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ESCUELA DE INGENIERIA MUNICIPAL. PROFESOR: LIC. SOLEDAD DIAZ. ALUMNO: GRACIANO JAIMES CARBAJAL. TEMA: * ORGANIZACION DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACAN. MATERIA: LEGISLACION MUNICIPAL.

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ESCUELA DE INGENIERIA MUNICIPAL.PROFESOR: LIC. SOLEDAD DIAZ.

ALUMNO: GRACIANO JAIMES CARBAJAL.

TEMA: * ORGANIZACION DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACAN.

MATERIA: LEGISLACION MUNICIPAL.

Introducción.

Michoacán de Ocampo es uno de los 31 estados que junto con el Distrito Federal conforman las 32 entidades federativas de México.Colinda con los estados de Colima y Jalisco al noroeste, al norte con Guanajuato y Querétaro, al este con México, al sureste con el estado de Guerrero y al suroeste con el Océano Pacífico. Michoacán tiene una superficie de 58.585 kilómetros cuadrados. La entidad está conformada por 113 municipios y su capital es la ciudad de Morelia, antiguamente llamada Valladolid, que lleva este nombre en honor a José María Morelos y Pavón, héroe de la independencia de México.

Historia de la Constitución Estatal.

La Constitución Política del Estado de Michoacán de Ocampo, fue expedida el 31 de enero de 1918. En el texto original, se establecía la milicia del Estado, imponiendo a los Ciudadanos el derecho y obligación de alistarse, se suspendían los derechos ciudadanos a los ministros de cultos religiosos. El período de los diputados era de dos años; debiendo iniciar sus sesiones el Congreso el día 16 de Septiembre, estableciéndose un solo período ordinario de sesiones. El período del Gobernador, era de cuatro años, iniciando su gestión el 16 de septiembre, estableciéndose como edad mínima para ser Gobernador los 35 años. El órgano máximo de justicia y su renovación total, era cada cuatro años. El período de los Ayuntamientos era de dos años, renovándose la mitad, cada año, el Presidente Municipal, era electo por los Consejales, de entre sus miembros, el territorio del municipio se dividía en cuanto al número de Consejales que conformaban el Ayuntamiento.

 

De los aspectos señalados anteriormente en el texto vigente se señala que: No se hace mención de una milicia a cargo del Estado, el período del H. Congreso es de tres años e inicia el 15 de septiembre y termina el 15 de marzo, y se prevé un segundo período de sesiones que inicia el 15 de junio y termina el 15 de septiembre; para ser Gobernador, el requisito de edad es de 30 años, el período del Gobernador inicia el 15 de febrero y es por seis años, por lo que respecta al Poder Judicial se denomina Supremo tribunal de Justicia y dura tres años en su cargo y podrá ser reelecto.

El Ayuntamiento se renueva en su totalidad cada tres años por elección directa y popular, no existen circunscripciones para elegir regidores.  

 

Historia de la Ley Orgánica Municipal.

Las actividades de las autoridades municipales, han sido reguladas en el presente siglo fundamentalmente por las siguientes disposiciones legales:

  Nombre del Ordenamiento Fecha de su Promulgación. Ley Sobre Gobierno Municipal 1916 Ley de Gobierno Municipal 1941 Ley Orgánica Municipal 1962 Ley Orgánica Municipal 1982

 

