memoria de bancario semestral

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 UNIVERSIDAD PRIVADA DEL ESTADO DE MOR ELOS, S. C. CAMPUS CUAUTLA LICENCIATURA EN DERECHO CATEDRÁTICO: LIC. ALFREDO CORTEZ LUGO. MATERIA: DERECHO BANCARIO GRADO Y GRUPO: 10º “B” 1

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UNIVERSIDAD PRIVADA DEL ESTADO DE MORELOS, S. C.

CAMPUS CUAUTLA

LICENCIATURA EN DERECHO

CATEDRÁTICO:

LIC. ALFREDO CORTEZ LUGO.

MATERIA:

DERECHO BANCARIO

GRADO Y GRUPO:

10º “B”

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D E D I C A T O R I A

En este trabajo represento todo un semestre de esfuerzos y aprendizajesque tanto en la vida laboral como en la personal nos servirá.

Gracias a mis compañeros por la ayuda mutua y la cooperación para juntossalir de los problemas y sobre todo al profesor porque sin ella hoy nada deesto seria posible, por ser quien nos motivaba con su manera de salir adelante y ser mejores humanos y excelentes profesionistas.

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I N D I C E 

PÁGINA

DEDICATORIA------------------------------------------------------------------------------------2

INDICE----------------------------------------------------------------------------------------------3

INTRODUCCION---------------------------------------------------------------------------------8

OBJETIVO GENERAL DE LA MATERIA---------------------------------------------------9

PROGRAMA DE LA MATERIA--------------------------------------------------------------10

UNIDAD I

“EL DERECHO BANCARIO Y SUS CONCEPTOS GENERALES”

1.1.- ANTECEDENTES DE LA BANCA---------------------------------------------------11

1.1.1.- LA BANCA EN BABILONIA---------------------------------------------------------11

1.1.2.- LA BANCA EN GRECIA--------------------------------------------------------------11

1.1.3.- LA BANCA EN ROMA----------------------------------------------------------------12

1.1.4.- LA BANCA EN LA EDAD MEDIA--------------------------------------------------13

1.1.5.- LA EPOCA MODERNA Y CONTEMPORANES-------------------------------15

1.2.- LA BANCA EN MEXICO----------------------------------------------------------------16

1.2.1.- EPOCAS PREHISPANICA Y NOVOHISPANA---------------------------------

16

1.2.2.- ETAPA INDEPENDIENTE-----------------------------------------------------------17

1.3.- LA FORMACION DEL SISTEMA ACTUAL----------------------------------------18

1.4.-LA INTERMEDIACION BANCARIA Y EL DERECHO---------------------------20

1.4.1.- LA INTERMEDIACION FINANCIERA--------------------------------------------20

1.4.2.- EL DERECHO A LA INTERMEDIACION FINANCIERA---------------------21

1.5.- DEFINICION DE DERECHO BANCARIO------------------------------------------22

1.6.- CLASIFICACION DE LA BANCA-----------------------------------------------------22

1.7.- EL CREDITO------------------------------------------------------------------------------23

1.8.- LOS CONTRATOS DE CREDITOS TRADICIONALES------------------------24

1.9.- LOS CONTRATOS DE CREDITOS BANCARIOS-------------------------------26

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UNIDAD II

“LAS INSTITUCIONES DE CREDITO Y LAS AUTORIDADES EN MATERIA

BANCARIA”

2.1.- LAS INSTITUCIONES DE CREDITO-----------------------------------------------27

2.2.- SERVICIO DE BANCA Y CREDITO-------------------------------------------------28

2.2.3.- INSTITUCIONES DE BANCA MULTIPLE--------------------------------------29

2.4.- ISTITUCIONES DE BANCA DE DESARROLLO--------------------------------30

2.5.- ORGANIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE CREDITO-----------------31

2.5.1.- EN LA BANCA MULTIPLE----------------------------------------------------------31

2.5.2.- EN LA BANCA DE DESARROLLO-----------------------------------------------31

2.6.- OPERACIONES BANCARIAS--------------------------------------------------------

33

2.6.1.- LAS OPERACIONES PASIVAS---------------------------------------------------33

2.6.2.- LAS OPERACIONES ACTIVAS---------------------------------------------------34

2.6.3.- LAS OPERACIONES DE SERVICIOS------------------------------------------34

2.7.- LAS AUTORIDADES EN MATERIA BANCARIA--------------------------------35

2.7.1.- SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO---------------------35

2.7.2.- EL BANCO DE MEXICO------------------------------------------------------------36

2.7.3.- LA COMISION NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES------------------36

2.7.4.- LA COMISION NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS USUARIOS

DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS------------------------------------------------------37

2.7.5.- EL INSTITUTO PARA LA PROTECCION AL AHORRO BANCARIO----38

2.8.- LA PROTECCION DE LOS INTERESES DEL PÚBLICO----------------------

38

2.8.1.- EL SECRETO BANCARIO----------------------------------------------------------38

2.8.2.- LA RESPONSABILIDAD DIRECTA EL ILIMITADA DE LAS

INSTITUCIONES DE CREDITO-------------------------------------------------------------39

2.9.- DE LAS PROHIBICIONES, SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y

DELITOS------------------------------------------------------------------------------------------40

2.9.1.- DE LAS PROHIBICIONES-----------------------------------------------------------

40

2.9.2.- DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS-------------------------------------412.9.3.- DE LOS DELITOS---------------------------------------------------------------------41

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UNIDAD III

“EL FIDEICOMISO”

3.1 ANTECEDENTES------------------------------------------------------------------------ 39

3.2 DEFINICIÓN------------------------------------------------------------------------------- 39

3.3 CARACTERÍSTICAS DEL FIDEICOMISO Y SU ESTRUCTURA

GENERAL--------------------------------------------------------------------------------------- 40

3.4 SUJETOS DEL FIDEICOMISO------------------------------------------------------- 40

3.4.1 EL FIDEICOMITENTE---------------------------------------------------------------- 40

3.4.2 EL FIDUCIARIO------------------------------------------------------------------------ 41

3.4.3 EL FIDEICOMISARIO---------------------------------------------------------------- 42

3.4.4 COMITÉ TÉCNICO DEL FIDEICOMISO---------------------------------------- 43

3.5 EL PATRIMONIO FIDEICOMITIDO------------------------------------------------- 43

3.6 LA EXTINCIÓN DEL FIDEICOMISO------------------------------------------------ 44

3.7 EL FIDEICOMISO PÚBLICO Y EL FIDEICOMISO NO PÚBLICO----------- 44

UNIDAD IV

ORGANIZACIONES AUXILIARES, EL CREDITO, EL MERCADO DE

VALORES Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION.

4.2 LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO------------------------------- 46

4.3 LAS ARRENDADORAS FINANCIERAS-------------------------------------------- 48

4.4 LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRÉSTAMO------------------------------ 49

4.5 LAS UNIONES DE CRÉDITO-------------------------------------------------------- 50

4.6 EL FACTORAJE FINANCIERO------------------------------------------------------ 50

4.7 LA COMPRAVENTA PROFESIONAL DE DIVISAS---------------------------- 51

4.8 LA INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL------------------------------------------------- 52

4.8.1 OBJETO DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES---------------------- 52

4.8.2 LA OFERTA PÚBLICA DE VALORES------------------------------------------- 524.8.3 LA INTERMEDIACIÓN EN EL MERCADO DE VALORES----------------- 53

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4.8.4 SUJETOS DE LA INTERMEDIACIÓN BURSÁTIL---------------------------- 53

4 8 5 LAS BOLSAS DE VALORES. ------------------------------------------------------ 55

4.8.6 EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES. ---------------------------------- 55

4.8.7 LAS INSTITUCIONES PARA EL DEPÓSITO DE VALORES. ------------ 55

4.8.8 LAS ACTIVIDADES EN MATERIA BURSÁTIL. ------------------------------- 56

4.9 LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN. ---------------------------------------------- 56

4.9.1. OBJETO DE LA LEY DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN. ---------------- 57

4.9.2.- TIPOS DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN. -------------------------------- 57

4.9.2.1.- SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE. -------------- 58

4.9.2.2.- SOCIEDADES DE INVERSTON EN INSTRUMENTOS DE DEUDA. 58

4.9.2.3.- SOCIEDADES DE INVERCION DE CAPITALES. ------------------------ 58

4.9.2.4.- SOCIEDADES DE INVERSION DE OBJETO LIMITADO. ------------- 59

4.9.2.5- SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS EN FONDOS

PARA EL RETIRO------------------------------------------------------------------------------59

4.9.3.- LA PRESTACION DE SERVICIOS A LAS SOCIEDADES DE

INVERSION. ------------------------------------------------------------------------------------59

4.9 4- AUTORIDADES. --------------------------------------------------------------------- 59

UNIDAD V

“LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS LAS AGRUPACIONES

FINANCIERAS Y EL BANCO DE MÉXICO”

5.1.- LAS INSTITUCIONES DE

SEGUROS-------------------------------------------------

5.1.1.- LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS

DE SEGUROS--------------------------------------------------------------------------------------

5.1.2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS-----------

5.1.3.- FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS-------------

5.2.- LAS SOCIEDADES MUTUALISTAS DE SEGUROS. ----------------------------

5.3.- LA FIANZA------------------------------------------------------------------------------------

5.3.1 OBJETO DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS-------

5.3.2.- LA FIANZA COMO CONTRATO DE GARANTÍA. ------------------------------

5.3.3.- CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTITUCIONES DE FIANZA. ---------------

5.3.4.- ELEMENTOS DEL CONTRATO DE FIANZA-------------------------------------

5.3.5.- ACTOS JURÍDICOS QUE PUEDEN REALIZAR LAS INSTITUCIONESDE FIANZAS.-------------------------------------------------------------------------------------

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5.4.- LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS----------------------------------------------

5.4.1.- OBJETO DE LA LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONES

FINANCIERAS--------------------------------------------------------------------------------------

5.4.2.- ORGANIZACIÓN OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS

AGRUPACIONES FINANCIERAS. -----------------------------------------------------------

5.4.3.- FACULTADES DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS DEL GRUPO

FINANCIERO. --------------------------------------------------------------------------------------

5.4.4.- LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES DEL PÚBLICO EN LAS

AGRUPACIONES.---------------------------------------------------------------------------------

5.5.- EL BANCO DE MÉXICO.-

----------------------------------------------------------------

5.5.1.- ANTECEDENTES DEL BANCO DE MÉXICO. -----------------------------------

5.5.2NATURALEZA JURÍDICA DEL BANCO DE MÉXICO. ---------------------------

5.5.3FINALIDADES DEL BANCO DE MÉXICO--------------------------------------------

5.5.4.-FUNCIONES DEL BANCO DE MÉXICO--------------------------------------------

5.6.-OPERACIONES DEL BANCO DE MÉXICO. ----------------------------------------

5.7.- LA RESERVA INTERNACIONAL Y EL RÉGIMEN CAMBIARIO.-------------

5.8.- EXPEDICIÓN DE NORMAS Y SANCIONES QUE IMPONE EL BANCO

DE MÉXICO. ---------------------------------------------------------------------------------------

5.9 GOBIERNO Y VIGILANCIA DEL BANCO DE MÉXICO----------------------------

CUESTIONARIO DEL PRIMER PARCIAL--------------------------------------------------

CUESTIONARIO DEL SEGUNDO PARCIAL-----------------------------------------------

CUESTIONARIO DEL TERCER

PARCIAL--------------------------------------------------

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I N T R O D U C C I Ó N.

durante este periodo el alumno conocerá el desarrollo histórico y

evolución de la banca a través de los años y su perfeccionamiento, así como

las aportaciones de diferentes pueblos para su formación del sistema bancario

y llegar así a lo que conocemos en nuestros días.

se analizará la intermediación financiera bancaria y vinculada con el

derecho, comenzando a estudiar la definición de derecho bancario, así como

los diferentes tipos de banca que existen en la actualidad en nuestro país, la

fundamentación de éstas y su debida regulación en diversas leyes.

Consecuentemente se estudiará el crédito, su definición y los diversos

tipos de contrato de crédito tradicionales que se regulan en México y los

contratos de crédito bancarios.

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O B J E T I V O G E N E R A L D E L A M A T E R I A

el alumno comprenderá que el derecho bancario regula la actividad de

las empresas bancarias en la intermediación en operaciones de crédito, de

estas con los particulares.

así mismo conocerá los antecedentes de la banca, la formación del

sistema bancario mexicano, a las definiciones del derecho bancario, el crédito y

sus contratos.

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U N I D A D I

“EL DERECHO BANCARIO Y SUS ANTECEDENTES GENERALES”

ANTECEDENTES DE LA BANCA.

LA BANCA EN BABILONIA.

Seguramente la primer pregunta que el alumno se hace será si existe

diferencia entre banquero y financiero y evidentemente responderemos que si

la hay y a partir de la explicación de una y otra veremos el origen de la banca.

Babilonia contaba con varias comunidades, una de ellas conocida como

la ciudad de uruk, hacia los años 3 200 antes de nuestra era, en la cual

funcionó el edificio bancario más antiguo que se conoce denominado “el templo

rojo de uruk” , en ese lugar los sacerdotes practicaban la intermediación.

Los sacerdotes del templo recibían los productos cosechados y

obtenidos por la explotación de la tierra, por parte de los jefes de las tribus o de

individuos deseosos de obtener favores divinos, los sacerdotes recibían dichos

depósitos y eran responsables de ellos, con los recursos recibidos prestaban

cereales con interés a agricultores y comerciantes.

Todas las operaciones se realizaban en especie, ya que no existía la

moneda. en el templo se otorgaban préstamos con interés, conocido este

último como “subtou” a una tasa de 33% anual tratándose de cereales y dátiles,

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y 25% respecto de metales, los préstamos se garantizaban con predio o

esclavos.

Al paso del tiempo las operaciones antes mencionadas, pasaron a

realizarse por personas dedicadas al comercio, en consecuencia las

transacciones se volvieron numerosas y hubo la necesidad de regularlas, por 

ello el “codigo de hammurabi” regulo el préstamo con interés, formalizándose a

través de contratos para tales operaciones, así como también regulo la usura

(aumento indebido del interés), la comisión mercantil y el depósito, como

ejemplo citaremos las que mencionaba el código: “ si ha prestado con interés,

sin testigos, ni contrato, perderá cuanto prestó” , así como: el aumento indebido

de interés se castigaba con la pérdida del capital prestado.

LA BANCA EN GRECIA

En el año 687 antes de nuestra era, el emperador de lidia llamado giges

inventó la moneda, al sustituir lingotes de plata de forma y peso variables, por 

unas piezas denominadas “electros”, eran pepitas naturales de oro y plata a las

cuales se les impuso un sello oficial y las dotaba de valor.

El sucesor de Giges, creso, acuño las “stateras” que eran monedas de

oro puro, que tenían impresos los sellos reales, una cabeza de león y otra de

toro.

Los atenienses utilizaron unas barritas de hierro sin pulir alas que

denominaban “óbolos”, cabían seis en la mano, de ahí que seis óbolos pasaron

a ser considerados una unidad de valor llamado puñado o “dracma”.

El uso de la moneda se extendió con rapidez en el mundo griego, la

proliferación de monedas locales se hizo inevitable, los atenienses

comprendieron la importancia de contar con una moneda, apareciendo los

dracmas que eran piezas de plata redondas y troqueladas convirtiéndose en la

moneda internacional de la época.

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A finales del siglo v antes de nuestra era, se conocieron unos

prestamistas llamados “trapezitas” quienes prestaban dinero a una taza de

cambio libre. los prestamos podían ser por mes o por un día, algunos

prestamistas exigían un “óbolo” por dracma diario prestado.

Así también surgieron los “colubistas” quienes se aseguraban de la

autenticidad y valor de las monedas que les eran presentadas y cambiaban

moneda de su ciudad por la extranjera y viceversa.

LA BANCA EN ROMA

Las primeras monedas romanas eran piezas de bronce conocidas como

“as grave” que se utilizaron para el comercio interno romano. cuando los

romanos comercializaron con las colonias griegas se vieron los romanos en la

necesidad de acuñar monedas de plata propias llamando a la moneda

“didracma” a imitación de los griegos. la principal moneda romana “el denario”

apareció en el año 187 antes de nuestra era.

Como consecuencia de utilizar la moneda en la economía romana,

figuraron los primeros hombres de negocios, llamados los “publicanos”, quienes

masaron grandes fortunas, al adjudicarse obre publica, arrendar el cobro de

impuestos y el de minas del estado, es decir, participando en la administración

de la cosa pública, además los publicanos se agruparon en sociedades por 

acciones, así otorgaron prestamos al estado, financiaron grandes obras y

pagaban a las tropas del ejército y flotas mercantes.

Aparecieron los personajes llamados “argentarii”, quienes hacían la

misma función que los colubistas griegos, los romanos no crearon nuevas

operaciones bancarias, pero si mejoraron su técnica por medio del derecho, al

establecer un mecanismo que permitiera el cobro de intereses, consideraron a

los depositantes de los bancos como acreedores privilegiados y establecieron

la obligación a cargo de los banqueros a rendir cuentas a sus clientes.

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LA BANCA EN LA EDAD MEDIA

Durante la edad media, al principio de esta, en el imperio bizantino se

ordenó la acuñación de moneda de oro, plata y bronce, las monedas de plata

circularon en el occidente del imperio, en tanto que las de oro y bronce lo

hicieron en oriente.

El emperador Carlomagno reorganizó el sistema monetario alrededor de

una nueva moneda de plata, “el novus denarios” y proclamó el derecho real

para emitirla, esta pieza se mantuvo como moneda en Europa incluso hasta

mediados del siglo XIII.

En los territorios de la actual Alemania, se permitió a los duques,

condes, señores, barones y ciudades imperiales la acuñación del novus

denarios, esto propicio que se acuñaran de diversas formas.

Cabe señalar que hacia el siglo XIII reaparecieron en Europa las

monedas de oro, “el ducado” de Venecia y el “florín”.

En la edad media se dio un notable retraimiento del comercio bancario

debido a estos factores:

• la desintegración del antiguo imperio romano

• la violenta irrupción del mundo árabe que controlo el mar mediterráneo

• la iglesia cristiana prohibió el préstamo con interés, porque con

frecuencia daba lugar a la usura.

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Los grandes beneficiarios de la anterior prohibición fueron los judíos,

quienes hicieron caso omiso de la misma, se convirtieron especialistas en el

préstamo mediante garantía y únicos en practicarlo en Europa occidental

durante más de cinco siglos.

Los judíos precisaron la naturaleza de los bienes susceptibles de ser 

puestos como fianza o garantía, definieron los derechos del prestamista con

garantía y fijaron la escala de interés.

En los centros urbanos operaban los judíos, en el campo los

monasterios ingleses; sin romper con la prohibición canónica del préstamo con

interés, practicaban el crédito agrícola a favor de los tenedores de la tierra a

través de dos operaciones “la mort gage”, es decir la hipoteca y las rentas

reales.

En la hipoteca, el deudor constituye un derecho real sobre un bien a

favor de un acreedor, a fin de garantizar el cumplimiento de una obligación.

La renta real, era una inversión sobre el inmueble a cambio de recibir 

ciertos beneficios o rentas.

Más tarde los lombardos y franciscanos fundaron los montes de piedad

que tienen vigencia en la actualidad.

La reactivación del comercio bancario comienza en el siglo xi, cuando lo

italianos logran vencer la hegemonía de los árabes en el mediterráneo.

Los venecianos y los lombardos, tendieron un nuevo puente comercial

entre oriente y occidente, se extendieron hacia Francia e Inglaterra, reciben de

la monarquía francesa el derecho de establecer mesas de préstamo, en

detrimento de los intereses de los judíos, llegando a asumir las tareas de

banqueros del tesoro y se convierten en agentes financieros de la santa sede.

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También en ese proceso de reactivación tiene un papel destacado la

denominada orden de los caballeros templarios, ya que se convirtieron en una

empresa de transferencia de recursos, para proveer de dinero a los cruzados,

para pagar los rescates de los prisioneros y para entregar dinero a las esposas

e hijos de los cruzados que habían quedado en Europa.

Más tarde comenzaron a recibir depósitos e inventaron las cajas de

seguridad, cambiaban las monedas extranjeras, practicaron el préstamo y

terminaron financiando las cruzadas por estar ubicados en varios territorios

crearon las sucursales para otorgar sus servicios.

En las ferias medievales también existieron comerciantes dedicados a la

rudimentaria banca, ya practicaban el préstamo con interés, quienes inventaron

la letrera di pagamento, que es el antecedente inmediato de la letra de cambio.

Vistos en su conjunto, los hechos históricos permiten apreciar el proceso

de formación que las instituciones, en cuanto al negocio bancario.

el préstamo con interés

DE BABILONIA las formalidades contractuales

las disposiciones contra la usura

la comisión mercantil

la moneda

DE GRECIA los prestamistas

los cambistas

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las sociedades por acciones

la compensación bancaria

DE ROMA los financiamientos al estado

las transferencias de recursos

el servicio de caja

la obligación de rendir cuentas a los clientes

proclamó el derecho real

CARLOMAGNO parta emitir la moneda

JUDÍOS los préstamos con garantía

la fijación de la escala de interés

LOMBARDOS mesas de préstamo

LOMBARDOS Y

FRANCISCANOS montes de piedad

cajas de seguridad

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TEMPLARIOS sucursales

transferencia de recursos

FERIAS MEDIEVALES letra de cambio

ÉPOCAS MODERNA Y CONTEMPORÁNEA

al concluir la edad media, en el terreno monetario durante algún tiempo

diversas poblaciones y aun particulares continuaron realizando emisiones de

moneda.

sin embargo, con la aparición de los grandes estados, pronto quedo

claro que la emisión de la moneda debía quedar reservaba al poder publico

como sigue hasta nuestros días.

tras la desaparición de los templarios, la santa sede busco apoyarse en

los banqueros de siena, para recolectar las cantidades que la cristiandad

aportaba a aquella, a través del peticulum sortis se justifico el cobro de

intereses y se busco garantizar el buen desempeño de los banqueros mediante

el otorgamiento de fianzas por estos.

 jacques coeur en la primera mitad del siglo xv decidió vincular la banca

con las inversiones de carácter industrial.

en ese mismo siglo ambrosio hoechstetter propicio el ahorro masivo,

antes de ello, los banqueros si bien recibían depósitos, en gran medida se

creaban con recurso propios. la captación de recursos del público para sucirculación con terceros había iniciado.

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asimismo los hermanos de mèdicis trasladaron el negocio bancario hacia

el norte de europa, superando así la tendencia generalizada a vincular los

negocios al área del mediterráneo.

1.2.- LA BANCA EN MEXICO

1.2.1.- ÈPOCAS PREHISPANICA Y NOVOHISPANA

en tenochtital se dio un considerable intercambio comercial, el cual

implico la necesidad de contar con medios de cambio confiables, el más

conocido aunque no el único fue el cacao, aunque no se han encontrado datos

que permitan establecer antecedentes de actividad bancaria.

existieron unos negociantes llamados “puchtecatini”, pero no hay

antecedentes ni fundamentos que se atan dedicados al comercio bancario.

después de la invasión española, los indígenas utilizaron el cacao,

mantas, polvo de oro y cuentas de piedra como moneda y los españoles una

moneda llamada real.

en la época novo hispana existió la falta de moneda, por tal motivo el

virreinato se vio en la necesidad de fijar la equivalencia del real respecto del

cacao, mantas, polvo de oro y cunetas de piedra a fin de agilizar la realización

de operaciones comerciales.

en 1536 se fundo la casa de moneda en la nueva españa, pero no

resolvió el problema de falta de moneda.

en la nueva españa, existieron las siguientes instituciones:

a. en jalapa fue creada en 1720 “la feria de jalapa”, y a ella acudían

prestamistas que auxiliaban a la actividad económica, cayendo endesprestigio en 1760 por los abusos de los comerciantes.

