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MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
SECRETARÍA ADMINISTRATIVA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Fecha entra en vigor 01/06/2011 / Remplaza fecha 11/05/2010
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Í N D I C E PÁGINA
I. INTRODUCCIÓN
4
II. OBJETIVO, ALCANCE Y MARCO JURIDICO.
5
III. DEFINICIONES
6
IV. ESTRUCTURA ORGÀNICA
8
V. POLÍTICAS GENERALES
9
1.- POLÍTICAS RELATIVAS DE LOS EXPEDIENTES DEL PERSONAL
9
2.- POLÍTICAS RELATIVAS DEL RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL
10
3.- POLÍTICAS RELATIVAS RECEPCIÓN Y SEGUMIENTO DE SOLICITUDES DE EMPLEO
11
4.- POLÍTICAS RELATIVAS RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS POR LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
11
5.- POLÍTICAS RELATIVAS INTRODUCCIÓN COMO EMPLEADO DEL AYUNTAMIENTO
11
6.- POLÍTICAS RELATIVAS DE LOS NOMBRAMIENTOS
11
7.- POLÍTICAS RELATIVAS DE LA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL
12
8.- POLÍTICAS RELATIVAS DE IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES DE CAPACITACIÓN POR ÁREA O FUNCIÓN
12
9.- POLÍTICAS RELATIVAS DE LOS SISTEMAS DE REALIMENTACIÓN DE LOS EMPLEADOS PARA CON EL AYUNTAMIENTO.
12
10.- POLÍTICAS RELATIVAS DE CONTRATACIÓN Y MOVIMIENTO DE PERSONAL
13
11.- POLÍTICAS RELATIVAS DE BAJAS DE PERSONAL
14
12.- POLÍTICAS RELATIVAS DE REINSTALACIÓN DE PERSONAL
16
13.- POLÍTICAS RELATIVAS DEL CAMBIO DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
17
14.- POLÍTICAS RELATIVAS DE LAS VACACIONES
17
15.- POLÍTICAS RELATIVAS DE PRIMA VACACIONAL
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16.- POLÍTICAS RELATIVAS DE AGUINALDO
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17.- POLÍTICAS RELATIVAS DE DESCANSO OBLIGATORIO
20
18.- POLÍTICAS RELATIVAS DE DESCANSO POR PRESTACIÓN
21
19.- POLÍTICAS RELATIVAS DE JORNADA DE TRABAJO
21
20.- POLÍTICAS RELATIVAS DE TIEMPO EXTRA
22
21.- POLÍTICAS RELATIVAS DE EL SERVICIO MÉDICO Y SUS BENEFICIARIOS
23
22.- POLÍTICAS RELATIVAS DE RIESGO DE TRABAJO
24
23.- POLÍTICAS RELATIVAS DE MATERNIDAD
25
24.- POLÍTICAS RELATIVAS DE PERMISOS
26
25.- POLÍTICAS RELATIVAS DE RIESGO DE CONTROL DE ENTRADAS Y SALIDAS DEL PERSONAL
27
26.- POLÍTICAS RELATIVAS DE RETARDOS
28
27.- POLÍTICAS RELATIVAS DE RECIBOS DE NÓMINA
28
28.- POLÍTICAS RELATIVAS TARJETA DE IDENTIFICACIÓN
28
29.- POLÍTICAS RELATIVAS DE AYUDA A EMPLEADOS EN GASTOS DE FUNERAL
29
30.- POLÍTICAS RELATIVAS DE CAJA DE AHORRO
30
31.- POLÍTICAS RELATIVAS DE APLICACIONES DE PAGOS EXTRAORDINARIOS A LA NÓMINA
33
32.- POLÍTICAS RELATIVAS DEL SEGURO DE VIDA
34
33.- POLÍTICAS RELATIVAS DE SERVICIO SOCIAL
35
34.- POLÍTICAS RELATIVAS DE UNIFORMES
35
35.- POLÍTICAS RELATIVAS DE CÓDIGO DE VESTIMENTA
35
VI DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMENTOS
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1.- PROCEDIMIENTO DEL RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL
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1A.- DIAGRAMA DE FLUJO DE PROCEDIMIENTO DEL RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL
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2.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL (ALTAS) 40 2-A DIAGRAMA DE FLUJO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL (ALTAS)
42
3.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL (ALTAS POR SUSTITUCIÓN) 43 3-A DIAGRAMA DE DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL (ALTAS POR SUSTITUCIÓN)
45
4.- PROCEDIMIENTO DE BAJAS DE PERSONAL 46 4-A DIAGRAMA DE FLUJO DE BAJAS DE PERSONAL
48
5.- PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIONES 49 5-A DIAGRAMA DE FLUJO DE LIQUIDACIONES
51
6.- PROCEDIMIENTO DE REINSTALACIÓN DE PERSONAL 52 6-A DIAGRAMA DE FLUJO DE REINSTALACIÓN DE PERSONAL
52
7.- PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE UNIDAD ADMINSTRATIVA 54 7-A DIAGRAMA DE CAMBIO DE UNIDAD ADMINSTRATIVA
56
8.- PROCEDIMIENTO DE ALTAS DE BENEFICIARIOS EN SERVICIO MÉDICO 57 8-A DIAGRAMA DE FLUJO DE ALTAS DE BENEFICIARIOS EN SERVICIO MÉDICO
58
9.- PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE LICENCIA LABORAL 59 9-A DIAGRAMA DE FLUJO DE SOLICITUD DE LICENCIA LABORAL
61
10.- PROCEDIMIENTO DE SEGURO DE VIDA 62 10-A DIAGRAMA DE FLUJO DE SEGURO DE VIDA
64
11.- PROCEDIMIENTO DE TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN 65 11-A DIAGRAMA DE FLUJO DE TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN
66
12.- PROCEDIMIENTO DE SERVICIO SOCIAL 67 12-A DIAGRAMA DE FLUJO DE SERVICIO SOCIAL
69
13.- PROCEDIMIENTO DE UNIFORMES 70
13-A DIAGRAMA DE FLUJO DE UNIFORMES 72
CONTRATO DE TRABAJO 73
LINEAMINETOS QUE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA PROMOCIÓN DE SERVIDORES PÙBLICOS
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I.- INTRODUCCIÓN Un procedimiento administrativo es un instrumento básico de coordinación en el que se ordenan y enlazan las diversas actividades de trabajo, de acuerdo a una secuencia de operaciones realizadas por las distintas personas que en él intervienen. Además, los procedimientos se orientan hacia objetivos específicos los cuales se rigen por políticas que nos delimitan la manera o forma para lograr los objetivos establecidos. Las políticas son criterios que norman las operaciones que forman los procedimientos administrativos de tal manera que se lleven a cabo de acuerdo a las directrices y controles establecidos. El presente manual tiene como objetivo fundamental la definición y documentación de los Procedimientos que sustentan la operación de la Dirección de Recursos Humanos y las políticas que norman a los mismos, así como también, señalar al personal involucrado en la ejecución de diversas funciones administrativas a fin de establecer el control y funcionamiento más eficiente y transparente de la unidad administrativa en cuestión. Toda modificación que se realice al contenido de este manual deberá notificarse al área de Desarrollo Administrativo de la Contraloría Interna Municipal para su documentación correspondiente y bajo ningún concepto, salvo autorización expresa del Director de Recursos Humanos o del Secretario de Administración, el Manual podrá ser facilitado a personas ajenas a esta Dirección.
INTRODUCCIÓN
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II.- OBJETIVO El presente manual tiene como objetivo específico lo siguiente:
• Simplificar trámites y procedimientos administrativos, a fin de servir ágil y eficientemente a las
Dependencias del Municipio de Santa Catarina. • Incorporar a los sistemas y procedimientos administrativos, la utilización del equipo de
cómputo, con el fin de agilizar el flujo de información y de ésta manera facilitar la toma de decisiones.
• Facilitar la revisión del cumplimiento de las políticas que norman cada procedimiento
administrativo. • Proporcionar un medio administrativo que permita reducir el tiempo de inducción del personal
de nuevo ingreso así como su capacitación y adiestramiento. II.- ALCANCE
Las políticas, procedimientos, flujos de información, reportes y responsabilidades descritos en el presente Manual de Políticas y Procedimientos Administrativos de la Dirección de Recursos Humanos, son aplicables al personal adscrito a esta Dirección y en su caso a otras dependencias del Municipio de Santa Catarina, cuando implique su interacción, siendo el enlace con éstas el Responsable Administrativo de cada Dependencia.
II.-MARCO JURÍDICO
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. • Ley Federal del Trabajo. • Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León. • Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León. • Ley de Transparencia y Acceso a la Información del Estado de Nuevo León. • Ley Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León. • Reglamento de la Administración del Gobierno Municipal de Santa Catarina, Nuevo León. • Reglamento para la Entrega – Recepción. • Plan Municipal de Desarrollo Vigente.
OBJETIVO, ALCANCE Y MARCO JURÍDICO
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III.- DEFINICIONES
AGUINALDO Es una percepción que tienen derecho todos los trabajadores de conformidad a la Ley Federal del Trabajo (art. 87) que deberá pagarse antes del día 20 de Diciembre, equivalente a quince días de salario por lo menos. Los trabajadores que no han cumplido el año de servicios tendrán derecho a que se les pague el aguinaldo en proporción al tiempo trabajado. TARJETA DE IDENTIFICACIÓN Es la Identificación oficial expedida por la Dirección de Recursos Humanos que acredita al trabajador como empleado municipal dentro y fuera del Municipio mismo que deberá portar visiblemente en todo momento de su jornada de trabajo. MOPER Formato de Movimiento de Personal usado para el control de los cambios que se efectúan en las Dependencias tales como altas, bajas, transferencias, cambios de sueldo y/o de puesto. (Formato F-1) PERMISO Autorización que se da al trabajador de su superior jerárquico o alguna otra institución con competencia para hacerlo con la finalidad de que el trabajador no se presente a laborar un día o período, pudiendo ser con o sin goce de sueldo. (Formato F-2) CONCUBINA Unión de un hombre y una mujer libres de matrimonio que durante más de 5 años hacen vida marital sin estar unidos en matrimonio entre si, siempre que no tengan impedimentos legales (o menos de 5 años pero con uno o más hijos en común sin compromisos legales) este trámite solo podrá realizarse por una sola vez durante su estancia laboral en el municipio. (Código Civil del Estado de Nuevo León 291 bis y 291 bis 1) dicha unión deberá ser demostrada legalmente por la Autoridad competente. PRIMA DOMINICAL Compensación que percibirán aquellos trabajadores que laboren en forma ordinaria en día domingo, tendrán derecho a una prima adicional de un 30% sobre el salario tabulado de un día de trabajo. PRIMA VACACIONAL Prestación otorgada al trabajador previa a cada período vacacional. SALARIO Es la retribución que debe pagar el patrón al trabajador por su trabajo. JORNADA DE TRABAJO Es el tiempo durante el cual el trabajador está a disposición de su jefe para prestar su trabajo.
DEFINICIONES
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TIEMPO EXTRA Pago que se hará a los trabajadores que permanezcan laborando después de su jornada de trabajo normal. TRABAJADORES DE CONFIANZA (Ley del Servicio Civil) Depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se dé al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento. PERSONAL OPERATIVO Son trabajadores que no desempeñan labores administrativas y que no salen de su lugar de trabajo. (personal de Intendencia, central de radio, personal de desarrollo humano) y demás personal que por la naturaleza de su trabajo queden dentro de esta clasificación. PERSONAL OPERATIVO DE CAMPO Son trabajadores que por la naturaleza de su puesto las funciones las desempeñan principalmente fuera del Centro de Trabajo siendo éstos: Personal de Bomberos y Protección Civil, Guardia Municipal, Personal de Servicios Públicos, Personal de DIF, Personal de la Secretaría de Seguridad) y demás personal que por la naturaleza de su trabajo queden dentro de esta clasificación. ***EL HORARIO DE OPERACIÓN LO DEFINIRÁ CADA ÁREA. PERSONAL ADMINISTRATIVO Todo aquel trabajador que está en labores administrativas. DÍAS HÁBILES Son aquellos días que se cuentan como laborables. (Véase sección “Jornada Laboral”). DÍAS NATURALES Son todos los días que comprende la semana de lunes a domingo.
DEFINICIONES
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El presente Manual establece las condiciones de trabajo del personal de Municipio de Santa Catarina, cuya observancia es obligatoria. Es responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos difundir y mantener actualizado este Manual de Políticas para la Administración del Recurso Humano IV.- DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA
Cada dependencia municipal deberá realizar su organigrama, considerando el presupuesto asignado, mismo que será avalado por el Director de Recursos Humanos. El Presidente Municipal autorizará los organigramas que deberá llevar el Visto Bueno de la Dirección de Recursos Humanos
Cada Secretaría deberá tener un organigrama en donde se definan claramente las áreas de responsabilidad y competencia de cada unidad, apegados al Reglamento Orgánico y orientados a la consecución de objetivos estratégicos establecidos en el Plan Municipal de Desarrollo
El organigrama deberá ser en forma piramidal de acuerdo a la importancia y naturaleza de las funciones, mostrando claramente un responsable general por dependencia, así como las líneas de mando, canales de comunicación y sus respectivas relaciones, asegurando que cada empleado tenga un solo supervisor.
Se contará con un Manual de Organización que contenga: Organigrama y Funciones del puesto
Las políticas referentes a los perfiles y descripciones de puestos alineados al organigrama se encuentran definidos en el apartado de Descripción de Puestos. Los cambios de puesto y los que impliquen un cambio tanto de nivel de valuación superior a nivel Inferior, como de nivel inferior a superior, conllevarán, de ser necesario, el reajuste en la remuneración.
ESTRUCTURA ORGÁNICA
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V.- POLÍTICAS GENERALES 1.- DE LOS EXPEDIENTES DEL PERSONAL 1.- Será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos contar con expedientes de cada
trabajador en donde se integren la siguiente documentación:
• Contrato Laboral o MOPER (formato F-1) • Resultado de Examen Médico • Examen Psicométrico (en caso que aplique) • Solicitud de Empleo (formato F-3) • Fotografías (2) • Original de Carta de No Antecedentes Penales (aplica al personal de Seguridad Pública y
Vialidad). • Copia de Acta de Nacimiento • Copia de Acta de Matrimonio (si aplica) • Copia de Acta de Nacimiento de Esposa o Concubina (si aplica) • Copia de Acta de Nacimiento de los hijos menores de 18 años (si aplica) • Copia de Certificado de Estudios • Cédula Profesional (si aplica) • Título (si aplica) • Copia del CURP o Inscripción en el RFC • Carta De Recomendación Laboral (1) • Carta de Recomendación Personal (1) • Copia de Credencial del Instituto Federal Electoral (IFE) • Comprobante de Domicilio • Copia de la Licencia de Manejo (si aplica) • Curiculum Vitae • Carta de no inhabilitación a partir de junio de 2011 (si aplica)
Y toda aquella documentación referente a las Acciones Disciplinarias, Capacitación Recibida y/o Evaluación del Desempeño. 2.- Será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos coordinarse con las diferentes
Direcciones Administrativas para actualizar los expedientes de los trabajadores cada vez que el trabajador obtenga un título académico, así como cada vez que modifique su situación civil, jurídica y laboral.
POLÍTICAS GENERALES
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3.- Será responsabilidad de la Dirección de Recursos Humanos asignar un espacio físico adecuado
para el resguardo de los expedientes asegurando que cumpla con las características de: confidencialidad, accesibilidad, control, orden y protección en base a lo que establece la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado.
4.- Los empleados tendrán acceso a su propio registro siempre y cuando lo soliciten a su Coordinador
Administrativo, quien a su vez lo solicitará a la Dirección de Recursos Humanos, justificando el motivo de la consulta.
2.- DEL RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL 1.- Las Dependencias deberán hacer del conocimiento de Recursos Humanos la existencia de vacantes
en su área. 2.- El reclutamiento y selección de personal se llevará a cabo cuando exista una vacante, señalada en
el organigrama autorizado de la dependencia municipal, así como el perfil de puesto correspondiente.
3.- Para cubrir una vacante o puesto de nueva creación, se realizará el reclutamiento inicial entre el
personal que labora en Municipio de Santa Catarina, N.L., siempre y cuando cubra el perfil, a fin de realizar promociones de personal en base a su desempeño, y solo en caso de no encontrarse a la persona idónea para el puesto, se procederá a reclutar a través de la Coordinación de Recursos Humanos mediante las solicitudes recibidas o una búsqueda externa.
4.- Se considera búsqueda externa a las solicitudes recibidas en el municipio, bolsas de trabajo
externas, internet, medios de comunicación escritos. 5.- Para la publicación de una convocatoria en medios impresos deberá solicitarse por escrito a la
Dirección de Recursos Humanos con su justificación y presupuesto autorizado, esta publicación puede ser regional o nacional, según la especialización o nivel de profesionalización de la vacante y deberá incluir obligaciones, responsabilidades, habilidades, competencias, estudios, destrezas y cualquier otro requisito necesario, así como la fecha límite de entrega de solicitudes.
6.- De las solicitudes presentadas mismas que deben encontrarse debidamente clasificadas por
dependencia y perfil las cuales deberán estar resguardadas por la Dirección de Recursos Humanos y de encontrarse algún solicitante que reúna los requisitos del puesto se continúa con el siguiente procedimiento:
POLÍTICAS GENERALES
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3.- RECEPCIÓN Y SEGUIMIENTO DE SOLICITUDES DE EMPLEO
1.- Con el fin de asegurar que toda persona que solicite algún empleo sea atendido, la Dirección de
Recursos Humanos verifica el correcto llenado de las solicitudes de empleo, para asegurarse de que en caso de errores u omisiones mínimas ésta no sea descartada, solicitando corregir al aspirante en el momento.
2.- La Dirección de Recursos Humanos informará a los interesados las vacantes correspondientes e
informará a los aspirantes que su solicitud permanecerá por un período de 6 meses para su estudio, si en este periodo el Municipio no establece contacto con el aspirante se debe a que sus habilidades y/o conocimientos no cumplen con el perfil de la vacante.
4.- RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS POR LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS 1.- La recepción de documentos relativa a Altas, Bajas, cambios de personal entre otros, se realizará
de acuerdo al calendario de programación de fechas límite del departamento de nóminas la cual deberá enviarse por la Dirección a cada una de las dependencias.
5.- INTRODUCCIÓN COMO EMPLEADO DEL AYUNTAMIENTO
1.- La Dirección de Recursos Humanos impartirá la inducción a la filosofía del Municipio de Santa
Catarina en donde se incluye la misión, visión, valores, el Plan de Desarrollo Municipal de la Administración, entre otros temas de relevancia para el empleado en un lapso no mayor a dos meses a partir de su Alta en el Municipio.
2.- La Contraloría Municipal será la dependencia responsable de impartir la Ley de Responsabilidad de
los Servidores Públicos a fin de asegurar que el empleado conozca los lineamientos legales que nos rigen.
6.- DE LOS NOMBRAMIENTOS 1.- Las personas que ocuparán los puestos de Secretarios, Directores Generales, y Directores serán
nombrados por el Presidente Municipal 2.- Los funcionarios de primero y segundo nivel deberán recibir un documento que los acredite como
titulares (Nombramiento)
POLÍTICAS GENERALES
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7.- DE LA CAPACITACIÓN DEL PERSONAL 1.- La Dirección de Recursos Humanos integrará y supervisará el Programa Anual de Capacitación para
los empleados Municipales. 2.- Para la aprobación del Programa Anual de Capacitación se debe considerar el presupuesto asignado
a cada área.
Los proveedores externos de capacitación serán evaluados por la Dirección de Recursos Humanos antes de su contratación, así mismo deberán cubrir los lineamientos establecidos por la normatividad de Adquisiciones y formar parte del padrón de proveedores del Municipio de Santa Catarina, N.L.
3.- Para llevar el control del registro de capacitación recibida, mensualmente la Dirección de Recursos
Humanos realiza el llenado del formato “Registro de capacitación impartida” el cual incluye el número de nómina y nombre del empleado, dependencia, horas de capacitación recibida, fecha en que se impartió la capacitación y el nombre del curso al que asistió, para que sea integrado a su expediente laboral.
8.- IDENTIFICACIÓN DE NECESIDADES DE CAPACITACIÓN POR ÁREA O FUNCIÓN 1.- Para la identificación de las necesidades de desarrollo de habilidades así como tareas
especializadas la Dirección de Recursos Humanos aplica la “Evaluación de necesidades del perfil del puesto” en la cual el Jefe directo evalúa cada una de las características contenidas en el perfil del puesto y propone acciones a realizar en base a los resultados obtenidos de cada empleado.
9.- SISTEMA DE REALIMENTACIÓN DE LOS EMPLEADOS PARA CON EL AYUNTAMIENTO 1.- Para recabar la opinión de los empleados de cualquier tema del Gobierno Municipal se cuenta con el
Sistema de Retroalimentación del Cliente en el cual los empleados pueden enviar sus quejas, sugerencias y recomendaciones de mejora.
