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LEY DE BASES DEL MEDIO AMBIENTE

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Page 1: Marco General, Ley 19.300

LEY DE BASES DEL MEDIO AMBIENTE

Page 2: Marco General, Ley 19.300

❀ Dar un contenido concreto y un desarrollo jurídico a la garantía constitucional.

❀ Crear una institucionalidad nacional CONAMA - COREMAS.

❀ Crear instrumentos de gestión ambiental.❀ Disponer de un cuerpo legal de referencia.

OBJETIVOS

Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente

Page 3: Marco General, Ley 19.300

Comisión Nacional del Medio Ambiente (CONAMA)

❁ Servicio Público descentralizado (Ley 19.300 de Marzo de 1994), vinculado directamente al Sr. Presidente de la República.

❁ Compuesta por :❙ Consejo Directivo : Dirige a la CONAMA.❙ Ministro Presidente de la CONAMA : Dirige a la

CONAMA.❙ Dirección Ejecutiva : Administración del Servicio y

coordinación de la gestión ambiental a nivel nacional.❙ Consejo Consultivo : Absolver las consultas que le

formule el Consejo Directivo y la COREMAS.❙ COREMAS : Coordinar la gestión ambiental regional e

implementar las políticas, estrategias y actividades que en medio ambiente determine el gobierno.

Page 4: Marco General, Ley 19.300

Misión de la CONAMA

❚ Velar por un medio ambiente libre de contaminación.

❚ Preservación de la naturaleza.

❚ Conservación del patrimonio ambiental.

Estrategia Nacional de Desarrollo Sustentable,

que integre factores ambientalesen la toma de decisiones del

Gobierno.

Page 5: Marco General, Ley 19.300

Objetivos CONAMA

❁ Diseño de Políticas Ambientales (proteger, recuperar y preservar).

❁ Impulsar la gestión ambiental nacional y regional (prevenir y recuperar); a través del SEIA, formulación de Normas de Calidad Ambiental y Emisión, y Planes de Prevención y Descontaminación.

❁ Seguimiento de la aplicación de los compromisos internacionales contraídos (convenios, tratados y convenciones).

❁ Promover la formación de una conciencia nacional (protección, preservación y conservación), y fomentar la participación ciudadana.

❁ Coordinar los diversos organismos públicos en materias relacionadas con el medio ambiente.

Page 6: Marco General, Ley 19.300

PREVENTIVO

GRAD

UALISM

O

PART

ICIP

ATI

VO

RESPONSABILIDAD

EFIC

IENC

IA

EL QUE CONTAMINA

PAGA

PRINCIPIOSLEY de BASES

MEDIOAMBIENTE

Page 7: Marco General, Ley 19.300

Instrumentos de gestión ambiental

SEIA

PLANE

S

DESC

ONTA

M.

NORMASCALIDAD

SNAP

FPA

EDUCACION

INVESTIGACION

NORMASEMISION

PLANES

PREVEN..

Page 8: Marco General, Ley 19.300

Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente.

❚ Medio Ambiente : Es el sistema global constituído por elementos naturales y artificiales de naturaleza física, química o biológica, socioculturales y sus interacciones, en permanente modificación por la acción humana o natural y que rige y condiciona la existencia y desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones. (Art. 2., letra ll.)

Page 9: Marco General, Ley 19.300

Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente.

❁ Contaminación : Es la presencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combinación de ellos, en concentraciones o concentraciones y permanencia superiores o inferiores, según corresponda, a las establecidas en la legislación vigente. (Art. 2, letra c.).

❁ Medio Ambiente Libre de Contaminación : Es aquél en el que los contaminantes se encuentran en concentraciones y periodos inferiores a aquellos susceptibles de constituír un riesgo a la salud de las personas, a la calidad de vida de la población, a la preservación de la naturaleza o la conservación del patrimonio ambiental. (Art. 2, letra m.).

