manual de funciones secretaria de educación 2012

252
PROCESO GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL: MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA 02-Mar-12 VERSIÓN 03 CODIGO GTH-M-001 PAGINA 1 de 252 DEPARTAMENTO DE NARIÑO ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO DESPACHO DECRETO No 0199 ( 2 de marzo de 2012 ) Por medio del cual se aclara el Decreto No. 0197 de 29 de febrero de 2012, por el cual se resolvió una petición de revocatoria directa, se adoptó un manual de funciones y se tomaron otras determinaciones, en cuanto existió un error de impresión, que hizo que se repitiera en su texto el mismo, el cual quedará así: El Alcalde del Municipio de Pasto, en uso de sus atribuciones constitucionales, legales y en especial las contempladas en el artículo 69 del Código Contencioso Administrativo, la ley 909 de 2004 y el decreto reglamentario 785 de 2005, y previas las siguientes CONSIDERACIONES Petición : 1. El día 9 de diciembre de 2011 la Dra. Norma Rocío Chingual Vargas presentó y sustentó, en aplicación del artículo 69 del Código Contencioso Administrativo, una petición de revocatoria directa del manual de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta global de cargos – Educación financiado con recursos del Sistema General de Participaciones de la Alcaldía Municipal de Pasto”. 2. Anotó, que tal documento no tiene la connotación de acto administrativo, por cuanto no fue publicado en la ´página´, limitando solo la publicidad a un aparte que contiene unos requisitos para nuevos cargos de la Secretaria de Educación Municipal, pero sin que se haya dado a conocer, de manera formal y legal.

Upload: alexander-portillo

Post on 15-Sep-2015

22 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

manual de funciones de secretaria

TRANSCRIPT

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    1 de 252

    DEPARTAMENTO DE NARIO

    ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO

    DESPACHO

    DECRETO No 0199

    ( 2 de marzo de 2012 )

    Por medio del cual se aclara el Decreto No. 0197 de 29 de febrero de 2012, por el cual se resolvi una peticin de revocatoria directa, se adopt un manual de funciones y se tomaron otras determinaciones, en cuanto existi un error de impresin, que hizo que se repitiera en su texto el mismo, el cual quedar as: El Alcalde del Municipio de Pasto, en uso de sus atribuciones constitucionales, legales y en especial las contempladas en el artculo 69 del Cdigo Contencioso Administrativo, la ley 909 de 2004 y el decreto reglamentario 785 de 2005, y previas las siguientes

    CONSIDERACIONES

    Peticin:

    1. El da 9 de diciembre de 2011 la Dra. Norma Roco Chingual Vargas present y sustent, en aplicacin del artculo 69 del Cdigo Contencioso Administrativo, una peticin de revocatoria directa del manual de funciones y competencias laborales para los empleos de la planta global de cargos Educacin financiado con recursos del Sistema General de Participaciones de la Alcalda Municipal de Pasto.

    2. Anot, que tal documento no tiene la connotacin de acto administrativo, por cuanto no fue publicado en la pgina, limitando solo la publicidad a un aparte que contiene unos requisitos para nuevos cargos de la Secretaria de Educacin Municipal, pero sin que se haya dado a conocer, de manera formal y legal.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    2 de 252

    3. Pretende el acatamiento, as como la aplicabilidad, para los cargos que en forma definitiva y temporalmente se encuentran vacantes en toda la Alcalda Municipal de Pasto, de las disposiciones, competencias, requisitos y funciones contenidas en el Decreto No. 785 de 2005 y en el Decreto Municipal 292 de 30 de marzo de 2009, o por el cual se ajusta el manual de funciones y competencias laborales y se modifica la planta de empleos de la Alcalda Municipal de Pasto, y el respeto por los derechos de carrera administrativa.

    4. Reiter que el manual del cual solicit su revocacin, no fue publicado y que, no produce efectos jurdicos, ni menos aplicarse por la administracin, dado que fue expedido sin motivacin, sin fecha, sin radicacin, sin aprobacin, y otros requisitos de orden legal. Indic, que el citado manual viol flagrantemente todas aquellas normas legales en que debi fundamentarse, como es el Decreto No. 785 de 2005, reglamentario de la ley 909 de 2004.

    5. Lo anterior lo fundament en que, sin criterios tcnicos para unos cargos se opt por los requisitos mnimos, como es el caso del Secretario de Educacin, del Sub Secretario Administrativo y Financiero, Jefe de Oficina Asesora Jurdica, y que en forma extraa no se sigui con el mismo criterio para los restantes niveles, ms an cuando se han agregado requisitos, verbi gratia, para el profesional de comunicaciones, en donde se exige ttulo profesional en comunicacin social o periodista, experiencia en medios radiales y escritos y 24 meses de experiencia profesional; profesional universitario Oficina Jurdica, con ttulo profesional en derecho, y veinticuatro (24) meses de experiencia en el manejo de procesos jurdicos en el sector educativo; profesional universitario de apoyo a inspeccin y vigilancia, con ttulo de profesional en administracin de empresas, experiencia en inspeccin y vigilancia del sector educativo o Sistemas de Gestin de Calidad y curso de 60 horas en sistemas de Gestin de Calidad; y as indistintamente dio cuenta de variados casos en este nivel, en el nivel tcnico, y en el nivel asistencial.

    6. Seal que () Conforme a los perfiles de quienes fungen como contratistas actuales de la Secretaria de Educacin, se han direccionado los requisitos, y posiblemente slo podrn acceder a las vacantes, contratistas y muy pocos funcionarios de carrera administrativa (), y

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    3 de 252

    que tal manual hace de imposible aplicacin la planta global, y por ende, las vacantes temporales y definitivas, las cuales no podran surtirse al no existir personal para que cumpla con el perfil establecido para dichos cargos. Para concluir manifestando que () A lo largo del contenido del presente escrito se verifica la violacin flagrante del mrito para acceder a los cargos pblicos, contenido en el artculo 125 constitucional y a las normas de carrera administrativa, adems de los Decretos Municipales 291 y 292 del 30 de marzo de 2009, al expedir el Manual de Requisitos de la Secretaria de Educacin Municipal (), pues consider que aquel estaba revestido de condiciones pre dirigidas para favorecer a algunos, en detrimento de quienes ostentan en la Alcalda de Pasto, derechos de carrera administrativa, hacindose ya necesaria la aplicacin de la revocatoria directa, solicitada.

    7. El da 19 de enero de 2012 la Doctora. Norma Roco Chingual Vargas, nuevamente se dirigi al Alcalde del Municipio de Pasto, con el fin de presentar una Solicitud de Revocatoria Directa de actos de la Administracin Municipal de Pasto, y para tal efecto, precis los actos a los cuales se refera, as: () La revocatoria del documento que contiene el MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA GLOBAL DE CARGOS EDUCACION FINANCIADO CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES DE LA ALCALDIA MUNICIAL DE PASTO.

    () La inaplicabilidad en todas sus partes del denominado MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA GLOBAL DE CARGOS EDUCACION FINANCIADO CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO.

    () El acatamiento y aplicabilidad para los cargos definitiva y temporalmente vacantes de todas las dependencias de la Alcalda del Municipio de Pasto, de las disposiciones, requisitos, competencias y funciones contenidas en el Decreto Nacional 785 de 2005 y en el Decreto Municipal 292 de 30 de marzo de 2009 o por el cual se ajusta el Manual

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    4 de 252

    de Funciones y Competencias Laborales y se modifica la planta de empleos de la Alcalda de Pasto.

    () El respeto por los derechos de carrera administrativa de los funcionarios de la Alcalda del Municipio de Pasto.

    8. En su nueva peticin, se iter que el manual de funciones es un acto

    innecesario, acomodado, ilegal, irregular, y direccionado. Ello porque la Alcalda Municipal de Pasto cuenta con un manual de funciones y competencias laborales, contenido en el Decreto No. 292 de 29 de marzo de 2009, no requiriendo la Secretaria de Educacin uno especfico, pues se trata de una dependencia ms del Despacho del Alcalde; porque todos los funcionarios de carrera administrativa pertenecen a una planta global, lo cual permite administrar el personal con facilidad, acorde con las reales necesidades del servicio; porque dicho manual se diseo slo con el propsito de vincular a personas ajenas a la administracin o contratistas, que laboraban en la Secretaria de Educacin, y con el fin de no permitir el acceso a travs de encargatura a las funcionarios de carrera administrativa; y porque en dicho manual cre unos requisitos que desbordan los mximos legales sealados en el Decreto 785 de 2005. Aun a lo anterior, que el citado manual careci del requisito de publicidad.

    9. Insta a la necesidad ms all de su peticin inicial, para que se revoquen todos y cada uno de los actos administrativos que configuran la nueva planta de cargos de la Secretaria de Educacin, pues no se ha ubicado los estudios tcnicos en los que se soporta, la procedencia de su necesidad, como lo ordena al artculo 46 de la ley 909 de 2004 y el decreto No. 1227 de 2005, que transcribi en apartes de su peticin.