2.- La Dirección de Recursos Humanos será la encargada de coordinar la aplicación anual de la
encuesta de satisfacción laboral con el fin de conocer la opinión que tienen los empleados acerca de diferentes temas, la información obtenida de dicha aplicación es presentada de manera global por dependencia y/o por criterio evaluado según sea el caso.
3.- La encuesta se realiza de manera electrónica o manual y anónima a fin de dar la libertad al
empleado de expresar sus inquietudes con respecto a las condiciones de trabajo con las que cuenta y asegurar que la información especifica de los empleados no se publique por ningún motivo.
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10.- DE CONTRATACIÓN Y MOVIMIENTO DE PERSONAL 1.- La Contratación de Personal para cubrir los objetivos de cada Secretaría será de la forma siguiente:
a).- Las personas para los puestos de Secretarios, Directores Generales y Directores deberán ser nombrados por el Presidente Municipal.
b).- Los puestos y plazas de nueva creación, reposición de personal y personal de nuevo ingreso
deberán ser autorizados por el Presidente Municipal conjuntamente con el Secretario del Área, el Secretario de Administración Director del Área (si aplica) y Director de Recursos Humanos, mediante el formato F-I Moper.
2.- La Dirección de Recursos Humanos en coordinación con el responsable administrativo que solicita la
vacante será la dependencia encargada de realizar el trámite de contratación del personal. 3.- Toda contratación deberá realizarse en base al perfil de puesto y deberá estar respaldada en el
organigrama aprobado por la dependencia 4.- Todo candidato antes de iniciar los trámites de contratación, deberá conocer el salario, prestaciones
y condiciones de trabajo, así como cumplir con los elementos básicos de contratación documentación requerida y exámenes médicos, cuyos resultados deberán integrarse a su expediente.
5.- El inicio de labores de toda persona de nuevo ingreso será los días 1 y 16 de cada mes, en caso de
ser día inhábil se correrá el inicio de labores al siguiente día hábil, en casos excepcionales autorizado por el Secretario Administrativo podrá hacerse en otra fecha.
6.- Todo trabajador que preste sus servicios en el Municipio de Santa Catarina, N.L., deberá firmar
previamente su Contrato temporal por tiempo determinado (1 año) como eventual para después previamente autorizado podrá pasar a Nómina Ordinaria, siendo este documento el que lo reconocerá como empleado municipal.
7.- Todo trabajador de nuevo ingreso deberá demostrar las aptitudes necesarias, así como un adecuado
comportamiento y vocación de servicio, para desarrollar las labores que se le designen. 8.- Cada Dependencia deberá proporcionar al nuevo empleado el mobiliario, equipo y material
necesario para desempeñar sus funciones, así como notificar lo que queda bajo su resguardo.
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11.- BAJAS DE PERSONAL
1.- Puede causar baja por los siguientes casos enunciados en el artículo 39 de la Ley del Servicio Civil,
los cuales pueden ser de cinco tipos: Por renuncia Voluntaria, Por rescisión de contrato, por conclusión del contrato temporal, por reestructuración y por defunción.
2.- POR RENUNCIA VOLUNTARIA: Cuando el trabajador pide voluntariamente mediante un escrito
dirigido a su Jefe Inmediato y al Director de Recursos Humanos renunciar a su trabajo. Incluir Nombre y firma de puño y letra del trabajador así como HUELLA DIGITAL.
La Dirección de Recursos Humanos llevará a cabo el cálculo de FINIQUITO que incluirá solo PARTES PROPORCIONALES (Aguinaldo, Vacaciones y Prima Vacacional), como también los rebajes correspondientes que llegase a tener al momento de la Baja (Caja de Ahorro, Sindicato, Tesorería, Equipo de Seguridad, Uniforme, etc.). Así mismo el Municipio podrá otorgar una gratificación de acuerdo al desempeño del trabajador, que no deberá exceder de tres meses de sueldo.
3.- POR RESCISIÓN DE CONTRATO: La Dirección de Recursos Humanos llevará a cabo el cálculo de
FINIQUITO que incluirá solo, Aguinaldo, Vacaciones y Prima Vacacional.
La rescisión del contrato se puede dar por los siguientes motivos:
a).- Por abandono de empleo. b).- Por conclusión de término de la obra para la que fueron solicitados (contratados). c).- Por incapacidad física o mental del trabajador. d).- Por resolución discrecional del Tribunal de Arbitraje en los siguientes casos:
• Cuando el trabajador incurriere en faltas de probidad y honradez o en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos contra sus jefes o compañeros dentro o fuera del lugar de trabajo.
• Faltar a sus labores, sin causa justificada por más de tres días durante el período de 30 días.
• Por destruir intencionalmente edificios, obras, documentos, maquinaria e instrumentos de trabajo, materias primas y demás objetos relacionados con su trabajo.
• Por cometer actos inmorales durante el trabajo. • Por revelar los asuntos secretos o reservados de que tuviere conocimiento con motivo del
trabajo. • Por comprometer con su imprudencia, descuido o negligencia la seguridad del taller, oficina
o dependencia donde preste sus servicios o de las personas que ahí se encuentran. • Por no obedecer las órdenes que reciban de sus superiores relativas a su trabajo.
POLÍTICAS GENERALES
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• Por concurrir al trabajo en estado de embriaguez o bajo influencia de algún narcótico o
droga enervante. • Por falta comprobada de cumplimiento al Contrato de Trabajo o por prisión que sea el
resultado de una sentencia ejecutoria, en los casos a que se refiere esta fracción, si el trabajador diere motivo para la terminación de los efectos del nombramiento, podrá ser suspendido de su trabajo; si fuere así, el jefe superior de la oficina podrá promover su remoción a oficina distinta de aquella en que estuviere prestando sus servicios, hasta que sea resuelto en definitiva por el Tribunal de Arbitraje.
La Dirección de Recursos Humanos llevará a cabo el cálculo de FINIQUITO que incluirá (Prima de Antigüedad, partes proporcionales de Aguinaldo, Vacaciones y Prima Vacacional), como también los rebajes correspondientes que llegase a tener al momento de la Baja (Caja de Ahorro, Sindicato, Tesorería, Equipo de Seguridad, Uniforme, etc.).
4.- CONCLUSIÓN DEL CONTRATO TEMPORAL
a) Término del Contrato. b) Por incapacidad física o mental. La Dirección de Recursos Humanos llevará a cabo el cálculo de FINIQUITO que incluirá (Prima de Antigüedad, partes proporcionales de Aguinaldo, Vacaciones y Prima Vacacional), como también los rebajes correspondientes que llegase a tener al momento de la Baja (Caja de Ahorro, Sindicato, Tesorería, Equipo de Seguridad, Uniforme, etc.).
5.- REESTRUCTURACIÓN
Cuando por alguna otra causa (reestructuración, bajo rendimiento, etc.) se requiera dar por terminado el Contrato Individual de Trabajo por parte de la Administración. Ésto implicará una liquidación para el personal, correspondiente a (Prima de Antigüedad, partes proporcionales de Aguinaldo, Vacaciones y Prima Vacacional), así como también los rebajes correspondientes que llegase a tener al momento de la Baja (Caja de Ahorro, Sindicato, Tesorería, Equipo de Seguridad, Uniforme, etc.).
6.- FALLECIMIENTO:
(Ver Ayuda por Defunción) 7.- PARA PROCEDER AL FINIQUITO, es indispensable que el trabajador al finalizar la relación laboral
entregue el carnet de identidad, equipo, materiales, uniformes, y todo aquello que esté bajo su resguardo para iniciar el trámite de su finiquito.
POLÍTICAS GENERALES
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8.- La evidencia de la entrega deberá venir anexa al MOPER Formato F-1 de baja. Anexando el
documento soporte de la baja (carta de renuncia, Licencia, Acta Administrativa, entre otros). 9.-Todo faltante del material asignado al personal, será rebajado a precio de reposición, de la cantidad a
pagar en su finiquito. 10.- El Coordinador de Recursos Humanos deberá registrar las causas de salida de un empleado en
caso de renuncia voluntaria y reportar mensualmente al Director de Recursos Humanos, en este caso es posible autorizar gratificación de hasta 90-noventa días de sueldo debidamente autorizado por el Secretario Administrativo.
12.- DE REINSTALACIÓN DE PERSONAL 1.- El Presidente Municipal, el Tribunal de Arbitraje y Área Administrativa, podrán solicitar la
Reinstalación (reingreso) del algún empleado que haya sido objeto de baja a la Dirección de Recursos Humanos, la cual podrá ser de acuerdo a las circunstancias, en la misma o diferente categoría y sueldo, respetando siempre la antigüedad.
2.- Este tipo de altas ocurren cuando un trabajador ha causado baja de la nómina y reingresa a laborar en un tiempo razonablemente corto a instancias de:
a) Gestiones Sindicales. b) Directivos de la Administración. c) Dirección de Recursos Humanos. d) Por resolución de Tribunal de Arbitraje para los trabajadores de Municipio de Santa
Catarina."
3.- El Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Santa Catarina (S.U.T.S.M.S.C.) podrá gestionar ante la Dirección de Recursos Humanos o ante el Responsable Administrativo de la Dependencia donde salió el trabajador para que éste sea recibido nuevamente basándose usualmente en las consideraciones de antigüedad y gravedad de la causa.
4.- Si la gestión se realiza en la Secretaría del Área y se decide en forma positiva, enviará a Recursos
Humanos el MOPER F-1 de reingreso con las firmas requeridas de autorización. 5.- La Dirección de Recursos Humanos podrá realizar las gestiones para el reingreso de un trabajador
cuando considere que los motivos de la baja fueron injustificados (reinstalado en la misma Dependencia o en otra diferente), en cuyo caso se promoverá el MOPER de reingreso solicitando las firmas requeridas de autorización.
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6.- Cuando el Tribunal de Arbitraje estime procedente la Reinstalación de un Trabajador que ha
demandado al Municipio deberá enviar la resolución a la Dirección Jurídica con copia a la Dirección de Recursos Humanos y a la Secretaría,
13.- DEL CAMBIO DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
1.- Los cambios de Dependencia podrán llevarse a cabo por solicitud del Empleado interesado y el Visto
Bueno de las Dependencias correspondientes y estarán sujetos a la existencia de alguna vacante que se ajuste al perfil del Empleado en cuestión.
2.- En caso de tratarse de un cambio solicitado por una de la Dependencias, con la anuencia del
Empleado, deberán obedecer a motivos laborales, no considerados por la Ley de Servicio Civil y la Ley Federal de Trabajo como causales de rescisión de contrato.
3.- Los cambios sólo podrán generarse estando de acuerdo, el Titular de la Dependencia que recibirá al
Empleado Municipal y el Titular de la Dependencia donde laboraba anteriormente. 4.- El Titular de la Dependencia donde labora el Empleado Municipal interesado en cambiar de adscripción,
no podrá retenerlo cuando exista una vacante de acuerdo a su perfil en otra Área o Dependencia. 14.- LAS VACACIONES 1.- Es el período de descanso legalmente reconocido al personal no sindicalizado y sindicalizado 2.- Los trabajadores municipales que tengan más de seis meses de servicio consecutivo disfrutarán de
dos periodos anuales de vacaciones, lo cual serán dentro del período y programa que se establezca.
3.- El programa de vacaciones se divide en dos períodos:
INCISO
PERIODOS
DÍAS DE DESCANSO
A) Primer Periodo (Semana Santa) 10 días hábiles
B) Segundo Período (Diciembre) 10 días hábiles
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4.- Cuando por causa justificada no pudiere hacer uso de las vacaciones en los periodos señalados
disfrutarán de ellas en otra fecha durante los siguientes seis meses, solicitando la programación y autorización mediante el formato F-2, pero en ningún caso los trabajadores que laboren en periodo de vacaciones tendrán derecho a doble pago, ni se podrán disfrutar de dos periodos acumulados.
5.- El derecho de disfrutar las vacaciones termina a los seis meses salvo por motivos de operatividad
con autorización del Secretario del Área a partir de la fecha en que se debió disfrutar de ellas, de acuerdo al calendario general de vacaciones.
6.- Cuando el trabajador cuente con una incapacidad durante el periodo vacacional y no pueda tomar
sus vacaciones; podrá tomarlas en los días posteriores al periodo vacacional. 7.- Las Secretarías y/o Direcciones siguientes deberán elaborar con anticipación las vacaciones
escalonadas (roles de vacaciones de forma interna) de sus Empleados. - Secretaría de Seguridad Pública, Vialidad y Protección Civil. - Secretaría de Servicios Públicos. - Dirección de Clínica Municipal - Dirección de Comercio y Alcoholes - Dirección Jurídica (oficina receptora de documentos) - 8.- La Dirección de Recursos Humanos deberá realizar el pago oportuno de la prima vacacional a cada
una de las Secretarías y/o Direcciones sin excepción.
9.-En los casos del personal administrativo en que sea imprescindible su servicio en el período general de vacaciones, se establecerán guardias para no afectar las operaciones.
10.- Los Titulares de las áreas deberán enviar un oficio a la Dirección de Recursos Humanos con la
relación del personal que se quedará laborando y la programación de fechas en que se cubrirán las vacaciones del semestre laborado.
11.- Las vacaciones no podrán compensarse con una remuneración (Art. 79 de la Ley Federal del Trabajo
y Art. 26 de la Ley del Servicio Civil del Estado de Nuevo León).
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15.- PRIMA VACACIONAL 1.- Es una gratificación que se otorga al día de quincena previo al inicio del período vacacional
correspondiente a cada período. 2.- Los trabajadores no sindicalizados tendrán derecho como prima vacacional el 35% sobre el salario
tabulado de 10-diez días en cada periodo vacacional. 3.- Los trabajadores sindicalizados tendrán derecho a la prima vacacional de acuerdo a lo establecido
en el Contrato Colectivo de Trabajo vigente. 4.- La Prima Vacacional será entregada en forma proporcional, de acuerdo al número de días laborados
durante el año. 5.- La Dirección de Recursos Humanos llevará el control de la antigüedad y el número de días de la
prima vacacional a pagar. 6.- La Prima Vacacional a la cual tienen derecho los trabajadores municipales, será gravada de acuerdo
a lo que señala la Ley del Impuesto Sobre la Renta vigente. 16.- AGUINALDO
1.- El Aguinaldo es una gratificación que se otorga a los empleados de la administración municipal en el
mes de Diciembre, para sufragar los gastos adicionales que tienen con motivo de las festividades navideñas.
2.- El Aguinaldo percibido por los empleados de la administración municipal será gravado, es decir, con
el impuesto correspondiente de acuerdo a la Ley del Impuesto sobre la renta. 3.- Por tal motivo el Municipio ha establecido como política, pagar durante la primera quincena de
Diciembre el aguinaldo correspondiente de la siguiente manera:
a).- Tendrán derecho los Trabajadores No Sindicalizados (nómina) que cumplan menos de un año a recibir 30 (treinta) días proporcionales y si cuenta con un año o mas 50 (cincuenta) días respectivamente, de acuerdo con su salario nominal vigente del trabajador. Trabajadores por Honorarios será de 15 días proporcionales.
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b).- Para los Trabajadores Sindicalizados el tabulador es el siguiente: hasta seis meses laborando
el proporcional de 30 (treinta) días, más de seis meses y menos de un año laborando 30 (treinta) días, de uno a cuatro años 50 (cincuenta) días, de cinco a nueve años 65 (sesenta y cinco) días y de diez años o más 70 (setenta) días.
4.- La liquidación de esta prestación se realizará en un solo pago el cual será entregado en la segunda
quincena del mes de Diciembre. 17.- DESCANSO OBLIGATORIO 1.- Son días de descanso obligatorio:
DÍA MES MOTIVO
01 Enero Año Nuevo
El primer lunes de febrero Día de la Constitución Mexicana
El tercer lunes de marzo Natalicio de Benito Juárez
01 Mayo Día del Trabajo
16 Septiembre Día de la Independencia Mexicana
El tercer lunes de noviembre Aniversario de la Revolución Mexicana
01 Diciembre de cada 6 años Transmisión del Poder Ejecutivo Federal
25 Diciembre Navidad
El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias para efectuar la jornada electoral.
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18.- DÍAS DE DESCANSO POR PRESTACIÓN 1.- Los días enunciados en la siguiente tabla podrán ser otorgados por parte del Municipio de Santa
Catarina, N.L. a sus Empleados Municipales:
DÍA MES MOTIVO
10 Mayo Día de las Madres(1/2 día)
1 Agosto Día de las secretaria (1/2 día) solo personal femenino que desempeñe esa función.
Jueves y Viernes de Semana Mayor Semana Santa
2 Noviembre Día de Muertos (1/2 día solo personal administrativo)
24 Diciembre Víspera de Navidad (en caso de estar de guardia ½ día solo personal administrativo)
31 Diciembre Fin de Año (en caso de estar de guardia ½ día solo personal administrativo)
2.- Para efectos administrativos los días mencionados en el recuadro anterior serán considerados como
días hábiles. 19.- JORNADA DE TRABAJO 1.- Los trabajadores que cubran jornadas de trabajo con horario continuo de nueve horas, tendrán
derecho a disfrutar diariamente de una hora de descanso para consumir alimentos.
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2.- El horario de trabajo será:
Tipo de Personal Días Laborales Horario
Personal Administrativo
Lunes a Viernes 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Personal Operativo Lunes a Sábado (A excepción del personal de la
Secretaría de Seguridad,) (según criterio de cada Secretaría)
Diurno, Vespertino, Nocturno que deberán de cubrir 8 horas diarias de
lunes a viernes y los sábados 4 horas con una media hora de comida
Personal de Intendencia
Lunes a sábado (según criterio de cada Secretaría)
Sindicalizados: 7:00 a.m. a 4:00 p.m. No sindicalizado: 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
Sábado: 7:00 a.m. a 12:00 p.m.
20.- TIEMPO EXTRA 1.- Únicamente al personal sindicalizado que por circunstancias especiales laboren después de su
horario normal se les podrá pagar tiempo extra de acuerdo al Contrato Colectivo de Trabajo para los trabajadores sindicalizados del municipio de Santa Catarina, N.L., que no podrá exceder de tres horas diarias ni de cinco días consecutivo y será pagado como doble.
2.- El personal que presta sus servicios al Municipio solamente podrá trabajar tiempo extra con la previa
aceptación de su jefe inmediato y autorización del Secretario del área y Director de la Unidad Administrativa a la cual se encuentra adscrito el trabajador; de lo contrario, no se les tomará en cuenta para los efectos de su pago. El tiempo generado por este concepto, se compensará de acuerdo a lo dispuesto en este Manual
3.- La Unidad Administrativa correspondiente de aquellos trabajadores que hubieran laborado tiempo
extraordinario, deberán hacer del conocimiento de inmediato a la Dirección de Recursos Humanos del Municipio, a través de oficio previamente asignados para estos efectos en los que mínimo deberán contener la siguiente información:
a) Nombre de los trabajadores que laboraron tiempo extra. b) Horario de la jornada laboral normal del trabajador. c) Número de las horas y horario durante el cual el trabajador ejecuto los trabajos extraordinarios. d) Justificación de los trabajos. e) Autorización de su jefe inmediato y del Director y/o Secretario de la Unidad Administrativa
correspondiente.
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4.- En caso de parques públicos, sólo se pagará Tiempo Extra a los trabajadores sindicalizados, en caso de laborar en días de descanso obligatorio y días festivos.
5.- En caso de que en alguna Dependencia o lugar donde se realicen los trabajos no se cuente con reloj
checador, el Supervisor o Jefe Encargado deberá llevar en un libro o diario el registro de la siguiente información: Nombre completo y Número de Nómina del Empleado, especificación de si es Sindicalizado o No Sindicalizado (S/NS), Hora de Entrada y Salida respectivamente, Firma del Empleado y Firma del Supervisor o Jefe.
6.- Para evitar el uso del Tiempo Extra o en su defecto reducirlo: a).- El Director del Área no debe usarlo como complemento de sueldos que se consideren como bajos. b).- Deberá reorganizar los roles de descanso y crear turnos (todo lo cual requiere redistribución del
personal). 7.- El Tiempo Extra se paga la hora simple por dos (doble) y la Prima Dominical al 40% de un día de
salario. 21.- EL SERVICIO MÉDICO Y SUS BENEFICIARIOS 1.- El servicio médico será otorgado al trabajador así como a sus beneficiarios directos siendo esposa,
concubina e hijos menores de 18 años. Para hijos mayores de 18 años deberán presentar comprobante de estudios y el servicio será hasta los 20 años, así mismo se renovará el servicio médico cada inicio de periodo escolar.
2.- Para dar de alta a un beneficiario, éste deberá acudir a la Coordinación de Recursos Humanos para
realizar su registro y toma de fotografía con la siguiente papelería:
BENEFICIARIO PAPELERIA SOLICITADA
Esposa Copia del Acta de Matrimonio y Nacimiento.
Hijos menores de 18 años Copia del Acta de Nacimiento.