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b. las cajas reales, creadas en los fundos mineros del virreinato, que dieron

origen a los bancos de plata, que eran compañías generales de avios,

los más importantes fueron los de zacatecas, pachuca y ciudad de

méxico.

c. pedro romero de terreros fundo en 1775 el real monte de piedad de

ànimas de la nueva españa, institución que otorgaba prestamos sin

intereses y garantía prendaria, en 1781 empezó a cobrar el 6.25% de

interés anual. el monte de piedad fue un intento de combatir los abusos

de los prestamistas novohispanos.

d. también se crearon unas cajas de comunidades indígenas, constituidas

con fondos de estos últimos con la intención de hacerlos sujetos de

crédito.

e. en 1783 se creo el banco de san carlos, en realidad sucursal del banco

nacional de san carlos, por el cual se obligo a las comunidades

campesinas a que participaran en su capital, desapareciendo las cajas

de comunidades indígenas, el banco de san carlos quebró en 1829.

f. en 1784 apareció el banco de avio de minas y desapareció dos años

después por los malos manejos de sus administradores.

1.2.2.- ETAPA INDEPENDIENTE

durante la independencia tanto realistas como insurgentes, acuñaban su

propia moneda, es decir cada quien tenia su casa de moneda.

consumada la independencia, en mayo de 1822 agustin de iturbide

decidió emitir papel moneda que por primero vez llevó la denominación oficial

de peso.

en 1823, el congreso ordenó la emisión de otra pieza impresa en papel

de bulas papales y de indulgencias a fin de que no fueran rechazadas, pero el

pueblo las rechazó

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a partir de 1824 se estima la existencia de trece cajas de moneda en el

país, durante las primeras cinco décadas del siglo xix, el comercio bancario no

tuvo mayor relevancia en nuestro país.

algunas tareas atribuibles a la banca, como por ejemplo, prestamos con

interés y transferencia de fondos las realizaban casas comerciales.

en 1829 se establece una oficina de representación de un banco

londinense, el bar llays bank, que introdujo la letra de cambio, así también

aparecieron los intermediarios financieros como el banco de avio de 1830 a

1842 y el banco nacional de amortización de moneda del cobre de 1837 a

1841.

1.3. LA FORMACIÓN DEL SISTEMA ACTUAL

durante el imperio de maximiliano en 1864, se establece sin concesión

alguna, la primera institución bancaria y el primer banco de emisión, el banco

de londres, méxico y sudamérica.

como la regulación bancaria y de emisión de moneda no era facultad

federal, surgieron los siguientes bancos emisores:

1. en 1875 se crea en chihuahua, con capital estadounidense, el banco de

santa fulacia.

2. en 1878 el banco mexicano

3. en 1882 el banco minero de chihuahua

4. en 1882 el banco franco-egipcio establece una institución llamada banco

nacional mexicano.

5. en 1882 el banco mercantil, agrícola e hipotecario.

6. en 1883 el gobierno federal aprobó el establecimiento de banco de

empleados que en 1886 se llamo banco comercial.

7. para 1884 el gobierno impulso la fusión del banco nacional mexicano

con el banco mercantil, agrícola e hipotecario y se crea el banconacional de mexico.

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mediante el codigo de comercio de 1884 se trato de resolver el problema

de la multiplicidad de los bancos emisores de moneda, pero el código de

comercio de 1889 abrogó aquel y omitió disposiciones sobre bancos.

el problema se convirtió en anarquía, ya que la concesión otorgada por 

las entidades federativas carecía de orden y uniformidad, en consecuencia se

encontraban operando como bancos de emisión en nuestro país. en 1897,

además del banco nacional de méxico y el de londres, méxico y sudamérica,

los siguientes:

• banco minero de chihuahua (1885) fusión del banco minero de

chihuahua con el banco mexicano de chihuahua.

• banco comercial de chihuahua (1889) antes banco de santa eulalia

• banco yucateco (1889).

• banco mercantil de yucatán (1889).

• banco de durango (1890).

banco de nuevo león (1891).• banco de zacatecas (1891).

en 1896 el ejecutivo solicito al congreso autorización para promulgar las

bases generales para el otorgamiento de concesiones bancarias. en marzo de

1897 se expidió la ley general de instituciones de credito, norma que considero

la existencia de tres tipos de banca de emisión, hipotecaria y refaccionaria.

sin embargo esa ley privilegio al banco nacional de mexico, el banco de

londres, mexico y sudamerica y el bancop de nuevo leon, ya que causo graves

problemas a los bancos de la provincia para establecer sucursales en la ciudad

de méxico.

en 1898 un grupo de empresarios fundan en banco refaccionario

mexicano, para hacer los canjes de los billetes de las entidades federativas. en

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1899 tomo el nombre de banco central de mexico, sirviendo como corresponsal

de los bancos estatales y haciendo federal la circulación de los billetes locales.

la revolución mexicana de 1910, hizo inestable la situación de los

bancos, ya que propicio la anarquía en la emisión de billetes.

venustiano carranza en octubre de 1915 mediante decreto, creo la

comisión reguladora e inspectora de instituciones de crédito (antecedente de la

actual comisión nacional bancaria y de valores) con la finalidad de reorganizar 

en sistema bancario mexicano.

en septiembre de 1916 venustiano carranza expidió otro decreto en

donde establecía las bases para la liquidación de los bancos de emisión al

considerar que habían sido inconstitucionales las leyes que otorgaron

concesiones a esos bancos.

el artículo 28 de la constitución política de los estados unidos mexicanos

de 1917, estableció el monopolio del estado en la emisión monetaria aunque

fue hasta el 18 de agosto de 1925 que se expidió la ley organica del banco de

mexico.

la primera ley que rigió las instituciones bancarias en nuestro país fue la

ley general de instituciones de credito, publicada en el diario oficial de la

federación del 19 de marzo de 1897, a la cual se promulgaron las siguientes:

1. ley sobre bancos refaccionarios 12 de noviembre de 1924

2. ley general de instituciones de crédito y establecimientos bancarios de

16 de enero de 1925

3. ley general de instituciones de crédito y establecimientos bancarios del

29 de noviembre de 1926

4. ley general de instituciones de crédito del 29 de junio de 1932

5. ley general de instituciones de crédito y organizaciones auxiliares de 31

de mayo de 1941

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6. ley reglamentaria del servicio publico de banca y crédito de 31 de

diciembre de 1982

7. ley reglamentaria del servicio publico de banca y crédito de 14 de enero

de 1985

8. por ultimo el 15 de julio de 1990 se publico la ley de instituciones de

crédito en vigor.

1.4.- LA INTERMEDIACIÓN BANCARIA Y EL DERECHO

1.4.1.- LA INTERMEDIACIÓN FINANCIERA.

Desde el punto de vista gramatical, realiza las tareas de intermediación

el que es intermediario, es decir, quien media entre dos o más personas.

en el terreno comercial esto se presenta como una constante, pues

existen agentes que realizan la tarea de enlace entre vendedores y

compradores, esto es, los intermediarios auxilian para que los bienes o

servicios fluyan en una economía.

por supuesto que en economías elementales ese contacto entre compradores y

vendedores se realiza en forma directa y no en forma indirecta que implica la

intermediación.

flujo comercial directo

productor de bienes y servicios comprador 

flujo comercial indirecto

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Productor de bienes y servicios intermediario comprador  

aparte de los flujos de bienes y servicios en las economías existen otros

que son solamente de dinero, llamados flujos financieros y se llevan a cabo

entre quienes tienen liquidez y quienes carecen de ella, estos flujos pueden ser 

indirectos y son practicados por los intermediarios financieros.

flujo financiero directo

quienes tienen excedente de liquidez quienes tienen falta

de liquidez

flujo financiero indirecto

quienes tienen excedente de liquidez intermediario quienes

tienen falta de liquidez

el financiamiento es proveer los medios de pago para cualquier finalidad.

Los intermediarios financieros son las instituciones que participan en el

flujo indirecto de dinero y de otros medios de pago, a través de recibir recursos

de quienes tienen un excedente de liquidez (prestamistas) para canalizarlos

hacían quienes les falta liquidez (prestatarios), para las satisfacciones de

necesidades especificas.

intermediarios financieros:

• bancos

• almacenes generales de deposito

• arrendadoras financieras

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• sociedades de ahorro y préstamo

• uniones de crédito

• cajas de bolsa

1.4.2.- EL DERECHO DE LA INTERMEDIACIÓN FINANCIERA

los intermediarios financieros deben analizar las necesidades del

mercado al que sirven y producir que la aplicación de los recursos sea correcta.

el articulo 73 fracción x de la constitución política de los estados unidos

mexicanos, señala que el congreso tiene facultad para legislar, entre otras

materias con la intermediación y servicios financieros.

en efecto cuando el legislador expide normas sobre esta materia esta

regulando a los intermediarios financieros y los servicios que estos prestan, es

decir, esta haciendo derecho de la intermediación financiera.

el derecho de la intermediación financiera es el conjunto de normas que

regulan la constitución y funcionamiento de los intermediarios financieros y las

sociedades que los agrupan, las prohibiciones, sanciones administrativas y

delitos establecidos respecto de ellos, la protección de los intereses del publico

y las facultades de las autoridades en la materia.

1.5. DEFINICIÓN DE DERECHO BANCARIO

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señala el diccionario jurídico mexicano que debemos entender por 

derecho bancario, al conjunto de normas que regulan la actividad de las

empresas bancarias que realizan la masa de intermediación de operaciones de

crédito, abarcando tres aspectos distintos:

a. los sujetos bancarios en cuanto a su estructura y funcionamiento,

b. las operaciones bancarias, y

c. los objetos bancarios.

1.6. CLASIFICACION DE LA BANCA

comercial

privada universal

de inversión (bolsa de

valores)

nacional

Publica banco central

banca

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fondo monetario internacional

INTERNACIONAL banco mundial

banco interamericano de desarrollo

banco internacional de pagos

la anterior clasificación obedece a la necesidad de tratar de sistematizar 

el estudio del derecho bancario y de comprender los conceptos fundamentales

de la materia.

1.7. EL CREDITO

el vocablo crédito proviene del latín “creditum”, que significa “creer”,

según el diccionario jurídico mexicano, crédito es la transferencia de bienes

que se hace en un momento dado por una persona a otra, para ser devueltos a

futuro en un plazo señalado y generalmente con el pago de una cantidad por el

uso de los mismos.

Elementos del crédito:

• la existencia de ciertos bienes

• transferencia de ellos (disposición de su titular a otra persona)

• el lapso durante el que se usan esos bienes

• la obligaciones de restitución de los mismos

• con el pago de la cantidad pactada por su uso

Los elementos anteriores nos permiten tener una idea general de lo que

suele entenderse por crédito. sin embargo, no nos auxilian lo suficiente para

establecer la diferencia entre el préstamo mercantil y la apertura de crédito

simple.

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El artículo 358 del código de comercio señala: “se reputa mercantil el

préstamo cuando se contrae en el concepto y con expresión de que las cosas

prestadas se destinen a actos de comercio y no para necesidades ajenas a

este. se presume mercantil el préstamo que se contrae entre comerciantes”.

El artículo 291 de la ley general de titulos y operaciones de credito

dispone: “en virtud de la apertura de crédito, el acreditante se obliga a poner 

una suma de dinero a disposición del acreditado, o a contraer por cuenta de

este una obligación, para que el mismo haga uso del crédito concedido en la

forma y condiciones convenidos, quedando obligado el acreditado a restituir al

acreditante las sumas de que disponga o a cubrirlo oportunamente por el

importe de las obligaciones que contrajo y en todo caso, pagarle los intereses,

prestaciones, gastos y comisiones que se estipulen”.

La suprema corte de justicia de la nacion señalo que las diferencias

sustanciales entre el préstamo mercantil y el contrato de apertura de crédito

son las siguientes:

diferencias entre el préstamo mercantil y el contrato de apertura de crédito:

préstamo mercantil:

1. el objeto de este debe dedicarse a actos mercantiles.

2. el carácter de mercantil viene como consecuencia del destino o usos

que se vaya a dar a la cosa prestada.

3. puede tener por objeto cualquier cosa que este en el comercio.

4. aún cuando la entrega de la cosa prestada no es requisito de existencia

ni de validez del contrato, se presupone una transferencia de propiedad

como consecuencia inmediata y natural del propio contrato, si el objeto

prestado nunca se entrega, el contrato podría concluir.

el contrato de apertura de crédito:

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1. el objeto puede tener cualquier destino o aplicación.

2. el carácter mercantil viene por disposición expresa de la ley,

independientemente del destino o aplicación de esos recursos.

3. se limita únicamente aponer a disposición del acreditado una suma de

dinero o a realizar ciertas obligaciones por cuenta de este.

4. la consecuencia inmediata y natural de su celebración es la

disponibilidad de los recursos y no forzosamente su entrega, puede

nunca transferirse al acreditado la propiedad de los recursos sin que ello

implique la terminación del contrato, si bien lo esperado e que el

acreditado disponga de los mismos.

1.8.- LOS CONTRATOS DE CREDITO TRADICIONALES

la intermediación financiera en el crédito es la principal característica de

la banca, es decir, el cambio indirecto y mediato de dinero que se realiza por la

interposición de quien sistemáticamente recoge capital en busca de

inversiones y lo entrega a quien lo necesita.

la intermediación financiera es practicada por sujetos bancarios y no

bancarios, mismos que citamos a continuación:

intermediación financiera:

1. bancaria:

a. instituciones de banca múltiple;

b. banca de desarrollo.

2. no bancaria:

a. casas de bolsa;

b. casas de cambio;

c. arrendadoras financieras;

d. instituciones de seguros;e. instituciones e fianza;

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f. empresas de factoraje financiero;

g. uniones de crédito;

h. especialistas bursátiles;

i. sociedades de ahorro y préstamo;

 j. entidades de ahorro y crédito popular;

k. afores;

l. almacenes generales de deposito;

m. siefores

n. sociedades de inversión; y

o. sociedades mutualistas de seguros.

a continuación analizaremos los contratos de crédito de las instituciones

bancarias, en razón de que las instituciones de crédito son de vital importancia

para el desarrollo económico de una sociedad, ya que operan como grandes

receptoras y canalizadoras de recursos. por una parte, reciben créditos del

público ahorrador y por otra colocan esos recursos mediante el otorgamiento

de créditos a las personas físicas, a empresas o al gobierno.

la operación de crédito es pues, un negocio jurídico por el cual el

acreedor (acreditante) transfiere un valor económico al deudor (acreditado) y

este se compromete a reintegrarlo en el plazo convenido.

las operaciones de crédito están reguladas en el capitulo cuarto

denominado de los créditos en la ley general de títulos y operaciones de crédito

y la doctrina clasifica dentro de las operaciones bancarias:

los contratos de crédito tradicionales son los siguientes:

• contrato de apertura de crédito

• contrato de cuenta corriente

• contrato de carta de crédito

• contrato de prenda

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contrato de apertura de crédito: es un contrato a virtud del cual, el

acreditante se obliga a poner una suma de dinero a disposición del acreditado,

o a contraer por cuenta de este una obligación, para que el mismo haga uso del

crédito concedido en la forma y en los términos y condiciones convenidos,

quedando obligado el acreditado a restituir al acreditante las sumas de que

disponga, o a cubrirlo oportunamente por el importe de la obligación que

contrajo, y en todo caso a pagarle los intereses, prestaciones, gastos y

comisiones que se estipulen, contemplado como ya lo hemos analizado en el

artículo 291 de la ley general de titulos y operaciones de credito.

contrato de cuenta corriente: señalado en el artículo 302 de la ley

general de titulos y operaciones de credito, en virtud del contrato de cuenta

corriente, los créditos derivados de las remesas reciprocas de las partes se

anotan como partidas de cargo o de abono en una cuenta, y solo el saldo que

resulte a la clausura de la cuenta constituye un crédito exigible y disponible.

contrato de carta de crédito: regulado por los artículos 311 a 316 de la

ley general de titulos y operaciones de credito, es un documento por cuyo

medio la persona que la expide suplica a otra que le entregue a una tercera,

una cantidad fija o varias cantidades indeterminadas, comprendidas en un

máximo cuyo límite se debe señalar, que no excederá de seis meses.

contrato de prenda: contrato de naturaleza civil (artículo 2856 del código

civil federal) o mercantil (artículo 334 de la ley general de títulos y operaciones

de crédito), en virtud del cual un deudor constituye un derecho real sobre un

bien mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su

preferencia en el pago, en la mayoría de los casos, supone la entrega del bien

dado en prenda.

1.9. LOS CONTRATOS DE CRÉDITO BANCARIOS

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el concepto de operaciones de crédito, especialmente cuando se trata de

operaciones bancarias, se agrupan en:

A. operaciones pasivas: que son los distintos negocios que realizan las

instituciones de crédito (banco) con el fin de captar capitales de la

clientela y aplicarlos a sus propios fines.

B. operaciones activas: cuando a través de negocios diversos el banco

otorga a los solicitantes de crédito o disponibilidad para obtenerlo, con

cargo a los capitales que previamente ha recibido de sus clientes o a su

propio patrimonio.

los contratos de crédito bancarios son los siguientes:

• contrato de depósito

• contrato de préstamo y de apertura de crédito

• contrato refaccionario y de habilitación o avio

• contrato de crédito documentario (carta de crédito)

contrato de depósito: regulado en los artículos 267 a275 de la ley

general de títulos y operaciones de crédito, el artículo 267 de la mencionada ley

dispone; el depósito de una suma determinada de dinero en moneda nacional,

en divisas o monedas extranjeras transfiere la propiedad al depositario y se

obliga a restituir la suma depositada en la misma especie.

contrato de crédito de habilitación o avio: señalado en el artículo 331 de

la ley general de títulos y operaciones de crédito, el acreditado queda obligado

a invertir el importe del crédito precisamente en la adquisición de las materias

primas y materiales, y en el pago de los jornales, salarios y gastos directos de

explotación indispensables para los fines de su empresa.

contrato de crédito refaccionario: indicado en el artículo 323 de la ley

general de títulos y operaciones de crédito, el acreditado queda obligado a

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invertir el importe del crédito precisamente en la adquisición instrumento, útiles

de labranza, abonos, ganado o animales de cría, en la realización de

plantaciones o cultivos cíclicos o permanentes, en la apertura de tierras para el

cultivo, en la compra o instalación de maquinarias y en la construcción y

realización de obras materiales para el fomento de la empresa del acreditado,

también se pueden cubrir las responsabilidades fiscales en la empresa del

acreditado.

U N I D A D D O S

“LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO Y LAS AUTORIDADES EN MATERIA

BANCARIA”

2.1.- LA LEY DE INSTITUCIONES DE CRÉDITO-

la ley de instituciones de crédito vigente, fue publicada el día 18 de julio

de 1990, en el diario oficial de la federación, el objeto del mencionado

ordenamiento es:

objeto de la ley de instituciones de crédito:

• la regulación del servicio de banca y crédito

• la organización y el funcionamiento de las instituciones de crédito

• reglamentar las operaciones y actividades que las instituciones de

crédito podrán realizar, así como su sano y equilibrado desarrollo

• la protección de los intereses del público

• los términos en que el estado ejerce la rectoría financiera del sistema

bancario mexicano.

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2.2.- SERVICIO DE BANCA Y CRÉDITO

el artículo 2 de la ley de instituciones de crédito señala que: se consideraservicio de banca y crédito, la captación de recursos del público en el mercado

nacional para su colocación en el público, mediante actos causantes de pasivo

directo o contingente, quedando obligado el intermediario a cubrir el principal y

en su caso los accesorios financieros de los recursos captados.

la captación de recursos, conlleva la existencia de pasivos para la

institución y la obligación para éste de devolver al ahorrizador el principal, así

como los intereses de los recursos captados.

la colocación, es decir, la canalización de recursos nacía del público que

lo necesita, genera para el intermediario activos o créditos a su favor.

el pasivo directo, es la obligación que adquiere el intermediario frente al

depositante o inversionista con motivo de la realización de actos jurídicos cuyo

objeto es la captación de recursos financieros, siempre y cuando tales

obligaciones estén sujetas a un plazo.

el pasivo contingente, es aquella obligación que adquiere el

intermediario financiero frente a un tercero por cuenta de un cliente

determinado y cuyo cumplimiento por parte del intermediario financiero se

encuentra sujeto a una condición suspensiva, es decir, un acontecimiento

futuro de realización incierta.

las instituciones de crédito realizan operaciones pasivas, activas y de

servicios, la actividad del crédito incluye sólo las operaciones pasivas y activas

y comprende las de servicios.

por ello, es un exceso del legislador hablar de banca y crédito para

referirse al mismo fenómeno y quizá requiere mas adecuado considerar como

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servicio de banca a todos los actos jurídicos que la ley permite realizar a los

bancos, entre los cuales quedan comprendidos los créditos.

el servicio de banca son las actividades activas, pasivas y de servicios

que conforme a la ley son atribuidas a las instituciones de crédito, incluyendo

de manera exclusiva, la recepción de depósitos irregulares de dinero en cuenta

de cheques.

en méxico el servicio de banca y crédito sólo podrá prestarse por 

instituciones de crédito que serán instituciones de banca múltiple y banca de

desarrollo.

2.2.3.- INSTITUCIONES DE BANCA MÚLTIPLE

la banca múltiple es una sociedad anónima bancaria, que cuenta con

autorización del estado para prestar el servicio de banca y crédito, de un

estado no especializado, es decir, que implica l prestación de un paquete de

servicios bancarios.

las instituciones de crédito, al ser en esencia sociedades anónimas

tendrán las características fundamentales de este tipo de sociedades, es decir,

tienen un objeto social, una duración, capital social, domicilio, obligación de

entregar los títulos representativos del capital social, órganos de administración

y de vigencia de la sociedad.

además las instituciones de crédito, deben ser inscritas en el registro

público de comercio, tienen personalidad jurídica propia, su constitución y

modificaciones deben constar en escritura pública, deben constituir un fondo de

reserva, proveniente de las utilidades anuales, corresponde a las asambleas

ordinarias de accionistas la designación de los órganos de administración y de

los comisarios de vigilancia, la calidad de socio se acredita y transmite con lasacciones y deban tener un registro de acciones.

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las siguientes son las características específicas de las instituciones de

crédito de banca múltiple:

• su objeto solo puede ser la prestación del servicio de banca y crédito en

los términos de la ley de instituciones de crédito.

• para organizarse y operar necesitan autorización de la secretaria de

hacienda y crédito público, oyendo la opinión del banco de méxico y de

la comisión nacional bancaria y de valores.

• su escritura constitutiva y cualquier modificación de la misma deben ser 

sometidas a la aprobación de la secretaría de hacienda y crédito público.

• la comisión nacional bancaria y de valores puede remover o suspender a

los miembros del consejo de administración, directores generales,

comisarios, directores, gerentes, delegados fiduciarios y otros

funcionarios.

• para la fusión de dos o más instituciones de banca múltiple o de

cualquier otra sociedad con una institución de banca múltiple, se

requiere autorización previa de la secretaria de hacienda y crédito

público.

• para la escisión de una institución de banca múltiple se requiere previa

autorización de la secretaria de hacienda y crédito público.}

• la secretaria de hacienda y crédito público, con opinión de la comisión

nacional bancaria y de valores y del banco de méxico, puede declarar la

evocación de la autorización otorgada a la institución de banca múltiple.

