de Zamora, de la procuraduría general de Justicia del Estado de Michoacán, el taller inicio Con un proceso de inauguración, a cargo de la Directora General de Averiguaciones previas de la subprocuraduría regional. En el taller participaron 50 personas entre funcionarias, y funcionarios, así como servidores públicos de las diferentes áreas de la Procuraduría General de Justicia, de Seguridad Pública y de la Policía Municipal. Desde el inicio el grupo mostro disposición a tomar el taller, no obstante que un porcentaje significativo de los participantes venia desde Morelia, y habían salido desde hacia varios horas, es de comentarse que el noventa por ciento de los participantes eran policías de las diferentes unidades, en particular del agrupamiento femenil, con la presencia de su comandante mujer, que lideraba a su grupo con un excelente respeto de las demás mujeres, y muy informada del tema de género, lo cual favoreció una mejor integración en los trabajos por equipo y reforzó con la contención de cualquier comentario que culpabilizara a las mujeres, por permitir la violencia, que los hace trabajar de mas para luego otorgar finalmente el perdón, siendo en estos casos ella aun mas responsables de la violencia, que el agresor, al lesionar a sus menores hijos, victimas reales de tal dinámica. El taller inicio con un encuadre del mismo sobre la estructuración y lógica del taller, previa la aplicación del cuestionario de exploración de conocimientos ue en un primer momento causo ansiedad y se tardo en resolver el grupo, a lo largo del taller el grupo no solo se integro, sino que tomo confianza para manifestar situaciones practicas de su quehacer, por supuesto las inquietudes se vertieran en relación a la actuación de la policía en el seguimiento y apoyo de las ordenes de protección, lo cual dio una riqueza interesante al ejercicio que plantea la acción pragmática en que se darán las ordenes de protección, Se hablo inicialmente de los instrumentos internacionales que vinculan a nuestro país con las acciones de protección y seguridad a favor de las mujeres, lo cual manifestaron les daba algunos elementos de justificación para las políticas de seguridad, pero pidieron avanzar más en los lineamientos prácticos sobretodo en la actuación policial y en la contención del estrés que genera para las mujeres y para los elementos de la policía el tratar con dinámicas de violencia de género. Causo mucho interés el tema de género y asignación de roles, que el grupo asumió muy bien, de manera participativa y con interés, solicitando se profundizará en temas de liderazgo y sus implicaciones para el trabajo cotidiano, se paso con posterioridad al los temas de derechos humanos con el apoyo de un video sobre el tribunal de Viena, que en la retroalimentación tuvo

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muchos comentarios de comparación con situaciones del propio estado y la justa dimensión de un conflicto global y no solo del Estado. Se plantearon dinámicas sobre las características de las víctimas y de los agresores, así como del ejercicio del poder y el uso de la fuerza, que fueron realizadas en excelente tiempo y con gran disposición del grupo, y con verbalizaciones muy adecuadas, que denotaban ir asumiendo ciertos aprendizajes significativos. Se planteo una dinámica de confianza, que les permitió reflexionar sobre la vinculación ciudadanos policías, sobre todo tratándose de mujeres que viven violencia. El manual fue bien recibido, lo leyeron y trabajaron en grupo, con muchas preguntas de la acción policial, sobretodo en la parte de la proximidad policial, y las preguntas legales se redujeron a la flagrancia. Aspectos relevantes observados:

se generaron sinergias en cuanto al trabajo, y se dieron elementos propositivos, con énfasis en el trabajo policial fundamentalmente, quedando de manifiesto la necesidad de dar a la policía mayores elementos para tratar este tema desde un protocolo de actuación, y manejo de las situaciones en crisis.

Se recibió el manual de ordene de protección como una herramienta que les da claridad y sobretodo certeza en su actividad policía, para no tener la sensación de estar al margen de la ley o extralimitando su actuación, en un claro abuso de autoridad.

Se vinculo muy bien el tema de derechos humanos y atención a las víctimas.

Se reconoció la necesidad de tener claridad respecto a los riesgos en que puede estar la mujer, y la obligación del Estado de protección y seguridad, donde el conocimiento del agresor se vio como algo fundamental.

Se dieron niveles significativos de participación, asumiendo que gran parte de la conflictiva de la violencia de género está vinculada con la estructura social, los roles asignados en la sociedad y la manera como la sociedad justifica la violencia.

Resultado. se cubrieron los temas planeados para el taller, logrando mediante las dinámicas la asimilación de elementos para el mejor funcionamiento de la policía en su participación en la viabilidad de las ordenes de protección, se aprecio interés en mejorar la actuación, y realmente operar coordinadamente con los ministerios públicos, donde siempre la constante es una absoluta independencia y falta de trabajo conjunto, de tal suerte que hay la apreciación de que se está en presencia de áreas totalmente divorciadas, y en una competencia que perjudica a la usuarias. Es de considerarse la preocupación

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de que este ejercicio debe socializarse, ya que el porcentaje de efectivos y ministerio público que están asumiendo el manual de las ordenes de protección es mínimo, en comparación con el universo de operación, lo cual puede generar que exista dificultad para la debida implantación de esta práctica a favor de las mujeres.

