natalia fernández sepúlveda sistema de evaluacion de impacto ambiental ley 19.300, marzo de 1994...

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Natalia Fernández Sepúlveda SISTEMA DE SISTEMA DE EVALUACION DE EVALUACION DE IMPACTO IMPACTO AMBIENTAL AMBIENTAL Ley 19.300, marzo de Ley 19.300, marzo de 1994 1994 DS Nº30, abril de 1997 DS Nº30, abril de 1997 modificado por DS Nº95/01 modificado por DS Nº95/01

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Natalia Fernández Sepúlveda

SISTEMA DE SISTEMA DE EVALUACION EVALUACION DE IMPACTO DE IMPACTO AMBIENTALAMBIENTAL

Ley 19.300, marzo de 1994Ley 19.300, marzo de 1994DS Nº30, abril de 1997 DS Nº30, abril de 1997

modificado por DS Nº95/01modificado por DS Nº95/01

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CONCEPTOCONCEPTO

Evaluación de impacto ambiental:Evaluación de impacto ambiental: procedimiento a cargo de la Comisión procedimiento a cargo de la Comisión Nacional del Medio Ambiente o de la Nacional del Medio Ambiente o de la Comisión Regional respectiva, en su Comisión Regional respectiva, en su caso, que, en base a un Estudio o caso, que, en base a un Estudio o Declaración de Impacto Ambiental, Declaración de Impacto Ambiental, determina si el impacto ambiental de determina si el impacto ambiental de una actividad o proyecto se ajusta a una actividad o proyecto se ajusta a las normas vigentes.las normas vigentes.

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Para qué? Cuando? A Para qué? Cuando? A quien?quien?

Para minimizar impactos ambientales y Para minimizar impactos ambientales y prevenir daños ambientalesprevenir daños ambientales

Para obtención de permisos ambientales Para obtención de permisos ambientales sectoriales (ventanilla única).sectoriales (ventanilla única).

Antes de la ejecución del proyecto Antes de la ejecución del proyecto (principio preventivo)(principio preventivo)

COREMA si el proyecto “afecta” solo COREMA si el proyecto “afecta” solo una Regiónuna Región

Dirección Ejecutiva CONAMA si el Dirección Ejecutiva CONAMA si el proyecto “afecta” mas de una Región.proyecto “afecta” mas de una Región.

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Los actoresLos actores

El titular del proyectoEl titular del proyecto Consultores ambientalesConsultores ambientales Dirección Regional de CONAMADirección Regional de CONAMA Órganos del Estado con competencias Órganos del Estado con competencias

ambientalesambientales Comisión Regional del Medio AmbienteComisión Regional del Medio Ambiente La ComunidadLa Comunidad

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Las preguntas clave del Las preguntas clave del titulartitular

Mi proyecto requiere ingresar al SEIA?

SIMi proyectogenera o presentaalguno del Art.11?

SI Estudio de ImpactoAmbiental

NO

Declaración de ImpactoAmbiental

NO

TramitaciónSectorial habitual

Ver Art.10 Leyy Art 3 RSEIA

Ver Titulo IIRSEIA

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Documentos de la Documentos de la evaluación ambientalevaluación ambiental

Expediente publico que contiene todas Expediente publico que contiene todas las piezas, documentos y resoluciones las piezas, documentos y resoluciones que se dicten en el proceso, salvo que se dicten en el proceso, salvo aquellas que por su naturaleza o volumen aquellas que por su naturaleza o volumen no puedan ser agregadas.no puedan ser agregadas.

El titular podrá sustraer del expediente El titular podrá sustraer del expediente aquellas piezas que contengan aquellas piezas que contengan información financiera, técnica o que información financiera, técnica o que resguarden derechos intelectuales o de resguarden derechos intelectuales o de marcas. marcas.

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Proyectos que requieren Proyectos que requieren Evaluación AmbientalEvaluación Ambiental

Artículo 10 Ley de bases del Artículo 10 Ley de bases del medio ambiente y Artículo 3 medio ambiente y Artículo 3 Reglamento del SEIA: Reglamento del SEIA: Estos proyectos Estos proyectos solo podrán ejecutarse o modificarse previa solo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.evaluación de su impacto ambiental.

Acueductos, embalses, o tranques y sifones Acueductos, embalses, o tranques y sifones que deban someterse a la autorización que deban someterse a la autorización establecida en en Art. 294 del Código de establecida en en Art. 294 del Código de AguasAguas

Líneas de transmisión eléctrica de alto Líneas de transmisión eléctrica de alto voltaje y sus subestacionesvoltaje y sus subestaciones

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Proyectos que requieren Proyectos que requieren EvIAEvIA

Centrales generadoras de energía mayores Centrales generadoras de energía mayores a 3MWa 3MW

Reactores y establecimientos nucleares e Reactores y establecimientos nucleares e instalaciones relacionadasinstalaciones relacionadas

Aeropuertos, terminales de buses, camiones Aeropuertos, terminales de buses, camiones y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de y ferrocarriles, vías férreas, estaciones de servicio, autopistas, y los caminos públicos servicio, autopistas, y los caminos públicos que puedan afectar áreas protegidasque puedan afectar áreas protegidas

Puertos, vías de navegación, astilleros y Puertos, vías de navegación, astilleros y terminales marítimosterminales marítimos

Proyectos de desarrollo urbano, en zonas no Proyectos de desarrollo urbano, en zonas no comprendidas en los planes reguladores.comprendidas en los planes reguladores.