2.4.- LAS INSTITUCIONES DE BANCA DE DESARROLLO

cuando hablamos de banca de desarrollo nos referimos a los bancos del

estado, obviamente fuera del caso del banco de méxico, que no es una

institución de crédito, sino el banco central de la nación.

durante el periodo comprendido entre 1926 a 1982 los bancos estatales

recibieron la denominación de instituciones nacionales de crédito, después de

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la nacionalización bancaria de 1982 los bancos estatales, incluida la banca

múltiple, se denominaron sociedades nacionales de crédito. aunque en 1990 se

permitió de nuevo que los particulares prestaran el servicio de banca y crédito,

el estado conservo diversos bancos, que hoy conocemos como instituciones de

banca de desarrollo.

en la actualidad existen las siguientes instituciones de banca de

desarrollo o sociedades nacionales de crédito:

• banco del ahorro nacional y servicios financieros (bansefi)

• banco nacional de comercio exterior (bancomext)

• banco nacional del ejército, fuerza aérea y armada (banejercito)

• banco nacional de obras y servicios públicos (banobras)

• nacional financiera

• financiera rural

• sociedad hipotecaria federal

las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la administración

pública federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con

el carácter de sociedades nacionales de crédito, en los términos de sus

correspondientes leyes orgánicas y de la ley de instituciones de crédito.

la secretaria de hacienda y crédito público señala que las instituciones de

banca de desarrollo, son instituciones financieras cuyo propósito fundamentales promover y fomentar el desarrollo económico en sectores y regiones con

escasez de recursos, así como apoyar programas y actividades prioritarias de

alto riesgo, con largos periodos de maduración o que requieren de montos

importantes de inversión inicial.

conforme a lo anterior, las instituciones de banca de desarrollo:

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1. son entidades de la administración pública federal

2. tienen personalidad jurídica y patrimonio propios

3. se rigen por sus leyes orgánicas

2.5.- ORGANIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO

2.5.1.- EN LA BANCA MULTIPLE

comprendimos que las instituciones de crédito llamadas de la banca

múltiple, son sociedades anónimas, su capital es fijo, esto es su capital social

está integrado por una parte ordinaria y una parte adicional.

de acuerdo con el artículo 12 de la ley de instituciones de crédito, las

acciones son de igual valor dentro de cada serie y confieren a sus tenedores

iguales derechos. sin embargo las acciones de la parte adicional, son de voto

limitado.

la administración de las instituciones de banca múltiple, se conforma de

la siguiente manera: el director general tiene a su cargo la representación de la

sociedad y es básicamente el ejecutor de los acuerdos de los administradores,

es un órgano de comisión.

cuando los administradores son dos o más, se constituye el llamado

consejo de administración. por su parte, los comisarios vigilan la buena marcha

de la sociedad.

el consejo de administración de una institución de crédito y banca

múltiple estará formado por un mínimo de cinco y un máximo de quince

consejeros propietarios.

2.5.2.- EN LA BANCA DE DESARROLLO

en las instituciones de la banca de desarrollo, el capital estarepresentado por certificados de aportación patrimonial, conocidos como caps,

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estos son títulos de crédito que se rigen por la ley de instituciones de crédito

como por la ley general de títulos y operaciones de crédito.

los certificados de aportación patrimonial, deberán ser nominativos y se

dividirán en dos series; la serie “a” que representara el 66% del capital de la

sociedad, que solo será del gobierno federal y la serie “b” que representará el

34% restante que podrá ser adquirida por personas físicas o morales

mexicanas.

de acuerdo a la ley de instituciones de crédito, corresponde al director 

general la representación legal y administración de esas instituciones su tarea

esencial es someter a consideración del consejo directivo los proyectos y

programas relacionados con las facultades de este último.

el director general es designado por el presidente de la republica, a

través de la secretaria de hacienda y crédito público.

el consejo directivo es el órgano encargado de dirigir a la institución de la

banca de desarrollo para el logro de sus objetivos y metas de sus programas,

instruye al director general para la realización de esos objetivos y metas. el

consejo directivo se integra por consejeros y estos son los secretarios de

hacienda, economía y el gobernador del banco de méxico entre otros.

el comisario es el órgano de vigilancia de las instituciones de banca de

desarrollo, tiene amplias facultades para examinar los libros de contabilidad y

demás documentación de la sociedad, incluida la del consejo directivo, así

como llevar a cabo todos los actos que requieran el adecuado cumplimiento de

sus funciones.

banca multiple

director general

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administración

tiene un

consejo de administración presidente

comisario

banca de desarrollo

• director general

administración

• consejo directivo

organo de vigilancia

(comisario)

2.6 OPERACIONES BANCARIAS

las instituciones de crédito realizan operaciones de captación de

colocación de recursos del público, además efectúan otras que no suponen

esas tareas y son conocidas como de servicios.

en este sentido, de acuerdo con la ley de instituciones de crédito, lasoperaciones de los bancos pueden ser de tres tipos:

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1. pasivas.- cuando las instituciones de crédito reciben recursos del público

en virtud de ellas las instituciones contraen adeudos y por tanto se

general pasivos a su cargo.

2. activas.- cuando las instituciones otorgan crédito al público, las

instituciones se conviertes entonces en acreedoras y por consecuencia

existen activos a su favor.

3. servicios.- son las llamadas operaciones neutras o atípicas, no implican

por sí mismas la existencia de activos o pasivos para la institución

operaciones intermediario operaciones

pasivas (banco) activas

(captación de (colocación

recursos) de recursos)

operaciones de servicios

(neutras)

2.6.1.- LAS OPERACIONES PASIVAS

las operaciones pasivas de una institución de crédito ocurren cuando

captan recursos del público inversionista.

las operaciones pasivas podrán ser las siguientes:

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1.- recibir depósitos bancarios de dinero

por lo común los depósitos bancarios de dinero son depósitos irregulares

que se constituyen conforme al artículo 46 de la ley de instituciones de crédito y

estos pueden ser:

 

a) a la vista.- el depositante tiene derecho a realizar libremente depósitos

de efectivo par abono de su cuenta y a disponer, total o parcialmente de

la suma depositada.

b) retirables en días preestablecidos

c) de ahorro

d) a plazo o con previo aviso

2.- aceptar préstamos y créditos.- cuando la institución de crédito es deudor o

acreditado, es decir recibe dinero.

3.- emitir bonos bancarios

los bonos bancarios son títulos de crédito a cargo de la institución emisora

y producirán acción ejecutiva respecto de la misma, previo requerimiento de

pago ante fedatario público.

4.- emitir obligaciones subordinadas.

2.6.2.- LAS OPERACIONES ACTIVAS

las operaciones activas de una institución de crédito se realizan en el

momento de colocar recursos con los acreditados.

las operaciones activas podrán ser las siguientes:

1. constituir depósitos en instituciones de crédito

2. otorgar prestamos o créditos3. operar con valores

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4. promover la organización de empresas ( a través de financiamiento)

5. operar con documentos mercantiles

6. celebrar contratos de arrendamiento financiero

7. realizar operaciones financieras conocidas como derivadas

8. realizar operaciones de factoraje financiero

2.6.3.- LAS OPERACIONES DE SERVICIOS

los servicios que prestan las instituciones de crédito son los no

comprendidos en las operaciones activas y pasivas que contempla la ley de

instituciones de crédito.

1. operar con valores por cuenta de terceros

2. operar con oto, plata y divisas

3. prestar el servicio de cajas de seguridad

4. expedir cartas de crédito

5. practicar fideicomisos y llevar a cabo mandatos y comisiones

6. recibir depósitos de títulos, valores y documentos mercantiles en

administración o custodia

7. actuar como representante común de los tenedores de títulos de crédito

8. hacer servicio de caja y de tesorería de títulos

9. realizar servicios varios (administrador de empresas, albaceas, cuando

realizan avalúos)

2.7.- LAS AUTORIDADES EN MATERIA BANCARIA

las entidades que ejercen funciones de autoridad respecto de los

intermediarios financieros bancarios, en nuestro país, son los siguientes:

autoridades bancarias:

 

secretaria de hacienda y crédito público

banco de méxico

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comisión nacional bancaria y de valores

comisión nacional para la defensa de los usuarios de los servicios

financieros

instituto para la protección al ahorro bancario

2.7.1.- SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO

es la secretaria de estado que le corresponde entre otras cosas, en tanto

a la intermediación financiera, planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema

bancario del país que comprende al banco de méxico, la banca de desarrollo y

la banca múltiple, estas últimas instituciones encargadas de estar al servicio de

banca y crédito.

las facultades más relevantes de la secretaria de hacienda y crédito

público son las siguientes:

1. interpretar la ley de instituciones de crédito para efectos administrativos

2. autorizar discrecionalmente la organización y el funcionamiento de

instituciones de banca múltiple

3. aprobar la escritura constitutiva y sus modificaciones de las instituciones

de banca múltiple

4. conocer del recurso administrativo en contra de sanciones que haya

impuesto la comisión nacional bancaria y de valores

5. autorizar la fusión de dos o más instituciones de banca múltiple o la

escisión de una institución de banca múltiple

6. revocar la autorización otorgada a una institución de banca múltiple para

operar 

7. establecer las políticas, lineamientos y prioridades conforme a las cuales

el consejo directivo dirigirá a una institución de banca de desarrollo,

expedirá el reglamento orgánico de las mismas y formará el capital

social de las mismas

8. solicitar información y documentos, en el ámbito de su competencia, a

las instituciones de crédito

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9. querellarse por la comisión de delitos previstos en la ley de instituciones

de crédito

10.dictar disposiciones de carácter general relativa a prevenir y detectar las

operaciones con recursos de procedencia ilícita

2.7.2.- EL BANCO DE MÉXICO

Esta institución tiene la exclusividad en la emisión de la moneda, es

el banco del gobierno federal, asesor financiero y económico de éste,

tiene facultades constitucionales para regular la intermediación y los

servicios financieros en nuestro país.

El Estado tendrá un banco central que será autónomo en el ejercicio de

sus funciones y en su administración. Su objetivo prioritario será

procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional,

fortaleciendo con ello la rectoría del desarrollo nacional que corresponde

al Estado. Ninguna autoridad podrá ordenar al banco conceder 

financiamiento.

Las facultades más importantes del banco de México son las

siguientes:

determinar conforme a la ley del banco de México, las

características de las operaciones activas, pasivas y de servicios

de los bancos.

Emitir reglas generales respecto a las operaciones con valores que

realicen las instituciones de crédito, en cumplimiento de contratos

de fideicomiso, comisión y de administración

Descontar cartera de las instituciones de crédito

Solicitar información y documentos en el ámbito de su competencia

a las instituciones de crédito

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Cargar en la cuenta de las instituciones de crédito el importe de las

multas impuestas por la comisión nacional bancaria y de valores,

que no admitan medio de defensa alguno

2.7.3.- LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES

Es un órgano desconcentrado de la secretaría de hacienda y crédito

público, con autonomía técnica y facultades ejecutivas, mismo que se

rige por la ley.

La tarea esencial de la comisión nacional bancaria y de valores,

consiste en supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a los

intermediarios financieros y a las personas físicas y morales que realicen

actividades propias de esos intermediarios.

Las facultades más importantes de la comisión nacional bancaria y

de valores son las siguientes:

Dar a conocer el monto del capital mínimo con el que deben

conducir las instituciones de banca múltiple.

Remover o suspender a los miembros del consejo de

administración, directores generales, comisarios, directores,

delegados fiduciarios y funcionarios que puedan obligar con su

firma a la institución de banca múltiple, también inhabilitar a los

servidores públicos de las instituciones de banca de desarrollo con

excepción del director general.

Establecer los días inhábiles bancarios

Expedir disposiciones relativas a la contabilidad de las instituciones de

crédito

expedir disposiciones sobre la aprobación de los estados financieros de

las instituciones de crédito

Supervisar, Inspeccionar Y Regular A Las Instituciones De Crédito

hacer constar la emisión de bonos bancarios

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Multar A Quienes Violen Las Disposiciones De La Ley De

Instituciones De Crédito Y Sancionar A Quien Indebidamente

Practiquen La Intermediación Financiera Sin Autorización

llevar a cabo la intermediación administrada o gerencial de lasinstituciones de crédito

Conocer De Recurso De Revocación En Contra De Las Sanciones

Que Imponga

2.7.4.- LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA DEFENSA DE LOS USUARIOS

DE LOS SERVICIOS FINANCIEROS.

Es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y

patrimonio propios y tiene por objeto promover, asesorar, proteger y

defender los intereses de los usuarios frente a las instituciones

financieras, arbitrar sus diferencias de manera imparcial y proveer a la

equidad en las relaciones de éstos.

Las facultades de esta comisión, están condenadas en el artículo 11 de la

ley de protección y defensa al usuario de los servicios financieros destacando

las siguientes:

atender y resolver las consultas y reclamaciones que le formulen los

usuarios en el ámbito de su competencia

llevar a cabo el procedimiento conciliatorio entre los usuarios y las

instituciones financieras

actuar como árbitro, en amigable composición o de estricto derecho,

respecto de los conflictos originados en contratos celebrados entre los

usuarios y las instituciones financieras

orientar y asesorar legalmente a los usuarios en los litigios que entablen

contra las instituciones financieras

emitir recomendaciones, imponer sanciones y medidas de apremio así

como conocer del recurso de revisión en contra de sus resoluciones que

emite el laudo arbitral.

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2.7.5.- EL INSTITUTO PARA LA PROTECCIÓN AL AHORRO BANCARIO

Es un organismo descentralizado de la administración pública federal con

personalidad jurídica y patrimonio propios, cuya finalidad es otorgar un seguro

de depósito al asumir y en su caso pagar en forma subsidiaria las obligaciones

que se encuentren garantizadas a cargo de instituciones de banca múltiple,

considerando el monto total del principal y accesorios, hasta por una cantidad

equivalente a 400,000 udis (cuatrocientas mil unidades de inversión) por 

persona física o moral en los bancos.

Las facultades del instituto para la protección al ahorro bancario están

plasmadas en el artículo 68 de la ley para la protección al ahorro bancario y las

más importantes son:

recibir y aplicar los recursos que se autoricen correspondientes del

presupuesto de egresos de la federación y de las aportaciones de las

instituciones de banca múltiple para el seguro de depósito

otorgar financiamiento a las instituciones bancarias como parte de los

programas de saneamiento

fungir como liquidador de las instituciones de crédito, para enajenar,

subastar o licitar los bienes de estos o darlos en administración

2.8.- LA PROTECCIÓN DE LOS INTERESES DEL PÚBLICO

Existen diversos instrumentos para la protección de los intereses de

quienes contratan los servicios propios de la banca y son los siguientes:

Instrumentos de protección:

el secreto bancario

el seguro de depósito bancario

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la asesoría y defensa de los usuarios de la banca

la responsabilidad directa e ilimitada de las instituciones de crédito

2.8.1.- el secreto bancario

el secreto bancario consiste en el deber jurídico que tienen las

instituciones de crédito de no revelar, sino en los casos expresamente

prescritos en la ley, la información que sea de su conocimiento en relación con

sus actos propios de banca que realicen con el público.

con fundamento en lo dispuesto en el artículo 117 de la ley de

instituciones de crédito, la información y documentación relativa a las

operaciones y servicios bancarios, tendrán carácter confidencial, por lo que las

instituciones de crédito, en protección del derecho a la privacidad de sus

clientes y usuarios, en ningún caso podrán dar noticias o información de las

operaciones y servicios que presten, sino al depositante, deudor, titular,

beneficiario, fideicomisante, fideicomisario, comitente o mandante, a sus

representantes legales o a quienes tengan otorgado poder para disponer de la

cuenta o para intervenir en la relación o servicio.

Como excepción a lo antes expuesto las instituciones de crédito estarán

obligadas a dar información, cuando lo solicite la autoridad judicial en virtud de

providencias dictada en juicio en el que el titular o en su caso, el

fideicomisante, fideicomisario, fiduciario, comitente, comisionista, mandante o

mandatario sea parte o acusado. la autoridad judicial podrá formular su

solicitud directamente a la institución de crédito o a través de la comisión

nacional bancaria y de valores.

las instituciones de crédito también estarán obligadas a dar información a

las siguientes autoridades:

oprocuraduría general de la república

oprocuraduría de justicia de las entidades federativas y del distrito federal

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oprocurador general de justicia militar 

osecretaria de hacienda y crédito público

oauditoria superior de la federación

osecretaría de la función públicao instituto federal electoral

ocomisión nacional bancaria y de valores

obanco de México

o instituto para la protección al ahorro bancario

ocomisión para la protección y defensa de los usuarios de servicios

financieros

2.8.2.- LA RESPONSABILIDAD DIRECTA E ILIMITADA DE LAS

INSTITUCIONES DE CREDITO.

en el artículo 91 de la ley de instituciones de crédito indica lo siguiente:

“las instituciones de crédito responderán directa e ilimitadamente de los actos

realizados por sus funcionarios y empleados en el cumplimiento de sus

funciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales en que ellosincurran personalmente”.

la intención del citado artículo consiste en que en caso de controversia,

los usuarios de la banca no tengan que seguir un largo e infructuoso proceso

en contra de los empleados y funcionarios de las instituciones de crédito, para

después demandar a éstas, sino que los bancos sean responsables directa e

ilimitadamente por los perjuicios que el mal actuar de empleados y funcionarioscause a los usuarios de las instituciones.

2.9.- DE LAS PROHIBICIONES, SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y

DELITOS

ninguna persona física o moral, podrá captar directa o indirectamente

recursos del público en territorio nacional, mediante la celebración de

operaciones de depósito, préstamo, crédito, mutuo o cualquier otro acto

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causante de pasivo directo o contingente, quedando obligado a cubrir el

principal y en su caso los accesorios financieros de los recursos captados.

los únicos entes autorizados para prestar el servicio de banca y crédito en

territorio nacional, según la ley de instituciones de crédito son los siguientes:

1. instituciones de crédito entes debidamente

2. intermediarios financieros autorizados para prestar el

3. emisores de instrumentos servicio de banca y crédito

4. inscritos en el registro nacional de valores

conforme a los ordenamientos

legales aplicables.

2.9.1.- DE LAS PROHIBICIONES

las prohibiciones se encuentran previstas en los artículos 103 a 106 de la

ley de instituciones de crédito, en efecto cuando la comisión nacional bancaria

y de valores, presuma que una persona física o moral esta realizando tareas

propias de la banca o se ostenten como tales sin autorización, podrá nombrar 

al inspector y los auxiliares necesarios para que revisen la contabilidad y

demás documentación de la negociación, empresa o establecimiento de la

persona física o moral a fin de verificar si efectivamente estar realizando las

operaciones bancarias, en cuyo caso, la comisión nacional bancaria podrá

ordenar la suspensión inmediata de operaciones o proceder a la clausura de la

negociación, empresa o establecimiento de la persona física o moral de que se

trate.

el procedimiento de inspección, suspensión de operaciones y clausura es

de interés público.

a las instituciones de crédito les estará prohibido:

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I. dar en garantía sus propiedades, derechos de crédito a su favor,

fideicomisos y valores de su cartera

II. operar directa o indirectamente sobre las acciones o títulos

representativos de su capital

III. celebrar operaciones en virtud de las cuales resulte deudores de la

intervención sus funcionario y empleados, salvo que correspondan a

prestaciones de carácter laborar otorgadas de manera general

IV. mantener cuentas de cheques a aquellas personas que en el curso de

dos meses hayan librado tres o mas de dichos documentos, que

presentados en tiempo no hubieren sido pagados por falta de fondos

disponibles y suficientes

V. pagar anticipadamente, en todo o en parte, obligaciones a su cargo

derivadas de depósitos bancarios de dinero, préstamos o créditos.

2.9.2.- DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS

las sanciones administrativas se encuentran previstas en los artículos 107 a

111 de la ley de instituciones de crédito. las sanciones administrativas son

impuestas por la comisión nacional bancaria y de valores, previa garantía de

audiencia del interesado.

contra las resoluciones sancionatorias procede el recurso de revocación

que es de agotamiento obligatorio, el cual debe interponerse por escrito dentro

de los quince días hábiles siguientes al de su notificación, contemplado en el

artículo 110 de la ley de instituciones de crédito.

las palabras banco, crédito, ahorro, fiduciario u otras que expresen ideas

semejantes en cualquier idioma, por las que puede inferirse el ejercicio de la

banca y del crédito, no podrán ser usados a menos que se trate de

establecimientos autorizados para prestar operaciones y servicios de

intermediación financiera por la secretaria de hacienda y crédito público.

la persona física o moral que utilice las palabras antes referidas, secastigará por la comisión nacional bancaria y de valores con multa de cien

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hasta cinco mil veces, del salario mínimo general diario vigente en el distrito

federal, la negociación respectiva será clausurada.

el cumplimiento o la violación de la ley de instituciones de crédito, por las

instituciones de crédito serán sancionadas con multa que impondrá

administrativamente la comisión nacional bancaria y de valores de veinte mil a

doscientas mil veces el salario mínimo general diario vigente en el distrito

federal, lo anterior es sin perjuicio de la facultad de la secretaría de hacienda y

crédito público para revocar la autorización otorgada para organizarse como

institución de banca múltiple y operar con tal carácter.

2.9.3.- DE LOS DELITOS

el artículo 7 del código penal federal define al delito como “ el acto u omisión

que sancionan las leyes penales”.

en el caso de la ley de instituciones de crédito, el catálogo de actos u

omisiones constitutivos de delito se encuentran en los artículos 111 a 116.

por su importancia en la citada ley se sancionarán los actos

indebidos de los sujetos básicos de la relación contractual bancaria como son

el cliente y las personas que realizan actos por las instituciones de crédito, pero

también ciertos actos de servidores públicos de la autoridad supervisora y aun

determinadas conductas de terceros ajenos al sistema bancario.

monto de la operación

quebranto o perjuicio

patrimonial

sanción: multa:

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no exceda del

equivalente a dos mil

días de salario

de tres meses a dos

años de prisión

de treinta a dos mil días de

salario mínimo

exceda de mil y no de

cincuenta mil días de

salario

de dos a cinco años de

prisión

de dos mil a cincuenta mil

días de salario

exceda de cincuenta

mil pero no de

trescientos cincuenta

mil días de salario

con prisión de cinco a

ocho años

de cincuenta mil a

doscientos cincuenta mil

días de salario

exceda de trescientos

cincuenta mil días de

salario

de ocho a quince años

de prisión

doscientos cincuenta mil a

trescientos cincuenta mil

días de salario

considerando el monto de la operación quebranto o perjuicio patrimonial, las

sanciones previstas en el artículo 112 de la ley de instituciones de crédito y

citadas en el cuadro anterior, se impondrán a:

1.- las personas que con el propósito de obtener un crédito proporcionen a una

institución de crédito, datos falsos, presenten avalaos que no corresponden a la

realidad, resultando como consecuencia de ellos quebranto o perjuicio

patrimonial para la institución.

2.- los funcionarios, empleados de la institución de crédito o quienes

intervengan directamente en la autorización o realización de operaciones, a

sabiendas de que estas resultaran en quebranto o perjuicio al patrimonio de la

institución.

3.- los deudores que no destine el importe del crédito a los fines pactados.

serán sancionados con prisión de cinco a quince años y multa de quinientos a

cincuenta mil veces el salario mínimo general vigente en el distrito federal al

que realice operaciones de banca y de crédito sin

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autorización,

1.- se sancionara con prisión de tres a nueve años y de treinta mil a trescientos

mil días multa a quien produzca, reproduzca, introduzca al país, imprima o

comercie tarjetas de crédito, de debito formatos de cheques o en general

instrumentos de pago utilizados por el sistema bancario, sin consentimiento de

quien este facultado para ello.

2.- quien utilice distribuya o posea tarjetas de crédito, de debito, formatos de

cheques en general instrumentos de pago utilizados por el sistema bancario, a

sabiendas de que son falsos.

