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  • MANUAL DE ADMINISTRACIN DE ASUNTOS ACADMICOS

    San Martn, Octubre de 2005

  • Manual de Administracin de Asuntos Acadmicos de la Universidad Nacional de San Martn

    1

    NDICE GENERAL 1. INTRODUCCIN. Alcance, rea de aplicacin, estructura y organizacin del manual. 2. BREVE RESEA DE LA UNSAM 3. POLTICA DE ADMINISTRACIN DE ASUNTOS ACADMICOS 4. PROPSITO, OBJETIVOS Y POLTICAS 5. CRITERIOS PARA LA ADMINISTRACIN Y GESTIN ACADMICA 6. ORGANIZACIN DE LA ADMINISTRACIN ACADMICA 7. PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA GESTION ACADMICA 1. Gestin de Matrcula

    Inscripcin a la Universidad o Documentacin requerida o Solicitud o Legajo

    2. Gestin de Cursadas

    Publicacin de la oferta acadmica Inscripcin Asignacin de comisiones Listados de asistencia Actas de cursada o regularizacin Actas rectificativas de cursada Prrroga de cursada vencida

    3. Gestin de Exmenes

    Inscripcin a exmenes finales Publicacin de fechas Proceso de inscripcin

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    Actas volantes de examen final Actas definitivas de examen final Actas rectificativas de examen final Libros de calificaciones

    4. Gestin de Constancias y Certificados

    Constancia de Alumno regular Certificado de Materias Aprobadas Constancia de Asistencia a Examen Certificados analticos Libreta universitaria

    5. Gestin de Equivalencias

    Solicitud de equivalencias Expediente Equivalencias por Resolucin Rectoral

    6. Gestin de Diplomas y Ttulos

    Solicitud de diplomas Expediente

    7. Apartado de Sistemas (Documento SIU-Guaran) Objetivo Definiciones Parametrizacin del sistema (Anexo I) Controles del sistema Normativa para los operadores

    8. Circuitos Administrativos de la Gestin Acadmica

    Gestin de Cursadas Gestin de Exmenes Gestin de Equivalencias Gestin de Diplomas y Ttulos

  • Manual de Administracin de Asuntos Acadmicos de la Universidad Nacional de San Martn

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    INTRODUCCIN A. Conceptos previos En el contexto de este Manual se entiende por asuntos acadmicos aquellos asuntos que abarcan el conjunto de las actividades de enseanza, incluyendo el aprendizaje y la atencin de los estudiantes, la organizacin de la docencia, los planes de estudios, los recursos de apoyo a la enseanza (bibliogrficos e informticos) y la produccin, gestin y utilizacin de la informacin acadmica. Los criterios presentados establecen pautas racionales bsicas y comunes para la administracin y la gestin acadmicas. Se entiende por administracin de los asuntos acadmicos el conjunto de los procedimientos administrativos relacionados con la estructura organizacional y las normas legales que rigen las distintas actividades de enseanza. Se entiende por gestin de los asuntos acadmicos el conjunto de actividades requeridas para conducir y gobernar una institucin. La gestin de los asuntos acadmicos implica que distintos actores institucionales interactan entre s para administrar recursos humanos, financieros y materiales para lograr las metas propias y especficas de la enseanza. Las actividades especficas de la gestin de los asuntos acadmicos son: planeamiento, organizacin, liderazgo, desarrollo, supervisin y evaluacin aplicados a dichos asuntos. B. Alcance y rea de aplicacin del Manual El Manual de Administracin de Asuntos Acadmicos se aplica en forma directa a todos los procedimientos administrativos que tengan que ver con plan de estudios, matriculacin, cursada de estudiantes, exmenes, constancias, certificados, equivalencias, diplomas y ttulos. Estos trmites pueden realizarse en soporte electrnico o en papel, en forma presencial o a distancia. El alcance del Manual se circunscribe a toda reparticin administrativa en las cuales se realicen estos procedimientos y trmites sean en forma centralizada en reparticiones del Rectorado o en forma descentralizada en reparticiones de las unidades acadmicas. C. Estructura y organizacin del Manual El Manual se estructura en torno los aspectos sustantivos e instrumentales de la administracin y gestin acadmicas. Los aspectos sustantivos incluyen polticas y criterios administrativos acordes con la visin, la misin y los valores institucionales. Los aspectos instrumentales incluyen los procedimientos administrativos mencionados en el punto anterior de esta seccin.

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    D. Distribucin de originales del Manual A continuacin se detalla la cantidad de originales que se distribuirn entre las unidades de gestin y acadmicas para la utilizacin y aplicacin del Manual. De estos originales cada unidad podr emitir copias para uso interno que se enumerarn del siguiente modo en la cartula de Manual: Versin Original N12/01 (lase copia 1 del original N12 del Manual).

    N01 Rectorado N02 Vicerrectorado N03 Secretara General N04 Secretara Acadmica N05 Secretara de Ciencia y Tecnologa N06 Secretara de Extensin N07 Escuela de Ciencia y Tecnologa N08 Escuela de Economa y Negocios N09 Escuela de Humanidades N10 Escuela de Poltica y Gobierno N11 Escuela de Posgrado N12 Instituto de Tecnologa Profesor Jorge A. Sabato N13 Instituto de Investigaciones Biotecnolgicas N14 Instituto de Ciencias de la Rehabilitacin y el Movimiento N15 Instituto de Calidad Industrial N16 Instituto de Altos Estudios Sociales N17 Unidad de Auditora Interna

    E. Modificaciones al Manual Una vez aprobado la versin original del Manual por el Consejo Superior, se podrn introducir modificaciones al mismo a travs de la Comisin de Usuarios del Manual. Las modificaciones debern propender al mejoramiento de los procedimientos administrativos y tener entidad y consistencia suficiente para constituir un cambio relevante que afecte la homogeneidad de los procedimientos.

    Una vez introducidos las modificaciones se reeditarn las versiones originales del Manual con las modificaciones correspondientes, las que debern identificarse al pie de las mismas.

    Cuando la calidad y cantidad de las modificaciones introducidas as lo ameriten la Comisin de Usuarios solicitar una aprobacin de todas las modificaciones realizadas al Consejo Superior.

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    F. Comisin de Usuarios Estar integrada por el Secretario Acadmico de la UNSAM, el Director General de Alumnos de la Secretara Acadmica, los Secretarios Acadmicos de las Unidades Acadmicas o sus representantes correspondientes. La Comisin de usuarios se reunir formalmente al menos una vez por ao acadmico para supervisar y evaluar la aplicacin del Manual o para introducir cambios al mismo. Ser convocada por el Secretario Acadmico de la Universidad por motu propio o por solicitud de cualquier miembro de la Comisin.

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    CAPTULO 2 BREVE RESEA DE LA UNSAM La Universidad Nacional de General San Martn se crea por Ley N 24.095, sancionada el 10 de junio de 1992 y promulgada de hecho el 2 de julio de 1992. Por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N2209/92, del 27 de noviembre se designa Rector Organizador al Licenciado Daniel Alberto Malcolm.