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Proyectos que requieren EvIAProyectos que requieren EvIA

Planes regionales de desarrollo urbano, Planes regionales de desarrollo urbano, planes intercomunales, planes reguladores planes intercomunales, planes reguladores comunales, planes seccionales, proyectos comunales, planes seccionales, proyectos inmobiliarios e industriales que los inmobiliarios e industriales que los modifiquen o que se ejecuten en zonas modifiquen o que se ejecuten en zonas declaradas latentes o saturadas.declaradas latentes o saturadas.

Proyectos de desarrollo minero, incluidos los Proyectos de desarrollo minero, incluidos los del carbón, petróleo y gas, comprendiendo del carbón, petróleo y gas, comprendiendo las prospecciones , explotaciones, plantas las prospecciones , explotaciones, plantas procesadoras, y disposición de residuos y procesadoras, y disposición de residuos y estériles, así como la extracción industrial estériles, así como la extracción industrial de áridos , turba o greda.de áridos , turba o greda.

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Proyectos que requieren EvIAProyectos que requieren EvIA

Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u Oleoductos, gasoductos, ductos mineros u otros análogosotros análogos

Instalaciones fabriles, tales como Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, textiles, metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para la productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos construcción, de equipos y productos metálicos y curtiembres, de dimensiones metálicos y curtiembres, de dimensiones industriales.industriales.

Agroindustrias, mataderos, planteles y Agroindustrias, mataderos, planteles y establos de crianza, lechería y engorda de establos de crianza, lechería y engorda de animales, de dimensiones industrialesanimales, de dimensiones industriales

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Proyectos que requieren EvIAProyectos que requieren EvIA

Proyectos de desarrollo o explotaciones Proyectos de desarrollo o explotaciones forestales en suelos frágiles, en terrenos forestales en suelos frágiles, en terrenos cubiertos de bosque nativo, industrias de cubiertos de bosque nativo, industrias de celulosa, pasta de papel y papel, plantas celulosa, pasta de papel y papel, plantas astilladoras, elaboradoras de madera y astilladoras, elaboradoras de madera y aserraderos, todos de dimensiones aserraderos, todos de dimensiones industriales.industriales.

Proyectos de explotación intensiva, cultivo, Proyectos de explotación intensiva, cultivo, y plantas procesadoras de recursos y plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos;hidrobiológicos;

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Proyectos que requieren EvIAProyectos que requieren EvIA

Producción, almacenamiento, trasporte, Producción, almacenamiento, trasporte, disposición o reutilización habitual de disposición o reutilización habitual de sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, sustancias tóxicas, explosivas, radioactivas, inflamables, corrosivas o reactivas inflamables, corrosivas o reactivas

Proyectos de saneamiento ambiental, tales Proyectos de saneamiento ambiental, tales como sistemas de alcantarillado y agua como sistemas de alcantarillado y agua potable, plantas de tratamiento de aguas o potable, plantas de tratamiento de aguas o de residuos sólidos de origen domiciliario, de residuos sólidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, rellenos sanitarios, emisarios submarinos, sistemas de tratamiento y disposición de sistemas de tratamiento y disposición de residuos industriales líquidos y sólidosresiduos industriales líquidos y sólidos

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Proyectos que requieren EvIAProyectos que requieren EvIA

Ejecución de obras, programas o Ejecución de obras, programas o actividades en parques nacionales, reservas actividades en parques nacionales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas nacionales, monumentos naturales, reservas de zonas vírgenes, santuarios de la de zonas vírgenes, santuarios de la naturaleza, parques marinos, reservas naturaleza, parques marinos, reservas marinas o en cualquiera otras áreas marinas o en cualquiera otras áreas colocadas bajo protección oficial, en los colocadas bajo protección oficial, en los casos en que la legislación respectiva lo casos en que la legislación respectiva lo permita permita

Aplicación masiva de productos químicos en Aplicación masiva de productos químicos en áreas urbanas o zonas rurales próximas a áreas urbanas o zonas rurales próximas a centros poblados o a cursos o masas de centros poblados o a cursos o masas de aguas que puedan ser afectadasaguas que puedan ser afectadas

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Proyectos que requieren EvIAProyectos que requieren EvIA

r) Cotos de caza, en virtud del artículo 10 de la Ley r) Cotos de caza, en virtud del artículo 10 de la Ley Nº 4.601. Nº 4.601.

s) Obras que se concesionen para construir y s) Obras que se concesionen para construir y explotar el subsuelo de los bienes nacionales de explotar el subsuelo de los bienes nacionales de uso público, en virtud del artículo 37 del D.F.L. uso público, en virtud del artículo 37 del D.F.L. Nº 1/19.704 de 2001, del Ministerio del Interior, Nº 1/19.704 de 2001, del Ministerio del Interior, que fija el texto refundido de la Ley Nº 18.695que fija el texto refundido de la Ley Nº 18.695..