Page 10: Marco General, Ley 19.300

SISTEMA DE EVALUACIONDE IMPACTO AMBIENTAL

(SEIA)

Page 11: Marco General, Ley 19.300

Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA)(Ley 19.300 de Bases del Medio Ambiente)

Universo ProyectosEjecutar ó Modificar

Proyectos o Actividades

señalados Art.10

Continúa conprocedimientos

Actuales

Incluye todoslos permisosde caracterambiental SEIA

Administradopor

CONAMACOREMA

Proyecto o Actividadpresenta o genera,

efecto u otraconsecuenciasegún Art.11

Estudio de ImpactoAmbiental (EIA)

Declaración deImpacto Ambiental

(DIA)

?

?

Si

No

No

Si

Page 12: Marco General, Ley 19.300

NORMAS DE EMISION Y NORMAS DE

CALIDAD AMBIENTAL

Page 13: Marco General, Ley 19.300

Normas Primarias Calidad Ambiental

- Valores concentraciones y periodos.- Valores máximos o mínimos permisibles.- Presencia o carencia de elementos, compuestos, sustancias, derivados químicos o biológicos, ruidos, energías, radiaciones, vibraciones, o combinación de ellos.- Riesgo para la vida o salud humana.- De ámbito nacional.- D.S. , firman ministros Segpres. y Salud.

Normas Secundarias Calidad Ambiental

- Valores concentraciones y periodos.- Valores máximos o mínimos permisibles.- Presencia o carencia en el ambiente de sustancias, elementos, energía o combi- nación de ellos.- Riesgo para la protección o conservación del medio ambiente, o preservación de la naturaleza.- De ámbito nacional o solo una parte.- D.S., firman ministros Segpres. y Sectorial.

Page 14: Marco General, Ley 19.300

Normas de

Emisión

- Cantidad máxima permitida para un contaminante.- Medida en efluente, de la fuente emisora.- Se señala ámbito de aplicación territorial.- D.S., firma ministro respectivo.- Firma ministro Segpres. más de un ámbito.

Page 15: Marco General, Ley 19.300

Normas Ambientales (Calidad) elaboradas por CONAMA

1. Primaria de Aire para Monóxido de Carbono (2002). 2. Primaria de Aire para Dióxido de Azufre (2002). 3. Primaria de Aire para Ozono (2002). 4. Primaria de Aire para Dióxido de Nitrógeno (2002). 5. Primaria para Material Particulado Respirable PM10

(1998). 6. Primaria para Plomo en el Aire (2000). 7. Secundaria Material Particulado Sedimentable en la

Cuenca Río Huasco III Región (1997). 8. Secundaria para Anhídrido Sulfuroso (1997).

Page 16: Marco General, Ley 19.300

Normas Ambientales (Emisión) elaboradas por CONAMA

1. Motores Buses Locomoción Colectiva en Santiago (2002).2. Ruido Buses Locomoción Colectiva Urbana y Rural (2002). 3. Residuos Líquidos a Aguas Subterráneas (2002). 4. Motocicletas (2000). 5. Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos

Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales (2000).

6. Hidrocarburos no Metánicos para Vehículos Livianos y Medianos (2000).

7. Olores Molestos TRS (1999). 8. Regulación del Contaminante Arsénico Emitido al Aire

(1999). 9. Regulación Contaminación Lumínica (1998). 10. Regulación Contaminantes asociados a las Descargas de

Residuos Industriales Líquidos a los Sistemas de Alcantarillado (1998).

