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MANUAL DE OPERACIÓN DEL CFAE
Gobierno del Estado de Aguascalientes 2020
2020
MANUAL DE
OPERACION DE LA
COORDINACIÓN DE
FOMENTO AL AUTO
EMPLEO DEL
ESTADO DE
AGUASCALIENTES
COORDINACION DEL
CFAE 2020
MANUAL DE OPERACION DEL CFAE
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1 CONTENIDO
2 GLOSARIO DE TERMINOS ........................................ 2
3 GLOSARIO DE DOCUMENTOS ................................. 3
4 INTRODUCCION ....................................................... 4
5 OBJETIVO GENERAL ................................................. 4
6 OBJETIVO PARTICULAR ........................................... 5
7 ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO .................................... 5
8 SOLICITUD DE APOYO.............................................. 5
9 VISITA DE VERIFICACIÓN ......................................... 5
10 CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS ..................... 6
11 DOCUMENTOS NECESARIOS ............................... 7
12 PROYECTO DE NEGOCIO (PRONE) ....................... 7
13 INTEGRACION PRONE ......................................... 7
14 SESION CIE ........................................................... 8
15 COMPRA DE LOS BIENES ..................................... 9
16 ENTREGA EN CUSTODIA/ COMODATO ............... 9
17 LECTURA DE DOCUMENTOS DE ENTREGA. ....... 10
18 VISITAS DE SEGUIMIENTO ................................. 11
19 REGISTRO CONTABLE ........................................ 11
20 CASOS PARTICULARES ....................................... 11
21 CAUSAS DE RECUPERACION .............................. 12
22 PROCESO PARA LA RECUPERACION .................. 13
23 ACCIONES LEGALES ........................................... 14
24 REASIGNACION DE BIENES ................................ 14
25 ENTREGA DE BIENES EN PROPIEDAD ................ 14
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LIC. MARIA DEL CARMEN VILLA ZAMARRIPA, Directora General del Trabajo y del Servicio Nacional de Empleo de la Secretaria General de Gobierno del Estado de Aguascalientes, nombramiento que se acredita con el oficio número: SGG/N/081/2019, de fecha 2 de mayo de 2019, suscrito por el C.P. MARTIN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, tiene a bien emitir el Manual de Operacion del Departamento de Apoyo al Autoempleo, al tenor de los siguientes:
C O N S I D E R A N D O S
De conformidad con lo establecido en el Convenio de Coordinación, para la Operación del Programa de Apoyo al Empleo, en el marco del Servicio Nacional de Empleo, a través del Departamento de Apoyo al Autoempleo del Estado de Aguascalientes, en referencia a la Clausula Sexta inciso “B”, dentro del ultimo parrafo que a la letra cito: DESTINO DE LOS RECURSOS, Los recursos señalados en el numeral 3 de la presente cláusula, podrán aplicarse en programas que en materia de empleo u ocupación productiva lleve a cabo el “GOBIERNO DEL ESTADO” en favor de la población buscadora de empleo”
Con fundamento legal en la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos D.O.F 5-02-1917 y sus reformas, La Ley Federal del Trabajo D.O.F. 1-04-1970 y sus reformas, Ley Nacional Anticorrupcion D.O.F. 18 -07-2016, y sus reformas, Ley Federal del Procedimiento Administrativo D.O. F. 29-12-1976 y sus reformas, Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria D.O.F 30-03-2006 y sus reformas, Reglamento Interior de la Secretaria del Trabajo y Prevision Social, D.O.F. 23-08-2019, Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. D.O.F. 4-01-2000 y sus reformas, Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, D.O.F. 30-07-2014, y en particular cumplimiendo al articulo 123, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que establece que toda persona tiene derecho a un trabajo digno y socialmente útil, artículo 537 fracción I,III, VI, 538, y 539 fracción I inciso E de la Ley Federal del Trabajo, articulo 10 frac I, III, IV,XI, XIV, XV, XIX, XXI del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, artículo 40 fracción I, V, VII, XVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública federal.
Articulo 1,7, 8, 10 fracción I, Ley de presupuesto y Gasto Publico de la Ley de Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalietnes y sus municipios, articulo 7 A de la Constitución Política del Estado de Aguascalientes, se expide el presente Manual de Opercacion, como
instrumento de guía de procesos y control de la operación de este departamento. En este documento se enumeran los procesos que deberán llevarse a cabo para lograr la entrega de apoyos sea optima. Sera función de este Manual de Operación lograr una eficacia en los procesos de seguimiento, de los ciudadanos solicitantes de apoyo para lograr dar servicios de calidad a la ciudadanía, mediante análisis objetivos de habilidades, necesidades, conocimientos, etc. Al igual que buscara que el personal del Departamento de Apoyo al Autoempleo del Estado de Aguascalientes, sea un grupo competitiva que conlleve a una operatividad perfecta.
2 GLOSARIO DE TERMINOS
ASESOR. Personal operativo de la CFAE, encargado de asesorar al (los) solicitante(s) de apoyo, así como de ejecutar y dar seguimiento al Programa de Apoyo al Autoempleo del Estado de Aguascalientes.
BENEFICIARIO. Solicitante(s) de apoyo, que requieren este apoyo para iniciar su propio negocio, y que hayan sido apoyados.
COORDINACION SUPERVISION, CONTRALORÍA SOCIAL Y ASESORIA JURIDICA (CSCSAJ). Mecanismo de los beneficiarios que reciben subsidios del CFAE, para que de manera organizada verifiquen el cumpliminto de metas y la correcta aplicación del recurso asignado al CFAE.
CFAE. Coordinacion de Fomento al Autoempleo del Estado de Aguascalientes.
EXPEDIENTE. Carpeta donde se recopilan los requisitos y documentación que conforma cada uno de los proyectos de negocio.
FOLIO. Es el número consecutivo que asigna el Coordinador del Departamento del Apoyo al Auto Empleo del Estado de Aguascalientes, respetando la prelación a todas las solicitudes de apoyo del programa recibidas, con el fin de llevar un control interno.
NÚCLEO FAMILIAR. Conjunto de personas que habitan en una misma vivienda, tienen relación consanguínea o civil y comparten un ingreso, aportado por uno o más miembros del hogar, destinado a cubrir su sustento familiar.
NEGOCIO. Se le denomina así a toda actividad económica, que emprenda un beneficiario, que haya sido apoyado por parte del Departamento de Apoyo al Auto Empleo del Estado de Aguascalientes y con la aportación económica que el mismo
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proporcione. Es la actividad productiva lícita, viable y rentable, que realiza una persona o grupo de personas con el propósito de generar su propia fuente de trabajo.
REPRESENTANTE DEL NEGOCIO. Es el integrante del negocio, que se encarga de gestionar lo relativo a los trámites, operación y adecuado funcionamiento del negocio ante el Departamento de Apoyo al Autoempleo del Estado de Aguascalientes.