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Proyectos que requieren EvIAProyectos que requieren EvIA

El DS 30/97, modificado por el DS El DS 30/97, modificado por el DS 95/01 entrega criterios para cada 95/01 entrega criterios para cada tipo de proyectos, que hacen que tipo de proyectos, que hacen que ingresen sólo aquellos de mayor ingresen sólo aquellos de mayor envergadura.envergadura.

Ejemplos. Ver Art. 3 DS 95/01Ejemplos. Ver Art. 3 DS 95/01

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Declaración o Estudio?Declaración o Estudio? Artículo 11 de la Ley de bases del Artículo 11 de la Ley de bases del

medio ambiente y Título II del medio ambiente y Título II del Reglamento del SEIA: Reglamento del SEIA: los proyectos los proyectos o actividades enumerados en el o actividades enumerados en el Artículo 10 requerirán de un Artículo 10 requerirán de un Estudio de Impacto Ambiental si Estudio de Impacto Ambiental si generan o presentan a lo menos generan o presentan a lo menos uno de los siguientes efectos uno de los siguientes efectos características o circunstanciascaracterísticas o circunstancias

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Efectos que hacen Efectos que hacen pertinente un EsIApertinente un EsIA

Riesgo para la Riesgo para la salud de la poblaciónsalud de la población, , debido a la cantidad y calidad de los debido a la cantidad y calidad de los efluentes, emisiones o residuosefluentes, emisiones o residuos

Efectos adversos significativos sobre la Efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos cantidad y calidad de los recursos naturalesnaturales renovables, incluido el suelo renovables, incluido el suelo agua y aireagua y aire

Reasentamiento de Reasentamiento de comunidades comunidades humanashumanas, o alteración significativa de los , o alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos sistemas de vida y costumbres de grupos humanoshumanos

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Efectos que hacen Efectos que hacen pertinente un EsIApertinente un EsIA

Localización próxima a población, Localización próxima a población, recursos recursos y áreas protegidas susceptibles de ser y áreas protegidas susceptibles de ser afectadosafectados, así como el valor ambiental del , así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.territorio en que se pretende emplazar.

Alteración significativa, en términos de Alteración significativa, en términos de magnitud o duración, del magnitud o duración, del valor paisajístico valor paisajístico o turísticoo turístico de una zona. de una zona.

Alteración de monumentos, sitios con valor Alteración de monumentos, sitios con valor antropológico, arqueológico. histórico y, en antropológico, arqueológico. histórico y, en general los pertenecientes al general los pertenecientes al patrimonio patrimonio culturalcultural..

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Efectos que hacen Efectos que hacen pertinente un EsIApertinente un EsIA

Para los efectos de evaluar si un proyecto Para los efectos de evaluar si un proyecto genera o presenta riesgo para la salud de genera o presenta riesgo para la salud de la población o efectos adversos la población o efectos adversos significativos sobre la cantidad y calidad significativos sobre la cantidad y calidad de los recursos naturales renovables, se de los recursos naturales renovables, se utilizarán como referencia las normas de utilizarán como referencia las normas de la Confederación Suiza, Alemania, la Confederación Suiza, Alemania, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, España, México, Estados Unidos, Nueva España, México, Estados Unidos, Nueva Zelandia, Bajos, Italia, Japón, Suecia a Zelandia, Bajos, Italia, Japón, Suecia a falta de normas de calidad y de emisión falta de normas de calidad y de emisión nacionales.nacionales.

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Contenidos DIAContenidos DIA Indicación del tipo de proyectoIndicación del tipo de proyecto Declaración jurada de cumplir con la normativa Declaración jurada de cumplir con la normativa

ambiental vigente.ambiental vigente. Descripción del proyectoDescripción del proyecto Antecedentes necesarios para acreditar que el Antecedentes necesarios para acreditar que el

proyecto no requiere un Estudio de Impacto proyecto no requiere un Estudio de Impacto AmbientalAmbiental

Antecedentes necesarios para acreditar que el Antecedentes necesarios para acreditar que el impacto ambiental del proyecto se ajusta a las impacto ambiental del proyecto se ajusta a las normas vigentesnormas vigentes

Antecedentes necesarios para satisfacer los Antecedentes necesarios para satisfacer los requerimientos ambientales de los permisos requerimientos ambientales de los permisos señalados en el Titulo VII del RSEIA.señalados en el Titulo VII del RSEIA.

Descripción de compromisos ambientales Descripción de compromisos ambientales voluntarios.voluntarios.

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Contenido Estudio de Impacto AmbientalContenido Estudio de Impacto Ambiental•Indice•Resumen Ejecutivo•Descripción del proyecto•Plan de cumplimiento de legislación ambiental aplicable•Descripción de razones porque se presenta un Estudio•Línea de Base•Evaluación de impactos•Plan de medidas de mitigación, compensación y reparación.•Plan de Seguimiento•Fichas, Tablas o Cuadros•Plan de información y participación ciudadana•Apéndice

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Evaluación del EIA/DIA

Evaluación del EIA/DIA

Titular presentaEIA o DIA

Titular presentaEIA o DIA

Solicitud al Titular de aclaraciones

al EIA/DIA

Solicitud al Titular de aclaraciones

al EIA/DIATitular presenta

Adenda

Titular presenta Adenda

Informe Consolidado de Evaluación

Informe Consolidado de Evaluación

COREMA/CONAMA dicta Resolución de Calificación Ambiental (incluye ponderación

de observaciones ciudadanas)

COREMA/CONAMA dicta Resolución de Calificación Ambiental (incluye ponderación

de observaciones ciudadanas)

Publicación extracto EIAPublicación extracto EIA

Ciudadanía hace llegarsus observaciones a COREMA/CONAMA

Ciudadanía hace llegarsus observaciones a COREMA/CONAMA

Instancia de Reclamación del Titular

Instancia de Reclamación del Titular

Instancia de Reclamación de la ciudadanía ante autoridad

superior

Instancia de Reclamación de la ciudadanía ante autoridad

superior

Participación ciudadana(Sólo para EIA)

Plazo máximo: 60 días

Revisión por parte de O.C.C.A.