    10. Y tambin requiri la revocatoria de la convocatoria No. 006 de 2 de diciembre de 2011, porque para ella no era competente el Secretario de Educacin, pues en sus funciones no se encuentran las de administracin de personal, y que por la delegacin del Alcalde, slo tena competencia para la administracin de cierto tipo de personal: el directivo docente, el docente y el administrativo del sector educativo oficial, por lo cual fue ms all de su competencia. Y que el proceso de convocatoria no tuvo la suficiente publicidad, pues se limit a algunos correos electrnicos y a

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    5 de 252

    la pgina web, sin considerarse que no todos los servidores de la entidad tienen computador, sin que llegara a la Instituciones, as como tampoco a los Centros Educativos, y que la misma se condicion a un solo empleo, pese a que el aspirante puede optar a varios como lo dispone el artculo 24 de la ley 909 de 2004. Y que se revoquen todas y cada una de las certificaciones expedidas por el Alcalde, y por algunos directivos, en las cuales se certific la inexistencia de personal de planta de carrera administrativa, para que accedieran a los cargos creados, pues ello hizo que la Comisin Nacional del Servicio Civil autorizara la realizacin de los nombramientos provisionales. As mismo, solicita que se revoque la matriz de evaluacin de hojas de vida o historias laborales de los funcionarios, pues no fue tcnica, y se utiliz indebidamente para realizar la evaluacin de los estudios y experiencia. Para finalmente solicitar que se revoquen todos y cada uno de los nombramientos provisionales, sus comunicaciones y actas de posesin, de las personas vinculadas entre el da 1 y 31 de diciembre de 2011 de la planta global de personal de la Alcalda Municipal de Pasto Secretaria de Educacin y con cargo a los recursos del Sistema General de Participaciones.

    11. Se solicita que una vez revocados todos los actos proferidos en el proceso que en forma tan irregular, denunci fue llevado, se reinicie el proceso de modernizacin de la Secretaria de Educacin Municipal, respetando la normatividad legal, para lo cual deber disearse una nueva matriz de evaluacin de experiencia y de estudios, y acatando las disposiciones sobre derechos de carrera administrativa.

    Antecedente: El proceso de modernizacin de la Secretaria de Educacin Municipal inici con el apoyo del Ministerio de Educacin Nacional, y con el fin de generar la debida implantacin de una estructura en el nivel central de esta Secretaria, al encontrarse certificada, en pro del mejoramiento de la administracin del servicio educativo en condiciones de calidad, oportunidad y eficiencia. Con tal propsito, se tuvo en consideracin el documento CONPES 141/2011, que estableci la autorizacin para utilizar un 1% adicional a la cuota de administracin, con el fin de apoyar la implementacin de estas estructuras. Para ello, en consecuencia, se requera de la implementacin de los actos administrativos que se hicieran necesarios, como son la adopcin de la

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    6 de 252

    estructura interna, la creacin de los cargos, el manual de funciones, y su provisin, primero, con personal inscrito en carrera administrativa, y finalmente en nombramiento provisional. Fue as que se expidi el Decreto No. 0890 de 25 de noviembre de 2011, Por el cual se crean algunos cargos y se adopta la planta de personal dentro de la estructura organizacional de la Secretaria de Educacin Municipal de Pasto, en virtud del proyecto de modernizacin del Ministerio de Educacin Nacional, y cre los cargos referidos: 8 profesionales universitarios, cdigo 219, grado 07; 32 profesionales universitarios, cdigo 219, grado 06; 15 tcnicos administrativos, cdigo 367, grado 11; auxiliares administrativos 7, cdigo 407, grado 05, Secretario 1, cdigo 440, grado 18. Se adopto, en consecuencia como planta generalizada en educacin, la siguiente: 1 Secretario de Despacho; 3 Sub Secretarios de Despacho; 3 Jefes de Oficina Asesora; 1 Coordinador de Recursos Humanos; 8 Profesionales Universitarios, cdigo 219, grado 07; 32 profesionales universitario, cdigo 219, grado 06; 15 tcnicos administrativos; 7 auxiliares administrativos; y 1 secretario. En el mismo acto administrativo se estableci la distribucin de cargos por el Despacho, Oficinas, y Sub Secretarias, y en el artculo 2 se dispuso que Los emolumentos salariales que se causen a raz de la adopcin y provisin de los nuevos cargos administrativos viabilizados por el Ministerio de Educacin Nacional, sern financiados con la cuota de administracin, hasta un dos por ciento (2%) de la asignacin del Sistema General de Participaciones por poblacin atendida con el propsito de soportar y ejecutar los procesos misionales de la Secretaria de Educacin del Municipio de Pasto (). Por Decreto No. 00900 de 29 de noviembre de 2011 se adopt el manual de funciones y de competencias laborales para los empleos de la planta global de cargos de educacin, financiados con recursos del Sistema General de Participaciones de la Alcalda Municipal de Pasto. Y posteriormente, a ello, presuntamente, se realiz el proceso de provisin de cargos, ya sea por la figura del encargo y del nombramiento provisional. El primero mediante la realizacin de un concurso interno entre funcionarios de la administracin municipal, y el segundo, una vez acaecido el primero, sin lograrse la provisin de la vacante con personal que este adscrito a carrera administrativa.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    7 de 252

    CONSIDERACIONES PARA RESOLVER De conformidad con lo previsto en el artculo 69 del Cdigo Contencioso Administrativo los actos administrativos debern ser revocados por mismos funcionarios que los hayan expedido, de oficio o a solicitud de parte, en cualquiera de estos casos: () 1. Cuando sea manifiesta su oposicin a la Constitucin Poltica o a la ley. 2. Cuando no estn conformes al inters pblico o social, o atenten contra l. 3. Cuando con ellos se cause agravio injustificado a una persona1. Y sobre dicha potestad la jurisprudencia ha expuesto: () Comnmente la revocabilidad es un principio de derecho pblico que, abstraccin hecha de casuismos y matices doctrinarios, rige para los actos administrativos generales, impersonales o abstractos, los cuales pueden ser suprimidos del mundo del derecho por el mismo agente u rgano que los expidi respecto de las resoluciones generales, que por ser categoras normativas forman parte del derecho objetivo, a la facultad positiva de crearlas corresponde la facultad contraria de extinguirlas. (Vase Gabino Fraga. Derecho Administrativo. Edit. Porra, Mjico 1951, Pg. 227 y s.s.).

    () La doctrina dice, por ello, que la revocacin del acto es a su vez un acto de naturaleza constitutiva, y no declarativa como ocurre en el caso de la nulidad. En aquella se crean unas nuevas consecuencias jurdicas ex nunc o haca el futuro, en sta se extinguen o invalidan situaciones jurdicas ex tunc, o haca el pasado. La revocacin no tiene efecto retroactivo, y en consecuencia perduran las situaciones jurdicas concretas que hubieren nacido al amparo del acto revocado. ste por haber sido retirado del mundo del derecho ya no

    1 Artculo 69 del Cdigo Contencioso Administrativo -

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    8 de 252

    producir ms efectos en lo venidero, pero son vlidos los que durante su existencia jurdica produjo ()2. Y el artculo 71 ibdem, modificado por la ley 809 de 2003, en su artculo 1, estatuye que La revocacin podr cumplirse en cualquier tiempo, inclusive en relacin con actos en firme o an cuando se haya acudido a los tribunales contencioso administrativos, siempre que en este ltimo caso no se haya dictado auto admisorio de la demanda.- En todo caso, las solicitudes de revocacin directa de los actos administrativos de contenido general () debern ser resueltas por las autoridades competentes dentro de los tres (3) meses siguientes a su presentacin. En el caso sub examine, en principio lo que se pretende es la revocacin del MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS DE PLANTA GLOBAL DE CARGOS EDUCACION FINANCIADO CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO, el que sin dubitacin alguna constituye un acto general, por cuanto, debe ser impersonal, objetivo y abstracto, lo que lo torna en susceptible de revocacin en cualquier momento, como ya qued ello evidenciado. Dilucidado lo anterior, es del caso determinar si se dan las causales de revocacin del mismo, es decir, en primera medida si este resulta manifiestamente opuesto a la Constitucin y a la Ley, y al efecto, debemos mencionar el informe realizado por parte de la Oficina de Control Interno de Gestin del Municipio de Pasto, en el cual se puede destacar:

    () Que la Subsecretaria de Talento Humano no adelant los estudios para la elaboracin, actualizacin, modificacin o adicin del manual de funciones y de requisitos y de igual manera no velo por el cumplimiento de lo dispuesto en la ley. Que solicitado a la Subsecretaria de Talento Humano [el] registro del Formato MC F 001 (solicitud para elaborar, actualizar o anular documentos) en cumplimiento del procedimiento MC P 001 Control de Documentos, se evidencia que el mismo no fue registrado, revisado y aprobado por el lder del proceso, Gestin de Talento Humano y el Lder

    2 CSJ. Sala Constitucional. Sentencia 843, de 5 de mayo de 1981. M.P. Dr. Jorge Vlez Garca.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    9 de 252

    del Proceso Mejora Contina, previa asesora del equipo facilitador de calidad. () Que en el mismo no se deba incluir al personal del nivel directivo de la Secretaria de Educacin.

    Que existen errores en la identificacin de los niveles de los cargos, teniendo en cuenta la ley 909 de 2004.

    Que algunas de los funciones esenciales de los cargos no se ajustan a los perfiles.

    Que los perfiles de los profesionales son superiores a los del nivel directivo. La norma que debi servir de base a la administracin municipal para determinar cul sera el manual de funciones y competencias laborales en la Secretaria de Educacin, no es otra, que el Decreto No. 785 de 2005, Por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificacin y de funciones y requisitos generales de los empleos de las entidades territoriales que se regulan por las disposiciones de la ley 909 de 2004. Ya que ella estableci en sus artculos 27, 28, 29 y 32, lo siguiente:

    ARTICULO 27. ESTABLECIMIENTO DE LA PLANTA DE PERSONAL. Con sujecin a la nomenclatura y a la clasificacin de empleos por niveles, a las funciones, competencias y requisitos generales de que trata el presente decreto, las autoridades territoriales competentes procedern a adecuar la planta de personal y el manual especfico de funciones y requisitos dentro del ao siguiente a la vigencia del presente decreto.