SA. Solicitante(s) de apoyo.
SNE. Servicio Nacional de Empleo del Estado de Aguascalientes.
VALIDADOR. Persona del Departamento de Apoyo al Autoempleo del Estado de Aguascalientes, encargado de realizar visitas a los negocios y verifica el estado que guardan los bienes, que fueron entregados a los beneficiarios.
3 GLOSARIO DE
DOCUMENTOS
ACTA DE ENTREGA EN CUSTODIA. Documento mediante el cual se formaliza la entrega de los bienes a los solicitantes de apoyo que hayan sido beneficiados por el CFAE.
ACTA DE RECUPERACION DE BIENES. Documento mediante el cual se formaliza la recuperación de los bienes y se deja constancia en caso de incumplimiento de algún compromiso u obligación por parte del (los) beneficiario(s).
ACTA DE ENTREGA DEFINITIVA DE BIENES. Instrumento mediante el cual, se formaliza el traslado de la propiedad de los bienes al beneficiario que cumplio con sus obligaciones contraídas durante el periodo de observación.
CARTA SOLICITUD DE APOYO. Documento en el cual el (los) solicitante (s) de apoyo reflejan sus casos particulares y su necesidad del apoyo, para autoemplearse.
CARTA COMPROMISO. Documento que se suscribe por una parte la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo del Estado de Aguascalientes y por otra parte el (los) beneficiarios, donde se refrendan las obligaciones contraídas y que se deberán cumplir durante el periodo de observación.
CARTA DE INICIO DE OPERACIONES. Documento que suscribe el (los) beneficiarios, mediante la cual avisa (n) su inicio de actividades de su negocio de manera oportuna.
COMUNICADO INTERNO DE RECUPERACIÓN (CIR). - Documento que informa a la Dirección General del Servicio Nacional de Empleo, que bienes han recuperados, las causas y además que se encuentran bajo resguardo y en proceso de reasignación.
COMPROBANTE DE DOMICILIO. Documento que acredita el lugar en que habita el solicitante de apoyo y donde pretende instalar su negocio(recibo de agua luz, teléfono, etc).
COMPROBANTE DE ESTUDIOS. Documento que acredite el ultimo grado escolar que curso el (los) solicitantes de apoyo.
COMPROBANTE DE ESTUDIOS SOBRE EL GIRO. Documento que pueda exhibir una institución educativa o centro capacitador donde se acredite estudios sobre el tema del que tratara el negocio, en que pretende ocuparse.
COMITÉ INTERNO DE EVALUACIÓN (CIE). Órgano colegiado encargado de revisar evaluar y dictaminar las propuestas de los negocios, así como los casos específicos durante el periodo de la observación.
COMITÉ DE COMPRAS (CC). Órgano colegiado que se encarga de revisar, evaluar y dictaminar las cotizaciones de los proveedores participantes a fin de obtener la mejor opción de compra.
COTIZACIÓN DE ORIGEN. Es aquella presentada por el (los) solicitante(s) de apoyo, ante el CFAE, la cual debe incluir las características técnicas detalladas de los bienes solicitados y montos estimados, que incluyan el IVA, y requisitos fiscales.
COTIZACIÓNES DEL PROVEEDOR. Es aquella que el proveedor presenta ante el Servicio Nacional de Empleo del Estado de Aguascalientes, en respuesta a una invitación, la cual debe incluir las características técnicas detalladas de los bienes solicitados y montos estimados más IVA, costos de traslado, armado, entre otros.
CUADRO COMPARATIVO. Documento que refleja de manera clara las condiciones de al menos tres proveedores, que cotizaron y quien es la mejor opción de compra.
FORMATO SOLICITUD DE APOYO. Documento que llena el (los) solicitante(s) de apoyo
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dentro del cual, reflejan su(s) dato(s) personales la autorización para su manejo y donde se empieza a valorar el perfil del (los) solicitante(s) de apoyo.
IDENTIFICACIÓN OFICIAL. Documento que acredita la identidad de una persona.
INVITACIÓN A PROVEEDORES. Documento en el que se le solicita cotización a al menos tres proveedores, para conseguir una mejor opción de compra.
OFICIO DE COMPRA AUTORIZADA (OCA), Documento mediante el cual inicia la compra.
PROYECTO DE NEGOCIO (PRONE). Documento que se elabora a partir de una entrevista a los Solicitante de Apoyo, que se refleja de manera sencilla y clara, algunos de los procesos que llevaran a cabo dentro del negocio, y se realiza la proyección de los movimientos financieros, para evaluar la viabilidad del mismo.
REQUISICION. Requirimiento de compra con el fin de abastecer bienes originada y aporbada por el DAEE
USO DE SUELO /LICENCIAS COMERCIALES. Permisos que emiten las autoridades competentes para que pueda funcionar el negocio, en caso de que fuera necesario. Este documento deberá ser exhibido conjuntamente con los demás requisitos ya que sin este no podrá iniciar el proceso de apoyo.
VISITA DE VERIFICACION. La realiza el personal del CFAE, mediante la que se constata la información que se contiene la solicitud de apoyo y la viabilidad de la instalación del negocio en un lugar determinado.
VISITAS DE SEGUIMIENTO. Inspeccion ocular que se realiza el CFAE, al lugar donde esta instalado el negocio con el objeto de verificar su operación y el buen uso de los bienes.
4 INTRODUCCION
El personal del CFAE atiende a los ciudadanos, con potencial para desarrollar actividades productivas por cuenta propia, y que generen o permitan la consolidación de empleos dignos y sustentables. Otra de las funciones de este manual de operacion es lograr la capacitación del personal que opera el CFAE, para que pueda llevar a cabo los procesos, que se hayan descrito en el presente manual de operacion, ya que contaran con el
conocimiento preciso de las operaciones que realizan, esto garantiza la eficiencia y eficacia operativa.
Este manual de operacion tiene un enfoque práctico, lógico y sencillo, de tal manera que permita a los usuarios internos lograr un entendimiento sobre las operaciones y de las actividades que lleva acabo el CFAE.
Dentro de esta estructura, el personal del CFAE, entrega los bienes en custodia/comodato, al (los) integrante(s) del negocio, y por un lapso de obervacion de 12 meses, les da seguimiento mediante al menos 3 visitas. Transcurrido satisfactoriamente el periodo de observación, el personal del DAEE, tendrá el periodo en que transcurre el mes 13, contado a partir de la entrega de los bienes en custodia/comodato, para definir si se realiza la entrega de bienes en propiedad o bien se procede a la recuperación, según sea el caso, esto depende de que los beneficiarios que hayan trabajado y cumplido con los compromisos y obligaciones descritas en el contrato de comodato, en el acta de entrega en custodia y la carta compromiso, que fueron debidamente firmadas por el (los) beneficiario(s).