Revisión por parte de O.C.C.A.

Visar por parte de O.C.C.A.EiA

DiA

Visar extracto EIAVisar extracto EIA

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PRESENTACION DIA O EIA

Revisión OCCA

Consultas al titular

Addenda titular

ICE

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PROCESO DE EVALUACION

RESOLUCION DE CALIFICACION AMBIENTAL

RECURSOS DE RECLAMACION

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la RCA debe ser dictada dentro de los 10 días la RCA debe ser dictada dentro de los 10 días siguientes de la calificación o acuerdo de COREMA.siguientes de la calificación o acuerdo de COREMA.

formas de notificación:formas de notificación:

método general: carta certificada,método general: carta certificada,

ahora el titular o interesado puede ahora el titular o interesado puede notificarse personalmente, si así lo desea. notificarse personalmente, si así lo desea. (artículos 117 y 118)(artículos 117 y 118)

RESOLUCION DE CALIFICACION RESOLUCION DE CALIFICACION AMBIENTALAMBIENTAL

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la RCA debe fundarse en los documentos que la RCA debe fundarse en los documentos que forman parte de la evaluación.forman parte de la evaluación.

En caso de ser favorables es un certificado para el En caso de ser favorables es un certificado para el titular que indica que el proyecto cumple con la titular que indica que el proyecto cumple con la normativa ambiental.normativa ambiental.

Con la resolución favorable se puede exigir ante los Con la resolución favorable se puede exigir ante los Servicios públicos el otorgamiento de los permisos.Servicios públicos el otorgamiento de los permisos.

RESOLUCION DE CALIFICACION RESOLUCION DE CALIFICACION AMBIENTALAMBIENTAL

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Debe contener:Debe contener:

Indicación de los elementos, documentos y facultades que Indicación de los elementos, documentos y facultades que fundan la decisión fundan la decisión

Las consideraciones técnicas u otras que fundamentan la Las consideraciones técnicas u otras que fundamentan la decisión.decisión.

La ponderación de las persona jurídicas y naturalmente La ponderación de las persona jurídicas y naturalmente afectadas que hubieren planteado observaciones, en los casos afectadas que hubieren planteado observaciones, en los casos que correspondanque correspondan

La calificación ambientalLa calificación ambiental

RESOLUCION DE CALIFICACION RESOLUCION DE CALIFICACION AMBIENTALAMBIENTAL

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Sistema de Evaluación de Impacto Sistema de Evaluación de Impacto AmbientalAmbiental

Las Diferencias EsIA- DIALas Diferencias EsIA- DIA

60 días hábiles 120 días hábiles

Ampliación por 30 días. Ampliación por 60 días

Acreditación de cumplimientode normativa y compromisosvoluntarios

Acreditación de cumplimientode normativa y medidas de mitigación, reparación y/ocompensación de ECC11

.No existe seguro por dañoambiental Seguro por daño ambiental y

autorizaron provisoria

Participación ciudadanaNo hay participación ciudadana

DIA EIA

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Sistema de Evaluación de Impacto Sistema de Evaluación de Impacto AmbientalAmbiental

Las Diferencias EsIA- DIALas Diferencias EsIA- DIA

Opera la suspensión Opera la suspensión

La Resolución de Calificación es Un acto administrativo puro y simple

La Resolución de Calificación Puede estar sujeta a plazo y condiciones

El recurso de reclamación procede en caso de rechazo, condiciones gravosas, o aprobación .

DIA EIA

El recurso de reclamación solo procede en caso de rechazo

La RCA debe hacerse cargo de las

Observaciones de los “observantes”

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Previo a la identificación de cada uno de los PAS, el Previo a la identificación de cada uno de los PAS, el reglamento considera 3 artículos que clarifican el reglamento considera 3 artículos que clarifican el otorgamiento de los permisos: la “Permisología”otorgamiento de los permisos: la “Permisología”

los Permisos Ambientales Sectoriales los Permisos Ambientales Sectoriales

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Universo de normas vigentes

Normativa de carácterambiental vigente

Componente ambiental

Permiso Ambiental Sectorial

“Un permiso o pronunciamiento de carácter ambiental es una autorización sectorial con componente ambiental”.

