medidas de atención a la diversidad en el sistema educativo
DESCRIPTION
Medidas de Atención a la Diversidad en el SISTEMA EDUCATIVO. Culleredo 30 septiembre 2011. DIVERSIDAD. Variedad. Diferencia. ¿Quién tiene cabida dentro del concepto de diversidad? ¿Qué implica la atención a la diversidad? ¿Cómo le damos respuesta en el sistema educativo?. - PowerPoint PPT PresentationTRANSCRIPT
Medidas de Atención a la Diversidad
en el
SISTEMA EDUCATIVO
Culleredo 30 septiembre 2011
DIVERSIDAD
• Variedad. Diferencia.• ¿Quién tiene cabida dentro del
concepto de diversidad?• ¿Qué implica la atención a la
diversidad?• ¿Cómo le damos respuesta en el
sistema educativo?
• PRINCIPIOS (art.1)– La CALIDAD de la educación para todo el
alumnado, independientemente de sus condiciones y circunstancias.
– La EQUIDAD, que garantice la igualdad de oportunidades, la inclusión educativa y la no discriminación y actúe como elemento compensador de las desigualdades personales, culturales, económicas y sociales, con especial atención a las que deriven de discapacidad.
LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación)
LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación)
• PRINCIPIOS (art.1)– La FLEXIBILIDAD para adecuar la
educación a la diversidad de aptitudes, intereses, expectativas y necesidades del alumnado, así como a los cambios que experimentan el alumnado y la sociedad.
– La ORIENTACIÓN educativa y profesional de los estudiantes, como medio necesario para el logro de una formación personalizada (…)
• PRINCIPIOS (art.1)
– El ESFUERZO COMPARTIDO por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación)
Equidad en la educaciónTítulo II (LOE)
• ALUMNADO con NECESIDAD ESPECÍFICA de APOYO EDUCATIVO (ACNEAE) (Cap. I)
Alumnado que requiere una atención educativa diferente a la ordinaria por presentar
ACNEAE
NEE
DISCAPACIDAD
TRASTORNO GRAVE CONDUCTA
DEA
ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES
INCORPORACIÓN TARDÍA
CONDICIONES PERSONALES O DE HISTORIA ESCOLAR
NORMATIVA
• Orden 6 de octubre de 1995 por la que se regulan las adaptaciones del currículum en las enseñanzas de régimen general.
• Decreto 320/1996, de ordenación de la educación
de ACNEE. • Orden 31 de octubre de 1996 por la que se regula la
evaluación psicopedagógica de los ACNEE que cursan las enseñanzas de régimen general, e se establece el procedimiento y los criterios para la realización del dictamen de escolarización.
• Orden 28 de octubre de 1996 por la que se regulan las condiciones y el procedimiento para flexibilizar la duración del periodo de escolarización obligatoria de los ACNEE asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual.
• Circular 9/1999 de la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional por la que se dictan instrucciones para la atención a la diversidad en la ESO.
• Orden 27 de diciembre de 2002 por la que se establecen las condiciones y criterios para la escolarización en centros sostenidos con fondos públicos del alumnado no universitario con NEE.
NORMATIVA
• Orden 20 de febrero de 2004 por la que se establecen las medidas de atención específica al alumnado procedente del extranjero.
• Orden del 30 de julio de 2007 por la que se regulan los Programas de Diversificación Curricular en la ESO.
• Circular 8/2009 de la Dirección General de Educación, Formación
Profesional e Innovación Educativa, por la que se regulan algunas medidas de atención a la diversidad para el alumnado de la ESO.
• Orden del 13 de julio de 2011 por la que se regulan los Programas de Cualificación Profesional Inicial en la Comunidad Autónoma de Galicia.
NORMATIVA
• Medida ordinaria de atención a la diversidad que afecta a elementos no prescriptivos del currículum.
• CURRÍCULUM: conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la LOE.
• ENRIQUECIMIENTO
REFUERZO EDUCATIVO(RE)
• Modificaciones de uno o más elementos prescriptivos del currículum.
• CURRÍCULUM: conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas reguladas en la LOE.
• ENRIQUECIMIENTO
ADAPTACIÓN CURRICULAR(ACS)
Diferencias: RE / ACS
RE
• ¿Quién lo diseña?• ¿Necesita
autorización?• ¿Quién lo
implementa?• ¿Dónde se lleva a
cabo?• Un ejemplo de RE
AC
• ¿Quién lo diseña?• ¿Necesita
autorización?• ¿Quién lo
implementa?• ¿Dónde se lleva a
cabo?• Un ejemplo de AC
• Proceso de recogida, análisis y valoración de la información relevante de los elementos que intervienen en el proceso de enseñanza-aprendizaje, con la finalidad de identificar las necesidades educativas del alumnado que pueda presentar desajustes en su desarrollo personal o académico, y poder fundamentar decisiones.