    ARTICULO 28. OBLIGATORIEDAD DE LAS COMPETENCIAS LABORALES Y DE LOS REQUISITOS PARA EL EJERCICIO DE LOS EMPLEOS. De acuerdo con los criterios impartidos en el presente decreto para identificar las competencias laborales y con la reglamentacin que para el efecto expida el Gobierno Nacional, las autoridades competentes al elaborar los manuales especficos de funciones y requisitos, debern sealar las competencias para los empleos que conforman su planta de personal.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    10 de 252

    ARTICULO 29. AJUSTES DE PLANTAS DE PERSONAL Y MANUALES ESPECIFICOS DE FUNCIONES Y REQUISITOS. Para efectos de la aplicacin del sistema de nomenclatura y clasificacin de empleos de que trata el presente decreto, las autoridades territoriales competentes procedern a ajustar las plantas de personal y los respectivos manuales de funciones y requisitos, dentro del ao siguiente a la vigencia del decreto. ().

    ARTICULO 32. EXPEDICION. La adopcin, adicin, modificacin o actualizacin del manual especfico se efectuar mediante acto administrativo de la autoridad competente con sujecin a las disposiciones del presente Decreto.

    El establecimientos de plantas de personal y las modificaciones a estas requerirn, en todo caso, de la presentacin del respectivo proyecto del manual de funciones y requisitos.

    Corresponde a la unidad de personal de cada organismo o al que haga sus veces, adelantar los estudios para la elaboracin, actualizacin, modificacin o adicin del manual de funciones y requisitos y velar por el cumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto. ().

    Y en el artculo 13 ibdem constan los requisitos mnimos y mximos, por cada nivel de empleos, en relacin con estudios y experiencia. Tales requisitos fueron trabajados en un principio de manera tcnica con el acompaamiento del Ministerio de Educacin, sin embargo, tales no son los requisitos que finalmente fueron adoptados para el ejercicio de los cargos, pues qued en evidencia que segn el manual expedido, se cualific el perfil de manera que no lo hace objetivo, impersonal y abstracto, sino al contrario, subjetivo, personal y concreto, desvindose la funcin administrativa. Y para ello, bstenos tomar lo ya citado a ttulo de ejemplo por cada nivel, en la peticin de revocatoria directa que aqu se decide. De otra parte, en tratndose de la revocatoria de los actos administrativos, tambin ha dicho la jurisprudencia, que cuando estos son de contenido general, impersonal y en tal sentido abstracto, incluso es posible revocarlos, sin que entraen problemas de legalidad, y por razones de oportunidad o conveniencia. En efecto:

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    11 de 252

    () La facultad revocatoria de la administracin respecto del acto general o acto regla, segn la esclarecedora nomenclatura de la escuela realista de Duguit, es un atributo de la autoridad que, lato sensu, no est causalmente vinculado o condicionado a ninguna clase de irregularidades o vicios jurdicos del acto objeto de revocacin. sta se produce no porque el acto este viciado, adolezca de alguna tacha o en alguna manera repugne al ordenamiento jurdico. La abrogacin o derogacin del acto general (que no a otra cosa equivale su revocatoria) generalmente obedece a que hechos o circunstancias sobrevinientes, distintos o aun contrarios a los que determinaron su expedicin, tornndolo incompatible con el inters general u opuesto al bien comn. Como lo advierten las corrientes ms disputadas de la doctrina, la conformidad del acto con la ley encierra el criterio de legitimidad; la conformidad del acto con el inters pblico se refiere al criterio de conveniencia. Si el acto se conform en un principio con la ley, y fue por ello legitimo, no puede convertirse en ilegitimo con el devenir de los das, ni an en el evento de que la ley que originalmente respaldo su legitimidad sea derogada, puesto que la ley posterior derogatoria no puede aniquilar los elementos legales de un acto que cumpli con lo que exiga la ley que amparo su formacin; pero el acto que en su origen fue conveniente por coincidir con el inters general y favorecer el bien comn puede ulteriormente tornarse en inconveniente por llegar a ser incompatible o inarmnico con el inters pblico y an contrario al bien comn. La dinmica social ha hecho que stos cambien, y, por tanto, el acto original, por no satisfacerlos, tornase devuelto y an nocivo, por lo cual reclama abrogacin.

    El fenmeno brevemente descrito, concretado en la adecuacin del acto a las exigencias sociales, o sea al mantenimiento o desaparicin de sus atributos de oportunidad y conveniencia para satisfacer el inters pblico, ha sido llamado por la doctrina la cuestin de mrito del acto, la que, junto con la cuestin de legitimidad, que es el ajuste del acto al derecho, constituyen los ingredientes claves ()3.

    Lo anterior para evidenciar que un acto administrativo de carcter general, como es el que aqu se ha solicitado en revocacin, puede ser revocado en

    3 Idem.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    12 de 252

    cualquier tiempo por la misma autoridad que lo profiri, an por razones distantes de legalidad, como lo son las de oportunidad y conveniencia. Y en el evento que concentra nuestra atencin, es del caso decir, que la revocatoria solicitada, respecto del MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA GLOBAL DE CARGOS EDUCACION FINANCIADO CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO, se impone, pues resulta necesario ajustar el mismo con la ley 909 de 2004, y su decreto reglamentario No. 785 de 2005, y a las directrices tcnicas del Ministerio de Educacin Nacional. En conclusin:

    El manual de funciones habr de revocarse.

    Tal circunstancia genera efectos haca el futuro ex nunc.

    No se afectan las situaciones jurdicas consolidadas a su amparo, verbi gratia, los nombramientos ya realizados, los cuales, en este sentido no perdern su validez.

    Sin embargo, ello no significa que quienes ocupen cargos en provisionalidad, en la Secretaria de Educacin Municipal de Pasto, de los creados mediante el Decreto No. 0890 de 25 de noviembre de 2011, permanezcan indefinidamente en aquellos cargos cuyo manual de funciones aqu se revoca4-, pues slo lo sern en medida en que, una vez realizado el nuevo concurso para su provisin con personal de carrera administrativa, no se d el derecho preferencial de estos a ocuparlos, que sera un evento en el cual, permaneceran de seis meses en seis meses, siempre que la necesidad persista, y hasta su provisin definitiva por concurso. Ntese como con esta medida no se afecta su situacin jurdica consolidada cuando accedieron al cargo, y solo tiene efectos haca el futuro, producto de la adopcin del nuevo manual de funciones y requisitos, ajustado a la ley. Con lo anterior queda resuelta la peticin de inaplicabilidad del respectivo manual, al darse sustraccin de materia, pues no se puede aplicar lo que habr de revocarse. Ahora bien, frente a la aplicacin a los cargos de la Secretaria de Educacin Municipal, de lo establecido en el Decreto 292 de 30 de marzo de

    4 Habr de adoptarse el que lo reemplace, conforme a los criterios tcnicos, derivados de la ley 909 de 2004, el

    Decreto No. 785 de 2005, y las directrices del Ministerio de Educacin.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    13 de 252

    2009, que es el manual de funciones y de competencias laborales de la Alcalda Municipal de Pasto, debe decirse que ello no es factible, por cuanto, el Ministerio de Educacin observ, que el mismo es muy general para las actividades que se requieren en la Secretaria de Educacin, y por ende, se debe dar el retorno al trabajo tcnico en inicio adelantado por la Alcalda de Pasto, pero bajo su orientacin, como as se proceder, dentro de los lmites establecidos por la ley 909 de 2004 y su decreto reglamentario No. 785 de 2005, con criterio tcnico. En relacin con el respeto a los derechos de carrera administrativa, queda claro, que esa es la intencin de la decisin que aqu habr de adoptarse. Situacin diferente ocurre con la solicitud de revocatoria de () todos y cada uno de los Actos Administrativos que configuran una nueva Planta de Personal para la Secretaria de Educacin Municipal, pues, se trat fue de la creacin de unos cargos, segn se observa en el Decreto No. 0890 de 25 de noviembre de 2011, y no de la modificacin de la estructura administrativa de la Secretaria de Educacin Municipal, actividad que se desarroll con apeg al artculo 315, numeral 7 del texto constitucional de 1991, que permite al Alcalde crear los empleos de sus dependencias, sealarles funciones especiales, as como fijarles sus emolumentos, con arreglo a los acuerdos correspondientes, que habr de entenderse, son los que definieron la estructura orgnica y las escalas salariales en consideracin con las diferentes categoras de empleos. Y ms an la necesidad de su creacin provino de unas autorizaciones del Sistema General de Participaciones, con los cuales los financiar. Y en relacin con la revocatoria de la convocatoria No. 006 de 2 de diciembre de 2011, debo anotar que existe sustraccin de materia, pues la misma ya cumpli su objeto, y en igual sentido se dir de la peticin de revocatoria de las certificaciones dadas en la Alcalda en relacin con la inexistencia de funcionarios de carrera administrativa que cumplieran con los requisitos del Decreto No. 0900 de 29 de noviembre de 2011, que se indica en la peticin, se envi a la Comisin Nacional del Servicio Civil, y que dio base a que dichos cargos fueran provistos con personas en nombramiento en provisionalidad, y de la matriz de evaluacin de hojas de vida o historias laborales de los funcionarios, pues se trata de etapas ya cumplidas. Ahora bien, no es dable la revocatoria de los () actos de nombramiento provisional, sus comunicaciones y actas de posesin (), por cuanto se trata de actos de contenido particular y concreto, por lo cual no es dable hacerlo sin que medie el consentimiento escrito y

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    14 de 252

    expreso del correspondiente titular5, y slo se lo podr hacer sin el consentimiento del titular, cuando,

    () De manera pues, que si para lograr la expedicin de un acto administrativo que reconoce un derecho individual se ha hecho uso de medios ilegales, el derecho no es digno de proteccin y en ese caso opera el mandato contenido en el artculo 69 del Cdigo Contencioso Administrativo, segn el cual Los actos administrativos debern ser revocados por los mismos funcionarios que los hayan expedido o por sus inmediatos superiores porque indudablemente se da la primera de las causales que dan lugar a la revocatoria directa. A juicio de la Sala, esta interpretacin consulta los principios constitucionales y adems constituye una especie de sancin para quienes recurren a medios ilegales para obtener derechos. () no cabe este proceder, cuando la administracin simplemente ha incurrido en error de hecho o de derecho, sin que tenga en ello participacin el titular del derecho. En ese caso, estar obligada a demandar su propio acto ante la imposibilidad de obtener el consentimiento del particular para revocarlo6(Las negrillas son fuera de texto).