3.- altere el medio de identificación electrónica y acceda a los equipos

electrónicos magnéticos del sistema bancario, con el propósito de disponer 

indebidamente de recursos económicos u obtengan use indebidamente la

información sobre clientes u operaciones del sistema bancario y sin contar con

la autorización correspondiente.

la acción penal en los casos previstos en la ley de instituciones de crédito,

perseguibles por petición de la secretaria de hacienda y crédito publico, por la

institución de crédito ofendida o de quien tenga interés jurídico prescribirá en

tres años contándoos a partir del dia en que dicha secretaria o la institución de

crédito, tenga conocimiento del delito y del delincuente y si no tiene ese

conocimiento en cinco años que se computaran a partir de la fecha de la

omisión del delito.

UNIDAD III

“EL FIDEICOMISO”

3.1 ANTECEDENTES

El fideicomiso es uno de los actos jurídicos que pueden realizar las

instituciones de crédito, recordemos que el fideicomiso es un servicio queprestan los bancos.

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El fideicomiso se ha utilizado como medio para lograr muy diversos fines:

garantizar obligaciones, trasladar bienes, aun por causa de muerte, evitando

así el juicio sucesorio, administrar inmuebles, emitir certificados de

participación, realizar planes de pensiones, fomentar la actividad económica de

determinados sectores del país. en fin, se pueden pensar en pautas varían de

fideicomiso como objetivos lícitos se pretendan.

El fideicomiso es un medio que permite resolver con gran flexibilidad, un

número considerable de problemas jurídicos.

El fideicomiso puede construirse de diversos modos:

mediante contrato

por declaración unilateral de la voluntad

mediante un acto del poder público (a través de ley o decreto)

en el año de 1932, la ley general de títulos y operaciones de crédito regulo por 

primera vez en el plano mundial el fideicomiso.

3.2 DEFINICION

El fideicomiso es una operación mercantil mediante la cual una persona física o

moral (llamada fideicomitente) destina ciertos bienes, (el denominado

patrimonio fideicomisos) a la realización de una institución de crédito (llamada

fiduciaria).

Quienes reciben los beneficios del fideicomiso reciben el nombre de

fideicomisarios.

3.3 CARACTERISTICAS DEL FIDEICOMISO Y SU ESTRUCTURA GENERAL

Cuando el fideicomiso se forma por un trato, su estructura típica es la siguiente:

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A) la existencia de un fideicomitente que destine ciertos bienes o derechos

a un fin licito determinado.

B) la celebración de un contrato escrito entre el fideicomitente y el

fiduciario.

C) la existencia de un patrimonio autónomo, que es un patrimonio destinado

a un fin licito respecto del cual el fiduciario se comporta como titular para

el cumplimiento de sus fines del contrato.

D) la designación de beneficiarios que reciben el nombre de fideicomisarios,

aunque dicha designación no es requisito que se ejerza.

Esquema del fideicomiso

Fideicomitente; contrata un fideicomiso con una institución de crédito y aporta

el capital llamado “patrimonio fideicomitido” a favor del fideicomisario.

Fiduciario; actúa como titular del patrimonio fideicomitido que se convierte en

autónomo y lo destina para un fin licito determinado por el fideicomitente.

Fideicomisario; recibe los beneficios. Fiscaliza la actuación del fiduciario.

3.4 SUJETOS DEL FIDEICOMISO

3.4.1 EL FIDEICOMITENTE

Es una persona física o moral que constituye un fideicomiso, para destinar 

ciertos bienes o derechos a la realización de un fin licito determinado,

encargando dicha realización a una institución de crédito.

El artículo 384 de la lgtoc, establece que solo pueden ser fideicomitentes:

A) las personas físicas o morales que tengan la capacidad necesaria para

hacer la petición de bienes que el fideicomiso implica.

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B) las autoridades judiciales o administrativas competentes, cuando se trata

de bienes cuya guarda, conservación, administración, liquidación,

reparta o enajenación corresponde a dignas autoridades o a las

personas que están designadas.

Los derechos y obligaciones del fideicomitente son los siguientes:

I.- derechos

1. que se le reviertan los bienes al finalizar el fideicomiso

2. dar carácter revocable al fideicomiso

3. designar al fiduciario4. designar a los fideicomisarios

5. reservar determinados derechos

6. designar a los miembros del comité técnico

7. establecer de reinos a su favor mediante la reserva que se haga de los

mismos

8. el objeto del fideicomiso siendo licito

II.- obligaciones

1. transmitir la propiedad de los bienes o ceder los derechos respectivos

2. pagar al fiduciario los honorarios y comisiones que se pacten.

3. físicamente si el fideicomiso, el empresario, debe responder como

contribuyente del impuesto sobre la renta, cuando los fideicomisarios

sean determinados.

3.4.2 EL FIDUCIARIO

Es la persona encargada por el fideicomitente de realizar el fin del fideicomiso.

El fiduciario se convierte en el titular del patrimonio constituido por los bienes o

derechos destinados a la realización de la finalidad.

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A diferencia de lo que ocurre en otros países, en México fundamentalmente,

fungen como fiduciarios las instituciones de crédito, aunque no de manera

exclusiva, pues también pueden serlo las siguientes instituciones:

1. casas de bolsa

2. aseguradoras

3. afianzadoras

4. banco de México

5. almacenes generales de deposito

6. sociedades financieras de objeto limitado

Cuando el fiduciario no acepte el fideicomiso, renuncie o sea removido por 

ejemplo el desempeño de su cargo, deberá nombrarse otro que sustituya, si no

fuera posible esta sustitución cesara el fideicomiso.

Conforme a la Lic., el fiduciario desempeñara su cometido y ejercitara sus

facultades por medio de funcionarios denominados delegados fiduciarios.

los delegados fiduciarios, tienen el carácter de apoderados en todo caso, las

instituciones fiduciarias responderán directa e ilimitadamente de los actos

realizados por estos.

los principales derechos y las obligaciones del fiduciario son las siguientes:

1.- derechos

A) ejercer la titularidad de los bienes y derechos afectos al fideicomiso

B) recibir el fideicomitente los honorarios y las comisiones pactadas

C) abstenerse de acatar las resoluciones del comité técnico dictadas en

exceso de facultades

D) excusarse o renunciar al cargo por causas graves

2.- obligaciones

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A) cumplir con los fines del fideicomiso conforme al acto constitutivo

B) actuar de buena fe

C) mantener separado el patrimonio de cada fideicomiso

D) rendir cuentas de la gestión fiduciaria

E) cumplir con las obligaciones fiscales del fideicomiso.

F) responder de los daños y perjuicios que resienta el patrimonio

fideicomitido, cuando ello sea por su culpa.

3.- prohibiciones

1. no puede otorgar créditos cuya garantía sean derechos sobre

fideicomisos que tengan como fin depósitos bancarios de dinero a la

vista, a plazos, de ahorro o retirables en días preestablecidos, sobre

otros préstamos ni emisión de obligaciones subordinadas.

2. no puede utilizar los dineros o valores que se le transmitan con el fin de

otorgar créditos para realizar operaciones en las que puedan resultar 

como deudores sus delegados.

3. no puede ser fideicomisaria de los fideicomisos en que sea fiduciaria.

4. no puede celebrar fideicomisos en los que el objeto sean fincas rusticas,

con excepción de fideicomisos testamentarios, de garantía y de los

traslativos de dominio.

5. no puede obligar a responder por los deudores a los que otorga un

crédito incumplido a los fideicomisarios.

3.4.3 EL FIDEICOMISARIO

Es la persona física o moral que recibe el beneficio derivado de un fideicomiso.

Pueden ser fideicomisarios las personas físicas o morales que tengan la

capacidad jurídica necesaria para recibir los frutos que el fideicomiso implique.

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Para ser fideicomisario solo se requiere tener la capacidad necesaria para

poder recibir el provecho del fideicomiso. pues puede darse un fideicomiso sin

fideicomisarios.

Cuando no exista fideicomisario determinado o cuando este sea incapaz, los

derechos mencionados corresponderán al que ejerza la patria potestad, al tutor 

o al ministerio público, según el caso.

cabe establecer que el fideicomitente puede ser a su vez fideicomisario.

los derechos y obligaciones esenciales del fideicomisario son las siguientes:

1.- derechos

A) recibir los beneficios del fideicomiso

B) los que s ele asignen en el contrato respectivo

C) exigir el cumplimiento al fiduciario

D) atacar la validez de los actos realizados en su perjuicio

E) reindicar los bienes a consecuencia de esos actos hayan salido del

patrimonio fideicomitido.

F) designar al fiduciario cuando no lo designe el fideicomitente.

G) exigir cuantas a la institución bancaria

2.- obligaciones

A) las que se establezcan en el contrato o en el acto constituido, como

pueden ser la conservación de muebles o inmuebles.

B) si los fideicomisarios están determinados, ellos serán los contribuyentes

del impuesto sobre la renta.

3.4.4 COMITÉ TECNICO DEL FIDEICOMISO

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de acuerdo con la ley de instituciones de crédito en el acto constitutivo del

fideicomiso o en sus reformas se puede prever la formación de un comité

técnico, para dar las reglas, para su funcionamiento y fijar sus facultades.

en esencia, dicho comité no es más que un órgano interno del fideicomiso.

ese comité puede estar integrado por personas ajenas al fideicomitente y al

fideicomisario; al respecto, hay que estar a lo previsto en el contrato o en el

acto constituido del mismo.

el comité técnico nació como un órgano de distribución de fondos del

fideicomiso, pero se ha llegado a convertir en un verdadero órgano de

administración.

sin embargo, salvo que se pacte otra cosa en el contrato, el fiduciario no tiene

obligación legal de atender sus decisiones, pero si el fiduciario obra

ajustándose a sus dictámenes o acuerdos de ese comité, estará libre de toda

responsabilidad.

3.5 EL PATRIMONIO FIDEICOMITIDO

El patrimonio fideicomisito son todos los bienes y derechos destinados a un fin

lícito determinado, salvo que conforme a la ley sean estrictamente personales

de su titular.

Se consideran susceptibles de ser objeto del fideicomiso toda clase de bienes y

derechos se consideran afectos al fin que se destinan.

Como el patrimonio está destinado a un fin especifico, el fiduciario solo puede

ejercer respecto de él los derechos y las acciones que se refieren a ese fin.

el fideicomitente: no puede disponer de ese patrimonio.

el fiduciario: estimular de él, pero no es propietario

el fideicomisario: recibe los beneficios, pero no es titular del patrimonio.

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3.6 LA EXTICION DEL FIDEICOMISO

el artículo 392 de la lgtoc, prevé como causas de extinción del fideicomiso las

siguientes:

I.- por la realización del fin para el cual fue constituido;

II.- por hacerse éste imposible;

III por hacerse imposible el cumplimiento de la condición suspensiva de que

dependa o no haberse verificado dentro del término señalado al constituirse el

fideicomiso o, en su defecto, dentro del plazo de 20 años siguientes a su

constitución;

IV.- por haberse cumplido la condición resolutoria a que haya quedado sujeto;

V. por convenio escrito entre fideicomitente, fiduciario y fideicomisario;

VI.- por revocación hecha por el fideicomitente, cuando éste se haya reservado

expresamente ese derecho al constituir el fideicomiso; y

VII. en el caso del párrafo final del artículo 386. (el fideicomiso constituido en

fraude de terceros, podrá en todo tiempo ser atacado de nulidad por los

interesados).

3.7 EL FIDEICOMISO PÚBLICO Y EL FIDEICOMISO NO PÚBLICO

la administración pública ha utilizado con amplitud el fideicomiso, pues esta

figura jurídica ha permitido al ejecutivo federal realizar en el ámbito del derecho

administrativo, actos propios del derecho mercantil.

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el fideicomiso público es aquel que constituye el estado con el propósito de

auxiliarse en sus atribuciones e impulsar las áreas prioritarias para el desarrollo

de la colectividad y el acto constitutivo del mismo en su decreto.

Como ejemplos del fideicomiso público podemos mencionar a los fideicomisos

instituidos en relación a la agricultura (fira) y el fondo de fomento y garantía

para el consumo de los trabajadores (fonacot).

en cuanto a los fideicomisos no públicos, las normas mexicanas no hacen tal

distinción, ya que se refieren a los públicos, lo más relevante es que solo a los

fideicomisos públicos les son aplicables las disposiciones propias de las

entidades de la administración pública.

tipos de fideicomiso garantía Tiene como finalidad la aportación de bienes y/o derechos por parte del

fideicomitente al patrimonio del fideicomiso, con el propósito de garantizar unaprestación anterior o futura a su cargo o a cargo de terceros que éste

determine a favor del fideicomisario, por lo que tales fideicomisos tienen el

carácter de irrevocables.

administración

aquel en virtud del cual el fideicomitente afecta bienes y/o derechos para

guarda, custodia y manejo, quedando a favor del fideicomisario el producto

derivado del cumplimiento de los fines del contrato, pudiendo el propio

fideicomitente reservarse el derecho de reversión de los bienes afectos al

fideicomiso. inversiónaquel en virtud del cual diversos fideicomitentes en un solo acto, o en acto de

adhesión, entregan a la fiduciaria cantidades de dinero para el cumplimiento de

un fin determinado o un negocio económico.

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causas de resolución del fideicomiso

el fideicomiso se resuelve por alguna de las siguientes causas:

1. por acción de nulidad en los casos señalados en la ley.

2. por acción de rescisión

3. por resolución administrativa

4. por alguna de las causas de terminación del contrato de materia civil,

como son la compensación, la confusión de derechos, la remisión de la

deuda o la novación.

Prohibición de los fideicomisos

en nuestro derecho esta prohibida la celebración de los siguientes tipos de

fideicomisos:

1. secretos

2. sucesivos

3. los que tengan una duración mayor de 30 años

4. los ilícitos

UNIDAD IV

ORGANIZACIONES AUXILIARES, EL CREDITO, EL MERCADO DE

VALORES Y LAS SOCIEDADES DE INVERSION.

organizaciones auxiliares del credito

son aquellas entidades que realizan actividades relacionadas ocomplementarias a las de las instituciones de crédito esto es aquellas

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actividades que sin ser bancarias coadyuvan al mejor desarrollo de la actividad

crediticia.

se consideran como organizaciones auxiliares las siguientes:

1. las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo

2. sociedades financieras populares

3. uniones de crédito

4. almacenes generales de depósito

5. arrendadoras financieras

6. empresas de factoraje financiero

7. como actividad auxiliar del crédito y las casas de cambio

para que puedan operar estas organizaciones requerirán la autorización de la

SHCP, la comisión nacional bancaria y de valores y constituirse como una

sociedad anónima por tiempo indefinido contando con un consejo de

administración.

estas instituciones están reguladas por la ley general de organizaciones y

actividades auxiliares del crédito a través de empresas características y formas

de financiamiento.

el objetivo de la ley general de organizaciones y actividades auxiliares del

crédito, expedida en enero de 1985, es establecer las reglas conforme a las

cuales se organizan y funcionan las organizaciones y actividades auxiliares del

crédito, sus disposiciones generales, su contabilidad, inspección y vigilancia, de

las facultades de las autoridades y de las infracciones y delitos.

4.2 LOS ALMACENES GENERALES DE DEPÓSITO

los almacenes generales de depósito tienen por objeto el almacenamiento,

guarda o conservación, manejo, control, distribución o comercialización debienes o mercancías bajo su custodia o que se encuentren en transito,

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amparados por certificados de deposito y el otorgamiento de financiamiento

con garantía de los mismos.

en méxico los almacenes generales que nos ocupan tuvieron los siguientes

antecedentes:

A) en 1837 se crearon los almacenes fiscales, los cuales recibían

mercancías por las que aun no se habían pagado los impuestos

generados por la importación de manera que los bienes no podrán ser 

retirados de dichos almacenes, sino hasta que se pagaban las

respectivas contribuciones.

B) en 1886 el banco de londres, méxico y sudamérica fundo el primer 

almacén general de depósito con el nombre de almacenes generales de

consignación y deposito.

C) en 1887, el ejecutivo federal fundo los almacenes generales de depósito

de la aduana de méxico.

en la actualidad, los almacenes generales de depósito, pueden realizar una

amplia gama de actos jurídicos.

el funcionamiento de los almacenes generales de deposito es el siguiente:

el comerciante deposita, mercancías en; los almacenes generales de

depósito y este expide: certificado de depósito y bono de prenda.

las mercancías que deposita el comerciante en los almacenes generales de

depósito siempre estarán a su disposición.

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los almacenes en cita también pueden realizar procesos de incorporación de

valor agregado, como es la transformación, reparación y ensamble de las

mercancías depositadas a fin de aumentar su valor, sin variar esencialmente su

naturaleza.

solo los almacenes generales de depósito pueden expedir certificados de

depósito y bonos de prenda. el certificado de depósito es un titulo de crédito

expedido por el almacén a favor del comerciante y representa las mercancías

depositadas.

por tanto implica para el comerciante los siguientes derechos:

1. disponer de las mercancías amparadas por el titulo

2. exigir al almacén la entrega de las mercancías o el valor de las mismas.

el bono de prenda es un anexo del certificado de depósito que sirve al

comerciante para obtener financiamientos con la garantía específica sobre los

bienes depositados.

esos financiamientos, en su caso, pueden ser otorgados al comerciante por los

propios almacenes generales de depósito o por terceros.

existen tres tipos de almacenes generales de depósito y son los siguientes:

1. los que se destinan a recibir en deposito bienes o mercancías de

cualquier clase y realizan las demás actividades permitidas por la ley a

excepción de:

2. los que realizan el depósito fiscal y se refieren a mercancías que

proceden del exterior o que han sido producidas en el país para ser 

vendidas en el extranjero y por las cuales no se han cubierto todavía con

impuestos correspondientes, sino que se pagaran al retirarse los bienes

del almacén.

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3. los que otorguen financiamientos, a este respecto, la ley de la materia

permite que este tipo de almacenes puedan otorgar créditos con

garantía de las mercancías almacenadas.

en su caso, cada uno de los tipos de almacenes debe contar con autorización

de la shcp para realizar los actos propios del tipo al que corresponden.

4.3 LAS ARRENDADORAS FINANCIERAS

en la década de 1950 surgió en los estados unidos de américa, el llamado

leasing, conocido en nuestro país como el arrendamiento financiero. a la figura

  jurídica del arrendamiento se le suma un esquema de financiamiento,

implicando el otorgamiento de un crédito; su éxito fue inmediato, pues permitió

obtener bienes sin tener que efectuar el desembolso que supone la compra de

los mismos.

en méxico además en 1961 se estableció la primera empresa de arrendamiento

financiero, es hasta 1981 cuando se regula su actividad con las reformas a la

ley general de instituciones de crédito y organizaciones auxiliares.

el articulo 25 de la ley general de organizaciones y actividades de crédito

señala que por virtud del contrato de arrendamiento financiero, la arrendadora

financiera se obliga a adquirir determinados bienes y a conceder su uso o goce

temporal, a plazo forzoso, a una persona física o moral, obligándose esta a

pagar como contra prestación, que se liquidara en pagos parciales, según se

convenga, una cantidad de dinero determinada o determinable que cubra el

valor de adquisición de los bienes, las cargas financieras y los demás

accesorios y adoptar al vencimiento del contrato algunas de las opciones

terminales, previstas en la propia ley.

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funcionamiento del arrendameinto financiero

la arrendadora financiera: se obliga a comprar bienes que no sean de consumo

inmediato, cuyo uso o goce concederá a un arrendatario, y este se obliga a

cubrir las cargas financieras, el arrendatario tendrá derecho a alguna de las

opciones terminales.

por otra parte, al finalizar el contrato de arrendamiento financiero, el

arrendatario tiene derecho a ejercitar las llamadas opciones terminales, las

cuales conforme al artículo 27 de la lgoaac son las siguientes:

1. la compra de los bienes a un precio inferior a su valor de adquisición,

que quedara fijado en el contrato.

2. prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal pagando

una renta inferior a los pagos periódicos que se venían haciendo.

3. participar con la arrendadora financiera en el precio de venta de los

bienes a un tercero, conforme a las bases del contrato.

4.4 LAS SOCIEDADES DE AHORRO Y PRESTAMO

las sociedades de ahorro y préstamo son más conocidas por la denominación

de cajas de ahorro. deben por objeto la captación de recursos exclusivamente

de sus socios, mediante actos causantes de pasivo directo o contingente,

quedando la sociedad obligada a cubrir el principal y en su caso, los accesorios

financieros de los recursos captados.

con el objetivo de regular a las instituciones en comento y con el fin de difundir 

en la sociedad la cultura del ahorro, el 4 de junio de 2001, se publica en el

diario oficial de la federación la ley de ahorro y crédito popular, e consecuencia

las sociedades de ahorro y préstamo son dejados de regular por la lgoaac.

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por lo que ha quedado derogado el actual régimen de las sociedades de ahorro

y préstamo, a fin de que únicamente puedan operar las entidades de ahorro y

crédito popular que las van a sustituir es decir, las sociedades cooperativas de

ahorro y préstamo y las sociedades financieras populares.

la ley de ahorro y crédito popular tiene por objeto regular promover y facilitar el

servicio de captación de recursos y la colocación por parte de las entidades de

ahorro y crédito popular, así como normar la organización y el funcionamiento

de las federaciones y confederaciones en que aquellas voluntariamente se

agrupen.

en el sistema de la ley de ahorro y crédito popular, la autoridad supervisora

mas importante es la comisión nacional bancaria y de valores, los organismos

de integración que son las confederaciones y las federaciones, las sociedades

cooperativas de ahorro y préstamo y las sociedades financieras populares, en

la base de la estructura se encuentran los socios y los clientes de estas

ultimas.

la comisión nacional bancaria y de valores aplicara la ley de ahorro y crédito

popular a las entidades de ahorro y crédito popular, entre las facultades de la

comisión se encuentran autorizar el funcionamiento y organización de las

entidades, emitir reglas sobre las operaciones de estas, autorizar el

funcionamiento de federaciones y confederaciones, supervisar a estas,

intervenir con carácter de gerencia a las entidades, imponer multas y conocer 

el recurso de revocación contra ellas.

las confederaciones tienen como función administrar el fondo de protección a

los ahorradores. las federaciones tienen como atribución la facultad de

supervisión de las entidades, pueden requerir información, realizar visitas de

inspección, remover al personal de estas y reglamentar sus actividades.

las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo están constituidas por 

cooperativa y las sociedades financieras populares están por sociedades

anónimas.

4.5 LAS UNIONES DE CREDITO

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se encuentran reguladas en la ley general de organizaciones y actividades

auxiliares del ahorro son sociedades anónimas de capital variable cuyos socios

pueden ser personas físicas o morales y tienen por objeto agrupar en los

aramos agropecuarios, industriales y comerciales a miembros que necesiten

satisfacer sus actividades financieras y propiciar su desarrollo, facilitando el uso

del crédito a sus socios al prestarse como aval, en los créditos que contraten

sus socios.

las uniones de crédito permiten que el financiamiento llegue a los grupos de

población con necesidades reducidas que no interesen a los bancos o les

resulten incosteables.

4.6 EL FACTORAJE FINANCIERO

el contrato de factoraje, es aquel que celebran las empresas de factoraje con

sus clientes, que realicen actividades empresariales a fin de que las primeras

adquieran de las segundas derechos de crédito relacionados a proveedores de

bienes o servicios, tal adquisición de los derechos de cobro debe ser por un

precio determinado, en moneda nacional o extranjera independientemente de

la fecha en que se paguen los créditos.

la empresa de factoraje financiero ofrece liquidez a sus clientes potenciales, es

decir, la posibilidad de que dispongan de inmediato de efectivo para cumplir 

con sus obligaciones de corto plazo e incluso puedan invertir en determinado

momento a cambio, la empresa de factores adquiere cuentan por cobrar a

factor de sus clientes.

solo pueden ser objeto del contrato de factoraje, aquellos derechos de crédito

no vencidos que se encuentren documentados en facturas, contra recibos,

títulos de créditos u otros documentos, que acrediten la existencia de dichos

derechos de crédito y que los mismos sean el resultado de la proveeduría de

bienes.

para la empresa de factoraje se trata de un negocio de alto riesgo, por ellos el

cliente o facturado siempre queda obligado a garantizar la existencia y

legitimidad de los derechos de crédito al tiempo de celebrarse el contrato defactoraje financiero.

