los ilícitos tributarios, universidad fermin toro
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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAUNIVERSIDAD FERMIN TORO
ESCUELA DE DERECHOBARQUISIMETO-ESTADO LARA
LOS ILÍCITOS TRIBUTARIOSLOS ILÍCITOS TRIBUTARIOSNOMBRE; OROZCO LUZ.
C.I.11.264.978
SAIA H
ABOGADA, DOC. EMILI RAMÍREZ
BARQUSIIMETO- JUNIO DE 2015
Los ilícitos tributariosSon los actos y acciones que van contra las normas tributarias. Tipificado en el Art. 80 C.O.T).Se clasifican de la manera siguiente.
• Ilícitos materiales. • Ilícitos formales.• Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas.• Ilícitos materiales.• Ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad.
Ilícitos formales. Son aquellos violatorios de los deberes formales contenidos en el COT. su incumplimiento no causa un prejuicio real, dificultan la libre función de la administración tributaria y pueden servir de preámbulo para la comisión de un ilícito de mayor gravedad. Las sanciones para estos ilícitos son las multas y la clausura temporales de establecimientos o empresa. EJEMPLO: la evasión de impuestos
Ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas.
• Especies fiscales. Son aquellos documentos emitidos por el estado, creados con el fin de que a través de su venta le origine un ingreso . Ejemplos: papel sellado.• Especies gravadas. Son todas aquellas especies o bienes que están bajo una regulación del estado. Ejemplo: Bebidas alcohólicas.
Las sanciones para ilícitos relativos a las especies fiscales y gravadas son *comiso y destrucción de los efectos materiales objeto del ilícito o utilizados para cometerlos* clausura temporal del establecimiento, inhabilitación para el ejercicio de oficios y *la suspensión del registro y autorización de industria y expendios de especies.
Ilícitos Materiales. Son del tipo de conductas que inducen al incumplimiento de los deberes, (pago de los impuestos) .El incumplimiento de este deber va en perjuicio del estado en materia de dinero.
lícitos sancionado con pena restrictiva de libertad. Son aquellos que toman en cuenta la gravedad del perjuicio causado y las características propias de las conductas, que puedan entorpecer la actividad recaudadora del estado, por esta razón, estas conductas están castigadas con prisión. Para ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad.
El código orgánico tributario en el art. 115 tipifica los ilícitos sancionados con pena restrictiva de libertad tales como;LA DEFRAUDACIÓNEstá penado con prisión siempre y cuando:1.- Se pruebe en algún documentos que ha habido engaño al fisco.2.- Cuando el impuesto dejado de percibir, ascienda a más de 2000 U.T.Los incumplimientos se han mencionado son bastantes frecuente en países como Venezuela , ya que la persona no es consiente en cuanto a su cancelación.
Causa de extinción de las acciones por ilícitos tributarios.1. La muerte del autor principal extingue la acción punitiva.2. La amnistía.3. La prescripción.4. Las demás causas de extinción de la acción tributaria conforme al código orgánico tributario.
Responsabilidad por ilícitos tributarios. Menores de 18 años. Incapacidad mental debidamente comprobada. Caso fortuito y de fuerza mayor. El error de hecho y derecho. La obediencia legítima y debida.
Sanción. Es el efecto de una conducta que constituye infracción de una norma jurídica, bien sea en
contra del reglamente .
Ilícitos relacionados con la obligación de libros y registros especiales y contables.No llevar libros y registros contables (50 U.T a 250 U.T)• Llevar libros y registros contables sin cumplir con las formalidades reglamentarias establecidas por las normas. (25 U.T hasta 100 U.T)• No llevar en castellano o en moneda nacional los libros de contabilidad y otros contables. (25 U.T hasta 100 U.T)
• No conservar durante el plazo establecido los libros, registros, copias de comprobantes de pago u otros documentos. (25 U.T hasta 100 U.T)del establecimiento comercial o industrial, violando la clausula de la administración tributaria.• Destrucción o alteración de los sellos de la administración tributaria.• La utilización, sustracción, ocultación o enajenación de bienes o documentos. (De 200 U.T a 500 U.T).