    Y con la precisin de que en tales eventos utilizacin de medios fraudulentos por el particular beneficiario del acto administrativo deber serle respetado a ste, el debido proceso antes de la decisin revocatoria, esto es, el procedimiento previsto en la primera parte del Cdigo Contencioso Administrativo, y que es el mismo procedimiento que es exigible cuando de aplicar la ley 190 de 19957, se trata. Sobre el particular la honorable Corte Constitucional en la sentencia C 672 de 2001, expuso: () En una

    5 ART. 73. Revocacin de actos de carcter particular y concreto. Cuando un acto administrativo haya creado o

    modificado una situacin jurdica de carcter particular y concreto o reconocido un derecho de igual categora, no podr ser revocado sin el consentimiento expreso y escrito del respectivo titular.

    Pero habr lugar a la revocacin de estos actos, cuando resulten de la aplicacin del silencio administrativo positivo, sin se dan las causales previstas en el artculo 69, o si fuere evidente que el acto ocurri por medios ilegales.

    Adems, siempre podrn revocarse parcialmente los actos administrativos en cuanto sea necesario para corregir simples errores aritmticos o de hecho que no incidan en el sentido de la decisin. 6 Consejo de Estado. Seccin Segunda. Sentencia 4260, mayo 6/92. M.P. Dra. Clara Forero de Castro.

    7 Artculo 5.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    15 de 252

    circunstancias de manifiesta ilegalidad, sin embargo, la aplicacin del principio de buena fe deber operar en beneficio de la administracin para proteger el inters pblico, pues en este caso la actuacin fraudulenta con la que se dio origen o desarrollo a la actuacin de la administracin rompe la confianza legitima que sustenta la presuncin de legalidad del acto expedido bajo tales circunstancias. El acto administrativo que as lo declare deber en todo caso hacer expresa mencin de dicha circunstancia y de la totalidad de los elementos de juicio que llevaron al convencimiento de la administracin, lo cual implica necesariamente la aplicacin de un procedimiento que permita a la administracin reunir dichos elementos de juicio (Las negrillas se encuentran por fuera de texto). De otra parte, se tiene que el nuevo manual de funciones que habr de implementarse en la Secretaria de Educacin Municipal, para toda su estructura de cargos, ya ha sido elaborado con el apoyo tcnico del Ministerio de Educacin Nacional, y por ende, una vez revocado el contenido en el Decreto No. 00900 de 29 de noviembre de 2011, aquel deber iniciar a regir, puesto que conforme al artculo 122 de la Constitucin Nacional de 1991, No habr empleo pblico que no tenga funciones detalladas en la ley o reglamento (). Con base en las precedentes consideraciones, se

    DECRETA ARTICULO PRIMERO: REVOCAR el MANUAL DE FUNCIONES COMPETENCIAS

    LABORALES PARA LOS EMPLEOS DE LA PLANTA GLOBAL DE CARGOS DE LA SECRETARIA DE EDUCACION FINANCIADO CON RECURSOS DEL SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES DE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE PASTO, contenido en el Decreto No. 00900 de 29 de diciembre de 2011, y proferido por la Alcalda Municipal de Pasto.

    ARTICULO SEGUNDO: Adoptar el siguiente manual de funciones y

    competencias laborales para los empleos de la planta global de cargos en educacin de la Alcalda

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    16 de 252

    Municipal de Pasto, y que se encuentran financiados con recursos del Sistema General de Participaciones:

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Directivo

    Denominacin del empleo: Secretario de Educacin

    Cdigo: 020

    Grado salarial: 12

    No. de cargos: 1

    Dependencia: Secretara de Educacin

    Cargo del jefe inmediato: Alcalde

    II. PROPOSITO PRINCIPAL Orientar el diseo y ejecucin de los planes, programas y proyectos en materia de Educacin Municipal y fijar las polticas y estrategias para la eficiente administracin del sector.

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Presentar ante el Alcalde los programas y proyectos que en materia de

    educacin, deban emprenderse por parte del municipio. 2. Elaborar y presentar ante el Concejo Municipal, con la autorizacin del

    Alcalde, los proyectos de acuerdo de su competencia y participar en los debates respectivos.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    17 de 252

    3. Aplicar y ejecutar en el municipio las polticas que en materia de educacin, manejo y control de la misma, le sealen los acuerdos, las ordenanzas o las leyes.

    4. Dirigir y vigilar la correcta prestacin de los servicios de la secretaria en

    funcin de su misin y efectuar los correctivos del caso. 5. Representar a la secretara ante la ciudadana y servir de enlace entre las

    autoridades, entidades y usuarios de los servicios de educacin y el Alcalde. 6. Tener la responsabilidad jurdica, financiera, administrativa y tcnica de la

    secretara y en tal virtud fijar y dirigir los lineamientos para el funcionamiento interno de la secretara.

    7. Presentar al Alcalde informes peridicos sobre la realizacin de los planes y

    programas. 8. Formular polticas para la inspeccin, vigilancia y supervisin de la

    educacin tanto pblica como privada, en el Municipio de Pasto. 9. Gestionar, fomentar y fortalecer proyectos pedaggicos alternativos,

    orientados al mejoramiento de la calidad y ampliacin de cobertura. 10. Identificar necesidades de cualificacin, formacin y actualizacin de

    docentes, directivos, administrativos y dems actores de la comunidad educativa.

    11. Definir anualmente las polticas de costos educativos y dems implementos

    escolares a aplicarse en las entidades educativas del municipio de Pasto, tanto del sector oficial como del privado.

    12. Coordinar con los directores de las redes educativas e instituciones, la

    adopcin y aplicacin de estrategias y mtodos para el mejoramiento del proceso de formacin, enseanza y aprendizaje propios del servicio pblico educativo.

    13. Formular polticas municipales para la investigacin y la experimentacin

    pedaggica y acadmica.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    18 de 252

    14. Participar en el diseo y aplicacin de criterios, procedimientos e instrumentos tcnicos para evaluar la calidad de la educacin, el desempeo profesional de los docentes y directivos docente, los logros de los educados, la eficiencia de los mtodos pedaggicos, de los textos y materiales educativos empleados, la gestin administrativa de los establecimientos y la eficiencia en la prestacin del servicio pblico educativo.

    15. Formular propuestas para consolidar el sistema nacional de acreditacin de

    la calidad de la educacin formal y no formal y para la continuidad, mejoramiento y evolucin de la funcin de inspeccin y vigilancia.

    16. Supervisar la implementacin de planes, programas y proyectos para la ejecucin y control de las actividades que tiendan a ser ms efectiva la gestin de administrativa.

    17. Velar por la implementacin y mejoramiento continuo de los Sistemas de

    Control Interno y Gestin de la Calidad. 18. Las dems funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo

    con el nivel, la naturaleza y rea de desempeo del cargo.

    IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Se presenta ante el Alcalde los programas y proyectos, que en materia de

    educacin deben emprenderse por parte del municipio. 2. Las polticas que en materia de educacin, manejo y control son aplicadas

    y ejecutadas conforme lo sealan los acuerdos, las ordenanzas o las leyes. 3. La responsabilidad jurdica, financiera, administrativa y tcnica es asumida

    de tal manera que fija y dirige los lineamientos para el funcionamiento interno de la secretara.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    19 de 252

    4. Las polticas para la inspeccin, vigilancia, supervisin, investigacin y experimentacin pedaggica de la educacin son formuladas en la educacin pblica y privada del municipio.

    5. Los proyectos pedaggicos, actualizacin del personal, las estrategias y

    mtodos implementados permiten el mejoramiento de la calidad y cobertura de la educacin.

    6. Las polticas de costos educativos y dems implementos escolares a

    aplicarse en las instituciones educativas son definidas para los sectores tanto oficial como privado.

    7. Las propuestas para consolidar el sistema nacional de acreditacin de la

    calidad de la educacin formal y no formal son formuladas para la continuidad, mejoramiento y evolucin de la funcin de inspeccin y vigilancia.

    8. La implementacin de planes y programas y proyectos supervisados para la

    ejecucin y control de las actividades que tienden a ser mas efectiva la gestin administrativa.

    9. Los Sistemas de Control Interno y Gestin de la Calidad se implementan y se

    les hace seguimiento para su mejoramiento continuo.