El personal del CFAE incluye atención particular a ciudadanos vulnerables para acceder a un empleo, tales como personas con capacidades diferentes, mujeres que hayan sufrido abuso o violencia de género, adultos mayores, víctimas u ofendidos de algún delito, así como personas preliberadas, población que se encuentra en situación de pobreza o bien población que por cuestiones ajenas a ellos no les ha sido posible emplearse.
5 OBJETIVO GENERAL
El manual de operacion tiene como objetivo el describir la secuencia lógica de los procesos que se llevaran a cabo por el personal del CFAE, y también será un auxiliar en la inducción y capacitación del personal, ya que en este se describe las tareas para la simplificación de los procesos, y para esto se describen las actividades de cada área que interviene en los ellos. Con este manual de operaciones se busca incrementar la eficiencia del personal en los procesos de seguimiento de cada negocio. También se busca facilitar la integración de los expedientes de cada uno del PRONE. Con este manual de operacion, se apoya el análisis y perfeccionamiento de los procesos, para lograr eficientes resultados, para ofrecer atención de calidad a la ciudadanía.
En resumen, dentro de este manual de operacion, se da a conocer al personal que ejecuta la
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operación los procedimientos, control y seguimiento de los negocios apoyados con el recurso asignado a el DAEE.
Se incluyen los objetivos y las características de los apoyos que se otorgan a las personas beneficiarias, así como los formatos que deben utilizarse en los diversos procedimientos; esto con el fin de asegurar la aplicación eficaz, equitativa y transparente de los recursos públicos destinados al DAEE.
6 OBJETIVO PARTICULAR
Apoyar a los SA, que cuentan con los conocimientos, habilidades y experiencia laboral, para emprender un negocio en el cual se ocupen y se desarrollen de manera productiva; con la atención personalizada y permanente por parte de un asesor del CFAE y previa evaluación y aprobación, del otorgamiento de mobiliario, maquinaria, equipo y/o herramienta, que coadyuve a la transformación de la materia prima.
7 ATENCIÓN Y SEGUIMIENTO
El personal del CFAE, será responsable de dar atención y seleccionar los SA, susceptibles de ser apoyados para emprender su negocio, siempre y cuando cumplan con los siguientes:
REQUISITOS
• Ser mayor de 18 años en pleno ejercicio de sus derechos civiles.
• Percibir en su núcleo familiar un ingreso menor a seis salarios mínimos mensuales.
• Tener experiencia en las actividades que sean propias del negocio que pretende emprender.
• Autorizar de manera expresa el tratamiento de sus datos personales.
• Comprometerse a no abandonar la operación de su negocio durante el periodo de observación por parte del personal del CFAE.
• No estar trabajando, ni estudiando, dedicarle un mínimo de 8 horas diarios al negocio y cumplir con al menos 40 horas semanales, sin importar los días que elija como descanso, ni los periodos de trabajo.
El personal del CFAE, hace del conocimiento del (los) SA, el aviso de privacidad respecto al tratamiento de sus datos durante su participación en el DAEE. Para este fin, se le solicitará su consentimiento expreso mediante su firma dentro del formato de solicitud de apoyo.
El personal del CFAE, proporcionará al (los) SA, información general sobre las características y procesos del CFAE mediante una plática informativa.
Si la solicitud de apoyo es efectuada por más de un integrante, también se les informa que todos deberán estar presentes al momento de que el personal del CFAE, les proporcione la plática informativa.
8 SOLICITUD DE APOYO
Este proceso inicia cuando el (los) SA, asiste
(n) a las oficinas del CFAE, para recibir la información
sobre el proceso del CFAE y si manifiestan interés y
tener los conocimientos y habilidades, se le entregara
el formato de solicitud de apoyo. Una vez que se llena
el formato con los datos correspondientes, se inicia el
proceso de asignación del apoyo solicitado. El
personal del CFAE, verificará que la información
registrada por el (los) SA, en el formato de solicitud de
apoyo esté completa, sea congruente y coherente,
considerando en todo momento que dicha información
servirá para analizar su perfil y determinar si es viable
su petición de apoyo.
Por lo que se tomarán en cuenta los siguientes
criterios:
a) Información completa.
b) Congruencia de la información.
c) Conocimientos y experiencia en el giro.
d) Disponibilidad para atender el negocio y habilidad.
e) Que cuenta con alguna aportación económica y
equipo, para fortalecer el apoyo que solicita.
f) Si cuenta con local o bien pretenden rentar uno y si
cuenta con capital para hacerlo.
9 VISITA DE VERIFICACIÓN
El validador del CFAE, realizara la visita de
verificación, durante un lapso que no mayor a 5 días
hábiles contados a partir de la fecha de solicitud de
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apoyo, a efecto de ver si el local donde pretende
instalarse cumple con medidas de seguridad para el
resguardo de los bienes que se darán en custodia
/comodato y con las características propias para la
operación del negocio, datos que se anotaran en el
formato de verificacion, por parte del validador del
CFAE, donde se asentara su nombre y firma para dar
la validez a dicho documento.
Este es el primer proceso operativo por parte
del CFAE, a través de su validador donde se califican
las características físicas del local, y se observaran los
siguientes puntos:
A). - VIABILIDAD: Deberá considerar que cuente con mercado para sus productos o servicios y que implique la fabricación o elaboración de productos o prestación de servicios. El mobiliario, maquinaria, equipo y/o herramienta solicitados a el personal del CFAE, sea congruente con las necesidades del negocio y que tenga espacio suficiente en donde se pretenda instalar. Que La aportación del (los) SA, sumado al apoyo solicitado, deberá garantizar la puesta en marcha del negocio.
B).- PERMISOS: Cuando el giro del negocio lo requiera, debe entregarse copia simple de los permisos o licencias comerciales requeridos por las autoridades competentes en el rubro de acuerdo a la zona territorial a la que pertenezcan, sin perjuicio alguno estas autoridades pueden ser las representantes del estado, las de cabecera municipal, delegación o bien de comisario ejidal, según sea el caso, para que autoricen la operación del negocio.
C.-COTIZACION: Entregar por lo menos una cotización de los bienes solicitados, la cual debe incluir las características técnicas detalladas, el precio de cada bien con IVA.
Durante la visita de verificación, el validador del CFAE, será quien informe al (los) SA, si su local es apto y se le indicará que acuda a las oficinas del CFAE, para dar continuidad a su solicitud del apoyo.
Si el local no cumpliera con las características necesarias. el validador del CFAE se lo informara al (los) SA, y sugerirá adecuaciones a las cuales les dará un plazo para solventarlas o en dado caso, sugerirá que busque otro local, luego de explicar por que no se considera viable el local que se está visitando, todos los datos que se desprendan de la visita, el validador los anotará en el formato de seguimiento.