RESULTADOS PRE Y POST EVALUACIÓN

La presente evaluación tiene como fin conocer el nivel de conocimientos o nociones asimilados a partir de las actividades del “Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de órdenes de protección”. Constituido por cinco Talleres realizados en diferentes municipios del estado me Michoacán y al que asistió personal de las diferentes Procuradurías de Justicia, de Seguridad Pública y de la Policía Municipal, fundamentalmente. De los datos obtenidos, se tiene que fueron 241 personas que respondieron el Instrumento, cuestionario de opción múltiple relacionado con Conocimientos Generales sobre Violencia de Género, constituido por veinte preguntas, mismas que cuentan con un mismo valor global (valor=0.5 puntos) cada una, lo que permite una evaluación por número de respuestas correctas. Las preguntas fueron subcategorizadas en cuatro series: Perspectiva de Género; Modalidades y Tipos de Violencia, Política Pública y Desigualdad, y Conocimientos técnico-jurídicos sobre violencia de Género. A efecto de uniformizar los valores de las preguntas de cada serie, se asigno a cada pregunta un porcentaje de forma proporcional entre el total de las preguntas de cada serie, hasta alcanzar el 100% como porcentaje máximo.

Insuficiente Suficiente Conveniente Notable

De uno a once aciertos

De doce a catorce aciertos

De quince a diecisiete aciertos

De dieciocho a veinte aciertos

Como una muestra entre los resultados de la pre evaluación y la post evaluación, se aprecia un adecuado aprovechamiento de la actividad desarrollada en general, como se demuestra:

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El primer taller se realizó, en Uruapán cabe señalar que por diversas contingencias previas al inicio del Taller sólo fue posible aplicar el cuestionario al final del Taller. No obstante, se aprecia que exactamente un 42.8 % correspondió para una valoración de suficiente, y el mismo porcentaje correspondió para las valoraciones de conveniente y notable, así que la mayoría de los participantes mostraron contar niveles de conocimientos apropiados en materia Perspectiva de Género; Modalidades y Tipos de Violencia, política Pública y Desigualdad, y Conocimientos técnico-jurídicos sobre violencia de Género. Siendo uno de los dos grupos con menor índice de valoraciones insuficientes.

TALLER URUAPAN, MICHOACÁN. 15 de Noviembre

NOTABLE

CONVENIENTE

SUFICIENTE

INSUFICIENTE

4.2

27.9

44

23.7

3.3

21.4

42.2

32.8

PORCENTAJE DE RESULTADOS GENERALES DE LOS CINCO TALLERES REALIZADOS EN EL ESTADO DE MICHOACAN

PREEVALUACIÓN POST EVALUACION

NOTABLE

CONVENIENTE

SUFICIENTE

INSUFICIENTE

5.7

37.1

42.8

20

“Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de órdenes de protección”

PORCENTAJE DE RESULTADOS

EVALUACION

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TALLER ZITACUARO, MICHOACÁN. 22 de Noviembre

Entre las temáticas que incrementaron su valoración, correspondieron a la Perspectiva de Género, Modalidades y Tipos de Violencia, y Conocimientos técnico-jurídicos sobre violencia de Género, que en materia de órdenes de protección resultan básicos y convenientes.

TALLER MORELIA, MICHOACÁN. 28 de Noviembre

Dentro de las temáticas que sobresalen por incrementar su valoración pre y post entre los participantes se encontraron Política Pública y Desigualdad, y Conocimientos técnico-jurídicos sobre Violencia de Género. Así mismo, se aprecia un incremento en las valoraciones notables y una disminución importante en las valoraciones insuficientes, lo que indica un muy favorable

NOTABLE

CONVENIENTE

SUFICIENTE

INSUFICIENTE

2.7

19.4

52.7

25

0

19.3

29

51.6

“Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de órdenes de protección”

PORCENTAJE DE RESULTADOS

PREEVALUACIÓN POST EVALUACION

NOTABLE

CONVENIENTE

SUFICIENTE

INSUFICIENTE

7.1

32.1

35.7

25

0

20.6

34.4

44.8

“Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de órdenes de protección”

PORCENTAJE DE RESULTADOS

PREEVALUACIÓN POST EVALUACION

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grado de asimilación y comprensión de las temáticas.

TALLER MORELIA, MICHOACÁN. 29 de Noviembre

Por lo que respecta a este grupo, la temática con un mayor incremento satisfactorio fue Conocimientos técnico-jurídicos sobre violencia de Género. Así mismo se identifica una disminución de valoraciones insuficiente e incremento de las valoraciones convenientes, es decir el grado de asimilación y aprovechamiento de la información fue evidente, aunque se haya tratado principalmente en una temática.

TALLER ZAMORA, MICHOACÁN. 5 de Diciembre

Como se aprecia en la grafica el incremento de las nociones o conocimientos entre los participantes son evidentes, indicando un notorio aprovechamiento notorio donde las personas comienzan la sesión con un nivel dificultoso de conocimientos en las temáticas en general, para incrementarse al final de

NOTABLE

CONVENIENTE

SUFICIENTE

INSUFICIENTE

3.4

41.3

44.8

10.3

10.3

20.6

51.7

17

“Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de órdenes de protección”

PORCENTAJE DE RESULTADOS

PREEVALUACIÓN POST EVALUACION

NOTABLE

CONVENIENTE

SUFICIENTE

INSUFICIENTE

4

20

40

36

0

4

56

40

“Taller Regional de Perspectiva, Violencia de Género y Otorgamiento de órdenes de protección”

PORCENTAJE DE RESULTADOS

PREEVALUACIÓN POST EVALUACION

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Taller. De las temáticas que registraron un incremento significativos están Política Pública y Desigualdad, Modalidades y Tipos de Violencia, y Conocimientos técnico-jurídicos sobre violencia de Género. Como se refleja el grado de conocimientos se amplió conforme transcurrieron cada uno de los talleres, existieron aspectos temáticos que se mantuvieron sus valoraciones sin mayores cambios. Con lo cual, se considera que los Talleres cumplieron sus objetivos, facilitar que los participantes desarrollen las herramientas necesarias para reconocer la aplicación pragmática de la teoría y el enfoque de género, que debe estar presente en los diferentes tipos y modalidades en que se presenta la violencia de género.