    V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

    1. Constitucin Poltica de Colombia. 2. Ley General de Educacin. 3. Polticas pblicas en administracin de personal. 4. Metodologas de investigacin y diseos de proyectos. 5. Normatividad sobre contratacin estatal.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    20 de 252

    6. Modelo Estndar de Control Interno 1000:2005 y Norma Tcnica de la Calidad en la Gestin Pblica 1000:2004 y sus reglamentarios.

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional y Especializacin Veinticuatro (24) meses de

    experiencia profesional.

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Directivo

    Denominacin del empleo: Subsecretario Administrativo y Financiero

    Cdigo: 045

    Grado salarial: 06

    No. de cargos: 1

    Dependencia: Secretara de Educacin

    Cargo del jefe inmediato: Secretario de Educacin

    II. PROPOSITO PRINCIPAL

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    21 de 252

    Planear, coordinar, programar organizar dirigir y controlar el desarrollo de los programas, proyectos y estudios que le sean encomendados, as como presentar planes y proyectos que tiendan a ser ms efectiva la Subsecretara Administrativa y Financiera.

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES 1. En coordinacin con la Subsecretara de Talento Humano, se realizar los

    trmites necesarios para la elaboracin de proyectos de actos administrativos sobre permisos, licencias, incapacidades, vacaciones, vinculaciones, retiros, traslados, etc., as como de las diferentes situaciones administrativas del personal de la Secretara de Educacin.

    2. Elaborar los actos administrativos para la adquisicin de bienes o

    contratacin de servicios operativos, tcnicos o profesionales que requieran la buena marcha de la Secretara de Educacin.

    3. Revisar y aprobar la documentacin correspondiente para dar curso a los

    diferentes trmites adelantados ante su dependencia. 4. Elaborar con base en el informe de almacn, el programa anual de

    compras y suministros y presentarlo ante la Secretara de Educacin, para su aprobacin.

    5. Presentar los proyectos de estudios de carcter financiero que deba realizar

    la secretara y preparar los proyectos de cofinanciacin ante los organismos nacionales.

    6. Atender y contestar los requerimientos de la Contralora en asuntos

    relacionados con su competencia. 7. Adelantar los trmites necesarios para la adquisicin de los elementos

    indispensables para el normal funcionamiento de la secretara. 8. Supervisar la realizacin del informe de inventarios, consolidados de los

    bienes muebles e inmuebles de la secretara.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    22 de 252

    9. Solicitar la informacin necesaria y coordinar la elaboracin peridica de la nmina de los funcionarios, as como la del plan de pagos a proveedores y contratistas, transferencias y otras, segn las disponibilidades de fondos en caja y bancos, con la oportunidad y diligencia del caso.

    10. Controlar el cumplimiento del reglamento de trabajo por parte de los

    funcionarios de la secretara. 11. Coordinar los servicios de recepcin, mensajera, aseo, vigilancia, y

    mantenimiento de los bienes y equipos del establecimiento. 12. Coordinar y organizar con el superior inmediato los programas de bienestar

    social de los trabajadores y empleados de la secretara. 13. Coordinar los eventos culturales, deportivos y recreativos para los

    funcionarios de la secretara. 14. Coordinar y organizar con el superior inmediato los programas de salud

    ocupacional de los trabajadores y empleados de la secretara. 15. Coordinar y organizar con el superior inmediato los programas de

    capacitacin de los trabajadores y empleados de la secretara. 16. Dirigir, controlar y vigilar el funcionamiento de las unidades adscritas a su

    dependencia. 17. Dirigir, supervisar y participar en los estudios o investigaciones que permitan

    mejorar la prestacin de los servicios a cargo de la subsecretara. 18. Atender y responder las inquietudes, consultar y requerimientos verbales o

    escritos formulados por las autoridades y pblico en general, dentro de los trminos y lmites legales.

    19. Denunciar ante el inmediato superior o las entidades competentes sobre las

    irregularidades o anomalas relacionadas con los asuntos, elementos o documentos encomendados y que atenten contra la buena marcha de la secretara.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    23 de 252

    20. Estudiar y adoptar los procedimientos y las medidas que garanticen eficacia, celeridad y confiabilidad a los trmites que se surten ante las dependencias de la subsecretara y ejercer los controles correspondientes.

    21. Responder por todas y cada una de sus actuaciones, asumiendo las

    consecuencias que se deriven del ejercicio de sus funciones. 22. Manifestar liderazgo en las actividades programadas para la dependencia

    y con e personal a su cargo. 23. Velar por la implementacin y mejoramiento continuo de los Sistemas de

    Control Interno y Gestin de la Calidad. 24. Las dems funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo

    con el nivel, la naturaleza y rea de desempeo del cargo.

    IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. Los trmites para la elaboracin de proyectos de actos administrativos sobre

    permisos, licencias y dems novedades son efectuados en coordinacin con la Subsecretara de Talento Humano para todas las situaciones administrativas del personal de educacin.

    2. La documentacin correspondiente con sus respectivos informes es revisada

    y aprobada para dar curso a los diferentes tramites en cumplimiento de los objetivos de la dependencia.

    3. Los estudios financieros de la secretaria sirven de sustento para los proyectos

    de cofinanciacin presentados ante los organismos nacionales. 4. La informacin solicitada la nomina de funcionarios y plan de pagos de

    proveedores y contratistas se elabora segn las disponibilidades. 5. Los servicios generales, de manejo de documentos y los de bienestar social

    se coordinan para el normal funcionamiento y logro de los objetivos de la dependencia.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    24 de 252

    6. Los estudios e investigaciones se dirigen y supervisan permitiendo el mejoramiento continuo de la prestacin de los servicios de manera eficaz y confiable a cargo de su dependencia.

    7. Las inquietudes y los requerimientos verbales o escritos consultados que

    formulan las autoridades, organismos de control y el pblico son respondidas y atendidas dentro de los trminos y lmites legales.

    8. Las irregularidades en los documentos encomendados y que atentan contra

    la buena marcha de la dependencia se denuncian ante el jefe inmediato o ante las autoridades o entes competentes.

    9. Los Sistemas de Control Interno y Gestin de la Calidad se implementan y se

    les hace seguimiento para su mejoramiento continuo.

    V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES 1. Constitucin Poltica de Colombia. 2. Ley General de Educacin. 3. Normatividad y Polticas Pblicas en administracin de personal. 4. Metodologas de investigacin y diseos de proyectos. 5. Normatividad sobre contratacin estatal. 6. Modelo Estndar de Control Interno 1000:2005 y Norma Tcnica de la

    Calidad en la Gestin Pblica 1000:2004 y sus reglamentarios.

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional. Veinticuatro (24) meses de

    experiencia profesional.

    I. IDENTIFICACION

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    25 de 252

    Nivel: Directivo

    Denominacin del empleo: Subsecretario de Calidad Educativa

    Cdigo: 045

    Grado salarial: 06

    No. de cargos: 1

    Dependencia: Secretara de Educacin

    Cargo del jefe inmediato: Secretario de Educacin

    II. PROPOSITO PRINCIPAL Dinamizar procesos de innovacin y actualizacin en los campos organizativo, pedaggico e investigativo con la participacin comunitaria para la bsqueda permanente de la calidad educativa en el municipio de Pasto.

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Organizar, ejecutar, vigilar y evaluar el servicio pblico educativo. 2. Garantizar el mejoramiento continuo de los establecimientos educativos

    con el propsito de mejorar la educacin en el municipio. 3. Ejercer inspeccin, vigilancia y supervisin de la educacin en el municipio

    de Pasto. 4. Generar y ejecutar estrategias para realizar el ejercicio de evaluacin de

    desempeo de docentes y directivos docentes para generar propuestas de mejoramiento en la calidad educativa.

    5. Fomentar la investigacin y la experimentacin pedaggica. 6. Cualificar y acompaar permanentemente los procesos pedaggicos

    organizativos y de gestin a las instituciones, ncleos y redes educativas.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    26 de 252

    7. Gestionar, fomentar y fortalecer proyectos pedaggicos alternativos, orientados al mejoramiento de la calidad y ampliacin de cobertura.

    8. Identificar necesidades de cualificacin, formacin y actualizacin de

    docentes, directivos, administrativos y dems actores de la comunidad educativa.

    9. Definir anualmente las polticas de costos educativos y dems implementos

    escolares a aplicarse en las instituciones del municipio de Pasto, del sector oficial y privado

    10. Participar en la formulacin y en la determinacin de los planes y programas

    del rea de su competencia. 11. Dirigir, supervisar, promover y participar en los estudios e investigaciones,

    que permitan mejorar la prestacin de los servicios a su cargo y el oportuno cumplimiento de los planes, proyectos y programas.

    12. Asistir a las directivas de la entidad en la adecuada aplicacin de las

    normas y procedimientos propios del mbito de su competencia. 13. Administrar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas,

    proyectos y las actividades de la dependencia y del personal a su cargo. 14. Proponer e implantar los procedimientos e instrumentos requeridos para

    mejorar la prestacin de los servicios a cargo de la dependencia. 15. Rendir los informes que les sean solicitados y los que normalmente deban

    presentarse acerca de la gestin del rea de desempeo. 16. Velar por la implementacin y mejoramiento continuo de los Sistemas de

    Control Interno y Gestin de la Calidad. 17. Las dems funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo

    con el nivel, la naturaleza y rea de desempeo del cargo.

    IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    27 de 252

    1. El servicio pblico educativo se organiza, ejecuta, vigila y evala. 2. La cobertura en el sistema educativo del municipio de Pasto se mantiene y

    amplia adecuadamente. 3. En el sistema de educacin del municipio de Pasto se ejerce inspeccin,

    vigilancia y supervisin permanente. 4. Los proyectos pedaggicos alternativos, orientados al mejoramiento de la

    calidad y ampliacin de cobertura son fomentados y fortalecidos permanentemente.