10 CARACTERÍSTICAS DE LOS
APOYOS
Estos serán entregados por una sola ocasión, los SA que hayan sido beneficiados en este programa, dejan de ser elegibles para participar. En todo momento, SA contarán con la atención personalizada de un asesor del CFAE, asignado por parte del coordinador del CFAE. Los apoyos que se otorgan a través de este programa son en especie tales como: mobiliario, maquinaria, equipo y/o herramienta, mismo que podrá ser de monto máximo conforme a la siguiente tabla:
Número de Solicitantes Moneda Nacional
1 solicitante Hasta $ 25,000.00
2 solicitantes Hasta $ 50,000.00
El monto de apoyo deberá ajustarse a los montos máximos según el número de integrantes del negocio y de las necesidades del negocio.
Dichos apoyos se otorgarán a los integrantes del negocio, que esté por iniciar operaciones o que ya haya iniciado, siempre y cuando se comprometan a exhibir copia de alta en hacienda (RFC) que coincida con la actividad que realiza(n) o bien realizara(n) en este negocio.
No deberán ser apoyados aquellos negocios que pretendan dedicarse a la compra-venta de productos y/o renta de bienes, expendios de alcohol y bebidas alcohólicas, giros de entretenimiento, billares o aquellas que de alguna manera puedan ligarse a centros de vicio.
No son factibles las entregas de bienes que requieran instalación en el local, ni tampoco será viable el apoyo de bienes considerados como herramienta o utensilios menores, o bien equipos electrónicos menores, no se considera factible el equipo de oficina tal como lo es el equipo de cómputo, fotocopiado, escritorios, etc. Este programa, en ningún momento, apoya con consumibles de cualquier rubro, solo apoya a los negocios que se dediquen a la transformación o prestación de servicios, siempre y cuando no representen ambulantaje, estos deben tener un local para resguardar los bienes y no practicar ambulantaje.
Los bienes se entregarán en custodia /comodato al (los) integrante(s) del negocio por un periodo de 12 meses, que se contaran a partir de la fecha de entrega de los bienes en custodia/ comodato,
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el personal del CFAE tendrá como plazo para la valoración de la entrega definitiva de los bienes el transcurso del mes 13 que se será contabilizado de la misma manera después de la fecha de entrega en custodia/ comodato.
11 DOCUMENTOS
NECESARIOS
Para el arranque del proceso, del apoyo el (los) SA deberá entregar los documentos consistentes en:
Copia de la clave única de registro de población (CURP)
Copia de documento de identificación personal, con validez oficial (INE, IFE, cédula profesional o pasaporte)
Copia de comprobante de domicilio (personal y del local donde instalara el negocio, si este fuera diverso).
Tres cartas de recomendación personales.
Comprobante de ultimo grado escolar, en caso de contar con él.
Comprobante de estudios sobre el giro, en caso de contar con él. No aplica para negocios en los que se adquiere el conocimiento de manera empírica.
Uso de suelo o bien licencias comerciales en caso de ser necesarios.
Cotización de origen que contenga descripción de los bienes solicitados.
RFC. Alta de hacienda, que contenga el giro del negocio. Si el SA ya cuenta con ella, la deberá exhibir en este momento mediante copia simple, sin afectar la fecha de exhibición al seguimiento de su solicitud.
El asesor del CFAE revisará que la documentación entregada por el (los) SA sea la requerida.
12 PROYECTO DE NEGOCIO
(PRONE)
Una vez que fueron valorados todos los puntos anteriores el coordinador del CFAE, turnará la solicitud de apoyo a un asesor del CFAE, quien realizará una entrevista donde hará la recepción de datos mediante la elaboración del PRONE, para
identificar de manera preliminar si es viable y rentable, ello con enfoque a la operación del negocio.
En este se refleja un plan de desarrollo del
negocio, para que queden asentados estos datos de
manera clara y se describan algunos de los procesos
que se llevaran a cabo dentro de su negocio, a partir
de éste, el personal del CFAE y el CIE procederá a
valorar el mercado, la producción, las ganancias, la
saturación del mercado del negocio, el conocimiento
dentro del giro y la ubicación del negocio ya que a
partir de este se sigue la evaluación de la viabilidad
del apoyo. En la misma fecha que se elabora el
PRONE, el SA suscribe la carta compromiso, donde
manifiesta la disponibilidad que tiene a realizar las
mejoras necesarias dentro del lugar que va instalar su
negocio.
Si el resultado del PRONE es satisfactorio, el
asesor del CFAE, procederá a la integración del
expediente, para turnarla al CIE para su dictamen en
la sesión mas próxima o inmediato, tomando en
cuenta la fecha en que se concluyó el PRONE.
El asesor del CFAE, informará a los
beneficiarios que el incumplimiento de los
compromisos y obligaciones constituye un motivo para
la recuperación de los bienes por parte del CFAE, ya
que estos solo están en custodia/ comodato ya que
siguen siendo propiedad del Estado.
13 INTEGRACION PRONE
El asesor del CFAE, a quien haya sido
encomendado el expediente del PRONE, será el
encargado de integrar cada uno y turnarlos al
coordinador del CFAE. El Coordinador que este
califique el resultado del PRONE y, a su vez, lo turne
al CIE para su valoración, por lo que éste debe ser
integrado de la siguiente manera:
1. Formato solicitud de apoyo.
2. Carta solicitud de apoyo.
3. Carta de aceptación de bienes (en caso de
reasignaciones).
4. Visita de verificación al local.
5. Documentos del SA (CURP, Documento
de identificación personal: Credencial para
votar, Cedula profesional, Pasaporte
vigente, Comprobante de Domicilio
personal, comprobante de último grado
escolar, en caso de contar con él y
comprobante de estudios sobre el giro, en
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caso de contar con él, y 3 cartas de
recomendación personales)
6. Cotización de origen.
7. Uso de Suelo, en caso de ser necesario.
8. Comprobante de domicilio del local.
9. Alta en Hacienda.
10. Proyecto de negocio.
11. Carta compromiso.
12. CIE
13. Requisición
14. Invitación a proveedores.
15. Tres cotizaciones.
16. Cuadro comparativo.
17. Oficio compra autorizada (OCA)
18. Aviso de adjudicación
19. Contrato de compra de bienes
20. Calendario de entrega en custodia/
comodato
21. Invitación a Contraloría del Estado
22. Acta de entrega en custodia
23. Carta de inicio de operaciones
24. Visita de Inicio de operaciones
25. Visita(s) de seguimiento
26. Visita de cierre.
27. CIE.
28. Acta de entrega definitiva de bienes.
29. Controles contables.
CAMBIO DE DOMICILIO
30. Carta petición de cambio de domicilio.
31. Visita de verificación al nuevo local.
32. Documentos de cambio de domicilio (
escrito libre donde da aviso del cambio de
domicilio, comprobante de domiclio y uso
de suelo).