    Desde un punto de vista temporal, pueden distinguirse claramente dos perodos en el desarrollo institucional de la UNSAM. El primero, correspondiente a la normalizacin institucional requerida por la normativa vigente, se extiende desde la creacin y la puesta en marcha institucional hasta la realizacin de la Primera Asamblea Universitaria. El segundo, correspondiente a un proceso de consolidacin institucional, abarca desde el inicio de las sesiones del Consejo Superior hasta el presente. Desde un punto de vista de desarrollo estratgico, pueden distinguirse dos modos complementarios de desarrollo: uno, el de desarrollo propio como resultado de los proyectos de las unidades acadmicas y de gestin; el otro, de desarrollo asociado como resultado de la integracin de la universidad con instituciones cientficas y tecnolgicas de la comunidad en la que se halla inserta. Estas estrategias de desarrollo producen una universidad metropolitana singular y compleja. En la actualidad, la Universidad Nacional de General San Martn cuenta con diez unidades acadmicas: cinco Escuelas y cinco Institutos, las cuales poseen cuarenta (40) carreras de grado y treinta (30) carreras de postgrado.

    Las Escuelas son las siguientes: Escuela de Ciencia y Tecnologa (ECyT).. Escuela de Economa y Negocios (EEyN). Escuela de Humanidades (EH). Escuela de Poltica y Gobierno (EPyG). Escuela de Posgrado (EP).

    Y los Institutos son: Instituto de Tecnologa "Jorge A. Sbato" (IT) (Convenio UNSAM-

    CNEA). Instituto de Investigaciones Biotecnolgicas (IIB) (Convenio UNSAM-

    CONICET). Instituto de Ciencias de la Rehabilitacin y el Movimiento (ICRM)

    (Convenio UNSAM-Servicio Nacional de Rehabilitacin y Promocin de la Persona con Discapacidad).

    Instituto de Calidad Industrial (INCALIN) (Convenio UNSAM-INTI). Instituto de Altos Estudios Sociales (IDAES) (Convenio UNSAM-

    Fundacin de Altos Estudios Sociales).

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    CAPTULO 3 VISIN, MISIN Y VALORES INSTITUCIONALES 3.1. VISIN Que la Universidad Nacional de San Martn Sea reconocida Por la calidad de sus actividades acadmicas y Por contribuir al desarrollo de la comunidad,

    Y se distinga Por su carcter emprendedor Por su vocacin asociativa y Por su compromiso con la recreacin de tradiciones

    3.2. MISIN Brindar formacin de calidad, integrando enseanza, investigacin y experiencia, y realizar transferencia de conocimientos y asistencia al sector pblico y privado para mejorar las condiciones sociales, econmicas y culturales de la comunidad. 3.3. VALORES Libertad acadmica y respeto por la pluralidad de pensamiento Espritu de equipo para la mejora continua de la institucin Responsabilidad social y vocacin de servicio Eficiencia y transparencia en la gestin Respeto por el trabajo ajeno y por el ambiente de trabajo

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    CAPTULO 4 PROPSITO, OBJETIVOS Y POLTICAS El propsito general de este Manual es promover el mejoramiento permanente del sistema de administracin y gestin acadmica a fin de contribuir al logro de la misin institucional de la universidad y de la misin especfica de cada unidad acadmica. Este propsito comprende los siguientes objetivos: Institucionalizar los circuitos administrativos requeridos para la gestin

    acadmica. Atender a las normas de seguridad y auditora vinculadas con los

    procedimientos de administracin acadmica. Garantizar procedimientos comunes entre las distintas unidades

    acadmicas de la universidad a fin de permitir crecientes niveles de articulacin intrainstitucional.

    Incrementar la eficiencia en el uso de los recursos asignados y la eficacia en el logro de las metas de la administracin y gestin acadmicas.

    Asegurar la provisin de informacin vlida y confiable para la toma de decisiones en los asuntos acadmicos.

    Tales objetivos se plantean en el marco de una poltica de: Desarrollo de una cultura organizacional orientada a la mejora de la

    calidad acadmica. Respeto a las especificidades organizacionales propias de las unidades

    acadmicas. Impulso a una responsabilidad conjunta y coordinada entre el Rectorado

    y las unidades en la administracin y gestin de los asuntos acadmicos.

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    CAPTULO 5 CRITERIOS PARA LA ADMINISTRACIN Y GESTIN ACADMICA 5.1. Planificacin y evaluacin de los asuntos acadmicos 1. La UNSAM lleva adelante una planificacin y evaluacin de la enseanza apropiadas a sus necesidades para cumplir y mejorar los logros de su misin y propsitos. La planificacin y la evaluacin de la enseanza son sistemticas, de carcter amplio, estrechamente relacionadas y apropiadas a las circunstancias en las que se encuentre la UNSAM. Incluyen la participacin tanto de individuos como de grupos responsables de alcanzar los propsitos que se haya fijado la institucin o la unidad acadmica. 2. La UNSAM lleva adelante tanto una planificacin de corto como de mediano plazo de la enseanza, incluyendo anlisis amplios y realistas de las posibilidades y restricciones tanto de ndole interno como externo. Considera las contingencias financieras y de otra ndole, establece prioridades realizables, y desarrolla un curso de accin realista para alcanzar sus objetivos. La toma de decisiones sobre los asuntos acadmicos es consistente con las prioridades que surgen de dicha planificacin. Sistemticamente rene y utiliza la informacin necesaria para respaldar lo planificado y mejorar la efectividad institucional. 3. La UNSAM evala los logros de su misin y propsitos acadmicos. Sus procedimientos de evaluacin son apropiados y efectivos para dar cuenta de sus circunstancias nicas. La evaluacin permite a la UNSAM, en la medida de lo posible, la demostracin a travs de procedimientos e instrumentos adecuados de los logros de sus propsitos y objetivos tanto dentro como fuera del aula. 5.2. Enseanza 4. La UNSAM ofrece carreras que conducen a titulaciones en reconocidos campos de estudios y que poseen diversos aos de duracin. Una carrera se define como un currculo o plan de estudios que conduce a un ttulo de grado o posgrado. La UNSAM tambin desarrolla trayectos curriculares de ciclo corto que conducen a ttulos intermedios (bachilleratos, tecnicaturas) u otra forma de reconocimiento acadmico de por lo menos un ao de duracin (diplomaturas). 5. Las carreras de la UNSAM son consistentes y sirven al cumplimiento de su misin y propsitos. Cada carrera demuestra su consistencia a travs de sus objetivos, estructura, y contenidos; procedimientos de admisin; perfil del egresado; alcances e incumbencias; mtodos y tcnicas de enseanza; la naturaleza y calidad del aprendizaje y los logros de los estudiantes.