Las reformas más sobresalientes de éstos ordenamientos, se refieren a: Duración del período constitucional.  En 1916, se establecía período de un año, ampliando el período a dos años en 1941, renovándose por mitad anualmente; a partir de 1947 por tres años, renovándose en su totalidad. Elección popular y directa del Presidente Municipal, Síndico y Regidores. En 1916, el Presidente, los Regidores y el Sindico,  eran electos popular y directamente. En 1941, el Presidente y el Síndico eran designados por mayoría de votos y en escrutinio secreto por los Regidores, durando en funciones un año, y a partir de 1947, el Presidente, el Síndico y los Regidores son electos en forma popular y directa, introduciéndose en 1984 el principio de Regidores de representación proporcional, señalándose que: Los Ayuntamientos de los municipios de Apatzingán, Hidalgo, La Piedad, Lázaro Cárdenas, Morelia, Uruapan, Zacapu, Zamora y Zitácuaro se integrarán con un Presidente, un Síndico, 7 Regidores de mayoría relativa y hasta 5 de representación proporcional. Los ayuntamientos de los municipios cabeceras de distrito a que no se refiere el párrafo anterior, así como los de Jacona, Sahuayo y Zinápecuaro, se integrarán con un Presidente, un Síndico y 6 Regidores electos por mayoría relativa y hasta 4 Regidores de representación proporcional. El resto de los Ayuntamientos de los municipios del Estado, se integran con un Presidente, un Síndico, 4 Regidores Por mayoría relativa, y hasta 3 Regidores de representación proporcional.

 

Fecha de instalación de los Ayuntamientos.

En 1916 era el 16 de septiembre y a partir de 1941 es el primero de enero.

Facultad reglamentaria de los  Ayuntamientos.

En 1916 la facultad reglamentaria sobre los asuntos conferidos a los Ayuntamientos se le asignaba al H. Congreso, disposición que prevaleció hasta 1984 en que se les confirió a los Ayuntamientos expedir sus propios reglamentos.

Relación con el Poder Ejecutivo del Estado.

En 1916, el titular del Poder Ejecutivo, designaba visitadores generales cuya función primordial era la de inspeccionar el buen funcionamiento de los Ayuntamientos. En 1941 se les reconoce como los únicos responsables para atender los asuntos de su jurisdicción y cumplir satisfactoriamente sus funciones. En 1962 se dispone que el Gobernador del Estado, es el superior jerárquico de las autoridades municipales en el orden político y administrativo. En 1982 se establece que el Presidente Municipal es el único órgano de comunicación entre el Ayuntamiento y las demás autoridades.

 

Funciones del Gobierno del Estado de Michoacán.

El Estado de Michoacán de Ocampo se divide para los efectos de su organización política y administrativa, en 113 municipios cuyos nombres y cabeceras se expresan

en el Capitulo II, Artículo 3o. de la Ley Orgánica Municipal. 

Organización General del Poder Ejecutivo.

De conformidad a los dispuesto a la Ley Orgánica de la Administración Publica del Estado de Michoacán de Ocampo, sus Dependencias Básicas son las siguientes:

Secretaría de Gobierno Secretaría de Desarrollo Urbano y Ecología Secretaría de Comunicaciones y Obras Publicas Secretaría de Desarrollo Agropecuario y Forestal Secretaría de Fomento Económico Secretaría de Turismo Secretaría de Educación Secretaría de Salud Oficialía Mayor Tesorería General Procuraduría General de Justicia Coordinación de Control y Desarrollo Administrativo Coordinación de Comunicación Social Coordinación de Gestión Social  

Organización General del Poder Legislativo.

El Congreso de Michoacán esta conformado por 30 diputados, 18 electos por mayoría relativa y 12 bajo el sistema de representación proporcional

Mesa Directiva: Cargo Duración en el cargo Presidente Un mes Vicepresidente Un mes Secretario Un año Secretario Un año Prosecretario Un año Prosecretario Un año

( Fuente: Articulo 15 de la Ley Orgánica del Congreso del Estado)

Grupos Parlamentarios:

Cuando en el Congreso se encuentren dos o más Diputados con igual filiación de Partidos, se podrán constituir en grupo parlamentario para realizar tareas especificas en la cámara (Articulo 24 de la Ley Orgánica del Congreso) La gran comisión (se integra por 5 Diputados electos), quienes designan una Mesa Directiva de la siguiente forma: Presidente (Que será el Coordinador del Grupo Parlamentario Mayoritario) Secretario Vocal

Comisiones: Las comisiones son colegiadas, las cuales las integran tres Diputados y se clasifican de la siguiente forma: a) De Dictamen Legislativo b) De Vigilancia; y c) De Investigación