Hijos mayores de 18 y hasta 20 años que estén estudiando en Instituciones incorporadas a la SEP
Original y Copia del Comprobante de Estudios (donde se incluya el periodo escolar)
Concubina. Copia de Sentencia de Concubinato Carta original del Delegado Municipal o Juez Auxiliar certificada por la Secretaría de Ayuntamiento del Municipio donde reside que incluya los años de vivir juntos y copia del acta de nacimiento.
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3.- El trabajador cubrirá una cuota equivalente al 3% de su salario mensual, descontado por nómina. 4.- Si el trabajador es dado de baja por cualquier causal (a excepción de fallecimiento), podrá seguir
contando con este servicio incluyendo a sus derechohabientes durante 30 días a partir de la fecha de baja.
5.- En el caso de hijas de empleados que cuenten con Servicio Médico y resulte positivo embarazo
automáticamente pierden los derechos como beneficiarias. 22.- RIESGOS DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES 1.- De acuerdo a lo que dispone la Ley del Servicio Civil del Estado los trabajadores al servicio del
Municipio que sufran riesgos profesionales se regirán por las disposiciones de la Ley Federal del Trabajo y el pago de las incapacidades se sujetará al Art. 491 de la L. F. T.
a).- Si el riesgo produce al trabajador una incapacidad temporal, la indemnización consistirá en el
pago íntegro del salario que deje de percibir mientras subsista la imposibilidad de trabajar. Este pago se hará desde el primer día de la incapacidad.
b).- Si a los tres meses de iniciada una incapacidad no está el trabajador en aptitud de volver al
trabajo, él mismo o el patrón podrá pedir en vista de los certificados médicos respectivos de los dictámenes que se rindan o de las pruebas conducentes, se resuelva si debe seguir sometido al mismo tratamiento médico y gozar de igual indemnización o procede declarar su incapacidad permanente.
c).- Estos exámenes podrán repetirse cada tres meses. El trabajador percibirá su salario hasta
que se declare su incapacidad permanente y podrá entrar al estatus de considerado. d).- En caso de accidente de tránsito en el que el empleado resulte como afectado y él o algún
familiar exoneren a la contraparte responsable del accidente, el costo que se genere de su rehabilitación correrá por su cuenta y riesgo.
e).- En estos casos se deberá llenar un Acta circunstanciada en el que Director o Secretario del
área avale que dicho accidente fue en horario de labores o desempeñando sus funciones
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22.2.- Para los riesgos no profesionales se regirán por las siguientes disposiciones:
a).- Los trabajadores que sufran enfermedades o accidentes no profesionales, que los incapaciten para el trabajo, tendrán derecho a que se les concedan licencias para dejar de concurrir a sus labores, previo dictamen y la consecuente vigilancia, en los siguientes términos:
I. A los empleados que tengan menos de un año de servicio, se les podrá conceder licencia
por enfermedad o accidente general, hasta por quince días con goce de salario íntegro, hasta 15 días más con medio sueldo y hasta por 30 días más sin goce de sueldo.
II. A los que tengan de uno a cinco años de servicio, hasta 30 días con goce de salario
íntegro, hasta 30 días más con medio sueldo y hasta por 60 días más sin goce de sueldo. III. A los que tengan de cinco a diez años de servicio, hasta 45 días con goce de salario
íntegro, hasta 45 días más con medio sueldo, y hasta 90 días sin goce de sueldo. IV. A los que tengan de diez años de servicio en adelante, hasta 60 días con goce de salario
íntegro, hasta sesenta días más con medio sueldo y hasta 120 días más sin goce de sueldo.
b).- En los casos previstos en las fracciones anteriores, si al vencer las licencias con sueldo
integro y medio sueldo, continúa la incapacidad, se prorrogará al trabajador la licencia, ya sin goce de sueldo, por el tiempo que establezca la Ley del Instituto de Seguridad que esté brindando servicios a los trabajadores del estado o de los municipios, respecto de las prestaciones en especie correspondientes a enfermedades y accidentes no profesionales.
c).- Los cómputos deberán hacerse por servicios continuados o cuando de existir una interrupción
en la prestación de dichos servicios ésta no sea mayor de 6 meses. Podrán gozar de la franquicia señalada de manera continua o discontinua una vez dada año contado.
23.- MATERNIDAD 23.1.- Las madres trabajadoras tendrán derecho durante el embarazo y el puerperio al pago del sueldo
íntegro durante treinta días anteriores al parto y sesenta días posteriores al mismo, a partir del momento en que tomaron su puesto.
23.2.- Dicho periodo deberá ser tomado de acuerdo a lo establecido en la Ley del Servicio Civil vigente
en el Estado y por ningún motivo podrá ser acumulable ni antes ni posterior a la fecha del parto.
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24.- PERMISOS Licencia Laboral 1.- Cuando el trabajador tenga la necesidad de ausentarse de su trabajo por alguna situación
extraordinaria, debido a causas personales familiares o de fuerza mayor y que entren dentro de las enunciadas en permiso por prestación, deberá de autorizarse mediante el formato autorizado por el Director del Área, Secretario del Área.
2.- Las solicitudes de autorización relativas se harán invariablemente por escrito firmada por las
autoridades arriba mencionadas y dirigida a la Dirección de Recursos Humanos, para que sean considerados las justificantes en la elaboración de la nómina.
3.- Permisos por prestación
CAUSA
DÍAS
PRESTACIÓN
a).- Fallecimiento de cónyuge, hijos (as) padre o madre del trabajador.
3 días naturales
Con goce de sueldo
b).- Accidentes graves de padres, hijos, cónyuge o hermano.
3 días naturales
Con goce de sueldo
c).- Matrimonio del trabajador (se otorga una sola vez)
3 días hábiles
Con goce de sueldo
d).- Por nacimiento de hijos (as) (parto natural o cesárea)
3 días naturales
Con goce de sueldo contando a partir de la fecha de parto.
e).- Internamiento para atención médica de hijo (a) menor de 16 años derivado de enfermedades graves.
3 días naturales
Con goce de sueldo
f).- Fallecimiento de suegros, hermanos (as) o abuelos del trabajador.
1 día natural Con goce de sueldo
g).- Privación de la libertad de padres, hijos (as) menores de edad y cónyuge
1 día natural Con goce de sueldo
h).- Intervenciones quirúrgicas a padres, cónyuge hermanos o hermanas que vivan en la casa del trabajador.
1 día natural Con goce de sueldo
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4.- Los trabajadores del Municipio de Santa Catarina podrán disfrutar de licencias sin goce de
sueldo para asuntos de carácter particular, hasta de seis meses por una sola vez al año, tomando como base la antigüedad del trabajador, en la forma siguiente:
a.- Treinta días para quienes cuenten con un año de servicio, b.- Noventa días para quienes tengan de uno a tres años de antigüedad y c.- Seis meses para quienes cuenten con mas de tres años de servicio laborado.
5.- Para los casos del punto anterior en el que el Empleado sea sindicalizado deberá anexar un oficio de
Licencia Laboral dirigido al Secretario y/o Director donde laboró el Empleado autorizado por el Secretario General del S.U.T.S.M.S.C. (Sindicato Único de Trabajadores al Servicio del Municipio de Santa Catarina).
6.-Cuando la licencia laboral sin goce de sueldo, sea mayor de 30 días se le suspenderá el Servicio
Médico, así como a sus Beneficiarios ya que no estará aportando por este concepto, una vez transcurrido el período de Licencia Laboral el trabajador tendrá derecho a seguir laborando en la Presidencia Municipal para lo cual el Responsable Administrativo deberá elaborar y enviar a la Dirección de Recursos Humanos el formato de movimiento de Personal (MOPER).
25.- REGISTRO DE CONTROL DE ENTRADAS Y SALIDAS DEL PERSONAL 1.- Para comprobar el cumplimiento al horario de trabajo el personal que labora en el Municipio de
Santa Catarina N.L., es estrictamente obligatorio registrar entradas y salidas de forma personal directamente a su área asignada antes de salir a campo o realizar cualquier tipo de diligencias por lo que no será aceptada justificación del personal por este motivo, solo por excepción y bajo autorización escrita del Secretario del Área se podrá justificar dicha incidencia, cada vez que se presente esta situación.
2.- El trabajador debe registrarse personalmente, a través del lector de huellas digitales, de la tarjeta de
control de entradas y salidas, la tarjeta de identificación o la Lista de Asistencia, según sea el registro que aplique y en ningún caso un trabajador podrá checar asistencia por otro, siendo sancionada esta falta con suspensión de 3 días sin goce de sueldo para ambos casos.
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26.- RETARDOS 1.- El personal tendrá derecho a 10 minutos de tolerancia en su registro de entrada, después de los
cuales se considera retardo. El municipio ha establecido los siguientes criterios para la aplicación de Sanciones Administrativas por concepto de retardos.
2.- Se considerará turno incompleto si el empleado registra su salida antes de concluir su jornada
laboral y será considerado como retardo. 3.- Transcurridos los 10 minutos de tolerancia en el minuto 11 será considerado retardo y al acumular
tres retardos será considerado una falta. 27.- RECIBOS DE NÓMINA 1.- Las percepciones y deducciones se mostrarán a detalle en un recibo, que además del nombre y
número del trabajador, referirán el período a que corresponden y el concepto que podrá ser por salario (semanal ó quincenal), Prima Vacacional y Aguinaldo
2.- Todos los empleados deberán de recoger personalmente este documento que consta de dos partes,
una de ellas para el empleado y la otra que servirá de acuse de recibo, que el trabajador deberá de firmar y entregar inmediatamente, si no lo hace en ese momento tendrá un período no mayor a cinco días hábiles para hacerlo, el incumplimiento generará una sanción administrativa para el empleado o a quien corresponda.
3.- En casos de incapacidad del empleado, se entregará a un tercero mediante carta poder que deberá
solicitar a la Dirección de Recursos Humanos y deberá venir firmada por el trabajador además de traer copia de la credencial de elector del interesado y de quien recibe el poder y la firma de dos testigos que avalen la libre decisión de otorgar el poder.
28.- TARJETA DE IDENTIFICACIÓN
1.- Todo empleado del Municipio de Santa Catarina, N.L., hasta nivel de Coordinador General deberá portar con su tarjeta de Identificación en un lugar visible para poder ingresar a laborar y durante su jornada laboral, correspondiente a la administración actual y al área en donde presta sus servicios.
2.- Es responsabilidad del empleado hacer buen uso de la identificación que lo acredita como empleado
municipal en caso de detectar el uso indebido del mismo el empleado se hará acreedor a una sanción administrativa.
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3.- El Trabajador que no cumpla con esta disposición numero 28.1 podrá hacerse acreedor a una
sanción equivalente al 35% de un día de su salario. 4.- Para la reposición de una Tarjeta de Identificación deberá pagar el importe determinado por la
Dirección de Recursos Humanos que será de $50 (cincuenta pesos 00/100 m.n.).
5.- Es la Secretaría Administrativa o la Dirección de Recursos Humanos a través de la Coordinación de Capacitación y Desarrollo Organizacional el responsable de observar que se cumpla esta disposición apoyado por el personal la Contraloría Municipal. Debiendo levantar un reporte por escrito firmado por el personal responsable y éste será turnado al Coordinador de Nóminas para los descuentos correspondientes.
29.- AYUDA A EMPLEADOS EN GASTOS DE FUNERAL 1.- El Municipio podrá ayudar a empleados sindicalizados en gastos de funerarios de la siguiente
manera: caso de fallecimiento del cónyuge o hijos de los trabajadores sindicalizados, se les concederá dos días de asueto con goce de sueldo y además $ 13, 043.00 (TRECE MIL CUARENTA Y TRES PESOS 00/100 M.N.) como ayuda para gastos funerales. La misma cantidad de ayuda económica, se otorgará a los beneficiarios que designe el trabajador en caso de fallecimiento de éste. Además se compromete que en caso de fallecimiento de los padres o hermanos, les proporcionará dos días de asueto con goce de sueldo. En caso de fallecimiento del padre o la madre del trabajador sindicalizado, el Municipio proporcionará al trabajador una ayuda de $ 6,805.00 (SEIS MIL OCHO CIENTOS CINCO PESOS 00/100 M.N.). En caso de que el familiar fallecido sea inhumado fuera del área conurbana de Monterrey y/o fuera del Estado de Nuevo León, el Municipio concederá un día adicional de asueto con goce de sueldo, previa comprobación del caso. El municipio acepta que cuando ocurra la defunción de un compañero sindicalizado, otorgará medio día de asueto con goce de sueldo a todo el personal sindicalizado, para que acompañe a la familia del compañero en el sepelio.
2.- El Municipio apoyará al trabajador sindicalizado con el 50% del costo, para la adquisición de un lote
de terreno del panteón Municipal en caso del fallecimiento de algún miembro de su familia y previo comprobante de la inexistencia de propiedad de terreno.
3.- El Municipio otorgará sin costo alguno para el trabajador sindicalizado y no sindicalizado el servicio
de velación cuando así lo solicite en las capillas municipales, siempre y cuando sean familiares directos del trabajador (padre, cónyuge, e hijos) previo estudio socioeconómico respectivo.
4.- El empleado presentará para estos apoyos la documentación como requisitos la siguiente: último recibo de nómina, Acta de Defunción, Acta de Nacimiento del fallecido o en su caso Acta de Matrimonio.
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30.-CAJA DE AHORRO 1.- Objetivo.- Se establece una Caja de Ahorro cuya finalidad, además de fomentar el hábito de ahorrar,
es la de apoyar a quienes la integran, mediante el otorgamiento de préstamo y la remuneración de intereses del capital invertido en cada periodo.
2.- Alcance.- Participan en la Caja de Ahorro el personal de Nómina, sindicalizados y no sindicalizados del
Municipio de Santa Catarina, de la siguiente manera: No Sindicalizados
Aportación automática por persona $ 60.00 Aportación del Municipio $ 22.00 Total de Ahorro mensual (personal que cobra por quincena) $ 164.00 Sindicalizados y NO Sindicalizados operativos. Aportación automática por persona $ 80.00 Aportación del Municipio $ 40.00 Total de Ahorro mensual (personal que cobra por semana) $ 240.00
3.- No se podrán hacer aportaciones únicas o desfasadas al monto de deducción autorizado por los
empleados para su ahorro quincenal presentando ficha de depósito original del banco al Departamento de Nóminas para acreditar el monto al saldo del ahorro y la fecha límite será hasta el 31de Diciembre del año en curso.
4.- Fecha de constitución vigencia:
01 de Noviembre de cada año al 31 de Octubre del año siguiente, a excepción de cambio de Administración, ya que en cambio de administración tendrá vigencia al día último de Septiembre.
5.- Comité Técnico
La Administración de la Caja de Ahorro estará a cargo de la Dirección de Recursos Humanos y supervisada por el Comité Técnico, mismo que se refrendará de manera automática en el cambio de Administración el 1º. de Noviembre de inicio de cada administración.
6.- Estará integrado por el Secretario de Administración, Secretario de Tesorería y Finanzas y el
Secretario del Ayuntamiento y se reunirá cuando existiese alguna necesidad por parte de la Dirección de Recursos Humanos.
7.- Secretario de Administración.- Su función es la de apoyar a la Dirección de Recursos Humanos
para solucionar todos los problemas que queden fuera de esta política en su aplicación y dominio.
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8.- Secretario de Tesorería y Finanzas.- Su función es la de apoyar a la Dirección de Recursos
Humanos para solucionar todos los problemas que queden fuera de esta política en su aplicación y dominio.
9.- Secretario del Ayuntamiento.- Su función es la de apoyar a la Dirección de Recursos Humanos
para solucionar todos los problemas que queden fuera de esta política en su aplicación y dominio. 10.- Afiliación.- Todo personal de nómina está afiliado a la Caja de Ahorro 11.- El total del monto de ahorro puede verse incrementado a más tardar el 31 de Diciembre de cada
año debiendo llenar una solicitud de incremento del ahorro, dirigiéndose a la Dirección de Recursos Humanos a través del Departamento de Nóminas y así otorgando su consentimiento para que le sea descontado de su sueldo quincenal o semanal la cantidad total correspondiente, la cual no deberá rebasar el 50% de su percepción normal.
12.- Préstamos e inversiones:
a).-Las aportaciones de la Caja de Ahorro se destinarán para otorgar préstamos a los participantes de la Caja de Ahorro y al personal de honorarios, éstos cumpliendo con los requisitos correspondientes de una tasa de interés mas alta (3.5%) El remanente del saldo de la cuenta será reinvertido en la misma inversión bancaria.
b).- La tasa de interés de préstamo para los ahorradores será del 2.5 mensual sobre capital total
en préstamo solicitado. c).- Los retiros del ahorro tendrán como fecha límite de solicitud el día de corte de la nómina del
último mes del ciclo del período de la Caja de Ahorro. 13.- Distribución de intereses.- La determinación de intereses será aplicándole el factor de
cálculo a la suma de las operaciones de caja trabajador:
Descripción (Total de interés /Total acumulado) = Factor Interés
*Total de Interés = Representa la sumatoria de los intereses cobrados de los préstamos otorgados.
*Total Acumulado = Se genera del total ahorrado (empleado, municipio) de los ahorradores. *Factor de interés = Representa el porcentaje correspondiente a aplicar sobre la cantidad
ahorrada de cada empleado.
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14.- Requisitos para otorgar préstamos:
a).- Ser trabajador de nómina sindicalizado o no sindicalizado b).- Presentar en el Departamento de Nóminas, una solicitud del préstamo cumpliendo con sus
requisitos correspondientes. c).-Garantizar el préstamo mediante la firma de un pagaré y la firma de dos avales d).-Las personas presentadas como avales deberán contar con planta y no podrá ser aval a más
de 2 personas, así mismo presentar copia del último recibo de pago y credencial de elector el cual se someterá a revisión por parte de la Dirección de Recursos Humanos con la finalidad de valorar su capacidad de pago como aval.
15.-El monto de los préstamos serán otorgados y autorizados a todo Personal sindicalizado y no
sindicalizado quienes deberán tener como ahorro acumulado la cantidad de $500.00 (Quinientos pesos 00/100 M .N.).
NOTA: Queda a consideración del Consejo Técnico para el solicitante que no reúna este requisito 16.-El monto a prestar lo limita la capacidad de pago, teniendo como tope 50% de deducciones de
sueldo quincenal ordinario, así mismo el importe total del préstamo deberá quedar liquidado al 31 de octubre del año en curso, a excepción del cambio de Administración que será el 30 de Septiembre.
17.-Como excepción en los casos de liquidación de un préstamo al término del tiempo de
vencimiento del mismo y si quedarse algún saldo pendiente por omisión o problemas de sistema se liquidará con el monto ahorrado siempre y cuando alcance a cubrirlo.
18.-Los préstamos efectuados no pueden ser liquidados con el aguinaldo. 19.-Los préstamos no podrán tener pagos anticipados ya que de lo contrario se cobrará una
penalización de un 15% sobre el saldo del mismo. 20.- Los préstamos se harán con una tasa de interés de un 2.5% mensual sobre el capital prestado
para quien cuente con planta y cumpla el requisito de lo mínimo ahorrado y el 3.5% a quien éste fuera de este punto (eventuales, honorarios y los que no reúnan el mínimo ahorrado).
21.-Se podrá otorgar más de un préstamo, cumpliendo con los límites establecidos en la Ley de
Servicio Civil de 30% de amortizaciones, es decir su sueldo diario multiplicado por 7 días o 15 días por el 30% y no debe ser mayor a sus deducciones.
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22.- Retiro de la Caja de Ahorro
a.- Retiros por separación. Cuando el empleado deje de prestar sus servicios le será liquidado su
ahorro acumulado hasta la fecha de baja, sin ningún interés. b.- Se podrá realizar retiros parciales en el momento en que el empleado lo solicite con el único
requisito de dejar como fondo acumulado el monto único ahorrado de $500.00 en quincena. Cabe señalar que durante el mes inmediato posterior al retiro, no tendrá derecho a préstamos de la caja de ahorro, así mismo deberá continuar con la misma aportación a dicho ahorro y solo se podrán efectuar hasta el 30 de septiembre de cada año exceptuando en el cambio de Administración el cual será el 31 de agosto.
31.- APLICACIONES DE PAGOS EXTRAORDINARIOS A LA NÓMINA 1.- Es un documento de periodicidad quincenal en el que se instruye a la Coordinación de Nóminas el
proceso de pagos extraordinarios que deberán ser liquidados por vía cheque de sueldo personal. 2.- Los pagos extraordinarios podrán realizarse de diversas fuentes:
- Por instrucciones escritas de la diferentes Dependencias avaladas por el Director del área y/o Secretario del área correspondiente.
- Por Aplicaciones de pagos de prestaciones omitidas por diversas causas, así como la aplicación de la Ley de Servicio Civil, Ley Federal del Trabajo vigente).
- Por solicitud de correcciones, omisiones y reclamaciones provenientes de los trabajadores mismos o de la Representación Sindical.
- Por corrección de errores u omisiones, valoradas por la Dirección de Recursos Humanos (ejemplo errores de sistema).