33. CIE.
RECUPERACIONES
34. Visita extraordinaria.
35. Notificación de prórroga.
36. CIE.
37. Notificación de dictamen de recuperación.
38. Acta de recuperación de bienes.
39. Comunicado interno de recuperación
(CIR).
CAMBIO DE BENEFICIARIO
40. Escrito libre del beneficiario, donde notifica
la razón del cambio de socio.
41. CIE.
42. Notificación de dictamen.
43. Acta de recuperación, en su caso.
Los expedientes de los apoyos que hayan sido
otorgados y estén siendo procesados, por el cada
asesor del CFAE, deberán estar disponibles para la
revisión de las autoridades competentes, si estas lo
requieren.
Los expedientes deberán permanecer bajo
resguardo del asesor del CFAE, ya que son su
responsabilidad mientras se encuentren en operacion,
y en cuanto haya concluido el periodo de los 12 meses
de seguimiento y el mes 13 en que se entregan los
bienes en propiedad.
14 SESION CIE
Las sesiones del CIE, se celebraran de
manera mensual dentro de los primeros 5 dias
habiles de cada mes, a excepcion de que se suciten
casos particulares. En este supuesto podrán ser
convocados en fecha diversa dependiendo de la
gravedad del asunto, esto a consideración del
coordinador del DAEE. El secretario técnico del CIE
elaborará la minuta de la sesión, en la cual registrará
el dictamen del CIE y las observaciones que se
hicieron a cada uno de los expedientes; en los casos
de aprobación de apoyo solicitado y en los casos
particulares de cada negocio.
El CIE en sesión revisará los expedientes de
cada uno de los PRONE, para verificar si cumplen con
la documentación y requisitos establecidos en este
manual de operación, la viabilidad y rentabilidad de
cada una de las propuestas y emitirá su dictamen. AsI
mismo, evaluará y resolverá los puntos del orden del
día y los demás casos particulares que en su caso se
presenten, para su valoración.
La revisión, evaluación y aprobación del
PRONE y de los casos particulares que se presenten,
se hacen en el seno del CIE, quien determina e indica
las acciones que se llevaran a cabo en cada
expediente, ya sea de nueva creación o bien se trate
de un caso en particular.
El asesor del CFAE, una vez que recibe la
aprobación para dar seguimiento a la solicitud de
apoyo para emprender un negocio, procederá a
realizar la requisición (formato que contiene los datos
y características de los bienes solicitados por el (los)
SA), en un plazo no mayor a 5 días hábiles, a partir
de la fecha de celebración del CIE. La requisición se
entrega al personal del departamento administrativo
del SNE, para que elabore las invitaciones a al menos
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tres proveedores a participar en el proceso de compra.
Los proveedores deberán entregar las cotizaciones en
un plazo no mayor a 20 días hábiles a partir de que
recibe la requisición que elaboro el asesor del CFAE.
15 COMPRA DE LOS BIENES
Conforme a lo estipulado en el articulo 134 de
la Constitucion Politica de los Estados Unidos
Mexicanos, artículo 1, fracción II; 2; 3; 5; 12, en su
fracción V, 14; 15; y 18 de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Estado de
Aguascalientes y sus Municipios. Así como a la
legislación local aplicable en la materia, siempre y
cuando no se contravenga la Ley de Adquisiciones
Arrendamientos y Servicios del Estado. Cabe señalar
que el número de cotizaciones mínimas a considerar,
deberá cumplir con lo establecido en la Ley y su
procedimiento de adquisiciones. Entre los proveedores
podrá participar quien haya cotizado los bienes del
negocio propuesta, siempre y cuando cumpla con la
normatividad y los requisitos fiscales vigentes. Por otra
parte, el SNE deberá contar con el Registro de
empresas proveedoras de bienes; siendo asi una vez
que el CIE dictamina como aprobados los expedientes
que contienen los PRONE, y que el asesor del
CFAE, haya realizado la entrega de la requisición al
personal del departamento administrativo del SNE,
este iniciará el proceso de compra, con el envió de las
invitaciones a los proveedores a que participen con su
cotización. En caso de que el proveedor de origen no
cuente con el registro de empresa ante la Secretaría
de Administración del Estado de Aguascalientes, se
da por concluida su oportunidad.
Una vez recibidas las tres cotizaciones el
personal del departamento administrativo del SNE,
será el encargado de elaborar el cuadro comparativo
en un plazo no mayor a 5 días hábiles, que se
contaran a partir de que se haya recibido las
cotizaciónes de los proveedores participantes. Una
vez que se haya elaborado el cuadro comparativo de
cada PRONE, entrará al COMITÉ DE COMPRA
(CC); en el que de manera colegiada, se verá la
viabilidad, costos, calidad y demás características
propias de cada compra, a fin de determinar cual es la
mejor opción para lograr la homologacion y
compatibilidad de los bienes que se deban adquirir.
Si el dictamen del Comité de Compras es
favorable, se emitirá la OCA y se procederá a la
adjudicación. En caso de no ser favorable, se reinicia
el proceso de compra desde el inicio.
La OCA original se integrará al expediente del
personal administrativo del SNE, y éste a su vez será
quien entregue una copia simple al personal del
CFAE, a más tardar al día siguiente hábil de haber
celebrado el CC.
16 ENTREGA DE BIENES EN
CUSTODIA/ COMODATO
El personal de la COORDINACION
SUPERVISION, CONTRALORÍA SOCIAL Y
ASESORIA JURIDICA (CSCSAJ) será el encargado,
antes de la entrega a los beneficiarios, de la revisión
de cada uno los bienes solicitados. Debiendo notificar
al Departamento Adminstrativo del estado de los
bienes.
El Departamento Adminstrativo dará aviso al
DAEE de las fechas de entrega de bienes por parte
del proveedor. El DAEE elaborará el calendario de
netregas físicas
Si los bienes están incompletos o no se
encuentran en óptimas condiciones, el personal del
departamento administrativo del SNE, informará en
ese momento al proveedor que no se aceptan, por lo
que se agendara una nueva fecha de entrega.
El personal del DAEE elaborará el calendario
de entrega de bienes a la Dirección para su
aprobación.
Para el proceso de entrega de los bienes en
custodia/comodato, el personal del DAEE será quien
elabore y entregue la invitación y calendario de
entregas de bienes en custodia/comodato, para que
asista un representante de la Contraloría del Estado
de Aguascalientes.
En esta entrega el personal del CFAE, será
quien se asegurará de que el (los) beneficiario(s)
firmen el acta de entrega en custodia, éste será el
momento en que se deberá dar lectura integra del acta
de entrega en custodia ante el (los) beneficiario(s). Si
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hubiera alguna duda, deberá aclararse antes de que
se proceda a la firma de este documento. Al final del
acto, se entregará un duplicado a los beneficiarios y el
original se integra al expediente correspondiente.