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    6. La UNSAM difunde los objetivos de las carreras de grado y posgrado y los requerimientos para cada programa de las respectivas unidades acadmicas. Los programas de las asignaturas tienen un diseo coherente dentro de los objetivos de cada carrera y estn caracterizados por una apropiada extensin, profundidad, continuidad, progresin secuencial y sntesis de aprendizaje. 7. Como parte de su planificacin y evaluacin acadmicas, la UNSAM desarrolla, aprueba, administra y peridicamente revisa sus carreras. Lo hace mediante efectivos, y claramente definidos procedimientos institucionales. La evaluacin de los programas existentes incluye una estimacin de su efectividad y necesidades continuas. La adicin, modificacin o eliminacin de carreras, asignaturas o cursos son consistentes con los recursos disponibles, los docentes y la planificacin acadmica. 8. Cuando los programas son eliminados o sus requerimientos cambiados, la UNSAM realiza los arreglos apropiados para que los estudiantes ya inscriptos puedan completar su educacin y formacin con la mnima complicacin posible. 9. La UNSAM posee la responsabilidad por el contenido de los cursos y el dictado de los programas de instruccin; la seleccin y aprobacin de los docentes; la admisin, inscripcin y retencin de estudiantes; la evaluacin de estudios anteriores, la evaluacin del progreso de los estudiantes, incluyendo el otorgamiento de ttulos. Esta responsabilidad no se transfiere en las carreras y cursos realizados en convenios interinstitucionales. 10. Las tcnicas y el soporte para la enseanza son compatibles y sirven para llevar adelante los objetivos de cada carrera en general y cada asignatura en particular. Los mtodos de enseanza son apropiados a las capacidades de los estudiantes y a sus necesidades formativas. 11. Las conferencias, jornadas, talleres u otras actividades instructivas o enriquecedoras que se encuentran respaldadas por la UNSAM o que llevan su nombre son compatibles con sus propsitos y son administradas en el marco de su estructura organizacional. 12. La UNSAM alienta la innovacin en la enseanza con mtodos que mejoren la instruccin. La efectividad de la instruccin es peridica y sistemticamente evaluada utilizando procedimientos adecuados y confiables; los resultados son utilizados para el mejoramiento de la instruccin. 5.3. Articulacin institucional 13. La UNSAM realiza una gestin coordinada y coherente de los asuntos acadmicos entre todas las Escuelas e Institutos de su dependencia a travs de distintos medios e instrumentos. Esta gestin permite el desarrollo de las unidades acadmicas sin menoscabar el desarrollo de la institucin. 14. Las carreras y cursos ofrecidos en extensiones alicas fuera de las sedes universitarias son consistentes con los objetivos formativos de la UNSAM. 15.

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    Tales actividades, que requieren la formalizacin de convenios y protocolos especficos, generan requerimientos especficos de articulacin interinstitucional. Estas actividades en extensiones alicas son partes integrales de la UNSAM y aplican los mismos criterios acadmicos para su planificacin, supervisin y evaluacin que las carreras y cursos ofrecidos dentro de las sedes propias. En dichas extensiones alicas los estudiantes tienen acceso a apropiados recursos de enseanza (biblioteca y redes de informacin). 16. En carreras y cursos articulados en convenios interinstitucionales en los que la UNSAM depende de recursos que se encuentran fuera de su control directo (por ejemplo: aulas, recursos de biblioteca), se deben realizar las provisiones necesarias para un claro y fijo entendimiento que esa relacin interinstitucional asegure una razonable y continua disponibilidad de esos recursos. 5.4. Docentes 17. El perfil de los docentes, su nmero y rendimiento son suficientes para cumplir con la misin y propsitos de la UNSAM. Los docentes ofrecen los programas universitarios adecuados al nivel de grado o de postgrado de manera competente y llevan a cabo adecuadamente aquellas tareas que les son asignadas. 18. La preparacin y calificaciones de todos los miembros del cuerpo docente se corresponden con el campo disciplinario y nivel de las materias que les son asignadas. Las calificaciones son medidas por el nivel del ttulo que poseen, la trayectoria en docencia e investigacin, los estudios avanzados o de postgrado, las actividades creativas y la experiencia profesional relevante. 19. La UNSAM emplea un proceso ordenado y abierto de seleccin y nombramiento de docentes de acuerdo con los requerimientos normativos institucionales. La USAM explicita la naturaleza y trminos del nombramiento inicial y, cuando fuera aplicable, las consideraciones institucionales que pudieran limitar u obstruir futuros nombramientos. 20. Donde son empleados graduados de la propia institucin como auxiliares para la enseanza, la UNSAM cuidadosamente los selecciona, capacita, supervisa y evala. 21. El trabajo asignado a los docentes y la carga horaria son equitativamente determinados de manera que permitan a los docentes disponer de un adecuado tiempo para la provisin de una efectiva enseanza. La carga de trabajo de los docentes es revisada y ajustada de acuerdo con los cambios en las condiciones que tengan lugar en la UNSAM. 22. Las categoras y dedicaciones docentes estn claramente definidas por la UNSAM as como tambin el rol de cada categora y dedicacin para alcanzar la misin y propsitos institucionales. Para el caso en que se debieran utilizar profesores tiempo parcial la UNSAM cuenta con polticas que gobiernan su

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    papel y que son compatibles tanto con la misin y propsitos institucionales. El cuerpo docente incluye un adecuado nmero de individuos cuyo compromiso de tiempo hacia la UNSAM es suficiente para asegurar el cumplimiento de las responsabilidades, tanto dentro del aula como fuera de la misma, que resultan esenciales para el cumplimiento de la misin y los propsitos de la UNSAM. 24. La UNSAM emplea procedimientos efectivos para una regular evaluacin de los docentes, su rendimiento y retencin. Los criterios de evaluacin reflejan la misin y propsitos de la UNSAM y la importancia que se le adjudica a las responsabilidades varias de los miembros del cuerpo docente. La UNSAM posee procedimientos equitativos y amplios para tal evaluacin, donde sus expectativas se encuentran claramente expresadas y sopesadas apropiadamente para su uso en el proceso evaluativo. 25. La UNSAM protege y fomenta la libertad acadmica de cada miembro del cuerpo docente sin tomar en consideracin el rango o el trmino del nombramiento.

    5.5. Admisin, evaluacin y retencin de estudiantes 26. La UNSAM posee una instancia de admisin ordenada y sistemtica que cumple con los requerimientos de la normativa vigente. Sus polticas y procedimientos de admisin y retencin son claros, consistentes con su misin y propsitos, y estn disponibles para todos los estudiantes y potenciales estudiantes mediante difusiones apropiadas. 27. Los criterios de admisin aseguran que las aptitudes de los estudiantes y sus expectativas son compatibles con los objetivos de cada unidad acadmica. Los estudiantes admitidos demuestran a travs de sus aptitudes intelectuales y personales un razonable potencial para el alcance de los objetivos de las carreras en los que son admitidos. Si la UNSAM rene y admite individuos con necesidades especiales que deben ser afrontadas para asegurar su probable xito acadmico, sta aplica los mecanismos apropiados para resolver esas necesidades y proveer razonables oportunidades para el xito. 28. Cuando la UNSAM acepta equivalencias o crditos de programas de grado de otras instituciones, aplica polticas y procedimientos que provean una adecuada salvaguarda para asegurar que las equivalencias o los crditos aceptados reflejan niveles apropiados de calidad acadmica y resultan aplicables a la carrera del estudiante. La UNSAM no erige barreras innecesarias a la aceptacin de equivalencias o crditos transferidos desde otras instituciones para proteger su nivel acadmico, y busca establecer acuerdos de articulacin con instituciones desde las cuales y hacia las cuales existe un significativo patrn de transferibilidad de estudiantes. 29. El otorgamiento de equivalencias o de crditos es consistente con el contenido de las asignaturas y cursos. Los procedimientos para el otorgamiento de equivalencias o de crditos por aprendizajes previos se encuentran claramente explicitados y disponibles para los estudiantes interesados.

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    30. La evaluacin del aprendizaje de los estudiantes o sus logros, la asignacin de calificaciones y el otorgamiento de crditos se basan en criterios bien establecidos que reflejan objetivos de aprendizaje que son consistentes y efectivamente programados. Estos objetivos son apropiados al nivel del grado al que son aplicados. 31. La UNSAM especifica y publica los requerimientos compatibles con sus propsitos educativos- para la continuacin, terminacin o readmisin a sus programas acadmicos. Los requerimientos para la graduacin se encuentran claramente sealados en publicaciones apropiadas y son consistentemente aplicados en el proceso de certificacin del grado.