3.- Los conceptos de “Aplicaciones a la Nómina” más usuales son los siguientes:
- Reintegro de Sanción Administrativa: son correcciones de sanciones indebidas aplicadas en las quincenas anteriores, justificadas por los Directivos de las Unidades Administrativas, por incapacidades médicas o por correcciones de errores en los números de nómina al aplicar la sanción.
- Pago de Tiempo Extra: con valor autorizado y solicitado por los Responsables Administrativos, usualmente corresponden a omisiones en la o las quincenas anteriores. Pueden ser Tiempo Extra por hora sencilla tratados con el trabajador.
- Primas Dominicales: solicitadas por los Responsables Administrativos, omitidas en quincenas anteriores en el formato correspondiente.
-
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- Prestaciones Sindicales: Adeudadas al personal sindicalizado, amparados por el Convenio Laboral, generadas al reingresar el trabajador después de una licencia o una baja temporal. Pueden ser generadas cuando el trabajador cambia de Categoría o Centro de Trabajo, con prestaciones específicas (Limpia, Rastro, Vías Publicas, Etc.) Pueden ser bonos de despensa, gastos domiciliarios, aguinaldo adicional, etc.
- Compensaciones extraordinarias: justificadas por escrito por los Responsables Administrativos y el Secretario de una Dependencia como compensaciones únicas por labores extraordinarias o de horario extendido.
- Sueldos adeudados: procede a solicitud del Responsable Administrativo o del Trabajador mismo, usualmente se adeuda cuando reingresa el trabajador después de Licencia Laboral, o cuando el Alta por este concepto se efectúa a destiempo y el trabajador está laborando se liquida previa investigación documental.
- Aguinaldo Anual: a solicitud del trabajador, cuando por Licencia o Baja temporal en el período de pago de este derecho no le es liquidado por nómina al reingresar, se le deberá liquidar por nómina en su talón pago, previa investigación documental.
32.- EL SEGURO DE VIDA 1.- El Municipio de Santa Catarina podrá brindarle a los trabajadores de la Secretaría de Seguridad Pública
(Policías y Agentes de Tránsito) un Seguro de Vida de $ 150,000.00 (Ciento cincuenta mil pesos M.N.) en caso de muerte por enfermedad no profesional o por riesgo de trabajo.
2.- El Municipio de Santa Catarina podrá brindarle al trabajador Sindicalizados un Seguro de Vida de
$107,000.00 pesos. (Ciento siete mil 00/100 M.N.) 3.- En caso de Empleado Sindicalizado, el Sindicato deberá enviar a la Dirección de Recursos Humanos la
siguiente documentación del trabajador en copia para la indemnización: Oficio de Solicitud de pago de Seguro de Vida, Seguro de Vida, último talón de pago, Acta de defunción y Actas de Nacimiento de los Beneficiarios o en su caso Acta de Matrimonio.
4.- En caso de los Empleado que menciona el punto número 32.1 el beneficiario deberá presentar a la
Dirección de Recursos Humanos la siguiente documentación del trabajador en copia para la indemnización: La póliza en original misma que será enviada a la compañía de seguros contratada.
5.- El Municipio entregará a cada trabajador un Certificado de Seguro de Vida, especificando en el mismo
su cobertura, pago y beneficiario elegidos por el trabajador.
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33.- DE SERVICIO SOCIAL
1.- La Dirección de Recursos Humanos recibirá semestralmente una Convocatoria y el Formato de Registro de Programas por parte de la Universidad Autónoma de Nuevo León (U.A.N.L.), Universidad de Monterrey (UDEM) Universidad Regiomontana (UR) etc.. para las solicitudes de los prestadores de Servicio Social.
2.- Las actividades a desempeñar por parte de los prestadores de Servicio Social deberán ser afines lo más posible a las carreras de estudio, de tal manera que se pueda obtener un beneficio bilateral.
34.- DE UNIFORMES
1.- El Municipio dotará de uniformes completos al personal Secretarial, Intermedio y de Intendencia, así como a la figura de Imagen Institucional siendo la asignación de estas prendas en específico, al personal femenino que labora en comunidad y al demás que autorice el Secretario; la entrega se realizará dos veces al año en verano e invierno. La dotación de uniformes se sujetará a la suficiencia presupuestaria
2.- El Municipio restituirá éstos por su desgaste normal y en el caso de que resulte defectuoso, con la
previa autorización del Jefe inmediato que corresponda.
3.- El Municipio podrá subsidiar el 100%. 4.- En las dependencias de Seguridad Pública, Vialidad y Protección Civil, Servicios Públicos y Dir. de
Mantenimiento, las Coordinaciones Administrativas se encargarán de los pedidos de uniformes por el número de elementos y uniformes especiales, ésto se hará en coordinación con la Coordinación de Capacitación y Desarrollo Organizacional
35.- CÓDIGO DE VESTIMENTA
El personal femenino que cuente con uniforme deberá portarlo en los términos del apartado de uniformes y en los casos que no cuenten con esta prestación deberán de cumplir con el siguiente código de vestimenta: 1.- Todos los empleados deben llevar una vestimenta formal para poder ingresar al área laboral. Por
formal se entiende que no se admitirán tenis, pantalones de mezclilla, sandalias, faldas cortas, etc. Cualquier empleado que no respete este código no podrá acceder a las instalaciones hasta que su vestimenta cumpla con los requerimientos establecidos.
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2.- Los empleados masculinos deberán utilizar camisa y pantalón de vestir adecuado, haciendo uso de
corbata cuando la situación o el puesto lo requieran. La camisa debe mantenerse abotonada durante las sesiones. Las empleadas femeninas podrán utilizar vestidos, faldas o pantalones simpre y cuando rebasen la rodilla y cumplan con los requerimientos formales establecidos en el resto de los artículos del código de vestimenta.
3.- No se permiten camisetas y/o blusas sin mangas, sin tirantes o blusas con tirantes delgados, ni con
abertua en la esplada. 4.- No se permiten escotes pronunicados. 5.- No se permiten camisas y/o blusas transparentes, muy ajustadas o de tela de red. 6.- Las camisas Y/o blusas deben cuibrir en su totalidad el torso, no deben mostrar la piel o la ropa
interior. 7.- No se permiten camisas demasiado ajustadas como las de tela spandex/lycra. 8.- No se permiten pantalones de ciclista. 9.- No se permiten pantalones cortos, muy sueltos o muy ajustados. 10.-Nada que sea muy ajustado como de tela spandex/lycra. 11-No se permiten pantalones jeans. En caso de otrogarse el permiso de usarlos, estos No deben estar
rasgados o rotos en áreas inapropiadas, ni gastados, deben ser casual/formal para asistir al trabajo. 12.-No se permiten faldas cortas ni vestidos cortos que muestren más de 5 cm arriba de la rodilla. 13.-No se permiten ropa que anuncie o muestre productos de tabaco, bebidas alcohólicas, drogas o
cualquier otra sustancia prohibida como, armas, bombas, actos ilegales, violencia o cualquier cosa que se pueda considerar ofensiva.
14.-La vestimenta no debe nunca ser sugetiva, indecente u obscena. 15.-Artículos tales como lentes de sol, gorros /as, pañoletas, cachuchas o sombreros, no serán
permitidos dentro de las oficinas. 16.- Se deben usar zapatos en todo momento. Queda prohibido el uso de tennis, crocs, sandalias, o
cualquier tipo de zapato que no sea casual/formal.
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17.-Todos los empleados deben llevar consigo el gafete que los identifica como parte de la
Administración Municipal 2009-2012 y hacerlo visible durante la jornada laboral. Ésto para ser reconocidos por demás empleados y por los ciudadanos que visitan las instalaciones municipales.
18.- La imagen que den los empleados debe ser pulcra y profesional. Los hombres no deben de traer
pelo largo ni despeinado. 19.-No se permite traer perforaciones que sean visibles ni tatuajes. En caso de traer, éstas deberán
ocultarse durante la jornada laboral.
Los empleados que no se ajusten a estos lineamientos recibirán una amonestación y se les pedirá que modifiquen su vestimenta. La Dirección de Recusos Humanos, estará a cargo de la supervisión de que dicho reglamenteo se respete. El incumplimiento de cualquier artículo de este reglamento podrá conllevar a una amonestación. La acumulación de dos amonestaciones por parte de una delegación representará una sanción administrativa. La acumulación de tres amonestaciones conllevará a un día de suspensión sin goce de sueldo.
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VI.- DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS 1. EL PROCEDIMIENTO DEL RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL
1.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Localiza por teléfono al aspirante al puesto y se le informa que hay una vacante de acuerdo a su perfil y al área de su interés, se programa una cita para la entrevista.
2.- El aspirante se entrevista con el Coordinador de Recursos Humanos, donde le informa del
puesto vacante, así como del sueldo que le sería asignado en dado caso que el aspirante aceptara la mencionada vacante.
3.- Ya que el aspirante aceptó el puesto ofrecido se le entregan una serie de requisitos que deberá
de cubrir antes de ingresar o darlo de alta en la dependencia que lo solicitó.
Requisitos: • Original de Carta de No Antecedentes Penales (aplica al personal que ingreso a partir de
abril de 2011). • 2 Fotografías (infantil o credencial) • 1 Carta de Recomendación Laboral • 1 Carta de Recomendación Personal • 1 Copia de Acta de Nacimiento • 1 Copia del certificado de estudios • Copia del C.U.R.P. • Copia de Credencial del IFE • Comprobante de domicilio
4.- Así mismo el Coordinador de Recursos Humanos le entrega un pase médico, para que al aspirante se le practiquen una serie de exámenes y así verificar el estado de salud del aspirante, los cuales se aplican en la Clínica Municipal y consisten en lo siguiente:
• Examen de Sangre • Examen de Orina • Radiografías de Dorso, Pulmones y Espalda • Revisión de la Presión Arterial • Revisión de Ojos, Garganta y Oídos
5.- Ya con los resultados de los exámenes aprobados y los requisitos cubiertos, se procede a hacer
el MOPER de alta y firma el contrato, así mismo le es tomada la fotografía para la tarjeta de identificación, que lo acredita empleado del Municipio de Santa Catarina, N.L.
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1.A.- DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO PARA RECLUTAMIENTO Y SELECCIÓN DE PERSONAL
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS
Una vez que alguna dependencia solicita personal, mediante un oficio, se busca la persona indicada de acuerdo al perfil y área que esta solicitando la vacante.
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS Así mismo el Coordinador de Recursos Humanos le entrega un pase medico para que al aspirante se le practiquen una serie de exámenes y así verificar el estado de salud del aspirante, los cuales se aplican en la Clínica Municipal.
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS De las solicitudes presentadas mismas que deben encontrarse debidamente clasificadas por dependencia y perfil las cuales deberán estar resguardadas por la Dirección de Recursos Humanos
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS Se localiza por teléfono al aspirante al puesto y se le informa que hay una vacante de acuerdo a su perfil y al área de su interés, se programa una cita para la entrevista.
SECRETARÍA DE RECURSOS HUMANOS Ya con los resultados de los exámenes aprobados y los requisitos cubiertos, se procede a hacer el Moper de alta y firma el contrato así mismo le es tomada la fotografía para la tarjeta de identificación, el cual lo acredita como empleado del Municipio.
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS
Ya que el aspirante acepto el puesto ofrecido, se le entregan una serie de requisitos que deberá de cubrir antes de ingresar o darlo de alta en la dependencia que lo solicito.
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS
El aspirante se entrevista con el Coordinador de Recursos Humanos, donde le informa del puesto vacante, así como del sueldo que le seria asignado en dado caso que el aspirante aceptara la mencionada vacante.
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS
FIRMA DE CONTRATO
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2.- PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL (ALTAS)
1.- EL ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Recibe el formato de movimiento de personal (MOPER), F-1 por parte de la dependencia correspondiente para el alta de un candidato de nuevo ingreso, debiendo dejar en blanco el apartado fecha efectiva.
2.- A todo candidato que resulte seleccionado para ingresar a la nómina del municipio de Santa
Catarina, la Dirección de Recursos Humanos deberá indicarle la realización de un examen médico de admisión antes de comenzar a prestar sus servicios como requisito indispensable para ser aceptado en la dependencia que lo haya seleccionado.
3.- El examen médico se deberá realizar al candidato cada vez que se presente algunas de las
siguientes condiciones: alta y alta por sustitución. 4.- Recibe y revisa detalladamente el llenado del formato, el cual deberá contener la siguiente
información: nombre completo, fecha de ingreso, R.F.C. (Registro Federal de Contribuyentes), fecha de formulación, categoría propuesta, breve descripción de funciones, sueldo mensual (según niveles tabulares establecidos), entre otros, además de la firma de autorización del Presidente Municipal, Secretario de Área, Secretario Administrativo, Director del Área y Director de Recursos Humanos.
5.- Elabora en original y copia el formato de orden para examen médico de admisión señalando el día
y la hora, entrega el original al candidato y archivando la copia en forma consecutiva al folio. 6.- Una vez llevado a cabo el trámite ante el enlace de relaciones laborales, el Director de la Clínica
Municipal, deberá enviar el resultado del examen médico a la Dirección de Recursos Humanos, a más tardar 4 días después de haber sido efectuado, especificando las condiciones para laborar. En caso de no ser apto se cancelará el proceso de contratación.
7.- EL ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Recibe el resultado del examen médico y en
caso de ser aprobatorio, avisa a la dependencia en cuestión para la firma del contrato individual de trabajo y la fecha de inicio de labores por parte del candidato, asentando la fecha efectiva en el formato de MOPER F-1, deberá llenar el apartado de fecha efectiva, cuando el candidato inicie sus labores en la dependencia correspondiente.
8.- Verifica que esté anexada al MOPER F-1 la documentación en copia, establecida en el número
uno de las presente políticas 9.- En caso de que la fecha efectiva implique un cambio retroactivo, el Coordinador de Recursos
Humanos analizará con el Director o el Secretario correspondiente, la procedencia del pago.
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10.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANO.- Solicita las firmas de autorización del Director de Recursos Humanos, del Secretario de Administración, Secretario del área, Director del área, y el Presidente Municipal en el formato de movimiento de personal (MOPER).
11.- Entrega la documentación del candidato de nuevo ingreso al enlace de relaciones laborales para
su trámite correspondiente.
12.- EL ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Asigna el número de nómina al candidato de nuevo ingreso cuando la documentación se encuentre completa y correcta, así mismo elabora una relación de altas para su captura por el encargado de captura.
13.- EL ENCARGADO DE CAPTURA.- Captura quincenalmente la relación de altas con los
siguientes datos: nombre y número de empleado, unidad administrativa, puesto y sueldo mensual, posteriormente lo imprime en original y copia.
14.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Envía las originales de la relación de altas y del formato de movimiento de personal (MOPER) al encargado de captura para el trámite de alta en el sistema de nómina y archiva copia de lo entregado debidamente firmado y sellado de recibido.
15.- ENCARGADO DE CAPTURA.- Elabora un reporte previo nominal en forma quincenal de lo capturado en el sistema y lo envía al coordinador de nómina para su revisión.
16.- Solamente se deberá capturar altas previamente revisadas por la Dirección de Recursos
Humanos, en ningún caso recibirá movimientos directamente de las dependencias.
17.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Verifica que los movimientos de alta capturados en el sistema de nómina coincidan con los datos de cada empleado y en caso de existir un error se aclara con el encargado captura.
18.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Elabora el expediente para cada uno de los
empleados de nuevo ingreso con la documentación enunciada en el punto 1 de las presentes políticas.
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2-A DIAGRAMA DE FLUJO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL (ALTAS)
DIRECTOR DE CLÍNICA MUNICIPAL.
Una vez llevado a cabo el trámite ante la Dirección de Servicios Médicos, se envía a la Dirección de Recursos Humanos.
ENLACE DE REL. LAB. Elabora en original y copia la orden para examen médico de admisión, entrega original al candidato y la copia la envía a servicios médicos.
ENLACE DE REL. LAB.
Recibe y revisa el llenado del formato de los datos correspondientes y la firma del Presidente Municipal, Secretario de la dependencia y del responsable administrativo.
ENLACE DE RELACIONES LABORALES Recibe el formato de movimiento de personal (MOPER), por parte de la dependencia correspondiente para el alta de un candidato de nuevo ingreso, debiendo dejar en blanco el apartado fecha efectiva.
COORDINADOR DE R.H. Entrega el MOPER del candidato de nuevo ingreso al Coordinador de Nómina para su trámite correspondiente.
COORDINADOR DE R.H. Solicita las firmas de autorización del director de Rec. Hum., Secretario Administrativo, y Presidente Municipal en el formato del MOPER
ENLACE DE REL. LABORALES Verifica que esté anexada al formato de MOPER toda la documentación en copia solicitada al candidato de nuevo ingreso.
ENLACE DE REL. LABORALES Recibe el resultado de examen médico y en caso de aprobatorio avisa a la dependencia en cuestión para la firma del contrato.
ENCARGADO DE CAPTURA Captura quincenalmente la relación de altas con los datos correspondientes y lo imprime en original y copia
COORDINADOR DE NOMINA
Envía las originales de la relación de altas y el MOPER al encargado de captura para la alta en el sistema de nómina y archiva copia firmada.
ENLACE DE RELACIONES LABORALES
Asigna el número de nómina al candidato de nuevo ingreso cuando la documentación está completa y elabora la relación de altas para su captura.
ENLACE DE RELACIONES LABORALES. Elabora el expediente para cada uno de los empleados de nuevo ingreso con la documentación completa.
ENCARGADO DE CAPTURA Elabora un reporte previo nominal en forma quincenal de lo capturado en el Sistema y lo envía al Coordinador de nómina para su revisión.
COORDINADOR DE NOMINA Verifica que los movimientos de alta capturado coincidan con los datos del empleado en caso de existir error lo aclara con el encargado de proceso y Captura de Nómina.
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3.- CONTRATACIÓN DE PERSONAL (ALTAS POR SUSTITUCIÓN)
1.- EL ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Recibe el formato de movimiento de personal (MOPER), por parte de la dependencia correspondiente para el alta de un candidato que sustituirá una plaza vacante, debiendo dejar en blanco el apartado fecha efectiva.
2.- A todo candidato que resulte seleccionado para ingresar a la nómina del Municipio de Santa
Catarina, la Dirección de Recursos Humanos deberá indicarle la realización de un examen médico de admisión antes de comenzar a prestar sus servicios como requisito indispensable para ser aceptado en la dependencia que lo haya seleccionado.
3.- El examen médico se deberá realizar al candidato cada vez que se presente algunas de las
siguientes condiciones: alta y alta por sustitución. 4.- Recibe y revisa detalladamente el llenado del formato, el cual deberá contener la siguiente
información: nombre completo, fecha de ingreso, R.F.C. (Registro Federal de Contribuyentes), fecha de formulación, categoría propuesta, breve descripción de funciones, sueldo mensual (según niveles tabulares establecidos), entre otros, además de la firma de autorización del Presidente Municipal, Secretario de la Dependencia y del Responsable Administrativo.
5.- Elabora en original y copia el formato de orden para examen médico de admisión señalando el día
y la hora, entrega el original al candidato y la copia se archiva el enlace de relaciones laborales, en forma consecutiva del folio correspondiente.
6.- Una vez llevado a cabo el trámite ante el enlace de relaciones laborales el Director de la Clínica
Municipal, deberá enviar el resultado del examen médico a la Dirección de Recursos Humanos, a más tardar 48 horas después de haber sido efectuado, especificando las condiciones para laborar. En caso de no ser apto se cancelará el proceso de contratación.
7.- El Enlace de Relaciones Laborales.- Recibe el resultado del examen médico y en caso de ser
aprobatorio, avisa a la dependencia en cuestión para la firma del contrato individual de trabajo y la fecha de inicio de labores por parte del candidato, asentando la fecha efectiva en el formato de MOPER.
8.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Deberá llenar el apartado de fecha efectiva,
cuando el candidato inicie sus labores en la dependencia correspondiente. 9.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Verifica que esté anexada al MOPER la
documentación en copia del candidato que sustituirá la plaza vacante establecidas en el punto número 1.
10.- El contrato individual de trabajo deberá ser firmado por un año y enviado a la Dirección de
Recursos Humanos después de recibir el resultado del examen médico aprobado por el candidato.
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11.-En caso de que la fecha efectiva implique un pago retroactivo, el Coordinador de Recursos Humanos analizará con el Director o Secretario correspondiente, la procedencia del pago.
12.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Solicita las firmas de autorización del Director de Recursos Humanos y del Presidente Municipal en el formato de movimiento de personal (MOPER).
13.- EL COORDINADOR DE NÓMINA.- Elabora la relación de altas por sustitución con los siguientes
datos del candidato de nuevo ingreso: nombre, fecha de ingreso, sueldo mensual, además de los datos del empleado que sustituye: número de nómina, puesto, dependencia, motivo de separación, fecha de baja y sueldo mensual.
14.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Solicita en el reporte de altas por sustitución
la firma de autorización y sello del titular de la Secretaría en cuestión, quién revisará y analizará cada uno de los movimientos.