    5. Las necesidades de cualificacin, formacin y actualizacin de docentes,

    directivos, administrativos y dems actores de la comunidad educativa son identificadas.

    6. Los estudios e investigaciones, que permiten mejorar la prestacin de los

    servicios a su cargo y el oportuno cumplimiento de los planes, proyectos y programas son dirigidos, supervisados y promovidos.

    7. El desarrollo de los programas, proyectos y las actividades de la

    dependencia y del personal a su cargo son administrados, dirigidos, controlados y evaluados.

    8. Los procedimientos e instrumentos requeridos para mejorar la prestacin de

    los servicios a cargo de la dependencia son propuestos e implantados oportunamente.

    9. Los Sistemas de Control Interno y Gestin de la Calidad se implementan y se

    les hace seguimiento para su mejoramiento continuo.

    V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES 1. Constitucin Poltica de Colombia. 2. Ley General de Educacin.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    28 de 252

    3. Normatividad en gestin pedaggica. 4. Metodologas de investigacin y diseo de proyectos. 5. Planeacin y control de programas y proyectos. 6. Polticas pblicas de administracin de personal. 7. Modelo Estndar de Control Interno 1000:2005 y Norma Tcnica de la

    Calidad en la Gestin Pblica 1000:2004 y sus reglamentarios.

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional. Veinticuatro (24) meses de

    experiencia profesional.

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Directivo

    Denominacin del empleo: Subsecretario de Cobertura

    Cdigo: 045

    Grado salarial: 06

    No. de cargos: 1

    Dependencia: Secretara de Educacin

    Cargo del jefe inmediato: Secretario de Educacin

    II. PROPSITO PRINCIPAL

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    29 de 252

    Desarrollar e implementar polticas y acciones orientadas que permitan garantizar la permanencia de los estudiantes o disminuir la desercin escolar con el propsito de ampliar la cobertura en el sistema educativo del municipio

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Establecer las directrices, criterios, procedimientos y cronograma para la

    organizacin y gestin de cobertura del servicio educativo 2. Mantener y ampliar la cobertura en el sistema educativo del Municipio de

    Pasto para fortalecer el sistema educativo en el municipio. 3. Ejercer inspeccin, vigilancia y supervisin de la educacin en el municipio

    de Pasto con el propsito de disminuir los ndices de desercin escolar y ampliar la cobertura en el municipio.

    4. Gestionar, fomentar y fortalecer proyectos pedaggicos alternativos, en

    coordinacin con la Subsecretara de Calidad, orientados al mejoramiento de la calidad y ampliacin de cobertura.

    5. Participar en la formulacin y en la determinacin de los planes y programas

    del rea de su competencia para ser articulados con el Plan General del sector.

    6. Dirigir, supervisar, promover y participar en los estudios e investigaciones a su

    cargo orientados a la ampliacin de la cobertura y disminucin de los ndices de desercin escolar.

    7. Administrar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas, proyectos y las actividades de la dependencia y del personal a su cargo.

    8. Rendir los informes que les sean solicitados y los que normalmente deban

    presentarse acerca de la gestin del rea de desempeo. 9. Mantener y ampliar la cobertura e n el sistema educativo del Municipio de

    Pasto.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    30 de 252

    10. Velar por la implementacin y mejoramiento continuo de los Sistemas de Control Interno y Gestin de la Calidad.

    11. Las dems funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo

    con el nivel, la naturaleza y rea de desempeo del cargo.

    IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. El servicio pblico educativo se organiza ejecuta vigila y evala como

    prioridad para disminuir desercin escolar o implementar la cobertura. 2. La cobertura en el sistema educativo del Municipio de Pasto se mantiene y

    amplia adecuadamente. 3. Los proyectos pedaggicos alternativos, orientados al mejoramiento de la

    calidad y ampliacin de cobertura son fomentados y fortalecidos permanentemente.

    4. Los estudios e investigaciones, que permiten incrementar la cobertura en le sector educativo son dirigidos, supervisados y promovidos.

    5. El desarrollo de los programas, proyectos y las actividades de la

    dependencia y del personal a su cargo son administrados, dirigidos, controlados y evaluados.

    6. Los procedimientos e instrumentos requeridos para mejorar la prestacin de

    los servicios a cargo de la dependencia son propuestos e implantados oportunamente.

    7. Los Sistemas de Control Interno y Gestin de la Calidad se implementan y se

    les hace seguimiento para su mejoramiento continuo.

    V. CONOCIMIENTOS BSICOS O ESENCIALES 1. Constitucin Poltica de Colombia.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    31 de 252

    2. Ley General de Educacin. 3. Normatividad en gestin pedaggica. 4. Metodologas de investigacin y diseo de proyectos. 5. Planeacin y control de programas y proyectos. 6. Polticas pblicas de administracin de personal. 7. Modelo Estndar de Control Interno 1000:2005 y Norma Tcnica de la

    Calidad en la Gestin Pblica 1000:2004 y sus reglamentarios.

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional. Veinticuatro (24) meses de

    experiencia profesional.

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Asesor

    Denominacin del empleo: Jefe Oficina Asesora de Planeacin

    Cdigo: 115

    Grado salarial: 11

    No. de cargos: 1

    Dependencia: Secretara de Educacin

    Cargo del jefe inmediato: Secretario de Educacin

    II. PROPOSITO PRINCIPAL

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    32 de 252

    Brindar asesora, asistencia y apoyo logstico en la formulacin de polticas,

    planes y proyectos de desarrollo educativo en el municipio.

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Formular los planes de desarrollo educativo para el municipio, en

    coordinacin con las dems dependencias. 2. Asesorar a las dems dependencias en la aplicacin de metodologas de la

    planeacin participativa y estratgica en la elaboracin de planes, subprogramas y proyectos a corto, mediano y largo plazo en materia educativa.

    3. Con el visto bueno del Secretario de Educacin, establecer convenios con

    entidades, instituciones nacionales con miras al diseo e implementacin de planes, programas y acciones educativas.

    4. Emitir conceptos tcnicos que recomienden al Secretario de Educacin, las

    diferentes alternativas en la toma de decisiones en materia administrativa para la correcta distribucin de recursos.

    5. Proponer y emitir en articulacin con la Subsecretara Administrativa y

    Financiera, concepto sobre creacin, supervisin, reubicacin de plazas docentes, directivas, administrativas y de servicios dependientes de la Secretara de Educacin del Municipio.

    6. Evaluar el desarrollo y estado de implementacin de los planes, programas y

    proyectos especficos de carcter Internacional, nacional, regional y local. 7. Elaborar el proyecto de presupuesto que anualmente deba presentarse al

    gobierno nacional en articulacin con la Subsecretara de Administrativa y Financiera, elaborar.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    33 de 252

    8. Realizar en articulacin con la Subsecretara Administrativa y Financiera el proyecto de presupuesto de la inversin mnima legal, de acuerdo a las necesidades de los establecimientos de educacin del municipio.

    9. Elaborar la programacin anual, semestral o peridica que determine el

    Secretario de Educacin, sobre las actividades que deba realizar la secretara.

    10. Dirigir, supervisar, promover y participar en los estudios e investigaciones,

    que permitan mejorar la prestacin de los servicios a su cargo y el oportuno cumplimiento de los planes, proyectos y programas.

    11. Administrar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas,

    proyectos y las actividades de la dependencia y del personal a su cargo. 12. Proponer e implantar los procedimientos e instrumentos requeridos para

    mejorar la prestacin de los servicios a cargo de la dependencia. 13. Rendir los informes que les sean solicitados y los que normalmente deban

    presentarse acerca de la gestin del rea de desempeo. 14. Velar por la implementacin y mejoramiento continuo de los Sistemas de

    Control Interno y Gestin de la Calidad y hacer seguimiento, anlisis y mejora a los procesos de modernizacin de la SEM.

    15. Las dems funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo

    con el nivel, la naturaleza y rea de desempeo del cargo.

    IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La planeacin participativa y estratgica, los planes, subprogramas y

    proyectos cuentan con la asesora metodolgica. 2. Los convenios con entidades, instituciones nacionales, regionales y locales

    se establecen con el visto bueno del Secretario de Educacin con miras al diseo e implementacin de planes, programas y acciones educativas.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    34 de 252

    3. Los conceptos tcnicos son emitidos con el fin de proponer al Secretario de Educacin las diferentes alternativas en la toma de decisiones para la correcta distribucin de los recursos en materia administrativa.

    4. En la creacin y reubicacin de plazas de docentes, directivas,

    administrativas y de servicios dependientes se proponen y emiten conceptos en concurrencia con la Subsecretaria Administrativa y Financiera de la Secretaria de Educacin del Municipio.

    5. El presupuesto de inversin mnima legal se realiza en concurrencia con la

    Subsecretaria Administrativa y Financiera de acuerdo con las necesidades de los establecimientos de educacin del municipio.

    6. Los estudios, e investigaciones se dirigen, promueven y supervisan con el fin

    de mejorar la prestacin de servicio a su cargo y de darle oportuno cumplimiento a los planes proyectos y programas.

    7. Los informes que les sean solicitados y los que normalmente deban

    presentarse se rinden acerca de la gestin del rea de desempeo. 8. Los Sistemas de Control Interno y Gestin de la Calidad se implementan y se

    les hace seguimiento para su mejoramiento continuo.

