manejo de productos fiscalizados
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D.S. 023TRANSCRIPT
Manejo de Productos fiscalizados en Farmacias y Boticas – Taller
Q.F. Norca Jaimes
Ley 29459
Ley 29459
CLASIFICACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS FARMACÉUTICOS
AHORA: • Oficinas Farmacéuticas:
– Farmacias – Boticas
• Farmacias de los establecimientos de Salud
• Botiquines • Droguerías • Almacenes Especializados • Laboratorios de Productos
Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios
ANTES •Farmacias •Boticas •Botiquines •Droguerías •Laboratorios de Productos Farmacéuticos
DS N° 014-2011
DS N° 014-2011
DS N° 014-2011
DECRETO SUPREMO OO2-2012-SA Art. 1
Articulo 28·, Comercialización a domicilio y ventas por Internet. La comercialización a domicilio realizada por teléfono, internet o por otros medios análogos esta permitida para productos o dispositivos cuya condición de venta sea con y sin receta médica excepto los estupefacientes, psicotrópicos u otros sujetos a fiscalización sanitaria
LEY DE REPRESION DEL TRAFICO ILICITO DE DROGASDECRETO LEY N° 22095
(21/02/78)la represión del tráfico ilícito de drogas que producen dependencia;
la prevención de su uso indebido; la rehabilitación biosicosocial del drogadicto y la reducción de los cultivos de la planta de
coca.
Decreto Supremo Nº 023-2001-SA
Reglamento de Estupefacientes Psicotrópicos y Otras sustancias Sujetas a Fiscalización Sanitaria
Decreto Supremo Nº 023-2001-SA
TITULO PRIMERO: DISPOSICIONES GENERALESTITULO SEGUNDO: DE LAS PREVISIONESTITULO TERCERO: DE LA IMPORTACION Y LA EXPORTACIONTITULO CUARTO: DE LA PRODUCCIÓNTITULO QUINTO: DE LA PRESCRIPCIONTITULO SEXTO: DE LA ADQUISICION Y DISPENSACIONTITULO SETIMO: DE LA PROMOCIONTITULO OCTAVO: DEL CONTROL Y LA FISCALIZACION SANITARIACAPITULO I: DEL CONTROLCAITULO II : DE LA FISCALIZACION SANITARIA
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS, TRANSITORIAS Y FINALES
PRESCRIPCION
La prescripción se traduce en la elaboración de una receta médica.
ARTICULO 22
Medico
Cirujano dentista
DISPENSACION
Acto profesional
uso adecuado del medicamento
reacciones adversas
interacciones medicamentosas
condiciones de conservación
El Químico Farmacéutico regente del establecimientoes responsable por la:
Control
de las sustanciascomprendidas en elReglamento así comode los medicamentosque las contienen
Adquisición
Almacenamiento
Custodia
Dispensación
Articulo 4°
Los medicamentos estupefacientes,psicotrópicos, solo podrán dispensarse en establecimientos farmacéuticos legalmente autorizados, bajo la responsabilidad de un Químico Farmacéutico.
Responsabilidad del Farmacéutico almomento de la dispensación
Interpretar y validar la orden medica antes de dispensar
Verificar y confirmar que todos los datos de la receta estén completos y legibles
Comprobar que la receta cumple todos los
requisitos establecidos en el Art.23º o 27º del D.S. 023-2001 SA y que acreditan su validez
vigencia de tres (3) días
R.M. Nº 1105-2002-SA/DM.- Aprueba Directiva sobre Procedimientos para la Distribución de las Recetas Especiales. (05/07/2002)
Artículo 25°
Artículo 25°
TITULO OCTAVODel control y la
Fiscalización Sanitaria
CAPITULO I - DEL CONTROL
FORMATO PARA LA VISACION DEL LIBRO DE ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICOS
CAPITULO I I - DE LA FISCALIZACION SANITARIA
Decreto Supremo Nº 023-2001-SA FISCALIZACIONConjunto de acciones que realiza la autoridad de salud con el fin de controlar de conformidad con las necesidades médicas y científicas la científicas, extracción, importación, exportación, fabricación, almacenamiento distribución comercialización almacenamiento, distribución, comercialización, dispensación, uso y tenencia de estupefacientes, psicotrópicos, precursores de uso médico.
supervisiones periódicas prescripción, empleo, tenencia, uso, consumo
exclusivamente con fines médicos o científicos
FISCALIZACION
TITULO NOVENODE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD,
INFRACCIONES Y SANCIONES
a)Inmovilización de productos;b) Incautación de productos;c) Decomiso de productos; y,
d) Destrucción de productos
infracciones
a.Omitir consignar en los libros oficiales de control la información o hacerlo de manera inexacta o incompleta;
b. Omitir presentar los informes sustentados sobre robos, pérdidas, mermas y consumos que este Reglamento requiere;
c. Omitir presentar los balances que señala el presente Reglamento;
Escala de Multas
ANEXO 1
BOTICA/FARMCIA ESTABLECIMIENTO DE SALUD BOTIQUIN