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  • 1. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA MANUAL DE APLICACION NORMA DE EMISION PARA LAREGULACION DE LA CONTAMINACION LUMINICA DECRETO SUPREMO N 686 DEL 7 DE DICIEMBRE DE 1998 DEL MINISTERIO DE ECONOMA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIN(PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL EL 02 DE AGOSTO DE 1999) CONAMA COMISION NACIONAL DEL MEDIO AMBIENTE1999

2. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAPREAMBULOEste Manual de Aplicacin ha sido desarrollado a partir de una iniciativa emanada del grupo de tcnicos que participaron en la dictacin del Decreto Supremo N 686/98, del Ministerio de Economa, Fomento y Reconstruccin, que establece Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica.Se ha materializado en un texto elaborado en base a un documento realizado por el Sr. Enrique Piraino Davidson, docente del Laboratorio de Fotometra de la Universidad Catlica de Valparaso, un trabajo conjunto con CONAMA, y las opiniones y aportes que efectuaran los participantes a los talleres de difusin y capacitacin realizados durante los meses de octubre y noviembre de 1999, en las ciudades de Antofagasta, Vallenar y La Serena.Agradecemos su participacin, tanto en el proceso normativo como en la elaboracin de este manual, a: Carlos Santa Mara y Humberto Luna, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo; Jos Fernndez y Paulina Julio, del Ministerio de Relaciones Exteriores; Mario Rodrguez, Luis Gobantes, Guillermo Bello y Juan Lagos, de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles; Daniel Blasquez, de la Comisin Nacional de Energa; Nellef Turchat y Juan Fuenzalida, de la Asociacin Chilena de Municipalidades; Carmen Gloria Araya, de la Sociedad Nacional de Minera; Enrique Pirano, de la Universidad Catlica de Valparaso; Jos Guzmn y Carlos Seisdedos, de Phillips Chilena S.A.; Gabriel Rodrguez, Presidente de la Asociacin Chilena de Astronoma y Astronutica; Malcom Smith, Ricardo Smith y Ren Mndez, del Observatorio Interamericano de Cerro Tololo; Miguel Roth y Mark Phillips del Observatorio Las Campanas; Daniel Hofstadt, del European Southern Observatory; Ivn Jara, Consultor CONAMA; Pedro Hernndez, Mara Anglica Ruiz Tagle y Alberto Acua, Direccin Regional CONAMA II Regin; Jorge Troncoso, Jorge Cceres y Susan Henry, Direccin Regional CONAMA III Regin; Pedro Sanhueza y Guillermo Pedroni, Direccin Regional CONAMA IV Regin; Francisco Bascuan y Conrado Ravanal del Depto. Jurdico de CONAMA; Jos Avalos, Unidad de Regiones de CONAMA; Juan Ladrn de Guevara, Unidad de Economa Ambiental de CONAMA; Patricia Matus, Fernando Faras, Paulina Abarca, Enrique Surez e Igor Valdebenito, del Depto. de Descontaminacin, Planes y Normas de CONAMA, y a todos los que colaboraron en ambas iniciativas. 3. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA INDICE I PRESENTACIONIIINTRODUCCION 2.1LA CALIDAD ASTRONOMICA DE LOS CIELOS2.2LA CONTAMINACION LUMINICA2.3ANTECEDENTES GENERALES2.4NORMA DE EMISION PARA LA REGULACIONDE LA CONTAMINACION LUMINICA III PROCESO DE DICTACION DE LA NORMA PARA LA REGULACION DE LA CONTAMINACION LUMINICA 3.1ANTECEDENTES3.2GRUPO DE TRABAJO3.3CRONOGRAMA3.4ANALISIS GENERAL DE IMPACTO ECONOMICO Y SOCIAL3.5EXPEDIENTE PUBLICO 4. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAIV DECRETO SUPREMO N 686/98 DEL MINECON4.1TEXTO DE LA NORMA IObjetivo y Resultados EsperadosII Disposiciones GeneralesIIILmites Mximos PermitidosIV Plazos de Cumplimiento de la NormaVMetodologa de Medicin y ControlVI Ambito de Aplicacin TerritorialVIIFiscalizacinVIII VigenciaVASPECTOS ABORDADOS POR EL MANUAL DE APLICACIN5.1CONCEPTOS FUNDAMENTALES 5.2ESCENARIOS DE APLICACION 5.3CRITERIOS GENERALES APLICADOS EN LA NORMA 5.4APLICACIN A LOS CASOS ESPECIFICOS MAS HABITUALES5.4.1Alumbrado Pblico5.4.2Alumbrado de Parques5.4.3Alumbrado con ProyectoresAPENDICE A SECUENCIA DE PASOS PARA EL ANALISISY RESOLUCION DE CASOSAPENDICE B CUADRO CON FLUJOS LUMINOSOS DE LAMPRASMAS COMUNESAPENDICE C BIBLIOGRAFIA DE APOYO 5. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAIPRESENTACION En nuestro pas existen zonas geogrficas con cielos privilegiados por su transparencia nocturna y la permanencia de esta caracterstica durante casi todo el ao. Se constituye as un patrimonio propio y nico que beneficia a sus habitantes, a los turistas y a los profesionales y aficionados a la observacin de los cielos nocturnos. Esta condicin ha sido reconocida y dimensionada internacionalmente y su consecuencia es que se han instalado varios centros de observacin astronmica de alta tecnologa, principalmente en la II, III y IV regiones del pas.Sin embargo, el desarrollo natural de las ciudades puede alterar drsticamente esta situacin de privilegio, al producir un aumento en la cantidad de fuentes de luz, tanto en las vas pblicas como en las reas privadas, y con ello un incremento en la cantidad de luz que es enviada hacia los cielos.Esta luz que viaja hacia la bveda celeste tiene un carcter contaminante por que se refleja en las partculas de humedad y polvo de la atmsfera, formando un fondo luminoso que se superpone sobre la imagen natural de la bveda celeste y sus astros. De esta forma se altera la visin ntida del cielo nocturno de un modo permanente, a menos que se tomen las medidas adecuadas para que el incremento de la cantidad de fuentes de luz no signifique un aumento artificial de la luminosidad del cielo.El cuerpo normativo contenido en este documento tiene por finalidad establecer requisitos a las distintas fuentes de luz, para que su instalacin tenga un mnimo o nulo efecto sobre las condiciones de visin nocturna de los cielos, en aquellas regiones mencionadas, protegiendo de esta manera su patrimonio natural.La Direccin Ejecutiva de CONAMA, consciente de la importancia de difundir las normativas ambientales actualmente vigentes, ha establecido la publicacin de un Manual de Aplicacin de la Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica, que recoja y responda aquellas inquietudes complementarias a las materias tratadas en la norma en s, y que se haga cargo de las que pueden surgir al aplicarla. Adems, se han incluido inquietudes surgidas en talleres de difusin y capacitacin realizados en la II, III y IV regiones, a fin de explicar el funcionamiento de la nueva norma, y analizar sus alcances.El Manual se encuentra dirigido principalmente a aquellos profesionales que realizan labores de inspeccin y fiscalizacin de la norma, y a todos aquellos que trabajan de una u otra manera vinculados a proyectos de iluminacin.Toda herramienta de gestin es perfectible, y tal como lo establece la Ley de Bases del Medio Ambiente, deberemos revisar esta norma antes de los cinco prximos aos. Esperamos sentar las bases para que en dicha ocasin abordemos materias que puedan haber quedado pendientes en esta oportunidad, y todas aquellas que surjan y nos permitan avanzar eficaz y eficientemente en la proteccin de los cielos del norte de nuestro pas. 6. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAII INTRODUCCION 2.1LA CALIDAD ASTRONMICA DE LOS CIELOS La regin del norte de Chile es mundialmente reconocida como la mejor de todo el hemisferio sur para las observaciones astronmicas debido a la transparencia y claridad de sus cielos. Pocos lugares en el mundo cuentan con tantas noches despejadas en el ao para poder observar el universo.Desde la dcada de los sesenta se empezaron a construir diversos telescopios en Chile, como El Tololo, que actualmente cuenta con seis telescopios, incluyendo el ms grande del hemisferio sur (4 metros de dimetro). Adems, podemos nombrar a otros observatorios importantes como el del cerro La Silla y el de Las Campanas. En todos ellos se han coordinado esfuerzos de diversas instituciones internacionales y varios pases para solventar la gran inversin asociada a tales proyectos. Todo parece indicar que esta favorable situacin de Chile se consolidar an ms en el futuro cercano, ya que existen proyectos como el de cerro Paranal, en Antofagasta (con 4 telescopios de 8 metros), el proyecto del cerro Pachn a 20 km. del Tololo, donde participa Chile (con el telescopio Gminis, de 8 metros de dimetro) y un proyecto en Las Campanas (con 2 telescopios de 6.5 metros). El total de estas inversiones sobrepasa los 500 millones de dlares.Nuestro pas se ve beneficiado con los convenios universitarios ya existentes, donde el acceso de cientficos y estudiantes nacionales cuenta con facilidades, y un aporte econmico por toda la actividad asociada a los observatorios que se estima en 10 millones de dlares anuales para la economa de la IV regin, lo que subira aproximadamente a unos 15 millones antes del fin de la dcada. Adems, la operacin de estos observatorios se logra en buena medida con personal tcnico chileno que ha adquirido experiencia en el diseo y manejo de equipos de avanzada tecnologa.El tpico de la preservacin de la calidad astronmica de los cielos reviste para nuestro pas y la comunidad cientfica y astronmica internacional una particular importancia. Asimismo la regulacin jurdica de la contaminacin lumnica, puesto que de ella dependen la claridad de las observaciones y permanencia en nuestro pas de las instituciones astronmicas en el largo plazo.Para llevar a cabo exitosamente las observaciones astronmicas no slo se necesitan grandes telescopios para captar y concentrar la mayor cantidad posible de luz, y los detectores ms sensibles, sino que tambin de los cielos ms oscuros. En las zonas del Norte Chico y Grande encontramos cielos de excepcional calidad astronmica lo que conforma un valioso patrimonio ambiental y cultural nacional. 7. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA2.2LA CONTAMINACIN LUMNICA Desde principios de este siglo y por primera vez en la historia de la humanidad, la visin nocturna de nuestro firmamento est siendo amenazada, sin apenas darnos cuenta, por la creciente iluminacin de los asentamientos urbanos. La contaminacin lumnica sobre los cielos de los pueblos y ciudades de Chile nos impide contemplar uno de los espectculos ms bellos de la naturaleza.Pero, a qu llamamos contaminacin lumnica? Es toda aquella luz que no es aprovechada para iluminar el suelo y las construcciones. Esto puede suceder por dos razones principales: porque el haz luminoso no es dirigido hacia abajo, o porque la radiacin luminosa es de una longitud de onda que el ojo humano no percibe. La luz que escapa rumbo al cielo es dispersada hacia el haz del telescopio por molculas o polvo. Existe una multitud de caminos por los cuales la luz puede dispersarse por la lnea de visin, sin que necesariamente haya una ciudad directamente visible desde el observatorio. Por lo tanto, la nica manera de controlar la contaminacin lumnica es reducir la cantidad de luz que escapa hacia el cielo.Es muy importante abordar el tema de la contaminacin lumnica ahora cuando el problema an no es dramtico. Llamaremos contaminacin lumnica a toda aquella luz que no es aprovechada para iluminar el suelo y las construcciones, es decir el brillo o resplandor de luz en el cielo nocturno producido por la reflexin y difusin de la luz artificial en los gases y partculas de aire, que dispersa la luz hacia el haz del telescopio. Lo anterior puede suceder porque el haz luminoso visible no ha sido dirigido hacia abajo, o porque la radiacin luminosa es de una longitud de onda tal que el ojo humano no la percibe.Para explicar el fenmeno de la contaminacin lumnica, podemos asignar a la luminosidad del cielo sin contribucin del hombre el valor x = 1.0. Un valor x = 1.2 representa un 20% de aumento sobre el entorno natural, y disminuira la potencia de un telescopio de 8 metros a uno de 7.63 metros. Un nivel de x = 2.0 representa la duplicacin del entorno lumnico natural del lugar, transformando un telescopio de 8 metros a uno de 5,66 metros. El costo de un telescopio de 8 metros en el ao 1995 es de aproximadamente de 85 millones de dlares. De este modo, un incremento del 25% de la luminosidad nocturna se transforma en una prdida de 20 millones de dlares. Un ejemplo concreto de este tipo de fenmeno es el telescopio de 5 metros ubicado en Monte Palomar, en California, que desde su trmino en 1940 y hasta los aos 70 fue el telescopio ms grande del mundo. Hoy la contaminacin nocturna emitida por las ciudades vecinas de San Diego y Los Angeles han reducido su capacidad a la mitad desde su apertura.La contaminacin proveniente de La Serena y Coquimbo producto de luminarias cuyas pantallas estn o son de mala calidad, est afectando al Tololo en un 10%, cantidad que se cuadruplicar en 50 aos si no se toman las medidas de control necesarias. En Cerro Pachn, donde se est construyendo el telescopio Gminis de Sur ( 8 metros de apertura), se vive la misma situacin de peligro. 8. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMALa mayora de los estudios astronmicos son espectroscpicos, descomponiendo la luz en los colores que la componen. La presencia o ausencia de las bandas de luz solar permiten al astrnomo identificar qumicos especficos y estimar temperaturas y densidades. Las peores fuentes de luz exterior para la astronoma son las incandescentes (como la ampolleta comn de uso casero), ya que emiten un espectro continuo de muchas bandas de color que bloquean la informacin espectral proveniente de objetos csmicos tenues. Fuentes que emiten luz en bandas caractersticas de color son menos dainas para la observacin pues no contaminan el espectro completo. Las lmparas de mercurio emiten una abundante cantidad de luz ultravioleta, lo que les resta eficiencia en la produccin de luz visible y contribuye al resplandor del cielo. Las lmparas de sodio no emiten luz ultravioleta y energticamente son doblemente eficientes que una lmpara de mercurio. Adems, las lmparas de sodio de baja presin bloquean solo un 1% de la visin astronmica. 2.3ANTECEDENTES GENERALES Existen antecedentes internacionales de normalizacin en el tema, tal es el caso de Estados Unidos (Ordinance 88 122. An Ordinance Amending Chapter 14, Article 9, of Hawaii Country Code 1983, Relating to outdoor lighting) y en Espaa (Ley 31 /1988, sobre Proteccin de la Calidad Astronmica de los Observatorios del Instituto de Astrofsica de Canarias).En casos concretos, podemos mencionar que se ha demostrado que el control de la contaminacin a travs del uso de luminarias con buenas pantallas puede ser reducido en un factor de tres, segn experiencia realizada en Tucson, Arizona. Un factor similar de reduccin en la contaminacin proveniente de las ciudades de Coquimbo, La Serena y Vicua mantendra los niveles de polucin entre un 10 a un 15 % durante los prximos 50 aos, permitiendo al Tololo mantener una vida til para la segunda mitad del prximo siglo.Las primeras medidas ya se estn implementando, en particular podemos destacar que la Municipalidad de Vicua puso en marcha su plan de modernizacin del sistema de alumbrado pblico, incorporando las especificaciones tcnicas sobre la emisin de flujo luminosos al hemisferio superior. Tal especificacin no produjo un incremento del precio de las luminarias ofertadas debido a que en general las luminarias producidas en el pas controlan el flujo hacia el hemisferio superior segn la norma NSEG 15, que regula el tipo de luminarias de alumbrado pblico que se pueden comercializar en Chile. En la Avenida Alameda de Vicua se reemplazaron, sin deterioro de la calidad en la iluminacin pblica, 81 luminarias de luz mixta tipo globo de 160 Watt de potencia por un nmero similar de luminarias de sodio de alta presin de 70 Watt cada una. Esto ha significado un ahorro de un 50% en el consumo de energa elctrica. Ambos tipos de luminarias producen aproximadamente el mismo nmero de lmenes (5000 lmenes), por lo cual el mejor apantallamiento de las nuevas luminarias produce una iluminacin de la Alameda dos veces ms intensa, a la vez que reduce la contaminacin lumnica.La Serena tambin ha iniciado su proceso de modernizacin del alumbrado pblico, y el cambio de luminarias ya efectuado, represent un ahorro aproximado de 220.000 Watt, al 9. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMApasar el consumo total estimado de 700.000 Watt a 480.000 Watt. Esto representa una disminucin del 31.4 % del consumo de energa elctrica de la Municipalidad de la Serena.Otro antecedente interesante de destacar es que la Comisin Nacional de Energa en su Proyecto de Modernizacin del Alumbrado Pblico (que cuenta con el auspicio de la Comisin de las Comunidades Europeas, 1993), y el informe Uso Eficiente de la Energa, Alumbrado Pblico y Auditoras Energticas (1993), fundamenta el cambio de sistema de alumbrado pblico en el territorio nacional sobre la base de, entre otros, los siguientes antecedentes: utilizacin de lmparas ms eficaces, y uso de luminarias ms eficientes. 2.4NORMA DE EMISION PARA LA REGULACIONDELACONTAMINACION LUMINICA D.S. 686/98 DEL MINECON ? Objetivo de la NormaEl objetivo de la norma es proteger la calidad astronmica de los cielos de la II, III y IV regiones mediante la regulacin de la contaminacin lumnica. Se espera conservar la calidad astronmica actual de los cielos sealados y evitar el deterioro futuro.? Criterios BsicosEl camino para controlar la contaminacin lumnica es la reduccin de la cantidad de luz que se escapa hacia el cielo. Esta regulacin se fundamenta en los siguientes criterios bsicos:? Evitar la emisin de luz hacia el cielo por medio de la utilizacin de luminarias apantalladas y sin inclinacin.? Evitar la emisin de luz en el rango no visible para el ojo humano (espectro til), ya que este espectro de luz afecta la observacin astronmica y no representa utilidad al ser humano. ? Fuentes Afectas a la Norma y Cantidad Mxima de EmisinLas fuentes que deben a cumplir esta norma son las que se denominan como Alumbrado de Exteriores. Alumbrado de Exteriores es aquel alumbrado realizado con instalaciones estables o espordicas, en recintos abiertos, para su utilizacin nocturna. Entre estos se consideran, por ejemplo, el alumbrado de vas pblicas, el ornamental y de parques, el alumbrado de instalaciones deportivas y recreativas, los letreros, el alumbrado de instalaciones industriales, el de seguridad, y el alumbrado exterior de edificios y condominios. No se consideran como alumbrado de exteriores, por ejemplo, la iluminacin producida por la combustin de gas natural u otros combustibles, la de los vehculos, las luces de emergencia necesarias para la seguridad pblica (para efectos de esta norma, no 10. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAson fuentes emisoras las indicadas en el punto 2.3 del Ttulo II Disposiciones Generales, del texto de la norma).La norma contiene una limitacin general para todas las fuentes emisoras (existentes o nuevas), y limitaciones especiales.La limitacin general a las fuentes emisoras se seala en el punto 3.1 del Ttulo III Lmites Mximos Permitidos, con una diferenciacin a partir de un determinado Flujo Luminoso NominalLas limitaciones especiales se aplican a las siguientes fuentes emisoras: ? Alumbrado pblico.? Alumbrado de jardines, playas, parques, y dems reas naturales, y ornamentalde edificios y monumentos.? Alumbrado de instalaciones deportivas o recreativas.? Iluminacin de avisos y letreros.? Proyectores lser.? Importancia de la Clasificacin de las Fuentes EmisorasLa clasificacin de las fuentes emisoras permite definir:? Lmites mximos diferenciados ? Horarios de aplicacin para fuentes determinadas ? Plazos de cumplimiento diferenciados? Plazos de CumplimientoLos plazos de cumplimiento de la norma, son distintos para las fuentes emisoras existentes o nuevas.? Fuentes nuevas: deben cumplir con la norma al momento de ser instaladas ? Fuentes existentes: deben cumplir con la norma, segn los siguientes criteriosi)Por regla general las fuentes existentes deben cumplir con la normaal momento de ser sustituida la luminaria o a ms tardar en un plazomximo de 5 aos, a partir del 1 de octubre 1999.ii) Las fuentes destinadas al alumbrado pblico deben cumplir con lanorma al momento de ser sustituida la luminaria o a ms tardar en unplazo mximo de 6 aos, a partir del 1 de octubre de 1999.iii)Las fuentes que estn sujetas a horarios de aplicacin, deben cumplircon la norma al momento de su entrada en vigencia. 11. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA? Control de la NormaLas exigencias se harn efectivas a travs de la certificacin de luminarias (laboratorio reconocido por la SEC), la verificacin de la correcta instalacin de stas, y una restriccin horaria para luminarias que no cumplan con ciertos requisitos de emisin.? Ambito TerritorialLa presente norma de emisin se aplica dentro de los actuales lmites territoriales de las regiones II, III y IV.? FiscalizacinEl organismo fiscalizador competente es la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC).? VigenciaEl D.S. N 686/98 del Ministerio de Economa, Fomento y Reconstruccin entr en vigencia 60 das despus de su publicacin en el Diario Oficial (02 de Agosto de 1999). Es decir, la norma est en vigencia desde el 01 de Octubre de 1999. 12. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAIIIPROCESO DE DICTACION DE LA NORMA PARA LA REGULACION DELA CONTAMINACION LUMINICA El Director Ejecutivo de la Comisin Nacional del Medio Ambiente, previa consulta a organismos de gobierno competentes, y comunidad en general, propone al Consejo Directivo de CONAMA, en marzo de cada ao, un programa priorizado de normas a ser dictadas. En junio de 1996, se public el Primer Programa Priorizado de Normas Ambientales (1996 1997), en el cual, se incluy la Norma para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica.Este proceso se gui por el Procedimiento de Dictacin de Normas Ambientales. Este procedimiento contempla tres etapas, con sus respectivos plazos, la elaboracin del anteproyecto de la norma, en el cual se forma el comit operativo, se requieren estudios cientficos y tcnicos, se recopilan antecedentes, y se elabora el anteproyecto; un proceso de consulta del anteproyecto de la norma, en el cual se somete a consulta pblica, al Consejo Consultivo Nacional, y se efecta un anlisis del impacto econmico y social de la norma; y, por ltimo, un proceso de elaboracin del proyecto definitivo de norma, en el cual se analizan las observaciones formuladas por los anteriores estamentos, se elabora el proyecto definitivo y, finalmente, se presenta al Consejo Directivo de CONAMA para su aprobacin. Cada una de estas etapas contempla tambin respectivas publicaciones para conocimiento del pblico general.Durante el proceso de dictacin de una norma ambiental, existen dos instrumentos que son de carcter pblico permanente destacables: La Tabla Pblica, que da cuenta de la materia y el estado en que se encuentran los distintos procesos de las normas, sus plazos y gestiones pendientes, indicacin de la fecha de inicio del proceso; y el Expediente Pblico, que contiene las resoluciones que se dictan, las consultas evacuadas, las observaciones que se formulan, y todos los datos y documentos relativos a la dictacin de la norma. 3.1ANTECEDENTES El antecedente preliminar que sirvi de base a la dictacin de la norma, fue el documento Una Propuesta de Anteproyecto de Norma Secundaria de Calidad Ambiental sobre Preservacin de la Calidad Astronmica de los cielos de la II, III y IV Regiones, elaborado por Observatorio Interamericano de Cerro Tololo; Observatorio Europeo Austral; Observatorio Las Campanas; Departamento de Astronoma de la Universidad de Chile; y el Departamento de Astronoma y Astrofsica de la Pontificia Universidad Catlica de Chile.En marzo del ao 1997, se dio inicio a la Elaboracin del Anteproyecto de Norma para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica, luego de que en enero de 1997 se modificara el Primer Programa Priorizado de Normas Ambientales, en relacin a que la regulacin de la contaminacin lumnica se deba llevar a cabo a travs de la dictacin de una norma de emisin y no de una norma secundaria de calidad ambiental. 13. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAEn esta etapa se acompaaron los estudios cientficos, econmicos, jurdicos, informes, y otros antecedentes que fueron incorporados al expediente respectivo y que permitieron justificar su dictacin.Posteriormente, en mayo de 1998, se someti a consulta el Anteproyecto de Norma, al Consejo Consultivo Nacional de CONAMA y a la opinin pblica, quienes formularon observaciones que fueron analizadas y valoradas para la redaccin del texto definitivo.En la consulta pblica participaron las municipalidades de ciudades pertenecientes a la II, III y IV regiones, empresas privadas, consultoras ambientales, profesionales del rea, y Universidades, entre otros.Es importante sealar que para la elaboracin de esta norma, diversos fueron los organismos estatales y privados que participaron en su proceso de dictacin. Estos se sealan a continuacin. 3.2GRUPO DE TRABAJO El grupo de trabajo para la dictacin del D.S N 686/98 estuvo integrado por las siguientes entidades: la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, SEC; La Comisin Nacional de Energa; el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, MINVU; el Ministerio de Relaciones Exteriores, RREE; la Asociacin Chilena de Municipalidades; y la Comisin Nacional del Medio Ambiente, CONAMA. Tambin participaron la Sociedad Nacional de Minera, SONAMI; el Laboratorio de Ensayos Luminotcnicos de la Universidad Catlica de Valparaso; y Phillips Chilena S.A. 3.3CRONOGRAMA El siguiente es el cronograma de trabajo que se inici sobre la base de un documento preparado por los observatorios astronmicos.? El 13 de marzo de 1997 se da inicio a la elaboracin del anteproyecto de norma para la regulacin de la contaminacin lumnica? Se recopilan estudios cientficos, informes y antecedentes.? El 16 de abril de 1998 se aprueba el anteproyecto de norma para la regulacin de la contaminacin lumnica.? El 20 de mayo de 1998 se procede a la etapa de consulta a los organismos competentes pblicos, privados y comunidad en general. 14. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA? Las observaciones fueron analizadas con los resultados del anlisis general de impacto econmico y social del anteproyecto de norma. A partir de esto, se elabor el Proyecto Definitivo de la norma? El 25 de septiembre de 1998, este Proyecto Definitivo fue aprobado por el Consejo Directivo de CONAMA? El 7 de diciembre de 1998 se firma el Decreto Supremo de la norma.? Posterior a la Toma de Razn por parte de la Contralora, se publica en el Diario Oficial el 02 de agosto de 1999 la nueva norma (D.S. N 686/98 MINECON).? Entrada en vigencia el da 01 de octubre de 1999 (60 das despus de su publicacin). 3.4ANALISIS GENERAL DEL IMPACTO ECONOMICO Y SOCIAL DE LANORMA Esta normativa tiene como principal objeto la reglamentacin de las principales fuentes de Contaminacin Lumnica que son, el alumbrado de exteriores, el alumbrado de vas pblicas, ornamental y de parques, de instalaciones deportivas, de las instalaciones recreativas, del exterior de edificios particulares y pblicos, de las instalaciones lumnicas de empresas privadas y anuncios iluminados.Especficamente se evitar la emisin de luz hacia el hemisferio superior de cada luminaria (hacia el cielo), fomentndose la tendencia progresiva de la sustitucin de lmparas de vapor de mercurio por de sodio de baja o alta presin y la utilizacin de luminarias sin inclinacin.Al respecto, cabe destacar que es una favorable coincidencia que las lmparas menos dainas para la astronoma, sean adems mucho ms eficientes desde el punto de vista de consumo de energa, y que los equipos de iluminacin que cumplen con la normativa propuesta son de produccin normal en fbricas de luminarias lo que no tiene un sobreprecio asociado al proceso. Por lo tanto, la implementacin de esta normativa, lejos de constituir un gasto, generar un ahorro energtico considerable al pas.En el pas el mayor nmero de luminarias externas corresponden al alumbrado pblico, por lo cual los municipios sern los principales afectados por la promulgacin de la norma de emisin sobre contaminacin lumnica en las regiones II, III y IV, las cuales reportan un gran inters para el desarrollo de la actividad astronmica. Por otra parte las empresas que trabajan en faenas continuas durante todo el ao tambin se vern afectadas por dicha normativa. Los principales afectados sern las empresas mineras, termoelctricas, pesqueras y pisqueras, puesto que son las de mayor envergadura y cuentan con numerosas plantas en las regiones anteriormente mencionadas. 15. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAUn estudio realizado por la Comisin Nacional de Energa demostr que a pesar de que el cambio de luminarias de baja eficiencia lumnica por luminarias de alta eficiencia implica una alta inversin econmica, sta sera amortizada rpidamente por el ahorro energtico que generan los sistemas de alta eficiencia, a que consumen entre un 25 y un 40 % menos de energa. Adems se genera un ahorro de los costos de mantencin y reposicin de luminarias y lamparas al instalar equipos con una mayor vida til.Algunas conclusiones acerca de este anlisis general del impacto econmico y social de la norma, son las siguientes:? Se estima que el valor total de luminarias y lmparas que deben ser sustituidas en las municipalidades y empresas consultadas para este anlisis, alcanza los $113.5 millones. Este valor supone que al pasar de una lmpara de mercurio a una de sodio no se cambia la luminaria. ? En el mejor escenario (sin efecto retroactivo) hay beneficios a partir del segundo ao, y son crecientes hasta el quinto, donde alcanza el valor mximo. En el peor escenario, los beneficios son mximos desde el segundo ao. ? A partir del cuarto ao los beneficios son los mismos, al tener ambas situaciones el parque completo de lmparas con bajo consumo de energa. ? Se considera que para el comercio, los edificios y plazas, el costo de la aplicacin de la norma puede ser nulo o poco significativo, al existir en algunos de estos casos la opcin de ajuste de horario. 3.5EXPEDIENTE PUBLICO El expediente pblico contiene todos los estudios y antecedentes concernientes al procedimiento de dictacin del D.S. N 686/98 del MINECON. Incluye documentos de informacin general y preliminar para el proceso de dictacin, incorpora documentos emanados directamente del proceso, tales como resoluciones, cartas, etc., y renen las actas de las reuniones y los documentos del grupo de trabajo. Todas estas partes estn debidamente foliadas.Los estudios y antecedentes que se incluyen en el expediente pblico, son los siguientes:1. Estudios Tcnicos, Cientficos y Econmicos para una Propuesta de Anteproyecto deNorma Secundaria de Calidad Ambiental sobre Preservacin de la Calidad Astronmicade los Cielos de la II, III y IV Regiones. Observatorio Interamericano de Cerro Tololo,Observatorio Europeo Austral, Observatorio Las Campanas, Depto. de Astronoma dela Universidad de Chile, Depto. de Astronoma y Astrofsica de la PontificiaUniversidad Catlica de Chile, 1996.2. Respuestas Ord. N 961140 de Jefe Unidad de Descontaminacin, Planes y Normas.Mark M. Phillips H., Ricardo Schmidt H. (Observatorio Interamericano de CerroTololo) y Enrique Pirano D. (Universidad Catlica de Valparaso), 1996. 16. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA 3. High Quality Astronomical Sities Around The Wold. Merle F. Walker. LickObservatory, University of California, Santa Cruz, 1983.4. Guide Lines for Minimizing Urban Sky Glow Near Astronomical Observatories,Publication International Astronomical Union / International Commission OnIllumination, N 1: 1980. R. Cayrel and F .G. Smith (IAU), and A. J. Fisher and J. B. deBoer (CIE).5. La Calidad Astronmica de los Observatorios Astronmicos. Conceptos SobreContaminacin Lumnica. Oficina Tcnica para la Proteccin de la calidad del Cielo.Francisco Javier Daz Castro, 19966. Informe Sobre la Factibilidad Econmica de la Norma de Emisin para la Regulacinde la Contaminacin Lumnica en la II, III y IV Regiones. Informe Econmico. Unidadde Economa Ambiental, Comisin Nacional del Medio Ambiente, Santiago, 1997. 17. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAIVDECRETO SUPREMO N 686/98 DEL MINISTERIO DE ECONOMA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIN (Diario Oficial del 2 de agosto de 1999) 4.1TEXTO DE LA NORMA IOBJETIVO Y RESULTADOS ESPERADOS1.1 Objetivo de proteccin ambiental y resultados esperadosLa presente norma tiene por objetivo prevenir la contaminacin lumnica de los cielos nocturnos de la II, III y IV regiones, de manera de proteger la calidad astronmica de dichos cielos, mediante la regulacin de la emisin lumnica. Se espera conservar la calidad actual de los cielos sealados y evitar su deterioro futuro. II DISPOSICIONES GENERALES2.1 La presente norma establece la cantidad mxima permitida de emisin lumnica hacia los cielos nocturnos, medida en el efluente de la fuente emisora.2.2 Para todos los efectos de esta norma, se entender por:a) Calidad Astronmica de los Cielos: El conjunto de condiciones ambientales del cieloque determinan su aptitud para la observacin del cosmos.b) Cielos Nocturnos: Son aquellos que se producen desde una hora despus de la puestade sol y hasta una hora antes de su salida.c) Eficacia Luminosa: Cuociente entre el flujo luminoso y el flujo radiantecorrespondiente.d) Efluente: El plano horizontal que pasa por la fuente emisora.e) Emisin Lumnica: Es la emisin de flujo luminoso.f) Flujo Radiante: Potencia emitida, transportada o recibida en forma de radiacin.g) Flujo Luminoso: Magnitud derivada del flujo radiante por la evaluacin de laradiacin, segn su accin sobre un receptor selectivo, cuya sensibilidad espectral sedefine por las eficiencias luminosas espectrales normalizadas (visin fotpica).h) Flujo Luminoso Nominal: Flujo declarado por el fabricante, en lmenes.i) Flujo Hemisfrico Superior: Flujo emitido sobre un plano horizontal que pasa por lafuente. 18. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAj) Fuente Emisora : Lmpara instalada en una luminaria que emite flujo hemisfricosuperior.k) Fuente Existente : Es la fuente emisora instalada con anterioridad a la entrada envigencia de la presente norma.l) Fuente Nueva: Es la fuente emisora instalada con posterioridad a la entrada en vigenciade la presente norma.m) Lmpara : Dispositivo construido con el fin de producir luz.n) Luminaria: El aparato que sirve para repartir, filtrar o transformar la luz de laslmparas y que incluye todas las piezas necesarias para fijarlas, protegerlas yconectarlas al circuito de alimentacin.) Lumen: Unidad del Sistema Internacional del Flujo Luminoso emitido en la unidad dengulo slido (estreo-radin) por una fuente puntual uniforme que tiene unaintensidad luminosa de una candela.o) Proyector: Luminaria en la cual la luz se concentra en un ngulo slido determinadopor medio de un sistema ptico (espejos o lentes), con el fin de producir una intensidadluminosa elevada. 2.3 La presente norma de emisin no se aplicar a las siguientes fuentes emisoras:a) Aqullas cuya iluminacin es producida por la combustin de gas natural u otroscombustibles. b) Aqullas destinadas a la iluminacin ornamental utilizada durante festividadespopulares, siempre que no excedan de 60 watt. c) Aqullas que sean necesarias para garantizar la navegacin area y martima. d) Aqullas propias de los vehculos motorizados. e) Aqullas de emergencia necesarias para la seguridad en el trnsito de calles y caminos. f) Aqullas destinadas a la iluminacin de vitrinas. g) Aqullas destinadas a iluminar espacios cerrados. h) Aqullas destinadas al alumbrado de instalaciones deportivas o recreativas y lasdestinadas a la iluminacin de avisos y letreros, cuando la eficacia luminosa de lafuente de luz utilizada en los casos sealados no sea inferior a 140 lmenes por watt. i) Los proyectores lser utilizados para fines astronmicos. 19. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAIIILIMITES MAXIMOS PERMITIDOS La cantidad mxima permitida de emisin lumnica hacia los cielos nocturnos, medida en el efluente de la fuente emisora, ser la siguiente:3.1 Las lmparas cuyo flujo luminoso nominal sea igual o menor a 15.000 lmenes, no podrn emitir, una vez instaladas en la luminaria, un flujo hemisfrico superior mayor al 0,8 % de su flujo luminoso nominal.Las lmparas de flujo luminoso nominal superior a 15.000 lmenes, no podrn emitir, una vez instaladas en la luminaria, un flujo hemisfrico superior que exceda del 1,8 % de su flujo luminoso nominal.Tratndose de las lamparas destinadas al alumbrado de vas pblicas debern, adems, limitarse al espectro del ancho de banda de luz visible para el ojo humano (entre 350 y 760 nanmetros), para lo cual la eficacia luminosa de las fuentes de luz utilizadas no podr ser inferior a 80 lmenes por watt.3.2 Las lmparas instaladas en proyectores, las instaladas en luminarias destinadas al alumbrado de jardines, playas, parques y dems reas naturales, y las destinadas al alumbrado ornamental de edificios y monumentos, cuyo flujo luminoso nominal sea igual o menor a 9.000 lmenes, no podrn emitir un flujo hemisfrico superior mayor al 5 % de su flujo luminoso nominal.Estas lmparas debern ajustarse a lo establecido en el punto 3.1, incluida la exigencia sobre eficacia luminosa establecida para el alumbrado de vas pblicas, cuando su flujo luminoso nominal sea superior a 9.000 lmenes.3.3 Las lmparas destinadas al alumbrado de instalaciones deportivas o recreativas se sometern a lo establecido en el punto 3.1 desde las 2:00 horas AM.3.4 Las lmparas destinadas a la iluminacin de avisos y letreros no se sometern a lo establecido en el punto 3.1. Sin embargo, desde las 1:00 horas AM no podrn emitir un flujo hemisfrico superior mayor al 0,8 % de su flujo luminoso nominal.Dicho porcentaje no ser aplicable a aquellos anuncios y letreros que se ubiquen en recintos comerciales mientras permanezcan abiertos al pblico.3.5 Los proyectores lser no se sometern a lo establecido en el punto 3.1. Sin embargo, desde las 2:00 horas AM no podrn emitir flujo hemisfrico superior, por lo que, en ese horario, no podrn orientarse sobre la horizontal.3.6 Los horarios sealados en los puntos 3.3, 3.4 y 3.5 comenzarn a regir una hora despus, durante los das sbados, domingos y festivos. 20. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAIV PLAZOS DE CUMPLIMIENTO DE LA NORMA4.1 Las fuentes existentes debern cumplir con la norma de emisin establecida en el presente decreto, de acuerdo a lo siguiente:a) Las fuentes existentes a que se refiere los puntos 3.1 y 3.2, con excepcin de aqullas destinadas al alumbrado de vas pblicas, al momento de ser sustituida la luminaria. En todo caso debern cumplir con la presente norma de emisin a ms tardar en el plazo de cinco aos a contar de su entrada en vigencia.b) Las fuentes existentes destinadas al alumbrado de vas pblicas, al momento de ser sustituida la luminaria. En todo caso debern cumplir con la presente norma de emisin a ms tardar en el plazo de seis aos a contar de su entrada en vigencia.c) Las fuentes existentes sealadas en los puntos 3.3, 3.4 y 3.5, a contar de su entrada en vigencia.4.2. Las fuentes nuevas debern cumplir con la norma de emisin establecida en el presente decreto, en el momento que sean instaladas. VMETODOLOGIA DE MEDICION Y CONTROL5.1 El control que realice el organismo fiscalizador considerar los siguientes mtodos de medicin:5.2 La medicin de la emisin lumnica hacia los cielos nocturnos se realizar en los laboratorios que cumplan con los requisitos sealados en la presente norma, y bajo las condiciones establecidas en la misma. Los ensayos se realizarn con una muestra representativa de las luminarias y/o proyectores.5.3 El cumplimiento de la presente norma se verificar con un informe tcnico que as lo establezca, fundado en mediciones realizadas en alguno de los laboratorios sealados en el punto anterior, y cuando la instalacin de la fuente corresponda a las condiciones de instalacin asumidas para el ensayo. Estas ltimas debern ser consignadas en el mencionado informe tcnico.5.4 Condiciones Generales5.4.1 Laboratorioa) Luz Externa. Se deben tomar precauciones para eliminar la luz externa de la cercanade la prueba por medio del uso de un protector y desviador adecuado. Particularatencin se debe dar al arreglo desviador-protector, de manera que la nica luz queincida en el receptor sea la transmitida directamente desde el proyector y/o luminaria. 21. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAb) Temperatura Ambiental. La temperatura ambiental de laboratorio fotomtrico deberser mantenida en 25C ? 5C (77F ? 9F).c) Seleccin de la Lmpara de Prueba y Envejecimiento. Las lmparas que ellaboratorio utilice en las pruebas y que son parte de su instrumental y equipamiento,debern ser seleccionadas en conformidad con las dimensiones de diseo yconstruccin establecidas por los fabricantes de los artefactos. Las lmparas debern serenvejecidas hasta que sus caractersticas permanezcan constantes durante la prueba. (1) Las lmparas incandescentes debern ser probadas en condiciones decorriente constante de modo de obtener aproximadamente un 75% de loslmenes nominales de salida. (2) Las lmparas de descarga debern ser operadas a la tensin de lneanominal. Antes de tomar cualquier dato, debern tomarse lecturas cadaquince minutos hasta que la lmpara sea estable.d) Distancia de Prueba. Es la distancia recorrida por la luz desde el centro goniomtricohasta el fotoreceptor, y debe ser suficiente para que se ajuste a la ley del cuadrado-inverso de la distancia.5.4.2 Requerimientos Elctricos a) Regulacin de Poder. La tensin no deber variar ms de ? 0,5% durante la prueba. b) Forma de Onda . El suministro de potencia ac deber ser tal, que la sumatoria de la raz cuadrtica media (rms), de los componentes armnicos, no exceda un 3% de la fundamental. c) Instrumentacin. Al usar equipos digitales o analgicos, el rango deber ser seleccionado de modo que sea usada la porcin media a mxima del rango seleccionado para cualquier medida especfica. Como las lmparas de descarga en gases pueden presentar formas de onda fuertemente distorsionadas, los instrumentos ac (tensin y corriente) debern ser seleccionados de modo que respondan a valores rms verdaderos. Los instrumentos de potencia debern indicar el promedio verdadero. No deben utilizarse instrumentos cuyas escalas estn calibradas en valores rmspero cuyas deflecciones o lecturas dependen sobre valores promedio o valorespeak. 22. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA5.4.3 Gonimetros a) General. El gonimetro debe ser un medio de montaje para el proyector y luminaria y un medio para rotarlos a travs del recorrido angular requerido. El gonimetro debe ser lo suficientemente rgido como para entregar la medida correcta de los ngulos aun cuando haya una carga desequilibrada que sea apreciable. La construccin del gonimetro debe permitir un exacto posicionamiento angular y deber ser reproducible dentro de un rango de tolerancia de 0,5. El gonimetro debe permitir generar los distintos sistemas de posicionamiento angular sin que sea necesario el tener que someter a la lmpara a angulaciones que provoquen una variacin en su flujo. Esto se logra, por ejemplo, con un gonimetro de espejo. b) Eje de Coordenadas Polares. El gonimetro debe ser diseado para usar un sistema de eje de coordenadas polares horizontal o un sistema de eje de coordenadas polares vertical. c) Sensores de Luz. Un elemento sensible a la luz ser utilizado para las medidas de iluminacin. La combinacin del sensor y su equipo de medida debern ser probados por linearidad de respuesta a travs del rango en el cual es usado, as como para liberarlos de influencias de fatiga y temperatura en la sensibilidad del sensor. Puede ser necesario usar filtros de correccin especialmente diseados para el sensor en particular.5.4.4 Posicionamiento de las Lmparas/LuminariasEl centro de luz de la lmpara de prueba debe ubicarse en el gonimetro de manera tal que est en el centro de interseccin de los ejes del gonimetro. Se deben tomar precauciones para corregir las posiciones pticas para la lmpara desnuda o luminaria en relacin con los ejes fotomtricos.5.4.5 Preparacin del Equipo para la Prueba a) Posicionamiento del Proyector o Luminaria en el Gonimetro. Cuando el centro de luz de la lmpara de prueba no est encerrado por el reflector, el proyector o luminaria (en adelante equipo), deber ser montado en el gonimetro de manera tal que el centro de luz est en el centro de la lmpara, y a su vez en el centro del gonimetro. Cuando hay ms de una lmpara que no est encerrada por el reflector, el equipo deber ser montado en el gonimetro de manera tal que el centro aparente de luz de las lmparas est en el centro del gonimetro. Cuando el centro de luz de la lmpara est al interior del reflector, el equipo deber ser posicionado de manera tal que el centro de la apertura del reflector coincida con el centro del gonimetro. b) Orientacin de la Lmpara. Cuando el reflector del equipo y la lmpara son diseados para una relacin fija entre ellos, tal como ocurre con lmparas de base preenfocadas, la posicin normal deber ser usada para la prueba. Cuando 23. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA la relacin no es fija, as como cuando es usada una lmpara de base atornillada,el siguiente arreglo debe ser adoptado a menos que se establezca otra cosa en elinforme: (1) Cuando las lmparas incandescentes tengan filamentos, tales comotungsteno halogenado, y son usadas con sus ejes perpendiculares al eje delreflector, las pruebas debern ser conducidas con el extremo abierto delfilamento o tetilla de llenado alejndose del elemento ptico principal.(2) Cuando las lmparas incandescentes tengan filamentos de tungstenohalogenados, y son usadas con sus ejes paralelos al eje del reflector, laspruebas debern ser conducidas con el extremo abierto del filamento,apuntando hacia arriba en relacin a la posicin horizontal del eje delreflector.(3) Cuando las lmparas de descarga luminosa son usadas de manera que el ejede la lmpara est a lo largo del eje del reflector principal, las pruebasdebern ser conducidas con la vara de soporte del tubo de arco arriba deltubo de arco en relacin a la posicin horizontal del eje del reflector. Si seutilizan dos soportes de tubo de arco, ellos debern estar en la lnea decentro vertical.(4) Cuando las lmparas de descarga luminosa son usadas de manera que el ejede la lmpara es perpendicular al eje principal del reflector, las pruebasdebern ser conducidas con las varas de soporte del tubo de arco, en unplano paralelo al eje principal del reflector. Cuando slo se presenta unavara de soporte, deber ser rotada alejndola del reflector. Las orientaciones anteriores de las lmparas son escogidas para permitir unpromedio de los valores de los lados del haz con distorsin mnima de la formadel haz e informacin. Cuando es usada una lmpara incandescente teniendouna configuracin lineal de filamento, deber ser tratada del mismo modo quelas lmparas de descarga luminosa. Para las condiciones no definidas arriba, laorientacin de la lmpara deber ser determinada y el posicionamiento anotadopara referencia. c) Enfoque. En unidades de foco fijo, el centro de luz de la lmpara deber ser localizado en el punto focal de diseo del reflector. Esto significa que el largo del centro de la luz de la lmpara de prueba debe ser medido, y la posicin de la lmpara ajustada si la lmpara de prueba no tiene el mismo largo de centro de luz como la lmpara nominal. En unidades de foco ajustables, la lmpara deber ser ajustada en el proyectorpara otorgar el haz especfico para la cual es usada. La posicin de la lmparausada para la prueba deber estar establecida en el informe.5.4.6 CalibracinSe usar el mtodo relativo para establecer los resultados de la prueba para el proyector en trminos de la operacin de la lmpara en las condiciones nominales. Para los pronsticos 24. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAde la prueba este mtodo permite el uso de cualquier lmpara del tipo deseado teniendo dimensiones fsicas propias. La lmpara no necesita operar a los lmenes nominales. La misma instrumentacin es usada para mediciones tanto de la lmpara como del proyector; por lo tanto, los efectos de las diferencias de respuesta del instrumento son llevados a un mnimo. Los datos son ajustados a la informacin nominal dada por el fabricante de ese tipo de lmpara.La corriente de la lmpara, deber ser chequeada con un instrumento calibrado teniendo una precisin de ? 0,25 %.En el mtodo relativo, la luz relativa total emitida por la lmpara de prueba estar determinada por la suma de los productos de cada intensidad lumnica relativa por sus reas zonales angulares slidas respectivas (constantes de lmenes). Las lecturas debern ser tomadas a intervalos verticales de 10 grados (5,15,25,35 grados... y as sucesivamente) y a espacios de 8 o ms intervalos iguales para cada intervalo vertical de esta sumatoria. Las intensidades lumnicas relativas son aquellas que son medidas en un sistema de respuesta lineal, usualmente no calibrado directamente en candelas. Se calcular una constante k, tomando la relacin de la emisin de lmenes nominales para la lmpara especfica a la emisin de luz total relativa de la lmpara de prueba. Las intensidades lumnicas relativas debern ser multiplicadas por la constante k, para calcular las intensidades lumnicas (en candelas) en trminos de la clasificacin para el tipo de lmpara usada. La razn de la intensidad lumnica calibrada (en candelas) a la intensidad medida por el instrumento, es la constante de calibracin o constante k.La constante a que se refiere el prrafo anterior, deber ser aplicada a cualquier lectura posterior durante la prueba del proyector. Deber ser utilizada para convertir las lecturas del instrumento a intensidades lumnicas (en candelas), las cuales representarn a la lmpara en el proyector, como si estuviera operando a las condiciones nominales.El mtodo de calibracin compensa esta diferencia que pudiera haber entre la emisin de la lmpara usada en la prueba y la emisin de la lmpara que se use efectivamente en el proyector o luminaria.Cuando las lecturas de intensidad lumnica son tomadas en la combinacin lmpara- luminaria, la lmpara de prueba deber ser operada en la misma posicin como lo fue durante la calibracin de la lmpara. Es necesario corregir los cambios que ocurren en la emisin de luz si la posicin de la lmpara al interior de la luminaria no concuerda con la posicin de la lmpara durante la calibracin. Esto se logra determinando un factor de correccin para este cambio de posicin.5.5 Mtodo para Pruebas de Fotometra de Luminarias Utilizando Filamento Incandescente y Lmparas de Descarga de Alta Intensidad5.5.1 En este mtodo, la determinacin del Flujo Hemisfrico Superior se establece a partir de la determinacin de los porcentajes de flujo de lmpara emitidos por la luminaria en el hemisferio superior. Para ello es preciso investigar fotomtricamente la emisin de luz en el hemisferio superior de la luminaria hasta un ngulo de elevacin de al menos 135 grados. 25. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA 5.5.2 Informe TcnicoEl informe tcnico deber incluir a lo menos lo siguiente:a) Informacin General (1) Nmero de informe y fecha (2) Identificacin del organismo que emite el informe (3) Perodo de validez del informe (4) Solicitante del informeb) Descripcin de la Luminaria(1) Nombre del fabricante(2) Nmero del catlogo y/o descripcin adecuada para identificar el artefactoensayado(3) Dimensiones que den una idea general del tamao(4) Ubicacin del centro de luz, en general, dimensiones y posicin del soquete(5) Tipo de refractorc) Descripcin de la Lmpara(1) Identificacin del tipo de lmpara(2) Potencia, tensin y lmenes nominales de lmpara(3) Forma del bulbo y tipo de base(4) Construccin del filamento y longitud del centro de luzd) Datos del Fotmetro o Sensor(1) Marca y modelo del sensor(2) Distancia de pruebae) Datos relacionados con la emisin de la lmpara instalada en la luminaria(1) Una tabla de valores de intensidad luminosa emitida por la lmpara instalada enla luminaria a partir del ngulo de elevacin de 90 grados hasta 135 grados, conintervalos de 5 grados.(2) El porcentaje de flujo de lmpara emitido por la lmpara instalada en laluminaria hacia el hemisferio superior.(3) Posicin angular de montaje de la luminaria.(4) Verificacin del cumplimiento de la normaf) Informacin Opcional (1) Datos completos de distribucin de intensidad en discos computacionales en algn formato internacionalmente reconocido. 26. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA5.6 Mtodo Para Pruebas Fotomtricas De Proyectores Usando Lmparas De Filamento Incandescente o Lmparas De Descarga5.6.1 Clasificacin de ProyectoresLa forma de medicin y ubicacin de los datos estar determinada por la clasificacin del proyector. La clasificacin de los proyectores estar basada en el ancho del haz de luz del proyector tanto en el eje horizontal como vertical de la distribucin de intensidades. La clasificacin ser designada por nmeros tipo, como est listado en la Tabla 1.Para una distribucin simtrica rotacional, el tipo de proyector se definir como el promedio del ngulo horizontal y vertical del haz de luz. Para proyectores de distribucin con simetra no rotacional, el tipo se designar por el ngulo horizontal y vertical del haz de luz, y en ese orden. Por ejemplo, un proyector con un ngulo horizontal de haz de luz de 75 grados (Tipo 5) y un ngulo vertical de campo de 35 grados (Tipo 3), sera designado como un proyector Tipo 5x3. Tabla 1- Designaciones de Proyector y Tamao de Zonas Tipo Angulo de CampoTamao de Zona de Nmero de Puntos de Prueba (grados) Prueba (grados)en Matriz de Haz 110 hasta 18 1100 a 324 218 hasta 29 2100 a 256 329 hasta 46 3100 a 256 446 hasta 70 5100 a 196 5 70 hasta 100 8100 a 196 6100 hasta 13010100 a 196 7130 hasta 18010196 a 3245.6.2 Seleccin de Angulos y Zonas para Mediciones Fotomtricasa) General. Los clculos realizados a partir de los datos de la prueba, estn hechosbajo el supuesto de que una medicin de intensidad en el centro de una zonarepresenta la intensidad promedio en toda la zona. Por lo tanto, para launiformidad en la clasificacin es necesario que se adopte un procedimientoestandarizado para escoger el tamao de la zona.b) Procedimiento para Seleccin del Tamao de Zona. El procedimiento paraseleccionar el tamao de zona apropiado es el siguiente: (1) Observar la forma de distribucin del proyector como proyectada en unasuperficie perpendicular al eje de la distribucin.