15.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Asigna el número de nómina al candidato de nuevo ingreso cuando la documentación se encuentre completa y correcta para su captura por el jefe de sistemas. Captura quincenalmente la relación de altas por sustitución y lo imprime en original y copia.
16.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Solicita las firmas de autorización del Director
de Recursos Humanos y del Secretario de Administración en la relación de altas por sustitución elaborado por el Coordinador de Nóminas.
17.- Envía las originales de la relación de altas por sustitución que se hayan recibido por parte del Coordinador de Nómina a fin de obtener la firma de visto bueno y empezar con la captura en el sistema.
18.- EL ENCARGADO DE CAPTURA.- Elabora en forma quincenal un reporte previo nominal de lo capturado en el sistema el cual envía al Coordinador de Nómina para su revisión, debiendo capturar altas por sustitución, previamente revisadas por la Dirección de Recursos Humanos, en ningún caso recibirá movimientos directamente de las dependencias.
19.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Verifica que los movimientos de alta por sustitución incluidos en el reporte coincidan con los datos de cada empleado y en caso de existir un error se aclara con el encargado de captura.
20.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Elabora el expediente para cada uno de los empleados de nuevo ingreso con la documentación enunciada en el punto número 1 de las presentes políticas.
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3-A DIAGRAMA DE FLUJO DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL (ALTAS POR SUSTITUCIÓN)
ENLACE DE REL. LABORALES Recibe el resultado del examen médico y en caso aprobatorio avisa a la dependencia en cuestión para la firma del contrato.
ENLACE DE REL. LABORALES
Verifica que este anexada al formato de MOPER toda la documentación del candidato en copia que sustituirá la plaza vacante.
ENLACE DE REL. LABORALES Solicita las firmas de autorización del Director de Recursos Humanos y del Presidente Municipal en el formato de MOPER.
ENLACE DE RELACIONES LABORALES Elabora la relación de altas por sustitución con los datos correspondientes del candidato de nuevo ingreso.
COORDINADOR DE R. H. Solicita en el reporte de altas por sustitución, la firma de autorización y sello del titular de la Secretaría en cuestión.
ENLACE DE REL. LABORALES Asigna el número de nómina al candidato de nuevo ingreso, cuando la documentación esté completa.
ENCARGADO DE CAPTURA Captura quincenalmente la relación de altas por sustitución y lo imprime en original y copia enviándolo al Coordinador de R.H.
COORDINADOR DE R.H. Solicita las firmas del Director de Recursos Humanos y del Secretario Administrativo, en la relación de altas por sustitución.
ENCARGADO DE CAPTURA Elabora un reporte previo nominal de lo capturado en el sistema el cual envía al Coordinador de Nómina para su revisión
ENLACE DE REL. LABORALES Envía las originales de la relación de altas por sustitución firmadas y el MOPER al encargado del proceso y captura de nómina y archiva copia.
COORDINADOR DE NOMINA Verifica los movimientos de alta por sustitución en el reporte previo nominal y en caso de existir error lo aclara con el encargado de captura
ENLACE DE REL. LABORALES Elabora Expediente de cada uno de los empleados de nuevo ingreso con la documentación correspondiente.
ENLACE DE RELACIONES LABORALES Recibe el formato de movimiento de personal (MOPER), por parte de la dependencia correspondiente para el alta de un candidato que sustituirá una plaza vacante, debiendo dejar en blanco el apartado fecha efectiva.
DIRECTOR DE LA CLÍNICA MUNICIPAL Una vez llevado a cabo el trámite de los exámenes médicos ante la dirección de servicios médicos, se envía a la Dirección de Recursos Humanos.
ENLACE DE REL. LABORALES Elabora en original y copia la orden para examen medico de admisión. Entrega original al candidato y la copia la envía a servicios médicos.
ENLACE DE REL. LABORALES Recibe y revisa el llenado del formato los datos correspondientes y la firma del Presidente Municipal y del responsable.
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4.- PROCEDIMIENTO DE BAJAS DE PERSONAL 1.- El RESPONSABLE ADMINISTRATIVO.- Envía el formato de Movimiento de Personal (MOPER de
baja) a la Coordinación de Recursos Humanos y anexa el documento que soporte la baja (Carta de Renuncia, Licencia, Acta Administrativa, entre otros), debidamente firmada por el Jefe inmediato del Empleado, Coordinador Administrativo y Secretario del Área, al cual le sellan de recibido y le hacen entrega de una copia provisional.
2.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Registra en el diario de correspondencia los datos del
formato de Movimiento de Personal (MOPER de baja), revisa que la documentación del formato MOPER de baja se encuentre completa y correcta.
3.- Solicita firmas de autorización del Director de Recursos Humanos y del Presidente Municipal en el
formato de MOPER de baja y lo envía al Coordinador de Nóminas para confirmar su proceso. 4.- EL COORDINADOR DE NÓMINA.- Elabora quincenalmente una relación de bajas en original y copia
con los siguientes datos: Número de quincena, Número de Nómina, Nombre, Puesto, centro de costo (Unidad Administrativa), Sueldo Mensual y Motivo y lo turna al Encargado de Captura.
5.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Solicita las firmas de autorización del Director de
Recursos Humanos y Secretario de Administración en la Relación de bajas. 6.- EL COORDINADOR DE NÓMINA.- Envía originales de la Relación de Bajas y de los MOPER de baja
al Encargado de Captura para el trámite de Bajas en el sistema de Nómina, posteriormente archiva copia de lo entregado debidamente firmado y sellado de recibido por esa Dirección.
7.- ENCARGADO DE CAPTURA.- Elabora un Reporte previo Nominal de todo lo capturado en el sistema
el cual envía al Coordinador de Nómina para su revisión. 8.- EL COORDINADOR DE NÓMINA.- Verifica que los movimientos de Baja capturados en el sistema
coincidan contra los MOPER de baja, para corroborar los datos del Empleado y en caso de existir un error se aclara vía telefónica con el encargado de captura.
9.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Anexa en el expediente del Empleado el MOPER
de baja, además del documento soporte (Carta de Renuncia, Licencia, Acta administrativa, entre otros).
10.- Archiva copia simple del formato de Movimiento de Personal (MOPER de baja) en un fólder de
Movimiento de Nómina correspondiente a esa quincena para futuras consultas y/o aclaraciones.
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
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11.- Elabora un listado de los Movimientos de Baja del personal de Nóminas ordinaria, Eventual y por
contrato temporal, realizados en el transcurso de la quincena y los envía a la Enlace de Relaciones Laborales.
12.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Recibe el Listado de Bajas y procede a capturarlo para
su verificación y programación del período de goce del Servicio Médico.
“En caso de que el trabajador de Nómina Ordinaria o Eventual ya no preste sus servicios a alguna de las Dependencias, tendrá un período de un mes como máximo a partir de la fecha de baja para el goce de la prestación de Servicios Médicos, así mismo sus Beneficiarios. En caso de que el Trabajador sea por Contrato Temporal, su servicio Médico vencerá en la fecha que éste cause baja.”
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
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4-A DIAGRAMA DE FLUJO DE BAJAS DE PERSONAL
RESPONSABLE ADMINISTRATIVO Envía el MOPER de baja a la Coord. de R.H. y anexa el documento soporte de baja firmado
COORD. DE RECURSOS HUMANOS,
Revisa que la documentación de MOPER de baja se encuentre completa y correcta
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.
Registra en el diario de correspondencia los datos de formato de MOPER de baja y lo turna al jefe de Nómina
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS. Solicita las firmas de autorización del director de R.H. y del Presidente Municipal el MOPER de baja
COORD. DE NÓMINA
Elabora quincenalmente una relación de bajas en original y copia y lo turna al Presidente Municipal.
COORDINADOR DE R.H. Solicita las firmas de autorización del Director de R.H y del Secretario Administrativo en la relación de bajas
COORDINADOR DE NOMINA
Envía originales de la relación de bajas y de los MOPER al encargado de procesos y captura de nómina
ENCARGADO DE CAPTURA Elabora un reporte previo nominal de todo lo capturado en el sistema el cual envía al Jefe de Nómina para su revisión
COORDINADOR DE NOMINA Verifica que los movimientos de baja capturados en el sistema coincidan con los MOPER de baja al existir error lo aclara con el Encargado de captura
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS
Anexa en el expediente del empleado el MOPER de baja además del documento soporte
ENLACE DE RELACIONES LABORALES
Recibe el listado de bajas para su verificación y revisión del periodo de goce de servicio medico
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS Elabora un listado de movimiento de baja del personal de nómina ordinaria, eventual y temporal
COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS Archiva copia del MOPER de baja en un fólder de movimiento de nomina correspondiente a esa quincena
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
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5.- PROCEDIMIENTO DE LIQUIDACIONES 1.- Cuando se genere una baja el COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Recibe de la
dependencia el MOPER de Baja e inicia la elaboración del Recibo de las partes proporcionales que le corresponden al Empleado en cuestión.
2.- Verifica en el expediente del trabajador la antigüedad del mismo, a fin de calcular las partes
proporcionales de Aguinaldo y Prima Vacacional que le corresponden, así como también los Adeudos pendientes de liquidar.
El coordinador de Recursos Humanos deberá descontar de la antigüedad del Empleado en cuestión, los
días que éste no haya laborado por conceptos de licencias, suspensiones, bajas temporales, etc.
3.- Verifica con el encargado de captura o con el Responsable Administrativo de la Dependencia a la que
estaba adscrito el trabajador lo relativo a las vacaciones no disfrutadas por el dicho Empleado. 4.- Realiza el cálculo de las partes proporcionales que le corresponden al Empleado, descontando el
impuesto si correspondiere y procede a imprimir un Recibo donde se desglosan los montos por cada concepto (aguinaldo, prima vacacional, adeudos); así como el importe total a liquidar.
5.- Procede a llenar el formato de Renuncia y muestra al Empleado el Recibo de las partes proporcionales. 6.- Solicita al Empleado su firma de conformidad y su huella digital en la Renuncia y en el Recibo de las
partes proporcionales. 7.- Elabora la Orden de Pago por concepto de Liquidación, anexa la Renuncia y en el Recibo de las partes
proporcionales y los entrega al Director de Recursos Humanos.
En caso de que el Empleado no firme la renuncia y/o el Recibo de las partes proporcionales, NO se deberá elaborar ni dar trámite a la orden de Pago correspondiente.
8.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Verifica en coordinación con el Director la
documentación recibida y en caso de estar correcta solicita la firma del Director en la Orden de Pago en el Recibo de las partes proporcionales, (donde se especifica el monto total a liquidar).
9.- Envía al Secretario de Administración la Orden de Pago junto con la Renuncia y el Recibo de las partes proporcionales.
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10.- EL SECRETARIO DE ADMINISTRACION.- Verifica la documentación recibida y en caso de estar
correcta procede a firmar de autorizado la Orden de Pago correspondiente. 11.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Elabora una Relación de los Empleados a los que
se les va a liquidar y entrega una copia de la misma al Coordinador de Nómina a fin de que verifique si el Empleado cuenta con algún saldo pendiente de liquidar el Fondo de la Caja de Ahorro de los Empleados Municipales.
12.- Obtiene copia fotostática de la Relación, la Renuncia y el Recibo de las partes proporcionales y acude
a la Dirección de Egresos a entregar la documentación original anexa a la Orden de Pago correspondiente.
NOTA.- La Dirección de Egresos solamente recibirá documentación los días Lunes y Miércoles en
horario de 8:00 a 16:00 horas. 13.- Recaba sello y firma de recibido en las copias de la documentación entregada y la archiva
temporalmente para consultas y/o aclaraciones posteriores. 14.- LA DIRECCIÓN DE EGRESOS.- Verifica que la documentación de cada Empleado esté correcta y
procede a realizar la aplicación contable correspondiente.
Entrega a la Dirección de Recursos Humanos la 1ª. Copia (amarilla) y 2ª. Copia (verde) de la Orden de Pago, y mantiene la Original, 3ª. (azul) y 4ª. (rosa) copias de la Orden de Pago junto con los originales de la Renuncia y el Recibo de las Partes proporcionales debidamente firmadas por el empleado, para la elaboración y autorización del cheque de pago.
15.- Cuando se presenta el empleado a cobrar su liquidación el COORDINADOR DE NÓMINAS.- Solicita la firma de recibido del Empleado en la Póliza de Cheque y posteriormente le entrega el cheque y su identificación.
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5-A DIAGRAMA DE FLUJO DE LIQUIDACIONES
COORDINADOR DE R.H. Verifica en coordinación con el Director la documentación y en caso de estar correcta solicita la firma del mismo en el recibo y orden de pago
ENLACE DE REL LAB Solicita al empleado su firma y huella digital en la renuncia y en el recibo y elabora la orden de pago por concepto de liquidación
ENLACE DE REL LAB Llena el formato de renuncia y muestra al empleado el recibo de las partes proporcionales
COORDINADOR DE R.H. Recibe de la dependencia el MOPER de baja y solicita a la Jefatura de Relaciones Laborales y Servicios Médicos la elaboración del recibo de las partes proporcionales
COORDINADOR DE R.H. Verifica en el expediente la antigüedad del trabajador a fin de calcular las partes proporcionales de aguinaldo, prima vacacional y adeudos
ENLACE DE REL. LAB Verifica con el Coordinador de Nómina asistencias o con el responsable administrativo de la dependencia lo relativo a vacaciones no disfrutadas
ENLACE DE REL LAB. Realiza el cálculo de las partes proporcionales desconectando el impuesto en caso de proceder e imprime un recibo
SECRETARIO DE ADMINISTRACION Verifica en coordinación con el Director la documentación y en caso de estar correcta firma la orden de pago correspondiente
DIRECCIÓN EGRESOS Verifica la documentación, realiza la documentación contable y entrega a la Dirección de R.H la primera y segunda copia de la orden de pago
COORDINADOR DE R.H. Elabora una relación de empleados a liquidar entregando una copia de la misma al coordinador general de selección de personal
DIRECCIÓN EGRESOS Solicita la firma de recibido del empleado en la póliza de cheque y posteriormente le entrega el cheque y su identificación
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6.- PROCEDIMIENTO DE REINSTALACIÓN DE PERSONAL 1.- PRESIDENTE MUNICIPAL, TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y ÁREA ADMINISTRATIVA.- Solicita la
Reinstalación (reingreso) del Empleado a la Dirección de Recursos Humanos, la cual podrá ser de acuerdo a las circunstancias, en la misma o diferente categoría y sueldo, respetando siempre la antigüedad de acuerdo a la política número 15-2.
2.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Registra en el Diario de Correspondencia los Datos del formato de Movimiento de Personal (MOPER de alta por reinstalación) y lo turna al Coordinador de nóminas).
3.- Solicita las firmas de autorización del Director de Recursos Humanos y del Presidente Municipal en el
Formato de MOPER de alta por reinstalación y lo envía al Coordinador de Nómina para confirmar su proceso.
4.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Integra este movimiento de la Relación general de altas quincenales
en original y copia con los siguientes datos: Número de Quincena, Número de Nómina, Nombre, Puesto, Centro de costo (Unidad Administrativa), Sueldo Mensual y Motivo y lo turna al Coordinador de Recursos Humanos.
5.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Solicita las firmas de autorización en el MOPER por reinstalación al Director de Recursos Humanos y Presidente Municipal en la relación general de altas.
6.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Envía originales de los MOPER de alta por reinstalación al Encargado
de Captura para el Trámite de Altas en el sistema de Nómina, posteriormente archiva copia de lo entregado debidamente firmado y sellado de recibido por esa Dirección.
7.- ENCARGADO DE CAPTURA.- Elabora un Reporte previo Nominal de todo lo capturado en el sistema
el cual envía al Coordinador de Nómina para su revisión. 8.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Verifica que los Movimientos de alta por reinstalación capturados en el
sistema coincidan contra el MOPER respectivo, para corroborar los datos del empleado y en caso de existir un error se aclara vía telefónica con el Encargado de Captura.
9.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Anexa en el expediente del Empleado el MOPER de
reinstalación, además del documento soporte (MOPER de baja, Resolución del Tribunal de Arbitraje, además de otra documentación de respaldo respecto a la Baja).
10.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Recibe el listado de Altas y procede a capturar las altas
y enviarlo a la clínica Municipal para el inicio del Servicio Médico.
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6-A DIAGRAMA DE FLUJO DE REINSTALACIÓN DE PERSONAL
PRESIDENTE MUNICIPAL, TRIBUNAL DE ARBITRAJE Y RESP. ADMINSITRATIVO Solicita la reinstalación del empleado a la Coord. de Recursos Humanos la cual podrá ser de acuerdo a los términos de la política 15-2
COORDINADOR DE NOMINA
Revisa que la documentación del MOPER de alta por reinstalación se encuentre completa y correcta
COORDINADOR DE R.H.
Registra en el diario de correspondencia los datos del formato de MOPER de alta por reinstalación y lo turna al Coordinador de nómina.
COORDINADOR DE NOMINA
Integra este movimiento a la relación general de altas en original y copia y lo turna al Coordinador de R.H.
COORDINADOR DE NOMINA Envía originales de los MOPERS de altas por reinstalación al encargado de proceso y captura de nómina y archiva copia debidamente firmada
ENCARGADO DE CAPTURA Elabora un reporte previo nominal de todo lo capturado en el sistema el cual envía al Jefe de Nómina para su revisión
COORDINADOR DE NOMINA
Verifica que los movimientos de alta pro reinstalación capturados en el sistema coincidan contra el MOPER de alta respectivo
COORIDNADOR DE R.H. Anexa en el expediente del empleado el MOPER del empleado de alta por reinstalación además del documento soporte
ENLACE DE REL. LAB Recibe el listado de alta y lo da de alta para su reinicio de servicio médico
COORDINADOR DE R.H. Solicita las firmas de autorización del Director de Recursos Humanos y del Presidente Municipal en el MOPER (reinstalación)
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7.- PROCEDIMIENTO DE CAMBIO DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
1.- EL RESPONSABLE ADMINISTRATIVO.- Solicita a la Dirección de Recursos Humanos, mediante el
formato de Movimientos de Personal (MOPER), el cambio de Dependencia de algún Empleado Municipal de la misma.
2.- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Analiza el expediente en el caso de una solicitud
del Empleado con el fin de conocer su perfil laboral y después lo turna para la Búsqueda o espera de una vacante que cumpla con las características del Empleado.
3.- En caso de existir una vacante el COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Trata el asunto con el
Titular de la Dependencia donde existe la vacante con el perfil adecuado para determinar una entrevista con el Empleado.
4.- EL RESPONSABLE ADMINISTRATIVO DE LA DEPENDENCIA INTERESADA.- Elabora y envía a la
Coordinación de Recursos Humanos el formato de Movimiento de Personal (MOPER de cambio), indicando si se trata únicamente de cambio de unidad Administrativa o también serán afectada la categoría o la percepción quedándose con copia debidamente sellada y firmada de recibido
5.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Registra en el Diario de Correspondencia los datos del
formato (MOPER) de cambio. 6.- Solicita las firmas de autorización del Director de Recursos Humanos y del Presidente Municipal en el
formato de Movimiento de Personal (MOPER de cambio) y lo envía al Coordinador de Nómina. 7.- Elabora quincenalmente una Relación de MOPERS de Cambio en la Nómina en original y copia
conteniendo los siguientes datos: Número de Quincena, Número de Nómina, Nombre, Cambio de Categoría, Sueldo, centro de costos), a la: (Categoría, Sueldo, Centro de costos) y lo turna al Coordinador de Recursos Humanos.
8.- Solicita las firmas en la Relación de MOPERS de Cambio del Director de Recursos Humanos y del
Presidente Municipal. 9.- EL COORDINADOR DE NÓMINA.- Envía las originales de la Relación de MOPER de Cambio, así
como los MOPER de cambio a al Encargado Captura para su proceso a través del Sistema, posteriormente archiva copia de lo entregado debidamente firmado y sellado de recibido por la Dirección correspondiente.
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10.- ENCARGADO DE CAPTURA.- Elabora un Reporte previo Nominal de lo capturado en el sistema y lo
envía al Coordinador de Nómina para su revisión y análisis. 11.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Verifica que los Movimientos de Cambios de Unidad
Administrativa capturados en el sistema coincidan contra los MOPER DE CAMBIO, para corroborar los datos del Trabajador y en caso de existir un error se aclara vía telefónica con el Encargado de Captura.
12.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Anexa en el expediente del Empleado copia del
MOPER de cambio, además de la documentación soporte.
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7-A DIAGRAMA DE FLUJO DE CAMBIO DE UNIDAD ADMINISTRATIVA
RESPONSABLE ADMINISTRATIVO
Enviar información a R.H mediante el MOPER solicitando el cambio de dependencia de algún empleado de la misma
COORDINADOR DE R.H. Espera que se tenga una vacante con el perfil adecuado para el empleado de cambio
EXISTE UNA VACANTE
NO
SI
COORINADOR DE R.H. Analiza el expediente para conocer el perfil laboral y lo turna a la Dirección de Reclutamiento
COORINADOR DE R.H. Elabora y envía al Secretario de Administración el MOPER quedándose con copia sellada y firmada
COORINADOR DE R.H. Solicita las firmas del Director de R.H. y del Presidente Municipal el MOPER
COORDINADOR DE NOMINA
Elabora quincenalmente una relación de MOPER de cambio en original y copia con los datos correspondientes
COORINADOR DE R.H. Solicita las firmas en la relación de los formatos de MOPER de cambio de Director de R.H. y del Presidente Municipal.