El área administrativa del SNE resguardará
las garantías de los bienes adquiridos, mientras que el
proveedor será el encargado de la entrega de los
manuales de funcionamiento a las personas
beneficiarias. En caso de que éstas requieran hacer
uso de la garantía, lo tendrán que informar de forma
inmediata al asesor del CFAE, mediante un escrito
libre o de forma verbal. El personal del área
administrativa del SNE, será el encargado de hacer
válida la garantía en el menor tiempo posible,
observando que, si el bien no puede repararse por
defecto del fabricante, el proveedor lo sustituya por
uno nuevo.
En determinado caso de que la garantía se
encuentre vencida o que debido al uso dado a los
bienes ésta no aplique, el personal del CFAE, será el
encargado de notificárselo al (los) beneficiario(s), y
que la reparación correrá por cuenta, del (los)
beneficiario(s).
Los bienes que se entregan a los
beneficiarios, podrán ser nuevos o recuperados.
17 LECTURA DE
DOCUMENTOS DE
ENTREGA.
La lectura del Acta de entrega en custodia será a cargo del CFAE y podrá estar presente el CSCSAJ. La lectura deberá incluir los siguientes
DERECHOS
I. Recibir información sobre los beneficios y características de los apoyos.
II. Recibir los apoyos, siempre y cuando cumpla con los requisitos y documentación;
III. Recibir información sobre el CFAE procesos y requisitos.
IV. Recibir protección de sus datos personales conforme a la normatividad aplicable; y
V. Recibir asesoría por parte del asesor asignado por el coordinador del CFAE, para la integración del proyecto de negocio.
VI. Informar que es obligación de los beneficiarios, acatar el dictamen del CIE, si este determinara la recuperación de los bienes que les fueron entregados, estan obligados a hacer la entrega, en tiempo y forma que les sea requerido.
OBLIGACIONES
I. Proporcionar la información y documentación que solicite el personal del CFAE, y de las instancias de control, auditoría y supervisión, relacionada con los apoyos otorgados;
II. Iniciar la operación del negocio, la cual no podrá exceder de 20 días hábiles posteriores a la fecha de entrega de los bienes en custodia/comodato;
III. Usar los bienes entregados de acuerdo a lo establecido en el PRONE aprobado y no sub-arrendarlos, empeñarlos o venderlos.
IV. En caso que el negocio cambie de domicilio, notificar al CFAE, mediante escrito libre, en un plazo máximo de 15 días hábiles previos a la fecha del cambio;
V. Permitir a las instancias de control y supervisión el acceso al local en donde se instalen los bienes entregados para la operación del negocio;
VI. Entregar copia simple legible del RFC del negocio. En caso de que aún no cuente con este documento, deberá de tramitarlo, y entregarlo en un plazo no mayor a 9 meses, a partir de la fecha de entrega recepción de los bienes en custodia/comodato, ya que es condición necesaria para poder recibir los bienes en propiedad;
VII. En caso de recibir bienes reasignaciónados, entregar escrito libre donde se reciben a entera satisfacción los bienes y a su vez, si fuera necesario, se compromete a repararlos en el plazo que le sea establecido por el CIE.
VIII. Entregar copia simple legible de los permisos o licencias comerciales, que autorizan la operación en caso de ser necesarios.
Se le retirarán los bienes entregados cuando
incumpla cualquiera de las obligaciones establecidas;
dichos bienes podrán ser reasignados a otro negocio,
que presente el mismo perfil.
Si esto no ocurriera de esta manera, debe
informar a los beneficiarios, que el CFAE, a través del
area de CSCSAJ, tomara las acciones legales que
sean procedentes.
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18 VISITAS DE SEGUIMIENTO
El validador del CFAE, registrará los hallazgos obtenidos en cada una de las visitas en el formato de seguimiento correspondiente.
El validador del CFAE, podrá realizar las visitas adicionales que considere necesarias para asegurar la adecuada operación del negocio, para lo cual utilizará el formato de seguimiento y marcará con una “X” el recuadro que dice “Casos Extraordinarios”.
Las visitas de seguimiento a la operación de los negocios, se realizarán dentro de los siguientes periodos, los beneficiarios contarán con un periodo de 20 días hábiles para iniciar actividades, después de la recepción de sus bienes en custodia/comodato.
En este lapso, el validador del CFAE realizará las visitas, la primera de éstas será dentro el periodo comprendido de los 20 días hábiles, en que haya hecho la entrega de los bienes al (los) beneficiario (s), o bien, deberá realizarse en un periodo no mayor a 5 días hábiles después de haberse recibido la carta de inicio de operaciones.
La segunda, que es la visita de seguimiento, deberá ser en un periodo comprendido entre el 5 y el 6 mes contados después de la fecha de entrega en custodia/comodato. La última visita que es la visita de cierre, será realizada entre el mes 11 y 12, contados a partir de la fecha de entrega de los bienes en custodia/comodato. El validador del CFAE, observará el funcionamiento del negocio y el uso de los bienes, de acuerdo al fin para el que fueron destinados. Si al final del plazo señalado se constatara lo anterior, se les entregarán en propiedad los bienes a los beneficiarios que hayan trabajado y cumplido a satisfacción con los requerimientos del programa. La entrega definitiva se realizará en un periodo comprendido dentro del mes 13, contado desde de la entrega de los bienes en custodia/ comodato.
El validador del CFAE, registrará los hallazgos obtenidos en cada una de las visitas de seguimiento es decir en la visita de inicio de operaciones, la (s) visita(s) de seguimiento a la operación, las vistas extraordinarias y la visita de cierre en el cuestionario correspondiente a la operación del negocio.
19 REGISTRO CONTABLE
El personal del CFAE, verificará si el (los) integrante(s) del negocio, cuentan con un sistema de registro contable para sus ingresos y gastos. En caso
afirmativo, informará a los integrantes del negocio, que lo deberán mantener actualizado y entregar cada dos meses, para agregarlo a su expediente. Si no cuentan con un sistema de registro contable, el asesor del CFAE, les entregará el modelo de control contable simple, donde llevaran el registro de ingresos y gastos, con el objeto de que los beneficiarios integren y lleven un control y los exhiban al CFAE. Si no cumple con la entrega control contable será motivo de recuperación de los bienes.
20 CASOS PARTICULARES
ROBO: Si el beneficiario es víctima de robo parcial o total de los bienes, los beneficiarios deberán reportarlo al personal del CFAE, así como levantar la denuncia de hechos ante las autoridades competentes y entregar una copia simple de esta acción legal al personal del CFAE. Los bienes que hayan sido objeto de algún siniestro, no serán repuestos. El CFAE incorporará la copia de la denuncia al expediente y dará vista al CIE, se dara por concluido el seguimiento de operación.