Componente No ambiental

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los permisos o pronunciamientos de carácter los permisos o pronunciamientos de carácter ambiental serán otorgados a través del SEIA;ambiental serán otorgados a través del SEIA;

En los Informes Sectoriales los organismos se En los Informes Sectoriales los organismos se pronunciarán acerca de los PAS;pronunciarán acerca de los PAS;

Permisos Ambientales Sectoriales Permisos Ambientales Sectoriales

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En PAS cuyo contenido sea únicamente En PAS cuyo contenido sea únicamente ambiental, la RCA favorable dispondrá su ambiental, la RCA favorable dispondrá su otorgamiento por parte de los organismos otorgamiento por parte de los organismos competentes, bajo las condiciones que en ella se competentes, bajo las condiciones que en ella se expresan. La exhibición de la RCA es requisito expresan. La exhibición de la RCA es requisito suficiente para que el organismo entregue el suficiente para que el organismo entregue el permiso al titular. permiso al titular.

En PAS que contemplan además contenidos no En PAS que contemplan además contenidos no ambientales, los organismos podrán ambientales, los organismos podrán pronunciarse sobre los demás requisitos, una vez pronunciarse sobre los demás requisitos, una vez afinada la RCA favorable.afinada la RCA favorable.

Permisos Ambientales Sectoriales Permisos Ambientales Sectoriales

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Si la RCA es desfavorable, los organismos Si la RCA es desfavorable, los organismos quedarán obligados a denegar las quedarán obligados a denegar las correspondientes autorizaciones o permisos, correspondientes autorizaciones o permisos, en razón de su impacto ambiental, aunque se en razón de su impacto ambiental, aunque se satisfagan los demás requisitos legales;satisfagan los demás requisitos legales;

Si la RCA es favorable, el otorgamiento de Si la RCA es favorable, el otorgamiento de los permisos se realiza a través de ésta, los permisos se realiza a través de ésta, ningún organismo podrá negar el ningún organismo podrá negar el otorgamiento por razones ambientales.otorgamiento por razones ambientales.

Título VII Del Otorgamiento de los Permisos Título VII Del Otorgamiento de los Permisos Ambientales Sectoriales Ambientales Sectoriales

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se eliminan 5 permisos:se eliminan 5 permisos:•Concesión sanitaria Concesión sanitaria (artículo 88 antiguo)•Tratamiento de RILES Tratamiento de RILES (artículo 89 antiguo) (artículo 89 antiguo) •Agua potable Agua potable (artículo 90 antiguo).(artículo 90 antiguo).•Recepción industrial Recepción industrial (artículo 95 antiguo).(artículo 95 antiguo).•Camping Camping (artículo 96 antiguo).(artículo 96 antiguo).

Permisos Ambientales SectorialesPermisos Ambientales Sectoriales

continuacióncontinuación

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Causales de rechazo de un Causales de rechazo de un ProyectoProyecto

DECLARACION DE IMPACTO DECLARACION DE IMPACTO AMBIENTALAMBIENTAL

Proyecto genera algunos de los Proyecto genera algunos de los efectos, características o efectos, características o circunstancias del Art. 11 de la Ley de circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases.Bases.

Que el titular no subsane los errores, Que el titular no subsane los errores, omisiones o inexactitudes. omisiones o inexactitudes.

No cumple con la normativa vigente.No cumple con la normativa vigente.

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Causales de rechazo de un Causales de rechazo de un ProyectoProyecto

ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTALESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL No se hace cargo de los efectos, No se hace cargo de los efectos,

características o circunstancias del características o circunstancias del Art. 11 de la Ley de Bases, mediante Art. 11 de la Ley de Bases, mediante las medidas de mitigación, las medidas de mitigación, compensación o reparación compensación o reparación correspondientes.correspondientes.

No cumple con la normativa vigente.No cumple con la normativa vigente.

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Modificación de un Modificación de un Proyecto AprobadoProyecto Aprobado

Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente establece en su artículo 8º que los proyectos o establece en su artículo 8º que los proyectos o actividades indicadas en el artículo 10º (artículo 3º actividades indicadas en el artículo 10º (artículo 3º del Reglamento) sólo podrán ejecutarse o modificarse del Reglamento) sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental.previa evaluación de su impacto ambiental.

CONCEPTO MODIFICACION DE PROYECTOCONCEPTO MODIFICACION DE PROYECTO Articulo 2º del D.S. 95/01 MINSEGPRES aprueba el Articulo 2º del D.S. 95/01 MINSEGPRES aprueba el

texto refundido, coordinado y sistematizado del texto refundido, coordinado y sistematizado del Reglamento del SEIA. define el concepto de Reglamento del SEIA. define el concepto de modificación de proyecto o actividad como modificación de proyecto o actividad como ““la la realización de obras, acciones o medidas realización de obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un tendientes a intervenir o complementar un proyecto o actividad ya ejecutado, de modo tal proyecto o actividad ya ejecutado, de modo tal que éste sufra cambios de consideraciónque éste sufra cambios de consideración.”.”

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Modificación de un Modificación de un Proyecto AprobadoProyecto Aprobado

De la definición transcrita se desprende claramente De la definición transcrita se desprende claramente que, para que se esté frente a una “modificación de que, para que se esté frente a una “modificación de proyecto o actividad” y, consecuentemente, para que proyecto o actividad” y, consecuentemente, para que exista la obligación de ingresar tal modificación al exista la obligación de ingresar tal modificación al SEIA, se requiere que concurran los siguientes SEIA, se requiere que concurran los siguientes requisitos:requisitos:

Que se pretenda desarrollar determinadas obras, Que se pretenda desarrollar determinadas obras, acciones o medidas.acciones o medidas.