ENCARGADO DE CAPTURA Elabora un reporte previo nominal de lo capturado en el sistema y lo envía al Jefe de nomina para su revisión.
COORD. NOMINA Envía los originales de la relación y los MOPER de cambio al encargado de captura para los cambios en el sistema y archiva copia
COORD. DE NOMINA Verifica que los movimientos de las dependencias capturados coincidan con los MOPER de cambio al existir error lo aclara con el encargado de captura.
COORDINADOR DE R.H.
Anexa en el expediente de empleado copia del MOPER de cambio además de la documentación
COORDINADOR DE NÓMINA
Archiva copia del MOPER de cambio de la Unidad Administrativa en un fólder de movimiento de nomina
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8.- PROCEDIMIENTOS DE ALTAS DE BENEFICIARIOS EN SERVICIO MÉDICO
1.- SECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN.- Recibe de la dependencia contratante oficio de fecha
efectiva de inicio de labores del empleado municipal, la cual se entrega al Director de Recursos Humanos para su autorización.
2.- EL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS.- Recibe oficio de parte de la Secretaría y lo firma de
autorizado y lo envía al Enlace de Relaciones Laborales.
3.- EL ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Recibe la autorización de Recursos Humanos del alta
del trabajador municipal y solicita al mismo la siguiente documentación para dar de alta en el servicio médico:
a. Copia de cta de nacimiento del empleado municipal b. Copia de acta de nacimiento de esposa o concubina c. Carta de enlace municipal en el cual en caso de unión libre se compruebe mínimo 5 años
de convivencia en el domicilio del trabajador municipal d. Copia de acta de matrimonio e. Copia de acta de nacimiento de los hijos que vivan en el domicilio del empleado municipal, f. En caso de hijos incapacitados del trabajador tendrán derecho al Servicio médico g. Comprobante de estudios para los hijos menores de 20 años que vivan con el trabajador
Los requisitos antes mencionados, se desprenden del Contrato Colectivo de Trabajo vigente
en la cláusula trigésima novena previo estudio socioeconómico solicitado por la Dirección de Recursos Humanos.
4.- Realiza formato de alta en triplicado, una copia para el titular, una para la Clínica Municipal y la tercera
para archivo del Servicio Médico con los datos del trabajador Municipal y sus beneficiarios y los envía para firma de autorización con el Director de Recursos Humanos.
5.- EL DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS.- Autoriza el formato de altas del servicio médico y lo
regresa al Enlace de Relaciones laborales. 6.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Envía el formato de alta a la Clínica Municipal para su
captura en el sistema y entrega copia al empleado municipal.
7.- LA CLÍNICA MUNICIPAL.- Recibe formato de alta y captura en el sistema los datos del empleado municipal y sus beneficiarios.
Nota.- En caso de faltar papelería del empleado y sus beneficiarios se dará por vez única un pase provisional, autorizado por el Director de Recursos Humanos.
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8-A.- DIAGRAMA DE FLUJO DE ALTAS DE BENEFICIARIOS EN SERVICIO MEDICO
SECRETARIA Recibe de la dependencia contratante o Sria. de Administración oficio de fecha efectiva de inicio de labores del empleado municipal.
DIRECTOR R.H. Recibe oficio de parte de la secretaria, y lo firma de autorizado enviando al Enlace de Relaciones Laborales
ENLACE DE REL. LAB. Realiza formato de alta en triplicado, una copia para el titular, una para la Clínica Municipal y la tercera para archivo. Con los datos del trabajador y sus beneficiarios.
DIRECTOR DE R.H. Autoriza el formato de altas del servicio medico y lo regresa al Enlace de relaciones laborales.
ENLACE DE REL. LAB. Envía el formato de alta a la Clínica Municipal para que lo capturen en el sistema y le entrega copia de formato de alta a empleado municipal.
CLINICA MUNICIPAL Recibe formato de alta y captura en el sistema los datos del empleado y sus beneficiarios.
REQUISISTOS PARA ALTA EN SERVICIO MÉDICO:
• COPIA DE ACTA DE NACIMIENTO DEL EMPLEADO • COPIA DE ACTA DE NACIMIENTO DE ESPOSA O
CONCUBINA. • CARTA DE ENLACE MUNICIPAL EN CASO DE UNION
LIBRE 5 AÑOS MINIMO DE CONVIVENCIA. • COPIA DE ACTA DE MATRIMONIO. • COPIA DE ACTA DE NACIMIENTO DE LOS HIJOS. • COMPROBANTE DE ESTUDIOS PARA HIJOS MENORES
DE 20 AÑOS.
ENLACE DE REL. LAB. Recibe autorización de R.H. del alta del trabajador Municipal y solicita al mismo la documentación correspondiente.
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9.- SOLICITUD DE LICENCIA LABORAL 1.- EL RESPONSABLE ADMINISTRATIVO.- envía a la Dirección de Recursos Humanos el formato de
solicitud de licencia laboral del empleado con la firma de autorización del Secretario y Director del Área.
2- EL COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Recibe, registra y envía una copia de la
documentación correspondiente de la Licencia Laboral debidamente autorizada. 3.- EL COORDINADOR DE NÓMINA.- Recibe y analiza la documentación de la Licencia Laboral a fin de
verificar en coordinación con el Director de Recursos Humanos, si procede o no, y en que términos económicos.
2.- En caso de no proceder el descuento, se archivará la documentación de la Licencia Laboral en el
Expediente del Empleado. 3.- En caso de que proceda el descuento el ENCARGADO DE CAPTURA.- Procede a realizar
provisionalmente el descuento de los días que dejó de laborar, mediante un Reporte de faltas y sanciones, el cual es presentado al Director de Recursos Humanos dentro del mismo proceso de la Nómina quincenal.
4.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Revisa y solicita en el Reporte las firmas de
autorización del Director de Recursos Humanos y del Secretario de Administración y lo envía al Coordinador de Nómina para que proceda el descuento de los días no laborados.
5.- EN CASO DE LICENCIA SIN GOCE DE SUELDO EL RESPONSABLE ADMINISTRATIVO.- Envía a la
Dirección de Recursos Humanos el formato de Licencia Laboral autorizado por el Director o Coordinador Administrativo.
6.- LA DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS.- Recibe la documentación referente a Licencia Laboral y
envía el formato al Coordinador de Nóminas para su revisión. 7.- EL COORDINADOR DE NÓMINA.- Elabora quincenalmente una Relación de Bajas en original y copia
con los siguientes datos: Número de Quincena, Número de Nómina, Nombre, Puesto, Centro de costo (Unidad Administrativa), Sueldo Mensual y Motivo y lo turna al Subdirector Administrativo de personal.
8.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Solicita las firmas de autorización del Director de
Recursos Humanos y Secretario de Administración en la Relación de Bajas y en los MOPER de Baja.
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
MANUAL DE POLÍTICAS Y PROCEDIMIENTOS
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Fecha entra en vigor 01/06/2011 / Remplaza fecha 11/05/2010
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9.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Tramita las Bajas en el sistema de nómina, posteriormente archiva
copia de los MOPERS debidamente Firmados. 10.- ENCARGADO DE CAPTURA.- Envía a la Dirección de Egresos los Movimientos de Baja que se
hayan recibido durante la quincena a fin de obtener la firma de Visto Bueno y empezar con la captura en el sistema.
11.- ENCARGADO DE CAPTURA.- Elabora un Reporte previo Nominal de lo capturado en el sistema y lo
envía en forma quincenal al Coordinador de Nóminas para su revisión. 12.- COORDINADOR DE NÓMINA.- Verifica que los Movimientos de Baja capturados en el sistema
coincidan contra el MOPER de baja para corroborar los datos del Empleado y en caso de existir un error se aclarara vía telefónica con el encargado de captura.
13.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Anexa en el expediente del Empleado el MOPER de
baja, además del documento soporte (Solicitud de Licencia Laboral y Oficio de Licencia Laboral). 14.- Archiva en el expediente del Empleado el MOPER de baja, además del documento soporte (Solicitud
de Licencia Laboral).
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9-A DIAGRAMA DE FLUJO DE SOLICITUD DE LICENCIA LABORAL
SI NO
EN CASO DE LICENCIA SIN GOCE DE SUELDO
RESPONSABLE ADTIVO
Envía el formato de solicitud de licencia laboral con firma de autorización del Secretario y Director del area
ENCARGADO DE CAPTURA Recibe y analiza la documentación de la licencia laboral en coordinación con el Secretario Administrativo, si procede o no y los términos
COORDINADOR DE R.H.. Recibe, registra y envía la documentación de la licencia laboral autorizada al encargado de Captura
ENCARGADO DE CAPTURA Elabora reporte previo nominal de lo capturado en el sistema y lo envía al Coordinador de Nómina para su revisión
COORDINADOR DE NOMINA
Envía los originales de la relación de bajas y de los MOPER a l Encargado de captura para que los de de baja del sistema
RESPONSABLE ADTIVO
Envía a la Dirección de R.H el formato de licencia laboral anexo al MOPER de baja debidamente autorizado
SECRETARIA DE R.H.
Recibe la documentación referente a licencia laboral y envía el MOPER de bajas al Coordinador de Nóminas para su revisión
COORDINADORDE NOMINA
Elabora quincenalmente una relación de bajas en original y copia y lo turna al Coordinador de R.H.
Procede el descuento
ENCARGADO DE CAPTURA Realiza provisionalmente el descuento de los días no laborados mediante un reporte de faltas y sanciones y lo turna al jefe de nómina
ENCARGADO DE CAPTURA
Archiva la licencia laboral en el expediente del empleado
COORDINADOR DE R.H.
Revisa y solicita las firmas del Director de R.H y del Secretario Administrativo y lo envía al encargado de proceso y captura de nómina
COORDINADOR DE R.H. Solicita las firmas del Director de R.H y Secretario Administrativo en la relación de bajas y los MOPER
COORDINADORDE NOMINA
Verifica que los movimientos de baja capturados coincidan con el MOPER de baja y en caso de existir error se aclare vía telefónica con informática
COORDINADOR DE R.H. Archiva copia de MOPER de baja en fólder de movimiento de nómina de la quincena para consulta y/o aclaraciones
COORDINADOR DE R.H. Anexa en el expediente del empleado MOPER de baja, además del documento soporte
COORDINADOR DE R.H. Elabora un listado de los movimientos de baja realizados de la quincena y los envía a la Dirección de Servicios Médicos
ENLACE DE SERV LAB. Recibe listado de bajas y lo entrega al Analista de afiliación para su verificación y programación del periodo de goce
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10.- PROCEDIMIENTO DE SEGURO DE VIDA 1.- FAMILIAR.- Acude a la Dirección de Recursos Humanos a solicitar la indemnización del Seguro de
Vida por la muerte accidental del Empleado Municipal. 2.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Informa al familiar solicitante de los requisitos
indispensables que deberá entregar para el trámite de la indemnización del Seguro de vida. 3.- FAMILIAR.- Acude y entrega la siguiente documentación en copia: Último recibo de nómina, Acta de
defunción y Acta de Nacimiento de los beneficiarios o en su caso Acta de matrimonio. 4.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Verifica que la documentación entregada por el familiar
se encuentre correcta y completa para el trámite correspondiente. 5.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Analiza, la papelería entregada por el familiar a fin de
determinar si se otorgará la indemnización en cuestión. EN CASO DE NO OTORGARSE LA INDEMNIZACIÓN 6.- Da aviso al familiar de que no se le dará la indemnización del seguro de Vida.
EN CASO DE OTORGARSE LA INDEMNIZACIÓN
7.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Elabora en original y dos copias la ORDEN DE PAGO y
Recibo adicional anexando la documentación recibida y la turna al Coordinador de Recursos Humanos para su revisión.
8.- COORDINADOR DE RECURSOS HUMANOS.- Verifica y firma de autorizado el Formato de ORDEN DE PAGO, posteriormente solicita las firmas de Visto Bueno por parte del Director de Recursos Humanos y Secretario de Administración y lo entrega a la Enlace de Relaciones Laborales.
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
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9.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES.- Acude a la Dirección de Egresos a entregar la ORDEN DE
PAGO para la tramitación del cheque de la indemnización del Seguro de Vida.
“La Dirección de Egresos solamente recibirá los días Lunes y Miércoles de cada semana las ÓRDENES DE PAGO de la indemnización de los Seguros de Vida para la elaboración del cheque”.
10.- DIRECCIÓN DE EGRESOS.- Recibe y revisa la ORDEN DE PAGO, posteriormente sella de recibido y regresa al Enlace Relaciones Laborales la segunda copia que servirá para el cobro del mismo.
11.- Da aviso al Enlace de Relaciones Laborales sobre la emisión del cheque correspondiente a la ayuda
económica para que acuda el solicitante a recogerlo. 12.- ENLACE DE RELACIONES LABORALES .- Avisa y entrega al familiar la segunda copia de la
ORDEN DE PAGO debidamente sellada de recibido, notificándole el día y el horario en que podrá recoger su cheque correspondiente en la Dirección de Egresos.
10.13.- FAMILIAR.- Recibe del Enlace de Relaciones Laborales la segunda copia de la ORDEN DE
PAGO y acude a la Dirección de Egresos y entrega la misma a fin de recoger su cheque correspondiente, previa firma de la póliza y del Recibo adicional.
“Por ningún motivo la Dirección de Egresos realizará pagos a los Empleados que no presenten la segunda copia de la ORDEN DE PAGO debidamente sellada de recibido por esta Dirección o su firma en la póliza y el recibo adicional”.
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
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10-A DIAGRAMA DE FLUJO DE SEGURO DE VIDA
NO SI
FAMILIAR Acude a la Dirección d e R.H a solicitar la indemnización del Seguro de Vida por la muerte accidental del empelado.
COORDINADOR DE R.H. Informa al familiar solicitante de los requisitos que deberá entregar para el trámite de la indemnización del seguro de vida
FAMIIAR Acude y entrega la documentación necesaria
COORDINADOR DE R.H. Verifica que la documentación entregada por el familiar se encuentre correcta y completa para el trámite correspondiente
SE OTORGA LA INDEMNIZACION
COORDINADOR DE R.H. Analiza la papelería a fin de determinar si se otorgará la indemnización
COORDINADOR DE R.H. Da aviso al familiar de que no se le dará la indemnización de seguro de vida
ENLACE DE REL. LAB Labora en original y 2 copias la orden de pago y recibo adicional anexando la documentación y lo turna al coord. De Recursos Humanos para revisión
COORDINADOR DE R.H. Verifica y firma de autorizado la orden de pago y solicita las firmas de Vo.Bo del Director y del Srio Administración
ENLACE DE REL. LAB Acude a la Dirección de Egresos entregar la orden de pago para la tramitación del cheque de indemnización de seguro de vida
DIRECCIÓN DE EGRESOS Da aviso a la Enlace de Relaciones Laborales sobre la emisión del cheque de la ayuda económica para que acuda el solicitante a recogerla
DIRECCIÓN DE EGRESOS Recibe y revisa la orden de pago después sella de recibido y regresa a la jefatura de relaciones laborales y servicios médicos la segunda copia
ENLACE REL. LAB Avisa y entrega al familiar la 2da copia de la orden de pago notificándole el día y el horario en que podrá recoger el cheque
FAMILIAR Recibe de la Enlace de Relaciones Laborales la 2da copia de la orden de pago y acude a egresos para recoger su cheque firmando la póliza y recibo adicional
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
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11.- PROCEDIMIENTO DE TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN
1.- EMPLEADO MUNICIPAL.- Acude a la Coordinación de Desarrollo Organizacional a solicitar la Tarjeta
de Identificación (credencial), donde lo acredite como Empleado. Este proceso es para cambios de puesto o dependencia, ya que al ingresar al Municipio este proceso de petición lo realiza directamente el Coordinador de Recursos Humanos.
“Los Empleados al Servicio del Municipio de Santa Catarina deberán portar invariablemente su Tarjeta de Identificación durante el horario de su trabajo hasta nivel de Coordinador General”.
2.- COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL.- Informa al Empleado que los requisitos necesarios para la tramitación de una Tarjeta de Identificación los cuales serán los siguientes:
a) Datos generales del empleado Municipal (Nombre, puesto, dependencia No Nomina.) b) Copia del último talón de pago.
3.-Cita en grupo o individualmente previa calendarizacion para la toma de la fotografía digital en el departamento de Capacitación. Realiza listado de fotografías con la información completa del empleado y lo envía a Director de Recursos Humanos para su autorización y realiza oficio de petición a la Dirección de Informática para la elaboración de las tarjetas.
4.- AUXILIAR.- Remite la información del Empleado través del Sistema mediante el diseño pre-elaborado.
5.- Genera e imprime en sistema la Tarjeta del Empleado y coloca la fotografía digital. 6.- COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL.- imprimirá los gafetes elaborados con firma
digital del Presidente Municipal y Secretario del Ayuntamiento.
7.- Comunica al empleado pase a recoger su Tarjeta de Identificación.
8.- Para la elaboración de las Tarjetas de Identificación (Credenciales) en los Cambios de personal entre
Dependencias, y para el personal jubilado, pensionado, así mismo, para Eventos Especiales se llevará a cabo el mismo procedimiento, previa autorización del Jefe de Área”.
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EMPLEADO MUNICIPAL
Acude a la Coordinación de Desarrollo Organizacional a solicitar la Tarjeta de Identificación (credencial), donde lo acredite como Empleado. Este proceso es para cambios de puesto o dependencia, ya que al ingresar al Municipio este proceso de petición lo realiza directamente el Coordinador de Recursos Humanos.
COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL
Informa al Empleado que los requisitos necesarios para la tramitación de una Tarjeta de Identificación los cuales serán los siguientes:Datos generales del empleado Municipal (Nombre, puesto, dependencia No Nomina.)
a) Copia del último talón de pago.
COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL:
Cita en grupo o individualmente previa calendarizacion para la toma de la fotografía digital en el departamento de Capacitación
AUXILIAR
Genera e imprime en sistema la Tarjeta del Empleado y coloca la fotografía digital.
COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL:
Comunica al empleado pase a recoger su Tarjeta de Identificación.
AUXILIAR
Remite la información del Empleado través del Sistema mediante el diseño pre-elaborado
11A.- DIAGRAMA DE FLUJO DE TARJETAS DE IDENTIFICACIÓN
DESCRIPCIÓN DE PROCEDIMIENTOS
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12.- PROCEDIMIENTO DE SERVICIO SOCIAL
1.- DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS.-Recibe semestralmente una Convocatoria y el Formato de Registro de Programas por parte de la Universidad Autónoma de Nuevo León (U.A.N.L.), Universidad de Monterrey (UDEM) Universidad Regiomontana (UR) etc.. para las solicitudes de los prestadores de Servicio Social.
2.- Envía posteriormente la Convocatoria y Formato de Registro de Programas a la Coordinación de
Recursos Humanos. 3.- DEPENDENCIA SOLICITANTE.- Elabora un Oficio dirigido al Director de Recursos Humanos y llena el
formato de Requisición de Servicio Social, de acuerdo a las necesidades de la Dependencia. 4.- SECRETARIA.- Recibe y analiza los Formatos de Requisición de Servicio Social y procede a solicitar el
personal (estudiantes) a la Dirección General de Servicio Social de la U.A.N.L. UDEM, UR, etc. para cubrir las necesidades de las Dependencias Municipales.
5.- Envía Oficio y el Formato de Registro de Programas a la Dirección General de Servicio Social de la
U.A.N.L. UDEM, UR. Etc. especificando lo siguiente: Cantidad de Personal, Facultad o Preparatoria, Licenciatura o Técnica y Semestre que cursa.
6.- Recibe a los prestadores de Servicio Social, solicitando la Carta de presentación por parte de U.A.N.L.
UDEM, UR etc. y el formato de Registro de Programa debidamente llenado. 7.- PRESTADOR DE SERVICIO SOCIAL.- Recibe de la Dirección de Recursos Humanos de la
Presidencia Municipal la Carta de Asignación debidamente firmada de autorizado por el Director de Recursos Humanos y por el Responsable de la Dependencia donde llevará a cabo su Servicio Social.
8.- Envía mensualmente un reporte de las actividades realizadas a la Coordinación de Recursos Humanos
incluyendo lo siguiente: fecha, hora de entrada, hora de salida, labores realizadas y el total de horas, además de la firma de Visto Bueno por parte del Responsable Administrativo de la Dependencia.