    V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES 1. Constitucin Poltica de Colombia. 2. Metodologas de investigacin y diseos de proyectos. 3. Sistemas de planeacin. 4. Normatividad de la Educacin en Colombia. 5. Modelo Estndar de Control Interno 1000:2005 y Norma Tcnica de la

    Calidad en la Gestin Pblica 1000:2004 y sus reglamentarios.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    35 de 252

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional. Veinticuatro (24) meses de

    experiencia profesional.

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Asesor

    Denominacin del empleo: Jefe de Oficina de Asesora Jurdica

    Cdigo: 115

    Grado salarial: 11

    No. de cargos: 1

    Dependencia: Secretaria de Educacin

    Cargo del jefe inmediato: Secretario de Educacin

    II. PROPOSITO PRINCIPAL Asesorar, conceptuar, sustanciar, proyectar, revisar y elaborar todos los actos, actas, documentos y contratos que correspondan por competencia funcional, desconcentracin, comisin o delegacin al Secretario de Despacho y a los

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    36 de 252

    servidores de la respectiva dependencia, ajustndolos a las normas legales vigentes.

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Asesorar y conceptuar jurdicamente sobre los asuntos que sean sometidos a

    su consideracin por parte del Alcalde, el Secretario de Despacho y los servidores de las respectivas dependencia.

    2. Diligenciar los actos, actas, documentos y contratos que correspondan por

    competencia al Alcalde y/o Secretario del respectivo Despacho, y que se originen en las funciones, comisiones, desconcentracin funcional o delegaciones asignadas a los servidores de las diferentes oficinas que conforman la dependencia.

    3. Sustanciar los recursos de la va gubernativa que correspondan por

    competencia funcional, desconcentrada, comisionada o delegada al Secretario de Despacho.

    4. Ejercer por delegacin o poder del representante legal de la alcalda la

    representacin jurdica judicial o extrajudicial en los asuntos de la entidad municipal.

    5. Verificar que los actos administrativos que expida el secretario de

    despacho o los subsecretarios se encuentren ceidos a la ley. 6. Preparar y sustentar los proyectos de acuerdo de competencia de la

    secretaria para ser presentados por el ejecutivo municipal al Concejo. 7. Coadyuvar y/o sustentar ante el Concejo municipal los proyectos de acuerdo

    de competencia de la dependencia. 8. Proyectar los actos administrativos de competencia de la secretaria para

    aprobacin y suscripcin del seor Alcalde. 9. Atender, responder, efectuar el seguimiento, control y cumplimiento de

    las acciones de tutela de competencia de la secretara.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    37 de 252

    10. Coadyuvar con la Oficina de Asesora Jurdica del Despacho del Alcalde en

    la recoleccin de documentacin, proyeccin y defensa de las diferentes acciones judiciales y administrativas, en las que versen funciones, acciones y/o omisiones de la respectiva Secretara

    11. Ejercer por delegacin o poder del representante legal la representacin

    jurdica o extrajudicial correspondiente para adelantar los procesos ante las autoridades judiciales.

    12. Velar por la implementacin y mejoramiento continuo de los Sistemas de

    Control Interno y Gestin de la Calidad. 13. Las dems funciones asignadas por la autoridad competente, de acuerdo

    con el nivel, la naturaleza y rea de desempeo del cargo.

    IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES 1. La representacin jurdica o extrajudicial se ejerce por delegacin o por

    representacin legal ante las autoridades judiciales a fin de procurar que los contribuyentes satisfagan las obligaciones del municipio.

    2. La Secretara de Educacin es asesorada jurdicamente en los asuntos

    propios de su competencia. 3. Los proyectos de actos administrativos y los proyectos de acuerdo que se

    presenten y se expiden en la dependencia son preparados oportunamente. 4. El Alcalde, Secretario de Educacin y los asesores de la dependencia son

    acompaados y asesorados en la sustentacin jurdica de los proyectos de acuerdo, ante el Concejo Municipal.

    5. Los Sistemas de Control Interno y Gestin de la Calidad se implementan y se les hace seguimiento para su mejoramiento continuo.

    V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

    1. Constitucin Poltica de Colombia.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    38 de 252

    2. Rgimen del sector de la educacin en Colombia. 3. Rgimen de administracin municipal. 4. Normatividad sobre contratacin estatal. 5. Modelo Estndar de Control Interno 1000:2005 y Norma Tcnica de la

    Calidad en la Gestin Pblica 1000:2004 y sus reglamentarios.

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo Profesional de Abogado. Veinticuatro (24) meses de

    experiencia.

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Asesor

    Denominacin del empleo: Jefe Oficina Asesora de Inspeccin y Vigilancia

    Cdigo: 115

    Grado salarial: 11

    No. de cargos: 1

    Dependencia: Secretara de Educacin

    Cargo del jefe inmediato: Secretario de Educacin

    II. PROPOSITO PRINCIPAL

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    39 de 252

    Realizar la inspeccin y vigilancia a la gestin de los establecimientos educativos del municipio.

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Revisin y aprobacin del reglamento territorial y plan operativo anual de inspeccin y vigilancia con el propsito de mantener estricto control sobre la gestin de los establecimientos educativos.

    2. Adelantar las acciones necesarias para la legalizacin de los

    establecimientos educativos con el propsito de que se ajusten a la normatividad vigente.

    3. Coordinan y realizar la inspeccin y vigilancia a la gestin de los

    establecimientos educativos para poder proponer acciones de mejoramiento en la calidad educativa.

    4. En articulacin con las dems dependencias de la Secretaria Educacin

    Municipal Formular los planes de desarrollo educativo para el municipio. 5. Asesorar a las dems dependencias a los establecimientos educativos en la

    aplicacin de metodologas y procesos de inspeccin y vigilancia. 6. Emitir conceptos tcnicos relacionados con sus funciones que recomienden

    al Secretario de Educacin, acciones de mejoramiento como producto del ejercicio de inspeccin y vigilancia ejercido.

    7. Dirigir, supervisar, promover y participar en los estudios e investigaciones,

    que permitan mejorar la prestacin de los servicios a su cargo y el oportuno cumplimiento de los planes, proyectos y programas.

    8. Administrar, dirigir, controlar y evaluar el desarrollo de los programas,

    proyectos y las actividades de la dependencia y del personal a su cargo.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    40 de 252

    9. Velar por la implementacin y mejoramiento continuo de los Sistemas de

    Control Interno y Gestin de la Calidad y hacer seguimiento, anlisis y mejora a los procesos de modernizacin de la SEM.

    10. Las dems funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo

    con el nivel, la naturaleza y rea de desempeo del cargo. IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

    1. Se ejerce estricto control sobre la gestin de los establecimientos

    educativos, revisando y aprobando el reglamento territorial y plan operativo anual de inspeccin y vigilancia.

    2. Los establecimientos educativos son legalizados ajustados a la normatividad

    vigente. 3. Se proponer acciones de mejoramiento en la calidad educativa con base

    en la inspeccin y vigilancia a la gestin de los establecimientos educativos. 4. Se asesorar a las diferentes dependencias y a los establecimientos

    educativos en la aplicacin de metodologas y procesos de inspeccin y vigilancia.

    5. Se hacen recomendaciones para el mejoramiento del sector educativo

    como producto del ejercicio de inspeccin y vigilancia ejercido. 6. Los estudios, e investigaciones se dirigen, promueven y supervisan con el fin

    de mejorar la prestacin de servicio a su cargo y de darle oportuno cumplimiento a los planes proyectos y programas.

    7. Los informes que les sean solicitados y los que normalmente deban

    presentarse se rinden acerca de la gestin del rea de desempeo. 8. Los Sistemas de Control Interno y Gestin de la Calidad se implementan y se

    les hace seguimiento para su mejoramiento continuo.

    V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    41 de 252

    1. Constitucin Poltica de Colombia. 2. Metodologas de investigacin y diseos de proyectos. 3. Sistemas de planeacin. 4. Normatividad de la Educacin en Colombia. 5. Modelo Estndar de Control Interno 1000:2005 y Norma Tcnica de la

    Calidad en la Gestin Pblica 1000:2004 y sus reglamentarios.

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional. Veinticuatro (24) meses de

    experiencia profesional.

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Profesional

    Denominacin del empleo: Profesional Universitario

    Cdigo: 219

    Grado salarial: 06

    No. de cargos: 1

    Dependencia: Subsecretara Administrativa y Financiera

    Cargo del jefe inmediato: Subsecretario Administrativo y Financiero

    II. PROPOSITO PRINCIPAL

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    42 de 252

    Mantener un sistema de informacin institucional integral y consistente desarrollando las actividades del proceso de gestin del Sistema de informacin y gestionar las comunicaciones a travs de las actividades planteadas en el proceso que permite Gestionar Comunicaciones Institucionales.

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESENCIALES 1. Recibir, Planear y distribuir requerimientos de informacin, a travs de

    normatividad de conformidad con las disposiciones del MEN y la Secretara de Educacin Municipal, en articulacin con el profesional de servicios informticos.

    2. Definir y desarrollar capacitacin para recoleccin de informacin y

    diligenciamiento de formatos, en coordinacin con el profesional de servicios informticos.

    3. Verificar el cumplimiento del plan de recoleccin de informacin con los requisitos del cliente.

    4. Recopilar y verificar informacin para lo cual deber clasificar y organizar la informacin de Establecimientos Educativos, reas de la Secretaria de Educacin y el Ente territorial.