Que dichas obras, acciones o medidas tiendan a Que dichas obras, acciones o medidas tiendan a intervenir o complementar un proyecto o actividad.intervenir o complementar un proyecto o actividad.

Que dicho proyecto o actividad se encuentre “ya Que dicho proyecto o actividad se encuentre “ya ejecutado”.ejecutado”.

Que dicho proyecto o actividad “sufre cambios de Que dicho proyecto o actividad “sufre cambios de consideración”.consideración”.

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¿Qué debe entenderse por ¿Qué debe entenderse por “cambios de “cambios de

consideración”?consideración”? La La intervención o complementación intervención o complementación constituye constituye

por sí sola un proyecto o actividad listado en el por sí sola un proyecto o actividad listado en el artículo 3º del Reglamento del Sistema de artículo 3º del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.Evaluación de Impacto Ambiental.

La La intervención o complementación conduce aintervención o complementación conduce a que en conjunto, el proyecto más la modificación, que en conjunto, el proyecto más la modificación, se alcance la magnitud o se reúnan los requisitos se alcance la magnitud o se reúnan los requisitos contenidos en alguno de los proyectos o contenidos en alguno de los proyectos o actividades listados en el artículo 3º del mismo actividades listados en el artículo 3º del mismo Reglamento.Reglamento.

Cuando Cuando las obras, acciones o medidas tendientes las obras, acciones o medidas tendientes a intervenir o complementar un proyecto o a intervenir o complementar un proyecto o actividad son susceptibles de generar nuevos actividad son susceptibles de generar nuevos impactos ambientales adversos. impactos ambientales adversos.

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¿Qué NO debe entenderse ¿Qué NO debe entenderse por “cambios de por “cambios de consideración”?consideración”?

Los proyectos y actividades no sufren cambios Los proyectos y actividades no sufren cambios de consideración cuando la modificación no de consideración cuando la modificación no implica un cambio en las características del implica un cambio en las características del proyecto o actividad. proyecto o actividad.

Es decir, cuando la intervención o Es decir, cuando la intervención o complementación del proyecto se refiere a complementación del proyecto se refiere a obras de mantención o conservación, obras de mantención o conservación, reparación o rectificación, reconstitución, reparación o rectificación, reconstitución, reposición, o renovación.reposición, o renovación.

Una obra de Una obra de mantención o conservaciónmantención o conservación de de un proyecto o actividad es una intervención un proyecto o actividad es una intervención que tiene por efecto prevenir el deterioro de que tiene por efecto prevenir el deterioro de algunos de sus elementos.algunos de sus elementos.

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¿Qué NO debe entenderse ¿Qué NO debe entenderse por “cambios de por “cambios de consideración”?consideración”?

Una obra de Una obra de reconstitución de un proyecto o reconstitución de un proyecto o actividadactividad es una intervención que tiene por efecto es una intervención que tiene por efecto volver a constituir o rehacer uno o más de sus volver a constituir o rehacer uno o más de sus elementos.elementos.

Una obra de Una obra de reparación o rectificaciónreparación o rectificación de un proyecto de un proyecto o actividad es una intervención que tiene por efecto o actividad es una intervención que tiene por efecto arreglar, enmendar, corregir o remediar uno o más de arreglar, enmendar, corregir o remediar uno o más de sus elementos que se encuentren rotos o estropeados, o sus elementos que se encuentren rotos o estropeados, o que no funcionen tal como en su primer estado.que no funcionen tal como en su primer estado.

Una obra de Una obra de reposición de un proyectoreposición de un proyecto o actividad es o actividad es una intervención que tiene por efecto reemplazar los una intervención que tiene por efecto reemplazar los elementos que le faltan o que se le han quitado de elementos que le faltan o que se le han quitado de alguna de sus partes.alguna de sus partes.

Una obra de Una obra de renovación de un proyecto o actividadrenovación de un proyecto o actividad es una intervención que tiene por efecto hacer como es una intervención que tiene por efecto hacer como nuevo o volver a su primer estado uno o más de sus nuevo o volver a su primer estado uno o más de sus elementos.elementos.

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RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.30019.300

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I. I. INTRODUCCIONINTRODUCCION

RequisitoRequisito: Dictación del acto administrativo, esto es: Dictación del acto administrativo, esto es la Resolución de Calificación Ambiental (RCA)la Resolución de Calificación Ambiental (RCA)

El derecho les reconoce a los destinatarios la El derecho les reconoce a los destinatarios la posibilidad de posibilidad de impugnar las RCA a través de los impugnar las RCA a través de los recursos.recursos.