11. Ruidos Molestos Generados por Fuentes Fijas (1997). 12. Contaminantes aplicables a los Vehículos Motorizados (1994).

Page 17: Marco General, Ley 19.300

PLANES DEDESCONTAMINACION

YZONA SATURADA

Page 18: Marco General, Ley 19.300

DeclaraciónZona

Saturadao

Latente

Resolución (*)

Formación Comité

Estudios Científicosy Técnicos

Análisis General de ImpactoEconómico y Social

Consulta (*)del

Anteproyecto

ConsultaPública

ConsultaConsejos

Consultivos

Análisis ObservacionesFormuladas

Presentación ProyectoDefinitivo ConsejoDirectivo CONAMA

Consideración Presidentede la República

Declaración ZonaSaturada o Latente

(Decreto N° 94 Segpres. (D.O. del 26.10.95))

(120 días)

(60 días)

(30 días)

(15 días)

(60 días)

(45 días)

(*) Publicación D.O.Coordinación CONAMA

Page 19: Marco General, Ley 19.300

Plande

Descontaminación

- Instrumento de gestión ambiental, para recuperar los niveles señalados en las nor-mas primarias y/o secundarias de calidadambiental de una zona saturada.

- Instrumento de gestión ambiental que tienepor finalidad evitar la superación de una o másnormas de calidad ambiental primaria o secun-daria, en una zona latente.

Plande

Prevención

Zona Latente: Medición de la concentración de contaminantesen el aire, agua o suelo se sitúa entre el 80% y el 100% del valorde la respectiva norma de calidad ambiental.Zona Saturada: Una o más normas de calidad ambiental se en-cuentran sobrepasadas.

Page 20: Marco General, Ley 19.300

RESPONSABILIDADPOR

DAÑO AMBIENTAL

Page 21: Marco General, Ley 19.300

Se entiende por daño ambiental, a toda pérdida, disminución, detrimento o menoscabo significativo

inferido al medio ambiente o a uno o más de sus componentes.(Art. 2, letra e. )

Según la Ley 19.300, todo el que culposa o dolosamente cause daño ambiental, responderá del mismo. (Art. 51).

Sin perjuicio de lo previsto en Leyes Especiales o disposiciones del Código Civil.

Se presume legalmente la responsabilidad del que causa el daño, si existe infracción a las normas de calidad ambiental, planes de prevención

o descontaminación, regulaciones especiales en casos de emergencias ambientales o a las normas sobre protección, preservación o conservación

ambientales. (Art. 52).

¿ Cuándo hay daño?

¿Quién causa el daño ambiental?

Page 22: Marco General, Ley 19.300

¿ Qué hacer frente a un daño ambiental?

La Ley 19.300, faculta para iniciar una Acción por Daño Ambiental, que persigue dos cosas:* reparar el medio ambiente dañado, en lo posible* percibir una indemnización, si se comprueba que existe relación entre causa y efecto.

Page 23: Marco General, Ley 19.300

• Directamente al Juez de Letras de su domicilio o el del lugar en que se origina el daño. • A través del Municipio, mediante una carta en que relata los hechos. El Municipio dispone de 45 días para ver si actúa o no, en caso contrariotiene nuevamente 45 días para responder fundadamente , por carta certificad. Si no se responde se hace solidariamente responsable por los daños (Art. 54). El plazo es de 5 años, a contar del momento en que se hace evidente el daño.

La Municipalidad puede iniciar las acciones y además, solicitar al Juez de Letras sanciones para los responsables de fuentes emisoras que no cumplan los planes de prevención, descontaminación o planes de manejo de recursos naturales, tales como:

- Amonestación- Multas (hasta 1.000 UTM mensuales)- Clausura temporal o definitiva

• El Estado a través del Consejo de Defensa del Estado.

¿Quién, Cómo y Dónde denunciar?

Page 24: Marco General, Ley 19.300

- Ejercicio de acciones judiciales como por ejemplo el

Recurso de Protección ante la Corte de Apelaciones

- Denunciar ante los diversos órganos del Estado con competencia ambiental sectorial (Seremi de Salud, DGA, SAG, SISS, CONAF, Sernapesca, DGTM y MM, etc)

¿Qué otros medios existen?

Page 25: Marco General, Ley 19.300

LEY DE BASES DEL MEDIO AMBIENTE