9.- No serán acreditadas las horas de Servicio Social al Prestador cuando éstas no estén
autorizadas por el Responsable Administrativo de la Dependencia en cuestión
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AL CUMPLIR EL TOTAL DE HORAS DE SERVICIO SOCIAL (480 HORAS)
10.- SECRETARIA.- Elabora una Carta dirigida al Director General de Servicio Social de la U.A.N.L. UDEM, UR etc. en la que especifica que el alumno cumplió satisfactoriamente las 480 horas establecidas del Servicio Social en un período de 6 meses.
11.- El Director de Recursos Humanos firma la Carta y solicita la firma del Titular de la Dependencia
donde prestó su Servicio Social el alumno y posteriormente la envía al Director General del Servicio Social de la U.A.N.L. UDEM, UR etc.
12.- SECRETARIA.- Archiva el expediente del prestador del Servicio Social con la siguiente
documentación para cualquier consulta y/o aclaración: Oficio de terminación del Servicio Social, Carta de presentación, Reportes mensuales de Actividades y el Registro de Programa todo en copia simple.
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12-A DIAGRAMA DE FLUJO DE SERVICIO SOCIAL
DIRECCION DE RECURSOS HUMANOS Recibe semestralmente convocatoria y formato de registro de los programas de las diferentes instituciones educativas para las solicitudes de los prestadores
DEPENDENCIA SOLICITANTE
Elabora oficio dirigido al Director de R.H y llena el formato de requisición de servicio social
SECRETARIA. Recibe y analiza los formatos de requisición y procede a solicitar al personal, a la Dirección General se servicio social de la U.A.N.L.
SECRETARIA. Envía oficio y formato de registro de programas de la U.A.N.L especificando personal, facultad, preparatoria, o licenciatura
SECRETARIA Recibe a los prestadores de servicio social solicitando la carta de prestación y formato de registro de prestatarios
PRESTADOR DE SERVICIO SOCIAL Recibe de la Dirección de R.H la carta de asignación firmada por el Coordinador General de Selección de Personal
PRESTADOR DE SERV SOCIAL Envía mensualmente reporte de actividad realizada al Coordinador General de Selección de Personal
SECRETARIA. Elabora carta al Director General de Servicio Social de las diferentes instituciones educativas especificando que el alumno cumplió con las horas o el período establecido
DIRECTOR DE R.H. Firma la carta y solicita la firma del titular de la dependencia y la envía al Director General del Servicio Social de las diferentes instituciones educativas.
SECRETARIA Archiva el expediente del prestador del servicio social con la documentación correspondiente para cualquier consulta.
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13.- PROCEDIMIENTO DE UNIFORMES
1.- COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL.- Envía oficio a las dependencias administrativas para que envíen los nombres del personal que se les proporcionara uniforme.
2.- Elabora la REQUISICIÓN DE COMPRA en original y dos copias con los siguientes datos:
a) Fecha. b) Nombre de la Secretaría. c) Nombre de la Unidad Administrativa. d) Código, cantidad y descripción de los artículos solicitados (uniformes).
3.- Solicita las firmas de autorización del Director de Recursos Humanos y del Secretario de Administración en el formato de Requisición de Compra.
4.- Envía a la Dirección de Adquisiciones la REQUISICIÓN DE COMPRA y recibe por parte de ésta una copia fotostática de la misma debidamente sellada de recibido.
5.- DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES.- Recibe y revisa la REQUISICIÓN DE COMPRA sellando de recibido, además de entregar una copia fotostática de ésta al Director de Recursos Humanos.
6.- Continúa el proceso en los procedimientos de “Orden de Compra” y “Orden de Pago” del Manual de
Políticas y Procedimientos Administrativos de la Dirección de Adquisiciones vigente.
7.- Informa vía Oficio a cada una de las Dependencias el día y la hora en que se realizará la toma de las medidas para el uniforme, posteriormente entrega a cada uno de los Empleados un contra-recibo que deberá entregar al recoger dicho uniforme.
8.- COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL.- Recibe Vía telefónica de la Dirección de Adquisiciones la notificación de la entrega de los uniformes solicitados y el lugar donde podrán acudir a recogerlos (Coordinación de Desarrollo Organizacional).
9.- DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES.- Envía al Director de Recursos Humanos la 2ª Copia de la REQUISICIÓN DE COMPRA ya capturada en el sistema.
10.- DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS.- Archiva la copia fotostática de la REQUISICIÓN DE COMPRA y la 2ª copia debidamente selladas.
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11.- Envía a cada dependencia los listados del personal Sindicalizado y No Sindicalizado para el registro de cada una de las personas que acudan a recoger uniforme.
12.- Elabora Oficio dirigido a cada una de las Dependencias, notificando que la llegada de los uniformes y su envío correspondiente a cada unidad administrativa.
13.- EMPLEADOS MUNICIPALES.- Acuden a su unidad administrativa a recoger su uniforme correspondiente y entrega el contra-recibo, posteriormente, firma de recibido en el Listado elaborado y enviado por el Coordinador de Desarrollo Organizacional.
14.- En las Dependencias de Seguridad Pública, Vialidad y Protección Civil, Servicios Públicos y
Director de Mantenimiento las Coordinaciones Administrativas se encargarán de los pedidos de uniformes por el número de elementos y uniformes especiales, ésto se hará en coordinación con la Coordinación de Capacitación y Desarrollo Organizacional.
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OFICIO REQUISICION DE COMPRAS 0 Y 2
REQUISICION DE COMPRA COPIA
OFICIO
CONTRA RECIBO
COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL Envía oficio a las dependencias para que informen del personal secretarial femenino que se les entregara uniforme.
COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL Elabora la requisición de compra en original y 2 copias solicitando los uniformes del personal secretarial femenino.
COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL Solicita las firmas de autorización del Director de Recursos Humanos y Srio. Admtivo en el formato
COORDINADOR DE DESARROLLO ORGANIZACIONAL Envía a la Dirección de Adquisición es la requisición de compra y recibe por parte de esta una copia sellada
REQUISICON COMPRA 2 OFICIO
CONTRARECIBO
DIR. ADQUISIONES Envía al Director de Recursos Humanos la 2da copia de requisición de compra ya capturada en el sistema.
COORDINADOR DE DESARROLLO ORG. Recibe vía telefónica de la Dirección de Adquisiciones la notificación de la llegada de los uniformes y lugar de entrega
DIR. ADQUISICIONES Informa vía oficio a cada una de las dependencias el día y hora para medida de uniformes y entrega contra recibo
DIR ADQUISICIONES Recibe y revisa la requisición de compra sellando de recibida además de entregar una copia de la misma
REQUISICON COMPRA COPIA
DIRECTOR DE RECURSOS HUMANOS.
Archiva las copias fotostáticas de requisición de compra debidamente sellada.
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Elabora oficio a cada una de las dependencias notificando que la llegada de los uniformes y su envió correspondiente a cada unidad administrativa.
EMPLEADO MUNICIPAL Acude a su unidad Admtiva. a recoger su uniforme y entrega el contra recibo posterior-mente firma de recibido en el listado correspondiente enviado por el jefe de Desarrollo Organizacional.
REQUISICON DE COMPRA COPIA
DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS Envía a cada dependencia los listados de personal secretarial femenino, para el registro de cada una de las personas que acudan a recibir uniforme
13 A.- DIAGRAMA DE FLUJO DE UNIFORMES
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CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE
MUNICIPIO DE SANTA CATARINA NUEVO LEÓN, POR CONDUCTO DEL (SECRETARIO DE
ADMINISTRACION) DEL MUNICIPIO DE SANTA CATARINA, Y ASISTIDO POR EL (DIRECTOR DE
RECURSOS HUMANOS), DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE ADMINISTRACION DE ESTE
MUNICIPIO, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 80 DE LA LEY ORGANICA DE LA
ADMINISTRACIÓN PUBLICA MUNICIPAL, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “EL
EMPLEADOR” Y POR LA OTRA EL C. ________________________ QUE EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “EL TRABAJADOR” Y CUANDO SE HAGA UNA MANIFESTACION CONJUNTA SE
DIRAN “LAS PARTES”, QUIENES EXPRESAN QUE POR MEDIO DEL PRESENTE OCURREN A
CELEBRAR ACUERDO DE VOLUNTADES, EL CUAL SE SUJETA AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
I.- DEL EMPLEADOR
I. a.- Que se encuentra debidamente constituida como una entidad de derecho público investido de
personalidad jurídica propia, conforme a lo estipulado en el artículo 115 fracción II de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 1° y 2° de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Municipal del Estado de Nuevo León vigente, dedicada a
brindar los servicios estipulados de conformidad con el citado artículo 115 fracción III de Carta
Magna; Que para los efectos legales a que haya lugar, se señala como domicilio para oír y recibir
notificaciones en la Calle Librado García No.211, Centro de Santa Catarina, en esta ciudad.
Acreditando su personalidad ambos con el nombramiento otorgado por el C. Presidente
Municipal ante la Fe del C. Secretario del Ayuntamiento de fecha 31 de Octubre de 2009,
respectivamente.
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I. b.- Que para el cumplimiento de sus fines jurídicos, programas y con el objeto de cumplir con los
servicios públicos que presta el Municipio en sus diferentes oficinas y departamentos que
comprenden la Administración Municipal requiere contar con personal que cuente con los
conocimientos y la experiencia necesaria en la materia para dichos fines por lo que ha
determinado llevar a cabo la contratación de “EL TRABAJADOR” en virtud de que este manifiesta
cumplir con las aptitudes necesarias para la realización de dichas labores, las cuales deberá
desarrollar con toda eficiencia y responsabilidad, acatando siempre las órdenes de su jefe
inmediato, aclarando que dentro de esta ocupación principal quedan incluidas las labores
complementarias.
I. c.- Que cuenta con los recursos suficientes para cubrir el importe de los salarios de
“ELTRABAJADOR”, conforme a lo presupuestado para el ejercicio fiscal correspondiente.
II.- DEL TRABAJADOR
II. a.- Que es de nacionalidad mexicana, de ______ años de edad a la fecha, de estado civil
___________________, en pleno uso y goce de las facultades que le otorga la ley,
identificándose con _________________________________ expedida por _____________,
teniendo como Registro Federal de Contribuyentes el No. ________________, señalando su
domicilio para los efectos del presente contrato el ubicado en _________________________ del
Municipio de ______________, y que cuenta con los conocimientos y con la experiencia
necesarios para prestar el servicio requerido por EL EMPLEADOR.
II. b.- Que cuenta con la capacidad experiencia y conocimientos indispensables para el cumplimiento del
objetivo trazado por “EL EMPLEADOR” y que conoce plenamente las características y
necesidades de los servicios materia del presente contrato, así como que ha considerado todos
los factores que intervienen para desarrollar eficazmente las actividades que desempeñará en
razón de su cargo.
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II. c.- Que manifiesta, bajo protesta de decir verdad, que no desempeña ningún cargo o comisión en el
servicio público ni se encuentra inhabilitado para el desempeño de éstos, así como que a la
suscripción del presente documento no esta prestando servicios profesionales por ningún
concepto en alguna dependencia o entidad de la Administración Pública Federal, Estatal o
Municipal, así como en el Poder Judicial o Tribunal Administrativo o cuerpos policíacos federales,
estatales o municipales. Así mismo, que no es parte en algún juicio del orden civil, mercantil o
laboral en contra de alguna de las referidas instituciones públicas; y que no se encuentra en algún
otro supuesto o situación que pudiera generar conflicto de intereses para prestar los servicios
profesionales objeto del presente contrato.
II. d.- Que no padece de incapacidad física o psicológica o enfermedad contagiosa o incurable que
pudiera impedirle el desempeño de los servicios solicitados por EL EMPLEADOR.
EN CONSECUENCIA DECLARAN LAS PARTES QUE ES SU VOLUNTAD CELEBRAR EL PRESENTE CONTRATO DE TRABAJO POR TIEMPO DETERMINADO, PARA LO CUAL CONVIENEN SUJETARSE A LAS SIGUIENTES:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- EL EMPLEADOR encomienda al TRABAJADOR y éste se obliga a prestar los servicios
consistentes en __________________________________________________________; por lo que EL
EMPLEADOR otorgará a EL TRABAJADOR el cargo de ________________________________,
mismo que deberá ejercer al servicio público y apegado a lo dispuesto por la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Nuevo León, Las Leyes
Reglamentarias, la Ley de Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de
Nuevo León y demás relativas.
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SEGUNDA.- EL TRABAJADOR se obliga a aplicar su capacidad y sus conocimientos para cumplir
satisfactoriamente con el cargo que le encomiende EL EMPLEADOR, así como a responder de la
calidad de los servicios y de cualquier otra responsabilidad en la que incurra, así como de los daños y
perjuicios que por inobservancia y/o negligencia de su parte se causaren AL EMPLEADOR, así como a
desempeñar los servicios objeto de su cargo a favor de EL EMPLEADOR en forma personal con
esmero y eficiencia, por lo que será el único responsable de la ejecución de los servicios cuando no se
ajusten a los términos y condiciones de este contrato. Queda expresamente convenido que EL
TRABAJADOR acatará en el desempeño de su trabajo todas las disposiciones, órdenes, circulares y
directrices que dicte EL EMPLEADOR y todos los ordenamientos legales que sean aplicables en razón
de su cargo y/o puesto.
TERCERA.- Convienen las partes que por concepto de salario EL TRABAJADOR recibirá de parte del
EMPLEADOR la cantidad de ___________________ ($_________ 00/100 M.N.) diarios. Dicho importe
será pagado en el Departamento de Nóminas o en el señalado para ello por el EMPLEADOR en dos
exhibiciones mensuales que serán cubiertas los días 15 y último de cada mes, cuando estos caigan en
días hábiles, y en su defecto el día hábil anterior próximo a estas fechas. EL TRABAJADOR está de
acuerdo en que EL EMPLEADOR le retendrá de los pagos que reciba por concepto de salarios la
cantidad que resulte aplicable en los términos de la Ley del Impuesto Sobre la Renta.
CUARTA.- El presente contrato observará una vigencia a partir del día __________________ hasta el
día ____________________, y se puede dar por terminado en cualquier tiempo por iniciativa de
cualquiera de las partes involucradas, sin responsabilidad para el que lo de por terminado.
QUINTA.- La duración de la jornada laboral será de __________ horas diarias, durante los días
___________ a ___________, con el horario de ________ horas a ________ horas; por lo que constituye
una jornada semanaria de _______ horas, disponiendo de una hora diaria para ingerir sus alimentos que
le será computado como tiempo efectivo laborado. La duración de la jornada laboral diaria podrá variar
dependiendo de las necesidades del área de trabajo.
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SEXTA.- El trabajador está obligado a marcar su tarjeta o a firmar las listas de asistencia, a la entrada y
salida de sus labores, en el lugar para ello designado, por lo que el incumplimiento de ese requisito
indicará la falta injustificada a sus labores, para todos los efectos legales.
SÉPTIMA.- Cuando por circunstancias extraordinarias se aumente la jornada de trabajo, los servicios
prestados durante el tiempo excedente sólo se considerarán como “tiempo extra” si se pactó de
antemano y por escrito dicha situación con el EMPLEADOR, dependiendo del área de trabajo.
OCTAVA.- Convienen las partes que los días de descanso para el TRABAJADOR serán de acuerdo a la
naturaleza del área laboral y que estos será pago de salario íntegro. También disfrutará de los días de
descanso obligatorios con pago de salario íntegro, señalado en el artículo 25 de la Ley de Servicio Civil
del Estado de Nuevo León, que caigan dentro de la temporalidad de este contrato.
NOVENA.- EL TRABAJADOR está obligado a someterse a un reconocimiento médico cuando así lo
requiera EL EMPLEADOR para comprobar su estado físico y psicológico, y comprobar si es apto para el
puesto y/o cargo a desempeñar, reservándose para EL EMPLEADOR su derecho a rescindir sin
responsabilidad para este el presente contrato en virtud de los resultados que se obtuviesen.
DÉCIMA.- EL TRABAJADOR no podrá con motivo de la prestación de servicios que realice al
EMPLEADOR asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga
relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo. Así mismo EL
TRABAJADOR se obliga a no divulgar a terceras personas ya sea por medio de publicaciones, informes
o cualquier otro medio gráfico o electrónico los datos e información que con motivo de la prestación de
los servicios objeto de este contrato y en razón de su cargo tenga acceso sin las debidas formalidades
que para estos efectos la Ley señala. Lo anterior con fundamento en el Artículo 50 de la Ley de
Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León. Situación que será
causa irrestricta de rescisión del presente documento sin responsabilidad para EL EMPLEADOR.
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DÉCIMO PRIMERA.- EL TRABAJADOR será capacitado o adiestrado conforme a los planes o
programas establecidos, o que se establezcan para el buen desempeño de su labor, por lo que éste se
compromete a estar presente e involucrarse de manera activa y sin excusas en los eventos que para tal
efecto se realicen.
DÉCIMO SEGUNDA.- EL TRABAJADOR comunicará a EL EMPLEADOR cualquier hecho o
circunstancia que por virtud de los servicios prestados pudieran beneficiar o evitar perjuicio al
EMPLEADOR, de conformidad con lo estipulado en el Artículo 50 de la Ley de Responsabilidad de los
Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León.
DÉCIMO TERCERA.- Además de lo ya señalado, EL EMPLEADOR, sin incurrir en responsabilidad para
él, podrá rescindir el presente contrato sin necesidad de juicio o proceso administrativo por cualquiera
de las siguientes causas imputables AL TRABAJADOR :
a) Por prestar los servicios propios de su cargo deficientemente, de manera inoportuna o por no
apegarse a lo estipulado en el presente contrato;
b) Por no observar la discreción debida a la información a la que tenga acceso, como
consecuencia del cargo y prestación de servicios que desempeñe;
c) Por suspender injustificadamente la prestación de sus servicios o el ejercicio de su cargo por
mas de tres días consecutivos;
d) Por impedir el desempeño normal de las labores de EL EMPLEADOR durante el ejercicio de su
cargo y la prestación de sus servicios;
e) Por dirigirse de manera inapropiada o con falta de respeto y por incurrir en agravios, violencia o
vejaciones hacia su superior, subordinados o compañeros de trabajo durante la jornada de
labores, siempre y cuando exista queja del afectado y haya habido una amonestación previa, o
cuando el hecho sea de tal magnitud que sea imposible mantener la armonía en la relación de
trabajo;
f) Si se comprueba que la protesta a que se refieren las declaraciones II b, II c y II d se realizaron
con falsedad;
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g) Por ocasionar con dolo o mala fe daños materiales parciales y/o totales al patrimonio de EL
EMPLEADOR que le haya sido encomendado por razón de su cargo o con el cual tenga
contacto;
h) Por substraer con dolo o mala fe sin autorización previa y sin objeto lícito alguno materiales o
equipos que sean patrimonio de EL EMPLEADOR y que no esté destinando en razón de sus
labores, y
i) Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en este contrato y/o por
incurrir en alguno de los supuestos del Artículo 50 de la Ley de Responsabilidad de los
Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León.
Además de las consignadas en la Ley del Servicio Civil del Estado, la Ley de Responsabilidad de los
Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León y demás Leyes y Reglamentos aplicables.
DÉCIMO CUARTA.- EL TRABAJADOR podrá dar por concluido el presente contrato de manera
anticipada y sin responsabilidad para EL EMPLEADOR siempre que exista previo aviso por escrito con 15
días naturales de anticipación y dirigido a EL EMPLEADOR. Mientras que EL EMPLEADOR se reserva el
derecho de aceptar la terminación anticipada sin que ello implique la renuncia a deducir las acciones
legales que en su caso procedan.
DÉCIMA QUINTA.- Las partes aceptan que todo lo no previsto en el presente contrato se regirá por las
disposiciones contenidas en la Ley del Servicio Civil para el Estado de Nuevo León y la Ley de
Responsabilidad de los Servidores Públicos del Estado y Municipios de Nuevo León, así como de la
Reglamentación Municipal correspondiente, y en caso de controversia para su interpretación y
cumplimiento se someterán a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje Municipal.
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LEÍDO QUE FUE POR LAS PARTES QUE EN EL PRESENTE CONTRATO INTERVIENEN, Y
SABEDORES DE SU CONTENIDO, ALCANCE Y EFECTOS LEGALES, SE FIRMA EL MISMO AL
CALCE Y AL MARGEN EN TODAS SUS FOJAS ÚTILES EN LA CIUDAD DE SANTA CATARINA,
NUEVO LEON A LOS ____ DIAS DEL MES DE ____ DEL 200__. EN ORIGINALY COPIA.
POR “EL EMPLEADOR”
___________________________ _____________________________
SECRETARIO DE ADMINISTRACION DIRECTOR DE RECURSOSHUMANOS
POR “EL TRABAJADOR”
__________________________
C.