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    CAPTULO 6 ORGANIZACIN DE LA ADMINISTRACIN ACADMICA Funciones, obligaciones y atribuciones del Personal de la Direccin Gral. De Alumnos 6.1. Director General de Alumnos.

    Es el mximo responsable del control de la gestin administrativa sobre el desempeo acadmico de los alumnos de la Universidad. Son sus obligaciones y atribuciones:

    1. Dirigir, coordinar y supervisar al personal a su cargo dentro del marco normativo vigente y el que, en el futuro, emanara de la superioridad.

    2. Disponer y promover las acciones y/o cambios necesarios que, a su criterio, redundarn en el mejoramiento y/o adecuado funcionamiento de la Direccin Gral. de Alumnos, dentro del estricto cumplimiento del presente reglamento.

    3. Cumplir y hacer cumplir la reglamentacin en vigencia dentro del rea de su competencia.

    4. Asesorar al Secretario Gral. Acadmico sobre los distintos estadios administrativos de la gestin de alumnos y/o cumplir con las tareas que el mismo le asignase.

    5. Elevar los informes del rea a su cargo que el Secretario Gral. Acadmico o autoridad superior le requiriesen.

    6. Controlar la asistencia y puntualidad del personal dependiente de la DGA.

    7. Solicitar los insumos necesarios, al rea correspondiente de la Universidad, para el normal desempeo de las tareas del Dto. de alumnos.

    8. Velar por los bienes muebles y/o inmuebles a cargo de la DGA. 9. Rubricar la documentacin pertinente sobre el desempeo acadmico

    de los alumnos (certificados analticos, constancias de alumno regular, etc.)

    10. Sancionar o solicitar las sanciones que correspondieren a autoridad superior, ante incumplimiento o faltas graves del personal a su cargo.

    11. Realizar las gestiones pertinentes ante las autoridades de las Escuelas e Institutos, para el correcto y/o adecuado desempeo del Dto. de Alumnos a cargo de las Unidades Acadmicas.

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    6.2. Del Jefe del Dto. de Sistemas de la D.G.A.

    Es el mximo responsable del Dto. de Sistemas Informticos a cargo de la Direccin Gral. de Alumnos.

    Son sus obligaciones y atribuciones:

    1. Dirigir, planificar, coordinar y supervisar las tareas del personal del Dto. de

    Sistemas de la Direccin Gral. de Alumnos. 2. Asesorar al Director Gral. de Alumnos en todo lo referente al

    mantenimiento y/o mejoramiento del software y hardware a su cargo. 3. Planificar, disponer y promover las acciones necesarias para la

    implementacin, desarrollo y mantenimiento del sistema informtico a utilizarse en el Dto. de Alumnos de las distintas Unidades Acadmicas.

    4. Brindar, a travs del equipo tcnico a su cargo, instruccin y asesoramiento en la utilizacin del sistema informtico a los agentes del Dto. de Alumnos afectados a esa tarea.

    5. Controlar la asistencia y puntualidad de los agentes a su cargo, y elevar un informe mensual de la misma al Director Gral. de Alumnos.

    6. Solicitar a la Direccin las sanciones que correspondiesen ante el incumplimiento o faltas graves del personal del Dto. de Sistemas.

    7. Elevar los informes del rea a su cargo que la Direccin le solicite. 8. Solicitar los insumos necesarios, al Director Gral. de Alumnos, para el

    normal desempeo del rea a su cargo.. 9. Cumplir con las tareas de su competencia que el Director Gral. de

    Alumnos le asignase. 10. Velar por los bienes muebles y/o inmuebles a cargo de la DGA en el rea

    a su cargo. 6.3. Del Supervisor del Dto. de Alumnos Es el encargado de la supervisin de los datos y procedimientos administrativos en las diferentes unidades acadmicas e instituciones conveniantes con las mismas. Son sus obligaciones y atribuciones:

    1. Realizar en forma peridica supervisiones de los procedimientos

    administrativos y datos en los Departamentos de Alumnos dependientes de las Unidades Acadmicas y en las Instituciones conveniantes con las mismas.

    2. Elevar un informe de las mismas al Director Gral. de Alumnos. 3. Cumplir con las normas procedimentales del Protocolo de Supervisin de

    la DGA. 4. Realizar las tareas que, a su criterio, le encomendase el Director Gral. de

    Alumnos.

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    6.4.Del Coordinador de Sede del Dto. de Alumnos Es el responsable mximo ante las autoridades de la Unidad Acadmica de la gestin administrativa del Dto. de Alumnos.

    Son sus obligaciones y atribuciones: 1. Dirigir, planificar, coordinar y supervisar las tareas del personal del Dto. de

    Alumnos dependiente de la Unidad Acadmica. 2. Disponer y promover las acciones y/o cambios necesarios que, a su

    criterio, previo consenso con el Director de la Unidad Acadmica, redundarn en el mejoramiento y/o adecuado funcionamiento del Dto. de Alumnos de la sede, dentro del estricto cumplimiento del presente reglamento.

    3. Cumplir y hacer cumplir la reglamentacin en vigencia dentro del rea de su competencia.

    4. Controlar la asistencia y puntualidad de los agentes a su cargo, y elevar un informe mensual de la misma al Director de la Unidad Acadmica.

    5. Elevar los informes del rea a su cargo que las autoridades de la Unidad Acadmica le requiriesen.

    6. Solicitar los insumos necesarios, al Director de la Unidad Acadmica, para el normal desempeo de las tareas del Dto. de alumnos de la sede.

    7. Velar por los bienes muebles y/o inmuebles a su cargo en la Unidad Acadmica.

    8. Solicitar a la Direccin las sanciones que correspondiesen ante el incumplimiento o faltas graves del personal del Dto. de Alumnos a su cargo.

    9. Gestionar, asesorar y supervisar la tarea administrativa de las Instituciones conveniantes con la Unidad Acadmica.

    10. Colaborar con los Supervisores de la DGA en todo lo que los mismos le requiriesen para llevar a cabo las supervisiones que disponga el Director Gral. de Alumnos.

    11. Cumplir con las tareas de su competencia que el Director de la Unidad Acadmica le asignase.

    6.5. Del Personal del Dto. de Sistemas de la D.G.A. Son los encargados de la implementacin, mantenimiento y desarrollo de los Sistema informticos dependientes de la DGA. Son sus obligaciones y atribuciones:

    1. Realizar el soporte tcnico integral de los sistemas de gestin

    administrativa que se utilizan en el rea de la Direccin Gral. de Alumnos. 2. Cumplir con las tareas que le encomiende el Jefe del Dto. de Sistemas de

    la DGA o autoridad superior a ste.

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    3. Instruir y asesorar en la utilizacin de los sistemas informticos a los agentes de los Dto. de Alumnos dependientes de las Unidades Acadmicas afectados a esa tarea.

    4. Brindar apoyo tcnico integral a los sistemas informticos que se utilicen en la Instituciones conveniantes con la UNSAM.

    5. Cumplir con la reglamentacin en vigencia. 6.6.Del Personal Administrativo de Base de los Dto. de Alumnos Entiende sobre la gestin administrativa del desempeo acadmico de los alumnos de la Universidad. Son sus obligaciones y atribuciones:

    1. Brindar informacin sobre la oferta acadmica de la Universidad. 2. Orientar en los trmites de ingreso a la Universidad en general y a las

    diferentes carreras en particular. 3. Registrar y controlar el desempeo acadmico de los alumnos en

    conformidad con la reglamentacin en vigencia. 4. Cumplir con las tareas que le encomendase el Coordinador de Sede o

    autoridad superior de la Unidad Acadmica. 5. Cumplir con la reglamentacin en vigencia.