EVALUACIÓN PSICOPEDAGÓGICA
• Especialista en Pedagogía Terapéutica
• Especialista en Pedagogía Terapéutica• Especialista en Audición y Lenguaje
APOYO EN GRUPOS ORDINARIOS
APOYO OCASIONAL FUERA del AULA
• Transitorios• Alumnado de 1º o 2º con atraso
académico generalizado.• Haber cursado 1º sin alcanzar
objetivos mínimos• Estar en 3º o 4º y tener menos de 16
años• Pueden hacerse en LGeL, LCeL,
Matemáticas, CCNN, CSGH
AGRUPAMIENTOS FLEXIBLES
• EI:excepcionalmente 1 año (no + de 7)
• EP: excepcionalmente 1 año. Si no se hizo en EI excepcionalmente otro año (no + de 15)
• ESO: Excepcionalmente 1 año (no 2 veces el mismo curso) (no + de 21)
FLEXIBILIZACIÓN PERÍODO DE ESCOLARIZACIÓN (nee)
• Fragmentación 3º y 4º ESO (no + de 21)
• BAC y FP: fragmentados por materias o módulos– BAC: excepcionalmente 2 años + que lo establecido con
carácter general– FP: 1 repetición más de las dispuestas con carácter general
• Anticipación inicio escolarización obligatoria• Reducción duración
FLEXIBILIZACIÓN PERÍODO DE ESCOLARIZACIÓN (nee)
FLEXIBILIZACIÓN PERÍODO DE ESCOLARIZACIÓN (alta capacidad
intelectual)
• Alumnado de 1º y 2º ESO• Claras dificultades continuadas en el
proceso de aprendizaje, en particular en el área de lengua
EXENCIÓN 2ª LENGUA EXTRANJERA
• En 1º y 2º ESO• En las lenguas y matemáticas
DESDOBLES
• Haber cursado 2º, no condiciones de promocionar, haber repetido ya una vez en ESO (2 años)
• Haber cursado 3º y no condiciones de promocionar (2 años)
• Repetir 3º y no superar el curso (1 ó 2 años)• Haber cursado 4º sin superarlo y haber repetido ya
una vez en ESO (1 año)• Dificultades generalizadas de aprendizaje• MAD• Riesgo evidente de alcanzar competencias básicas y
objetivos cursando el currículum ordinario• Expectativas razonables de que con PDC alcanzará
competencias básicas y objetivos ESO
PDC (ESO)
• Entre 15 y 20 años• ESCOLARIZADO– Dificultades de aprendizaje – Valore continuar su formación en un ámbito
profesionalizador– Grave riesgo abandono escolar
• DESESCOLARIZADO• ACNEE (discapacidad, trast. grave
conducta)
PCPI
• Alumnado de 1º que accede a ESO por imperativo legal
• Alumnado que repite 1º• Alumnado que promociona a 2º sin
superar todas o algunas de las áreas instrumentales
• Alumnado que repite 2º• Alumn. estará exento de 2ª lengua
extranjera
Programas de Refuerzo en las Áreas Instrumentales Básicas (1º y 2º ESO)
• Alumnado que promociona a 2º con instrumentales aprobadas pero otras suspensas
• Alumn. podrá estar exento de 2ª lengua extranjera
Programas de Recuperación (1º y 2º ESO)
• Alumnado repetidor de 1º y 2º• Alumnado repetidor de 3º y 4º• Alumnado procedente del extranjero
en situación de desfase curricular y/o desconocimiento de cualquiera de las lenguas oficiales de nuestra Comunidad Autónoma.
Programas específicos personalizados (ESO)
• Alumnado conducta disruptiva.
Aulas de Atención Educativa y Convivencia (ESO)
• Oferta de materias optativas• Integración de materias en ámbitos• ACC TUTORÍAL (art. 91 LOE)• DO (ej. programas de tratamiento
individualizado)
OTROS
• PRINCIPIOS (art.1)
– El ESFUERZO COMPARTIDO por alumnado, familias, profesores, centros, Administraciones, instituciones y el conjunto de la sociedad.
LOE (Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación)
Muchas gracias por su atención