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además, en el propio contrato puede pactarse que el facturado quede obligado

solidariamente con el deudor al responder del pago puntual y oportuno de los

derechos de crédito transmitidos.

en todo caso, para la empresa de factoraje queda la tarea de efectuarse el

cobro del deudor.

para tal fin, puesto que se ha efectuado una lesión del crédito, es necesario

que el deudor tenga conocimiento de quien es su nuevo acreedor, notificación

que debe hacer la empresa de factoraje dentro de un plazo de 10 días a la

fecha en que opero la cesión de crédito.

funcionamiento del factoraje financiero

facturado.- vende mercancías, presta servicios a crédito por ello recibe

documentos que acreditan adeudos a su favor. al necesitar liquidez

inmediatamente recurre a la empresa de factoraje, la que adquiere los

derechos de crédito del facturado y pagan un precio. al importe de derechos del

crédito se resta el servicio de administración y cobranza y el riesgo para la

empresa de factoraje. siempre estará obligado el facturado a garantizar la

existencia y legitimidad de los derechos de crédito al firmar pagares por el

importe de obligaciones sumidas a favor de la empresa de factoraje financiero.

la empresa de factoraje debe notificar al deudor la lesión del crédito en un

plazo de 10 días y cobrarle a este el adeudo cuando se vence el plazo del

adeudo.

4.7 LA COMPRAVENTA PROFESIONAL DE DIVISAS

en nuestro país la compraventa de divisas esta considerada como una

actividad auxiliar del crédito, la normatividad establece dos tipos de

intermediarios, los centros cambiarios y las casas de cambio.

los primeros no necesitan autorización administrativa para operar, no requieren

una estructura social determinada, aunque están sujetos a restriccionesrespecto al tipo y al monto de las operaciones que puedan realizar.

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las segundas requieren autorización de la shcp para la funcional, deben

constituirse como sociedades anónimas y están sujetas a controles

administrativos y a un régimen específico de capitalización y no están sujetas a

límites específicos por monto de cada operación que realicen.

los centro cambiarios pueden realizar las siguientes operaciones con divisas: la

compra de billetes, piezas acuñadas y metales comunes con curso legal en el

país de emisión; compra y venta de cheques de viajero denominados en

moneda extranjera hasta por un monto equivalente no superior a diez mil

dólares diarios de estados unidos de américa por cada cliente.

las casas de cambio, además de estar facultadas para realizar las actividades

propias de los centros cambiarios, también pueden comprar o realizar la

cobranza o venta de documentos a la vista en moneda extranjera a cargo de

entidades financieras y la compraventa de divisas mediante transferencias de

fondos sobre cuentas bancarias.

4.8 LA INTERMEDIACION BURSATIL

el mercado de valores forma parte de la intermediación financiera no bancaria,

 junto con las organizaciones auxiliares del crédito. este mercado constituye un

importante medio para proveer de considerables volúmenes de recursos, en su

oferta primaria a las grandes empresas privadas y al gobierno.

en este sentido, los denominados intermediarios bursátiles cumplen la tarea de

poner en contacto la oferta de valores, con la demanda de los mismos, para

conformar un mercado muy especializado que requiere una regulación flexible

que permita su desarrollo, aunque lo suficientemente clara que facilite su

adecuado control y la protección de los intereses del publico inversionista.

la intervención bursátil consiste en facilitar por intermediarios bursátiles, la

captación de recursos del público; para su colocación en este ultimo, esta

operación se realizara a través de la oferta y demanda de valores.

por el lado de la demanda se encuentra el publico inversionista, en la oferta se

ubican los emisores de valores.

los intermediarios bursátiles pueden ser, las casas de bolsa, los especialistas

bursátiles y las entidades financieras como son las instituciones de crédito y lassociedades de inversión.

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4.8.1 OBJETO DE LA LEY DEL MERCADO DE VALORES

de acuerdo con el artículo primero de la ley que nos ocupa, su objeto es

regular: la oferta publica de valores, la intermediación en el mercado de

valores, la administración del registro nacional de valores, las autoridades de la

materia, que deben procurar la protección de intereses de los inversionistas, el

desarrollo de un mercado de valores eficiente y fomentar una sana

competencia en el mismo.

4.8.2 LA OFERTA PÚBLICA DE VALORES

se considera como oferta pública de valores la que se haga por algún medio de

comunicación masiva o a persona indeterminada para suscribir, enajenar o

adquirir valores.

son valores las acciones, obligaciones, bonos, certificados y demás títulos de

crédito o documentos que se emitan en masa.

dichos valores deben estar inscritos en la sección de valores del registro

nacional de valores, su operación debe estar autorizada por la comisión

nacional bancaria y de valores; para que los valores puedan ser operados en

bolsa, el emisor debe cumplir los requisitos antes citados y solicitar su

inscripción en la bolsa mexicana de valores.

4.8.3 LA INTERMEDIACION EN EL MERCADO DE VALORES

esta puede ocurrir con la realización habitual de:

1. operaciones de correduría (es decir, por cuenta de terceros), de

comisión u otras pendientes a poner en contacto la oferta y la

demanda de valores.

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2. operaciones por cuenta propia, con valores emitidos o

garantizados por terceros respecto de los cuales se haga oferta

pública.

3. la administración y el manejo de carteras de valores propiedad deterceros.

los valores que otorguen a sus titulares derechos de crédito o títulos de deuda,

por los cuales el inversionista otorga un crédito al emisor, contrayendo este

entonces un pasivo, como ocurre con pagares, bonos o certificados de

deposito.

mientras los valores de propiedad o participación en el capital de las personas

morales, se refiere al mercado de capitales en el que el emisor no contrae un

pasivo, sino que incrementa su capital con nuevos socios propietarios de la

empresa, como sucede con las acciones.

4.8.4 SUJETOS DE LA INTERMEDIACION BURSATIL

el inversionista bursátil, es la persona física o moral, mexicana o extranjera que

coloca sus recursos en el mercado de valores, a través de un intermediario

bursátil, con la finalidad de obtener un beneficio futuro, esto es, un rendimiento.

este rendimiento puede ser buscado en el mercado de los títulos de deuda,

adquiriendo la calidad de acreedor del emisor, o bien en el mercado de

capitales teniendo la calidad de socio del propio emisor.

la relación entre el inversionista y el intermediario se rige por un contrato de

intermediación bursátil, que debe constar por escrito.el articulo 90 de la ley de mercado de valores señala que por medio del

contrato de intermediación bursátil, el cliente conferirá un mandato general para

que por su cuenta, la casa de bolsa realice las operaciones autorizadas por la

ley, a nombre de la misma casa de bolsa, salvo a nombre y representación del

cliente, sin que en ambos casos sea necesario que el poder se otorgue en

escritura publica.

una de las consecuencias más importantes de la celebración del mencionadocontrato es que puede pactarse que el intermediario bursátil actuara:

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1. conforme a las instrucciones del cliente

2. con un manejo discrecional de cuenta.

los intermediarios bursátiles, son sociedades anónimas, administradas por un

consejo de administración, que es presidido por un director general y están

autorizados por la shcp para operar con valores, actividad regulada por la lmv,

en consecuencia están autorizados para realizar la intermediación bursátil, que

consiste en poner en contacto a la oferta de valores con la demanda de los

mismos.

los intermediarios bursátiles pueden ser:

• casas de bolsa

• especialistas bursátiles

• instituciones de crédito

• sociedades financieras de objeto limitado

• sociedades de inversión.

dentro de las actividades fundamentales que realizan los intermediarios

bursátiles (casas de bolsa) encontramos las siguientes:

A) actuar como intermediario

B) conceder préstamos o créditos para la adquisición de valores con

garantía de los mismos.

C) celebrar repartos y préstamos con valores.

D) celebrar por cuenta propia operaciones conocidas como

derivadas.

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E) recibir préstamos o créditos de las instituciones de crédito o de

organismos de apoyo al mercado de valores, para la realización

de las actividades que le son propias.

F) emitir obligaciones subordinadas de conversión obligatoria atítulos representativos de su capital social.

G) recibir fondos por concepto de las operaciones con valores que se

les encomiendan.

H) prestar asesoría en materia de valores.

I) actuar como fiduciarias en negocios directamente vinculados con

las actividades que les sean propias.

J) proporcionar el servicio de guarda y conservación de valores.

K) actuar como contra parte centrales

L) actuar como representantes comunes de las obligacionistas y

tenedores de otros valores, títulos o documentos a los que sea

aplicable el régimen de la ley.

M) administrar las reservas para los fondos de pensiones o

 jubilaciones de personas y primas de antigüedad.

por ultimo el emisor es la persona moral que a través de un intermediario

bursátil ofrece al gran publico inversionista títulos de los mercados de capital o

de deuda. para que un emisor pueda ofrecer en el mercado de valores

instrumentos emitidos por él, es necesario que los documentos se encuentren

inscritos en el registro nacional de valores.

4. 8 .5 LAS BOLSAS DE VALORES.

las bolsas de valores, son sociedades anónimas de capital variable, para su

operación requieren concesión de la secretaría de hacienda y crédito público y

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tienen corno función establecer locales, instalaciones, certificar contrataciones,

proporcionar información y los mecanismos que faciliten las relaciones y

operaciones entre a oferta y la demanda de valores.

en nuestro país actualmente sólo existe la bolsa mexicana de valores s.a. de

c.v., localizada en la ciudad de méxico, quizá en algún momento el crecimiento

del mercado haga necesaria la instalación de otras bolsas en algunas ciudades

del país.

las acciones de las bolsas de valores sólo pueden ser suscritas por casas de

bolsa, especialistas bursátiles, instituciones de crédito, instituciones de

seguros, de fianzas, sociedades de inversión, administradoras de fondos para

el registro y sociedades emisoras.

4.8.6 EL REGISTRO NACIONAL DE VALORES.

tiene como función llevar el registro de la oferta o venta de valores en el

mercado mexicano, este registro se encuentra a cargo de la comisión nacional

bancaria y de valores.

el registro cuenta con dos secciones la de valores y la especial. la importancia

del registro nacional de valores radica en que de acuerdo con la ley del

mercado de valores, sólo podrán ser materia de intermediación en el mercado

de valores los documentos inscritos en este.

4.8.7 LAS INSTITUCIONES PARA EL DEPÓSITO DE VALORES.

el objeto de estas instituciones es la custodia, depósito, administración,

transferencia de valores, compensación y liquidación de las operaciones

realizadas en el mercado de valores, considerada dicha actividad por la ley del

mercado de valores como interés público.

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4.8.8 LAS ACTIVIDADES EN MATERIA BURSÁTIL.

las autoridades en el mercado de valores son las siguientes. la secretaría de

hacienda y crédito público, el banco de méxico y la comisión nacional bancaria

y de valores, y sus facultades más relevantes son:

Secretaria De Hacienda Y Crédito Público

• autorizar la organización y el funcionamiento de las casas de bolsa y

revocar la autorización correspondiente.

• otorgar y revocar la concesión para el funcionamiento de la bolsa de

valores.

• emitir disposiciones tendientes a prevenir y detectar el lavado, de dinero

en las casas de bolsa y especialistas bursátiles.

Banco de méxico.

• emitir disposiciones sobre las operaciones de las casas de bolsa y de las

especificaciones bursátiles.

• vetar las resoluciones de la comisión nacional bancaria y de valores que

afecten el mercado de valores.

• ejercer diversos actos de supervisión y regulación de los intermediarios del

mercado de valores.

Comisión nacional bancaria y de valores.

• fijar las características de la emisión y operación de valores.

• autorizar la promoción y publicidad de valores.

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• administrar el registro nacional de valares.

• intervenir administrativamente a quien sin autorización realice actividades del

mercado de valores.

• aprobar la escritura constitucional y estatutos de los especialistas bursátiles

4.9 LAS SOCIEDADES DE INVERSIÓN.

en el punto anterior estudiamos el tema de los grandes inversionistas en el

mercado de valores, ahora corresponde hacer la revisión de la participación

que los pequeños y medianos inversionistas tiene en el mencionado mercado

estos inversionistas acceden a este, a través de las sociedades de inversión

mas conocidas internacionalmente como fondos de inversión.

la finalidad de las sociedades de inversión es reunir los recursos de un gran

número de inversionistas, medianos y pequeños, para canalizarlos de manera

inmediata al mercado de valores y a la adquisición de otros activos, con el

objeto de financiar diversos proyectos productivos

las sociedades de inversión son, por ello importantes intermediarios financieros

no bancarios que, al igual que las casas de bolsa captan recursos del publico.

la diferencia en este caso, radica en que las mencionadas sociedades no

transmiten a los inversionistas, como contraprestación, valores de los que

cotizan en el mercado emitidos por terceros; si no sus propias acciones.

los tipos de sociedades de inversión pueden ser.

• de rende variable

• de inversión de capitales

• en instrumentos de deuda

• de objeto limitado

• especializadas en fondos para el retiro

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4.9.1. OBJETO DE LA LEY DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN.

el 4 de junio de 2001 se publica en el diario oficial de la federación la vigente

ley de sociedades de inversión, esta es de orden publico y tiene por objetivo

regular la organización y el funcionamiento de las sociedades de inversión, la

intermediación de sus acciones en el mercado de valores, así como los

servicios que deberán contratar para el correcto desempeño de sus

actividades.

en las aplicaciones de este ordenamiento, las autoridades deberán procurar el

funcionamiento de las sociedades de inversión, el fortalecimiento y

descentralización del mercado de valores la diversificación de la capital, la

contribución al funcionamiento de la actividad productiva del país y la

protección de los intereses del publico inversionista.

4.9.2.- TIPOS DE SOCIEDADES DE INVERSIÓN.

estos intermediarios son sociedades anónimas, su denominación debe ir 

seguida del tipo al cual pertenezca, deben contar con un consejo de

administración integrado por un mínimo de cinco y un máximo de quince

consejeros propietarios, de los cuales el 33% han ser consejeros

independientes.

para constituirse y operar requieren de la previa autorización de la comisión

nacional bancaria y de valores.

la misión de las sociedades de inversión es la captación, para el mercado de

valores de los ahorros de los pequeños y medianos inversionistas.

con los recursos así captados, la sociedad compila los instrumentos del

mercado de valores y otros activos, denominados en la ley de sociedades de

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inversión activos objeto de inversión y como contraprestación transmite a los

inversionistas no esos activos si no sus propias acciones.

ahora bien, corno la materia de la contraprestación al público inversionista es la

enajenación de la propias acciones, es necesario tener una adecuada

valuación de las mismas. para ello se cuenta de acuerdo con la ley de

sociedades de inversión con sociedades valuadoras o sociedades operadoras

autorizadas para dar fin

funcionamiento de las sociedades de inversión

• compra y vende activos objeto de inversión.

• respalda sus acciones vendidas por los activos que adquiere.

• coloca en el público inversionista sus propias acciones

4.9.2.1.- SOCIEDADES DE INVERSION DE RENTA VARIABLE.

estos intermediarios solo pueden realizar sus actividades con acciones,

obligaciones y demás valores de renta variable y no de renta fija,

representativos de una deuda a cargo de un tercero.

los instrumentos de renta fija son todos aquellos que tienen un rendimiento y

condiciones, de pago elementos que se conocen desde el momento en que se

realiza la operación.

entre los valores de renta fija encontramos a: los bordes, teso bonos, cetes y

pagares con rendimiento liquidable al vencimiento.

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los instrumentos de renta variable, son aquellos en los que no se conoce el

rendimiento que puede obtenerse; incluso el rendimiento puede no existir, ya

que puede producirse una perdida por ejemplo las acciones.

4.9.2.2.- SOCIEDADES DE INVERSTON EN INSTRUMENTOS DE DEUDA.

estas sociedades operan exclusivamente con activos objeto de inversión cuya

naturaleza corresponda a valores, títulos o documentas representativos de una

deuda a cargo de un tercero, como por ejemplo los cetes.

4.9.2.3.- SOCIEDADES DE INVERCION DE CAPITALES

estos entes intervienen en activos, cuya naturaleza corresponda a acciones o

partes sociales, obligaciones y bonos de empresas que promueva la propia

sociedad de inversión y que requiera recursos de mediano y largo plazo a

través de un contrato de promoción, que tiene por objeto la estipulación de las

condiciones a que se sujetara la inversión y que deberán reunir los requisitos

que establezca la comisión nacional bancaria y de valores

4.9.2.4.- SOCIEDADES DE INVERSION DE OBJETO LIMITADO.

estas operaran exclusivamente con los activos que se definan en sus estatutos

y prospectos de información al publico inversionista, cuyo fin será invertir en

nuevas alternativas de inversión y financiamiento, que no comprenda los otros

rubros en otras sociedades de inversión.

4.9.2.5- SOCIEDADES DE INVERSION ESPECIALIZADAS EN FONDOS

PARA EL RETIRO.

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se rigen por un ordenamiento especial, la ley de los sistemas de ahorro para el

retiro y solo intervienen en los productos de afores.

4.9.3.- LA PRESTACION DE SERVICIOS A LAS SOCIEDADES DE

INVERSION.

la ley de sociedades de inversión ha establecido un sistema de servicios

auxiliares de estas empresas, que les permitan desarrollar sus actividades de

manera profesional, eficiente y sin recurrir en conflictos de intereses.

de esta manera las sociedades de inversion deberan contratar los servicios que

a continuacion se indican;

-administración de activos.

-distribución de acciones.

-valuación de acciones.

-calificación de su desempeño.

-proveeduría de precios de activos objeto de inversión.

-depósitos y custodia de activo y acciones.

-contabilidad y administración.

4.9 4- AUTORIDADES

son autoridades en la aplicación de la ley de sociedades de inversión, la

comisión nacional bancaria y de valores, la secretaria de hacienda y

crédito público y de banco de méxico.

las facultades más relevantes de la comision nacional bancaria y de valores

son las siguientes.

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1.-autorizar la organización y funcionamiento las sociedades de inversión.

2.-intervenir administrativamente a quienes usen indebidamente las

expresiones sociedad o fondos de inversión.

3.-debe establecer el capital mínimo de las sociedades de inversión.

4.-emitir disposiciones a las que deberán ajustarse las sociedades de

inversión para la adquisición y venta de las acciones que emitan.

5.-imponer multas de carácter administrativo y conocer del recurso

administrativo de revocación.

UNIDAD V

“LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS Y FIANZAS LAS AGRUPACIONES

FINANCIERAS Y EL BANCO DE MÉXICO”

en esta unidad se analizaran las características esenciales del régimen legal

de los intermediarios que de manera habitual realizan contratos de seguros y

fianzas conoceremos a las agrupaciones financieras y por ultimo analizaremos

la función que realiza el banco de méxico.

5.1.- LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS.

lo único que es seguro es que nada es seguro en efecto la necesidad que

tienen las personas físicas y morales de tomar previsiones de carácter 

patrimonial respecto de los datos que puedan ocurrir en lo futuro ha hecho

proliferar las operaciones de seguro.

en este sentido la gente suele contratar seguros para protegerse o proteger a

determinadas personas, en caso de que ocurran eventos indeseables como

robos, accidentes, enfermedades, muertes, siniestros, etc.

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por tal motivo las instituciones de seguro están facultadas para realizar las

denominadas operaciones activas de seguros en virtud de las cuales cuando

se presente un acontecimiento futuro e incierto, previsto por las partes contra el

pago de una cantidad de dinero una de las partes se obliga a resarcir a otro un

daño de manera directa o indirecta o a pagar una suma de dinero.

la historia de los seguros en méxico se remonta a la colonia cuando se practico

en forma amplia en seguro marítimo.

en 1892 se expidió la ley sobre compañías de seguros en 1910 la ley relativa a

la organización de las compañías de seguros sobre la vida en 1926 la ley

general de las sociedades de seguros, la actual ley se expidió en 1935 con el

nombre de ley general de instituciones de seguros, denominación que fue

modificada en 1990, llamándose ley general de instituciones y sociedades

mutualista de seguros.

5.1.1.- LEY GENERAL DE INSTITUCIONES Y SOCIEDADES MUTUALISTAS

DE SEGUROS.

el objeto de esta norma jurídica es regular, en protección de los intereses del

publico usuario. la organización y funcionamiento de las instituciones y

sociedades mutualistas de seguros los agentes de seguros y demás personas

relacionadas con la actividad y operaciones de las aseguradoras.

5.1.2.- CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS .

entre las características mas relevantes de estas sociedades mercantiles se

encuentran las siguientes:

las instituciones de seguros son sociedades anónimas de capital fijo o

variables, constituidas con arreglo a la ley general de sociedades

mercantiles.

para organizarse y funcionar requieren de autorización de la secretaria

de hacienda y crédito publico.

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para iniciar operaciones deben contar con dictamen favorable de la

comisión nacional de seguros y fianzas, previa la inspección que esta

realice.

deben contar con un capital mínimo pagado por cada operación o ramoque se les autorice, expresando en unidades de inversión (udis).

tratándose de las sociedades con capital mayoritariamente mexicano, no

pueden participar en su capital pagado directamente o a través de

interpósita persona, instituciones de crédito, sociedades mutualistas de

seguros, casas de bolsa, organizaciones auxiliares del crédito,

sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades

financieras de objeto limitado, entidades de ahorro y crédito popular,

administradoras de fondos para el retiro, ni casas de cambio.

la duración de la sociedad puede ser indefinida, pero sin ningun caso

inferior a 30 años.

solo puede tener por objeto el funcionamiento como institución de

seguros su administración a de estar encomendada a un consejo de

administración y a un director general.

los consejeros propietarios no pueden ser menos de cinco ni mas de

quince y de ellos al menos el 25% deben ser consejeros independientes.

la escritura constitutiva de la sociedad y cualquier modificación de la

misma deben someterse a la aprobación de la secretaria de hacienda y

crédito publico.

deben contar dos órganos de vigilancia el comisario y contralor 

normativo.

5.1.3.- FUNCIONAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES DE SEGUROS.

instituciones de seguro

empresas pago de una prima el asegurado

aseguradoras

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restablecer daño o pago

una suma de dinero

por ejemplo la compañía de seguros se obliga a que en caso de que se

presente la eventualidad (riesgo) de que a el asegurado le ocurra un accidente

automovilístico le reparan los daños de manera directa(en talleres propios) o

indirecta (empleado los servicios de terceros) o bien le pagara una cantidad de

dinero la actividad anterior debe hacerse constar a través de un contrato de

seguro en tal virtud analizaremos los elementos de este contenido en la ley

sobre el contrato de seguro.

el contrato de seguro.- en virtud de este la empresa aseguradora se obliga

mediante el pago de una prima a resarcir un daño o pagar una suma de dinero

al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.

la empresa aseguradora.- esta reúne bienes de capital y servicios con la

finalidad de colocar en el mercado contratos por los cuales se obligan a reparar 

un daño resarcir a quien lo sufra o bien indemnizar por la actualización del

riesgo previsto.

asegurado.- es aquella persona que busca protegerse o proteger a

determinadas personas del daño patrimonio que pueda causar la actualización

del riesgo previsto.

tiene tres opciones para contratar un seguro.

1. por cuenta y a nombre propios

2. a nombre y cuenta de un tercero

3. a nombre y por cuenta propia sobre bienes de un tercero.

el riesgo.- es la posibilidad de que eventualidad asegurada se produzca.

el siniestro.- es la realización del evento asegurado y debe presentarse tal y

como se previo en el contrato.