Las Comisiones de Dictamen Legislativa son de: Gobernación Puntos Constitucionales Hacienda Salud Pública Fomento y Comunicaciones Educación Trabajo y Previsión Social Justicia Para el Desarrollo Rural Régimen Reglamento y Prácticas Parlamentarias,  Programación, Presupuesto y Cuenta Pública Derechos Humanos Ecología Asuntos Indígenas (Articulo 41 de la Ley Orgánica del Congreso de Michoacán)

Las comisiones de Vigilancia son:

La Comisión Inspectora de la Contaduría General de Glosa, y la de Administración y Control.  Las Comisiones Investigadoras se ajustan a la disposiciones reglamentarias relativas.  (Articulo 50 de la Ley Orgánica del Congreso de Michoacán) Gran Jurado (Constitución Política Título 10).

Diputación Permanente:

Es el Órgano del Congreso que, durante los recesos de éste, desempeña las funciones que le señala la Constitución Política del Estado, y que se conforma por 8 Diputados, la cual es presidida invariablemente por el Presidente de la Gran Comisión. 

Comités

El Congreso del Estado para su funcionamiento administrativo cuenta con los siguientes comités:

De Biblioteca y Archivo De Asuntos Editoriales  De Gestoría y De Relaciones Públicas

Para la atención de los asuntos encomendados al Congreso del Estado, este también cuenta con: Oficialía Mayor Tesorería Contaduría General de Glosa y Dirección Jurídica

Organización General del Poder Judicial.

En el Poder Judicial del Estado, están conformados como órganos de la Administración de Justicia los siguientes:

I. El supremo Tribunal de Justicia del Estado; II. Los Juzgados de Primera Instancia; III. Los Juzgados Municipales; IV. Los Juzgados de tenencia; V. Los Jurados y VI. Los Árbitros.

La competencia de estos órganos están determinados por las disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial; del Código de Procedimientos Civiles y del Código Procesal Penal.

El supremo Tribunal de Justicia, está integrado por 16 Magistrados Propietarios y el mismo número de Supernumerarios. De los Propietarios uno será Presidente y los demás formarán Salas Unitarias; de las cuales 8 son Salas Civiles y 7 penales.

El Supremo tribunal funcionará en pleno con los 16 Magistrados Propietarios que lo integran, pero basta la presencia de 11 para que pueda funcionar; estas sesiones serán públicas y pueden tener el carácter de ordinarias o extraordinarias; las primeras se celebran cuando menos una vez a la semana.

En el Supremo Tribunal de Justicia se cuenta con comisiones permanentes y transitorias; las permanentes son:

I. La de Gobierno y Administración, II. Hacienda; III. Justicia Municipal; IV. Legislación; V. Archivo del Poder Judicial; VI. Publicaciones Oficiales; y, VII. Escalafón.

Estas comisiones, se desempeñarán durante un año y estarán integradas por tres Magistrados Propietarios; excepto la de Escalafón, que se constituye con dos Magistrados y dos representantes Sindicales.

El Estado se divide en 23 Distritos; para administrar la Justicia en primera instancia. Dentro de la estructura orgánica, el Supremo Tribunal de Justicia, cuenta con las siguientes Dependencias: I. Secretaría General de Acuerdos; II. Subsecretaría de Acuerdos; III. Oficialía Mayor; y el IV. Instituto de Especialización Judicial.

En cada una de las Salas, contarán necesariamente con una Secretaría de Acuerdos, una Secretaría Particular, una Oficialía y un Notificador.

Periodos Constitucionales.

Gobernador  2008-2012 Informe  En la apertura del periodo ordinario anual de sesiones o dentro de los 45 días siguientes a la apertura del primer periodo ordinario de sesiones del H. Congreso de cada año legislativo (Constitución Política del Estado Artículo 33).

Presidentes Municipales.  2008-2011 (renovación cada 3 años). Informe.  Anualmente durante la primera quincena del mes de Diciembre (Ley Orgánica Municipal Artículo 56).

Diputados  2008-2011 (renovación cada 3 años).

Periodo de Sesiones Ordinarias  Del 15 de Diciembre al 15 de Mayo y del 15 de Junio al 15 de Septiembre (Constitución Política del Estado Artículo 31).