    6.7. El Personal de Bedela Entiende en el desenvolvimiento cotidiano de las actividades acadmicas en sus aspectos de asistencia de alumnos, informaciones a los mismos y atencin de aulas.

    Son sus obligaciones y atribuciones:

    7. Atencin de la mesa de entradas de los Dto. de Alumnos de las Unidades

    Acadmicas. 8. Brindar informacin a los alumnos y docentes sobre las actividades

    acadmicas. 9. Ocuparse de la atencin de aulas en lo referente al material necesario

    para el correcto desempeo pedaggico. 10. Llevar el registro de la asistencia de los alumnos. 11. Cumplir con las tareas que le encomendase el Coordinador de Sede o

    autoridad superior de la Unidad Acadmica. 12. Cumplir con la reglamentacin en vigencia.

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    CAPTULO 7 PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS PARA LA GESTIN ACADMICA 7. 1. Gestin de matrcula Documentacin requerida: 1-Original y fotocopia del certificado de estudios (nivel medio, terciario no universitario o universitario, segn la carrera elegida, o presentar constancia de certificado de estudios en trmite o constancia de alumno regular, las que tendrn una validez de 120 das). 2-Si el certificado de estudios est expedido en el extranjero se requerir la correspondiente legalizacin en el Ministerio de Cultura y Educacin de la Nacin. 3-Fotocopia del D.N.I.- dos primeras hojas que incluyan domicilio actualizado. En caso de extranjero se requerir el pasaporte, certificado de residencia (original y fotocopia), ttulo de nivel medio legalizado por: Ministerio de Educacin del pas de origen, Consulado Argentino en el pas de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Repblica Argentina. 4-Una fotografa 4 x 4 5-Se solicitar currculum segn unidad acadmica a la cual se inscriba (Posgrado, Lic. de complementacin curricular, y otras). 6-Una vez verificada la documentacin, por el personal interviniente del Dto. de Alumnos, se entregar una ficha de inscripcin para ser completada por el interesado. 7-En la misma se consignarn datos completos y turno de cursada. 8-No se aceptarn las fichas de inscripcin incompletas o con documentacin faltante. 9-Una vez finalizada la inscripcin se ingresarn los legajos al sistema de alumnos y se archivarn alfabticamente. El legajo deber incluir: ficha de inscripcin con foto del alumno, fotocopia del DNI, fotocopia del certificado analtico, certificadas por personal interviniente del Dto. de Alumnos, y certificado laboral en los casos que se requiera. 10- No se podr entregar ningn tipo de documentacin archivada en los legajos de los alumnos, solamente podr sacarse fotocopia de la misma.. Dichas fotocopias en ningn caso debern ser autenticadas por el personal del Dto. de Alumnos

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    7.2. Gestin de cursadas

    7.2.1. Inscripcin y asignacin de comisiones 1- La informacin acerca de la oferta acadmica de las asignaturas a cursar en el cuatrimestre, das de cursada y horario de comisiones, se publicar con diez das hbiles de anticipacin a la fecha de inscripcin. 2- En la sede que tenga instalado el Sistema Informtico SIU-Guaran los alumnos harn efectiva la inscripcin por el mecanismo de autogestin o autogestin va internet; en tanto que, debern completar una ficha de inscripcin en aquellas sedes que cuenten con otro soporte informtico. 3- La inscripcin se realizar segn lo expuesto en el punto 2, durante un lapso de cinco (5) das hbiles. 4- Finalizada la inscripcin a materias se proceder al procesamiento de los datos en los cinco (5) das hbiles previos al comienzo de cada cuatrimestre. 5-Segn los cupos establecidos se asignarn los alumnos a las comisiones abiertas al momento de la inscripcin. 7.2.2. Listados de asistencia 1-Antes del inicio de las clases se confeccionarn los listados de alumnos por comisin para el control de la asistencia, los que se obtienen por medio del sistema de alumnos. En los mismos constarn todos los alumnos que estn en condiciones de cursar las asignaturas, y que se hayan inscripto en tiempo y forma, si se trata de alumnos de carrera, o que se hayan asignado automticamente si las asignaturas correspondieran al Curso de Preparacin Universitaria. 2-Los profesores no estn autorizados a incluir ni a eliminar alumnos en dichos listados, la modificacin de los mismos estar a cargo del personal del Dto de Alumnos, con posterioridad al reclamo del interesado, previo anlisis de la situacin que gener su inclusin u omisin. 7.2.3. Actas de cursada o regularizacin 1-Se confeccionarn acorde a los listados de asistencia y se emitirn por medio del sistema de alumnos.

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    2-Se entregarn a los profesores a cargo de cada comisin aproximadamente un mes antes de la finalizacin del cuatrimestre y una vez finalizada la tarea de correccin de los listados de asistencia. 3-La entrega de un acta de cursada a un docente se registrar en una planilla, confeccionada para tal fin, donde se consignar: nmero de comisin, nombre de la asignatura, nombre y apellido del profesor receptor, firma del mismo, nombre del personal del Dto. de Alumnos, que entreg el acta y fecha de entrega. 4-Los profesores debern reintegrar al Dto. de Alumnos las actas de cursada originales (no se aceptarn fax, fotocopias, etc.) en el transcurso de la semana correspondiente a la fecha de finalizacin de clases, establecida en el calendario acadmico. 5-En las actas de cursada se deber registrar la calificacin final de la cursada sin decimales. En caso de asignaturas que se aprueben por el rgimen de promocin, el docente deber indicarlo, de manera expresa, en las observaciones. 6-Las actas de calificaciones de cursada son la documentacin imprescindible para la confeccin de las actas volantes de calificaciones finales y/o de promociones, por lo tanto, es condicin necesaria el cumplimiento del punto 4, sin excepciones. 7-Las actas de cursada se archivarn por nmero de asignatura en carpeta confeccionada para tal objetivo, dejando constancia en la misma del cuatrimestre y del ao en que se dict la materia. 8-Una vez registradas las calificaciones de cursadas en el sistema informtico de alumnos, se proceder a la emisin de las actas definitivas de cursada, que debern ser firmadas por el docente a cargo, para ser archivadas con posterioridad de acuerdo al punto 7. 9-Los agentes de los Dto. de Alumnos no debern aceptar bajo ningn concepto actas que no se encuentren debidamente conformadas (con espacios en blanco, sin firma del docente, sin cerrar los totales, con alumnos agregados a mano, sin salvar las tachaduras o enmiendas, etc.) 7.2.4. Actas rectificativas de cursada o regularizacin 1-Las actas rectificativas de cursada son aquellas que se emiten para subsanar un error, ya sea, de orden tcnico o acadmico.