T E S T I G O T E S T I G O
_________________________ ____________________________
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LINEAMIENTOS QUE ESTABLECEN LAS BASES PARA LA PROMOCIÓN DE SERVIDORES PÚBLICOS
OBJETIVO: DEFINIR LAS BASES QUE CUMPLIRAN LOS SERVIDORES PÚBLICOS EN LA PROMOCIÓN DE PUESTOS. CONCEPTOS FUNCIONARIO Según el Diccionario de la Real Academia Española: m. y f. persona que desempeña un empleo público. PROMOCIÓN: Según el Diccionario de la Real Academia Española: f. elevación o mejora de las condiciones de vida, de productividad, intelectuales, etc. SERVIDOR PÚBLICO: La Constitución Política, en tema de los servidores públicos preceptúa: ARTICULO 123.- Son servidores públicos los miembros de las corporaciones Públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios. Los servidores públicos están al servicio del Estado y de la comunidad; ejercerán sus funciones en la forma prevista por la Constitución, la ley y el Reglamento...
CONSIDERANDO El objetivo principal del Estado es el logro del bien común, el bienestar social, su eficiencia del mismo se medirá en relación de que todas las acciones que se realicen estén enfocadas a garantizar este fin. La Administración Pública es el medio y la estructura de que dispone el Estado y los municipios para garantizar el cumplimiento de sus objetivos. Esto es a las personas que integran y conforman dicha armazón Institucional, llámeseles Servidores Públicos, Colaboradores, Administradores o Funcionarios Públicos, deben ser personas dignas, respetadas y honestas. Repercute de manera sustantiva la imagen y desempeño de la Administración Pública, es decir de los servidores públicos, lo que hace necesario motivar el desempeño de los mismos. Los presentes lineamientos se crean con el objetivo de fomentar el desempeño del personal de la actual Administración Municipal de la Ciudad. De Santa Catarina, para generar un sistema que permita el desarrollo del capital humano y que logre: La completa identificación de este con la Administración y la mejora continúa en su trabajo, para ofrecer un Servicio de calidad hacia la comunidad.
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Por consiguiente, se debe proporcionar al personal las herramientas necesarias mediante la capacitación permanente que logre preparar al personal, para que a través de una mejora continua consiga incorporarse a funciones administrativas u operativas de mayor responsabilidad, obteniendo con esto una mayor remuneración económica. Ante esta perspectiva se de promoción de servidores públicos para analizar por parte del área de recursos humanos al personal mas destacado e incentivarlo y proyectarlo a áreas con mayor grado de responsabilidad y mayor remuneración económica 1.- La Dirección de Recursos Humanos deberá tener en el archivo de cada servidor público los
comprobantes que como requisitos mínimos se les solicitó al ingresar a laborar en Municipio. 2.- Cada servidor público proveerá a la Dirección de Recursos Humanos los comprobantes que
ameriten algún estudio posterior a su contratación, esto con el fin de que su expediente se encuentre actualizado.
3.- Cuando alguna dependencia muestre alguna vacante se apoyará en los datos que se localizan en el expediente de las posibles opciones de servidores públicos.
4.- El encargado de evaluar las posibles opciones deberá de considerar lo siguiente:
a) Valor ético: son permanentes, su validez no depende de circunstancias cambiantes. b) Responsabilidad: vigilarán por la estricta aplicación de las leyes y normas en vigencia en todas
sus actuaciones, en base a su buen criterio, cuando deban tomar decisiones o acciones que no se hallan claramente normadas, obrarán buscando promover aquello que es correcto para todas las partes y que de forma natural y lógica promueve el bien común.
c) Transparencia: Emplearán la información disponible únicamente con el fin específico para el cual
fue desarrollada u obtenida. Bajo ninguna circunstancia podrán dar a documentos, informes, cartas u otra información de tipo oral o escrita un destino diferente al establecido por la entidad. Aceptarán su responsabilidad para que toda la información que deba ser de conocimiento público, se comunique oportunamente por los medios establecidos. En ningún caso retendrán u ocultarán información que por derecho debe ser conocida por las partes que tengan legítimo interés es ésta.
d) Integridad: Asumirán el compromiso de mantener una actuación en la vida pública que garantice
en todo momento su total independencia de criterio. Reconocerán su obligación de evitar situaciones o relaciones, sean personales o sociales, que puedan implicar un riesgo de colaboración en actos inmorales o afecten la independencia que requieren para el desarrollo de su trabajo. En su calidad de servidores públicos, promoverán en todo momento entre sus pares y los Ciudadanos, la aplicación de las más altas normas de conducta ética en todos los procesos a los cuales concurran y de los cuales formen parte.
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e) Justicia: Velarán por la aplicación imparcial de las disposiciones normativas en contratación de
bienes y servicios, evitando beneficiar directa o indirectamente a terceros por medio de su interpretación. Velarán por los legítimos intereses del Municipio y todas las partes interesadas en cada proceso de contratación.
f) Verdad: Reconocerán que es necesario realizar todos los esfuerzos que sean requeridos con la
finalidad de comunicar y transmitir información fidedigna, en forma oportuna, a toda persona que tenga el derecho de conocer la misma. Responsables de verificar que sus interlocutores entiendan lo que quieren decir en su real sentido evitando esconderse en el sentido literal de las palabras. Responsables por la información obtenida en el desarrollo de sus funciones, cuidando que la misma no llegue a personas no autorizadas y protegiendo la información confidencial y evitar que sus conocimientos o los datos en su poder puedan beneficiar de forma directa o indirecta a terceros.
g) Respeto: Tienen la obligación de dar un trato equitativo e igualitario a todas las personas con las
que se relacionan en el cumplimiento de su trabajo, sin ejercer discriminación alguna por razones de raza, sexo, religión, origen social u opinión política. Velarán porque el trato brindado por ellos y sus subordinados a las personas, sea respetuoso y promueva la igualdad de su condición. Respetarán el derecho a la libertad de opinión que tienen todas las personas en su entidad. Se comprometerán a evitar cualquier forma de acoso en el ejercicio de sus funciones. Aceptarán, escucharán y tomarán en cuenta aquellas opiniones que se hallan en contra de lo que consideren como correcto.
Otros conceptos que son considerados para la aplicación de evaluación de alguna vacante en la administración municipal: * Asistencia: Que en su tiempo laborado no cuente con constantes incidencias o faltas injustificadas. * Iniciativa * Buen desempeño laboral. * Calidad en el desempeño laboral * Disponibilidad * Trabajo en equipo * Respaldo de capacitaciones realizadas a la fecha. * Participación en programas de la administración.
Pasos de la Selección 1.- La Dirección que tenga una vacante asistirá a la Dirección de Recursos Humanos con la finalidad de
que esta dependencia le proporcione los expedientes de los posibles ocupantes. 2.- La dependencia que solicitó los expedientes analiza si los servidores públicos propuestos reúnen el
perfil solicitado. 3.- Se selecciona para competir cuando menos 3 opciones de aspirantes o más dependiendo la
situación.
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4.- La dirección interesada procederá a entrevistar a los aspirantes y a aplicar los exámenes que
consideren necesarios. 5.- De los resultados de cada candidato se analizara la mejor opción en base a los resultados de
exámenes, del estudio de su personalidad, ya que no solo se considerará el resultado de la prueba, por que en el desempeño de sus funciones intervienen valores, actitudes, solución de conflictos, todo lo que implica el perfil del puesto.
5.- Cuando la dependencia analiza y decide cual candidato reunió el perfil y los conocimientos se procederá a informar al candidato que resultó elegido y se presentará a los compañeros.
6.- Los resultados que se obtuvieron de los candidatos no elegidos se dejaran como base para posibles vacantes.
Todo lo anterior se realiza bajo la supervisión de la Dirección de Recursos Humanos, quien en cualquier momento puede intervenir en ofrecer su opinión respecto a situaciones. Por lo consiguiente el Servidor Público, el cumplimiento de dichas actividades debe ser por su propia conveniencia y por respeto al deber así como a las funciones encomendadas, pasando por alto que las funciones que desempeñan deben estar orientadas al logro de la satisfacción del ciudadano, ya que éste es quien paga nuestro sueldo a través de sus contribuciones. Resulta conveniente establecer las bases para que la selección de los aspirantes a ocupar puestos se lleve a cabo de manera transparente y se definan los mecanismos que permitan su profesionalización, a través de la capacitación adecuada para el cumplimiento de sus atribuciones y la permanente evaluación de su desempeño, por lo que se redactan los siguientes conceptos referentes a descripción de puesto, perfil y conocimientos, las aptitudes y experiencia necesarios para el desempeño de un puesto, los conocimientos básicos implican deberes específicos y delimita jerarquías, competencias y capacidades para su desempeño.
PUESTO PERFIL CONOCIMIENTOS BÁSICOS 1 Contralor Interno Municipal Planeación, Programación,
Organización, Coordinación del sistema de control, discernimiento, análisis, evaluación,
Estudios Profesionales en las Áreas Contables, económicos y administrativas. Amplia experiencia en la planeación supervisión de auditorias, organización de personal, conocimiento de leyes y procesos.
2 Coordinador Administrativo Planeador y organizado, honesto, profesionalismo, responsable y liderazgo.
Trabajo en equipo, administrador de presupuestos, planeador de proyectos, supervisor de personal.
3 Coordinador Administrativo. y Recursos Federales
Buen administrador, visión, con criterio propio, honesto.
Conocimientos administrativos, conocimientos básicos de leyes, iniciativa de grupo.
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PUESTO PERFIL CONOCIMIENTOS BÁSICOS 4 Coordinador de Adquisiciones Participativo, Con criterio propio,
planificador, con objetivos. Conocimientos de procesos de compras, conciliador, estudio de controles internos.
5 Coordinador de Archivo Histórico Organizado, presentable, con facilidad de palabra, con objetivos.
Conocimientos de controles y estructuras de archivo.
6 Coordinador de Auditoria de Obra Pública Supervisor, honrado, responsable, cooperativo.
Conocimientos administrativos, de construcción, controles internos y de archivo.
7 Coordinador de Auditorias Responsable, organizado, manejo de grupo, liderazgo.
Conocimientos básicos administrativos, contables, fiscales.
8 Coordinador de Auditorias Administrativas Honrado, con objetivos, leal, organizado.
Conocimientos básicos administrativos, contables, fiscales.
9 Coordinador de Licitaciones Organizado, liderazgo, trabajo a presión, visión estratégica.
Conocimientos de reglamentos y leyes.
10 Coordinador de Mesa de Hacienda Organizado, participativo, con criterio propio.
Conocimientos de procesos y cobros municipales.
11 Coordinador de Nominas Responsable, sentido de vigencia, visión estratégica, leal.
Conocimientos administrativos y de impuestos.
12 Coordinador de Obra Pública Buen supervisor, con objetivos, control de ejecución de trabajos.
Conocimientos básicos de métodos de construcción y proyectos.
13 Coordinador de Obras Por Cooperación Responsable, organizado, con facilidad de palabra, con visión estratégica.
Conocimientos administrativos.
14 Coordinador de Oficina de Cartillas Organizado, manejo de grupo, criterio propio, buena comunicación.
Trabajo de grupo y sentido de organización.
15 Coordinador de Oficina de Pasaportes Liderazgo, persuasivo, hacer frente a las presiones de grupo.
Trabajo de grupo y sentido de organización.
16 Coordinador de Operaciones del CIAC Presentable, facilidad de palabra, visón estratégica, manejo de grupo.
Conocimientos de procesos y controles de las dependencias del municipio.
17 Coordinador de Recaudación Inmobiliaria. Organizado, manejo de grupo, habilidad para negociar.
Habilidades y conocimientos que requieren para el adecuado desempeño de sus funciones,
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PUESTO PERFIL CONOCIMIENTOS BÁSICOS 18 Coordinador de Recursos Humanos Responsable, liderazgo, sentido
de organización, buena comunicación.
Conocimientos básicos administrativos y de organización.
19 Coordinador de Respaldo Social Empata, hacer frente a las presiones de grupo, resuelve problemas según criterio propio e importancia, sensibilidad.
Conocimientos de procesos y alcances de las dependencias municipales.
20 Coordinador de talleres
Organizado, con iniciativa, manejo de grupo.
Conocimientos básicos de métodos de su área.
21 Coordinador de Turismo, Industria Y Com.
Responsabilidad, facilidad de palabra, presentable y control de grupo.
Conocimientos de áreas de esparcimiento del municipio. Conocimiento de áreas a explotar.
22 Coordinador de USEPAVI Organizado, con criterio propio, justo, asertividad.
Conocimiento de leyes, derechos humanos y procesos legales.
23 Coordinador de Uso de Suelos Responsable. Objetivo, leal., organizado.
Habilidades y conocimientos que requieren para el adecuado desempeño de sus funciones,
24 Coordinador del CEAS Organizado, manejo de grupo, hace frente a presiones individuales o de grupo.
Conocimientos de requisitos de los ciudadanos y trámites en desarrollo urbano.
25 Coordinador del CRI Empatia, manejos de grupo, sensible, orientación a resultados.
Conocimiento de rehabilitación.
26 Coordinador del PAC Responsable, liderazgo, visión estratégica, buena comunicación.
Habilidades y conocimientos que requieren para el adecuado desempeño de sus funciones,
27 Coordinador General Sentido de organización, administrativo, orientación a resultados.
Conocimientos de controles eficientes sobre el proceso administrativo.
28 Coordinador General de Limpia Responsable, organizado, manejo de grupo.
Control de procesos internos.
29 Coordinador General de Escoltas Leal, responsable, organizado, trabajo bajo presión, presentable.
Conocimientos de defensa personal y armería.
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PUESTO PERFIL CONOCIMIENTOS BÁSICOS 30 Coordinador General de Ornato Responsable, liderazgo,
planificador, organizado. Habilidades y conocimientos de plantas, procesos que se requieren para el adecuado desempeño de sus funciones,
31 Coordinador General de Parques Funerales.
Organizado, con visión estratégica, manejo de grupo.
Conocimientos de procesos y requisitos de exhumación, inhumación, etc.
32 Coordinador General de Mantenimiento Municipal
Liderazgo, sentido de organización, buena comunicación.
Conocimiento de reparación, mantenimiento, procesos y controles.
33 Coordinador Jurídico Facilidad de palabra, habilidad para negociar, orientación a resultados.
Conocimiento de procesos legales y leyes.
34 Coordinador Medico Responsable, asertivo, Toma de decisión, honesto, criterio propio, empatia.
Conocimientos médicos y administrativos.
35 Coordinador Operativo Manejo de grupo, facilidad de palabra, sentido de organización.
Habilidades y conocimientos que requieren para el adecuado desempeño de sus funciones,
36 Coordinador Operativo de Alcoholes Liderazgo, trabajo bajo presión, persuasivo, buena comunicación.
Conocimiento de requisitos y procesos referente al área.
37 Coordinador Presupuestal Y Fiscal Responsable, organizado, orientación a resultados.
Conocimientos administrativos y fiscales.
38 Coordinador Relaciones Internacionales Facilidad de palabra, manejo de grupo, persuasivo, planificador.
Conocimientos de relaciones públicas.
39 Coordinador Técnico Estructura orgánica, trabajo en equipo, organizado.
Habilidades y conocimientos que requieren para el adecuado desempeño de sus funciones,
40 Dirección de Alcoholes Responsable, honesto, organizado, planificador.
Conocimientos de procesos y requisitos referentes a su área.
41 Dirección de Línea Directa Visión estratégica, manejo de grupo, facilidad de palabra, orientación a resultados, persuasivo.
Conocimiento de requisitos y procesos administrativos de las dependencias del municipio.
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42 Director Planeación, organización, estructura, administrativo.
Conocimientos de procesos y requisitos referentes a su área.
43 Director Administrativo Manejo de grupo, responsable, liderazgo. Honesto.
Conocimiento de procesos y controles internos.
44 Director de Comercio y Alcoholes Responsable, liderazgo, organizado, asertivo.
Conocimientos de procesos y requisitos referentes a su área, control de grupos.
45 Director de Cultura Responsable, planificador, visión estratégica, orientación a resultados.
Conocimientos de actividades, eventos, exposiciones que agradan a la ciudadanía.
46 Director de Desarrollo Administrativo. Organizado, facilidad de palabra, persuasivo, manejo de grupo, visión estratégica.
Conocimientos de procesos y controles de las dependencias.
47 Director de Eventos Supervisor, competitivo, resolver problemas con dificultad, organizado.
Habilidades y conocimientos que requieren para el adecuado desempeño de sus funciones,
48 Director de Eventos Especiales Sentido de organización, manejo de grupo.
Conocimientos de actos o sucesos que agradan a la ciudadanía.
49 Director de Fraccionamientos Organizado, honesto, planificador. Conocimiento de procesos y requisitos de desarrollo urbano.
50 Director de Ingresos Responsable, con iniciativa, planificador, visión estratégica.
Conocimientos administrativos y fiscales.
51 Director de Limpia Organizado, manejo de grupo, responsable.
Conocimientos de procesos y requisitos del área.
52 Director de Mantenimiento Supervisor, planificador, trabajo en equipo.
Conocimientos respecto a la prestación de servicios municipales y todo tipo de mantenimiento a edificios y/o equipos de trabajo.
53 Director de Ornato y Forestación Responsable, planificador, visión estratégica, orientación a resultados.
Conocimientos básicos referente a ornato, reforestación, mantenimiento de plazas, etc.
54 Director de Participación Ciudadana Responsable, participativo, persuasivo, asertivo.
Conocimientos de procesos de participación de la comunidad con el municipio.
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55 Director de Patrimonio Organizado, responsable, resuelve problemas con facilidad, estricto en controles, manejo de grupos.
Conocimientos de adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles y sus disposiciones legales.
56 Director de Prevención Social Responsable, manejo de grupo, persuasivo, trabajo bajo presión.
Conocimientos de campañas, proyectos, programas contra el delito.
57 Director de Procedimientos Administrativos y Ejecuciones
Responsable, organizado, manejo de grupo, liderazgo.
Conocimientos de procesos y requisitos referentes a cobros de ingresos municipales...
58 Director de Programa PAC Responsable, organizado, buena comunicación, visión estratégica.
Conocimiento de procesos, trámites y controles de las dependencias del municipio.
59 Director de Protección Civil Manejo de grupo, trabajo a presión, orientación a resultados.
Conocimientos referentes a primeros auxilios, rescate y contingencias.
60 Director de Salud Municipal Liderazgo, sentido de organización, resuelve problemas según su importancia, visión estratégica.
Conocimientos médicos, administrativos y de control interno.
61 Director de Vialidad Liderazgo, manejo de grupo, sentido de organización, orientación a resultados.
Conocimientos de trafico vehicular, reglamento de transito, código mil.
62 Director Ejecutivo Oficina Alcalde Organizado, empata, visión estratégica, responsable.
Conocimientos de procesos y requisitos referentes a su área.
63 Director Fomento Económico Responsable, organizado, visión estratégica, trabajo a presión, facilidad de palabra, presentable.
Conocimiento del área del municipio económico, de esparcimiento, de empleo, todo lo que pueda implicar crecimiento de empleo y de esparcimiento.
64 Director General de Ayuntamiento Responsable, organizado, manejo de grupo.
Conocimiento de procesos y controles, conocimiento de leyes.
65 Director Jurídico Responsable, organizado, buena comunicación, visión estratégica.
Conocimiento de leyes y procesos.
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66 Secretario de Administración Responsable, organizado, manejo de grupo, visión de grupo.
Conocimientos de selección de personal, reclutamientos, de adquisiciones, procesos de compras, sistemas de informática, controles de salud, etc.
67 Secretario de Educación y Cultura Responsable, organizado, manejos de grupo, orientación a resultados.
Conocimiento de procesos y controles de educación, eventos culturales y recreativos, controles sanitarios.
68 Secretario de Finanzas y Tesorería Responsable, organizado, trabajo a presión, visión estratégica, liderazgo.
Conocimientos básicos administrativos, fiscales, en finanzas, contabilidad, presupuéstales y actuariales.
69 Secretario de Promoción Social Responsable, organizado, participativo, comunicador, visión estratégica, manejo de grupos.
Conocimientos básicos de participación social, procesos y controles de programas federales, administrativos y de control interno.
70 Secretario de Servicios Públicos Responsable, organizado, manejo de grupo, visión estratégica, orientación a resultados.
Conocimiento de los servicios de infraestructura del municipio, de mantenimiento de servicios.
71 Secretario del Ayuntamiento Responsable, organizado, manejo de grupo, orientación a resultados.
Conocimiento de disposiciones jurídicas, procesos y recursos administrativos que le competan al municipio.
72 Secretario desarrollo Urbano Y Obras Publicas
Responsable, organizado, trabajo en equipo, orientación a resultados.
Conocimientos relativos a la construcción, mantenimiento de obras publicas, permisos de urbanización, de concursó y licitaciones de obras, permisos de construcción y uso de suelo dentro del Plan Municipal de desarrollo Urbano.
73 Secretario Particular Organizado, manejo de grupo, trabajo a presión, buena comunicación, relaciones públicas, control de agenda, trabajo a presión.
Habilidades y conocimientos que se requieren para el adecuado desempeño de sus funciones,
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74 Secretario Seguridad Publica Y Vialidad Conocimientos básicos de disposiciones, normas operativas, administrativas y disciplinarias que impliquen a su personal, de programas y acciones políticas que implique el orden público y prevención de delitos.
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