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el resarcimiento.- equivale a la reparación del daño sin embargo cuando los

daños no son reparables la aseguradora habrá de pagar una suma de dinero.

la prima.- es la contraprestación a cargo de los asegurados y consiste en una

suma de dinero que deberá cubrir periódicamente o en una sola exhibición

según se pacte.

la poliza.- es el documento en que consta el contrato de seguro en esta se

estipulan los derechos y obligaciones de las partes y deben contener los

nombres, domicilios de los contratantes y firma de la empresa aseguradora la

designación de la cosa o persona asegurada la naturaleza de los riegos

garantizados el momento a partir del cual se garantiza el riesgo o la duración

de esta garantía el monto de la garantía y la cuota o prima del seguro.

elementos *empresa aseguradora

del por cuenta y a nombre propio

contrato de *asegurados a nombre y cuenta de un tercero

seguro a nombre y por cuenta propia

sobre bienes de un tercero

*el riesgo

*el siniestro

*el resarcimiento

*la prima

*la póliza

 

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*de vida

accidentes personales

 

*de accidentes gastos médicos

y enfermedades salud

operaciones

de seguros

responsabilidad civil y riesgos

profesionales

marítimo y transporte

*de daño incendio

agrícola y animales

automóviles

crédito

terrenos y riesgo

catastróficos.

hay dos sujetos muy importantes que participan en los seguros como son los

agentes de seguros y ajustadores.

los agentes de seguros.- se trata de personas físicas y morales que intervienen

en la contratación de seguros mediante el intercambio de propuestas y

aceptaciones, en el aseguramiento para celebrarlos, para conservarlos o

modificarlos, según la conveniencia de los contratantes.

los ajustadores.- son personas cuya tarea esencial es constatar la realización

de siniestro y hacer una evaluación preliminar de este , pues la evaluación

definitiva es realizada por las centrales de ajuste de las aseguradoras.

5.2.- las socedades mutualistas de seguros.-

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son agrupaciones de mutua cooperación sin animo de lucro, cuya finalidad es

constituir fondos que ayuden a los socios a resolver necesidades económicas

especificas en estas sociedades priva la ausencia de lucro al establecerse

según la ley que las rige como empresa que se organizaran y funcionaran de

manera que las operaciones de seguros que practique no produzcan lucro o

utilidad para la sociedad ni para sus socios, debiendo cobrar solamente lo

indispensable para cubrir los gastos generales que ocasione sugestión y para

constituir las reservas necesarias a fin de poder cumplir sus compromisos para

con los asegurados el objeto social de estas sociedades, deben limitarse a su

funcionamiento como sociedades mutualistas de seguros.

la responsabilidad social del mutualizado se limita a cubrir su parte proporcional

en los gastos de la sociedad salvo lo previsto para el caso de ajuste de los

siniestros el numero de mutualizados no puede ser inferior a trescientos

individuos cuando la sociedad practique operaciones de seguro de vida.

5.3.- LA FIANZA

la razón de ser de las fianzas radica en la necesidad que tiene las personas

físicas y morales de protegerse del incumplimiento de obligaciones futuras por 

tal motivo, la fianza es el contrato por virtud del cual una persona llamada

fiador, se obliga frente a otro sujeto llamado fiado, a pagar una suma de dinero

a un acreedor llamado beneficiario, si el fiado no lo hace.

dinamica de la fianza

debe otorgar garantía

el fiador responde en caso de incumplimiento fiado

de obligaciones garantizadas

reclamadirectamente a cambio del pago de una prima

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(el documento en el que consta el contrato de

fianza es la póliza)

beneficiario obligaciones garantizadas

5.3.1 OBJETO DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS

de acuerdo con el articulo1º de la ley federal de instituciones de fianza, el

objeto de la misma es regular, la organización y funcionamiento de las

instituciones de fianzas, las actividades y operaciones que las mismas pueden

realizar, así como las actividades que realizan los agentes de fianzas y demás

personas relacionadas con la actividad afianzadora, en protección de los

intereses del publico usuario de los servicios correspondientes.

5.3.2.- LA FIANZA COMO CONTRATO DE GARANTIA.-

los contratos suelen dividirse en principales y accesorios.

los contratos principales.- existen por si mismos y no requieren otros contratos

que los expliquen o justifiquen, en cambio.

los contratos accesorios.- existen en la medida en que otro contrato (principal)

lo requiera.

la fianza es un contrato accesorio, por que básicamente, es un contrato por el

cual una o mas personas se obligan a pagar una deuda o responder de la

obligación de un tercero en el caso de que este no cumpla.

las fianzas pueden ser.-

1.- fianza civil.- es un contrato accesorio por el cual un tercero se compromete

con un acreedor a pagar por el deudor si este no lo hace.

2.- fianza mercantil.- es la que se otorga entre el comerciante respecto de

actos de comercio.

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3.- fianza de empresa.- es otorgada en forma habitual y profesional por una

sociedad anónima autorizada para tal efecto.

5.3.3.- CARACTERÍSTICAS DE LAS INSTITUCIONES DE FIANZA.

entre las características mas relevantes de las empresas afianzadoras se

encuentran las siguientes:

las instituciones de fianza son sociedades anónimas de capital fijo o variable,

constituidos con arreglo a la ley general de sociedades mercantiles.

para organizarse y funcionar requieren autorización del gobierno federal, por 

conducto de la secretaria de hacienda y crédito publico para iniciar operaciones

deben contar con dictamen favorable de la comisión nacional de seguros y

fianzas, previa la inspección que esta realice deben contar con un capital

mínimo pagado por cada ramo que se les autorice expresando en unidades ce

inversión.

no pueden participaren el capital pagado de las instituciones de fianzas

directamente o a través de interpósita persona, instituciones de crédito,

sociedades mutualistas de seguros, casas de bolsa, casas de cambio,

organizaciones auxiliares de crédito, sociedades financieras de objeto limitado,

entidades de ahorro y crédito popular, administradoras de fondos para el retiro

y sociedades operadoras de sociedades de inversión su duración debe ser 

indefinida su objeto a de ser el propio de las instituciones de fianza su

administración a de estar encomendada a un consejo de administración y a un

director general en el ámbito de la competencia.

los consejeros propietarios no deben ser menos de cinco ni mas de quince y de

ellos al menos el 25% deben ser consejeros independientes.

la escritura constitutiva de la sociedad y cualquier modificación de las misma

deben someterse a la aprobación de la secretaria de hacienda y crédito

publico.

las instituciones de fianza deben contar con dos órganos de vigilancia, el

comisario y el contralor normativo.

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5.3.4.- ELEMENTOS DEL CONTRATO DE FIANZA

en el caso de la fianza de empresas, solo puede serlo un institución de fianzas

autorizadas por la secretaria de hacienda y crédito publico.

el articulo3 de la ley federal de instituciones de fianza prohíbe a toda persona

física o moral distinta de las instituciones autorizadas, el otorgamiento de

fianzas a titulo oneroso.

a continuación analizaremos los elementos de la fianza

a es el fiador es la persona física o moral que a través del contrato de fianza se

obliga a pagar una deuda o responder de la obligación de un tercero en el caso

de que este no cumpla.

en razón de los riesgos que representa esta actividad, las instituciones de

fianzas deben tener garantizada la recuperación y comprobar las garantías con

que cuente el fiado.

las garantías pueden ser: prenda, hipoteca, fideicomiso, obligación solidaria,

contra fianza y afectación en garantía.

b)el fiado .- es la persona física o moral, publica o privada. que contrata con la

institución de fianza la cobertura de un riesgo.

c)el beneficiario.- es el titular de derechos de pago que debe efectuar la

institución de fianzas, en caso de que actualice el riesgo.

los beneficiarios de las fianzas deberán presentar sus reclamaciones por 

responsabilidades, derivadas de los derechos y obligaciones que consisten en

la póliza respectiva, directamente ante la institución de fianzas.

de no satisfacer su pretensión, de acuerdo con ciertos requisitos, el beneficiario

puede hacer valer sus derechos ante la comisión nacional de seguros y fianzas

o ante los tribunales competentes.

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d) los agentes de fianzas.- son las personas físicas o morales que intervienen

en los contratos de fianza y el asesoramiento para contratarlas con reserva a

las modificaciones, según la mejor conveniencia de las partes.

e)el riesgo.- es la responsabilidad de que la obligación garantizada deba ser 

cumplida por la institución de fianza: mediante el pago de pesos, en favor del

beneficiario.

f).- la prima.- es la contraprestación establecida a favor de las instituciones de

fianza, en virtud de la celebración del contrato de fianza.

g) la poliza.- es el documento en el que consta el contrato de fianza

elementos del contrato de fianza

- fiador 

- fiado

- beneficiario

- riesgo

- prima

- poliza

diferentes ramas de fianzas.

1.-fianzas de fidelidad

-individuales

-colectivas

2 fianzas judiciales

-penales

-no penales

-que amparen a los conductores y a vehículos automotores

3.- fianzas administrativas

-de obra-de proveeduría

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-fiscales

-de arrendamiento

4.- fianzas de credito.-

-de suministro

-de compraventa

-financieras

5.-fideicomisos en garantias

-relacionados con pólizas de fianzas

-in relación con pólizas de fianzas

5.3.5.- ACTOS JURÍDICOS QUE PUEDEN REALIZAR LAS INSTITUCIONES

DE FIANZAS.

además de la celebración de los contratos de fianzas aqui nos hemos referido,

las instituciones de fianza pueden realizar una serie de actos jurídicos como lo

son los que se detallan a continuación.

1.- constituir e invertir las reservas previstas en la ley federal de instituciones de

fianza como intermediarios financieros, captan recursos del publico través de

las primas convenida en la póliza de fianzas, colocándolos dichos recursos

invirtiéndolo con sus reservas.

2.- practicar operaciones de reafianzamiento el reafianzamiento: es el contrato

en virtud del cual una institución de fianzas se obliga a pagara otra, llamada

reafianzada, en la proporción correspondiente, las cantidades que esta deba

cubrir al beneficiario de la fianza.

3.- el coafianzamiento: es el contrato por el cual dos o mas instituciones de

fianzas del país, otorgan fianzas ante un beneficiario, garantizando por un

mismo o diversos montos, e igual concepto a un mismo fiado.

4.- practicar operaciones de seguro financiero el reasegurado financiero: es elcontrato en virtud del cual un empresa de seguros, al realizar una operación de

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reaseguro, efectúa una trasferencia significativa de riesgo de seguro pactado

como parte de la operación la posibilidad de recibir financiamiento de los

reasegurados.

el reaseguro es el contrato en virtud del cual una empresa de seguros toma a

su cargo total o parcialmente un riesgo ya cubierto por otra o el remanente de

los daños que exceda de la cantidad asegurada por el asegurador directo.

5.- actuar como fiduciaria en fideicomiso de garantía e virtud del fideicomiso de

garantía, el fideicomitente trasmite a la institución fiduciaria, la propiedad de

ciertos bienes con el fin de garantizar al fideicomisario el cumplimiento de una

obligación y su preferencia de pago.

5.4.- LAS AGRUPACIONES FINANCIERAS

en el mundo se ha producido un fenómeno, casi irreversible, de globalización

los países se agrupan para formar grandes bloques, la celebración de acuerdos

de libre comercio son buen ejemplo de ello.

en el sector de intermediación financiera ocurre exactamente lo mismo los

diversos intermediarios financieros bancarios y no bancarios se han ido

integrando paulatinamente para competir, ganar mercados, abatir costos y

ostentar un basto poder financiero.

como resultado de los anteriores, han surgido las agrupaciones financieras o

grupos financieros. podemos mencionar que un grupo financiero, es la

integración que se produce respecto de intermediarios bancarios y no

bancarios, manejados a través de un centro de decisión llamado sociedad

controladora, con la finalidad de crear vínculos patrimoniales y operativas entre

ellos.

en nuestro país los grupos financieros están regulados por la ley para regular 

las agrupaciones financieras la cual fue publicada en el diario oficial de la

federación el día 18 de julio de 1890

5.4.1.- OBJETO DE LA LEY PARA REGULAR LAS AGRUPACIONESFINANCIERAS

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de conformidad con el articulo 1 la ley para las agrupaciones financieras tiene

por objeto regular la constitución, integración, organización y funcionamiento de

los grupos financieros, los términos de acuerdo con los cuales deberán de

operar y la protección de los intereses de quienes celebre las operaciones con

dichos grupos.

5.4.2.- ORGNIZACION OPERACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LAS

AGRUPACIONES FINANCIERAS.

para la constitución y el funcionamiento de un grupo financiero se requiere

autorización de la secretaria de hacienda y crédito publico, la que puede ser 

otorgada o denegada discrecionalmente, previa opinión del banco de méxico y

según corresponda, en virtud de los integrantes del grupo que pretenda

constituirse, de la comisión nacional de seguros y fianzas.

de acuerdo con la ley para regular las agrupaciones financieras, la

conformación de un grupo financiero requiere de una sociedad controladora y

de diversas entidades financieras.

la sociedad contoladora.- tiene por objeto encabezar al grupo financiero tendrá

en control de los intermediarios financieros que forman parte del grupo,

adquiriendo y administrando acciones emitidas por los integrantes de la

agrupación.

en el derecho anglosajón son las denominadas “holdings” la sociedad

controladora debe tener el control de las asambleas generales accionistas y de

la administración de todos los integrantes del grupo financiero: para ello debe

ser propietario, en todo momento, de las acciones con derecho a voto que

representen al menos el 51% del capital pagado de cada uno de los integrantes

de la agrupación.

la sociedad controladora es el eje de todo el sistema, pus tiene la facultad dedeterminar la administración y el desarrollo del intermediario sin embargo, en

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ningún caso puede celebrar operaciones que sean propias de las entidades

financieras integrantes del grupo. las funciones de las sociedades

controladoras son de carácter administrativo.

en cuanto a las características corporativas de las sociedades controladoras

destacan las siguientes:

1. deben constituirse como un sociedad anónima.

2. su duración es indefinida y su domicilio se ubica en territorio nacional.

3. su capital social esta conformado por acciones ordinarias y adicionales.

4. su consejo de administración esta integrado por un mínimo de cinco y un

máximo de quince consejeros propietarios de los cuales al menos el

25% deben ser independientes.

5. su órgano de control es el comisario de vigilancia.

6. es una sociedad distinta de cada una de las entidades integrantes del

grupo financiero.

5.4.3.- FACULTADES DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS DEL GRUPO

FINANCIERO.

como consecuencia de la integración del grupo financiero, las entidades que

formen parte del grupo están facultadas para :

1. actuar de manera conjunta frente al publico.- al ofrecer servicios

complementarios y ostentarse como integrantes del grupo financiero

del que se trate.

2. usar la misma denominancion.- es decir, usar el nombre del grupo

financiero que los identifique frente al publico como integrantes de u

mismo grupo, o bien conservar la denominación que tenían antes de

formar parte de dicho grupo: en todo caso deberán añadirse las

palabras grupo financiero y la denominación del mismo.

3. pueden tener oficinas propias y sucursales comunes. llevaran a cabo

operaciones de las que les son propias mediante oficinas y

sucursales de otras entidades financieras del grupo, de conformidad

con las reglas generales que dicte las secretaria de hacienda ycrédito publico.

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recordemos que para la integración de un grupo financiero es necesario contar 

con una sociedad controladora y con alguna de las entidades financieras, ya

sean intermediarios bancarios y no bancarios.

es importante mencionar que las entidades financieras, en ningún caso pueden

realizar las operaciones propias por medio de las oficinas de la controladora.

respecto de la operación de oficinas y sucursales comunes a que nos referimos

anteriormente, dentro de las reglas generales para la constitución y

funcionamiento de grupos financieros, emitida por la secretaria de hacienda y

crédito publico señala que las operaciones que realicen las entidades

financieras en oficinas de otras entidades deben sujetarse a las disposiciones

siguientes.

la entidad financiera que pretenda realizar operaciones `por medio de las

oficinas de otras entidades deberá notificarlo al organismo que la supervise, por 

escrito y por lo menos con diez días hábiles de anticipación a la fecha

programada para el inicio de tales operaciones.

cuando las disposiciones aplicables establezcan que una operación deba

efectuarse por personas autorizadas, únicamente podrán ser celebradas en

oficinas de otra entidad por quienes cuente con dicha autorización.

las oficinas de las entidades financieras en las que se realiza operaciones de

otras entidades, deberán cumplir con los requisitos que se fijen a las oficinas

delas entidades que celebren las operaciones.

las operaciones que se celebren se documentaran en papel embretado de la

entidad que actué en las oficinas de otras entidades, así mismo, su registro

contable deberá asentarse en los libros de la entidad primeramente citada, de

conformidad con las disposiciones que al efecto diste el organismo desupervisión y vigilancia que corresponda.

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la entidad financiera en cuyas oficinas se realicen operaciones de otra entidad

tendrá la obligación de recibir las visitas de inspección del organismo

encargado de vigilar a la entidad que las realice así como proporcionar la

documentación que esta le solicite, relacionada con tales operaciones.

5.4.4.- LAPROTECCION DE LOS INTERESES DEL PUBLICO EN LAS

AGRUPACIONES.

para la debida protección de los intereses de quienes contraten con entidades

integrantes de un grupo financiero, la ley para regular las agrupaciones

financieras establecen los siguientes mecanismos:

a) el convenio de responsabilidad

b) la inspeccion y vigilancia

c) la correcion de irregularidades y las intervenciones.

a).-el convenio de responsabilidad.- este es un acuerdo de voluntades que

deben celebrar, por una parte la sociedad controladora, y que la otra cada una

de las entidades financieras integrantes del grupo, con objeto de establecer 

que la primera responderá de las obligaciones y perdida de las segundas. en el

convenio debe preverse expresamente que ninguna de las entidades

integrantes el grupo responderá de las perdida de la controladora, ni de las

demás participantes del grupo.

el convenio de responsabilidades tiene las

siguientes características:

1.- responsabilidad por obligaciones.- la controladora debe responder 

subsidiaria e ilimitadamente el cumplimiento de las obligaciones a cargo de las

entidades financieras integrantes del grupo, correspondientes alas actividades

que conforme a las disposiciones aplicables, le sean propias de cada una de

ellas a un respecto de aquellas contraídas por dichas entidades conanterioridad a la integración de un grupo:

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2.- responsabilidad por perdida: la controladora debe responder ilimitadamente

por las perdidas de todas y cada una de las entidades que señala la ley para

regular las agrupaciones financieras que en el evento del patrimonio de la

controladora no fuere suficiente para ser efectivas las responsabilidades de las

entidades financieras integrantes del grupo se presenten de manera simultanea

dichas responsabilidades se a prorrata hasta agotar el patrimonio de la

controladora.

en términos de las reglas geniales para la constitución y funcionamiento de

grupos financieros, se entienden que una entidad financiera tiene perdidas

cuando se presente los supuestos siguientes:

a) cuando su capital contable sea inferior a su capital mínimo pagado con

que deba contar el tipo de actividad financiera de que se trate

b) cuando su capital reservas sena inferiores a los exigidos por las

disposiciones le sean aplicables

c) cuando a un juicio del organismo encargado de revisar a la entidad

financiera se prevea que esta sea insolvente para cumplir con las

obligaciones.

b).-la inspeccion de vigilancia.- para cumplir con las obligaciones con

independencia de las inspección y vigilancia a que esta sujetas cada una de las

entidades integrantes de un grupo financiero en el curso normal de las

actividades que le sean propias, la sociedad controladora deben estar sujetas a

la inspección y vigilancia de la comisión que supervise a la entidad integrante

del grupo determinada por la secretaria de hacienda y crédito publico.

c).-la correcion de irregularidades y las intervenciones.

las agrupaciones financieras estarán sujetas que un procedimiento para la

corrección de irregularidades, seguido en su caso, de una intervención

administrativa estableciendo la intervención oferencial.

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cuando en virtud de los procedimiento la autoridad competente encuentre que

la controladora comete irregularidades graves en contra de la legislación

financiera aplicable, el presidente de la comisión dictara las mediad necesarias

para controlar las actividades dela controladora.

si en determinado plazo la controladora no ha regularizado su situación, se

podrá declarar la intervención administrativa de la controladora, designando al

interventor para que suspenda normalice o resuelva los actos irregulares.

es procedente la intervención gerencial de la contralora cuando:

1.- a juicio de la comisión competente las irregularidades de cualquier 

genero detectadas en la controladora afecte su estabilidad y su

consecuencia y pongan en peligro los intereses del publico o lo de

sus acreedores.

2.- en alguna de las entidades financieras que integren el grupo al

que pertenece la controladora se haya decretado una intervención

con tal carácter. entre otras facultades del interventor se encuentran

todas las necesarias para la administración de la controladora

intervenida y plenos poderes para actos de dominio, de

administración plenos y cobranzas, a demás el interventor ejerce sus

facultades sin supeditase a la asamblea d accionistas ni al consejo

de administración de la controladora intervenida.

5.5.- EL BANCO DE MÉXICO.-

este desempeña un papel elemental e el funcionamiento del sistema

económico y financiero del país, por una parte provee a la economía nacional

o de billetes o monedas que son medios de cambios esenciales para el

cumplimiento de obligaciones de carácter pecuniario

además, en la realización de esta área debe tener como objetivo prioritario

procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda, lo que se traduce en

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que el banco central del estado, es el primer responsable del control

inflacionario de nuestro país.

por otra parte el banco de méxico es el banco de los bancos y el banquero del

gobierno federal. en cuanto a las instituciones de crédito del país, tienen

facultades para otorgar crédito a esta para actuar como institución

concentradora de las reservas de las propias instituciones y otorgarles crédito

de ultima instancia respecto del gobierno federal, el banco de méxico actúa

como su banquero al otorgarle crédito, presentarle el servicio de tesorería,

actuar como agente financiero y ser su asesor en materia económica y

financiera.

6.- en otro orden el banco de méxico concentra las reservas de activos

internacionales del país que son los medios internacionales de pago y

administración esos activos, en su calidad de autoridad en materia de

intermediación financiera cuanta con facultades para emitir disposiciones y

sancionar as quienes no las cumplan

el banco de méxico cuenta con facultades constitucionales, para regular los

cambios, la intermediación y los servicios financieros.

podemos definir al campo de méxico como banco central del estado, que será

autónomo en el ejercicio de sus funciones y en su administración, su objeto

prioritario es procura la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional,

acuñar moneda y emitir billetes, concentra las reservas internacionales del país

teniendo facultades para dictar disposiciones y para sancionar a diversos

intermediarios.

5.5.1.- ANTECEDENTES DEL BANCO DEMEXICO.

a nivel mundial la creación de los bancos centrales, obedeció a la necesidad

de los gobiernos de contar con instituciones que les prestaran apoyos

financieros.

en méxico se presentan como una necesidad ya que después de la profundacrisis del sistema bancario ocurrida durante el porfiriato, en la cual la población

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perdió la confianza a las instituciones financieras del país y en especial en los

billetes, ya que no estaban respaldados por las reservas de los bancos. por ello

era preciso que el estado monopolizara la emisión de dinero y apartara de esa

función a los múltiples bancos privados de emisión que en esa época operaron.

con el articulo28 de la constitución política de los estados unidos mexicanos,

promulgada en 1917, se estipulo en el mencionado articulo, que la acuñación

de la moneda y la emisión de billetes estaría a cargo de un solo banco que

controlaría el gobierno federal.

aunque la función del banco central se llevo a cabo tiempo después, fue hasta

el día 28 de agosto de 1925 que se expidió la ley orgánica del banco de méxico

y entro en funciones el 1º de septiembre de 1925.

NATURALEZA JURIDICA DEL BANCO DE MÉXICO.

el banco de méxico publicada el 23 de diciembre de 1993, en el diario oficial

de la federación dicha norma jurídica es reglamentaria de los párrafos sexto y

séptimo del articulo 28 de la constitución política de los estados unidos

mexicanos.

en termino del articulo1º de la ley del banco de méxico, el banco central, es una

persona moral de derecho privado con carácter autónomo, cuya denominación

es banco de méxico.