(2) Si la distribucin tiene un mximo nico, se debe efectuar una bsquedaexploratoria de la intensidad lumnica a lo largo de los ejes horizontal yvertical a travs del punto de intensidad mxima. Debe determinarse laposicin angular a lo largo de esos ejes donde la intensidad es 10 por cientode la mxima. El nmero de grados entre estas posiciones de 10 por ciento 27. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAen cada eje ser usado para determinar el tamao de zona de la prueba. La relacin entre el ngulo y el tamao de la zona de prueba se muestra en la Tabla 1. (3) Si la distribucin tiene dos mximos o una serie de mximos de igual o casi igual valor en una lnea, se debe realizar una bsqueda exploratoria de la intensidad a lo largo de un eje a travs de esos mximos y a lo largo de un eje perpendicular al primer eje y centrado con respecto al grupo de mximos. Se debe determinar la posicin angular a lo largo de esos ejes donde la intensidad es de 10 por ciento de la mxima. La cantidad de grados entre estas posiciones en cada eje ser usada para determinar el tamao de la zona de prueba. La relacin entre el ngulo y el tamao de la zona de prueba se muestra en la Tabla 1. (4) Si la distribucin tiene un mximo nico deprimido en el centro o un anillo de mximos se proceder como en (2), pero con los ejes centrados en el centro de la depresin. c) Angulo de Campo. Es el nmero de grados entre las posiciones de la intensidad del 10 por ciento de la intensidad lumnica mxima. Este ngulo ser utilizado para determinar el Tipo y el Tamao de la Zona de Prueba. Cuando el ngulo mximo de campo no ocurre en el eje, deber ser registradoel ngulo mximo de campo y su posicin.5.6.3 Distancia de PruebaLa distancia de prueba mnima para probar los proyectores del Tipo 4 al Tipo 7, ser de 8 a 10 metros (26 a 30 pies). Una distancia de 25 metros (82 pies) es el mnimo para probar proyectores Tipo 2 y Tipo 3.5.6.4 Procesamiento de los Datos FotomtricosLos siguientes pasos debern contemplarse en el desarrollo de la informacin de las caractersticas del proyector:(1) Cuando la distribucin se asume simtrica en relacin con los lados derecho e izquierdo, puede ser promediada la intensidad correspondiente (en candelas) en los lados derecho e izquierdo de la distribucin. (2) Si la informacin fue tomada usando un gonimetro Tipo A o Tipo C (no recomendado), ser necesario convertir este arreglo de informacin a un arreglo de informacin correspondiente a los ngulos en el sistema de coordenadas Tipo B, por medio de interpolacin. (3) Crear un conjunto de isocurvas de intensidad lumnica constante a partir de los valores tomados. Debe usarse el arreglo de los valores de intensidad despus de la conversin a la informacin de Tipo B. (4) Calcular el flujo lumnico (en lmenes) en cada zona o rea ensayada usando la constante de lumen apropiada. 28. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA(5) Sumar los flujos lumnicos en todas las zonas que tienen una intensidad lumnica central igual o mayor que el 10 por ciento de la intensidad lumnica mxima para obtener el flujo de campo lumnico. (6) Calcular la eficiencia de campo del proyector, dividiendo el flujo de campo lumnico por el flujo lumnico nominal de la lmpara. (7) La luz de fuga deber ser calculada por uno de los mtodos comentados. Cuando esta distribucin es simtrica en relacin a los lados derecho e izquierdo, la informacin ser presentada en forma de un diagrama que muestra el flujo lumnico en las zonas basado en el promedio de los lados derecho e izquierdo. (8) Calcular la eficiencia total (opcional) dividiendo el flujo lumnico total del proyector (sumatoria del flujo de campo ms el flujo de la luz de fuga) por el flujo lumnico de la lmpara asignado en la determinacin de las candelas de zona central. (9) Para todos los efectos de representacin de la informacin fotomtrica se considerar una lmpara de 1000 lmenes.5.6.5 Informe Tcnico.El informe tcnico deber incluir a lo menos lo siguiente:a) Informacin General (1) Nmero de informe y fecha (2) Identificacin del organismo que emite el informe (3) Perodo de validez del informe (4) Solicitante del informeb) Descripcin del proyector(1) Nombre del fabricante(2) Tipo de proyector, nmero de catlogo, descripcin para identificar el proyector(3) Bosquejo del proyector mostrando el tamao y dimensiones(4) Forma del reflector, material y dimensionesc) Descripcin de la Lmpara(1) Tipo, orden de abreviacin, servicio(2) Clasificacin en watt, volt, amperes y lmenes nominales(3) Forma del bulbo, tamao, trmino y tipo de base(4) Construccin de filamento o arco y longitud del centro de luz(5) Especificacin de posiciones de soporte o alambres de alimentacin(6) Filamento o arco nominal y dimensiones reales de la fuente de luz(7) Posicin del centro de luz durante la pruebad) Caractersticas de Distribucin(1) Curva de distribucin horizontal y vertical(2) Intensidad lumnica mxima (en candelas) y posicin(3) Angulo de campo en grados en ambas direcciones horizontal y vertical, a 10 porciento de la candela mxima(4) Angulo del haz en grados en ambas direcciones horizontal y vertical, a 50 porciento de la candela mxima 29. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA (5) Flujo del campo, luz de fuga y haz, en porcentaje acumulativo del flujo de lalmpara en funcin de los planos B(6) Flujo total (en lmenes) y eficiencia total (opcional)e) Datos del Fotmetro o Sensor(1) Marca y modelo del sensor(2) Distancia de pruebaf) Datos relacionados con la emisin de la lmpara instalada en el proyector(1) Tabla de flujos lumnicos en lmenes por cada zona al interior del ngulo de campo (promedio por lados derecho e izquierdo cuando son simtricos)(2) Tabla del flujo lumnico en lmenes por cada zona de luz de fuga (promedio por lados derecho e izquierdo cuando son simtricos) cuando es especificado por el usuario(3) Curvas de igual intensidad lumnica (en candelas) en el ngulo de campo (promedio por lados derecho e izquierdo cuando son simtricos)(4) Tablas de intensidades lumnicas en candelas en centros de zona (promedio por lados derecho e izquierdo cuando son simtricos) cuando es especificado por el usuario(5) Verificacin del cumplimiento de la normag) Otros Datos(1) Datos completos de distribucin de intensidad en discos computacionales enalgn formato internacionalmente reconocido. VI AMBITO DE APLICACION TERRITORIALLa presente norma de emisin se aplicar dentro de los actuales lmites territoriales de las regiones II, III y IV. VIIFISCALIZACIONPara efectos de la fiscalizacin del cumplimiento de la presente norma, el organismo del Estado competente ser la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.Corresponder a las Municipalidades respectivas, en cumplimiento de lo dispuesto en el inciso segundo del artculo 5 de la Ley 18.695, Orgnica Constitucional de Municipalidades, colaborar en la fiscalizacin del cumplimiento de esta norma. VIII VIGENCIALa presente norma entrar en vigencia sesenta das despus de su publicacin en el Diario Oficial. 30. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAV ASPECTOS ABORDADOS POR EL MANUAL DE APLICACION 5.1CONCEPTOS FUNDAMENTALES Las definiciones aqu dadas estn orientadas a complementar las contenidas en el artculo II, nmero 2.2 del Decreto Supremo N 686/98 del MINECON, para una mejor comprensin por parte de los interesados y por tanto no las sustituyen ni modifican.a) Lmpara : Es aquel objeto que produce luz y que por lo comn se conoce comoampolleta.b) Luminaria: Artefacto en el cual se instala la lmpara y que, junto con servir de soportea ella, permite redireccionar su luz. Normalmente contiene el equipo elctrico auxiliarde las lmparas (condensador, ignitor, transformador, etc.) cuando es requerido.c) Proyector: Tambin se le denomina reflector o foco y su caracterstica principal esque es orientable, permitiendo iluminar objetos o zonas especficas.d) Lmpara Emisora : Se est identificando aquella lmpara que por s misma o por laluminaria o proyector en que est instalada, est enviando luz hacia el cielo y por tanto,produciendo contaminacin lumnica.e) Flujo Luminoso: Representa la cantidad de luz que produce una lmpara. Se mide enlmenes. Por ejemplo, un tubo fluorescente comn de 40 watts tiene del orden de 2800lmenes una lmpara incandescente de 100 watts unos 1300 lmenes.f) Flujo Hemisfrico Superior: Es la cantidad de luz que sale directamente desde laluminaria hacia el cielo constituyendo un elemento contaminante perturbador para lacalidad de los cielos nocturnos.g) Eficacia Luminosa: Es un indicador de cmo una lmpara determinada convierte laenerga elctrica en luz. Por ejemplo, el tubo fluorescente mencionado en la letra (e)convierte los 40 watts en luz a razn de 70 lmenes por cada watt que consume; a suvez, la lmpara incandescente es capaz de entregar 13 lmenes por cada wattconsumido.5.2ESCENARIOS DE APLICACIN DE LA NORMA DE EMISINEsta norma entrar en operacin en distintos escenarios, como se mencionan a continuacin:a) DENUNCIASEstas pueden ser formuladas por particulares u Observatorios astronmicos quienes dirigen sus reclamos a las Direcciones de Obras Municipales en cuyo territorio est la eventual 31. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAfuente emisora. La Direccin de Obras Municipales verifica la situacin y, en caso de proceder, informa a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles para su fiscalizacin. b) DIRECCIN DE OBRAS MUNICIPALESLas Direcciones de Obras Municipales operan en las siguientes situaciones, entre otras: i)Verificacin y canalizacin de las denunciasii) Revisin de los Proyectos de Iluminacin y verificacin de la certificacinde las fuentes de luz especificadas.iii)Recepcin final de Obras de Iluminaciniv) Inspeccin de Instalaciones de IluminacinEn los casos (i) y (iv) podr informar a la Superintendencia de las eventuales infracciones a la norma de emisin. La Direccin de Obras puede hacerse asesorar por la unidad tcnica elctrica del municipio, en caso que ella exista.c) SUPERINTENDENCIA DE ELECTRICIDAD Y COMBUSTIBLESComo organismo fiscalizador, por s y ante s, verifica y ordena el cumplimiento de la norma de emisin. 