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    2-Para que se proceda a la emisin de un acta rectificativa, la misma deber ser solicitada por escrito, por el agente que lo hubiese cometido, al Secretario Acadmico de la Unidad Acadmica, segn corresponda, por ser el error de ndole acadmica o administrativa. En dicha solicitud deber constar sucintamente la causa de dicho error y la reparacin que se solicita. 3-El Secretario Acadmico proceder por escrito a autorizar o denegar la realizacin del acta rectificativa. 4-Las actuaciones debern ser archivadas en una carpeta destinada para tal fin, y se dejar constancia, en cada una de ellas, del N de acta rectificativa a la que corresponden. 5-Queda expresamente prohibido a los agentes de los Dto. de Alumnos la realizacin de un acta rectificativa si no se da cumplimiento a los requisitos expuestos anteriormente. 5-Las actas rectificativas de cursada se archivarn de la misma forma que las actas de cursada. 7.2.5. Prrroga de cursada vencida 1-Se deber dar curso a la prrroga de la cursada vencida de una materia cuando medie orden por escrito, en tal sentido, del Secretario Acadmico de la Unidad Acadmica o autoridad superior al mismo, en donde consten: datos del alumno, nombre de la materia y plazo de la prrroga que se le concede. 2-Las mismas debern ser archivadas en una carpeta destinada para tal fin en orden cronolgico. 7.3. Gestin de exmenes 7.3.1. Inscripcin a exmenes finales 1-Conforme al calendario acadmico, se har la publicacin de las fechas de exmenes finales. 2- En la sede que tenga instalado el Sistema Informtico SIU-Guaran los alumnos harn efectiva la inscripcin por el mecanismo de autogestin o autogestin va internet; en tanto que, el alumno deber completar una ficha de inscripcin en aquellas sedes que cuenten con otro soporte informtico.

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    3- La inscripcin se realizar en la forma expuesta en el punto 2, durante un lapso de cinco (5) das hbiles. 4- Finalizada la inscripcin a exmenes finales se proceder al procesamiento de los datos en los cinco (5) das hbiles previos al inicio del perodo de exmenes. 5-El alumno habilitado a rendir examen final ser aquel que observe la reglamentacin vigente, salvo excepcin, fehacientemente informada al Dto. de Alumnos por autoridad competente; a saber:

    a- Tener aprobada y vigente la cursada o la equivalencia parcial de la asignatura correspondiente.

    b- Respetar el rgimen de correlatividades (Tener aprobada la/s correlativa/s, como ltimo plazo, en el turno inmediato anterior a la mesa examinadora a la que desea inscribirse)

    7.3.2. Actas volantes de examen final 1-Se confeccionarn a travs del sistema de alumnos, en ellas figurarn todos los alumnos que se encuentren habilitados para rendir finales, segn la normativa vigente, en el momento de la inscripcin al mismo. 2-Las actas volantes de examen final se entregarn a los profesores integrantes de la mesa examinadora el da del examen. En el acta estarn consignados los datos de cada alumno que se haya inscripto al examen en tiempo y forma. 3-Las actas de examen sern reintegradas al Dto. de Alumnos una vez finalizado el examen si es oral, o con un plazo mximo de tres (3) das hbiles, si es escrito. 4-Los profesores debern consignar en el acta volante de examen final, las calificaciones de cada alumno con letra y nmero; no estarn habilitados a incorporar alumnos que no figuren en el listado, ante cualquier duda debern consultar con el Dto. de Alumnos por el motivo de la omisin. 5-No se aceptarn actas con modificaciones y/o agregados bajo ningn concepto. Ante el reclamo de un alumno por su omisin en el acta, el personal del Dto. de Alumnos analizar el caso y si correspondiera su inclusin se emitir una nueva acta. 6-Al recibir las actas en el Dto. de Alumnos se verificar la claridad de los datos, la fecha del examen y la firma de los docentes integrantes de la mesa examinadora (con su respectiva aclaracin), y en caso, de tener tachaduras o enmiendas debern estar debidamente salvadas. Si no se observare el

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    cumplimiento de los requisitos antes detallados, el personal del Dto. de alumos actuante proceder a rechazarla. 7-Las actas volantes de examen final se archivarn de la misma forma que las actas de cursada o regularizacin, indicndose el turno de exmenes y el llamado al que corresponden. 7.3.3. Actas definitivas de examen final 1-Se confeccionarn por medio del sistema informtico de alumnos al finalizar cada turno de exmenes finales, teniendo en cuenta todas las asignaturas que hayan sido evaluadas durante el mismo. Estas actas, que sern acordes a las actas volantes de examen final, se utilizarn en la confeccin de los libros de calificaciones. 2-Las actas definitivas de examen final se imprimirn en nmero de tres (3) ejemplares del mismo tenor, que sern archivadas, a saber: un juego en el Dto. de Alumnos de cada unidad acadmica, uno en la Direccin General de Alumnos y el tercero en el Dto. de Ttulos y Equivalencias de la Secretara Gral. Acadmica. 3-Las actas definitivas de examen final debern ser impresas y debidamente conformadas (firmadas por el docente a cargo) en un lapso no mayor de diez das hbiles a partir del cierre de la mesa examinadora. 7.3.4. Actas rectificativas de examen final 1- Las actas rectificativas de examen final son aquellas que se emiten para subsanar un error, ya sea, de orden tcnico o acadmico. 2-Para que se proceda a la emisin de un acta rectificativa de examen final, la misma deber ser solicitada por escrito, por el agente que lo hubiese cometido, al Secretario Acadmico de la Unidad Acadmica, segn corresponda, por ser el error de ndole acadmica o administrativa respectivamente. En dicha solicitud deber constar sucintamente la causa de dicho error y la reparacin que se solicita. 3-El Secretario Acadmico proceder por escrito a autorizar o denegar la realizacin del acta rectificativa. 4-Las actuaciones debern ser archivadas en una carpeta destinada para tal fin, y se dejar constancia, en cada una de ellas, del N de acta rectificativa a la que corresponden.

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    5-Queda expresamente prohibido a los agentes de los Dto. de Alumnos la realizacin de un acta rectificativa si no se da cumplimiento a los requisitos expuestos anteriormente. 6-Las actas rectificativas de examen final se imprimirn en nmero de tres (3) ejemplares del mismo tenor, que sern archivadas, a saber: un juego en el Dto. de Alumnos de cada unidad acadmica, uno en la Direccin General de Alumnos y el tercero en el Dto. de Ttulos y Equivalencias de la Secretara Gral. Acadmica. 7-Las actas rectificativas de examen final debern ser impresas y debidamente conformadas (firmadas por el docente a cargo) en un lapso no mayor de diez das hbiles a partir de la confeccin de la misma. 8-Finalizado el perodo lectivo se confeccionar un libro de actas rectificativas de examen final que contendr todas las actas emitidas en ese perodo. 7.3.5. Libros de calificaciones 1-Se confeccionar un libro por carrera y por ao calendario que contendr las actas definitivas de exmenes finales que fueron emitidas por el sistema informtico de alumnos. 2-Se confeccionar un tomo por turno de exmenes (tres tomos por ao conformarn un libro). 3-Se asignar un nmero de acta por cada mesa examinadora y un nmero de folio acorde al nmero de pginas. 4-Los libros de calificaciones debern realizarse en un plazo no mayor de tres (3) meses de finalizado el perodo lectivo. 7.4. Gestin de constancias y certificados

    7.4.1. Constancia de Alumno regular

    Se emitir por medio del sistema informtico de alumnos, y ser firmada por el Coordinador del Dto. de Alumnos de la Unidad Acadmica.

    7.4.2. Constancia de materias aprobadas

    Con las mismas caractersticas que las enunciadas en el punto inmediato anterior.

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    7.4.3. Constancia de asistencia a examen

    Confeccionada por el Dto. de Alumnos, ser entregada al docente a cargo del examen y firmada por el mismo, ser sellado por personal autorizado del Dto. de Alumnos.