RecursosRecursos:: Ante la propia administración: Recursos AdministrativosAnte la propia administración: Recursos AdministrativosAnte los tribunales de justicia: Recursos JudicialesAnte los tribunales de justicia: Recursos Judiciales

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II .- II .- REQUISITOSREQUISITOS

Requiere de un acto administrativo que: produzca Requiere de un acto administrativo que: produzca perjuicio al perjuicio al destinatariodestinatario

Sólo puede ser interpuestoSólo puede ser interpuesto por el legitimado por la ley para por el legitimado por la ley para hacerlohacerlo

El recurso se interpone El recurso se interpone ante la propia administración ante la propia administración ( juez y ( juez y parte), por lo que se dice que es la antesala del auténtico parte), por lo que se dice que es la antesala del auténtico control de la administración que es ejercida por los tribunales control de la administración que es ejercida por los tribunales de justiciade justicia

El recurso tiene por El recurso tiene por objeto la revocación o modificación de objeto la revocación o modificación de la RCAla RCA, del acto administrativo (existen otros recursos que , del acto administrativo (existen otros recursos que persiguen otros objetivos: ej. recurso de reposición)persiguen otros objetivos: ej. recurso de reposición)

Es una Es una garantía, pues asegura al administrado la garantía, pues asegura al administrado la posibilidad de reaccionar anteposibilidad de reaccionar ante las decisiones de la las decisiones de la autoridadautoridad

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III CLASIFICACIONIII CLASIFICACION

1. 1. Generales:Generales: Los que proceden en la mayoría de Los que proceden en la mayoría de los casos según las normas de derecho publico. los casos según las normas de derecho publico. Reposición y Jerárquico (Ley 19.880 ).Reposición y Jerárquico (Ley 19.880 ).

2. 2. Especiales:Especiales: Los que se encuentran reguladas Los que se encuentran reguladas

en legislaciones sectoriales y especiales. como en legislaciones sectoriales y especiales. como son los contemplados en la ley 19.300. son los contemplados en la ley 19.300.

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II.V LOS RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.300.V LOS RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.300

La Ley contempla dos tipos de recursos: La Ley contempla dos tipos de recursos: Recurso de Reclamación del titular : procede contra la RCA que Recurso de Reclamación del titular : procede contra la RCA que rechaza un Estudio de Impacto Ambiental o impone rechaza un Estudio de Impacto Ambiental o impone condiciones y cuando se niega una Declaración de Impacto condiciones y cuando se niega una Declaración de Impacto Ambiental. Ambiental.

El plazo para interponerlo es de 30 días y de 60 días para El plazo para interponerlo es de 30 días y de 60 días para resolverlos.resolverlos.

Se realiza un examen de admisibilidad, se oficia a órganos Se realiza un examen de admisibilidad, se oficia a órganos competentes, se revisa y analiza internamente. competentes, se revisa y analiza internamente.

En el caso de un Estudio de Impacto Ambiental reclamado se En el caso de un Estudio de Impacto Ambiental reclamado se envía antecedentes a Consejo Consultivo. Se notifica a todos.envía antecedentes a Consejo Consultivo. Se notifica a todos.

La Resolución es reclamable ante el juez de letras.La Resolución es reclamable ante el juez de letras.

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IIV LOS RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.300V LOS RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.300

DIA Regional EIA Regional

TITULAR Reclama: D. Ejecutiva TITULAR reclama: C. de Ministros

Juez de Letras Juez de Letras

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IIV LOS RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.300V LOS RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.300

EIA

PAC reclama: ANTE SUPERIOR JERARQUICO

Juez de Letras

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IIV LOS RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.300V LOS RECURSOS DE RECLAMACION DE LA LEY 19.300

DIA interregional EIA Interregional

TITULAR reclama: D. EjecutivaTITULAR reclama: C. de Ministros

Juez de Letras Juez de Letras

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V. Recursos Reclamación Participación CiudadanaV. Recursos Reclamación Participación Ciudadana

Procede contra la RCA de un Estudio de Impacto Ambiental Procede contra la RCA de un Estudio de Impacto Ambiental que no hubiere ponderado adecuadamente en los fundamentos que no hubiere ponderado adecuadamente en los fundamentos de la RCA las observaciones presentadas por:de la RCA las observaciones presentadas por:

Las organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, por Las organizaciones ciudadanas con personalidad jurídica, por

intermedio de sus representantes yintermedio de sus representantes y Las personas naturales directamente afectadas que hayan Las personas naturales directamente afectadas que hayan

participado en el proceso dentro de plazo.participado en el proceso dentro de plazo.

La Dirección Ejecutiva conoce y resuelve estos recursos en La Dirección Ejecutiva conoce y resuelve estos recursos en tanto es la “autoridad superior a quien dicta la RCA”.tanto es la “autoridad superior a quien dicta la RCA”.En los proyectos transregionales es el Consejo DirectivoEn los proyectos transregionales es el Consejo DirectivoPlazo para resolverlos 30 díasPlazo para resolverlos 30 díasNo suspende los efectos de la RCA.No suspende los efectos de la RCA.

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VI. MATERIAS REGULARMENTE RECLAMADASVI. MATERIAS REGULARMENTE RECLAMADAS

Establecer condiciones al titular que dependen de la voluntad de Establecer condiciones al titular que dependen de la voluntad de terceros.terceros.