Si el robo o siniestro implicara la pérdida parcial de los bienes, el CIE resolverá la continuidad y seguimiento en la operación del negocio. La resolución se registrará en la minuta y en el dictamen del CIE.
CAMBIO DE DOMICILIO: En caso de cambio de domicilio del negocio, las personas beneficiarias deberán notificar al personal del CFAE, mediante escrito libre, las razones por las cuales tienen prevista la mudanza y entregar copia del comprobante del nuevo domicilio a más tardar 15 días hábiles antes del cambio. En ese lapso, el verificador del CFAE, realizará una visita al nuevo domicilio para constatar que el local cuenta con lo necesario para la adecuada operación del negocio.
Una vez recibida la documentación del nuevo domicilio y realizada la verificación, este será turnado al CIE y si se determina que el cambio de domicilio es viable, registrará la resolución en la minuta y en el dictamen del CIE.
En el caso de no ser viable el cambio de domicilio, se registrará la resolución en la minuta y en el formato dictamen CIE, anotando las causas por las que no procede y se determinará que los beneficiarios del negocio deberán buscar un nuevo lugar para dar continuidad a la operación del negocio. En caso de que los integrantes del negocio realicen la mudanza, contraviniendo el dictamen del CIE, o no den aviso de la mudanza, se procederá a la recuperación de bienes.
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SUSTITUCIÓN DE BENEFICIARIOS: Si el personal del CFAE, identificara o fuera notificado de la falta de algún integrante por deserción o defunción, invitará al beneficiario que desee continuar el negocio a presentar su petición en escrito libre, especificando la falta del integrante, las razones de ésta y manifestando su interés de continuar con la operación del negocio, por si solo o sustituyendo al beneficiario por otro.
En este caso, el personal del CFAE recibirá en escrito libre por parte del integrante del negocio, la petición para la continuidad de operación del mismo. A razón de turnar la petición al CIE para que evalúe y determine.
Para determinar si procede o no la continuidad de operación del Negocio, el CIE deberá considerar los siguientes criterios generales:
•Fallecimiento de la única persona beneficiaria del negocio. Si algún familiar directo está interesado en continuar con el negocio, se le reasigna, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos y la documentación que se requiera. Si no existe algún familiar directo que esté interesado en seguir con el negocio se procede a la recuperación de bienes.
•Fallecimiento de alguna de las personas beneficiarias del negocio. Continúa el apoyo al beneficiario sobreviviente, obligándose a la sustitución de la persona fallecida y en caso de incumpliento se procedera a la recuperación.
•Ausencia de algún beneficiario por deserción. El este caso el beneficiario que sigue en el negocio, se obliga a sustituir al beneficiario ausente, en caso de incumplimiento este será motivo de recuperación.
El solicitante del apoyo entregará la documentación, para su análisis y validación por parte del personal del CFAE. Si cubre los requisitos y cumple la normatividad vigente, se le dará la información al personal del CFAE se le registrará en el formato de solicitud de apoyo e integrará la documentación personal al expediente.
Si no procediera la sustitución de alguna persona beneficiaria, se registrará la resolución del CIE en la minuta y en el dictamen. El CFAE notificará al beneficiario el dictamen de la recuperación de los bienes en un periodo no mayor a 3 días hábiles posteriores al CIE
El coordinador del CFAE, en caso de tener conocimiento de algún incumplimiento y este no haya sido notificado por parte del (los) beneficiario(s), constatará el mismo mediante una visita extraordinaria que estará a cargo del validador del CFAE o con una
entrevista directa con el (los) beneficiario (s), si esta fuera posible, o bien el coordinador del CFAE, verá la manera idónea de allegarse de la información necesaria. Una vez que el coordinador tenga la información, turnara el caso particular al CIE para revisar, evaluar, y dictaminar las acciones que se llevarán a cabo en los siguientes casos:
a) Robo y/o siniestros de bienes otorgados.
b) Cambio de domicilio del negocio.
c) Sustitución de personas beneficiarias.
d) Recuperación de bienes.
e) Reasignación de bienes recuperados.
f) Entrega en propiedad de bienes.
g) Incumplimiento a los compromisos y obligaciones contraídos por el (los) beneficiarios del apoyo.
h) Resguardo de bienes recuperados.
El secretario técnico del CIE, revisará que los expedientes de los PRONE y/o de los casos particulares que se presenten estén integrados adecuadamente, procederá a elaborar el orden del día y convocara a sesión al CIE, según la gravedad del caso particular. La sesión del CIE puede ser convocada de forma ordinaria o extraordinaria.
El secretario técnico envía convocatoria a los integrantes del CIE, para informar la situación particular del (de los) negocio(s) que origina(ron), el CIE de fecha extraordinaria ya que se pretende, que en esta sesión se determine a la brevedad el seguimiento que se le dará.
El personal del CFAE, notificará el dictamen del CIE a los integrantes del negocio, en los casos particulares que así lo ameriten como lo son cambios de domicilio, sustitución de beneficiarios, robos, etc.
21 CAUSAS DE
RECUPERACION
Si el (los) integrante(s) del negocio no cumplen con los compromisos y las obligaciones contraídas en el acta de entrega en custodia y en la carta compromiso el CFAE, procederá a la recuperación de los bienes entregados en custodia/comodato, para reasignarlos a otros SA, que presenten un perfil similar para PRONE.
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Algunas causas de recuperación son el incumplimiento a las siguientes obligaciones:
A. Impulsar y consolidar la operación del negocio para lograr su ocupación productiva.
B. Usar los bienes entregados de acuerdo a lo establecido en el PRONE, obligándosé a no subarrendar, vender o empeñar.
C. Notificar al CFAE, mediante escrito libre, en caso que el negocio cambie de domicilio, en un plazo máximo de 15 días hábiles previos a la fecha del cambio y conjuntamente exhibir los documentos necesarios para su operación.
D. Permitir a las instancias de control y supervisión el acceso al local en donde se instalen los bienes entregados al negocio, previa identificación de los mismos.
E. Proporcionar la información que solicite el personal del CFAE y las instancias de control y supervisió, relacionadas con los apoyos entregados.
F. Entregar copia simple legible del RFC del negocio.
G. Entregar al CFAE copia simple de los permisos o licencias comerciales en caso de ser necesarias para la operación del negocio.
H. Participar en las actividades y responsabilidades establecidas en el PRONE.
I. Realizar controles contables y entregarlos al personal del CFAE cada 2 meses.
J. Dedicar 8 horas diarias a las actividades propias del negocio, y comprometerse a no cambiar de residencia durante el tiempo que dure el proceso de seguimiento del CFAE.