    6. Generar y analizar reportes de informacin.

    7. Verificar reportes de informacin de acuerdo con los requisitos del cliente. 8. Enviar informacin, actualizar solicitud y publicar. 9. Planear comunicaciones, a travs del diagnstico comunicacional. 10. Definir objetivos y estrategias de comunicaciones a emplear.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    43 de 252

    11. Elaborar el plan de comunicaciones en los formatos establecidos de acuerdo con el documento de estrategia y el plan de comunicaciones.

    12. Consolidar el plan de comunicaciones de la Secretaria de Educacin con el

    Ente territorial para posteriormente ser divulgado. 13. Preparar y enviar informacin a divulgar, de acuerdo a los parmetros

    mnimos y las polticas de comunicaciones. 14. Organizar, Analizar, gestionar y revisar la informacin que ser divulgada, a

    travs de la Secretaria de Educacin.

    15. Divulgar informacin por medio de la oficina de comunicaciones y prensa del Ente Territorial.

    16. Evaluar Comunicaciones, a travs del seguimiento continuo al plan de

    comunicaciones. 17. Determinar que comunicaciones se les va a medir el impacto y de acuerdo

    a que instrumentos. 18. Realizar informe de medicin de impacto, de acuerdo a su evaluacin.

    IV. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

    1. Los requerimientos de informacin se Recibir distribuyen y cuentan con planeacin de a la normatividad y disposiciones del MEN y la Secretara de Educacin Municipal y en articulacin con el profesional de servicios informticos.

    2. El personal cuenta con capacitacin para recoleccin de informacin y

    diligenciamiento de formatos, en coordinacin con el profesional de servicios informticos.

    1. La informacin es organizada, recopilada y verificada tanto de los

    establecimientos educativos, de las reas de la Secretara de Educacin y el Ente Territorial.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    44 de 252

    2. La informacin es actualizada y publicada. 3. Se cuenta con objetivos y estrategias de comunicaciones a emplear. 4. Se cuenta con el plan de comunicaciones en los formatos establecidos de

    acuerdo con el documento de estrategia y el plan de comunicaciones. V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES

    1. Constitucin Poltica de Colombia. 2. Normatividad de comunicaciones. 3. Normatividad de la Educacin en Colombia. 4. Modelo Estndar de Control Interno 1000:2005 y Norma Tcnica de la

    Calidad en la Gestin Pblica 1000:2004 y sus reglamentarios.

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo profesional en Comunicacin Social y Periodismo

    Doce (12) meses de experiencia

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Profesional

    Denominacin del empleo:

    Profesional Universitario

    Cdigo: 219

    Grado salarial: 06

    No. de cargos: 3

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    45 de 252

    Dependencia: Oficina Asesora Jurdica

    Cargo del jefe inmediato:

    Jefe Oficina Asesora Jurdica

    II. PROPSITO PRINCIPAL

    Dar trmite a los asuntos judiciales, extrajudiciales y asesora jurdica dentro de los trminos y el marco legal vigente a las diferentes reas de la SEM.

    III. DESCRIPCIN DE FUNCIONES ESENCIALES

    1. Aplicar los conocimientos propios de su formacin profesional con soporte jurdico a las diferentes reas de la SEM.

    2. Representar a la Secretaria de Educacin en las conciliaciones cuando le sea asignado, cumpliendo con los parmetros establecidos en el estudio jurdico, tcnico y econmico y las recomendaciones del comit de conciliacin del Ente territorial.

    3. Proyectar y elaborar respuestas a derechos de peticin, actos administrativos, recursos administrativos que se interpongan en contra de actos administrativos proferidos por la Secretara de Educacin Municipal, acciones de tutela, elaborar conceptos jurdicos, sustanciar y proyectar las impugnaciones de las decisiones judiciales dentro de las acciones de tutelas.

    4. Recolectar y analizar la informacin necesaria para interponer una accin judicial contra un tercero o responder una accin presentada contra la SEM, y atender los procesos que se encuentran activos dentro de los trminos estipulados para el caso.

    5. Procurar por el cumplimiento de los acuerdos de conciliacin en los que participa la Secretaria de Educacin segn lo establecido por el ente conciliador.

    6. Revisar y/o elaborar los actos administrativos de modo que cumplan con los parmetros legales y del cliente.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    46 de 252

    7. Emitir conceptos y orientaciones de tipo jurdico de modo que corresponda a la legislacin vigente.

    8. Realizar la medicin de los indicadores de proceso, segn lo establecido en la ficha tcnica de cada indicador y establecer o proponer las acciones respectivas para lograr mayor eficiencia y efectividad.

    9. Representar Judicialmente al Municipio de Pasto Secretaria de Educacin en Procesos Judiciales Contenciosos Administrativos, Laborales, Penales, Cobro Jurdico o de cualquier naturaleza en los que el Municipio de Pasto- Secretaria de Educacin tenga inters o sea sujeto procesal, apoyar al Jefe de Oficina de Asesora Jurdica de la SE en la Defensa Judicial de los intereses municipales; rendir conceptos e informes, presentar demandas, proyectar y sustanciar, recursos, contestaciones de demandas, solicitud de pruebas, alegatos y dems documentos que sean necesarios en procesos litigiosos.

    10. Las dems funciones asignadas por la autoridad competente de acuerdo con el nivel, la naturaleza y el rea de desempeo del cargo.

    V. CONTRIBUCIONES INDIVIDUALES

    1. Los conocimientos del rea jurdica son aplicados a las diferentes reas de la SEM.

    2. La SEM cuenta con representacin en las conciliaciones cumpliendo con los parmetros establecidos en el estudio jurdico, tcnico y econmico y de acuerdo a las recomendaciones del comit de conciliacin.

    3. La representacin jurdica o extrajudicial se ejerce por delegacin o por representacin legal ante las autoridades judiciales a fin de procurar que los contribuyentes satisfagan las obligaciones del municipio y del cliente.

    4. Revisar que los actos administrativos elaborados cumplen con los parmetros legales.

    5. Velar porque las respuestas del rea generadas a las solicitudes y a la correspondencia enviadas por los ciudadanos son de calidad y oportunas.

    V. CONOCIMIENTOS BSICOS ESENCIALES

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    47 de 252

    1. Derecho Administrativo

    2. Legislacin Educativa

    3. Administracin Pblica.

    VI. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIA

    ESTUDIOS EXPERIENCIA

    Ttulo Profesional de Abogado.

    Doce (12) meses de experiencia

    Profesional Relacionada

    I. IDENTIFICACIN

    Nivel: Profesional

    Denominacin del empleo:

    Profesional Universitario

    Cdigo: 219

    Grado salarial: 06

    No. de cargos: 4

    Dependencia: Oficina Asesora de Inspeccin y Vigilancia

    Cargo del jefe inmediato:

    Jefe Oficina Asesora de Inspeccin y Vigilancia

    II. PROPOSITO PRINCIPAL

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    48 de 252

    Realizar la gestin de inspeccin y vigilancia con fines de control; organizar, elaborar y apoyar el desarrollo del plan operativo anual de inspeccin y vigilancia con fundamento en el reglamento territorial.

    III. DESCRIPCION DE FUNCIONES ESCENCIALES

    1. Velar por el cumplimiento de la Constitucin Nacional, las leyes y dems disposiciones que regulen el servicio educativo.

    2. Revisar la normatividad y analizar la incidencia del plan de desarrollo educativo en la gestin de inspeccin y vigilancia de los establecimientos educativos.

    3. Asesorar a las autoridades educativas para el ejercicio de la funcin de inspeccin y vigilancia del servicio pblico educativo, en aspectos tcnicos, pedaggicos, administrativos y docentes.

    4. Realizar peridicamente visitas de inspeccin y vigilancia con fines de control a las IEM. CEM y/o IETDH, con el fin de verificar el cumplimiento a los procesos administrativos, pedaggicos y de calidad.

    5. Adelantar las investigaciones administrativas que le sean asignadas por la autoridad competente, en cumplimiento de las funciones de inspeccin y vigilancia de la educacin.

    6. Inspeccionar, vigilar y controlar el cumplimiento y aplicacin de criterios, procedimientos e instrumentos tcnicos para evaluar la calidad de la educacin en el diseo y aplicacin de criterios, procedimientos e instrumentos tcnicos para evaluar la calidad de la educacin, el desempeo profesional de los docentes y directivos docentes, los logros de los educandos, la eficacia de los mtodos pedaggicos, de los textos y materiales educativos empleados, la gestin administrativa de los establecimientos y la eficiencia en la prestacin del servicio pblico educativo.

    7. Llevar un registro de las IEM, CEM y/o IETDH, de la oferta educativa existente en ellos y verificar que los actos administrativos se encuentren actualizados de acuerdo a la realidad existente en cada establecimiento educativo.

  • PROCESO GESTIN DEL TALENTO HUMANO NOMBRE DEL MANUAL:

    MANUAL DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS LABORALES VIGENCIA

    02-Mar-12 VERSIN

    03 CODIGO

    GTH-M-001 PAGINA

    49 de 252

    8. Elaborar y/o ajustar el reglamento territorial a partir del anlisis realizado al plan de desarrollo educativo y plan operativo anual de inspeccin y vigilancia.

    9. Solicitar a las Subsecretarias de Cobertura, Calidad y Administrativa y Financiera la informacin que se considere necesaria para el desarrollo de actividades propias del rea de inspeccin y vigilancia con fines de control.

    10. Solicitar a la Subsecretara de Calidad informes o certificaciones peridicas del cumplimiento de lo establecido en los PEI de las IEM o CEM.

    11. Solicitar a la Subsecretaria de Cobertura informes o certificaciones peridicas sobre el c