Establecer la exigencia de “seguros” como requisitos de la Establecer la exigencia de “seguros” como requisitos de la ejecución del proyectoejecución del proyecto

Establecer medidas que contravienen normasEstablecer medidas que contravienen normas Establecer medidas que no tienen relación con los impactos del Establecer medidas que no tienen relación con los impactos del

proyectoproyecto Estandarizar medidas y condiciones para proyectos del mismo tipo Estandarizar medidas y condiciones para proyectos del mismo tipo

localizadas en áreas geográficas diferenteslocalizadas en áreas geográficas diferentes Transgresión del procedimientoTransgresión del procedimiento

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MATERIAS REGULARMENTE RECLAMADASMATERIAS REGULARMENTE RECLAMADAS

La falta de oportunidad de dar respuesta a los requerimientos de la La falta de oportunidad de dar respuesta a los requerimientos de la autoridad (rechazo prematuro)autoridad (rechazo prematuro)

Utilizar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para el Utilizar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental para el desarrollo de Políticas Públicasdesarrollo de Políticas Públicas

Aplicación de normativa que está en elaboración o proyecciónAplicación de normativa que está en elaboración o proyección Carencia de racionalidad, respuesta y objetividad de lo ponderadoCarencia de racionalidad, respuesta y objetividad de lo ponderado

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Procedimiento de Procedimiento de FiscalizaciónFiscalización

Corresponde a las entidades del Estado Corresponde a las entidades del Estado que participaron del proceso de que participaron del proceso de evaluación, la fiscalización de los evaluación, la fiscalización de los proyectos proyectos aprobadosaprobados dentro del Sistema. dentro del Sistema.

La fiscalización se realiza en terreno La fiscalización se realiza en terreno coordinada por la CONAMA.coordinada por la CONAMA.

Se constata el cumplimiento de las Se constata el cumplimiento de las condiciones bajo las cuales se aprueba el condiciones bajo las cuales se aprueba el proyecto. proyecto.

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Procedimiento de Procedimiento de FiscalizaciónFiscalización

En caso de existir incumplimientos a En caso de existir incumplimientos a la RCA se deja constancia en los la RCA se deja constancia en los informes sectoriales.informes sectoriales.

Cualquiera de los órganos Cualquiera de los órganos fiscalizadores podrá pedir la sanción fiscalizadores podrá pedir la sanción del titular.del titular.

Se lleva a la COREMA los informes Se lleva a la COREMA los informes sectoriales, y ésta podrá decidir sectoriales, y ésta podrá decidir iniciar un proceso de sanción o no.iniciar un proceso de sanción o no.

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Procedimiento de Procedimiento de FiscalizaciónFiscalización

En caso de iniciar un proceso de En caso de iniciar un proceso de sanción:sanción:

1.Inicio de proceso sanción

2. Res. Inicio proceso

3. Descargos del titular

4. Resolución COREMA

AmonestaciónMulta (max.500 UTM)

Revocación RCA

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Del Contrato de Seguro por Daño Ambiental y de Del Contrato de Seguro por Daño Ambiental y de la Solicitud de Autorización Provisoria la Solicitud de Autorización Provisoria :

En el caso de los EIA el titular podrá En el caso de los EIA el titular podrá presentar junto con su proyecto, una presentar junto con su proyecto, una póliza de seguro que cubra el riesgo póliza de seguro que cubra el riesgo por daño ambiental, así, podrá por daño ambiental, así, podrá obtener una autorización provisoria obtener una autorización provisoria para iniciar el proyecto o actividad para iniciar el proyecto o actividad antes de la evaluación. antes de la evaluación.

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•Especificación del contenido de la SAP. identificación del proyecto y de su EIA.

identificación y descripción de las obras respecto a las cuales se solicita autorización provisoria, y de las medidas para hacerse cargo de los impactos ambientales de dichas obras.

lista de los permisos ambientales sectoriales que se requieren para ejecutar las obras respecto a las cuales se solicita autorización provisoria

póliza de seguro y antecedentes que justifiquen el monto total asegurado.

Del Contrato de Seguro por Daño Ambiental y de Del Contrato de Seguro por Daño Ambiental y de la Solicitud de Autorización Provisoria la Solicitud de Autorización Provisoria :

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• Especifica criterios para evaluar la pertinencia de Especifica criterios para evaluar la pertinencia de la Autorización Provisoria.la Autorización Provisoria. gravedad de los eventuales daños ambientales que puedan ocurrir a consecuencia de la ejecución de las obras solicitadas, atendiendo a su magnitud, duración, gradualidad y ubicación.

posibilidad de estimar y acotar los eventuales daños ambientales.

reversibilidad o reparabilidad de los eventuales daños ambientales.

probabilidad de ocurrencia de los eventuales daños ambientales

separación temporal entre el hecho que causa el daño ambiental y la manifestación evidente del mismo.

circunstancia que las obras solicitadas presenten, por sí mismas, alguna de las características señaladas en el artículo 11 de la Ley.

Del Contrato de Seguro por Daño Ambiental y de Del Contrato de Seguro por Daño Ambiental y de la Solicitud de Autorización Provisoriala Solicitud de Autorización Provisoria

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Conclusión Conclusión

SEIA es un procedimiento SEIA es un procedimiento administrativo reglado y con plazos administrativo reglado y con plazos legales.legales.

No es susceptible de ser modificado No es susceptible de ser modificado al arbitrio de los titulares o de los al arbitrio de los titulares o de los órganos que participan de él.órganos que participan de él.

Posee mecanismo de reclamo Posee mecanismo de reclamo administrativos y judiciales.administrativos y judiciales.