FINALIDADES DEL BANCO DE MÉXICO

de acuerdo con el articulo 2 de la ley dela materia el banco de méxico tiene las

siguientes facultades:

- proveer a la economía del país de monedad nacional

- como objetivo prioritario, procurar la estabilidad del poder adquisitivo

de la moneda nacional ( lucha contra la inflación)

- promover al plano desarrollo del sistema financiero.

- propiciar el buen funcionamiento en los sistemas de pago.

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5.5.4.-FUNCIONES DEL BANCO DE MÉXICO

en términos del articulo 3º de la ley del banco de méxico, el banco central de

nuestro país, desempeña en las funciones siguientes:

- regular la emisión y circulación, los cambios, la intermediación y los

servicios financieros, así como los sistemas de pagos.

- operar con las instituciones de crédito como banco de reservas y

acreditante de ultima instancias.

- prestar el servicio de tesorería al gobierno federal actuar como agente

financiero del mismo

- fungir como asesor del gobierno federal en materia económica y

particularmente financiera.

- participar en el fondo monetario internacional y en oros organismos de

cooperación financiera internacional que agrupe bancos centrales.

- operar con los citados organismos, con bancos centrales y con otras

persona morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad en

materia financiera.

5.6.-OPERACIONES DEL BANCO DE MÉXICO.

el articulo siete del la ley del banco de méxico, establece los actos jurídicos que

pueden realizar el banco central, cuyas operaciones son las siguientes:

1.- otorgar y obtener crédito.

A) otorgar crédito al gobierno federal , a las instituciones de crédito,

al instituto para la protección del ahorro bancario, al fondo

monetario internacional y a otras personas morales que ejerzan

funciones de autoridad en materia bancaria.

B) obtener créditos de entidades financieras del exterior,

exclusivamente con propósitos de regulación cambiaria.

2.- construir y recibir depósitos de dinero.-

a).- construir depósitos en instituciones o depositarias de valores, del país

o del extranjero.

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C) recibir depósitos bancarios de dinero del gobierno federal, de

entidades financieras del país y del exterior, de instituciones para

el deposito de valores, así como de entidades de la

administración publica federal.

3.- realizar actos jurídicos relacionados con valores.

A) operar con valores.

B) adquirir valores emitidos por organismos financieros

internacionales o personas domiciliadas en el exterior 

C) emitir bono de regulación monetaria.

D) recibir depósitos de títulos, valores, en custodia o en

administración.

4.-otros actos jurídicos

A) efectuar operaciones con divisas oro y plata.

B) actuar como fiduciario.

5.7.- LA RESERVA INTERNACIONAL Y EL REGIMEN CAMBIARIO.

la reserva internacional es un inventario de moneda extranjera que se conserva

en el banco central. se mantienen las reservas internacionales por motivos de

ahorro, transacción, afianzar la confianza internacional, liquides y cooperación

internacional.

en consecuencia, el banco de méxico contara con un reserva de activos

internacionales, que tendrá por objeto coadyuvar a la estabilidad del poder 

adquisitivo de la monedad nacional mediante la compensación de desequilibrio

entre los ingresos y egresos de divisas del país.

la reserva internacional del banco de méxico, esta compuesta de :

A) divisas y oro.

B) la diferencia entre la participación de méxico en el fondo

monetario internacional y el saldo del pasivo a cargo del banco,

cuando dichos actos sean inferior a la citada participación.

C) las divisa provenientes de financiamientos obtenidos conpropósito de regulación cambiaria.

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el régimen cambiario esta en manos del banco central, es decir el manejo de la

política monetaria en cambio la determinación de la política cambiaria, se

encuentra bajo el control del gobierno federal.

la política monetaria determinara el monto y el manejo del crédito que otorga el

banco central y la cantidad de dinero en circulación .

la política cambiaria determinara los precios a los cuales el banco central esta

dispuesto a comprar divisas.

el régimen cambiario o de tipo cambio puede ser:

A) del tipo de cambio flotante o flexible.

B) de tipo de cambio fijo.

C) de flotación manejada

D) de deslizamiento controlado.

el banco de méxico deberá actuar en materia cambiaria de acuerdo con las

directrices que determinen una comisión de cambios.

la comisión de cambios esta integrada por el secretario y sub secretario de

hacienda y crédito publico, el gobernador del banco de méxico y dos miembro

de la junta de gobierno del mismo.

dentro de las facultades de la comisión se encuentran:

A) autorizar la obtención de créditos, exclusivamente con propósitos

de regulación cambiaria, otorgados con el fondo monetario

internacional y otras organizaciones de cooperación financiera

internacional.

B) fijar criterios para la expedición de normas en materia cambiaria .

C) señalar directrices respecto al manejo y valuación de la reserva

de activos internacionales.

5.8.- EXPEDICIÓN DE NORMAS Y SANCIONES QUE IMPONE EL BANCO

DE MÉXICO.

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el banco de méxico es la única autoridad que tiene facultades constitucionales,

para emitir disposiciones en materia de cambio intermediación y servicios

financieros.

el banco central de nuestro país tiene facultades necesarias para vigilar que se

cumpla la normalidad que emita, sanciona su incumplimiento incluso ejecutar 

coactivamente sus determinaciones.

en contra de las sanciones que el banco de méxico imponga a los

intermediarios financieros, resulta procedente el recurso de reconsideración

que es de agotamiento obligatorio, se debe interponer dentro de los quince días

hábiles siguientes a le fecha de notificación de la sanción.

cuando las multas no hubieran sido cubiertas en forma oportuna por los

sancionados, el banco aplicara procedimiento administrativo de ejecución.

el banco de méxico podrá expedir disposiciones solo cuando tenga por 

propósito la regulación monetaria, el sano desarrollo del sistema financiero y la

protección de los intereses del publico.

el banco central al expedir sus normas, deberá expresar de1as razones que las

motivan a los propósitos que se persiguen con su expedición.

5.9 GOBIERNO Y VIGILANCIA DEL BANCO DE MÉXICO.-

para que la autónoma del banco de méxico sea efectiva es necesario que no

este obligado a otorgar financiamiento al gobierno federal en forma

inapropiada y aparte que este asegurada la independencia de quienes tengan

la conducción del banco central.

enseguida examinaremos la conformación de la junta de gobierno que maneja

al banco de méxico y la figura del gobernador y sub gobernadores del mismo

según lo estipulado en la normatividad.

el párrafo séptimo en el articulo 28 de la constitución dispone para que la

designación de los miembros de ls junta de gobierno del banco de méxico,

serán designados por el presidente de la republica, con la aprobación de la

cámara de senadores o de comisión permanente.

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el articulo 38 de la ley del banco de méxico, prevé que el ejercicio de las

funciones y administración del banco de méxico estará encomendados, en el

ámbito de sus respectivas competencias, a una junta de gobierno y a un

gobernador.

la junta de gobierno estará integrada por cinco miembros, de entre estos, el

presidente de la republica nombrara al gobernador del banco quien presidirá la

 junta de gobierno, a los demás miembros se les denominara sub gobernadores.

el gobernador y sub gobernadores de la junta de gobierno del banco de

méxico, solo podrán ser removidos por causa grave, entre las que se

encuentran la incapacidad mental, por no cumplir los acuerdos de la junta de

gobierno y manejar información falsa en perjuicio del banco central. el

procedimiento de remoción de los mencionados servidores públicos federales,

será resuelto en definitiva por la cámara de senadores o por la comisión

permanente.

el periodo del gobernador del banco de méxico comenzara el 1º de enero del

cuarto año calendario del periodo correspondiente al presidente de la republica

los periodos de los sub gobernadores serán escalonados, sucediéndose cada

dos años e iniciándose el 1º de enero del primer, tercer y quinto año del

periodo del ejecutivo federal.

el cargo de gobernador será de seis años y el de sub. gobernador será de ocho

años, las personas que ocupen esos cargos podrán ser designados miembros

de la junta de gobierno mas de una vez.

las personas encargadas dela conducción del banco de méxico, no podrán

tener ningún empleo, cargo o comisión, con excepción de aquellos en que se

actúe en representación del banco y de los no remunerados en asociaciones

docentes, científicas, culturales, o de beneficencia.

el articulo39 de la ley del banco de méxico contiene los requisitos para ser 

designado miembro de la junta de gobierno del banco central, entre ellosfiguran el ser ciudadano mexicano por nacimiento, estar en pleno goce de sus

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derechos civiles y políticos, no tener mas de sesenta y cinco años al inicio del

periodo del encargo, no haber sido sentenciado por delitos electores o

inhabilitado para el servicio publico ni removido del cardo del miembro de la

 junta de gobierno a demás de gozar de reconocida competencia en materia

monetaria y haber ocupado por lo menos durante cinco años, cargos de alto

nivel en el sistema financiero mexicano.

la junta de gobierno tiene entre sus facultades mas relevantes las siguientes:

A) autorizar las ordenes de acuñación de monedas y fabricación de

billetes determinando las características y composiciones de

ambos.

B) resolver sobre el otorgamiento de crédito del banco de méxico al

gobierno federal.

C) fijar los lineamientos conforme a los cuales el banco de méxico

realizara sus operaciones.

D) aprobar los estados financieros correspondientes a cada ejercicio,

así como los estados de cuenta consolidados mensuales.

E) resolver sobre otros asuntos que el gobernado someta a su

consideración.

por su parte las atribuciones mas importantes del gobernador del banco de

méxico son las siguientes:

A) tener a su cargo la administración del banco central, la

representación legal de este y el ejercicio de sus funciones, sin

perjuicio de las facultades que la ley confiere a la junta de

gobierno.

B) ejecutar los acuerdos de la junta de gobierno y de la comisión de

cambios.

C) ser el enlace entre el banco central y la administración publica

federal.

el banco de méxico esta sujeta a una vigilancia externa:

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A) el auditor externo del banco de méxico, conforme al articulo 50 de

la ley del banco de méxico, la secretaria de hacienda y crédito

publico esta facultada para designar a un auditor externo del

banco central, a propuesta de un instituto de contadores y con la

aprobación de la cámara de diputados. ese auditor tiene las mas

amplias facultades para examinar y dictaminar los estados

financieros del banco central, debiendo enviar al ejecutivo federal

y al congreso de la unión copia de los dictámenes que presente a

la junta de gobierno del banco de méxico y un informe sobre el

ejercicio del presupuesto de gasto corriente e inversión física.

B) la auditoria superior de la federación, el banco central esta sujeto

a la fiscalización de este órgano, lo cual tiene por objeto

básicamente la revisión de la cuenta publica a fin de verificar que

el gasto publico federal sea aplicado de manera correcta.

GUIA DEL PRIMER PARCIAL DE DERECHO BANCARIO

1.- como se inicia historicamente la banca?

2.- que diferencia existe entre banquero y financiero?

en que el banquero es la institución destinada al recibo de depósitos de dinero

y a su liberación mediante la exhibición de la contraseña idónea que en la

actualidad es muy variada. y el financiero es la institución destinada a prestar el

dinero depositado en los bancos contra el pago de un precio denominadointerés.

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3.- como se denomino al edificio bancario mas antiguo que se conoce, ubicado

en babilonia?

“templo rojo de uruk”

4.- que practicaban en ese lugar los sacerdotes?

practicaban la intermediación.

5.- como se realizaban las operaciones bancarias en babilonia?

todas las operaciones se realizaban en especie, ya que no existía la moneda.

6.- que era el subtou?

era un interés que se aplicaba a los préstamos, a una tasa de 33 % anual

tratándose de cereales y dátiles, y 25 % respecto de metales.

7.- en babilonia como se garantizaba un prestamo?

se garantizaba con un predio o esclavos.

8.- como regulo el codigo de hamurabi las operaciones hechas en babilonia?

regulo el préstamo con interés formalizándose a través de contratos para tales

operaciones, así como también regulo la usura (aumento indebido del interés),

la comisión mercantil y el depósito. por ejemplo: si ha prestado con interés, sin

testigos, ni contrato, perderá cuanto presto, así como el aumento indebido del

interés e castigaba con la perdida del capital prestado.

9.- quien invento la moneda?

el emperador de lidia llamado giges

10.- que nombre recibio la primer moneda y que caracteristicas tenia?

“electros”, eran pepitas naturales de oro y plata a las cuales se les impuso un

sello oficial y las dotaba de valor.

11.- quienes fueron los trapezitas? (en grecia)unos prestamistas.

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12.- que interes cobraban los trapezitas?

que prestaban dinero a una taza de cambio libre. los prestamos podían ser por 

mes o por un dia, algunos prestamistas exigían un “obolo” por dracma diario

prestado.

13.- quienes fueron los colubistas? (en grecia)

eran aquellos que se aseguraban de la autenticidad y valor de las monedas

que les eran presentadas y cambiaban moneda de su ciudad por la extranjera y

viceversa.

14.- quienes fueron los publicanos? (en roma)

eran hombres de negocios, que amasaron grandes fortunas, al adjudicarse

obra publica, arrendar el cobro de impuestos y el de minas del estado, es decir,

participando en la administración de la cosa publica, además, se agruparon en

sociedades por acciones, así otorgaron prestamos al estado, financiaron

grandes obras y pagaban a las tropas del ejercito y flotas mercantes.

15.- quienes fueron los argentarii? (en roma)

eran aquellos que realizaban la misma función que los colubistas griegos (eran

aquellos que se aseguraban de la autenticidad y valor de las monedas que les

eran presentadas y cambiaban moneda de su ciudad por la extranjera y

viceversa), solo que no crearon nuevas operaciones bancarias, pero si

mejoraron su técnica por medio del derecho, al establecer un mecanismo que

permitiera el cobro de intereses, consideraron a los depositantes de los bancos

como acreedores privilegiados y establecieron la obligación a cargo de los

banqueros a rendir cuentas a sus clientes.

16.- quien reorganizo el sistema monetario y proclamo el derecho real para

emitir moneda?

el emperador carlomagno

17.- indique los 3 factores que provocaron un retraimiento del comerciobancario en la edad media:

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1.- la desintegración del antiguo imperio romano.

2.- la violenta irrupción del mundo árabe que controlo el mar mediterráneo.

3.- la iglesia cristiana prohibió el préstamo con interés, porque con frecuencia

daba lugar a la usura.

18.- que aportaron los judios al comercio bancario de la edad media?

I. se convirtieron en especialistas en el “préstamo mediante garantía”.

II. precisaron la naturaleza de los bienes susceptibles de ser puestos como

fianza o garantía,

III. definieron los derechos del prestamista con garantía

IV. fijaron la escala de interés.

V. practicaron el crédito agrícola a favor de los tenedores de la tierra a

través de la hipoteca y las rentas reales.

19.- quienes fundaron los montes de piedad en la edad media?

los lombardos y franciscanos.

20- que aporto al comercio bancario pedro romero de terreros?

fundo en 1775 el real monte de piedad de animas de la nueva españa,

institución que otorgaba prestamos sin interés y garantía prendaria.

21.- quien denomino peso a nuestra moneda?

agustín de iturbide

22.- cual fue la primer institucion bancaria que se establecio en mexico y sus

caracteristicas?

el banco de londres, méxico y sudamérica. se estableció sin concesión alguna,

durante el imperio de maximiliano.

23.- que es un intermediario financiero?

es aquel (banco, casa de bolsa, etc) que realiza el cambio indirecto y mediato

de dinero que se realiza por la interposición de quien sistemáticamente recoge

capital en busca de inversiones y lo entrega a quien lo necesita.

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24.- que es el derecho bancario?

es el conjunto de normas que regulan la actividad de las empresas bancarias

que analizan la masa de intermediación de operaciones de crédito, abarcando

los siguientes aspectos:

- los sujetos bancarios en cuanto a su estructura y funcionamiento

- las operaciones bancarias

- los objetos bancarios

25.- que es el credito?

del latín creditum que significa creer. es la transferencia de bienes que se hace

en un momento dado por una persona a otra, para ser devueltos a futuro en un

plazo señalado y generalmente con el pago de una cantidad por el uso de los

mismos.

26.- que es el prestamo mercantil?

se reputa mercantil el préstamo cuando se contrae en el concepto y con

expresión que las cosas prestadas se destinen a actos de comercio y no para

necesidades ajenas a este.

27.- que es el contrato de apertura de credito? 291 lgtoc

es aquel en virtud del cual un sujeto (acreditante), se obliga a poner a

disposición de otro (acreditado), una determinada cantidad de dinero, o bien a

contraer durante ese tiempo, una obligacin a su nombre; y por su parte el

acreditado se obliga a restituir ese dinero o a pagar la obligación contratada, en

el termino pactado. (préstamo)

28.- que es el contrato de cuenta corriente? 296 lgtoc

es aquel en virtud del cual el término permanece invariable, pero el acreditado

conforme vaya haciendo uso del dinero puesto a su disposición, lo puede ir 

regresando en remesas parciales, de forma que aunque disponga de parte del

monto, el límite máximo del crédito nunca se agote.

29.- que es el contrato de prenda mercantil?

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es aquel en virtud del cual un deudor constituye un derecho real sobre un bien

mueble enajenable para garantizar el cumplimiento de una obligación y su

preferencia en el pago, en la mayoría de los casos, supone la entrega del bien

dado en prenda.

30.- que es el contrato de deposito?

es para los bancos la operación pasiva por excelencia por ser su principal

fuente de captación. es aquel en virtud del cual el depositario se obliga hacia el

depositante a recibir una cosa, mueble o inmueble, que este le confía y a

guardarla para restituirla cuando la pida el depositante. y será mercantil si las

cosas depositadas son objeto de comercio o si se efectúa como consecuencia

de una operación mercantil.

31.- que es el contrato de credito de habilitacion o avio? 331 lgtoc

es el contrato por virtud del cual el acreditado queda o. a invertir el importe del

crédito precisamente, en adquisición de las materias primas y materiales en el

pago de jornales, salarios y gastos directos de explotación indispensables para

los fines de su empresa.

32.- que es el contrato de credito refaccionario? 323 lgtoc

es aquel por virtud del cual el acreditado queda o. a invertir el importe del

crédito en la adquisición de instrumentos útiles de labranza, abonos, ganado o

animales de cría en la realización de plantaciones o cultivos cíclicos o

permanentes, en la apertura de tierras para el cultivo, compra o instalación de

maquinaria y construcción y realización de obras, materiales para el fomento de

la empresa del acreditado inclusive para pagar responsabilidades fiscales

33.- cual es el objeto de la ley de instituciones de credito?

1) la regulación del servicio de banca y crédito

2) la organización y funcionamiento de las instituciones de crédito

3) reglamentar las operaciones y actividades de las instituciones de crédito

así como su sano y equilibrado desarrollo.

4) la protección de los intereses públicos

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5) los términos en que el estado ejerce la rectoría financiera del sistema

bancario mexicano.

34.- que es el servicio de banca y credito?

la captación de recursos del publico en el mercado nacional para su colocación

en el publico mediante actos causantes de pasivo directo o contingente,

quedando o. el intermediario a cubrir el principal y en su caso los accesorios

financiero de los recursos captados.

35.- que es la banca multiple?

es una sociedad anónima bancaria, que cuenta con autorización del estado

para prestar el servicio de banca y crédito, de un estado no especializado, es

decir, que implica la prestación de un paquete de servicios bancarios.

36.- que es la banca de desarrollo?

son los bancos del estado, excepto el banco de méxico, que no es una

institución de crédito, sino el banco central de la nación. las instituciones de la

banca de desarrollo son entidades de la admón. pub. fed., tienen patrimonio y

personalidad j. propios, se rigen x sus leyes orgánicas.

37.- que es una operación pasiva?

cuando las instituciones de crédito reciben recursos del publico en virtud de

ellas las instituciones contraen adeudos y por tanto se generan pasivos a su

cargo.

38.- mencione 3 operaciones pasivas.

1) recibir depósitos bancarios de dinero

2) aceptar prestamos y créditos

3) emitir bonos bancarios

4) emitir o. subordinadas

39.- que es una operación activa?

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cuando las instituciones otorgan crédito al publico, las instituciones se

convierten entonces en acreedoras y por consecuencia existen activos a su

favor.

40.- mencione 3 operaciones activas.

1) constituir depósitos en instituciones de crédito

2) otorgar prestamos o créditos

3) operar con valores

4) celebrar contratos de arrendamiento financiero

5) realizar operaciones de factoraje financiero

41.- que es un servicio bancario?

son las llamadas operaciones neutras o atípicas, no implican por si mismas la

existencia de activos o pasivos para la institución.

42.- mencione 3 servicios bancarios.

1) operar con oro, plata y divisas

2) prestar el servicio de caja de seguridad

3) expedir cartas de crédito

4) realizar servicios varios

43.- que es la comison nacional bancaria y de valores?

es un órgano desconcentrado de la shcp con autonomía técnica y facultades

ejecutivas, mismo que se rige por la ley. (supervisa y regula, en el ámbito de su

competencia, a los intermediarios financieros y a las personas físicas y morales

que realicen actividades propias de esos intermediarios.

44.- que es la comision nacional para la defensa de los usuarios de los

servicios financieros?

es un organismo publico descentralizado con personalidad jurídica y

patrimonios propios y tiene por objeto promover, asesorar, proteger y defender 

los intereses de los usuarios frente a las instituciones financieras, arbitrar sus

diferencias de manera imparcial y proveer a la equidad en las relaciones deestos.

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45.- que es el instituto para la proteccion al ahorro bancario?

es un organismo descentralizado de la administración publica federal con

personalidad jurídica y patrimonio propios, cuya finalidad es otorgar un seguro

de deposito al asumir y en su caso pagar en forma subsidiaria las o. que se

encuentren garantizadas a cargo de instituciones de banca múltiple,

considerando el monto total del principal y accesorios, hasta por una cantidad

equivalente a 400 mil unidades de inversión por persona física o moral en los

bancos.

46.- mencione los diversos instrumentos para la proteccion de los intereses del

publico que contrata los servicios de la banca.

1) el secreto bancario

2) el seguro de deposito bancario

3) la asesoría y defensa de los usuarios de la banca

4) la responsabilidad directa e ilimitada de las instituciones de crédito

5) el seguro de los acreditados bancarios

47.- que es el secreto bancario?

consiste en el deber jurídico que tienen las instituciones de crédito de no

revelar, sino en los casos expresamente prescritos en la ley, la información que

sea de su conocimiento en relación con sus actos propios de banca que

realicen con el público.

48.- cite 3 autoridades a las cuales las instituciones de credito estan obligadas

por ley a dar informacion de las operaciones bancarias.

1) pgr  

2) pg justicia militar 

3) auditoria superior de la federación

4) ife

5) banco de méxico

49.- que es la responsabilidad directa e ilimitada de las intituciones?

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las instituciones de crédito responderán directa e ilimitadamente de los actos

realizados por sus funcionarios y empleados de sus funciones, sin perjuicio de

las responsabilidades civiles o penales en que ellos incurran personalmente. en

caso de controversia, los usuarios de la banca no tengan que seguir un largo e

infructuoso proceso en contra de los empleados y funcionarios de las

instituciones de crédito, sino que los bancos sean responsables directa e

ilimitadamente por los perjuicios que el mal actuar de empleados y funcionarios

cause a los usuarios de las instituciones.

50.- que autoridad bancaria es la responsable de aplicar el procedimiento de

inspeccion, suspension de operaciones y clausura?

la comisión nacional bancaria y de valores

51.- indique 3 prohibiciones impustas a las instituciones de credito.

1) dar en garantía sus propiedades, d. de crédito a su favor, fideicomisos y

valores de su cartera.

2) operar directa o indirectamente sobre las acciones o títulos

representativos de su capital.

3) celebrar operaciones en virtud de las cuales resulte deudores de la

intervención sus funcionarios y empleados, salvo que correspondan a

prestaciones de carácter laboral otorgadas de manera gral.