    7.4.4. Certificados analticos

    Se emitirn por medio del sistema informtico de alumnos, debern ser inicialados y sellados por personal que los confeccion y control y el Coordinador del Dto. de Alumnos, mediante la utilizacin del sello escalera; y firmados por el Director de la Unidad Acadmica, y en ltima instancia, por el Director Gral. de Alumnos.

    7.4.5. Libreta universitaria 1-Se registra la solicitud del alumno en el libro de entrada de trmites varios. 2-Una vez verificada la condicin de alumno como inscripto y regular se procede a la confeccin de la misma. 3-Se confeccionar la etiqueta a travs del sistema de alumnos, en la que constan todos los datos personales del interesado y luego se pegar en la contratapa de la libreta.

    4-Se pegar y sellar la foto del alumno, para luego enviarla a la firma por personal autorizado. 5-Una vez firmada, se registrar en el libro de entrada como indicador de que el trmite est finalizado. 7.5. Gestin de equivalencias 7.5.1. Solicitud de equivalencias 1-Los alumnos que soliciten reconocimiento de materias por equivalencia debern hacerlo mediante nota dirigida al Secretario General Acadmico, acompaada por un certificado analtico de materias aprobadas (parcial o final, original y fotocopia) legalizado ante el Ministerio de Educacin, y programas respectivos (foliados y certificados en institucin de origen).

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    2-En caso de tratarse de instituciones terciarias la documentacin deber estar legalizada por el Ministerio de Educacin de la Nacin o Provincia segn corresponda. 3-En caso que los estudios se hubieren realizado en el exterior, la documentacin redactada en idioma extranjero, deber ser traducida al castellano y legalizada ante los organismos correspondientes (consulados de Argentina en el pas de origen, Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, y Ministerio de Educacin de la Nacin. 4-El Dto. de Alumnos de la Unidad Acadmica recibir la documentacin a travs del formulario de solicitud de equivalencias, que deber completar el alumno, adjuntando la documentacin requerida en el punto 1, esta documentacin ser registrada en el libro de Movimientos de Equivalencias de cada Unidad Acadmica, asentando en el mismo todas las modificaciones y pases que se hagan con dicha documentacin. 7.5.2. Expediente 1-Los expedientes sern realizados por el personal del Dto. de Alumnos y su identificacin ser por el nmero de legajo del alumno. La documentacin se deber certificar con el sello de es copia fiel, y ser foliada sin dejar espacios u hojas sin foliar. 2-Confeccionado y foliado el expediente se adjuntar/n la/s planilla/s destinada/s al o a los expediente/s de los profesores titulares de cada materia solicitada. 3-En cada planilla deber indicarse el nombre y apellido del alumno, carrera que cursa, nombre de la asignatura solicitada, nombre de la asignatura en la institucin de origen y el o los folio/s donde se encuentra esta asignatura. Cada vez que se agregue documentacin a un expediente deber foliarse. 4-Se remitir a los docentes titulares de las asignaturas solicitadas los expedientes a fin de dictaminar. Los tipos de dictmenes pueden ser: total, parcial o rechazada, en una instancia previa a dictaminar, se puede solicitar un coloquio. No pueden darse dos tipos de equivalencia al mismo tiempo. 5-Una vez dictaminada la equivalencia se deber remitir el expediente al Dto. de Ttulos y Equivalencias, quien controlar la documentacin y lo enviar a la Secretara Administrativa para la caratulacin del mismo. 6-Finalizado el trmite en la Secretara Administrativa se remitir el expediente al Departamento Ttulos y Equivalencias en donde se confeccionar la disposicin correspondiente.

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    7-Para confeccionar la disposicin se utilizar un mismo formato de acuerdo a lo dictaminado por el o los docentes y sern registradas, en cada una se consignar el nmero de expediente y de disposicin. Las disposiciones se iniciarn de 1 a ...... cada ao y se registrarn y asignarn en forma correlativa. Ej. 1/98, 2/98, etc. 8-Se confeccionarn tres copias de la disposicin:

    la primera para adjuntar al expediente. la segunda para archivar en carpeta de notificacin de control interno del

    Dto. de Alumnos de la Unidad Acadmica. la tercera para el interesado.

    9-Cumplimentado el paso anterior, firma la disposicin el Secretario Gral. Acadmico, para luego ser remitida al Dto. de Alumnos donde ser cargada en el sistema. 10-En la copia archivada deber constar la notificacin y fecha de entrega de la copia del interesado. 11-Todos los movimientos debern consignarse en el Libro de Movimiento de los Expedientes hasta su archivo. 12-En caso de equivalencias del CPU, no se generar expediente y lo dictaminar el Coordinador del mismo. 13-Los dictmenes sern inicialados por el personal actuante y el Secretario Acadmico de cada unidad. 7.5.3. Equivalencias otorgadas por Resolucin Rectoral 1-En aquellas equivalencias en donde medie una Resolucin Rectoral para su otorgamiento, el trmite a seguir ser: presentar la solicitud de equivalencias y el certificado analtico de materias aprobadas. 2-El personal del Dto. de alumnos de la Unidad Acadmica constatar en los ttulos que presente el alumno el cumplimiento de los requisitos de dicha resolucin, hecho por el cual, sin ms trmite, se dar por otorgada, y se asentar con el nmero de Resolucin Rectoral correspondiente. 7.6. Gestin de Diplomas y Ttulos 1.-La solicitud de diploma la realizar el alumno en el Dto. de Alumnos de la Unidad Acadmica, donde deber completar la ficha de solicitud, que ser controlada por el personal a cargo.

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    2.-Se iniciar un expediente donde se adjuntar: la solicitud de diploma, fotocopia de la partida de nacimiento, fotocopia del ttulo habilitante para el ingreso a la carrera (ambas certificadas por el personal actuante a vistas del original), fotocopia del DNI (primera y segunda hoja) y certificado analtico de materias aprobadas emitido a tal efecto, controlado e inicialado por el personal actuante y firmado por el Director de la Unidad Acadmica, y en ltima instancia, por el Director Gral. de Alumnos.

    3.-A continuacin se adjuntarn las hojas 2 y 3 del anexo que debern completarse con los datos requeridos e inicialados en el margen inferior izquierdo por el personal actuante, para luego ser firmada la hoja 2 por el Director Gral. de Alumnos y la 3 por el Secretario Acadmico o Director de la unidad.

    4.-El expediente ser remitido al Dto. de Ttulos y Equivalencias. de la Secretara Gral. Acadmica, junto con el legajo del alumno para controlar la documentacin y elevar el mismo a las dependencias que fueran necesarias para cumplimentar el trmite.

    5.- Luego de confeccionado el diploma se asentar en el Libro de Registro de Diplomas y se enviar a la firma del Sr. Director Gral. de Alumnos, quien lo har al dorso del diploma.

    6.- Luego firmarn el Director y el Secretario Acadmico de la unidad acadmica correspondiente, el Secretario General Acadmico y el Sr. Rector de la Universidad.

    7.- Los diplomas se entregarn legalizados por el Ministerio de Educacin, Ciencia y Tecnologa. Las dems legalizaciones o matriculaciones corresponden ser hechas por el interesado. 7.7. Apartado de Sistemas Documento sobre el funcionamiento de los Parmetros y Controles a implementar en el Sistema de Gestin Acadmica GUARANI. 7.7.1. Objetivo Automatizar la gestin y el control de las actividades acadmicas de los alumnos de acuerdo a la normativa vigente. 7.7.2. Definicin de Parmetros. El sistema GUARANI permite asignar valores sobre determinadas variables que establecen parte del comportamiento del mismo.