K. Los beneficiarios se obligan a trabajar su negocio, como fuente principal de ingreso y dedicarle al menos 40 horas por semana, no estar estudiando o tener otro trabajo.
L. Los beneficiarios se comprometen trabajar durante los 12 meses de manera ininterrumpida, con los bienes que le otorgue el CFAE. A excepción de casos de fuerza mayor que les impidan por un tiempo realizar la actividad, el (los) beneficiarios exhibirán al personal del CFAE, un
escrito libre donde manifieste el periodo en que estará sin trabajar, las razones y en su caso los documentos que acrediten su dicho (ejemplo reportes médicos).
M. Los beneficiarios se comprometen a no abandonar el negocio mientras dure el seguimiento.
N. Reparar los bienes en caso de que la falla sea por causa de un mal uso o bien haya finalizado la garantía con el proveedor.
O. Acatar las disposiciones del CIE.
Todos los casos anteriores se verificarán a través de las visitas de seguimiento y en caso de incumplimiento con cualquiera de los compromisos aquí señalados, el personal del CFAE deberá dejar constancia en los formartos de seguimiento y notificar en el momento a los beneficiarios la falta en que incurrrieron.
Si el CIE dictamina que no procede la continuidad del negocio, registrará su resolución en la minuta y en el dictamen del CIE, para que el CFAE informe la fecha y hora de recuperación a el (los) beneficiario(s) del negocio.
22 PROCESO PARA LA
RECUPERACION
El proceso de recuperación inicia con el
informe de incumplimiento que se desprenden de las
visitas de seguimiento que realiza el validador del
CFAE, si de estas se desprende que el (los)
beneficiario(s) incurrieron en algún incumplimiento de
las obligaciones contraídas, para que éste turne el
caso particular al CIE y determine si se le concede un
plazo para solventar deficiencias, o bien se procede a
la recuperación de bienes. Cualquiera que sea el
dictamen, se tendrá un plazo no mayor a 3 días
hábiles después de la fecha de celebración del
CIE, para notificar el dictamen al (los) beneficiario(s),
esto por parte del personal del CFAE.
En el caso de bienes recuperados, el CIE
definirá el lugar donde quedarán resguardados hasta
su reasignación. Dicho espacio deberá contar con las
condiciones de seguridad que permita mantenerlos en
buenas condiciones de uso y evitar su deterioro.
Para recuperar los bienes entregados en
custodia/comodato, el personal del CFAE elaborara el
MANUAL DE OPERACION DEL CFAE
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acta de recuperación de bienes, por duplicado en la
cual se especifica en que consistió el incumplimiento
y, si fuera en caso, el estado de los bienes en el
momento de la recuperación. El acta deberá ser
firmada por los integrantes del negocio y demás
personas que intervengan en el acto, al margen y al
calce de cada una de sus hojas y entregar un
duplicado al representante del negocio. Si el
representante no quisiera firmar el acta de
recuperación, se da fe y se anota que ésta es la razón
por la que no está firmada y, con la firma de los
testigos de asistencia, será suficiente para compensar
la falta de firma.
23 ACCIONES LEGALES
Cuando el CIE determine la recuperación de
bienes y los beneficiarios se rehúsen a entregarlos al
personal de CFAE, éste turnará los asuntos
particulares al titular de la Direccion General de
Asuntos Jurídicos, del Estado de Aguascalientes.
24 REASIGNACION DE BIENES
Las condiciones de los bienes recuperados pueden variar por muchos factores; en ese sentido, su reasignación debe considerarse como opción para atender la solicitud de un nuevo negocio que requiera un lote similar al recuperado. Se considera viable la reasignación de bienes cuando se adjudica a un SA que cumpla con los requerimientos.
No podrá hacerse complementos ni quitar ninguno de los bienes que integran el lote.
Los SA, que decidan aceptar bienes recuperados, debe tener afinidad con el giro del negocio y/o con el uso de los bienes. De igual forma que otro solicitante, deben realizar el trámite de solicitud y reunir todos los documentos y los requisitos establecidos para ser beneficiarios.
Una vez que el CFAE tenga SA idóneos, procederá a dar la indicación al validador para que realice la visita de validación del local.
Los SA que acepten bienes recuperados deberán asentar, en un escrito libre, la aceptación de los bienes recibidos y, si tuvieran algún defecto, se comprometen a repararlos.
La entrega de bienes recuperados se hará de la misma manera que se hace con los bienes de nuevos.
El proceso de reasignación será igual a el de bienes nuevos en cuestión de documentos. Las diferencias en el proceso consisten en que el nuevo beneficiario no exhibirá ninguna cotización de origen y los documentos de cotización de origen, compra, factura y OCA serán tomados del expediente del negocio recuperado.
Solo deberá agregarse como dato extra el nombre del negocio que originó la compra de los bienes y el escrito libre donde los beneficiarios reciben a entera satisfacción los bienes. Si fuera el caso, se comprometen a repararlos en un plazo no mayor de 30 días hábiles después de la entrega de los bienes. El CIE determinará si el plazo podrá ser modificado.
En el caso de bienes recuperados en los que se considere que, por el deterioro que presenten, ya no es conveniente su reasignación, se turnará el caso al escrutinio del CIE. Éste determinará el destino que deberá dárseles a dichos bienes y se girará oficio de vista a Contraloria del Estado de Aguascalientes, para que un representante dé fe de los procesos que se llevarán a cabo en estos casos particulares.
25 ENTREGA DE BIENES EN
PROPIEDAD
Concluido el periodo de seguimiento de 12 meses el CFAE, presentará ante el CIE, los nombres de los negocios, que cumplieron con los procesos establecidos en el manual de operaciones del CFAE, durante el periodo de seguimiento y anexará expediente de cada una de ellos. La entrega de bienes en propiedad se realizará en el transcurso del mes 13, contados a partir de la entrega de bienes en custodia/ comodato. La entrega en propiedad corre a cargo del asesor del CFAE, y deja constacia en el Acta de entrega definitiva de bienes. El secretario técnico será el encargado de elaborar y enviar el oficio a Contraloria del Estado, para informar que los negocios cumplieron satisfactoriamente el proceso de seguimiento.
MANUAL DE OPERACIÓN DEL CFAE
Gobierno del Estado de Aguascalientes 2020
Autorizó
LIC. MARIA DEL CARMEN VILLA ZAMARRIPA
Directora General Del Trabajo y del Servicio Nacional de Empleo
de la Secretaria General de Gobierno del Estado de Aguascalientes.
Revisó
ING. JUAN JESUS MORA SILVA
Coordinador del Servicio Nacional de Empleo.
Elaboró
LIC. CLAUDIA PATRICIA GONZALEZ NAVARRO
Coordinadora del Departamento de Apoyo al
Autoempleo del Estado de Aguascalientes