4) mantener cuentas de cheque a aquellas personas que n el curso de 2

meses hayan librado 3 o mas de dichos documentos, que presentados

en tiempo no hubieren sido pagados por falta de fondos disponibles y

suficientes

5) pagar anticipadamente, en todo o en parte, obligaciones a su cargo

derivadas de depósitos bancarios de dinero, préstamos o créditos.

52.- que recursos puede ejercitar el sancionado por la comision nacional

bancaria y de valores?

el recurso de revocación

53.- cual es el monto de la multa que se puede imponer al sancionado por elincumplimiento a la ley de instituciones de credito?

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20 mil a 200 mil veces el salario mínimo general diario vigente en el d.f.

54.- mencione 3 delitos bancarios.

1) las personas que con el propósito de obtener un crédito proporcionen a

una institución de crédito, datos falsos, presenten avalúos que no

corresponden a la realidad, resultando como consecuencia de ellos

quebranto o perjuicio patrimonial para la institución.

2) los funcionarios, empleados de la institución de crédito o quienes

intervengan directamente en la autorización o realización de operaciones

a sabiendas de que estas resultaran en quebranto o perjuicio al

patrimonio de la institución.

3) los deudores que no destinen el importe del crédito a los fines pactados.

4) el que realice operaciones de banca y crédito sin autorización.

5) quien utilice o distribuya, posea tarjetas de crédito, de debito, formatos

de cheques en general instrumentos de pago utilizados por el sistema

bancario a sabiendas de que son falsos.

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GUIA DE SEGUNDO PARCIAL DE DERECHO BANCARIO

1.- mencione 3 formas en que el fideicomiso puede constituirse.

mediante contrato

por declaración unilateral de la voluntad

mediante un acto del poder publico (a través de ley o decreto)

2.- ¿qué es el fideicomiso?

es una operación mercantil mediante la cual una persona física o moral

(llamada fideicomitente) destina ciertos bienes, (el denominado patrimonio

fideicomisos) a la realización de una institución de crédito (llamada fiduciaria).quienes reciben los beneficios del fideicomiso reciben el nombre de

fideicomisarios.

3.- mencione los sujetos del fideicomiso.

fideicomitente

fiduciario

fideicomisario

4.- ¿qué es el fideicomitente?

es una persona física o moral que constituye un fideicomiso, para destinar 

ciertos bienes o derechos a la realización de un fin licito determinado,

encargando dicha realización a una institución de crédito.

5.- ¿quiénes pueden ser fideicomitentes?

C) las personas físicas o morales que tengan la capacidad necesaria para

hacer la petición de bienes que el fideicomiso implica.

D) las autoridades judiciales o administrativas competentes, cuando se trata

de bienes cuya guarda, conservación, administración, liquidación,

reparta o enajenación corresponde a dignas autoridades o a las

personas que están designadas.

6.- mencione los derechos del fideicomitente.

9. que se le reviertan los bienes al finalizar el fideicomiso

10.dar carácter revocable al fideicomiso

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11.designar al fiduciario

12.designar a los fideicomisarios

13.reservar determinados derechos

14.designar a los miembros del comité técnico

15.establecer de reinos a su favor mediante la reserva que se haga de los

mismos

16.el objeto del fideicomiso siendo licito

7.- mencione las obligaciones del fideicomitente.

4. transmitir la propiedad de los bienes o ceder los derechos respectivos

5. pagar al fiduciario los honorarios y comisiones que se pacten.

6. físicamente si el fideicomiso, el empresario, debe responder como

contribuyente del impuesto sobre la renta, cuando los fideicomisarios

sean determinados.

8.- ¿qué es el fiduciario?

es la persona encargada por el fideicomitente de realizar el fin del fideicomiso.

9.- mencione 3 instituciones que pueden ser fiduciarios.

7. casas de bolsa

8. aseguradoras

9. afianzadoras

10.banco de méxico

11.almacenes generales de deposito

10.- ¿qué es el delegado fiduciario?

conforme a la lic, el fiduciario desempeñara su cometido y ejercitara sus

facultades por medio de funcionarios denominados delegados fiduciarios. los

delegados fiduciarios, tienen el carácter de apoderados en todo caso, las

instituciones fiduciarias responderán directa e ilimitadamente de los actos

realizados por estos.

11.- mencione 2 derechos del fiduciario?E) ejercer la titularidad de los bienes y derechos afectos al fideicomiso

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F) recibir los honorarios y las comisiones pactadas

G) abstenerse de acatar las resoluciones del comité técnico dictadas en

exceso de facultades

H) excusarse o renunciar al cargo por causas graves

12.- mencione 2 obligaciones del fiduciario?

G) cumplir con los fines del fideicomiso conforme al acto constitutivo

H) actuar de buena fe

I) mantener separado el patrimonio de cada fideicomiso

J) rendir cuentas de la gestión fiduciaria

13.- ¿qué es el fideicomisario?

es la persona física o moral que recibe el beneficio derivado de un fideicomiso.

14.- ¿quiénes pueden ser fideicomisarios?

las personas físicas o morales que tengan la capacidad jurídica necesaria para

recibir los frutos que el fideicomiso implique.

15.- ¿puede existir un fideicomiso sin fideicomisario?

si

16.- mencione los derechos del fideicomisario.

H) recibir los beneficios del fideicomiso

I) los que se le asignen en el contrato respectivo

J) exigir el cumplimiento al fiduciario

K) atacar la validez de los actos realizados en su perjuicio

L) reindicar los bienes a consecuencia de esos actos hayan salido del

patrimonio fideicomitido.

M) designar al fiduciario cuando no lo designe el fideicomitente.

N) exigir cuantas a la institución bancaria

17.- mencione las obligaciones del fideicomisario.

C) las que se establezcan en el contrato o en el acto constituido, comopueden ser la conservación de muebles o inmuebles.

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D) si están determinados, serán contribuyentes del isr.

*18.- ¿qué es el comité técnico del fideicomiso?

es un órgano de administración interno del fideicomiso, para dar las reglas,

para su funcionamiento y fijar sus facultades.

19.- ¿qué es el patrimonio fideicomitido?

son todos los bienes y derechos destinados a un fin lícito determinado, salvo

que conforme a la ley sean estrictamente personales de su titular.

*20.- mencione las características del patrimonio fideicomitido?

el fideicomitente: no puede disponer de ese patrimonio.

el fiduciario: estimular de el, pero no es propietario

el fideicomisario: recibe los beneficios, pero no es titular del patrimonio.

21.- mencione 3 supuestos en los cuales se puede extinguir el fideicomiso.

i.- por la realización del fin para el cual fue constituido;

ii.- por hacerse éste imposible;

iv.- por haberse cumplido la condición resolutoria a que haya quedado sujeto;

v. por convenio escrito entre fideicomitente, fiduciario y fideicomisario;

22.- ¿cuales son los fideicomisos prohibidos?

5. secretos

6. sucesivos

7. los que tengan una duración mayor de 30 años

8. los ilícitos

23.- ¿qué son las organizaciones auxiliares del crédito?

son aquellas entidades que realizan actividades relacionadas o

complementarias a las de las instituciones de crédito esto es aquellas

actividades que sin ser bancarias coadyuvan al mejor desarrollo de la actividad

crediticia.

24.- ¿cuál es el objeto de la ley general de organizaciones y actividades

auxiliares de crédito?

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establecer las reglas conforme a las cuales se organizan y funcionan las

organizaciones y actividades auxiliares del crédito, sus disposiciones

generales, su contabilidad, inspección y vigilancia, de las facultades de las

autoridades y de las infracciones y delitos.

*25.- indique las organizaciones auxiliares de crédito que señala la ley antes

citada.

1. las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo

2. sociedades financieras populares

3. uniones de crédito

4. almacenes generales de depósito

5. arrendadoras financieras

6. empresas de factoraje financiero

7. como actividad auxiliar del crédito y las casas de cambio

*26.- ¿qué establecimientos son considerados como actividad auxiliar de

crédito por la ley antes citada?

27.- ¿qué son los almacenes generales de deposito?

son aquellos que tienen por objeto el almacenamiento, guarda o conservación,

manejo, control, distribución o comercialización de bienes o mercancías bajo su

custodia o que se encuentren en transito, amparados por certificados de

deposito y el otorgamiento de financiamiento con garantía de los mismos.

28.- ¿qué es el certificado de deposito?

es un titulo de crédito expedido por el almacén a favor del comerciante y

representa las mercancías depositadas.

29.- ¿qué derechos otorga al comerciante el certificado de depósito?

3. disponer de las mercancías amparadas por el titulo

4. exigir al almacén la entrega de las mercancías o el valor de las mismas.

30.- ¿qué es el bono de prenda?

es un anexo del certificado de depósito que sirve al comerciante para obtener 

financiamientos (pueden ser otorgados al comerciante por los propios

almacenes generales de depósito o por terceros) con la garantía específicasobre los bienes depositados.

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31.- mencione los 3 tipos de almacenes generales de depósito.

4. los que se destinan a recibir en deposito bienes o mercancías de

cualquier clase y realizan las demás actividades permitidas por la ley a

excepción de:

5. los que realizan el depósito fiscal y se refieren a mercancías que

proceden del exterior o que han sido producidas en el país para ser 

vendidas en el extranjero y por las cuales no se han cubierto todavía con

impuestos correspondientes, sino que se pagaran al retirarse los bienes

del almacén.

6. los que otorguen financiamientos, a este respecto, la ley de la materia

permite que este tipo de almacenes puedan otorgar créditos con

garantía de las mercancías almacenadas.

*32.- ¿qué es el arrendamiento financiero?

por virtud del contrato de arrendamiento financiero, la arrendadora financiera:

se obliga a comprar bienes que no sean de consumo inmediato, cuyo uso o

goce concederá a un arrendatario, y este se obliga a cubrir las cargas

financieras, el arrendatario tendrá derecho a alguna de las opciones terminales.33.- ¿cuáles son las opciones terminales?

4. la compra de los bienes a un precio inferior a su valor de adquisición,

que quedara fijado en el contrato.

5. prorrogar el plazo para continuar con el uso o goce temporal pagando

una renta inferior a los pagos periódicos que se venían haciendo.

6. participar con la arrendadora financiera en el precio de venta de los

bienes a un tercero, conforme a las bases del contrato.

34.- ¿cuál es el objeto de las sociedades de ahorro y préstamo?

la captación de recursos exclusivamente de sus socios, mediante actos

causantes de pasivo directo o contingente, quedando la sociedad obligada a

cubrir el principal y en su caso, los accesorios financieros de los recursos

captados.

35.- ¿cuál es el objeto de la ley de ahorro y crédito popular?

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regular promover y facilitar el servicio de captación de recursos y la colocación

por parte de las entidades de ahorro y crédito popular, así como normar la

organización y el funcionamiento de las federaciones y confederaciones en que

aquellas voluntariamente se agrupen.

36.- ¿qué son las uniones de crédito?

son sociedades anónimas de capital variable cuyos socios pueden ser 

personas físicas o morales y tienen por objeto agrupar en los ramos

agropecuarios, industriales y comerciales a miembros que necesiten satisfacer 

sus actividades financieras y propiciar su desarrollo, facilitando el uso del

crédito a sus socios al prestarse como aval, en los créditos que contraten sus

socios.

el financiamiento llega a los grupos de población con necesidades reducidas

que no interesen a los bancos o les resulten incosteables.

37.- ¿qué es el factoraje financiero?

es aquel que celebran las empresas de factoraje con sus clientes, que realicen

actividades empresariales a fin de que las primeras adquieran de las segundas

derechos de crédito relacionados a proveedores de bienes o servicios, tal

adquisición de los derechos de cobro debe ser por un precio determinado, en

moneda nacional o extranjera independientemente de la fecha en que se

paguen los créditos.

* 38.- ¿qué adquiere la empresa de factoraje del factorado?

cuentas por cobrar a factor de sus clientes.

39.- en el factoraje financiero ¿cuál es la obligación del factorado?

garantizar la existencia y legitimidad de los derechos de crédito al tiempo de

celebrarse el contrato de factoraje financiero.

además, puede pactarse que el facturado quede obligado solidariamente con el

deudor al responder del pago puntual y oportuno de los derechos de crédito

transmitidos.

40.- ¿cuál es el plazo que tiene la empresa de factoraje financiero para notificar 

al deudor del factorado de la cesión de crédito?

10 días a la fecha en que opero la cesión de crédito.

41.- ¿qué operaciones pueden realizar los centros bancarios?

la compra de billetes, piezas acuñadas y metales comunes con curso legal enel país de emisión; compra y venta de cheques de viajero denominados en

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moneda extranjera hasta por un monto equivalente no superior a diez mil

dólares diarios de estados unidos de américa por cada cliente.

*42.- ¿qué es la intermediación bursátil?

consiste en la captación de recursos del público; para su colocación en este

ultimo, esta operación se realizara a través de la oferta y demanda de valores.

44.- ¿qué es la oferta publica de valores?

se considera la que se haga por algún medio de comunicación masiva o a

persona indeterminada para suscribir, enajenar o adquirir valores.

45.- ¿qué es el inversionista bursátil?

es la persona física o moral, mexicana o extranjera que coloca sus recursos en

el mercado de valores, a través de un intermediario bursátil, con la finalidad de

obtener un beneficio futuro, esto es, un rendimiento.

46.- ¿cuál es el objeto de la ley de mercado de valores?

es regular: la oferta publica de valores, la intermediación en el mercado de

valores, la administración del registro nacional de valores, las autoridades de la

materia, que deben procurar la protección de intereses de los inversionistas, el

desarrollo de un mercado de valores eficiente y fomentar una sana

competencia en el mismo.

*47.- mencione 3 intermediaciones bursátiles.

• casas de bolsa

• especialistas bursátiles

• instituciones de crédito

• sociedades financieras de objeto limitado

• sociedades de inversión.

48.- ¿qué es el emisor?

es la persona moral que a través de un intermediario bursátil ofrece al público

inversionista títulos de los mercados de capital o de deuda.

49.- ¿qué son las bolsas de valores?

son sociedades anónimas de capital variable, para su operación requieren

concesión de la shcp y tienen corno función establecer locales, instalaciones,

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certificar contrataciones, proporcionar información y los mecanismos que

faciliten las relaciones y operaciones entre a oferta y la demanda de valores.

50.- ¿qué es el registro nacional de valores?

es aquel que tiene como función llevar el registro de la oferta o venta de

valores en el mercado mexicano, este registro se encuentra a cargo de la

comisión nacional bancaria y de valores. y sólo podrán ser materia de

intermediación en el mercado de valores los documentos inscritos en este.

*51.- ¿qué son las sociedades de inversión?

son fondos de inversión, que tienen como finalidad reunir los recursos de un

gran número de inversionistas, medianos y pequeños, para canalizarlos de

manera inmediata al mercado de valores y a la adquisición de otros activos,

con el objeto de financiar diversos proyectos productivos.

son intermediarios financieros no bancarios que captan recursos del público. no

transmiten a los inversionistas, como contraprestación, valores de los que

cotizan en el mercado emitidos por terceros; si no sus propias acciones.

52.- mencione los tipos de sociedades de inversión.

• de rende variable

• de inversión de capitales

• en instrumentos de deuda

• de objeto limitado

• especializadas en fondos para el retiro

53.- ¿cuál es el objeto de la ley de sociedades de inversión?

regular la organización y el funcionamiento de las sociedades de inversión, la

intermediación de sus acciones en el mercado de valores, así como los

servicios que deberán contratar para el correcto desempeño de sus

actividades.

54.- ¿qué son las sociedades de inversión de renta variable?

son aquellas que solo pueden realizar sus actividades con acciones,

obligaciones y demás valores de renta variable y no de renta fija,

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55.- ¿qué son las sociedades de inversión en instrumentos de deuda?

son aquellas que operan exclusivamente con activos objeto de inversión cuya

naturaleza corresponda a valores, títulos o documentas representativos de una

deuda a cargo de un tercero, como por ejemplo los cetes.

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GUIA DEL TERCER PARCIAL

1.- que son las instituciones de seguros?

son sociedades anónimas de capital fijo o variable, constituidas con arreglo a la

ley general de sociedades mercantiles.

2.- cual es el objeto de la ley general de instituciones y sociedades

mutualistas de seguros?

regular, en protección de los intereses del público usuario. la organización y

funcionamiento de las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, los

agentes de seguros y demás personas relacionadas con la actividad y

operaciones de las aseguradoras.

3.- que es el contrato de seguro?

es aquel en virtud del cual, la empresa aseguradora se obliga, mediante el

pago de una prima, a resarcir un daño o a pagar una suma de dinero al

verificarse la eventualidad prevista en el contrato.

4.- que es la empresa aseguradora?

es aquella que reúne bienes de capital y servicios con la finalidad de colocar en

el mercado contratos por los cuales se obligan a reparar un daño, resarcir a

quien lo sufra o bien indemnizar por la actualización del riesgo previsto.

5.- quien es el asegurado?

es aquella persona que busca protegerse o proteger a determinadas personas

o su patrimonio del daño que pueda causar la actualización del riego previsto.

6.- que son las sociedades mutualistas de seguros?

son agrupaciones de mutua cooperación, sin ánimo de lucro, cuya finalidad es

constituir fondos que ayuden a los socios a resolver necesidades económicas

específicas.

7.- cuales son las características de las instituciones de seguros?

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1. son sociedades anónimas de capital fijo o variable

2. constituidas conforme a la ley general de sociedades mercantiles.

3. para organizarse y funcionar requieren de autorización de la shcp

4. para iniciar operaciones deben contar con dictamen favorable de la

comisión nacional de seguros y fianzas, previa inspección que realice.

5. contar con un capital mínimo pagado por cada operación o ramo que se les

autorice, expresando los udis.

6. su duración puede ser indefinida pero no inferior a 30 años.

7. solo puede tener por objeto el funcionamiento como institución de seguros.

8. su administración esta encomendada a un consejo de administración

9. los consejeros propietarios no pueden ser menos de 5 ni más de 15 y de

ellos al menos el 25% deben ser consejeros independientes.

10.la escritura constitutiva de la sociedad y cualquier modificación de la misma

deben someterse a la aprobación de la shcp.

11.deben contar con 2 órganos de vigilancia, el comisario y el contralor 

normativo.

8.- que es el riesgo?

es la posibilidad de que la eventualidad asegurada se produzca.

9.- que es el siniestro?

es la realización del evento asegurado y debe presentarse tal como se previo

en el contrato.

10.- que es la prima?

es la contraprestación a cargo del asegurado y consiste en una suma de dinero

que deberá cubrir periódicamente o en una sola exhibición, según se pacte.

11.- que es la póliza?

es el documento en que consta el contrato de seguro, en esta se estipulan los

derechos y obligaciones de las partes.

12.- que son los ajustadores?

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son personas cuya tarea esencial es constatar la realización de siniestro y

hacer una evaluación preliminar de este, pues la evaluación definitiva es

realizada por las centrales de ajuste de las aseguradoras.

13.- que son los agentes de seguros?

son personas físicas y morales que intervienen en la contratación de seguros

mediante el intercambio de propuestas y aceptaciones, en el aseguramiento

para celebrarlos, para conservarlos o modificarlos, según la conveniencia de

los contratantes.

14.- que es la fianza?

es el contrato por virtud del cual una persona llamada fiador, se obliga frente a

otro sujeto llamado fiado, a pagar una suma de dinero a un acreedor llamado

beneficiario, si el fiado no lo hace.

15.- cual es el objeto de la ley federal de instituciones de fianza?

es regular, la organización y funcionamiento de las instituciones de fianzas, las

actividades y operaciones que las mismas pueden realizar, así como las

actividades que realizan los agentes de fianzas y demás personas relacionadas

con la actividad afianzadora, en protección de los intereses del público usuario

de los servicios correspondientes.

16.- que es el fiador?

es la persona física o moral que a través del contrato de fianza se obliga a

pagar una deuda o a responder de la obligación de un tercero en el caso de

que este no cumpla.

17.- que es el fiado?

es la persona física o moral, pública o privada, que contrata con la institución

de fianza la cobertura de un riesgo.

18.- que es el beneficiario?

es el titular de derechos de pago que debe efectuar la institución de fianzas, en

el caso de que actualice el riesgo.

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19.- cuales son los tipos de fianza que existen?

- civil

- mercantil

- de empresa

20.- cuales son los ramos de fianza que existen?

1. de fidelidad (individuales y colectiva)

2.   judiciales (penales y no penales, que amparen a los conductores de

vehículos automotores).

3. administrativas (de obra, proveeduría, fiscales, de arrendamiento)

4. de crédito (de suministro, de compraventa, financieras)

5. fideicomisos en garantía (relacionados con pólizas de fianzas, sin

relación con pólizas de fianzas).

21.- que es el reafianzamiento?

es el contrato en virtud del cual una institución de fianzas, se obliga a pagar a

otra, llamada reafianzada, en la proporción correspondiente, las cantidades que

esta debe cubrir al beneficiario de la fianza.

22.- que es un grupo financiero?

es la integración que se produce respecto de intermediarios bancarios y no

bancarios, manejados a través de un centro de decisión, llamado sociedad

controladora, con la finalidad de crear vínculos patrimoniales y operativos entre

ellos.

23.- cual es el objeto de la ley para regular las agrupaciones financieras?

regular, la constitución, integración, organización y funcionamiento de los

grupos financieros, los términos de acuerdo con los cuales habrán de operar y

la protección de los intereses de quienes celebren operaciones con dichos

grupos.

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24.- que es la sociedad controladora?

es aquella que tiene por objeto encabezar al grupo financiero, tendrá el control

de los intermediarios financieros que forman parte del grupo, adquiriendo y

administrando acciones emitidas por los integrantes de la agrupación.

25.- que es el banco de méxico?

es el banco central del edo., que será autónomo en el ejercicio de sus

funciones y en su administración, su objeto prioritario es procurar la estabilidad

del poder adquisitivo de la moneda nacional, acuñar moneda y emitir billetes,

concentrar las reservas internacionales del país, teniendo facultades para dictar 

disposiciones y para sancionar a diversos intermediarios.

26.- mencione las finalidades del banco de méxico.

1. proveer a la economía economía del país de moneda nacional.

2. procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional

(lucha contra la inflación)

3. promover el sano desarrollo del sistema financiero.

4. propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos.

27.- cuales son los mecanismos de defensa para quienes contratan con

entidades que pertenecen a un grupo financiero?

1. el convenio de responsabilidad

2. la inspección y vigilancia

3. la corrección de irregularidades y las intervenciones.

28.- cuales son las funciones del banco de méxico?1. regular la emisión y circulación, los cambios, la intermediación y los

servicios financieros, así como los sistemas de pagos.

2. operar con las instituciones de crédito como banco de reserva y

acreditante de última instancia.

3. prestar el servicio de tesorería al gobierno federal y actuar como agente

financiero del mismo.

4. fungir como asesor del gobierno federal en materia económica yparticularmente financiera.

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5. participar en el fondo monetario internacional y en otros organismos de

cooperación financiera internacional que agrupen bancos centrales.

6. operar con los citados organismos, con bancos centrales y con otras

personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad en

materia financiera.

29.- cuales son las facultades del banco de méxico?

1. proveer a la economía economía del país de moneda nacional.

2. procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda nacional

(lucha contra la inflación)

3. promover el sano desarrollo del sistema financiero.

4. propiciar el buen funcionamiento de los sistemas de pagos.

30.- anota 3 de las principales operaciones del banco de méxico.

1. otorgar y obtener crédito

2. constituir y recibir depósitos de dinero

3. realizar actos jurídicos relacionados con valores

4. otros actos jurídicos (actuar como fiduciario)

31.- quien se encarga de la dirección del banco de méxico?

el gobernador del banco de méxico

32.- como se integra la junta de gobierno que vigila al banco de méxico?

- 5 miembros, uno será el gobernador del banco de méxico quien la presidirá y

los otros 4 serán subgobernadores.