5.3CRITERIOS GENERALES APLICADOS EN LA NORMA La elaboracin de esta norma ha considerado los siguientes criterios: a) LIMITACIN DEL FLUJO HEMISFRICO SUPERIORPara mantener la calidad de los cielos nocturnos se debe limitar la luz que se enva directamente hacia el cielo. Esto se consigue principalmente por medio el apantallamiento de las fuentes de luz como se describe en la figura (1), cuidando el ngulo de enfoque en el caso de los proyectores como se indica en la figura (2). b) ESTABLECIENDO HORARIOS DE APAGADOHay una hora a partir de la cual es importante evitar el envo de luz hacia el cielo y ella est dada por el inicio diario de las actividades en los observatorios astronmicos, generalmente desde la 1:00 de la maana. 32. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA Figura (1)EL CONCEPTO DE APANTALLAMIENTO PARA DISTINTAS LUMINARIASLuminaria para Alumbrado Pblico Farol Ornamental 33. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA Figura (2)CUIDANDO EL NGULO DE ENFOQUE EN PROYECTORES Proyector o Reflector 34. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAc) EVITANDO LA PRESENCIA DE ULTRAVIOLETAHay un rango del espectro componente de la luz de las lmparas que es ms perjudicial en la observacin astronmica debido a que coincide con el espectro de la luz proveniente de los cuerpos celestes observados. Al momento de procesar la informacin por los telescopios no es posible separar su procedencia. Este es el caso de la luz cuyo espectro de frecuencia es de la familia de los Ultravioleta. Como la energa en el espectro mencionado es de baja significacin visual se puede cautelar que las lmparas posean poca energa de tipo Ultravioleta o cercana utilizando aquellas que muestren una Eficacia luminosa no inferior a 80 lmenes por watt. 5.4APLICACIN A LOS CASOS ESPECFICOS MS HABITUALESSe estudian aquellos casos que sern de ms ocurrencia en la aplicacin de la norma indicando la secuencia recomendada de pasos (ver esquema alusivo en Apndice).5.4.1 ALUMBRADO PBLICO? Descripcin Se tomar como ejemplo la situacin de aprobacin de un proyecto de urbanizacin presentado a una Direccin de Obras Municipales por una empresa X en que se especifica instalar luminarias de 250w sodio marca FFF, modelo M1.? Antecedentes Requeridos Para poder evaluar la situacin desde el punto de vista de la Norma se necesita del Informe Tcnico emitido por algn laboratorio reconocido por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles respecto de las caractersticas fotomtricas de la luminaria proyectada, as como la informacin de catlogo del fabricante de la lmpara usada en dicha luminaria, en que se especifique la eficacia luminosa de sta , en su defecto, su flujo luminoso nominal.? Anlisis de la Informacin En la figura (3) se muestra la pgina principal de uno de los Informes Tcnicos que circulan habitualmente en Chile. En ella se ha marcado con crculo cada una de las zonas de informacin relevante para efectos de este anlisis, a saber:i) Zona A, donde se declara el Flujo Nominal de Lmpara, 28.000 lmenes ii)Zona B, con informacin del porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior respecto delFlujo Nominal de Lmpara, 1,9% iii) Zona C, en que se especifica la posicin de montaje de esa luminaria y para la cualson vlidas las caractersticas fotomtricas del Informe Tcnico, 5,0 grados. iv)Zona D, no presente en este informe, en que el laboratorio indica si la luminariasatisface o no las exigencias de la presente normativa. Esta Zona puede no existir eninformes fotomtricos anteriores a la vigencia de la norma, como en este caso, porlo que habr que hacer el anlisis con la informacin contenida en las zonas A a Csolamente. 35. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMALABORATORIO DE FOTOMETRAFOTOMETRA: LUMUCV - 018/2000 EXPEDIDA: 16 de Marzo del 2000 REVIS: N.N.( VALIDEZ SUGERIDA 12 MESES) LUMINARIA: MODELO M1MARCA: FFF REALIZADO POR: N.N. CLASIFICACION LUMINARIA SEGN ANSI/IES RPRENDIMIENTO HEMISF. INF. Y DATOS LAMPARA 8, 1977SUP. O OX ZONA O BOINFERIOR CALZADA: 48.7TIPO: SODIO TIPO (%) IIIIIIIV V INFERIOR VEREDA :22.3 POTENCIA: 250 ?W? DISTRIB. OX O (%) VERTICALCORTA MEDIANALARGA SUPERIOR :1.9(%) FLUJO: 28000 ?LM? (NOMINALES)CONTROL OX O TOTAL: 72.9(%) BULBO: Tubular CUTOFFSEMICUTOFF NONCUTOFF1-7CONTENIDO FOTOMETRICO DIMENSIONES SIGNIFICATIVAS DEL SISTEMA PTICO (mm) 1-7 ? ROTULOA: 35ZONA A 2-7 ? PLANO Y CONO DE LA INTENSIDAD MAXIMA C:453-7 ? ISOLUX D:4-7 ? ISOCANDELAS E:5-7 ? COEFICIENTE DEUTILIZACIN ZONA C?:5.0 6-7 ? DIAGRAMA DEREFLECTOR: ALUMINIO ANODIZADO TENSIN ARCO DENTRO LA LUMINARIA: 105.3 +-1% CLASIFICACINREFRACTOR: BOROSI. PRISMADOTENSIN ARCO FUERA LA LUMINARIA: 96.4 +-1%L: CENTRO DE LUZ? : INCLINACIN LUMINARIA DISTANCIA MEDICIN: 9.80 METROSCARACTERSTICAS FOTOMTRICAS DE LUMINARIA PARA ILUMINACIN PBLICA Figura (3): Facsmil de la pgina principal de un Informe Fotomtrico tpico para luminaria de alumbrado pblico e identificacin de las zonas con datos relevantes para la evaluacin conforme a la norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica. 36. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA ? Identificacin Flujo Nominal de Lmpara La lmpara usada en la luminaria es de 250w y tiene un Flujo Luminoso nominal de 28.000 lmenes (zona A de la figura 3 catlogo del fabricante), por lo que se debe analizar como fuente de luz de ms de 15.000 lmenes.? Identificacin de la Eficacia Luminosa En relacin a la exigencia de una Eficacia Luminosa para la lampara no inferior a 80 lmenes por watt, no hay problema puesto que ella presenta un valor de 112 lmenes por watt (= 28.000 / 250).? Identificacin del Porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior Una vista de la zona B del Informe revela que la luminaria proyectada tiene un Flujo Hemisfrico Superior equivalente a un 1.9 % por lo que no se est cumpliendo la exigencia de la norma.? Posicin de Montaje de la Luminaria Segn la informacin de la zona C, la posicin de montaje de la luminaria para que los datos fotomtricos sean vlidos es de 5,0 grados? Conclusin Segn el artculo 3.1 de la normativa, las lmpara de ms de 15.000 lmenes usadas en alumbrado pblico no deben producir un Flujo Hemisfrico Superior mayor de un 1.8 % de su Flujo Luminoso nominal, en comparacin al 1.9% de la luminaria en este ejemplo.La indicacin del ngulo de montaje de 5.0 grados en la zona C entrega informacin para verificar que se cumpla esa condicin cuando se instala la luminaria, hecho que no se autorizar por no cumplir la norma.En consecuencia, dicho proyecto no debera ser aprobado por la Direccin de Obras Municipales en las condiciones en que fue presentado dado que la luminaria proyectada no satisface la exigencia impuesta al porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior.? Alternativa de Solucin Una alternativa de solucin sera sustituir la luminaria por otra que conforme a su informacin tcnica cumpla con lo exigido por la norma. Por ejemplo, la figura (4) presenta la documentacin para otra luminaria, M2, con las siguientes caractersticas:? Flujo luminoso nominal de 28.000 lmenes (zona A) ? Porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior de 0.4 % (zona B) ? La Eficacia Luminosa de la lmpara es la misma que para el caso anterior (112 lmenes por watt), por lo que no hay impedimento para su uso. ? En este caso, como la luminaria M2 y su lmpara cumplen con lo exigido en la norma en su artculo 3.1 respecto de la Eficacia Luminosa de la lmpara y del porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior, se puede autorizar la ejecucin del proyecto con ellas. ? El ngulo de montaje de 10 grados ser considerado para la verificacin en terreno de las obras en el proceso de la recepcin final. 37. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMALABORATORIO DE FOTOMETRA FOTOMETRA: LUMUCV - 126/2000 EXPEDIDA: 18 de Diciembre del 2000 REVIS: ( VALIDEZ SUGERIDA 12 MESES) LUMINARIA: MODELO M2 MARCA: GGG REALIZADO POR: Juan CLASIFICACION LUMINARIA SEGN ANSI/IES RP 8, RENDIMIENTO HEMISF. INF. Y DATOS LAMPARA 1977 SUP.OXOOO INFERIOR CALZADA:53.1(%) TIPO: SODIO TIPOI IIIII IVVNFERIOR VEREDA : 15.8(%) POTENCIA: 250 ?W? DISTRIB. XOO VERTICAL CORTAMEDIANALARGA SUPERIOR : 0.4 (%) FLUJO: 28000 ?LM ? (NOMINALES)CONTROL XOOTOTAL : 69.3 (%) BULBO: TubularCUTOFF SEMICUTOFF NONCUTOF FCONTENIDO FOTOMETRICO DIMENSIONES SIGNIFICATIVAS DEL SISTEMA PTICO (mm)1-7 ? ROTULO A:35 2-7 ? PLANO Y CONO DE LA B: 120 INTENSIDAD MAXIMA C: 35 3-7 ? ISOLUX D: 4-7 ? ISOCANDELAS E: 5-7 ? COEFICIENTE DE UTILIZACIN?: 10.06-7 ? DIAGRAMA DE CLASIFICACINREFLECTOR: ALUMINIO ANODIZADO TENSIN ARCO DENTRO LA LUMINARIA: 102.2 +-1%REFRACTOR: VIDRIO PLANO TENSIN ARCO FUERA LA LUMINARIA: 92.9 +-1%L: CENTRO DE LUZ? : INCLINACIN LUMINARIA DISTANCIA MEDICIN: 9.80 METROS.CARACTERSTICAS FOTOMTRICAS DE LUMINARIA PARA ILUMINACIN PBLICAFigura (4) Informacin fotomtrica para una luminaria alternativa que, conforma al anlisis realizado demuestra que cumple con lo exigido por la norma de emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica 38. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA5.4.2 ALUMBRADO DE PARQUES? Descripcin Se analizar aqu el caso de iluminar una plaza pblica con faroles ornamentales del tipo mostrado en la figura (5a). Estos faroles llevan lmpara de 150w sodio.? Antecedentes Requeridos Para este tipo de alumbrado se necesita disponer de las caractersticas fotomtricas del farol, indicadas en el Informe Fotomtrico de la figura (5b) y del catlogo del fabricante de la lmpara a ser utilizada en dicho farol para efectos de conocer la Eficacia Luminosa y el Flujo Luminoso Nominal de sta.? Anlisis de la Informacin i)En el resumen de Flujos Zonales (figura 5b) la columna denominada ZONA establece los intervalos angulares en los cuales se ha calculado el Flujo Luminoso que el farol provee a distintos ngulos. Los ngulos que interesan son aquellos que muestran el flujo luminoso dirigido directamente sobre el horizonte, es decir, de 90 grados hacia arriba y son los que se muestran en el croquis incluido en la misma figura. ii) Los Flujos Zonales corresponden a los proporcionados por el farol asumiendo que tiene instalada una lmpara terica de 1000 lmenes, lo cual es una prctica comn en fotometra. Ello se fundamenta en la necesidad de presentar la informacin en forma independiente de la lmpara particular que se us en el ensayo fotomtrico y permitir al usuario corregir en forma simple los resultados del informe para adaptarlos a la lmpara que est usando realmente en cada oportunidad. Esto opera por la simple aplicacin de un factor dado por el cuociente entre el Flujo Nominal de lmpara a utilizar y los 1000 lmenes de la lmpara terica del informe. Por ejemplo, si la lmpara a utilizar tiene 14.500 lmenes, entonces el factor para adaptar los datos fotomtricos a la realidad es 14,5. Ello porque se estara usando una lmpara de 14.5 veces ms flujo que la utilizada para representar esos datos fotomtricos. Es interesante notar que para convertir los flujos zonales a porcentaje del flujo de lmpara basta con dividir stos por 10.? Identificacin Flujo Nominal de Lmpara La lmpara propuesta de 150w sodio tiene un Flujo Luminoso Nominal de 14.500 lmenes (de acuerdo al catlogo del fabricante).? Identificacin de la Eficacia Luminosa Como la lmpara es de 14.500 lmenes se puede calcular que su Eficacia Luminosa ser de 96,7 lmenes por watt (= 14.500 / 150)? Identificacin del Porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior En el caso que se analiza se puede apreciar que el Flujo Hemisfrico Superior estar dado por la suma de los flujos zonales entre los ngulos de 90 y 105, lo que totaliza 11,143 lmenes y de acuerdo a lo explicado en el prrafo anterior significar un 1,11% al redondear a dos decimales. 39. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA Figura (5a) Esquema del Farol ornamental proyectado para iluminar una plaza pblica. 40. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA180 105 10095900 Figura (5b): Identificacin de la informacin del Flujo Hemisfrico Superior en la informacin fotomtrica de un Farol Ornamental. Este Flujo es para lmpara de 1000 lmenes, por lo que basta con dividirlo por 10 para obtener el porcentaje correspondiente. En este caso, los 11.143 lmenes divididos por 10 representan el 1.11% del flujo de lmpara 41. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA ? Conclusin Por tratarse de lmparas instaladas en luminarias destinadas al alumbrado de parques y reas naturales, se debe cumplir con lo establecido en el artculo 3.2. de la Norma en donde se hace un distingo en funcin del flujo luminoso nominal de 9.000 lmenes. Dado que la lmpara proyectada es de 14.500 lmenes le cabe cumplir con las exigencias del artculo 3.1, es decir, no presentar un porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior mayor de 0.8% por tener menos de 15.000 lmenes. Como se ha establecido que el porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior es de 1.11% se puede concluir que no se est cumpliendo con la Norma al usar este Farol.? Alternativas de Solucin Una alternativa de solucin sera cambiar la lmpara por una de menor potencia, de modo de cumplir con el requisito de poseer un flujo luminoso nominal igual o menor de 9.000 lmenes. En ese caso, la Norma acepta un porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior de hasta 5.0% por lo que el Farol cumplira con lo exigido. Una de las lmparas que satisface ello es la de sodio de 70 watts con 5.800 lmenes nominales (ver cuadro con lmpara de uso ms habitual y sus correspondientes Flujos Nominales y Eficacias Luminosas) Otra opcin, de trmite ms largo, sera modificar la ptica del farol original (por ejemplo ubicar la lmpara ms cerca del techo del farol) a fin de disminuir la cantidad de luz enviada hacia el cielo. Hecha la modificacin se deber exigir un Informe Tcnico con las nuevas caractersticas fotomtricas 5.4.3ALUMBRADO CON PROYECTORES? Descripcin Se analizar el proyecto de iluminacin de un letrero caminero de propaganda comercial el cual se propone iluminarlo con proyectores del tipo indicado en la figura (6a), utilizando lmpara de Haluro Metlico de 400 watts. Los proyectores estarn instalados en el borde inferior del letrero y enfocados hacia arriba en un ngulo de 150 grados respecto de la vertical (figura 6d). El porcentaje de flujo enviado al cielo por el proyector depender del ngulo con que est enfocado el equipo.? Antecedentes Requeridos El Informe Tcnico de la figura (6b), seala los Flujos Zonales Hemisferio Superior para lmpara de 1.000 lmenes del proyector propuesto. El catlogo del fabricante provee para la lmpara de Haluro Metlico de 400w utilizada en el proyector la informacin sobre el Flujo Luminoso Nominal y la Eficacia Luminosa.? Anlisis de la Informacin Las columnas encabezadas por el subttulo PLANOS traen el desglose del flujo contenido entre planos, con un intervalo de 5,0 entre ellos. Al final de cada columna se totalizan estos flujos zonales, los cuales ayudarn a determinar el ngulo mximo a que se podr enfocar el proyector conforme los porcentajes de Flujo Hemisfrico Superior exigidos por la norma, en este caso, 1,8%. 42. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMALa figura (6c) explica grficamente el significado de los flujos zonales y permite comprender que el ngulo de enfoque buscado es aquel para el cual la suma de los flujos zonales partiendo del plano 90 converge al valor de porcentaje perseguido. Para efectos de la fotometra el eje 0 grados del proyector se toma apuntando hacia el suelo, de all la posicin mostrada en la figura.? Identificacin del Flujo Nominal de Lmpara Segn el catlogo del fabricante se puede comprobar que la lmpara de Haluro Metlico de 400w tiene un flujo de 32.000 lmenes.? Identificacin de la Eficacia Luminosa La lmpara utilizada en el proyector tiene una Eficacia Luminosa de 80 lmenes por watt (=32.000 / 400)? Identificacin del Porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior Si se suman los flujos entre los planos 90 a 65 (figura 6c) se ver que se obtiene un total de 5,91 lmenes (= 0+0+0+1,29+4,62), lo que equivale a un 0,59% (flujo dividido por 10). Seguir inclinando el equipo en 5 grados ms, significar agregar 8,75 lmenes por sobre el horizonte y con ello un 0,88%, superando as (0,59%+0,88% = 1,47%) el valor mximo permitido de 0,8% establecido en el punto 3.4 de la norma.? Posicin de Montaje de la Luminaria De acuerdo al proyecto los proyectores sern montados en el borde inferior del letrero, apuntando hacia arriba con un ngulo de 150 grados respecto de la vertical (figura 6d).? Conclusin El artculo 3.4 de la norma establece para las lmparas que se usarn en la iluminacin de letreros que no tienen que cumplir con las exigencias establecidas en el punto 3.1; pero s deben someterse al lmite de 0,8% para el porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior cuando estn encendidas ms all del lmite horario de la 1:00 AM. En consecuencia, se debe verificar el cumplimiento de la condicin de un ngulo de enfoque no mayor de 25 respecto de la vertical (90-65) para que el porcentaje de Flujo Hemisfrico Superior no exceda de 0,8% en el proyecto presentado para poder aprobarlo.? Alternativa de Solucin Como alternativa se podra plantear la opcin de instalar el proyector en la parte superior del letrero a fin de iluminar de arriba hacia abajo. Con ello se resuelve totalmente el problema de flujo directo enviado al cielo 43. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA LABORATORIO FOTOMETRA FOTOMETRA: LUMUCV - 049/2000 EXPEDIDA: 6 de Julio de 2000 REVIS: N.N. ( VALIDEZ SUGERIDA 12 MESES)LUMINARIA Proyector MARCA: :TENSIN: 220 ?V ? POTENCIA NOMINAL: 400 ?W ? REALIZADO POR:CONTENIDODESCRIPCIN: XDIAGRAMA POLAR - PROYECTOR EN CUERPO DE ALUMINIO INYECTADO REFLECTOR DE ALUMINIO ANODIZADO Y MARTILLADO X DISTRIB. DE FLUJO ZONAL CONFORMADO SEGN ESQUEMA, VIDRIO PLANO DE PROTECCIN.XTABLA DE INTENSIDADES - LAMP. HALURO METALICO DE 400W. BULBO TUBULAROCOEFICIENTE DE UTILIZACIN- EQUIPO ELECTRICO INCORPORADO. OCURVAS ISOLUXDIMENSIONES SIGNIFICATIVAS DEL SISTEMA OPTICO ? mm ? A:415B:400C:200D:250E: 80F: 55G: L: CENTRO DE LUZDISTANCIA DE MEDICIN: 10 METROSCARACTERSTICAS FOTOMTRICAS DE LUMINARIASFLUORESCENTES O REFLECTORESFigura 6a: Pgina principal de un Informe tcnico actual con caractersticas fotomtricas de luminarias fluorescentes reflectores. Ntese que en la descripcin se seala el tipo de lmpara utilizado. En esta pgina deber, a futuro, encontrarse la verificacin de cumplimiento de la norma de emisin y las restricciones angulares de enfoque para que ello sea efectivo. 44. Figura (6b) Cuadro con los Flujos Zonales del Proyector Flujos Zonales=44.03 42.01 38.84 35.36 31.8 28.44 25.47 22.43 19.56 17.08 14.47 12.00 8.75 4.62 1.29 0.0 0.0 0.0 45. Flujos para lmpara de 1000 lmenes90 0,0 850,0800,075 1,29Planos 4,62 70 8,75 65 12,0 6014,475517,08 5019,5645 040Figura (6c): Muestra un proyector con sus planos y flujos luminosos comprendidos entre ellos. Como los flujos son para lmpara de 1000 lmenes entonces se convierten a porcentaje dividindolos por 10. Este proyector se podr enfocar con un ngulo mximo de 25 ( 90-65 ) respecto de la vertical para producir un flujo hacia el cielo de un 0,59%. La norma permite hasta un 0,8% cuando la lmpara se utiliza para iluminar letreros ( ver punto 3.4 de sta). 46. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA Figura 6d): Descripcin de la disposicin de los proyectores en el caso presentado de iluminacin de un letrero, mostrando el enfoque inapropiado a 150 grados respecto de la verticalLetreroDireccin de Enfoque proyectada 150Vertical 47. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA APENDICE A SECUENCIA DE PASOS PARA EL ANLISIS Y RESOLUCIN DE CASOSPasoFuente de InformacinAccin/ResultadoIdentificacin Genrica de la Descripcin del Proyecto Identificacin de los artculos Lmpara segn su UsoCaso pertinentes de la normaAntecedentes Requeridos Informe Tcnico LuminariaDistribucinde FlujoLuminoso Catlogo Lmpara Flujo Luminoso NominalEficacia LuminosaAnlisis de la Informacin Porcentaje deFlujoHemisfrico SuperiorPosicin de MontajeFlujo Luminoso Nominal deLmparaEficacia LuminosaConclusinAntecedentes y texto de la Aceptar o Rechazar NormaAlternativas de Solucin Otras opciones vlidas 48. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMAAPENDICE BCUADRO CON FLUJOS LUMINOSOS DE LMPARAS MS COMUNES(Valores en calidad de informativos, los datos exactos deben solicitarse al fabricante correspondiente) Tipo de Lmpara Potencia Flujo Luminoso NominalEficacia Luminosa(watts)(Lmenes) Sodio Alta Presin706.80094100 11.000 110150 16.000 105250 31.500 126400 55.000 138 1000140.000 140Haluro Metlico 250 17.00068400 30.50076 1000 81.00081 2000189.00095 Sodio Baja Presin181.800 100 354.500 129 90 13.000 144180 32.300 180 Incandescentes 1001.380141502.200153005.000175008.40017 Halgenas Lineales 1001.600161502.400163005.600195009.90020 1000 24.20024 1500 36.30024 2000 48.40024 49. Manual de Aplicacin Norma de Emisin para la Regulacin de la Contaminacin Lumnica - CONAMA APENDICE CBIBLIOGRAFA DE APOYO1. Fernndez, L. De Landa, Jaime, Tcnicas y Aplicaciones de la Iluminacin, Serie McGraw Hill de Electrotecnologas, Madrid, 1993.2. Keitz, H.A.E, Clculo y Medidas en Luminotecnia, Edit. Paraninfo, 1974.3. Piraino, E. Apuntes de Ingeniera de Iluminacin, Escuela de Ingeniera Elctrica,Facultad de Ingeniera, Universidad Catlica de Valparaso, 1998.4. Sitio Web de la Dark Sky Association, IDA, http://www.darksky.org/