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    Los parmetros del sistema se encuentran descriptos en el Anexo I. 7.7.3. Definicin de controles. Son opciones que se ejercen sobre determinadas operaciones del sistema, permitiendo que las mismas se ejecuten en su totalidad, parcialmente o no se ejecuten. Los controles mas importantes a tener en cuenta son los siguientes:

    7.7.3.1. Gestin de Matrcula

    Inscripcin a Carrera o Entrega de Requisitos Obligatorios (Estricto-siempre)

    Generacin de Legajos o Entrega de Requisitos Obligatorios (Estricto-siempre)

    7.7.3.2. Gestin de Cursadas

    Inscripcin a Cursadas o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad para cursar (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre) o Controla que no figure en mas de un acta de cursada (Estricto-

    siempre) o Controla cantidad mxima de inscripciones permitidas

    (Estricto-siempre)

    Generacin y Carga de Notas en Actas de Regulares o Promocin (Acta de Cursada)

    o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad para cursar (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre) o Controla que no figure en mas de un acta de cursada (Estricto-

    siempre) o Controla la cantidad mxima de inscripciones permitidas

    (Estricto-siempre)

    Cierre de Acta de Regularidad o Promocin (Acta de Cursada)

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    o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad para cursar (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre)

    Rectificativas de Actas de Regularidad o promocin

    o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad para cursar (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre)

    Cierre de Acta Rectificada de Regularidad o Promocin

    o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad para cursar (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre)

    7.7.3.3. Gestin de equivalencias

    Alta de equivalencias parciales o totales o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre)

    7.7.3.4. Gestin de exmenes

    Inscripcin a exmenes o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre) o Controla que no figure en mas de un acta de examen (Estricto-

    siempre) o Controla si ya paso la fecha de examen (Estricto-siempre)

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    o Controla que el alumno no haya rendido n veces la materia (Estricto-siempre)

    o Controla la Regularidad y cursada (que no este vencida y aprobada la cursada) (Estricto-siempre)

    Generacin de las Actas volantes de examen final

    o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre) o Controla que no figure en mas de un acta de examen (Estricto-

    siempre) o Controla si ya paso la fecha de examen (Estricto-siempre) o Controla que el alumno no haya rendido n veces la materia

    (Estricto-siempre) o Controla la Regularidad y cursada (que no este vencida y

    aprobada la cursada) (Estricto-siempre)

    Carga de notas en Actas de examen final o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre)

    Cierre de Actas de examen final

    o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no-aprobacin de la materia (Estricto-siemprre) o Controla la Regularidad y cursada (que no este vencida y

    aprobada la cursada) (Estricto-siempre) o Controla que el alumno no haya rendido n veces la materia

    (Estricto-siempre)

    Rectificacin de Actas de examen final o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre) o Controla que no figure en ms de un acta de examen (Estricto-

    siempre) o Controla si ya paso la fecha de examen (Estricto-siempre) o Controla que el alumno no haya rendido n veces la materia

    (Estricto-siempre)

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    o Controla la Regularidad y cursada (que no este vencida y aprobada la cursada) (Estricto-siempre)

    o Controla que exista acta de examen (Estricto-siempre) Cierre de Actas rectificadas de examen final

    o Controla la regularidad del alumno(Estricto-siempre) o Controla la correlatividad (Estricto-siempre) o Controla los requisitos obligatorios de ingreso (Estricto-

    siempre) o Controla la no aprobacin de la materia (Estricto-siempre) o Controla la Regularidad y cursada (que no este vencida y

    aprobada la cursada) (Estricto-siempre) o Controla que el alumno no haya rendido n veces la materia

    (Estricto-siempre) o Controla que exista acta de examen (Estricto-siempre)

    7.7.4. Normativa para los operadores del sistema Bajo ningn concepto los operadores del sistema estn autorizados a cambiar la parametrizacin del sistema o relevar los controles que se efectan en las distintas operaciones que se llevan a cabo en el mismo.

    De ser necesario relevar controles por motivos de ndole acadmica los mismos deben ser debidamente autorizados por nota del Secretario Acadmico de cada Unidad Acadmica. En cuanto a razones de orden administrativo o tcnico la autorizacin debe provenir del Director Gral. de Alumnos o del Jefe del Dto. de Sistemas respectivamente.

    La falta de observancia de estas normas har pasible de las sanciones que correspondieren al personal involucrado.

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    7.8. Circuitos Administrativos de la Gestin Acadmica

    7.8.1. Gestin de Cursadas

    Docentes

    Se procesan Inscripciones a cursada y se asignan comisiones segn cupo

    Se generan los listados de asistencia

    Vuelco de calificaciones

    al sistema

    Se emiten Actas Definitivas de

    Cursada

    Inscripcinpor

    autogestin o via WEB

    Se archivan ambas Actas.

    Reintegro de Actas

    Entrega de Listados

    Entrega de Actas

    Constatan ambas Actas y Firman la Definitiva

    Se emiten Actas de Cursada o

    RegularizacinEntrega de Actas

    UNIDAD ACADEMICA

    Colores que identifican las distintas reas de responsabilidad en el grfico

    Unidad Acadmica

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    7.8.2. Gestin de Exmenes

    Docentes

    Se procesan Inscripciones

    a examen final

    Emisin de las actas de volantes de examen final

    Vuelco de calificaciones

    al sistema

    Emisin de Actas definitivas de examen final

    Inscripcinpor

    autogestin o via WEB

    Se archivan ambas Actas.

    Reintegro de Actas

    Entrega de Actas

    Entrega de Actas

    Constatan ambas Actas y Firman la Definitiva

    UNIDAD ACADEMICA

    Colores que identifican las distintas reas de responsabilidad en el grfico

    Unidad Acadmica

  • Manual de Administracin de Asuntos Acadmicos de la Universidad Nacional de San Martn

    35

    7.8.3. Gestin de Equivalencias

    Se caratulael expediente

    Se confecciona la disposicin y la firma el Sec. Gral.

    Acadmico

    Docentes Titulares para

    su dictamenCompleta solicitud y

    adjunta documentacin

    Alumno

    Se registra el trmite en el

    Libro de Movimientos

    de Equivalencias

    Se realiza el

    expediente

    Se remite

    Se registra la equivalencia en el sistema

    Se notifica al alumno de la disposicin

    Se archiva

    UNIDAD ACADEMICA

    Colores que identifican las distintas reas de responsabilidad en el grfico

    Unidad Acadmica

    Sec. Gral. Acadmica

    Sec. Administrativa

  • Manual de Administracin de Asuntos Acadmicos de la Universidad Nacional de San Martn

    36

    7.8.4. Gestin de Diplomas y Ttulos

    El Rector firma el Diploma Dto. de Ttulos y Equivalencias

    El Director firma

    Formulario 3

    Controla la documentacin del expediente

    Se asienta en el Libro de Registro de Diplomas

    Completa solicitud de DiplomaAlumno

    Se realiza el

    expediente

    Se registra el egreso en el

    sistema

    Solicitud de DiplomaFot. Titulo Habilitante Partida NacimientoFotocopia DNICertificado Analtico Formularios 2 y 3

    Se enva

    para la firma

    Se confecciona el diploma

    El Director de Alumnos firma Certificado Analtico y Formulario 2

    UNIDAD ACADEMICA

    Colores que identifican las distintas reas de responsabilidad en el grfico

    ************

    Unidad Acadmica

    Sec. Gral. Acadmica

    D.G.A